impuesto de renta y complementarios
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IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS
Todo ingreso que una persona natural o jurídica percibe y que puede consumir sin
disminuir su patrimonio.
Es un impuesto nacional directo, que consiste en
entregar al Estado un porcentaje de
sus utilidades dentro de un
periodo gravable.
IMPUESTO DE RENTA RENTA
DECLARANTES DE RENTA
Son declarantes del impuesto de renta y complementarios todos los contribuyentes sometidos a dicho impuesto con excepción de
quienes la ley determina como no declarantes.
CLASIFICACIÓN CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO DE RENTA
Persona Natural Persona JurídicaTerritorio Nacional
Trabajadores por cuenta propia
Empleados
Prestadores de servicios técnicosAsalariados
No requieren insumos ni maquinaria especializada
IntelectualVínculo laboral
Ingresos igual o superior a 80% al ejercicio de dichas actividades
Ingresos igual o superior a 80% al ejercicio actividades como:
•Fabricación de sustancias químicas•Industria de la madera, corcho y papel•Manufactura alimentos•Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero•Minería•Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones•Servicios de hoteles, restaurantes y similares
Trabajador independiente
(Profesión liberal)
•Actividades deportivas•Agropecuario, silvicultura y pesca•Comercio al por mayor; Comercio al por menor•Comercio de vehículos automotores•Construcción•Electricidad, gas y vapor•Fabricación de productos minerales y otros•Servicios financieros
Que en el 2013 hayan sido responsables de IVA.
Los ingresos brutos superiores a 1.400 UVT
($37.577.000)
Los consumos y compras con tarjetas de crédito
deben superar los 2.800UVT ($75.155.000).
Que el valor total de compras y consumos sea
superior a 2.800 UVT ($75.155.000)
El patrimonio bruto debe superar las 4.500 UVT
($120.785.000)
El total de las consignaciones, inversiones
financieras; superen las 4.500 UVT (120.785.000).
Deben declarar renta por los
ingresos recibidos en el año 2013, las
personas naturales o sucesiones
ilíquidas que cumplan con alguno de los requisitos :
REQUISITOS PARA SER DECLARANTE
¿QUIENES NO SON CONTRIBUYENTES?
Las entidades publicas no
clasificadas como contribuyentes
(superintendencias, unidades
administrativas especiales, los
establecimientos públicos y demás
entidades descentralizadas).
Los entes territoriales
Fondos de pensiones y de
cesantías
Fondos de pensionados
Las ligas de consumidores.
Las personas jurídicas sin animo de lucro
que realicen actividades de salud
Juntas de acción comunal
La propiedad colectiva de las comunidades
indígenas.
Partidos o movimientos políticos
aprobados por el Consejo Electoral
La Nación.
Asociaciones y congregaciones
religiosas
TARIFA REGIMEN ORDINARIO PERSONA JURIDICA
25%
EJEMPLO DE IMPUESTO DE RENTA PERSONA JURIDICA
Sistema OrdinarioSistema obligatorio.
Ingresos
(-) costos y deducciones
(=) renta líquida gravable.
Para el cálculo se aplica la tabla del impuesto a la renta.
IMANSistema presuntivo y obligatorio.
Ingresos
(-) costos y deducciones
(=) renta gravable alternativa.
Para el cálculo se aplica la respectiva tabla.
IMASSistema simplificado y alternativo.
Ingresos
(-) costos y deducciones
(=) renta gravable alternativa
Siempre y cuando su RGA sea inferior a $126.153.000.
SISTEMAS DE DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO DE RENTA PERSONA NATURAL
CÁLCULO DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES
EMPLEADOS
TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA
- Sistema Ordinario obligatorio
- IMAN Obligatorio
- IMAS voluntario siempre y cuando cuya RGA sea inferior 4.700 UVT ($129.179.500).
Sistema Ordinario vs IMAN
Se liquida por el Sistema que de mayor valor.
- Sistema Ordinario obligatorio.
- IMAS Optativo siempre y cuando estén dentro de las actividades señaladas y sus ingresos = ó > 1.400 UVT ($38.479.000) y, <2.700 UVT, ($74.209.500)
Mas de 27.000 UVT
•Sistema Ordinario – Solamente.