introduccion al estudio del derecho2
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NORMAS
NORMA: es toda regla de conducta que concede derechos o prescribe
obligaciones.
Existen 3 tipos de normas que nos rigen a lo largo de nuestras vidas,
desde que nacemos hasta nuestra muerte:
1) Morales o convencionalismo social: valores morales, ética, buenas
costumbres. Son unilaterales, interiores, no obligatorias y
no sancionables.
2) Religiosas: Biblia. Son unilaterales, interiores, no obligatorias y no
sancionables.
3) Jurídicas: Son catalogables, se encuentran recopiladas en artículos,
códigos, leyes, circulares, etc., y se dan a conocer a todos.
LAS NORMAS JURÍDICAS SE CARACTERIZAN POR SER:
Heterónomas: el individuo esta sometido a la autoridad o mando de
otro. Impuesta por el Estado.
Bilaterales: estas normas son imperativo-atributivas son reglas que
imponen deberes y conceden facultades, frente al sujeto
jurídicamente obligado encontramos siempre a otra persona
facultada por la norma para reclamarle la obediencia de lo prescrito.
Externas: se toma en cuenta la adecuación externa de la conducta
con la norma, haciendo a un lado de la intención o convicción de lo
obligado (la valides de la norma depende de su observancia aunque
se lleve a efecto contra su propia voluntad o convicción).
Coercibles: en caso que el derecho no se cumpla voluntariamente es
posible hacerlo valer por la fuerza (el estado es quien lo hace valer).
LOS SUPUESTOS JURIDICOS SE CLASIFICAN EN:
1) CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS;
Formado por 136 artículos y del cual se desprende todo el sistema
jurídico mexicano.
2) LEYES FEDERALES Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES; Ejemplo:
Ley Federal del Trabajo, Código de Comercio, Código Penal Federal,
Código fiscal Federal, etc.
3) CONTITUCIONES LOCALES, de cada entidad federativa.
4) LEYES ORDINARIAS Y LEYES ORGANICAS; Ordinarias: Código civil de
Veracruz, Código Penal para el estado de Veracruz. Orgánicas: Ley
Orgánica del Poder judicial.
5) REGLAMENTOS.
6) LEYES MUNICIPALES.
FUENTES FORMALES DEL DERECHO
LEGISLACIÓN: es un proceso por el cual uno o varios órganos del estado
formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia
general a las que se les da el nombre específico de leyes. Ejemplo: leyes
y códigos.
COSTUMBRE JURIDICA: se constituye por la repetición de acciones y
permanencia van adquiriendo fuerza normativa, apareciendo como
obligatorias. Es el derecho consuetudinariamente. La costumbre para ser
obligatoria requiere del mandato expreso de la ley. Ejemplo: los
contratos se perfeccionan con el mero consentimiento. Los honorarios se
regularan conforme al lugar si no hubo contrato expreso. “Es cuando no
se establece en el código civil”.
DOCTRINA: es un estudio científico que los juristas realizan, acerca del
derecho, ya sea con el propósito puramente teórico de sistematización de
sus preceptos o ya con la finalidad de interpretar sus normas y señalar
las reglas de su aplicación.
JURISPRUDENCIA: conjunto de principios, criterios, precedentes o
doctrinas que se encuentran en las sentencias o fallos de los jueces o
tribunales. Son los que suplen las lagunas jurídicas. Su función es
interpretar el sentido de la ley o llenar las lagunas que aparecen en todo
sistema jurídico.
CLASIFICACION DOCTRINAL DE LA NORMA JURIDICA
FUENTE
ESCRITO
JURISPRUDENCIAL
CONSUETUDINARIO
SISTEMA AL QUE
PERTENECEN
NACIONALES
EXTRANJERAS
DE DERECHO COMPARADO
AMBITO DE
VALIDEZ
PERSONALESGENERICAS
INDIVDUALES
TEMPORALES
VIGENCIA:
INDETERMINADA
DETERMINADA
ESPACIAL
FEDERALES
ESTATALES
MUNICIPALES
MATERIALDERECHO PRIVADO
CIVIL
MERCANTIL
DERECHO PUBLICO
CONSTITUCIONAL
ADMINISTRATIVO
FISCAL
PROCESALES
PENAL
INTERNACIONALPUBLICO
PRIVADO
NOTARIAL
AMPARO
MARITIMO
AEREO
DERECHO SOCIALAGRARIO
LABORAL
JERARQUIA
CONSTITUCIONALES
ORGANICAS U ORDINARIAS
REGLAMENTARIAS
INDIVIDUALIZADAS
SANCION
PERFECTAS
PLUS QUAM PERFECTA
MINUS QUAM PERFECTA
IMPERFECTA
CONTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS
La Constitución Mexicana vigente está conformada por dos partes: la
dogmática y la orgánica.
En la primera, quedan consignadas las Garantías Individuales y se
reconocen derechos y libertades sociales:
• Derecho a la Libertad, aboliendo la esclavitud y otorgando
Libertad a cualquier individuo dentro del Territorio Nacional.
• Derecho a la libre expresión, asociación y tránsito, libertades
esenciales de la Nación Mexicana
• Derecho a la educación, siendo ésta otorgada por el Estado de
manera laica, gratuita y obligatoria.
• Derecho a la posesión de armas de fuego para seguridad y
legítima defensa.
• Derecho de huelga y organización de los trabajadores en
sindicatos.
• Derecho a la libre profesión de cultos.
• Jornada máxima de 8 horas de trabajo.
La parte orgánica corresponde a la divisón de los Poderes de la Unión
y el funcionamiento fundamental de las instituciones del Estado,
estableciendo:
• Una forma de gobierno mexicano como una República federal,
representativa y popular.
• Que los Poderes la Unión están divididos en Ejecutivo
(Presidencia de la República), Legislativo (Honorable Congreso
de la Unión) y Judicial (Suprema Corte de Justicia de la Nación).
• Que la reelección del Presidente queda prohibida, así como la
desaparición del puesto de Vicepresidente.
• La creación del Municipio libre,
• La Reforma Agraria.
PROCESO LEGISLATIVO
CAMARA DE ORIGEN
CAMARA
REVISORARESULTADO
PODER
EJECUTIVO
PRIMER CASO:
ApruebaAprueba Pasa al Ejecutivo Publica
SEGUNDO CASO:
Aprueba
Aprueba nuevamente
Rechaza totalmente
Desecha nuevamente
Vuelve a la Cámara de origen con las observaciones respectivas, a fin de ser discutido nuevamente.
El proyecto no puede volver a presentarse en el mismo período de sesiones.
TERCER CASO:
Aprueba
Aprueba nuevamente
Rechaza totalmente
Aprueba
Vuelve a la Cámara de origen con las observaciones respectivas, a fin de ser discutido nuevamente.
Pasa al Ejecutivo
Publica
CUARTO CASO:
Aprueba
Aprueba supresión, reformas o adiciones.
Desecha en parte, reforma o adiciona.
Vuelve a la Cámara de origen para la discusión de lo desechado o de las reformas o adiciones.
Pasa al Ejecutivo
Publica
QUINTO CASO:
Aprueba
Rechaza supresión reformas o adiciones.
Desecha en parte, reforma o adiciona.
Insiste en supresiones adiciones o reformas.
Vuelve a la cámara de origen para la discusión de lo desechado o de las reformas o adiciones.
El proyecto no puede volver a presentarse sino hasta el siguiente periodo de sesiones.
SEXTO CASO:
Aprueba
Rechaza supresión, reformas o adiciones.
Desecha en parte, reforma o adiciona.
Rechaza supresión, reformas o adiciones, es decir, acepta el proyecto primitivo.
Vuelve a la Cámara de origen para la discusión de lo desechado o de las reformas o adiciones.
Pasa la Ejecutivo.
Publica
SÉPTIMO CASO:
Rechaza
No puede volver a presentarse en las sesiones