informe trimestral al 30-06-15 · ingr. por coparticipación federal y otros conceptos apertura y...
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MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
INFORME TRIMESTRAL
AL 30-06-15
CONTRATO DE
AGENTE FINANCIERO
UNIDAD OPERATIVA DE CONTROL
DEL AGENTE FINANCIERO
2
RETRIBUCIÓN DEL AGENTE FINANCIERO
I - Cálculo
El Contrato de Agente Financiero suscripto en fecha 16 de septiembre de 2005,
establece que el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A., en contraprestación por los
servicios que debe brindar a la Provincia de Entre Ríos, percibirá una comisión que
surgirá de aplicar a cada una de las prestaciones el porcentaje que corresponda
de acuerdo a lo establecido en el Anexo “C” del mencionado contrato.
El cálculo de la comisión resulta de aplicar los siguientes parámetros:
1. Cero coma quince porciento (0,15%) de los Recursos de Coparticipación
Nacional de Impuestos, por las prestaciones de los siguientes servicios:
Servicio de Caja Obligada.
Percepción de Recursos de Coparticipación de Impuestos Nacionales.
Transferencia de los Recursos de Coparticipación Provincial a los
Municipios.
Transferencias entre las diferentes cuentas del Tesoro Provincial y
Organismos Provinciales.
Administración del Fondo Unificado.
Pago de Cheques Intersucursales.
Pago a Proveedores, Contratistas y demás beneficiarios.
Apertura y Mantenimiento de Cuentas Bancarias.
2. Cero coma cinco porciento (0,5%) del Pago de Haberes activos y pasivos
del Sector Público Provincial, por el servicio de apertura y mantenimiento de
cuentas y pago de los haberes respectivos.
3. Uno porciento (1%) de la Recaudación de Impuestos Provinciales (incluye:
servicios, tasas y contribuciones provinciales) administrados por la Dirección General
de Rentas, por la prestación del servicio de recaudación mencionado.
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II – Liquidación
Durante el segundo trimestre del año 2015 los parámetros y comisiones
liquidadas por el Agente Financiero y controladas por la Unidad Operativa de
Control del Agente Financiero (U.O.C.A.F.) fueron las siguientes:
PARÁMETROS – 2º TRIMESTRE 2015(*)
PERÍODO Ingr. por Coparticipación
Federal y otros conceptos
Apertura y Mantenimiento de
Cuenta, y Pago de Haberes
Recaudación Provincial
de Impuestos
Abril $ 1.403.986.132,61 $ 1.388.582.137,76 $ 622.391.475,65
Mayo $ 1.911.789.987,62 $ 1.371.860.060,36 $ 515.686.938,15
Junio $ 1.884.380.182,17 $ 1.437.631.778,43 $ 523.362.049,92
TOTAL $ 5.200.156.302,40 $ 4.198.073.976,55 $ 1.661.440.463,72
COMISIONES - 2º TRIMESTRE 2015(*)
PERÍODO Ingr. por Coparticipación
Federal y otros conceptos
Apertura y Mantenimiento de
Cuenta, y Pago de Haberes
Recaudación Provincial
de Impuestos
Abril $ 2.548.234,83 $ 8.280.136,41 $ 7.530.936,86
Mayo $ 3.469.898,83 $ 8.190.776,46 $ 6.239.811,95
Junio $ 3.420.150,03 $ 8.574.875,52 $ 6.332.680,80
TOTAL $ 9.438.283,69 $ 25.045.788,38 $ 20.103.429,61
(*) Aclaración: Los montos expuestos corresponden a Comisiones y Parámetros liquidadas por el NBERSA,
controladas por la U.O.C.A.F. y ajustadas de acuerdo a las diferencias detectadas. Dichas comisiones incluyen IVA.
$ -
$ 1.000.000
$ 2.000.000
$ 3.000.000
$ 4.000.000
$ 5.000.000
$ 6.000.000
$ 7.000.000
$ 8.000.000
$ 9.000.000
Abril Mayo Junio
COMISIONESSEGUNDO TRIMESTRE 2015 Ingr. por Coparticipación Federal y otros
conceptos
Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y
Pago de Haberes
Recaudación Provincial de Impuestos
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III – Análisis
Se exponen en los siguientes gráficos el comportamiento de los parámetros
considerados en las comisiones durante el segundo trimestre del año 2015:
$ 0
$ 500.000.000
$ 1.000.000.000
$ 1.500.000.000
$ 2.000.000.000
Abril Mayo Junio Promedio 2do. Trim 2015
Promedio 2do. Trim 2014
INGR. POR COPARTICIPACIÓN
Y OTROS CONCEPTOS
$ 0
$ 500.000.000
$ 1.000.000.000
$ 1.500.000.000
Abril Mayo Junio Promedio 2do. Trim
2015
Promedio 2do. Trim
2014
APERTURA Y MANTENIMIENTO DE
CUENTA, Y PAGO DE HABERES
$ 0
$ 150.000.000
$ 300.000.000
$ 450.000.000
$ 600.000.000
Abril Mayo Junio Promedio 2do. Trim
2015
Promedio 2do. Trim
2014
RECAUDACIÓN PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
5
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN
PARÁMETROS – 2º TRIMESTRE 2015.
PERÍODO
Ingr. por
Coparticipación Federal
y otros conceptos
Apertura y Mantenimiento
de Cuenta, y Pago de
Haberes
Recaudación
Provincial de
Impuestos
TOTAL
Abril 41,11% 40,67% 18,23% 100%
Mayo 50,32% 36,11% 13,57% 100%
Junio 49,00% 37,39% 13,61% 100%
Promedio Trim. 46,81% 38,05% 15,14% 100%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
Abril Mayo Junio Promedio Trim.
Ingr. por Coparticipación
Federal y otros conceptos
Apertura y Mantenimiento de
Cuenta, y Pago de Haberes
Recaudación Provincial de
Impuestos
COMISIONES - 2º TRIMESTRE 2015.
PERÍODO
Ingr. por
Coparticipación Federal
y otros conceptos
Apertura y Mantenimiento
de Cuenta, y Pago de
Haberes
Recaudación
Provincial de
Impuestos
TOTAL
Abril 13,88% 45,10% 41,02% 100%
Mayo 19,38% 45,76% 34,86% 100%
Junio 18,66% 46,79% 34,55% 100%
Promedio Trim. 17,31% 45,88% 36,81% 100%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
Abril Mayo Junio Promedio Trim.
Ingr. por Coparticipación
Federal y otros conceptos
Apertura y Mantenimiento de
Cuenta, y Pago de Haberes
Recaudación Provincial de
Impuestos
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COMISIÓN MENSUAL PROMEDIO:
La comisión mensual promedio (IVA incluido) correspondiente al primer
semestre 2015 resultó de $17.120.101 conformada de la siguiente manera:
Ingresos por Coparticipación Federal y
otros conceptos $ 2.785.614 16%
Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y
Pago de Haberes$ 7.873.987 46%
Recaudación de Impuestos Provinciales $ 6.460.500 38%
Ingr. por Coparticipación
Federal y otros conceptos
16%Apertura y Mantenimiento
de Cuenta, y Pago de
Haberes46%
Recaudación Provincial
de Impuestos
38%
% PARTICIPACIÓN - COMISIONES
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IV - Control
El Contrato de Agente Financiero dispone en la cláusula Décima Sexta que
el cumplimiento de las condiciones de prestación de los servicios a cargo
del AGENTE FINANCIERO será fiscalizado en forma permanente por la
PROVINCIA, a través de la “Unidad Operativa de Control del Agente
Financiero”. Entre otras funciones se encargará de “recepcionar y controlar
las liquidaciones de las retribuciones mensuales presentadas por el Agente
Financiero, verificando su correcta liquidación y efectuar los reclamos que
considere pertinentes...”.
Asimismo, el Reglamento Orgánico de la Unidad Operativa, aprobado por
Decreto N° 9.187/05 M.E.H.F., establece entre sus funciones “controlar las
liquidaciones de las retribuciones mensuales presentadas por el Agente
Financiero, verificando su correcta aplicación y efectuar los reclamos que
considere pertinentes”.
A continuación se detallan los ajustes efectuados y/o pendientes de
confirmación, correspondientes a las bases de cálculo de la retribución del
Agente Financiero durante el segundo trimestre del año 2015:
Abril 2015:
Anexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta y Pago de Haberes.
$79.024,66, conceptos no correspondientes a haberes,
computados como tales en acreditaciones al personal de la Unidad
Ejecutora de Programas Especiales en los meses de Octubre a
Diciembre de 2014. Este importe fue controlado por la Unidad Operativa
de Control del Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.
Anexo “C3”: Recaudación Provincial de Impuestos.
$107.470,52, correspondiente a recaudación de meses anteriores
no incorporada a este anexo oportunamente por el Agente Financiero.
Este importe fue controlado por la Unidad Operativa de Control del
Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.
Mayo 2015:
Anexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta y Pago de Haberes.
$9.133,34, correspondiente a duplicación en el pago a agentes
del Consejo General de Educación en el mes de Noviembre de 2014.
Este importe fue controlado por la Unidad Operativa de Control del
Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.
Anexo “C3”: Recaudación Provincial de Impuestos.
$10.843,90, correspondiente a recaudación de meses anteriores
no incorporada a este anexo oportunamente por el Agente Financiero.
Este importe fue controlado por la Unidad Operativa de Control del
Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.
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Junio 2015:
Anexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta y Pago de Haberes.
$2.637.267,77, conceptos no correspondientes a haberes,
computados como tales en acreditaciones al personal de la
Gobernación de la Provincia en los meses de Mayo 2014, y Octubre
2014 a Febrero de 2015. Este importe fue controlado por la Unidad
Operativa de Control del Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.
$179.188,63, conceptos no correspondientes a haberes,
computados como tales en acreditaciones al personal del Consejo
General de Educación en los meses de Octubre 2014 a Abril de 2015.
Este importe fue controlado por la Unidad Operativa de Control del
Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.
$732.119, correspondiente a duplicación en el pago a agentes
del IOSPER en el mes de Enero de 2015. Este importe fue controlado por
la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero y ajustado por el
NBERSA.
$87.300, correspondiente a haberes del mes de Enero de 2015
acreditados a agentes del IOSPER no incorporado a este anexo
oportunamente por el Agente Financiero. Este importe fue controlado
por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero y ajustado
por el NBERSA.
Anexo “C3”: Recaudación Provincial de Impuestos.
$20.767,62, correspondiente a recaudación de meses anteriores
no incorporada a este anexo oportunamente por el Agente Financiero.
Este importe fue controlado por la Unidad Operativa de Control del
Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.
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CLÁUSULA PRIMERA – OBJETO
“La PROVINCIA contrata a NBERSA, y este acepta prestar los servicios de
Caja Obligada y Agente Financiero de la PROVINCIA, con carácter exclusivo,
debiendo a ese fin brindar los siguientes servicios: ...“.
Se cumple normalmente con los servicios de caja obligada y agente
financiero.
PUNTO 1.2.2.:
Como Agente Financiero, el NBERSA deberá por cuenta y orden de la
Provincia, respecto al “Sector Público”, en forma exclusiva:
“Percibir los impuestos, servicios, tasas, y contribuciones provinciales a
abonar en moneda de curso legal o en la forma que se determine como
medio de pago incluyéndose así cualquier medio electrónico, facilitando su
recaudación y brindando un servicio de atención al contribuyente ágil y
eficiente”.
“Los convenios de recaudación suscriptos por la PROVINCIA con las
entidades y/o Municipalidades enumeradas en el Anexo “D”, se continuarán
prestando en las mismas condiciones por el término de un año, contado a
partir de la firma del presente Contrato, debiendo los Entes y/o Municipios
Recaudadores depositar en el AGENTE FINANCIERO los importes recaudados
dentro de las veinticuatro (24) horas de percibido. Culminado el plazo de
vigencia previsto, estos Convenios podrán ser prorrogados por acuerdo entre
las entidades y/o municipios recaudadores con el AGENTE FINANCIERO”.
Los convenios de recaudación suscriptos por la PROVINCIA con las
entidades y/o Municipalidades enumeradas en el Anexo “D” se continúan
prestando en las mismas condiciones, habiéndose informado sus
correspondientes prórrogas en informes trimestrales anteriores.
PUNTO 1.2.4.:
Como Agente Financiero, el NBERSA deberá por cuenta y orden de la
Provincia, respecto al “Sector Público”, en forma exclusiva:
“Efectuar la apertura y mantenimiento de las cuentas bancarias a los
empleados, jubilados y pensionados del sector público y abonar los sueldos a
través de la acreditación de las remuneraciones...”.
A partir del 1º de Noviembre de 2012 el NBERSA ha discontinuado el
cobro de comisiones por los movimientos que superen las siete transacciones
monetarias y cuatro no monetarias por cuenta y mes calendario, efectuados
por los agentes provinciales activos y pasivos en los cajeros automáticos
propios y de otras redes del país.
PUNTO 1.2.6.:
“Pagar a proveedores, contratistas y demás beneficiarios del SECTOR
PÚBLICO por el sistema de acreditación en cuentas abiertas a tales efectos en
el AGENTE FINANCIERO, sin perjuicio de la utilización por parte de la PROVINCIA
de otros medios alternativos de pago.”.
De acuerdo a lo informado por el Agente Financiero, en el trimestre
analizado se han realizado por ventanilla los siguientes pagos:
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-Beneficiarios de becas otorgadas por el Instituto Autárquico Becario Provincial.
-Representantes del Instituto Obra Social de Entre Ríos.
-Subsidios otorgados por el Ministerio de Desarrollo Social.
-Contribuciones económicas otorgadas por el Ministerio de Gobierno, Justicia,
Empleo, Obras y Servicios Públicos.
-Contribuciones y servicios otorgados por el Ministerio de Planeamiento.
-Haberes de los beneficiarios que cobran por primera vez o por intermedio de
tutor o curador y amas de casa que cobran por caja de la Caja de
Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.
-Trabajadores de la planta citrícola Ayuí S.A.
CLÁUSULA SEGUNDA – SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS
PUNTO 2.1.:
“Cada uno de los Organismos y Personas Jurídicas comprendidos en los
Grupos “A” y “B” de la Cláusula 1, Punto 1.1.1. podrá suscribir con el AGENTE
FINANCIERO “Convenios Operativos”, en tanto resulte conveniente para
regular la correcta prestación de los servicios, para ello deberán contar
previamente con dictamen favorable de la “Unidad Operativa de Control del
Agente Financiero”.
Durante el trimestre informado no se han suscripto nuevos Convenios
Operativos entre el NBERSA y organismos provinciales.
PUNTO 2.2.:
“Los Organismos y Personas Jurídicas integrantes del Grupo “C” podrán
suscribir con el AGENTE FINANCIERO convenios específicos que regulen la
prestación de los servicios que requiera su operatoria...”
“Respecto del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos
IAPS, podrán acordarse alianzas estratégicas que contemplen la
comercialización por parte del AGENTE FINANCIERO de seguros de venta en
plataforma comercial y la contratación de seguros y por parte del IAPS,
canalizar su operatoria bancaria (pago de haberes a sus empleados, pago a
proveedores, liquidación de pólizas, etc.) en el AGENTE FINANCIERO”.
“Respecto del Sistema de Crédito de Entre Ríos S.A. SI.DE.CRE.ER. S.A., se
podrán acordar alianzas estratégicas...”
“Respecto de la Empresa de Energía de Entre Ríos S.A. – ENERSA-, se
ratificarán los siguientes Convenios suscriptos con fecha 02-06-05...”.
De acuerdo a lo informado por el Agente Financiero, no se han
contratado nuevos servicios con el I.A.P.S.E.R. durante el trimestre informado, ni
se han acordado alianzas estratégicas con el Sistema de Crédito de Entre Ríos
S.A. – SI.DE.CRE.ER. S.A.
CLÁUSULA TERCERA – OBLIGACIONES DEL AGENTE FINANCIERO
PUNTO 3.1.:
“Mantener al día, en las Sucursales de la PROVINCIA, el pago de las
obligaciones previsionales que le correspondieren en relación con sus
empleados y cumplir en tiempo y forma con todas las leyes aplicables en
materia laboral y previsional. En caso de apertura de nuevas Sucursales o
Agencias en la PROVINCIA, al menos el 65% del personal que contrate o
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destaque para desempeñarse en dichas nuevas casas deberá ser residente en
la PROVINCIA”.
De acuerdo al control llevado a cabo por la U.O.C.A.F. sobre constancias
de pago en la Administración Federal de Ingresos Públicos, el NBERSA se
encuentra al día con sus obligaciones previsionales.
Desde la firma del vigente Contrato de Agente Financiero, el Nuevo
Banco Entre Ríos S.A. ha habilitado los Centros de Cobros y Pagos “La Rioja”
(Paraná) y “Uruguay III” (Concepción del Uruguay); y el Centro de Pagos
“Concordia IV” (Concordia). El NBERSA ha informado a la Unidad Operativa de
Control del Agente Financiero la nómina de personal afectado a las nuevas
agencias habilitadas, alcanzando a cubrir el porcentaje de residentes en la
Provincia según lo establecido en esta cláusula.
PUNTO 3.2.:
“No cerrar unilateralmente Sucursales con servicios bancarios completos
(recaudaciones, cuentas corrientes, cajas de ahorro, valores al cobro, plazo
fijo, préstamos, pagos de sueldos y jubilaciones y tarjetas de crédito); Agencias
(recaudaciones y pagos a jubilados al menos dos días a la semana) y/o
centros especiales de recaudación de impuestos provinciales y pago a
empleados, jubilados y pensionados provinciales; las cuales se detallan en el
Anexo “A” del presente Convenio, salvo disposiciones del B.C.R.A. (Banco
Central de la República Argentina) que no sean consecuencia de políticas
implementadas por el AGENTE FINANCIERO. Además mantener como mínimo
la cantidad de cajeros automáticos que integran la red que se detalla en el
Anexo “A” del presente Convenio”.
No se constatan cierres de sucursales, agencias y/o centros especiales de
recaudación de impuestos provinciales y pagos a empleados, jubilados, y
pensionados provinciales.
El Agente Financiero informó la instalación de una nueva unidad de
Cajeros Automáticos en la Sucursal Feliciano, puesta en producción en fecha
08/04/15.
El Agente Financiero cuenta al 30 de junio de 2015 con una red de 308
unidades. Desde la fecha de suscripción del Contrato de Agente Financiero se
han instalado un total de 206 dispositivos.
PUNTO 3.3
El Agente Financiero se obliga “en el término de dos (2) años, contados a
partir de la firma del presente convenio:
Habilitar un Centro de Pago en la Ciudad de Concordia, un Centro de
Pago y Cobro en la Ciudad de Concepción del Uruguay;
Instalar Cajeros Automáticos en las localidades de San Benito, San
Jaime de la Frontera y Hernandarias;
Brindar facilidades adicionales para mejorar la atención de servicios de
recaudación y pago a empleados, jubilados y pensionados provinciales
en las ciudades de La Paz, Victoria, Chajarí y Villaguay.”
El Centro de Pagos de la Ciudad de Concordia y el Centro de Pagos y
Cobros de la Ciudad de Concepción del Uruguay se encuentran operativos,
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habiéndose mencionado sus habilitaciones en el informe trimestral del período
Julio-Septiembre de 2007.
Las instalaciones de Cajeros Automáticos en las localidades de San
Benito, San Jaime de la Frontera y Hernandarias han sido realizadas en el año
2006, y mencionadas en informes trimestrales anteriores.
En lo que respecta al último inciso del punto 3.3., el Agente Financiero
informa que realizó refuerzos de cajas durante algunos días de los meses de
abril, mayo y junio 2015.
Adicionalmente, para el cobro de impuestos, La Paz, Victoria, Chajarí y
Villaguay cuentan con puestos que operan bajo la modalidad denominada
“Entre Ríos Servicios”.
Cabe recordar que se han instalado nuevos Cajeros Automáticos en estas
ciudades en los años 2006, 2007, 2008, 2009, 2012 y 2014 oportunamente
mencionados en informes anteriores.
PUNTO 3.4.
El Agente Financiero se obliga a “prestar los servicios objeto del presente
Convenio en condiciones de eficiencia y transparencia y de acuerdo con los
estándares del mercado para las instituciones de primera línea. En particular:
En la prestación del servicio de recaudación de impuestos, tasas y
contribuciones: implementar sistemas alternativos de cobro, mantener
actualizada la tecnología utilizada para la prestación del servicio y prever en
las fechas de vencimientos un incremento de las cajas recaudadoras y/o
extensión de horarios de atención al público.
En relación al servicio de pago de haberes a través de la red de cajeros
automáticos: implementar los mecanismos necesarios a efectos de lograr una
mejora permanente en el nivel de disponibilidad de los cajeros automáticos de
la red.”.
Según lo informado por el Agente Financiero:
Tecnología:
Se continúa con el proceso de recambio tecnológico así como con las
mejoras de infraestructura en Sucursales.
Para el caso de los impuestos a cargo de la Dirección General de Rentas
(ATER) y vinculado con las "multas" y el redondeo de los "intereses" para el
cobro de estos últimos en las Sucursales, se ha incorporado un nuevo vector
fiscal que permite administrar esta operatoria.
Respecto al “sitio FTP” (en español: Protocolo de Transferencia de
Archivos), se reciben los archivos para la base de impuestos (Inmobiliario y
Automotor) con Red Link y los archivos para débitos directos del Sistema
Nacional de Pagos.
Se ha puesto en producción el "Sitio Seguro" basado en tecnología Web
que reemplaza el sistema de transmisión telefónica para la comunicación con
los Entes recaudadores externos.
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Sistemas alternativos de cobro:
Continúa vigente el convenio con la Dirección General de Rentas (ATER)
para el cobro de los impuestos Automotor, Inmobiliario Urbano, Ingresos Brutos
Régimen Simplificado, a las Embarcaciones a través de la red de cajeros
automáticos (exclusivamente Red Link), homebanking, banca telefónica y link
celular.
Se ha implementado el pago de impuestos y servicios en forma on line
para las empresas adheridas al Canal Empresa.
Se firmó con ATER convenio de débitos automáticos y débitos directos
para Moratorias, Decreto Nº2910/14 MEHF – Resolución 249 ATER.
Continúa operativo el sistema alternativo de cobro extrabancario
denominado “Entre Ríos Servicios”, a través del cual entidades públicas y
privadas, mediante la firma de un convenio con el Banco, acceden a la
recaudación de impuestos y servicios que se cobran en el NBERSA. Con la
implementación de “Entre Ríos Servicios” se cuenta con 355 puestos de cobros
distribuidos en toda la provincia, de acuerdo a lo informado desde el NBERSA.
Se ha implementado a través del sitio Web de AFIP, la presentación de
declaraciones juradas y pagos correspondiente a ATER “Ingresos Brutos”, cuya
aplicación se realiza por medio del sistema AFIP-OSIRIS. Además se implementó
la emisión de guía ganadera electrónica a través del sitio web del Ministerio de
la Producción para su cobro con código de barra, en reemplazo de las
estampillas agropecuarias.
Se firmó convenio de recaudación por caja y pagos Link con la
Secretaría de Administración y Despacho del Ministerio de la Producción, para
la recaudación de la Tasa de Inspección Veterinaria. También, con el Ministerio
de Producción, se firmó un convenio de recaudación denominado Permiso y
Licencia de Caza y Pesca. En ambos convenios el Banco prestará el servicio
de Recaudaciones por Punta de Caja, como también Terminales Autoservicios,
recaudación de la Red Link (cajeros automáticos, Homebanking, Banca
Telefónica y Link Celular), Debito Directo y Debito Automático, de las boletas,
abonos o facturaciones.
Se firmó con el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos un convenio de
recaudación, mediante el cual el NBERSA prestará el servicio de cobranza de
las multas emitidas por este organismo a través de las sucursales, centros de
cobros y pagos, agencias y puestos extrabancarios (ER Servicios).
Refuerzo de personal en líneas de cajas en épocas de concentración de
vencimientos:
Se reforzaron las líneas de cajas en épocas de concentración de
vencimientos de impuestos. En el período informado, el dispositivo se aplicó en:
sucursales de la Provincia de Entre Ríos; Centro de Cobros Gualeguay, Centro
de Cobros y Pagos Gualeguaychú, Centro de Cobros y Pagos La Rioja,
Basavilbaso, Bovril, CirMe, Cinco Esquinas, Concordia Peatonal, Concordia
Centro, Corrales, Crespo, Diamante, Don Bosco, Gualeguay, Gualeguaychú,
Hasenkamp, Hernandarias, Monte Caseros, Oro Verde, Paracao, Paraná
Centro, Rosario del Tala, San Agustín, San José, San Salvador, Santa Elena,
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Seguí, Urdinarrain, Uruguay III, Viale, Villa Elisa, Villa Paranacito. Sucursales de la
Provincia de Santa Fe: Centro de Pagos San Martín (Rosario) y Pellegrini.
Sucursales de la Provincia de Corrientes: Corrientes y Goya.
Extensión del horario de atención al público:
El NBERSA informa para el trimestre la siguiente extensión de horario de
atención al público:
-06/04/15: Sucursal Concordia Centro, Gualeguaychú y Centro de Cobros y
Pagos Gualeguaychú, se realizó apertura a las 7:30 hs.
-Del 13 al 30 de abril: Sucursal Concordia Centro, Centro de Cobros y Pagos
Gualeguaychú y Centro de Cobros y Pagos La Rioja, se realizó apertura
extraordinaria de 13:30 a 15:30 hs.
-13/05/15: Sucursal Gualeguay se realizó apertura extraordinaria a las 7:30 hs.
-Del 5 al 12 de Junio: Sucursal Concordia Centro se realizó apertura
extraordinaria de 13:30 a 15:30 hs.
Red de Cajeros Automáticos:
En cuanto al pago de haberes a través de la red de Cajeros
Automáticos, tal como se consigna en el punto 3.2, el NBERSA cuenta al 30 de
junio de 2015 con 308 Cajeros Automáticos, habiendo instalado un total de 206
unidades desde la suscripción del contrato de Agente Financiero.
En el segundo trimestre de 2015, el Agente Financiero informó la
instalación de una nueva unidad de Cajeros Automáticos en la Sucursal
Feliciano, puesta en producción en fecha 08/04/15.
PUNTO 3.5.
“Informar a la PROVINCIA, “Unidad Operativa de Control del Agente
Financiero” y Tesorería General de la Provincia en forma inmediata, las trabas
de embargos contra alguna de sus cuentas habilitadas en el AGENTE
FINANCIERO”.
En normal cumplimiento.
PUNTO 3.7.
“Efectuar el cambio de domicilio legal y mantenerlo durante la vigencia
del presente Convenio, como así también la sede central o casa matriz del
AGENTE FINANCIERO en la Provincia de Entre Ríos”.
En Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de fecha
23 de Noviembre de 2005, se procedió a cambiar el domicilio. Por Resolución
de la I.G.P.J. con fecha 4 de Noviembre de 2009 se inscribió al Banco en
jurisdicción Paraná, Provincia de Entre Ríos, con el número 2100.
PUNTO 3.8.
“Designar como Director Titular del NBERSA, a la persona que designe LA
PROVINCIA, mediante el dictado del correspondiente Decreto, cuya
designación deberá recaer en una persona que reúna los requisitos exigidos
por normas legales, societarias y del B.C.R.A., quien deberá a su vez para
asumir sus funciones contar con la aprobación previa del BCRA...”.
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Por Decreto N° 537 M.E.H.F. de fecha 19 de Marzo de 2012 se dispuso la
designación para el cargo de Director Titular del Nuevo Banco de Entre Ríos
S.A., para los ejercicios económicos 2012, 2013 y 2014 al Señor Eduardo Jorge
Aispuru, lo cual fue aprobado por Asamblea General Ordinaria de Accionistas
del actual Agente Financiero.
Al producirse la renuncia del Sr. Eduardo Jorge Aispuru, el Gobierno
Provincial por medio del Decreto Nº 4923, designa al Dr. Luis César Sonnaillón
para ocupar dicho cargo, siendo reelegido en Asamblea General Ordinaria de
Accionistas Nº 29 del NBERSA de fecha 21/04/2015.
CLÁUSULA CUARTA – COMPROMISOS DE LA PROVINCIA Y DEL AGENTE
FINANCIERO
“El AGENTE FINANCIERO compromete sus mejores esfuerzos para destinar
las financiaciones que otorgue al Sector Privado en el ámbito de la Provincia
de Entre Ríos, a aquellas actividades productivas que permitan el desarrollo de
la economía provincial, elaborando a tales efectos las líneas crediticias que
estimulen la actividad económica personal, de pequeñas y medianas
empresas, la construcción y la adquisición de vivienda, la incorporación y
mejoramiento tecnológico de los sectores productivos de la Provincia”.
El Agente Financiero informa las siguientes líneas de créditos disponibles:
Que estimulen la actividad económica personal:
Préstamos Personales con débito en Cuenta Ingreso para sector público
y privado.
Préstamos Personales con Código de Descuento para sector público
provincial.
Préstamos Personales – Limpieza de Haberes.
Línea a través de canales electrónicos al Sector Público Provincial y
Privado.
Préstamos Personales referidos.
Línea para pasivos nacionales con débito en cuenta.
Préstamos Personales con Código de Descuento para sector público
municipal.
Tarjeta Crédito VISA.
Tarjeta Crédito Mastercard.
Fianza Bancaria para locación de inmuebles.
Para pequeñas y medianas empresas:
Adelantos en Cuenta Corriente.
Valores Negociados.
Tarjeta de Créditos Visa Entre Ríos Agro.
Retención de granos.
Para siembra de granos finos y gruesos.
Para aumento del rodeo y calidad genética del sector ganadero.
Fideicomiso para instalación y/o conexión de gas entre el Banco, CFI y
ENERSA.
Línea para Sector Construcción – Financiamiento de Capital de Trabajo
mediante cesión de derechos de cobro sobre certificados de obra en
garantía prendaria.
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Línea para adquisición de bienes de capital nuevos para personas
físicas y jurídicas de actividad principal desarrollada en sector
agropecuario.
Línea con Fondos del CFI para Reactivación Productiva, productores
apícolas radicados en Entre Ríos y hortícolas de departamentos de
Paraná y Gualeguay al sur de la ruta provincial 16.
Línea con Fondos del CFI para Reactivación Productiva y Asistencia
Financiera por Emergencia, a productores citrícolas radicados en Entre
Ríos.
Línea para MiPyMES socios partícipes de Vínculos SGR dedicadas a
producción avícola.
Línea de fondos para giro comercial de clientes bajo modalidad Call
Money.
Línea para comerciantes con acreditaciones por tarjeta de crédito.
Pago Íntegro – Financiación de Capital de Trabajo.
Leasing.
Cesión de Certificados de Obra.
Empresas del Sector Privado con convenio de pago de haberes.
Cesión de derecho de cobro sobre Prendas.
Adelanto en cuenta corriente con garantía Hipotecaria.
Financiación de importación de bienes de capital.
Préstamos en dólares con recursos propios.
Prestamos para agencieros oficiales del IAFAS.
Agroactivas 2012.
Para la incorporación y mejoramiento tecnológico de los sectores productivos:
Línea para Municipalidades de 1era categoría, con garantía de
coparticipación para adquisición de bienes de capital nuevo.
Línea Préstamos para adquisición de camiones nuevos a través de
concesionarios.
Línea para la Inversión Productiva – Com “A” 5380 del BCRA.
Convenio Gobierno Provincia de Entre Ríos “Diciembre 2010” tasa
bonificada para los siguientes segmentos: Transporte, Medio Ambiente,
Sector Citrícola, Agricultura, Avícola y Porcino, Turismo, Ganadero,
Infraestructura Eléctrica, Parques Industriales, Acopios y Cooperativas,
Micro y Pyme, Sector Tambero, Aceites y Biodiesel, Productores Avícolas
nuevas zonas y Construcción.
Financiación a Productores procesadores o acopiadores de Bienes para
la Exportación con Cesión Forward.
Programación de dinamización productiva regional.
Prefinanciación de Exportaciones.
Apoyo a la producción exportable.
Línea que surge de convenio entre la Provincia y la Nación destinada a
Productores de Leche de Entre Ríos.
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Evolución de las financiaciones al Sector Privado-
IMPORTE %
Banca Individuo 2.242.056 2.477.118 235.062 10,5%
Tarjetas de Crédito (Incluye
VISA Agro)876.901 1.051.157 174.256 19,9%
Agronegocios 372.964 320.118 -52.846 -14,2%
Banca Empresa 1.701.607 1.780.082 78.475 4,6%
Comercio Exterior 97.960 165.413 67.453 68,9%
Leasing (Solo Sector Priv.) 765 626 -139 -18,2%
Líneas en Moneda Extranjera 7.012 7.224 212 3,0%
TOTAL GENERAL 5.299.264 5.801.738 502.474 9,5%
SALDO DE PRESTAMOS POR SEGMENTOS (en miles de $)
SEGMENTO 31/03/2015 30/06/2015VARIACIÓN MAR/2015 - JUN/2015
Se observa que durante el trimestre informado el saldo de préstamos
otorgados por el Agente Financiero al Sector Privado, se incrementó un 9,5%,
alcanzando una cifra de $5.801.738.000 al 30 de junio de 2015.
“Asimismo el AGENTE FINANCIERO se obliga, respecto del INSTITUTO
AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO a I) Contratar, en el caso de que su
oferta se encuentre en igualdad de condiciones que el resto de las
aseguradoras, la totalidad de las coberturas de seguros sobre todos sus bienes
inmuebles, seguro de vida obligatorio y seguro de riesgo de trabajo de sus
empleados y II) Contratar, en el caso en que su oferta se encuentre en
igualdad de condiciones que el resto de las aseguradoras, la totalidad de las
coberturas de seguro de todas las operaciones de crédito que se otorguen
con fondos de la PROVINCIA (en donde la misma asume el carácter de
acreedor) como así también, todas aquellas operaciones de crédito, en que
cualquiera de los Organismos que integran los Grupos “A”, “B” y “C”, tal como
lo define el Punto 1.1.1 del presente Contrato, revista el carácter de deudor y
deban contratarse seguros sobre bienes ofrecidos en garantía”.
El NBERSA ha informado mediante Expediente N° 1.658.494 la
contratación con este Instituto los Seguros: de Vida Obligatorio y de Riesgo de
Trabajo de sus empleados, en tanto que para la Cobertura de Todo Riesgo
Operativo (Bienes Inmuebles), el Agente Financiero solicitó cotización a
diversas entidades aseguradoras –entre ellas el IAPSER-, optando por Sancor
Cooperativa de Seguros para su contratación.
CLÁUSULA QUINTA – FINANCIACIÓN A EMPLEADOS PÚBLICOS, JUBILADOS
Y PENSIONADOS PROVINCIALES
En la Cláusula Quinta – Financiación a Empleados Públicos, Jubilados y
Pensionados Provinciales – del Contrato de Agente Financiero, el Nuevo Banco
de Entre Ríos S.A. se compromete a implementar líneas de crédito y
financiación destinadas a préstamos personales para empleados públicos,
jubilados, pensionados, amas de casa; a través del uso de la modalidad
“Código de Descuento” para percibir los importes correspondientes a cuotas
de los préstamos que éste otorgue.
El 9 de Marzo de 2006, se firmó el Convenio “Código de Descuento sobre
Haberes para Préstamos Personales”, entre el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A. y
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el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos. Este convenio tiene como
finalidad acordar entre las partes, el cobro de las cuotas de préstamos
personales que otorgue el Agente Financiero a los agentes activos y pasivos
provinciales cuya liquidación efectúe la Dirección de Ajustes y Liquidaciones.
Para poder llevar adelante el cumplimiento de la Cláusula Quinta
anteriormente mencionada, es necesaria también la firma de Convenios
Operativos entre el Agente Financiero y aquellos organismos integrantes del
Sector Público, cuya liquidación de haberes es descentralizada.
La Cláusula Segunda, punto 2.1 del Contrato de Agente Financiero
establece que los Convenios Operativos “deberán contar previamente con
dictamen favorable de la Unidad Operativa de Control del Agente
Financiero”.
Desde la suscripción del Contrato de Agente Financiero hasta la fecha
del presente informe se han firmado – previo dictamen favorable por parte de
esta Dirección - los siguientes convenios de Códigos de Descuento:
Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos
Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos
Instituto Autárquico Becario Provincial
Ente Provincial Regulador de la Energía
Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Entre Ríos
Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de Entre Ríos
Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social
Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos
Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos
CLÁUSULA NOVENA – RETRIBUCIÓN DEL AGENTE FINANCIERO
Aplicación de Topes
“...La retribución acumulada durante el año calendario, no podrá tener
una tasa de incremento respecto de la retribución acumulada durante el año
calendario inmediato anterior, superior a la tasa de aumento nominal del PBI
(Producto Bruto Interno)...”
Control de Tasa de Incremento - Comisiones 1º semestre 2015:
Los montos expuestos corresponden a Comisiones y Parámetros liquidadas por el NBERSA, controladas por la
U.O.C.A.F. y ajustadas de acuerdo a las diferencias detectadas. Dichas comisiones incluyen IVA.
La Tesorería General de la Provincia confirmó que en fechas 03/03/2015 y
11/05/15 el NBERSA depositó como devolución de comisiones percibidas de
ejercicios anteriores en cuenta de titularidad de la Provincia las sumas de
$60.000.000 y $22.445.789,87 respectivamente.
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CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Una de las funciones de la Unidad Operativa de Control del Agente
Financiero según lo establece la Cláusula Décimo Sexta del Contrato de
Agente Financiero es “calificar y verificar la suficiencia de los títulos públicos
prendados para mantener el valor de la garantía de cumplimiento”.
La Cláusula Décimo Segunda del mencionado contrato establece una
garantía de cumplimiento del mismo por un importe equivalente a $6.000.000
(Pesos seis millones), la cual se liberará parcialmente a los cinco años por un
importe equivalente a la mitad de la misma.
A estos efectos el Agente Financiero constituyó en la Caja de Valores S.A.
prenda sobre Bonos Cuasi Par en Pesos (vencimiento 2045), cuya cotización se
detalla a continuación:
Fecha DenominaciónComunicación
BCRA
Valor Nominal
(V$N)
Cotización
($)
Valuación
Total ($)
30 de abril de 2015 Bonos Cuasipar en $ "B" 11010 1.300.000 2,7609$ 3.589.170$
31 de mayo de 2015 Bonos Cuasipar en $ "B" 11026 1.300.000 2,4188$ 3.144.440$
30 de junio de 2015 Bonos Cuasipar en $ "B" 11050 1.300.000 2,0662$ 2.686.060$
En fecha 10/07/15 el NBERSA incrementó los títulos públicos prendados a
favor de la provincia en V$N 500.000 (Expediente Nº1.737.906). De esta forma y
de acuerdo al valor presente publicado en la Comunicación “B” 11.050 del
BCRA al 30/06/15, la valuación total de la garantía ascendió a $ 3.719.160.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA – MODIFICACIONES
“...El presente Contrato no podrá ser modificado, enmendado o
complementado, en todo o en parte, a menos que dichas modificaciones,
enmiendas o complementos fueren acordadas entre LAS PARTES y sometidas a
la aprobación del Poder Ejecutivo de la Provincia, con comunicación a la
Honorable Legislatura, en la medida que no modifiquen elementos o
condiciones sustanciales del presente Convenio y respondan a cuestiones
exclusivamente operativas y de funcionamiento del servicio de Agente
Financiero.”.
Con el objeto de complementar e interpretar algunas de las cláusulas del
Contrato de Agente Financiero suscripto entre la Provincia y el NBERSA en
fecha 16 de Septiembre de 2005, cuya necesidad de modificación responde a
cuestiones exclusivamente operativas y de funcionamiento del servicio de
Agente Financiero; se han llevado a cabo en el ámbito del Ministerio de
Economía, Hacienda y Finanzas diversas reuniones con la participación de
funcionarios provinciales y del NBERSA.
Producto de estas reuniones, se ha elaborado un borrador de Convenio
Complementario.
Luego de correcciones realizadas por la Contaduría General de la
Provincia y la aprobación de la Fiscalía de Estado, el mismo ha sido remitido al
NBERSA, encontrándose a la fecha pendiente de suscripción.
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CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA – FONDO UNIFICADO
“LA PROVINCIA compromete que la utilización del Fondo Unificado
creado por Ley Nº 7390 y modificatorias, no exceda del Ochenta por Ciento
(80 %) de los fondos a la vista que lo integran.
Asimismo LA PROVINCIA se compromete en relación a los saldos utilizados
a la fecha pesos: Ochenta Millones ($80.000.000), a la regularización del uso
transitorio de los mismos, en reintegro anuales contados a partir del 01 de
enero del 2.007, y durante los ocho (8) años subsiguientes.
Las nuevas utilizaciones del Fondo Unificado (máximo de utilización 30
días) sólo serán posibles, en la medida en que se cumpla con el límite
establecido en el primer párrafo de la presente Cláusula con el consentimiento
del AGENTE FINANCIERO.”.
El artículo 1º de la Ley Nº 10.184 aprobada por la Legislatura de la
Provincia el 4 de Diciembre de 2012 expresa: “Autorízase al Poder Ejecutivo
para convenir con el NBERSA la modificación de esta Cláusula Décimo
Novena del Contrato de Agente Financiero, celebrado conforme lo autorizado
por ley Nº 9645, a efectos de contemplar, que en caso de necesidad
financiera del Tesoro Provincial, pueda disponerse la utilización por hasta el
cien por ciento (100%) del Fondo Unificado, creado por Ley Nº 7390 y su
complementaria Ley Nº 8094; y adecuar las condiciones de operatividad
fijadas en dicha Cláusula.”.
Por Decreto Nº 8.870 del 28 de Diciembre de 2006 se ratificó el convenio
de regularización del Fondo Unificado suscripto en dicha fecha entre el
Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A., a fin
de realizar la cancelación en 9 cuotas anuales, siendo el saldo al 30 de junio
de 2015 de $4.687.500 de acuerdo al siguiente detalle:
Fecha Concepto
31/12/2006 Saldo original - Dto. 8870/06 80.000.000$
-5.000.000$
-9.375.000$
-9.375.000$
-9.375.000$
-9.375.000$
-9.375.000$
-9.375.000$
-9.375.000$
10/02/2015 Cuota - Pago parcial -2.343.750$
11/05/2015 Cuota- Pago parcial -2.343.750$
-4.687.500$
4.687.500$
Total Pagos 2015
Importe
Total Pagos 2007
Total Pagos 2008
Total Pagos 2009
Saldo pendiente al 30/06/15
Total Pagos 2010
Total Pagos 2011
Total Pagos 2012
Total Pagos 2013
Total Pagos 2014
En el segundo trimestre del ejercicio 2015, según lo informado por la
Tesorería General de la Provincia, como fuente transitoria de financiamiento
para la cobertura de los compromisos del Tesoro, se han realizado las
siguientes utilizaciones del Fondo Unificado:
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Fecha Utilización Devolución Saldo Tasa BADLAR Días Interés s/Saldo *
01/04/2015 810.000.000$ -$ 20,5625% 2 1.134.555$
01/04/2015 1.150.000.000$ 1.150.000.000$ 20,5625% 0 -$
08/04/2015 70.000.000$ 1.220.000.000$ 20,3750% 7 5.596.404$
09/04/2015 20.000.000$ 1.240.000.000$ 21,3750% 1 881.575$
20/04/2015 60.000.000$ 1.300.000.000$ 20,6250% 11 9.576.027$
24/04/2015 60.000.000$ 1.240.000.000$ 20,8750% 4 3.686.301$
Abril 20.874.863$
05/05/2015 75.000.000$ 1.315.000.000$ 20,5000% 11 9.529.315$
22/05/2015 40.000.000$ 1.275.000.000$ 20,5625% 17 15.656.156$
26/05/2015 35.000.000$ 1.240.000.000$ 20,5000% 4 3.563.014$
Mayo 28.748.485$
05/06/2015 1.240.000.000$ -$ 20,5625% 10 8.684.247$
05/06/2015 1.240.000.000$ 1.240.000.000$ 20,5625% 0 -$
15/06/2015 20.000.000$ 1.260.000.000$ 20,2500% 10 8.578.082$
16/06/2015 97.000.000$ 1.357.000.000$ 20,0625% 1 865.171$
17/06/2015 97.000.000$ 1.260.000.000$ 20,3750% 1 943.394$
18/06/2015 20.000.000$ 1.240.000.000$ 20,0625% 1 865.171$
30/06/2015 400.000.000$ 840.000.000$ 20,8125% 12 10.523.014$
Junio 30.459.079$
80.082.426$
* Tasa aplicada: BADLAR + Spread de 5%
Total trimestral
Información y determinación de la significación financiera informado por
la Tesorería General de la Provincia mediante Expediente Nº 1.729.983.
La utilización de esta fuente alternativa de financiamiento ha permitido
que la Provincia no desembolsase en concepto de intereses, una suma que se
estima hubiera ascendido a $80.082.426.
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OTROS TEMAS DE INTERÉS
Incidencia económica y financiera del Contrato
En la comparación económica del Contrato de Agente Financiero
vigente con el anterior Contrato aprobado por Ley Nº 9376, resulta necesario
considerar en dicho análisis la incidencia de las exenciones en el Impuesto
sobre los Ingresos Brutos y Aportes Patronales Ley Nº 4035 dispuestas por la ley
mencionada anteriormente en su artículo 3º - CAPITULO III – De las exenciones
tributarias.
De haberse mantenido la exención impositiva en el Contrato vigente, la
Provincia hubiera dejado de percibir durante el segundo trimestre del año 2015
los siguientes montos:
IMPUESTOS PROVINCIALES:
Mes Ley Nº 4035 Ingresos Brutos Total Mensual
Abr-15 617.202,78$ 8.307.247,73$ 8.924.450,51$
May-15 616.022,69$ 8.544.333,02$ 9.160.355,71$
Jun-15 1.635.309,46$ 9.487.148,71$ 11.122.458,17$
Total 2.868.534,93$ 26.338.729,46$ 29.207.264,39$
Por lo tanto, para analizar la incidencia económica y financiera del
Contrato de Agente Financiero vigente, respecto al anterior Contrato (Ley Nº
9376), se considera la retribución abonada al Agente Financiero menos el
Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Patronales Ley Nº 4035 que este
último tributa a la Provincia. Para completar la información se detallan los
conceptos señalados:
Mes Retribución (*) IIBB + Ley Nº 4035 Incidencia Económica
Abr-15 18.359.308,09$ 8.924.450,51$ 9.434.857,58$
May-15 17.900.487,23$ 9.160.355,71$ 8.740.131,52$
Jun-15 18.327.706,36$ 11.122.458,17$ 7.205.248,19$
Total 54.587.501,68$ 29.207.264,39$ 25.380.237,29$
$ 8.460.079,10Promedio Mensual (*)Los montos expuestos corresponden a Comisiones liquidadas por el NBERSA, controladas por la U.O.C.A.F.
y ajustadas de acuerdo a las diferencias detectadas. Dichas comisiones incluyen IVA.
En consecuencia, la incidencia económica y financiera neta del
contrato de agente financiero para el segundo trimestre del año 2015 resultó
de $8.460.079,10 promedio mensual.
Cumplimiento de Obligaciones Tributarias Provinciales
La Resolución Nº 16/12 de la Administradora Tributaria de Entre Ríos
(A.T.E.R.) establece que los proveedores, contratistas y similares de la Provincia,
Municipalidades y sus Entes Autárquicos, Descentralizados y Empresas del
Estado, deberán presentar, para actuar como tales y recibir pagos, un
Certificado de Libre Deuda de Impuestos Provinciales de los que sean
contribuyentes y/o responsables, por los años no prescriptos.
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La Dirección del Interior de la A.T.E.R. ha emitido el día 30/06/15 (con
validez hasta el día 30/07/15) el Certificado Provisorio de Libre Deuda Fiscal
para Proveedores del Estado, según el cual el NBERSA no registra deuda
alguna por los impuestos, tasas y/o derechos a su cargo en los que se
encuentra inscripto.
Ranking de Entidades Financieras
Sobre un total de noventa (90) entidades financieras, al mes de Marzo de
2015, el NBERSA se ubica en las siguientes posiciones:
o Teniendo en cuenta el activo: ubicación Nº 21.
o Teniendo en cuenta el monto de los préstamos otorgados: ubicación Nº 18.
o Considerando el monto de los depósitos captados: ubicación Nº 21.
o Considerando el patrimonio neto: ubicación Nº 20.
Se adjunta a continuación cuadro correspondiente al ranking de las
veinticinco primeras posiciones:
24
25