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Institucionalidad política de Chile

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Page 2: Institucionalidad PolíTica De Chile
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El poder Legislativo

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PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

¿QUIÉN LO EJERCE?

Lo ejerce el Congreso Nacional (bicameral)

Está encabezado por el

Presidente de la República Jueces= abogados

¿CUÁLES SON SUS

OBJETIVOS?

Ejercer la representación de la ciudadanía

Concurrir a la formación de las Leyes con el Presidente de la República y fiscalizar los actos del Gobierno.

Es en esta institución donde la democracia existe y cobra mayor

sentido.

Desarrolla las funciones de

Jefe de Estado

Simbolizando y representando los intereses

permanentes del país.

Como Jefe de Gobierno,

dirige la política

gubernamental, respaldado

por la mayoría político-

electoral.

La autoridad del Presidente

se extiende a todo cuanto

tiene por objeto la

conservación del orden

público en el interior y la

seguridad externa de la

República.

Administrar Justicia

Los integrantes del Poder Judicial deben establecer lo que es justo para cada caso particular del cual les toca conocer y fallar, enmarcado dentro del ordenamiento jurídico vigente y según su

competencia.

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PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

¿QUÉ ATRIBUCIONES

POSEE EL?

El congreso: Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificaciónPronunciarse respecto del establecimiento del estado de sitio

Tomar conocimiento de la proclamación de Presidente de

la República

•Concurrir a la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, sancionarlas y promulgarlas•Convocar a plebiscito en caso de existir desacuerdo en materia de reformas constitucionales con ambas Cámaras del Congreso (Artículo 128).•Nombrar y remover a su voluntad a los Ministros de Estado, Subsecretarios, Intendentes y Gobernadores•Designar a los embajadores y ministros diplomáticos, y a los representantes ante organismos internacionales

•Conducir las relaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales, y llevar a cabo

las negociaciones

Tiene “la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos” (artículo

73).

Page 7: Institucionalidad PolíTica De Chile

PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

¿Cómo se

divide?

Parlamento Bicameral integrado por la Cámara de Diputados y el Senado de la República

Se desconcentra su autoridad en representantes escogidos por el presidente/a y se mantienen en sus funciones el tiempo que éste estime conveniente (cargos de confianza)

Ministros

Intendente,

gobernador, SEREMIS

Jerárquicamente, por debajo de la Corte Suprema, se encuentran las Cortes de Apelaciones, que se distribuyen a lo largo del territorio nacional. Dependiendo de la Corte de Apelación respectiva se ubican los Juzgados, que pueden ser del Crimen, Civil, de Menores y del Trabajo.

Page 8: Institucionalidad PolíTica De Chile

PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

¿Qué requisitos se

necesitan para

pertenecer a

este poder?

En votación directa por los distritos electorales. Duran en sus cargos cuatro años, pudiendo ser reelegidos.) Para ser elegido Diputado y senador se requiere:

Ser ciudadano con derecho a sufragioTener cumplidos 21 años de edad Diputado y 35 senadorHaber cursado la Educación Media completaTener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente durante un plazo no inferior a dos añoselegidos en votación directa por circunscripciones

Ser chilenoTener cumplidos los 35 años de edadSer ciudadano con derecho a sufragio, es decir, haber cumplido los 18 años de edad y que no haber sido condenado a pena aflictiva (pena carcelaria de 3 años y un día o más)El Presidente/a de la República durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años y no podrá ser reelegido para el período siguiente

Ser abogado

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Atribuciones exclusivas del senado y la cámara de diputados

Senado Diputados

•Conocer de las acusaciones que la Cámara de Diputados entable

•El Senado resolverá como jurado y se limitará a declarar si el acusado es o no culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa.

•Conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia

•Declarar la inhabilidad del Presidente de la República o del Presidente electo cuando un impedimento físico o mental lo inhabilite para el ejercicio de sus funciones

• Fiscalizar los actos del Gobierno.• Citar a un Ministro de Estado, a

petición de a lo menos un tercio de los diputados en ejercicio, a fin de formularle preguntas en relación con materias vinculadas al ejercicio de su cargo

• Crear comisiones especiales investigadoras con el objeto de reunir informaciones relativas a

determinados actos del Gobierno.

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Profundización

El poder ejecutivo y su desconcentración

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El poder ejecutivo: su expresión en gobiernos regionales y provinciales

Presidente/a

Ministros

A nivel central

A nivel regionalIntendente

SEREMI

A nivel provincial Gobernador

Ministerios

 Bienes Nacionales 

Cultura y las Artes

 Defensa Nacional 

Economía, Fomento y Reconstrucción

Educación

Hacienda 

Interior

Justicia

Minería y Energía 

Obras Públicas

Planificación

Relaciones Exteriores

Salud

Secretaría General de Gobierno

Secretaría General de la Presidencia 

Servicio Nacional de la Mujer

Trabajo y Previsión Social

Transportes y Telecomunicaciones

Vivienda y Urbanismo 

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Gobierno regional

• Compuesto por el Intendente y el consejo regional.

• El intendente: es el representante inmediato y directo del presidente de la república en su región, quien lo designa y lo mantiene en su cargo mientras cuente con su confianza.

• Entre sus atribuciones está el gobierno interior de la región en conformidad con las atribuciones del presidente.

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• El consejo regional: su número de integrantes es fijado por ley para cada provincia. Sus integrantes son elegidos por los concejales de la región, quienes actúan como colegio electoral.

• Funciones: Elaborar y aprobar políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto en coordinación con el presupuesto nacional

• Decidir la inversión de los recursos que a la región le corresponde

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• Establecer prioridades regionales para la erradicación de la pobreza

• Fomentar las expresiones culturales y cautelar el patrimonio histórico, artístico y cultural de la región

• Velar por el desarrollo y protección de las étnias originarias.

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• A cargo del gobernador y un consejo económico social

• El gobernador es nombrado y removido por el presidente de la república. Le corresponde ejercer, de acuerdo con las instrucciones del intendente, la supervigilancia de los servicios públicos creados por la ley.

• Funciones:

• Gobierno interior de la provincia para garantizar el orden público y la seguridad de sus habitantes

• Adoptar las medidas necesarias para prevenir o enfrentar situaciones de catástrofe o emergencia

• Vigilancia de los bienes del estado

• Autorización de reuniones en recintos de uso público

Gobierno provincial

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• El consejo económico social:

• Es un órgano consultivo y de participación de la comunidad provincial socialmente organizada.

• Está compuesto por 24 miembros elegidos, en representación de las organizaciones sociales de la provincia, y por derecho propio un representante de cada una de las ramas de las fuerzas armadas, los rectores de universidades o CFT.

• Atribuciones:

• Emitir opinión sobre consultas del gobernado respecto a anteproyectos del plan regional de desarrollo y presupuesto regional

• Realizar estudios y emitir opiniones en materia de desarrollo provincial

• Presentar propuestas de proyectos específicos de desarrollo provincial.

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Poder Judicial

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Otros órganos constitucionales importantes de conocer

• Tribunal Constitucional

• Tiene como función principal resolver conflictos de atribuciones entre el presidente y el congreso; conflictos sobre la interpretación de la constitución.

• Está integrado por 7 miembros, de ocho años en sus funciones que cesan al cumplir los 75 años

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Tribunal Calificador de Elecciones:

• Es un tribunal especial, que conoce del escrutinio general y de la calificación de las elecciones de Presidente de la República, de diputados y senadores, y que debe resolver las reclamaciones a que dieren lugar y proclamar a los que resulten elegidos. Dicho Tribunal conoce, asimismo, de los plebiscitos, y tiene las demás atribuciones que determine la ley.

• Está constituido por cinco miembros designados en la siguiente forma:

• a) Cuatro ministros de la Corte Suprema, designados por ésta, mediante sorteo, en la forma y oportunidad que determine la ley orgánica constitucional respectiva, y

• b) Un ciudadano que hubiere ejercido el cargo de Presidente o Vicepresidente de la Cámara de Diputados o del Senado por un período no inferior a los 365 días, designado por la Corte Suprema en la forma señalada en la letra a) precedente, de entre todos aquéllos que reúnan las calidades indicadas.

Page 22: Institucionalidad PolíTica De Chile

Consejo de Seguridad Nacional:

• Es un organismo encargado de asesorar al Presidente de la República en las materias vinculadas a la seguridad nacional y de ejercer las demás funciones que la Constitución Política le encomienda.

• Es presidido por el Jefe del Estado y estará integrado por los Presidentes del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Corte Suprema, por los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, por el General Director de Carabineros y por el Contralor General de la República.

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Contraloría General de la República

• Es un órgano de jerarquía constitucional con carácter autónomo, es decir, independiente de la administración y de toda autoridad estatal. Posee las siguientes funciones:

• Fiscalizar la constitucionalidad y legalidad de los actos de la administración

• Fiscalizar el ingreso e inversión de los fondos del fisco, de las municipalidades y de los demás organismos

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Territorio Chileno

Tricontinentalidad, espacios marítimo y aéreo

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