inconstitucionalidad general parcial 1822-2011

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  • 7/26/2019 Inconstitucionalidad General Parcial 1822-2011

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    FICHA TCNICA

    Propiedades

    No. Gaceta

    105

    Por tipo de expediente

    Inconstitucionalidad de Carcter General

    No. Expediente1822-2011

    Fecha de la sentencia

    17/07/2012

    Postulante

    Persona individual-Najman Aleander Ai!estatd "eistensc#neider

    Disposiciones

    impugnadas

    Penal-C$di%o Penal--Art&culo 201 'is

    Normativa denunciadacomo vulnerada

    Constituci$n Pol&tica de la (e)*+lica-Art&culo 2 ,e+eres del stado

    Normativa denunciadacomo vulnerada

    Constituci$n Pol&tica de la (e)*+lica-Art&culo . ,erec#o a la vida

    Normativa denunciadacomo vulnerada

    Constituci$n Pol&tica de la (e)*+lica-Art&culo "i+ertad e i%ualdad

    Normativa denunciada

    como vulnerada

    Constituci$n Pol&tica de la (e)*+lica-Art&culo ,erec#os in#erentes a la )ersona #umana

    Normativa denunciada

    como vulnerada

    Constituci$n Pol&tica de la (e)*+lica-Art&culo Preeminencia del ,erec#o Internacional

    Normativa denunciada

    como vulnerada

    Constituci$n Pol&tica de la (e)*+lica-Art&culo 1 ,e las relaciones internacionales

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    Normativa denunciada

    como vulnerada

    ratados o convenios internacionales 3ver doctrina le%also+re )armetros de constitucionalidad normativa4-Convenci$n contra la ortura otros ratos o PenasCrueles6 In#umanos o ,e%radantes

    Normativa denunciadacomo vulnerada

    ratados o convenios internacionales 3ver doctrina le%also+re )armetros de constitucionalidad normativa4-Convenci$n Interamericana )ara Prevenir ancionar laortura

    Tema abordado

    Penal-'loue de Constitucionalidad

    Tema abordado

    9tros-Inconstitucionalidad )or 9misi$n

    Sentido de la sentencia

    Con lu%ar-Por omisi$n le%islativa

    Doctrina legal,erec#os )rinci)ios :undamentales-,erec#o a la vida e inte%ridad )ersonal

    INCONSTITUCIONALIDAD GENERAL PARCIAL

    EXPEDIENTE 1822-2011

    CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, INTEGRADA POR LOSMAGISTRADOS MAURO RODERICO CHACN CORADO, QUIEN LAPRESIDE, HCTOR HUGO PREZ AGUILERA, ROBERTO MOLINABARRETO, GLORIA PATRICIA PORRAS ESCOBAR, ALEJANDROMALDONADO AGUIRRE, JUAN CARLOS MEDINA SALAS RICARDOAL!ARADO SANDO!AL" Guatemala6 diecisiete de julio de dos mil doce;

    Para dictar sentencia6 se tiene a la vista la acci$n deinconstitucionalidad %eneral )arcial )romovida )or el a+o%ado NajmanAleander Ai!estatd "eistensc#neider contra el art&culo 201 'is delC$di%o Penal6 en el cual se ti)iel casti%o?6 >cualuier ti)o de discriminaci$n?6 >ocon cualuier otro

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    la Convenci$n Interamericana )ara Prevenir ancionar la ortura; l)ostulante actu$ con su )ro)io auilio )ro:esional el de los a+o%adosernn Antonio errera Gon!le! Barjorie 'osue ,om&n%ue!; s)onente en el )resente caso6 el Ba%istrado Presidente6 Bauro (odericoC#ac$n Corado6 uien e)resa el )arecer de este ri+unal;

    ANTECEDENTES

    I# FUNDAMENTOS JUR$DICOS DE LA IMPUGNACIN"

    "o e)uesto )or el accionante se resume= %&inter)one acci$n deinconstitucionalidad )arcial de le de carcter %eneral )or= >omisin alno incluirse al castigo, la discriminacin o cualquier otro fn comofnalidades de la tortura, ni a la aplicacin sobre una persona demtodos tendientes a anular la personalidad de la vctima o a disminuirsu capacidad sica o mental, aunque no causen dolor sico o angustia

    psquica, en la tipifcacin del delito de tortura en el artculo 201 Bis delCdigo Penal?6 )or violar los derec#os constitucionales a la inte%ridad se%uridad 3art&culos 2 .46 a la i%ualdad 3art&culo 46 la )reeminenciade los tratados internacionales en materia de derec#os #umanos3art&culo 4 la o+li%aci$n de ti)i

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    deni%rantes6 la amena!a de tortura 3mostrando im)lementos de tortura4o la )ro:anaci$n de o+jetos de %ran valor reli%ioso :rente a la v&ctima6entre otros6 son m@todos de tortura ue no causan %rave dolor :&sico ue se encuentran )ro#i+idos )or la de

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    )enales6 )ues #a una sustancial di:erencia de :ondo entre condenar )orlesiones e im)utar res)onsa+ilidades )or el delito de torturaD &elart&culo constitucional seEala ue todos los seres #umanos son li+rese i%uales en di%nidad derec#os; "a )rotecci$n contra la discriminaci$nes )recisamente uno de los valores :undamentales reconocidos )or la

    Constituci$nD )ara ello6 de+e ado)tar medidas le%islativas ue )ro#&+anactos discriminatorios; l %@nero6 la ra!a6 la nacionalidad6 la reli%i$n6 laorientaci$n seual o la situaci$n de etranjer&a son com*nmente motivosen ue los victimarios :undamentan actos de tortura 3tal como el casode la %asacre de las &os $rres 's( )uatemala4D sin em+ar%o6 enGuatemala la tortura con esas

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    in:erior6 a )esar de ue as& lo dis)one la de

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    inconstitucionalidad %eneral )arcial )lanteada;B& L% O7(.5% )* A3C39.:.35%)3 )* %: N%(.35*: U5.)%: ;%% 3: D**(3: H49%53:*5 G4%*9%% e)res$=%& con:orme con los instrumentosinternacionales6 los actos ue constituen tortura de+en reali!arseFintencionalmenteF de+en consistir en Fdolores o su:rimientosF

    3Convenci$n Internacional contra la tortura4 o F)enas o su:rimientos?3Convenci$n Interamericana contra la ortura4 F:&sicos o mentalesF; Adi:erencia de la Convenci$n Interamericana contra la ortura6 laConvenci$n Internacional contra la ortura seEala ue los dolores osu:rimientos de+en ser F%ravesFD'& con:orme con los citadosinstrumentos internacionales la doctrina internacional6 los elementosconstitutivos de tortura son= iJ cometer intencionalmente actos ue)rodu!can %raves dolores o su:rimientos :&sicos o mentales6 )enas o +ienue sin causar an%ustia )s&uica o dolor :&sico tiendan a disminuir laca)acidad :&sica o mental de la v&ctimaD iiJ reali!ar esos actos con la)artici)aci$n o auiescencia de las autoridades del stadoD iiiJ

    cometerlos con un )ro)$sito6 motivaci$n o

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    ti)i

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    se declare con lu%ar la acci$n de inconstitucionalidad %eneralinter)uesta;

    I!# ALEGATOS EN EL D$A DE LA !ISTA

    A& E %((.35%5* %*6" %& tal como destac$ la 9

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    "a Corte de Constitucionalidad tiene como :unci$n esencial lade:ensa del orden constitucional 6 )or ello6 de+e conocer de lasim)u%naciones inter)uestas contra lees6 re%lamentos dis)osicionesde carcter %eneral a las ue se #a :ormulado re)roc#e deinconstitucionalidad6 total o )arcial;

    ,entro de los )rinci)ios :undamentales ue in:orman al ,erec#o%uatemalteco6 se encuentra el de su)remac&a constitucional6 uesi%niel casti%o?6 >cualuier ti)o de discriminaci$n?6 >o con cualuierotro

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    le%islativa6 seEalando en sus )artes conducentes6 lo si%uiente= >K$lpasa!e transcrito evidencia el reconocimiento de la inconstitucionalidadpor omisin por parte de doctrinarios, pero debe entenderse que sta seconcreta no slo cuando concurre omisin de legislar, sino que cuandoe*ista una regulacin insufciente o discriminatoria 3K4 se advierte que

    s es posible instar la accin de inconstitucionalidad denunciando unaomisin cuando se impugne +una regulacin insufciente odiscriminatoria+, "a que en esos casos s concurre el sealamientoconcreto de la norma, reglamento o disposicin de carcter generalsobre la cual se pretende el e*amen " por medio de la cual se concretala omisin denunciadaK?;

    l instituto jur&dico de la inconstitucionalidad )or omisi$n6 tal comolo a

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    inconstitucionalidad6 con:orme lo aK&eclarar la inconstitucionalidad de las omisiones del poderlegislativo municipal, estatal o nacional cuando #a"a de!ado dedictar las normas o medidas indispensables para garanti4ar elcumplimiento de esta Constitucin, o las haya dictado en formaincompleta, " establecer el pla4o ", de ser necesario, los lineamientosde su correccinK?; s )or la norma )recitada ue la ala Constitucionalvene!olana #a reali!ado el control de la constitucionalidad de las lees)or omisi$n6 a sea a+soluta o relativa;

    Por su )arte6 la evoluci$n de la juris)rudencia de la ala Cuarta dela Corte u)rema de Qusticia o ala Constitucional costarricense #a sido)ermisi+le en anali!ar )lanteamientos en cuanto a lasinconstitucionalidades )or omisi$n6 tal como la resoluci$n dos mil cinco cero cinco mil seiscientos cuarenta nueve 32005-054 de once demao de dos mil cinco6 dictada dentro del e)ediente cero cuatro cerocero oc#o mil seiscientos cincuenta tres cero cero cero siete C930-0085.-0007-C94 en el marco de la inconstitucionalidad inter)uesta)or el de:ensor de los #a+itantes >mbudsman-6 en la ue declar$ laomisi$n a+soluta de la Asam+lea "e%islativa en el ejercicio de su )odernormativo en el cum)limiento del mandato e)reso im)uesto )or el

    )oder constituente derivado en la re:orma )arcial a la Constituci$nPol&tica conmin$ al )oder le%islativo )ara dictar las lees de desarrollodel re:er@ndum de iniciativa )o)ular en la :ormaci$n de la le;

    "a Corte Constitucional de Colom+ia #a desarrollado am)liamentedoctrina juris)rudencial so+re las Fomisiones le%islativas relativasF6ejem)lo de ello es en el caso de la sentencia C uinientos cuarenta tres 3C-5.4 de mil novecientos noventa seis6 en la ue se denunci$ laausencia de un elemento ue la "e de+&a incluir )ara %aranti!ar elderec#o a la i%ualdad el derec#o al de+ido )roceso de los )articulares6 :ue mediante la inconstitucionalidad relativa ue se modi

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    )rece)tiva constitucional6 so+re todo si la omisi$n consiste en ocon

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    n el teto de este articulo se determina ue= >Comete el delito detortura, quien por orden, con la autori4acin, el apo"o " la aquiescenciade las autoridades del $stado, in@in!a intencionalmente a una personadolores o surimientos graves, "a sean sicos o mentales con el fn deobtener de ella o de un tercero inormacin o conesin, por un acto que

    #a"a cometido o se sospec#e que #ubiere cometido, o que persigaintimidar a una persona o, por ese medio, a otras personas(

    3gualmente cometen el delito de tortura los miembros de grupos obandas organi4adas con fnes terroristas, insurgentes, subversivos o decualquier otro fn delictivo(

    $l o los autores del delito de tortura sern !u4gados igualmentepor el delito de secuestro(

    :o se consideran torturas las consecuencias de los actos

    reali4ados por autoridad competente en el e!ercicio legtimo de su deber" en resguardo del orden p/blico(

    $l o los responsables del delito de tortura sern sancionados conprisin de veinticinco a treinta aos;

    l accionante denuncia la omisi$n le%islativa= >al no incluirse enauel )rece)toOal castigo, la discriminacin o cualquier otro fn comofnalidades de la tortura, ni a la aplicacin sobre una persona demtodos tendientes a anular la personalidad de la vctima o a disminuirsu capacidad sica o mental, aunque no causen dolor sico o angustia

    psquica(

    "a incor)oraci$n del delito de tortura a nuestro ordenamiento jur&dico)enal o+edeci$ a la suscri)ci$n )or el stado de Guatemala de laConvenci$n contra la ortura otros ratos o Penas Crueles6 In#umanoso ,e%radantes6 la cual :ue a)ro+ada )or el ,ecreto 58-5 del Con%resode la (e)*+lica6 el die! de a%osto de mil novecientos noventa cinco )u+licado en el ,iario de Centro Am@rica el once de se)tiem+re de esemismo aEo6 entrando en vi%encia el diecinueve de se)tiem+re de milnovecientos noventa seis;

    n el art&culo 1 del tratado internacional en menci$n se indica= >1; A lose:ectos de la )resente Convenci$n6 se entender )or el t@rmino RtorturaRtodo acto )or el cual se inHija intencionadamente a una )ersona doloreso su:rimientos %raves6 a sean :&sicos o mentales6 con el

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    Convencin se entender por tortura todo acto reali4adointencionalmente por el cual se in@i!an a una persona penas osurimientos sicos o mentales, con fnes de investigacin criminal,como medio intimidatorio, como castigo personal, como medidapreventiva, como pena o con cualquier otro fn( Ae entender tambin

    como tortura la aplicacin sobre una persona de mtodos tendientes aanular la personalidad de la vctima o a disminuir su capacidad sica omental, aunque no causen dolor sico o angustia psquica( :o estarncomprendidos en el concepto de tortura las penas o surimientos sicoso mentales que sean /nicamente consecuencia de medidas legales oin#erentes a stas, siempre que no inclu"an la reali4acin de los actos ola aplicacin de los mtodos a que se refere el presente artculo;?

    "a denuncia de inconstitucionalidad )or omisi$n )arcial radica enue6 a juicio del accionante6 la norma )enal contenida en el art&culo201 Bisdel C$di%o Penal :ue creada de :orma incom)leta6 )ues en @sta

    se omite contem)lar dentro del elemento o+jetivo del delito a los actosde tortura ue se realicen >por cualquier ra4n basada en cualquier tipode discriminacin6 se%*n lo indicado en el art&culo 1 de la Convenci$ncontra la ortura otros ratos o Penas Crueles6 In#umanos o,e%radantes6 en ese mismo encuadramiento t&)ico6 a los actosreali!ados so+re una )ersona >sobre una persona de mtodostendientes a anular la personalidad de la vctima o a disminuir sucapacidad sica o mental, aunque no causen dolor sico o angustiapsquica, ue constituen estndares m&nimos )ara la ti)i

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    valencia rece)ci$n ue6 desde la Constituci$n6 se da en el derec#ointerno a dic#os tratados;

    n anteriores o)ortunidades6 la Corte de Constitucionalidad #ane%ado ue los instrumentos internacionales en materia de derec#os

    #umanos sean )armetro )ara ejercer el control de constitucionalidad6ver+i%racia el :allo de veintis@is de mar!o de mil novecientos noventa seis6 dictado dentro del e)ediente trescientos treinta cuatro noventa cinco 3..-546 ue seEal$= >Kal anali4ar la violacin del artculo que invoca el accionante, se conclu"e que dic#a disposicin tampoco se#a violado con la emisin del artculo impugnado, pues en aquel/nicamente se establece el principio general de que en materia dederec#os #umanos, los tratados " convenciones aceptados " ratifcadospor )uatemala tienen preeminencia sobre el derec#o interno( $s decir,que en presencia de un eventual con@icto entre normas ordinarias delorden interno " los tratados " convenios sobre derec#os #umanos

    prevaleceran stos /ltimos, pero como "a se di!o estos no sonparmetros de constitucionalidadK? 3l resaltado no a)arece en elteto ori%inal4;

    in em+ar%o6 en otros :allos6 este mismo ri+unal Constitucional6 como%arante de la su)remac&a constitucional6 se #a a)oado en tratadosinternacionales en materia de derec#os #umanos )ara los e:ectos deaK&e #ec#o, vale destacar que el carcter permanentecon el que aparece tipifcada la desaparicin or4osa en el Cdigo Penalse encuentra en consonancia con el contenido de la ConvencinInteramericana sobre Desaparicin Forzada de Personas7ratifcada por )uatemala el veinticinco de ebrero de dos mil7, en cu"oartculo 3333K4 Conteste con ello, la Corte 3nteramericana de &erec#osDumanos #a afrmado en su !urisprudencia que la desaparicin or4adade personas constitu"e, salvo la e*istencia de prueba en contrario, undelito de carcter permanente " continuado, que como ello indica, "valga la redundancia, a/n #o" se est cometiendo EAentencias de

    veintinueve de !ulio de mil novecientos oc#enta " oc#o " dos de !ulio demil novecientos noventa " seis, dictadas con ocasin de los Casos'elsque4 odrgue4 vrs( Donduras " BlaFe vrs( )uatemala,respectivamenteG 3K4 &e lo relacionado precedentemente se colige queel #ec#o de que el legislador #a"a f!ado la permanencia como unelemento constitutivo del delito de desaparicin or4osa no se traduceen lesin al principio de irretroactividad entroni4ado en el artculo 1H dela Constitucin Poltica de la ep/blica, por cuanto la continuidad en eltiempo in#erente a tal accin ilcita permite que su comisin seprolongue #asta un momento posterior al inicio del mbito temporal devalide4 del precepto que le regula, pese a #aber podido tener origen en

    un momento anteriorK?; 3l resaltado no a)arece en el teto ori%inal4;

    ,e acuerdo a lo resaltado en los )rra:os anteriores6 )ara dar res)uestaa la )ro+lemtica acerca de la rece)ci$n en el orden interno de lostratados en materia de derec#os #umanos6 otros ordenamientos #anacudido a la

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    20106 entre otros46 aunue en nin%uno de @stos se #a de

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    otro orden ue disminuan6 restrinjan o ter%iversen los derec#os ue laConstituci$n %aranti!a;?

    >A>(43 ?@# P**9.5*5(.% )* D**(3 .5*53# e esta+lece el)rinci)io %eneral de ue en materia de derec#os #umanos6 los tratados

    convenciones internacionales ace)tados rati

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    #aa cometido o se sos)ec#e ue #u+iere cometido6 o )ersi%a intimidara una )ersona o6 )or ese medio6 a otras )ersonas; I%ualmente cometendelito de tortura los miem+ros del %ru)o o +andas or%ani!adas con

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    la ortura6 las ue6 como ued$ sentado6 inte%ran el contenido del+loue de constitucionalidad;

    l ti)o )enal es la descri)ci$n detallada de la conducta )ro#i+ida6 es uninstrumento le%al o dis)ositivo )lasmado en la le6 ue tam+i@n es

    l$%icamente necesario )ara sa+er si una conducta es delictuosa;,escri+e auellos com)ortamientos ue se estiman daEosos6 utili!andover+os6 los cuales se denominan ver+os rectores; "o :undamental es uela redacci$n de+e ser com)ati+le con la ei%encia del )rinci)io detaatividad;

    l ti)o tiene en el derec#o )enal una :unci$n tri)le= una :unci$nseleccionadora de los com)ortamientos #umanos )enalmenterelevantes6 una :unci$n de %arant&a en la medida en ue solo loscom)ortamientos su+sumi+les en @ste )ueden ser sancionados)enalmente una :unci$n motivadora %eneral6 )or cuanto la descri)ci$n

    de los com)ortamientos en el ti)o )enal indica a los ciudadanos u@com)ortamientos estn )ro#i+idos;

    "a estructura del ti)o est com)uesta )or .#sujeto activo6 ..#conducta6 ...#+ien jur&dico; l sujeto activo es au@l ue )recisamente reali!a laacci$n )enal )ro#i+ida u omite la acci$n es)erada; "a conducta6entendida como com)ortamiento #umano 3acci$n u omisi$n4 ue vienedescrita )or medio de un ver+o6 el +ien jur&dico ue tiene la :unci$n)rotectora de los valores considerados como :undamentales )ara la)ersona #umana o sociedad6 ue la norma )enal uiere )rote%er decom)ortamientos #umanos ue )uedan daEarlo; ste valor es una

    cualidad ue el le%islador atri+ue a determinados intereses ue unasociedad considera :undamental )ara el vivir +ien;

    "os ti)os )enales6 al ser conductas )ro#i+idas ue constituirn A los e:ectos de la)resente Convenci$n6 se entender )or el t@rmino RtorturaR todo acto)or el cual se inHija intencionadamente a una )ersona dolores o

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    su:rimientos %raves6 a sean :&sicos o mentales6 con el

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    elementos ue de

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    de con:ormidad con los )rinci)ios6 re%las )rcticas internacionales conel )ro)$sito de contri+uir al mantenimiento de la )a! la li+ertad6 alres)eto de:ensa de los derec#os #umanosD )or lo ue de+edeclararse con lu%ar la acci$n instada6 e#ortando al $r%anocorres)ondiente a ue realice lo le%almente )ertinente de

    con:ormidad con sus :acultades6 a e:ecto de re%ular nuevamente lamateria ue el art&culo cuestionado desarrolla; "a nueva re%ulaci$nde+er o+servar los criterios vertidos en el )resente :allo;

    -!I-

    Admitida )or la doctrina del derec#o constitucional moderno6 la)osi+ilidad de declarar in:racciones a la normativa su)rema )oromisi$n le%islativa en la e)edici$n de lees ue #aa ordenado laConstituci$n6 o +ien )or la dejaci$n administrativa )ara lare%lamentaci$n de las lees esta+lecidas6 el )ro+lema se traslada a

    determinar :ormas de o+li%ar a ese cum)limiento; n este as)ecto)rocesal no eiste en la juris)rudencia eterna una )osici$nuni:orme6 )orue si en al%unos sistemas se )rocede a ordenar lae)edici$n le%islativa e inclusivo a Qurisdicci$n constitucional local correcci$nde las omisiones inconstitucionales relativas?6 9); Cit; P%; 2014;

    Bediante la :unci$n )retoriana ue tiene la Corte de Constitucionalidad6en al%unos casos6 #a emitido sentencias con a)artado recomendatorio

    #acia el Con%reso de la (e)*+lica6 a e:ecto de interesar a dic#o $r%anodel stado a emitir lees ue

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    una le6 tendr&a esa iniciativa6 con:orme al art&culo 17 de laConstituci$n6 los di)utados al Con%reso de la (e)*+lica6 el 9r%anismojecutivo la Corte u)rema de Qusticia; ,e manera ue6 al dictarseuna sentencia ue declare con lu%ar la inconstitucionalidad)lanteada 6 )ara su e:ectividad6 ue sea cu+ierta la omisi$n

    le%islativa )or medio de la le corres)ondiente6 de+erindividuali!arse los sujetos a uienes se diri%&a un e#ortativosolemne )ara cum)lirlo;

    Adems6 de+e )recisarse ue el art&culo 201 'is del C$di%o Penal noes el a:ecto del vicio de inconstitucionalidad6 ue )or s& mismo6 comoest actualmente redactado es )er:ectamente com)ati+le con lanormativa su)rema; "o ue resulta es una inconstitucionalidad )oromisi$n en el art&culo citado6 ue de+er ser su+sanada )or elCon%reso de la (e)*+lica adicionando en su redacci$n6 las :rases de=>el casti%o?6 >cualuier ti)o de discriminaci$n?6 >o con cualuier otro

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    (e)*+lica )ara la emisi$n de la le%islaci$n seEalada6 :* *3%alos indicados $r%anos del stado dotados de iniciativa le%islativa aasumir la res)onsa+ilidad institucional ue corres)onde )ara su)lir laomisi$n seEalada en la )resente sentenciaD (&reci+idas admitidas iniciativa o iniciativas de re:orma al art&culo 201 'is del

    C$di%o Penal )or el Con%reso de la (e)*+lica6 ue6 con:orme lostrmites )revistos en la Constituci$n Pol&tica de la (e)*+lica la "e9r%nica del 9r%anismo "e%islativo6 )roceda a su discusi$n a)ro+aci$n corres)ondientesD )& )or la naturale!a del caso6 no #acondena en costas; III& Pu+l&uese esta sentencia en el ,iario 9

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    EXPEDIENTE 1822-2011

    CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD" Guatemala6 veinte de julio de dosmil doce;

    e tiene a la vista )ara resolver6 la solicitud de am)liaci$n del :allodictado )or esta Corte el diecisiete de julio de dos mil doce6 )lanteada)or el Procurador de los ,erec#os umanos6 dentro del e)ediente

    arri+a identi

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    otros as)ectos )ositivos- ue el art&culo 201 'is del C$di%o Penalconserva su vi%encia6 )or no adolecer de vicio intr&nseco en su actualcontenido6 aunue de+er ser com)letado )or la acci$n le%islativa conlas adiciones ue resulten de las dis)osiciones contenidas en laConvenci$n de Naciones nidas contra la ortura otros ratados o

    Penas Crueles o ,e%radantes en la Convenci$n Interamericana )ara)revenir sancionar la ortura ue6 con:orme lo considerado6 #an sidoomitidas en la le%islaci$n )enal vi%ente;

    II& DE LOS ARGUMENTOS DE LA AMPLIACIN" l Procurador de los,erec#os umanos )lantea solicitud de esa naturale!a6 mani:estandoue en el contenido de la sentencia cuestionada no se inclu$ el escritoue )resent$ al evacuar la audiencia ue )or el )la!o de uince d&as uese le con

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    "a Corte de Constitucionalidad6 con :undamento en lo considerado lees citadas6 resuelve=I& Por ausencia tem)oral de la Ba%istradaBar&a de los Tn%eles Araujo 'o#r inte%ra el Ba%istrado (icardo Alvaradoandoval; II& S.5 4% la solicitud de am)liaci$n )lanteada )or elProcurador de los ,erec#os umanos contra la sentencia de diecis@is de

    julio de dos mil doce6 )ro:erida )or este ri+unal; III& Noti:&uese;MAURO RODERICO CHACN CORADO

    PRESIDENTE

    HCTOR HUGO PREZ AGUILERA ROBERTOMOLINA BARRETO

    MAGISTRADO MAGISTRADOGLORIA PATRICIA PORRAS ESCOBAR ALEJANDRO

    MALDONADO AGUIRRE

    MAGISTRADA MAGISTRADOJUAN CARLOS MEDINA SALAS RICARDOAL!ARADO SANDO!AL

    MAGISTRADO MAGISTRADO

    MART$N RAMN GUZMN HERNNDEZSECRETARIO GENERAL