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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4 Fecha de Autorización: 2010-12-03 RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A: JEREZ, ZAC. 2011

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Fecha de Autorización: 2010-12-03

RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A:

JEREZ, ZAC.

2011

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

JEREZ, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................... 9

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 57

BANCOS ............................................................................................................................................................... 59

CUENTAS BALANCE ............................................................................................ ¡Error! Marcador no definido.

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................... ¡Error! Marcador no definido.

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 65

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 68

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 69

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 72

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 72

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 75

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 79

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 79

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 81

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................. ¡Error! Marcador no definido.

PROGRAMA ESTATAL DE OBRAS (PEO) (PROGRAMA PESO X PESO) ................ ¡Error! Marcador no definido.

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 91

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 92

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 93

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 14

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

1

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

-

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

17

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

-

Solicitud de Aclaración 8

Subtotal 40

Acciones Preventivas

Recomendación2 22

Recomendación al Desempeño -

Subtotal 22

TOTAL 62

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Jerez, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción de los denominados: Revelación Suficiente.- En virtud de que el ente auditado omitió el registro de pasivos, así como por presentar saldos negativos en el rubro de Deuda Pública a Largo Plazo, ya que se desconoce lo que origino la situación, dando como resultado que la información presentada en sus Estados Financieros no sea fidedigna.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Jerez, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $213,423,373.86 los cuales se encuentran conformados por $129,612,601.59 de Ingresos Propios, y Participaciones con un alcance de revisión de 89.97%. Además de $16,309,304.60 de Agua Potable y Alcantarillado, $50,982,589.67 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $16,518,878.00 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados 3.5.- Programas Federales-Revisión Documental y 3.6.- Obra Pública-Revisión Física. Los resultados obtenidos de la revisión a Ingresos son los siguientes:

Resultado AF-01, Sin Observación Se verificó que los ingresos que aparecen en los estados financieros del municipio representan operaciones efectivamente realizadas y cumplen con la normatividad aplicable, salvo las observaciones que se mencionan enseguida:

Resultado AF-02, Observación AF-01 Al llevar a cabo el análisis de la aplicación de la Ley de Ingresos Municipal, aplicable para el ejercicio 2011, se observó que aún y cuando el municipio contempla dentro de la misma, ingresos por concepto de venta de formas valoradas, no realiza el cobro de la cuota establecida para este concepto.

AF-11/19-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que para el cobro de contribuciones, observe lo establecido en su Ley de Ingresos, realizando en lo subsecuente la recaudación correspondiente a la venta de formas valoradas. Lo anterior con fundamento en los artículos 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, 74 primer párrafo fracción VII, 93 primer párrafo fracciones II y IV, 96 primer párrafo fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio y 5 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/19-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No solventa y se le dara seguimiento.

AF-11/19-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, llevar a cabo conciliaciones de manera periódica

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

entre la Tesorería Municipal y el Departamento de Catastro, con el fin de prevenir errores en la información que generan las áreas responsables y, en caso de existir diferencias, integrar la justificación de las mismas en los registros contables respectivos. Lo anterior en observancia a lo establecido en los artículos 93 fracción II, 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

Resultado AF-03, Observación AF-02 De la revisión efectuada al Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles por el periodo de enero a diciembre de 2011, se determinaron diferencias entre lo informado por el Departamento de Catastro y lo registrado en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) por la Tesorería Municipal, ya que el primero reporta el importe de $2,156,279.40 y la segunda $2,149,189.10, detectándose una diferencia no registrada por la Tesorería Municipal por la cantidad de $7,090.30, cabe señalar que la citada diferencia no constituye un daño al erario público, sin embargo refleja falta de control y conciliación de la información que emiten las áreas involucradas.

AF-11/19-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-04, Observación AF-03 Derivado de la revisión realizada al cobro de Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles, se observa que el municipio realizó condonaciones a la empresa Lakeland Industries, Incorporated por un importe de $85,775.30 sobre el entero de dicho Impuesto, mismas que fueron autorizadas por el H. Ayuntamiento; condonaciones improcedentes en virtud de que no se encuentran contempladas en la Ley de Ingresos Municipal ni en ningún otro ordenamiento legal.

AF-11/19-005 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Lic. Eduardo López Míreles, C.P. Elsa Duarte Rosales, Ana María Muñoz Piñón, Verónica Alamillo Ortiz, Javier Cabral Hernández, Eduardo G. Castañón Espinoza, Benjamín Carrillo Guzmán, Alma Eva Coronel Ramírez, Francisco P. De La Torre Sánchez, María Fany Duarte García, Juan Antonio García Orquiz, Lina Gurrola Carrillo, Rafael Enrique Hurtado Ortiz, José Juan Ibarra Dorado, Norma Cristina Martínez Míreles, Sabino Medina Barrios, Arturo Mercado Aguilar, Gabriela Alejandra Murillo Quiñones, Javier Román Galicia, Víctor Hugo Rivera

Se solventa.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Herrera, María Goretti Valdéz Chávez, Claudia Valdéz Sánchez y L.C. David Venegas Duarte quienes se desempeñaron como Presidente, Síndico, Regidores y Tesorero Municipales respectivamente, por un monto de $85,775.30, relativo a condonaciones realizadas que no se encuentran contempladas en la Ley de Ingresos Municipal, así como en ningún otro ordenamiento legal, en la modalidad de Responsables Directos. Lo anterior con fundamento en los artículos 24 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas y 93 fracciones II y IV, 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio y 39 de la Ley de Fiscalización del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-05, Observación AF-04 De la revisión efectuada al Impuesto Predial por el periodo de enero a diciembre de 2011, se determinaron diferencias entre lo informado por el Departamento de Catastro y Tesorería por $2,877,702.22, ya que el primero reporta $13,661,086.08 y el segundo $10,783,383.86; lo anterior representa un daño a la Hacienda Pública Municipal por considerarse omisión de ingresos.

AF-11/19-006 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Lic. Eduardo López Míreles y L.C. David Venegas Duarte, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 por un importe de $2,877,702.22, correspondiente a ingresos registrados por el departamento de Catastro y lo reportados por la Tesorería Municipal en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental, por lo que se consideran como ingresos no depositados, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I y 151 de la Ley Orgánica del Municipio, 24 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas,

Se solventa.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado AF-06, Observación AF-05 De la revisión efectuada al rubro de Derechos por Almacenaje Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas por el periodo de enero a diciembre de 2011, se comparó los ingresos informados por el Departamento de Alcoholes que ascienden a un importe de $1,783,153.20 con los registros contables emitidos por el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), por $1,810,540.16 determinándose diferencia, con monto superior en registros contables por $27,386.96, tal diferencia no constituye daño a la Hacienda Pública Municipal, sin embargo denota falta de control interno y conciliación ente las áreas involucradas, en dicho rubro.

AF-11/19-007 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que en lo sucesivo realice conciliación periódica entre el Departamento de Alcoholes y la Tesorería Municipal a fin de que la información generada por dichas áreas sea coincidente y corresponda a la realidad del municipio y en caso de existir diferencias, integrar la justificación de las mismas en los registros contables generados por el municipio. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 primer párrafo fracción II, 96 primer párrafo fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/19-008 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-07, Observación AF-06 De la revisión efectuada al rubro de Derechos por Almacenaje Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas por el periodo de enero a diciembre de 2011, se observó que el padrón de licencias de vinos y licores no contenían los datos para verificar su giro, así como en algunos casos no se pudo identificar a que usuarios se otorgaron, motivo por el cual no fue posible realizar los cálculos conforme a lo establecido en la Ley.

AF-11/19-009 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, actualizar el padrón de licencias de vinos y licores, con el fin de contar con información veraz y oportuna, además que contenga los datos que permita su identificación, facilite las tareas de fiscalización y rendición de cuentas. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 primer párrafo fracción

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

IV, 96 primer párrafo fracción I, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7 y 17 primer párrafo fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-11/19-010 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Jerez, Zacatecas, fue por $215,623,095.31 el cual se encuentra conformado por $123,732,718.73 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 24.29%. Además de $16,359,856.17 de Agua Potable y Alcantarillado, $12,801,639.33 de Obra Pública, $47,093,898.96 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $15,634,982.12 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados 3.5.- Programas Federales-Revisión Documental y 3.6.- Obra Pública.- Revisión Física. Los resultados obtenidos de la revisión a Egresos son los siguientes:

Resultado AF-08, Observación AF-07 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación por el importe de $82,065.77, cuyo desglose se muestra a continuación:

No. FECHA No. PÓLIZA

No. SUBCTA

No. CHEQUE RUBRO O ASPECTO

OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO

1 15/Ago/11 E03004 5000-01-1512

TRANFERENCIA ELECTRÓNICA

VACACIONES PAGADAS

Al realizar el análisis de la cuenta 1512 Vacaciones Pagadas, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

$ 16,749.31

2 31/Oct/11 E03807 5000-01-1512

TRANFERENCIA ELECTRÓNICA

VACACIONES PAGADAS

Al realizar el análisis de la cuenta 1512 Vacaciones Pagadas, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

1,772.96

3 15/Dic/11 E04272 5000-01-1512

TRANFERENCIA ELECTRÓNICA

VACACIONES PAGADAS

Al realizar el análisis de la cuenta 1512 Vacaciones Pagadas, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

3,543.50

AF-11/19-011 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Lic. Eduardo López Míreles y L.C. David Venegas Duarte, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, por un importe de $82,065.77, relativo a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación, no justificando el destino y aplicación de los gastos realizados, en la modalidad de responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del

Se solventa.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

4 31/Dic/11 E04534 5000-01-2704

62138

VESTUARIO, PRENDAS Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS

Al realizar el análisis a la cuenta 2704.- Actividades Deportivas, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

30,000.00

5 31/Dic/11 E04535 5000-01-2704

62139

VESTUARIO, PRENDAS Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS

Al realizar el análisis a la cuenta 2704.- Actividades Deportivas, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

30,000.00

TOTAL $ 82,065.77

Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-09, Observación AF-08 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación por el importe de $30,000.00 por concepto de Gastos de Gestión, cuyo desglose se muestra a continuación:

No. FECHA No. PÓLIZA

No. SUBCTA

No. CHEQUE

RUBRO O ASPECTO

OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO

1 28/Feb/11 E00600 5000-01-4102

58426 GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

$ 3,000.00

2 02/Mar/11 E00959 5000-01-4102

58673 GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

3,000.00

3 02/Mar/11 E00955 5000-01-4102

58663 GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

3,000.00

AF-11/19-012 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Lic. Eduardo López Míreles y L.C. David Venegas Duarte, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, por un importe de $30,000.00, relativo a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación por concepto de Gastos de Gestión, no justificando el destino y aplicación de los recursos erogados, en la modalidad de responsable

Se solventa.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

4 02/Mar/11 E00943 5000-01-4102

58657 GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

3,000.00

5 02/Mar/11 E00945 5000-01-4102

58659 GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

3,000.00

6 02/Mar/11 E00949 5000-01-4102

58664 GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

3,000.00

7 03/May/11 E01695 5000-01-4102

59423 GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

3,000.00

8 04-oct-11 E03507 5000-01-4102

61248 GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

3,000.00

9 05/Dic/11 E04279 5000-01-4102

61830 GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

3,000.00

10 05/Dic/11 E04282 5000-01-4102

61833

GASTOS DE GESTIÓN DE

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión, se verificó que se realizaron erogaciones por este concepto de lo que no se presenta soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

3,000.00

TOTAL $ 30,000.00

Es conveniente mencionar que el ente auditado sólo exhibió las pólizas de egresos, en las cuales no se pudo corroborar a que Regidores o Regidoras correspondieron los gastos erogados.

Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

JEREZ, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 12 de 94

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

PATRONATO DE LA FERIA DE PRIMAVERA JEREZ 2011

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

De la revisión efectuada al Informe presentado por el Patronato de la Feria de Primavera Jerez 2011, mismo que no se está firmado por ningún funcionario y el cual fue recibido por la Auditoría Superior del Estado en fecha de 7 de junio de 2012, así como con base en el auxiliar de la cuenta 5000-01-4208 con corte al 31 de diciembre de 2011, emitido por el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se verificó que el municipio otorgó subsidios al Patronato de la Feria y respecto a la documentación presentada correspondiente a los egresos realizados, se determinaron las siguientes observaciones:

Resultado AF-10, Observación AF-09 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación, correspondientes a la Feria de Primavera Jerez 2011 por $3, 407,025.97, cuyo desglose se muestra a continuación:

NO. FECHA No. PÓLIZA

No. SUBCTA No. CHEQUE OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO

1 11/02/2011 C00001 5000-01-4208 1

Se observó que se otorgo un subsidio al Patronato de la Feria Jerez 2011 de lo que no se presentó documentación comprobatoria que avale y justifique la erogación realizada.

$ 15,000.00

2 28/Abr/11 E01203 5000-01-3801 59303

Se observó que se realizaron erogaciones por el importe de $2,200,000.00, por concepto de Apoyo Económico a la Feria de Jerez 2011, de lo anterior solo se presentó póliza de cheque, no así la documentación comprobatoria que respalde y justifiquen los gastos efectuados.

2,200,000.00

3 30/Abr/11 D00102 5000-01-4208 S/N

Se observo que se otorgo un subsidio al Patronato de la Feria Jerez 2011 de lo que no se presentó documentación comprobatoria que avale y justifique la erogación realizada.

1,101,225.97

4 19/04/2011 C0092 5000-01-4208 92

Se observó que se otorgo un subsidio al Patronato de la Feria Jerez 2011 de lo que no se presentó documentación comprobatoria que respalde y justifique la erogación realizada.

20,000.00

5 20/04/2011 C0102 5000-01-4208 102

Se observó que se otorgo un subsidio al Patronato de la Feria Jerez 2011 de lo que no se presentó documentación comprobatoria que avale y justifique la erogación realizada.

40,000.00

AF-11/19-013 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Oscar Benito Robles Martínez y L.C. Juan Carlos Bañuelos Muñoz, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión, como Presidente y Tesorero del Patronato de la Feria Regional de Jerez 2011, respectivamente, por un importe de $3,407,025.97, derivado de erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación

Se solventa.

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

6 28/04/2011 C0141 5000-01-4208 141

Se observó que se otorgo un subsidio al Patronato de la Feria Jerez 2011 de lo que no se presentó documentación comprobatoria que respalde y justifique la erogación realizada.

30,800.00

TOTAL $3,407,025.97

por concepto de Subsidios al Patronato de la Feria de Jerez 2011, no justificando el destino y aplicación de los recursos erogados, en calidad de Responsable Directo el segundo y Subsidiario el primero. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 12 fracción I y 14 fracciones I y V del Reglamento del Patronato de la Feria de Jerez Zacatecas y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-11, Observación AF-10 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifica en virtud de que no se comprueba en su totalidad la aplicación del gasto, relativo al Patronato de la

AF-11/19-014 Pliego de Observaciones Esta Auditoría

Se solventa.

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Feria de Primavera Jerez 2011, por un importe de $754,477.27, cuyo desglose se muestra a continuación:

No.

FECHA No. PÓLIZA

No. SUBCTA

No. CHEQUE

OBSERVACIONES

IMPORTE OBSERVADO

1 07/04/2011

C0061

5000-01-4208

61

Se observa que el Patronato realizó el pago de la factura no. 2134 de fecha 05 de abril de 2011 expedida por Mezkalcorp, por concepto de pago de producción de imagen institucional, sin describir el desglose de los trabajos realizados; además no se presenta documentación comprobatoria que evidencie los mismos.

$ 11,600.00

2 19/04/2011

C0100

5000-01-4208

100

Se observa que el Patronato realizó una erogación para apoyo de evento de motocrós, sin embargo se anexa como documentación comprobatoria factura no. 0112 de Pinturas "ALEX" sin concepto, por lo que se desconoce la aplicación del gasto.

11,600.00

3 04/05/2011

C0101

5000-01-4208

101

Se observa que el Patronato realizó el pago de la factura no. 515 emitida por Destiladora de los Altos S.A. de C.V. con el concepto de 50 cajas de tequila Hacienda Vieja reposado 750 ml., sin embargo no se justifica ni comprueba la aplicación del gasto, en virtud de que se desconoce el destino del tequila adquirido.

72,500.00

4 26/04/2011

C0108

5000-01-4208

108

Se observa que el Patronato realizó una erogación por el importe de $58,000.00, misma que no se justifica en virtud de que

20,000.00

Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Oscar Benito Robles Martínez y L.C. Juan Carlos Bañuelos Muñoz, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión, como Presidente y Tesorero del Patronato de la Feria Regional de Jerez 2011, respectivamente, por un importe de $754,477.27, derivado de erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifica en virtud de que no se comprueba en su totalidad la aplicación del gasto, correspondiente a los subsidios otorgados al Patronato de la Feria de Primavera Jerez 2011, en calidad de Responsable Directo el segundo y Subsidiario el

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

5 26/04/2011

C0109

5000-01-4208

109

corresponde al pago de renta de equipo de sonido e iluminación para el grupo "Los Mismos". Es conveniente mencionar que el contrato de prestación de servicios de dicho grupo hace constar que proveerá de un equipo de sonido, así como de la iluminación, por lo que no se justifica la erogación realizada.

38,000.00

6 25/04/2011

C0116

5000-01-4208

116

Se observa que el Patronato emitió un cheque por concepto de rembolso para cubrir evento de los tapancos, sin embargo no se justifica el gasto realizado en virtud de que se desconoce la aplicación de dichos recursos. Es importante señalar que se presentaron recibos hechos a mano por concepto de reintegros, así como identificaciones de los beneficiarios, de lo que se observó que las firmas de ambos documentos son diferentes.

40,000.00

7 02/05/2011

C0165

5000-01-4208

165

Se observa que el Patronato realizó erogaciones por el pago de las facturas no. 15024 y 15025, por concepto de compra de botana y vinos, de lo anterior se desconoce la aplicación del gasto realizado.

9,074.08

8 02/05/2011

C0166

5000-01-4208

166

Se observa que el Patronato realizó el pago de la factura no. 2146 de fecha 20 de abril de 2011 emitida por Mezkalcorp, por pago parcial de producción de imagen institucional, sin describir el desglose de los trabajos realizados; además no se presenta documentación comprobatoria que

11,600.00

primero. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 12 fracción I y 14 fracciones I y V del Reglamento del Patronato de la Feria de Jerez Zacatecas y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

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evidencie los mismos.

9 02/05/2011

C0167

5000-01-4208

167

Se observa que el Patronato realizó el pago de las notas de venta no. 3340 y 3342 por concepto apoyo al patronato y alimentación, del Restaurant bar El Padrino, de las que se desconocen en que eventos fueron recibidos dichos servicios, así como los beneficiarios, por lo que la erogación no se justifica.

50,730.00

10 03/05/2011

C0175

5000-01-4208

175

Se observa que el Patronato realizó el pago de las facturas no. 3623 y 3624, emitidas por Enrique Márquez Sánchez, por la compra de escritorios y sillas ejecutivas, sin embargo se desconoce el destino de los bienes adquiridos, por lo que la erogación no se justifica.

17,411.60

11 06/05/2011

C0193

5000-01-4208

193

Se observa que el Patronato realizó el pago de la factura no. 2147 de fecha 04 de mayo de 2011 emitida por Mezkalcorp, por concepto de último pago de producción de imagen institucional, sin describir el desglose de los trabajos realizados; además no se presenta documentación comprobatoria que evidencie los mismos.

11,600.00

12 09/05/2011

C0199

5000-01-4208

199

Se observa que el Patronato emitió un cheque por concepto de rembolso para cubrir evento de los tapancos, sin embargo no se justifica dicho rembolso en virtud de que se desconoce la

27,000.00

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aplicación y destino de dichos recursos. Es importante señalar que se presentaron recibos hechos a mano por concepto de reintegros así como identificaciones de los beneficiarios, de lo que se observó que las firmas de ambos documentos son diferentes.

13 19/05/2011

C0208

5000-01-4208

208

Se observa que el Patronato realizó un gasto que lo respalda con la nota de venta no. 3355 con el concepto apoyo al patronato y alimentación del Restaurant bar El Padrino, misma que no justifican la aplicación del gasto.

25,365.00

14 09/03/2011

C0019

5000-01-4208

19

Se observa que el Patronato realizó el pago de las facturas 1461 y 1462 por concepto de difusión actividades de la Feria de Jerez, sin embargo no se presentó documentación comprobatoria que justifique la publicidad pagada.

67,280.00

15 13/06/2011

C0216

5000-01-4208

216

Se observa que el Patronato realizó el pago de la factura no. 23 por pago de trofeos y reconocimientos deportivos, sin embargo se desconoce la aplicación y destino de los bienes adquiridos.

3,080.00

16 19/07/2011

C0233

5000-01-4208

233

Se observa que el Patronato realizó el pago de las facturas números 15211,15256,15257 y 15258, de fecha 13 de julio de 2011, expedidas por el proveedor Autoservicio Sama S.A. de C.V., por concepto de compra de diversos artículos, sin embargo se desconoce los artículos comprados, así como el destino de los mismos.

79,706.12

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17 19/07/2011

C0241

5000-01-4208

241

Se observa que el Patronato realizó la erogación por pago de nómina el cual no avala que se haya recibido el importe por el beneficiario, por lo que no se justifica su realización.

2,400.00

18 19/07/2011

C0243

5000-01-4208

243

Se observa que el Patronato realizó un pago de la factura no. 2147 de Mezkalcorp de fecha 04 de mayo de 2011, por concepto de último pago de producción de imagen institucional, sin describir el desglose de los trabajos realizados; además no se presenta documentación comprobatoria que evidencie los mismos.

5,800.00

19 19/07/2011

C0246

5000-01-4208

246

Se observa que el Patronato realizó gasto que lo respalda con la Nota de Venta no. 11767, la cual en su descripción señala “1 pintura”, sin embargo se desconoce la aplicación del gasto.

44,146.47

20 19/07/2011

C0251

5000-01-4208

251

Se observa que el Patronato realizó el pago de las facturas números 3484 y 3479 de fecha 12 de julio de 2011, por concepto de compra de 866 litros de combustible, sin embargo no se presentaron los vales correspondientes.

8,070.00

21 19/07/2011

C0253

5000-01-4208

253

Se observa que el Patronato realizó el pago de la nota de venta número 51 con el concepto Producto en General de la Licorería del Charro, sin embargo no se justifica ni comprueba la aplicación del gasto, en virtud de que se desconoce el destino y los bienes adquiridos.

51,200.00

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

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22 19/07/2011

C0239

5000-01-4208

239

Se observa que el Patronato realizó el pago del recibo de honorarios no. 101 de fecha 10 de julio del 2011, del L.C. David Alejandro Juárez Caldera, por concepto de contabilidad e Informe Financiero, erogación que no se justifica en virtud de que no se presentaron los documentos que respalden tanto la contabilidad realizada así como el informe financiero realizado.

23,200.00

23 19/07/2011

C0224

5000-01-4208

224

Al realizar el análisis a la cuenta 4208.- Subsidios y Transferencias se observa que el Patronato realizó el pago de nomina a personal de limpieza para la exposición ganadera, sin embargo no se presentó evidencia de la recepción de recursos por parte de los beneficiarios, ya que la nómina no está firmada.

8,100.00

24 19/07/2011

C0235

5000-01-4208

235

Al realizar el análisis a la cuenta 4208.- Subsidios y Transferencias se observa que el Patronato realizó pago de la factura no. 422 de fecha 12 de abril de 2011, de Canal XXI S.A. de C.V., sin embargo se desconoce la publicidad presentada, en virtud de que no se señalan los eventos que se publicaron y que se están cubriendo con la factura ya señalada.

58,000.00

25 19/07/2011

C0236

5000-01-4208

236

Al realizar el análisis a la cuenta 4208.- Subsidios y Transferencias se observa que el Patronato realizó pago de la factura no. EZ 126 de fecha 27 de abril de 2011, de TV AZTECA S A B de C.V., sin embargo se desconoce la publicidad presentada, en virtud de que no se

28,014.00

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

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señalan los eventos que se publicaron y que se están cubriendo con la factura ya señalada.

26 19/07/2011

C0237

5000-01-4208

237

Al realizar el análisis a la cuenta 4208.- Subsidios y Transferencias se observa que el Patronato realizó pago de la factura no. A 1827 de fecha 19 de abril de 2011, Grupo Editorial Zacatecas S.A. de C.V., sin embargo se desconoce la publicidad presentada, en virtud de que no se anexaron las notas periodísticas.

29,000.00

TOTAL $754,477.27

Resultado AF-12, Observación AF-11 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifican en virtud de que no se comprueba la aplicación del gasto, por el importe de $48,000.00, como se muestra a continuación:

NO.

FECHA No. PÓLIZA

No. SUBCTA

No. CHEQUE

RUBRO O ASPECTO

OBSERVACIONES

IMPORTE OBSERVADO

1 21/Jun/11

E02055

5000-01-1201

60073

HONORARIOS Y COMISIONES

Al realizar el análisis del rubro 1201 Honorarios y Comisiones, se registro un pago mediante póliza de egresos no. E02055 por un importe de $48,000.00 por concepto de auditorías realizadas en el ejercicio 2010, de lo que se presenta como documentación comprobatoria factura no. 923 de Juárez Martínez y Asociados, sin embargo no se presentó documentación comprobatoria que justifique dicha erogación, tal como el dictamen ó

$ 48,000.00

AF-11/19-015 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Lic. Eduardo López Míreles y L.C. David Venegas Duarte, quienes se desempeñaron durante los periodos del 1° de enero, al 31 de diciembre del 2011, como Presidente y Tesorero Municipales, respectivamente, por un importe de $48,000.00, derivado de erogaciones que

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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resultados de la auditoría.

no se justifica ni comprueba la aplicación del gasto, en calidad de Responsable Directo el segundo y Subsidiario el primero. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I y XV, 169, 184, 185 y 186 Ley Orgánica del Municipio y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-13, Observación AF-12 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, específicamente en el rubro 1307 Horas Extras, se realizaron erogaciones por concepto de horas extras, de lo que se presentó como documentación comprobatoria pólizas, así como talones de nómina; sin embargo no se exhibió ningún oficio o memorándum expedido por el jefe inmediato del personal a quienes se realizaron los pagos, en el que se autorizó el pago de horas extras, así como informes o documentación que avale los trabajos extraordinarios realizados.

AF-11/19-016 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que en lo que se refiere a las erogaciones por concepto de pago de horas extras al

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

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personal, además de las nóminas firmadas por los trabajadores en las que se detallen los conceptos pagados, se compruebe también con oficio o memorándum expedido por el jefe del departamento o área correspondiente, en el que se autorizó el pago de horas extras, así como informes o documentación que avale los trabajos extraordinarios realizados Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 74 primer párrafo fracción V, 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I y XV, 169, 184, 185 y 186 Ley Orgánica del Municipio y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del

al respecto a la recomendación realizada.

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

AF-11/19-017 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-14, Observación AF-13 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifican en virtud de que no se comprueba la aplicación del gasto, por el importe de $79,146.80. El desglose se detalla en la siguiente tabla:

AF-11/19-018 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Eduardo

Se solventa.

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NO.

FECHA

No. PÓLIZA

No. SUBCTA

No. CHEQUE

RUBRO O ASPECTO

OBSERVACIONES

IMPORTE

OBSERVADO

López Míreles y L.C. David Venegas Duarte, quienes se desempeñaron durante los periodos del 1° de enero al 31 de diciembre del 2011, como Presidente y Tesorero Municipales, respectivamente, así como los Regidores y Regidoras señaladas en el cuadro que antecede por un importe de $79,146.80, derivado de erogaciones que no se justifica ni comprueba la aplicación por concepto de Gasto de Gestión y Ayudas, en calidad de Responsable Subsidiario el primero y Directos todos los demás. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I y XV, 169, 184, 185 y

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

1 28/Feb./11

E00604

5000-

01-410

2

58430

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el regidor Arturo Mercado Aguilar otorgó un apoyo por la cantidad de $2,500.00 para el pago de una beca en el Tecnológico de Monterrey a la C. Claudia Escobedo Colón y $3,000.00 para pago de una beca a Jacobo de la Torre para la escuela de Derecho de U.A.Z., sin embargo no se exhibieron constancias de estudios de los beneficiarios y copias fotostáticas de los recibos oficiales expedidos por las instituciones educativas.

5,500.00

186 Ley Orgánica del Municipio y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

AF-11/19-019 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal llevar a cabo acciones orientadas para la comprobación del gasto de gestión de las Regidoras y los Regidores del H. Ayuntamiento, estableciendo formatos uniformes para la expedición de los recibos de egresos, así como solicitudes de ayuda, mismos que deberán contener rotulación y datos oficiales del municipio. También se

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

2 28/Feb/11

E00591

5000-

01-410

2

58417

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el regidor Víctor Hugo Rivera Herrera otorgó apoyos por la cantidad $1,750.00 del pago de un cazo chicharronero al C. Crecencio de la Torre Medrano, dicha erogación no se justifica en virtud de que no presentó evidencia documental de la entrega del recurso al beneficiario. Cabe hacer mención que en acta de declaración de fecha 22 de mayo de 2012, el C. Crecencio de la Torre Medrano manifestó”….recibí un apoyo que consistió en $50.00 para ir a Zacatecas...”, sin embargo y el recibo presentado avala el importe de $1,750.00, por lo que no justifica la erogación realizada.

1,700.00

recomienda que las erogaciones por concepto de Ayudas deberán estar debidamente comprobadas con recibos de egresos, solicitudes e identificaciones de los beneficiarios, así como constancias de estudios en el caso de becas y cuando se otorguen apoyos relevantes para compra de medicamentos, materiales, gastos médicos, apoyos a deportistas, etc., se presente adicionalmente la comprobación fiscal que los respalden. Lo anterior con la finalidad que se establezcan medidas de control interno para la correcta administración y transparencia de los recursos que se erogan por estos conceptos. Lo anterior con fundamento a lo establecido en

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

3 28/Feb/11

E00593

5000-

01-410

2

58419

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el regidor Manuel Carrilo Espinoza otorgó un apoyo por la cantidad de $3,000.00, para compra de un equipo de sistema para riego al C. Manuel Carrillo Espinoza, Padre del Regidor, lo anterior quedo plasmado en acta de compulsa de fecha 18 de mayo de 2012 celebrada con el beneficiario del apoyo, a la cual se adjuntan actas de nacimientos de las personas citadas, sin embargo la erogación no se justifica por incumplir con lo establecido en el artículo 5 fracción XVI, de la Ley de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, en virtud de que se está otorgando un beneficio a un familiar.

3,000.00

los artículos 74 primer párrafo fracción V, 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I y XV, 169, 184, 185 y 186 Ley Orgánica del Municipio y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

AF-11/19-020 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados

Se solventa

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

4 02/Mar/11

E00960

5000-

01-410

2

58674

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el regidor Arturo Mercado Aguilar otorgó apoyos por la cantidad de $2,500.00 para la Asociación de Charros Compadres de Jerez A.C, dichas erogaciones no se justifican en virtud de desconocer el destino de dicho apoyo.

2,500.00

obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado..

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

5 02/Mar/11

E00958

5000-

01-410

2

58672

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el regidor Javier Cabral Hernández otorgó un apoyo por la cantidad de $1,600.00 al C. Carlos Emanuel Cabral Cardona, apoyo para asistir a la Convención y Exposición antad 2011, dichas erogaciones no se justifica en virtud de que no presentó evidencia documental que demuestre la asistencia del beneficiario a dicho evento.

1,600.00

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

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6 02/Mar/11

E00961

5000-

01-410

2

58675

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el Regidor Juan Antonio García Torquis otorgó un apoyo por la cantidad de $1,302.82 al C. Juan Carrillo Bañuelos, apoyo para iniciar un negocio de tostadas. Sin embargo al acudir al domicilio señalado en la credencial de elector del beneficiario, corresponde al mismo domicilio del Regidor Juan Antonio García Torquis de conformidad a la credencial de elector del mismo, por lo que se solicita aclaración debidamente documentada que justifique la erogación realizada, así como evidencia de la aplicación del recurso.

1,302.82

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

7 02/Mar/11

E00950

5000-

01-410

2

58665

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que la regidora María Goretti Valdez otorgó un apoyo para la compra de 3 tamboras para diferentes comunidades por un monto de $1,000.00 c/u, con no. de recibos 11163 y 11161 a nombre de Hilda Flores y Manuela Martínez, de lo que se incluyen solo las solicitudes e identificaciones. Cabe hacer mención que en acta de declaración de fecha 22 de mayo de 2012, las personas que recibieron el apoyo manifestaron: "…No sólo se nos han dado bultos de cemento hasta este año…”. Por lo que no se justifica la erogación realizada. Respecto a la tambora restante, este personal actuante pudo corroborar el apoyo otorgado, por lo que únicamente se observa la cantidad de $2,000.00.

2,000.00

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8 01/Abr/11

E01309

5000-

01-410

2

59060

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el regidor Benjamín Carrillo Guzmán otorgó un apoyo por la cantidad de $1,000.00 apoyos pago de gas, dichas erogaciones no se justifica en virtud de que no presentó evidencia de la entrega del recurso ni de la aplicación del mismo.

1,000.00

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

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9

03/May/11

E01700

5000-

01-410

2

59428

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el Regidor Arturo Mercado Aguilar otorgó apoyos por la cantidad de $2,000.00 para apoyo de titulación en la UAZ, dicha erogación no se justifica en virtud de que no se presentó evidencia de la aplicación de los recursos en los trámites de la titulación.

2,000.00

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10

03/May/11

E01689

5000-

01-410

2

59417

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el Regidor Benjamín Carrillo Guzmán, otorgo apoyo por la cantidad de $1,850.00 para refacciones automotrices, dichas erogaciones no se justifican en virtud de que no se presentó documentación que compruebe la aplicación del recurso erogado.

1,850.00

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11 02/Jun/11

E02190

5000-

01-410

2

59779

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el Regidor Eduardo Guadalupe Castañón Espinoza, otorgo apoyo para titulación y graduación de Dentista de la C. Gloria Hortencia Gómez Castañón, dichas erogaciones no se justifican en virtud de que no se presentó documentación que compruebe la aplicación de los recursos en los tramites de titulación.

3,000.00

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12 02/Jun/11

E02209

5000-

01-410

2

59798

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión del Regidor Sabino Medina Barrios se otorgaron apoyos por el importe de $2,500.00 para la compra de 25 bultos de cemento a los C.C. Francisco Javier Valdez Jiménez y Amalia Rosales Rondan, dichas erogaciones no se justifica en virtud que se comprobó que las mencionadas personas tienen negocios de constructoras.

2,500.00

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13 01/Jul/11

E02588

5000-

01-410

2

60222

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión de la Regidora Claudia Valdez Sánchez se otorgó un apoyo por la cantidad de $1,500.00, para continuar en la carrera de la ruta ciclista, sin embargo no se exhibió evidencia documental que permita corroborar la aplicación de los recursos entregados.

1,500.00

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14 10/Ago/11

E03009

5000-

01-410

2

60575

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión del Regidor Víctor Hugo Rivera Herrera se observa la cantidad de $1,500.00 por apoyo otorgado para compra de medicamentos de agrupación religiosa agua viva. Cabe hacer mención que en acta de declaración de fecha 22 de mayo de 2012, las personas que recibieron el apoyo manifestaron:”… recibí un apoyo monetario por $250.00... ” y señalan que el recibo que se firmó al momento de recibir el apoyo, estaba en blanco, por lo que no justifica el apoyo otorgado por el importe restante.

1,250.00

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15 10/Ago/11

E03016

5000-

01-410

2

60582

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que la Regidora Verónica Alamillo Ortiz, otorgó un apoyo por la cantidad de $1,500.00 para compra de refacciones, dichas erogaciones no se justifican en virtud de que no se presentó documentación que compruebe la aplicación del gasto realizado.

1,500.00

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16 10/Ago/11

E03022

5000-

01-410

2

60588

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el Regidor Arturo Mercado Aguilar, apoyo por la cantidad de $3,000.00 para material de construcción, dichas erogaciones no se justifica en virtud de que no se presentó documentación, que compruebe la aplicación del recurso.

3,000.00

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17 04/Oct/11

E03494

5000-

01-410

2

61236

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el Regidor Benjamín Carrillo Guzmán otorgó un apoyo por la cantidad de $3,000.00 para pagar una colegiatura de nivel superior, sin embargo no exhibió constancias de estudios y/o recibos oficiales expedidos por la institución educativa.

3,000.00

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18 04/Oct/11

E03505

5000-

01-410

2

61247

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el Regidor Arturo Mercado Aguilar otorgo un apoyo por la cantidad de $3,000.00 para comprar una estufa, dichas erogaciones no se justifican en virtud de que no se presentó documentación que compruebe la aplicación de los recursos erogados.

3,000.00

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19 24/Oct/11

E03782

5000-

01-410

2

61454

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que la regidora María Goretti Valdez Chávez un por la cantidad de $4,949.98 apoyo comprar pita y baqueta para el CERESO, dichas erogaciones no se justifica en virtud de que no presentó evidencia de la aplicación de los recursos erogados.

4,949.98

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20 31/Oct/11

E03784

5000-

01-410

2

61518

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que la regidora María Goretti Valdez Chávez por la cantidad de $5,994.00 apoyo para uniformes a la rondalla Cielo Rojo, dichas erogaciones no se justifica en virtud de que no presentó evidencia de la aplicación de los recursos erogados.

5,994.00

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21 04/Nov/11

E03877

5000-

01-410

2

61556

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el Regidor Eduardo Guadalupe Castañón Espinoza otorgó un apoyo por la cantidad de $3,000.00 para continuar con estudios profesionales, así como material de estudio al C. Jhony Acevedo Castañón, dichas erogaciones no se justifican en virtud de que no se presentó documentación que compruebe que los apoyos fueron utilizados para los fines otorgados.

3,000.00

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22 04/Nov/11

E03882

5000-

01-410

2

61561

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el Regidor Benjamín Carrillo Guzmán un apoyo por la cantidad de $1,000.00 para llenado de gas estacionario, $2,000.00 para pago de colegiatura en la Universidad de Durango, por lo que no se justifica las erogaciones realizadas en virtud de que no se exhibió constancia de estudio del beneficiario de la colegiatura, copia fotostática del recibo oficial de la institución educativa, así como evidencia por la aplicación del recurso por concepto de gas.

3,000.00

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PATRONATO DE LA FERIA DE PRIMAVERA JEREZ 2011

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

23 05/Dic/11

E04291

5000-

01-410

2

61842

GASTOS DE GESTIÓN

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el Regidor Arturo Mercado Aguilar otorgo un apoyo por la cantidad de $3,000.00 para la compra de un comedor al C. José de Jesús García Román, dichas erogaciones no se justifica en virtud de que no se presentó documentación que compruebe la aplicación de los recursos erogados.

3,000.00

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

24 08/Dic/11

E04545

5000-

01-410

1

61887

AYUDAS

Al realizar el análisis en el rubro 4102.- Gastos de Gestión se observa que el Regidor Eduardo Guadalupe Castañón Espinoza otorgó un apoyo por la cantidad de $20,000.00 para la compra de una estufa, refrigerador y lavadora la los C.C. José Manuel Acevedo Correa, Erika María Murillo Míreles y Esmeralda Ortiz Castañón. Es importante señalar que se realizó acta de compulsa en fecha 22 de mayo de 2012, en la que las personas beneficiadas manifestaron lo siguiente …”que la C. Esmeralda Ortiz Castañón ya no vivía en ese lugar....” y el C. José Manuel Acevedo Correa manifiesta …”No recibí apoyo alguno”, y la C. Erika María Murillo manifestó …”recibí una lavadora de un costo de $2,000.00 easy redonda…”.

18,000.00

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

TOTAL

79,146.80

Resultado AF-15, Observación AF-14 Derivado de la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observaron Registros de Pasivos que no presentan soporte documental que los respalde, por el importe de $449,580.00, cuyo desglose se muestra a continuación:

No.

FECHA

No. P

ÓLIZA

No. SU

BCTA

No. CHEQUE

IMPORTE

DEL CHEQUE

RUBRO O ASPECTO

OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVA

DO

1

30/Sep/11

D00240

5000-

01-1511

S/N N/A

IMPUESTO SOBRE EL

PRODUCTO DEL TRABAJO

Al realizar el análisis de la cuenta 1511 ISPT, se verificó que se registro una creación de pasivo por este concepto, de lo que no se presentó soporte documental alguno que lo respalde.

$ 427,787.00

2

30/Abr/11

D00121

5000-01-5501

S/N N/A BIENES

MUEBLES E INMUEBLES

Al realizar el análisis de la cuenta 5000.- Bienes Muebles e Inmuebles, se verificó que se registro una creación de pasivo por este concepto, de lo que no se presentó soporte documental alguno que lo respalde.

7,800.00

3

31/Dic/11

D00317

5000-01-5501

S/N N/A BIENES

MUEBLES E INMUEBLES

Al realizar el análisis de la cuenta 5000.- Bienes Muebles e Inmuebles, se verificó que se registro una creación de pasivo por este concepto, de lo que no se presentó soporte documental alguno que lo respalde.

7,800.00

4

31/Dic/11

D00317

5000-01-5601

S/N N/A BIENES

MUEBLES E INMUEBLES

Al realizar el análisis de la cuenta 5000.- Bienes Muebles e Inmuebles, se verificó que se registro una creación de pasivo por este concepto, de lo que no se presentó soporte

2,214.00

AF-11/19-021 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal presentar la aclaración correspondiente, así como la documentación comprobatoria y justificativa, que respalde las creaciones de Pasivos registradas en el cuadro descrito con anterioridad por un importe de $449,580.00. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 74 primer párrafo fracción V, 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I, 169,

Se solventa

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

documental alguno que lo respalde.

5

31/Dic/11

D00317

5000-01-5601

S/N N/A BIENES

MUEBLES E INMUEBLES

Al realizar el análisis de la cuenta 5000.- Bienes Muebles e Inmuebles, se verificó que se registro una creación de pasivo por este concepto, de lo que no se presentó soporte documental alguno que lo respalde.

3,979.00

TOTAL $

449,580.00

184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-16, Observación AF-15 Del análisis realizado a la cuenta de Maestros Comisionados se observó que la Secretaría de Finanzas realizó descuentos por concepto de maestros comisionados durante el periodo del 01 de enero al 30 de junio del ejercicio en revisión, vía participaciones, por los importes de $43,816.14 de la C. Ma. Del Carmen Castañeda Castro y $67,253.29 del C. Carlos Guillermo Salinas Flores, quienes se desempeñaron como Directora del DIF Municipal y el Director de Educación respectivamente, sin embargo estos no fueron ubicados en la plantilla de personal, así como tampoco se presentó la autorización del H. Ayuntamiento para la contratación de los maestros comisionados, en el cual se incluya el monto de sus percepciones otorgadas como docentes, así como vía nómina en su caso procedente. Cabe señalar que durante la visita de campo al municipio realizada del 14 al 18 de Mayo del presente ejercicio, se presentaron copias de oficios de comisión expedidos por la Secretaría de Educación en los que se especifica que la comisión será por el periodo del 16 de Septiembre de 2010 al 15 de septiembre de 2011.

AF-11/19-022 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal en lo sucesivo cuando se contraten maestros comisionados, estos sean incluidos dentro de la plantilla de personal correspondiente, en la que se desglosen las cantidades pagadas tanto vía participaciones como las otorgadas vía nómina si fuera el caso, así mismo contar con los oficios de comisión y la autorización del Cabildo correspondiente para su contratación, en la que se establezcan las percepciones

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

que deberán recibir por el puesto a desempeñar. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 primer párrafo fracción IV, XV, 96 primer párrafo fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-11/19-023 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-17, Observación AF-16 AF-11/19-024 No solventa,

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PATRONATO DE LA FERIA DE PRIMAVERA JEREZ 2011

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

De conformidad a la revisión efectuada a los sueldos y prestaciones de los funcionarios de primer nivel, según las Reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en el decreto número 75 publicado el día 11 de diciembre de 2010 que señala las remuneraciones máximas de los servidores públicos, se observó un excedente en las percepciones otorgadas al Presidente, Síndico y Regidores Municipales por un monto de $511,204.27, por el periodo de abril a diciembre de 2011, dicho importe se detalla a continuación:

NOMBRE DEL FUNCIONARIO

PUESTO

PERCEPCIONES

SUELDO Y COMPENSACIÓN/DIETA

AGUINALDO / PRIMA VAC. Y OTRAS PRESTACIONES

TOTAL PERCIBIDO

PERCEPCIÓN SEGÚN CPELSZ DEL PERIODO

DIFERENCIA

ANUAL

LIC. EDUARDO LÓPEZ MIRELES

PRESIDENTE MUNICIPAL

NÓMINA 152,928.00

152,928.00

326,592.00

102,218.50

COMPENSACIÓN

214,956.00

60,926.50

275,882.50

SUBTOTAL 428,810.50

60,926.50

428,810.50

C. ELSA DUARTE ROSALES

SÍNDICO MUNICIPAL

NÓMINA 182,844.00

182,844.00

217,728.00

1,905.77

-

36,789.77

36,789.77

SUBTOTAL

219,633.77

36,789.77

219,633.77

C. ANA MARÍA MUÑOZ PIÑÓN

REGIDORA

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. VERÓNICA ALAMILLO ORTIZ

REGIDORA

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. JAVIER CABRAL HERNÁNDEZ

REGIDOR

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. EDUARDO G. CASTAÑÓN ESPINOZA

REGIDOR

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00

BONO 50,000.00

50,000.00

SUBTOT 183,650.00

Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los a los ciudadanos que se describen en el cuadro que antecede, así como al L.C. David Venegas Duarte, quienes se desempeñaron durante los periodos del 1° de enero al 31 de diciembre del 2011, como Presidente, Síndico, Regidores y Tesorero Municipales respectivamente, por el excedente en las percepciones otorgadas según al cuadro que antecede, derivado de no atender las disposiciones contenidas en la reforma a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en el decreto número

por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

AL 183,650.00

C. BENJAMÍN CARRILLO GUZMÁN

REGIDOR

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. ALMA EVA CORONEL RAMÍREZ

REGIDORA

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. FRANCISCO P. DE LA TORRE SÁNCHEZ

REGIDOR

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. MARÍA FANY DUARTE GARCÍA

REGIDORA

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. JUAN ANTONIO GARCÍA ORQUIZ

REGIDOR

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. LINA GURROLA CARRILLO

REGIDORA

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. RAFAEL ENRIQUE HURTADO ORTIZ

REGIDOR

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. JOSÉ JUAN IBARRA DORADO

REGIDOR

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00

BONO 50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.

75, lo que se cita por $511,204.27; en la modalidad de Responsables Directos todos los mencionados, para el Presidente, Síndico y Regidores(as) cada uno por el monto improcedente recibido de manera personal y para el Tesorero por el importe total observado, asimismo el Presidente Municipal como subsidiario por el importe otorgado en exceso a la Síndico Municipal y Regidores (as). Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, artículos 160 Tercero, Sexto y Séptimo Transitorios de la Constitución Política del Estado Libre y

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

00

C. NORMA CRISTINA MARTÍNEZ MIRELES

REGIDORA

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. SABINO MEDINA BARRIOS

REGIDOR

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. ARTURO MERCADO AGUILAR

REGIDOR

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. GABRIELA ALEJANDRA MURILLO QUIÑONEZ

REGIDORA

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. JAVIER ROMÁN GALICIA

REGIDOR

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00

COMPENSACIÓN

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. VICTOR HUGO RIVERA HERRERA

REGIDOR

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. MARÍA GORETTI VALDÉZ CHÁVEZ

REGIDORA

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

C. CLAUDIA VALDÉZ SÁNCHEZ

REGIDORA

NÓMINA 133,650.00

133,650.00

163,296.00

20,354.00 BONO

50,000.00

50,000.00

SUBTOTAL 183,650.00

183,650.00

Soberano de Zacatecas y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

TOTAL

4,321,444.27

3,810,240.00

511,204.27

Resultado AF-18, Observación AF-17 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observaron diversas erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos correspondientes a la Feria de Primavera Jerez 2011, que se comprueban con documentación comprobatoria que no cumple con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

AF-11/19-025 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal efectuar adquisiciones y/o contratar servicios con personas inscritas en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, asimismo alentar, en su caso, a los negocios del municipio a tramitar su inscripción al Servicio de Administración Tributaria con el objeto de no propiciar la evasión fiscal. Lo anterior con base a lo establecido en los artículos, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como artículos 49, 74 primer párrafo fracción III, 78 primer párrafo fracción I, 93 primer párrafo fracción IV y 96 primer párrafo fracción I, de la

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Ley Orgánica del Municipio, y 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipio del Estado de Zacatecas.

AF-11/19-026 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Jerez, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2011 un Déficit por el orden de $2, 199,721.45, situación que se explica en función de la existencia al inicio del ejercicio, así como por la contratación de obligaciones con Proveedores y Acreedores.

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-19, Sin Observación El importe del saldo en Caja al 31 de diciembre de 2011 ascendió a $57,000.00, de los cuales $25,000.00 corresponden a recursos en caja, $17,000.00 corresponden a recursos del Sistema de Agua potable y $15,000.00 al Fondo Fijo del departamento de tesorería mismo que al ser revisado y analizado se comprobó su adecuado manejo ya que no se dispone de la recaudación diaria para afrontar gastos menores, asimismo el reembolso se realiza de manera oportuna, de tal forma que siempre se cuenta con recursos disponibles, motivo por el cual no se realizaron observaciones relevantes para este rubro.

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-20, Sin Observación La cuenta de Bancos presentó un saldo de $17,766,154.11, en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011, integrado en 21 cuentas bancarias a nombre del municipio, de lo anterior se verificó que el ente fiscalizado realizó en tiempo y forma los depósitos a las cuentas en mención, expide los cheques mediante el uso de firmas mancomunadas y de manera cronológica, así mismo que las chequeras se encuentran resguardadas bajo llave, motivo por el cual no se realizaron observaciones para este rubro, salvo la observación que se menciona enseguida.

Resultado AF-21, Observación AF-18 Del análisis al rubro de bancos se verificó que las cuentas bancarias números 83101401-06 Fondo III 2004, 01880642-7 Aportación de beneficiarios, clubs zacatecanos 3x1 2005, 054014608-8 Hábitat 2007, 056668989-3 Fondo III 2008 y la cuenta Municipio de Jerez Zacatecas, presentan saldos negativos al 31 de diciembre de 2011, los cuales suman un importe de -$2,693.58, además de no presentar movimientos contables durante el periodo de revisión, sin embargo no se ha realizado la cancelación de las mismas. Es importante señalar que en solventación el ente auditado presentó conciliaciones y estados de cuenta bancaria de Fondo III Año 2008 correspondientes a septiembre de 2010, reporte de la cuenta bancaria 0569304852 de fecha 14 de septiembre de 2010, solicitud de apertura de cuenta, estado de cuenta histórico, así como conciliación y estado de cuenta bancaria de Hábitat 2007 correspondiente a abril 2007, oficio de cancelación de dicha cuenta y reporte bancario de la misma; además conciliación y estado de cuenta bancaria de Fondo III Año 2005 correspondientes a julio de 2008 y también la conciliación y estado de cuenta bancaria de 3x1 Año 2005 con fecha de septiembre de 2008, reporte y

AF-11/19-027 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, cancelar aquellas cuentas bancarias que no tienen movimientos y no sean de utilidad, así mismo anexar a la información presentada a esta Auditoría Superior del Estado, la documentación comprobatoria que permita corroborar la cancelación de las mismas, con el fin de que los estados financieros reflejen la situación real de dicho rubro. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/19-028 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

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solicitud de baja y cancelación de la cuenta 0831014016 Municipio de Jerez Zacatecas. Sin embargo no exhibió las pólizas contables que permitan verificar la corrección de dichos saldos de conformidad a su naturaleza, con el fin de que los estados financieros reflejen la situación real del mencionado rubro, por lo que esta observación será objeto de seguimiento en revisiones posteriores.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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Resultado AF-22, Observación AF-19 La cuenta de Deudores Diversos al 31 diciembre de 2011 presentó un saldo por el importe de $8, 101,962.34, según su Estado de Posición Financiera, el cual equivale a un incremento del 40.75% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, dicho saldo se integra por $141,991.43 de Empleados de Base, $7, 282,130.91 de Otros Deudores y Anticipo de salarios y otras percepciones por $677,840.00. De la revisión efectuada al rubro de deudores diversos se determinaron las siguientes observaciones:

1. Deudores Diversos que fueron creados durante el ejercicio 2011, mismos que no presentaron amortización alguna, por el importe de $2, 042,000.00, además de no contar con los documentos mercantiles para la recuperación de dichos préstamos, el desglose del importe observado se detalla en la siguiente tabla:

C u e n t a Nombre de Cuenta Saldo

Inicial

1105-03-0032 PATRONATO DE LA FERIA 2,000,000.00

1105-04-0001 LEOBARDO SOTO REYES 25,000.00

1105-04-0009 RUBEN MACIAS OROZCO 10,000.00

1105-04-0021 ANGELICA VITAL FLORES 150.00

1105-04-0035 VICTOR HUGO PÉREZ OLGUÍN 5,000.00

1105-04-0038 JESÚS ARTURO VILLARREAL MARTÍNEZ 500.00

1105-04-0055 MA. GUADALUPE TORRES MACIAS 200.00

1105-04-0066 JULIO CESAR DE LIRA GARCÍA 750.00

1105-04-0069 JUAN DE DIOS TOVAR GARCÍA 200.00

1105-04-0071 REY DAVID VENEGAS 100.00

1105-04-0092 JOSE GUMARO ROSALES GARCÍA 100.00

TOTAL $2,042,000.00

2.- Así mismo se ubicaron los pagares con folio números 62 y 63 a nombre de los deudores Luis Humberto Trejo Santillán por $10,000.00 y Ángel Contreras García por $20,400.00, sin embargo dichos deudores no fueron ubicados en la contabilidad del municipio.

AF-11/19-029 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Lic. Eduardo López Míreles y L.C. David Venegas Duarte, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 por un importe de $2,042,000.00, derivado de préstamos otorgados en el ejercicio 2011, los cuales no se encuentran respaldados con documentos mercantiles que garanticen su recuperación, además de no haber presentado amortización alguna, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 5° Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Se solventa.

AF-11/19-030 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal, presentar ante esta Auditoría Superior del Estado aclaración sobre la

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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omisión contable de los pagarés con folio números 62 y 63 a nombre de los deudores Luis Humberto Trejo Santillán y Ángel Contreras García por un monto total de $30,400.00, así como evidencia documental que respalde las acciones realizadas para el registro contable de los mismos. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 primer párrafo fracción III, 96 primer párrafo fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 5° Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-11/19-031 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal continuar en forma consistente con la recuperación de los préstamos otorgados, asimismo con relación a los Deudores Diversos que no presentaron amortización alguna durante el ejercicio sujeto a revisión, se realicen las acciones conducentes para la recuperación de los mismos y respecto de los préstamos que provienen de administraciones anteriores, sólo en caso de agotar las acciones de cobro y no contar con documentos mercantiles

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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que permitan su recuperación legal, efectuar la depuración correspondiente, previa autorización del H. Ayuntamiento, exhibiendo la evidencia documental suficiente para ser considerados como créditos incobrables. Asimismo se recomienda abstenerse de otorgar préstamos personales, en el caso que correspondan a anticipos de sueldos a empleados, establecer lineamientos que permitan su recuperación al término del ejercicio fiscal que pertenezcan, ya que los recursos financieros del municipio deben ser aplicados única y exclusivamente en los conceptos autorizados en el Presupuesto de Egresos. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 primer párrafo fracción III, 96 primer párrafo fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 5° Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-11/19-032 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al

Se solventa y se le dará seguimiento.

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cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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ACTIVO FIJO

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El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011 fue por $35,487,151.63, el cual incluye disminuciones por $15,002.02, así como incrementos por $45,875.00 provenientes del ejercicio 2010, así mismo se disminuye $13,371.68 relativo a errores de registro generados en el ejercicio 2011 por incorporaciones de bienes que no constituyen un activo. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $1, 762,179.68, de las cuales $226,363.44 (12.85%) se realizaron con Recursos Propios, $27,366.70 (1.55%) con recursos de Agua Potable, $1,000, 468.54 (56.57%) de Recursos Federales y $507,981.00 (28.83%) de Otros Programas. Cabe señalar que no fueron incorporados al Activo Fijo y Patrimonio del Municipio los siguientes importes: $49,903.36 de Recursos Propios, $744,912.72 de Fondos Federales y $406,385.00 de Otros Programas,

Resultado PF-01, Observación PF-01 Las adquisiciones realizadas durante el ejercicio fiscal 2011 con recursos provenientes de Aportaciones Federales fueron por un importe de $1,510,280.40, provenientes de la aplicación de recursos del Fondo III por $367,625.14, de Fondo IV $634,674.26 y de Otros Programas $507,981.00, adquisiciones que consistieron en: mobiliario y equipo de administración, equipo de cómputo y comunicación, vehículos y equipo terrestre. Es conveniente señalar que de los bienes ya citados, 12 computadoras por $92,362.85, un DVD por $350.00, un reloj checador por $9,855.36, 3 cámaras digitales por $5,996.04, un proyector por $5,832.48, 38 radios por $124,862.40, una silla secretarial por $960.48, 2 vehículos marca NISSAN por $241,800.00 y un camión recolector de basura por $914,366.00, no fueron incorporados al Activo Fijo, ni tampoco incrementados en el Patrimonio del Municipio.

PF-11/19-001 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar la incorporación al Activo Fijo e incremento al Patrimonio del municipio por la cantidad de $1,396,385.60 correspondiente a bienes adquiridos con recursos del Fondo III, Fondo IV y Otros Programas, que consistieron en: 12 computadoras por $92,362.85, un DVD por $350.00, un reloj checador por $9,855.36, 3 cámaras digitales por $5,996.04, un proyector por $5,832.48, 38 radios por $124,862.40, una silla secretarial por $960.48, 2 vehículos marca NISSAN por $241,800.00 y un camión recolector de basura por $914,366.00, debiendo ser considerados en el inventario del municipio, incluyendo los vales de resguardo respectivos.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Resultado AF-23, Observación AF-20 Derivado de la verificación física y documental de los bienes muebles adquiridos en el ejercicio en revisión, se observa que el municipio registra e incorpora al activo, la compra de calculadoras, sapapicos, tubos, etc., bienes que deben ser contabilizados en los

AF-11/19-033 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado que en lo subsecuente cuando se

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó

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ACTIVO FIJO

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rubros de servicios generales, obras públicas y materiales y suministros.

realicen erogaciones por los conceptos antes mencionados sean registradas en las cuentas que correspondan de acuerdo a la naturaleza del gasto. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/19-034 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-24, Observación AF-21 Al realizar la revisión física del parque vehicular se observó que existen varios vehículos que se encuentran inservibles y en mal estado, y no se ha llevado a cabo la baja respectiva del inventario, así mismo se verificó que no se cuenta con resguardos firmados por los responsables del uso de los vehículos.

AF-11/19-035 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar las bajas correspondientes de los vehículos inservibles, previa autorización del H. Ayuntamiento, así mismo contratar seguros que salvaguarden los vehículos oficiales, además de la elaboración de resguardos individuales para los responsables del uso de los vehículos propiedad del municipio. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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ACTIVO FIJO

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92 primer párrafo fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/19-036 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

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Resultado AF-25, Sin Observación El saldo de los compromisos del municipio de Jerez, Zacatecas, al 31 de diciembre de 2011, fue por la cantidad de $9,329,602.43, el cual representa un decremento del 57.03% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, el cual se integra por Deuda Pública a Corto Plazo por -$7,857,744.00(-84.22%), Proveedores $4,760,215.55(51.02%), Acreedores Diversos $4,164,075.30(44.63), Impuestos y Retenciones por Pagar $9,503,490.12(101.87%) y Deuda Pública a Largo Plazo por -$1,240,434.54(-13.30%). El decremento mencionado se refleja fundamentalmente en los ajustes erróneos realizados por el municipio en la Deuda Pública a largo plazo y la falta de registro de préstamos a largo plazo.

Resultado AF-26, Observación AF-22 De la revisión al rubro de Deuda Pública a Largo Plazo, referente a la cuenta contable 2201-02-0002 denominada BANOBRAS, se observó que presenta un saldo negativo al final del ejercicio 2011, por el importe de $1,240,434.54, saldo que se integra por un saldo negativo al inicio del ejercicio de $128,140.80, así como pagos registrado por la cantidad de $1,112,293.74, sin embargo se desconoce si se recibieron financiamientos de dicha Institución, en virtud de que no fue localizado ningún registro contable por concepto de ingresos o restructuración por créditos obtenidos con la Institución antes mencionada.

AF-11/19-037 Solicitud de Aclaración

Se solicita presentar la aclaración correspondiente, así como los registros contables que corrijan el saldo negativo de $1, 240,434.54, correspondiente a adeudos a Largo Plazo, referente a la cuenta contable 2201-02-0002 denominada BANOBRAS, con la finalidad de que los Estados Financieros presenten la Situación real para este rubro. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Se solventa

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo un análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma, con excepción de las observaciones descritas en el rubro de Ingresos. El municipio de Jerez, Zacatecas, presentó una modificación en el mes de diciembre al presupuesto de Egresos autorizado para el ejercicio 2011 mediante el acta de Cabildo número 54 de sesión extraordinaria de fecha 30 de diciembre de 2011. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2011, el municipio recaudó y recibió 5.20% más de lo presupuestado, observándose decrementos en todas las cuentas con excepción de Productos, Otros Programas y Ramo 20 y Aportaciones Federales, además la cuenta de Deuda Pública fue presupuestada y no presentó recaudación; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 6.15%, registrándose desfases en todas las cuentas, excepto en Deuda Pública y Agua Potable y Alcantarillado. Con base a lo anterior se concluye que las variaciones generales no son de orden relevante.

Resultado AF-27, Observación AF-23 Derivado de la revisión y comparación efectuada entre la nómina de pago al personal de la segunda quincena del mes de diciembre de 2011, así como de las cuotas Obrero Patronales correspondiente al mismo mes, se determinó que el municipio no tiene afiliadas a 114 trabajadores a un régimen de seguridad social como lo es el IMSS, sin embargo si se encuentran relacionados en la Plantilla de Personal.

AF-11/19-038 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, afiliar a algún régimen de seguridad social a todas las personas con las que tenga relación laboral sea de base, contrato o eventuales, así como dar de baja aquellas que no tenga relación laboral con el municipio. Adicionalmente se recomienda actualizar la Plantilla de Personal de conformidad a los trabajadores activos del municipio. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 49 primer párrafo fracción XX, 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 12 fracción I y 15 de la Ley del Seguro Social.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/19-039 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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Superior del Estado.

Resultado AF-28, Observación AF-24 Derivado del análisis efectuado a la subcuenta 3701, Viáticos, se observa que no se cuenta con un tabulador de viáticos en el que se señalen tarifas pernoctables y no pernoctables, de acuerdo a los lugares donde deberá realizarse la comisión. Además no existen políticas establecidas para su otorgamiento.

AF-11/19-040 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, implementar con la debida autorización del H. Ayuntamiento, políticas para el pago y comprobación de viáticos, estableciendo un tabulador y elaboración de Pliegos de Comisión que señalen los montos autorizados para las comisiones, de acuerdo a sus distancias y destinos, indicando las cuotas pernoctables y no pernoctables. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 49 primer párrafo fracción XVI, 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/19-041 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-29, Observación AF-25 De la revisión efectuada al expediente del Presupuesto de Egresos presentado por el municipio de Jerez, Zacatecas, se detectó que no contiene el Tabulador desglosado de las remuneraciones que deberán percibir los servidores públicos de dicho municipio, de conformidad a los preceptos establecidos en el Decreto número 75 publicado en Periódico Oficial el 11 de diciembre de 2010, que contiene las reformas y Adiciones a Diversas

AF-11/19-042 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, elaborar e implementar un tabulador de Sueldos y Salarios en donde se señalen las categorías que existen, así como las percepciones que se asignen a cada una de ellas, así mismo someterlo ante el H. ayuntamiento para su correspondiente autorización, cuidando en todo momento los límites establecidos en la

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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Disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

Constitución Política de Estado Libre y Soberano de Zacatecas. Lo anterior con base a lo establecido en los artículos 49 fracción XVI penúltimo párrafo, 147 primer párrafo fracción V, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, 65 primer párrafo fracción XII, 119 primer párrafo fracción III y 160, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, así como 17 primer párrafo fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-11/19-043 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su activación esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2011 asciende a $22,574,918.00 y fue distribuido de la siguiente manera: $21,446,172.00 para Infraestructura Básica de Obras que representa el 95.00%, $677,248.00 a Gastos Indirectos constituyendo el 3.00% y el 2.00% restante para Desarrollo Institucional por $451,498.00. Al 31 de diciembre de 2011 los recursos fueron aplicados en un 57.00%, habiendo sido revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados en el año 2011, se recibió un monto de $9,836.00 derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio anterior, los cuales fueron aplicados en el ejercicio sujeto a revisión. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-02, Observación PF-02 El Consejo de Desarrollo Municipal autorizó la aplicación de recursos del Fondo III para la obra número 119920018PR denominada “Rehabilitación de Sanitarios en Escuela Preparatoria Beatriz Márquez Acosta, en la Comunidad Ermita de los Correa”, por lo que se ejercieron recursos por $22,646.00, dicha obra es considerada como improcedente debido a que no corresponde a Infraestructura Básica de Servicios que beneficie directamente a sectores de la población que se encuentran en condiciones de rezago social y pobreza extrema, incumpliendo con lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Cabe señalar que la obra fue concluida, según Informe Físico Financiero al 31 de diciembre de 2011.

PF-11/19-002 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipio de Zacatecas en vigor, a los CC. Lic. Eduardo López Míreles e Ing. Ramón Héctor Santillán Trejo quienes se desempañaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por haber autorizado y ejercido recursos en obra improcedente por un monto de $22,646.00, la cual no corresponde a Infraestructura Básica de Servicios que beneficie directamente a sectores de la población que se encuentran en condiciones de rezago social y pobreza extrema, incumpliendo lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio y artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Resultado PF-03, Observación PF-03 Con recursos del Fondo III 2011 dentro del Rubro de Gastos Indirectos y Desarrollo Institucional se realizaron varias adquisiciones, consistentes en: vehículos, equipo de cómputo y mobiliario, de las cuales se exhibió el soporte documental correspondiente, además de los vales de resguardo y los reportes fotográficos

Acción a Promover PF-11/19-003 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que las adquisiciones realizadas dentro de los rubros de Gastos Indirectos y Desarrollo Institucional con recursos del Fondo III, sean destinadas a las Direcciones de Desarrollo Económico y Social y Obras Públicas, áreas responsables de diseñar, planear, programar, ejecutar, operar y

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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respectivos; sin embargo, dichos bienes fueron distribuidos y asignados al personal de los distintos departamentos de la Presidencias Municipal, acción que se considera improcedente al no destinarse a las Direcciones de Desarrollo Económico y Social y Obras Públicas, áreas que se encargan de diseñar, programar, ejecutar, operar y evaluar los programas, obras y/o acciones sociales del Fondo III que abaten el rezago social y la pobreza extrema, según lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal.

evaluar los programas, obras y/o acciones sociales que abaten el rezago social y la pobreza extrema, tal como se establece en el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, que a la letra dice: “En caso de los Municipios, éstos podrán disponer de hasta un 2% del total de recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal que les correspondan para la realización de un programa de desarrollo institucional. Este programa será convenido entre el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno Estatal correspondiente y el Municipio de que se trate. Adicionalmente, los Estados y Municipios podrán destinar hasta el 3% de los recursos correspondientes en cada caso, para ser aplicados como gastos indirectos”.

Resultado PF-04, Observación PF-04 Con base en el seguimiento del flujo de efectivo en el estado de cuenta bancario y auxiliar de bancos del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se detectaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0627007848 del Banco Mercantil del Norte, denominada Aportación de Beneficiarios por un importe de $85,034.68, de las cuales el municipio no exhibió las pólizas cheque ni la documentación comprobatoria respectiva, que justifique su aplicación en obras y/o acciones autorizadas del Fondo III, mismas que se listan a continuación:

APORTACIÓN BENEFICIARIOS

FECHA

CHEQUE

CONCEPTO SEGÚN SACG

IMPORTE

18/02/2011

383

PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO DE C. B. JUÁREZ DE FTO. LAS ARTES

$ 67,189.00

24/08/2011

412

PAVIMENTACIÓN JEREZ FTO. BANRURAL

4,345.68

06/09/2011

415

REINTEGRO DE CALLE CANTERA DE FTO. EL PEDREGAL

13,000.00

PF-11/19-004 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $85,034.68 a los CC. Lic. Eduardo López Míreles, C.P. David Venegas Duarte e Ing. Ramón Héctor Santillán Trejo quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales y Director de Desarrollo Económico y Social, durante el período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2011 en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los últimos citados, por no presentar las pólizas cheque ni el soporte documental respectivo, desconociéndose el destino de la aplicación de los recursos ejercidos, correspondientes a los cheques que se detallan en el Resultado que antecede de la cuenta bancaria número 0627007848 denominada Aportación de Beneficiarios del Banco Mercantil del Norte. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción III y V, 93 fracción IV, 96 fracción I y XV, 179, 182 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, 7 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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12/12/2011

454

AMPLIACIÓN DE RED ELÉCTRICA DE J. NIÑOS DE SAN RAFAEL

500.00

T O T A L $ 85,034.68

Resultado PF-05, Observación PF-05 Del presupuesto del Fondo III 2011, asignado al municipio por $22, 574,918.00, se ejerció al cierre del año el 57.00% de los recursos, derivado de un desfasamiento en la ejecución de las obras y/o acciones ya que según el Informe de Avance Físico-Financiero al 31 de diciembre de 2011 se aprobó la ejecución de 109 obras y/o acciones, de las cuales a esa fecha, se encontraban 54 sin iniciar, 21 en proceso y 34 terminadas. Con base a lo anterior se observa la no conclusión de las obras y/o acciones dentro del ejercicio para el que fueron programadas, en afectación al cumplimiento de las metas y objetivos del Fondo y lo establecido en los artículos 1, 2, 45 y 54 de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 2, 42 y 223 de su Reglamento, Presupuestos de Egresos Municipal, Estatal y Federal y la Ley de Coordinación Fiscal.

Acción a Promover PF-11/19-005 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en lo sucesivo en la ejecución de obras y acciones del Fondo III, se establezca un sistema de control programático y presupuestal adecuado que permita la aplicación oportuna de los recursos en las obras y acciones autorizadas, con la finalidad de que se cumplan las metas y los objetivos del Fondo dentro del ejercicio para el cual fueron aprobados, conforme a lo señalado en la Ley de Coordinación Fiscal, Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y Presupuesto de Egresos Federal, Estatal y Municipal.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Acción a Promover PF-11/19-006 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por el orden de $24,197,721.00, se destinaron conforme a lo siguiente: $14,490,422.23 para Obligaciones Financieras que representa 59.89%, $1,239,177.00 para Seguridad Pública que constituye el 5.12%, para Infraestructura Social Básica de Obras y Acciones $7,468,121.77 constituyendo el 30.86% y el 4.13% restante para Adquisiciones por $1,000,000.00, al 31 de diciembre del 2011 los recursos fueron aplicados en un 99.80% y revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, en el año 2011 se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $9,596.00, los cuales fueron aplicados en el ejercicio sujeto a revisión.

Resultado PF-06, Observación PF-06 El municipio realizó erogaciones mediante la expedición de los cheques números 60 y 84 de fechas 25 de junio y 03 de noviembre de 2011 respectivamente, de la cuenta bancaria número 0672999149 denominada Fondo IV 2011, por concepto de compra de 405 bultos de fertilizante, de los cuales se presentó solicitud de apoyo, copia fotostática de la identificación oficial y recibo de ingresos de la Tesorería Municipal por cada uno de los beneficiarios, respaldando con esto la entrega de 277 bultos, sin embargo no se presentó evidencia del destino y entrega de los 128 bultos restantes, verificando en el municipio la inexistencia física de los mismos. En auditoría de campo de fecha 18 de mayo se levantó acta administrativa (Constancia de Hechos) en la comunidad de Villahermosa, Jerez, en la cual personas de esa comunidad declararon haber sido beneficiarios de dicho insumo, manifestando que el recurso pagado por cada bulto fue de $280.00 entregándose dicho importe el 28 de julio de 2011 al C.P. Víctor Hugo Rivera Herrera, Regidor del H. Ayuntamiento de Jerez de la Administración 2010-2013 y que a la fecha no cuentan con un recibo de ingresos de la Tesorería Municipal por la cantidad aportada por los beneficiarios, quedando pendiente de comprobar por parte del municipio la cantidad de $35,840.00 respaldando la entrega de 128 bultos, como a continuación se detalla:

BENEFICIARIO BULTOS RECIBIDOS

IMPORTE PAGADO

Eulogio García 40 $ 11,200.00

Margarita Martínez 20 5,600.00

Agustín García 20 5,600.00

José Luis García 20 5,600.00

Everardo Caldera 10 2,800.00

PF-11/19-007 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $35,840.00 a los CC. Lic. Eduardo López Míreles, C.P. Víctor Hugo Rivera Herrera e Ing. Ramón Héctor Santillán Trejo quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Regidor y Director de Desarrollo Económico y Social, durante el período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2011 en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los últimos citados, por no presentar recibos de ingresos de la Tesorería Municipal por la cantidad aportada por los beneficiarios, por los 128 bultos de fertilizante entregados, correspondientes a los cheques 60 y 84 de la cuenta bancaria número 0672999149 denominada Fondo IV 2011 del Banco Mercantil del Norte. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción III y V, 93 fracción IV, 96 fracción I y XV, 179, 182 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, 7 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Adolfo Venegas 4 1,120.00

Daniel Esquivel 10 2,800.00

Sin especificar 4 1,120.00

TOTAL 128 $35,840.00

Resultado PF-07, Observación PF-07 Con recursos del Fondo IV, el municipio realizó erogaciones por el orden $883,736.00 como aportaciones para la ejecución de obras dentro del Programa 3x1 para Migrantes, sin embargo, estas aportaciones corresponden a las que debió realizar el Club u Organización de Migrantes. En consecuencia, al haber realizado tanto la aportación del Club como la que le corresponde al municipio, aportó el 50% del Programa, incumpliendo con las Reglas de Operación del mismo, ya que señalan como estructura financiera la aportación del 25% de cada una de las siguientes instancias: la Federación, el Estado, el Municipio y Club de Migrantes.

Cabe señalar que dichas aportaciones fueron aprobadas en actas de sesión ordinaria del H. Cabildo celebradas los días 14 y 05 de octubre de 2011, donde se autoriza por unanimidad utilizar recursos del Fondo IV, para realizar las aportaciones tanto del municipio como la de los Clubes. No se omite mencionar que las obras para las cuales se destinó aportación corresponden a los rubros establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal.

No obstante que en el H. Cabildo se aprobó la aportación del Club, se observa incumplimiento a las reglas de operación del Programa 3X1 para Migrantes, además no exhiben la solicitud del Club de Migrantes, en la que se señale la causa o motivo justificado, para que el municipio haya erogado a nombre del Club la aportación que a éste corresponde.

Acción a Promover

PF-11/19-008 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado que tratándose de obras y acciones aprobadas para ser ejecutadas dentro del Programa 3X1 para Migrantes, limite su aportación a lo establecido en las Reglas de Operación de dicho programa, en las que señala como estructura financiera, la aportación del 25% de cada una de las siguientes instancias: Federación, Estado, Municipio y Club de Migrantes.

En caso de que el municipio realice la aportación del Club de Migrantes, deberá exhibir la solicitud del mismo, en la que señale la causa o motivo justificado para que el municipio absorba y aporte a nombre del Club lo que a éste corresponde, además dicha erogación deberá ser autorizada por el Consejo de Desarrollo Municipal, exhibiendo el acta correspondiente

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

Acción a Promover PF-11/19-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Se revisaron documentalmente recursos por un monto de $6, 560,708.00 correspondientes a 11 obras de la muestra, las cuales fueron aprobadas en el rubro de Urbanización Municipal. Al 31 de diciembre de 2011 los recursos fueron aplicados en un 75.70% y revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se encontraron observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

PROGRAMA HABITAT

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Se revisaron documentalmente recursos por un monto de $3, 255,566.00 correspondientes a 5 obras de la muestra, las cuales fueron aprobadas en el rubro de Urbanización Municipal. Al 31 de diciembre de 2011 los recursos fueron aplicados en un 97.95% y revisados documentalmente al 100.00%. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se encontraron observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 01, Sin Observación Para la ejecución del Programa Municipal de Obras del ejercicio 2011, se asignó un monto de $10'245,000.00 al 31 de diciembre, el municipio ejerció un monto de $10´148,229.36; presentando un subejercicio del 0.94%. Así mismo según informe del mes de diciembre presentado por el municipio de las 19 obras programadas, 17 fueron terminadas y 2 están canceladas; por lo que presenta cumplimiento en su programación y ejecución.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 02, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 28 (veintiocho) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP - 03, Observación OP – 01 Para la realización de la obra "Construcción de Alcantarilla-Puente, La Gavia", se aprobaron recursos mediante Acta de Consejo número 4 de fecha 31 de octubre de 2011, por un monto de $1´208,100.00, del cual $966,480.00 corresponden al Fondo III y $241,620.00 a la aportación de los beneficiarios, la obra fue asignada mediante administración de comité, debiendo ser asignada mediante invitación restringida con base en la Normatividad aplicable, los recursos fueron aprobados para la construcción de puente a base de piedra braza para estribos, aleros y muro, con losa de concreto armado de sección 10.30 x 9.10 m, los beneficiarios acordaron que el recurso que les corresponde lo cubrirían con mano de obra. Durante la revisión física realizada el día 17 de mayo de 2012, en compañía de representantes de la entidad fiscalizada, la obra se encontró en proceso con un avance físico aproximado del 90%, cabe mencionar que la obra fue modificada, sin presentar el presupuesto de dicha modificación, por lo que ésta deberá ser exhibida por el municipio para ser analizada en la valoración cuantificativa de los conceptos ejecutados; la obra se inició en el año 2012 y se está trabajando en la construcción de pavimento de concreto hidráulico en calle, guarnición y banqueta, conceptos que no estaban considerados realizar, el monto observado corresponde al 10% del presupuesto federal $96,648.00. Derivado de la revisión documental se constató que del importe aprobado, se liberó, mediante la póliza de cheque número 227 de fecha 24 de enero de 2012 la cantidad de $362,430.00, sin exhibir documentación comprobatoria de dicho egreso, el cheque fue recibido por el C. José Sánchez Carrera, Presidente del Comité de Obra.

OP - 11/19 - 001 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal que para efectos de aclaración, respecto a la obra denominada "Construcción de Alcantarilla-Puente, La Gavia", presente el soporte documental técnico de los conceptos pendientes de realizar por el monto de $96,648.00, que corresponden al 10% del presupuesto federal, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios que demuestren que la obra fue terminada, exhibiendo el presupuesto y proyecto modificados, generadores, precios unitarios atípicos, álbum fotográfico, oficio protocolario de aprobación de los precios unitarios atípicos, acta de entrega-recepción, acta circunstanciada en la que intervenga la contraloría municipal para hacer constar los trabajos ejecutados, documentación faltante por liberar por $604,050.00, documentación comprobatoria del gasto federal por $966,480.00 y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado OP - 04, Observación OP – 02 Para la realización de la obra "Ampliación de red eléctrica en calle Agricultores en fraccionamiento Granjas El Molino, Cabecera Municipal", se aprobaron

OP - 11/19 - 002 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal que para efectos de

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

recursos mediante Acta de Consejo número 6 de fecha 9 de diciembre de 2011 por un monto de $553,122.00, de los cuales $442,498.00 corresponden al Fondo III y $110,624.00 a la aportación de los beneficiarios, la obra fue asignada mediante adjudicación directa, sin presentar la documentación correspondiente al proceso de contratación de la obra (observado en el rubro de Normatividad), las metas programadas consistieron en: suministro y colocación de 9 postes de concreto de 12-750, 2 postes de concreto de 9-400, 2 transformadores de 25 kva y 9 lámparas suburbanas de 100 de watts, la aportación correspondiente a los beneficiarios no fue ingresada a la Tesorería Municipal. Durante la revisión física realizada el día 17 de mayo de 2012, en compañía de representantes de la entidad fiscalizada, la obra se encontró inconclusa y operando con un avance del 95%, sin embargo con base en la cuantificación de volúmenes, presenta conceptos faltantes de terminar, los cuales ya fueron pagados, consistentes en: el suministro y colocación de 1 poste de concreto de 12-750 por un monto de $6,588.80, según consta en la Cédula Comparativa de Volumen de Obra. Derivado de la revisión documental se constató que el importe aprobado, se liberó parcialmente, mediante la póliza de cheque número 327 de fecha 30 de marzo de 2012 la cantidad de $165,936.60, a nombre de CONEZ S. de R.L. de C.V. y respaldo de la factura número 172 de fecha 9 de abril de 2012, faltando por liberar y comprobar $276,561.40.

aclaración y en relación a la obra denominada "Ampliación de red eléctrica en calle Agricultores en fraccionamiento Granjas El Molino, Cabecera Municipal", presente el soporte documental técnico de los conceptos pendientes de realizar por un monto de $6,588.80, consistentes en el suministro y colocación de 1 poste de concreto de 12-750, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que la obra fue terminada, exhibiendo estimaciones, finiquito, generadores, croquis de los trabajos ejecutados, álbum fotográfico, acta circunstanciada en la que intervenga la contraloría municipal para hacer constar los trabajos ejecutados, documentación comprobatoria faltante por liberar y comprobar por $276,561.40 y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento.

medidas correspondientes.

Resultado OP - 05, Observación OP – 03 Para la obra "Rehabilitación de red de conducción de agua potable en la comunidad Rio Florido" se aprobaron recursos por un monto de $722,905.00, de los cuales $578,324.00 corresponden al Fondo III y $144,581.00 a la aportación de los beneficiarios, la obra fue asignada directamente al contratista Arq. Rafael Monsalvo Martínez; se suscribió el contrato 119920061 en fecha 16 de enero de 2012, para la rehabilitación de 2,000.00 metros de tubo RD-26 hidráulico de 3", fue ingresado a Tesorería Municipal

OP - 11/19 - 003 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal que para efectos de aclaración y respecto a la obra denominada "Rehabilitación de red de conducción de agua potable en la comunidad Rio Florido", presente el soporte documental técnico de los conceptos pendientes de realizar por un monto de $53,716.60,

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

un monto de $100,000.00 como aportación de beneficiarios. Durante la revisión física realizada el día 17 de mayo de 2012, en compañía de representantes de la entidad fiscalizada, la obra se encontró inconclusa con un avance del 90.0%, la obra se inicio en el ejercicio 2012, sin embargo con base en la cuantificación de volúmenes, presenta diferencia entre los conceptos pagados y los ejecutados por un monto de $53,716.60 consistentes en la falta de suministro y colocación de 170.00 ml de tubería de PVC cédula RD-26 de 3". Derivado de la revisión documental se constató que el importe se liberó parcialmente mediante póliza de cheque número 212 de fecha 19 de enero de 2012 por un importe de $216,872.00 y póliza de cheque número 236 de fecha 1 de febrero de 2012 por un importe de $216,872.00; ambas a nombre del Arq. Rafael Monsalvo Martínez, faltando por liberar un monto de $244,580.00 y comprobar el monto total federal por $578,324.00.

consistentes en el suministro y colocación de 170.00 ml de tubería de PVC cedula RD-26 de 3", debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que la obra fue terminada, exhibiendo estimaciones, generadores, finiquito, croquis de los trabajos ejecutados, álbum fotográfico, acta circunstanciada en la que intervenga la contraloría municipal para hacer constar los trabajos ejecutados, documentación faltante de liberar por $244,580.00, comprobación del gasto por $678,324.00 y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento.

Resultado OP - 06, Observación OP – 04 Para la obra "Ampliación de red de drenaje en la colonia Las Granjas en la Cabecera Municipal" se aprobaron recursos por un monto de $1'069,054.00 de los cuales $962,149.00 corresponden al Fondo III y $106,905.00 a la aportación de los beneficiarios; para la ampliación de 1,442.69 ml de tubo de PVC sanitario serie 20 y 41 pozos de visita, la obra se asignó a la empresa Grupo Constructor SION S.A. de C.V., fue ingresado a Tesorería Municipal un monto de $29,800.00 como aportación de beneficiarios. Durante la revisión física realizada el día 16 de mayo de 2012, en compañía de representantes de la entidad fiscalizada, la obra se encontró inconclusa con un avance del 70.0%, la obra se inicio en el ejercicio 2012, faltando el suministro y colocación de 430.69 ml de tubo de PVC serie 20 y la construcción de 17 pozos de visita, por un importe de $253,278.11. Cabe hacer mención que el monto se determinó con base en el presupuesto de obra municipal y la revisión física.

OP - 11/19 - 004 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal que para efectos de aclaración respecto a la obra denominada "Ampliación de red de drenaje en la colonia Las Granjas en la Cabecera Municipal", presente el soporte documental técnico de los conceptos pendientes de realizar por un monto de $253,278.11, consistentes en el suministro y colocación de 430.69 ml de tubo de PVC serie 20 y la construcción de 17 pozos de visita, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que la obra fue terminada, exhibiendo estimaciones, generadores, finiquito, croquis de los trabajos ejecutados, álbum fotográfico, acta circunstanciada en la que intervenga

Se solventa y se le dará seguimiento.

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

La revisión documental para determinar la situación que guarda la obra no se pudo llevar a cabo ya que solo se presentó parte de la documentación técnica, faltando la comprobación del gasto tales como pólizas y facturas.

la contraloría municipal para hacer constar los trabajos ejecutados, documentación comprobación del gasto por $991,949.00 y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento.

Resultado OP - 07, Observación OP – 05 Para la obra "Pavimentación con concreto hidráulico de calle Olimpia en la colonia Olimpia en la Cabecera Municipal" se aprobaron recursos por un monto de $674,407.00, de los cuales $ 539,526.00 corresponden al Fondo III y $134,881.00 a la aportación de beneficiarios, la obra fue asignada directamente al contratista Arq. Rafael Monsalvo Martínez; se suscribió el contrato número 11992017 en fecha 15 de agosto de 2011, para la pavimentación de 2,237.82 m2 con concreto hidráulico, fue ingresado a Tesorería Municipal un monto de $132,700.00 como aportación de beneficiarios. Durante la revisión física realizada el día 18 de mayo de 2012, en compañía de representantes de la entidad fiscalizada, la obra se encontró inconclusa con un avance del 80.0%, sin embargo con base en la cuantificación de volúmenes, presenta diferencia entre los conceptos pagados y los ejecutados por un monto de $121,212.29 consistentes en la falta de colocación de 466.56 m2 de piso de concreto. Derivado de la revisión documental se constató que del importe total aprobado, se liberó mediante póliza de cheque número 30 de fecha 11 de agosto de 2011 soportada con factura número 502 de fecha 22 de agosto de 2011 por un importe de $202,322.00; póliza de cheque número 98 de fecha 8 de septiembre de 2011 soportada con factura número 507 de fecha 10 de septiembre de 2011 por un importe de $337,204.00; póliza de cheque número 440 de fecha 27 de octubre de 2011 soportada con factura número 509 de fecha 1 de noviembre de 2011 por un importe de $127,500.00; factura número 516 de fecha 2 de enero de 2012 por un importe de $7,381.00; todas a nombre de Arq. Rafael Monsalvo Martínez; faltando póliza de cheque por monto de $7,381.00.

OP - 11/19 - 005 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Jerez, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal, Lic. Eduardo López Míreles responsable subsidiario, Director de Desarrollo Económico y Social Ing. Ramón Héctor Santillán Trejo responsable directo y contratista Arq. Rafael Monsalvo Martínez, responsable solidario, por un monto de $121,212.29 por conceptos pagados y no ejecutados en la obra "Pavimentación con concreto hidráulico de calle Olimpia en la colonia Olimpia en la Cabecera Municipal", consistentes en la construcción de 466.56 m2 de piso de concreto, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que la obra fue terminada, exhibiendo estimaciones, generadores, croquis de los trabajos ejecutados, álbum fotográfico, acta circunstanciada en la que intervenga la contraloría municipal para hacer constar que los trabajos fueron ejecutados, póliza de cheque por $7,381.00 y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento o en su caso presente el reintegro del monto observado a la Tesorería

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipal.

Resultado OP - 08, Observación OP – 06 Para la obra "Pavimentación de concreto hidráulico en calle Cardenal 2a etapa en la colonia Unión Santa Cruz en la cabecera municipal" se aprobaron recursos por un monto de $454,544.00 de los cuales $ 409,090.00 corresponden al Fondo III y $45,454.00 a la aportación de beneficiarios la obra fue asignada directamente al Grupo Constructor Sion SA de CV; se suscribió el contrato número 119920029 en fecha 15 de agosto de 2011, para la pavimentación de 1022.12 m2 con concreto hidráulico, fue ingresado a Tesorería Municipal un monto de $35,000.00 como aportación de beneficiarios. Durante la revisión física realizada el día 16 de mayo de 2012, en compañía de representantes de la entidad fiscalizada, la obra se encontró inconclusa con un avance del 95.0%, sin embargo con base en la cuantificación de volúmenes, presenta diferencia entre los conceptos pagados y los ejecutados por un monto de $15,938.13 consistentes en la falta de colocación de 47.94 m2 de piso de concreto. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado, se liberó mediante póliza de cheque número 94 de fecha 5 septiembre de 2011 soportada con factura número 113 de fecha 2 de septiembre de 2011 por un importe de $227,727.00; póliza de cheque número 32 de fecha 11 de agosto de 2011 soportada con factura número 111 de fecha 12 de agosto de 2011 por un importe de $136,363.00; póliza de cheque número 420 de fecha 26 de septiembre de 2011 por un importe de $35,000.00; factura No 115 de fecha 24 de octubre de 2011 por un importe de $45,454.00; todas a nombre de Grupo Constructor SION S.A. de C.V. falta póliza cheque por $45,000.00 y comprobación del gasto por $34,546.00.

OP - 11/19 - 006 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Jerez, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal, Lic. Eduardo López Míreles responsable subsidiario, Director de Desarrollo Económico y Social Ing. Ramón Héctor Santillán Trejo responsable directo y contratista Grupo Constructor SION S.A. de C.V., como responsable solidario, por un monto de $15,938.13 por conceptos pagados y no ejecutados en la obra "Pavimentación de concreto hidráulico en calle Cardenal 2a etapa en la colonia Unión Santa Cruz en la cabecera municipal", consistentes en la construcción de 47.94 m2 de piso de concreto, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que la obra fue terminada, exhibiendo estimaciones, finiquito, generadores, croquis de los trabajos ejecutados, finiquito, álbum fotográfico, acta circunstanciada en la que intervenga la contraloría municipal para hacer constar los trabajos ejecutados, póliza cheque por $45,000.00, comprobación del gasto por $34,546.00 y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento o en su caso presente el reintegro del monto observado a la Tesorería Municipal.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS (FONFO IV)

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Resultado OP - 09, Sin Observación De este programa no se seleccionaron obras para su revisión física y documental por lo que no se desprenden observaciones que hacer constar.

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PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 11 (once) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP - 10, Observación OP – 07. Para la obra "Construcción de parque para niños con capacidades diferentes 2a etapa (área de rehabilitación) en la Cabecera Municipal" se aprobó del Programa 3x1 para Migrantes un monto de $1'873,124.00, que se conforma con participación Federal, Estatal, Municipal y Beneficiarios de $468,281.00 cada uno, mediante oficio de aprobación número AP-DSZ-152-740-1643/11 de fecha 29 de septiembre de 2011, fue asignada mediante Administración Directa, para la construcción de módulos para terapia del lenguaje, terapia ocupacional, mecanoterapia, estimulación temprana, consultorio, sanitarios y área administrativa, en una superficie de 480.00 m2, a base de tabique de barro rojo recocido, concreto armado, vitropiso, cancelería de aluminio, puertas de multipanel. Durante la revisión física realizada el día 17 de mayo de 2012, en compañía de representantes de la entidad fiscalizada, la obra se encontró en proceso con un avance del 70.0%, faltando por ejecutar los conceptos que amparan un monto de $505,129.82 como se describe a continuación: Ver anexo 1. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado, se liberó según se describe a continuación: Ver anexo 2.

OP - 11/19 - 007 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal que para efectos de aclaración y respecto a la obra denominada "Construcción de parque para niños con capacidades diferentes 2a etapa (área de rehabilitación) en la Cabecera Municipal" misma que está siendo realizada mediante el Programa 3x1 para Migrantes, presente el soporte documental técnico de que los conceptos pendientes de realizar por el monto de $505,129.82, listados en la tabla de conceptos faltantes de ejecutar de la observación que antecede, ver anexo 1, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de que la obra fue terminada, exhibiendo estimaciones, generadores, croquis de los trabajos ejecutados, álbum fotográfico, acta circunstanciada en la que intervenga la contraloría municipal para hacer constar los trabajos ejecutados, documentación pendiente de erogar por $810,571.53 que se lista en la segunda tabla que antecede, ver anexo 2 y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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PROGRAMA HABITAT

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Resultado OP- 11 Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 5 (cinco) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar

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PROGRAMA PESO POR PESO

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Resultado OP- 12, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 4 (cuatro) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar

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INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

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Resultado OP-13, Observación OP- 08

Derivado de la revisión documental de las obras que constituyeron la muestra de auditoría, se detectó en los expedientes unitarios la falta de integración de la documentación técnica social que se debe generar en todas las fases de ejecución de las obras, fundamentalmente: proyecto, presupuesto base, programa de obra, factibilidad, acuerdo de modalidad de ejecución, convenio de colaboración, bases de licitación, junta de aclaración, acta de apertura de propuestas económica y técnica, dictamen y fallo, contrato, catálogo de conceptos contratados, programa de ejecución de la obra, fianza de anticipo, fianza de cumplimiento, estimaciones, generadores, bitácora, reporte de supervisión, reporte fotográfico, pruebas de laboratorio, acta de entrega-recepción, fianza de vicios ocultos, finiquito y adquisiciones.

OP-11/19- 008 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en lo sucesivo, tome las medidas que sean pertinentes para llevar a cabo la adecuada integración de los expedientes unitarios de las obras conteniendo toda la documentación que se debe generar en las diferentes fases de ejecución de las mismas, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos: 30 fracciones II, IV y V inciso c, 31, 39, 59 fracción III, 65, 66, 81, 85 fracciones I y II, 91, 111, 114 y 116 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, así como 18 fracción II, 23 fracción III, 71, 86 fracciones V, XI y XIV y 102 fracción IV del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas; lo anterior en el caso de las obras de PMO, fondos III y peso x peso. Para el caso de las obras del Programa 3x1 para Migrantes, los artículos 31, 34 párrafo II, 37 fracción III, 46, 47, 52 párrafo II y 64 párrafo IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas Federal, así como 113 fracción IX, 115 y 115 fracción IV inciso g de su Reglamento y de manera general el artículo 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio y Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 49 párrafo III fracción II y el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-14, Observación OP-09 Se observa en cuanto al Relleno Sanitario que el municipio presenta un nivel aceptable ya que cumple en un 57.9% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura. La verificación física de nuestro examen revela que existe un Relleno Sanitario, ubicado a 3.5 km del área urbana ocupando 4 hectáreas aproximadamente, carece de estudio geotécnico y no garantiza la protección del medio ambiente, dentro de los cuales se incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y subterránea, asimismo la flora y la fauna. Evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con drenaje pluvial para el desvió de escurrimientos pluviales, área de emergencia para la recepción de los residuos sólidos municipales, cerco perimetral, caseta de vigilancia, manual de control y operación, franja de amortiguamiento, no se controla la dispersión de materiales ligeros cubriendo los residuos de forma continua y no se controla el acceso del personal, vehículos y materiales.

OP-11/19-009 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos necesarios a fin de preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, para dar cumplimiento a la normatividad aplicable en esta materia y de esta manera contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-15, Observación OP-10 El objetivo en cuanto al Rastro Municipal es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y que las normas de construcción y operación se cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen practicado determinó que se cumple con el 88.5% de las normas antes descritas, presentando un nivel positivo. Sin embargo carece de certificados de salud, control de registros, de la verificación física de nuestro examen revela que no cuenta con corral de recepción con báscula.

OP-11/19-010 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos necesarios para incrementar el grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2010-2013

Abreviaciones: Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2011 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.

TIPO DE ACCIÓN

DETERMINADAS EN REVISIÓN

SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

14 3 11 FRR 11

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

1 - - - 1

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

17 17 0 0 0

Solicitud De Aclaración.

8 4

4 REC

4 3 OIC

17

Recomendación 22 2

1 FRR

20

2 FRA

16 REC

2 SEG

21

TOTAL 62 26 38 36