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INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN COMITÉ DE INFORMACiÓN SESiÓN CELEBRADA EL 20 DE AGOSTO DE 2008 ACUERDO EX-3-2008-3 México, Distrito Federal, a 20 de agosto de 2008. Visto: Para resolver el procedimiento de acceso a la información, derivado de la solicitudde información número 1232900004308, y RESULTANDO 1.- Por solicitud electrónica número 1232900004308 del 9 de julio de 2008, presentada a través del Sistema de Solicitudes de Informacióny dirigida a este Instituto Nacional de Rehabilitación, la C. Lituania Mendoza solicitó el acceso a la siguiente información: "? De quién es el proyecto arquitectónico del Instituto?, ¿ Quién autorizó el proyecto?, ¿Cuándo inició y terminó la construcción del mismo?, ¿Cuál fue el costo total de la edificación?". 11.-Mediante memorándum número UE-71/08 de fecha 10 de agosto de 2008, " la Unidad de Enlace del Instituto Nacional de Rehabilitación, turnó a la Dra. Maricela Verdejo Silva, Directora de Administración de dicho Instituto, la solicitud de acce~ a la información materia de la presente resolución, con el objeto de que se localiza la misma y se preparara la respuesta correspondiente. - "Con relación a su atento oficio UE-71/08 asociado con la solicitj1d de~ información 1232900004308 "?de quién es el proyecto arquitectónico del \"' Instituto?, ¿quién autorizó el proyecto?, ¿cuándo inició y terminó la construcción del mismo?, ¿cuál fue el costo total de la edificación?", anexo copia del memorándum signado por el Arq. Francisco Martínez Cano,p Subdirector de Conservación y Mantenimiento". ~ 111.-A través del oficio número 0451 de fecha 10 de julio de 2008, la LX.a. Maricela Verdejo Silva, Directora de Administración del aludido Instituto, comunicó la Titular de la Unidad de Enlace, lo siguiente: 1

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Page 1: INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN · las instalaciones el 20 de noviembre de 2000 que albergaron al ent ces Centro Nacional de Rehabilitación como órgano desconcentrado dependiente

INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

COMITÉ DE INFORMACiÓNSESiÓN CELEBRADA EL 20 DE AGOSTO DE 2008

ACUERDO EX-3-2008-3

México, Distrito Federal, a 20 de agosto de 2008.

Visto: Para resolver el procedimiento de acceso a la información,derivado de lasolicitudde informaciónnúmero 1232900004308,y

RESULTANDO

1.- Por solicitud electrónica número 1232900004308 del 9 de julio de 2008,presentada a través del Sistema de Solicitudes de Informacióny dirigida a este InstitutoNacional de Rehabilitación, la C. Lituania Mendoza solicitó el acceso a la siguienteinformación:

"? De quién es el proyecto arquitectónico del Instituto?, ¿ Quién autorizó elproyecto?, ¿Cuándo inició y terminó la construcción del mismo?, ¿Cuál fue elcosto total de la edificación?".

11.-Mediante memorándum número UE-71/08 de fecha 10 de agosto de 2008," la Unidad de Enlace del Instituto Nacional de Rehabilitación, turnó a la Dra. Maricela

Verdejo Silva, Directora de Administración de dicho Instituto, la solicitud de acce~ ala información materia de la presente resolución, con el objeto de que se localizala misma y se preparara la respuesta correspondiente.

-"Con relación a su atento oficio UE-71/08 asociado con la solicitj1d de~información 1232900004308 "?de quién es el proyecto arquitectónico del \"'Instituto?, ¿quién autorizó el proyecto?, ¿cuándo inició y terminó laconstrucción del mismo?, ¿cuál fue el costo total de la edificación?", anexo

copia del memorándum signado por el Arq. Francisco Martínez Cano,p

Subdirector de Conservación y Mantenimiento". ~

111.-A través del oficio número 0451 de fecha 10 de julio de 2008, la LX.a.Maricela Verdejo Silva, Directora de Administración del aludido Instituto, comunicóla Titular de la Unidad de Enlace, lo siguiente:

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IV.- El Arq. Francisco Martínez Cano, Subdirector de Conservación yMantenimiento, en el memorándum de fecha 14 de julio de 2008 que remitió a laDirectora de Administración, contestó la solicitud de información de mérito, en lossiguientes términos:

"Por este conducto y en relación al memorándum UE-71/0B mediante el cual laLic. Lourdes Zaldivar Martínez, titular de la Unidad de Enlace de este Instituto,solicita información referente a la construcción de este Instituto, me permitoinformarle que el proyecto fue realizado por la empresa Arquinteg, S.A.

En relación a los demás datos que nos solicitan, esta Subdirección no tienedicha información, pero consideramos que la Dirección General para elDesarrollo de la Infraestructura Física (DGDIF), de la Secretaría de Salud, esquien pueda otorgarlos por ser ella la que llevó a cabo todo el proceso licitatorioy de construcción del mismo".

V.- En virtud del cambio de Titular de la Unidad de Enlace del Instituto Nacionalde Rehabilitación, en el "Anexo Número 6, Asuntos en Trámite", del Acta de Entrega-Recepción de la Unidad de Enlace del Instituto, de fecha 8 de agosto de 2008, existecomo asunto pendiente la respuesta a la solicitud de información con número de folio1232900004308,cuya fecha de vencimiento para dar respuesta a la peticionariaes el díade la fecha, es decir el20 de agosto de 2008.

VI.- Este Comité de Información del Instituto Nacional de Rehabilitación analiz~ lasr constancias antes detalladas, a efecto de contar con los elementos necesarios par8\e I

pronunciamiento de la presente resolución en la Tercera Sesión Extraordinaria que celeen esta misma fecha; y

CONSIDERANDO

-PRIMERO.- Este Comité de Información del Instituto Nacional de Ret},2íbilitacióne~competente para conocer y resolver el presente procedimiento de acceso a ~ información,

de conformidad con los artículos 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 29, fracción IV, 30 y 46 de la Ley Federal de Transparencia y ACC~~~.ay

InformaciónPública Gubernamental; 57 y 70, fracción V, del Reglamentode dicha ~

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SEGUNDO.-Mediante oficio número 0451 de fecha 10 de julio de 2008, emitidopor la Directora de Administración del Instituto Nacional de Rehabilitación, así comodel memorándum de fecha 14 de julio de 2008 del Subdirector de Conservación yMantenimiento del propio Instituto, se dio respuesta de manera parcial a la solicitudde información precisada en el RESULTANDO I de esta resolución, en una foja útil,refiriendoque:

"Por este conducto y en relación al memorándum UE-71/0B mediante el cual laLic. Lourdes Zaldivar Martínez, titular de la Unidad de Enlace de este Instituto,solicita información referente a la construcción de este Instituto, me permitoinformarle que el proyecto fue realizado por la empresa Arquinteg, S.A.

En relación a los demás datos que nos solicitan, esta Subdirección no tienedicha información, pero consideramos que la Dirección General para elDesarrollo de la Infraestructura Física (DGDIF), de la Secretaría de Salud, esquien pueda otorgarlos por ser ella la que llevó a cabo todo el proceso licitatorioy de construcción del mismo".

-

" que efectivamente en cuanto a las preguntas del solicitante, relativa¿Quién autorizó el proyecto?, ¿Cuándo inicio y terminó la construcción del mis ?y ¿Cuál fue el costo total de la edificación?,no se encuentra ni existe en ellns utoNacional de Rehabilitación información o documentación relacionada co talesinterrogantes, en virtud de que cuando se dio inicio a la obra públi de laedificación no existía el Instituto Nacional de Rehabilitación, habiéndose i auguradolas instalaciones el 20 de noviembre de 2000 que albergaron al ent ces CentroNacional de Rehabilitación como órgano desconcentrado dependiente de laSecretaría de Salud, razón por la cual todo lo concerniente con las tres preguntasdel peticionario, anteriormente señaladas,pueden ser contestadas por la DirecciónGeneral de Desarrollo de la InfraestructuraFísica de la Secretaría de Salud,ya quea dicha unidad administrativa le compete, entre otras atribuciones, las relativas arealizar la programación y evaluación para el control del programa integral deinfraestructura física en salud para la construccióny demolición de obras a cargo dela Secretaría y para la conservación, mantenimiento y reparación de unidades deatención médica de su competencia en coordinación con las unidades

]administrativas correspondientes; a mayor abundamiento, la Dra. Maricela VerdejoSilva, señaló que con fecha 22 de junio de 2005 se creó el Instituto Nacional de

Rehabilitación como organismo público descentralizado de la Administrac~~~v

Pública Federal, mediante Decretopublicado en el Diario Oficial de la Federación~3

TERCERO.- La Directora de Administración del referido Instituto manifestó e'Tercera Sesión Extraordinaria de este Comité de Información, celebrada en esta misfecha, lo siguiente:

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través del cual se adicionó la fracción VIII Bis del artículo 50 de la Ley de losInstitutos Nacionales de Salud, motivo por el cual se encuentra en trámite elproceso de donación del inmueble (predio y edificación) que ocupa el InstitutoNacional de Rehabilitación, y que dicha donación se está formalizando entre elGobiernoFederal por conducto de la Secretaríade Salud, en su calidad de donante,y el Instituto Nacional de Rehabilitación, en su carácter de donatario, por lo queconcluida que sea la donación, se contará con la información y documentaciónrelacionada con la edificación de las instalaciones del Instituto. Consecuentemente,la solicitante puede acudir a la Unidad de Enlace de la Secretaría de Salud que selocaliza en la calle de Donceles 39, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, enMéxico, Distrito Federal, con número telefónico 5062 1630, fax 5592 7310 Y concorreo electrónico para recibir solicitudes de acceso a la información:[email protected]: también, la solicitante puede hacerlo a través delPortal de la Secretaría de Salud que encontrará en la página electrónica:www.salud.qob.mx...

CUARTO.- Por acuerdo de esta misma fecha del Comité de Información delInstituto Nacional de Rehabilitación, adoptado en su Tercera Sesión Extraordinaria, seprocedió al estudio y análisis de la documentación a que se hace alusión en los puntosprecedentes,considerando lo siguiente:

La información relativa a: "Quién autorizó el proyecto?, ¿Cuándo inicio y terminó laconstrucción del mismo? y ¿Cuál fue el costo total de la edificación?, no se encuen~ enlos archivos del Instituto Nacional de Rehabilitación, debido a lo que se precisó e",,-elRESULTANDO IV y en los CONSIDERANDOS SEGUNDO y TERCERO, de estresolución.

En este sentido, el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y AccesoInformación Pública Gubernamental, dispone que las dependencias y entidade~loestarán obligadas a entregar documentos que se encuentren en sus archivos, por lo e alno contar con la información solicitada, el Instituto Nacional de Rehabilitació , estáimposibilitadopara atender la solicitud de informaciónen sus términos.

-Si bien es cierto que, de conformidad con la fracción 11del artículo 40 de la citada

Ley, uno de los objetivos de dicho ordenamiento es transparentar la gestión públicamediante la difusión de la información que generan los sujetos obligados, así como que elComité de Informacióndebe tomar las medidas pertinentes para localizar en la entidad lal'información solicitada, también lo es que en el presente caso no existe la posibilidad deproporcionar la información requerida, en virtud de que esa información no se encuentraen ninguno de los archivos de la Unidades Administrativas de este Instituto y por end~'esta Institución carece de la misma, por lo que es procedente confirmar la inexistencia dela información

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INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

En este orden de ideas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 29,fracción IV, 30 Y46 de la Ley Federal de Transparenciay Acceso a la InformaciónPúblicaGubernamental; 57 y 70, fracción V, del Reglamento de dicha Ley, procede confirmar lainexistencia de la información realizada por la Subdirección de Conservación yMantenimientodel Instituto Nacional de Rehabilitación, respecto de la solicitud de accesoa la informacióncon número de folioNo.1232900004308.

Por lo expuesto y fundado, es de resolvery se

RESUELVE

PRIMERO.- Este Comité de Informacióndel Instituto Nacional de Rehabilitación,escompetentepara conocer y resolver el presente procedimientode acceso a la información,de conformidad con los preceptos legales citados en el CONSIDERANDO PRIMERO deesta resolución.

SEGUNDO.- Se confirma la inexistencia de la información solicitada res~o a"¿Quién autorizó el proyecto?, ¿Cuándo inicio y terminó la construcción del mism ? y¿Cuál fue el costo total de la edificación?, en los términos precisados en sCONSIDERANDOSSEGUNDO y TERCERO de este fallo.

TERCERO.- El solicitante de la información podrá interponer por si o a travésrepresentante, el recurso de revisión previsto en los artículos 49 y 50 de la Ley Feder deTransparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en términos del artículo delReglamento de dicha Ley, ante el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública sito enAvenida México número 151, Colonia Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacá , en estaCiudad de México, Distrito Federal, o ante la Unidad de Enlace del Instituto acional deRehabilitación.El formato y forma de presentacióndel medio de impugnación, podr' obtenerlosenla página de la Internet del mencionado Instituto, en la dirección electrónica faLor .mx, ligasobligacionesde transparencias dellFAI v VIII. Trámites. reauisitosVformatos.-

CUARTO.- Notifíquese la presente resolución al peticionario y a la Unidad1Administrativa correspondiente, por conducto de la Unidad de Enlace de este InstitutoNacional de Rehabilitación, poniéndose a disposición del solicitante para consulta el

documento original debidamente firmado de la resolución, en las oficinas de la cit~~: pUnidad, con relación a la solicitud de acceso a la información de mérito, para los efec/,

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conducentes. La presente resolución se expide por triplicado, conservándose un ejemplaren la Unidad de Enlace de este Instituto para consulta pública, el segundo en los archivosdel Comité de Información y el tercero en los archivos del Órgano Interno de Control delInstitutoNacionalde Rehabilitación.

Así, por unanimidad de votos lo resolvieron los integrantes del Comité deInformación del Instituto Nacional de Rehabilitación, Lic. Humberto Moheno Diez,Presidente del Comité de Información; Dra. Maricela Verdejo Silva, Titular de laUnidad de Enlace, e Ing. Arnulfo Ruíz Fonseca, Titular del Órgano Interno deControl en el Instituto Nacional de Rehabilitación.

OHENO DIEZCOMITÉ DE INFORMACIÓ

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