introduccion al estudio del derecho2

9

Click here to load reader

Upload: magdalenabermudez

Post on 06-Jun-2015

1.118 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO2

NORMAS

NORMA: es toda regla de conducta que concede derechos o prescribe

obligaciones.

Existen 3 tipos de normas que nos rigen a lo largo de nuestras vidas,

desde que nacemos hasta nuestra muerte:

1) Morales o convencionalismo social: valores morales, ética, buenas

costumbres. Son unilaterales, interiores, no obligatorias y

no sancionables.

2) Religiosas: Biblia. Son unilaterales, interiores, no obligatorias y no

sancionables.

3) Jurídicas: Son catalogables, se encuentran recopiladas en artículos,

códigos, leyes, circulares, etc., y se dan a conocer a todos.

Page 2: INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO2

LAS NORMAS JURÍDICAS SE CARACTERIZAN POR SER:

Heterónomas: el individuo esta sometido a la autoridad o mando de

otro. Impuesta por el Estado.

Bilaterales: estas normas son imperativo-atributivas son reglas que

imponen deberes y conceden facultades, frente al sujeto

jurídicamente obligado encontramos siempre a otra persona

facultada por la norma para reclamarle la obediencia de lo prescrito.

Externas: se toma en cuenta la adecuación externa de la conducta

con la norma, haciendo a un lado de la intención o convicción de lo

obligado (la valides de la norma depende de su observancia aunque

se lleve a efecto contra su propia voluntad o convicción).

Coercibles: en caso que el derecho no se cumpla voluntariamente es

posible hacerlo valer por la fuerza (el estado es quien lo hace valer).

Page 3: INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO2

LOS SUPUESTOS JURIDICOS SE CLASIFICAN EN:

1) CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS;

Formado por 136 artículos y del cual se desprende todo el sistema

jurídico mexicano.

2) LEYES FEDERALES Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES; Ejemplo:

Ley Federal del Trabajo, Código de Comercio, Código Penal Federal,

Código fiscal Federal, etc.

3) CONTITUCIONES LOCALES, de cada entidad federativa.

4) LEYES ORDINARIAS Y LEYES ORGANICAS; Ordinarias: Código civil de

Veracruz, Código Penal para el estado de Veracruz. Orgánicas: Ley

Orgánica del Poder judicial.

5) REGLAMENTOS.

6) LEYES MUNICIPALES.

Page 4: INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO2

FUENTES FORMALES DEL DERECHO

LEGISLACIÓN: es un proceso por el cual uno o varios órganos del estado

formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia

general a las que se les da el nombre específico de leyes. Ejemplo: leyes

y códigos.

COSTUMBRE JURIDICA: se constituye por la repetición de acciones y

permanencia van adquiriendo fuerza normativa, apareciendo como

obligatorias. Es el derecho consuetudinariamente. La costumbre para ser

obligatoria requiere del mandato expreso de la ley. Ejemplo: los

contratos se perfeccionan con el mero consentimiento. Los honorarios se

regularan conforme al lugar si no hubo contrato expreso. “Es cuando no

se establece en el código civil”.

DOCTRINA: es un estudio científico que los juristas realizan, acerca del

derecho, ya sea con el propósito puramente teórico de sistematización de

sus preceptos o ya con la finalidad de interpretar sus normas y señalar

las reglas de su aplicación.

JURISPRUDENCIA: conjunto de principios, criterios, precedentes o

doctrinas que se encuentran en las sentencias o fallos de los jueces o

tribunales. Son los que suplen las lagunas jurídicas. Su función es

interpretar el sentido de la ley o llenar las lagunas que aparecen en todo

sistema jurídico.

Page 5: INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO2

CLASIFICACION DOCTRINAL DE LA NORMA JURIDICA

FUENTE

ESCRITO

JURISPRUDENCIAL

CONSUETUDINARIO

SISTEMA AL QUE

PERTENECEN

NACIONALES

EXTRANJERAS

DE DERECHO COMPARADO

AMBITO DE

VALIDEZ

PERSONALESGENERICAS

INDIVDUALES

TEMPORALES

VIGENCIA:

INDETERMINADA

DETERMINADA

ESPACIAL

FEDERALES

ESTATALES

MUNICIPALES

MATERIALDERECHO PRIVADO

CIVIL

MERCANTIL

DERECHO PUBLICO

CONSTITUCIONAL

ADMINISTRATIVO

FISCAL

PROCESALES

PENAL

INTERNACIONALPUBLICO

PRIVADO

NOTARIAL

AMPARO

MARITIMO

AEREO

DERECHO SOCIALAGRARIO

LABORAL

JERARQUIA

CONSTITUCIONALES

ORGANICAS U ORDINARIAS

REGLAMENTARIAS

INDIVIDUALIZADAS

SANCION

PERFECTAS

PLUS QUAM PERFECTA

MINUS QUAM PERFECTA

IMPERFECTA

Page 6: INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO2

CONTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS

MEXICANOS

La Constitución Mexicana vigente está conformada por dos partes: la

dogmática y la orgánica.

En la primera, quedan consignadas las Garantías Individuales y se

reconocen derechos y libertades sociales:

• Derecho a la Libertad, aboliendo la esclavitud y otorgando

Libertad a cualquier individuo dentro del Territorio Nacional.

• Derecho a la libre expresión, asociación y tránsito, libertades

esenciales de la Nación Mexicana

• Derecho a la educación, siendo ésta otorgada por el Estado de

manera laica, gratuita y obligatoria.

• Derecho a la posesión de armas de fuego para seguridad y

legítima defensa.

• Derecho de huelga y organización de los trabajadores en

sindicatos.

• Derecho a la libre profesión de cultos.

• Jornada máxima de 8 horas de trabajo.

Page 7: INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO2

La parte orgánica corresponde a la divisón de los Poderes de la Unión

y el funcionamiento fundamental de las instituciones del Estado,

estableciendo:

• Una forma de gobierno mexicano como una República federal,

representativa y popular.

• Que los Poderes la Unión están divididos en Ejecutivo

(Presidencia de la República), Legislativo (Honorable Congreso

de la Unión) y Judicial (Suprema Corte de Justicia de la Nación).

• Que la reelección del Presidente queda prohibida, así como la

desaparición del puesto de Vicepresidente.

• La creación del Municipio libre,

• La Reforma Agraria.

Page 8: INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO2

PROCESO LEGISLATIVO

CAMARA DE ORIGEN

CAMARA

REVISORARESULTADO

PODER

EJECUTIVO

PRIMER CASO:

ApruebaAprueba Pasa al Ejecutivo Publica

SEGUNDO CASO:

Aprueba

Aprueba nuevamente

Rechaza totalmente

Desecha nuevamente

Vuelve a la Cámara de origen con las observaciones respectivas, a fin de ser discutido nuevamente.

El proyecto no puede volver a presentarse en el mismo período de sesiones.

TERCER CASO:

Aprueba

Aprueba nuevamente

Rechaza totalmente

Aprueba

Vuelve a la Cámara de origen con las observaciones respectivas, a fin de ser discutido nuevamente.

Pasa al Ejecutivo

Publica

CUARTO CASO:

Aprueba

Aprueba supresión, reformas o adiciones.

Desecha en parte, reforma o adiciona.

Vuelve a la Cámara de origen para la discusión de lo desechado o de las reformas o adiciones.

Pasa al Ejecutivo

Publica

QUINTO CASO:

Aprueba

Rechaza supresión reformas o adiciones.

Desecha en parte, reforma o adiciona.

Insiste en supresiones adiciones o reformas.

Vuelve a la cámara de origen para la discusión de lo desechado o de las reformas o adiciones.

El proyecto no puede volver a presentarse sino hasta el siguiente periodo de sesiones.

SEXTO CASO:

Aprueba

Rechaza supresión, reformas o adiciones.

Desecha en parte, reforma o adiciona.

Rechaza supresión, reformas o adiciones, es decir, acepta el proyecto primitivo.

Vuelve a la Cámara de origen para la discusión de lo desechado o de las reformas o adiciones.

Pasa la Ejecutivo.

Publica

SÉPTIMO CASO:

Rechaza

No puede volver a presentarse en las sesiones