impacto sobre la nueva ley del teletrabajo

4
IMPACTO SOBRE LA NUEVA LEY DEL TELETRABAJO

Upload: alejandra-tellez

Post on 13-Jun-2015

165 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Impacto sobre la nueva ley del teletrabajo

IMPACTO SOBRE LA NUEVA

LEY DEL TELETRABAJO

Page 2: Impacto sobre la nueva ley del teletrabajo

1.El Teletrabajo y el Trabajo a Domicilio.¿ Además, en este punto, responda su posición sobre la posibilidad de que el teletrabajador tenga acceso a beneficios sociales? 

Cuando el teletrabajador aporte sus propios equipos o elementos de trabajo, el empleador debe compensar la totalidad de los gastos, sin perjuicio de los mayores beneficios que pudieran pactarse por acuerdo individual o convenio colectivo. Si el teletrabajador realiza sus labores en una cabina de Internet o en un equipo proporcionado por terceras personas, el empleador asume los gastos que esto conlleva. Agrega, además, que, por razones debidamente sustentadas, el empleador puede variar la modalidad de prestación de servicios a la de teletrabajo, previo consentimiento del trabajador. Dicho cambio no debe afectar la naturaleza del vínculo laboral, categoría, remuneración y demás condiciones laborales, salvo aquellas vinculadas a la asistencia al centro de trabajo. No obstante, el teletrabajador puede solicitar al empleador la reversión de la prestación de sus servicios bajo dicha modalidad, es decir, retornar a su habitual modalidad de prestación de servicios. Al respecto, el empleador podrá denegar dicha solicitud en uso de su facultad directriz. 

Page 3: Impacto sobre la nueva ley del teletrabajo

2.El impacto de la nueva Ley sobre Teletrabajo en el Perú (Ley 30036), tanto en la actividad privada pero con MAYOR ENFASIS ENFOQUE el sector público.

Esta ley tiene como propósito regular el teletrabajo como una modalidad de prestación de servicios subordinados caracterizada por el uso de las tecnologías de la información y telecomunicaciones (TICs), tanto en el ámbito público como privado. En la modalidad especial de teletrabajo, la prestación de servicios se efectúa sin presencia física del trabajador en el centro de trabajo, siendo que la empresa se comunica y ejerce su poder de dirección sobre el teletrabajador mediante medios informáticos, de telecomunicaciones o análogos. Tal como se ha regulado en la legislación comparada, la Ley N° 30036 ha establecido que el teletrabajo es de carácter voluntario y reversible. Así, el empleador puede variar la prestación de servicios de una modalidad presencial a una de teletrabajo sólo si el trabajador manifiesta previamente su consentimiento.

Page 4: Impacto sobre la nueva ley del teletrabajo

En el Texto Sustitutorio del Proyecto de Ley de fecha 04 de abril de 2013 (15:47 horas), el empleador sólo podía sustentar la citada variación sobre la base de “razones de organización del trabajo”, sin embargo, las versiones posteriores del Proyecto de Ley ampliaron dicho supuesto, siendo que, de acuerdo a la Ley publicada sólo bastaría que el empleador presente “razones debidamente sustentadas” de cualquier naturaleza –y no sólo organizacionales-. En cuanto a la reversibilidad, el teletrabajador, de considerarlo conveniente, puede solicitar al empleador volver a prestar servicios de manera presencial. Ahora bien, la Ley no indica el tiempo que debe mediar entre la aceptación por parte del trabajador del cambio de modalidad a teletrabajo y la solicitud para volver al centro de labores. La Ley tampoco señala el tipo de razones que el teletrabajador puede presentar para sustentar su pedido, sin embargo, sí indica expresamente que el empleador puede denegar dicha solicitud en uso de su facultad directriz. El empleador puede decidir que el teletrabajador vuelva a prestar sus servicios con asistencia física al centro de labores si acredita que no se han alcanzado los objetivos de la actividad bajo la modalidad de teletrabajo.