informe final valoración de capacidades y análisis de ... final_valoración... · productos...

56
VALORACIÓN DE LAS CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM Y ANÁLISIS DE LAS DEBILIDADES Y CARENCIAS POTENCIALES INFORME FINAL SEPTIEMBRE, 2006 QUITO - ECUADOR

Upload: hoangdien

Post on 03-Oct-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE LAS

CAPACIDADES

NACIONALES PARA LA

IMPLEMENTACIÓN DEL

CONVENIO DE

ROTTERDAM Y

ANÁLISIS DE LAS

DEBILIDADES Y

CARENCIAS

POTENCIALES

INFORME FINAL

SEPTIEMBRE, 2006

QUITO - ECUADOR

Page 2: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

2

Coordinador por: Ministerio del Ambiente Subsecretaría de Calidad Ambiental Secretaría Técnica de Gestión de Productos Químicos Peligrosos Paulina Villamar Maricruz Hernández Ministerio de Agricultura y Ganadería Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, SESA Carlos Navas Mario Cisneros

Elaborado por: Miriam Orbea B. Milena Macías R.

Este documento ha sido elaborado dentro del marco del Memorándum de Entendimiento firmado entre la Secretaría del Convenio de Rótterdam, UNITAR y los Ministerios del Ambiente, MAE y del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, SESA

Page 3: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

3

VALORACIÓN DE LAS CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM Y

ANÁLISIS DE LAS DEBILIDADES Y CARENCIAS POTENCIALES

TABLA DE CONTENIDO

1. ANTECEDENTES ________________________________________________ 4

2. INTRODUCCIÓN _________________________________________________ 4

3. OBJETIVOS _____________________________________________________ 5

4. METODOLOGÍA _________________________________________________ 5

5. SITUACION ACTUAL DE CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE

ROTTERDAM ________________________________________________________ 6

6. VALORACION DE LAS CAPACIDADES NACIONALES PARA LA

IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM Y ANALISIS DE LAS

DEBILIDADES Y CARENCIAS POTENCIALES __________________________ 13

6.1. Valoración de las capacidades de implementación de las obligaciones, a nivel

nacional, bajo el Convenio de Rótterdam______________________________________ 13 6.1.1. Ministerios, agencias y otras instituciones gubernamentales implicadas en la aplicación del

Convenio _____________________________________________________________________17 6.1.2. Industrias, grupos de interés e instituciones del sector de la investigación activos en la

gestión de químicos y pueden desempeñar un papel en la implementación del Convenio _______23 6.1.3. Infraestructura técnica disponible ___________________________________________27 6.1.4. Bases de datos existentes, sistemas de monitoreo, accesibilidad y uso _______________30 6.1.5. Grado de concienciación, comprensión y competencia del gobierno, las fuerzas de trabajo

y los miembros de la sociedad sobre el Convenio ______________________________________32

7. ANALISIS DE DEBILIDADES Y CARENCIAS POTENCIALES _________ 33

8. ANALISIS DE CARENCIAS (resumen) ______________________________ 53

9. ACCIONES PROPUESTAS ________________________________________ 55

Page 4: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

4

VALORACIÓN DE LAS CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

Y ANÁLISIS DE LAS DEBILIDADESY CARENCIAS POTENCIALES

1. ANTECEDENTES El Convenio de Rótterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional se aprobó en la Conferencia de Plenipotenciarios celebrada en Rótterdam el 10 de septiembre de 1998 y entró en vigor el 24 de febrero del 2004, noventa días después de que se depositara el quincuagésimo instrumento de ratificación. Ecuador ratificó el convenio el 4 de mayo del 2004. El Convenio fue concebido con la intención de promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos, a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños y lograr su utilización ecológicamente racional, facilitando el intercambio de información acerca de sus características, estableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre su importación, exportación y difundiendo esas decisiones entre los países miembros. La Conferencia de las Partes del Convenio de Rótterdam en su segunda reunión resolvió apoyar con proyectos piloto a cuatro países en la elaboración del Plan Nacional para la Implementación de dicho Convenio, entre los países invitados se selecciono al Ecuador para ejecutar este proyecto, basándose en el trabajo realizado por el Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional e Investigaciones UNITAR. 2. INTRODUCCIÓN Los diversos incidentes generados por el uso y manejo inadecuado de las sustancias químicas a lo largo de todo el territorio nacional, que periódicamente hacen noticia en los medios de prensa, demuestran que es necesario la intervención del estado y sociedad organizada para regular, controlar y reducir este problema de importante afectación a la salud humana y el ambiente. En este sentido, el Ministerio de Agricultura y Ganadería a través del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, SESA ha venido liderando todo lo relacionado a la gestión de plaguicidas y el Ministerio del Ambiente, a través de la Secretaría Técnica para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos está trabajando en lo relacionado a la gestión de productos químicos de uso industrial, todo esto sobre la base de las competencias que la ley les otorga. Otros organismos del estado como el Ministerio del Trabajo, IESS – Unidad de Riesgos del Trabajo, Ministerio de Salud Pública también realizan esfuerzos en su ámbito de cuidado de la salud humana. A esto se suma las acciones realizadas por organismos no gubernamentales y gremios empresariales.

Page 5: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

5

Pero todos los esfuerzos pueden ser insuficientes si no se trabaja en la fuente del problema que para nuestro país corresponde al libre comercio de productos extremadamente tóxicos. Este no es solo un problema de Ecuador sino de muchos países en el mundo por lo que el Convenio de Rótterdam viene a ser una herramienta de mucha utilidad que ahora disponen los estados, para pronunciarse sobre la aceptación o no del ingreso de este tipo de sustancias a sus territorios, sobre la base de información técnica veraz, proporcionada por la Secretaría del Convenio. Por otro lado, el Convenio da la oportunidad de proponer a la comunidad internacional la inclusión, para regulación del comercio, de sustancias que para nuestra realidad geográfica, social, cultural está generando nefastos impactos negativos; sobre la base de información técnica y estudios especializados que lo sustenten. Esta herramienta será de mucha utilidad para nuestro país y para poder utilizarla efectivamente, necesitamos primero conocer todos sus alcances y luego prepararnos, sobre la base de lo que ya estamos haciendo. 3. OBJETIVOS Esta consultoría se realiza con el propósito de fortalecer la implementación del Convenio de Rótterdam, sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo aplicable a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos objeto del Comercio Internacional; y tiene como objetivos específicos los siguientes:

Valorar las capacidades nacionales existentes para cumplir con las obligaciones establecidas en el Convenio de Rótterdam.

Identificar las carencias de las capacidades actuales.

Elaborar un documento inicial que sirva de punto de partida para el Taller

Nacional para la implementación del Convenio de Rótterdam 4. METODOLOGÍA La metodología utilizada para el desarrollo de este trabajo es la propuesta en el Documento Guía para el Desarrollo del Plan de Implementación del Convenio de Rótterdam, versión 2 de mayo del 2006; generado por UNITAR. Conforme las instrucciones de esta guía, se ha revisado una serie de documentos relacionados con el tema, entre los que se puede mencionar:

Perfil Nacional para la Gestión de las sustancias químicas en el Ecuador Plan Nacional de Implementación para la gestión de los contaminantes

orgánicos persistentes en Ecuador

Page 6: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

6

Guía para las Autoridades Nacionales Designadas sobre el funcionamiento del Convenio de Rótterdam

Guía sobre la elaboración de normas nacionales para la aplicación del Convenio de Rótterdam

Documentos de implementación del Convenio como formularios y Documentos de Orientación para la adopción de decisiones (DOAD)

Varias leyes y reglamentos relacionados con la gestión de los productos químicos incluidos en el Anexo III del Convenio de Rótterdam

Revisión de bases de datos del Banco Central del Ecuador Información generada por la CAE.

Además se ha realizado varias entrevistas con los principales actores involucrados con la implementación del Convenio, entre los que podemos mencionar:

Ministerio del Ambiente, Secretaría Técnica de Productos Químicos Peligrosos, Paulina Villamar y Maricruz Hernández

Ministerio de Agricultura y Ganadería, Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, SESA, Carlos Navas, Gabriel Jijon, Mario Cisneros.

Ministerio del Trabajo, Miriam Pozo, Segundo Marcillo Ministerio de Salud Pública, Dirección Nacional de Salud Ambiental, Beatriz

Buitrón, Unidad de Control Sanitario, Gustavo Guerra. Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres, César López Aproque, Mónica Chérrez Corporación para el Desarrollo de la Producción y el Medio Ambiente Laboral

– IFA, Homero Harari. Asociación de la Industria de Protección de Cultivos y Salud Ambiental,

Gabriela Mosquera Centro de Información y Asesoramiento Toxicológico CIATOX, Consuelo

Meneses. El análisis de toda esta información ha permitido realizar en análisis de las capacidades existentes y carencias para la implementación del Convenio de Rótterdam, el mismo que se presenta en las hojas de trabajo incluidas en Documento Guía desarrollado por UNITAR. Este documento borrador ha sido revisado por técnicos de la Secretaría del Convenio, UNITAR y el Ministerio del Ambiente. 5. SITUACION ACTUAL DE CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE

ROTTERDAM Ecuador ha participado activamente durante todo el proceso de negociación y aprobación del Convenio de Rótterdam y ha tomado medidas sobre los productos químicos controlados, previo a su ratificación. Ratificó el convenio el 4 de mayo del 2004. En la siguiente tabla se presenta el estado de cumplimiento de las responsabilidades asumidas bajo el Convenio. Esta tabla ha sido tomada de la Guía para las Autoridades Nacionales Designadas sobre el funcionamiento del Convenio, utilizada para evaluar el cumplimiento de las obligaciones de los países.

Page 7: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

7

Tabla No. 1 Cumplimiento de las obligaciones establecidas para las Partes Obligaciones del convenio SI NO ¿Ha designado su Gobierno una AND para los plaguicidas y para los productos químicos industriales?

¿Se ha dotado a las AND de recursos suficientes para el desempeño de sus funciones?

¿Han enviado las AND a la Secretaría formularios rellenados de notificación de productos químicos que han sido prohibidos o rigurosamente restringidos en su país?

¿Han enviado las AND a la Secretaría formularios rellenados de respuesta sobre la importación que contengan una decisión con respecto a las importaciones futuras de todos los productos químicos enumerados en el Anexo III del Convenio?

¿Se ha prohibido la producción nacional para uso interno, o las importaciones procedentes de países que no son Partes en el Convenio, de cualquiera de los productos químicos enumerados en el Anexo III del Convenio respecto de los cuales su formulario de respuesta sobre la importación contenga una decisión de no autorizar las importaciones futuras?

¿Se han comunicado a otros organismos competentes y a las industrias de su país las decisiones contenidas en las respuestas de otras Partes con respecto a las importaciones?

¿Existe en su país un mecanismo para asegurarse de que no se exportarán productos químicos enumerados en el Anexo III del Convenio a Partes que no deseen recibirlos?

¿Existe en su país un mecanismo para la notificación de la primera exportación que tenga lugar en un año civil de productos químicos prohibidos o rigurosamente restringidos a nivel nacional que no hayan sido incluidos todavía en el Anexo III del Convenio?

¿Ha establecido su país procedimientos que le permitan, a la mayor brevedad, acusar recibo de las notificaciones de exportación recibidas?

¿Se han establecido mecanismos para asegurar que las exportaciones de productos químicos vayan acompañadas de la información requerida en virtud del Convenio?

Para países en desarrollo y países con economías en transición: ¿Ha establecido su país mecanismos que le permitan identificar propuestas relativas a FPEP1?

De la revisión de la situación legal, bases de datos de importaciones y exportaciones de las sustancias controladas por el Convenio a la presente fecha y que se listan en el Anexo III, se ha encontrado las siguiente situación.

1 FPEP formulaciones plaguicidas extremadamente peligrosas

Page 8: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

8

Tabla No. 2 Situación legal, importaciones y exportaciones de las sustancias del Anexo III del Convenio de Rotterdam

IMPORTACIONES2 EXPORTACIONES NANDINA PRODUCTO QUÍMICO CANCELACION

REGISTRO CANCELACION

COMEXI AUTORIZACIÓN AÑO PAIS CANT. (Miles KG) AUTORIZACIÓN AÑO PAIS CANT.

(MilesKG)

29189030 2-4-5-T R.O. 64 del 12/nov/92 R.O. 57 del 8/abr/03 PROHIBIDA - - 0 HABILITADA - - 0

29035920 ALDRIN(ISO) R.O. 64 del 12/nov/92 R.O. 57 del 8/abr/03 PROHIBIDA - - 0 HABILITADA - - 0

293090 (LOS DEMÁS) 293050(UN)*

CAPTAFOL R.O. 288 del 30/sep/99 - - - 0 - - - 0

29035910 CLORDANO R.O. 288 del 30/sep/99 R.O. 57 del 8/abr/03 PROHIBIDA - - 0 HABILITADA - - 0

ALEMANIA 20.69 SUIZA 1.39

REINO UNIDO 11.62 ESPAÑA 0.23

INDIA 0.5 URUGUAY 1.1

CHINA 1.45 BÉLGICA 2.21

ITALIA 0.86 USA 1.49

COLOMBIA 0.4 ARGENTINA 0.22

29252090 (LOS DEMÁS) 292521 (UN)*

CLORDIMEFORMO R.O. 288 del 30/sep/99 HABILITADA 1998-2006

BRASIL 0.01

HABILITADA - - 0

TOTAL 42.17

ALEMANIA 6.58 HOLANDA 4.6

USA 3.09 CHINA 3 JAPÓN 2

2918169 (LOS DEMÁS) 291817 (UN)*

CLOROBENZILATO R.O. 64 del 12/nov/92

- 1998-2006

BÉLGICA 0.3

- - - 0

2 Datos tomados del portal Web de la CAE

Page 9: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

9

ESPAÑA 0.21 ITALIA 0.05

COLOMBIA 0.01 SUIZA 0.01

TOTAL 19.85

29036220 DDT R.O. 64 del 12/nov/92

R.O. Edicion Especial 6 del

5/may/03 REQUIERE

AUTORIZACIÓN - - 0 HABILITADA - - 0

29109010 DIELDRINA R.O. 64 del 12/nov/92 R.O. 57 del 8/abr/03 PROHIBIDA - - 0 HABILITADA - - 0

DINITRO-ORTO-CRESOL DNOC R.O. 288 del 30/sep/99

USA 1.83 MEXICO 5

ALEMANIA 0.45 CHINA 1.6

COLOMBIA 0.01

290890 (LOS DEMÁS) 290830(UN)*

DINOSEB Y SUS SALES R.O. 64 del 12/nov/92 PROHIBIDA 1998-2004

PERÚ 0.01

REQUIERE AUTORIZACIÓN - - 0

TOTAL 8.9

29033090 (LOS DEMÁS) 290331(UN)*

1,2-DIBROMOETANO R.O. 288 del 30/sep/99 HABILITADA - - 0 HABILITADA - - 0

292419 292412(UN)* FLUOROACETAMIDA R.O. 288 del

30/sep/99 - - - 0 - - - 0

290351 HCH (Mezcla de Isómeros) R.O. 64 del 12/nov/92 HABILITADA - - HABILITADA - -

290345710 HEPTACLOROFLUROPROPANOS* R.O. 64 del 12/nov/92 - - - 0 - - - 0

29036210 HEXACLOROBENCENO R.O. 288 del 30/sep/99 R.O. 57 del 8/abr/03 PROHIBIDA - - HABILITADA - -

29035110 LINDANO R.O. 64 del 12/nov/92 R.O. 57 del 8/abr/03 PROHIBIDA - - 0 HABILITADA - - 0

38089090 (LOS DEMÁS)

380892 (UN)*

COMPUESTOS DE MERCURIO ,incluidos compuestos inorgánicos de mercurio, compuestos alquílicos de mercurio y

compuestos alcoxialquílicos y arílicos de mercurio.

R.O. 64 del 12/nov/92 REQUIERE

AUTORIZACIÓN - - 0 HABILITADA - - 0

Page 10: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

10

290890 (LOS DEMÁS) 290811(UN)*

PENTACLOROFENOL R.O. 64 del 12/nov/92 R.O. 57 del 8/abr/03 - - - 0 - - - 0

38081099 380812 (UN)*

MONOCROTOPHOS (formulaciones líquidas solubles de la sustancia que sobrepasen los

600 g/l de ingrediente activo) REQUIERE

AUTORIZACIÓN - - 0 HABILITADA - - 0

38081099 (LOS DEMÁS) 380812

(UN)*

METAMIDOPHOS (formulaciones líquidas solubles de la sustancia que sobrepasen los

600 g/l de ingrediente activo) PENDIENTE REQUIERE

AUTORIZACIÓN - - 0 HABILITADA - - 0

38081099 (LOS DEMÁS) 380812

(UN)*

FOSFAMIDÓN (formulaciones líquidas solubles de la sustancia que sobrepasen los

1000 g/l de ingrediente activo) NO EXISTE REGISTRO REQUIERE

AUTORIZACIÓN - - 0 HABILITADA - - 0

29201010

METIL-PARATIÓN (concentrados emulsificantes(CE) con 19.5%, 40%, 50% y

60% de ingrediente activo y polvos que contengan 1.5%, 2% y 3% de ingrediente

activo)

R.O. 64 del 12/nov/92 R.O. 57 del 8/abr/03 PROHIBIDA - - 0 HABILITADA - - 0

Formulaciones de polvo seco con una

mezcla de: 7% o + de BENOMILO 10% o + de CARBOBURAN 15% o + de TIRAM

PENDIENTE

38081099 380812 (UN)*

PARATIÓN (se incluyen todas las formulaciones de esta sustancia-aerosoles,

polvos secos(PS), concentrado entrexulsificable(CE),gránulos(GR) y polvos humedecibles(PH)-excepto las suspensiones

en cápsula (SC)

REQUIERE AUTORIZACIÓN - - 0 HABILITADA - - 0

USA 4.45 ALEMANIA 1.75 COLOMBIA 2.25

25240090(LOS DEMÁS)

252401 (UN)* CROCIDOLITA R.O. 57 del 8/abr/03 - 1998-2003

CHINA 2

- - - 0

TOTAL 10.45

ALEMANIA 12.21

BÉLGICA 14.36

29036900 BIFENILOS POLIBROMADOS(PBB) BIFENILOS POLICLORADOS (PCB) TRIFENILOS POLICLORADOS(PCT)

R.O. 57 del 8/abr/03 PROHIBIDA 1998-2006

USA 6.53

HABILITADA - - 0

Page 11: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

11

REINO UNIDO 1.32

TOTAL 34.42

ALEMANIA 11.14 PERÚ 13.9

BÉLGICA 2.37 ESPAÑA 8.69

USA 1.28

29190090(LOS

DEMÁS) 291910(UN)*

FOSFATO DE TRIS (2,3-DIBROMOPROPIL) R.O. 57 del 8/abr/03 HABILITADA 1998-2006

COREA DEL SUR 0.02

HABILITADA 2003 PERÚ 0.99

TOTAL 37.4

USA 34.98 PERÚ 0.03 FRANCIA 1.26 COLOMBIA 0.05

COLOMBIA 4.67 E.ARABES U. 0.2 ALEMANIA 7.42

E. ARABES.U 0.79 BÉLGICA 4.18

ITALIA 1 ESPAÑA 0.71 CHINA 0.65 YEMEN 0.21 PERU 0.28 SUIZA 0.28 INDIA 0.27

DINAMARCA 0.06

291639(LOS DEMÁS) BINAPACRILO R.O. 116 del

3/oct/05 HABILITADA 1998-2206

REINO UNIDO 0.06

HABILITADA 2005-2006

TOTAL 56.82 0.28

2001-2003 ALEMANIA 0.02 29031500 DICLORURO DE ETILENO R.O. 116 del

3/oct/05 REQUIERE AUTORIZACIÓN HOLANDA 0.01

HABILITADA - - 0

TOTAL 0.03

USA 4.27 PERÚ 4.07

ARGENTINA 2.55 CHILE 0.73

29101000 OXIDO DE ETILENO R.O. 116 del 3/oct/05

HABILITADA 1998-2006

ALEMANIA 0.41

HABILITADA - - 0

Page 12: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

12

FRANCIA 0.01

TOTAL 12.04

PLOMO TETRAMETILO PENDIENTE HABILITADA

ALEMANIA 155 RUSIA 21 29310010 PLOMO TETRAETILO PENDIENTE HABILITADA 1998-2006 USA 0.01

HABILITADA - - 0

TOTAL 176.01

(UN)* INDICA EL NÚMERO DE CÓDIGO NANDINA SEGÚN EL ACUERDO DE LAS NACIONES UNIDAS (UN) CON LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS (OMA), LOS MISMOS QUE SE PUEDEN ENCONTRAR EN LA PÁGINA WEB: http://www.pic.int/incs/inc9/r)/Spanish. LOS CÓDIGOS MENCIONADOS NO ESTÁN IDENTIFICADOS EN EL REGISTRO OFICIAL DE ARANCEL NACIONAL DE IMPORTACIONES.

Como se puede apreciar, existen plaguicidas o formulaciones de plaguicidas que han sido prohibidas su registro pero que no se ha llegado a actualizar el Arancel de Importaciones. Para su importación necesitan la licencia otorgada por el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, SESA, el cual primero verifica la situación de prohibición. Por tanto, la posibilidad de ingreso al país por la vía legal es muy baja. No obstante debería existir coherencia entre los dos regímenes. Por otro lado, no se indica nada respecto a las exportaciones o re-exportaciones. Si bien nuestro país no es productor de estas sustancias y por tanto no existiría la figura de exportación, si podría darse el caso de re-exportación de existencias de productos una vez que se ha cancelado su registro. En el caso de plaguicidas, para productos que se ha prohibido, se ha dado el caso de permitir una re-exportación luego de la emisión de un acuerdo ministerial. Por tanto el tema de exportaciones es una debilidad tanto para plaguicidas como para sustancias de uso industrial. Para le caso de PCBs y sustancias de esta partida, el Banco Central del Ecuador registra que han existido ingresos, previo a su prohibición dada en el 2003. No se indica en la tabla, pero de la investigación se pudo encontrar que está permitido el ingreso de residuos de aceites con PCBs.

Page 13: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

13

6. VALORACION DE LAS CAPACIDADES NACIONALES PARA LA

IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM Y ANALISIS DE LAS DEBILIDADES Y CARENCIAS POTENCIALES

6.1. Valoración de las capacidades de implementación de las obligaciones, a nivel nacional, bajo el Convenio de Rótterdam

Previo a la valoración de capacidades existentes en el país para la implementación de las obligaciones establecidas por el Convenio de Rótterdam es necesario analizar el nivel de desarrollo que existe en relación a la gestión de los productos químicos que regula el convenio y corresponde a ciertos plaguicidas y productos de uso industrial. Para esto es fundamental conocer el marco legal e institucional existente, la infraestructura técnica, actores clave del sector privado que se encuentran trabajando en el tema, niveles de acceso a la información necesaria, grado de desarrollo de la investigación en esta materia. En este apartado se hace un análisis de estos temas, previo a la valoración de las capacidades. Marco Jurídico para Plaguicidas: A la presente fecha, todo lo relacionado con el Registro y Control de plaguicidas químicos de uso agrícola está regido bajo la Decisión 436 Norma Andina. Esta norma se superpone a las leyes y reglamentos nacionales expedidos con anterioridad a esta y por tanto en el documento se los nombra solo como información general de lo existente. REGISTRO ARMONIZADO Comunidad Andina de Naciones Decisión 436 - Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, 11 de junio de 1998, aplicación en el Ecuador: 11 de junio del 2005. Organismo responsable: Ministerio de Agricultura y Ganadería

Establece requisitos y procedimientos armonizados para el registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola, orienta su uso y manejo correctos para prevenir y minimizar daños a la salud y el ambiente en las condiciones autorizadas, y facilita su comercio en la Subregión.

Se aplica a todos los plaguicidas químicos de uso agrícola, originarios o no de la Subregión, incluyendo los ingredientes activos grado técnico, y sus formulaciones. Se exceptúan los agentes biológicos utilizados para el control de plagas.

El Ministerio de Agricultura de cada País Miembro o en su defecto la entidad oficial que el gobierno designe, será la Autoridad Nacional Competente responsable de velar por el cumplimiento de la presente Decisión y ésta autoridad establecerá con las autoridades de los sectores salud y ambiente y otras que correspondan del respectivo país, los mecanismos de interacción que sean necesarios para el cumplimiento de éste Decreto.

Solamente podrán fabricar, formular, importar, exportar, envasar y distribuir plaguicidas químicos de uso agrícola, las personas naturales o jurídicas que

Page 14: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

14

cuenten con el registro respectivo, otorgado por la Autoridad Nacional Competente.

Para el registro se exigirá también el cumplimiento de las disposiciones sobre el etiquetado y envasado aplicable al producto formulado y al ingrediente activo grado técnico, acorde con lo establecido en el Manual Técnico, la etiqueta debe contener la información que se derive de los datos proporcionados en el registro del producto y de su evaluación, incluirá la información sobre el uso y manejo seguro del mismo

Si un País Miembro está siendo afectado por un plaguicida químico de uso agrícola que sin tener Registro Nacional aplicable en su territorio, esté inscrito en el Registro Subregional, solicitará a la Secretaría General aplicar medidas para la modificación, suspensión o cancelación de la inscripción de dicho producto en el Registro Subregional. La Secretaría General informará sobre esta solicitud a los demás Países Miembros, quienes dispondrán de un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha de recibida la comunicación para emitir su opinión ante la Secretaría General.

La Autoridad Nacional Competente deberá establecer y disponer de los mecanismos necesarios para coordinar con los sectores involucrados el seguimiento postregistro. Cada País Miembros establecerán el marco legal para sancionar a nivel nacional los casos de infracción a la presente Decisión.

Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola. Resolución 630. Gaceta Oficial del 26 de junio del 2002 Organismo responsable: Ministerio de Agricultura y Ganadería Normas INEN para Plaguicidas y Productos Afines: Definiciones y clasificación NTE1838:98, requisitos de almacenamiento y transporte NTE1927:92, clasificación toxicológica NTE1898:96, nombres comunes, comerciales y químicos NTE1871:98, eliminación de residuos-sobrantes y de envases NTE2078:98, etiquetado NTE1913:96 y muestreo 2168:98. Cabe mencionar que estas normas no han sido revisadas y actualizadas desde su publicación. A continuación se detallan los cuerpos legales que si bien no se encuentran derogados, ya no son utilizados para el registro de productos agrícolas, sino únicamente para productos biológicos y veterinarios, con el fin de evitar confusión con la Norma Andina. Ley para la formulación, fabricación, importación, comercialización y empleo de plaguicidas y productos afines de uso agrícola R.O. 442 del 22 de mayo de 1990 Organismo Responsable: Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) Clasificación de plaguicidas y productos afines: extremadamente tóxicos; altamente

tóxico; moderadamente tóxico; y, ligeramente tóxico Expendio de plaguicidas y afines en lugares autorizados, previa receta otorgada por

un agrónomo debidamente registrado Texto Unificado de la Legislación de Sanidad Agropecuaria, TULSA, Registro Oficial, Edición Especial No. 1 del 20 de marzo del 2003. Recoge todos los

Page 15: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

15

reglamentos y acuerdos ministeriales vigentes en materia de Sanidad Agropecuaria. Dentro de este documento se mencionan las siguientes normas: Reglamento de Plaguicidas y Productos Afines de uso agrícola; Edición Especial No. 1 R.O. del 20 de marzo del 2003; Organismo Responsable: Ministerio de Agricultura y Ganadería

Acuerdo 120 que expide el Reglamento para otorgar el Registro Unificado de Plaguicidas y Productos de Uso Veterinario, Registro oficial 936 del 30 de abril de 1996 Organismo responsable: Comité Técnico Nacional de Plaguicidas y productos de Uso Veterinario Establece los requisitos y procedimiento a seguir para la obtención del Registro Unificado para formular, fabricar, importar, distribuir y comercializar plaguicidas y productos de uso veterinario. Regula el funcionamiento de locales de distribución y comercialización de plaguicidas a través de permisos de funcionamiento.

Acuerdo Interministerial 207 mediante el cual se expide la Conformación del Comité Técnico Nacional de Plaguicidas y Productos de Uso Veterinario, Suscrito el 19 de junio de 1996 Organismo responsable: Comité Técnico Nacional de Plaguicidas y productos de Uso Veterinario Conformación del Comité y definición de mecanismo para registro de productos

Marco Jurídico para Productos Químicos Industriales: Decreto Ejecutivo 212 que crea el Régimen Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos, Registro Oficial 47 del 15 de octubre de 1998 Organismo responsable: Ministerio del Ambiente (MAE) Regular la gestión de los productos químicos peligrosos en sus fases de importación, formulación y fabricación, transporte, almacenamiento, comercialización, utilización, disposición final

Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria, Libro VI de la calidad ambiental, Título IV Reforma al Régimen Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos, Registro Oficial 725 del 16 de diciembre del 2002 Se reforma la conformación del Comité Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos

Ley de Gestión Ambiental R.O. 245 de 30 de julio de 1999 Organismo responsable: Ministerio del Ambiente Normar el manejo ambiental y evaluación de impactos ambientales, expedición de

normas técnicas, manuales y parámetros de protección ambiental, control de las normas de calidad ambiental, regular el uso, comercialización e importación de organismos genéticamente modificados, desarrollar instrumentos de aplicación de normas ambientales: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones, normas técnicas de calidad de productos.

Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria, Libro VI de la calidad ambiental, Título IV Reglamento a la ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, R. O. 725 del 16 de diciembre del 2002

Page 16: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

16

Organismo responsable: Ministerio del Ambiente Establece las normas generales nacionales aplicables a la prevención y control de la contaminación ambiental y de los impactos ambientales negativos de las actividades definidas por la clasificación CIIU. Las normas técnicas nacionales que fijan los límites permisibles de emisión, descarga y vertidos al ambiente y los criterios de calidad de los recursos agua, aire y suelo, a nivel nacional. Las normas establecidas son: Norma de calidad ambiental y de descarga de efluentes: Recurso Agua Norma de calidad ambiental del recurso suelo y criterios de remediación para suelos contaminados

Norma de emisión al aire de fuentes fijas de combustión Norma de calidad de aire ambiente Límites permisibles de Niveles de Ruido ambiente para Fuentes Fijas y Fuentes Móviles y para vibraciones

Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos

Listado Nacional de Productos Químicos Prohibidos, peligrosos y de uso severamente restringido que se utilicen en el Ecuador

Marco Jurídico Relacionado Código de la Salud, R.O. 158, 8 de febrero de 1971. Organismo responsable: Ministerio de Salud Pública (MSP) – Dirección Nacional de Salud Regula la disposición de sustancias químicas al ambiente Regula y controla la disposición de sustancias químicas al recurso agua Regula la gestión de sustancias químicas tóxicas Registro sanitario para productos fabricados en Ecuador o el exterior Cancelación de registro sanitario Permiso de funcionamiento para la fabricación o comercio de plaguicidas y

actividades de fumigación y desinfección Uso de envases con advertencia de peligrosidad química Contar con un representante para la fabricación y producción de plaguicidas Venta de sustancias químicas en lugares autorizados Control en la manipulación y uso de sustancias químicas

Código del trabajo. R.O. 162 de 29 de septiembre de 1997 Organismo responsable: Ministerio del Trabajo, IESS Riesgos del trabajo: accidentes y enfermedades profesionales Preceptos para la prevención de riesgos Normas de prevención de riesgos dictados por el IESS Reglamentos de Seguridad e Higiene del trabajo Suspensión de labores y cierre de locales que por seguridad e higiene

Reglamento de Seguridad e Higiene del Trabajo, Resolución 172 del 29 de septiembre de 1975, Consejo Superior del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) Organismo responsable: IESS Controlar y prevenir contaminación por sustancias tóxicas, prevenir riesgos del trabajo, controlar el transporte, almacenamiento, fumigaciones aéreas

Page 17: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

17

Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, R.O. 116 de 10 de julio del 2000 Organismo Responsable: Tribuna del Consumidor Obliga al proveedor a entregar información de advertencias o indicaciones para su

uso y seguridad de sustancias químicas, sacar de circulación sustancias de alto riesgo ambiental o a la salud.

Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental R.O. 97 del 31 de mayo de 1976 Organismo responsable: Ministerio de Salud Pública, CNRH, Ministerio de Agricultura y Ganadería Normar, regular y controlar la disposición de las sustancias químicas en la

atmósfera, recurso agua y recurso suelo. Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, R.O. 1002 del 2 de agosto de 1996 Organismo responsable: Consejo Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, Dirección Nacional de Tránsito y Jefaturas Provinciales de Tránsito Límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes Desarrollo del programa de ajuste para el parque automotor público y privado

6.1.1. Ministerios, agencias y otras instituciones gubernamentales implicadas en la

aplicación del Convenio Autoridades Nacionales Designadas (AND) para el cumplimiento del Convenio de Rótterdam: En consideración del marco jurídico existente y de las funciones de las instituciones públicas encargadas de la gestión de plaguicidas y productos químicos de uso industrial, Ecuador ha notificado a la Secretaría del Convenio de Rotterdam dos Autoridades Nacionales Designadas (AND), una responsable en materia de plaguicidas y que es el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuario – SESA, entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Ganadería, y; otra en materia de productos químicos de uso industrial que es el Ministerio del Ambiente a través de la Subsecretaría de Calidad Ambiental. AND para Plaguicidas: Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria El Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria - SESA es el ente oficial regulador y de control que define y ejecuta la política de sanidad agropecuaria en el país, es una entidad de autogestión de derecho público adscrita al Ministerio de Agricultura y Ganadería. El SESA cumple tres funciones fundamentales que son: investigación, control y certificación en el área agrícola y en el área pecuaria. La Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola (Decisión 436), la Ley de Plaguicidas, el Texto Unificado de Legislación Secundaria del MAG le facultan para otorgar o cancelar el registro a un plaguicida así como la formulación, distribución, importación, exportación y uso de dicho producto químico.

Page 18: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

18

Como parte de sus funciones ejecuta a nivel nacional el control post-registro de los productos químicos de uso agrícola, para lo cual, el SESA mantiene un convenio con la Unidad Ambiental de la Policía Nacional que le ha permitido actuar legalmente para cumplir con las inspecciones y decomisos (si fuese el caso). El SESA cuenta con el Comité Nacional de Plaguicidas y Productos de Uso Veterinario que es una entidad interinstitucional en la cual participan además del Director Ejecutivo del SESA, el Ministerio de Salud Pública – Director Técnico de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria y el Ministerio del Ambiente – Director de Prevención y Control de la Contaminación, este organismo tiene como finalidad analizar, verificar y aprobar las evaluaciones de carácter agronómico, veterinario, toxicológico y ecotoxicológico según el caso de los expedientes técnicos de un plaguicida o producto de uso veterinario. En función del criterio de este comité, el SESA otorga el registro. Mediante la Norma Andina el proceso de evaluación y registro de los plaguicidas se encuentra estandarizado y permite una mejor coordinación entre los ministerios de ambiente, MAE y salud pública, MSP, que conforman el comité evaluador. Dentro de la aplicación del Convenio de Rótterdam el SESA está a cargo del control de los plaguicidas y formulaciones de plaguicidas extremadamente peligrosas, para lo cual, analiza la información y recomendaciones que son enviadas por la Secretaría, cuando es procedente consulta con el Ministerio del Ambiente y a veces con el Ministerio de Salud Pública, también convoca a las organizaciones relacionadas con los plaguicidas como CROPLIFE y APCSA para exponer la situación frente al producto químico que ha ingresado al Anexo III del Convenio. Según la experiencia del SESA no han recibido resistencia de las casas comerciales, siempre y cuando se encuentre identificada una alternativa económica y ambientalmente viable para el reemplazo, una vez cumplido todo un proceso de notificaciones y revisión de informes técnicos, el SESA procede a la cancelación del registro, decisión que es publicada en el Registro Oficial para luego concluir con una reunión con el MICIP, Corporación Aduanera Ecuatoriana y COMEXI para que procedan con la respectiva modificación en las subpartidas arancelarias, gestión que conlleva dificultad y resistencia por parte de los organismos del comercio. Este último procedimiento no siempre se ha hecho. Al momento se ha realizado la cancelación del registro a todos los plaguicidas que corresponden al Convenio de Estocolmo, al pentaclorofenol (uso restringido solo para uso industrial), monocrotofos y paration, en cuanto al fosfamidon es un producto químico que no cuenta con registro por lo que no existe en el país y falta cancelar el registro al metamidafos y en formulaciones de polvo seco al benomilo, carbofurano y tiram. AND para Productos de uso Industrial Ministerio del Ambiente El Ministerio del Ambiente cuenta con el Régimen Nacional para la Gestión de los Productos Químicos Peligrosos cuyo órgano técnico ejecutor constituye la Secretaría

Page 19: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

19

Técnica para la Gestión de los Productos Químicos Peligrosos que funciona adjunta a la Dirección de Prevención y Control de la Contaminación del mencionado Ministerio. La Secretaría Técnica tiene como funciones principales: preparar las políticas, propuestas de reglamentos, directrices, criterios técnicos, listados de productos químicos peligrosos prohibidos o severamente restringidos y el Programa Nacional de Seguridad Química para optimizar la gestión de productos químicos peligrosos en el Ecuador, ejecutar las resoluciones del Comité Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos, colaborar directamente con las diferentes entidades públicas y privadas involucradas en la gestión de productos químicos peligrosos, para lograr el cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad Química, como también, ser el ente ejecutor de convenios internacionales en la materia. Como parte de las actividades de control en coordinación con otros organismos públicos la Secretearía Técnica conforma con el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria SESA del Ministerio de Agricultura y Ganadería y con el Ministerio de Salud Publica el Comité Técnico Nacional de Plaguicidas y Productos Veterinarios que realiza el registro y control de los plaguicidas químicos de uso agrícola bajo los requerimientos y procedimientos establecidos en la Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola (Decisión 436). Para el fortalecimiento de esta actividad la Secretaría Técnica ha desarrollado y está en pruebas de funcionamiento una plataforma informática que le permitirá sistematizar la información y agilitar la evaluación ambiental y ecotoxicológica para el proceso de registro de los plaguicidas químicos. Adicionalmente la Secretaría Técnica establece y actualiza las Listas Nacionales de Productos Químicos Prohibidos, Peligrosos y de Uso Severamente Restringido que se utilicen en Ecuador, priorizando aquellos que por el grado de su uso o por sus características de toxicidad y peligrosidad, constituyan alto riesgo potencial o comprobado para la salud y el ambiente; y está en proceso de implementación el Registro Nacional de personas naturales o jurídicas que importen, formulen, fabriquen, transporten, almacenen y comercialicen productos químicos peligrosos. El Listado Nacional vigente y publicado en el Texto Unificado de Legislación Secundaria del MAE de los productos químicos peligrosos sujetos de control por el Ministerio del Ambiente y que deben cumplir en forma estricta los reglamentos y las Normas INEN para una gestión adecuada consta de 182 sustancias y está prohibida la importación, formulación, fabricación, uso y disposición final en el territorio nacional de 6 sustancias, bifenilos policlorados, terfenilos policlorados, difenilos polibromados, crocidolita, pentaclorofenol, fosfato de tris, productos químicos que pertenecen al Anexo III del Convenio de Rótterdam. La Secretaría Técnica también está a cargo del seguimiento y cumplimiento de los distintos acuerdos y convenios internacionales relacionados y que están suscritos y ratificados por el país. El Ministerio del Ambiente participó en las negociaciones para la adopción de un Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos a nivel internacional, denominado SAICM (siglas en ingles) que establece los lineamientos político

Page 20: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

20

ambientales Macro de gestión de productos químicos en la esfera mundial, dentro del cual, se enmarcan los diferentes convenios internacionales relacionados. El SAICM fue adoptado en febrero del 2006. Uno de los convenios internacionales adoptados por el país desde 1993 y manejado desde el año 2000 por el MAE como Punto Focal es el de Basilea sobre control de movimientos transfronterizos de desechos peligrosos. En esta materia se trabaja permanentemente en la respuesta a solicitudes sobre movimientos de desechos que van de paso por nuestro país, para lo cual se trabaja conjuntamente con las aduanas para el control de tránsito. Dentro del marco de descentralización del Ministerio, se ha trabajado en la capacitación a autoridades ambientales locales en el funcionamiento del convenio y al momento se dispone de una propuesta de los instrumentos necesarios para el control de todas las fases de la gestión de dichos desechos en el país que se encuentran en proceso de consulta., se ha elaborado un inventario preliminar de desechos peligrosos y se ha fomentado la implementación de procesos de producción mas limpia a través de la creación de una Unidad en el ministerio. A partir de agosto del 2001 fecha en la cual se firmo el Convenio de Estocolmo, el MAE ha trabajado en varias actividades para dar cumplimiento a este convenio, entre las cuales se destaca la elaboración del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo a través de un proyecto de asistencia técnica que permitió generar una visión como país sobre la situación ambiental y establecimiento de prioridades frente a los compuestos orgánicos persistente mediante la realización de varios estudios técnicos, socioeconómicos e inventarios preliminares, además se realizaron importantes campañas de difusión y sensibilización sobre los COPs y se está fortaleciendo la capacidad analítica de los laboratorios del SESA y CEEA para la determinación de COPs. En lo concerniente al cumplimiento del Convenio de Rótterdam la Secretaría Técnica se encuentra desarrollando varias actividades que le permiten cumplir oportuna pero parcialmente con las obligaciones definidas en dicho convenio, en lo relativo a las sustancias químicas de uso industrial. La Secretaría Técnica no cuenta con un proceso o protocolo de acción definido, sin embargo, inicia el proceso cuando llega una notificación de la Secretaría del Convenio, analiza la información recibida y procede a realizar consultas en internet y en bibliografía internacional y especialmente con los sectores involucrados como asociaciones de industrias, sector productivo o ministerios relacionados, para llegar a un consenso sobre el uso o restricción de un producto químico determinado, sin embargo, usualmente reciben resistencia por parte del sector industrial y del COMEXI para la cancelación o restricción del uso de un producto químico a través de la modificación en su partida arancelaria. Además, actualmente el país ha declarado su interés en participar en varios programas como país piloto para el “Proyecto Refuerzo de la Gobernabilidad, la participación de la sociedad civil y los partenarios público-privados dentro de un programa nacional integrado para la gestión de productos químicos y desechos”, “Proyecto Ecuador UNEP/UNDP Partnership Initiative for the Implementation of SAICM” y conjuntamente con UNITAR en el desarrollo de una propuesta para el Quick Star

Page 21: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

21

Programme del SAICM para la actualización del Perfil Nacional y un taller nacional para el establecimiento de prioridades para la aplicación del SAICM. Instituciones gubernamentales indirectamente relacionadas en la aplicación del Convenio de Rótterdam: Ministerio de Salud Pública El Ministerio de Salud Pública cuenta con dos unidades relacionadas: La Unidad de Control Sanitario actúa en el Comité Técnico Nacional de Plaguicidas y Productos Veterinarios que conjuntamente con el Ministerio de Agricultura (SESA) y Ministerio del Ambiente realizan la evaluación, análisis y emiten el criterio técnico para otorgar el registro de los plaguicidas y productos veterinarios, mediante la aplicación de los formatos y lineamientos de la Norma Andina.

La Unidad de Salud Ambiental es la encargada del control ambiental y toxicológico de las sustancias químicas enfocándose a la promoción del manejo adecuado de plaguicidas, diagnóstico, vigilancia y tratamiento de intoxicaciones. Para el registro de intoxicaciones utiliza un formulario de recopilación de información, el cual es utilizado desde los Subcentros de Salud, desde donde se trasmite al Hospital Cantonal a la Dirección Provincial para finalmente recopilarse en la Oficina Central. Ministerio de Trabajo El departamento técnico de ejecución de la Política Institucional en Seguridad y Salud y el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud del Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos es la Unidad de Salud y Seguridad del Trabajo que se encarga principalmente del cumplimiento de tres ejes: Normativo, de Control y Formativo. El eje Informativo que se refiere a la recuperación de datos relativos a accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y programas preventivos al interior de las empresas aún no está sistematizado y en funcionamiento. Esta Unidad se encarga del registro de profesionales calificados en seguridad y salud ocupacional que para el 2007 se estima que alcanzará los 600 profesionales formados a través de la Maestría de Seguridad, Salud y Ambiente que coordinan conjuntamente con el departamento de Riesgos del Trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Las deficiencias nacionales están identificadas en la falta de médicos calificados que trabajan en el sector industrial y de Centros de Investigación para la correlación de información que permita determinar afecciones e intoxicaciones crónicas, por lo que, la Unidad Técnica utiliza principalmente información y bibliografía internacional para respaldar sus decisiones frente a la aprobación de Convenios Internacionales. La capacidad operativa de la Unidad de Salud y Seguridad del Trabajo se asienta en tres especialistas en Seguridad y Salud Ocupacional y un médico especialista en el área, cantidad que no permite abastecer la creciente demanda de necesidades de control y seguimiento en las industrias a nivel nacional.

Page 22: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

22

A la fecha se encuentran asesorando y auditando los sistemas de gestión de riesgos de las empresas (Implementación de reglamento interno). Recogen denuncias de trabajadores que no están afiliados y lo reportan al IESS. Coordinan con la OIT acciones y reciben información sobre peligrosidad de productos en el medio de trabajo dentro de los cuales se encuentra el Asbesto. Se han hecho acercamientos con el Ministerio del Ambiente para coordinar acciones. Corporación Aduanera Ecuatoriana La CAE es una empresa estatal y autónoma, cuyas facultades están determinadas en la Ley Orgánica de Aduanas, se le atribuye las competencias técnico-administrativas, necesarias para llevar adelante la planificación y ejecución de la política aduanera del país y cuenta con las facultades tributarias de determinación, resolución y sanción en materia aduanera, de conformidad con esta ley y sus reglamentos, cuenta con su oficina matriz en la ciudad de Guayaquil y diez Gerencias Distritales en puntos estratégicos y fronterizos del país. Consejo de Comercio Exterior e Inversiones - COMEXI El COMEXI es un foro de concertación de políticas de comercio exterior e inversiones, fue creado en el marco de la Ley de Comercio Exterior e Inversiones LEXI con el fin de mantener un nexo constante entre el sector público y privado, incentivar al sector productivo y generar apertura de mercados. El COMEXI esta integrado por la Presidencia de la República, MICIP, Ministerio de Finanzas, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Turismo, FEDEXPOR, Federación Nacional de Cámaras de Comercio, Federación Nacional de Cámaras de Agricultura y representantes de los sectores Agropecuarios, Acuacultor y Pesquero de productos de exportación. Las funciones del COMEXI están enfocadas en la determinación de políticas y normas de comercio exterior de bienes, servicios y tecnología, integración e inversión directa, como también para impulsar el fortalecimiento y desarrollo de los regímenes especiales, se encarga también de conformar grupos de negociadores del sector público y privado, y establece las directrices y plazos para la aprobación de los aranceles y normas de valor de las mercancías en Aduanas. Las tareas definidas por el COMEXI son ejecutadas por el Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización y Pesca, por el Sistema Ecuatoriano de Promoción Externa y por la Corporación de Promoción de Exportadores e Inversiones CORPEI evitando superposición y dispersión de funciones permitiendo una gestión eficiente del manejo de los temas del comercio exterior e inversiones.

Page 23: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

23

6.1.2. Industrias, grupos de interés e instituciones del sector de la investigación activos en la gestión de químicos y pueden desempeñar un papel en la implementación del Convenio

Se enuncian las siguientes:

- Asociación de la Industria de Protección de Cultivos y Salud Ambiental – APCSA

APCSA, conformada desde hace 27 años representa a las empresas nacionales de agroquímicos, al momento se integran 19 socios. Su función principal es ser un puente de conexión, información y solución de conflictos entre los ministerios relacionados con el registro de productos y sus socios. Como asociación su objetivo es generar entre todos un grupo de apoyo para el intercambio de información. Están trabajando en nuevas propuestas como campañas de difusión a nivel de empresas y agricultores para el manejo adecuado de plaguicidas y de su envase. Además, disponen de un Plan de Recolección y Disposición Final de envases vacíos de plaguicidas que consiste en la recolección, triple lavado, chipiado, co-procesamiento y finalmente incineración a través de la Fundación Pro-Ambiente del Grupo Holcin. Este va acompañado de un plan de capacitación sobre tratamiento (triple lavado) y manejo de estos desechos.

- Asociación de la Industria de la Ciencia, de los Cultivos y Salud Ambiental - CROPLIFE

CropLife Ecuador ubicada en Guayaquil es una cámara que representa a empresas internacionales de productos de protección de cultivos y de biotecnología agraria, que se dedica a la investigación, desarrollo, fabricación y venta de productos y servicios encaminados a mejorar en forma sostenible la producción de alimentos.

Entre las compañías que integran CropLife se promueve la aplicación de buenas prácticas agrícolas, bajo los lineamientos del Código Internacional de Conducta de la FAO, como también se desarrolla proyectos y campañas de concienciación para minimizar los efectos negativos a la salud y al ambiente ocasionado por el mal uso en la aplicación de los plaguicidas.

CropLife ha realizado esfuerzos para mejorar la seguridad y salud de los agricultores, para lo cual ha gestionado un convenio de cooperación con el Centro Nacional de Información Toxicológico CENTOX para la atención de casos de emergencia médicas por intoxicaciones, como también la inclusión en las etiquetas de los productos registrados por las empresas asociadas a CropLife de los números telefónicos del CENTOX para consultas.

- Asociación de Empresas Productores de Pinturas, Resinas, Tintas y Químicos - APROQUE

Esta asociación gremial ha trabajado intensamente en el mejoramiento del comportamiento ambiental y de seguridad de los trabajadores en las industrias del sector

Page 24: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

24

químico a través de la implementación del Programa Responsabilidad Integral, el cual en su inició contó por seis años con el apoyo técnico de la Fundación Natura, COSUDE, el respaldo técnico de las Cámaras de Industriales de Pichincha, Guayaquil y Cuenca. A la fecha en el programa participan 40 empresas de pinturas, tintas, farmacéuticas, cerámicas, cerveceras, de cartón y embalaje, textiles, plásticos, gases industriales, distribuidoras y transportadoras de productos químicos.

- Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres CEOSL CEOSL es una entidad social y popular, constituye una confederación a nivel nacional que agrupa a trabajadores de la industria, banca, agricultura, el comercio, de servicios, artesanía, en relación de dependencia o en calidad de trabajadores autónomos. Los planteamientos de la CEOSL están enfocados en impulsar una política de alianzas con los principales sectores de las organizaciones populares del Ecuador, como ser, jubilados, organizaciones de mujeres de sectores populares, maestros, sectores barriales, campesinos, indígenas, jóvenes organizados de los sectores populares, trabajadores informales, entre otros, para impulsar una lucha sobre la base de una serie de intereses comunes. La CEOSL está trabajando en Programas de Salud, Seguridad y Ambiente principalmente con las organizaciones sindicales de los sectores florícolas, bananeras y campesinas, ha fomentado la difusión sobre el manejo adecuado de plaguicidas en las provincias de Riobamba y Azogues. Cuenta con un Centro de Salud con equipos e infraestructura para estudios de colinesterasa, sin embargo, por carencia de recursos económicos, este laboratorio no opera en toda su capacidad.

- Centro de Información y Asesoramiento Toxicológico CIATOX (público) EL Centro de Información y Asesoramiento Toxicológico, CIATOX, pertenece al Ministerio de Salud Pública y está ubicado en el Instituto Nacional de Higiene Leopoldo Izquieta Pérez, Zona Norte en Quito. El Centro da información sobre procedimientos de atención en caso de intoxicaciones y asesoría para prevención de incidentes para personas expuestas a sustancias. Lleva un registro de las intoxicaciones que solicitan asesoramiento. Además hace el procesamiento estadístico de la información nacional disponible sobre intoxicaciones por sustancia para plaguicidas, medicamentos, productos químicos en general e intoxicaciones de salud pública (mordedura de animales) de la información del INEC. Se debe anotar que el INEC lleva las estadísticas con dos años de retraso. Con esto definen el perfil nacional de intoxicaciones el cual para el 2003 indica que la principal causa de intoxicaciones en el país es por plaguicidas y dentro de estos los organofosforados. Al funcionar en el Instituto Leopoldo Izquieta Pérez, tiene acceso al laboratorio que hace análisis de plaguicidas, en ropa, alimentos, detección de residuos.

Page 25: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

25

Es miembro de la Red de Toxicología para América Latina, RETOXLAB con quienes participan en procesos de intercambio de información.

- Centro Nacional de Información Toxicológica CENTOX (privado) El CENTOX forma parte de la Clínica Pichincha, cumple la función de atender emergencias médicas como intoxicaciones que se produzcan por el mal uso de los plaguicidas químicos en las labores agrícolas.

- Corporación para el Desarrollo de la Producción y el Medio Ambiente Laboral - IFA

IFA es una Corporación Ecuatoriano Sueca que viene trabajando en el país desde el año de 1990, su área de trabajo se enfoca hacia la investigación bajo diseños de epidemiología en los temas de Salud Ambiental y principalmente de Salud Ocupacional, está conformado por técnicos y consultores especializados a nivel nacional e internacional y para la realización de los análisis de laboratorio cuenta con convenios con Laboratorios Internacionales como el CDC de Atlanta. Ha trabajado en estudios de exposición, ingesta, efectos a la salud y daños cromosómicos en los trabajadores y comunidad cercana de las florícolas, bananeras, cultivos de brócoli, papas, mineras y petroleras obteniendo importantes resultados que se encuentran detallados en varias publicaciones científicas. IFA también se ocupa de la difusión de los resultados de sus investigaciones mediante la coordinación de charlas dirigidas a los productores, trabajadores y comunidad para lo cual cuenta con acuerdos de cooperación con instituciones como la CEOSL o la FENACLE.

- Centro Internacional de la Papa

El Centro Internacional de la Papa (CIP) es parte de una red global de investigación agrícola conocida como el Grupo Consultivo para la Investigación Agrícola Internacional CGIAR, busca mejorar la seguridad alimentaría, mediante la investigación científica y actividades relacionadas con la papa, el camote y otras raíces y tubérculos, y el manejo de los recursos naturales en los Andes.

La sede central del CIP está en Lima, también cuenta con estaciones experimentales en otras regiones andinas del Perú. El Centro tiene otra estación experimental en Quito y una red de oficinas regionales y colaboradores a nivel mundial. El CIP cuenta con un equipo de científicos internacionales proveniente de 25 países, que es apoyado por personal nacional.

- Fundación Natura La Fundación Ecuatoriana para la Protección y Conservación de la Naturaleza, es una organización no gubernamental, sin fines de lucro que fue creada en junio de 1978 y

Page 26: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

26

está encaminada al mejoramiento de la calidad de vida de la población mediante un manejo adecuado de los recursos naturales, biodiversidad y mejorando los patrones de producción y consumo. El campo de acción de Fundación Natura esta enfocado a la Educación Ambiental, Manejo Sustentable y Calidad Ambiental como parte de este último ha trabajado en diversos proyectos con industrias, instituciones de salud, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, autoridades y grupos comunitarios, en el área de productos químicos, manejo de desechos, gestión de riesgos y gestión urbana para el manejo adecuado de productos químicos por parte de las empresas que los producen y/o trabajan con ellos, mediante la implantación de un conjunto de prácticas de mejora continua en aspectos de seguridad industrial, salud ocupacional y protección ambiental durante todo el ciclo de vida, además, el mejoramiento de los sistemas de transporte, distribución, almacenamiento, uso y disposición final de estos productos para minimizar el impacto ambiental.

- Sociedad de Lucha Contra el Cáncer - SOLCA

La Sociedad de Lucha Contra el Cáncer SOLCA, es una Institución de derecho privado con finalidad de servicio público, creada con el propósito de efectuar la Campaña Nacional Contra el Cáncer en el Ecuador. SOLCA realiza campañas orientadas a la enseñanza e investigación cancerológica, utiliza mecanismos de difusión como charlas, simposios, jornadas oncológicas, congreso, además cuenta con equipos de análisis altamente especializados y de última generación. Mediante la aplicación de convenios interinstitucionales SOLCA se puede constituir en una excelente fuente de información sobre riesgos a la salud de trabajadores expuestos a productos químicos peligrosos.

- Red de Acción en Plaguicidas y sus alternativas de América Latina, RAPAL Es una red de organizaciones, instituciones e individuos que integra 17 países de América Latina y el Caribe y que fue fundada en junio de 1983. Desde septiembre de 1999, Acción Ecológica es el punto focal de Rapal para Ecuador. Esta Red tiene como objetivos capacitar, informar, vigilar y lograr la participación ciudadana en los diversos aspectos que tienen que ver con el manejo, eliminación y legislación sobre los plaguicidas así como también sobre propuestas de alternativas al uso de agrotóxicos. Trabajan en la defensa de la soberanía alimentaria a través de la ejecución de varios ejes de acción como talleres, intercambio de experiencias e información de otros países, feria de semillas, participación en redes y campañas internacionales, publicaciones.

Page 27: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

27

6.1.3. Infraestructura técnica disponible En el siguiente cuadro se presenta información sobre las capacidades operativas existentes de las organizaciones y laboratorios relacionados con la aplicación del Convenio de Rótterdam

Institución Capacidad Operativa Fija

Capacidad Operativa Temporal

Observaciones relacionadas con la implementación del Convenio

Ministerio del Ambiente – Secretaría Técnica – Quito Subsecretaría de Gestión Ambiental Costera

MAE Quito 2 Funcionarios fijos MAE Guayaquil 1 Técnico Subsecretaría de Gestión Ambiental Costera

1 técnico, contrato temporal hasta diciembre/2006

Se necesita al menos 2 técnicos de apoyo dedicados exclusivamente al tema, para asegurar la aplicación y seguimiento del plan de implementación del Convenio en el país. Se necesita apoyo para la identificación de posibles donantes que apoyen la investigación y el establecimiento de mecanismos de difusión e intercambio de información. (Plataforma electrónica tipo TIC) Firmar convenios con instituciones como la Unidad de Protección Ambiental de la Policía Nacional, la Corporación Aduanera Ecuatoriana – Servicio de Vigilancia Aduanera, Ministerio de Salud Pública, entre otros.

Ministerio de Agricultura – SESA

SESA Matriz 3 técnicos Ingenieros Agrónomos y 1 auxiliar administrativo SESA Guayaquil 2 técnicos SESA a nivel nacional 1 Ingeniero Agrónomo y 1 médico veterinario en cada provincia

No tiene, todos son fijos

El personal existente en el SESA es insuficiente para el cumplimiento de las responsabilidades propias de la organización, lo que limita la implementación adecuada de convenios internacionales dentro de los cuales se encuentra el de Rótterdam. Se ha firmado un convenio con la Unidad Ambiental de la Policía Nacional para control post registro.

Ministerio de Trabajo – Unidad de Seguridad y Salud

3 funcionarios tiempo completo

1 médico especialista a medio tiempo

A la fecha no disponen de recursos humanos y técnicos para levantar información sobre la situación de la salud laboral de los trabajadores. Existe poca información entregada por ONGs que trabajan en el tema. El Ministerio del Trabajo no ha ratificado convenios de la OIT, relacionados con sustancias químicas como el C170 Convenio sobre Productos Químicos, el C174 Convenio sobre la prevención de accidentes industriales mayores.

Ministerio de Salud Pública –Salud Ambiental

1 técnico No dispone

Requiere personal técnico para cumplir con sus funciones. Debería coordinar con los Centros de Información toxicológica lo relacionado a información sobre intoxicaciones en el país.

Corporación Aduanera Ecuatoriana

1 Gerencia General 12 Gerencias Distritales 2 Subgerencias de Zona de Carga Aérea

Las unidades que podrían apoyar a la implementación del Convenio no tienen conocimiento sobre las obligaciones que el país tiene, ni la forma como ellos pueden apoyar para que la aplicación sea eficiente.

Page 28: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

28

Institución Capacidad Operativa Fija

Capacidad Operativa Temporal

Observaciones relacionadas con la implementación del Convenio

Laboratorios de análisis SESA 3 fijos y 2 a contrato

Es un laboratorio que pertenece a la AND para plaguicidas. Es el único laboratorio reconocido para productos de exportación. En general tiene equipamiento adecuado. Necesitan capacitación en Aseguramiento de la Calidad y Control de Calidad (372845 – 2370528 Dra. Olga Pazmiño o Lilian Recalde). Cuenta con la capacidad para análisis de residuos de plaguicidas en agua y suelo pero no realiza estos estudios

CIATOX 2 médicos, funciona 12 h no

Al momento no tienen capacidad para atender las 24 horas. No se ha definido en el país dentro del Código Internacional de Enfermedades, aquellas que desde el punto de vista toxicológico o generadas por determinadas sustancias, lleven a una alerta y por tanto se deba profundizar la información del registro.

Laboratorio de la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica

2 técnicos fijos 2 técnicos temporales

Requieren entrenamiento en preparación de muestras, análisis instrumental, preparación de los diagramas de flujo para control de calidad, uso de material de referencia en laboratorio y procedimientos de validación en general.

Adicionalmente se presenta información más detallada sobre la capacidad nacional de los laboratorios que pueden realizar análisis para apoyo en investigaciones relacionadas con las sustancias que regula el Convenio.

Page 29: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

29

Tabla No. 3 Infraestructura de laboratorios con capacidad de análisis para ciertos productos controlados por el Convenio

Nombre/ Descripción del Laboratorio Localización Equipo/

Capacidades Analíticas Disponibles Acreditación (si la

hay, por quién)

BPL certificadas1

(si o no) Propósito

Laboratorio del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuario

Tumbaco

Cromatografía de Gases GC Cromatografía Líquida de Alta Eficiencia HPLC Espectroscopia UV/VIS Oxidizador nuclear

No

No

Control de calidad de plaguicidas y productos veterinarios Análisis de residuos de plaguicidas Soporte para ensayos de campo de eficiencia de plaguicidas

Laboratorio del Instituto Nacional de Higiene Leopoldo Izquieta Pérez

Nacional, en las provincias

Equipo básico para análisis de alimentos Cromatografía de Gases GC Cromatografía Líquida de Alta Eficiencia HPLC

Sí, mediante Reglamento de Acreditación de Laboratorios de Salud Pública

Control de calidad de alimentos y análisis de productos que requieren Registro Sanitario. Análisis toxicológicos en muestras biológicas o alimentos, sustancias, brazo ejecutor de la función judicial para casos forenses.

Laboratorios del Instituto de Ciencias Químicas de la Escuela Superior Politécnica del Litoral

Campus La Prosperina

Espectroscopia de Absorción Atómica AA Espectroscopia UV/VIS Cromatografía de Gases GC Cromatografía Líquida de Alta Eficiencia HPLC Equipo básico para análisis de petróleos

En proceso Sí

Prestación de servicios en análisis de alimentos, hidrocarburos y contaminación ambiental e investigación. Plaguicidas

Laboratorios de Suelos, Aguas y Fertilizantes del INIAP, a nivel nacional

Estación Experimental Santa Catalina

Equipo básico para análisis químico de suelos, aguas y fertilizantes Espectroscopia de Absorción Atómica AA Espectroscopia UV/VIS

En proceso

No

Apoyo a trabajos de investigación nacional Prestación de servicios

Laboratorios de la Facultad de Ciencias Químicas de la Universidad Central

Quito, Ciudadela Universitaria

Equipo básico para análisis de aguas Equipo básico para análisis de alimentos Espectroscopia de Absorción Atómica AA Espectroscopia UV/VIS Espectroscopia IR Cromatografía de Gases GC Cromatografía Líquida de Alta Eficiencia HPLC

Sí En el área de alimentos, por medio de Metrología, Normalización, Auditoria y Certificación del MICIP

No

Prestación de servicios en análisis de aguas, alimentos y ambiente.

Laboratorio del Departamento de Ciencias Químicas de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador

Quito

Espectroscopia UV/VIS Turbidimetría Electroforesis Incubador DBO Calorímetro adiabático

No

No

Prestación de servicios en análisis de alimentos, aguas, suelos, minerales y contaminación por metales pesados. Plaguicidas

Laboratorio de la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica

Quito Cromatografía de gases con detector ECD-NPD HPLC UV Visible

En proceso Si Análisis de sedimentos, PCB, suelos, alimentos, peces, bivalvos, efluentes y plantas.

Page 30: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

30

6.1.4. Bases de datos existentes, sistemas de monitoreo, accesibilidad y uso El Perfil Nacional indica la existencia de las siguientes bases de datos:

Clase de Información Localización Fuente (s) Quien tiene

acceso Forma de

Acceso Formato

Estadísticas de Producción

Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INEC Ministerio de Salud Pública MSP, Departamento de Estadística

Base de Datos Registros

Público Funcionarios, Público

Biblioteca Compra de Información Solicitud

Publicación Hoja electrónica Hoja electrónica

Estadísticas de Exportación

Banco Central del Ecuador BCE Corporación Aduanera Ecuatoriana CAE Ministerio de Salud Pública MSP

Base de Datos Base de Datos Registro Sanitario

Público Público Instituto Nacional de Higiene, Control Sanitario

Biblioteca Página web Solicitud Registros Ingreso a Base de Datos

Publicaciones Archivos electrónicos www.bce.fin.ec Hoja electrónica Hoja electrónica

Reportes de Accidentes Industriales

Ministerio de Salud Pública MSP, Epidemiología Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INEC Cuerpos de Bomberos Ministerio del Trabajo MTRH Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS

EPI 2, Registros Ministerio de Salud Pública MSP Registros Inspección de Trabajo Registros

Personal Técnico Público Público Público Público

Registros Mensuales Biblioteca Compra de Información Solicitud Solicitud Solicitud

Hoja electrónica Publicaciones Hoja electrónica Informe Informe Informe

Estadísticas del Uso de Sustancias Químicas

CONSEP Solo para sustancias estupefacientes y psicotrópicas

Información Ocupacional de Salud (sector agrícola)

Ministerio de Salud Pública MSP, Servicio de Salud Servicios de Salud de Empresas Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS

Programa de Salud Ocupacional Registros del servicio Médico Registros

Empresas, Personal Técnico Relaciones Industriales de Empresas Público

Solicitud Departamentos de Riesgos del Trabajo del IESS Solicitud

Formularios de producción de Servicios de Salud Informes escritos Informe

Page 31: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

31

Estadísticas de Intoxicación

Ministerio de Salud Pública MSP, Servicio de Salud Servicios de Salud de Empresas Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS Universidad Central del Ecuador, Facultad de Ciencias Químicas, Centro de Información de Medicamentos y Tóxicos CIMET CIATOX

Programa de Salud Ocupacional Registros del servicio Médico Registros Registros Registros

Empresas, Personal Técnico Relaciones Industriales de Empresas Público Público Interna

Solicitud Departamento de Riesgos del Trabajo del IESS Solicitud Solicitud, fax, e-mail Solicitud

Formularios de producción de Servicios de Salud Informes escritos Informe Informe Informe

Información de Desechos Peligrosos

Ministerio del Ambiente MA Ministerio de Salud Pública MSP, Dirección Nacional de Salud Ambiental DINASA en provincias

Base de Datos Sistema de Evaluación de Desechos Peligrosos

Funcionarios Personal técnico Público

Petición directa Solicitud

Hoja electrónica Hoja electrónicaFichas de evaluación

Registro de Plaguicidas

Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria SESA Ministerio de Salud Pública MSP, Control Sanitario, Instituto Nacional de Higiene Servicio de Información y Censo Agropecuario SICA

SESA Registro Unificado de Plaguicidas SESA

Público Personal Técnico Público

Solicitud Registros, Base de Datos Página web

Informe Hoja electrónica www.sica.gov.ec

Registro de Sustancias Químicas Tóxicas

Ministerio del Ambiente MA

Base de Datos

Funcionarios

Petición directa

Hoja electrónica

Inventario de Sustancias Químicas Existentes

--- --- --- --- ---

Registro de Importaciones

Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria SESA Ministerio de Salud Pública MSP, Control Sanitario, Instituto Nacional de Higiene Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización y Pesca MICIP

Registros SESA Base de datos Base de Datos

Público Público Sector Público

Solicitud Biblioteca Archivos electrónicos Solicitud

Informe Hoja electrónica Hoja Electrónica

Registro de Productores

Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria SESA Ministerio de Salud Pública MSP, Control Sanitario, Instituto Nacional de Higiene

Registros SESA Registro Sanitario

Público Público

Solicitud Solicitud

Informe Hoja electrónica

Decisiones CFP

Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria SESA

Base de Datos

Público

Solicitud

Informe

Page 32: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

32

Ministerio del Ambiente Internet

Base de Datos UNEP y FAO

Funcionarios Público Público

Petición directa Solicitud Páginas web

Informe http://www/pic.int

Listado de Productos Químicos Prohibidos

Ministerio del Ambiente MA Cámara de Industrias de Guayaquil

Acuerdo Ministerial N° 046 publicado en el Registro Oficial N° 324 del 11 de mayo de 2001 Ministerio del Ambiente

Público Público

Registro oficial Página web

Impreso www.cig.org,ec/ambiente

Registro de Personas Naturales y Jurídicas que Importan, Exportan, Comercializan, Producen o Consumen Sustancias Sujetas a Fiscalización

Esta información está completa solo para Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas CONSEP

Base de Datos y Archivos

Funcionarios, Sector Público y Privado

Solicitud

Hoja electrónica

6.1.5. Grado de concienciación, comprensión y competencia del gobierno, las fuerzas

de trabajo y los miembros de la sociedad sobre el Convenio Las Autoridades Nacionales Designadas por Ecuador son las mismas instituciones del gobierno encargadas del control de la gestión de plaguicidas y productos de uso industrial y han estado involucradas en el proceso de negociación y seguimiento del Convenio por tanto tienen un nivel de concienciación importante, conocimiento del convenio y sus mecanismos de acción, pero que necesita reforzarse, sobre todo entre los técnicos del SESA. En cuanto a la competencia3 actual de las organizaciones se puede decir que disponen de personal técnico con educación y formación sólida en el tema de gestión de productos químicos, no obstante, no se ha desarrollado todavía las habilidades necesarias y la experiencia porque se está iniciando con este proceso de implementación del Convenio. Se debe añadir adicionalmente que los técnicos designados para esto tienen que cumplir con funciones inherentes a sus cargos que les restan el tiempo suficiente para acelerar los procesos de aprendizaje y una implementación más ágil.

3 La competencia profesional está dada por el nivel de educación, formación adicional, habilidades y experiencia en una determinada área

Page 33: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

33

7. ANALISIS DE DEBILIDADES Y CARENCIAS POTENCIALES

Obligación: Notificación de las acciones reguladoras finales, Artículo 5

Objetivos Capacidades existentes Carencias

Bases Legales Procesos de Decisión Documentación Bases Legales Procesos de Decisión Documentación Procedimientos para iniciar notificaciones en respuesta a la adopción del acto regulador final: procedimientos administrativos obligatorios mediante los cuales el ente regulador (si son diferentes de la AND), informa a la AND sobre acciones reguladoras finales y la AND informa a la secretaría.

Plaguicidas: El SESA tiene facultad para otorgar o retirar el registro de plaguicidas y formulaciones así como a importadores, exportadores y distribuidores. Por tanto está en capacidad de regular y notificar de esto a la Secretaría. Productos de uso industrial: El marco legal que le ampara a la Secretaría Técnica no le permite mantener control para ingreso y uso. Por tanto las decisiones tomadas se hacen efectivas una vez que se ha conseguido modificar el arancel de importaciones. Solo en ese momento se puede notificar a la Secretaría.

Plaguicidas: La decisión de otorgar, someter a revisión, suspender o cancelar el registro la tiene el SESA, y para ello se basa en la evaluación realizada por el Comité Nacional de Plaguicidas y Productos de Uso Veterinario. Productos de uso Industrial: El Comité Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos tiene facultad de tomar decisiones de prohibir o restringir un PQP, sobre propuestas realizadas por la Secretaría Técnica. Sin embargo, para su aplicación real, se debe acudir a la modificación del arancel de importaciones a través del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones, COMEXI. El procedimiento que se sigue para hacer esta modificación es a través de

Plaguicidas: Para otorgar el registro de un plaguicida, el proponente debe presentar un dossier, el cual contiene información sobre evaluaciones técnicas agronómicas, toxicológicas y ecotoxicológicas. Esta información es archivada en el SESA. Para el caso de los productos del Anexo III, la decisión ha sido tomada sobre la base de información internacional. El Ministerio del Ambiente no está otorgando licencias de importación. Las decisiones tomadas sobre los productos del Anexo III han estado basadas en información internacional. Para los dos casos se mantienen un registro de la documentación de las decisiones tomadas.

Plaguicidas: La decisión tomada por el SESA no es adoptada automáticamente por el COMEXI, quien autoriza la modificación del Arancel de Importaciones. Productos de uso industrial: A pesar de que el Comité Nacional para la Gestión de PQP tome la decisión de prohibir o restringir un producto, esta decisión no tiene validez puesto que la Secretaría Técnica no ejerce ningún control operativo. Para que la decisión sea efectiva es necesario negociar con el COMEXI. Se han requerido de uno a dos años de negociación para la prohibición de una partida arancelaria. Existe una gran dificultad al momento de cancelar una partida arancelaria,

Las dos ANDs no cuentan con un procedimiento formal interno para realizar las gestiones administrativas necesarias de respuesta a la Secretaría del Convenio. Si hay prohibición de un producto químico para uso agrícola puede quedar abierto el uso industrial.

Page 34: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

34

Obligación: Notificación de las acciones reguladoras finales, Artículo 5

Objetivos Capacidades existentes Carencias

Bases Legales Procesos de Decisión Documentación Bases Legales Procesos de Decisión Documentación carta enviada por el Ministerio que solicita, con toda la justificación técnica, sea incluido para discusión al interior del Consejo la cancelación de una partida. El Consejo solicita criterio técnico a otras organizaciones o crea comisiones de trabajo para revisar la documentación y generar un documento para tomar una decisión. Este proceso puede llevar varios meses. La situación se complica cuando la sustancia que se quiere regular no tiene partida arancelaria propia, en cuyo caso primero se la debe crear. Una vez que el COMEXI toma una decisión, se informa a la CAE y se publica en el Registro Oficial. En este momento, se procede con la actualización del Arancel de Importaciones y notificación a todos los usuarios, sobre la prohibición o restricción de importación.

debido a que algunos Productos Químicos no cuentan con una partida arancelaria propia.

Page 35: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

35

Obligación: Notificación de las acciones reguladoras finales, Artículo 5

Objetivos Capacidades existentes Carencias

Bases Legales Procesos de Decisión Documentación Bases Legales Procesos de Decisión Documentación Información y documentación sobre el ámbito de la Acción Final Reguladora (AFR), por ejemplo, identificación del producto químico, tipos de formulaciones, usos prohibidos, efectos esperados en la acción reguladora final (conforme al Anexo I, donde esté disponible).

Plaguicidas: SESA solicita dossier con toda la información técnica, la cual incluye la información del producto, además de la parte agronómica, toxicológica y ecotoxicológica. Productos de uso industrial: La Secretaría Técnica está en proceso de iniciar un registro para lo cual se solicitará esta información. A la fecha no está implementado.

Plaguicidas: El SESA por cuenta propia o a solicitud de un tercero, tiene potestad de iniciar el análisis de un producto, para lo cual se basa en la información presentada en el dossier. Cuando esto no es suficiente hace investigación por Internet. En lo relacionado a ambiente y salud, se pide el dictamen técnico por parte de los MAE y MSP que establece el riesgo/ beneficio se puede establecer una decisión Pide información a los ministerios de ambiente y salud a través del Comité Nacional. Productos de uso industrial: En caso de requerir información sobre las sustancias se acude a consultas a organismos especializados como la OPS/OMS, IARC (Centro de Investigación del Cáncer), o por Internet.

Las ANDs han cumplido con la notificación de la Medida Reglamentaria Firme en función de los requerimientos establecidos por la Secretaría en el Artículo 5 y mantienen un registro de lo enviado. Han recibido observaciones que han sido corregidas oportunamente.

Productos de uso industrial: Debe implementar los procesos de registro, para lo cual ya cuenta con una propuesta en borrador.

Productos de Uso Industrial: Actualmente no existe un procedimiento que disponga que las empresas involucradas en la cadena de gestión de las sustancias químicas estén obligadas a entregar esta información. Al momento no se toma en cuenta al Ministerio de Trabajo para los dictámenes técnicos de uso, peligro y riesgo de los plaguicidas. Se establece como sugerencia esta inclusión en el Comité de Evaluación de PQ.

Page 36: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

36

Obligación: Notificación de las acciones reguladoras finales, Artículo 5

Objetivos Capacidades existentes Carencias

Bases Legales Procesos de Decisión Documentación Bases Legales Procesos de Decisión Documentación Información con las razones de la AFR, incluyendo una valoración del peligro o riesgo.

La valoración de peligros y riesgos sobre la salud humana la tiene el Ministerio de Salud Pública, sobre los trabajadores el Ministerio del Trabajo y en el tema ambiente, el Ministerio del Ambiente. Se dispone cierta información sobre productos que han sido alertados por la comunidad internacional. En la mayoría de los casos, la información y documentación utilizada por las ANDs corresponde a la enviada por la Secretaría del Convenio, información recogida de Internet, de centros de investigación nacional e internacional y la información de la evaluación de riesgo ambiental contenida en los dossier de los plaguicidas.

Los ministerios correspondientes tienen la competencia para realizar evaluaciones de peligro y riesgo, pero al no ser una prioridad del Estado, los recursos para investigación en este campo son muy limitados o inexistentes. La información que disponen actualmente es muy limitada y no permite la toma de decisiones. Por otro lado, no se ha trabajado en el establecimiento de convenios de cooperación que permita el intercambio de información con el Ministerio del Trabajo, Unidad de Riesgos del IESS, entre otras.

Información y documentación para apoyar las decisiones reguladoras nacionales sobre químicos incluyendo decisiones de importación y AFR.

Por las debilidades identificadas anteriormente, las regulaciones que se han tomado hasta el momento, para sustancias de uso industrial han sido sobre sustancias del Anexo III del Convenio. En el caso de plaguicidas si se han prohibido el registro de otras sustancias que aún no se ha notificado en la secretaría. El análisis de información para la toma de decisiones se ha efectuado principalmente entre el Ministerio de Agricultura y el Ministerio del Ambiente, en función de los estudios enviados por la Secretaría del Convenio, sin embargo, se cumple con consultar e informar al sector industrial involucrado para determinar los impactos esperados después de tomar una Medida Reglamentaria Firme. Las medidas reglamentarias no se vuelven efectivas mientras no se modifique el Arancel de Importaciones, para lo cual se debe iniciar el proceso con el COMEXI, tal como se indicó anteriormente.

El sector industrial presenta resistencia para la cancelación del registro de un producto químico peligroso, siempre y cuando no exista alternativa de sustitución. Algunos miembros del COMEXI también presentan resistencia a las decisiones de cancelación de registro por considerar que afectan al comercio.

No existen los canales para utilizar información validada sobre estudios científicos, inventarios de emisiones, información de afectación a los trabajadores, afectación al ambiente, registro de preparación y respuesta a accidentes, y las inspecciones y auditorias de sustancias químicas sujetas a fiscalización no cuentan con registros o son inexistentes.

Page 37: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

37

Obligación: Procedimientos para las formulaciones de pesticidas altamente peligrosos, Artículo 6

Objetivos Capacidades existentes Carencias Comunicación Documentación Comunicación Documentación Sistema de vigilancia del uso de plaguicidas y documentación de incidentes causantes de problemas en la salud o medioambientales bajo condiciones de uso y para la identificación de formulaciones.

Una parte de la información de incidentes causados por el uso de plaguicidas es reportada de los Centros o Subcentros de Salud al Ministerio de Salud. El Centro de Información Toxicológica, CIATOX, se encuentra trabajando en la sistematización de información sobre incidentes de intoxicaciones. Se conoce que algunas ONGs han iniciado estudios de intoxicaciones crónicas en el campo de salud ocupacional y afectación al ambiente entre las que se puede mencionar a IFA – Uso de plaguicidas en cultivo de flores, Organización Internacional de la papa. Fundación Natura – Afectación del plomo de las gasolinas, Centro Internacional de la Papa – uso de carbofuran. La Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres, CEOLS ha venido participando en las reuniones sobre la gestión de sustancias químicas, y ha realizado actividades de difusión sobre el uso adecuado de plaguicidas a través de sus organizaciones sindicales (sector florícola, bananera, campesina) como la FENACLE en el área bananera. También se debe mencionar el CIMETOX, CENTOX y RAPAL que cuentan con

El SESA realiza control postregistro mediante un convenio con la Unidad Ambiental de la Policial Nacional, ésta visitas de inspección se realizan conjuntamente con el personal del SESA en los almacenes y distribuidores para la verificación del cumplimiento de las características de los productos en función de: (1) su registro, (2) que no se expenda productos de contrabando, (3) no este caducado, (4) que cumpla con las etiquetas. En cada provincia se determinan la frecuencia de monitoreo y control. En cuanto al registro de accidentes industriales y de transporte, es registrado por el MSP, INEC, Cuerpo de Bomberos, Ministerio de Trabajo e IESS.

No existen un sistema nacional de vigilancia toxicológica ni canales de transferencia de información del Ministerio de Salud Pública, Cuerpo de Bomberos, Ministerio de Trabajo o IESS a las ANDs para la creación de una base de datos. Por otro lado, se puede pensar que existe un subregistro de incidentes porque la población afectada no los reporta. No existe una suficiente capacidad para informar sobre los estudios que hacen las ONGs a los organismos gubernamentales que requieren de esta información para la toma de decisiones No están definidos los pasos básicos de una investigación en estos temas, de tal modo de tener garantía de los resultados de las investigaciones realizadas y que efectivamente sirvan para la toma de decisión.

El control postregistro que realiza el SESA es únicamente de las características del producto en función de su registro, no está considerada la vigilancia del uso del plaguicida. Información y vigilancia de accidentes en el sector agrícola es limitada o inexistente. No se puede garantizar la calidad de la información recolectada por los dispensarios médicos y centros de salud por la falta de capacitación en temas toxicológicos por parte de los médicos. La información que recolectan en los dispensarios médicos es demasiado genérica, no se establece exactamente que plaguicida generó el incidente o intoxicación. El registro de accidentes industriales y de transporte no es completo, sistematizado y al cual se tenga fácil acceso.

Page 38: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

38

Obligación: Procedimientos para las formulaciones de pesticidas altamente peligrosos, Artículo 6

Objetivos Capacidades existentes Carencias Comunicación Documentación Comunicación Documentación

información sobre incidentes por el mal uso de plaguicidas y monitoreo de uso.

Proporcionar información especificada en el Anexo IV, uso de formularios de reporte específicos: efectos adversos, modo de uso, nombre y tipo de formulación y cantidad de ingredientes relativa.

Existen pocas organizaciones no gubernamentales que pudiesen apoyar en la recolección de información sobre envenenamientos. Se puede mencionar a IFA, Organización Internacional de la Papa, Fundación Natura, Rapal – Acción Ecológica, CIMUF, principalmente. Adicionalmente se ha visto viable la recolección de información a través de las escuelas de Ingenieros Agrónomos existentes en el país.

Existen centros de información toxicológica pero que son poco conocidos y tienen capacidad limitada. El CIATOX conoce el formulario.

No se ha establecido de manera formal el compromiso de uso del formulario de reporte específico, el cual de manera voluntaria ha sido entregado al CIATOX y al Ministerio de Salud. No se ha hecho un seguimiento de su implementación. A la fecha no se dispone de capacidad técnica para validar y procesar la información de los formularios. No se está haciendo uso de estas herramientas. Los proponentes de un producto para registro la información confidencial dentro del dossier.

Información sobre las pautas de uso de plaguicidas específicos y formulaciones de plaguicidas en el país.

La base de datos del SESA contiene la siguiente información: nombre comercial, ingrediente activo, formulante, pero no cuenta con información toxicológica (referida en el Anexo IV) y que es confidencial La información confidencial es de uso restringido y solo se da a pedido de un Juez, la Norma Andina especifica cual es la información confidencial.

Toda la información sobre las pautas de uso, componentes y demás esta determinada en los expedientes técnicos de cada plaguicida, esta documentación es evaluada para el registro del producto. Organizaciones industriales, sindicatos u ONGs pueden tener acceso a esta información a solicitud de los interesados.

Parte de la información de los expedientes técnicos no es de acceso al público. La Norma Andina indica la información confidencial.

Capacidad para determinar: nombre y tipo de formulación, nombres y cantidad relativa de ingredientes.

A través del registro del plaguicida se puede acceder al dossier, el cual contiene toda la información.

Existe infraestructura técnica conformada por laboratorios pertenecientes a instituciones gubernamentales, de investigación, universidades y privados que realizan diversos análisis, por ejemplo el laboratorio del SESA realiza análisis de composición y cuando se requiere realiza análisis de residuos,

El mecanismo existente para acceder a la información no restringida del dossier puede ser mejorado.

Hay la capacidad para análisis en matrices ambientales (residuos de plaguicidas en suelo y agua) pero no se ha hecho estos estudios por parte del control del SESA ni del Ministerio del Ambiente. No se tiene asignado recursos ni se ha formulado programas

Page 39: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

39

Obligación: Procedimientos para las formulaciones de pesticidas altamente peligrosos, Artículo 6

Objetivos Capacidades existentes Carencias Comunicación Documentación Comunicación Documentación

generalmente en alimentos de exportación Los laboratorios están acreditados o en proceso de acreditación según Norma ISO 17025. Los costos de acreditación son un limitante para los laboratorios

que costeen estos análisis.

Page 40: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

40

Obligación: Desarrollo de respuestas de importación, Artículo 10

Objetivos Capacidades existentes Carencias Bases Legales Procesos de decisión Documentación Bases Legales Procesos de decisión Documentación Leyes nacionales /medidas administrativas para asegurar plazos de decisión adecuados en la futura importación de químicos listados en el Anexo III, o para la toma de decisión provisional pendiente de información.

Las ANDs cuentan con bases legales que les permiten actuar para la cancelación de los productos químicos, sin embargo, para el caso de productos químicos de uso industrial, el Régimen Nacional de Gestión de Productos químicos Peligrosos del MAE no tiene la suficiente fuerza legal frente al COMEXI. El RNGPQP fue creado mediante Decreto Ejecutivo, y por lo tanto al ser una norma jerárquicamente inferior a las Leyes, es una norma que no se puede aplicar cuando hay contradicción con lo preceptuado por una de mayor jerarquía como las leyes; así tenemos que existe la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Ley de Plaguicidas, Código de la Salud, Ley de Hidrocarburos, Ley de Tránsito, Ley de Comercio Exterior e Inversiones, entre otras que van a prevalecer sobre estas normas en el caso de contradicción.

Las decisiones son tomadas conforme lo indicado en el Art. 5

Se dispone de la información proporcionada por la secretaría del Convenio.

La falta de fuerza legal de la Secretaría Técnica de PQP del MAE genera dilatación en los tiempos de toma de decisiones. El COMEXI fue creado bajo el amparo de la Ley de Comercio Exterior e Inversiones y prevalece sobre el Régimen que es creado por Decreto Ejecutivo. Desde esta perspectiva, es importante trabajar en la elaboración de la Ley para el Control de Mercancías Peligrosas. Además, el MAE no es miembro del COMEXI. Sin embargo se debe anotar que la Organización Mundial del Comercio está indicando que uno de los temas que cobrará fuerza a futuro para regular el comercio es justamente el ambiental.

De manera general a las ANDs les toma algo más de un año concluir los tramites hasta poder notificar a la Secretaría del Convenio. Los trámites en el COMEXI retardan el proceso por varios meses.

Las ANDs no tienen definidos procedimientos internos de gestión, sin embargo, cumplen con las gestiones necesarias para alcanzar una medida reglamentaria firme apoyados en la información proporcionada por la Secretaría del Convenio. Se deben generar estudios específicos a través de Proyectos que permita a la AND tomar una decisión a tiempo. Esto sería mejor trabajarlo a nivel regional. En este sentido, la Comunidad Andina de Naciones, CAN, ha elaborado la Agenda Ambiental Andina, la cual incluye nuevos temas propuestos en calidad ambiental (Sustancias, materiales y desechos peligrosos) que ha sido puestos en consulta.

Page 41: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

41

Obligación: Desarrollo de respuestas de importación, Artículo 10

Objetivos Capacidades existentes Carencias Bases Legales Procesos de decisión Documentación Bases Legales Procesos de decisión Documentación Prohibición de uso doméstico /producción de productos químicos del Anexo III, donde se haya tomado decisión de importación negativa, la AND requiere información de todos los productores, usuarios.

El Ecuador no es productor de las sustancias químicas del Anexo III Debido a que los plaguicidas del anexo III están prohibidos y cancelado el registro legalmente no se pueden realizar importaciones al país Para el caso de re-exportaciones, se necesita sacar una autorización del SESA, la cual aplica el procedimiento CFP. La autorización se da a nivel de Acuerdo Ministerial. De ser este el caso, la empresa debe pagar todos los costos.

No han llegado solicitudes de importación cuando esta cancelado el registro

Una vez cancelado el registro y la partida arancelaria de los productos químicos peligrosos las ANDs cumplen con las notificaciones respectivas a la Secretaría. Al cancelar la partida arancelaria se asegura que no existirán importaciones o exportaciones.

Productos de uso industrial: No se tiene definido un mecanismo a nivel nacional que permita regular el uso de los químicos que queden remanentes en el país luego de la cancelación de la partida arancelaria. El mecanismo más viable para evitar el tráfico ilegal de remanentes es a través del registro de PQP en el cual se declare al menos cantidades, usos, lugar de almacenamiento, fecha de caducidad.

No está claramente establecido que los remanentes que quedarían luego de que un producto ha sido prohibido o se ha cancelado su registro, se transformaría en un desecho peligrosos. Se entiende que esto sucedería una vez cumplido un período de tiempo otorgado por la autoridad para retirarlo del mercado, lo cual puede involucrar una reexportación.

Como parte de la evaluación de la documentación se ha detectado que la AND no ha enviado las notificaciones de importación

Sistema para aplicar decisiones de importación negativas, aplicación consistente para todas las fuentes de importación.

Plaguicidas: Una vez cancelado el registro de un plaguicida se prohíbe la formulación, comercialización, importación y exportación y empleo de ese producto.

La documentación se publica en el registro oficial y la actualización de la cancelación de la partida arancelaria se realiza en la CAE

Productos de uso industrial: Debido a que no se contaba con los procedimientos específicos, no se ha llegado ha implementar el registro nacional de productos químicos peligrosos ni la inscripción de personas naturales y jurídicas dedicadas a la gestión parcial o total de la gestión de PQP. Con la cancelación de la partida

Aún no se tiene establecido un mecanismo de comunicación a todos los involucrados sobre las decisiones tomadas sobre la base de lo requerido en el convenio.

Page 42: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

42

Obligación: Desarrollo de respuestas de importación, Artículo 10

Objetivos Capacidades existentes Carencias Bases Legales Procesos de decisión Documentación Bases Legales Procesos de decisión Documentación

arancelaria, en el Arancel de Importaciones4, se asegura que el producto no se importe o re-exporte pero no se tiene control sobre las existencias en el país

Refuerzo de prohibiciones de producción domestica para uso domestico de productos químicos para los cuales decisión de importación negativa haya sido tomada.

El Ecuador no es productor de sustancias químicas del Anexo III si bien no es sintetizador de la molécula si realiza fraccionamiento (reenvase) y formulación. La Norma Andina regula esta actividad.

En la región existen países vecinos como Colombia y Venezuela que si son productores. Se desconoce si existen remanentes de estos productos que ingresan al Ecuador de contrabando.

La AND precisa el acceso a información sobre el estado regulador de los productos químicos del Anexo III.

Tanto para plaguicidas como para productos de uso industrial, las AND tienen competencia directa sobre la gestión de estos productos y por tanto son responsables del trámite de una decisión reglamentaria firme

Las aduanas informaron de las decisiones de importación nacionales, así como de otras Partes.

El COMEXI y la Corporación Aduanera Ecuatoriana forman parte del proceso de prohibición, restricción o cancelación de un producto químico.

Las aduanas desconocen las medidas reglamentarias existentes en otros países porque desconocen de la Circular CIP.

4 El Arancel de Importaciones es un instrumento de política económica y comercio exterior. La última actualización se hizo sobre la base de la Decisión 507 de la Comisión de la Comunidad Andina, el 6 de marzo del 2002 y se publicó en el Registro Oficial No. 547 de 3 de abril del 2002.

Page 43: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

43

Obligación: Desarrollo de respuestas de importación, Artículo 10

Objetivos Capacidades existentes Carencias Bases Legales Procesos de decisión Documentación Bases Legales Procesos de decisión Documentación Habilidad para difundir las decisiones de importación nacional a las industrias y otras partes involucradas en el comercio de productos químicos. La AND mantiene una lista de decisiones de importación de químicos del Anexo III y las comunica a la industria y comerciantes en productos químico.

Plaguicidas El SESA cuenta con el registro de las casas comerciales, distribuidores, importadores y exportadores. Además del proceso de consulta que involucra a las empresas comercializadores el SESA notifica a todos los registrados sobre la cancelación del registro de un plaguicida. Previo a la toma de una decisión, se convoca a todas las partes involucradas y se informa sobre el estado del producto dentro del convenio y sus razones. Se solicita una respuesta formal sobre objeciones a la decisión de importación. Esto dura aprox. 4 meses. Si no existe oposición se procede con la cancelación del Registro y se notifica a todas las empresas registradas. Además se indica el plazo que disponen para retirar el producto del mercado. La lista de decisiones de importación está constituida por las resoluciones de cancelación y que son publicadas en el Registro Oficial.

Productos de uso industrial: La Secretaría Técnica no dispone de un registro de todos los importadores, exportadores, comercializadores y distribuidores. Para tomar una decisión identifica a los actores involucrados con el manejo de una determinada sustancia, con los cuales se hace consulta y difusión. No se ha difundido la información sobre decisiones de importación a la industria y otras partes interesadas.

La AND pone al día el estado de regulación de químicos reseñados en el Anexo III.

Tanto para plaguicidas como para productos de uso industrial, las AND han informado a la Secretaría del Convenio sobre el estado de las medidas reglamentarias firmes. Se está en proceso de prohibición y regulación de los siguientes productos: metamidofos, benomilo (formulaciones polvo seco, carbofurano y tiram; tetraetilo de plomo y tetrametilo de plomo, crisotilo (asbesto)

Productos químicos de uso industrial: En el país, los procesos de toma de decisión sobre la respuesta a importaciones está tomando más tiempo de lo establecido en el Convenio. Esto sucede porque en unos casos no existen alternativas y en otros, las alternativas a las cuales el país puede acceder son muy costosas, esto hace que no se llegue a un acuerdo con los empresarios.

Acceso a los datos de producción doméstica, uso y exportación de químicos del Anexo III y otros químicos que han sido prohibidos o estrictamente restringidos.

La información relevante de la sustancias químicas es manejada por las distintas organizaciones gubernamentales como: MAE, SESA, CONSEP, MICIP, CAE, Banco Central, en función de sus competencias y cuentan con bases de datos, registros de archivo y están disponibles para el personal técnico de cada institución, empresas, público y se obtienen a través de la biblioteca, mediante solicitud directa y en pocos casos vía pagina web.

No existe una organización que centralice, valide y sistematice la información nacional relevante sobre los productos del Anexo III.

Page 44: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

44

Obligación: Desarrollo de respuestas de importación, Artículo 10

Objetivos Capacidades existentes Carencias Bases Legales Procesos de decisión Documentación Bases Legales Procesos de decisión Documentación Comunicar las decisiones de importación a la secretaría para incluir las decisiones nacionales de importación en la circular CIP.

Una vez cancelado el registro y la partida arancelaria de los productos químicos peligrosos las ANDs cumplen con las notificaciones respectivas a la Secretaría

En el país, los procesos de toma de decisión sobre la respuesta a importaciones está tomando más tiempo del establecido en el Convenio. Se deberá discutir el proceso mas adecuado para llegar a un consenso y en un menor tiempo. Por otro lado, como parte de la evaluación de la documentación se ha detectado que la AND no ha enviado las notificaciones de importación.

La industria está al tanto de las obligaciones para detener la producción para el uso doméstico de un producto químico sobre el cual una decisión de importación negativa ha sido tomada.

Las AND tienen competencia para informar a la industria sobre regulaciones adoptadas. El Ecuador no es productor de las sustancias químicas que hasta el momento se han incluido en el Anexo III

Si bien el Ecuador no es productos de las sustancias del Anexo III, no se ha informado a la industria sobre la prohibición de uso de estas.

Page 45: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

45

Obligación: Control de exportaciones de los productos químicos del Anexo III, Artículo 11

Objetivos Capacidades existentes Carencias Mecanismos de

Control Capacidades Documentación Intercambio de Información

Mecanismos de Control Capacidades Documentación Intercambio de

Información La AND requiere información sobre el uso doméstico, producción y alternativas apropiadas para los químicos del Anexo III.

El Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censo, INEC, genera anualmente un reporte de producción de químicos en general, el cual es una muestra representativa del país. La información está disponible al público a través de la biblioteca. Para el caso de plaguicidas, en el dossier se declaran los usos. Cuentan con acceso a fuentes bibliográficas internacionales

No existe un mecanismo que identifique los usos reales que se dan a los productos químicos. Debido a la falta de Centros de Investigación Nacionales es limitado el desarrollo científico para determinar alternativas de productos químicos y comunicar a las industrias y sectores agrícolas, tampoco existen esfuerzos sistemáticos del sector privado.

Habilidad para adaptar la legislación de forma a responder a la inclusión de nuevos químicos en el Anexo III.

Las ADNs cuentan con las competencias legales para realizar los cambios en la legislación que regula la parte técnica, no así la parte comercial. Sin embargo existen los espacios para negociar. Las ANDs hacen la evaluación correspondiente con la información técnica que envía la Secretaría del Convenio, hacen consultas con el sector privado a través de las organizaciones gremiales (Croplife, APROQUE), hacen consultas específicas con usuarios identificados. En función de las respuestas recibidas, sobre todo relacionadas con la existencia de un producto sustituto, se procede a recomendar al Director del SESA en el caso de plaguicidas ó al Comité Nacional de PQP, para el caso de productos de uso industrial, se proceda con la cancelación del registro o la inclusión en el listado de productos prohibidos o restringidos, respectivamente. Una vez que la decisión ha sido publicada en el Registro Oficial, se hace las gestiones ante el COMEXI. Para el caso del Ministerio del Ambiente, se ha realizado una última revisión del listado como parte de una consultoría que está en revisión de la Secretaría Técnica.

El Ministerio del Ambiente no es miembro del COMEXI y la Secretaría Técnica para la gestión de PQP fue creado por Acuerdo Ministerial; por tanto le es más difícil presentar modificaciones al arancel. Este no es el caso del Ministerio de Agricultura, aunque para este último, como ya se ha dicho, es un trámite complementario. La Ley de Plaguicidas y el Decisión 436 de la Norma Andina le otorgan al SESA atribuciones para ser la autoridad en materia de plaguicidas es así que la cancelación del registro o inclusión de restricciones al registro de un plaguicida o formulación es suficiente para regular su comercio luego de la publicación en el Registro Oficial. Se entendería que el arancel se modifica para estar actualizado con lo actuado por el SESA. En este caso las autoridades de Comercio (COMEXI, amparado en la Ley de Comercio Exterior e Inversiones) deben acatar lo que el SESA indica. Para el caso del Ministerio del Ambiente, el Régimen Nacional para la Gestión de PQP, fue creado por Decreto Ejecutivo, lo cual no le da suficiente fuerza legal sobre el tema. Por tanto, una resolución del Comité Nacional para la Gestión de PQP y su publicación en el Registro Oficial no tienen ningún efecto sobre el comercio internacional mientras no se modifique el Arancel de Importaciones. En la práctica, el COMEXI no ha tomado la decisión de modificar las partidas arancelarias sino una vez que ha entrado en vigencia el Convenio y el MAE ha sido reconocido como AND.

Page 46: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

46

Obligación: Control de exportaciones de los productos químicos del Anexo III, Artículo 11

Objetivos Capacidades existentes Carencias Mecanismos de

Control Capacidades Documentación Intercambio de Información

Mecanismos de Control Capacidades Documentación Intercambio de

Información

Prohibición de exportación de productos químicos listados en el Anexo III de acuerdo con las decisiones de importación de las Partes como especifica la circular del CIP.

Ecuador no ha exportado ni puede exportar los productos del Anexo III, en razón de que ha sido cancelada la partida arancelaria de los productos, excepto de metamidofos, benomilo formulaciones polvo seco, carbofurano y tiram; crisotilo, tetraetilo de plomo y tetrametilo de plomo. En cuanto a los plaguicidas, se ha cancelado su registro y por tanto está prohibida su exportación.

El MAE no cuenta con base legal para controlar las exportaciones y re-exportaciones de los productos químicos.

Cuando no haya respuesta de importación —la obligación de “no exportación” de 12 meses se aplica la, desde los 6 meses después que la secretaría informa a las Partes del posible fracaso de la Parte importadora de someter la respuesta de importación.

En cuanto a plaguicidas, no se producirán exportaciones por las razones indicadas anteriormente.

El MAE no cuenta con base legal para controlar las exportaciones y re-exportaciones de los productos químicos.

Responsabilidad del exportador de obtener el consentimiento explícito de la importación a través de la AND de la Parte importadora.

El MAE y el SESA no cuenta con base legal para controlar las exportaciones de los productos químicos

Page 47: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

47

Obligación: Control de exportaciones de los productos químicos del Anexo III, Artículo 11

Objetivos Capacidades existentes Carencias Mecanismos de

Control Capacidades Documentación Intercambio de Información

Mecanismos de Control Capacidades Documentación Intercambio de

Información Las aduanas son informadas de las decisiones de importación nacional así como de otras partes.

El Ministerio del Ambiente realizó un solo taller de información sobre el Convenio a personal de la CAE - Servicio de Vigilancia Aduanera. Las ANDs aún no disponen de un procedimiento de información permanente a aduanas y otras partes interesadas. No obstante, cuando la CAE requiere información ambiental para gestionar un tramite recurre al Ministerio del Ambiente. Además el MAE ha difundido información del Convenio en un contexto general en las presentaciones de las actividades de la Secretaría Técnica en diferentes eventos.

Se debería añadir un texto de CFP en las partidas arancelarias

No existe una comunicación oficial, no se conoce como actualizan las partidas arancelarias

Las ANDs aún no disponen de un procedimiento de información permanente a aduanas y otras partes interesadas

Asegurarse que las decisiones de las Partes que importan como se especifica en la circular del CIP son comunicadas a los exportadores en el plazo y modo adecuado dentro de un periodo de 6 meses.

Hasta la fecha, el país no es productor y por tanto exportador de plaguicidas incluidos en el Anexo III. Para la Secretaría Técnica, aún no se ha dado el caso. La Comunidad Europea ha adoptado un procedimiento CFP que ya está funcionando y el Ministerio del Ambiente no ha tenido inconveniente en responder de manera inmediata.

Las autoridades de comercio no tienen mayor conocimiento del tema porque no se ha difundido las obligaciones del país para cumplir el Convenio ni la Circular CIP.

¿Son los productores los responsables de informar a la AND sobre la producción y uso de los químicos listados en el Anexo III?

En Ecuador se producen muy pocas sustancias y de peligrosidad baja. En el caso de plaguicidas, deben sacar su registro. Informan sobre los usos que se dará al producto pero no ser reporta periódicamente sobre su producción, la Norma Andina tampoco lo pide. No existe en marcha un proceso concreto para registro de producción.

Los productores no tienen la obligación de informar periódicamente sobre la producción de plaguicidas y productos de la industria. En el caso de estos últimos tampoco se reporta los usos. En relación a los productos químicos de uso industrial el Régimen estipula que las empresas registren sus productos químicos, sin embargo, actualmente este proceso no se ha cumplido por la falta de procedimientos, los cuales ya se ha desarrollado y están en fase de prueba.

Comunicar la circular CIP a los interesados (productores industriales),

Las circulares CIP llegan únicamente a las ANDs No existe este intercambio de información El mecanismo de información se podría establecer mediante la implementación de un portal web – plataforma TIC que debería estar actualizada permanentemente.

Page 48: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

48

Obligación: Control de exportaciones de los productos químicos del Anexo III, Artículo 11

Objetivos Capacidades existentes Carencias Mecanismos de

Control Capacidades Documentación Intercambio de Información

Mecanismos de Control Capacidades Documentación Intercambio de

Información gobierno y autoridades aduaneras.

Facilitar información a las partes importadores de los químicos del Anexo III ante petición, para asistirlos a tomar una decisión para una futura importación del producto químico.

Existen iniciativas aisladas sobre estudios específicos de exposición a productos químicos. Las AND mantienen un archivo de los documentos de orientación enviados por la Secretaría del Convenio. Se facilita la información a solicitud de los interesados.

El país cuenta con escasos recursos para llevar a cabo proyectos de investigación con respecto a este tema. Los importadores desconoce de esta facilidad que disponen las AND Falta difusión y conocimiento de las obligaciones del Convenio de Rótterdam. Las empresas importadoras podrían tener acceso a la información a través de la pagina web del Convenio donde se identifican las ADNs y es status de los productos químicos del Anexo III en los diferentes países.

Acceso a la información sobre si otra Parte ha registrado, usado, importado y tomado acciones reguladoras para prohibir el uso de un producto químico, en ausencia de una respuesta de importación.

No se tiene acceso a este tipo de información, no esta definido un contacto específico que permita acceder a información sobre la respuesta de importación de un país Parte

Crear conocimiento en la industria de la obligación de cesar las exportaciones de un químico a aquellos países importadores que hayan tomado

Mediante Resolución 183 del COMEXI publicada en el RO Edición Especial N°6 del se estableció que el otorgamiento de licencias de exportación se efectuaran utilizando medios electrónicos y que a partir el 1 de febrero del 2005 es de obligatoria aplicación por el Banco Central, la CAE y el SRI y todos los ministerios e instituciones encargadas de otorgar licencias de importación. En enero del 2005 el COMEXI solicita al MAG, MAE, entre otras instituciones se incorporen a la Agenda de Conectividad Nacional

El MAE no llego a participar ni formar parte de la Agenda de Conectividad Nacional, se desconocen las razones. En si los esfuerzos de las ANDs en relación a la difusión de las obligaciones que establece el convenio han sido limitadas.

Page 49: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

49

Obligación: Control de exportaciones de los productos químicos del Anexo III, Artículo 11

Objetivos Capacidades existentes Carencias Mecanismos de

Control Capacidades Documentación Intercambio de Información

Mecanismos de Control Capacidades Documentación Intercambio de

Información una decisión negativa de importación o que han fallado a la hora de transmitir una decisión de importación (con un periodo de expiración de 6 meses).

Siendo que Ecuador no es un país fuerte en exportación de productos químicos, tiene que aplicar los instrumentos del Convenio para controlar que se cumpla el procedimiento de CFP en relación a productos que ingresará al país.

Page 50: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

50

Obligación: Notificaciones de exportación, Artículo 12 y Anexo V

Objetivos Capacidades existentes Carencias Leyes nacionales para asegurar que previamente a la 1ª exportación (en un año natural) está prohibido o rigurosamente restringido a nivel nacional, la notificación de exportación es enviada a la Parte importadora de acuerdo con el artículo 12 y los requerimientos de información del Anexo V.

Después de las prohibiciones y eliminación de registro no ha habido el caso de exportación de productos químicos del convenio de Rótterdam

La AND debe trabajar con los exportadores para generar notificaciones de exportación como las reseñadas en el Anexo III, incluyendo la información del Anexo I respecto a la acción reguladora final.

Siendo que Ecuador no es un potencial exportador de estas sustancias, no ha trabajado en el tema. No se han presentado casos.

Proceso del recibo de la notificación de exportación en un plazo de 30 días.

No se han presentado casos. Las notificaciones de los países exportadores deberían ser enviadas a la ADN del país, quién confirma la recepción de una notificación de exportación es la autoridad nacional del Ministerio del Ambiente – Subsecretaría de Calidad Ambiental. El seguimiento se realiza contactando a la empresa en el país solicitándole información sobre la identificación de la empresa y del producto, usos y cantidad ha ser importada, información que debería ser la misma a la notificación enviada por el país exportador. En cuanto a alternativas no son consideradas.

Page 51: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

51

Obligación: Intercambio de información e implementación, Artículos 13, 14 y 15

Objetivos Capacidades existentes Carencias

Implementación del Código Armonizado de Aduanas.

La Corporación Aduanera Ecuatoriana, CAE, si ha implementado y trabaja con el Código Armonizado de Aduanas adoptado con la Comunidad Andina de Naciones, CAN. La Organización Mundial de Aduanas, OMA, periódicamente hace revisión de la codificación de 6 dígitos. Para el caso de sustancias reguladas por convenios internacionales se ha propuesto incrementar la codificación hasta 10 dígitos, para distinguirlos dentro de las partidas “Los demás” Es política de la CAE apoyar en la implementación de convenios internacionales relacionados con sustancias químicas, es así que se han hecho las modificaciones necesarias en el Arancel para apoyar la implementación del Protocolo de Montreal que controla las sustancias que agotan la capa de ozono.

Los funcionarios de la CAE, de las áreas que están auditando el ingreso de sustancias, deben ser capacitados en los requisitos técnicos que solicitan los convenios internacionales. Las nandinas (subpartidas) de sustancias controladas por convenios internacionales deben ir acompañadas del número CAS de la sustancia. Al momento esto no se hace.

Etiquetado de los químicos reseñados en el Anexo III, prohibidos/rigurosamente restringidos o sujetos a requisitos de etiquetado (por ejemplo, SGA)

El MAE ha realizado actividades para difundir y poner en marcha el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos, es posible que el país entre a formar parte del comité para el SGA Se sugiere que en la Agenda Ambiental de la CAN se incluya al SGA dentro de los temas propuestos de calidad ambiental. Se aprovecha todos los espacios (congresos, conferencias,) para dar charlas para informar sobre los convenios SESA utiliza al momento lo que establece la norma andina en cuanto al Etiquetado, y esta verificado el uso por parte de las comercializadoras a través del control postregistro que realiza apoyado con la policía ambiental.

El control sobre el etiquetado es débil La aduana necesita ser capacitada en las herramientas de control de los convenios.

Uso de hojas de seguridad para productos químicos en medios laborales.

Plaguicidas: La norma andina exige la hoja de seguridad del producto en español. En el caso de productos de uso industrial el Régimen Nacional para la gestión de productos químicos lo exige y está reforzado con la Norma INEN de etiquetado. La Dirección Metropolitana Ambiental del Municipio de Quito controla el cumplimiento de esto.

En pocos casos las hojas de seguridad son utilizadas en los medios laborales. Las empresas disponen de las hojas pero las archivan en áreas administrativas y las usan solo para presentación en auditorias ambientales.

Page 52: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

52

Obligación: Intercambio de información e implementación, Artículos 13, 14 y 15

Objetivos Capacidades existentes Carencias

Provisión de etiquetas y hojas de seguridad en las lenguas de la parte importadora.

Existen empresas que si entregan a sus clientes los productos con sus etiquetas en español pero existen casos que aún no lo hacen pero son la minoría. Para el caso de las hojas de seguridad aún es frecuente encontrar hojas en otro idioma, pero esta tendencia ha ido disminuyendo con el tiempo.

El control de cumplimiento de este requerimiento es bajo.

Información e iniciativas en el ámbito nacional para apoyar la implementación y la difusión de la Circular del CIP e información relativa a decisiones de importación. Esto puede incluir el establecimiento de los registros nacionales y bases de datos y el apoyo a iniciativas por parte de la industria para promover la seguridad química. Hasta donde sea posible, asegurar que la sociedad tiene el acceso apropiado a la información referente a la gestión de los productos químicos, gestión de accidentes y a alternativas que sean más seguras que los químicos que aparecen en el Anexo III.

Plaguicidas: El SESA dispone de registro de plaguicidas y productos de uso veterinario, registro de importadores, exportadores, formuladores y fabricantes. Tanto ACPSA como Croplife impulsan la Aplicación del Código Internacional de Conducta de la FAO, imparten cursos de capacitación, campañas para disposición adecuada de envases vacíos (triple lavado) y últimamente se encuentran implementando programas de recolección de envases vacíos en fincas florícolas para disposición final segura. En lo relacionado a gestión de accidentes, es importante el trabajo de los Centros de Información Toxicológica. En este caso el CIATOX está llevando una estadística de las intoxicaciones en el país con datos recolectados del INEC, Ministerio de Salud Pública y datos propios de atención del centro. Productos de uso industrial: En lo relacionado a seguridad química, APROQUE, con el apoyo de Fundación Natura y la COSUDE han puesto en marcha en el país el Programa de Responsabilidad Integral (Responsible Care), el cual ya tiene funcionando 6 años en el país y en el que participan activamente 40 empresas. La Universidad Central implementara un postgrado a partir de enero 2007 en toxicología.

Se ha hecho muy poco en lo relacionado a difusión del Convenio y del circular CIP, seria oportuno trabajar con los otros ministerios y el sector privado y publico. Falta un canal permanente de información que permita a los sindicatos, ONGs y público interesado estar actualizados sobre las últimas disposiciones y acuerdos relacionados con determinadas sustancias tóxicas. No existe un sistema nacional de vigilancia toxicológica, ni el 30% de los hospitales privados entregan la información de diagnósticos de pacientes atendidos al INEN para hacer las estadísticas, este último hace una interpretación de la información levantada en los diagnósticos médicos en función de la Clasificación Internacional de Enfermedades, el cual contempla dolencias ocasionadas por 60 sustancias. Los médicos desconocen este último detalle por lo que los reportes no permiten identificar el producto específico que ha causado el problema. Es necesario trabajar en un sistema de registro unificado para que el perfil de intoxicaciones refleje la realidad de lo que sucede en el país.

Page 53: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

53

8. ANALISIS DE CARENCIAS (resumen) A continuación se presenta un resumen de las carencias encontradas:

Las dos ANDs no disponen de un procedimiento formal único para notificar a la secretaría sobre regulaciones adoptadas por el país sobre ciertas sustancias de interés del Convenio. Cada una responde conforme su capacidad institucional y nivel de comprensión.

En general, la difusión del convenio ha sido muy baja y puntual. No se ha podido llegar a todos los organismos del estado que apoyarían para una implementación más eficiente y menos aún al público.

No existen mecanismos de difusión de los instrumentos del Convenio como la Circular CFP, documentos de orientación para toma de decisiones, formularios de registro de incidentes por sustancias químicas, entre otros, por tanto no se los ha difundido.

Existe una marcada necesidad para que el Ministerio del Ambiente elabore la Ley para el Control de Mercancías Peligrosas que le otorgue mayores competencias de control en áreas de gestión de químicos que otras organizaciones tampoco lo están haciendo debido a que el Régimen Nacional de Gestión de Productos Químicos Peligrosos, creado mediante acuerdo ministerial, no es un instrumento legal que le de mayores facultades.

La inexistencia de un registro de productos químicos de uso industrial y personas involucradas en la gestión, impiden al Ministerio del Ambiente disponer de información relacionada con cantidades que ingresan o se generan en el país, formulaciones, información sobre propiedades del producto en si y las personas o casas comerciales que distribuyen, venden o usan.

No existe en el país un sistema de vigilancia toxicológica que capture todos los casos de intoxicaciones y presente un perfil nacional real del problema. No existen canales de intercambio de información. No se ha definido en el país las enfermedades de notificación obligatoria, causadas por tóxicos.

No existe una adecuada capacidad nacional en el registro de accidentes producidos por el uso de plaguicidas, formulaciones o productos químicos industriales como también en la atención medica.

El control post-registro actual de plaguicidas no considera la vigilancia del uso adecuado de la sustancia, la afectación a la salud de los trabajadores, la afectación al ambiente.

Las negociaciones con algunos miembros del COMEXI presentan dificultades e impiden cumplir los plazos establecidos en el Convenio. Esto sucede sobre todo para el caso de las sustancias de uso industrial que están bajo el control del Ministerio del Ambiente. Este último no tiene un interlocutor directo dentro del Consejo. De experiencias pasadas, el Ministerio ha podido intervenir como miembro de comisiones técnicas. Para el caso de plaguicidas se agilita el proceso, no obstante siempre existe un proceso de negociación.

Page 54: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

54

Hasta la fecha no se ha conseguido involucrar a las autoridades de comercio como miembros activos en la implementación del convenio. Los procesos de información y capacitación a las aduanas han sido muy limitados.

Varios de los productos incluidos en el Anexo III no tienen partidas arancelarias individuales propias lo cual deja la opción del posible ingreso de productos químicos prohibidos a través de las partidas arancelarias genéricas “Los Demás”.

De la información presentada en el portal de la CAE sobre el arancel de importaciones se puede apreciar que para la mayoría de los productos se ha regulado la importación no así la exportación. Por otro lado, para el caso específico del PCBs, se encuentra habilitada la partida correspondiente a importación o exportación de residuos de aceites que contengan esta sustancia.

El Estado no invierte en el área científico técnico lo que debilita la generación de estudios que permitan conocer la afectación a la salud y el ambiente que han generado estas sustancias.

Se evidencia una falta de sistematización e intercambio de información entre las instituciones y potenciar los estudios privados.

Se debe trabajar en la difusión y sensibilización con el sector público, privado y comunidad sobre la aplicación del Convenio.

La participación de sindicatos y ONGs en el tema es limitada.

Page 55: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

55

9. ACCIONES PROPUESTAS Frente a las debilidades encontradas para la implementación del Convenio de Rótterdam, nos permitimos sugerir las siguientes acciones:

Siendo que el Convenio de Rótterdam actúa dentro de la esfera del comercio internacional de ciertos plaguicidas y productos químicos de uso industrial, se debería involucrar en su cumplimiento a ciertas autoridades claves relacionadas con el área de comercio internacional en nuestro país, por ejemplo el COMEXI y la CAE

En relación a la dotación de recursos suficientes para que las AND desempeñen eficientemente sus funciones, se propone acciones desde el punto de vista de personal técnico, equipamiento y facilidades tecnológicas y recursos financieros.

AND PERSONAL TÉCNICO EQUIPAMIENTO Y

FACILIDADES TECNOLÓGICAS

RECURSOS FINANCIEROS

Ministerio del Ambiente – Secretaría Técnica de PQP

2 técnicos de apoyo para aplicación y seguimiento de plan de implementación

Ministerio de Agricultura y Ganadería - SESA

Un técnico dedicado exclusivamente al seguimiento e implementación a nivel nacional

Un portal Web interactivo en el cual las AND puedan informar a todos los interesados sobre el Convenio, recepten solicitudes de información, pongan a disposición del público las circulares CFP, los documentos de orientación para la adopción de decisiones- DOAD. Organizar eventos, cursos de capacitación interactivos

Material para difusión Impresos Eventos para organismos

competentes, industria y público interesado

Capacitación A los técnicos de las ANDs

sobre la implementación del convenio y uso de las herramientas.

A organismos públicos y ONGs que pueden apoyar en el seguimiento e implementación, incluido organismos relacionados con el comercio, vigilancia en frontera, Policía Ambiental

Asistencia técnica Fortalecimiento de AND y

otro organismos involucrados en áreas específicas

Apoyo a los centros de información toxicológica

Formación y puesta en marcha de un sistema de vigilancia toxicológica y ecotoxicológica con recursos para levantamiento de información sobre afectación a la salud y ambiente por determinados productos controlados por el Convenio

Establecer los mecanismos de coordinación entre las ANDs con el Ministerio de Relaciones Exteriores - INECI, organismos de cooperación internacional, FUNDACYT, otros; a fin de conocer de manera oportuna posibilidades de

Page 56: Informe Final Valoración de capacidades y análisis de ... Final_Valoración... · productos químicos peligrosos, a fin de ... – IFA, Homero Harari. Asociación de la ... productos

VALORACIÓN DE CAPACIDADES NACIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE ROTTERDAM

56

cooperación y generar proyectos de investigación sobre afectación a la salud y el ambiente generada por productos regulados por el Convenio o que tienen potencial de ingresar al Anexo III, alternativas a estos productos.

Conformar o potenciar el sistema de vigilancia toxicológica y ecotoxicológica de tal forma que se permita identificar propuestas relativas a formulaciones de plaguicidas extremadamente peligrosas, FPEP;

Generar pasantías de los organismos que formen parte del sistema de vigilancia toxicológica, hacia institutos internacionales que tienen fortaleza en estos temas.

Se debe continuar con las iniciativas de implementación del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de productos químicos en el país con la finalidad de facilitar el comercio de productos químicos e identificar los potenciales riesgos.

Implementar la propuesta de un sistema de vigilancia ambiental para plaguicidas como parte del Registro de la Norma Andina, el cual sería parte de la información de los dossier que las casas comerciales presentan en el Plan de Manejo Ambiental que puede ser Auditado

Desarrollar, en coordinación con los organismos involucrados, campañas de concientización y educación en gestión adecuada de productos químicos peligrosos y minimización de riesgos asociados que llegue a los usuarios.