incidente objeción informe previo armando jose ruiz

9
6 GERARDO A. PEREZ PEREZ ABOGADO CED. PROF. 1704290 R.F.C. 690525-J47 COSTA REAL # 684- LOCAL 03 COL. VALLE REAL TEL. 485-28-67 CELULAR (044 844) 427-75-88 NEXTEL 181-10-34 E-MAIL: [email protected] Saltillo, Coahuila, México. Juicio de Amparo: 1115/2014-V Quejoso: Jesús Armando José Ruiz Suma petitoria: Se formula incidente de Objeción de Informe Previo. C. JUEZ SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE COAHUILA SALTILLO, COAHUILA. PRESENTE.- JESÚS ARMANDO JOSÉ RUIZ, en mi carácter de Quejoso, ante Usted, C. Juez de Segundo de Distrito en el Estado de Coahuila, respetuosamente, comparezco a exponer: Que por medio del presente escrito, con fundamento en lo establecido por los artículos 66, 67, 140, 143 y demás relativos de la Ley de Amparo en vigor, por medio del presente ocurso, vengo a interponer Incidente de Objeción de Informe Previo, en relación al rendido por la diversa responsable denominada: “Agente Investigador del Ministerio Público del Décimo Primer Distrito Judicial en el Estado de Nuevo León, con sede en la Ciudad de Galeana, Nuevo León. (Ordenadora)” De conformidad con las siguientes: C o n s i d e r a c i o n e s: Primero. Procedencia del Incidente . Los informes previos y, en especial su contenido, son importantes en la medida que de ello depende la concesión o la negativa del Juez de Distrito para otorgar la suspensión

Upload: 6905gerry

Post on 26-Dec-2015

35 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

Incidente de Objeción a Informes Previos en Juicios de Amparo Indirecto

TRANSCRIPT

Page 1: Incidente Objeción Informe Previo Armando Jose Ruiz

6

GERARDO A. PEREZ PEREZABOGADO

CED. PROF. 1704290 R.F.C. 690525-J47COSTA REAL # 684- LOCAL 03 COL. VALLE REAL TEL. 485-28-67

CELULAR (044 844) 427-75-88 NEXTEL 181-10-34E-MAIL: [email protected]

Saltillo, Coahuila, México.

Juicio de Amparo: 1115/2014-VQuejoso: Jesús Armando José Ruiz

Suma petitoria: Se formula incidente deObjeción de Informe Previo.

C. JUEZ SEGUNDO DE DISTRITO

EN EL ESTADO DE COAHUILA

SALTILLO, COAHUILA.

PRESENTE.-

JESÚS ARMANDO JOSÉ RUIZ, en mi carácter de

Quejoso, ante Usted, C. Juez de Segundo de Distrito en el Estado de

Coahuila, respetuosamente, comparezco a exponer:

Que por medio del presente escrito, con fundamento en

lo establecido por los artículos 66, 67, 140, 143 y demás relativos de

la Ley de Amparo en vigor, por medio del presente ocurso, vengo a

interponer Incidente de Objeción de Informe Previo, en relación al

rendido por la diversa responsable denominada:

“Agente Investigador del Ministerio Público del Décimo

Primer Distrito Judicial en el Estado de Nuevo León, con sede en la

Ciudad de Galeana, Nuevo León. (Ordenadora)”

De conformidad con las siguientes:

C o n s i d e r a c i o n e s:

Primero. Procedencia del Incidente. Los informes

previos y, en especial su contenido, son importantes en la medida que

de ello depende la concesión o la negativa del Juez de Distrito para

otorgar la suspensión definitiva de los actos reclamados en el Juicio de

Amparo Indirecto.

En el caso de que las autoridades responsables

negaran la existencia de los actos reclamados cuando en realidad fueren

ciertos, ello obligaría al Juez de amparo a negar la medida cautelar

definitiva, circunstancia que se torna crítica si se considera que los

medios de prueba en el incidente de suspensión están limitados a las

pruebas de documentos e inspección ocular ofrecidas por las partes.

Page 2: Incidente Objeción Informe Previo Armando Jose Ruiz

6

GERARDO A. PEREZ PEREZABOGADO

CED. PROF. 1704290 R.F.C. 690525-J47COSTA REAL # 684- LOCAL 03 COL. VALLE REAL TEL. 485-28-67

CELULAR (044 844) 427-75-88 NEXTEL 181-10-34E-MAIL: [email protected]

Saltillo, Coahuila, México.

La materia (causa) del incidente de objeción de

informes previos, es la falsedad no sólo de su continente, como son las

firmas, sellos, falsificaciones, alteraciones o enmendaduras de su texto;

etcétera, como aspectos del continente, sino también de su contenido,

esto es, de las declaraciones, manifestaciones u omisiones que de él se

desprendan.

El objeto inmediato (finalidad) del incidente, es

cuestionar la autenticidad de los informes previos y de su contenido, con

el fin de enmendar la eficacia e influencia en la suspensión y con la

posibilidad de rendir las pruebas pertinentes para acreditar esa

pretensión sin las limitantes que rigen en el incidente de suspensión.

Segundo. Consta de autos, que la señalada

Responsable, rindió su Informe Previo vía telegráfica en los términos

siguientes:

Agencia Del Ministerio Público Investigador Del Décimo

Primer Distrito Judicial en el Estado de Nuevo León.

Oficio: 292/2014

Asunto: rinde informe previo y justificado

En atención a su atento oficio 5-983 deducido del Incidente de

suspensión relativo al Juicio de Amparo Numero 1115/2014, promovido por Jesús

Armando José Ruiz, contra actos de esta y otras autoridades informo a usted lo

Siguiente:

“NO ES CIERTO EL ACTO RECLAMADO DE ESTA AUTORIDAD”

Por lo anterior solicito a usted tenga por rendido en tiempo y

forma informe previo solicitado dentro de la audiencia incidental y por reproducido

en sus partes en vía de informe justificado para efectos en la audiencia

constitucional a celebrarse el 16- Dieciséis de Octubre del presente año , a las

10:40 hrs. Contestando así el oficio numero 5-9839, adjuntando una copia al

presente , para que sea agregado ene l cuaderno respectivo , por lo que solicito se

me tenga por contestando así los oficios antes mencionados solicitando el

sobreseimiento por lo que hace a esta autoridad en virtud de la inexistencia del

acto reclamado de conformidad con el artículo 47 Fracción IV de la anterior Ley de

Amparo.

Le reitero a usted, las seguridades de mi atenta y distinguida

consideración.

Atentamente

Municipio de Galeana, Nuevo León; 26 de Septiembre de 2014

Page 3: Incidente Objeción Informe Previo Armando Jose Ruiz

6

GERARDO A. PEREZ PEREZABOGADO

CED. PROF. 1704290 R.F.C. 690525-J47COSTA REAL # 684- LOCAL 03 COL. VALLE REAL TEL. 485-28-67

CELULAR (044 844) 427-75-88 NEXTEL 181-10-34E-MAIL: [email protected]

Saltillo, Coahuila, México.

Cesar Anuar Oswaldo Monreal Puente

Agente del Ministerio Publico Investigador del Décimo Primer Distrito Judicial

en el Estado de Nuevo León.

De la lectura del citado informe, podrá advertirse que la

Responsable negó lisa y llanamente los actos reclamados que se

hicieron consistir en:

I. La orden de detención fuera de procedimiento judicial

II. La orden de aprehensión girada en mi contra;

III. La orden de presentación, localización y captura;

IV. El posible arraigo;

La responsable sólo señalo que los actos reclamados no

son ciertos, pero omitió precisar al Juzgador, entre otros datos los

siguientes:

2.1. Sí existe en trámite averiguación previa alguna

seguida en mi contra y en su caso, el delito o delitos que se me

atribuyen.

2.2. El estado que guarda la referida indagatoria; si está

en trámite ante la Autoridad Responsable o bien si se encuentra

pendiente de determinar el ejercicio de la acción penal (consignación)

o el no ejercicio de la acción penal.

2.3. En su caso, si en el curso de la referida instrucción

criminal, se han solicitado medidas cautelares en mi contra, como un

arraigo, orden de presentación y localización o bien una orden de

aprehensión; de resultar esto afirmativo, precisar si estos mandatos

de autoridad fueron determinados por el Ministerio Publico o

solicitados ante una autoridad judicial y en su caso, las fechas de

realización de los mencionados actos de autoridad.

Tercero. La imprecisión en el informe previo, me deja

en estado de indefensión, pues al omitir la autoridad responsable

informar los datos particulares de la indagatoria y del estado que

guarda aquella con respecto a los actos de autoridad reclamados por

el suscrito quejoso, maliciosamente se me arroja la carga de la prueba

y en consecuencia, se me imposibilita para justificar los requisitos

Page 4: Incidente Objeción Informe Previo Armando Jose Ruiz

6

GERARDO A. PEREZ PEREZABOGADO

CED. PROF. 1704290 R.F.C. 690525-J47COSTA REAL # 684- LOCAL 03 COL. VALLE REAL TEL. 485-28-67

CELULAR (044 844) 427-75-88 NEXTEL 181-10-34E-MAIL: [email protected]

Saltillo, Coahuila, México.

necesarios para obtener la suspensión definitiva de los actos

reclamados a la citada responsable.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por el

artículo 143 de la Ley de Amparo en vigor, ocurro a solicitar a esta

autoridad jurisdiccional, para que en ejercicio de las facultades

previstas por el citado numeral, se sirva requerir a la Responsable

“Agente Investigador del Ministerio Público del Décimo Primer Distrito

Judicial en el Estado de Nuevo León, con sede en la Ciudad de

Galeana, Nuevo León. (Ordenadora)” para que en forma

complementaria al Informe Previo ya rendido por la Responsable,

dicha autoridad, se sirva informar lo siguiente:

3.1. Sí existe en trámite averiguación previa alguna

seguida en mi contra y en su caso, el delito o delitos que se me

atribuyen.

3.2. El estado que guarda la referida indagatoria; si está

en trámite ante la Autoridad Responsable o bien si se encuentra

pendiente de determinar el ejercicio de la acción penal (consignación)

o el no ejercicio de la acción penal.

3.3. En su caso, si en el curso de la referida instrucción

criminal, se han solicitado medidas cautelares en mi contra, como un

arraigo, orden de presentación y localización o bien una orden de

aprehensión; de resultar esto afirmativo, precisar si estos mandatos

de autoridad fueron determinados por el Ministerio Publico o

solicitados ante una autoridad judicial y en su caso, las fechas de

realización de los mencionados actos de autoridad.

De conformidad con los argumentos expuestos, objeto

desde ahora el contenido del informe previo rendido en autos, pues

como ya lo apunte, la Responsable pretende confundir a su Señoría

con un escueto informe, donde se limita a negar el acto reclamado,

que no consiste en un solo acto de autoridad, sino en varios, respecto

de los que nada dice, por tanto se me deja en estado de indefensión

Page 5: Incidente Objeción Informe Previo Armando Jose Ruiz

6

GERARDO A. PEREZ PEREZABOGADO

CED. PROF. 1704290 R.F.C. 690525-J47COSTA REAL # 684- LOCAL 03 COL. VALLE REAL TEL. 485-28-67

CELULAR (044 844) 427-75-88 NEXTEL 181-10-34E-MAIL: [email protected]

Saltillo, Coahuila, México.

para poder contradecir las afirmaciones hechas por la autoridad

responsable.

Cuarto. Pruebas. En estas condiciones, pido se me

tenga por iniciado el incidente de objeción de informes previos en los

términos señalados, para lo cual ofrezco ad cautelam, como pruebas

de mi Intención las siguientes:

Inspección Judicial del Libro de Registro de

Carpetas de Investigación seguidas por la autoridad

responsable “Agente Investigador del Ministerio Público del Décimo

Primer Distrito Judicial en el Estado de Nuevo León, con sede en la

Ciudad de Galeana, Nuevo León. (Ordenadora) “ofertada en términos

de lo dispuesto por los artículos 161, 162, 163 y 164 del Código

Federal de Procedimientos Civiles.

Como materia de la inspección esta autoridad

jurisdiccional dará fe:

4.1. De la existencia del libro de Registro de Carpetas de

Investigación y/o Averiguaciones Previas a cargo de la autoridad

responsable ya mencionada.

4.2. De la existencia o inexistencia de una Carpeta de

Investigación y/o averiguación previa en contra del suscrito quejoso,

el número de registro y el ilícito o ilícitos imputados al amparista.

4.3. Del estado que guarda la referida Carpeta de

Investigación y/o averiguación previa; sí se encuentra en fase

integración o bien si en el citado expediente se determino el ejercicio

de la acción penal y en qué fecha se pronunció dicha determinación.

Por lo anteriormente expuesto ante Usted, C. Juez

Segundo de Distrito, atentamente pido:

Primero. Tenerme por prestado con la personería que

ostento y por formulado el incidente de objeción de informe previo en

contra del rendido por la referida responsable “Agente Investigador del

Ministerio Público del Décimo Primer Distrito Judicial en el Estado de

Page 6: Incidente Objeción Informe Previo Armando Jose Ruiz

6

GERARDO A. PEREZ PEREZABOGADO

CED. PROF. 1704290 R.F.C. 690525-J47COSTA REAL # 684- LOCAL 03 COL. VALLE REAL TEL. 485-28-67

CELULAR (044 844) 427-75-88 NEXTEL 181-10-34E-MAIL: [email protected]

Saltillo, Coahuila, México.

Nuevo León, con sede en la Ciudad de Galeana, Nuevo León.

(Ordenadora)” en los términos precisados en este libelo.

Segundo. De estimarlo procedente y conforme a

derecho, dar entrada al presente incidente, abrirlo a prueba sí lo estima

pertinente y dar vista a la Responsable para que en el término de tres

(03) días manifieste lo que a su interés legal convenga y ofrezca las

pruebas que estime pertinentes.

Tercero. En ejercicio de las facultades previstas por el

artículo 143 de la Ley de Amparo en vigor, requerir a la Responsable

“Agente Investigador del Ministerio Público del Décimo Primer Distrito

Judicial en el Estado de Nuevo León, con sede en la Ciudad de Galeana,

Nuevo León. (Ordenadora)” para que en forma complementaria al

Informe Previo ya rendido por la Responsable, se sirva informar

3.1. Sí existe en trámite averiguación previa alguna

seguida en mi contra y en su caso, el delito o delitos que se me

atribuyen.

3.2. El estado que guarda la referida indagatoria; si está

en trámite ante la Autoridad Responsable o bien si se encuentra

pendiente de determinar el ejercicio de la acción penal (consignación)

o el no ejercicio de la acción penal.

3.3. En su caso, si en el curso de la referida instrucción

criminal, se han solicitado medidas cautelares en mi contra, como un

arraigo, orden de presentación y localización o bien una orden de

aprehensión; de resultar esto afirmativo, precisar si estos mandatos

de autoridad fueron determinados por el Ministerio Publico o

solicitados ante una autoridad judicial y en su caso, las fechas de

realización de los mencionados actos de autoridad.

Cuarto. Justa y legal mi solicitud, proveer conforme a

derecho.

Page 7: Incidente Objeción Informe Previo Armando Jose Ruiz

6

GERARDO A. PEREZ PEREZABOGADO

CED. PROF. 1704290 R.F.C. 690525-J47COSTA REAL # 684- LOCAL 03 COL. VALLE REAL TEL. 485-28-67

CELULAR (044 844) 427-75-88 NEXTEL 181-10-34E-MAIL: [email protected]

Saltillo, Coahuila, México.

PROTESTO LO NECESARIO.

JESÚS ARMANDO JOSÉ RUIZ

Saltillo, Coahuila a Seis (06) de Octubre de 2014.