informe de auditoria gubermantal i

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 INFORME Nº 10-2013-2-5332 EXAMEN ESPECIAL AL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH “EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA VILLA DE JAPIA PERIODO! 1" DE AGOSTO DE 200 # AL $ DE NOVIEMBRE DE 2011 I.INTRODUCCIÓN 1. ORIG EN D EL E XA MEN El examen especial, practicado al gobierno regional de Ancash, en adelante la “E%&'()(” es una acción programada en el Plan Anual de Control 2013 del órgano de Control Institucional de la Entidad, con código n! 2"#332"2013"002 el cual $ue aprobado mediante %esolución de Contralor&a n' (3)"2012"C*, publicada el 2) de diciembre de 2012 +a acreditación de la comisión auditora, $ue comunicada al presidente regional mediante el o$icio n! 2)0"2013*-.%E*A/CA-%CI de 11 de maro de 2013 2. NA TU RAL EZA Y OBJE TIV OS DEL EXAMEN 2.1. Naturalea +a acción de control realiada en la Entidad correspondió a un examen especial 2.2. O!"et#$% &e'eral eterminar si los recursos de la entidad se utili aron en el marco de la normati4a 4igente 5 para atender las necesidades de e6ecución de pro5ectos de in4ersión, en cumplimiento de sus $ines institucionales 2.( O!"et#$% e)*e+,-#+% eterminar si el adicional n! 2 de la obra 78e6oramiento 5 Ampliacion del Colegio Inte gr ado 9o se 8ari a Ar gu edas del centro po blado de Cha4 in, distrito de Independencia, pro4incia de uara, región Ancash”, se lle4o acabo con$orme a la normati4a legal aplicable (. ALCANCE D EL EXAMEN El examen especial se desarrolló, en las o$icinas de la Entidad, ubicada en el campamento :icha5 ba6o /, distrito de Independencia, pro4incia de uara, Ancash, de acuerdo a los criterios establecidos en las /ormas de Auditor&a *ubernamental ;/A*<=, 5 el 8anual de Auditor&a *ubernamental ;8A*<=, 5 comprendió la re4isión 5 an>lisis selecti4o de la documentación existente en los archi4os de las o$icinas de la gerencia %egional de In$raestructura de la Entidad? por el *+,'( (+ 1" (+ )./& (+ 200# ) $ (+ %'+,+ (+ 2011 (.1 L##ta+#%'e) En el desarrollo de nuestra acción de control no se ha presentado limitación alguna (.2 Carta /e re*re)e 'ta+#0'  “D+4+%' (+ )/ P+,/%)/ 4% D'/4)*)4'()( +% + P+, “A6O DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL 7 LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

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auditoria guberamental, caso practico

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rgano de Control Institucional INFORME N 10-2013-2-5332 GOBIERNO REGIONAL ANCASH

Pgina 2 de 17INFORME N 10-2013-2-5332EXAMEN ESPECIAL AL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASHEJECUCIN DE LA OBRA CONSTRUCCIN DE LA CARRETERA VILLA DE JAPIA

PERIODO: 18 DE AGOSTO DE 2009 AL 4 DE NOVIEMBRE DE 2011

I.INTRODUCCIN

1. ORIGEN DEL EXAMEN

El examen especial, practicado al gobierno regional de Ancash, en adelante la Entidad es una accin programada en el Plan Anual de Control 2013 del rgano de Control Institucional de la Entidad, con cdigo n. 2-5332-2013-002 el cual fue aprobado mediante Resolucin de Contralora n. 437-2012-CG, publicada el 27 de diciembre de 2012.

La acreditacin de la comisin auditora, fue comunicada al presidente regional mediante el oficio n. 270-2013/GOB.REG.ANCASH/ORCI de 11 de marzo de 2013.

2. NATURALEZA Y OBJETIVOS DEL EXAMEN

2.1. Naturaleza

La accin de control realizada en la Entidad correspondi a un examen especial.

2.2. Objetivo general

Determinar si los recursos de la entidad se utilizaron en el marco de la normativa vigente y para atender las necesidades de ejecucin de proyectos de inversin, en cumplimiento de sus fines institucionales.

2.3 Objetivo especfico

Determinar si el adicional n. 2 de la obra Mejoramiento y Ampliacion del Colegio Integrado Jose Maria Arguedas del centro poblado de Chavin, distrito de Independencia, provincia de Huaraz, regin Ancash, se llevo acabo conforme a la normativa legal aplicable.

3. ALCANCE DEL EXAMEN

El examen especial se desarroll, en las oficinas de la Entidad, ubicada en el campamento Vichay bajo S/N, distrito de Independencia, provincia de Huaraz, Ancash, de acuerdo a los criterios establecidos en las Normas de Auditora Gubernamental (NAGU), y el Manual de Auditora Gubernamental (MAGU), y comprendi la revisin y anlisis selectivo de la documentacin existente en los archivos de las oficinas de la gerencia Regional de Infraestructura de la Entidad; por el periodo de 18 de agosto de 2009 al 4 de noviembre de 2011

3.1 Limitaciones

En el desarrollo de nuestra accin de control no se ha presentado limitacin alguna.

3.2 Carta de representacinMediante oficio n. 39-2013- GRA/ORCI-AGB, recepcionado el 21 de mayo de 2013, se solicit al presidente regional, la Carta de Representacin, documento que hasta la emisin del presente informe no ha sido remitido al rgano de Control Institucional de la Entidad.

4. ANTECEDENTES Y BASE LEGAL DE LA ENTIDAD

4.1 Antecedentes de la Entidad

4.1.1 Norma de creacin

NDispositivoObjeto y/o FinalidadEmisin

01Ley 27783La presente ley orgnica desarrolla el captulo de la Constitucin Poltica sobre descentralizacin, que regula la estructura y organizacin del Estado en forma democrtica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Regional y Gobiernos locales. Asimismo define las normas que regulan la descentralizacin Administrativa, Econmica, Productiva, Financiera, Tributaria y Fiscal.22/07/02

02Ley 27867La presente ley orgnica establece y norma la estructura, organizacin, competencias y funciones de los Gobiernos regionales. Define la organizacin democrtica, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitucin y a la ley de Bases de Descentralizacin.18/11/02

03Ley 27902La presente ley tiene por objeto modificar y complementar la ley Orgnica de los Gobiernos Regionales con el fin de fortalecer el proceso de descentralizacin y garantizar su desarrollo ordenado y progresivo, de acuerdo a lo sealado en el artculo 188 de la constitucin Poltica del Per.20/12/02

El Gobierno Regional de Ancash entr en funcionamiento a partir del 01 de Enero del ao 2003 de acuerdo a lo sealado en la Ley N 27867 Ley Orgnica de Gobiernos Regionales del 18 de noviembre del 2002 y su modificatoria aprobada mediante Ley n 27902.Su Reglamento de Organizacin y Funciones fue aprobado mediante Ordenanza Regional N 002-2003-CR/RC de fecha 20 de enero del 2003.Los funcionarios y servidores del Gobierno Regional de Ancash, se sujetan al rgimen laboral aplicable a la administracin pblica, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del sector Pblico y otras normas conexas y complementarias.

4.1.2 Naturaleza y finalidad de la entidad

Artculo 4.- El Gobierno de la Regin de Ancash es un organismo pblico descentralizado de carcter permanente, con personera jurdica de derecho pblico, goza de autonoma poltica, econmica y administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituyendo, para su administracin econmica y financiera, un Pliego Presupuestal.

Artculo 5.- El Gobierno de la Regin de Ancash tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversiones pblica y privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.

Base Legal: Ordenanza Regional 010-2011-REGION ANCASH/CR

4.1.3 Rgimen laboral y pensionario

Artculo 178.- Los funcionarios y servidores del Gobierno Regional de Ancash, se sujetan al rgimen laboral aplicable a la administracin pblica, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Pblico y otras normas conexas y complementarias.

Artculo 179.- El Rgimen pensionario aplicable a los trabadores sealados en el Artculo anterior, se regula por la legislacin especfica de la materia considerndose para dicho efecto los siguientes regmenes:

a) Fondo de Pensiones, regidos por el Decreto Ley N 20530b) Sistema Nacional de Pensiones, regido por el Decreto Ley N 19990 yc) Sistema Privado de Pensiones, regido por la Ley N 25897 4.1.4 Funciones

El Gobierno de la Regin Ancash ejercer, con sujecin al ordenamiento jurdico establecido por la Constitucin Poltica del Per, las normas de la descentralizacin y regionalizacin y dems leyes de la Repblica, las siguiente funciones generales:

a) Elaborar y aprobar normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia.b) Establecer polticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de la manera concertada, participativa y sostenible, conforme a las normas de la descentralizacin y la organizacin de los gobiernos regionales.c) Panificar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar los recursos financieros, bienes, activos y capacidades humana, necesarios para la gestin regional, con arreglo a los sistemas administrativos nacionales vigentes.d) Incentivar y apoyar las actividades del sector privado nacional y extranjero, orientada a impulsar el desarrollo de los recursos regionales, creando los instrumentos necesarios para tal fin.e) Fiscalizar la gestin administrativa regional, el cumplimiento de las normas, los planes regionales y la calidad de los servicios, fomentando la participacin de la sociedad civil.Apoyar tcnicamente a los gobiernos locales en el cumplimiento de sus funciones y servicios de su competencia. Base Legal: Ordenanza Regional 010-2011-REGION ANCASH/CR

4.1.5 Sntesis de alcance de Plan Estratgico

Segn los numerales III, IV y VI del Plan Estratgico Institucional 2012-2016, aprobado mediante Ordenanza Regional n. 002-2013-GRA/CR de 10 de enero de 2013, la Entidad tiene como misin, visin y objetivos estratgicos lo siguiente:

a) Misin:

Organizar y conducir la gestin del desarrollo regional integral y sostenible, optimizando los recursos y promoviendo la inversin Pblica y/o privada, con la participacin de la sociedad civil; en el marco de las polticas nacionales y de sus competencias.

b) Visin:

Es un organismo lder en el desarrollo regional con una gestin pblica que integra y consolida el accionar de los sectores econmicos y sociales, con una administracin eficiente, eficaz y transparente, que genera oportunidades con inclusin social. Promueve la inversin Pblica y/o privada responsable y el uso racional de los recursos para la conservacin del ambiente.

c) Objetivos Estratgicos:

Contribuir a consolidar el proceso de descentralizacin, planificando y organizando el territorio regional, estableciendo una gestin pblica transparente con participacin ciudadana. Impulsar y fortalecer las capacidades humanas, el desarrollo social y el acceso a los servicios bsicos con criterios de equidad, eficiencia y no discriminacin, para reducir la pobreza existente. Promover la competitividad de las actividades econmicas regionales para los mercados interno y externo, la inversin privada y la generacin de empleo productivo. Dotar de infraestructura econmica, social y de apoyo a produccin para generar oportunidades y bienestar de la poblacin. Promover el uso sostenible de los recursos naturales, la preservacin, conservacin y recuperacin del medio ambiente.

4.1.6 Estructura orgnicaGOBIERNO REGIONAL DE ANCASH

4.1.7 Presupuesto institucional del periodo auditado

De acuerdo a la informacin revelada en la pgina web del Ministerio de Economa y Finanzas, la Entidad ha ejecutado durante los perodos 2010 2011 los ingresos y egresos siguientes:

Cuadro n. 1Ejecucin Presupuestaria de Ingresos y Egresos en los perodos 2010 y 2011 Fuente de FinanciamientoAosTotales S/.%

2010S/.2011S/.

INGRESOS

Recursos Ordinarios22 913 540,0027 950 304,0050 863 844,002.98

Recursos directamente recaudados2 126 574,002 421 163,004 547 737,000.26

Donaciones y transferencias693 822 723,00247 745 503,00941 568 226,0055.10

Recursos Determinados321 127 570,00390 664 412,00711 791 982,0041.66

Total ingresos S/1 039 990 407,00668 781 382.001 708 771 789,00100.00

EGRESOS

5-21: Personal Y Obligaciones Sociales6 014 063,008 179 097,0014 193 160,001.63

5-22: Pensiones Y Otras Prestaciones Sociales2 073 794,002 109 688,004 183 482,000.48

5-23: Bienes Y Servicios89 249 839,0074 382 420,00163 632 259,0018.80

5-25: Otros Gastos6 537 298,001 333 108,007 870 406,000.90

6-24: Donaciones y Transferencias17 217 334,0020 362 239,0037 579 573,004.32

6-25: Otros Gastos8 747 678,000.008 747 678,002.64

6-26: Adquisicin de Activos No Financieros328 476 220,00305 512 222,00633 988 442,0072.86

Total egresos458 316 226,00411 878 774,00870 195 000,00100.00

Fuente: Pgina web del Ministerio de Economa y Finanzas.Elaborado por: Comisin de Auditora

4.2 Antecedentes del asunto examinado

En los aspectos materia de revisin del examen especial, se ha considerado la definicin establecida por el Sistema Nacional de Inversin Pblica considerndose a la fase de inversin de los Proyectos de Inversin Pblica, como la elaboracin del expediente tcnico detallado, el proceso de seleccin conforme a la normativa legal vigente y la ejecucin de la Obra Construccin de la Carretera Villa de Japia Quenhuaragra Pachachaca Distrito de Mirgas Provincia de Antonio Raymondi, en adelante la Obra, razn por el cual se sealan las siguientes caractersticas:

a Elaboracin del Expediente Tcnico de la Obra.-

En el expediente tcnico se define y sustenta el objeto, costo, plazo, caractersticas y otras condiciones necesarias para la ejecucin de la Obra, el cual se encuentra constituido por los siguientes documentos: i) Memoria descriptiva, ii) Especificaciones tcnicas, iii) Planos de ejecucin de obra, iv) Metrados, v) Valor referencial, vi) Anlisis de Precios unitarios, vii) Calendario valorizado de avance de obras, y viii) Formulas polinmicas. Razn por el cual se evalu la razonabilidad de las mismas.

b Proceso de seleccin de la ejecucin de la Obra:

Para la ejecucin de la Obra, se llev a cabo el proceso de seleccin - Licitacin Pblica n. 14-2009-GRA, bajo el mbito del Decreto de Urgencia n. 041-2009 Medidas para agilizar la ejecucin de obras pblicas y otras acciones, de 29 de marzo 2009, el cual fue declarado desierto, lo que ocasiono que se realice el proceso de Adjudicacin de Menor Cuanta n. 031-2009-GRA.Al respecto, el proceso de Adjudicacin de Menor Cuanta estuvo orientado a la contratacin de terceros para la ejecucin de la Obra, a fin de que se construya y rehabilite la red vial para interconexin de las diferentes localidades de la regin y as pueda promover el desarrollo y mejorar el nivel socioeconmico de la provincia de Antonio Raymondi.

Su fuente de financiamiento fue con recursos del canon, sobre canon y regalas, cuyo valor referencial ascenda a S/.3 055 550,05 (Tres millones cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta con 05/100 nuevos soles).

c Ejecucin de la Obra.-

El Consorcio Villa Japia integrado por las empresas: Constructora las Cordilleras contratistas generales S.A.C, COLESI contratistas generales S.A. Corporacin Cajamarca S.R.L y FEMA en adelante el Postor Contratista, ejecutaron la Obra por el importe sealado en el prrafo que antecede, el cual se inici el 9 de noviembre de 2009 y se liquid mediante Resolucin Gerencial Regional n. 0474-2011-REGION ANCASH/GRI, el 4 de noviembre de 2011, conforme a la informacin que se detalla en la ficha tcnica de obra que se adjunta en el (Anexo n.o 2).. 4.3 Base legal

Ordenanza Regional N 010-2011-REGION ANCASH/CR Resolucin de Contralora N 437-2012-CG Ordenanza Regional N 013-2006- REGION ANCASH/CR

5. COMUNICACIN DE HALLAZGOS

De conformidad con lo establecido por la Norma de Auditora Gubernamental NAGU 3.60 Comunicacin de Hallazgos, aprobada por Resolucin de Contralora n. 162-95-CG de 22 de setiembre de 1995 y sustituida mediante Resolucin de Contralora n. 259-2000-CG de 7 de diciembre de 2000, los hechos observados fueron comunicados por escrito a los funcionarios y ex funcionarios del gobierno regional de Ancash, involucrados en los mismos, a fin que presenten sus comentarios y/o aclaraciones debidamente documentados, los cuales fueron evaluados y considerados en la formulacin y emisin del Informe.

La relacin de los funcionarios y ex funcionarios comprendidos en los hechos observados, se presenta en el (Anexo n. 3).

6. MEMORNDUM DE CONTROL INTERNO

Durante el desarrollo del examen especial se han identificado debilidades de control interno en las reas examinadas, que fueron comunicados al presidente y al gerente general de Infraestructura de la Entidad as como las recomendaciones correspondientes, con el propsito que disponga las acciones correctivas que permitan el mejoramiento continuo de la administracin de los recursos pblicos, segn los documentos que en el cuadro n. 2 se detalla:

Cuadro n. 2REMISIN DE LOS MEMORANDUMS DE CONTROL INTERNOITEMFECHAN. MEMORANDUMREMITIDO CON OFICIO

126/03/2013Sin numeron. 02-2013-GRA/ORC-AGBC

230/04/2013001-2013/GOB.REG.ANCASH/OCI- EE.GRA.EOCCVJn. 17-2013-GRA/ORC-AGBC

307/05/2012001-2013/GOB.REG.ANCASH/OCI- EE.GRA.EOCCVJn. 22-2013-GRA/ORC-AGBC

Dichos documentos, as como el reporte de las acciones correctivas adoptadas se resumen en el (Anexo n. 4).

7. OTROS ASPECTOS DE IMPORTANCIA

Informe Especial emitido previamente a la culminacin de nuestra accin de control

Al haberse evidenciado perjuicio econmico a la Entidad y a fin de adelantar el inicio oportuno de las acciones judiciales, se ha emitido el informe especial n. 9-2013-2-5332, el cual fue remitido al Titular de la Entidad y a la oficina regional de Control Huaraz, mediante los oficios n.os 540 y 541-2013-GOB.REG.ANCASH/ORCI, ambos de 30 de mayo de 2013, respectivamente.

II.OBSERVACIONES

OBSERVACIN n. 1

EN LA ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA n. 31-2009-GRA EN EL AO 2009, EL COMIT ESPECIAL ADMITI INDEBIDAMENTE LA PROPUESTA TCNICA A POSTOR QUE NO CUMPLA LOS REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS, IMPIDIENDO EL PROPSITO DEL CITADO PROCESO DE SELECCIN.

En el proceso de seleccin Adjudicacin de Menor Cuanta n. 31-2009-GRA, cuyo objeto fue la contratacin bajo la modalidad de llave en mano, para la ejecucin de la Obra, se advierte que el Comit Especial a cargo del proceso de seleccin, admiti indebidamente la propuesta tcnica del Postor, a pesar de que ste no cumpla con la totalidad de los requerimientos tcnicos mnimos establecidos en las Bases Integradas, el cual permiti que se proceda con la calificacin, evaluacin y otorgamiento de la buena pro de S/.3 055 550,05 (Tres Millones Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Cincuenta con 05/100 Nuevos Soles), conforme al siguiente detalle:

De los miembros del Comit Especial.-

Conforme a la resolucin ejecutiva regional n. 0396-2009-GRA/Vice Pres, participaron en el proceso de seleccin AMC n. 31-2009-GRA, el presidente titular Cesar Milton Lpez Alayo , primer miembro titular Juan Alfredo Loo Cuba y segundo miembro titular Adriana Pilar Tinoco Usua, en condicin de miembros del Comit Especial encargados de llevar a cabo el referido proceso

Se admiti la Propuesta Tcnica y adjudic la buena pro al Consorcio Villa de Japia

Segn consta en Acta n. 09-2009-GRA-CE del 4 de setiembre de 2009, suscrito por los miembros titulares del Comit Especial, concurrieron a la etapa de presentacin de propuesta los siguientes postores:

Consorcio OCSHA el cual no fue admitida su participacin debido a que su apoderado no se encontraba autorizado por los representantes legales de las empresas que los conformaban.

Consorcio Villa de Japia, cuya participacin y propuestas fueron admitidas.De la revisin al expediente de contratacin (propuesta tcnica- folios 392 431), se advierte que los miembros titulares del Comit Especial admitieron indebidamente la propuesta tcnica del Consorcio Villa de Japia, quien no cumpli con la presentacin del documento del profesional (Residente de Obra) que acredite estudios de post grado en ingeniera, conforme lo estableca las reglas previstas en las Bases Integradas del mencionado proceso.

Consecuentemente y segn el Acta n. 10-2009-GRA-CE de 7 de setiembre de 2009, el Comit Especial otorg la buena pro al Consorcio Villa de Japia, con su propuesta econmica de S/.3 055 550,05 (Tres Millones Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Cincuenta con 05/100 Nuevos Soles).

Los miembros del Comit Especial que han participado del hecho irregular expuestos han trasgredido la siguiente normativa:

Decreto Legislativo n. 1017 Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 4 de junio de 2008. []Artculo 33 Validez de las PropuestasEn todos los procesos de Seleccin, solo se considerarn como ofertas vlidas aquellas que cumplan con los requisitos establecidas en las bases. []

Decreto Supremo n. 184-2008-Ef - Reglamento de la Ley de Contrataciones del , publicado el 01 de enero de 2009. []Artculo 61..- Requisitos para la admisin de propuestas Para que una propuesta sea admitida deber incluir, cumplir y, en su caso, acreditar la documentacin de presentacin obligatoria que se establezca en las Bases y los requerimientos tcnicos mnimos que constituyen las caractersticas tcnicas, normas reglamentarias y cualquier otro requisito establecido como tal en las Bases y en las disposiciones legales que regulan el objeto materia de la contratacin.[]Artculo 66..- Acto pblico de presentacin de propuestas () El Comit Especial comprobar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser as, devolver la propuesta, tenindola por no presentada, ()

Bases Administrativas Integradas de la Adjudicacin de Menor Cuanta n. 31-2009-GRA, de la Ejecucin de la Obra Construccin de la Carretera Villa de Japia Quenhuaragra Pachachaca, Distrito de Mirgas, Provincia de Antonio Raymondi ".

SECCIN ESPECFICA CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN()2.5 Contenido de las Propuestas2.5.1. Sobre n. 1 Propuesta Tcnica()iii) Documentacin que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin.a Sustentacin del equipo para la ejecucin de la obra.b Sustentacin de los requerimientos mnimos del postor.c Sustentacin de los requerimientos mnimos relativos al personal para la ejecucin de la obra. ()CAPTULO III REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOSPara que las propuestas sean admitidas por el Comit Especial, cada participante en el presente proceso deber cumplir con acreditar los requerimientos tcnicos mnimos del caso, lo que no genera puntaje, solo se le otorga el derecho de continuar con el proceso.Trminos de referencia para proceso de seleccin bajo el mbito del DU 041-2009()11. REQUERIMIENTOS MNIMOS:() Recursos Humanos Mnimos Que Debe Proporcionar El Consultor Contratista Para la ejecucin de la obra:1. Residente de Obra.- Ingeniero Civil, con estudios de post grado en ingeniera y experiencia acreditada como Residente de Obras similares debiendo tener un acumulado de 01 ao efectivos como residente de obras similares. Se adjuntara copia simple de los contratos, certificados o constancias, otorgados y suscritos por persona o autoridad competente. (negrita y subrayado nuestro)

Situacin que impidi el propsito del proceso de seleccin, que era seleccionar la mejor propuesta tcnica, con las mejores condiciones, en cautela de los intereses de la Entidad y el correcto uso de los recursos pblicos.

Lo que se gener por las acciones de los miembros titulares del Comit Especial que tuvieron a cargo el desarrollo del proceso de seleccin, quienes incumpliendo las reglas definitivas del proceso de seleccin, favorecieron indebidamente al postor en la admisin de su propuesta tcnica, sin que este cuente con los requerimientos tcnicos mnimos solicitados por las Bases Integradas.

En cumplimiento de la Norma de Auditoria Gubernamental - NAGU 3.60: Comunicacin de Hallazgos, los hechos observados fueron comunicados a los funcionarios y ex funcionarios de la Entidad comprendidos en el presente informe, quienes presentaron sus aclaraciones y/o comentarios, los cuales se presentan en el anexo n. 5 (Pag.1-3) conjuntamente con su evaluacin, concluyendo que no desvirtan los hechos comunicados, por lo que se les identifica responsabilidad administrativa funcional.

En la observacin materia del presente informe, se han identificado los partcipes en los hechos, cuya actuacin irregular se produjo antes del 6 de abril de 2011, razn por la cual no se encuentran sujetos a la potestad sancionadora de la Contralora General, en virtud a la primera disposicin complementaria final de la Ley n. 29622, en concordancia con el numeral 2 del artculo cuarto de la Resolucin de Contralora n. 309-2011-CG; siendo de aplicacin para este caso, las disposiciones de la NAGU 4.40, modificada por la Resolucin de Contralora n. 259-2000-CG.

Dichos partcipes son: Cesar Milton Lpez Alayo, Juan Alfredo Loo Cuba y Adriana Pilar Tinoco Usua, miembros titulares del Comit Especial del proceso de seleccin AMC n. 31-2009-GRA (Periodo 7 de julio al 7 de setiembre de 2009), quienes no comprobaron el cumplimiento del requerimiento tcnico mnimo establecido en las Bases Integradas documento que acredite el estudio de post grado en ingeniera del residente de obra- propuesto por el Consorcio Villa de Japia, incumpliendo la funcin prevista en el artculo 66 del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Sin perjuicio del incumplimiento funcional antes descrito, tambin se advierte que han trasgredido los PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES TICAS DEL SERVIDOR PBLICO, prescritos en los captulos II y III de la Ley n. 27815 Ley del Cdigo de tica de la Funcin Pblica, por lo que siendo las infracciones ticas independientes de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales, corresponde ser evaluadas por la comisin pertinente, y darse el trmite que corresponda conforme a Ley.

OBSERVACIN n. 2

EN LA EJECUCIN DE LA OBRA CONSTRUCCIN DE LA CARRETERA VILLA DE JAPIA EN LOS AOS 2009-2011, LA ENTIDAD PAG POR PARTIDAS NO EJECUTADAS, OCACIONANDO PERJUICIO ECONMICO DE S/.514 792,37.

De la documentacin proporcionada por la Entidad, en relacin a la ejecucin de la Obra, ejecutada por el Contratista, entre el 18 de agosto de 2009 al 4 de noviembre de 2011, se advierte: El pago de S/.514 792,37 por las partidas 03.02.01 (explanacin y ensanche de va) y 03.02.03 (eliminacin de material excedente) consideradas en el expediente adicional de obra, las cuales no fueron ejecutadas, conforme a continuacin se detalla:

De la suscripcin del Contrato de Ejecucin de obra

Para la ejecucin de la Obra, la Entidad y el Contratista suscribieron el contrato n. 32-2009-GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH de 21 de setiembre de 2009, por la suma de S/.3 055 550,05 (TRES MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 5/100 NUEVOS SOLES), bajo la modalidad de precios unitarios y por el plazo de ejecucin de 180 das calendarios.

Del pago por partidas no ejecutadas

De acuerdo al tem 3 Descripcin de Proyecto de la memoria descriptiva y de la hoja de metrado del expediente tcnico, el trabajo de explanacin y ensanche de va, inicialmente tendra un ancho de 4.50 mts para los tramos en tangencia; sin embargo, el ensanche descrito en las hojas de metrados del expediente adicional de obra fue previsto en 5.00 mts, cuyo presupuesto fue aprobado por el monto de S/.652 619,28, conforme se muestra en el cuadro n. 3.

Cuadro n. 3:PRESUPUESTO DE OBRA ADICIONALITEMDESCRIPCION PARTIDAPRESUPUESTO

Unid. MetradoPu (S/.)Total (S/.)

1CONSTRUCCION DE LA TROCHA 0+000 AL 9+000

1.00.00OBRAS PROVISIONALES

1.03.00MOVIMIENTO DE TIERRA

1.03.01CORTE DE MATERIAL SUELTOM3

1.03.02CORTE ROCA SUELTA (PERF. Y DISP)M3

1.03.03CORTE ROCA FIJA (PERF. Y DISP.)M35 381,0417.3193 145,80

1.03.04PERFILADO Y COMPACTADO EN ZONA DE CORTEM3

1.03.05REMOCION DE DERRUMBESM3

1.03.06RELLENO Y COMPACTADO CON MATERIAL PROPIOM32 529,831.223 086,39

1.03.07ELIMINACION DE MATERIAL EXCEDENTEM35 133,551.588 111,01

3REHABILITACION DE LA CARRETERA L=5.200 KMS 9+000 AL 14+200

3.02MOVIMIENTO DE TIERRA

3.02.01EXPLANACION Y ENSANCHE DE VIAM314 793,3026.33389 507,59

3.02.02AFIRMADO (E=20 CM)M3

3.02.03ELIMINACION DE MATERIAL EXCEDENTEM3100,872.19220,89

COSTO DIRECTO494 071,67

GASTOS GENERALES FIJOS1%4 940,72

GASTOS GENERALES VARIABLES7%34 585,02

UTILIDAD3%14 822,15

SUB TOTAL548 419,56

IGV 19%104 199,72

PRESUPUESTO TOTAL S/.652 619,28

Fuente: Expediente de adicional y deductivo de obra de 2010

De lo detallado precedentemente y de acuerdo al Acta de Recepcin de la Obra de 15 de julio de 2011 suscrito por la comisin de recepcin y el Contratista, se ha determinado que en el tramo de la progresiva Km. 9+000 al Km. 14+200 la calzada de servicio es de promedio de 4.00 mts (incluyendo las bermas laterales), por tal motivo se evidencia que las partidas 03.02.01 (explanacin y ensanche de va) y 03.02.03 (eliminacin de material excedente), no fueron ejecutadas de acuerdo a los metrados previstos en el expediente adicional de obra, como se muestra en el cuadro n. 4, el mismo que ha sido corroborado con la inspeccin realizada por la comisin auditora en presencia del Juez de Paz Claudio Ramrez Rodriguez, Presidente de la Comunidad Campesina Aniseto Sifuetes Rojas y Alcalde Nicanor Sifuentes Ayala, autoridades del centro poblado de Quinhuaragra del Distrito de Mirgas, Provincia Antonio Raimondi llevada a cabo los das 13 y 14 de mayo de 2013, segn Acta de Verificacin de la Obra, que se adjunta en el anexo n. 6.

Cuadro n. 4: PARTIDAS SEGN EL EXPEDIENTE ADICIONAL DE OBRA n. 1 QUE NO FUERON EJECUTADAS

ITEMDESCRIPCIONPRESUPUESTO

Unid. MetradoPu (S/.)Total (S/.)

3REHABILITACIN DE LA CARRETERA L=5.20 KMS, 9+000 AL 14+200

03.02MOVIMIENTO DE TIERRA

03.02.01EXPLANACION Y ENSANCHE DE VIAM314 793,3026,33389 507,59

03.02.03ELIMINACION DE MATERIAL EXCEDENTEM3100,872,19220,91

COSTO DIRECTO389 728,50

GASTOS GENERALES FIJOS1%3 897,28

GASTOS GENERALES VARIABLES7%27 280,99

UTILIDAD3%11 691,85

SUB TOTAL432 598,63

IGV19%82 193,74

COSTO TOTAL514 792,37

Fuente: Informe del Adicional de obra - abril de 2010.Elaboracin: Comisin auditora.

Pese a ello, el inspector de la obra Ing. Antonio Glandel Ramrez y el sub gerente de Supervisin y Liquidacin de Obras, Moiss David ngeles Obregn mediante oficio n. 78-2010 REGION ANCASH-GRI/SGSL-AGR de 5 de setiembre de 2010 y oficio n. 487-2010 REGION ANCASH/ GRI-SGSLO de 6 de octubre de 2010, respectivamente, otorgaron la conformidad de la valorizacin n. 10 por un monto de S/. 514 792,37 (QUINIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 37/100 NUEVOS SOLES), permitiendo que la Entidad efecte el pago respectivo, segn comprobante n. 4911 del 14 de octubre de 2010.

Por lo expuesto, el funcionario y ex funcionario quienes ocasionaron perjuicio econmico a la Entidad infringieron las normas que se precisan a continuacin:

REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, aprobado mediante D.S n. 184-2008 EF de 1 de enero de 2009.() Artculo 193.- Funciones del Inspector o SupervisorLa Entidad controlar los trabajos efectuados por el contratista a travs del inspector o supervisor, segn corresponda, quien ser el responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecucin de la obra y del cumplimiento del contrato.El inspector o el supervisor, segn corresponda, tienen como funcin controlar la ejecucin de la obra ().

Artculo 197.- Valorizaciones y Metrados() En el caso de las obras contratadas bajo el sistema de precios unitarios, las valorizaciones se formularn en funcin de los metrados ejecutados con los precios unitarios ofertados, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad ofertados por el contratista ()En las obras contratadas bajo el sistema a precios unitarios se valorizar hasta el total de los metrados realmente ejecutados, ().

PARTE PERTINENTE DE LOS METRADOS DEL ADICIONAL DE OBRA, APROBADO MEDIANTE RESOLUCIN EJECUTIVA REGIONAL n. 596-2010-GRA/PRE, de 10 de setiembre de 2010.()7. Metrados, segn anexo n. 7

Los hechos expuestos han generado perjuicio econmico de S/.514 792,37 (QUINIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 37/100 NUEVOS SOLES) por pago de partidas no ejecutadas previstas en adicional de obra n. 1.

La situacin descrita se ha originado por la falta de: Verificacin directa y permanente de la ejecucin de la Obra. Verificacin y evaluado del desarrollo de las acciones de supervisin de la ejecucin de proyectos de inversin. Evaluacin peridica de los avances fsicos y financieros de la obra.

En cumplimiento de la Norma de Auditoria Gubernamental - NAGU 3.60: Comunicacin de Hallazgos, los hechos identificados fueron comunicados al servidor y funcionario de la Entidad comprendidos en el presente informe, quienes presentaron sus aclaraciones y/o comentarios, los cuales se presentan en el anexo n. 5 (Pag. 4-6) conjuntamente con su evaluacin, concluyendo que no desvirtan los hechos comunicados, por lo que se les identifica responsabilidad administrativa funcional.

En la observacin materia del presente informe, se han identificado los partcipes en los hechos, cuya actuacin irregular se produjo antes del 6 de abril de 2011, razn por la cual no se encuentran sujetos a la potestad sancionadora de la Contralora General, en virtud de la primera disposicin complementaria final de la Ley n. 29622, en concordancia con el numeral 2 del artculo cuarto de la Resolucin de Contralora n. 309-2011-CG, siendo su aplicacin para este caso, las disposiciones de la NAGU 4.40, modificada por Resolucin de Contralora n. 259-2000-CG. Dichos partcipes son:

1. Antonio Glandel Ramrez, inspector de la Obra, periodo de gestin (Periodo: 20 de noviembre de 2009 al 11 de octubre de 2011), quien al no haber velado directa y permanentemente la correcta ejecucin de la obra, ha incumplido la funcin prevista en el artculo 193 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S n. 184-2008 EF de 1 de enero de 2009.2. Moiss David ngeles Obregn, sub gerente de Supervisin y Liquidacin de Obras (Periodo: 1 de setiembre de 2010 al 26 de de enero de 2011), quien al no haber verificado y evaluado el desarrollo de las acciones de supervisin de la ejecucin de proyectos de inversin, ni de evaluar peridicamente los avances fsicos y financieros, ha incumplido los numerales 1.2 y 1.7 de sus funciones especificas del Manual de Organizacin y Funciones, aprobada mediante resolucin ejecutiva regional n. 0098-2008-GRA/PRE de 4 de febrero de 2008.

Sin perjuicio del incumplimiento antes descrito, tambin se advierte que han trasgredido los PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES TICAS DEL SERVIDOR PBLICO, prescritos en los captulos II y III de la Ley del Cdigo de tica de la Funcin Pblica, por lo que siendo las infracciones ticas independientes de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales, corresponde ser evaluadas por la comisin pertinente, y darse el trmite que corresponda conforme a Ley.

Los hechos descritos en la presente observacin identifican responsabilidad civil prevista en el artculo 1321 del Cdigo Civil, que dio lugar a la emisin del Informe Especial n. 9- 2013-2-5332 de 30 de mayo de 2013.

III.CONCLUSIONES

DE LA EJECUCIN DE LA OBRA CONSTRUCCIN DE LA CARRETERA VILLA DE JAPIA.

CONCLUSION 1.-

El comit especial a cargo del proceso de seleccin , admiti indebidamente la propuesta tcnica del POSTOR, a pesar de que este no cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos establecidos en las bases integradas, el cual permiti que se proceda con la calificacin, evaluacin y otorgamiento de la buena pro de S/3 005 550,05 a cargo de Consorcio Villa De Japia quien no cumplio con la presentacin del documento del profesional (Residente de Obra) que acredite estudios de post grado en ingeniera.

CONCLUSION 2.-

De acuerdo al tem 3 Descripcin de Proyecto de la memoria descriptiva y de la hoja de metrado del expediente tcnico, el trabajo de explanacin y ensanche de la via, inicialmente tendra un ancho de 4.50 mts para los tramos en tangencia; sin embargo, el ensanche descrito en las hojas de metrados del expediente adicional de obra fue previsto en 5.00 mts cuyo presupuesto fue aprobado por el monto de S/.652 619, el cual segn acta de recepcin de obra el mismo que ha sido corroborado con la inspeccin realizada por la comisin de auditora .se ha determino que en el tramo de la progresiva Km. 9+000 al Km 14+200 la calzada de servicio es de promedio de 4.00 mts (incluyendo Bermas laterales) el cual se otorg la conformidad de la valorizacin por un monto de S/ 514 792,37, lo cual fue pagado, dicho proyecto no fue ejecutado de acuerdo a los metrados previstos en el expediente adicional de la obra.

IV.RECOMENDACIONES

Recomendacin 1.

Se recomienda que el Gobierno Regional de Ancash, se consideren como ofertas validas aquellas que cumplan con los requisitos establecidos el Reglamento de la ley de contrataciones del estado, asimismo el Comit Especial compruebe que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento.

Recomendacin 2.

Se recomienda que el Gobierno Regional de Ancash, se ejecuten los proceso de seleccin de acuerdo a ley en los procesos seleccin - Reglamento de la ley de contrataciones del estado, controlar permanentemente la correcta ejecucin de la obra y cumplimiento del contrato a cargo del inspector o supervisor, Verificar y evaluar del desarrollo de las acciones de la supervisin de la ejecucin de proyectos de inversin, asimismo evaluar peridicamente los avances fsicos y financieros de la obra

Huaraz, 31 de mayo de 2013

Teresa Mara Crdova TorresAbogadoReg.CAA n. 250 Ivn Rosales Avila Ingeniero EspecialistaCIP n. 115

Alan Barrenechea VargasJefe de la Comisin AuditoraGobierno Regional de AncashCAA n. 156

El jefe del rgano de Control Institucional, que suscribe, ha revisado el presente Informe y hace suyo su contenido, remitindolo a su despacho para el trmite correspondiente.

Huaraz, 31 de mayo de 2013

Elvis vila TorresJefe del rgano de Control InstitucionalGobierno Regional de Ancash

indiceI.INTRODUCCIN11.ORIGEN DEL EXAMEN12.NATURALEZA Y OBJETIVOS DEL EXAMEN12.1. Naturaleza12.2. Objetivo general12.3 Objetivo especfico13.ALCANCE DEL EXAMEN13.1 Limitaciones13.2 Carta de representacin24.ANTECEDENTES Y BASE LEGAL DE LA ENTIDAD24.1 Antecedentes de la Entidad24.1.1 Norma de creacin24.1.2 Naturaleza y finalidad de la entidad24.1.3 Rgimen laboral y pensionario34.1.4 Funciones34.1.5 Sntesis de alcance de Plan Estratgico44.1.6 Estructura orgnica54.1.7 Presupuesto institucional del periodo auditado64.2 Antecedentes del asunto examinado64.3 Base legal75.COMUNICACIN DE HALLAZGOS76.MEMORNDUM DE CONTROL INTERNO77.OTROS ASPECTOS DE IMPORTANCIA7II.OBSERVACIONES8III.CONCLUSIONES14IV.RECOMENDACIONES15

Decenio de las Personas con Discapacidad en el PerAO DE LA INVERSIN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

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