instituto de los mexicanos en el exterior

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“NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE EDUCACIÓN BÁSICA PARA ADULTOS DE COMUNIDADES MEXICANAS EN EL EXTERIOR” Enero 2013

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Page 1: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

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“NORMAS(Y(PROCEDIMIENTOS(DE(EDUCACIÓN(BÁSICA(PARA(ADULTOS(DE(COMUNIDADES(

MEXICANAS(EN(EL(EXTERIOR”(

Enero!2013!

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1!!

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CONTENIDO

Presentación

Base Legal

Normas Generales

Proceso de Inscripción

! Objetivo ! Normas ! Políticas ! Flujo Básica ! Atención de Jóvenes y Adultos en Centros Correccionales

! Políticas ! Flujo Básico

Proceso de Acreditación

! Objetivo ! Normas ! Políticas ! Flujo Básico ! Atención de Jóvenes y Adultos en Centros Correccionales

! Políticas ! Flujo Básico

Proceso de Certificación

! Objetivo ! Normas ! Políticas ! Flujo Básico ! Atención de Jóvenes y Adultos en Centros Correccionales

! Políticas ! Flujo básico

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ANEXOS

Anexo 1 Directorio de Consulados

Anexo 2 Constancia de Identidad

Formato Instructivo de llenado Anexo 3 Declaración de Nacionalidad Descripción y Requisitos Anexo 4 Matrícula Consular Descripción y requisitos Anexo 5 Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA Primaria

! Anverso ! Reverso

Anexo 6 Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA

Secundaria ! Anverso ! Reverso

Anexo 7 Tabla de Sustitución de Primaria Anexo 8 Tabla de Sustitución de Secundaria Anexo 9 Tablas de Correspondencia Anexo 10 Registro del Educando Anexo 11 Constancia de Conclusión de Nivel Anexo 12 Acuse de Recibo de Certificados y Certificaciones Anexo 13 Glosario

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! Presentación Con base en el Convenio de Cooperación establecido entre el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos y la Secretaría de Relaciones Exteriores, que a través del Instituto de los Mexicanos en el Exterior (IME) y la red consular son responsables de promover la oferta de cooperación del Gobierno de México para la atención de los mexicanos en el exterior. El Instituto de los Mexicanos en el Exterior, es el órgano del Gobierno de México encargado de promover programas y servicios tendientes a elevar la calidad de vida de las comunidades mexicanas radicadas en el extranjero. En el ámbito de los programas de educación para adultos, con el apoyo de los 51 consulados que integran la red consular en Norteamérica, los representantes del IME promueven, coordinan, impulsan y supervisan los programas educativos que se instrumentan en su circunscripción. El presente documento pretende ser una herramienta que busca coadyuvar para que los procesos educativos se efectúen con pertinencia, oportunidad y calidad. La Dirección de Acreditación y Sistemas (DAS) del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) tiene como responsabilidad brindar las herramientas necesarias para la inscripción, acreditación y certificación de los jóvenes o adultos mexicanos y de habla hispana que radican en el exterior y que son atendidos a través de Plazas Comunitarias, Centros Educativos o Centros Correccionales, para iniciar o concluir sus estudios de educación básica que les permita lograr un desarrollo integral para el mejoramiento de su vida laboral, personal, familiar y social. Este documento fue elaborado de acuerdo con la Base Legal y en forma coordinada por el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) y la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR) de la Secretaría de Educación Pública (SEP), cualquier sugerencia, aportación o comentario al contenido de este documento puede enviarse a: Dirección de Acreditación y Sistemas, Subdirección de Normatividad y Apoyo, con domicilio en Francisco Márquez núm. 160, 3er. Piso, Col. Condesa, C.P. 06140, Delegación Cuauhtémoc, México, D. F., tel.52-41-29-00, ext. 22819, Fax: 52-41-29-74 dirección de correo electrónico: lmarí[email protected]

Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, con domicilio en Arcos de Belén núm. 79, 5º piso, Col. Centro, C.P. 06010, Deleg. Cuauhtémoc, México, D.F., tel. 36 01 10 00 ext. 54157, dirección de correo electrónico: [email protected]

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4!!

!BASE LEGAL

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Diario Oficial de la Federación

del 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 09 de febrero de 2012.

• Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

(CDPCD) y su Protocolo Opcional en América Latina y el Caribe, firmados el 30 de marzo del 2007 y ratificados el 17 de diciembre de 2007.

• Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Diario Oficial de la Federación del

29 de diciembre de 1976. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 09 de abril de 2012.

• Ley General de Educación, Diario Oficial de la Federación del 13 de julio de 1993.

Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 09 de abril de 2012. • Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, Diario Oficial de la

Federación del 20 de mayo de 2011. • Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Diario Oficial de

la Federación del 1 de febrero de 2007. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 18 de mayo de 2012.

• Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Diario Oficial de la Federación del 4 de

agosto de 1994. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 09 de abril de 2012.

• Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, Diario

Oficial de la Federación, Diario Oficial de la Federación del 13 de marzo de 2002. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 28 de mayo de 2009.

• Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, Diario Oficial de la Federación

del 11 de junio de 2003. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 09 de abril de 2012.

• Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental,

Diario Oficial de la Federación del 11 de junio de 2002. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 09 de abril de 2012.

• Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Diario Oficial

de la Federación del 29 de mayo de 2000. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 19 de agosto de 2010.

• Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, Diario Oficial de la Federación

del 8 de febrero de 1984, Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 17 de enero de 2012.

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5!!

! • Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la

Federación del 21 de enero de 2005. • Decreto de Creación del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, Diario

Oficial de la Federación del 31 de agosto de 1981. • Decreto por el que se aprueba el diverso por el que se adiciona el artículo 3º, en su

párrafo primero fracciones III, V y VI, y el artículo 31 en su fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2002.

• Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, Diario Oficial

de la Federación del 31 de mayo de 2007. • Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración

Educativa, de septiembre de 2002. • Acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de

los Servicios Educativos que prestan los particulares. Diario Oficial de la Federación del 10 de marzo de 1992.

• Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, Diario Oficial de la

Federación del 19 de mayo de 1992. • Acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales para la definición

de Normas Técnicas de Competencia Laboral que comprendan conocimientos, habilidades o destrezas susceptibles de certificación, Diario Oficial de la Federación del 2 de agosto de 1995.

• Acuerdo para la adopción y uso por la Administración Pública Federal de la Clave

Única de registro de Población, Diario Oficial de la Federación del 23 de octubre de 1996.

• Acuerdo No. 1/SPC por el que se suprime el trámite de violación de ciclo, Diario Oficial

de la Federación del 17 de diciembre de 1997. • Acuerdo por el que se crea el Consejo Nacional de Educación para la Vida y el

Trabajo. Diario Oficial de la Federación del 22 de febrero de 2002.

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! • Acuerdo número 286 por el que se establecen los lineamientos que determinan las

normas y criterios generales, a que se ajustarán la revalidación de estudios realizados en el extranjero y la equivalencia de estudios, así como los procedimientos por medio de los cuales se acreditarán conocimientos correspondientes a niveles educativos o grados escolares adquiridos en forma autodidacta, a través de la experiencia laboral o con base en el régimen de certificación referido a la formación para el trabajo, Diario Oficial de la Federación del 30 de octubre de 2000, así como las referidas publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 30 de julio del 2003 y 24 de febrero del 2006.

• Acuerdo número 351 por el que se adscribe orgánicamente las unidades

administrativas de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan, Diario Oficial de la Federación del 4 de febrero de 2005.

• Acuerdo 363 por el que se establece el Modelo de Educación para la Vida y el Trabajo,

Diario Oficial de la Federación del 25 de julio de 2005. • Acuerdo 592 por el que se establece la Articulación de la Educación Básica, Diario

Oficial de la Federación del 19 de agosto de 2011. • Acuerdo 614 por el que se emiten las Reglas de Operación de los Programas de

Atención a la Demanda de Educación para Adultos (INEA) y Modelo de Educación para la Vida y el Trabajo (INEA), Diario Oficial de la Federación 30 de diciembre de 2011.

• Acuerdo 648 por el que se establecen Normas Generales para la Evaluación,

Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica, Diario Oficial de la Federación 17 de agosto de 2012.

• Manual General de Organización del Instituto Nacional para la Educación de los

Adultos, aprobado por el Acuerdo No. 09/ 66 / 00 de la Junta Directiva. • Manual de Identidad Institucional del Gobierno Federal 2006-2012, Presidencia de la

República, Enero 2007. • Manual para la modificación de módulos del MEVyT aprobado por la Junta Directiva del

INEA SO/IV-06/5R. • Manual de Organización General de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial

de la Federación del 16 de junio de 2008. • Convenios suscritos en el marco del Acuerdo Nacional para la Modernización de la

Educación Básica, celebrados entre el Ejecutivo Federal y los Ejecutivos Estatales, Diario Oficial de la Federación del 20 al 28 de mayo de 1992.

• Convenio de Colaboración celebrado el 25 de noviembre de 1997 por la Secretaría de

Educación Pública y el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.

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! • Convenio de Colaboración entre el INEA y el CONAFE celebrado el 16 de diciembre de

1999. • Convenio de Colaboración para promover la Educación para Adultos en el Exterior

entre la Secretaría de Relaciones Exteriores y el INEA, firmado en la Ciudad de México, el 10 de julio de 2012 (con vigencia indefinida).

• Anexo VII al Memorándum de Entendimiento sobre Educación entre el Gobierno de los

Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América 2004 – 2006, suscrito el 9 de noviembre de 2004.

• Estatuto Orgánico del Instituto nacional para la Educación de los Adultos, Diario Oficial

de la Federación del 5 de agosto de 1991. • Acta de la 4ª. Reunión Plenaria Extraordinaria del Consejo Nacional de Autoridades

Educativas CONAEDU.

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! NORMAS GENERALES

A continuación te presentamos las normas generales inherentes a todo el proceso educativo de los jóvenes o adultos que debes conocer:

1. Las normas establecidas en el presente documento son de observancia obligatoria para el personal de Consulados, así como para el personal de Plazas Comunitarias, Centros Educativos y Correccionales involucrados en el proceso de control seguimiento, como para jóvenes y adultos que cursan la educación básica (primaria y secundaria).

2. El diseño y elaboración de las presentes normas queda a cargo de la Secretaría de Educación Pública por conducto de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación en Coordinación con el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.

3. La implantación y distribución de las presentes normas es responsabilidad del INEA a través de la Dirección de Acreditación y Sistemas, así como verificar su cumplimiento y asesorar a las personas involucradas en estos procesos administrativos.

4. La Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la Secretaría de Educación Pública diseña, reproduce y distribuye al INEA los formatos oficiales de certificación, como son:

- Certificado de terminación de Estudios.

- Certificación de Estudios.

- Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios.

- Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México – EUA.

5. En caso de robo, extravío o mal uso de la documentación de certificación y sellos oficiales, se deberá proceder a levantar el Acta respectiva, de acuerdo con lo siguiente:

a) Si la irregularidad se presenta una vez recibidos los certificados ya sea

dentro o fuera de las instalaciones del Consulado se deberá levantar el Acta Administrativa correspondiente.

b) Si la irregularidad se presenta durante el proceso de envío a los Consulados, el INEA deberá levantar Acta Administrativa correspondiente con la participación del Área Jurídica.

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6. En caso de que los jóvenes y adultos hagan uso indebido y/o presenten documentos falsos de acreditación y certificación, deberán reportarse ante las instancias jurídicas correspondientes para que éstas ejerciten las acciones penales y administrativas correspondientes.

7. La Dirección General del INEA y la DGAIR acordarán cualquier modificación, adición o abrogación de las presentes normas.

8. El INEA, a través de la DAS y en coordinación con la DGAIR, se reservan la facultad de supervisar la correcta aplicación de las presentes normas en los Consulados (Anexo 1), Plazas Comunitarias, Centros Educativos y Centros Correccionales; así como la de interpretar y resolver los casos no previstos por las mismas.

9. Los Modelos de Educación Básica para Adultos vigentes del INEA son:

a) Modelo de Educación para la Vida y el Trabajo (MEVyT) hispanohablantes.

b) MEVyT Indígena Bilingüe (MIB).

c) MEVyT para jóvenes 10 – 14.

d) MEVyT Braille

10. Las responsabilidades administrativas o comisión de hechos delictuosos relacionados con los actos de acreditación de conocimientos o certificación de estudios en que incurra algún servidor público, serán sancionados conforme a la legislación aplicable para el fincamiento de las responsabilidades administrativas y penales a las que hubiere lugar.

11. En los procesos de acreditación y certificación el personal del IME adscrito a los consulados remite a las oficinas del IME en México para su envío a la DAS, previa revisión, los documentos necesarios para la expedición de los certificados.

12. Los actores del sector educativo que participan en la administración escolar deberán asegurar el derecho a la identidad de los jóvenes y adultos, así como la protección de datos personales y por tanto, deberán garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de los jóvenes y adultos, mediante el tratamiento legítimo, controlado e informado de sus datos personales. En el caso de actores públicos y que en el ámbito local no se cuente con legislación aplicable, preferentemente se aplicará la que en el ámbito federal se disponga.

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DERECHO A LA IDENTIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y REGISTROS NACIONALES

DERECHO A LA IDENTIDAD

1. Derecho a la Identidad: Las autoridades educativas, deberán asegurar el derecho a la identidad de los educandos; para lo cual, en el caso de alumnos de nacionalidad mexicana, deberán promover el uso y adopción de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

En ningún caso, la ausencia de la CURP obstaculizará el acceso a los servicios educativos.

Será responsabilidad de las autoridades educativas, gestionar la CURP de los jóvenes y adultos que no cuenten con ella. Para tales efectos, deberá proporcionarse al Instituto Estatal o Delegación del INEA, copia certificada de “acta de nacimiento” o documento que en caso de haber nacido en el extranjero, acredite la nacionalidad mexicana.

Tratándose de alumnos que no cuentan con la CURP, se utilizará el segmento raíz de dicha clave. En México, y atendiendo a lo dispuesto por la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la esfera de la Enseñanza, adoptada el 14 de diciembre de 1960 por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, así como a lo previsto en disposiciones nacionales aplicables, no se restringirá el acceso de ningún joven o adulto nacional o extranjero a los servicios educativos, en tanto se cumplan las condiciones legales y administrativas requeridas para su inscripción.

No obstante lo anterior, en tanto un educando que no sea debidamente identificado, las autoridades educativas que así lo consideren pertinente, podrán expedir certificaciones de estudios con el carácter de “documentos provisionales”, los cuales, serán sustituidos por el documento definitivo, una vez que se logre la confirmación de identidad del educando. Se deberá enviar a la Dirección de Acreditación y Sistemas los casos de los jóvenes y adultos que se encuentren en este supuesto, para su registro, como ejemplo de estos casos se encuentran: a) Adultos atendidos en el Modelo Indígena, registrados en SASA Indígena (SASA I) b) Para los Centros de Readaptación Social (CERESOS) y Centros Federales de

Readaptación Social (CEFERESOS) c) Para el MEVyT 10-14, los jóvenes atendidos en Casa Hogar o en situación de

calle d) Adultos atendidos en el Proyecto de Jornaleros Agrícolas Migrantes registrados

en el SASA.

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! 2. No se debe negar la atención a ningún joven o adulto por la falta de estos

documentos. Para ello, el documento de certificación respectivo, se le incluirá la siguiente leyenda:

Leyenda a incluirse en Documentos Provisionales que se

Expidan en tanto se acredita Plenamente la Identidad del Educando

“DOCUMENTO PROVISIONAL. La expedición del documento definitivo se hará hasta la acreditación plena de la identidad del educando. No deberá obstaculizarse su continuidad académica. Este no es documento de identidad.”

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

3. Protección de Datos Personales: Los actores del Instituto Nacional, Institutos Estatales, Delegaciones del INEA en los estados, Coordinaciones de Zona, deberán en el ámbito de la legislación aplicable federal o local, asegurar la protección de datos personales y por tanto, deberán garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de los jóvenes y adultos, directivos, asesores, figuras solidarias, mediante el tratamiento legítimo, controlado e informado de sus datos personales. En el caso de actores públicos y que en el ámbito local no se cuente con legislación aplicable, preferentemente se aplicará la que en el ámbito federal se disponga.

Para tal efecto: 4. El actor educativo que participe en el proceso de control escolar y que recabe datos

personales, deberá a través de una Leyenda de Información (Dependencias o Entidades Públicas) informar al titular de los mismos lo siguiente:

a. La identidad y domicilio del responsable que los recaba; b. Las finalidades del tratamiento de datos; c. Las opciones y medios que el responsable ofrezca a los titulares para

limitar el uso o divulgación de los datos; d. Los medios para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación

u oposición, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley; e. En su caso, las transferencias de datos que se efectúen, y f. El procedimiento y medio por el cual el responsable comunicará a los

titulares de cambios al aviso de privacidad, de conformidad con lo previsto en esta Ley.

En el caso de datos personales sensibles, la leyenda de información o aviso de privacidad deberá señalar expresamente que se trata de este tipo de datos. Dicha leyenda de información o aviso de privacidad, deberá ser puesto a disposición del titular, previo al tratamiento de sus datos personales a través de un documento físico, electrónico o en cualquier otro formato generado por el responsable, que

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!entre otros, pudieran ser los siguientes: formatos de inscripción, traslado y otros que sean objeto de las presentes normas. A manera de ejemplo se propone el siguiente texto que se puede manejar como leyenda de información o aviso de privacidad según corresponda en el ámbito de la competencia de cada autoridad educativa:

Aviso de Privacidad (Deberá Incluirse en cualquier documento que recabe información de

alumnos y de sus padres de familia o tutores, o de cualquier familiar de los educandos).

“Los datos personales recabados serán protegidos y serán incorporados y tratados, según corresponda, en los Sistemas de Datos Personales que administran la autoridad educativa federal y las autoridades educativas locales, denominados “Sistema Automatizado de Seguimiento y Acreditación (SASA), sistema que ha sido debidamente inscritos en el Listado de Sistemas de Datos Personales ante el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), con fecha 15 de diciembre del 2009 –www.ifai.org.mx-. Lo anterior, en términos de lo establecido por los artículos 3º y 5º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1º, 2º, 7º, 10, 12, 13, 14, 30, 37, 43, 44, 45, 54, 55, 56, 57, 60, 61, 62, 63, 64 y demás relativos y aplicables de la Ley General de Educación, 1º y 12 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, 13 y 15 de la Ley Reglamentaria del artículo 5º Constitucional, relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, 14, 15 y 22, de su Reglamento, así como en términos de las disposiciones legales de carácter local, correlativas a las materias educativa y de ejercicio profesional. Dichos registros y el tratamiento de datos asociado a los mismos, se sujetarán a lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a las disposiciones que de dichas leyes emanen, y a la correlativa legislación vigente en el ámbito local. Los datos personales que se recaban con motivo del presente formato y aquellos que deriven de la prestación del servicio educativo, serán transmitidos a las autoridades y federales, exclusivamente para el ejercicio de sus atribuciones. En particular, los registros citados tienen como finalidades principales, las de: (1) Seguimiento del registro, acreditación de los jóvenes y adultos

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!registrados a los Servicios de Educación de Adultos; con el respectivo respaldo y custodia de información. (2) Proteger la identidad de los y demás actores del sistema educativo nacional; (3) Evitar la falsificación de antecedentes escolares, boletas, certificados, constancias, diplomas, títulos, grados y demás documentos expedidos por las instituciones que conforman el sistema educativo nacional, y facilitar los procesos de verificación o validación de autenticidad de los citados documentos mediante su validación física o electrónica; (4) Promover la simplificación de trámites y servicios educativos mediante el uso de registros electrónicos que faciliten la consulta de antecedentes escolares (inscripción, reincorporación, traslado, emisión de duplicados, revalidación y equivalencia de estudios, autenticación de documentos, acreditación de conocimientos, habilidades y destrezas, y otros afines al control escolar), y, en general, (5) Ofrecer al ciudadano y a la sociedad mayor certeza y simplificación en los procesos administrativos afines al sector educativo. La autoridad central responsable de los Registros en cuestión, es la Dirección de Acreditación y Sistemas del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, ubicada en Francisco Márquez 160 tercer piso, Colonia Condesa, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, Distrito Federal, Código Postal 06010. En términos del artículo 22, fracción III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, no es necesario el consentimiento del titular de la información, respecto de datos que se transmitan entre sujetos obligados o entre dependencias y entidades, cuando se utilicen para el ejercicio de facultades propias de los mismos. Lo anterior se informa en cumplimiento del Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005. Asimismo la información que se recabe podrá ser transmitida para su incorporación a los Registros Nacionales a través de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas (UPEPE) de la Secretaría de Educación Pública, lo cual se realizará en términos de la fracción X del artículo 12 de la Ley General de Educación y de lo previsto en el Acuerdo Secretarial 647 por el que se delega en el Titular de la UPEPE, la facultad de regular, coordinar y operar el padrón nacional de alumnos, docentes, instituciones y centros escolares y el registro nacional de emisión, validación e inscripción de documentos académicos”.

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!5. Con el objeto de brindar información a terceros como parte de un proceso de

validación de antecedentes escolares, para los cuales no exista excepción del consentimiento del titular de los datos, se deberá en la medida de lo posible recabar éste de manera expresa e informada de las implicaciones de otorgarlo a través de un formato complementario en los que se recabe la firma autógrafa y copia de identificación oficial o bien a través de algún medio de autenticación. Dicho proceso se recomienda pudiera recabarse previo a la entrega de documentos de certificación como boletas, certificados, constancias.

Una propuesta de texto que pudiera incluirse en el formato de solicitud de alguno de los documentos antes expuesto es el siguiente:

Leyenda de Consentimiento para el Tratamiento de Datos

(Validación de Información por parte de Terceros) “De igual forma SÍ ( ) NO ( ) autorizo a las autoridades educativas y directivos escolares para que los datos personales que se recaben con objeto del presente formato, puedan ser difundidas públicamente o transferidas a otras autoridades e instituciones educativas y no educativas, con el fin de que sea posible validar la autenticidad de los certificados, diplomas, títulos o grados que se expidan a mi favor. En estos casos, sólo serán publicados los datos mínimos indispensables para realizar la verificación de autenticidad del documento, y de ninguna manera se difundirán datos sensibles.”

Aún y cuando en el tipo básico, no se expiden títulos o grados, se hace extensiva la leyenda anterior con el objeto de prever la validación de información una vez que el educando acceda a posteriores servicios educativos de otros tipos o niveles.

6. En cualquier caso, sólo se incorporarán al Registro Nacional de Alumnos, y al

Registro Nacional de Emisión, Validación e Inscripción de Documentos Académicos, los datos que resulten indispensables y necesarios para el ejercicio de las atribuciones educativas, y se procurará evitar la inclusión de datos sensibles, salvo aquellos que se traduzcan en acciones que permitan focalizar posibles apoyos o beneficios para el titular de los datos.

7. Los Consulados, Plazas Comunitarias, Centros Educativos y Centros Correccionales

que deban recabar datos sensibles de los jóvenes y adultos para asegurar su protección durante su estancia la atención educativa, deberán ser bloqueados una vez que se agote el fin para el que fueron recabados (Ejemplo: comportamiento, estado de salud o religión). Esta norma será aplicable también a datos no sensibles como (domicilio, teléfono, correo electrónico u otros datos de ubicación). De esta forma, una vez que el educando concluya sus estudios o procesos de acreditación y certificación, sólo se conservarán en los archivos escolares los datos relacionados con su trayectoria escolar, esto es, con la certificación de estudios y aprovechamiento

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!escolar, lo cual se justifica en la solicitud de duplicados o de informes de antecedentes escolares que en lo futuro solicite o se gestionen a favor del educando.

8. En cualquier caso, los Consulados, Plazas Comunitarias, Centros Educativos y Centros Correccionales, deberán proporcionar a los jóvenes y adultos, el derecho de acceder a sus datos personales y de corregirlos cuando sea necesario en términos de lo previsto en la regulación aplicable.

REGISTROS NACIONALES

9. Con objeto de que los datos personales de educandos, sean almacenados y custodiados debidamente en términos de la regulación aplicable, de que se traten con la calidad y seguridad adecuada, y de que se garantice la finalidad de su tratamiento legítimo, se establecen los siguientes registros nacionales que servirán de eje de protección de la información de control escolar del sector educativo:

9.1 Registro Nacional de Alumnos (RNA), que concentrará los datos personales de educandos, afines a su identidad y tránsito por el sistema educativo nacional, incluyendo datos de identidad, datos académicos y datos de contexto, y

9.2. Registro Nacional de Emisión, Validación e Inscripción de Documentos Académicos, que concentrará los datos que de los educandos se asientan en los respectivos diplomas, constancias, certificados, títulos y grados que les sean expedidos por autoridades e instituciones del sistema educativo nacional y del extranjero.

Dichos registros no serán públicos, y su uso será de acceso restringido, salvo en aquellos casos en que los educandos o titulares de los datos personales, accedan expresamente a su publicación para fines de verificación de autenticidad.

El SASACE, se articulará con los registros escolares anteriores y respetará los principios y derechos de licitud, calidad, acceso y corrección, de información, seguridad, custodia y consentimiento para su transmisión y demás aplicables en materia de protección y tratamiento de datos personales.

10. El RNA y el Registro Nacional de Emisión, Validación e Inscripción de Documentos

Académicos, tendrán como finalidades, las siguientes: 10.1. Generar y respaldar información relevante para la toma de decisiones en los procesos de planeación y evaluación educativa –en este caso la información será disociada de su titular-; 10.2. Proteger la identidad de los estudiantes, directivos, docentes, padres de familia o tutores y demás actores del sistema educativo nacional; 10.3. Facilitar la movilidad y el tránsito de estudiantes en el sistema educativo nacional;

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16!!

! 10.4. Evitar la falsificación de antecedentes escolares, boletas, certificados, constancias, diplomas, títulos, grados y demás documentos expedidos por las instituciones que conforman el sistema educativo nacional, y facilitar los procesos de verificación o validación de autenticidad de los citados documentos mediante su validación física o electrónica; 10.5. Promover la simplificación de trámites y servicios educativos mediante el uso de registros electrónicos que faciliten la consulta de antecedentes escolares (inscripción, reincorporación, traslado, emisión de duplicados, revalidación y equivalencia de estudios, acreditación de perfiles docentes, autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios, autenticación de documentos, acreditación de conocimientos, habilidades y destrezas, y otros afines al control escolar), y, en general, 10.6. Ofrecer al ciudadano y a la sociedad mayor certeza y simplificación en los procesos administrativos afines al sector educativo.

11. Los registros escolares, pueden ser útiles para: 11.1. Activar procesos de atención de emergencias causadas por inundaciones, terremotos, incendios y otros fenómenos naturales o causados por accidentes en los que resulte afectada la información de uno o más educandos, de tal forma que puedan acceder a documentos duplicados o certificaciones que faciliten la continuación de sus estudios; 11.2. Operar en casos de emergencia o contingencia social, procesos espejo de sistemas de control escolar que se vean afectados por la toma de instalaciones o afectación de equipo; 11.3. Facilitar la participación de educandos en concursos o procesos de selección para el ingreso a la educación media superior, o 11.4. Acelerar procesos de inscripción a servicios de la educación media superior, cuando se requiera validar la conclusión de la educación básica o las calificaciones académicas obtenidas. 11.5. Otros procesos afines a los antes descritos.

12. La información que deba incorporarse al RNA, y al Registro Nacional de Emisión, Validación e Inscripción de Documentos Académicos, será la que determinen de común acuerdo y de forma coordinada la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR) de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA). Se revisarán periódicamente los datos mínimos y máximos que deban incluirse en los citados registros escolares, a fin de garantizar que éstos, sirvan a sus finalidades y no incluyan datos excesivos que pongan en riesgo a los titulares de los datos.

Page 18: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

17!!

!Lo anterior, no impedirá que con el propósito de focalizar acciones educativas, la información de los registros escolares, pueda compulsarse con la derivada de la operación de programas y trámites gubernamentales. De igual forma, el SASA, podrá incluir otros datos adicionales a los previstos en el RNA y el Registro Nacional de Emisión, Validación e Inscripción de Documentos Académicos, que sean indispensables para coordinar la operación en la prestación de servicios educativos, sin embargo, dicha información será solicitada bajo la responsabilidad de la autoridad que recabe los datos personales y estará sujeta a la protección que corresponda en términos de la legislación aplicable.

13. El Registro Nacional de Alumnos (RNA) y el Registro Nacional de Emisión, Validación e Inscripción de Documentos Académicos, será actualizado por lo menos en tres momentos al año, de acuerdo a lo siguiente: ENVÍOS DURANTE

EL AÑO PERIODO QUE

COMPRENDE LA INFORMACIÓN DEL

ENVÍO

MES DE REMISIÓN DE INFORMACIÓN A LA

DGAIR

Primer corte Enero-Abril Mayo Segundo corte Mayo-Agosto Septiembre Tercer corte Septiembre-Diciembre Enero

En la medida en que avance la transmisión de datos entre las plataformas informáticas disponibles, los periodos de actualización serán continuos y permanentes.

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18!!

!

INSCRIPCIÓN

Objetivo:

Conocer las normas y procedimientos de inscripción que te permitirán regular el ingreso y registro de los jóvenes y adultos que acudan a recibir educación básica, asimismo te ayudará a crear un adecuado archivo histórico de tus estudios con el fin de llevar la continuidad de la administración escolar.

Normas

A continuación te presentamos las normas del proceso de inscripción que debes conocer:

1. Tienen derecho a inscripción las personas con 15 años cumplidos o más que no hayan iniciado o que interrumpieron la educación primaria o secundaria.

2. La inscripción de los jóvenes o adultos es continua y durante todo el año.

3. Los jóvenes o adultos que soliciten inscripción deben presentar en original y copia fotostática cualquiera de los siguientes documentos:

" Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente.1 En

ningún caso, la ausencia del Acta de Nacimiento obstaculizará el acceso a los servicios educativos o la expedición de documentación oficial.

" Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de contar con ella. En ningún caso, la ausencia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), obstaculizará el acceso a los servicios educativos o la expedición de documentación oficial.

" Constancia de Identidad (Anexo 2) expedida por el Director del Centro

Correccional, en su caso.

" Declaración de Nacionalidad (Anexo 3), en su caso.

" Matrícula Consular (Anexo 4), en su caso.

" Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA (Anexo 5 y 6)

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!1!Anexo!13!Glosario!

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!

19!!

!Para inscripción a secundaria deberán presentar además cualquiera de los siguientes documentos:

" Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación Primaria.

" Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Primaria, en su caso.

Para alumnos con antecedentes del nivel de secundaria:

" Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Secundaria de primero y/o segundo grado, en su caso.

" Resolución de Equivalencia de Estudios de Educación Secundaria de primero y segundo grado, en su caso.

" Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA (Transfer Document for Binational Migrant Student USA-MEXICO), en su caso.

" Boletas de Evaluación o Cartilla de educación básica (de los) grado (s) cursado (s), debidamente firmado (s) por el Director y con el sello oficial “SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL”, en su caso.

" Informe de Calificaciones de Estudios Parciales, en su caso.

" Constancia(s) de Examen(es) de Regularización debidamente legalizada(s), en su caso.

4. No aplica la obligatoriedad del Acta de Nacimiento o de la CURP en los siguientes casos:

a) A los jóvenes y/o adultos que se encuentran en situación de migrantes.

b) A los jóvenes y/o adultos que se encuentren en Centros Correccionales.

5. No se debe negar la atención a ningún joven o adulto por la falta de alguno de los documentos señalados en la norma 3 de este proceso.

6. Si en el Centro Correccional el joven o adulto que se encuentre inscrito no cuenta con la documentación establecida en la norma No. 3, el Centro es responsable de emitir la Constancia de Identidad para realizar los procesos de registro en el SASACE y emisión de certificado.

7. Para dar validez a la Constancia de Identidad, ésta deberá estar firmada por el Director de la Correccional y por el educando ya que será canjeada por el Certificado en cualquier Instituto Estatal o Delegación del INEA.

Page 21: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

20!!

!8. Se llevará a cabo la entrevista inicial a los jóvenes y/o adultos para obtener la

información necesaria que permita orientar a los interesados para tomar la mejor decisión e iniciar o continuar sus estudios básicos, además de darles a conocer el servicio educativo del INEA: Modelo Educativo con sus módulos, cómo acreditarlos y cómo certificar.

9. La Entrevista Inicial al joven y/o adulto, para darle a conocer el servicio educativo del INEA: Modelo Educativo con sus módulos, cómo acreditarlos y cómo certificar.

10. Al momento del registro, los educandos deberán firmar la Constancia de que no han obtenido un certificado anteriormente, así como el Registro del Educando.

11. La documentación para la inscripción debe ser entregada para crear el expediente del

educando: a) Al momento de solicitar la inscripción, o b) Antes de presentar el primer examen final o diagnóstico.

12. Los jóvenes o adultos que iniciaron la educación primaria o secundaria en la modalidad escolarizada y presenten Boleta (s) de Evaluación o Cartilla(s) de educación básica de grado (s) completo(s) aprobado(s), se ubicarán en el nivel de estudios correspondientes, de acuerdo con las Tablas de Sustitución de Primaria (Anexo 7) y Secundaria (Anexo 8). Los módulos acreditados se registrarán sin calificación.

13. Las Boletas o Cartillas de educación básica que para tal efecto presenten los jóvenes o adultos serán válidas con los datos asentados en las mismas, si éstas y los datos que contiene son perfectamente legibles. También se reconocerán todos los documentos de acreditación expedidos por las autoridades educativas que amparen la aprobación de grados.

14. Los jóvenes o adultos que soliciten inscripción tendrán derecho a una Evaluación Diagnóstica2 que incluye: Examen Diagnóstico3 o Tabla de Sustitución4, que tiene como propósito reconocer, ubicar, acreditar e inclusive. Certificar los conocimientos y habilidades adquiridas a lo largo de la vida.

15. La aplicación de la Evaluación Diagnóstico es opcional y se podrá aplicar una sola

vez cuando los jóvenes o adultos ingresen al INEA, el resultado ubicará al joven o adulto en el nivel correspondiente y se deberá sustentar antes de la presentación de cualquier examen final.

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!2!Anexo!13!Glosario!3!Anexo!13!Glosario!4!Anexo!13!Glosario!

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!

21!!

! 16. El Examen Diagnóstico incluirá un su contenido todos los módulos correspondientes

del nivel que se quiere acreditar. 17. Una vez que el joven o adulto sustente el Examen Diagnóstico, no podrá presentar

documentos probatorios de escolaridad. 18. Los jóvenes o adultos que presenten comprobantes de estudio de modelos no

vigentes, deberán solicitar al INEA la equivalencia con el modelo educativo actual a fin de que se tome en cuenta el (los) módulo (los) acreditado (s).

19. Se reconocerán aquellos documentos del sistema escolarizado expedidos por las

autoridades educativas que muestren el adeudo de alguna(s) área(s) o asignatura (s) considerada(s) como académica(s) en tal caso, se orientará a los jóvenes o adultos en la elección de las siguientes alternativas:

a. Repetir el nivel correspondiente en el INEA. b. Presentar el Examen Diagnóstico.

20. La aplicación de la Tabla de Sustitución, queda bajo supervisión y control de los

responsables del Programa en los Consulados, en los Organismos y Unidades Operativas.

21. Todas las partes, niveles o grados acreditados por los jóvenes o adultos en cualquier

servicio educativo, perteneciente al sistema educativo nacional conservan su calidad de aprobatorio sin que exista motivo o razón para su anulación o desconocimiento.

22. Se les reconocerá como acreditado un grado de educación primaria y secundaria

cuando adeude alguna de las áreas o asignaturas que no formen parte del Plan de Estudios por Asignaturas vigente o si adeuda las consideradas como actividades de desarrollo en el Plan de Estudios 1993: Lengua Extranjera, Expresión y Apreciación Artísticas, Educación Física y Educación Tecnológica, para estos casos se les acreditará el nivel respectivo.

23. En caso de jóvenes o adultos que adeuden alguna de las áreas o asignaturas del

tercer grado de educación secundaria que no forman parte del Plan de Estudios por Asignaturas vigente o si adeuda las consideradas como actividades de desarrollo en el Plan de Estudios 1993: Lengua Extranjera, Expresión y Apreciación Artísticas, Educación Física y Educación Tecnológica, se les ofrecerá la opción de:

- Repetir el grado completo, o - Sustentar el examen diagnóstico

Si la calificación es aprobatoria se les expedirá el certificado de estudios correspondiente. En caso contrario, cursarán el grado completo.

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!

22!!

!

24. El joven o adulto que no presente antecedentes escolares y no desee la aplicación del Examen Diagnóstico será ubicado en el nivel inicial.

PROGRAMA BINACIONAL DE EDUCACIÓN MIGRANTE MÉXICO-EUA (PROBEM)

25. Para el caso de jóvenes o adultos provenientes de México, el comprobante de escolaridad podrá ser el “Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA” (Transfer Document for Binational Migrant Student USA-MÉXICO) el cual no requiere de Resolución de Revalidación de Estudios. Este documento debe aceptarse sin ninguna restricción por los Consulados y los Centros Educativos.

El Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA no es requisito indispensable para la incorporación de los jóvenes o adultos al grupo educativo correspondiente.

26. La Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional regresará los documentos originales a los jóvenes o adultos inscritos, una vez cotejados y conservará en el archivo físico o digital las copias fotostáticas debidamente cotejadas y firmadas de éstos. Por ningún motivo podrá retener los documentos originales.

JÓVENES O ADULTOS PROVENIENTES DEL EXTRANJERO

27. Si el joven o adulto proviene del extranjero, (el área correspondiente) debe solicitarle los documentos que respalden los estudios cursados en el país de procedencia y ubicarlo mediante la consulta de las Tablas de Correspondencia de la Educación Primaria y Secundaria de México con el

Nombre del Nivel y Grados de Otros Países (Anexo 9). Si el país de procedencia no se encuentra en dichas tablas, se deberá aplicar lo establecido en las normas 13 y 14 de este proceso.

28. Se considera inscrito a un joven o adulto desde el momento en que se registran en el

SASACE los datos necesarios asentados en el Registro del Educando (Anexo 10).

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!

23!!

! 29. Las sesiones del Examen Diagnóstico para el MEVyT son las siguientes:

SESIONES MÓDULOS DEL MEVyT NIVEL EDUCATIVO QUE EVALÚA

PRIMERA La palabra

Para empezar

Matemáticas para empezar

INICIAL DE LA PRIMARIA Español

Matemáticas

SEGUNDA Leer y escribir

Saber leer

Vivamos mejor

Diversificado 1 (DIV1)

PRIMARIA Español

Ciencias Naturales

TERCERA

Los números

Cuentas útiles

Figuras y medidas

Vamos a conocernos

Diversificado 2 (DIV2)

PRIMARIA Matemáticas

Ciencias Sociales

CUARTA

Para seguir aprendiendo

Vamos a escribir

Hablando se entiende la gente

Nuestro planeta, la Tierra

Diversificados 1 y 2 (DIV1 y DIV2)

SECUNDARIA Español

Ciencias Naturales

QUINTA

Fracciones y porcentajes

Información y gráficas

Operaciones avanzadas

México, nuestro hogar

Diversificados 3 y 4 (DIV3 y DIV4)

SECUNDARIA Matemáticas

Ciencias Sociales

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!

24!!

!30. Para los jóvenes o adultos que presenten documentos comprobatorios de escolaridad

y deseen presentar el Examen Diagnóstico, la aplicación de las sesiones de examen se hará de acuerdo con los antecedentes escolares presentados conforme a la tabla siguiente:

31. Si un joven o adulto no cuentan con antecedentes escolares deberá sustentar desde la Primera Sesión del Examen Diagnóstico. Para presentar la Segunda y Tercera sesiones deberá acreditar todos los módulos.

32. En caso de que el joven o adulto deba presentar la Segunda sesión, no es necesario que acredite todos los módulos para poder presentar la Tercera sesión.

33. En el caso de secundaria, puede presentar la Cuarta y/o Quinta sesión del Examen

Diagnóstico, por lo que es conveniente que el joven o adulto este al tanto de los resultados. Es importante que cuente con Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria.

34. Los educandos que se encuentren en situación de baja y que deseen incorporarse,

deberán cumplir nuevamente con los requisitos de la norma 3 de este proceso

BOLETA DE EVALUACIÓN O CARTILLA

DE EDUCACIÓN BÁSICA

SESIÓN DE EXAMEN

DIAGNÓSTICO A PRESENTAR

1º y 2º de primaria.

Primera sesión.

3º, 4º ó 5º de primaria.

Segunda y tercera sesiones.

Certificado de primaria Boletas de primero y segundo de secundaria Cartilla de educación básica de 6° de primaria. Cartilla de educación básica de primero y segundo de secundaria.

Cuarta y quinta sesiones

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25!!

!

D) Normas Específicas para la Educación en Línea.

35. Los jóvenes o adultos se podrán inscribir en Educación en Línea en cualquier momento, sin embargo se considerarán formalmente inscritos cuando entreguen en la Plaza Comunitaria los documentos indicados en la norma 3 de este proceso.

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26!!

!

POLÍTICAS

La Inscripción de jóvenes y adultos debe realizarse en cualquier Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional.

Si el joven o adulto presenta comprobantes de estudios de modelos no vigentes, deberá solicitarse al INEA la equivalencia con el modelo educativo actual para poder tomarle en cuenta el(los) módulo(s) acreditado(s).

Todo educando inscrito en Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional autorizado, deberá contar con el Registro del Educando debidamente requisitado ya sea en papel o digital, firmada por él.

Es responsabilidad de la Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional autorizado revisar que el Registro del educando contenga todos los datos correctos, así como cotejar que los documentos entregados sean legibles y correspondan a los solicitados en las normas de inscripción; validará dicha revisión mediante su firma en los documentos de que se tuvieron los originales a la vista.

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!

27!!

!

Flujo Básico

Responsable

A c t i v i d a d

Plaza Comunitaria/ Centro Educativo

Una vez que el joven o adulto se interesa en iniciar o continuar con sus estudios requisita el Registro del Educando y recaba documentos para inscripción (según norma 3). Recaba fotocopias de documentos de antecedentes escolares y anota en el Registro del Educando. Si el joven o adulto no cuenta con el Acta de Nacimiento o documento legal equivalente podrá entregar cualquier documento especificado en la norma 3 del proceso de inscripción. En caso de que desee presentar examen diagnóstico, programa fecha y solicita la firma del joven o adulto en el Registro del Educando. Si el joven o adulto no desea incorporarse a un grupo educativo le entrega material del módulo y le muestra calendario y sedes de aplicaciones para que acuda a la aplicación que más le convenga. Una vez creados los expedientes, registra en el Sistema SASACE los datos de los jóvenes o adultos de acuerdo con los expedientes recabados, en caso de contar con la infraestructura digitaliza para generar expediente electrónico de cada joven o adulto.

Consulado

Verifica periódicamente el proceso para corroborar que los registros y expedientes estén completos y correctos.

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28!!

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Atención de Jóvenes y Adultos en Centros Correccionales

Políticas

Cuando el joven o adulto no cuenta con alguno de los documentos establecidos en la norma 3 de inscripción, el Centro Correccional donde se encuentra inscrito será el responsable de la emisión de la Constancia de Identidad para realizar los procesos de registro en el SASACE y emisión del Certificado de Terminación de Estudios.

Para dar validez a la Constancia de Identidad, ésta deberá estar firmada tanto por el Director de la Correccional, como por el joven o adulto que proporciona los datos.

La Constancia de Identidad únicamente será válida para la emisión de la Constancia de Conclusión de Nivel (Anexo 11) que será canjeada por el Certificado de Terminación de Estudios en cualquier Instituto Estatal o Delegación del INEA.

Todo trámite que se realice en los Centros Correccionales, deberá apegarse a las Normas y Procedimientos de Educación para Jóvenes y Adultos de Comunidades Mexicanas en el Exterior.

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!

29!!

!

Flujo Básico

Responsable

A c t i v i d a d

Centro Correccional

Entrevista al joven o adulto interesado en iniciar o continuar con sus estudios de educación básica. Si el joven o adulto no cuenta con el Acta de Nacimiento o documento alterno, le informa que podrán expedir la Constancia de Identidad. Recaba datos del interesado en el formato “Constancia de Identificación”, pega fotografía tamaño infantil del interesado, recaba nombre y firma autógrafa tanto del educando como del Director del Centro Correccional y estampa sello de dicha institución, cancelando la fotografía sin cubrir el rostro del educando. Registra los datos del joven o adulta en el SASACE, de acuerdo con la información proporcionada en la Constancia de Identidad. Solicita la firma del joven o adulto en el Registro del Educando, impreso a través del SASACE. Integra expediente del joven o adulto el cual deberá incluir los originales de la Constancia de Identidad y del Registro del Educando, así como una fotografía tamaño infantil. En caso de ser registro a secundaria deberá anexar fotocopia del certificado de primaria. Le pregunta al joven o adulto si desea presentar examen diagnóstico.

¿El joven o adulto desea presentar examen diagnóstico?

Responsable

A c t i v i d a d

Centro Correccional

Sí. Programa fecha de aplicación. Continúa en proceso de acreditación para la Atención de Jóvenes y Adultos en Centros Correccionales. No. De acuerdo con la selección de módulos del educando, inicia su estudio. Termina procedimiento.

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30!!

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ACREDITACIÓN

Objetivo

Conocer las normas y procedimientos de acreditación que permitirán dar cumplimiento a las disposiciones correspondientes para dar el reconocimiento oficial de la aprobación de un módulo o nivel educativo.

Normas

A continuación te presentamos las normas del proceso de acreditación que debes conocer:

1. Las Estrategias de Acreditación de módulos, es diseñada por la Dirección de Acreditación y Sistemas (DAS).

2. La evaluación del aprendizaje para la educación básica (alfabetización, educación primaria y educación secundaria) es un proceso formativo, permanente y continuo y da lugar a la asignación de calificaciones a partir de la presentación de exámenes diagnósticos y finales por cada módulo.

3. La Evaluación Formativa se desarrolla a lo largo de todo el proceso educativo, y se concreta en la realización de diversas actividades previstas en el módulo y las que se vayan derivando del mismo.

4. La Evaluación Final permite conocer los resultados alcanzados al concluir el estudio de un módulo y en su caso, acreditarlo.

5. La evaluación de los jóvenes o adultos comprenderá la medición en lo individual de los conocimientos adquiridos, con respecto a los contenidos curriculares del Modelo de Educación para la Vida y el Trabajo (MEVyT) en todas sus modalidades.

6. Los jóvenes o adultos no podrán sustentar el primer Examen Final hasta cumplir

con los requisitos establecidos en la norma 3 del proceso de inscripción.

7. La escala oficial de calificaciones es numérica del 5 al 10 la calificación mínima aprobatoria es 6.

8. Los exámenes diagnósticos y finales deberán ser calificados en el SASACE.

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31!!

!

9. La aplicación del examen Diagnóstico y los exámenes finales se llevarán a cabo únicamente por los responsables de las organizaciones o unidades operativas que dan el servicio de asesorías.

10. Los jóvenes o adultos podrán presentar hasta dos exámenes finales por sesión

siempre y cuando no se utilice la misma clave de un examen presentado con anterioridad.

11. Toda calificación obtenida por los jóvenes o adultos, a través del sistema de

educación abierta que imparten los Institutos Estatales y/o Delegaciones del INEA en México, será reconocida en cualquier Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional en Estados Unidos.

12. Para la presentación de los exámenes, los jóvenes o adultos deberán mostrar la credencial del INEA o en su caso una identificación con fotografía y asistir puntualmente a la aplicación.

13. La clave que se debe utilizar mensualmente para la aplicación de exámenes, será la autorizada por el INEA, en caso de requerir una clave adicional, sólo podrá aplicarse previa autorización por escrito de la DAS.

14. El INEA, de manera excepcional, podrá autorizar al joven o adulto presentar, por

una sola ocasión, hasta tres exámenes finales de módulos ya acreditados para mejorar su promedio, siempre y cuando no sea usuario que concluye nivel (UCN). La calificación definitiva será la más alta que obtenga.

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32!!

!15. El Modelo de Educación para la Vida y el Trabajo para Hispano hablantes, es el

siguiente:

EJE MÓDULOS DIVERSIFICADOS

CULTURA CIUDADANA

Somos mexicanos Nuestros valores para la democracia Ciudadanía, participemos activamente Protegernos, tarea de todos Aprendamos del conflicto* Cuando enfrentamos un delito… la justicia a nuestro alcance Nuestros documentos Otros horizontes

SALUD Y AMBIENTE

Vivamos mejor Vida y salud Hágalo por su salud sexual y reproductiva Por un mejor ambiente Las riquezas de nuestra tierra El agua de todos

JÓVENES

Ser joven Sexualidad juvenil Embarazo, un proyecto de vida ¡Aguas con las adicciones! Fuera de las drogas Jóvenes y trabajo ¡empiezo a buscar chamba!

FAMILIA

Un hogar sin violencia Ser padres, una experiencia compartida La educación de nuestros hijos e hijas Para enseñar a ser Para crecer de los 0 a los 18 meses Para crecer de los 18 meses a los 3 años Para crecer de los 3 años a los 6 años Organizo mi bolsillo y las finanzas familiares Manejo mis emociones

TRABAJO

Mi negocio Para ganarle a la competencia Ser mejor en el trabajo El crédito para mi negocio

MÓDULOS BÁSICOS MÓDULO

PRIMARIA

La palabra Para empezar Matemáticas para empezar Leer y escribir Saber leer Los números Cuentas útiles Figuras y medidas Vamos a conocernos Vivamos mejor

SECUNDARIA

Hablando se entiende la gente Vamos a escribir Para seguir aprendiendo Información y gráficas Fracciones y porcentajes Operaciones avanzadas Nuestro planeta, la Tierra México, nuestro hogar

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33!!

!Tu casa, mi empleo

ALFABETIZACIÓN TECNOLÓGICA

Introducción al uso de la computadora Escribo con la computadora Aprovecho Internet

MÓDULOS

PROPEDEÚTICOS

Matemáticas propedéutico para el bachillerato Español propedéutico para el bachillerato Ciencias Naturales propedéutico para el bachillerato Ciencias Sociales propedéutico para el bachillerato

MÓDULOS ESTATALES

Vida en reclusión El Sinaloa que quiero

MÓDULOS REGIONALES

Migré a la frontera K’aax, nuestro monte

16. La primaria con el MEVyT requiere el aprendizaje y acreditación de los conocimientos y competencias previstos para 12 módulos:

a) 3 módulos básicos del nivel inicial: La Palabra. Para empezar y Matemáticas

para empezar. b) 7 módulos básicos del nivel intermedio: Saber leer, Leer y escribir, Los

números, Cuentas útiles, Figuras y medidas, Vamos a conocernos y Vivamos mejor.

c) 2 módulos diversificados seleccionados por las propias personas, de las cuales uno puede provenir de cursos externos de capacitación.

17. La secundaria para hispanohablantes requiere el aprendizaje y acreditación de:

a) 8 módulos básicos del nivel avanzado: Hablando se entiende la gente, ¡Vamos a escribir!. Para seguir aprendiendo, Información y gráficas, Fracciones y porcentajes, Operaciones avanzadas, Nuestro planeta la tierra, México, nuestro hogar.

b) 4 Módulos Diversificados seleccionados por el usuario, de los cuales se pueden acreditar hasta tres con cursos externos de capacitación.

18. Los jóvenes o adultos podrán optar por aprender y acreditar cualquier módulo que

les interese del MEVyT.

19. Cuando se acrediten 7 Módulos Básicos del Nivel Intermedio se acreditarán sin calificación los 3 módulos del nivel inicial o aquellos que no estuvieron acreditados.

20. Se acreditará sin calificación el Módulo “La Palabra”, cuando se acredite un

Módulo Básico del Nivel Intermedio.

21. La Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional, deberá entregar a los jóvenes o adultos el Informe de Calificaciones (Anexo 10) y/o la Constancia de Acreditación según corresponda, aunque no lo soliciten, en un plazo no mayor de 10 días hábiles posteriores a la presentación del examen.

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!

34!!

!22. La Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional, debe realizar la

revisión del (de los) resultado (s) del (de los) examen (es), a solicitud del joven o adulto, en un lapso no mayor de 30 días posteriores a la entrega de su calificación.

23. El Consulado deberá informar al INEA de sus logros en acreditación y de acuerdo

con los criterios que éste establezca.

24. Si el Consulado detecta irregularidades en el proceso de aplicación de exámenes, la Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional debe levantar un Acta de Irregularidades, así como cancelar los exámenes, notificando a la DAS, para su conocimiento.

25. Los jóvenes o adultos no podrán acreditar dos veces un mismo módulo, aun cuando se incorporen a otro nivel.

26. Los jóvenes o adultos tienen derecho a presentar Examen Final aunque no acudan

a recibir asesoría, siempre y cuando hayan presentado sus documentos de inscripción, soliciten el examen y en la fecha que le sea aplicado, presenten las Evidencias del proceso de aprendizaje.

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!

35!!

!

Normas Específicas para la Educación en Línea

27. Los exámenes en línea serán válidos únicamente si se cumple con las normas del proceso de inscripción.

28. Los exámenes en línea sólo deberán ser presentados en las Plazas Comunitarias.

29. Los exámenes finales deben estar sujetos a una programación (en día y horario)

determinada en la Plaza Comunitaria y conforme a las políticas y controles que se establezcan para ello.

30. Para la presentación de un examen en línea, es necesario que el joven o adulto

porte una identificación con fotografía y asista puntualmente a la aplicación.

31. Los adultos que presenten Examen en Línea no podrán consultar ninguna página de Internet durante la aplicación, en caso de hacerlo se anulará el examen.

32. Será motivo de anulación de examen si el módulo está acreditado previamente, ya sea por Evaluación Diagnóstica, por Tabla de Sustitución, o Examen Final.

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!

36!!

!

Políticas La Dirección de Acreditación y Sistemas del INEA deberá:

- Informar la vigencia de las baterías.

- Publicar las baterías en el Sistema para la impresión y calificación de exámenes.

- Proporcionar a la Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional, el usuario y contraseña de cada operador para que puedan tener acceso a los procesos de registro jóvenes y adultos, impresión y calificación de exámenes.

- Informar las actualizaciones que se realicen al Sistema (SASACE). La Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional deberá:

- Designar con el visto bueno del Consulado a los operadores tanto de la reproducción de exámenes como de la captura y calificación de hojas de respuestas e informar al INEA la selección del personal.

- Firmar carta-compromiso con cada uno de los operadores que sean designados y

enviar a la DAS del INEA, conservando fotocopia para futuras aclaraciones. - Entregar a los operadores las claves de acceso.

- Solicitar a la DAS del INEA el nombre de usuario y contraseña de los operadores

del sistema cada vez que designe alguno o cada vez que se realice una sustitución de personal.

El Operador deberá:

- Resguardar y garantizar el buen uso del nombre de usuario y contraseña que le sean proporcionados para accesar al sistema (SASACE).

- Organizar las hojas de respuestas, material de aplicación, así como realizar la

calificación de preguntas abiertas, antes de iniciar la captura de las hojas de respuestas en el Sistema (SASACE).

- Entregar a los jóvenes o adultos los reportes de calificaciones generados a través

de del Sistema.

Page 38: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

37!!

!Flujo Básico

Responsable

A c t i v i d a d

Plaza Comunitaria/ Centro Educativo

Establece un calendario de aplicación de exámenes con el fin de contar con el material suficiente para las aplicaciones, además de difundirlo con los jóvenes o adultos e informar al Consulado.

Para la programación de los exámenes, deben de tomar en cuenta las siguientes consideraciones: Si el joven o adulto presenta un examen diagnóstico y no acredita todos los módulos de la Sesión que le corresponde, deberá acreditar el resto de los módulos por exámenes finales.(consultar normas 17 y 18 del proceso de inscripción) Si presenta exámenes finales ya no podrá presentar ningún examen diagnóstico. No podrán presentarse más de dos exámenes finales en la misma Sesión. Los grupos para la aplicación no deberán exceder de 20 jóvenes o adultos. Una vez organizada la aplicación de exámenes indica a los jóvenes o adultos lugar, fecha y hora que le corresponde y que deberá presentar una identificación con fotografía. Para jóvenes o adultos de nivel primaria podrán llevar un diccionario y para jóvenes o adultos de nivel secundaria en Matemáticas podrán llevar una calculadora.

Aplicador de examen

Una vez verificado que cumpla con los requisitos, da instrucciones sobre el llenado de hojas de respuesta / cuadernillo. Aplica examen, verificando que haya orden y silencio.

Responsable

A c t i v i d a d

Una vez cumplido el plazo, verifica que los datos de los jóvenes o adultos en la hoja de respuesta estén completos y correctos.

Entrega material de examen para su calificación.

Plaza Comunitaria/ Centro Educativo

Organiza material de aplicación, califica preguntas abiertas, captura hojas de respuestas y corre proceso de calificación para generar Informes de Resultados del Examen.

Entrega resultados a los jóvenes o adultos.

Consulado

Verifica periódicamente el proceso para corroborar que se lleve correctamente.

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!

38!!

!

Atención de Jóvenes y Adultos en Centros Correccionales Políticas La Constancia de Conclusión de Nivel es emitida por la DAS, en base a las calificaciones del kárdex electrónico y la constancia de identidad. La Constancia de Conclusión de Nivel, únicamente será válida para su canje por el Certificado de Terminación de Estudios correspondiente en el Instituto Estatal o Delegación que más le convenga, con base en lo establecido en el Proceso de Certificación de las Normas y Procedimientos de Educación para Jóvenes y Adultos de Comunidades Mexicanas en el Exterior. El INEA por conducto de la DAS llevará un control de folios, a través del Sistema (SASACE) de las Constancias de Conclusión de Nivel emitidas.

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!

39!!

!Flujo Básico

Act

Responsable

A c t i v i d a d

1

Centro Correccional

Una vez programada la fecha de aplicación, aplica examen al joven o adulto.

2

Califica en el SASACE el examen diagnóstico y genera kárdex. Si es 1ª sesión y acreditó todos los módulos, programa siguiente sesión.

3

Si es 2ª y/o 3ª ó 4ª y 5ª sesión, verifica si acreditó todos los módulos del nivel que le corresponde.

4

¿Acreditó todos los módulos del nivel en el que se encuentra inscrito?

5

Sí. Identifica expediente y verifica que esté completo.

6

Solicita a la DAS la emisión de Constancia de Conclusión del Nivel que le corresponde, anexando expediente COMPLETO del educando. Termina procedimiento.

7

No Solicita al joven o adulto estudie nuevamente el módulo.

8

Joven o Adulto

Una vez que el educando haya concluido el estudio de sus módulos, solicita examen.

9

Presenta examen el joven o adulto, de acuerdo con la programación de la aplicación.

10

Centro Correccional

Califica en el SASACE el examen y genera kárdex.

11

¿El educando acreditó el(los) módulo(s)?

12

Sí. Entrega nuevo módulo, de acuerdo con la selección del educando.

13

No. Solicita al educando estudie nuevamente módulo. Regresa a la actividad núm. 7 de este procedimiento.

14

Centro Correccional

Verifica si la acreditación, refleja conclusión de nivel.

15

¿El educando concluye el nivel?

16

Sí. Continúa en la actividad núm. 5 de este procedimiento.

17

No. Regresa a la actividad núm. 12 de este procedimiento.

18

Termina procedimiento..

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!

40!!

!

CERTIFICACIÓN

Objetivo

Conocer las normas y procedimientos de certificación que permitan otorgar el reconocimiento de validez oficial a los estudios realizados por los jóvenes o adultos en el INEA a través del Consulado, Plazas Comunitarias, Centros Educativos y Centros Correccionales.

Normas

A continuación te presentamos las normas del proceso de certificación que debes conocer

1. El proceso de certificación es continuo y permanente. La DAS conjuntamente con los Consulados agilizarán este proceso.

2. Para la expedición del Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria o Secundaria, se deberá contar con el expediente del educando, conteniendo:

! Registro del Educando, con la información completa que se requiera

en el mismo, firmado por el adulto. ! Informe de Calificaciones del joven o adulto, con todos los módulos

acreditados. ! Cualquiera de los documentos que señala la norma 3 de la etapa de

Inscripción ! Una fotografía reciente, tamaño infantil, de frente con el rostro

descubierto, en blanco y negro o color y preferentemente en fondo claro.

! Constancia firmada de no haber obtenido certificado.

En el caso de educación secundaria además:

! Copia fotostática cotejada del Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación Primaria.

! Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Primaria (para el caso de aspirantes provenientes del extranjero).

CERTIFICADO DE TERMINACIÓN DE ESTUDIOS

3. Se expide Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria y Secundaria, en original, una sola vez, a aquellos jóvenes o adultos que hayan acreditado y concluido los estudios correspondientes.

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!

41!!

!4. Para solicitar a la DAS la expedición del Certificado de Terminación de Estudios de

Educación Primaria o Secundaria, el Consulado, Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional, deberá contar con la siguiente documentación:

" Registro del Educando con la información completa que se requiera en el mismo y debidamente firmado por el educando.

" Informe de Calificaciones del joven o adulto, con todos los módulos acreditados.

" Cualquiera de los documentos que se establecen en la norma 3 de la etapa de Inscripción.

" Fotografía reciente tamaño infantil (2.5 cm por 3.2. cm) de frente, en blanco y negro o color, papel mate y preferentemente en fondo y ropa clara.

" Constancia firmada de no haber obtenido certificado anteriormente. En el caso de educación secundaria además:

" Copia fotostática cotejada del Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación Primaria.

" Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Primaria (para el caso de aspirantes del extranjero).

5. La facultad de firmar certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios, corresponde exclusivamente al Director General del INEA o en su caso al Director de Acreditación y Sistemas del INEA.

6. Los datos del joven o adulto que se registran en el Certificado de Terminación de

Estudios de Educación Primaria y Secundaria deben coincidir con los anotados en los documentos mencionados en la norma 3 de la etapa de Inscripción de este documento.

7. La fecha oficial de expedición que se registre en los Certificados de Terminación

de Estudios, debe ser la señalada conforme al Calendario de Expedición de Certificados de Terminación de Estudios de Educación Primaria y Secundaria vigente, del INEA elaborado por la DGAIR de la SEP.

8. La entrega de certificados a los alumnos, por parte del INEA, deberá hacerse en un

plazo máximo de cincuenta días a partir de la fecha de emisión del documento.

9. Los expedientes de aquellos jóvenes o adultos a los que se les emitió el Certificado de Terminación de Estudios, deberán resguardarse por dos años para fines de análisis y evaluación y deben contener los siguientes documentos:

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!

42!!

!• Registro del Educando • Copia fotostática del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente o

Documento Alterno, • Antecedentes escolares; en su caso, Informe de Calificaciones • Acuse del certificado recibido.

10. Los acuses de recibo de certificados y certificaciones, deberán resguardarse por

literal y por folio consecutivo, para facilitar su consulta.

11. Para obtener el Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria el joven o adulto deberá acreditar los 10 Módulos Básicos de nivel inicial e intermedio y 2 Módulos Diversificados.

12. Para obtener el Certificado de Terminación de Estudios de Educación Secundaria

el joven o adulto deberá acreditar los 8 Módulos Básicos del nivel avanzado secundaria y 4 Módulos Diversificados.

13. Los Módulos Diversificados acreditados para nivel Primaria deberán ser diferentes

a los acreditados en el nivel Secundaria.

14. En caso de que un joven o adulto tenga acreditados más Módulos Diversificados de los requeridos para la certificación, se tomarán para el promedio del certificado los que haya acreditado primero.

15. Los expediente de educandos que ya certificaron, podrán darse de baja de acuerdo

a los Lineamientos Generales y Específicos para la Baja de Expedientes.

CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS

16. La DAS, expedirá Certificación de Estudios, en los siguientes casos:

a) Cuando el interesado solicite duplicado del Certificado de Terminación de Estudios del nivel de educación primaria y/o secundaria.

b) A los interesados que tengan más de seis meses de haber concluido el nivel y no se les haya emitido el Certificado de Terminación de Estudios correspondiente.

c) Cuando el certificado o certificación presente algún error en los datos asentados.

d) A los interesados que concluyeron la educación primaria o secundaria y presenten como comprobante de estudios el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA.

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!

43!!

!El INEA expedirá la Certificación de Estudios e integrará el expediente del interesado, con los documentos establecidos en la norma 3 de este proceso.

17. La entrega de la certificación de estudios deberá de realizarse en un máximo de 30

días.

18. El INEA por conducto de la DAS llevará un control de folios, a través del Sistema de:

a) Certificados de Terminación de Estudios de educación primaria y/o secundaria, según corresponda.

b) Certificaciones de estudios de educación primaria y/o secundaria, según corresponda.

19. El Certificado de Terminación de Estudios, la Certificación de Estudios, la Resolución de Revalidación de Estudios, y el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA son válidos en los Estados Unidos Mexicanos y no requieren trámites adicionales de legalización.

20. Los estudios realizados fuera del sistema educativo nacional deben obtener su validez oficial mediante la Resolución de Revalidación de Estudios, emitida por la autoridad educativa competente, con excepción de los jóvenes o adultos que presenten el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA.

21. Se procederá a la cancelación de los formatos de certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios de educación primaria y/o secundaria que no sean recogidos por los jóvenes y adultos, después de un periodo de seis meses y las certificaciones de estudios después de tres meses, ambas a partir de la fecha de expedición.

22. En caso de error en el llenado de los formatos de certificados y certificaciones,

éstos se cancelan y se resguardan para fines de comprobar su destino final. En ningún caso se deben destruir dichos formatos.

23. Es responsabilidad del Consulado a través de la Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional la entrega oportuna al joven o adulto del Certificado de Terminación de Estudios o de la Certificación de Estudios quien firmará de recibido y asentará la fecha de recepción en la copia fotostática del documento antes mencionado, enviándolo a la Dirección de Acreditación y Sistemas del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.

24. Los certificados de terminación de estudios y las certificaciones de estudios de educación primaria y/o secundaria que expide el INEA, deberán ser emitidos a través del SASA, una vez que el joven o adulto sea Usuario que Concluye Nivel

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!

44!!

!(UCN). El control de la expedición de ambos formatos se realizará en el Control de Folios Automatizado del SASA. Cuando el INEA o la DGAIR tengan acceso a información disponible en los sistemas escolares que permitan simplificar el proceso para los interesados, podrán expedir directamente las certificaciones parciales o totales de estudios respectivos, asentando en su caso, la siguiente leyenda: Documento expedido previa consulta y validación de antecedentes escolares en el Registro Nacional de Emisión, Validación e Inscripción de Documentos Académicos. Todo documento expedido bajo este procedimiento, deberá ser registrado en el Registro Nacional de Emisión, Validación e Inscripción de Documentos Académicos, a efecto de que las distintas autoridades educativas y sobre todo, aquella que emitió el certificado respectivo tomen conocimiento del mismo.

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!

45!!

!

Políticas

Para la solicitud de expedición del Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios, el Consulado deberá enviar solicitud en el que especifique los nombres de los jóvenes y adultos que en el Sistema (SASACE) reflejen conclusión de nivel, anexando expedientes de los jóvenes o adultos o archivos digitalizados que contengan en cualquier caso los documentos y fotografías. El Certificado de Terminación de Estudios (original) se expedirá una sola vez, sin embargo en caso de que el adulto extravíe su certificado se podrá expedir una Certificación de Estudios (duplicado), anexando únicamente una fotografía tamaño Infantil . La Presunción de Nacionalidad no podrá ser utilizada como documento probatorio para la expedición del Certificado de Terminación de Estudios. En caso de que el joven o adulto detecte un error en el llenado del Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios, deberá informar al consulado para que éste solicite al INEA (Dirección de Acreditación y Sistemas) la corrección en el certificado, debiendo enviar nuevamente una fotografía del joven o adulto conjuntamente con el original del certificado erróneo, así como el documento que sustente la modificación solicitada. El Consulado deberá confirmar vía correo electrónico la recepción de los certificados y certificaciones a la DAS. Una vez entregado el Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios al joven o adulto, el Consulado ya sea directamente o a través de la Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional deberá enviar el Acuse de Recibo (Anexo 12) debidamente requisitado y firmado por el adulto a la DAS del INEA. En caso de que el Consulado a través de la Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional no logre entregar el Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios al joven o adulto, deberá regresar el original a la DAS del INEA, en un plazo no mayor a seis meses posteriores a la fecha de expedición del certificado y tres meses en el caso certificaciones ya sean de nivel o duplicados.

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!

46!!

!Flujo Básico

Responsable

A c t i v i d a d

Consulado/ Plaza Comunitaria/ Centro Educativo/Centro Correccional

Una vez que el educando concluye nivel (acredita todos los módulos del nivel correspondiente), revisa que los expedientes estén completos.

Solicita a la DAS del INEA la expedición del Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios, a través de escrito anexando fotocopia del expediente físico o archivo electrónico completo del joven o adulto.

I N E A

Recibe solicitud de elaboración de certificados y certificaciones, expediente(s) y fotografía(s) del(los) joven(es) o adulto(s),revisa que estén completos, que se encuentren dentro de la normatividad y emite el(los) Certificado(s) o Certificación(es).

Envía al Consulado el(los) Certificado(s) emitido(s) mediante oficio y anexando una lista con el(los) nombre(s) del(los) educando(s); así como el(los) acuse(s) de recibo.

Consulado

Recibe certificados de terminación de estudios, certificaciones de estudios y acuses, y verifica que estén completos de acuerdo con la relación entregada.

Envía a la Plaza Comunitaria,, Centro Educativo o Centro Correccional para que entregue certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios a los jóvenes o adultos, solicitando que firmen de recibido en el acuse

Plaza Comunitaria/ Centro Educativo/Centro Correccional

En caso de que se detecte un error en el Certificado de Terminación de Estudios, separa y solicita la expedición Correcta del mismo, anexando nuevamente una fotografía y el documento que valide el cambio. Una vez entregados los certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios, reúnen acuses de recibo y envía al Consulado, anexando los certificados no entregados por error en el llenado o que no fueron entregados en el plazo establecido en las políticas.

Consulado / Plaza Comunitaria/ Centro Educativo/ Centro Correccional

Reúne acuses de recibo y envía a la DAS del INEA, anexando los certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios no entregados por error en el llenado o que no fueron entregados en el plazo establecido en las políticas.

I N E A

Solicita la corrección de aquellos que presentan error en los datos.

Recibe y emite los certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios que tuvieron error, envía nuevamente al Consulado y archiva acuses de los entregados para comprobación de uso y destino final.

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!

47!!

! Atención de Jóvenes y Adultos en Centros Correccionales Políticas El Centro Correccional será responsable de informar al joven o adulto, el domicilio del Instituto Estatal o Delegación más cercana para que realice el trámite de expedición del Certificado de Terminación de Estudios, de acuerdo con el directorio enviado por la DAS. Para solicitar en el Instituto Estatal o Delegación la expedición del Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios, el joven o adulto deberá entregar la siguiente documentación:

• Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente o Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

• Constancia de Conclusión de Nivel, expedida por la Dirección de Acreditación y Sistemas del INEA y entregada por el Centro Correccional.

• Fotografía reciente tamaño infantil, de frente con el rostro descubierto, en blanco y negro o color, papel mate y preferentemente en fondo y ropa claros.

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!

48!!

! Flujo Básico

Act

Responsable

A c t i v i d a d

1

Joven o Adulto

Una vez que el educando sea repatriado al país, acudirá al Instituto Estatal o Delegación que más le convenga para tramitar el certificado que le corresponda.

2

El educando deberá presentar: Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente o Constancia de la Clave Única de Registro de población (CURP) , Constancia de Conclusión de Nivel y fotografía reciente tamaño infantil.

3

IEEA/Delegación

Recibe documentación y solicita mediante oficio la DAS la expedición del certificado correspondiente, anexando los documentos entregados por el joven o adulto.

4

D A S

Recibe solicitud y documentos, verifica que se tenga expediente enviado por el Consulado y coteja información con los documentos recibidos.

5

¿Los datos del expediente corresponden con los datos de los documentos entregados?

6

Sí. Realiza proceso de expedición de certificados y/o certificaciones y envía al IEEA / Delegación para su entrega al educando y le requiere acuse de entrega. Termina procedimiento.

7

No. Informa al IEEA / Delegación que se requiere confirmación de datos tanto por parte del educando como por el Consulado para realizar el trámite de expedición del certificado.

8

Solicita confirmación de datos y calificaciones al consulado.

9

Una vez que recibe confirmación realiza proceso de expedición de certificados y/o certificaciones y envía al IEEA / Delegación para su entrega al educando y le requiere acuse de entrega. Termina procedimiento.

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!

49!!

! Las presentes normas, fueron elaboradas en coordinación el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) y la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de Estudios de la Secretaría de Educación Pública, corresponderá al propio Instituto efectuar su difusión, implantación, aplicación y evaluación en los centros escolares y servicios educativos que oferta. Así lo proveyó y firma, en la Ciudad de México, a los _____ días del mes de ______ del 201__. Entrarán en vigor el ____ del mes de_____ del 201___.

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!

50!!

!

A N E X O S

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!

51!!

!Anexo 1

DIRECTORIO

No.

Representación

Consular

Domicilio

Teléfono

Fax

1 Alburquerque 1610-4h Street,NW albuquerque N.M. 87102

(505)247-21-47/2474177 (505) 842-9490

2 Atlanta 260 Apple Valley Rd. Atlanta, Ga 30319

(404) 266-22-33 Ext. 239

(404) 266-2309/2302

3 Austin Brazos Street, Suit 330, Austin, Tx. 78701

(5129 478-28-66 Ext. 101 (512) 478- 80008

4 Boston 20 Park Plaza Piso 5 Suite 506 Boston Ma.

02116

(617) 426- 87- 82 Ext. 206 (617) 695- 1957

5 Brownsville 301 Mexico Blvd. Suite F-2 Brownsville Tx. 78520

(956) 542- 44- 31/ (956) 542-

20-51 (956) 542- 7267

6 Calexico 408 Heber Ave. Calexico, California 92231

(760) 357- 38- 63/ (760) 357-

41- 32/ 357- 49-31-Ext. 14

(760) 357- 6284

7 Chicago 204 S. Ashland Ave.

Chicago Illinois, 60607 E.U.A.

(312) 738- 23-83 Ext. 121 (312) 491- 90- 72

8 Dallas 8855 N. Stemmons

Freeway, Dallas Tx., 75247 E.U.A.

(214) 2252- 92- 50 Ext. 127 (214) 630- 3511

9 Del Río 2398 Spur 239, Del Río Tx

78840 Apartado Postal 1275

(830) 775- 23- 52 / 774- 5031 (830) 774- 6497

10 Denver 5350 Leetsdale Drive,

Suite 100, Denver, Colorado 80246

(303)331- 11- 10 Ext. 109 (303) 331- 1872

11 Detroit 645 Griswold Street, Suite 830 Detroit, Mi.

48226 (313) 964- 45-

15 Ext. 22 (313) 964- 4522

12 Douglas 1201 "F" Avenue, Douglas, Az., 85607

(520) 364- 3142 / 364-31- 07 Ext.

16 (520) 364- 1379

13 Eagle Pass 2252 E. Garrison Street, Eagle Pass Tx. 78852 (830) 773- 9255 (830) 773- 9397

14 El Paso

910 East San Antonio Avenue, El Paso Tx. 79901 P.O. Box Cod.

Post. 79945

(915) 533- 63- 11 / (915) 533- 8555 Ext. 226

(915) 532- 7163

Page 53: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

52!!

!

15 Filadelfia

111 South Independence Mall East, Suite 310, The

Bourse Building, Philadelphia Pa., 19106

(215) 922- 43- 12 Ext. 20 (215) 923- 7281

16 Fresno 2409 Merced Street, Fresno Ca., 93721

(559) 445- 26- 15 (559) 233 9770

17 Houston 4507 San Jacinto Street Houston TX. 77004

(713) 778 6118 / (713) 778 2700

Ext. 1301 (713) 271- 3201,

772-1229

18 Indianápolis 39 West Jackson Place,

Suite 103 Indianapolis, IN 46225

(317) 951- 00- 05 Ext. 233 (317) 951- 00- 06

19 Kansas City 1600 Baltimore Ave.,

Suite 100, Kansas City, Missouri, 64108

(816) 556- 08- 00 (816) 556- 0999

20 Laredo 1612 Farragut St., Laredo Tx, 78040 P.O. Box 659

(956) 723- 09- 90 (956) 723- 09- 90

21 Las Vegas 330 S. Fourth St., Las Vegas, NV 89101

(702) 382- 68- 92 / (702) 383- 06- 23 Ext. 16

(702) 383- 0683

22 Little Rock 3500 South University Ave, Little Rock Ar.

72204 (501) 372- 6933 (501) 372- 6109

23 Los Ángeles 2401 West 6th. Street, Los Ángeles, Ca. 90057

(213) 351- 68- 16 / (213) 351-

6800 Ext. 2816 (213) 351- 2112

24 McAllen 600 South Broadway Street, McaLLEN Tx.

78501

(956) 686- 02- 44 (956) 686- 02- 44

25 Miami 5975 SW 72 Street

(Sunset Drive) Suite 101, Miami Fl 33143

(786) 268- 48- 90 / (786) 268

4900 (786) 268- 4895

26 Consulado

General de México en Montreal, Ca

2055 Rue Peel, Suite 1000, Montreal, Quebec

Canadá, H3A IV4

(514) 288- 25- 02 Ext. 233 (514) 288- 8287

27 Nogales 571 N. Grand Avenue, Nogales Az. 85621

(520) 223 0372 / (520) 287 3381 / (520) 287 3386

(520) 287- 3175

28 Nueva York 27 East 39th, Street, Nueva York N.Y., 10016

(212) 217- 64- 79 / (212) 217

6400 Ext. 6479 (212) 217- 64 38

Page 54: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

53!!

!29 Omaha

3552 Dodge Street, Omaha, Nebraska,

68131 - 3210

(402) 595 - 18- 44 (402) 595 1845

30 Orlando 100 West Washington

Street Orlando, Fl., 32801 - 2315

(407) 422- 05- 14 Ext. 311 (407) 422 - 9633

31 Oxnard 3151 West Fifth Street E- 100, Oxnard Ca. 93030

(805) 984 - 87 - 38 Ext. 108 (805) 984 - 87 47

32 Phoenix 1990 West Camelback Rd

Suite 110, Phoenix Az, 85015

(602) 242- 44- 81 (602) 242- 44- 81

33 Portland 1234 South West Morrison Street,

Portland, Oregon, 97205

(503) 274- 14 50 / (503) 274 -

1450 Ext. 25

(503) 274 - 1540 y 478 - 04- 39

34 Presidio Highway 67, Block 17, Kelly Building Aditio 1, Presidio, Tx 79845, P.O.

Box 2259

(432) 229- 27- 88 y 229 - 27 -

90 (915) 229 - 27 - 92

35 Raleigh 336 E Six Forks Rd, Raleigh, N.C. 27609

(919) 754- 88- 73 / 754- 00- 46

Ext. 210 (919) 754- 17- 29

36 Sacramento 1010 8TH. Street, Sacramento Ca. 95814

(916) 329- 35- 40 (916) 441- 0421

37 Saint Paul 797 East 7th Street, Saint Paul, Minn., 55106

(651) 771- 54- 94 Ext. 17 (651) 772- 44- 19

38 Salt Lake City 155 South 300 West, 3rd. Floor, Salt Lake City Ut.,

84101

(801) 328- 06- 20 / (801) 521 8502 Ext. 23

(801) 521- 0534

39 San Antonio 127 Navarro Street, San Antonio Tx., 78205

(210) 227- 1089 / (210) 227- 9145 Ext. 224 / 225/

230

(210) 227- 1817 / 7518

40 San Bernardino 293 North "D" Street, Sa Bernardino Ca., 92401 (909) 889 78 46 01 (909) 889 8285

41 San Diego 1549 India St., San Diego Ca., 92101

(619) 308- 99- 11 (619) 231- 4802

42 San Francisco 532 Folsom Street San Francisco Ca., 94105

(415) 354- 17- 34 / (415) 354 17 00 Ext.1734

(415) 495- 3971

43 San José 540 North First Street, San José, Ca., 95112

(408) 297- 19- 42 / (408) 294- 34- 14 Ext. 116

(408) 279- 35- 57

44 Santa Ana 828 N. Broadway St. Santa Ana Ca. 92701 -

(714) 835- 3069 / 835 20 82 Ext. (714) 835- 3472

Page 55: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

54!!

!3424 224

45 Seattle 2132 Third Avenue, Seattle Wa., 98121

(206) 448- 35- 26 / (206) 448 32 26 Ext. 105

(206) 448- 4771

46 Tucson 553 South Stone Avenue, Tucson Az., 85701

(520) 30 49 613 / (520) 882-

5595 Ext. 114 (520) 882- 8959

47 Consulado

General de México en Toronto, Ca

199 Bay Street, Suite 4440 Commerce Court

West, Toronto Ont. M5L 1E9 Canadá. Apdo.. Post.

No. 266, Commerce Court Postal Station

(416) 368-2875 / 8184 / 8490 / 1847 / 0310

conm. Ext. 223

(416) 368- 06- 76 y (416)368 - 8342

48 Sección Consular

de México en Washington, D.C.

2827 16th. Street, N.W., Washington, D.C., 20009

- 4260

(202) 736 - 1013 / (202) 763-

1010 / 736- 1000 Ext. 1013

(202) 234- 4498

49 Consulado

General de México en Vancouver, Ca

710- 1177 West Hastings Street, Vancouver,

Canadá

Dir (604) 682 76 17 Conm.

(604) 684- 3547 / 1859 Ext. 310

(604) 684- 2485

50 Yuma 600 W. 16th. Street, Yuma, Az., 85364

(928) 343- 00- 66 (928) 343 00 77

51 Embajada de

México en Estados Unidos

1911 Pennsylvania Ave. N.W. Washington D.C.

20006

(202) 728- 16- 38 / (202) 728-

16- 00 Ext. 1638

(202) 833 4320

52 Embajada de México en Canadá

45 O´ Connor Street, Suite 1500, Ottawa, Ont.

K1P 1A4, Canadá. (Diferencia de Horario: +

1 hora)

Conm. (613) 233- 8988 Dir. (613) 233 6665

(613) 235- 9123

Page 56: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

55!!

!

Anexo 2

CONSTANCIA DE IDENTIDAD

1 Corrections Corporation of América

Número de expediente____3_

El suscrito, Director del Corrections Corporation of América de

4

Certifica que el Sr. _____5__________6__________7______________manifestó bajo protesta de decir verdad, llevar por nombre como queda asentado, nacido el día _8__ del mes ___8___ del año ___8___ en ____________9______________; datos que coinciden con los registros de este Centro. Lo anterior con conocimiento de las faltas en que incurre quien proporciona datos falsos a la autoridad.

El presente documento se elabora el día __10__ del mes de _____10______ del año___10___.

A T E N T A M E N T E

11 12

NOMBRE Y FIRMA DEL DIRECTOR EDUCATIVO NOMBRE Y FIRMA DEL EDUCANDO

Válida únicamente para la emisión de la Constancia de Conclusión de Nivel.

(2(

Page 57: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

56!!

!

Instructivo de Llenado de la Constancia de identidad

1. Agregar el logotipo del Centro Correccional. 2. Pegar fotografía del interesado, es importante que se estampe sello del centro

Correccional es ésta, de modo que dé validez. Sin este requisito no será válido el documento.

3. Registrar el número de expediente o control que se lleve del interesado dentro de la correccional.

4. Anotar el nombre completo del Centro Correccional. 5. Escribir el apellido paterno del interesado, de acuerdo con los registros que se

tengan. 6. Escribir el apellido materno, de acuerdo con los registros que se tengan. 7. Escribir el nombre(s) de acuerdo con los registros que se tengan. 8. Registrar la fecha de nacimiento del interesado comenzando por día, mes y año

(dd/ mm /aaaa). 9. Escribir el lugar de nacimiento del interesado según su país y estado de origen, de

acuerdo al siguiente ejemplo: Morelia, Michoacán; Saucillo, Chihuahua, etc. 10. Anotar la fecha en que se elaboró el documento comenzando por día, mes y año

(dd /mm/ aaaa). 11. Registrar el nombre completo del Director Educativo del Centro Correccional, así

como su firma. 12. Recabar nombre y firma de la persona que proporciona los datos.

Page 58: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

57!!

!

Anexo 3

Declaración de Nacionalidad

Requisitos

• Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles y políticos • Entregar debidamente requisitada la solicitud que para tal efecto le proporcione la

Secretaría de Relaciones Exteriores • Anexar los siguientes requisitos:

a) Copia Certificada del Acta de Nacimiento expedida por la oficina del Registro Civil

Mexicano:

Si el interesado nació en el extranjero, deberá exhibir copia certificada del Acta de Nacimiento expedida por los Consulados o por la sección Consular de las representaciones Diplomáticas de México en el exterior o copia certificada expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano de la inserción de su Acta de Nacimiento extranjera. Además deberá presentar copia igualmente certificada del Acta de nacimiento extranjera y apostillada si es el caso, o copia certificada o declaración de nacionalidad mexicana por nacimiento del padre o madre.

Cuando el registro del nacimiento del solicitante o de los padres sea extemporáneo (después del primer año de edad), el interesado deberá presentar cualquiera de los siguientes requisitos:

1. Cotejo notarial de la partida religiosa, si dicho acto se realizó durante el primer año de edad y en territorio nacional.

2. Copia certificada del Acta de Matrimonio de los padres expedida por la oficina del registro civil mexicano, si éstos se casaron en territorio nacional y antes del nacimiento del solicitante.

3. Copia certificada del Acta de Nacimiento de un hermano mayor expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano, si nació en territorio nacional y fue registrado dentro del primer año de edad.

4. Copia certificada del Acta de Nacimiento del padre o madre mexicano expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano, registrado durante el primer año de edad.

5. Constancia expedida por la autoridad migratoria, de la fecha de internación al país del padre o de la madre extranjeros, si esto ocurrió antes de la fecha del nacimiento del interesado.

Page 59: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

58!!

!

b).- Acreditar su identidad con documento oficial con fotografía y firma, ya sea mexicano o extranjero.

c).- Entregar copia certificada del documento que acredite que obtuvo voluntariamente otra nacionalidad, debidamente apostillado o legalizado según sea el caso.

d).- Entregar 3 fotografías recientes a color tamaño pasaporte (3.5 x 4.5 cm) con fondo blanco de frente, sin anteojos, cabeza descubierta, y

e).- Comprobante de pago de derechos.

Para cualquier duda puede consultar la página de la SRE (www.sre.gob.mx), en la sección de “Servicios/servicios consulares” podrás obtener mayor información y en la sección de “Representaciones/consulados” podrás obtener los datos del Consulado más cercano.

Page 60: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

59!!

!

Anexo 4

Matrícula Consular

Expedición de matrículas de alta seguridad (MCAS)

El certificado de matrícula consular es un documento que cumple con fines censales y de protección de gran utilidad para el gobierno mexicano. Además, tiene la ventaja de ser aceptado por un gran número de instituciones privadas y oficiales como documento de identidad, como prueba de nacionalidad, y como comprobante de domicilio en un distrito consular dado.

No obstante, es importante aclarar que la MCAS no comprueba ni pretende sustituir el documento extranjero de legal estancia en un país. En ese sentido, solamente muestra que el portador está domiciliado en el extranjero y registrado ante la representación de México.

Para la expedición de la Matrícula Consular, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

1) Comparecer personalmente ante la oficina consular que corresponda a su domicilio; 2) Llenar su solicitud bajo protesta de decir verdad en términos del Código Penal Federal; 3) Comprobar su nacionalidad con:

" Acta de nacimiento " Certificado de nacionalidad mexicana " Carta de naturalización " Declaración de Nacionalidad Mexicana, o " Pasaporte.

4) Comprobar su identidad con alguna de las siguientes identificaciones oficiales con fotografía:

" Credencial expedida por el Instituto Federal Electoral " Licencia de manejo mexicana o de alguna localidad en la circunscripción de la

Representación Consular " Certificado de estudios emitido por la Secretaría de Educación Pública Mexicana " Pasaporte, y " Con cualquier documento que a juicio del funcionario consular presuma la

identidad del solicitante. 5) Comprobar que reside en la circunscripción de la Representación Consular, mediante

cualquiera de los siguientes requisitos:

!

FOTOGRAFÍA

DEL INTERESADO

Page 61: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

60!!

!

" Recibos de renta y/o de servicios públicos " Comprobantes del seguro social que sean emitidos por la autoridad de alguna

localidad de la circunscripción correspondiente " Otros documentos acostumbrados en las localidades de la circunscripción,

satisfactorios a juicio del Titular de la Representación consular;

6) Cubrir los derechos por su expedición, en términos de lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

7) Pago de derechos consulares. Verificar en Pago de derechos el costo ya que la Ley Federal de Derechos modifica trimestral o semestralmente algunos cobros. La fotografía se toma en el propio Consulado ya que debe ser digital.

Para cualquier duda puede consultar la página de la SRE (www.sre.gob.mx), en la sección de “Servicios/servicios consulares” podrás obtener mayor información y en la sección de “Representaciones/consulados” podrás obtener los datos del Consulado más cercano.

Page 62: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

61!!

!Anexo 5

DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA DEL ESTUDIANTE MIGRANTE BINACIONAL MÉXICO – EUA (PRIMARIA)

ANVERSO

Page 63: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

62!!

!

DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA DEL ESTUDIANTE MIGRANTE BINACIONAL MÉXICO – EUA (PRIMARIA)

REVERSO

Page 64: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

63!!

!Anexo 6

DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA DEL ESTUDIANTE MIGRANTE BINACIONAL MÉXICO – EUA (SECUNDARIA)

ANVERSO

Page 65: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

64!!

!

DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA DEL ESTUDIANTE MIGRANTE BINACIONAL MÉXICO – EUA (SECUNDARIA)

REVERSO

Page 66: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

65!!

!Anexo 7

TABLA DE SUSTITUCIÓN PRIMARIA MEVyT

HISPANOHABLANTES

SI PRESENTA BOLETAS

O CARTILLAS DE GRADO DE PRIMARIA

SUSTITUYE EN MEVyT

MÓDULOS PARA

CERTIFICAR

1° y 2° Nada Todos

- La Palabra - Para empezar - Matemáticas para

empezar

- Leer y escribir - Vamos a

conocernos - Los números - Saber leer - Cuentas útiles - Figuras y medidas - Vivamos mejor - 2 Diversificados

- La palabra - Para empezar - Leer y escribir - Matemáticas para

empezar - Los números - Vamos a

conocernos - Diversificados

- Saber leer - Cuentas útiles - Figuras y medidas - Vivamos mejor - Diversificados

- La palabra - Para empezar - Leer y escribir - Matemáticas para

empezar - Los números - Cuentas útiles - Vamos a

conocernos - Saber leer - Diversificados

- Figuras y medidas - Vivamos mejor - Diversificados

Page 67: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

66!!

!Anexo 8

TABLA DE SUSTITUTCIÓN MEVyT SECUNDARIA

BOLETAS O

CARTILLAS DE GRADO DE SECUNDARIA

SUSTITUYE EN MEVyT

MÓDULO PARA

CERTIFICAR SECUNDARIA

Hablando se entiende la gente Información y gráficas Dos Diversificados

Vamos a escribir Para seguir aprendiendo Fracciones y porcentajes Operaciones avanzadas Nuestro planeta, la tierra México, nuestro hogar Dos Diversificados

1° y 2°

Hablando se entiende la gente Información y gráficas Vamos a escribir Fracciones y porcentajes Cuatro Diversificados

Para seguir aprendiendo Operaciones avanzadas Nuestro planeta, la tierra México, nuestro hogar

Page 68: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

67!!

!

Anexo 9

Tablas de Correspondencia

LISTADO DE PAÍSES

1. AFRICA DEL SUR 36. HOLANDA 2. ALEMANIA 37. HONDURAS 3. ANGOLA 38. HUNGRÍA 4. ARGENTINA 39. IRÁN 5. ARMENIA 40. IRLANDA 6. AUSTRALIA 41. ISRAEL 7. AUSTRIA 42. ITALIA 8. BÉLGICA 43. JAMAICA 9. BELICE 44. JAPÓN

10. BOLIVIA 45. JORDANIA 11. BRASIL 46. LÍBANO 12. BULGARIA 47. MONGOLIA 13. CANADÁ 48. NICARAGUA 14. CHILE 49. NORUEGA 15. CHINA 50. NUEVA ZALANDA 16. CHIPRE 51. PAKISTÁN 17. COLOMBIA 52. PANAMÁ 18. COREA 53. PARAGUAY 19. COSTA RICA 54. PERÚ 20. CUBA 55. POLONIA 21. DINAMARCA 56. PORTUGAL 22. ECUADOR 57. PUERTO RICO 23. EL SALVADOR 58. REPÚBLICA CHECA 24. ESLOVAKIA 59. REPÚBLICA DOMINICANA 25. ESPAÑA 60. RUMANIA 26. ESTADOS UNIDOS 61. SIRIA 27. FEDERACIÓN RUSA 62. SUDÁN 28. FILIPINAS 63. SUECIA 29. FINLANDIA 64. SUIZA 30. FRANCIA 65. TURQUÍA 31. GHANA 66. UCRANIA 32. (GRAN BRETAÑA) INGLATERRA,

GALES, IRLANDA DEL NORTE Y ESCOCIA

67.

UGANDA

33. GRACIA 68. URUGUAY 34. GUATEMALA 69. VENEZUELA 35. HAITÍ 70. YOGOSLAVIA

Page 69: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

68!!

!

1 MÉXICO AFRICA DEL SUR

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA BAJA 1 1 2 2 3 3 EDUCACIÓN PRIMARIA SUPERIOR

4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA BAJA 1 7 2 8 3 9

2

MÉXICO ALEMANIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 NIVEL DE ORIENTACIÓN

5 5 6 6

SECUNDARIA NIVEL SECUNDARIO I 1 7 2 8 3 9 10 Curso de formación profesional* (optativo)

3

MÉXICO ANGOLA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN MEDIA

3 1

Page 70: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

69!!

!

SISTEMA ANTERIOR

4 MÉXICO ARGENTINA

PRIMARIA PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 CICLO BÁSICO

2 1 3 2

NUEVO SISTEMA A PARTIR DE 1993 MÉXICO ARGENTINA PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

5

MÉXICO ARMENIA PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

1 1 2 2 3 3 EDUCACIÓN INTERMEDIA

4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3

Page 71: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

70!!

!

6

MÉXICO AUSTRALIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA NIVEL SECUNDARIO (1° etapa) 1 7 ó 1 2 1 ó 2 3 2 ó 3

7

MÉXICO AUSTRIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA

1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 EDUCACIÓN SECUNDARIA

(AHS) SECUNDARIA BÁSICA

5 1 1 6 2 2

SECUNDARIA 1 3 3 2 4 4 ESCUELAS SUPERIORES

DE GRADO MEDIO 3 5 1

8 MÉXICO BÉLGICA

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA ENSEÑANZA SECUNDARIA INFERIOR 1 1 2 2 3 3

Page 72: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

71!!

!

9

MÉXICO BELICE PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 7 8 EDUCACIÓN SECUNDARIA 1

NUEVO SISTEMA A PARTIR DE

1969

10 MÉXICO BOLIVIA

PRIMARIA PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO INTERMEDIO 1 1 2 2 CICLO MEDIO

3 1

SISTEMA EN LIQUIDACIÓN (ANTES DE 1996) MÉXICO BOLIVIA PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 CICLO INTERMEDIO

6 1 SECUNDARIA

1 2 2 3 CICLO MEDIO

3 1

Page 73: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

72!!

!

11

MÉXICO BRASIL PRIMARIA 1° GRAU (Encino Básico)

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6

SECUNDARIA 1 6 2 7 3 8

12

MÉXICO BULGARIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1

7

2

8

ESC.SEC.GRAL/VOC. (PLAN 5 AÑOS) 8

3

EDUC. VOC. PLAN (3 AÑOS) 9

EDUC. SEC GRAL/VOC

(PLAN 4 AÑOS)

9

9

Page 74: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

73!!

!

13

MÉXICO CANADÁ PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 ó 7

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

14 MÉXICO CHILE

PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN MEDIA

3 1

15

MÉXICO CHINA PRIMARIA

ENSEÑANZA PRIMARIA

1 1 1 1 2 2 2 2 3 3 3 3 4 4 4 4 5 5 5 5 6 6 6 ESC. MEDIA SEC.

SECUNDARIA ESC. MEDIA SEC.

1

1 7 1 2 2 8 2 3 3 9 3 4

Page 75: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

74!!

!

16 MÉXICO CHIPRE

PRIMARIA ENSEÑANZA PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA 1 1 2 2 3 3

17 MÉXICO COLOMBIA

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA (PRIMARIA)

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 (SECUNDARIA)

6 6 SECUNDARIA

1 7 2 8 3 9

18

MÉXICO COREA PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA MEDIA 1 1 2 2 3 3

Page 76: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

75!!

!

19

MÉXICO COSTA RICA PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

20

MÉXICO CUBA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6

6

SECUNDARIA EDUCACIÓN GENERAL MEDIA 1 1 (7°) 2 2 (8°) 3 3 (9°)

NUEVO SISTEMA

MÉXICO CUBA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN GENERAL MEDIA 1 1 (7) 2 2 (8) 3 3 (9)

Page 77: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

76!!

!

MÉXICO ECUADOR PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA 1 1 2 2 3 3

21

MÉXICO DINAMARCA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

22

MÉXICO ECUADOR PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6

SECUNDARIA CICLO BÁSICO 1 1 2 2 3 3

Page 78: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

77!!

!

23

MÉXICO EL SALVADOR PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO BÁSICO 1 1 2 2 3 3

NUEVO SISTEMA

MÉXICO EL SALVADOR PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

24

MÉXICO ESLOVAKIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 SECUNDARIA BAJA

5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

Page 79: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

78!!

!

25

MÉXICO ESPAÑA PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 BACHILLERATO ÚNICO POLIVALENTE

3 1

NUEVO SISTEMA A PARTIR DEL 3 DE OCTUBRE 1990

MÉXICO ESPAÑA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA 1 1 2 2 3 3

26

MÉXICO ESTADOS UNIDOS PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA JUNIOR SCHOOL 1 7 2 8 3 9

Page 80: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

79!!

!

27

MÉXICO FEDERACIÓN RUSA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 1 2 2 2 3

3 ó 4 3

4 4 EDUCACIÓN SECUNDARIA

BÁSICA

5 1 5 6 2 6

SECUNDARIA 1 3 7 2 4 8 3 5 9

28 MÉXICO FILIPINAS

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA ENSEÑANZA SECUNDARIA 1 1 2 3 2

29

MÉXICO FINLANDIA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

Page 81: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

80!!

!

30

MÉXICO FRANCIA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA O PRIMARIA

1 11 CLASE CP 2 10 CLASE CE 1 3 9 CLASE CE 2 4 8 CLASE CM 1 5 7 CLASE CM 2 6 6 CLASE

SECUNDARIA 1 5 CLASE 2 4 CLASE 3 3 CLASE

31

MÉXICO

GHANA NUEVO SISTEMA SISTEMA ANTERIOR

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA PRIMARIA 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA BÁSICA 1 7 2 8 SECUNDARIA

3 1

32 MÉXICO (GRAN BRETAÑA) INGLATERRA Y GALES PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

ST2 ST3 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 1 ESC. MEDIA 4 5 5 2 1 ESC. MEDIA 6 6 3 2

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 7 4 3 2 8 1 SECUNDARIA 4 3 9 2

Page 82: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

81!!

!

MÉXICO (GRAN BRETAÑA)

IRLANDA DEL NORTE ESCOCIA

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 y 7 6

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 1 7 SECUNDARIA

2 2 1 3 3 2

33

MÉXICO GRECIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 1 2 2 3 3

34

MÉXICO GUATEMALA PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3

El año escolar comprende un total de 180 días. Inicia en enero y concluye en octubre.

Page 83: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

82!!

!

35

MÉXICO HAITI

PRIMARIA

EDUCACIÓN BÁSICA

(PRIMARIA) 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

SISTEMA FRANCÉS

MÉXICO HAITÍ PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA (CICLO DE ORIENTACIÓN) 1 7 2 8 3 9

36 MÉXICO HOLANDA

(PREESCOLAR) EDUCACIÓN PRIMARIA 1 2

PRIMARIA 1 3 2 4 3 5 4 6 5 7 6 8

SECUNDARIA VWO HAVO MAVO VBO 1 1 1 1 1 2 2 2 2 2 3 3 3 3 3

Page 84: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

83!!

!TIPO DE ESCUELAS

MAVO: Middelbaar Algemeen Voorgezet Onderwijis HAVO: Hoger Algemeen Voortgezet Onderwijis VWO: Voorbereidend Wetenschappelijk Onderwijis VBO: Voorbereidend Beroepsonderwijis

37

MÉXICO HONDURAS PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO COMÚN 1 1 2 2 3 3

38

MÉXICO HUNGRÍA ENSEÑANZA BÁSICA

PRIMARIA Sistema 8

Sistema 6 + 2 Sistema 4 + 4

1 1 1 1 2 2 2 2 3 3 3 3 4 4 4 4 ENS. SEC.

5 5 1 6 6 2

SECUNDARIA ENS. SEC. 1 7 1 3 2 8 2 4 ESC.

SEC.

3 1 3 5

Page 85: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

84!!

!

39 MÉXICO IRÁN

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 EDUCACIÓN SECUNDARIA INFERIOR

6 1 SECUNDARIA

1 2 2 3 EDUCACIÓN SECUNDARIA SUPERIOR

3 1

40

MÉXICO IRLANDA EDUCACI{ON PREESCOLAR EDUCACIÓN PRIMARIA

GRADOS 1 Y 2 PRIMARIA

1 3 2 4 3 5 4 6 5 7 6 8

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA 1 1 2 2 3 3

41

MÉXICO ISRAEL PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA 1 1 2 2 3 3

Page 86: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

85!!

!

42

MÉXICO ITALIA PRIMARIA EDUCACIÓN ELEMENTAL

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 MEDIA INFERIOR

6 1 SECUNDARIA

1 2 2 3 MEDIA SUPERIOR

3 1

43

MÉXICO JAMAICA PREESCOLAR PREESCOLAR

1 (opcional) 1 2 (opcional)

PRIMARIA PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA PRIMER CICLO DE SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

44 MÉXICO JAPÓN

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

Page 87: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

86!!

!

45

MÉXICO JORDANIA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

46

MÉXICO LÍBANO PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO INTERMEDIO 1 1 2 2 3 3

47

MÉXICO MONGOLIA PREESCOLAR PREESCOLAR

No es obligatoria (es para niños de 3 a 8 años) PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 SECUNDARIA BAJA

5 1 6 2

SECUNDARIA 1 2

3 4

3

Page 88: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

87!!

!

48 MÉXICO NICARAGUA

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA (CICLO BÁSICO)

1 1 2 2 3 3

49

MÉXICO NORUEGA PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 9

3 10

50

MÉXICO NUEVA ZELANDA PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN INTERMEDIA 1 1 ó 7° 2 2 ó 8° EDUCACIÓN SECUNDARIA

3 1 ó 9°

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!

88!!

!

51 MÉXICO PAKISTÁN

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 ENSEÑANZA SECUNDARIA

3 9

52

MÉXICO PANAMÁ PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1° CICLO BÁSICO 1 1 2 2 3 3

53

MÉXICO

PARAGUAY PARAGUAY (A PARTIR DE 1994)

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN ESCOLAR

BÁSICA 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 6

SECUNDARIA CICLO DE ENSEÑANZA

SECUNDARIA

1 7 2 8 3 9

Page 90: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

89!!

!

54

MÉXICO PERÚ PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 (Sistema anterior)

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA PRIMER CICLO

1 1 2 2 3

55

MÉXICO POLONIA PRIMARIA1 EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA BAJA (GYMNASIUM) 1 7 2 8 3 9

56 MÉXICO PORTUGAL

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

Page 91: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

90!!

!

57

MÉXICO PUERTO RICO PRIMARIA ELEMENTAL

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 HIGH SCHOOL

3 9

58 MÉXICO REPÚBLICA CHECA

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 SECUNDARIA INFERIOR

6 1 SECUNDARIA

1 2 2 3 3 4

SISTEMA ANTERIOR A 1997

59 MÉXICO REPÚBLICA DOMINICANA

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA BACHILLERATO 1 1 2 2 3 3

Page 92: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

91!!

!

A PARTIR DE 1997 MÉXIO REPÚBLICA DOMINICANA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN MEDIA

3 1

60

MÉXICO RUMANIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 EDUCACIÓN SECUNDARIA I

5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN SECUNDARIA

3 9

61

MÉXICO SIRIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA 1 1 2 2 3 3

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!

92!!

!

62

MÉXICO SUDAN Sistema actual Sistema anterior

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA BÁSICA 1 7 1 2 8 2 EDUCACIÓN

SECUNDARIA

3 1 3

63 MÉXICO SUECIA

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

Page 94: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

93!!

!

(TRES SISTEMAS) En los Cantones AI, AR, LU, NW, OW, SG

FR, GE, GL, SZ, TG, UR, VS SH, SO, ZG, ZH.

64 MÉXICO SUIZA

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA NIVEL SECUNDARIO 1 1 1 2 2 3 3

MÉXICO SUIZA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

En los Cantones AG, BL, NE 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 NIVEL SECUNDARIO I

6 1 SECUNDARIA

1 2 2 3 3 4

MÉXICO SUIZA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

En los Cantones BE, BS, JU, VD 1 1 2 2 3 3 4 4 NIVEL SECUNDARIO I

5 1 6 2

SECUNDARIA 1 3 2 4 3 5

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!

94!!

!

CANTONES SUIZOS: Aargau Appenzell Ausser - Rhoden Appenzell Inner - Rhoden Basel - Landschaft Basel - Standt Bern Frinbourg Geneve Glaurus Granbünden Jura Luzern Neuchatel Nidwalden Obwalden Sankt Gallen Schafthausen Schwyz Solothurn Thurgau Ticino Uri Valais Vaud Zug Zürich

Page 96: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

95!!

!

65

MÉXICO TURQUÍA PREESCOLAR PREESCOLAR

1 1 (no obligatoria) PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 2

7 8

SECUNDARIA GENERAL

SECUNDARIA TÉCNICA

3 1

66

MÉXICO UCRANIA PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

67 MÉXICO UGANDA

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7

SECUNDARIA SECUNDARIA BAJA 1 1 2 2 3 3

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!

96!!

!

68

MEXICO URUGUAY PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO BÁSICO DE EDUCACIÓN MEDIA 1 1 2 2 3 3

69

MÉXICO VENEZUELA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 3° CICLO DE EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3

70

MÉXICO YOGOSLAVIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN SECUNDARIA

3 1

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!

97!!

!Anexo 10

REGISTRO DEL ESTUDIANTE

Imprimir

Datos Generales

RFC: GOSJ640729CS2

Nombre Apellido Paterno Apellido Materno

___________________ _______________________ ____________________

JUSTO MIGUEL GONZÁLEZ SILORIO

Género Estado Civil

Escolaridad Programa a Estudiar Secundaria (SECAB) Ocupación

Idioma: Lengua Indígena 1.- a) Español b) - - c) Otro 2.- b) - b) - - c) Otro Email Dirección Teléfono Fecha de Nacimiento Lugar de Nacimiento Nacionalidad Información Adicional Fecha de Ingreso al INEA Años que dejo de Estudiar Observaciones Nombre y Firma del Educando Nombre y Firma del Responsable del Programa ________________________ __________________________________

Imprimir Registro

Masculino! Casado!

PRIMARIA!COMPLETA!

Otro!

!

!

! ! !

!

! !

!

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!

98!!

!

Anexo 11

Constancia de Conclusión de Nivel

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!

99!!

!Anexo 12

Acuse de Recibo

Recibí certificado de: Primaria Secundaria Nombre:________________________________________________________ Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s) Fecha: Día: _______ Mes: __________________ Año: ____________ Firma: _________________________________________ Nombre y firma de quien entrega:

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!

100!!

! Anexo 13

GLOSARIO

Acreditación: acción y efecto de dar cumplimiento a los requisitos establecidos para el reconocimiento oficial de la aprobación de un módulo, parte o nivel educativo.

Acuse de Certificado Entregado: documento que respalda la entrega del Certificado de Terminación de Estudios emitido al joven o adulto que concluyó el nivel educativo correspondiente y que deberá ser devuelto a la Dirección de Acreditación y Sistemas.

Antecedentes Escolares: estudios previos, con reconocimiento oficial del joven o adulto a los servicios educativos al momento de su inscripción en los programas de educación de adultos.

Aplicador de Examen: personal que presta sus servicios para realizar la aplicación de exámenes y que deberá ser diferente del asesor, responsable de la Plaza Comunitaria, Centro Educativo o Centro Correccional.

Batería: serie completa de exámenes que serán utilizados en un periodo de aplicación.

Boleta de Calificaciones: documento oficial emitido por el SASACE que contiene los módulos acreditados, así como las calificaciones obtenidas.

Cancelación de Examen por Error: eliminación de la captura de respuestas de un examen por error en los datos, será necesario enviar a la Dirección de Acreditación y Sistemas la hoja de respuestas firmada por el adulto y el responsable de captura para que se realice nuevamente la captura.

Cancelación de Examen por Renuncia: eliminación de la acreditación de un examen a solicitud por escrito del adulto para mejorar su promedio. Una vez presentado y acreditado el examen, prevalecerá la calificación más alta.

Certificación: proceso mediante el cual se da reconocimiento oficial a los estudios realizados por los jóvenes o adultos, conforme al Plan y Programas de Estudio de Educación Básica para Adultos.

Certificación de Estudios: documento oficial válido en los Estados Unidos Mexicanos que no requiere trámites adicionales de legalización, diseñado por la

Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación y que las delegaciones e institutos estatales expiden a los interesados cuando tienen mas de seis meses de haber concluido un nivel y no han recibido su certificado o cuando solicitan duplicado del Certificado de Terminación de Estudios.

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!

101!!

!

Certificado de Terminación de Estudios: documento oficial válido en los Estados Unidos Mexicanos que no requiere trámites adicionales de legalización, diseñado por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación y que las delegaciones e institutos estatales expiden a los jóvenes o adultos que acreditaron y concluyeron un nivel escolar.

Certificado Entregado: documento de terminación de estudios que se ha entregado al joven o adulto que concluyó el nivel educativo correspondiente.

Clave Única de Registro de Población (CURP): elemento del Registro Nacional de Población e identificación personal de la Secretaría de Gobernación, que permite individualizar el registro de las personas. Se asigna a todas las personas domiciliadas en el territorio nacional, así como a los nacionales que radican en el extranjero y sustituye al Registro Federal Escolar (RFE).

CONEVyT: Consejo Nacional para la Vida y el Trabajo es una comisión de carácter permanente con visión sistematiza y globalizadora sin compromiso directo de proporcionar servicios educativos, con fuerza legal par a organizar, coordinar, promover y evaluar programas, mecanismos y servicios para la educación para la vida y el trabajo.

Consulado: Representación del Gobierno Mexicano en el Exterior.

Declaración de Nacionalidad: documento oficial que es expedido por el Consulado para jóvenes o adultos para acreditar su identidad.

Documento de Identificación: documento que es expedido para jóvenes o adultos que están recluidos en centros de readaptación social.

Documento Legal Equivalente: documento que es expedido a los extranjeros en su país y es el equivalente al Acta de Nacimiento en México.

Documento Probatorio Escolar: documento oficial presentado por un joven o adulto para comprobar sus conocimientos previos a su ingreso al INEA.

Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA: documento de certificación que se expide a los alumnos provenientes de los

Estados Unidos de América y a los que se dirigen hacia ese país, facilitando su traslado entre ambos países y que es equiparable a la Boleta de Evaluación del sistema educativo nacional.

Educación en Línea: comprende la presentación de Exámenes en línea y llevar a través de un administrador de Cursos, los módulos del MEVyT.

Page 103: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

102!!

!

Equivalencia de Estudios: acto administrativo a través del cual la autoridad educativa declara equiparables los estudios realizados en instituciones distintas y con currículos diferentes, dentro del sistema educativo nacional.

Evaluación: proceso cualitativo y cuantitativo que se utiliza para identificar los avances del aprovechamiento académico de los jóvenes o adultos, en una situación o proceso determinado.

Evaluación del Aprendizaje: proceso continuo que permite conocer las habilidades y conocimientos de los jóvenes o adultos, así como las necesidades de apoyo o realimentación respecto de un plan de estudios o programa educativo determinado.

Evaluación Diagnóstica: tiene como propósito reconocer y acreditar las competencias y habilidades básicas de las personas antes de iniciar el proceso educativo, es homogénea a nivel nacional, está integrada por una Entrevista Inicial; el Examen Diagnóstico para ubicar, acreditar o certificar a la persona joven o adulta, según sea el caso y la Tabla de Sustituciones, si aplica.

Examen Diagnóstico: instrumento que consta de 5 sesiones y forma parte de la Evaluación Diagnóstica, se aplica únicamente a quienes desean ingresar al INEA.

Informe de Calificaciones: documento oficial expedido por el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA); contiene información respecto de las calificaciones obtenidas por el joven o adulto en los distintos módulos del nivel de educación básica y es válido en los Estados Unidos Mexicanos.

Joven o Adulto: término genérico con el que se identifica a la persona que recibe algún servicio educativo del INEA.

Joven o Adulto Activo: persona que presenta al menos un examen durante un periodo de seis meses.

Joven o Adulto con Baja: persona que ha permanecido en situación de baja durante un periodo de dos años y de la cual se puede dar su expediente de baja.

Joven o Adulto Inactivo: persona que manifiesta al asesor o responsable del programa que no continuará con sus estudios. Así como la persona que no ha presentado al menos un examen durante un periodo de seis meses, es decir la persona que no presenta movimientos en su Kárdex.

Matrícula Consular: documento oficial que sirve de identificación a los mexicanos radicados en otro país.

Page 104: Instituto de los Mexicanos en el Exterior

!

103!!

!

Módulo Alternativo: materiales que sustituyen el estudio de algunos Módulos Básicos a partir de temas de interés; la selección de los módulos es a necesidad e interés del joven o adulto.

Módulo Básico: material que toma como eje las necesidades básicas de aprendizaje de todas las personas y que son las herramientas esenciales para aprender y seguir aprendiendo; la aprobación de todos los Módulos Básicos es requisito para concluir el nivel que se encuentre estudiando un joven o adulto.

Módulo Diversificado: materiales que favorecen aprendizajes básicos a partir de temas de interés; además de otros aprendizajes que van más allá de las necesidades básicas del aprendizaje, la selección de los módulos es a necesidad e interés del joven o adulto.

Organización: entidad dependiente de los Consulados de México en Estados Unidos, que promueve y proporciona los servicios educativos de educación básica para jóvenes y adultos.

Paquete Modular: conjunto de materiales y recursos didácticos que varían de un módulo a otro, según los objetivos de aprendizaje que pueden ser: libro del adulto, antología, revista, cuaderno de trabajo, calculadora, cinta métrica, cuaderno para escribir, lápiz, etc.

Plan de Estudios: selección, orden y distribución por grados, de las áreas o asignaturas de enseñanza por nivel escolar, teniendo siempre presente el fin de la educación, las características de los jóvenes o adultos y las necesidades de la sociedad.

Plaza Comunitaria: unidad operativa que da servicios principalmente educativos a la comunidad, con el apoyo de las tecnologías; consta de tres espacios: uno para la atención presencial, otro para el uso de los recursos multimedia y el tercero para uso de las computadoras como recurso didáctico.

Programa Binacional de Educación Migrante México-EUA: programa de cooperación entre las autoridades educativas de México y los Estados Unidos de América. Uno de sus propósitos es la atención de los niños migrantes que cursan una temporada escolar en México y otra en la Unión Americana para asegurar la continuidad de sus estudios.

Programa de Estudios: documento que desarrolla los contenidos de cada una de las asignaturas o áreas del plan de estudios. Regula la relación profesor-alumno, explicitando con un orden secuencial y coherente los objetivos educativos, contenidos de enseñanza, métodos didácticos, distribución del tiempo y los criterios de evaluación y acreditación.

Registro del Educando: formato utilizado con el fin de recabar los datos personales y académicos del joven o adulto para su inscripción o reinscripción en el Sistema

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104!!

!Automatizado de Seguimiento y Acreditación para las Comunidades Mexicanas en el Exterior (SASACE).

Registro Federal Escolar: Número de Control único generado para jóvenes y adultos atendidos a través del INEA, que se forma a partir del nombre completo y fecha de nacimiento.

Responsable del Programa en los Consulados: persona designada por el IME, que se encarga de coordinar y supervisar los servicios de educación básica en los organismos y unidades operativas.