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CONCESIONARIOS REG. FED. CTES. NGO-850425-KU3 TRANSISTMICA KM. 7.5 A COL. TIERRA NUEVA C.R 96696 LIC. JONATHAN CORTES VARGAS PRESIDENTE DE LA H. JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE VERACRUZ PRESENTE: 215 74 20 5 85 95 LCOS, VER. LA CERVEZA MAS FINA LA CERVEZA MAS SABROSA LA CREMA DE LA CERVEZA Asunto: Depósito del reglamento interior de trabajo LIC. EFREN RAMÍREZ MÁRQUEZ; mexicano, mayor de edad en mi carácter de apoderado legal de la empresa LA CORONA DELGOLFO, S.A. DE C.V; personalidad que acredito con la escritura pública numero 46029 de fecha 27 de abril de 2010, pasada ante la fe del Lie. Pablo Daniel Salas Liaño, notario público adscrito, del Lie. Jesús Salas Lizaur, titular de la notaría publica numero 03 de esta demarcación notarial; personalidad que solicito me sea reconocida y para tal efecto acompaño copia simple, para que previa certificación y cotejo, se me devuelva el original por serme de utilidad, señalando como domicilio para oír y recibir todo clase de notificaciones el ubicado en la Avenida Ignacio de la Llave No. 325 altos de esta Ciudad de Coatzacoalcos Ver; con el debido respeto comparezco y paso a exponer: Que por medio del presente escrito, y a efecto de dar cumplimiento al artículo 24 y demás relativos aplicables de la Ley Federa! del trabajo, acompaño tres ejemplares, debidamente firmado del Reglamento Interior de Trabajo de la empresa LA CORONA DEL GOLFO, S.A. DE C.V., con domicilio en Carretera Transistmica Km. 7.5 A de la Col. Tierra Nueva, Código Postal 96496 de Coatzacoalcos, Ver.. Este reglamento ha sido elaborado por el representante de los trabajadores y la representación patronal. Por lo antes expuesto y fundado A USTED C. PRESIDENTE, atentamente pido se sirva: ÚNICO.- Se me tenga por presentado en tiempo y forma con este escrito y anexos, el depósito del reglamento Interior de Trabajo que se exhibe., para todos los.£fectoi.Jegales a-qwe - -^ haya lugar yacusar recibo. ( ^- .«,.* * | ^, & ^/^ \ IL ii i u* o &J v ATENTAMENTE '' n c c v 1 íJ e \~- * V' . í COATZACOALCOS, VERACRUZ.M. DE ABRIL DE 2016 LIC. EFREN RA REPRESENTA MÁRQUEZ LEGAL

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CONCESIONARIOS

REG. FED. CTES. NGO-850425-KU3

TRANSISTMICA KM. 7.5 ACOL. TIERRA NUEVAC.R 96696

LIC. JONATHAN CORTES VARGAS

PRESIDENTE DE LA

H. JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

DEL ESTADO DE VERACRUZ

P R E S E N T E :

215 74 205 85 95

LCOS, VER.

LA CERVEZA

MAS FINA

LA CERVEZA

MAS SABROSA

LA CREMA

DE LA CERVEZA

Asunto: Depósito del reglamento interior de trabajo

LIC. EFREN RAMÍREZ MÁRQUEZ; mexicano, mayor de edad en mi carácter de apoderadolegal de la empresa LA CORONA DEL GOLFO, S.A. DE C.V; personalidad que acredito con la escriturapública numero 46029 de fecha 27 de abril de 2010, pasada ante la fe del Lie. Pablo Daniel SalasLiaño, notario público adscrito, del Lie. Jesús Salas Lizaur, titular de la notaría publica numero 03 deesta demarcación notarial; personalidad que solicito me sea reconocida y para tal efecto acompañocopia simple, para que previa certificación y cotejo, se me devuelva el original por serme deutilidad, señalando como domicilio para oír y recibir todo clase de notificaciones el ubicado en laAvenida Ignacio de la Llave No. 325 altos de esta Ciudad de Coatzacoalcos Ver; con el debidorespeto comparezco y paso a exponer:

Que por medio del presente escrito, y a efecto de dar cumplimiento al artículo 24 y demásrelativos aplicables de la Ley Federa! del trabajo, acompaño tres ejemplares, debidamente firmadodel Reglamento Interior de Trabajo de la empresa LA CORONA DEL GOLFO, S.A. DE C.V., condomicilio en Carretera Transistmica Km. 7.5 A de la Col. Tierra Nueva, Código Postal 96496 deCoatzacoalcos, Ver..

Este reglamento ha sido elaborado por el representante de los trabajadores y larepresentación patronal.

Por lo antes expuesto y fundado A USTED C. PRESIDENTE, atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Se me tenga por presentado en tiempo y forma con este escrito y anexos, eldepósito del reglamento Interior de Trabajo que se exhibe., para todos los.£fectoi.Jegales a-qwe - -^haya lugar y acusar recibo. ( ^- .«,.* * | ̂ , & ̂ /^

\ IL ii i u* o &J vA T E N T A M E N T E '' n c c v

1 íJ e \~- * V' . í

COATZACOALCOS, VERACRUZ.M. DE ABRIL DE 2016

LIC. EFREN RAREPRESENTA

MÁRQUEZ

LEGAL

REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO

LA CORONA DEL GOLFO S.A. DE C.V.

REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO LA CORONA DEL GOLFO S.A. DE C.V.

CONTENIDO PAG.

Reglamento interior Trabajo 3

Declaraciones 3

CAPÍTULO PRIMERO

Disposiciones Generales 3 , 4 y 5

CAPÍTULO SEGUNDO

Del Área de Ventas 5

Horas de Entrada y Salida 5

Faltas Injustificadas 7

Festivos Obligatorios 7

CAPÍTULO TERCERO

íTiempo para Alimentación y Reposo 7,&

.¿•CAPÍTULO CUARTO';>£ W¡.~:-fcTr^Oias y Lugares de Pago de Salarios 7O Oí. Cu' •

Í^ÍCAPÍTULO QUINTO

Prevención de Accidentes 8

Equipo de Protección Personal 9

Primeros Auxilios 9

Exámenes Médicos 10

Permisos y Licencias 10

Prohibiciones Generales 10

SEXTO

aciones de los trabajadores 10'

SÉPTIMO

Disciplinarias 12

Responsabilidad de la Empresa 12

REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO LA CORONA DEL GOLFO S.A. DE C.V.

Reglamento Interior de Trabajo que pactan por una parte LA CORONA DEL GOLFO S.A. DE C.V.como patrón que de ahora en adelante se denominará LA EMPRESA representada por elapoderado legal C.P.A. JESÚS HERNÁNDEZ MORALES; en representación de los trabajadoressindicalízados el C. NOÉ RAYMUNDO TÉLLEZ VÁZQUEZ, representante del SINDICATO DECHOFERES DE PASAJE Y CARGA, COCHES DE ALQUILER, PARTICULARES, AYUDANTES YSIMILARES DE LA CIUDAD Y MUNICIPIO DE COATZACOALCOS, CROM REG 858-960 que deahora en adelante se denominará EL SINDICATO, así como MARCO ANTONIO MARTÍNEZCULEBRO en representación de los trabajadores no sindicalizados.

DECLARACIONES

PRIMERA.- La Empresa y El Sindicato declaran reconocerse mutuamente la personalidad yrepresentación con que se ostentan en este Reglamento Interior de Trabajo, asi como la capacidadjurídica necesaria para obligarse, a cumplir estrictamente con su objeto y contenido.

SEGUNDA.- La Empresa y El Sindicato declaran que han convenido en formular, de común acuerdo, elpresente Reglamento Interior de Trabajo en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 422, 423, 424 y425 de la Ley Federal del Trabajo y han convenido en establecer en el mismo las siguientesdisposiciones

TERCERA.- Así mismo el C. Marco Antonio Martínez Culebro manifiesta haber sido comisionado pararepresentar a los trabajadores no sindicalizados.

En consecuencia, los representantes mencionados constituyen la Comisión Mixta redactora del presenteReglamento Interior de Trabajo, a este reglamento se anexa acta de la comisión mixta donde fueron

los representantes de los trabajadores sindicalizados, no sindicalizados y el representante legal.

CAPITULO I

DEFINICIONES Y DISPOSICIONES GENERALES

, tMPRESA: se considera bajo este término todas las instalaciones, dependencias y lugares en sentidogeneral en donde la entidad comercial LA CORONA DEL GOLFO S.A. DE C.V. ofrece sus servicios ytiene operaciones. En cualquier lugar donde se lea antes o después de este epígrafe el vocablo Empresa,se reconocerá como LA CORONA DEL GOLFO S.A. DE C.V. sus sucursales, agencias y dependenciasa fines, sin importar que tales oficinas tengan por si la personalidad jurídica o no.

REGLAMENTO: se considera por este término todas las disposiciones, obligaciones, apartados yenunciados indicados en el presente documento, los cuales tienen carácter obligatorio a partir de sudepósito en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y cumplidos los requisitos de publicidad interno enla Empresa. A partir de su vigencia el presente documento es de obligatorio cumplimiento sin que puedaalegarse desconocido su contenido; un ejemplar del mismo estará disponible en todo momento en unlugar visible de la Empresa y en el departamento de Gente y Gestión para ser consultado por cualquierTrabajador interesado.

TRABAJADOR(A) O EMPLEADO(A): se considera como un Trabajador o Empleado para los finesaplicables del presente Reglamento, a toda persona física que de manera temporal, indefinida o de ciertotiempo, preste directa o indirectamente servicios a la Empresa. A todas las personas que estén

""^culadas con la Empresa deberán cumplir el presente Reglamento, sin importar el área al quepéríWiezca

APLICACIÓN

Bforesente Reglamento Interior de Trabajo será sancionado y administrado por los Representantes deEmpresa en términos del artículo 11 de la Ley Federal del Trabajo, y será aplicable a todos los

trabajadores de la Empresa, tanto sindicalizados como no sindicalizados que laboren en oficinasadministrativas, almacenes y en la agencia ubicada en Carretera Transístmica Km 7.5 A en Colonia

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Tierra Nueva en Coatzacoalcos, Veracruz así corno en cualquier subagencia, servicio de transporte uoperación del negocio independientemente de su ubicación.

En eí caso de los trabajadores smd calizados el Reglamente Interior de Trabajo se les aplicaráparalelamente y de manera simultánea al Contrato Colectivo de Trabajo en vigor, complementando laadministración de este Jltimo

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.- El objeto del presente Reglamento es dictar las reglas de comportamiento y forma deejecutar sus labores para los empleados de La Empresa, su constituye el código mínimo tanto ético,moral como profesional con los que deberá conducirse el personal de La Empresa.

ARTÍCULO 2.- Todos los trabajadores y empleados de la Empresa deberán conducirse con absolutahonradez, seriedad y decencia, mostrando la mayor atención y respeto a sus jefes y a sus compañerosde trabajo A esta misma linea de conducta estarán obligados también los jefes y supervisores respectoa sjs subordinados, apegándose en todo momento al Código de Conducta de la Empresa, suReglamento y el Contrato laboral.

ARTÍCULO 3.- Se negará el ingreso a la Empresa a todo trabajador o empleado que no tenga consigode preferencia en cualquier lugar visible la credencial o gafete oficial de identificación durante sujornada laboral (Con excepción de que sea riesgoso por la naturaleza de su operación). En caso deextravio ce la credencial el trabajador está ooligado a acjdir ce manera inmediata al departamento de

ente y Gesten en donde se le hará la reposición de la misma pagando el trabajador la cantidadequivalente del costo de la credencial.

ARTÍCULO 4.- Todo Trabajador o Empleado de la empresa seguirá las instrucciones que reciba de suefe inmediato apegándose a todas aquellas actividades para las cuáles fue contratado y/o las que

en incluidas en su descripción de puesto siendo estas de carácter enunciativo más no limitativo ycomprometerá a observar, durante el desempeño de sus labores, cabal disciplina y orden.

ARTÍCULO 5.- Es responsabilidad y deber de todos los trabajadores y empleados mantener en buengestado la limpieza y conservación de maquinaria, vehículos, aparatos y útiles de trabajo,

independientemente de que la Empresa establezca horas y días especiales para dar mantenimiento ala maquinaria, vehículos, equipo y áreas de trabajo. No obstante lo anterior, cuando eventualmente seinterrumpan las labores por falta de energía eléctrica, falla de la maquinaria u otra causa semejante, lostrabajadores dedicaran este tiempo a labores de limpieza de su área de trabajo de acuerdo a lametodología 5's.

fJ ARTÍCULO 6.- Es deber de los trabajadores y empleados informar al momento a su jefe inmediato•ff

/

scbre los desperfectos o regularidades que detecten en tas instalaciones, maquinaria o vehículos, quecomprometan la segundad personal o el funcionamiento de las mismas

ARTÍCULO 7.- Cuando por siniestros o riesgos inminentes peligren las personas o los intereses de laempresa o de sus compañeros de trabajo, toaos los trabajadores y empleados capacitados que formenparte de brigadas de emergencias tienen las obligación de colaborar con la Empresa en labores deauxilio en cualquier caso y forma que sea necesario.

LO 8.- Los trabajadores y empleados no introducirán a la empresa armas de ninguna especie,sorprenda con portación de algún tipo de arma, cualquiera que sea la naturaleza, se leinmediatamente ante las autoridades correspondientes.

.- Para mayor seguridad y velando por la integridad física y moral del persona!, quedaprohibido a los trabajadores y empleados introducir a la Empresa y/o consumir drogas

y bebidas alcohólicas (éstas últimas cuando no sea por la operación). La falta dede estas disposiciones sera causa de rescisión de la relación de trabajo y se le dará aviso

Inmediato a las autoridades correspondientes. Lo mismo sucederá si los empleados o trabajadores seencuentran durante el desempeño de su trabajo bajo los efectos de drogas o enervantes, lo que podráser detectado a través de los exámenes correspondientes que la Empresa periódicamente practica atodo su personal

REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO LA CORONA DEL GOLFO S.A. DE C.V.

Queda prohibido el ingreso de aparatos electrónicos ajenos a la operación de los trabajadores, el usode los teléfonos celulares queda sujeto a las políticas de seguridad de la empresa, y reglamentos de

seguridad vigentes en el país.

ARTÍCULO 10.- Por la naturaleza de los productos que almacena y distribuye la Empresa y para cuidarla imagen de la misma, los trabajadores y empleados deberán presentarse a sus labores debidamenteaseados, pelo corto, sin barba y usando el uniforme correspondiente y/o respetando la vestimentaestioulada en el Código de Vestimenta autorizado por la empresa. El personal masculino debeabstenerse de usar aretes, arracadas y cualquier objeto que implique algún riesgo para su integridadfísica.

ARTÍCULO 11.- Todo trabajador o empleado de la Empresa, sea cual fuere su puesto, que cuente conuniforme deberá portarlo completo dentro de las instalaciones de la misma y en su área de trabajo, porlo tanto se negará el ingreso a quien no cumpla con esta disposición, haciéndose acreedor a la sancióncorrespondiente

El personal qae cuenta con jmfcrrre es el siguiente

a) Preventistas /Vendedores/Repartidores. Camisa, pantalón y zapatos.

b) Ayudante de Bodega y/o de Vendedor/ Obreros Generales: camisola, pantalón, zapatosoficiales y faja sacrolumbar

c) Supervisores de Ventas: camisa, pantalón y zapatos de seguridad.

ARTÍCULO 12,- Todos los colaboradores se comprometen a no alterar información alguna deidentificación bitácoras, reportes, solicitudes, sistemas, etc, la incidencia en estos actos será

•a x ^amonestada como señala la Matriz de Disciplina Progresiva. Cualquier modificación tiene que ser.!?.•/. a\Jtori?ada por el superior inmediato y documentada debidamente

•3

CAPÍTULO 11

DEL ÁREA DE VENTAS

ARTÍCULO 13.- Los preventistas. vendedores y ayudantes se obligan a presentarse en los domiciliosque tiene establecidos la Empresa y en los horarios convenidos en el presente reglamento, debiendoasi mismo, vigilar la buena presentación del camión en que desarrollan su trabajo y llevar completa lacarga que les haya asignado en todos y cada uno de los tamaños y presentaciones de los productosque la Empresa distribuye.

El repartidor, es responsable del vehículo y equipo a su cargo, asi como de la dotación de liquido,envase y cartones que le sean entregados para realizar la entrega de los productos distribuidos.

ARTÍCULO 14.- Tomando en consideración que las labores se realizan fuera de los locales propiedadde la Empresa y no están sujetas a un preciso control por parte de sus jefes, queda a cargo de losrepartidores . distribuir dichas labores en forma tal, que permita el descanso correspondiente paratomar sus alimentos y los de sus ayudantes en los lugares que elijan, interrumpiendo su jornada detrabajo durante el tiempo que considere necesario y de acuerdo con lo establecido en el contrato

ULO 15.- Queda prohioido a los oreveníistas. vendedores y repartidores rebasar los limites deue la empresa les asigne en cada caso para no entorpecer o menguar las labores de los

jtistas, vendec!ores y repartidores de otras zonas, así mismo, tendrán prohibido los repartidores y¿Jores subir al camión o hacerse acompañar durante la atención a su ruta de personas ajenas a la

resa.

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CAPITULO III

JORNADA DE TRABAJO, HORARIOS LABORALES Y TIEMPO ALIMENTACIÓN Y REPOSO

ARTÍCULO 16.- Todos los trabajadores y empleados deberán checar asistencia mediante e! sistemade registro de asistencia, marcando cuidadosamente su huella digital o en su defecto, mediante lalibreta de asistencia, de acuerdo a ios horarios establecidos de cada puesto. En caso de que no seaposible, dará aviso al Supervisor de su área y al departamento de Gente y Gestión.

E! Trabajador y la Empresa aceptan que el sistema de chequeo electrónico tiene validez oficial pararegistrar todas las incidencias de nóminas como son: faltas, incapacidades, vacaciones, permisos,sanciones, etc. Por lo tanto afectarán, con base en la Ley Federal del Trabajo como el ContratoColectivo el pago del salario del trabajador.

Queda estrictamente prohibido a los trabajadores registrar cualquier asistencia que no sea la propia enel sistema electrónico o cualquier otro sistema de asistencia.

La empresa laborará de acuerdo con los horarios establecidos, pero estará plenamente facultadacuando así lo estime necesario, para establecer horarios de acuerdo a sus necesidades, los cuales

,, deberán ser acatados por todo el personal.

•En general, se señala como descanso normal semanal para el personal el día domingo, pero cuando^"por razones de la empresa determinado personal no pueda descansar el día domingo, el empleado

; ¡tendrá derecho a que le cubra una prima dominical del 25% sobre el salario de dicho día.

.ARTÍCULO 17.- Todos los trabajadores y empleados de la Empresa iniciarán sus labores a la hora queseñala este Reglamento. El trabajador que registre su entrada de 1 a 10 minutos después de la hora

"' estipulada, tendrá asistencia con retardo.

El trabajador que tenga más de tres retardos en un período de 30 días se hará acreedor a lo siguiente.

Al cuarto retardo

Al quinto retardo

Del sextc retardo en adelante

Amonestación por escrito

Acta administrativa con 2 días de suspensión singoce de sueldo

Acta administrativa y de 4 a 8 días de suspensiónde labores sin goce de sueldo

FALTAS INJUSTIFICADAS

ARTÍCULO 18.- El trabajador que falle a sus labores o capacitaciones recibirá la siguiente sanción.

Por la primera falta en un periodo de 30 d'as recibirá acta administrativaPor dos faltas en un periodo de 30 días, contados a partir de la primera recibirá suspensiónde 1 día sin goce de sueldo más acta administrativa.Por tres faltas en un periodo de 30 días, contados a partir de la primera: suspensión de tresdías, sin goce de salario más un acta administrativa.Por más de 3 faltas en un periodo de 30 días, contados a partir de la primera: rescisión dela relación de trabajo, sin responsabilidad para la Empresa,Por no asistir a los cursos de capacitación sin justificación alguna y/o permiso de su JefeDirecto, por primera incidencia se hará acreedor a una amonestación por escrito, y encaso de una seguros incidencia se suspenderá sin goce de sueldo por un día. En amboscasos el colaoorador absorberá el cesto del curse que le fue asignado. (Con excepción de

e)

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los colaboradores que se encuentren en vacaciones o con alguna incapacidad de IMSS. opor permiso/licencia)

HORARIOS LABORALES

ARTÍCULO 19.- Los horarios laborales para los diferentes departamentos son los siguientes:

PERSONAL ADMINISTRATIVO

ALMACENES

MANTENIMIENTO

08:00 a 17:00 nrs, con horario de comida de 13:00a 14:00 hrs

07:00 a 16:00 hrs los hombres y 8:00 a 17:00 hrslas mujeres, con horario de comida de 12:00 a13:00 hrs

07:00 a 16:00 hrs con horario de comida de 12:00a 13:00 hrs

VENTAS Entrada: 07:00 hrs al cierre de la operación

persona! del departamento de Ventas, cuyas percepciones son a base de comisión, el ingreso a sus.actividades será las 07:00 nrs. y sus recorridos de ventas y clientes estarán previamente calculados por

jefe inmediato, respetándose siempre las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en lo relativoa las jornadas laborales.

Sfcv^ \ARTJCULO 20.- Todos los trabajadores y empleados tienen la obligación de presentarse a desempeñar\s 'at)ores en el lugar o área de trabajo que se les asigne, a la hora señalada en el artículo anterior,x fTP.¿.jíChecando previamente mediante el sistema de registro de asistencia.

'"'"ARTÍCULO 21.- Queda estrictamente prohibida la permanencia de los trabajadores en las instalacionesde la planta fuera de los horarios de trabajo sin previa autorización del Supervisor.

Antes de abandonar el trabajador sus labores, por la terminación del turno, deberá dejar limpia yordenada su área de trabajo de acuerdo con la metodología de 5s

DÍAS FESTIVOS OBLIGATORIOS

ARTÍCULO 22.- La empresa se obliga a proporcionar los díasde descanso obligatorio de conformidad con lo que establece el artículo 74 de la Ley Federal delTrabajo de acuerdo a lo siguiente: 1° de Enero, el primer lunes de Febrero en conmemoracióndel 5 de Febrero, el tercer lunes de Marzo en conmemoración del 21 de Marzo, 1° de Mayo, 16de Septiembre, el tercer lunes de Noviembre en conmemoración del 20 de Noviembre, 1° deDiciembre de cada seis años cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y

de Diciembre.

TIEMPO PARA ALIMENTACIÓN Y REPOSO

ULO 23.- Todos los trabajadores y empleados de labores continuas gozarán de 2 periodos denso de 25 minutos durante su jornada que serán a las 10:00 y a las 15:00 horas, así como 60

utos que destinaran a su alimentación y descanso a as 12.00 horas

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ARTÍCULO 24.- Durante la jornada laboral, los trabajadores y empleados pedirán a su jefe inmediatoser relevados para ir a atender necesidades fisiológicas, los casos de excepción se resolverán a criterioel jefe de turno.

CAPITULO IVDÍAS Y LUGARES DE PAGO DE SALARIOS

ARTÍCULO 25,- A todos los trabajadores se les pagará su salario vía depósito bancario (en su tarjetaelectrónica personal previamente tramitada ante la Institución Sanearía que la Empresa señale) demanera semanal o quincenal debiendo en todos los casos firmas los recibos correspondientes que laEmpresa les presente En el caso de incidencias de nómina como son: faltas, incapacidades,vacaciones, permisos, sanciones etc los pagos y/o cescuentos correspondientes se harán efectivos lasiguien;e semana o quincena a la fecha que sucedan. Los trabajadores que tengan atrasado más de unrecibo de nómina serán acreedores a una amonestación, los que tengan atrasado más de 3 recibos denómina se pagará por cheque. A excepción que se encuentren de vacaciones y/o por incapacidad delIMSS.

Los trabajadores que tengan derecho a gozar de vacaciones de acuerdo con lo establecido por la LeyFederal de Trabajo y el Contrato Colectivo, éstas serán pagadas, sujetándose a los calendariosestablecidos por ia Empresa para estos fines

ARTÍCULO 26.- El oago de los sálanos de los trabajadores y empleados de nómina semanal, sellevará a cabo el día sábado, a los empleados de nómina quincenal, el pago se efectuará los días

uince y el último de cada mes

Para efectos de pago de salarios de trabajadores de nómina semanal, la semana de trabajo secomputará de viernes a jueves.

ARTÍCULO 27.- El personal de nuevo ingreso percibirá sj salario semanal o quincenal en lasinstalaciones de la Empresa, en el ¡ugar designado por la misma para tal efecto, hasta que elTrabajador o Empleado reciba su tarjeta bancaria.

ARTÍCULO 28.- Para cabal información del trabajador y empleado, el recibo de nómina contendrá,nombre del trabajador y el detalle de sus percepciones y deducciones que se le realicen

ARTÍCULO 29.- Las aclaraciones que se quieran hacer sobre el salario cobrado; el trabajador podráhacerlas en el mismo día de pago o a más tardar la semana siguiente con el departamento de Gente yGestión. En el caso de ser procedente el ajuste, el pago se hará en el siguiente período de pagoposible

CAPÍTULO V

PREVENCIÓN DE ACCIDENTES, EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL Y PRIMEROS AUXILIOS

ARTÍCULO 30.- Todos los trabajadores y empleados de la Empresa deberán observar y respetarnante la 'ejecución de su trabajo, las medidas de prevención de accidentes que la Empresa o la

de Seguridad e Higiene establezcan y de usar en todo momento los implementos deque les sean proporcionados.

31." Los trabajadores y ernp¡eados que manejen maquinaria o vehículos en general están'3 a cumplir las siguientes instrucciones.

, . JíK"Impedir el uso de su maquinaria o vehículos a terceros, salvo a personas entrenadas y~~ "^"' autorizadas expresamente

b) Reportar defectos mecánicos

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c) Desconectar la maquinaria si por algún motivo se queda sola

d) Apagar el motor del vehículo, retirar las llaves y dejarlo cerrado si por algún motivo se quedasolo

e) Abstenerse de usar ropa o calzado que pueda constituir un riesgo para su integridad física

f) Abstenerse de reparar, ajustar o cambiar cualquier parte de la maquinaria, sin autorización

g) Coiocar los señalamientos adecuados

h) Abstenerse de manejar bajo los efectos de algún medicamento que pueda causar sueño (bajoprescripción de médico interno).

Maquinaria en Movimiento:Antes de poner en marcha cualquier maquinaria o venículo deberá asegurarse que nadie estétrabajando en elia. asi cerno respetar las señales de seguridad que se encuentren en los dispositivosde arranque

Vehículos Automotores:

Antes de arrancar un vehículo, el chofer deberá asegurarse que no se encuentren objetos o personasdelante o detrás de ellos, así como cumplir y respetar el Reglamento de Tránsito y normas deseguridad establecidas por la Empresa.

Los choferes deberán contar con licencia para conducir vigente, y es su responsabilidad traerla en todomomento consigo mismo

\a veloc dad máxima permitida dentro de las agencias es de 10 km por hora y se debe de hacer uso de

intermitentes, cualquier persona sorprendida violando estos señalamientos se hará acreedor de la•-sanción establecida en la Matriz de Disciplina.

Utilización de los Equipos de Aire y Refrigeración:Los trabajadores y empleados deberán abstenerse de jugar con el equipo de aire comprimido y el gashalón

Montacargas:Los operadores deberán abstenerse de estacionar su vehículo en entradas, pasillos y en general en loslugares donde se estén efectuando maniobras, no conducirán de frente cuando movilicen carga y nopermitirán que se suban como pasajeros otras personas.

Normas Generales:Con objeto de preservar la seguridad de todos los trabajadores y empleados, la Empresa examinará acada uno de los aspirantes a ocupar algún puesto de chofer u operador de tráiler, sobre aspectostécnicos. Se abstendrán de utilizar las herramientas, utensilios, etc., sin la autorizacióncorrespondiente

Todos los trabajadores y empleados deberán respetar y obedecer los cartelones y avisos de seguridadque se coloquen para la prevención de accidentes y mantener libre de obstáculos el equipo contra

. ^j icendio.

se deberán hacer JSG de equipos electrónicos, ce'ulares, hand held, etc. mientras conducede la empresa. IB mc.dencia en estas fai tas se amonestará como viene estipulado en la

de Disciplina Progresiva

los colaboradores deberán hacer uso de los pasos peatonales, las personas sorprendidashaciendo caso omiso se harán acreedores a suspensión de un día sin goce de sueldo.

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL

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ARTICULO 32.- Todo el personal que revise envases deberá usar faja, lentes de protección, zapatos yel uniforme establecido.

Los repartidores, preventístas , vendedores y ayudantes, deberán utilizar una faja para las maniobrasde carga y descarga de cartones así como el equipo de protección indicado por su jefe inmediato.

Todos aquellos trabajacores y empleados que estén expuestos a atmósferas con polvos respirables,deberán utilizar equipo de protección respiratoria. En toda las demás actividades y una vez realizadolos estudios y prueba necesarias, la Empresa evaluará y señalará el equipo de protección que deberáutilizarse tomando en consideración las sugerencias de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene yrealizará las reposiciones en tiempo y forma por desgaste de operación del equipo, por control internoel colaborador siempre deberá de entregar el equipo dañado para cambio.

Cualquier omisión en el uso de EPP será sancionada de acuerdo a lo establecido en la Matriz deDisciplina Progresiva.

PRIMEROS AUXILIOS

ARTICULO 33.- Al ocurrir un accidente el trabajador o empleado deberá:

a) Reportar a su jefe inmediato lodo ¡os accidentes, por leves que sean, para que este realicela anotación correspondiente en el formato que, para tal efecto, se ha establecido y seaenviado inmediatamente al servicio médico interno.

b) Acudir al servicio médico oara que se le proporcione la atención necesaria.c) En caso de ser de gravedad y si con la primera valoración y autorización del servicio

médico interno el trabajador o emoleado afectado lo requiere, acudirá o será trasladadoafectado acudirá al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para su atención médicaforma1, donde recibirá instrucciones para reintegrarse a su trabajo o en su caso, se leotorgue incapacidad.

d) El trabajador o empleado, o en su caso los familiares de este, deberán presentarse en laempresa para que se elabore el informe de investigación del accidente y posteriormente,pasar al servicio médico y departamento de servicio al personal para llenar la forma deaviso de accidentes al IMSS.

e} El trabajador o empleado deberá hacer llegar a la empresa, dentro de las siguientes 24horas, el acta de incapacidad médica asi corno la copia del dictamen.

f) Se reintegrará a sus labores inmediatamente después de haber sido dado de alta,presentando en la oficina de servicios al personal el documento del IMSS.

EXAMENES MÉDICOS

ARTÍCULO 34.- Además del reconocimiento médico a que deben someterse los trabajadores yempleados al ingresar a la Empresa, deberán sujetarse a reconocimientos posteriores en la fecha quese les indique para que sean practicados por el IMSS. el médico de la empresa o alguna clínica enparticular.

PERMISOS Y LICENCIAS

ARTÍCULO 35.- Para la concesión de los permisos para faltar al trabajo, se procederá en la siguienteforma:

El trabajador o empleado deberá solicitar el permiso a su jefe inmediato y en su caso, aldelegado sindical, con anticipación de dos días hábiles a la fecha que se requiera y sólo podrásolicitar tres días de permiso cada 6 meses sin goce de sueldo, el jefe inmediato deberánotificar el permiso al área de gente y gestión,

36.- El primer día en que el trabajador o empleado regrese a sus labores al vencimiento deldeberá comprobar los hechos que originaron ¡a solicitud del permiso con las constancias

in

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a.) Tarjeta de control (carnet} y receta médica expedida por IMSS, en casos de enfermedad gravede la esposa, ascendientes y descendientes del trabajador o empleado y/o comprobante detrámite.

CAPÍTULO Vf

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

ARTÍCULO 37.- Queda terminantemente prohibido a todo el personal:

a) Fumar dentro de las instaiaciones de la Empresab) Dormir durante las horas de trabajoc) Hacer trabajos dentro de la empresa por cuenta propiad) Provocar riña o tomar parte de ellae) Abandonar el área de trabajo o la Empresa durante las horas de labores, sin permiso de su

jefe inmediatof) Descomponer o inutil izar intencionalmente la maquinaria, vehículo o desperdiciar

materiales de trabajog) Introducir drogas enervantes, bebidas alcohólicas (que no sea por operación), o armas de

cualquier tipo, las herramientas punzocortantes estarán permitidas siempre que esténautorizadas por la operación y deberán portarlas con las normas de seguridadimplementadas por la empresa.

h) Consumir dentro de la empresa bebidas alcohólicas o drogas enervantes, y permanecerbajo sus efectos durante la jornada de trabajo

i) Distraer a ios demás trabajadores y empleados de sus ocupaciones, con circunstancias\s al trabajo\) Maltratar, hacer inscripciones o dibujos en muebles, inmuebles de la Empresa o de sus

' compañeros" k) Entrar a las áreas de trabajo durante el tiempo en que se encuentre incapacitado, de

vacaciones o con permiso, salvo para realizar los trámites necesariosI) Durante su jornada de trabajo trasladarse del departamento en que labore a otra área o

departamento, sin contar con permiso u orden exoresa para ellom) El uso del teléfono celular estará limitado en horas de trabajo para cuestiones

relacionadas a las actividaces propias de la empresa, evitando las llamadas personalesn) Caminar fuera de las zonas peatonales y/o transitar fuera de las zonas marcadas para elloo) Transitar a más de 10 km/hr dentro de las instaiaciones de la agencia, y sin intermitentes

CAPITULO Vil

MEDIDAS DISCIPLINARIAS

ARTÍCULO 38.- Se establecen como medidas disciplinarias y sanciones: la amonestación por escrito, r-el acta administrativa, la suspensión de días de trabajo sin goce de sueldo y la rescisión de la relaciónlaboral; mismas que se aplicarán de acuerdo a la Matriz de Disciplina considerando los antecedentesdel afectado y la gravedad de la falta o infracción cometida.

las decisiones sobre medidas disciplinarias o sanciones que se tomen siguiendo elanterior, serán bajo la responsabilidad de la Empresa y siempre se dejarán a salvo los

el trabajador o empleado, para ejercerlos de acuerdo con la ley

asuntos de tipo individual serán tratados por el departamento de Gente y Gestión y eldel trabajador afectado

íeamientos existentes de Código de Conducta. Matriz de Disciplina, Código de Vestimenta,"Reglamento de Seguridad y todos los que se generen de la relación laboral serán aplicablescomplementando el presente Reglamento Interior de Trabajo

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REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO LA CORONA DEL GOLFO S.A. DE C.V.

ARTÍCULO 39.- De acuerdo con el Artículo 47 y 135 de la Ley Federal del Trabajo, será separado deinmediato Ge su trabajo y quedará rescindida la relación laboral, sin responsabilidad alguna para laEmpresa, el trabajador que cometa cualquiera de las siguientes faltas:

/. Engañarlo el trabajador o en su caso, e! sindicato que lo hubiese propuesto o recomendadocon certificados falsos o referencias en los que se atribuyen a! trabajador capacidad, aptitudeso facultades de que carezca Esta causa de rescisión dejara de tener efectos después de 30días de prestar sus servicios e! trabajador.

¡I incurrir e! trabajador durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos deviolencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o delpersonal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, salvo que medieprovocación o que obre en defensa propia;

lll. Cometer al trabajador contra alguno de sus compañeros, cualquiera de los actos enumeradosen ¡a fracción anterior, si como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que sedesempeñe el trabajo:

IV Cometer el trabajador, fuera del servicio, contra e! patrón, sus familiares o personal directivo oadministrativo, alguno de los actos a que se refiere la fracción II, si son de tai manera gravesque hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo:

V. Ocasionar el trabajador, intencionalmente perjuicios materiales durante el desempeño de laslabores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materiasprimas y demás objetos relacionados con el trabajo.

VI Ocasionar e¡ trabajador los perjuicios de que habls la fracción anterior siempre que seangraves sin cióle, pero con negligencia !a¡ que ella sea la causa única del perjuicio:

Comprometer el trabajador por su imprudencia o descuido inexcusable, la segundad delestablecimiento o da las personas que se encuentren en el:

VIH. Cometer el trabajador actos inmorales, de acoso u hostigamiento en el establecimiento o lugarde trabajo,

IX. Revelar el trabajador los secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácterreservado, con perjuicio de la empresa.

N X. Tener el trabajador más de 3 faltas asistencia en un periodo de 30 días, sin permiso de! patrón\ sin causa justificada.

XI. Desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre quese trata del trabajo contratado:

XII Negarse ei trabajador a adoptar /as medidas preventivas o a seguir los procedimientosindicióos ara evitar occidentes c enfermedades.

Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo ¡a influencia de algúnnarcótico o droga enervante, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica. Antes

=* ; }de iniciar su servicio, el trabajador debe poner el hecho en conocimiento del patrón y presentarjia prescripción suscrita por el médico;

XV.

La sentencia ejecutoriada que imponga a! trabajador una pena de prisión, que le impida elcumplimiento de la relación de trabajo: y

Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera grave y deconsecuencias semejantes en ¡o que al trabajo se refiere

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REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO LA CORONA DEL GOLFO S.A. DE C.V.

CAPÍTULO VIII

RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA

ARTÍCULO 40 - Cumplir con las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a su Empresa oestablecimiento.

ARTÍCULO 41.- Pagar a los trabajadores los salarios o prestaciones, de conformidad con las normasvigentes en la Empresa.

ARTÍCULO 42.- Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose del mal trato depalabra o de obra.

ARTÍCULO 43.- Organizar periódicamente cursos o enseñanzas de capacitación o adiestramiento parasos traoajadores, de conformidad con los planes y programas que de común acuerdo, elaboren losrepresentantes de los trabajadores a través de la Comisión Mixta respectiva, depositándolos ante laSecretaría del Trabajo y Previsión Social que le corresponda en el Estado de Veracruz. Estos podránimplantarse en vanos establecimientos o departamentos de la Empresa, por personal propio oprofesores, técnicos especializados o por alguna otra modalidad.

ARTICULO 44.- Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos, materiales yequipo de segundad necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos en buena calidad, enbuen estado y reponerlos tan pronto como dejen de ser eficientes, siempre que aquellos no se hayancomprometido a usar herramientas propias. La empresa no podrá exigir indemnización alguna por eldesgaste natural que sufran los útiles, herramientas y materiales de trabajo.

"ARTÍCULO 45.- Fijar y difundir las disposiciones conducentes de los reglamentos de Higiene yen un lugar visible del establecimiento y lugares donde se preste e! trabajo.

•<Tt

- ARTÍCULO 46 - Promover actividades culturales, deportivas y recreativas.

Coalzacoalcos, Veracruz a 04 de marzo de 2016

Por la Empresa LA CORANA DEL GOLFO. S.A. DE C.V.

C.P JESÚS HERPxIÁt iz MORALES""" """"

Por el SINDICATO DE CHOFERES DE PASAJE Y CARGA, COCHES DE ALQUILER,PARTICULARES. AYUDANTESJÉ-StMT^ES DE LA CIUDAD Y MUNICIPIO DE COATZACOALCOS,

CROM

-v^-^tej^ cfty >~L i'^^ff'-^ '*>"?'''•5S£fe#4- -C»_ 'o*3*S;ft»5* S? ^

'^>or los trabajadores No Sindicalizados de LA CORONA DEL GOLFO S.A. DE C.V,

C MARCO O MARTÍNEZ CULEBRO

STPSPSECRETARIA DE TRABAJO,

PREVISIÓN SOCIAL Y PRODUCTIVIDADDEL ESTADO DE VERACRUZ

GOBIERNODEL ESTADODE VERACRUZ

. "3 Oívir

EXPEDIENTE: R.I.T-87/2016.LA CORONA DEL GOLFO, S.A. DEc.v.Y

MARCO ANTONIO MARTÍNEZCULEBRO Y NOÉ RAYMUNDOTÉLLEZ VÁZQUEZREPRESENTANTES OBREROS.COATZACOALCOS, VER.

XALAPA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ A DOCE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS.

Por recibido de Oficialía de Partes de este Tribunal, en catorce de abril del año en curso, elREGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO que aplicara en la Empresa denominada: LA CORONADEL GOLFO, S.A. DE C.V, con domicilio sito en: CRRT. TRANSISTMICA KM, 7.5 A, COL TIERRANUEVA, COATZACOALCOS, VER, representada por el LIC. EFRÉN RAMÍREZ MÁRQUEZ en sucarácter de representante legal, conforme el Testimonio Notarial 46,000 de 27 de abril de 2010pasado ante la fe del Lie. Pablo Daniel Salas Liaño, Adscrito a la Notaría Pública Número Tres conresidencia en la Ciudad de Coatzacoalcos, Ver., del que se agrega copia cotejada en, personalidadque se le reconoce de conformidad con lo dispuesto por el artículo 692 fracción II y 693 de la LeyFederal del Trabajo.

Reglamento formulado por la COMISIÓN MIXTA integrada por el C.P.A. JESÚSHERNÁNDEZ MORALES en su carácter de representante patronal, MARCO ANTONIO MARTÍNEZCULEBRO por parte de los trabajadores y, NOÉ RAYMUNDO TÉLLEZ VÁZQUEZ, SecretarioGeneral del SINDICATO DE CHOFERES DE CAMIONES DE PASAJE Y CARGA, COCHES DEALQUILER PARTICULARES, AYUDANTES Y SIMILARES DE LA CIUDAD Y MUNICIPIO DECOATZACOALCOS, VER., como se advierte del acta de fecha 04 de marzo del presente año y de laToma de Nota de 15 de mayo de 2015.

Consecuentemente y habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 132fracciones XVIII, XXVIII, 422,423 424, 425, 616 Fracción V, 692 y 693 de la Ley Federal del Trabajo,es que SE DECRETA EL DEPOSITO del REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO que aplicará en lafuente de trabajo y domicilio referido, quedando REGISTRADO bajo el número: R.I.T.-87/2016,mismo que surtirá efectos a partir del día 14 de abril de 2016.

Entregúese a los representantes de la comisión mixta dos tantos del Reglamento Interiorregistrado, debiendo la patronal imprimir, fijar en lugar visiblemente y difundir en la fuente de trabajodonde se presta el servicio, las disposiciones contundentes del Reglamento Interior que nos ocupa.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMÓ LA JUNTA LOCAL DE

ARBITRAJE DEL ESTADO, PRESIDIDA POR EL LIC, JONATHAN CORTES VA

SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS LfC. VÍCTOR MANUEL SAL£S

DEL ENCARGADO [^DEPARTAMENTO DE CONTRA!

INTERIORES DE/TRABAJO VLJC. ARTURO ALTAMIRANO

LIC.AAM/Mrsm.