informe de presentaciÓn de proyecto de regulaciÓn · informe de presentaciÓn de proyecto de...

24
Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. T. (593) 294 7800 1800 567 567 Casilla 17-07-977 www.arcotel.gob.ec 1/4 INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: NORMA TÉCNICA PARA EL SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN DE TELEVISIÓN ABIERTA ANALÓGICA2. ANTECEDENTES: Memorando Nro. ARCOTEL-DRE-2015-0229-M del 13 de mayo de 2015, mediante la cual la Dirección de Regulación del Espectro Radioeléctrico remite el informe de la actualización de la “Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión de Televisión Abierta Analógica” 3. AUTORIDAD COMPETENTE PARA APROBAR LA REGULACIÓN PROPUESTA: La Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en el artículo 148, número 4, establece dentro de las atribuciones del Director Ejecutivo, el “Aprobar la normativa para la prestación de cada uno de los servicios de telecomunicaciones”, por lo que, la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, es la competente para aprobar la Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión de Televisión Abierta Analógica. 4. NORMATIVA VINCULADA: 4.1. Constitución de la República: En el artículo 226, dispone que: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”. El artículo 313, prescribe que: “El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos, de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia. Los sectores estratégicos, de decisión y control exclusivo del Estado, son aquellos que por su trascendencia y magnitud tienen decisiva influencia económica, social, política o ambiental, y deberán orientarse al pleno desarrollo de los derechos y al interés social. Se consideran sectores estratégicos la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el espectro radioeléctrico, el agua, y los demás que determine la ley.”. 4.2 Ley Orgánica de Telecomunicaciones-LOT: La LOT, en su artículo 142, crea la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), como entidad encargada de la administración, regulación y control de las telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico y su gestión, así como de otros aspectos en el ámbito de dicha Ley.

Upload: others

Post on 04-Oct-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA

Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. T. (593) 294 7800 1800 567 567 Casilla 17-07-977 www.arcotel.gob.ec

1/4

INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN:

“NORMA TÉCNICA PARA EL SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN DE TELEVISIÓN ABIERTA ANALÓGICA”

2. ANTECEDENTES: Memorando Nro. ARCOTEL-DRE-2015-0229-M del 13 de mayo de 2015, mediante la cual la

Dirección de Regulación del Espectro Radioeléctrico remite el informe de la actualización de la “Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión de Televisión Abierta Analógica”

3. AUTORIDAD COMPETENTE PARA APROBAR LA REGULACIÓN PROPUESTA: La Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en el artículo 148, número 4, establece dentro de las atribuciones del Director Ejecutivo, el “Aprobar la normativa para la prestación de cada uno de los servicios de telecomunicaciones…”, por lo que, la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, es la competente para aprobar la Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión de Televisión Abierta Analógica. 4. NORMATIVA VINCULADA: 4.1. Constitución de la República:

En el artículo 226, dispone que: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”.

El artículo 313, prescribe que: “El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos, de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia. Los sectores estratégicos, de decisión y control exclusivo del Estado, son aquellos que por su trascendencia y magnitud tienen decisiva influencia económica, social, política o ambiental, y deberán orientarse al pleno desarrollo de los derechos y al interés social. Se consideran sectores estratégicos la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el espectro radioeléctrico, el agua, y los demás que determine la ley.”.

4.2 Ley Orgánica de Telecomunicaciones-LOT:

La LOT, en su artículo 142, crea la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), como entidad encargada de la administración, regulación y control de las telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico y su gestión, así como de otros aspectos en el ámbito de dicha Ley.

Page 2: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA

Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. T. (593) 294 7800 1800 567 567 Casilla 17-07-977 www.arcotel.gob.ec

2/4

El artículo 144, de la LOT, como parte de las competencias de la ARCOTEL, en el numeral 1, faculta a emitir las regulaciones, normas técnicas, planes técnicos y demás actos que sean necesarios en el ejercicio de sus competencias.

La Disposición Transitoria Quinta de la LOT, señala: “La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, dentro del plazo de ciento ochenta días contados a partir de la publicación en el Registro Oficial de la presente Ley, adecuará formal y materialmente la normativa secundaria que haya emitido el CONATEL o el extinto CONARTEL y expedirá los reglamentos, normas técnicas y demás regulaciones previstas en esta Ley. En aquellos aspectos que no se opongan a la presente Ley y su Reglamento General, los reglamentos emitidos por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones se mantendrán vigentes, mientras no sean expresamente derogados por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones”.

4.3 Resolución vigente

Resolución No. 1779-02-CONARTEL-2001 de 27 de abril de 2001, emitida por el extinto CONARTEL, en la cual se aprueba la “Norma Técnica para el Servicio de Televisión Analógica y Plan de Distribución de Canales”.

5. JUSTIFICACIÓN DE LEGITIMIDAD Y OPORTUNIDAD: 5.1. Aspectos generales: La LOT establece en el artículo 144, como parte de las competencias de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones - ARCOTEL:

“1. Emitir las regulaciones, normas técnicas, planes técnicos y demás actos que sean necesarios en el ejercicio de sus competencias, para que la provisión de los servicios de telecomunicaciones cumplan con lo dispuesto en la Constitución de la República y los objetivos y principios previstos en esta Ley...”.

En el ámbito de gestión de la ARCOTEL, la LOT establece que la misma contará con un Directorio y también un Director/a Ejecutivo/a, a quienes ha otorgado competencias expresas. Para el caso de la Directora Ejecutiva, en el artículo 148, le faculta aprobar entre otros, la normativa para la prestación de cada uno de los servicios, los planes técnicos fundamentales; entendiéndose como parte de dichos actos normativos, tanto la emisión de nueva normativa como la emisión de reformas o modificaciones a una preexistente. En aplicación de la Disposición General Primera, estos actos requerirán que previo a su emisión, se sometan al proceso de consultas públicas. Adicionalmente, la Disposición Transitoria Quinta de la LOT, señala que la ARCOTEL, dentro del plazo de ciento ochenta días contados a partir de la publicación en el Registro Oficial de dicha Ley, adecuará formal y materialmente la normativa secundaria que haya emitido el CONATEL o el extinto CONARTEL y expedirá los reglamentos, normas técnicas y demás regulaciones previstas en dicho cuerpo legal. En aquellos aspectos que no se opongan a la LOT y su Reglamento General, los reglamentos emitidos por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones se mantendrán vigentes, mientras no sean expresamente derogados por la ARCOTEL. Esto implica que para la adecuación de normativa secundaria y la expedición de reglamentos, normas técnicas y demás regulaciones, conforme lo establecido en la Disposición General Primera, se deberá aplicar previamente el procedimiento de consulta pública. La Dirección de Regulación del Espectro Radioeléctrico, mediante memorando Nro. ARCOTEL-DRE-2015-0229-M del 13 de mayo de 2015, remite el informe técnico que sustenta la actualización de la “Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión de Televisión Abierta Analógica”(ver ANEXO 1) , sobre la base de los siguientes aspectos:

Page 3: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA

Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. T. (593) 294 7800 1800 567 567 Casilla 17-07-977 www.arcotel.gob.ec

3/4

- Lo señalado en el Artículo 83 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación, relacionada con la distribución equitativa de frecuencias

- La modificación de la atribución de las bandas de frecuencias: 698-806 MHz y 470-482 MHz, para la operación a título primario del servicio de RADIODIFUSIÓN, misma que constan en la nota EQA.70 del Plan Nacional de Frecuencias modificado mediante Resoluciones No. TEL-268-11-CONATEL-2012 de 15 de mayo de 2012 y TEL-553-19-CONATEL-2012 de 22 de agosto de 2012 respectivamente.

- El memorando Nro. ARCOTEL-ctc-2012-0008 de 27 de abril de 2015, mediante el cual se informa que es factible modificar la Norma técnica respectiva para viabilizar la autorización para la operación de canales adyacente en la banda VHF y UHF.

- Los Convenios Binacionales suscritos con la República de Colombia y Perú para la asignación y uso de frecuencias radioeléctricas para la operación de estaciones de radiodifusión sonora y de televisión abierta VHF y UHF en el área de frontera.

- La incorporación y aclaración de los conceptos de área de operación independiente y de área de operación zonal que permite la reutilización de canales para un uso eficiente del espectro radioeléctrico.

5.2. Contenido del proyecto: El proyecto normativo, según consta del Memorando ARCOTEL-DRE-2015-0229-M, en el cual constan los sustentos técnicos elaborados por la Dirección de Regulación del Espectro, pretende:

“La actualización de la “Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión de Televisión Abierta Analógica” considera la recopilación de todas las modificaciones a la Normativa Técnica actual, así como los compromisos internacionales establecidos en los acuerdos binacionales existentes concernientes al servicio de radiodifusión de televisión abierta analógica.

La incorporación y aclaración de los conceptos de área de operación independiente y área de operación zonal en la “Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión de Televisión Abierta Analógica” facilita la aplicación del Artículo 83 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación.

La determinación de áreas de operación zonal permite la reutilización de canales, lo que a su vez conlleva al uso eficiente del espectro radioeléctrico.”

En su estructura, el proyecto contiene:

Capitulo I.-Aspectos Generales Objeto, ámbito y definiciones

Capítulo II.-Del Plan de Canalización de Bandas de Frecuencias y Canales Capítulo III.-De las Características Técnicas Disposiciones Generales

6. RECOMENDACIÓN: Por lo indicado, se recomienda que la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, conozca el presente informe de justificación de legitimidad y oportunidad, el informe remitido con memorando ARCOTEL-DRE-2015-0229-M; y, el proyecto de “NORMA TÉCNICA PARA EL SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN DE TELEVISIÓN ANALÓGICA”, a fin de que se autorice realizar el procedimiento de consultas públicas previsto en la Resolución 55-02-CONATEL-2001 de 31 de enero de 2001, aún en vigencia.

Page 4: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA

Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. T. (593) 294 7800 1800 567 567 Casilla 17-07-977 www.arcotel.gob.ec

4/4

Por tratarse de una actualización de norma técnica, se recomienda que el procedimiento de consultas públicas se realice únicamente por medios electrónicos. ANEXOS:

1. Memorando Nro. ARCOTEL-DRE-2015-0229-M 2. PROYECTO DE RESOLUCIÓN.

Atentamente,

Page 5: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 6: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 7: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 8: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 9: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 10: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 11: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 12: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 13: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 14: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 15: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 16: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 17: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 18: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 19: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 20: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 21: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 22: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 23: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA
Page 24: INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN · INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 22 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: “NORMA TÉCNICA