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INSTRUCTIVO PARA EL USO Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DEL PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD ETAPA XIV CICLO ESCOLAR 2014-2015

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INSTRUCTIVO PARA EL USO Y

APLICACIÓN DE LOS RECURSOS

FINANCIEROS DEL

PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD

ETAPA XIV

CICLO ESCOLAR 2014-2015

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“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido

político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los

contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales,

de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de

este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante

la autoridad competente”.

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C. Integrantes de las Comunidades Educativas

incorporadas al Programa Escuelas de Calidad

en el Estado de San Luis Potosí

P R E S E N T E S.-

El Programa Escuelas de Calidad es una iniciativa de la SEP que se orienta al fortalecimiento de la educación básica y se enmarca en lo

establecido por los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad

Hacendaria; 176, 178 y 179 de su Reglamento; 29, 30, 31, 40 y 41 y anexo 24 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal

2014.

El Gobierno de la República tiene la obligación de mejorar sustantivamente los procesos y resultados educativos del sistema educativo nacional. Es

menester que la educación que el Estado proporcione esté a la altura de los requerimientos que impone el tiempo actual y que la justicia social

demanda: una educación inclusiva, que respete y valore la diversidad sustentada en relaciones interculturales, que conjugue satisfactoriamente la

equidad con la calidad, en la búsqueda de una mayor igualdad de oportunidades para todos los mexicanos/as.

México busca en el corto plazo acelerar su crecimiento económico e incrementar la calidad de vida de sus habitantes. Para ello, se han

redoblado esfuerzos institucionales enfocados al desarrollo de una educación de calidad que potencie el desarrollo de las capacidades y

habilidades integrales de cada persona; que desarrolle las competencias fundamentales para aprender a aprender y aprender a convivir.

Para cumplir con estos postulados, la SEB impulsa la conjunción de esfuerzos hacia tres prioridades nacionales: mejorar la calidad de los

aprendizajes del alumnado, asegurar la retención de los educandos hasta la conclusión de sus estudios y asegurar la normalidad mínima escolar

en la operación de las escuelas. Estas prioridades ubican a la escuela en el centro de la política nacional para la educación básica y apuntan a

garantizar un funcionamiento regular del tipo educativo. Esto implica reorganizar recursos, procesos y acciones para que la escuela tenga la

posibilidad de cumplir su fin social: que las niñas y niños aprendan.

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 plantea como meta nacional un “México con Educación de Calidad”. Para ello, establece el Objetivo 3.1

“Desarrollar el potencial humano de los mexicanos con educación de calidad”, con las estrategias 3.1.2 “Modernizar la infraestructura y el

equipamiento de los centros educativos”, y 3.1.5 “Disminuir el abandono escolar, mejorar la eficiencia terminal en cada nivel educativo y

aumentar las tasas de transición entre un nivel y otro”; y el Objetivo 3.2 Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo, con las

estrategias 3.2.1 “Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población”; 3.2.2 “Ampliar los apoyos

a niños y jóvenes en situación de desventaja o vulnerabilidad” y 3.2.3 “Crear nuevos servicios educativos, ampliar los existentes y aprovechar la

capacidad instalada de los planteles”. Asimismo, en el Enfoque transversal (México con Educación de Calidad), estrategias I. “Democratizar la

Productividad”, con las líneas de acción de: 1) Coordinar los esfuerzos de política social y atención educativa a la población más pobre, para

crear condiciones que mejoren el ingreso, la retención y el aprovechamiento escolar de los alumnos de familias de escasos recursos económicos y

2) Fomentar la certificación de competencias laborales; estrategia II. “Gobierno Cercano y Moderno”, con las líneas de acción 1) Sistema de

Información y Gestión Educativa que permita a la autoridad tener en una sola plataforma datos para la planeación, administración y evaluación

del Sistema Educativo, y facilite la transparencia y rendición de cuentas; 2) Conformar un Sistema Nacional de Planeación que promueva un mejor

desarrollo del Sistema Educativo 3) Actualizar el marco normativo general que rige la vida de las escuelas de educación básica, con el fin de que

las autoridades educativas estatales dispongan de los parámetros necesarios para regular el quehacer de los planteles, y se establezcan con

claridad deberes y derechos de los maestros, los padres de familia y los alumnos y 4) Definir estándares de gestión escolar para mejorar el

desempeño de los planteles educativos.

Para la atención de estas prioridades se ha definido un conjunto de condiciones básicas a consolidar en todos los sistemas educativos, a saber:

asegurar el buen funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares y los de Zona; fortalecer la supervisión escolar; desarrollar procesos de

descarga administrativa a las escuelas y vigorizar la participación social. Estas condiciones plantean la imperiosa necesidad de reorientar y

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robustecer las redes de asistencia y acompañamiento a la escuela para garantizar que su actividad no se lleve a cabo en la soledad y el

aislamiento. Se trata de reconstruir la capacidad de la escuela para definir sus propias estrategias en un marco de corresponsabilidad, de

seguimiento y asistencia técnica especializada.

En este contexto el Programa recupera la experiencia y aprendizajes de los últimos años en los que ha impulsado la transformación de la gestión

de las escuelas públicas de educación básica. La finalidad es reorientar sus estrategias y acciones para contribuir al cumplimiento del mandato

constitucional en materia de autonomía de la gestión escolar, así como robustecer las acciones tendientes al establecimiento del Sistema Básico

de Mejora Educativa en el Subsistema de Educación Básica, apoyando técnica y financieramente a las escuelas públicas de educación básica

que más lo requieran, en la generación y consolidación de condiciones que les permita fortalecer su cultura organizacional y funcionamiento para

concretizar su autonomía de gestión.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPyRH), así

como, 178, párrafo primero de su Reglamento, se verificó que las presentes Reglas de Operación no se contraponen, afectan o presentan

duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno federal, en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo.

OBJETIVO GENERAL

Contribuir al fortalecimiento de las condiciones que favorezcan el desarrollo de la autonomía de gestión de las escuelas públicas de educación

básica, para la mejora de la calidad y equidad educativas en un marco de corresponsabilidad, transparencia y rendición de cuentas.

OBJETIVO ESPECÍFICO

cal de Educación

Básica con el fin de fortalecer la planeación local integrada y evaluar los avances en las metas establecidas en calidad y equidad. En esta

estrategia se incluirá la Propuesta Local para el desarrollo del Programa.

as capacidades de gestión pedagógica, escolar e institucional centrada en los aprendizajes del alumnado, con el

acompañamiento cercano del SATE y/o la supervisión, bajo el liderazgo directivo, con la participación del alumnado, personal docente y madres y

padres de familia, o tutores.

na que fortalezcan el

trabajo colectivo y la toma de decisiones eficaces y responsables en la escuela en el contexto de sus necesidades.

n el aprendizaje del

estudiantado, la transparencia y rendición de cuentas.

anismos que permitan a la escuela gestionar, obtener y ejercer recursos de manera más eficiente y con menor carga administrativa.

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LINEAMIENTOS

Cobertura

El Programa es de cobertura nacional, atenderá a las 32 entidades federativas.

Población objetivo

Escuelas públicas de educación básica en todos sus niveles y modalidades:

de alta y muy alta

marginación conforme al índice determinado por el CONAPO y/o con otros indicadores educativos desfavorables.

la Delincuencia.

Beneficiarios/as

Son las entidades federativas que decidan participar voluntariamente y las escuelas públicas de educación básica que se incorporen o

reincorporen al Programa.

Requisitos

Las AEL cumplirán los siguientes requisitos:

ción Básica de acuerdo a las disposiciones que emita la SEB, y enviar a la SEB copia del acta donde

conste su constitución e integración. (Quinta Sección) DIARIO OFICIAL Sábado 28 de diciembre de 2013

oluntad de participar en el ciclo escolar 2014-2015 y su compromiso de realizar el depósito

de la aportación local, teniendo como base la distribución de recursos que determine la SEP, dirigida al titular de la SEP, con atención al titular de

la SEB. Fecha límite 28 de febrero de 2014. (Anexo 1)

iere a la AFSEDF,

para la operación e implementación del Programa, mismos que se publicarán en el DOF una vez suscritos.

federal, local y en su

caso de proyectos de innovación, considerando también la subcuenta de recursos para gastos de operación del Programa; realizar el depósito de

la aportación local en su respectivo FEEC teniendo como fecha límite para ello el 31 de julio del año 2014 y enviar la documentación

comprobatoria del mismo a la DGDGIE.

a SEB la propuesta para la implementación y desarrollo del Programa. Ésta formará parte de la Estrategia Local para el Desarrollo de

la Educación Básica. Fecha límite: 31 de marzo de 2014.

Las escuelas que soliciten su incorporación o reincorporación deberán:

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jetivos del Programa.

ivalente, comunicará por escrito a la AEL la decisión de participar en el Programa, cumplir con los

criterios que orientan la gestión escolar y las bases publicadas en las convocatorias locales, mediante una carta compromiso de la escuela.

de reincorporación, deberán presentar a la AEL su informe anual de seguimiento técnico-pedagógico y el financiero, firmado por el

supervisor/a y el padre de familia que represente al CEPS o equivalente; y demostrar, avance positivo en el cumplimiento de las metas de su última

planeación escolar.

financieros, en el

caso de que compartan un mismo plantel, de manera que el beneficio sea común si ambas son seleccionadas.

Obligaciones de las escuelas:

-2015.

de sus avances durante la implementación de las acciones del Programa.

cesos de mejora en la

calidad del Programa;

s recursos y acciones de otros programas y proyectos federales y/o locales a través de su Ruta de Mejora Escolar o equivalente;

s Reglas de

Operación.

el Programa

escolar en el que

señalen los avances de las metas definidas en su Ruta de Mejora Escolar o equivalente, así como del ejercicio de los recursos financieros

entregados por el Programa.

En virtud de lo anterior, la Coordinación General Estatal y la Tesorería del Programa Escuelas de Calidad del estado de San Luis Potosí, en

colaboración con las instancias responsables de promover la aplicación transparente de los recursos públicos presentan el “INSTRUCTIVO PARA EL

USO Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DEL PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD ETAPA XIV, CICLO ESCOLAR 2014-2015”, cuyo objetivo

primordial es ser una base sustentada que coadyuve en el proceso de manejo de los recursos económicos que proporciona el Programa, de

acuerdo a la legislación estatal vigente y aplicable en materia de adquisiciones, contratación de servicios y ejecución de obra pública dentro de

un marco de transparencia y rendición de cuentas, con el fin de garantizar la transparencia en el uso, ejercicio y comprobación de los mismos.

Dicho Instructivo consta de apartados los cuales se enlistan a continuación:

I.-GLOSARIO Y ACRÓNIMOS.

II.-ASIGNACIÓN Y ENTREGA DE RECURSOS Y DONATIVOS.

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III.-APLICACIÓN DE LOS RECURSOS.

IV.-CONTROL DE LOS RECURSOS.

V.-ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y OBRA PÚBLICA.

VI.-COMPROBACIÓN DEL GASTO.

VII.-ESTRUCTURA DEL INFORME FINANCIERO.

VIII.-DISPOSICIONES DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTAL.

IX.-RESTRICCIONES EN ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO, CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIÓN DE ANEXOS ESCOLARES.

X.-RECOMENDACIONES GENERALES.

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I. GLOSARIO Y ACRÓNIMOS

AEE: Autoridad Educativa Estatal. (Secretaría de Educación o su equivalente en los Estados) considerando a las autoridades educativas de la

Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.

AFSEDF: Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal. Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de

Educación Pública del Gobierno Federal, con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto prestar los servicios de educación inicial,

básica-incluyendo la indígena, especial, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

ATP: Asesor Técnico Pedagógico.

CDE: Comité Dictaminador Estatal. Órgano colegiado que de manera conjunta con la AEE y el CEPSE resuelve las solicitudes de incorporación o

reincorporación de las escuelas identificadas como población objetivo del PEC.

CENDI: Centro de Desarrollo Infantil que proporciona servicio en el nivel de preescolar. CEPS: Consejo Escolar de Participación Social o equivalente.

Órgano colegiado constituido en cada escuela pública de educación básica, de conformidad con los lineamientos establecidos por la Secretaría

de Educación Pública del Gobierno Federal, el cual se integra por padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros y

representantes de su organización sindical, directivos, ex-alumnos y demás miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de las escuelas.

CEPS o Equivalente: se consideran figuras equivalentes al CEPS a la Asociación de Padres de Familia, la Asociación Promotora de Educación

Comunitaria en el caso de CONAFE, así como a usos y costumbres indígenas.

CEPSE: Consejo Estatal de Participación Social en la Educación. Órgano de consulta, orientación y apoyo constituido en cada una de las Entidades

Federativas, en el que participan padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical,

instituciones formadoras de maestros, autoridades educativas estatales y municipales, así como sectores sociales de la entidad federativa

interesados en la educación.

CGEPEC: Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad.

CMPSE: Consejo Municipal de Participación Social en la Educación. Órgano colegiado, integrado por las autoridades municipales, padres de

familia y representantes de sus asociaciones, maestros distinguidos y directivos de escuelas, representantes de la organización sindical de los

maestros, así como representantes de organizaciones sociales y demás interesados en el mejoramiento de la educación.

CNPEC: Coordinación Nacional del Programa Escuelas de Calidad, adscrita a la Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación

Educativa. Comunidad Escolar: Se refiere a los actores involucrados en la escuela: Directivos, docentes, personal de apoyo y asistencia, estudiantes

y padres de familia.

CONAFE: Consejo Nacional de Fomento Educativo.

CONAPO: Consejo Nacional de Población.

CONOCER: Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales.

CTE: Consejo Técnico Escolar.

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CTFEEC: Comité Técnico del Fideicomiso Estatal de Escuelas de Calidad.

CTFNEC: Comité Técnico del Fideicomiso “Fondo Nacional para Escuelas de Calidad”.

DGDGIE: Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa, adscrita a la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría

de Educación Pública. Educación Básica: Subsistema educativo que comprende los niveles de preescolar, primaria y secundaria, en sus diferentes

modalidades.

ENLACE: Evaluación Nacional de Logro Académico en Centros Escolares. Entidades Federativas: Los 31 Estados de la República Mexicana y el

Distrito Federal.

Escuela Beneficiada: Escuela pública de educación básica incorporada o reincorporada al Programa Escuelas de Calidad que recibe apoyo

técnico pedagógico y en su caso, recursos financieros.

Escuela Reincorporada: Escuelas públicas de educación básica que tengan uno o más años de participación en el Programa Escuelas de Calidad

sin importar que haya interrumpido su permanencia.

Escuela Pública de Educación Básica: Centro educativo público del Sistema Educativo Nacional que cuenta con la Clave de Centro de Trabajo

(CCT) correspondiente a su nivel y modalidad.

FEEC: Fideicomiso Estatal de Escuelas de Calidad.

FNEC: Fideicomiso “Fondo Nacional para Escuelas de Calidad”.

Gestión Educativa: Conjunto de procesos teórico-prácticos relacionados desde un enfoque sistémico que incluye la gestión institucional, escolar y

pedagógica, con el propósito de atender y cumplir con los fines educativos.

Gestión Educativa Regional: Gestión Educativa que se realiza dentro de una delimitación geográfica o RGEB.

Gestión Escolar con Enfoque Estratégico: Consiste en las acciones que despliega la escuela para orientar su proyecto educativo, planear su

desarrollo y desempeñarse, de acuerdo a una clara misión y visión, construidas y asumidas por la comunidad escolar. Reconoce la capacidad de

la institución escolar para definir sus bases filosóficas, valores y objetivos que impulsen sus acciones orientadas al logro de sus propósitos de

mediano o largo plazo que promuevan la vinculación de los actores involucrados y la optimización de los recursos disponibles.

Gestión Institucional: Proceso que contribuye al desarrollo de acciones y decisiones para generar, articular y evaluar políticas, programas y

proyectos.

Gestión Pedagógica: Refiere los procesos de enseñanza y aprendizaje al currículo, enfoques, la planeación didáctica, ejecución y evaluación

educativas; así como la relación maestro-estudiante-padres para garantizar el desarrollo de competencias.

MGEE: Modelo de Gestión Educativa Estratégica.

MIR: Matriz de Indicadores para Resultados.

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OIC: Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, dependiente de la Secretaría de la Función Pública.

PEC: Programa Escuelas de Calidad.

POA: Programa Operativo Anual.

REPUCE: Registro Público de Consejos Escolares de Participación Social en la Educación.

RGEB: Región para la Gestión de la Educación Básica. Es una unidad de apoyo próximo a la escuela, donde la gestión tiene la visión integral de la

Educación Básica y un enfoque de desarrollo regional.

SEB: Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

SEP: Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

SFP: Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal.

SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal.

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II.- ASIGNACIÓN Y ENTREGA DE RECURSOS Y DONATIVOS.

1. La asignación y distribución de los recursos de acuerdo con la disponibilidad presupuestal estatal estará relacionada con la matrícula y en el

caso de los niveles de primaria y secundaria en todas sus modalidades la asignación de contrapartida estará supeditada a los resultados de logro

académico obtenido en el ciclo escolar 2012-2013 de acuerdo con la siguiente tabla:

NIVEL APORT. INICIAL MATRÍCULA/CONTRAPARTIDA

MÁXIMA

PREESCOLAR $50,000.00 Hasta 75 $30,000.00

76 y más $50,000.00

PRIMARIA $50,000.00** Hasta 180 $30,000.00

181 y más $50,000.00

SEC. GENERAL Y SEC. TÉCNICA $50,000.00** Hasta 180 $30,000.00

181 y más $50,000.00

TELESECUNDARIA $50,000.00** Hasta 75 $30,000.00

76 y más $50,000.00

EDUC. ESPECIAL $50,000.00 Indistinta $30,000.00

CONAFE $50,000.00 Indistinta $30,000.00

EDUC. INDÍGENA $50,000.00 Indistinta $30,000.00

2. En caso de recibir una donación en efectivo, ésta se depositará en la institución bancaria BANAMEX a la cuenta concentradora

número 7008-1085305 con la cual se identifica el servicio para el Programa Escuelas de Calidad, dando como referencia la Clave de

Centro de Trabajo y el importe a depositar.

3. En caso de recibir donativo en especie del H. Ayuntamiento, la facturación del donativo se hará a nombre del mismo, haciendo llegar a la

Tesorería del Programa el acta de cabildo u oficio de donación, acompañado de copia de la factura con el sello de recibido del órgano

municipal, para efectos de la comprobación respectiva.

4. En lo relativo a donaciones con recurso de Cooperativas y/o Parcelas Escolares, deberán de presentar copia del acta de asamblea donde se

autoriza la transferencia al Programa Escuelas de Calidad firmada por el Comité de Administración de la Cooperativa o la Parcela, copia de la

ficha de depósito autorizada y validada por la Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares o, en su caso, la Sección de Cooperativas y Parcelas

Escolares en las Unidades Regionales de Servicios Educativos.

5. Las fechas comprendidas para depósitos en efectivo y/o para el trámite por donaciones en especie serán a partir del 12 al 30 de

enero de 2015 únicamente y sin excepción.

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6. Para que los depósitos de contrapartida tengan efecto, sean en especie o en efectivo, será indispensable que se haga entrega en la

Tesorería del Programa los documentos comprobatorios* que avalen dicho donativo, en el período comprendido del 3 al

13 de febrero.

Todo documento entregado y depósito realizado fuera de las fechas establecidas, quedará sin efecto.

Los documentos comprobatorios de donaciones en efectivo o especie son:

*Donativo en efectivo: Formato F-2 Solicitud de Recursos Adicionales más ficha original de depósito bancario.

*Donativo en especie: Formato F-3 Verificación y Validación de Bienes recibidos por donación en Especie más acta de donación (en hoja

membretada, debiendo especificar el costo de los bienes) o, acta de cabildo o, copia de factura reciente de los bienes donados (serán

aceptadas facturas con fecha a partir del 19 de agosto de 2014 y hasta el 30 de enero de 2015) así como fotografías de los mismos, según sea el

caso.

El trámite de depósito de contrapartida NO tendrá efecto si dicha aportación no fue considerada en la

Ruta de Mejora y en la Cédula de Inscripción correspondiente.

III.- APLICACIÓN DE LOS RECURSOS.

1.- Los recursos no ejercidos por las escuelas al 15 de junio de 2015 deberán ser reintegrados al Fideicomiso estatal, en un plazo no mayor

a 10 días hábiles, para su posterior redistribución.

2. La fecha límite para el reporte del informe financiero será el día 07 de julio de 2015.

IV.- CONTROL DE LOS RECURSOS.

1. Para el uso y aplicación correctos del recurso que el Programa otorga a cada una de las escuelas participantes, es indispensable la

apertura de una cuenta de cheques mancomunada en la institución bancaria correspondiente. Las personas indicadas para llevar a cabo

dicho trámite son, tanto el Director de la escuela como el Padre de Familia (Presidente, Vicepresidente o Tesorero de la Sociedad de

Padres, cualquiera de los tres se encuentra facultado), por lo tanto, el manejo del recurso se llevará a cabo mediante la emisión de

cheques A NOMBRE DE LA PERSONA QUE APARECE EN LA FACTURA O A NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO, para el pago correspondiente.

NO ESTÁ PERMITIDO EL MANEJO DE DINERO EN EFECTIVO.

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2. Los requisitos indispensables para la apertura de la cuenta bancaria (nuevos ingresos) o el cambio de firmas (escuelas de reingreso) son:

Director: nombramiento vigente y credencial de elector (IFE) ambos, en original y copia.

Padre de Familia: acta constitutiva donde aparezca el nombre del Presidente, Vicepresidente o Tesorero validada con el sello de la

supervisión escolar y credencial de elector (IFE) ambos, en original y copia.

3. Una vez que las firmas en el banco han quedado aprobadas será posible hacer uso de la chequera. En el caso de las escuelas de nuevo

ingreso que registran firmas por primera vez, el mismo banco programará la fecha de entrega de dicha chequera. Cabe mencionar que no

debe existir el cobro de comisiones por parte del banco en cuanto a manejo de chequera, expedición de cheques, apertura de cuenta y

anualidad únicamente. Por lo anterior, es conveniente que a partir de la entrega de la chequera y antes de emitir cualquier pago, se

consulte el saldo periódicamente con el fin de evitar el cobro de comisión por fondos insuficientes. Dicha comisión no es susceptible de

considerarse en la comprobación de los recursos del P.E.C. y deberá de ser cubierta por la misma escuela.

V.- ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y OBRA PÚBLICA.

1. De conformidad con lo establecido por la legislación actual, todas las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles e inmuebles,

contratación de servicios de cualquier índole o construcción de inmuebles que se realicen con cargo al erario público, total o parcialmente,

tendrán que sujetarse a una serie de normas y procedimientos, que aseguren el uso transparente de los recursos y garanticen el mejor precio y las

mejores condiciones en cuanto a la calidad de los productos o servicios que se adquieran o se contraten. Por este motivo, es indispensable

observar las reglas a las cuales se sujetará nuestro accionar con los recursos del P.E.C., a efecto de evitar problemas futuros.

LÍMITES Y ESPECIFICACIONES PARA LAS ADQUISICIONES:

Bienes a adquirir u obras a realizar. Las adquisiciones, contratación de servicios y las obras a realizar deberán ajustarse estrictamente a lo

establecido en la Ruta de Mejora para el presente ciclo escolar. En el caso de que el Consejo Escolar de Participación Social o la

Asociación de Padres de Familia determine modificar las acciones y componentes contemplados en su P.A.T., será requisito

indispensable solicitar autorización al nivel educativo correspondiente mediante el Anexo D: Cambio de Metas.

NO se deben llevar a cabo las obras o concretar las adquisiciones hasta haber recibido la respectiva autorización

de los formatos de cambio o ampliación de metas, en su caso (este deberá anexarse al Informe Financiero en

original).

Se podrá realizar la compra de hasta 3 computadoras portátiles (lap top) con un costo NO MAYOR A $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS

00/100 M.N.) cada una, las cuales deberán ser debidamente inventariadas. Asimismo, las personas responsables del uso de los equipos,

elaborarán y firmarán una CARTA COMPROMISO donde quede claramente establecida la responsabilidad que asumen de darle el uso y

cuidado correctos que coadyuven en el logro de objetivos por parte de la comunidad escolar, agregando, además, las características del

equipo según la factura, así como copia de la póliza de garantía. Dichas cartas deberán ser incluidas en los anexos del informe

financiero.

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Por escuela y por etapa, el nivel de TELESECUNDARIAS podrá adquirir hasta dos televisores de no más de 40” (NO Smart TV).

Sólo se podrá invertir un máximo de $4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) en materiales de papelería y/o consumibles de cómputo y

$3,000.00 (TRES MIL PESOS 00/100 M.N.) en material de limpieza.

Cotizaciones. Al hacer cualquier adquisición, arrendamiento, contratación de servicios u obra pública deberán considerarse a

cuando menos 3 proveedores. Siempre es conveniente que antes de adquirir un producto, bien o servicio, se busquen las mejores

condiciones de calidad, durabilidad, resistencia y funcionalidad.

Constancia de acuerdos. Es importante SOMETER LAS COTIZACIONES A CONSIDERACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR DE

PARTICIPACIÓN SOCIAL Y DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. Sólo deberán adquirirse los bienes o contratar los

servicios que se acordaron y en el lugar o con el proveedor que todos o la mayoría decidieron. Posterior a esto deberá elaborarse el Acta

de Adjudicación (Anexo A) correspondiente donde se especifique claramente el bien o servicio a adquirir y en la cual los asistentes

deberán firmar asumiendo con ello su conformidad respecto a la decisión tomada.

Registro fotográfico. Una vez que se han obtenido los bienes, así como los documentos que sustentan la compra, deberán de tomarse

fotografías a todo lo adquirido, como evidencia de la aplicación del recurso. En el caso de aparatos electrónicos, equipos de

cómputo, mobiliario, etc., éstos deberán de estar fuera de los empaques. Los materiales escolares y/o didácticos deberán

distribuirse de tal forma que sean fácilmente identificables. La realización de obras de construcción, ampliación o

rehabilitación de espacios educativos así como la contratación del servicio de mantenimiento a mobiliario,

requerirá tanto de registro fotográfico del antes, durante y después de su ejecución, según corresponda, así como

de los materiales requeridos para dicho fin.

Registro de los bienes. Cuando se realice la entrega de los bienes a los usuarios, hacerlo por medio de un recibo o vale de resguardo, de

esta manera se tendrá el sustento acerca de quién se hace responsable del uso y cuidado de éstos. Asimismo, es requisito indispensable el

llenado del formato de Aviso de Alta de Bienes Muebles en Planteles Escolares (OBLIGATORIO INCLUIRLO YA SELLADO POR EL ÁREA DE

RECURSOS MATERIALES EN EL INFORME FINANCIERO) en el cual se reportarán los bienes adquiridos con recurso del Programa o

recibidos en donación, a fin de posibilitar su recuperación en caso de robo o destrucción por siniestro.

Autorización de obras de construcción, remodelación o mantenimiento de espacios educativos. Para la realización de obras de

construcción, remodelación o mantenimiento de espacios educativos, será requisito indispensable solicitar autorización mediante E N T R E

G A P R E V I A de oficio de petición donde se solicite la revisión y validación de dicha solicitud y/o expediente técnico, además de petición

de la asesoría técnica por parte del Instituto Estatal de Infraestructura Física Educativa (IEIFE). Dicho documento deberá ir dirigido a la Ing.

Georgina Silva Barragán, Directora General del IEIFE el cual deberá contener lo siguiente:

1. Descripción técnica de los trabajos a realizar.

2. Especificar el origen de los recursos.

3. Fecha de inicio y de terminación.

4. Fotografías que detallen el lugar de la obra.

5. Croquis del plantel que especifique el lugar de ejecución de la misma.

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6. Copia debidamente sellada de la Ruta de Mejora correspondiente al ciclo escolar 2014-2015.

7. Presupuesto.

8. Requisitos que integren el expediente técnico de acuerdo al tipo de obra a realizar.

Para el cumplimiento de este punto deberá de solicitar a esa Entidad Normativa en materia de Infraestructura Física Educativa la

información para el ingreso y Autorización del Expediente Técnico según el tipo de obra a realizar y dar cumplimiento a lo especificado

por la misma.

Es fundamental el cumplimento de los puntos citados anteriormente, así mismo es importante aclarar que la responsabilidad de la

ejecución de la obra está a cargo del Director del Plantel y que el IEIFE participa dentro del proceso, en la revisión, validación del

expediente técnico y de acuerdo al Tipo de Obra, la verificación de la misma.

Para la integración correcta de los Expedientes Técnicos, deberá de dar cumplimiento a los requisitos señalados en la información

proporcionada según el tipo de obra a realizar.

Es importante puntualizar que toda obra de Infraestructura Física Educativa a realizarse dentro de un plantel deberá contar, previo al inicio

de la misma, con la revisión y validación del IEIFE como Entidad Normativa, independientemente del recurso a aplicar.

Es importante mencionar que, aquellas escuelas ubicadas en los municipios y localidades al interior del estado, estarán

en posibilidades de solicitar el apoyo y asesoría técnica al área de Obras Públicas o área técnica correspondiente

de la Presidencia Municipal ya que éstos se encuentran facultados para llevar a cabo este tipo de asesoramiento en

espacios educativos.

Documentos de seguimiento de obra. El proveedor contratado debe considerar la elaboración y entrega de una memoria del desarrollo de

la obra (Reporte Técnico de Obra ), incluyendo fotografías del antes, durante y después y la Garantía de Vicios Ocultos (Anexo C),

documentos que deberán proporcionarse al momento de la firma del Acta de entrega-recepción (Anexo F) de la construcción. En el

presente instructivo se anexa formato de Contrato de Obra a Precio Alzado (Anexo B) el cual, de ser necesario, podrá adecuarse y ser

utilizado como referente para las contrataciones de obra que se realicen (es indispensable que se solicite al prestador del servicio que

dicho formato sea elaborado en hoja membretada). Cualquier tipo de obra que se realice deberá estar terminada en su totalidad, NO se

permiten obras inconclusas.

Pago de anticipo. El pago de anticipo por obra no deberá ser mayor al 50% del costo total y el prestador del servicio deberá

hacer entrega de una “contra-factura” donde se especifique la obra a realizar, costo total y características de la construcción,

remodelación, rehabilitación, mantenimiento o adaptación realizada al edificio escolar. Este anticipo se entrega después de que se ha

autorizado la obra, de que el proveedor ha entregado la fianza sobre la aplicación del anticipo, una copia de su identificación personal y

su domicilio particular y de que el contrato de obra ha sido elaborado y firmado por el representante de la constructora y el director de la

escuela.

NOTA IMPORTANTE:

UNA DE LAS POLÍTICAS DEL PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD ES QUE LA COMUNIDAD EDUCATIVA - DIRECTOR, MAESTROS, PADRES DE FAMILIA Y

ALUMNOS - DETERMINE LAS ACCIONES Y MATERIALES NECESARIOS PARA SUPERAR LOS OBSTÁCULOS QUE IMPIDEN EL MEJORAMIENTO EDUCATIVO, ASÍ

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COMO PRECISAR LOS BIENES, OBRAS O SERVICIOS A ADQUIRIR O CONTRATAR, Y ELEGIR LIBREMENTE A LOS PROVEEDORES CON QUIEN HACERLO, POR

LO QUE NINGUNA PERSONA, SEA SERVIDOR PÚBLICO O NO, ESTÁ AUTORIZADA PARA OBLIGAR A LAS ESCUELAS A ADQUIRIR O CONTRATAR CON

EMPRESA ALGUNA. SI ESTO OCURRE, DENÚNCIELO ANTE LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES.

VI.- COMPROBACIÓN DEL GASTO.

1. Características que debe reunir la documentación comprobatoria del gasto. NO SON VÁLIDAS LAS NOTAS DE VENTA NI LOS RECIBOS

ECONÓMICOS. Los únicos documentos comprobatorios son las facturas y las listas de raya reuniendo los requisitos que a continuación se

enuncian:

Facturas:

Los requisitos para las facturas son:

Ser originales.

No tener tachaduras ni enmendaduras

Deberán ser expedidas únicamente a nombre de:

* NO SERÁN VÁLIDAS FACTURAS A NOMBRE DE LA ESCUELA O DEL DIRECTOR (A).

El único comprobante fiscal que puede emitirse a partir de 2014 conforme a las disposiciones fiscales es:

Factura Electrónica (C F D I) más archivo XML*

GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

R. F. C. GES850101L4A

FOLIO: A0626828

Domicilio fiscal: Madero 100, Zona Centro,

C.P. 78000,

San Luis Potosí, S.L.P.

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*Se informa que a través del Código Fiscal de la Federación (CFF) y de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), se establecieron reglas específicas

dentro de las cuales se encuentra el que los contribuyentes que emitan o reciban comprobantes fiscales del tipo CFDI según las nuevas

modalidades para evitar riesgos de la no deducibilidad del gasto, deberán almacenar en medio magnético, óptico o de cualquier otra tecnología,

el formato XML de las mismas, a fin de mantenerlos en todo momento a disposición de las autoridades fiscales para su verificación y cotejo. Por lo

anterior, se recomienda se implementen los controles necesarios para obtener dicho archivo (XML), en memoria USB

para su almacenamiento.

Listas de raya:

Los requisitos para las listas de raya son:

Ser originales

Estar debidamente requisitadas y firmadas por el Director del plantel y el representante del Consejo Escolar de Participación Social y el

Presidente (a) de la Asociación de Padres de Familia, así como contar con Vo. Bo. y sello de la Autoridad Máxima en la Comunidad.

VII.- ESTRUCTURA DEL INFORME FINANCIERO.

1. El Informe Financiero del Programa Escuelas de Calidad deberá incluir todos los documentos en original, a excepción de las pólizas de

garantía de los bienes y servicios, las cuales deberán ser conservadas en el archivo de la escuela a fin de que puedan hacerse

válidas de así requerirlo. Dicho Informe NO se engargola. Deberá resguardarse en un sobre amarillo tamaño carta con la carátula pegada al

frente.

2. El Informe Financiero, tanto en original como en copia deberá contener al frente los siguientes FORMATOS en el orden que a continuación se

enuncia:

1) Formato F-1. Informe Financiero. Se incluye dentro del informe financiero aún y cuando el centro de trabajo no haya recibido ningún tipo de

donativo, llenando únicamente los espacios correspondientes.

Servicio de Administración Tributaria Av. Hidalgo núm. 77, Col. Guerrero, Delegación Cuauhtémoc,

México, D. F., C. P. 06300 Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728

Documento disponible en: www.sat.gob.mx

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2) Formato F-4. Compromiso de Desempeño o F-5. Convenio de Colaboración. El primero (F-4) se incluye cuando la escuela cuenta solo con

un turno. El segundo (F-5) se elabora en el caso de escuelas que tienen doble turno y solo uno de ellos (o ambos turnos) está incorporado al

Programa.

3) Formato F-6. Fortalecimiento académico. Libros, útiles, software para la gestión de los aprendizajes y el apoyo a la gestión escolar,

materiales escolares y didácticos; así como servicios y actividades que enriquezcan el proceso de aprendizaje de los estudiantes dando

énfasis en el desarrollo de competencias lectoras y lógico matemáticas; acciones de capacitación y/o actualización que fortalezcan las

competencias profesionales y habilidades digitales del Consejo Técnico Escolar (docentes y directivos) y de padres de familia en apoyo al

aprendizaje, encaminadas a garantizar la normalidad mínima de operación y mejorar la eficiencia de la jornada escolar, el logro del perfil

de egreso, e incentiven la permanencia e inclusión de estudiantes de educación básica; contratación de servicios especializados dirigidos

a mejorar los aprendizajes de los estudiantes, prevenir el rezago y la deserción y mejorar la convivencia escolar.

4) Formato F-7. Infraestructura y equipamiento. Mobiliario para las aulas, tecnologías de información y comunicación en la educación para el

aula, mobiliario y equipo administrativo y para áreas comunes, servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de información y

comunicación, así como obras de infraestructura escolar, tales como la rehabilitación, acondicionamiento, mantenimiento, construcción y

ampliación de espacios educativos y/o mantenimiento del edificio escolar; adecuaciones para la accesibilidad de estudiantes con

necesidades educativas especiales, que generen condiciones que coadyuven a la normalidad mínima de operación y la mejora del

servicio educativo.

5) Formato F-8. Auxiliar Contable. Registro de entradas y salidas de dinero partiendo del saldo total a ejercer (escuelas de nuevo ingreso) o del

saldo anterior (remanente del ciclo escolar 2013-2014) más el saldo total a ejercer (escuelas de reingreso), número de cheque, fecha y

concepto de la compra (por ejemplo: material didáctico, mobiliario, equipo, material de construcción, etc.), no deben mencionarse

nombres de los proveedores.

2. Posterior a lo enunciado, por cada una de las facturas y/o listas de raya se integrará la documentación en el siguiente orden:

Póliza de cheque. La póliza se elabora cada vez que se emite un cheque para el pago a algún proveedor y deberá contener lo siguiente:

copia del cheque pegada donde corresponda, concepto de la compra, firma y sello de quien recibe el cheque y

será validada con nombre firma y sello del director (a) de la escuela, el representante del Consejo Escolar de Participación Social y

Presidente (a) de la Asociación de Padres de Familia (se anexa formato de póliza de cheque en el archivo de “FORMATOS”).

Factura debidamente firmada y sellada por el Director y el Padre de Familia. Las facturas deberán de ser canceladas con las

firmas del Director y Padre de Familia y sellos (de la escuela y de la asociación de padres de familia), al frente en la parte

inferior. En caso de no haber espacio suficiente, podrán firmarse y sellarse en la parte posterior. Aquellas facturas que algunos

establecimientos emiten en forma de ticket deberán fotocopiarse y pegarse sobre una hoja tamaño carta, firmando y sellando parte de la

factura y parte de la hoja.

NOTA IMPORTANTE: con la nueva modalidad de facturación es requisito indispensable anexar grabados en un CD, los archivos

XML, los cuales contienen la cadena original de la compra (éstos se generan cuando las facturas son enviadas al correo

personal para su posterior impresión).

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Lista de raya debidamente requisitada. Ésta se empleará solo en casos en que por la ubicación geográfica de las escuelas no exista la

posibilidad de que un proveedor que extiende comprobantes fiscales se traslade a la localidad, por lo tanto, si personas de la comunidad

están en posibilidad de realizar los trabajos de mano de obra requeridos, el comprobante del pago a éstos será la lista de raya, la cual

deberá elaborarse semanalmente, validándose mediante firmas y sellos de director (a), representante del CEPS, presidente (a) de APF y Vo.

Bo. de la autoridad máxima de la Comunidad. IMPORTANTE: El empleo de la lista de raya solo aplica para el pago de mano

de obra.

Acta de adjudicación. Deberá elaborarse una por cada factura y/o lista de raya, especificando el bien a adquirir o la obra a realizar y los

proveedores con quienes se cotiza, además deberán recabarse las firmas originales de los integrantes de la Asociación de Padres de

Familia y el Consejo Escolar de Participación Social con quienes mediante consenso se determinó a cuál de los proveedores se le

adjudicará la compra y/o la obra.

Cotizaciones. Es requisito indispensable, de acuerdo a Reglas de Operación del Programa (R.O.P.E.C.), cotizar con al menos tres

proveedores distintos.

Fotografías. Las que se consideren necesarias para evidenciar la compra y en las cuales se aprecien claramente los bienes adquiridos. No

serán válidas aquellas fotografías en las que solo se aprecien las cajas o los empaques de los bienes adquiridos,

éstos deben estar fuera de las cajas. En el caso de rehabilitación, construcción o ampliación de espacios educativos

deberán incluirse fotografías del antes, durante y después de dicho proceso. Todas las fotografías deberán ser

tomadas al interior del plantel escolar.

TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBIDAMENTE REQUISITADA QUE INTEGRA EL INFORME FINANCIERO DEBERÁ SER

ESCANEADA Y GUARDADA EN UN CD EL CUAL SE ENTREGARÁ DENTRO DEL SOBRE, JUNTO CON LOS DOCUMENTOS EN

FÍSICO.

Fecha límite para reporte de Informe Financiero correspondiente a la etapa XIV: 07 de julio de 2015.

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VIII.- DISPOSICIONES DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTAL.

1. Considerando que el presente Programa está sujeto a lo dispuesto en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, deberán

observarse las Normas de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal. Su incumplimiento será motivo de fincar las responsabilidades

descritas en la legislación vigente, así como el retiro de los apoyos económicos obtenidos por las escuelas.

2. Los recursos del Programa Escuelas de Calidad no podrán destinarse al pago de estímulos, compensaciones, o

sobresueldos a los profesores, directivos o personal que se encuentre contratado por la SEP o por el Gobierno Estatal o

Municipal.

IX.- RESTRICCIONES EN ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO, CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIÓN DE ANEXOS

ESCOLARES.

Para fortalecer el aspecto técnico pedagógico y dar cumplimiento a las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Calidad en su etapa XIII,

así como las disposiciones marcadas por el Comité Técnico Estatal del Fideicomiso, a continuación se enlistan las restricciones en

adquisición de equipamiento, contratación de servicios y construcción de anexos escolares:

Construcción de techumbres en canchas, patio cívico y áreas verdes.

Obras de construcción o rehabilitación inconclusas.

Pago de honorarios a personal que contrate la escuela (maestros de computación, danza, inglés y música,

así como el pago de personal de intendencia, seguridad privada etc.).

Mobiliario suntuoso para maestros y directivos.

Mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de cómputo y copiadoras.

Adquisición de Smart TV.

Adquisición de tabletas.

Compra de tarjeta madre así como agregar memoria RAM a equipos antiguos o nuevos.

Cargadores de baterías.

Excursiones a parques recreativos (La Feria, Chapultepec, Six Flags etc.), así como a playas y grutas y a

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todas aquellas que no estén sustentadas pedagógicamente.

Gastos de viáticos (alimentación, combustible, hospedaje y pago de peajes).

Pago de estímulos económicos o sobresueldos a los directivos, maestros o empleados contratados

por la SEP-S.E.G.E.

Pago de rentas y/o adquisición de inmuebles o predios, excavaciones, postes de luz, transformadores, etc.

Pago de servicios (luz, agua, teléfono, etc.).

Pago de convivios (adquisición de desechables, alimentos y bebidas en general, renta de mobiliario, etc.).

Compra de líneas telefónicas y/o celulares.

Estímulos o recompensas de ningún tipo a integrantes de la comunidad escolar.

X. RECOMENDACIONES GENERALES.

En el apartado de “CONCEPTO” del formato Auxiliar Contable (F-8), especificar lo adquirido (material didáctico, mobiliario, equipo

técnico, etc., según corresponda) y NO el nombre del proveedor.

Los cheques deben elaborarse únicamente a nombre del establecimiento o a nombre del proveedor cuyo R.F.C. aparece en la

factura. NO DEBERÁN ELABORARSE CHEQUES AL PORTADOR.

NO MANEJAR DINERO EN EFECTIVO.

Si las compras consideradas en la Ruta de Mejora se realizan con un mismo proveedor, solicitar que se facture por separado

(material didáctico en una factura, mobiliario en otra, material de construcción en otra, etc.). NO serán recibidas facturas con

compras de diversos rubros en una misma.

El importe de la factura deberá coincidir con el importe del cheque (Un solo cheque no puede cubrir varias facturas. Es

cheque por factura).

En el caso de obras de rehabilitación o construcción deberán anexar al Informe Financiero tanto fotografías del material

adquirido como de la obra realizada.

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El Informe Financiero no debe engargolarse, este deberá resguardarse en un sobre amarillo tamaño carta con la Carátula (la cual

aparece en el archivo de “FORMATOS”) pegada al frente.

Se consideran anexos y se integrarán al final del Informe Financiero los siguientes: Aviso de Alta con sello de recibido

del área de Recursos Materiales, Cambio o ampliación de metas autorizados (por quien corresponda) en original, copias de pólizas

de garantía del equipo adquirido, carta compromiso por compra de laptop, cheques cancelados pegados en hoja de máquina y

oficios aclaratorios de cualquier índole.