informe de progreso escolar primaria

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Av. Vélez Sarsfield 891 - X500JJI - Ciudad de Córdoba - Tel. (351) 421 2172 - Cel. (351) 155 942267 Sitio Web: www.educarjuntos.net - Correo electrónico: [email protected] 1 Córdoba, 10 de abril de 2013 Estimados Representantes Legales y Directivos de Educación Primaria: Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes con el objetivo de realizar una síntesis de las acciones realizadas en la implementación de los Informes de Progreso Escolar de Educación Primaria. Todos conocen que ya iniciado el año lectivo 2012, la Dirección de Educación Inicial y Primaria (organismo del cual dependen las escuelas de gestión estatal) emitió la Resolución 140 referida a los Informes de Progreso Escolar (IPE) homologada por la Dirección de Institutos Privados (DGIPE). En conocimiento de la inquietud que originó la primera presentación de este documento en las escuelas privadas, el Consejo consultó a las autoridades de la Secretaría de Educación sobre el propósito de esta normativa. Se nos manifestó que el Ministerio procuraba iniciar un proceso para establecer pautas mínimas comunes que fueran aplicables en todo el sistema, sin excluir las notas características que hacen a la identidad y al proyecto educativo de cada institución. Se aclaró también que el modelo que se difundió establecía los contenidos comunes o mínimos que los informes debían poseer, sin necesidad de replicarlos de manera idéntica. Una comunicación posterior de DGIPE esclareció la aplicación de la Resolución 140 en los institutos de gestión privada. Se precisó allí que las instituciones podían integrar en los informes todas las notas características que hacen a la identidad del proyecto educativo y otra información que la institución considerara relevante. El comunicado afirma claramente que “los institutos tienen autonomía para disponer los distintos instrumentos de evaluación de seguimiento (…) a los fines de comunicar a los padres aspectos conductuales, actitudinales y/o de rendimiento académico”. Como criterio general creemos importante que las escuelas tengan siempre presente que corresponde al Estado establecer las pautas para la común interpretación de la documentación educativa en todo el sistema. Pero una vez establecidos estos criterios comunes, las instituciones educativas tienen el legítimo

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Page 1: Informe de progreso escolar primaria

Av. Vélez Sarsfield 891 - X500JJI - Ciudad de Córdoba - Tel. (351) 421 2172 - Cel. (351) 155 942267 Sitio Web: www.educarjuntos.net - Correo electrónico: [email protected]

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Córdoba, 10 de abril de 2013

Estimados Representantes Legales

y Directivos de Educación Primaria:

Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes con el objetivo de realizar una

síntesis de las acciones realizadas en la implementación de los Informes de Progreso

Escolar de Educación Primaria.

Todos conocen que ya iniciado el año lectivo 2012, la Dirección de Educación

Inicial y Primaria (organismo del cual dependen las escuelas de gestión estatal) emitió

la Resolución 140 referida a los Informes de Progreso Escolar (IPE) homologada por la

Dirección de Institutos Privados (DGIPE).

En conocimiento de la inquietud que originó la primera presentación de este

documento en las escuelas privadas, el Consejo consultó a las autoridades de la

Secretaría de Educación sobre el propósito de esta normativa. Se nos manifestó que el

Ministerio procuraba iniciar un proceso para establecer pautas mínimas comunes

que fueran aplicables en todo el sistema, sin excluir las notas características que

hacen a la identidad y al proyecto educativo de cada institución. Se aclaró también

que el modelo que se difundió establecía los contenidos comunes o mínimos que los

informes debían poseer, sin necesidad de replicarlos de manera idéntica.

Una comunicación posterior de DGIPE esclareció la aplicación de la Resolución

140 en los institutos de gestión privada. Se precisó allí que las instituciones podían

integrar en los informes todas las notas características que hacen a la identidad del

proyecto educativo y otra información que la institución considerara relevante. El

comunicado afirma claramente que “los institutos tienen autonomía para disponer

los distintos instrumentos de evaluación de seguimiento (…) a los fines de comunicar a

los padres aspectos conductuales, actitudinales y/o de rendimiento académico”.

Como criterio general creemos importante que las escuelas tengan siempre

presente que corresponde al Estado establecer las pautas para la común

interpretación de la documentación educativa en todo el sistema. Pero una vez

establecidos estos criterios comunes, las instituciones educativas tienen el legítimo

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Av. Vélez Sarsfield 891 - X500JJI - Ciudad de Córdoba - Tel. (351) 421 2172 - Cel. (351) 155 942267 Sitio Web: www.educarjuntos.net - Correo electrónico: [email protected]

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derecho de agregar en los IPE las notas y elementos que constituyen su identidad

institucional. Así lo manifestamos a las autoridades del Ministerio de Educación.

Por tal motivo afirmamos que es importante que en este proceso las escuelas

católicas no excluyan ni releguen a un lugar accesorio o secundario, las notas

características que hacen a la identidad y al proyecto educativo de cada institución

en los Informes de Progreso Escolar, anexando esta información al modelo oficial,

sin que este sufra alteración alguna.

Es necesario tener también presente que en el caso de la Educación Primaria

los IPE tienen una doble función:

­ Informar a las familias de los alumnos sobre el desempeño de los mismos en

la escuela.

­ Ser una constancia de acreditación de los aprendizajes que posibilita la

movilidad de los alumnos dentro del sistema.

El modo de articular el diseño de los IPE según esta doble función ha sido

diferente entre las escuelas. Esto fue ocasión de diálogo con la DGIPE que ve la

necesidad de que la información común de los IPE (la que posibilita la función de

acreditación y movilidad) tenga determinados formatos, pero sin excluir la

alternativa de que las instituciones incluyan sus notas características y la información

propia, a la que antes nos hemos referido y que enriquece la función de informar a

las familias, especialmente en aquellos aspectos que identifican el proyecto educativo

que los padres han elegido para la educación de sus hijos.

DGIPE ha propuesto dos formatos destinados a la parte común de las escuelas

de gestión estatal y privada (díptico y tríptico) y un tercero a los fines de

informatizarlo.

En todos se incluyen los signos distintivos de cada institución.

Esta parte común (en cualquiera de sus formatos) puede articularse con la

parte institucional del IPE que cada escuela diseña respondiendo a su proyecto

educativo.

Por otra parte, nos parece importante poder compartir con Uds. que hemos

tenido posibilidad de plantear a la Secretaria de Educación la preocupación del CCE

por la ausencia en los IPE de indicadores que reflejen el comportamiento y actitudes

de los alumnos.

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Entendemos que no se debieran excluir los aspectos socio-emocionales que

hacen a la relación de los alumnos en la comunidad escolar: la capacidad de

relacionarse adecuadamente con los pares y con los adultos, la capacidad para

resolver conflictos en la vida cotidiana, las actitudes solidarias, su cuidado personal, el

aprendizaje y respeto por las normas institucionales y de convivencia.

Creemos que los IPE también debieran valorar las actitudes del alumno en su

relación con el aprendizaje: dando cuenta del cumplimiento de las tareas, de la

responsabilidad en la presentación de las mismas en tiempo y forma, del cuidado de

los materiales, del aprovechamiento del tiempo, de la capacidad para el trabajo

autónomo, de las actitudes de curiosidad intelectual y de interés en la participación

grupal. Creemos que estos aspectos no son menos importantes que la valoración en

un espacio curricular.

Consideramos que son dimensiones importantes y la intención de asignarles

una valoración no tiene un carácter punitivo, sino formativo. Se trata de reconocer

que el actuar de niños necesita acompañamiento, guía y orientación.

Las actitudes necesarias para la vida social, que se enseñan en el seno de la

familia y posteriormente en la escuela, tienen por o tanto un carácter adquirido, se

educan y trasmiten, se fundamentan en valores y no sólo se expresan en opiniones,

sino también en comportamientos, limitando la impulsividad propia de niño,

permitiendo la tolerancia a la frustración y fortaleciendo la autoestima.

La posibilidad de incluir estos aspectos en los IPE permite que las familias y los

alumnos tengan en cuenta estas cuestiones, vean su importancia y atiendan a su

aprendizaje.

En este recorrido de dialogo con las autoridades educativas, se nos ha sugerido

incluir la evaluación de esta dimensión en los espacios curriculares de Identidad y

Convivencia y Ciudadanía y Participación, en una misma calificación dónde

estuvieran contemplados los aspectos cognitivos y actitudinales. Para el CCE es claro

que incluirlos en esta calificación no es apropiado:

­ Porque al no distinguirlos, los invisibiliza ante los padres y los alumnos.

­ Porque al conformar una única calificación del espacio curricular, los

aspectos socio-emocionales influirían en la promoción o no de los alumnos.

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Esto no tiene antecedentes en nuestro sistema educativo y pareciera

contrario a los lineamientos que el propio Ministerio promueve.

­ Porque la escala de calificación de los espacios curriculares no es la más

adecuada para estos aspectos que se relaciona con el comportamiento de

los alumnos.

Si bien es intención del CCE continuar el diálogo con el Ministerio sobre esta

temática, hasta el momento la Secretaría de Educación no ha aceptado nuestra

solicitud de incluir alguno de estos indicadores en la parte del IPE común a

todo el sistema.

Por ello el CCE recomienda a las escuelas:

1. Iniciar un trabajo profundo en cada escuela sobre lo que debe ser

consignado en los IPE en las “consideraciones del desempeño del alumno”, ,

dónde el docente puede dar cuenta de los aspectos actitudinales, sobre

todo tendiendo a la valoración positiva de los mismos.

2. Incorporar en forma anexa, preservando el modelo oficial,

indicadores que den cuenta de los aspectos actitudinales. A modo de

ejemplo se proponen las siguientes formulaciones, inspiradas en el Diseño

Curricular de Educación Primaria u otras que se consideren más

pertinentes.

­ Reconocimiento y respeto de las normas de convivencia.

­ Desarrollo de actitudes de cooperación y respeto.

­ Aprendizaje de las normas convivencia.

­ Aceptación de roles y pautas para la vida escolar.

­ Desarrollo de habilidades para la interacción y el respeto por la

normativa escolar.

Esperando que sea de utilidad, quedamos a la disposición de ustedes.

Atentamente.

JUNTA ARQUIDIOCESANA DE

EDUCACIÓN CATÓLICA

CONSEJO CATÓLICO PARA LA EDUCACIÓN