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A/66/10/Add.1 Naciones Unidas Informe de la Comisión de Derecho Internacional 63º período de sesiones (26 de abril a 3 de junio y 4 de julio a 12 de agosto de 2011) Asamblea General Documentos Oficiales Sexagésimo sexto período de sesiones Suplemento núm. 10

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  • A/66/10/Add.1

    Naciones Unidas

    Informe de la Comisión de Derecho Internacional

    63º período de sesiones (26 de abril a 3 de junio y 4 de julio a 12 de agosto de 2011)

    Asamblea General Documentos Oficiales Sexagésimo sexto período de sesiones Suplemento núm. 10

  • A/66/10/Add.1

    Asamblea General Documentos Oficiales Sexagésimo sexto período de sesiones Suplemento núm. 10

    Informe de la Comisión de Derecho Internacional

    63º período de sesiones (26 de abril a 3 de junio y 4 de julio a 12 de agosto de 2011)

    Naciones Unidas ● Nueva York, 2011

  • Nota

    Las signaturas de los documentos de las Naciones Unidas se componen de letras y cifras. La mención de una de tales signaturas indica que se hace referencia a un documento de las Naciones Unidas.

    Las referencias al Anuario de la Comisión de Derecho Internacional se hacen mediante la palabra Anuario seguida de puntos suspensivos y el año (por ejemplo, Anuario..., 1971).

    En la segunda parte del volumen II del Anuario de la Comisión de Derecho Internacional, 2011, se incluirá una versión tipografiada del informe de la Comisión.

  • iii

    Índice Capítulo Párrafos Página

    IV. Reservas a los tratados (continuación) .................................................................... 1–2 1

    F. Texto de la Guía de la Práctica sobre las Reservas a los Tratados, aprobado por la Comisión en su 63º período de sesiones ............................................... 1–2 1

    1. Texto de las directrices que componen la Guía de la Práctica, seguido de un anexo acerca del diálogo sobre las reservas (A/66/10, párr. 75) .... 1 1

    2. Texto de la Guía de la Práctica, que comprende una introducción, las directrices y los comentarios correspondientes, un anexo acerca del diálogo sobre las reservas y una bibliografía.......................................... 2 32

    Guía de la Práctica sobre las reservas a los tratados........................................................ 32

    a) Introducción .......................................................................................................... 32

    b) Texto de las directrices y los comentarios correspondientes................................. 36

    1. Definiciones............................................................................................. 36

    1.1 Definición de las reservas........................................................................ 36

    Comentario .............................................................................................. 36

    1.1.1 Declaraciones que tienen por objeto limitar las obligaciones de su autor ............................................................................................... 44

    Comentario .............................................................................................. 44

    1.1.2 Declaraciones que tienen por objeto cumplir una obligación por medios equivalentes........................................................................... 47

    Comentario .............................................................................................. 47

    1.1.3 Reservas relativas a la aplicación territorial del tratado ............................ 48

    Comentario .............................................................................................. 48

    1.1.4 Reservas formuladas con ocasión de la ampliación de la aplicación territorial de un tratado ............................................................................ 51

    Comentario .............................................................................................. 51

    1.1.5 Reservas formuladas conjuntamente ....................................................... 52

    Comentario .............................................................................................. 52

    1.1.6 Reservas formuladas en virtud de cláusulas que autorizan expresamente la exclusión o la modificación de ciertas disposiciones de un tratado...................................................................... 54

    Comentario .............................................................................................. 54

    1.2 Definición de las declaraciones interpretativas........................................ 64

    Comentario .............................................................................................. 64

    1.2.1 Declaraciones interpretativas formuladas conjuntamente........................... 75

    Comentario ................................................................................................... 75

  • iv

    1.3 Distinción entre reservas y declaraciones interpretativas............................ 76

    Comentario ................................................................................................... 76

    1.3.1 Método de determinación de la distinción entre reservas y declaraciones interpretativas ..................................................................... 77

    Comentario ................................................................................................... 78

    1.3.2 Enunciado y denominación.......................................................................... 82

    Comentario ................................................................................................... 82

    1.3.3 Formulación de una declaración unilateral cuando una reserva está prohibida ............................................................................................... 85

    Comentario ................................................................................................... 85

    1.4 Declaraciones interpretativas condicionales................................................ 86

    Comentario ................................................................................................... 87

    1.5 Declaraciones unilaterales distintas de las reservas y las declaraciones interpretativas ............................................................................................... 92

    Comentario ................................................................................................... 92

    1.5.1 Declaraciones de no reconocimiento ........................................................... 98

    Comentario ................................................................................................... 98

    1.5.2 Declaraciones relativas a la aplicación de un tratado en el ámbito interno........................................................................................................... 101

    Comentario ................................................................................................... 102

    1.5.3 Declaraciones unilaterales hechas en virtud de una cláusula de opción..... 105

    Comentario ................................................................................................... 105

    1.6 Declaraciones unilaterales relativas a los tratados bilaterales..................... 112

    Comentario ................................................................................................... 112

    1.6.1 "Reservas" a los tratados bilaterales ............................................................ 112

    Comentario ................................................................................................... 113

    1.6.2 Declaraciones interpretativas de tratados bilaterales................................... 120

    Comentario ................................................................................................... 120

    1.6.3 Efectos jurídicos de la aceptación de la declaración interpretativa de un tratado bilateral por la otra parte .................................................................. 123

    Comentario ................................................................................................... 123

    1.7 Alternativas a las reservas y las declaraciones interpretativas .................... 124

    Comentario ................................................................................................... 124

    1.7.1 Alternativas a las reservas............................................................................ 124

    Comentario ................................................................................................... 125

    1.7.2 Alternativas a las declaraciones interpretativas........................................... 135

    Comentario ................................................................................................... 136

  • v

    1.8 Alcance de las definiciones.......................................................................... 137

    Comentario ................................................................................................... 137

    2. Procedimiento............................................................................................... 138

    2.1 Forma y notificación de las reservas............................................................ 138

    2.1.1 Forma de las reservas ................................................................................... 138

    Comentario ................................................................................................... 138

    2.1.2 Motivación de las reservas........................................................................... 141

    Comentario ................................................................................................... 141

    2.1.3 Representación a efectos de la formulación de una reserva en el plano internacional ................................................................................................. 145

    Comentario ................................................................................................... 145

    2.1.4 Falta de consecuencias en el plano internacional de la violación de las normas internas relativas a la formulación de reservas ............................... 149

    Comentario ................................................................................................... 150

    2.1.5 Comunicación de las reservas...................................................................... 152

    Comentario ................................................................................................... 152

    2.1.6 Procedimiento de comunicación de las reservas ......................................... 161

    Comentario ................................................................................................... 161

    2.1.7 Funciones del depositario............................................................................. 169

    Comentario ................................................................................................... 170

    2.2 Confirmación de las reservas ....................................................................... 174

    2.2.1 Confirmación formal de las reservas formuladas en el momento de la firma de un tratado ....................................................................................... 174

    Comentario ................................................................................................... 175

    2.2.2 Caso de inexigibilidad de la confirmación de las reservas formuladas en el momento de la firma del tratado ......................................................... 180

    Comentario ................................................................................................... 180

    2.2.3 Reservas en el momento de la firma expresamente autorizadas por el tratado................................................................................................. 181

    Comentario ................................................................................................... 181

    2.2.4 Forma de la confirmación formal de las reservas........................................ 182

    Comentario ................................................................................................... 182

    2.3 Formulación tardía de las reservas............................................................... 183

    Comentario ................................................................................................... 183

    2.3.1 Aceptación de la formulación tardía de una reserva ................................... 191

    Comentario ................................................................................................... 191

  • vi

    2.3.2 Plazo de formulación de una objeción a una reserva formulada tardíamente ................................................................................................... 194

    Comentario ................................................................................................... 194

    2.3.3 Limitación a la posibilidad de excluir o modificar los efectos jurídicos de un tratado por medios distintos de las reservas....................................... 195

    Comentario ................................................................................................... 195

    2.3.4 Ampliación del alcance de una reserva........................................................ 197

    Comentario ................................................................................................... 197

    2.4 Procedimiento relativo a las declaraciones interpretativas.......................... 200

    Comentario ................................................................................................... 200

    2.4.1 Forma de las declaraciones interpretativas .................................................. 200

    Comentario ................................................................................................... 200

    2.4.2 Representación a efectos de la formulación de declaraciones interpretativas ............................................................................................... 202

    Comentario ................................................................................................... 202

    2.4.3 Falta de consecuencias en el plano internacional de la violación de las normas internas relativas a la formulación de declaraciones interpretativas ............................................................................................... 202

    Comentario ................................................................................................... 203

    2.4.4 Momento en que se puede formular una declaración interpretativa ........... 203

    Comentario ................................................................................................... 203

    2.4.5 Comunicación de las declaraciones interpretativas..................................... 204

    Comentario ................................................................................................... 204

    2.4.6 Inexigibilidad de la confirmación de las declaraciones interpretativas formuladas en el momento de la firma de un tratado .................................. 205

    Comentario ................................................................................................... 205

    2.4.7 Formulación tardía de una declaración interpretativa ................................. 206

    Comentario ................................................................................................... 206

    2.4.8 Modificación de una declaración interpretativa .......................................... 207

    Comentario ................................................................................................... 207

    2.5 Retiro y modificación de las reservas y las declaraciones interpretativas ............................................................................................... 208

    2.5.1 Retiro de las reservas.................................................................................... 208

    Comentario ................................................................................................... 208

    2.5.2 Forma del retiro............................................................................................ 213

    Comentario ................................................................................................... 213

    2.5.3 Examen periódico de la utilidad de las reservas.......................................... 217

    Comentario ................................................................................................... 217

  • vii

    2.5.4 Representación a efectos del retiro de una reserva en el plano internacional ................................................................................................. 218

    Comentario ................................................................................................... 219

    2.5.5 Falta de consecuencias en el plano internacional de la violación de las normas internas relativas al retiro de reservas............................................. 223

    Comentario ................................................................................................... 223

    2.5.6 Comunicación del retiro de una reserva ...................................................... 224

    Comentario ................................................................................................... 224

    2.5.7 Efectos del retiro de una reserva.................................................................. 227

    Comentario ................................................................................................... 227

    2.5.8 Fecha en que surte efecto el retiro de una reserva....................................... 230

    Comentario ................................................................................................... 230

    2.5.9 Casos en que el autor de una reserva puede fijar la fecha en que surte efecto el retiro de una reserva ...................................................................... 234

    Comentario ................................................................................................... 234

    2.5.10 Retiro parcial de las reservas........................................................................ 235

    Comentario ................................................................................................... 235

    2.5.11 Efectos del retiro parcial de una reserva...................................................... 242

    Comentario ................................................................................................... 242

    2.5.12 Retiro de una declaración interpretativa ...................................................... 244

    Comentario ................................................................................................... 244

    2.6 Formulación de objeciones .......................................................................... 245

    2.6.1 Definición de las objeciones a las reservas.................................................. 245

    Comentario ................................................................................................... 245

    2.6.2 Derecho a formular objeciones .................................................................... 256

    Comentario ................................................................................................... 256

    2.6.3 Autor de una objeción .................................................................................. 260

    Comentario ................................................................................................... 260

    2.6.4 Objeciones formuladas conjuntamente........................................................ 262

    Comentario ................................................................................................... 263

    2.6.5 Forma de las objeciones............................................................................... 263

    Comentario ................................................................................................... 264

    2.6.6 Derecho a oponerse a la entrada en vigor del tratado con respecto al autor de la reserva..................................................................................... 265

    Comentario ................................................................................................... 265

  • viii

    2.6.7 Manifestación de la intención de impedir la entrada en vigor del tratado ..................................................................................................... 268

    Comentario ................................................................................................... 268

    2.6.8 Procedimiento de formulación de las objeciones ........................................ 270

    Comentario ................................................................................................... 270

    2.6.9 Motivación de las objeciones....................................................................... 272

    Comentario ................................................................................................... 272

    2.6.10 Inexigibilidad de la confirmación de una objeción formulada antes de la confirmación formal de la reserva....................................................... 274

    Comentario ................................................................................................... 274

    2.6.11 Confirmación de una objeción formulada antes de la manifestación del consentimiento en obligarse por el tratado .................................................. 276

    Comentario ................................................................................................... 276

    2.6.12 Plazo de formulación de las objeciones....................................................... 279

    Comentario ................................................................................................... 279

    2.6.13 Objeciones formuladas tardíamente............................................................. 282

    Comentario ................................................................................................... 283

    2.7 Retiro y modificación de las objeciones a las reservas ............................... 286

    Comentario ................................................................................................... 286

    2.7.1 Retiro de las objeciones a las reservas......................................................... 288

    Comentario ................................................................................................... 288

    2.7.2 Forma del retiro de las objeciones a las reservas......................................... 288

    Comentario ................................................................................................... 289

    2.7.3 Formulación y comunicación del retiro de las objeciones a las reservas.... 289

    Comentario ................................................................................................... 289

    2.7.4 Efectos del retiro de una objeción en la reserva ......................................... 290

    Comentario ................................................................................................... 290

    2.7.5 Fecha en que surte efecto el retiro de una objeción..................................... 291

    Comentario ................................................................................................... 291

    2.7.6 Casos en que el autor de una objeción puede fijar la fecha en que surte efecto el retiro de la objeción....................................................................... 293

    Comentario ................................................................................................... 293

    2.7.7 Retiro parcial de una objeción ..................................................................... 293

    Comentario ................................................................................................... 293

    2.7.8 Efectos del retiro parcial de una objeción.................................................... 295

    Comentario ................................................................................................... 295

  • ix

    2.7.9 Ampliación del alcance de una objeción a una reserva............................... 296

    Comentario ................................................................................................... 296

    2.8 Formulación de aceptaciones de las reservas .............................................. 297

    2.8.1 Formas de aceptación de las reservas .......................................................... 297

    Comentario ................................................................................................... 297

    2.8.2 Aceptación tácita de las reservas ................................................................. 301

    Comentario ................................................................................................... 301

    2.8.3 Aceptación expresa de las reservas.............................................................. 304

    Comentario ................................................................................................... 304

    2.8.4 Forma de la aceptación expresa de las reservas .......................................... 306

    Comentario ................................................................................................... 306

    2.8.5 Procedimiento de formulación de la aceptación expresa de las reservas.... 307

    Comentario ................................................................................................... 307

    2.8.6 Inexigibilidad de la confirmación de una aceptación formulada antes de la confirmación formal de la reserva....................................................... 307

    Comentario ................................................................................................... 308

    2.8.7 Aceptación unánime de las reservas ............................................................ 308

    Comentario ................................................................................................... 308

    2.8.8 Aceptación de una reserva al instrumento constitutivo de una organización internacional ........................................................................... 310

    Comentario ................................................................................................... 310

    2.8.9 Órgano competente para aceptar una reserva a un instrumento constitutivo ................................................................................................... 313

    Comentario ................................................................................................... 313

    2.8.10 Modalidades de la aceptación de una reserva a un instrumento constitutivo ................................................................................................... 314

    Comentario ................................................................................................... 314

    2.8.11 Aceptación de una reserva a un instrumento constitutivo que aún no ha entrado en vigor.................................................................................. 316

    Comentario ................................................................................................... 316

    2.8.12 Reacción de un miembro de una organización internacional a una reserva al instrumento constitutivo .............................................................. 318

    Comentario ................................................................................................... 318

    2.8.13 Carácter definitivo de la aceptación de una reserva .................................... 320

    Comentario ................................................................................................... 320

    2.9 Formulación de reacciones a las declaraciones interpretativas................... 321

    2.9.1 Aprobación de una declaración interpretativa ............................................. 321

    Comentario ................................................................................................... 321

  • x

    2.9.2 Oposición a una declaración interpretativa.................................................. 323

    Comentario ................................................................................................... 323

    2.9.3 Recalificación de una declaración interpretativa......................................... 328

    Comentario ................................................................................................... 328

    2.9.4 Derecho a formular una aprobación, una oposición o una recalificación... 331

    Comentario ................................................................................................... 331

    2.9.5 Forma de la aprobación, la oposición y la recalificación ............................ 332

    Comentario ................................................................................................... 332

    2.9.6 Motivación de la aprobación, la oposición y la recalificación.................... 333

    Comentario ................................................................................................... 333

    2.9.7 Formulación y comunicación de la aprobación, la oposición y la recalificación ................................................................................................ 334

    Comentario ................................................................................................... 334

    2.9.8 Falta de presunción de aprobación o de oposición...................................... 335

    Comentario ................................................................................................... 335

    2.9.9 El silencio respecto de una declaración interpretativa ................................ 338

    Comentario ................................................................................................... 338

    3. Validez sustantiva de las reservas y declaraciones interpretativas ............. 339

    Comentario general ...................................................................................... 339

    3.1 Validez sustantiva de una reserva................................................................ 341

    Comentario ................................................................................................... 342

    3.1.1 Reservas prohibidas por el tratado............................................................... 345

    Comentario ................................................................................................... 346

    3.1.2 Definición de determinadas reservas ........................................................... 351

    Comentario ................................................................................................... 351

    3.1.3 Validez sustantiva de las reservas no prohibidas por el tratado.................. 358

    Comentario ................................................................................................... 358

    3.1.4 Validez sustantiva de determinadas reservas............................................... 361

    Comentario ................................................................................................... 361

    3.1.5 Incompatibilidad de una reserva con el objeto y el fin del tratado ............. 362

    Comentario ................................................................................................... 362

    3.1.5.1 Determinación del objeto y el fin del tratado .............................................. 371

    Comentario ................................................................................................... 371

    3.1.5.2 Reservas vagas o generales .......................................................................... 375

    Comentario ................................................................................................... 375

  • xi

    3.1.5.3 Reservas relativas a una disposición que refleja una norma consuetudinaria............................................................................................. 379

    Comentario ................................................................................................... 379

    3.1.5.4 Reservas a disposiciones relativas a derechos que no puedan derogarse en ninguna circunstancia .............................................................................. 388

    Comentario ................................................................................................... 388

    3.1.5.5 Reservas relativas al derecho interno........................................................... 392

    Comentario ................................................................................................... 392

    3.1.5.6 Reservas a los tratados que contienen numerosos derechos y obligaciones interdependientes .................................................................... 395

    Comentario ................................................................................................... 395

    3.1.5.7 Reservas a las cláusulas convencionales de solución de controversias o de vigilancia de la aplicación del tratado.................................................. 399

    Comentario ................................................................................................... 399

    3.2 Evaluación de la validez sustantiva de las reservas..................................... 402

    Comentario ................................................................................................... 402

    3.2.1 Competencia de los órganos de vigilancia de la aplicación de tratados en materia de evaluación de la validez sustantiva de una reserva............... 412

    Comentario ................................................................................................... 412

    3.2.2 Determinación de la competencia de los órganos de vigilancia de la aplicación de tratados en materia de evaluación de la validez sustantiva de las reservas............................................................................................... 413

    Comentario ................................................................................................... 413

    3.2.3 Toma en consideración de la evaluación de los órganos de vigilancia de la aplicación de tratados .......................................................................... 414

    Comentario ................................................................................................... 414

    3.2.4 Organismos competentes para evaluar la validez sustantiva de las reservas en caso de creación de un órgano de vigilancia de la aplicación de un tratado ................................................................................................. 415

    Comentario ................................................................................................... 415

    3.2.5 Competencia de los órganos de solución de controversias para evaluar la validez sustantiva de las reservas............................................................. 415

    Comentario ................................................................................................... 415

    3.3 Consecuencias de la falta de validez sustantiva de una reserva.................. 416

    3.3.1 Irrelevancia de la distinción entre las causas de invalidez .......................... 416

    Comentario ................................................................................................... 416

    3.3.2 Invalidez sustantiva de las reservas y responsabilidad internacional.......... 420

    Comentario ................................................................................................... 420

  • xii

    3.3.3 Falta de efecto de la aceptación individual de una reserva en la validez sustantiva de la reserva................................................................................. 422

    Comentario ................................................................................................... 422

    3.4 Validez sustantiva de las reacciones a las reservas ..................................... 425

    Comentario ................................................................................................... 425

    3.4.1 Validez sustantiva de la aceptación de una reserva..................................... 426

    Comentario ................................................................................................... 426

    3.4.2 Validez sustantiva de una objeción a una reserva ....................................... 427

    Comentario ................................................................................................... 427

    3.5 Validez sustantiva de una declaración interpretativa .................................. 433

    Comentario ................................................................................................... 433

    3.5.1 Validez sustantiva de una declaración interpretativa que es en realidad una reserva.................................................................................................... 436

    Comentario ................................................................................................... 437

    3.6 Validez sustantiva de las reacciones a una declaración interpretativa........ 439

    Comentario ................................................................................................... 439

    4. Efectos jurídicos de las reservas y las declaraciones interpretativas .......... 441

    Comentario ................................................................................................... 441

    4.1 Establecimiento de una reserva con respecto a otro Estado u otra organización internacional ........................................................................... 446

    Comentario ................................................................................................... 446

    4.1.1 Establecimiento de una reserva expresamente autorizada por un tratado ........................................................................................................... 451

    Comentario ................................................................................................... 451

    4.1.2 Establecimiento de una reserva a un tratado que tiene que ser aplicado en su integridad ............................................................................................ 456

    Comentario ................................................................................................... 456

    4.1.3 Establecimiento de una reserva al instrumento constitutivo de una organización internacional ........................................................................... 459

    Comentario ................................................................................................... 459

    4.2 Efectos de una reserva establecida............................................................... 460

    Comentario ................................................................................................... 460

    4.2.1 Condición del autor de una reserva establecida........................................... 460

    Comentario ................................................................................................... 460

    4.2.2 Efectos del establecimiento de la reserva en la entrada en vigor del tratado ..................................................................................................... 465

    Comentario ................................................................................................... 465

  • xiii

    4.2.3 Efectos del establecimiento de una reserva en la condición de su autor como parte en el tratado ............................................................................... 467

    Comentario ................................................................................................... 467

    4.2.4 Efectos de una reserva establecida en las relaciones convencionales......... 468

    Comentario ................................................................................................... 469

    4.2.5 Aplicación no recíproca de las obligaciones a que se refiere la reserva ..... 479

    Comentario ................................................................................................... 479

    4.2.6 Interpretación de las reservas....................................................................... 482

    Comentario ................................................................................................... 482

    4.3 Efectos de una objeción a una reserva válida .............................................. 487

    Comentario ................................................................................................... 487

    4.3.1 Efectos de una objeción en la entrada en vigor del tratado entre su autor y el autor de la reserva.................................................................................. 489

    Comentario ................................................................................................... 489

    4.3.2 Efectos de una objeción a una reserva formulada tardíamente ................... 491

    Comentario ................................................................................................... 491

    4.3.3 Entrada en vigor del tratado entre el autor de una reserva y el autor de una objeción............................................................................................. 492

    Comentario ................................................................................................... 492

    4.3.4 No entrada en vigor del tratado con relación al autor de una reserva cuando la aceptación unánime es necesaria................................................. 493

    Comentario ................................................................................................... 493

    4.3.5 No entrada en vigor del tratado entre el autor de una reserva y el autor de una objeción de efecto máximo .............................................................. 493

    Comentario ................................................................................................... 493

    4.3.6 Efectos de una objeción en las relaciones convencionales ......................... 496

    Comentario ................................................................................................... 497

    4.3.7 Efectos de una objeción en las disposiciones del tratado distintas de aquellas a que se refiere la reserva.......................................................... 508

    Comentario ................................................................................................... 508

    4.3.8 Derecho del autor de una reserva válida a no cumplir el tratado sin el beneficio de su reserva ....................................................................... 511

    Comentario ................................................................................................... 511

    4.4 Efectos de una reserva en los derechos y obligaciones independientes del tratado ..................................................................................................... 512

    4.4.1 Falta de efecto en los derechos y obligaciones dimanantes de otros tratados.......................................................................................................... 512

    Comentario ................................................................................................... 512

  • xiv

    4.4.2 Falta de efecto en los derechos y obligaciones dimanantes de una norma de derecho internacional consuetudinario ........................................ 514

    Comentario ................................................................................................... 514

    4.4.3 Falta de efecto en una norma imperativa de derecho internacional general (jus cogens)...................................................................................... 517

    Comentario ................................................................................................... 517

    4.5 Consecuencias de una reserva inválida........................................................ 518

    Comentario ................................................................................................... 518

    4.5.1 Nulidad de una reserva inválida................................................................... 525

    Comentario ................................................................................................... 525

    4.5.2 Reacciones a una reserva considerada inválida........................................... 536

    Comentario ................................................................................................... 536

    4.5.3 Condición del autor de una reserva inválida con respecto al tratado.......... 541

    Comentario ................................................................................................... 542

    4.6 Falta de efecto de una reserva en las relaciones entre las demás partes en el tratado .................................................................................................. 560

    Comentario ................................................................................................... 560

    4.7 Efectos de las declaraciones interpretativas ................................................ 563

    Comentario ................................................................................................... 563

    4.7.1 Aclaración de los términos del tratado por una declaración interpretativa................................................................................................. 565

    Comentario ................................................................................................... 565

    4.7.2 Efectos de la modificación o el retiro de una declaración interpretativa .... 575

    Comentario ................................................................................................... 575

    4.7.3 Efectos de una declaración interpretativa aprobada por todos los Estados contratantes y organizaciones contratantes .................................... 577

    Comentario ................................................................................................... 577

    5. Reservas, aceptaciones de las reservas, objeciones a las reservas y declaraciones interpretativas en caso de sucesión de Estados.................. 579

    Comentario ................................................................................................... 579

    5.1 Reservas en caso de sucesión de Estados .................................................... 581

    5.1.1 Caso de un Estado de reciente independencia ............................................. 581

    Comentario ................................................................................................... 582

    5.1.2 Caso de unificación o de separación de Estados ......................................... 590

    Comentario ................................................................................................... 591

    5.1.3 No pertinencia de determinadas reservas en caso de unificación de Estados..................................................................................................... 597

    Comentario ................................................................................................... 597

  • xv

    5.1.4 Principio de mantenimiento del alcance territorial de las reservas del Estado predecesor................................................................................... 598

    Comentario ................................................................................................... 598

    5.1.5 Aplicación territorial de las reservas en caso de unificación de Estados.... 599

    Comentario ................................................................................................... 600

    5.1.6 Aplicación territorial de las reservas del Estado sucesor en caso de sucesión respecto de una parte de territorio............................................ 602

    Comentario ................................................................................................... 602

    5.1.7 Efectos en el tiempo del no mantenimiento por un Estado sucesor de una reserva formulada por el Estado predecesor .................................... 603

    Comentario ................................................................................................... 604

    5.1.8 Formulación tardía de una reserva por un Estado sucesor .......................... 604

    Comentario ................................................................................................... 604

    5.2 Objeciones a las reservas en caso de sucesión de Estados .......................... 605

    5.2.1 Mantenimiento por el Estado sucesor de objeciones formuladas por el Estado predecesor .............................................................................. 605

    Comentario ................................................................................................... 606

    5.2.2 No pertinencia de determinadas objeciones en caso de unificación de Estados..................................................................................................... 608

    Comentario ................................................................................................... 609

    5.2.3 Mantenimiento de objeciones hechas a reservas del Estado predecesor .... 609

    Comentario ................................................................................................... 609

    5.2.4 Reservas del Estado predecesor que no han suscitado objeción................. 610

    Comentario ................................................................................................... 610

    5.2.5 Derecho de un Estado sucesor de formular objeciones a reservas.............. 611

    Comentario ................................................................................................... 611

    5.2.6 Objeciones de un Estado sucesor que no es un Estado de reciente independencia respecto del cual un tratado continúa en vigor.................... 613

    Comentario ................................................................................................... 613

    5.3 Aceptación de las reservas en caso de sucesión de Estados........................ 614

    5.3.1 Mantenimiento por un Estado de reciente independencia de las aceptaciones expresas formuladas por el Estado predecesor ...................... 614

    Comentario ................................................................................................... 614

    5.3.2 Mantenimiento por un Estado sucesor que no es un Estado de reciente independencia de las aceptaciones expresas formuladas por el Estado predecesor..................................................................................................... 616

    Comentario ................................................................................................... 616

  • xvi

    5.3.3 Efectos en el tiempo del no mantenimiento por un Estado sucesor de una aceptación expresa formulada por el Estado predecesor ................. 616

    Comentario ................................................................................................... 617

    5.4 Efectos jurídicos de las reservas, aceptaciones y objeciones en caso de sucesión de Estados ................................................................................. 617

    Comentario ................................................................................................... 617

    5.5 Declaraciones interpretativas en caso de sucesión de Estados.................... 617

    Comentario ................................................................................................... 618

    Anexo

    Conclusiones acerca del diálogo sobre las reservas.................................................. 620

    Bibliografía relativa a las reservas a los tratados.................................................................. 622

  • A/66/10/Add.1

    12-20321 1

    Capítulo IV Reservas a los tratados (continuación)

    F. Texto de la Guía de la Práctica sobre las Reservas a los Tratados, aprobado por la Comisión en su 63º período de sesiones

    1. Texto de las directrices que componen la Guía de la Práctica, seguido de un anexo acerca del diálogo sobre las reservas (A/66/10, párr. 75)

    1. A continuación se reproduce el texto de la Guía de la Práctica sobre las Reservas a los Tratados aprobado por la Comisión en su 63º período de sesiones, seguido de un anexo acerca del diálogo sobre las reservas:

    Guía de la Práctica sobre las Reservas a los Tratados

    1. Definiciones

    1.1 Definición de las reservas

    1. Se entiende por "reserva" una declaración unilateral, cualquiera que sea su enunciado o denominación, hecha por un Estado o por una organización internacional al firmar, ratificar, confirmar formalmente, aceptar o aprobar un tratado o al adherirse a él, o cuando un Estado hace una notificación de sucesión en un tratado, con objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en su aplicación a ese Estado o a esa organización.

    2. El párrafo 1 deberá interpretarse en el sentido de que incluye las reservas que tienen por objeto excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones de un tratado, o del tratado en su conjunto con respecto a ciertos aspectos específicos, en su aplicación al Estado o a la organización internacional que formula la reserva.

    1.1.1 Declaraciones que tienen por objeto limitar las obligaciones de su autor

    Una declaración unilateral formulada por un Estado o por una organización internacional en el momento en que ese Estado o esa organización manifiesta su consentimiento en obligarse por un tratado, por la que su autor se propone limitar las obligaciones que el tratado le impone, constituye una reserva.

    1.1.2 Declaraciones que tienen por objeto cumplir una obligación por medios equivalentes

    Una declaración unilateral formulada por un Estado o por una organización internacional en el momento en que ese Estado o esa organización manifiesta su consentimiento en obligarse por un tratado, por la que ese Estado o esa organización se propone cumplir una obligación en virtud del tratado de una manera diferente pero que el autor de la declaración considera equivalente a la impuesta por el tratado, constituye una reserva.

    1.1.3 Reservas relativas a la aplicación territorial del tratado

    Una declaración unilateral por la que un Estado se propone excluir la aplicación de algunas disposiciones del tratado o del tratado en su conjunto con respecto a ciertos

  • A/66/10/Add.1

    2 12-20321

    aspectos específicos en un territorio en el que sería aplicable en ausencia de tal declaración constituye una reserva.

    1.1.4 Reservas formuladas con ocasión de la ampliación de la aplicación territorial de un tratado

    Una declaración unilateral por la que un Estado, al ampliar la aplicación del tratado a un territorio, se propone excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado respecto de ese territorio constituye una reserva.

    1.1.5 Reservas formuladas conjuntamente

    La formulación conjunta de una reserva por varios Estados u organizaciones internacionales no afecta al carácter unilateral de esa reserva.

    1.1.6 Reservas formuladas en virtud de cláusulas que autorizan expresamente la exclusión o la modificación de ciertas disposiciones de un tratado

    Una declaración unilateral hecha por un Estado o por una organización internacional en el momento en que ese Estado o esa organización manifiesta su consentimiento en obligarse por un tratado, de conformidad con una cláusula que autorice expresamente a las partes o a algunas de ellas a excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado respecto de la parte que haya hecho la declaración, constituye una reserva expresamente autorizada por el tratado.

    1.2 Definición de las declaraciones interpretativas

    Se entiende por "declaración interpretativa" una declaración unilateral, cualquiera que sea su enunciado o denominación, hecha por un Estado o por una organización internacional con objeto de precisar o aclarar el sentido o el alcance de un tratado o de algunas de sus disposiciones.

    1.2.1 Declaraciones interpretativas formuladas conjuntamente

    La formulación conjunta de una declaración interpretativa por varios Estados u organizaciones internacionales no afecta al carácter unilateral de la declaración interpretativa.

    1.3 Distinción entre reservas y declaraciones interpretativas

    La calificación de una declaración unilateral como reserva o declaración interpretativa está determinada por los efectos jurídicos que su autor se propone producir.

    1.3.1 Método de determinación de la distinción entre reservas y declaraciones interpretativas

    Para determinar si una declaración unilateral formulada por un Estado o una organización internacional respecto de un tratado es una reserva o una declaración interpretativa, procede interpretar la declaración de buena fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a sus términos, con miras a dilucidar la intención de su autor, a la luz del tratado a que se refiere.

    1.3.2 Enunciado y denominación

    El enunciado o la denominación de una declaración unilateral constituye un indicio de los efectos jurídicos perseguidos.

  • A/66/10/Add.1

    12-20321 3

    1.3.3 Formulación de una declaración unilateral cuando una reserva está prohibida

    Cuando un tratado prohíbe las reservas al conjunto de sus disposiciones o a algunas de ellas, se presumirá que una declaración unilateral formulada al respecto por un Estado o una organización internacional no constituye una reserva. No obstante, tal declaración constituirá una reserva si tiene por objeto excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado o del tratado en su conjunto con respecto a ciertos aspectos específicos en su aplicación al autor de esa declaración.

    1.4 Declaraciones interpretativas condicionales

    1. Una declaración interpretativa condicional es una declaración unilateral formulada por un Estado o por una organización internacional al firmar, ratificar, confirmar formalmente, aceptar o aprobar un tratado o al adherirse a él, o cuando un Estado hace una notificación de sucesión en un tratado, por la que ese Estado o esa organización internacional condiciona su consentimiento en obligarse por el tratado a una interpretación específica del tratado o de algunas de sus disposiciones.

    2. Las declaraciones interpretativas condicionales estarán sujetas a las reglas aplicables a las reservas.

    1.5 Declaraciones unilaterales distintas de las reservas y las declaraciones interpretativas

    Las declaraciones unilaterales formuladas en relación con un tratado que no son reservas ni declaraciones interpretativas (incluidas las declaraciones interpretativas condicionales) quedan fuera del ámbito de aplicación de la presente Guía de la Práctica.

    1.5.1 Declaraciones de no reconocimiento

    Una declaración unilateral por la que un Estado indica que su participación en un tratado no entraña el reconocimiento de una entidad a la que no reconoce queda fuera del ámbito de aplicación de la presente Guía de la Práctica, aun cuando tenga por objeto excluir la aplicación del tratado entre el Estado declarante y la entidad no reconocida.

    1.5.2 Declaraciones relativas a la aplicación de un tratado en el ámbito interno

    Una declaración unilateral formulada por un Estado o una organización internacional por la que ese Estado o esa organización indica la manera en que aplicará un tratado en el ámbito interno, sin que ello afecte sus derechos y obligaciones con respecto a los demás Estados contratantes u organizaciones contratantes, queda fuera del ámbito de aplicación de la presente Guía de la Práctica.

    1.5.3 Declaraciones unilaterales hechas en virtud de una cláusula de opción

    1. Una declaración unilateral hecha por un Estado o una organización internacional de conformidad con una cláusula de un tratado que permite a las partes aceptar una obligación no impuesta por otras disposiciones del tratado, o que les permite elegir entre dos o varias disposiciones del tratado, queda fuera del ámbito de aplicación de la presente Guía de la Práctica.

    2. Una restricción o condición incluida en una declaración por la que un Estado o una organización internacional acepta, en virtud de una cláusula del tratado, una obligación no impuesta por otras disposiciones del tratado no constituye una reserva.

  • A/66/10/Add.1

    4 12-20321

    1.6 Declaraciones unilaterales relativas a los tratados bilaterales

    1.6.1 "Reservas" a los tratados bilaterales

    Una declaración unilateral, cualquiera que sea su enunciado o denominación, formulada por un Estado o una organización internacional después de la rúbrica o la firma pero antes de la entrada en vigor de un tratado bilateral, por la que ese Estado o esa organización se propone obtener de la otra parte una modificación de las disposiciones del tratado no constituye una reserva en el sentido de la presente Guía de la Práctica.

    1.6.2 Declaraciones interpretativas de tratados bilaterales

    Las directrices 1.2 y 1.4 son aplicables a las declaraciones interpretativas relativas tanto a los tratados multilaterales como a los tratados bilaterales.

    1.6.3 Efectos jurídicos de la aceptación de la declaración interpretativa de un tratado bilateral por la otra parte

    La interpretación resultante de una declaración interpretativa de un tratado bilateral hecha por un Estado o una organización internacional parte en el tratado y aceptada por la otra parte constituye una interpretación auténtica de ese tratado.

    1.7 Alternativas a las reservas y las declaraciones interpretativas

    1.7.1 Alternativas a las reservas

    A fin de conseguir resultados comparables a los producidos por las reservas, los Estados o las organizaciones internacionales pueden también recurrir a procedimientos alternativos, tales como:

    • la inserción en el tratado de una cláusula que tenga por objeto limitar su alcance o su aplicación;

    • la concertación de un acuerdo por el que dos o más Estados u organizaciones internacionales, en virtud de una disposición expresa de un tratado, se proponen excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en sus relaciones mutuas.

    1.7.2 Alternativas a las declaraciones interpretativas

    A fin de precisar o de aclarar el sentido o el alcance de un tratado o de algunas de sus disposiciones, los Estados o las organizaciones internacionales pueden también recurrir a procedimientos distintos de las declaraciones interpretativas, tales como:

    • la inserción en el tratado de disposiciones expresas que tengan por objeto interpretarlo;

    • la concertación de un acuerdo complementario con tal fin, de manera simultánea o con posterioridad a la celebración del tratado.

    1.8 Alcance de las definiciones

    Las definiciones de declaraciones unilaterales incluidas en esta parte se entienden sin perjuicio de la validez y los efectos jurídicos de tales declaraciones según las normas que les son aplicables.

  • A/66/10/Add.1

    12-20321 5

    2. Procedimiento

    2.1 Forma y notificación de las reservas

    2.1.1 Forma de las reservas

    Una reserva habrá de formularse por escrito.

    2.1.2 Motivación de las reservas

    En lo posible, una reserva debería indicar los motivos por los cuales se formula.

    2.1.3 Representación a efectos de la formulación de una reserva en el plano internacional

    1. Sin perjuicio de las prácticas habitualmente seguidas en las organizaciones internacionales depositarias de tratados, se considerará que una persona representa a un Estado o a una organización internacional a efectos de formular una reserva:

    a) si esa persona presenta los adecuados plenos poderes para la adopción o la autenticación del texto del tratado respecto del cual se formula la reserva o para manifestar el consentimiento del Estado o de la organización en obligarse por ese tratado; o

    b) si se deduce de la práctica o de otras circunstancias que la intención de los Estados y de las organizaciones internacionales de que se trate ha sido considerar que esa persona es la representante del Estado o de la organización internacional para esos efectos sin la presentación de plenos poderes.

    2. En virtud de sus funciones, y sin tener que presentar plenos poderes, se considerará que representan a su Estado para formular una reserva en el plano internacional:

    a) los jefes de Estado, jefes de gobierno y ministros de relaciones exteriores;

    b) los representantes acreditados por los Estados en una conferencia internacional, para la formulación de una reserva a un tratado adoptado en esa conferencia;

    c) los representantes acreditados por los Estados ante una organización internacional o uno de sus órganos, para la formulación de una reserva a un tratado adoptado en tal organización u órgano;

    d) los jefes de misiones permanentes ante una organización internacional, para la formulación de una reserva a un tratado celebrado entre los Estados acreditantes y esa organización.

    2.1.4 Falta de consecuencias en el plano internacional de la violación de las normas internas relativas a la formulación de reservas

    1. El órgano competente y el procedimiento que haya de seguirse en el plano interno para formular una reserva serán determinados por el derecho interno de cada Estado o por las reglas pertinentes de cada organización internacional.

    2. El hecho de que una reserva haya sido formulada en violación de una disposición del derecho interno de un Estado o de las reglas de una organización internacional concernientes a la competencia y el procedimiento para la formulación de reservas no podrá ser alegado por ese Estado o esa organización como vicio de esa reserva.

  • A/66/10/Add.1

    6 12-20321

    2.1.5 Comunicación de las reservas

    1. Una reserva habrá de comunicarse por escrito a los Estados contratantes y a las organizaciones contratantes y a los demás Estados y organizaciones internacionales facultados para llegar a ser partes en el tratado.

    2. Una reserva a un tratado en vigor que sea el instrumento constitutivo de una organización internacional habrá de comunicarse además a esa organización.

    2.1.6 Procedimiento de comunicación de las reservas

    1. Salvo que el tratado disponga o que los Estados y las organizaciones contratantes acuerden otra cosa, la comunicación de una reserva a un tratado será transmitida:

    i) si no hay depositario, directamente por el autor de la reserva a los Estados contratantes y a las organizaciones contratantes y a los demás Estados y organizaciones internacionales facultados para llegar a ser partes en el tratado; o

    ii) si hay depositario, a este, quien la notificará lo antes posible a los Estados y a las organizaciones internacionales a que esté destinada.

    2. La comunicación de una reserva se entenderá que ha quedado hecha respecto de un Estado o de una organización internacional solo cuando haya sido recibida por ese Estado o esa organización.

    3. La comunicación de una reserva a un tratado que se efectúe por un medio que no sea una nota diplomática o una notificación al depositario, en particular por correo electrónico o por telefax, deberá ser confirmada en un plazo apropiado mediante tal nota o notificación. En tal caso, se considerará que la reserva ha sido formulada en la fecha de la comunicación inicial.

    2.1.7 Funciones del depositario

    1. El depositario examinará si la reserva a un tratado formulada por un Estado o una organización internacional está en la forma adecuada y debida y, cuando proceda, señalará la cuestión a la atención del Estado o la organización internacional de que se trate.

    2. De surgir alguna discrepancia entre un Estado o una organización internacional y el depositario acerca del desempeño de esta función, el depositario señalará la cuestión a la atención:

    a) de los Estados y las organizaciones signatarios, así como de los Estados contratantes y las organizaciones contratantes; o

    b) cuando proceda, del órgano competente de la organización internacional interesada.

    2.2 Confirmación de las reservas

    2.2.1 Confirmación formal de las reservas formuladas en el momento de la firma de un tratado

    La reserva que se formule en el momento de la firma de un tratado que haya de ser objeto de ratificación, acto de confirmación formal, aceptación o aprobación, habrá de ser confirmada formalmente por el Estado o por la organización internacional autor de la reserva al manifestar su consentimiento en obligarse por el tratado. En tal caso, se considerará que la reserva ha sido hecha en la fecha de su confirmación.

  • A/66/10/Add.1

    12-20321 7

    2.2.2 Caso de inexigibilidad de la confirmación de las reservas formuladas en el momento de la firma del tratado

    Una reserva formulada en el momento de la firma de un tratado no tendrá que ser confirmada ulteriormente cuando un Estado o una organización internacional manifieste mediante esa firma su consentimiento en obligarse por el tratado.

    2.2.3 Reservas en el momento de la firma expresamente autorizadas por el tratado

    Cuando el tratado establezca expresamente que un Estado o una organización internacional están facultados para formular una reserva en el momento de la firma del tratado, tal reserva no tendrá que ser confirmada formalmente por el Estado o la organización internacional autor de la reserva al manifestar su consentimiento en obligarse por el tratado.

    2.2.4 Forma de la confirmación formal de las reservas

    La confirmación formal de una reserva habrá de hacerse por escrito.

    2.3 Formulación tardía de las reservas

    Un Estado o una organización internacional no podrá formular una reserva a un tratado después de haber manifestado su consentimiento en obligarse por el tratado, a menos que el tratado disponga otra cosa o que ninguno de los demás Estados contratantes y organizaciones contratantes se oponga a la formulación tardía de esa reserva.

    2.3.1 Aceptación de la formulación tardía de una reserva

    Salvo que el tratado disponga otra cosa o que la práctica bien establecida seguida por el depositario sea diferente, solo se considerará que la formulación tardía de una reserva ha sido aceptada si ningún Estado contratante u organización contratante se ha opuesto a esa formulación dentro de los doce meses siguientes a la fecha en que haya recibido notificación de la reserva.

    2.3.2 Plazo de formulación de una objeción a una reserva formulada tardíamente

    Una objeción a una reserva formulada tardíamente deberá formularse en los doce meses siguientes a la aceptación, de conformidad con la directriz 2.3.1, de la formulación tardía de la reserva.

    2.3.3 Limitación a la posibilidad de excluir o modificar los efectos jurídicos de un tratado por medios distintos de las reservas

    Un Estado contratante o una organización contratante en un tratado no podrá excluir ni modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado mediante:

    a) la interpretación de una reserva formulada anteriormente; o

    b) una declaración unilateral hecha ulteriormente en virtud de una cláusula de opción.

    2.3.4 Ampliación del alcance de una reserva

    La modificación de una reserva existente que tenga por objeto ampliar su alcance se regirá por las reglas aplicables a la formulación tardía de una reserva. Si la modificación es objeto de oposición, la reserva inicial permanecerá inalterada.

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    2.4 Procedimiento relativo a las declaraciones interpretativas

    2.4.1 Forma de las declaraciones interpretativas

    Una declaración interpretativa debería formularse preferiblemente por escrito.

    2.4.2 Representación a efectos de la formulación de declaraciones interpretativas

    Una declaración interpretativa deberá ser formulada por una persona a la que se considera que representa a un Estado o una organización internacional para la adopción o la autenticación del texto de un tratado o para manifestar el consentimiento de un Estado o una organización internacional en obligarse por un tratado.

    2.4.3 Falta de consecuencias en el plano internacional de la violación de las normas internas relativas a la formulación de declaraciones interpretativas

    1. El órgano competente y el procedimiento que haya de seguirse en el plano interno para formular una declaración interpretativa serán determinados por el derecho interno de cada Estado o por las reglas pertinentes de cada organización internacional.

    2. El hecho de que una declaración interpretativa haya sido formulada en violación de una disposición del derecho interno de un Estado o de las reglas de una organización internacional concernientes a la competencia y el procedimiento para la formulación de declaraciones interpretativas no podrá ser alegado por ese Estado o esa organización como vicio de esa declaración.

    2.4.4 Momento en que se puede formular una declaración interpretativa

    Sin perjuicio de lo dispuesto en las directrices 1.4 y 2.4.7, una declaración interpretativa podrá ser formulada en cualquier momento.

    2.4.5 Comunicación de las declaraciones interpretativas

    La comunicación de una declaración interpretativa formulada por escrito debería seguir el procedimiento establecido en las directrices 2.1.5, 2.1.6 y 2.1.7.

    2.4.6 Inexigibilidad de la confirmación de las declaraciones interpretativas formuladas en el momento de la firma de un tratado

    Una declaración interpretativa formulada en el momento de la firma de un tratado no tendrá que ser confirmada ulteriormente cuando un Estado o una organización internacional manifieste su consentimiento en obligarse por el tratado.

    2.4.7 Formulación tardía de una declaración interpretativa

    Cuando un tratado disponga que una declaración interpretativa únicamente puede formularse en momentos determinados, un Estado o una organización internacional no podrán formular en otro momento una declaración interpretativa relativa a ese tratado, a menos que ninguno de los demás Estados u organizaciones contratantes se oponga a la formulación tardía de esa declaración.

    2.4.8 Modificación de una declaración interpretativa

    Salvo que el tratado disponga otra cosa, una declaración interpretativa podrá ser modificada en cualquier momento.

  • A/66/10/Add.1

    12-20321 9

    2.5 Retiro y modificación de las reservas y las declaraciones interpretativas

    2.5.1 Retiro de las reservas

    Salvo que el tratado disponga otra cosa, una reserva podrá ser retirada en cualquier momento y no se exigirá para su retiro el consentimiento del Estado o de la organización internacional que la haya aceptado.

    2.5.2 Forma del retiro

    El retiro de una reserva habrá de formularse por escrito.

    2.5.3 Examen periódico de la utilidad de las reservas

    1. Los Estados o las organizaciones internacionales que hayan formulado una o varias reservas a un tratado deberían proceder a un examen periódico de estas y considerar el retiro de las reservas que ya no respondan a la finalidad para la que fueron formuladas.

    2. En tal examen, los Estados y las organizaciones internacionales deberían prestar especial atención al objetivo de preservar la integridad de los tratados multilaterales y, cuando proceda, considerar la utilidad del mantenimiento de las reservas, particularmente en relación con su derecho interno y con la evolución de este desde que se formularon dichas reservas.

    2.5.4 Representación a efectos del retiro de una reserva en el plano internacional

    1. Sin perjuicio de las prácticas habitualmente seguidas en las organizaciones internacionales depositarias de tratados, una persona será considerada representante de un Estado o de una organización internacional para retirar una reserva formulada en nombre de un Estado o de una organización internacional:

    a) si presenta los adecuados plenos poderes a los efectos del retiro; o

    b) si se deduce de la práctica o de otras circunstancias que la intención de los Estados o de las organizaciones internacionales de que se trate ha sido considerar que esa persona representa a un Estado o una organización internacional para esos efectos sin la presentación de plenos poderes.

    2. En virtud de sus funciones, y sin tener que presentar plenos poderes, son considerados representantes de un Estado para retirar una reserva en el plano internacional en nombre de ese Estado:

    a) los jefes de Estado, jefes de gobierno y ministros de relaciones exteriores;

    b) los representantes acreditados por los Estados ante una organización internacional o ante uno de sus órganos, para el retiro de una reserva a un tratado adoptado en tal organización u órgano;

    c) los jefes de misiones permanentes ante una organización internacional, para el retiro de una reserva a un tratado celebrado entre los Estados acreditantes y esa organización.

    2.5.5 Falta de consecuencias en el plano internacional de la violación de las normas internas relativas al retiro de reservas

    1. El órgano competente y el procedimiento que haya de seguirse en el plano interno para retirar una reserva serán determinados por el derecho interno de cada Estado o por las reglas pertinentes de cada organización internacional.

  • A/66/10/Add.1

    10 12-20321

    2. El hecho de que una reserva haya sido retirada en violación de una disposición del derecho interno de un Estado o de las reglas de una organización internacional concernientes a la competencia y el procedimiento para el retiro de reservas no podrá ser alegado por ese Estado o esa organización como vicio de ese retiro.

    2.5.6 Comunicación del retiro de una reserva

    El procedimiento de comunicación del retiro de una reserva se regirá por las reglas aplicables respecto de la comunicación de las reservas enunciadas en las directrices 2.1.5, 2.1.6 y 2.1.7.

    2.5.7 Efectos del retiro de una reserva

    1. El retiro de una reserva entraña la aplicación, en su integridad, de las disposiciones a que se refería la reserva en las relaciones entre el Estado o la organización internacional que retira la reserva y todas las demás partes, con independencia de que estas hayan aceptado la reserva o hayan formulado una objeción al respecto.

    2. El retiro de una reserva entraña la entrada en vigor del tratado en las relaciones entre el Estado o la organización internacional que retira la reserva y un Estado o una organización internacional que hubiere hecho una objeción a la reserva y se hubiere opuesto a la entrada en vigor del tratado entre ese Estado u organización y el autor de la reserva a causa de dicha reserva.

    2.5.8 Fecha en que surte efecto el retiro de una reserva

    Salvo que el tratado disponga o que se acuerde otra cosa, el retiro de una reserva solo surtirá efecto respecto de un Estado contratante o de una organización contratante cuando ese Estado o esa organización haya recibido la correspondiente notificación.

    2.5.9 Casos en que el autor de una reserva puede fijar la fecha en que surte efecto el retiro de una reserva

    El retiro de una reserva surtirá efecto en la fecha fijada por su autor cuando:

    a) esa fecha sea posterior a la fecha en que los demás Estados contratantes u organizaciones contratantes hayan recibido la correspondiente notificación; o

    b) el retiro no confiera más derechos a su autor respecto de los demás Estados contratantes u organizaciones contratantes.

    2.5.10 Retiro parcial de las reservas

    1. El retiro parcial de una reserva limita los efectos jurídicos de la reserva y asegura una aplicación más completa de las disposiciones del tratado, o del tratado en su conjunto, en las relaciones entre el Estado o la organización internacional autor del retiro y las demás partes en el tratado.

    2. El retiro parcial de una reserva está sujeto a las mismas reglas de forma y de procedimiento que el retiro total y surte efecto en las mismas condiciones.

    2.5.11 Efectos del retiro parcial de una reserva

    1. El retiro parcial de una reserva modifica los efectos jurídicos de la reserva en la medida determinada por la nueva formulación de la reserva. Una objeción formulada a esa reserva sigue surtiendo efecto mientras su autor no la retire, en la medida en que la objeción no se refiera exclusivamente a la parte de la reserva que ha sido retirada.

  • A/66/10/Add.1

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    2. No se podrá formular ninguna objeción nueva a la reserva resultante del retiro parcial, a menos que ese retiro parcial tenga un efecto discriminatorio.

    2.5.12 Retiro de las declaraciones interpretativas

    Una declaración interpretativa podrá ser retirada en cualquier momento, siguiendo el mismo procedimiento aplicable a su formulación, por las autoridades que sean consideradas representantes del Estado o de la organización internacional para este fin.

    2.6 Formulación de objeciones

    2.6.1 Definición de las objeciones a las reservas

    Se entiende por "objeción" una declaración unilateral, cualquiera que sea su enunciado o denominación, hecha por un Estado o por una organización internacional como reacción ante una reserva a un tratado formulada por otro Estado u otra organización internacional, por la que el Estado o la organización se propone impedir que la reserva produzca los efectos jurídicos deseados u oponerse de otro modo a la reserva.

    2.6.2 Derecho a formular objeciones

    Un Estado o una organización internacional podrá formular una objeción a una reserva con independencia de la validez de la reserva.

    2.6.3 Autor de una objeción

    Podrán formular una objeción a una reserva:

    i) todo Estado contratante o toda organización internacional contratante; y

    ii) todo Estado o toda organización internacional facultados para llegar a ser partes en el tratado, en cuyo caso tal declaración no surtirá ningún efecto jurídico hasta que el Estado o la organización internacional hayan manifestado su consentimiento en obligarse por el tratado.

    2.6.4 Objeciones formuladas conjuntamente

    La formulación conjunta de una objeción por varios Estados u organizaciones internacionales no afecta al carácter unilateral de esa objeción.

    2.6.5 Forma de las objeciones

    Una objeción habrá de formularse por escrito.

    2.6.6 Derecho a oponerse a la entrada en vigor del tratado con respecto al autor de la reserva

    Un Estado o una organización internacional qu