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MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL PETAPA, GUATEMALA AUDITORIA INTERNA MUNICIPAL INFORME DE AUDITORIA FINANCIERA Y DE GESTION MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL PETAPA, GUATEMALA PERIODO AUDITADO: COMPRENDIDO DE JULIO A DICIEMBRE DE 2018 SAN MIGUEL PETAPA, GUATEMALA, DICIEMBRE DE 2018

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MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL PETAPA, GUATEMALA AUDITORIA INTERNA MUNICIPAL

INFORME DE AUDITORIA FINANCIERA Y DE GESTION

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL PETAPA, GUATEMALA PERIODO AUDITADO: COMPRENDIDO DE JULIO A DICIEMBRE

DE 2018 SAN MIGUEL PETAPA, GUATEMALA, DICIEMBRE DE 2018

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San Miguel Petapa, Guatemala, Diciembre de 2018 Señores: Alcalde Municipal y Miembros del Concejo Municipal Municipalidad de San Miguel Petapa, Guatemala Presentes Estimados Señores: Reciban un cordial y atento saludo, deseando que todas sus actividades sean de mucho éxito. De conformidad a lo establecido Artículo 6. Aplicación del Control Gubernamental del Decreto 31-2002 del Congreso de la Republica, Ley orgánica de la Contraloría General de Cuentas, al Acuerdo A-075-2017 de fecha 08 de septiembre de 2017, del Contralor General de Cuentas, por medio del cual se aprueban las Normas de Auditoria Gubernamental, de carácter técnico denominadas Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores adaptadas a Guatemala ISSAI.GT. Al Plan Anual de Auditoria para el ejercicio 2018 y al nombramiento de auditoría No. 73241-1-2018, de fecha 03 de julio de 2018, se ha efectuado Auditoria Financiera y de Gestión en la Municipalidad de San Miguel Petapa, del Departamento de Guatemala, con el objeto de evaluar la razonabilidad de la información financiera, los resultados y la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos, correspondientes al período comprendido del 01 de julio al 14 de diciembre de 2018. La auditoría incluyó la evaluación de la estructura del control interno de la Municipalidad de San Miguel Petapa, del Departamento de Guatemala, la ejecución presupuestaria de ingresos en sus diferentes conceptos y de egresos a nivel de programas, actividades, proyectos, grupos y renglones presupuestarios de gastos, cuentas de activo, pasivo y patrimonio y resultados mediante la aplicación de pruebas selectivas, de acuerdo a las áreas críticas, considerando la materialidad e importancia relativa de las mismas, y como resultado del trabajo realizado se detectaron aspectos importantes que merecen ser mencionados, los cuales se describen a continuación: HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y REGULACIONES APLICABLES AREA FINANCIERA

1. No existe programación de pagos 2. Deficiencias en la documentación de soporte de la caja fiscal de egresos

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HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CONTROL INTERNO AREA FINANACIERA

1. Deficiencias en el Almacén/Bodega Municipal 2. Falta de Normativas para uso y manejo de Combustibles, Viáticos y Fondo

Rotativo Caja Chica Los Hallazgos contenidos en el presente informe fueron discutidos por la Unidad de Auditoría Interna, con los responsables. Las recomendaciones que se establecieron se encuentran en el informe de auditoría adjunto. Atentamente, AUDITORIA INTERNA AREA FINANCIERA ------------------------------------------------------ Lic. Gerber Artemio Castillo Villatoro Auditoría Interna Municipal –UDAIM-

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INDICE PÁGINA

ANTECEDENTES 5 FUNDAMENTOS DE LA AUDITORIA 6 CONDICIONES PARA EFECTUAR LA AUDITORIA 7 OBJETIVOS DE LA AUDITORIA 7 GENERALES 7 ESPECIFICOS 8 ALCANCE DE LA AUDITORIA 8 INFORMACION EXAMINADA 9 NOTAS A LA INFORMACION EXAMINADA 9 RESULTADOS DE LA AUDITORIA 10-20 SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES 21 AUTORIDADES DE LA ENTIDAD DURANTE EL PERIODO AUDITADO 22 INFORMACION COMPLEMENTARIA ANEXOS 23-25

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ANTECEDENTES BASE LEGAL El municipio es una institución autónoma del derecho público, tiene personalidad jurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, para el cumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos y de conformidad con sus características multiétnicas, pluriculturales y multilingües. La autoridad del municipio, en representación de sus habitantes, es ejercida mediante el Concejo Municipal, el cual está integrado con el Alcalde, Síndicos y Concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos. El Alcalde es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal.

La Municipalidad con sus dependencias administrativas, es el ente encargado de prestar y administrar los servicios públicos municipales. Su ámbito jurídico se encuentra regulado en la Constitución Política de la República artículos 253, 254, 255 y 257 y el Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal. FUNCIÓN O GESTIÓN PRINCIPAL El municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales, y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio. Las competencias propias del municipio son las siguientes:

a) Abastecimiento domiciliario de agua potable debidamente clorada; alcantarillado; alumbrado público; mercados; rastros; administración de cementerios y la autorización y control de los cementerios privados; limpieza y ornato; formular y coordinar políticas, planes y programas relativos a la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final;

b) Pavimentación de las vías públicas urbanas y mantenimiento de las

mismas;

c) Regulación del transporte de pasajeros y carga, y sus terminales locales;

d) La autorización de megáfonos o equipos de sonido a exposición al público en la circunscripción del municipio;

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e) Administrar la biblioteca pública del municipio;

f) Promoción y gestión de parques, jardines y lugares de recreación;

g) Gestión y administración de farmacias municipales populares;

h) La prestación del servicio de policía municipal;

i) Cuando su condición financiera y técnica se los permita, generar la energía eléctrica necesaria para cubrir el consumo municipal y privado;

j) Delimitar el área o áreas que dentro del perímetro de sus poblaciones

puedan ser autorizadas para el funcionamiento de los siguientes establecimientos: expendio de alimentos y bebidas, hospedaje, higiene o arreglo personal, recreación, cultura y otros que por su naturaleza estén abiertos al público;

k) Desarrollo de viveros forestales municipales permanentes, con el objeto de

reforestar las cuencas de los ríos, lagos, reservas ecológicas y demás áreas de su circunscripción territorial para proteger la vida, salud, biodiversidad, recursos naturales, fuentes de agua y luchar contra el calentamiento global; y,

l) Las que por mandato de ley, le sea trasladada la titularidad de la

competencia en el proceso de descentralización del Organismo Ejecutivo. FUNDAMENTOS DE LA AUDITORIA De acuerdo al tipo de auditoría practicado y a los objetivos y alcances definidos, se han identificado leyes y normas de carácter general y específico que será necesario consultar, dentro de las cuales se mencionan las siguientes:

Constitución Política de la República de Guatemala;

Decreto No. 31-2002, del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, su reglamento y reformas

Decreto No. 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal y sus Reformas.

Decreto No. 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y su reglamento,

Decreto No. 57-92, del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y reformas

Decreto No. 89-2002, del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos

Acuerdo Número 09-03 del 8 de julio de 2003, emitido por el Contralor General de Cuentas, que aprueba las Normas Generales de Control Interno Gubernamental; y Acuerdo Número A-57-2006 del 08 de junio de 2006,

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emitido por el Sub contralor de Probidad Encargado del Despacho, que aprueba Las Normas de Auditoría del Sector Gubernamental

Normas Internacionales de auditoría.

El Manual de Administración Financiera Integrada Municipal -MAFIM-

Nombramiento de auditoría No. No. 73241-1-2018, de fecha 03 de julio de 2018

CONDICIONES PARA EFECTUAR LA AUDITORÍA Derivado del proceso de la familiarización, la Auditoría Interna se ha formado juicios que han permitido la determinación de criterios con los que se considera que la Municipalidad de San Miguel Petapa, del departamento de Guatemala, es auditable, en virtud que cuenta con el Sistema de Contabilidad Integrado de Gobiernos Locales -SICOIN GL- por medio del cual registra sus operaciones presupuestarias, contables y de tesorería, el cual se encuentra operado oportunamente. Asimismo, cuenta con una Estructura Presupuestaria Programática, que permite verificar los resultados de sus operaciones administrativas y financieras. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA General Evaluar la razonabilidad de los Estados Financieros correspondiente al Balance General, Estado de Resultados, Notas a los Estados Financieros y Ejecución del presupuesto de ingresos y egresos por el período de julio a diciembre del ejercicio fiscal del año 2018, evaluando la estructura del control interno y verificando el adecuado cumplimiento de normas, leyes, reglamentos y otros aspectos aplicables. Específicos

Evaluar la estructura de control interno establecida en la Municipalidad aplicable al proceso contable, presupuestario y de tesorería.

Verificar la razonabilidad de los saldos que presenta el Balance General en las cuentas de activo, pasivo y patrimonio de acuerdo a la materialidad o importancia relativa.

Verificar la razonabilidad de los ingresos y gastos revelados en el Estado de Resultados derivados de los ingresos y gastos corrientes de la municipalidad.

Evaluar que el presupuesto municipal de ingresos y egresos correspondiente al periodo de julio a diciembre del ejercicio fiscal 2018, se haya ejecutado razonablemente atendiendo a los principios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia.

Evaluar que el presupuesto municipal de ingresos y egresos correspondiente al periodo de julio a diciembre del ejercicio fiscal 2018 se

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haya ejecutado de acuerdo al Plan Operativo Anual -POA- y de conformidad con los clasificadores presupuestarios establecidos, cumpliendo con las leyes, reglamentos, normas y metodologías aplicables.

Comprobar que los registros presupuestarios de ingresos y egresos, transacciones administrativas y financieras sean confiables, oportunos y verificables de acuerdo a las normas presupuestarias y contables aplicables y se encuentren debidamente soportados con la documentación legal correspondiente.

Verificar que las modificaciones presupuestarias se hayan sometido al proceso legal establecido y contribuyan al cumplimiento de los objetivos y metas de la entidad.

ALCANCE DE LA AUDITORÍA La Auditoria comprendió la evaluación de la estructura de control interno y la revisión de las operaciones, registros y documentación de respaldo presentada por los funcionarios y empleados de la Municipalidad, correspondiente al período comprendido de julio a diciembre de 2018, de conformidad con la muestra seleccionada; con énfasis en las cuentas del Balance General: Activo, Pasivo y Capital, Estado de Resultados: Ingresos y gastos, del Estado de Liquidación de la Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Asimismo, se verificaron los documentos legales que respaldan las modificaciones presupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado, para los programas presupuestarios y se verificó el Plan Operativo Anual (POA) INFORMACION EXAMINADA

Evaluación de la estructura y ambiente de control interno de las áreas de ingresos y egresos

Caja y bancos

Revisión de conciliaciones bancarias

Ingresos propios y aportes constitucionales

Se realizaron cortes de caja y arqueos de valores de cajas receptoras

Revisión y corte de caja general y su rendición ante la Contraloría General de Cuentas

Revisión y evaluación de fondos rotativos de caja chica

Se revisaron los egresos y gastos de los montos más significativos

Revisión de la Ejecución presupuestaria de ingresos y gastos según muestra seleccionada

Verificación de las áreas de Almacén y Bodega

Revisión de muestra de los cheques pagados con la documentación de soporte de los montos más significativos

Verificación del adecuado cumplimiento normas, leyes reglamentos y otros aspectos aplicables del periodo de julio a diciembre del ejercicio fiscal 2018.

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NOTAS A LA INFORMACION EXMINADA OTROS ASPECTOS EVALUADOS Plan Operativo Anual Se verificó que el Plan Operativo Anual fue actualizado por las ampliaciones y transferencias presupuestarias realizadas en el período auditado, de forma manual ya que no está vinculado en el Sistema de Contabilidad Integrado para Gobiernos Locales SICOIN GL, así mismo se verificó que se cumplió con presentar el –POA- a la Contraloría General de Cuentas, en el plazo establecido para el efecto. Convenios Se comprobó que durante el período auditado de julio a diciembre de 2018 no reportó convenios. Donaciones Se comprobó que durante el período auditado de julio a diciembre de 2018 hubo donaciones corrientes recibidas en especie por valor de Q. 398,430.00 Transferencias La Municipalidad en el periodo de julio a diciembre de 2018, reporta transferencias otorgadas al sector privado por valor de Q. 101,800.00 y al Sector Público no hubo transferencias Sistemas informáticos utilizados por la Entidad Sistema de Contabilidad Integrada La Municipalidad de San Miguel Petapa, Guatemala, utiliza el sistema de Contabilidad Integrada Gobiernos Locales, -SICOIN GL- Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones Se verificó que la Municipalidad publicó y gestionó en el sistema de información de contrataciones y adquisiciones del Estado, denominado GUATECOMPRAS, en el cual se reflejan los concursos para el periodo auditado del año 2018 Sistema Nacional de Inversión Pública La Municipalidad cumplió con registrar, en el Módulo de Seguimiento Físico y Financiero del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), el avance físico y financiero de los proyectos a su cargo, se registran al final del año por los cambios que se dan en aumento o disminución de valores en los proyectos.

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RESULTADOS DE LA AUDITORIA HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CONTROL INTERNO HALLAZGO No. 1 Condición Deficiencias en el Almacén/Bodega Municipal De las revisiones efectuadas y cuestionarios de Control Interno Al efectuar revisión del área de Almacén/Bodega Municipal, se estableció que existen algunas deficiencias como:

Que existe atraso en la operatoria de los registros de formularios de salida/entrega de los bienes y/o materiales de Almacén,

Atraso y actualización en registro de las tarjetas Kardex existencia de los bienes y/o materiales que allí se almacenan desde años anteriores

Existen diferencias entre las existencias de tarjetas kardex y las existencias físicas de los bienes y/o materiales, porque no se han rebajado correctamente y porque no están los registros operados al día

No existen instalaciones físicas adecuadas para el almacén/Bodega Municipal, no hay seguridad en la construcción, dentro de las instalaciones de la bodega hay otras personas que ocupan el mismo lugar

No se presentan informes periódicos de existencias a la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal –DAFIM-

Solo existe una persona encargada de la Bodega para llevar el control de formularios y despacho de existencias.

Criterio El Manual de Administración Financiera Integrada Municipal MAFIM, primera versión, en el módulo IV Almacén, establece todos los conceptos y procedimientos referentes a ésta área. Definición: Es el espacio físico en el cual se almacenan y se encuentran bajo custodia, materiales, útiles de escritorio, equipo, vehículos, maquinaria, mobiliario y otros bienes de consumo, que por su naturaleza, tienen que ser objeto de control y resguardo por medio del Almacén Municipal. MODULO DE ALMACEN: 1.2 Disposiciones Generales Las diferentes dependencias municipales, para solicitar bienes, materiales o suministros al almacén, deberán hacerlo por medio del formulario “Solicitud / entrega de Bienes”. Los interesados obtendrán del Guardalmacén el formulario “Solicitud / entrega de Bienes”, quien lo entregará por medio de conocimiento, en el entendido de que si dicho formulario no es utilizado, será devuelto al Guardalmacén para su archivo. Al llenar el formulario “Solicitud / entrega de Bienes”, en éste solo debe incluirse artículos que se encuentren en existencia en el almacén municipal. Por los bienes, materiales o suministros que no haya existencia en el almacén, se llenará, por parte del interesado, una “Solicitud / entrega de Bienes” y su trámite se ajustará a los procedimientos de autorización establecidos. Módulo de Almacén, el

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Guardalmacén para recibir e ingresar al almacén, utilizará el formulario Recepción de Bienes y Servicios. MODULO DE ALMACEN: Responsable del Almacén. El Almacén Municipal debe contar con un encargado, al que se le puede de nominar Guardalmacén, quien será responsable de la custodia y control de todos aquellos bienes que por su naturaleza son sujetos de esta clase de control. En caso necesario, el Guardalmacén podrá contar con algún auxiliar, quien realizará las labores que le encomiende el Guardalmacén. Dependencia Jerárquica El almacén de suministros dependerá jerárquicamente del jefe del área administrativa. Atribuciones del Guardalmacén • Llenar el respectivo formulario “Recepción de Bienes y Servicios”, al recibir

de los proveedores los bienes, materiales o suministros, tomando como base la información de la factura y la orden de compra, firmará, sellará y obtendrá la firma de quien hace la entrega de los artículos. El original de la Recepción de Bienes y Servicios, será para el proveedor, para que sea agregado a la factura.

• Trasladar a presupuesto la copia de la Recepción de Bienes y Servicios, para que se registre la etapa de devengado.

• Entregar los bienes y/o artículos de consumo que le sean requeridos, con base a la Solicitud/Entrega de Bienes, la cual solo debe contener los bienes, materiales o suministros que hayan en existencia.

• Colocar a la Solicitud/Entrega de Bienes un sello que diga “no hay existencia” y la entregará al interesado para que, éste su vez, lo entregue a compras.

• Archivar adecuadamente la copia de la Recepción de Bienes y Servicios y el original de la Solicitud / Entrega de Bienes, cuando físicamente haya hecho entrega de los mismos.

• Identificar y ubicar adecuadamente todos aquellos bienes que se encomienden para su custodia y control, de manera que se facilite su localización

• Controlar por medio de tarjetas numeradas y autorizadas, el ingreso, salida y existencia de los bienes y/o artículos, bajo su responsabilidad, tanto en unidades como en valores.

• Enviar mensualmente a la tesorería o a la AFIM, por medio de conocimiento, las copias de Recepción de Bienes y Servicios.

• Enviar mensualmente a la tesorería o a la AFIM, por medio de conocimiento, las copias de las Solicitudes / entrega de Bienes.

• Archivar adecuadamente toda aquella documentación que tenga relación con los registros de almacén.

• Otras que por la naturaleza del cargo le sean asignadas. Causa Que al no contar con los procedimientos correctos de operatoria de las formas oficiales en la bodega Municipal se corre el riesgo que los bienes y/o materiales

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que se encuentran en la bodega se extravíen y deterioren, así como no se tenga la certeza de las existencias reales Efecto Falta de implementación de controles por parte de las Autoridades Municipales, así como el no cumplir con las normativas legales aplicables para el buen funcionamiento de la Bodega Municipal Recomendaciones

Que el Guardalmacén lleve todo los procesos de conformidad con sus funciones y atribuciones que le corresponden.

Que se lleven a cabo todos los procedimientos, así como las funciones del Guardalmacén que establece el Manual de Administración Financiera Integrada Municipal -MAFIM-

Que se operen de forma inmediata los formularios de salida solicitud/entrega de bienes, de años anteriores, para que se rebajen las existencias no operadas en los registros de las tarjetas Kardex, para que se tengan los saldos conciliados y correctos operados al día.

De las compras de bienes y/o materiales que se realicen tomar en cuenta que se deben llevar todos los registros en forma diaria y/o como se den las compras en los formularios oficiales autorizados por la Contraloría General de Cuentas de: Requerimiento de los bienes y /o materiales, de recepción de bienes y servicios, solicitud de entrega de bienes, y las tarjetas Kardex de existencias, ya que de lo contrario esto trae como resultado que no se sepa con exactitud del control de los bienes y suministros y de las existencias reales, así como incluir estos formularios dentro de los expedientes para que conste el procedimiento realizado, llenando los formularios según las fechas en que se dé cada momento, así:

- Llenar formulario de solicitud de bienes y servicios o requerimiento

de bienes y servicios por la persona que lo requiera - Si en la bodega no existe se pone sello de inexistencia y se traslade

a sección de Presupuesto y Compras - En sección de presupuesto se verifica la disponibilidad financiera y

se traslada a la unidad de compras - En la sección de compras se inicia el proceso de conformidad a la

modalidad de compra, de baja cuantía y compra directa con oferta electrónica, llenando todos los requisitos de GUATECOMPRAS, emitiendo la orden de compra para realizarla adjuntando todos los documentos y firmas de autorización y visto bueno respectivos

- El proveedor debe llevar los productos, materiales, etc. A la Bodega Municipal y se llenan los formularios respectivos y registro de existencias que allí se llevan

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- Al efectuar la recepción de los materiales y/o servicios, los formularios junto con la factura se traslada a la DAFIM para iniciar el proceso de pago.

En lo que respecta al área de resguardo de los bienes y suministros debe

de contar con un lugar o espacio físico adecuado apropiado que llene los requerimientos mínimos de seguridad y adecuado almacenamiento, bien ventilado y los bienes, materiales, equipo, etc. Que estén ubicados identificados y que el acceso sea limitado con la persona encargada que es el Guardalmacén, para evitar el extravió y deterioro de los materiales bienes y suministros que allí se almacenan que conlleve su adecuada conservación, para fortalecer el control interno municipal y evitar el extravió de los mismos. Así mismo en la medida que se pueda se Recomienda que la Encargada del Almacén/bodega Municipal cuente con una persona asistente para la recepción y entrega de los bienes y materiales.

HALLAZGO No. 2 Condición Falta de Normativas para el uso y manejo de Combustibles, Viáticos y Fondo Rotativo Caja Chica De las revisiones efectuadas, así como cuestionarios de Control Interno, se estableció que la Municipalidad no cuenta con las normativas correspondientes para el uso y manejo de Combustibles, Viáticos y Fondo Rotativo caja chica. Criterio Lo establecido en el Manual de Administración Financiera Integrada Municipal, Acuerdo Ministerial Numero 86-2015 del Ministerio de Finanzas Publicas. .-MAFIM-, en el módulo de Tesorería. Numeral 4.6 Fondo Rotativo. El cual establece: “El Fondo rotativo es un anticipo destinado a la ejecución de gastos en efectivo, utilizado como un procedimiento de excepción para agilizar los pagos urgentes o de poca cuantía y no constituye un incremento a las asignaciones presupuestarias. Este opera como un fondo revolvente de acuerdo a las normas de ejecución presupuestaria y cuya suma se reembolsa periódicamente, en una cantidad equivalente al total de los gastos efectuados. Es utilizado para cubrir gastos urgentes de funcionamiento e inversión de poca cuantía que no necesariamente deben esperar el trámite de una orden de compra.” Según lo establecido en las en el Acuerdo Número 09-03 del 08 de julio de 2003, emitido por el Contralor General de Cuentas, que aprueba las Normas Generales de Control Interno Gubernamental y en específico lo establecido en: Grupo 1 Normas de Aplicación General. Norma 1.3 RECTORIA DEL CONTROL INTERNO. La Contraloría General de Cuentas es el órgano rector del control

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gubernamental y responsable de establecer las normas generales de control interno las cuales son de observancia obligatoria para cada entidad pública. En el contexto institucional, la máxima autoridad es la responsable del control interno, quien delegará en funcionarios o unidades administrativas para el diseño, implementación, seguimiento y actualización del ambiente y estructura de control interno, observando y aplicando las normas emitidas por el órgano rector. La jurisdicción que corresponde ejercer a una entidad pública sobre otra, incluye la promoción y supervisión de la implantación y funcionamiento del ambiente y estructura de Control Interno. Toda entidad pública, para garantizar el adecuado funcionamiento de los sistemas, el ambiente y estructura de control interno, debe coordinar acciones con el órgano rector del control gubernamental. NORMA 1.10 MANUALES DE FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS. La máxima autoridad de cada ente público, debe apoyar y promover la elaboración de manuales de funciones y procedimientos para cada puesto y procesos relativos a las diferentes actividades de la entidad. Los Jefes, Directores y demás Ejecutivos de cada entidad son responsables de que existan manuales, su divulgación y capacitación al personal, para su adecuada implementación y aplicación de las funciones y actividades asignadas a cada puesto de trabajo. 6. NORMAS APLIOCABLES AL SISTEMA DE TESORERIA. Se refieren a los criterios técnicos y la metodología uniforme que permita establecer el adecuado control interno en la administración de efectivo y sus equivalentes, por parte del órgano rector y la unidad especializada que tenga a su cargo la función de tesorería en todo el sector público no financiero. 6.19 CONSTITUCION Y ADMINISTRACION DE FONDOS ROTATIVOS. El Ministerio de Finanzas Públicas, a través de la Tesorería Nacional y la autoridad superior de las entidades públicas, a través de las unidades especializadas, reglamentarán y normarán los procedimientos, para la constitución y administración de Fondos Rotativos. La Tesorería Nacional y las unidades especializadas de cada entidad pública, velarán porque en la constitución y administración de los Fondos Rotativos, se aplique la reglamentación y normativa respectiva, con el propósito de: ƒ Que la constitución de los fondos rotativos esté apegada a la metodología técnica, contemplada en los manuales respectivos. ƒ Que los manuales respectivos, establezcan los niveles de autorización. Que los manuales respectivos, determinen cual es el monto máximo que se puede hacer efectivo a través del fondo rotativo. ƒ Que los manuales respectivos, indiquen que los responsables de la administración del fondo rotativo, deberán efectuar reposiciones dentro del mes y al final de cada mes, a fin de que se presente la ejecución real del presupuesto de egresos. Causa Inobservancia por parte de las Autoridades Municipales, por no velar porque la Municipalidad cuente con las normativas correspondientes en específico que rija el control interno para el uso y manejo de Combustibles, Viáticos y Fondo Rotativo caja chica

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Efecto La falta de normativas y control interno en los Combustibles, Viáticos y Fondo Rotativo, así como su implementación por parte de los encargados de cada área, provoca que existan deficiencias en el manejo y uso de estos gastos. Recomendaciones

Que se por parte de las Autoridades Municipales se tomen las medidas correspondientes a efecto que se elaboren las normativa y reglamentos internos correspondientes para el uso, manejo, reembolso y liquidación del fondo rotativo, de combustibles y de viáticos así como su autorización y aprobación por parte de las mismas Concejo Municipal y su implementación de forma inmediata.

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HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y REGULACIONES APLICABLES HALLAZGO No. 1 No existe programación de pagos Condición De la evaluación de la auditoria en el área de gastos se determinó que no se ha implementado por parte de las autoridades Municipales el plan de pagos, en el cual se detalle por fuente de financiamiento las obligaciones que ha adquirido la Municipalidad, así como lo fondos con que se cuenta para afrontar dichos compromisos, situación que es de suma importancia para que las autoridades Municipales tomen decisiones. Criterio Acuerdo Número 09-03 de fecha 08 de julio 2003, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, mediante el cual se aprobaron las Normas Generales de Control Interno Gubernamental, Norma 6.6 PROGRAMACIÓN DE CUOTAS DE PAGO. Establece “La máxima autoridad del Ministerio de Finanzas Públicas y la autoridad superior de cada ente público, deben normar que las unidades especializadas, con base en el Flujo de Caja, preparen la programación periódica de cuotas de pago en forma técnica y oportuna. Para una adecuada programación de cuotas de pago, la Tesorería Nacional y las unidades especializadas de cada ente público, deben establecer procedimientos que les permitan contar con información real y oportuna de los ingresos y disponibilidades del efectivo, para establecer las cuotas de pago y solicitar la aprobación correspondiente. Las unidades especializadas deben comunicar oportunamente, a los responsables de la ejecución de programas y proyectos de las cuotas de pago mensuales aprobadas. Norma 6.8 CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE INGRESOS. La máxima autoridad del Ministerio de Finanzas Públicas, y la autoridad superior de cada entidad pública, deben normar porque las unidades especializadas implementen procedimientos de control y seguimiento de los ingresos. Las unidades especializadas deben implementar procedimientos que le permitan de una manera técnica controlar y darle seguimiento a los ingresos, para asegurarse que los mismos estén disponibles oportunamente en las cuentas bancarias habilitadas. Norma 6.9 CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE PAGOS. La máxima autoridad del Ministerio de Finanzas Públicas, y la autoridad superior de cada entidad pública, deben normar que las unidades especializadas implementen procedimientos de control y seguimiento de los pagos autorizados. Las unidades especializadas a través de los procedimientos de control y seguimiento de pagos autorizados, deben asegurar que los mismos se ejecutaron de acuerdo a la forma de pago, establecida en los Manuales emitidos por la Tesorería Nacional, y montos autorizados. Norma 6.10 ANÁLISIS Y EVALUACIÓN FINANCIERA. La máxima autoridad del Ministerio de Finanzas Públicas, a través de la Tesorería Nacional y la autoridad superior de cada entidad pública, deben normar que se

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realice análisis y evaluación financiera al flujo de caja. Las unidades especializadas son las responsables de realizar mensualmente el análisis y evaluación financiera, del comportamiento del flujo de ingresos, egresos y disponibilidades de efectivo y sus equivalentes, para determinar el grado de cumplimiento de la programación financiera y las necesidades de financiamiento para los meses siguientes. Norma 6.11 ESTADO DE FLUJO DE CAJA. La máxima autoridad del Ministerio de Finanzas Públicas, a través de la Tesorería Nacional y la autoridad superior de cada entidad pública, deben normar que mensualmente se prepare un Estado de Flujo de Caja. Las unidades especializadas de cada entidad pública son responsables de preparar mensualmente el Estado de Flujo de Caja, que tiene como propósito ser el instrumento gerencial que permita evaluar el comportamiento real de los ingresos, egresos y disponibilidades de efectivo, para la toma adecuada y oportuna de decisiones. Causa Inobservancia por parte de las autoridades Municipales, relacionada con la elaboración de planificación específica de la programación de pagos de los compromisos que ha adquirido la Municipalidad, así como lo fondos con que se cuenta para afrontar dichos compromisos. Efecto No se sabe por parte de las autoridades Municipales los compromisos que tienen, así como el flujo de efectivo y fuentes de financiamiento para afrontar dichas obligaciones contraídas Recomendación Que por parte de las autoridades Municipales se giren las instrucciones correspondientes a efecto que en la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal DAFIM, para que se elabore la Programación de pagos o PROGRAMACIÓN DE CUOTAS DE PAGO de Ingresos y Obligaciones que tiene la Municipalidad y que se presente a las autoridades Municipalidades para que se discuta y puedan aprobar y programar los pagos que hará efectivos la Municipalidad con la disponibilidad financiera con que cuenta. HALLAZGO No. 2 Condición: Deficiencias en la documentación de soporte de la caja fiscal de egresos

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Condición Al efectuar la revisión del área de egresos, se determinó que existen algunas deficiencias en la documentación que ampara los pagos efectuados por parte de la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal, entre las cuales se destaca lo siguiente:

En varios de los documentos (Solicitud de gasto/Requerimiento, Orden de compra, Formularios de Almacén/Bodega Municipal, Facturas, etc.) faltan nombres, firmas y sellos de Empleados y Funcionarios responsables

En los trabajos de reparaciones y/o mantenimientos que se realizan por parte de la Municipalidad, falta adjuntar informe por parte del Director de Servicios Públicos Municipales, Dirección Municipal de Planificación, Dirección Administrativa o a la Unidad de la Municipalidad donde se realizaron los trabajos o se prestaron los servicios, de que estos se realizaron conforme a las disposiciones y recibidos satisfactoriamente.

Dentro de los expedientes no se deja constancia del formulario de la salida de los bienes y/o materiales del Almacén a quienes se les entrego los productos o insumos para poder descargar de las tarjetas del Alancen.

En los formularios de recepción de bienes y servicios falta nombre y firma del proveedor que entrega los productos o materiales.

En formularios de requerimiento de compras se adjuntan las tres copias en el expediente y no se distribuyen como corresponde.

Falta la constancia de ingreso de los bienes cuando corresponde al Inventario

De todo gasto por prestación de servicios, o compras de productos y materiales dejar constancia del evento que se realizó, las personas que participaron, o mantenimiento o proyecto donde se utilizaron, así como resolución de aprobación unipersonal del Alcalde Municipal donde autoriza el gasto según funciones y atribuciones del Código Municipal y Ley de contrataciones del Estado, para que todos los gastos estén bien justificados

Criterio Según lo establecido en las en el Acuerdo número 09-03 del 08 de julio de 2003, emitido por el Contralor General de Cuentas, que aprueba las Normas Generales de Control Interno Gubernamental y en específico lo establecido en: Grupo 1 Normas de Aplicación General. Norma 1.3 RECTORIA DEL CONTROL INTERNO. La Contraloría General de Cuentas es el órgano rector del control gubernamental y responsable de establecer las normas generales de control interno las cuales son de observancia obligatoria para cada entidad pública. En el contexto institucional, la máxima autoridad es la responsable del control interno, quien delegará en funcionarios o unidades administrativas para el diseño, implementación, seguimiento y actualización del ambiente y estructura de control interno, observando y aplicando las normas emitidas por el órgano rector. La jurisdicción que corresponde ejercer a una entidad pública sobre otra, incluye la promoción y supervisión de la implantación y funcionamiento del ambiente y

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estructura de Control Interno. Toda entidad pública, para garantizar el adecuado funcionamiento de los sistemas, el ambiente y estructura de control interno, debe coordinar acciones con el órgano rector del control gubernamental. El Grupo 5. Normas Aplicables al Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental, NORMA 5.4 RECEPCIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DE SOPORTE.La máxima autoridad del Ministerio de Finanzas Públicas, debe normar y emitir políticas y procedimientos para la adecuada recepción y verificación de la documentación de soporte. La Dirección de Contabilidad del Estado y las autoridades superiores de cada entidad, en el proceso de recepción y verificación de la documentación de soporte de las operaciones, en su respectivo ámbito, deben contar con la tecnología y metodología, así como la organización formalmente descrita en manuales de funciones y procedimientos, que permitan ejercer un eficiente control sobre los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, egresos, etc., para asegurar el cumplimiento de las políticas, normas, leyes y regulaciones a las que estén sujetas todas las operaciones, como requisito previo a continuar con el proceso de consolidación y tramite hacia los niveles correspondientes. NORMA 5.5 REGISTRO DE LAS OPERACIONES CONTABLES. La máxima autoridad del Ministerio de Finanzas Públicas, a través de la Dirección de Contabilidad del Estado, debe normar y emitir políticas y procedimientos, para el adecuado y oportuno registro de las operaciones contables. La Dirección de Contabilidad del Estado y las autoridades superiores de cada entidad, deben velar porque en el proceso de registro de las etapas de devengado, pagado y consumido, en sus respectivos sistemas, corresponda únicamente a aquellas operaciones que previa verificación de las fases anteriores, hayan cumplido satisfactoriamente con todas las condiciones y cuenten con la documentación de soporte, para garantizar la generación de información contable, presupuestaria (física y financiera) y de tesorería , confiable y oportuna. Todo registro contable que se realice y la documentación de soporte, deben permitir aplicar pruebas de cumplimiento y sustantivas en el proceso de auditoría, y en general el seguimiento y evaluación interna de la calidad de los registros contables. Causa Inobservancia por parte de los encargados de verificar que se cumpla con lo relacionado a que se registren y documenten los gastos de todas las operaciones realizadas Efecto Que las operaciones realizadas de gasto no estén debidamente documentadas y no se cumpla con las normativas legales correspondientes

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Recomendación Que por parte de las Autoridades Superiores se giren las instrucciones correspondientes a efecto se corrijan las deficiencias en la documentación de soporte que ampara los gastos así:

Que se corrija en los documentos (Solicitud de gasto/Requerimiento, Orden de compra, Formularios de Almacén/Bodega Municipal, Facturas, etc.) donde faltan nombres, firmas y sellos de Empleados y Funcionarios responsables

Que en los trabajos, mantenimientos y prestación de servicios de manera general que realiza la Municipalidad, adjuntar informe por parte del Director de Servicios Públicos Municipales, Dirección Municipal de Planificación, Dirección Administrativa o a la Unidad de la Municipalidad donde se realizaron los trabajos o se prestaron los servicios, de que estos se realizaron conforme a las disposiciones y recibidos satisfactoriamente.

Que en los formularios de recepción de bienes y servicios indicar el nombre y firma del proveedor que entrega los productos o materiales.

Dejar dentro de los expedientes constancia del formulario de la salida de los bienes y/o materiales del Almacén a quienes se les entrego los productos o insumos para poder descargar de las tarjetas Kardex del Alancen.

Verificar que en los formularios de recepción de bienes y servicios lleve nombre y firma del proveedor que entrega los productos o materiales.

Distribuir las copias de los formularios de requerimiento de compras a donde correspondan

Dejar dentro del expediente la constancia de ingreso de los bienes cuando corresponde al Inventario, por medio de certificación y/o sello, donde se indique el folio y libro de inventario donde está registrado

Dejar de todo gasto por prestación de servicios, o compras de productos y materiales dejar constancia del evento que se realizó, las personas que participaron, o mantenimiento o proyecto donde se utilizaron, así como resolución de aprobación unipersonal del Alcalde Municipal donde autoriza el gasto según funciones y atribuciones del Código Municipal y Ley de contrataciones del Estado, para que todos los gastos estén bien justificados.

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SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES En el desarrollo de esta auditoria se le dio el seguimiento a las recomendaciones, el cumplimiento e implementación por parte de las personas responsables a las recomendaciones de auditorías anteriores, de conformidad al Acuerdo Gubernativo Numero 9-2017 del Presidente de la Republica, Reglamento a la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, al artículo 65. SEGUIMIENTO A LAS RECOMENDACIONES DE AUDITORIA para lo cual se enviaron oficios No. MSMP-015-2018/gcv al MSMP-030-2018/gcv de fechas 26 de junio de 2018, solicitando la información de la implementación y seguimiento a las RECOMENDACIONES de la Auditoria Financiera y de Gestión de la Contraloría General de Cuentas por el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2017. De lo cual se estableció que en su mayoría se ha dado cumplimiento a dichas Recomendaciones. Se le informo a las Autoridades Municipales de las actuaciones que se realizaron por parte de auditoria interna según oficio No OF.UDAIM-31-2018/gcv de fecha 04 de diciembre de 2018.

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AUTORIDADES DE LA ENTIDAD DURANTE EL PERIODO AUDITADO Los Funcionarios y empleados Municipales responsables por el periodo auditado del 01 de julio al 14 de diciembre de 2018, se describen a continuación:

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ANEXOS

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INFORMACION COMPLEMENTARIA (ANEXOS) Misión (Anexo 1) Somos una institución autónoma, que pretende en general el desarrollo del municipio por medio de programas y actividades económicas, sociales, deportivas, ambientales y prestación de servicios que sustenten y mejoren la calidad de vida de los habitantes de la población. Visión (Anexo 2) Ser un equipo de trabajo fortalecido y tecnológico, que apoye a la gestión del desarrollo integral, coordinando acciones de desarrollo con instituciones públicas y privadas, y con el Consejo de Desarrollo, lo que permite que tengan acceso a los servicios de educación, salud e infraestructura. Estructura Orgánica (Anexo 3) El gobierno del municipio corresponde al Concejo Municipal, el cual se integra por el Alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal para un periodo de cuatro años, pudiendo ser electos. El representante de la Municipalidad y el municipio es el Alcalde, quien constituye el jefe del órgano ejecutivo del gobierno municipal, preside el Concejo y dirige la administración municipal. Los síndicos y concejales son los miembros del órgano de deliberación y de decisión. El Concejo organiza comisiones para el estudio y dictamen de los asuntos que conocerá durante todo el año, siento obligatorias las siguientes:

1. Educación bilingüe intercultural, cultura y deportes; 2. Salud y asistencia social; 3. Servicios, infraestructura, ordenamiento territorial, urbanismo y vivienda; 4. Fomento económico , turístico, ambiente y recursos naturales; 5. Descentralización, fortalecimiento municipal y participación ciudadana; 6. De finanzas; 7. De probidad; 8. De los derechos humanos y de la paz; 9. De la familia, la mujer y la niñez, la juventud, adulto mayor o cualquiera otra

forma de proyección social.

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La Municipalidad cuenta con dependencias administrativas de apoyo para la función Municipal, siendo su estructura organizacional la siguiente:

Concejo Municipal

Alcalde Municipal

Secretaria Municipal

Unidad de Auditoría Interna

Unidad de Asesoría Jurídica

Juzgado de Asuntos Municipales y de Transito

Unidad de Comunicación Social

Jefatura de Recursos Humanos

Unidad de Acceso a la Información

Gerencia Municipal

Dirección Municipal de Planificación

Dirección Administrativa

Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal

Dirección de Servicios Públicos

Dirección de Infraestructura

Dirección de Gestión Ambiental y Forestal

Dirección de Desarrollo Social y Económico

Dirección Municipal de la Mujer

Dirección de Policía Municipal

Dirección de Policía Municipal de Tránsito