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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA JAÉN EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉN ABRIL 2013 III. NORMAS URBANÍSTICAS 3. FICHAS DE LAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS GERENCIA DE URBANISMO AYUNTAMIENTO DE JAÉN ESTUDIO SEGUI ARQUITECTURA Y PLANEAMIENTO www.estudiosegui.com

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

J A É NEXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉN

ABRIL 2013

III. NORMAS URBANÍSTICAS3. FICHAS DE LAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS

GERENCIA DE URBANISMOAYUNTAMIENTO DE JAÉN

ESTUDIO SEGUIARQUITECTURA Y PLANEAMIENTO

www.estudiosegui.com

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FICHAS DE LAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS. ÍNDICE

1. SUELO URBANO CONSOLIDADO (SUC)

2. SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

3. SUELO URBANO NO CONSOLIDADO DE ASENTAMIENTOS URBANÍSTICOS

EXISTENTES (SUNC-AU)

4. SUELO URBANIZABLE ORDENADO (SURO)

5. SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

6. SISTEMAS GENERALES DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO

(SG.SURS)

7. ÁREAS DE REPARTO

8. SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

9. SISTEMAS GENERALES DEL SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO

(SG.SURNS)

10. SISTEMAS GENERALES DEL SUELO NO URBANIZABLE (SG.SNU)

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1. SUELO URBANO CONSOLIDADO (SUC)

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Superficie Uso

m2s

SUC- HP Hospital 46.698 Equipamiento

SUC- FE Remodelación Ferial 145.338 Equipamiento

SUC- AL Alameda 83.394 Equipamiento

SUC- UE-6 La Alcantarilla 31.243 Residencial

306.673TOTAL

SUELO URBANO CONSOLIDADO

SUC

Actuaciones

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUC- HP Hospital

3.C.[26], 3.O.[24]

SUELO URBANO CONSOLIDADO (SUC)

Superficie (m2s): 46.698

Uso global: Equipamiento

Tipología/s de referencia: Dotacional alternativo

Altura máxima edificable: A determinar por el Plan Especial

Planeamiento y ejecución: PLAN ESPECIAL - Proyecto de reparcelación - Proyecto de Urbanización

Plazo de ordenación detallada: Dos años

Plazo de ejecución: Ocho años.

ACÚSTICA

PATRIMONIO HISTÓRICO

Yacimientos arqueológicos: A-095 Marroquíes Altos.

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

Plan Especial de Reforma Interior delimitado por el Plan con el objetivo es la rehabilitación y recuperación de las actuales edificaciones del Hospital, para conformar una manzana de gran valor estructurante para el centro urbano, una vez estos servicios sean trasladados al Sector Norte.

Se situarán en el actuación usos que atiendan a las principales necesidades sociales de la ciudad, tales como un Centro de Mayores, y una oferta cultural educativa, como un Centro de Jóvenes.

El Plan Especial determinará la edificabilidad destinada a usos dotacionales, que será la requerida por los programas funcionales de los equipamientos concretos

Reserva de vivienda protegida: _

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicará la edificabilidad global).

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Localización en planos (serie [número/s]):

*Se realizaran estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

3. AFECCIONES:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUC- FE Remodelación Ferial

3.C.[27, 30], 3.O.[25, 29]

SUELO URBANO CONSOLIDADO (SUC)

Superficie (m2s): 145.338

Uso global: Equipamiento

Tipología/s de referencia: Dotacional deportivo

Altura máxima edificable: A determinar por el Plan Especial

Planeamiento y ejecución: PLAN ESPECIAL - Proyecto de reparcelación - Proyecto de Urbanización

Plazo de ordenación detallada: Dos años

Plazo de ejecución: Ocho años.

ACÚSTICA

DOMINIO PÚBLICO

Sistema General Viario: J-14 (red estatal), JA-3200 (red provincial) y sus zonas de protección.

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

Tras el traslado del Recinto Ferial al nuevo propuesto en el Sector Norte, se propone la implantación del uso dotacional deportivo en el espacio antes ocupado por éste, formando un gran equipamiento, junto con los existentes de La Salobreja, y conectando con el espacio verde del nuevo Parque Central.

El Plan Especial determinará la edificabilidad destinada a usos dotacionales, que será la requerida por los programas funcionales de los equipamientos concretos.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

Clase y categoría de suelo:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Reserva de vivienda protegida: _

3. AFECCIONES:

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUC- AL Alameda

3.C.[29, 30], 3.O.[29]

SUELO URBANO CONSOLIDADO (SUC)

Superficie (m2s): 83.394

Uso global: Equipamiento Uso compatible: residencial

Tipología/s de referencia: Dotacional deportivo, social asistencial y alternativo; Ordenanza 3: alineaciones y alturas

determinadas.Altura máxima edificable: A determinar por el Plan Especial

Área de reparto: AR.SUC-AL

Planeamiento y ejecución: PLAN ESPECIAL - Proyecto de reparcelación - Proyecto de Urbanización

Plazo de ordenación detallada: Dos años

Plazo de ejecución: Ocho años.

ACÚSTICA

DOMINIO PÚBLICO

Vías pecuarias:

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación Ambiental (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

Ampliar y ajustar el trazado de la calle Arrastradero, impidiendo el acceso directo desde la Ronda Sur hacia ésta. Ampliar la calle Agustina de Aragón, reservando un vial de acceso desde ésta a la zona verde y al aparcamiento situado en la parcela del antiguo Campo Hípico.

Ordenar la manzana y completar la urbanización, obteniendo los sistemas generales de equipamientos pendientes del PGOU 1996 y ubicando nuevos usos residenciales.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Reserva de vivienda protegida: _

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Clase y categoría de suelo:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Vías Pecuarias: Nº 10-Cordel de López Pérez (23050009), dado el carácter consolidado de la zona se propone el deslinde y desafectación del tramo afectado.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

3. AFECCIONES:

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUC- UE-6 La Alcantarilla

3.C.[29], 3.O.[28, 29]

SUELO URBANO CONSOLIDADO (SUC)

Superficie (m2s): 31.243

Uso global: Residencial

Tipología/s de referencia: Residencial unifamiliar

Altura máxima edificable:

Planeamiento de desarrollo: Según instrumento aprobado

Plazo de ordenación detallada: -

Plazo de ejecución: Ejecutado

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

La unidad de ejecución se mantiene a los efectos de completar las cesiones determinadas en la ficha de la UE-6 del PGOU 1996 en su caso y ejecutar el espacio libre de uso público pendiente.

_

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

Reserva de vivienda protegida:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área).

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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2. SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Superficie Uso

m2s

SUNC- 1 (UE-4) Ronda Norte 37.894 Terciario/Industrial

SUNC- 2 (UE-2) Hospital Princesa de España 1 27.705 Terciario/Industrial

SUNC- 3 (UE-3) Hospital Princesa de España 2 18.869 Terciario

SUNC- 4 (UE-11) Las Lagunillas 10.784 Terciario

SUNC- 5 (UE-31) Polígono del Valle 847 Residencial

SUNC- 6 (UE-19) La Salobreja 11.215 Residencial

SUNC- 7 (UE-23) Cerro de las Canteras 1 38.524 Industrial

SUNC- 8 (UE-24) Cerro de las Canteras 2 20.577 Industrial

SUNC- 9 (UE-25) Cerro de las Canteras 3 12.988 Residencial

SUNC- 10 (UE-7) Virgen Blanca 28.692 Residencial

SUNC- 11 Vaciacostales 62.178 Equipamiento

SUNC- 12 Residencia de ancianos 36.292 Residencial

SUNC- 13 San Vicente de Paul 2.549 Residencial

SUNC- 14 Estadio La Victoria 9.514 Terciario

SUNC- 15 Carretera de La Guardia 81.421 Residencial

SUNC- 16 Pol. Industrial Quiebracántaros 39.050 Industrial

SUNC- 18 La Imora 8.197 Terciario

SUNC- 19 Cerro del Calvario 16.179 Residencial

SUNC- 20 Pilar de la Dehesa 105.896 Industrial

SUNC- 21 Institucion Ferial 191.295 Equipamiento

SUNC- 22 Estacion de Autobuses 7.008 Terciario

SUNC- 23 Industrial Norte 93.135 Industrial

SUNC- 24 Villa Pilar 14.785 Terciario/Equipam.

875.594TOTAL

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO

SUNC

Actuaciones

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 1 (UE-4) Ronda Norte

3.C.[15], 3.O.[14]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 37.894

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Terciario/ Industrial 1ª Categoria y 2ª Categoria

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,87

Techo máximo edificable (m2t): 32.908

Área de reparto: AR.SUNC- 1 (UE-4)

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,87

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: _

Plazo de ordenación detallada: _

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 9: Terciario Grado 3º; Ordenanza 7: Industrial Grados 1º y 2º

Altura máxima edificable: Según ordenanza

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

Yacimientos arqueológicos: A-179 Villa junto a Fábrica de Cuétara y A-017 BIC Zona Arqueológica Marroquíes Bajos.DOMINIO PÚBLICOSistema General Viario: J-12 (red estatal) y sus zonas de protección.ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

Reserva de vivienda protegida: _

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

La ordenación pormenorizada deberá completar la trama viaria y ejecutar la urbanización, configurando una nueva fachada a la carretera de Madrid y el Distribuidor Norte.

Reservará 7.300 m² destinados a viario.

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

3. AFECCIONES:

PATRIMONIO HISTÓRICO

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorará la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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Page 25: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 2 (UE-2) Hospital Princesa de España 1

3.C.[15,16], 3.O.[14]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 27.705

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Terciario/Industrial 2ª Categoria

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,89

Techo máximo edificable (m2t): 24.538

Área de reparto: AR.SUNC- 2 (UE-2)

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,89

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 9: Terciario Grado 8º; Ordenanza 7: Industrial Grado 2º

Altura máxima edificable: Según ordenanza

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

DOMINIO PÚBLICOSistema General Viario: J-12 (red estatal) y sus zonas de protección.ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Reserva de vivienda protegida: _

Dotar a las parcelas y edificaciones de los servicios urbanos necesarios. La ordenación pormenorizada deberá completar la trama viaria y ejecutar la urbanización, configurando una nueva fachada a la carretera de Madrid.

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

3. AFECCIONES:

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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Page 27: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 3 (UE-3) Hospital Princesa de España 2

3.C.[15], 3.O.[14]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 18.869

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Terciario

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 1,00

Techo máximo edificable (m2t): 18.869

Área de reparto: AR.SUNC- 3 (UE-3)

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 1,00

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 9: Terciario Grado 8º

Altura máxima edificable: Según ordenanza

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

DOMINIO PÚBLICOSistema General Viario: J-12 (red estatal) y sus zonas de protección.ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

La ordenación pormenorizada deberá completar la trama viaria y ejecutar la urbanización configurando una nueva fachada a la carretera de Madrid.

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Reserva de vivienda protegida: _

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Clase y categoría de suelo:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

3. AFECCIONES:

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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Page 29: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 4 (UE-11) Las Lagunillas

3.C.[22], 3.O.[20]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 10.784

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Terciario

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,8830

Techo máximo edificable (m2t): 9.522

Área de reparto: AR.SUNC- 4 (UE-11)

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,8830

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 9: Terciario Grado 3º.

Altura máxima edificable: Según ordenanza

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

Reserva de vivienda protegida:

Dar fin a la calle existente y completar la urbanización, configurando una nueva fachada hacia el viario propuesto por el Plan, con usos terciarios de calidad.

_

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Se deberán reservar 969 m² destinados a viario.

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

3. AFECCIONES:

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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Page 31: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 5 (UE-31) Polígono del Valle

3.C.[21], 3.O.[20]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 847

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Residencial

Usos compatibles: Terciario y equipamiento

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 9,80

Techo máximo edificable (m2t): 8.300

Área de reparto: AR.SUNC- 5 (UE-31)

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 9,80

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 3: Alineaciones y alturas determinadas.

Altura máxima edificable: 9 plantas + ático retranqueado.

Densidad (viv./ha.):

Capacidad (nº viv.): 72

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Reserva de vivienda protegida: _

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Área de reforma interior delimitada por el Plan con el objetivo de la erradicación de estación de servicio existente para ejecutar un equipamiento privado multiuso, constituido por una edificación de uso terciario y/o residencial, en las proporciones que se estimen oportunas.

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

3. AFECCIONES:

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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Page 33: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 6 (UE-19) La Salobreja

3.C.[30], 3.O.[29]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 11.215

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Residencial

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,85

Techo máximo edificable (m2t): 9.533

Área de reparto: AR.SUNC- 6 (UE-19)

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,85

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 3: Alineaciones y alturas determinadas.

Altura máxima edificable: 3 plantas.

Densidad (viv./ha.): 56

Capacidad (nº viv.): 63

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

_

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Reserva de vivienda protegida:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Clase y categoría de suelo:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Completará la trama urbana de borde de la zona residencial en que se ubica y ajustará las alineaciones, ampliando la C/Arrastradero y modificando su acceso para impedirlo desde la Variante Sur.

Reservará 1.153 m2 de zona verde y el viario necesario para su ordenación.

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

3. AFECCIONES:

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 34: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 7 (UE-23) Cerro de las Canteras 1

3.C.[30], 3.O.[29]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 38.524

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Industrial 1ª y 2ª Categoria

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,75

Techo máximo edificable (m2t): 28.893

Área de reparto: AR.SUNC- 7 (UE-23)

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,75

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 7: Industrial Grado 1º y Grado 2ª.

Altura máxima edificable: Según ordenanza

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

DOMINIO PÚBLICOSistema General Viario: JA-3200 (red provincial) y sus zonas de protección.ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

Se deberá ceder el viario necesario para su ordenación.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

_

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Área de reforma interior delimitada por el Plan por no contar el polígono existente con todos los servicios, infraestructuras y dotaciones públicos en la proporción y con las características adecuadas para servir a la edificación existente, y con el objetivo de completar su urbanización, integrándolo en la trama urbana.

Clase y categoría de suelo:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Reserva de vivienda protegida:

3. AFECCIONES:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 36: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 37: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 8 (UE-24) Cerro de las Canteras 2

3.C.[30], 3.O.[29]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 20.577

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Industrial 1ª Categoria y 2ª Categoria

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,88

Techo máximo edificable (m2t): 18.108

Área de reparto: AR.SUNC- 8 (UE-24)

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,88

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 7: Industrial Grado 1º y Grado2º.

Altura máxima edificable: Según ordenanza

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

DOMINIO PÚBLICOSistema General Viario: JA-3200 (red provincial) y sus zonas de protección.ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

Se deberá ceder el viario necesario para su ordenación.

Se plantea la necesidad de solucionar y ejecutar la conexión viaria de la Carretera de La Guardia con la Variante Sur a través del área.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

Área de reforma interior delimitada por el Plan por no contar el polígono existente con todos los servicios, infraestructuras y dotaciones públicos en la proporción y con las características adecuadas para servir a la edificación existente, y con el objetivo de completar su urbanización, integrándolo en la trama urbana.

_

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Reserva de vivienda protegida:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

3. AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 38: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 39: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 9 (UE-25) Cerro de las Canteras 3

3.C.[30], 3.O.[29, 30]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 12.988

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Residencial

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 2,00

Techo máximo edificable (m2t): 25.976

Área de reparto: AR.SUNC- 9 (UE-25)

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 2,00

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 6: Barrios Periféricos Grado 1º.

Altura máxima edificable: Según ordenanza

Densidad (viv./ha.): 30

Capacidad (nº viv.): 39

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

Localización en planos (serie [número/s]):

_

Clase y categoría de suelo:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Reserva de vivienda protegida:

Área de reforma interior delimitada por el Plan por no contar la urbanización existente con todos los servicios, infraestructuras y dotaciones públicos en la proporción y con las características adecuadas para servir a la edificación existente, y con el objetivo de completar su urbanización, integrándolo en la trama urbana.

3. AFECCIONES:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 40: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 41: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 10 (UE-7) Virgen Blanca

3.C.[19,20], 3.O.[11, 12, 17, 18]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 28.692

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Residencial

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,26

Techo máximo edificable (m2t): 7.460

Área de reparto: AR.SUNC- 10 (UE-7)

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,26

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 5: Unifamiliar Grado 3º.

Altura máxima edificable: Según ordenanza

Densidad (viv./ha.): 8

Capacidad (nº viv.): 23

Yacimientos arqueológicos: A-40 Cerro de la Ermita de la Virgen Blanca

Zona de influencia forestal: Deberá elaborar un plan de autoprotección contra el riesgo de incendio.ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorará la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Se deberá realizar un proyecto de obras de urbanización que justifique la adecuación de la depuración de los vertidos.

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Se deberá ceder el viario existente.

Reserva de vivienda protegida: _

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

3. AFECCIONES:

PATRIMONIO HISTÓRICO

OTRAS CONDICIONES

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 42: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 43: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 11 Vaciacostales

3.C.[10], 3.O.[05, 08]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 62.178

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Equipamiento

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,70

Techo máximo edificable (m2t): 43.525

Área de reparto: AR.SUNC- 11

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,70

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 8: Dotacional alternativo.

Altura máxima edificable: 4 plantas.

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

Cauce fluvial: Arroyo Turbio entubado ya en la zona.Sistema General Viario: J-12 (red estatal) y sus zonas de protección.ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Clase y categoría de suelo:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

_

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Localización en planos (serie [número/s]):

Reserva de vivienda protegida:

Área de reforma interior delimitada por el Plan con el objetivo de la reconversión de la zona, actualmente ocupada por el depósito de vehículos de la policía local y por mantenimiento urbano, para complementar el vecino sector SGE-N1 Estación Intermodal, junto con las instalaciones del sistema tranviario.

Se deberá adaptar la ordenación a la estructura viaria propuesta en el nuevo PGOU.

DOMINIO PÚBLICO

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

3. AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 44: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 45: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 12 Residencia de ancianos

3.C.[11,16], 3.O.[08]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 36.292

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Residencial

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,78

Techo máximo edificable (m2t): 28.308

Área de reparto: AR.SUNC- 12

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,78

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 4: Edificación abierta

Altura máxima edificable: 4 plantas más ático.

Densidad (viv./ha.): 48

Capacidad (nº viv.): 173

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

Clase y categoría de suelo:

Se deberá adaptar la ordenación a la estructura viaria propuesta en el nuevo PGOU.

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

Reserva de vivienda protegida:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

Área de reforma interior delimitada por el Plan con el objetivo de ampliar la actual zona sanitaria con la implementación de un complejo residencial para personas mayores, con unas tipologías específicas de viviendas tuteladas con servicios compartidos.

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Localización en planos (serie [número/s]):

_

3. AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 46: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 47: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 13 San Vicente de Paul

3.C.[26], 3.O.[24]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 2.549

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Residencial

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 1,12

Techo máximo edificable (m2t): 2.852

Área de reparto: AR.SUNC- 13

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 1,12

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: EXPROPIACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 6: Barrios Periféricos; Ordenanza 8: Dotacional Alternativo Categoría A Grado 4º

Altura máxima edificable: Según ordenanza

Densidad (viv./ha.): 75

Capacidad (nº viv.): 19

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

El estudio de detalle podrá modificar tanto las alineaciones como la anchura del viario, y concretar la localización del uso dotacional, siendla localización preferente la indicada en planos, así como la edificabilidad, sin superar la edificabilidad de la zona, no computando a tal efecto el uso dotacional previsto.

*La aprobación definitiva del planeamiento corresponde a la Consejería competente en patrimonio histórico.

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

Se pretende la ordenación de la zona central del barrio de Antonio Díaz, dando solución a una importante bolsa de solares y de edificaciones en ruina, la construcción de viviendas de promoción pública y la obtención de suelo para la construcción de un edificio dotacional y de un espacio público que permita ordenar el barrio y confiera carácter e identidad a la zona.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

Reserva de vivienda protegida:

Clase y categoría de suelo:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

30% del techo residencial.El plazo de ejecución de las V.P.O. será de 4 años desde la aprobación definitiva del Estudio de Detalle.

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Localización en planos (serie [número/s]):

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

3. AFECCIONES:

PATRIMONIO HISTÓRICOBIC Conjunto Histórico exterior al PEPRI.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 14 Estadio La Victoria

3.C.[27], 3.O.[24, 25]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 9.514

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Residencial

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 2,50

Techo máximo edificable (m2t): 0

Área de reparto: AR.SUNC- 14

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): -

Coeficiente: -

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Condiciones de uso: Según Ordenanza 9: Terciario Grado 4º.

Coeficiente de ocupación: 100%

Altura máxima edificable: Avenida Ruiz Jiménez: 4 plantas, 22,5 m de altura de cornisa

Avenida de Madrid: 4 plantas, 18 m de altura de cornisa

Calle Virgen de la Cabeza/zona verde pública: 2 plantas, 10 m de altura de cornisa

Vial de servicio: 4 plantas, altura de cornisa variable según altimetría (18-20 m)

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

Construcción por encima de la altura:

Se permite una planta dedicada a instalaciones por encima de la máxima permitida, con retranqueos a fachada.

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo desarrollará tanto el proyecto (ordenación y diseño) como la ejecución de las obras del espacio verde público previsto en el PGOU entre la calle Virgen de la Cabeza y el suelo urbano no consolidado que nos ocupa (SUNC-24), con la previa aprobación del Ayuntamiento de Jaén.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

Se pretende la implantación de un centro comercial y de ocio de uso terciario gran superficie minorista que cuente con instalaciones deportivas y culturales.

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

Se establece el uso dotacional como compatible, admitiéndose los usos pormenorizados deportivo, cultural y hospedaje.

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Reserva de vivienda protegida:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

_

3. AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 50: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 51: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 15 Carretera de La Guardia

3.C.[30], 3.O.[30]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 81.421

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Residencial

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 2,00

Techo máximo edificable (m2t): 162.842

Área de reparto: AR.SUNC- 15

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 2,00

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 6: Barrios Periféricos Grado 1º.

Altura máxima edificable: Según ordenanza

Densidad (viv./ha.): 20

Capacidad (nº viv.): 163

DOMINIO PÚBLICOSistema General Viario: JA-3200 (red provincial) y sus zonas de protección.Vía pecuaria:

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

Reserva de vivienda protegida:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Se deberá ceder el viario necesario para su ordenación.

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

30% del techo residencial.El plazo de ejecución de las V.P.O. será de 4 años desde la aprobación definitiva del Estudio de Detalle.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

Área de reforma interior delimitada por el Plan por no contar la urbanización existente con todos los servicios, infraestructuras y dotaciones públicos en la proporción y con las características adecuadas para servir a la edificación existente, y con el objetivo de completar su urbanización, conectándolo con la trama urbana.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

Nº 10-Cordel de López Pérez (23050009). Se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

3. AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 52: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 53: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 16 Pol. Industrial Quiebracántaros

3.C.[30], 3.O.[29]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 39.050

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Industrial 2ª Categoria

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,50

Techo máximo edificable (m2t): 19.525

Área de reparto: AR.SUNC- 16

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,50

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 7: Industrial. Grado 1º y Grado 2º

Altura máxima edificable: A determinar por el Estudio de Detalle.

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

DOMINIO PÚBLICOSistema General Viario: JA-3200 (red provincial) y sus zonas de protección.Vía pecuaria:

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

Área de reforma interior delimitada por el Plan por no contar el polígono existente con todos los servicios, infraestructuras y dotaciones públicos en la proporción y con las características adecuadas para servir a la edificación existente, y con el objetivo de completar su urbanización, integrándolo en la trama urbana.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Se plantea la necesidad de solucionar y ejecutar la conexión viaria con la trama urbana colindante a través del área.

Se deberá ceder el viario necesario para su ordenación.

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

_Reserva de vivienda protegida:

Clase y categoría de suelo:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

3. AFECCIONES:

Nº 10-Cordel de López Pérez (23050009). Se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 54: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 55: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 18 La Imora

3.C.[19, 20], 3.O.[17]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 8.197

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Terciario

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 1,10

Techo máximo edificable (m2t): 9.016

Área de reparto: AR.SUNC- 18

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 1,10

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 9: Terciario Grado 8º.

Altura máxima edificable: Según ordenanza

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

Yacimientos arqueológicos: A-40 Cerro de la Ermita de la Virgen Blanca y A-101 Norte Casa de Echevarría.

Zona de influencia forestal: Deberá elaborar un plan de autoprotección contra el riesgo de incendio.ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

*Se realizaran estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Se pretende completar la trama urbana de la zona donde se ubica, dotándose de los servicios necesarios y configurando una fachada hacia el Distribuidor Norte y la carretera de Córdoba que cualifique la entrada a la ciudad con usos terciarios de calidad.

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Reserva de vivienda protegida: _

3. AFECCIONES:

PATRIMONIO HISTÓRICO

OTRAS CONDICIONES

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 56: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 57: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 19 Cerro del Calvario

3.C.[27], 3.O.[25]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 16.179

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Residencial

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 2,23

Techo máximo edificable (m2t): 36.079

Área de reparto: AR.SUNC- 19

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 2,23

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 2: Ensanche

Altura máxima edificable: A establecer en el Estudio de Detalle

Densidad (viv./ha.): 36

Capacidad (nº viv.): 58

Yacimientos arqueológicos: A-068 Ermita del Calvario.

Vía pecuaria:

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación ambiental

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

Área de reforma interior delimitada por el Plan para integrar en la trama urbana una zona ocupada por naves industriales, con el objetivo dpromover su transformación hacia usos residenciales y completar la urbanización con los servicios, infraestructuras y dotaciones públicos en la proporción y con las características adecuadas.

Deberá reservarse una zona a determinar en el Estudio de Detalle destinada a viario y a zonas verdes, así como preservar la Ermita del Calvario.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Reserva de vivienda protegida:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

30% del techo residencial.El plazo de ejecución de las V.P.O. será de 4 años desde la aprobación definitiva del Estudio de Detalle.

Clase y categoría de suelo:

3. AFECCIONES:

PATRIMONIO HISTÓRICO

DOMINIO PÚBLICO

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

Nº 12-Cordel del Camino del Calvario (23050011), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

*Se realizaran estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 58: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 59: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 20 Pilar de la Dehesa

3.C.[14], 3.O.[12]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 105.896

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Industrial 2ª Categoria

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 1,35

Techo máximo edificable (m2t): 142.960

Área de reparto: AR.SUNC- 20

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 1,35

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Plan Especial - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 7: Industrial. Parámetros a determinar por el Plan Especial

Altura máxima edificable: A determinar por el Plan Especial

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

Vía pecuaria:

Sistema General Viario: JA-3411 (red provincial) y sus correspondientes zonas de protección.

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

Se deberá adaptar la ordenación a la estructura viaria propuesta en el PGOU.

Se delimita la unidad de ejecución a los efectos de regularizar las construcciones industriales existentes, edificar las parcelas vacías y completar la urbanización, configurando un nuevo polígono industrial en el oeste de la ciudad, que quedará integrado en el crecimiento de ésta.

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

Reserva de vivienda protegida: _

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

3. AFECCIONES:

La desafectación y modificación del trazado de la vía pecuaria Nº23 será asumida por el promotor de la actuación con carácter previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

OTRAS CONDICIONES

Nº 23-Vereda de las Peñas del Milagro (23050022), al tratarse de un suelo parcialmente consolidado por la edificación y estar en una área de expansión urbana, se propone la desafectación y modificación del trazado del tramo afectado.

DOMINIO PÚBLICO

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 60: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 61: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 21 Institucion Ferial

3.C.[23, 28], 3.O.[21, 26]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 191.295

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Equipamiento

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): A determinar por el Plan Especial

Techo máximo edificable (m2t): A determinar por el Plan Especial

Área de reparto: AR.SUNC- 21

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): A determinar por el Plan Especial

Coeficiente: A determinar por el Plan Especial

Planeamiento y ejecución: Plan Especial - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: Compensacion

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 8: Dotacional

Altura máxima edificable: A establecer en el Plan Especial

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

Vía pecuaria:

Sistema General Viario: J-14 y N-323a (red estatal) y sus correspondientes zonas de protección.

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

El Plan Especial determinará la edificabilidad destinada a usos dotacionales, que será la requerida por los programas funcionales de los equipamientos concretos.

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Reserva de vivienda protegida: _

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

Ordenar y ampliar el actual recinto de la Institución Ferial.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

OTRAS CONDICIONESLa desafectación y modificación del trazado de la vía pecuaria Nº3 será asumida por el promotor de la actuación con carácter previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo.

3. AFECCIONES:

DOMINIO PÚBLICONº 3-Cañada Real de los Vados de la Mancha al descansadero de Las Infantas (23050002), al tratarse de suelos ocupados por un equipamiento municipal, se propone la desafectación y modificación del trazado afectado.; Nº 12-Cordel del Camino del Calvario (23050011) se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 62: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 63: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 22 Estacion de Autobuses

3.C.[27], 3.O.[24]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 7.008

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Terciario

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 3,00

Techo máximo edificable (m2t): 21.025

Área de reparto: AR.SUNC- 22

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 3,00

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Plan Especial - Proyecto de Obras

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 9: Terciario

Altura máxima edificable: 9 plantas

Densidad (viv./ha.): 36

Capacidad (nº viv.): 25

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación Ambiental

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

Al tratarse de un edificio catalogado debera cumplir las condiciones especificas de proteccion establecidas en su ficha de Catalogo correspondiente.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

Se propone la rehabilitación del edificio de la actual Estación de Autobuses para su conservación, potenciando y cualificando tanto sus usos de estación urbana (en conexión con la Estación Intermodal), como terciarios, de gran valor estratégico para la ciudad.

Se deberán eliminar las medianeras vistas de la edificación colindante.

El Plan Especial determinará la edificabilidad destinada a usos dotacionales, que será la requerida por los programas funcionales de los equipamientos concretos, no computando ésta a los efectos del techo máximo edificable establecido.

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

_

Localización en planos (serie [número/s]):

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Reserva de vivienda protegida:

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

PATRIMONIO HISTÓRICO

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

3. AFECCIONES:

Edificio catalogado nº B-314 Estación de Autobuses y Hotel Rey Fernando y entorno de BIC B-089 Biblioteca Pública Provincial.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 64: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 65: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 23 Industrial Norte

3.C.[4], 3.O.[02, 03]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 93.135

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Industrial 2ª Categoria y 3ª Categoria

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,70

Techo máximo edificable (m2t): 65.195

Área de reparto: AR.SUNC- 23

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,70

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 7: Industrial Grado 2º

Altura máxima edificable: Uso industrial: 2 plantas (baja+1)

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

DOMINIO PÚBLICOSistema General Viario: N-323a (red estatal) y sus zonas de protección.ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación Ambiental

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Reserva de vivienda protegida: _

Localización en planos (serie [número/s]):

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

Completar la urbanización en la zona, integrándola en la trama urbana, dotando a las naves existentes con los servicios, infraestructuras y dotaciones públicos en la proporción y con las características adecuadas para servir a éstas.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

3. AFECCIONES:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 66: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 67: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- 24 Villa Pilar

3.C.[29], 3.O.[31]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)

Superficie (m2s): 14.785

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: Terciario/Equipamiento

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s): 0,61

Techo máximo edificable (m2t): 9.000

Área de reparto: AR.SUNC- 24

Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,61

Coeficiente: 1,00

Planeamiento y ejecución: Estudio de Detalle - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.

Plazo de ordenación detallada: Dos años.

Plazo de ejecución: Ocho años.

Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVAS

Ordenanza de aplicación: Ordenanza 9: Terciario; Ordenanza 8: Dotacional Alternativo Categoría C Grado 4º

Altura máxima edificable: A establecer en el Estudio de Detalle

Densidad (viv./ha.): 0

Capacidad (nº viv.): 0

ACÚSTICA

TRAMITACIÓN AMBIENTAL: Calificación Ambiental (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicarán la edificabilidad y densidad globales).

Reserva de vivienda protegida: _

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

Implantar un uso terciario y dotar al barrio de un equipamiento, que no consumirá edificabilidad, y que dará forma al cierre de la ciudad en su borde.

Se procurará la integración paisajística de la actuación y su adecuada transición tanto al suelo no urbanizable rural como al barrio contiguo.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificacion Acustica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R).

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

3. AFECCIONES:

En cumplimiento del art. 51.1.A)b) de la LOUA, contribuirá a la adecuada dotación y mantenimiento de la ciudad consolidada. Específicamente, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso ddeterminarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 68: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 69: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

 

 

3. SUELO URBANO NO CONSOLIDADO DE ASENTAMIENTOS

URBANÍSTICOS EXISTENTES (SUNC-AU)

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Superficie Uso global

m2s

SUNC-AU- 1 Bellavista-Tentesón 175.879 Residencial

SUNC-AU- 2 Tentesón 1ª Fase 38.582 Residencial

SUNC-AU- 3 Los Bermejales 132.153 Residencial

SUNC-AU- 4 Cerro Molina 479.159 Residencial

SUNC-AU- 5 La Manseguilla 324.007 Residencial

1.149.780

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO

SUNC-AU

Actuaciones

ASENTAMIENTOS URBANÍSTICOS

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC-AU- 1 Bellavista-Tentesón

3C[34]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)Superficie (m2s): 175.879

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: ResidencialEdificabilidad global (I E, en m2t/m2s): 0,225

Techo máximo edificable (m2t): 39.573

Área de reparto: AR.SUNC- 1Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,225

Coeficiente: 1

Planeamiento y ejecución: Plan Especial (conjunto AU-1, 2 y 3) - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación:

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación:

Altura máxima edificable: PB+1.Densidad (viv./ha.): 9

Capacidad (nº viv.): 159

2.- Procurará la coherencia, funcionalidad y accesibilidad de las dotaciones que prevea, localizándolas atendiendo a criterios de máxima accesibilidad y legibilidad territorial (se optará por posiciones referenciales fácilmente accesibles).

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Clase y categoría de suelo:

Reserva de vivienda protegida: Se reservarán, para su destino a V.P.O. u otros regímenes de protección pública, los terrenos equivalentes, al menos, al 30% de la edificabilidad residencial correspondiente a las parcelas lucrativas del área (según la ordenación pormenorizada que el PERI establezca) aún no edificadas.

OBJETIVOS [A] Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN [B]:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

A.- Área de reforma interior delimitada con el objetivo de resolver un problema de orden territorial, social y ambiental, por medio de la integración en la ordenación, y -específicamente- en el sistema general viario municipal, de un asentamiento urbanístico que el Plan General declara expresamente compatible con el modelo urbanístico-territorial que establece.

3.- La conservación de las obras de urbanización corresponderá a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación.

Ordenanza unifamiliar especial de asentamientos urbanísticos: "Unifamiliar Aislada (AU)", correspondiendo su pormenorización al planeamiento especial. Tipologías pareadas, adosadas y/o, excepcionalmente, plurifamiliares aisladas, sólo para el cumplimiento de la reserva de vivienda protegida.

COMPENSACIÓN (cuando las personas que ostenten la titularidad de las edificaciones y/o terrenos lo soliciten y constituyan las garantías que aseguren la ejecución de las obras de urbanización. En caso contrario, procederá el cambio de sistema a cooperación)

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

3.- Solucionará los problemas estético-territoriales causados por el asentamiento, mejorando su paisaje urbano intrínseco y el extrínseco, aconsejándose el uso de masas y pantallas vegetales. Asimismo, las ordenanzas de edificación deberán asegurar la integración de la arquitectura con el entorno rural circundante, cualificando la propuesta, evitando en lo posible el impacto negativo de las edificaciones sobre el paisaje del entorno.

B.2.- Determinará las características de las dotaciones, infraestructuras y servicios interiores de la actuación, que serán las apropiadas y proporcionadas al carácter de este tipo de asentamientos y a la opción legal establecida por el Plan General para su mantenimiento futuro (entidad urbanística de conservación). En este sentido, la solución que proponga el Plan Especial para la urbanización interior del asentamiento se regirá por los principios de economía (tanto de ejecución como de mantenimiento) y perdurabilidad, aconsejándose soluciones en plataforma única ejecutadas con materiales resistentes.

1.- La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Especial definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico).

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

B.1.- El Plan Especial incluirá un análisis socioeconómico y urbanístico del asentamiento, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los compatibles. Asimismo incluirá las medidas precisas para la integración territorial, ambiental y paisajística del asentamiento y aquellas que, en su caso, limitan su crecimiento o imposibilitan su extensión, entre otras:

1.- Las necesarias para solucionar adecuadamente tanto la accesibilidad rodada al asentamiento, mejorando las condiciones actuales, como su articulación interior, asegurando la funcionalidad y seguridad de su espacio viario.

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

2.- Las actuaciones SUNC-AU-1, 2 y 3 deberán asumir conjuntamente, mediante la redacción de un único Plan Especial, las obras de vialidad necesarias para integrarse en la estructura urbanística municipal, debiendo ejecutar las conexiones externas con el sistema general viario (carreteras JA-3209 y JA-3200) y las conexiones entre ellas (Tentesón/JA-3209: 311 ml, Tentesón/Tentesón 1ª Fase: 273 ml, Tentesón 2ª Fase/JA-3200: 657 ml), incluyendo la adquisición de los terrenos necesarios. Todas estas cargas conforme al reparto que el Plan Especial determine.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- AU-1 Bellavista-Tentesón

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

OTRAS CONDICIONES:

Zona de influencia forestal: Deberá elaborar plan de autoprotección contra el riesgo de incendio.

ACÚSTICA

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

AFECCIONES:

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Nº 10-Cordel de López Pérez (JA-23050009), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC-AU- 2 Tentesón 1ª Fase

3C[34]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)Superficie (m2s): 38.582

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: ResidencialEdificabilidad global (I E, en m2t/m2s): 0,225

Techo máximo edificable (m2t): 8.681

Área de reparto: AR.SUNC- 2Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,225

Coeficiente: 1

Planeamiento y ejecución: Plan Especial (conjunto AU-1, 2 y 3) - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación:

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación:

Altura máxima edificable: PB+1.Densidad (viv./ha.): 9

Capacidad (nº viv.): 35

B.2.- Determinará las características de las dotaciones, infraestructuras y servicios interiores de la actuación, que serán las apropiadas y proporcionadas al carácter de este tipo de asentamientos y a la opción legal establecida por el Plan General para su mantenimiento futuro (entidad urbanística de conservación). En este sentido, la solución que proponga el Plan Especial para la urbanización interior del asentamiento se regirá por los principios de economía (tanto de ejecución como de mantenimiento) y perdurabilidad, aconsejándose soluciones en plataforma única ejecutadas con materiales resistentes.

2.- Procurará la coherencia, funcionalidad y accesibilidad de las dotaciones que prevea, localizándolas atendiendo a criterios de máxima accesibilidad y legibilidad territorial (se optará por posiciones referenciales fácilmente accesibles).

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicará la edificabilidad global).

OBJETIVOS [A] Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN [B]:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Reserva de vivienda protegida: Se reservarán, para su destino a V.P.O. u otros regímenes de protección pública, los terrenos equivalentes, al menos, al 30% de la edificabilidad residencial correspondiente a las parcelas lucrativas del área (según la ordenación pormenorizada que el PERI establezca) aún no edificadas.

B.1.- El Plan Especial incluirá un análisis socioeconómico y urbanístico del asentamiento, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los compatibles. Asimismo incluirá las medidas precisas para la integración territorial, ambiental y paisajística del asentamiento y aquellas que, en su caso, limitan su crecimiento o imposibilitan su extensión, entre otras:

1.- Las necesarias para solucionar adecuadamente tanto la accesibilidad rodada al asentamiento, mejorando las condiciones actuales, como su articulación interior, asegurando la funcionalidad y seguridad de su espacio viario.

A.- Área de reforma interior delimitada con el objetivo de resolver un problema de orden territorial, social y ambiental, por medio de la integración en la ordenación, y -específicamente- en el sistema general viario municipal, de un asentamiento urbanístico que el Plan General declara expresamente compatible con el modelo urbanístico-territorial que establece. Deberá solicitarse a la Consejería competente el deslinde de la vía pecuaria 23050001 Cañada Real de Los Villares a La Guardia y, en su caso, la desafectación de misma.

3.- La conservación de las obras de urbanización corresponderá a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación.

Ordenanza unifamiliar especial de asentamientos urbanísticos: "Unifamiliar Aislada (AU)", correspondiendo su pormenorización al planeamiento especial. Tipologías pareadas, adosadas y/o, excepcionalmente, plurifamiliares aisladas, sólo para el cumplimiento de la reserva de vivienda protegida.

COMPENSACIÓN (cuando las personas que ostenten la titularidad de las edificaciones y/o terrenos lo soliciten y constituyan las garantías que aseguren la ejecución de las obras de urbanización. En caso contrario, procederá el cambio de sistema a cooperación)

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

1.- La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Especial definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico).

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

3.- Solucionará los problemas estético-territoriales causados por el asentamiento, mejorando su paisaje urbano intrínseco y el extrínseco, aconsejándose el uso de masas y pantallas vegetales. Asimismo, las ordenanzas de edificación deberán asegurar la integración de la arquitectura con el entorno rural circundante, cualificando la propuesta, evitando en lo posible el impacto negativo de las edificaciones sobre el paisaje del entorno.

2.- Las actuaciones SUNC-AU-1, 2 y 3 deberán asumir conjuntamente, mediante la redacción de un único Plan Especial, las obras de vialidad necesarias para integrarse en la estructura urbanística municipal, debiendo ejecutar las conexiones externas con el sistema general viario (carreteras JA-3209 y JA-3200) y las conexiones entre ellas (Tentesón/JA-3209: 311 ml, Tentesón/Tentesón 1ª Fase: 273 ml, Tentesón 2ª Fase/JA-3200: 657 ml), incluyendo la adquisición de los terrenos necesarios. Todas estas cargas conforme al reparto que el Plan Especial determine.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- AU-2 Tentesón 1ª Fase

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos:

ACÚSTICA

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

AFECCIONES:

*Se realizaran estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

A-126 Puente Jontoya.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC-AU- 3 Los Bermejales

3C[34]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)Superficie (m2s): 132.153

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: ResidencialEdificabilidad global (I E, en m2t/m2s): 0,225

Techo máximo edificable (m2t): 29.734

Área de reparto: AR.SUNC- 3Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,225

Coeficiente: 1

Planeamiento y ejecución: Plan Especial (conjunto AU-1, 2 y 3) - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación:

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación:

Altura máxima edificable: PB+1.Densidad (viv./ha.): 9

Capacidad (nº viv.): 119

B.2.- Determinará las características de las dotaciones, infraestructuras y servicios interiores de la actuación, que serán las apropiadas y proporcionadas al carácter de este tipo de asentamientos y a la opción legal establecida por el Plan General para su mantenimiento futuro (entidad urbanística de conservación). En este sentido, la solución que proponga el Plan Especial para la urbanización interior del asentamiento se regirá por los principios de economía (tanto de ejecución como de mantenimiento) y perdurabilidad, aconsejándose soluciones en plataforma única ejecutadas con materiales resistentes.

3.- Solucionará los problemas estético-territoriales causados por el asentamiento, mejorando su paisaje urbano intrínseco y el extrínseco, aconsejándose el uso de masas y pantallas vegetales. Asimismo, las ordenanzas de edificación deberán asegurar la integración de la arquitectura con el entorno rural circundante, cualificando la propuesta, evitando en lo posible el impacto negativo de las edificaciones sobre el paisaje del entorno.

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicará la edificabilidad global).

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Reserva de vivienda protegida: Se reservarán, para su destino a V.P.O. u otros regímenes de protección pública, los terrenos equivalentes, al menos, al 30% de la edificabilidad residencial correspondiente a las parcelas lucrativas del área (según la ordenación pormenorizada que el PERI establezca) aún no edificadas.

1.- Las necesarias para solucionar adecuadamente tanto la accesibilidad rodada al asentamiento, mejorando las condiciones actuales, como su articulación interior, asegurando la funcionalidad y seguridad de su espacio viario.

A.- Área de reforma interior delimitada con el objetivo de resolver un problema de orden territorial, social y ambiental, por medio de la integración en la ordenación, y -específicamente- en el sistema general viario municipal, de un asentamiento urbanístico que el Plan General declara expresamente compatible con el modelo urbanístico-territorial que establece.

B.1.- El Plan Especial incluirá un análisis socioeconómico y urbanístico del asentamiento, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los compatibles. Asimismo incluirá las medidas precisas para la integración territorial, ambiental y paisajística del asentamiento y aquellas que, en su caso, limitan su crecimiento o imposibilitan su extensión, entre otras:

3.- La conservación de las obras de urbanización corresponderá a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación.

Ordenanza unifamiliar especial de asentamientos urbanísticos: "Unifamiliar Aislada (AU)", correspondiendo su pormenorización al planeamiento especial. Tipologías pareadas, adosadas y/o, excepcionalmente, plurifamiliares aisladas, sólo para el cumplimiento de la reserva de vivienda protegida.

COMPENSACIÓN (cuando las personas que ostenten la titularidad de las edificaciones y/o terrenos lo soliciten y constituyan las garantías que aseguren la ejecución de las obras de urbanización. En caso contrario, procederá el cambio de sistema a cooperación)

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

OBJETIVOS [A] Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN [B]:

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:1.- La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Especial definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico).

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

2.- Procurará la coherencia, funcionalidad y accesibilidad de las dotaciones que prevea, localizándolas atendiendo a criterios de máxima accesibilidad y legibilidad territorial (se optará por posiciones referenciales fácilmente accesibles).

2.- Las actuaciones SUNC-AU-1, 2 y 3 deberán asumir conjuntamente, mediante la redacción de un único Plan Especial, las obras de vialidad necesarias para integrarse en la estructura urbanística municipal, debiendo ejecutar las conexiones externas con el sistema general viario (carreteras JA-3209 y JA-3200) y las conexiones entre ellas (Tentesón/JA-3209: 311 ml, Tentesón/Tentesón 1ª Fase: 273 ml, Tentesón 2ª Fase/JA-3200: 657 ml), incluyendo la adquisición de los terrenos necesarios. Todas estas cargas conforme al reparto que el Plan Especial determine.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- AU-3 Los Bermejales

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

OTRAS CONDICIONES:

Zona de influencia forestal: Deberá elaborar plan de autoprotección contra el riesgo de incendio.

ACÚSTICASegún Zonificación Acústica General del Municipio.

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

AFECCIONES:

Nº 2-Cañada Real de Los Villares a La Guardia (23050001), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 79: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC-AU- 4 Cerro Molina

3C[17,18,24]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)Superficie (m2s): 479.159

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: ResidencialEdificabilidad global (I E, en m2t/m2s): 0,225

Techo máximo edificable (m2t): 107.811

Área de reparto: AR.SUNC- 4Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,225

Coeficiente: 1

Planeamiento y ejecución: Plan Especial - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación:

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación:

Altura máxima edificable: PB+1.Densidad (viv./ha.): 9

Capacidad (nº viv.): 431

Clase y categoría de suelo:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Reserva de vivienda protegida: Se reservarán, para su destino a V.P.O. u otros regímenes de protección pública, los terrenos equivalentes, al menos, al 30% de la edificabilidad residencial correspondiente a las parcelas lucrativas del área (según la ordenación pormenorizada que el PERI establezca) aún no edificadas.

Ordenanza unifamiliar especial de asentamientos urbanísticos: "Unifamiliar Aislada (AU)", correspondiendo su pormenorización al planeamiento especial. Tipologías pareadas, adosadas y/o, excepcionalmente, plurifamiliares aisladas, sólo para el cumplimiento de la reserva de vivienda protegida.

B.1.- El Plan Especial incluirá un análisis socioeconómico y urbanístico del asentamiento, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los compatibles. Asimismo incluirá las medidas precisas para la integración territorial, ambiental y paisajística del asentamiento y aquellas que, en su caso, limitan su crecimiento o imposibilitan su extensión, entre otras:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

OBJETIVOS [A] Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN [B]:A.- Área de reforma interior delimitada con el objetivo de resolver un problema de orden territorial, social y ambiental, por medio de la integración en la ordenación, y -específicamente- en el sistema general viario municipal, de un asentamiento urbanístico que el Plan General declara expresamente compatible con el modelo urbanístico-territorial que establece.

3.- Solucionará los problemas estético-territoriales causados por el asentamiento, mejorando su paisaje urbano intrínseco y el extrínseco, aconsejándose el uso de masas y pantallas vegetales. Asimismo, las ordenanzas de edificación deberán asegurar la integración de la arquitectura con el entorno rural circundante, cualificando la propuesta, evitando en lo posible el impacto negativo de las edificaciones sobre el paisaje del entorno.

COMPENSACIÓN (cuando las personas que ostenten la titularidad de las edificaciones y/o terrenos lo soliciten y constituyan las garantías que aseguren la ejecución de las obras de urbanización. En caso contrario, procederá el cambio de sistema a cooperación)

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

B.2.- Determinará las características de las dotaciones, infraestructuras y servicios interiores de la actuación, que serán las apropiadas y proporcionadas al carácter de este tipo de asentamientos y a la opción legal establecida por el Plan General para su mantenimiento futuro (entidad urbanística de conservación). En este sentido, la solución que proponga el Plan Especial para la urbanización interior del asentamiento se regirá por los principios de economía (tanto de ejecución como de mantenimiento) y perdurabilidad, aconsejándose soluciones en plataforma única ejecutadas con materiales resistentes.

1.- Las necesarias para solucionar adecuadamente tanto la accesibilidad rodada al asentamiento, mejorando las condiciones actuales, como su articulación interior, asegurando la funcionalidad y seguridad de su espacio viario.

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

2.- Procurará la coherencia, funcionalidad y accesibilidad de las dotaciones que prevea, localizándolas atendiendo a criterios de máxima accesibilidad y legibilidad territorial (se optará por posiciones referenciales fácilmente accesibles).

2.- La conservación de las obras de urbanización corresponderá a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación.

1.- La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Especial definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico).

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- AU-4 Cerro Molina

DOMINIO PÚBLICO:

Sistema General Viario: A-6001 (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

ACÚSTICA

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 81: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC-AU- 5 La Manseguilla

3C[24]

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SUNC)Superficie (m2s): 324.007

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

Uso global: ResidencialEdificabilidad global (I E, en m2t/m2s): 0,225

Techo máximo edificable (m2t): 72.902

Área de reparto: AR.SUNC- 5Aprovechamiento medio (UAs/m2s): 0,225

Coeficiente: 1

Planeamiento y ejecución: Plan Especial - Proyecto de Reparcelación - Proyecto de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación:

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación:

Altura máxima edificable: PB+1.Densidad (viv./ha.): 9

Capacidad (nº viv.): 291

A.- Área de reforma interior delimitada con el objetivo de resolver un problema de orden territorial, social y ambiental, por medio de la integración en la ordenación, y -específicamente- en el sistema general viario municipal, de un asentamiento urbanístico que el Plan General declara expresamente compatible con el modelo urbanístico-territorial que establece.

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del área, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Se reservarán, para su destino a V.P.O. u otros regímenes de protección pública, los terrenos equivalentes, al menos, al 30% de la edificabilidad residencial correspondiente a las parcelas lucrativas del área (según la ordenación pormenorizada que el PERI establezca) aún no edificadas.

Reserva de vivienda protegida:

B.1.- El Plan Especial incluirá un análisis socioeconómico y urbanístico del asentamiento, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los compatibles. Asimismo incluirá las medidas precisas para la integración territorial, ambiental y paisajística del asentamiento y aquellas que, en su caso, limitan su crecimiento o imposibilitan su extensión, entre otras:

1.- Las necesarias para solucionar adecuadamente tanto la accesibilidad rodada al asentamiento, mejorando las condiciones actuales, como su articulación interior, asegurando la funcionalidad y seguridad de su espacio viario.

Ordenanza unifamiliar especial de asentamientos urbanísticos: "Unifamiliar Aislada (AU)", correspondiendo su pormenorización al planeamiento especial. Tipologías pareadas, adosadas y/o, excepcionalmente, plurifamiliares aisladas, sólo para el cumplimiento de la reserva de vivienda protegida.

3.- La conservación de las obras de urbanización corresponderá a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación.

2.- Procurará la coherencia, funcionalidad y accesibilidad de las dotaciones que prevea, localizándolas atendiendo a criterios de máxima accesibilidad y legibilidad territorial (se optará por posiciones referenciales fácilmente accesibles).

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

3.- Solucionará los problemas estético-territoriales causados por el asentamiento, mejorando su paisaje urbano intrínseco y el extrínseco, aconsejándose el uso de masas y pantallas vegetales. Asimismo, las ordenanzas de edificación deberán asegurar la integración de la arquitectura con el entorno rural circundante, cualificando la propuesta, evitando en lo posible el impacto negativo de las edificaciones sobre el paisaje del entorno.

OBJETIVOS [A] Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN [B]:

COMPENSACIÓN (cuando las personas que ostenten la titularidad de las edificaciones y/o terrenos lo soliciten y constituyan las garantías que aseguren la ejecución de las obras de urbanización. En caso contrario, procederá el cambio de sistema a cooperación)

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

B.2.- Determinará las características de las dotaciones, infraestructuras y servicios interiores de la actuación, que serán las apropiadas y proporcionadas al carácter de este tipo de asentamientos y a la opción legal establecida por el Plan General para su mantenimiento futuro (entidad urbanística de conservación). En este sentido, la solución que proponga el Plan Especial para la urbanización interior del asentamiento se regirá por los principios de economía (tanto de ejecución como de mantenimiento) y perdurabilidad, aconsejándose soluciones en plataforma única ejecutadas con materiales resistentes.

2.- Deberá ejecutar las conexiones externas con la red viaria general (La Manseguilla/A-6001: 221 ml, La Manseguilla/Calle Vega del Molinero: 255 ml), incluyendo la adquisición de los terrenos necesarios.

(tendrá la consideración de ordenación pormenorizada preceptiva el índice de edificabilidad global).

1.- La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Especial definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los correspondientes Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico).

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 82: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SUNC- AU-5 La Manseguilla

DOMINIO PÚBLICO:

Cauce fluvial:

ACÚSTICA

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

AFECCIONES:

Arroyo del Allozar, se modifican los límites del sector para excluir el DPH, zona de servidumbre y zona inundable de 500 años.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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4. SUELO URBANIZABLE ORDENADO (SURO)

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Superficie Uso

m2s

SURO- 1 (SUNP-10) 29.105 Terciario

SURO- 2 (SUP-II-1) 219.670 Residencial

SURO- 3 (SUP-II-2) 187.007 Residencial

SURO- 4 (SUNP-8) 418.000 Residencial

SURO- 5 (SURO-T1) 159.754 Terciario

SURO- 6 Terciario Este 324.724 Terciario

SURO- RE4 (SUP-I-2) 805.335 Residencial

TOTAL 2.143.594

SUELO URBANIZABLE ORDENADO

SURO

Actuaciones

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 86: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 87: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURO- 1 (SUNP-10)

3.C.[28], 3.O.[26]

Total: 29.105

S.G.: 2.700

Sup. sin S.G.: 26.405Uso global: Terciario

Iniciativa de Planeamiento: PrivadaSistema de Actuación: Compensación

Instrumentos de Desarrollo y Gestión:

-

1. OBJETIVOS:

2. CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

EDIFICABILIDAD GLOBAL (m²/m²): 0,65COEFICIENTE DE USO: 1,00

APROVECHAMIENTO TOTAL: 17.409,45APROVECHAMIENTO (u.a.): 0,60

NIVEL DE DENSIDAD: -

RESERVAS MÍNIMAS PARA DOTACIONES LOCALES (m² SUELO): Espacios Libres: 2.644

Equipamientos: 1.060

Viario y Aparcamientos: 6.635

Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio según Titulo XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General Zonificación Acústica (Serie 3.R).

Reserva de Vivienda Protegida:

Programar el desarrollo a medio plazo de una oferta de suelo terciario urbanizado con el objetivo principal de crear plazas hoteleras.

La ordenación se adecuará a las condiciones recogidas en el ANEXO I (condiciones derivadas de la declaración definitiva de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de Jaén de la Consejería de Medio Ambiente) del Plan de Sectorización del Sector.Se deberán de cumplir las siguientes condiciones referidas a la adopción de medidas protectoras y correctoras adicionales:

1. La Vía Pecuaria denominada "Cordel del Camino del Calvario", con una anchura legal de 37,61 metros, deberá tener la consideración de Suelo No Urbanizable de Especial Protección, de acuerdo al art. 39 del Decreto 155/98, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Así se repeta la anchura legal de la Vía Pecuaria, dejando libres los terrenos pertenecientes a la misma, integrándolos en los sistemas de Espacios Libres. Esta circunstancia aparecerá reflejada también en los planos, de manera que quedeexcluida de la Modificación Puntual la franja de la Vía Pecuaria, que ocupa el borde de la parcela.

Localización en planos (serie [número/s]):

CONDICIONES DE DESARROLLO DEL ÁREA:

Clase y categoría de suelo: SUELO URBANIZABLE ORDENADO

Según PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓNAprobado Definitivamente 29/10/2004 (BOJA 29/11/2004)

2. Para acceder a la parcela será necesario atravesar la Vía Pecuaria "Camino del Calvario" anteriormente citada, por lo cual con carácter previo a su realización deberá obtener el correspondiente permiso de la Delegación Provincial de Medio Ambiente, teniendo en cuenta entre otras condiciones que:

Superficie (m2s):

Deberá redactarse el correspondiente Proyecto de Urbanización.

2.1. En la Vía Pecuaria no se podrán interponer obstáculo ni cerramiento alguno.

2.2. No se podrá instalar ningún tipo de equipamiento en la Vía Pecuaria.2.3. Las obras que se realicen deberán cumplir las vigentes disposiciones sobre la materia y realizarse con las debidasgarantías de seguridad, no interrumpiendo en ningún momento el tránsito ganadero ni los usos compatibles y complementarios que se recogen en la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

3.OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

2.4. No se podrán utilizar obras de fábrica ni emplear materiales bituminosos, ni cualquier otro tipo de pavimentación que no sea la realizada con zahorras graveras.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 88: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 89: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURO- 2 (SUP-II-1)

3.C.[21], 3.O.[19]

Total: 219.670

S.G.: 9.933

Sup. sin S.G.: 209.737Uso global: ResidencialIniciativa de Planeamiento: PrivadaSistema de Actuación: Compensación

Instrumentos de Desarrollo y Gestión:

1. OBJETIVOS:

2. CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

EDIFICABILIDAD POR USOS LUCRATIVOS (m²) CONSTRUIDOS:

Colectiva Unifamiliar Colectiva Unifamiliar Intensiva Extensiva Terciario Total11.250 16.875 81.352 29.468 0 0 16.061 155.007

APROVECHAMIENTO TOTAL DEL SECTOR (u.a.): 0

APROVECHAMIENTO MEDIO (u.a./m²): 0,78057

EXCESO DE APROVECHAMIENTO TRAS COMPENSAR S.G. (u.a.): 29.520

NIVEL DE DENSIDAD:

RESERVAS MÍNIMAS PARA DOTACIONES LOCALES (m² SUELO): Espacios Libres: 25.298

Escolar: 13.680

Deportivo: 9.120

Usos Alternativos: 5.000

Sistema Viario: 73.054

La cesión de la zona verde local se situará, en parte, junto al SGEL interior.

Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio según Titulo XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General Zonificación Acústica (Serie 3.R).

4. OBSERVACIONES:

El sector podrá incrementar su densidad hasta un máximo del 20% sin que este incremento tenga carácer estructural.

Plazo ejecución V.P.O.:

Industria

Obtener una parte de sistemas generales de espacios libres del borde este de la ciudad definido por el PGOU 96 para reequilibrar la distribución espacial de este sistema.

Residencial

Reserva de Vivienda Protegida:

Programar el desarrollo de la ciudad proporcionando una oferta diversificada de viviendas de las que, al menos, 300 serán de tipología unifamiliar.

Dar respuesta a la fuerte demanda de usos de residencia unifamiliar, que se ubicará en la zona interior del sector, implantando vivienda colectiva en su zona este para efectuar la transición hacia las zonas colindantes.

4 años desde la entrada en vigor del PGOU.

Obtener un parque urbano del sistema general que separe del ferrocarril los nuevos desarrollos residenciales del oeste del núcelo urbano y que reduzca los déficits de esta parte de la ciudad, especialmente del Barrio de Peñamefécit, con el que se conectará.

Superficie (m2s):

Localización en planos (serie [número/s]):

CONDICIONES DE DESARROLLO DEL ÁREA:

Clase y categoría de suelo: SUELO URBANIZABLE ORDENADO

3.OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

Según PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓNAprobado Definitivamente 10/10/2006 (BOP 17/03/2007)

Deberá redactarse el correspondiente Proyecto de Urbanización.

28.125 m² techo.

Protegida Libre

SISTEMAS GENERALES: además de los 9.932,92 m² de Sistemas Generales de Espacios Libres incluidos, este sector tiene adscritos otros 25.600 m² correspondientes al SG.SURO-S7 (antiguo PUR 2.16 del PGOU 1996).

OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA:

ALTA (más de 50 y hasta 75 viviendas por hectárea)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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Page 91: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURO- 3 (SUP-II-2)

3.C.[20, 21], 3.O.[18, 19]

Total: 187.007

S.G.: 16.270

Sup. sin S.G.: 170.737

Residencial

PrivadaSistema de Actuación: Compensación

Instrumentos de Desarrollo y Gestión:

1. OBJETIVOS:

2. CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

EDIFICABILIDAD POR USOS LUCRATIVOS (m²) CONSTRUIDOS:

Colectiva Unifamiliar Colectiva Unifamiliar Intensiva Extensiva Terciario Total

11.250 13.613 65.477 23.558 0 0 13.620 127.518

APROVECHAMIENTO TOTAL DEL SECTOR (u.a.): 133.274APROVECHAMIENTO MEDIO (u.a./m²): 0,78058EXCESO DE APROVECHAMIENTO TRAS COMPENSAR S.G. (u.a.): 19.033

NIVEL DE DENSIDAD:

RESERVAS MÍNIMAS PARA DOTACIONES LOCALES (m² SUELO): Espacios Libres: 21.600,00

Escolar: 12.620,45

Deportivo: 8.217,80

Usos Alternativos: 4.769,55

Sistema Viario: 55.958,34

Total: 103.166,14

El sector podrá incrementar su densidad hasta un máximo del 20% sin que este incremento tenga carácer estructural.

3.OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

1. La cesión de zona verde local se situará en su totalidad junto al SGEL para obtener un espacio libre con dimensiones suficientes para albergar instalaciones deportivas locales.

Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio según Titulo XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General Zonificación Acústica (Serie 3.R).

4. OBSERVACIONES:

Plazo ejecución V.P.O.:

Protegida Libre Industria

Programar el desarrollo de la ciudad proporcionando una oferta diversificada de viviendas de las que, al menos, 250 serán en tipología unifamiliar.

Obtener un parque urbano del sistema general que separe del ferrocarril los nuevos desarrollos residenciales del oeste del núcelo urbano y que reduzca los déficits de esta parte de la ciudad, especialmente del Barrio de Peñamefécit, con el que se conectará.

Obtener una parte de sistemas generales de espacios libres del borde este de la ciudad definido por el PGOU 96 para reequilibrar la distribución espacial de este sistema.

Residencial

Uso globlal:

Reserva de Vivienda Protegida: 24.863 m² techo.

CONDICIONES DE DESARROLLO DEL ÁREA:

SUELO URBANIZABLE ORDENADOClase y categoría de suelo:

Superficie (m2s):

Localización en planos (serie [número/s]):

Iniciativa de Planeamiento:

Según PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓNAprobado Definitivamente 09/10/2008 (BOP 09/03/2009)

Deberá redactarse el correspondiente Proyecto de Urbanización.

4 años desde la entrada en vigor del PGOU.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA:

SISTEMAS GENERALES: Además de los 16.260 m² de Sistemas Generales de Espacios Libres incluidos, este sector tiene adscritos otros 3.950 m² correspondientes al SG.SURO-S6 (PUR 2.15 del PGOU 1996).

ALTA (más de 50 y hasta 75 viviendas por hectárea)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURO- 4 (SUNP-8) CERRO MOLINA

3.C.[12, 17, 18], 3.O.[09, 10, 15, 16]

Total: 418.000

S.G.: 42.775

Sup. sin S.G.: 384.000

Residencial

Privada, con concurso público.Sistema de Actuación: -

Instrumentos de Desarrollo y Gestión:

-

1. OBJETIVOS:

2. CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

EDIFICABILIDAD MÁXIMA: 0,2 m²/m²

EDIFICABILIDAD LUCRATIVA MÁXIMA: 0,180 m²/m² sobre la superficie bruta excluidos Sistemas Generales.

SUPERFICIE TOTAL USOS LUCRATIVOS (m² SUELO): Residencial y Terciario: 259.656NIVEL DE DENSIDAD: BAJA (más de 5 y hasta 15 viviendas por hectárea)

RESERVAS MÍNIMAS PARA DOTACIONES LOCALES (m² SUELO): Espacios Libres: 38.400Escolar: 7.500Deportivo: 11.000

Equip. social-comercial: 1.400

Zona de servicios: 1.965

Viario y aparcamientos: 55.034

3. OBSERVACIONES:

Introducir una dotación del sistema general de Espacios Libres al servicio del conjunto de la zona.

Complementar las reservas de suelo para usos dotacionales fijadas en el el suelo urbano y urbanizable programado de Cerro Moreno para dar servicio al conjunto de la población prevista en la zona.

El abastecimiento de agua se realizará desde el depósito existente con una ampliación de la red principal de difusión.

Reserva de Vivienda Protegida:

Aumentar la oferta de vivienda unifamiliar fuera de la ciudad para reducir la presión de localización de esta tipologías en la Vega de Guadalbullón.

La canalización de las aguas residuales se conectará el Colector I del Proyecto de Saneamiento de la Vega de los Ríos.

Uso global:

Iniciativa de Planeamiento:

Deberá redactarse el correspondiente Proyecto de Urbanización.

Localización en planos (serie [número/s]):

CONDICIONES DE DESARROLLO DEL ÁREA:

Superficie (m2s):

Clase y categoría de suelo: SUELO URBANIZABLE ORDENADO

Según ESTUDIO DE DETALLEAprobado Definitivamente 31/07/2008 (BOP 03/09/2008)

Según PLAN PARCIALAprobado Definitivamente 16/02/2005 (BOP 24/11/2006)

Facilitar la mejora de las dotaciones y servicios con que cuenta la Urbanización Cerro Molina.

3.OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio según Titulo XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General Zonificación Acústica (Serie 3.R).

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURO- 5 (SURO-T1) VACIACOSTALES

3.C.[10], 3.O.[05, 07, 08]

Total: 159.754

S.G.: 13.030,80

Sup. sin S.G.: 146.722,95

Terciario

PrivadaSistema de Actuación: Compensación

Instrumentos de Desarrollo y Gestión:

-

1. OBJETIVOS:

2. CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

EDIFICABILIDAD POR USOS LUCRATIVOS (m²) CONSTRUIDOS: Terciario Grado B: 19.261,40

Terciario Grado A: 40.000

APROVECHAMIENTO TOTAL DEL SECTOR (u.a.): 59.261,40

APROVECHAMIENTO MEDIO (u.a./m²): 0,370954672CESIÓN DE APROVECHAMIENTO AL AYTO. (u.a.): 5.926,14

NIVEL DE DENSIDAD: -

RESERVAS MÍNIMAS PARA DOTACIONES LOCALES (m² SUELO): Espacios Libres: 14.672,30

5.868,92

Viario y Aparcamientos: 24.911,42

3. OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

1. La ordenación detallada del sector implica la modificación del viario y los aparcamientos actuales, aplicándose la dotación prevista en la Modificación Puntual del PGOU de Jaén en la Zona de Vaciacostales.

2. El ámbito se está sometiendo a trámite de prevención ambiental. Por lo tanto, deberá cumplir los condicionantes establecidos en el informe previo de valoración ambiental de fecha 19/04/2012.

3. Se cumplirá con los requisitos del Texto Refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio según Titulo XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General Zonificación Acústica (Serie 3.R).

Dotar a la ciudad de instalaciones comerciales en gran superficie de carácter minorista, así como cerrar de la forma más correcta posible zonas de suelo de difícil aprovechamiento.

Aportar dotaciones complementarias que cubran las nuevas demandas urbanas generadas.

Sistema de Interés Público y Social:

SUELO URBANIZABLE ORDENADO

Uso global:

Reserva de Vivienda Protegida:

Localización en planos (serie [número/s]):

CONDICIONES DE DESARROLLO DEL ÁREA:

Iniciativa de Planeamiento:

Clase y categoría de suelo:

Superficie (m2s):

Según MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOUAprobado Inicialmente 29/07/2011 (BOP 16/08/2011)

Uso pormenorizado: Gran Superficie Minorista

Deberá redactarse el correspondiente Proyecto de Urbanización.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURO- 6 TERCIARIO ESTE

3.C.[15, 16, 22], 3.O.[14]

Total: 324.724

S.G.: 66.227

Sup. sin S.G.: 258.496

Terciario

PrivadaSistema de Actuación: Compensación

Instrumentos de Desarrollo y Gestión:

1. OBJETIVOS:

2. CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

EDIFICABILIDAD POR USOS LUCRATIVOS (m²) CONSTRUIDOS: Terciario gran sup. minorista: 83.752,77

Residencial libre: 31.019,54

Residencial protegida: 9.305,86

Total: 124.078,17

APROVECHAMIENTO TOTAL DEL SECTOR (u.a.): 147.342,83

APROVECHAMIENTO MEDIO (u.a./m²): 0,4537CESIÓN DE APROVECHAMIENTO AL AYTO. (u.a.): 14.734,28

NIVEL DE DENSIDAD:

RESERVAS MÍNIMAS PARA DOTACIONES LOCALES (m² SUELO): Parques y jardines: 28.946,33

Centros docentes: 7.084,85

Deportivo: 2.790,70

Otros: 2.762,20

Total: 41.584,08

Superficie (m2s):

Concretar la implantación, desarrollo y ejecución de una actuación comercial, en la tipología de gran superficie de carácter minorista.

Iniciativa de Planeamiento:

Uso global:

9.306 m² techo.

Según INNOVACIÓN DEL PGOU

Deberá redactarse el correspondiente Proyecto de Urbanización.

Aportar dotaciones complementarias que cubran las nuevas demandas urbanas generadas. Ejecutar el viario de conexión al sector y a la Ciudad Sanitaria, la rotonda de conexión norte-sur en la actual N-323, los correspondientes sistemas generales de espacios libres y ceder parte de la Ciudad Sanitaria.

Uso pormenorizado: Gran Superficie Minorista

Plazo ejecución V.P.O.:

Localización en planos (serie [número/s]):

CONDICIONES DE DESARROLLO DEL ÁREA:

Clase y categoría de suelo: SUELO URBANIZABLE ORDENADO

Reserva de Vivienda Protegida: 4 años desde la entrada en vigor del PGOU.

MEDIA-BAJA (más de 15 y hasta 30 viviendas por hectárea)

3. OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

1. Se cumplirá con los requisitos del Texto Refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA:

Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio según Titulo XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General Zonificación Acústica (Serie 3.R).

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURO- RE4 (SUP-I-2) CERRO MORENO 2ª FASE

3.C.[08, 12, 17, 18], 3.O.[06, 09, 10, 15]

Total: 805.335

S.G.: 0

Sup. sin S.G.: 805.335

Privada

EDIFICABILIDAD POR USOS LUCRATIVOS (m²) CONSTRUIDOS: 170.175

NÚMERO DE VIVIENDAS: UNIFAMILIARES AISLADAS: 194PLURIFAMILIARES CIUDAD JARDÍN: 1.087TOTAL: 1.281

APROVECHAMIENTO TOTAL DEL SECTOR (u.a.): 166.050APROVECHAMIENTO MEDIO (u.a./m²): 0,206187EXCESO DE APROVECHAMIENTO TRAS COMPENSAR S.G. (u.a.): 27.453NIVEL DE DENSIDAD:

RESERVAS MÍNIMAS PARA DOTACIONES LOCALES (m² SUELO): Espacios Libres*: 244.529

Escolar: 14.100

Deportivo: 9.400

Usos Alternativos**: 7.960

Total: 275.989

Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio según Titulo XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General Zonificación Acústica (Serie 3.R).

4. OBSERVACIONES

Iniciativa de Planeamiento:

Sistema de Actuación:

SUELO URBANIZABLE ORDENADO

Superficie (m2s):

Deberá redactarse el correspondiente Proyecto de Urbanización.

Facilitar la oferta de vivienda unifamiliar fuera de la ciudad para reducir la presión de localización de esta tipología en la Vega de Guadalbullón.

Colaborar a resolver los déficits de dotaciones y sevicios que presentan los asentamientos actuales del suelo urbano de Cerro Moreno 1ª Fase, del núcleo de Cerro Molina y de las urbanizaciones próximas situadas en la vega de Guadalbullón entre Puente Nuevo y Puente Tablas.

Instrumentos de Desarrollo y Gestión:

1. OBJETIVOS:

Según PPO aprobado

Deberá adaptar el PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN aprobado a la zonificación propuesta en los planos de ordenación del PGOU.

Localización en planos (serie [número/s]):

CONDICIONES DE DESARROLLO DEL ÁREA:

Clase y categoría de suelo:

*Al menos 30.000 m² se localizarán en el borde suroeste, en contacto con el S.G., de espacios libres del SURO-4.

2. CRITERIOS DE ORDENACIÓN:

MEDIA-BAJA (más de 15 y hasta 30 viviendas por hectárea)

Compensación

Según PPO aprobado Plazo ejecución V.P.O.:

Recoger las expectativas de desarrollo de un suelo que ya estaba clasificad como urbanizable (con Plan Parcial aprobado) en el PGOU del 87.

Reserva de Vivienda Protegida:

3. OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

**Se incluye específicamente el equipamiento sanitario y social-asistencial al servicio del conjunto de la población correspondiente a las 1.924 viviendas previstas en toda el área de Cerro Moreno-Cerro Molina.

El abastecimiento de agua se realizará desde el depósito existente, con una ampliación de la red principal. Si no se ha ejecutado el Proyecto de Abastecimiento que la diputación tiene previsto realizar se justificará documentalmente que la dotación y calidad de las captaciones subterráneas necesarias permiten cumplir las determinaciones de las Normas Urbanísticas.

SISTEMAS GENERALES ADSCRITOS: 36.060 m² del Sistema General de Espacios Libres correspondientes a una parte del SG.SURO-S5 (PUR-1-10 del PGOU 1996).

La red de saneamiento conectará al Colector I del Proyecto de Saneamiento de la Vega de los Ríos. El abastecimiento de agua se realizará desde el depósito existente, con una ampliación de la red principal. Si no se ha ejecutado el Proyecto de Abastecimiento previsto por la Diputacion, se justificará documentalmente que la dotación y calidad de las captaciones subterráneas necesarias permiten cumplir las determinaciones de las Normas Urbanísticas.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA:

1. Se aplicarán las condiciones de protección de vías pecuarias a los Cordeles de Baeza y Torremocha.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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5. SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Superficie Uso global

m2s

SURS- RO1 (Residencial Oeste I) 335.830 Residencial

SURS- RO2 (Residencial Oeste II) 288.456 Residencial

SURS- RO3 (Residencial Oeste III) 159.273 Residencial

SURS- RS2 (Cerro Almodóvar) 172.565 Residencial

SURS- RS1 (Cerro Almagro I) 335.375 Residencial

1.291.499

SURS- TS2 (Terciario Vega de la Reina) 52.302 Terciario

SURS- TN2 (Ciudad del Transporte) 279.412 Terciario

SURS- TO1 (Terciario Oeste) 23.656 Terciario

SURS- TS1 (Ampliación Llanos del Valle) 70.673 Terciario

SURS- IN1 (Ampliación P. Ind. Empresarial Nuevo Jaén) 277.737 Industrial

SURS- IO1 (Parque Agrícola) 318.014 Industrial

1.021.794

DO

T.

PRIV

ADO

SURS- DS1 (Dotacional sur) 115.860 Dotacional privado

115.860

2.429.153

Superficie Uso

m2s

SG. SURS-S3 (Parque San Eufrasio I) 66.877 Espacios libres públicos

SG. SURS-S4 (Parque San Eufrasio II) 7.444 Espacios libres públicos

SG. SURS-N1 (Estación Intermodal) 188.438 Dotacional público

SG. SURS-N2 (Grandes Eventos I) 104.356 Dotacional público

SG. SURS-E2 (Ciudad Sanitaria) 189.181 Dotacional público

SG. SURS-S1 (Ampliación Universidad) 132.088 Dotacional público

SGI. 1 (Ampliación Subestación) 9.039 Infraestructuras

697.423

3.126.576TOTAL SECTORES Y SISTEMAS GENERALES

SURS

IND

UST

RIA

LES

Y TE

RC

IAR

IOS

SUBTOTAL

SUBTOTAL

Actuaciones

TOTAL

TOTAL

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO

SUBTOTAL

Actuaciones

RES

IDEN

CIA

LES

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[14,15,20,21]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 335.830

Sí. Los determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido.57.611(destinados a compensar a propietarios afectados por los sistemas generales adscritos).Residencial0,85

Techo máximo edificable (m2t): 285.456(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).Muy Alta: más 75 viviendas por hectárea.AR.SURS-R.I0,7208

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y ejecución: Plan Parcial de Ordenación - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: A determinar por el planeamiento de desarrollo.Sistema de actuación: COOPERACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Plurifamiliares. Ordenación en edificación abierta con ocupación máxima neta del 65%.Altura máxima edificable: PB+5+ático.Densidad (viv./ha.): 95

Capacidad (nº viv.): 3.190

Clase y categoría de suelo:

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

Uso global:

Edificabilidad global (I E, en m2t/m2s):

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

Sistemas generales adscritos:

Específicos: Las reservas para dotaciones exigidas por la LOUA se situarán estratégicamente en la ordenación propuesta, creando nuevas centralidades urbanas dentro del sector. Se resolverán los bordes del sector en contacto con la ciudad consolidada, respetando y solucionando las continuidades urbanas pretendidas.

La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

2.- Se ejecutará en tres fases, cuya delimitación corresponderá al Plan Parcial de ordenación.3.- En las zonas verdes se admitirá, con carácter complementario, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social, no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante, sin perjuicio de la constitución -en su caso- de derechos de superficie en estos bienes. La ocupación máxima con usos complementarios será del 20% de la superficie total del parque, correspondiendo al Plan Parcial la determinación de los terrenos sobre los que podrán desarrollarse dichos usos coadyuvantes, siendo la edificabilidad neta (que no computará en el cálculo de la edificabilidad del sector) un metro cuadrado de techo por cada metro cuadrado de suelo destinado a usos complementarios.

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

Se reservarán los terrenos equivalentes, al menos, al 50% de la edificabilidad residencial del sector para su destino a viviendas protegidas, calificando el Plan Parcial el suelo necesario con el uso pormenorizado de vivienda protegida.

RO1 (Residencial Oeste I)

Localización en planos (serie [número/s]):

Excesos de aprovechamiento en UAs:

Área de reparto:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Reserva de vivienda protegida:

Nivel de densidad:

Generales: Delimitación, sobre terrenos colindantes con el núcleo urbano principal existente, de un sector de extensión residencial de escala suficiente e idónea para absorber parte del crecimiento previsible, quedando integrado el nuevo desarrollo urbanístico con la ciudad ya consolidada, complementando el modelo heredado de ciudad compacta y funcional.

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

OBJETIVOS:

Aprovechamiento medio (UAs/m2s):

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 106: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos:

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

*Se realizaran estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

A-32 Carretera al Villar de Cuevas; A-58 El Molinillo; A-60 El Molinillo II; A-93 Managua; A-106 Norte Molinillo y A-121 Oeste Fábrica de Pinturas.

RO1 (Residencial Oeste I)

AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 107: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[14,15,20,21]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 288.456

Sí. Los determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido.49.484(destinados a compensar a propietarios afectados por los sistemas generales adscritos).Residencial0,85

Techo máximo edificable (m2t): 245.188(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).Muy Alta: más 75 viviendas por hectárea.AR.SURS-R.I0,7208

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y ejecución: Plan Parcial de Ordenación - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: A determinar por el planeamiento de desarrollo.Sistema de actuación: COOPERACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Plurifamiliares. Ordenación en edificación abierta con ocupación máxima neta del 65%.Altura máxima edificable: PB+5+ático.Densidad (viv./ha.): 95

Capacidad (nº viv.): 2.740

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:

Específicos: Las reservas para dotaciones exigidas por la LOUA se situarán estratégicamente en la ordenación propuesta, creando nuevas centralidades urbanas dentro del sector. Se resolverán los bordes del sector en contacto con la ciudad consolidada, respetando y solucionando las continuidades urbanas pretendidas.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

2.- Se ejecutará en tres fases, cuya delimitación corresponderá al Plan Parcial de ordenación.

RO2 (Residencial Oeste II)

Localización en planos (serie [número/s]):

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

3.- En las zonas verdes se admitirá, con carácter complementario, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social, no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante, sin perjuicio de la constitución -en su caso- de derechos de superficie en estos bienes. La ocupación máxima con usos complementarios será del 20% de la superficie total del parque, correspondiendo al Plan Parcial la determinación de los terrenos sobre los que podrán desarrollarse dichos usos coadyuvantes, siendo la edificabilidad neta (que no computará en el cálculo de la edificabilidad del sector) un metro cuadrado de techo por cada metro cuadrado de suelo destinado a usos complementarios.

Clase y categoría de suelo:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Nivel de densidad:

Se reservarán los terrenos equivalentes, al menos, al 50% de la edificabilidad residencial del sector para su destino a viviendas protegidas, calificando el Plan Parcial el suelo necesario con el uso pormenorizado de vivienda protegida.

Área de reparto:

Reserva de vivienda protegida:

Aprovechamiento medio (UAs/m2s):

Edificabilidad global (I E, en m2t/m2s):

Sistemas generales adscritos:

OBJETIVOS:

Uso global:

Excesos de aprovechamiento en UAs:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Generales: Delimitación, sobre terrenos colindantes con el núcleo urbano principal existente, de un sector de extensión residencial de escala suficiente e idónea para absorber parte del crecimiento previsible, quedando integrado el nuevo desarrollo urbanístico con la ciudad ya consolidada, complementando el modelo heredado de ciudad compacta y funcional.

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 108: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos:

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

*Se realizaran estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

RO2 (Residencial Oeste II)

AFECCIONES:

A-30 Camino de Andújar; A-86 Kilómetro 0,4 del Camino de Andújar; A-168 Sur al desagüe en el arroyo de la Magdalena y A-171 Sur Fábrica de pinturas.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 109: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[20]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 159.273

Sí. Los determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido.10.548(destinados a compensar a propietarios afectados por los sistemas generales adscritos).Residencial0,45

Techo máximo edificable (m2t): 71.673(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).Media: más de 30 y hasta 50 viviendas por hectárea.AR.SURS-R.II0,4285

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y ejecución: Plan Parcial de Ordenación - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Ordenación plurifamiliar en edificación abierta y unifamiliar con ocupación máxima neta del 45%.Altura máxima edificable: PB+2+ático.Densidad (viv./ha.): 50

Capacidad (nº viv.): 796

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

2.- En las zonas verdes se admitirá, con carácter complementario, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social, no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante, sin perjuicio de la constitución -en su caso- de derechos de superficie en estos bienes. La ocupación máxima con usos complementarios será del 20% de la superficie total del parque, correspondiendo al Plan Parcial la determinación de los terrenos sobre los que podrán desarrollarse dichos usos coadyuvantes, siendo la edificabilidad neta (que no computará en el cálculo de la edificabilidad del sector) un metro cuadrado de techo por cada metro cuadrado de suelo destinado a usos complementarios.

RO3 (Residencial Oeste III)

Localización en planos (serie [número/s]):

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

Generales: Delimitación, sobre terrenos colindantes con el núcleo urbano principal existente, de un sector de extensión residencial de escala suficiente e idónea para absorber parte del crecimiento previsible, quedando integrado el nuevo desarrollo urbanístico con la ciudad ya consolidada, complementando el modelo heredado de ciudad compacta y funcional.

Clase y categoría de suelo:

Aprovechamiento medio (UAs/m2s):

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Reserva de vivienda protegida:

Sistemas generales adscritos:

Nivel de densidad:

OBJETIVOS:

Excesos de aprovechamiento en UAs:

Edificabilidad global (I E, en m2t/m2s):

Uso global:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Área de reparto:

Específicos: Las reservas para dotaciones exigidas por la LOUA se situarán estratégicamente en la ordenación propuesta, creando nuevas centralidades urbanas dentro del sector. Se resolverán los bordes del sector en contacto con la ciudad consolidada, respetando y solucionando las continuidades urbanas pretendidas.

Se reservarán los terrenos equivalentes, al menos, al 50% de la edificabilidad residencial del sector para su destino a viviendas protegidas, calificando el Plan Parcial el suelo necesario con el uso pormenorizado de vivienda protegida.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 110: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos:

DOMINIO PÚBLICO:

Sistema General Ferroviario: Se modifican los límites del sector para evitar la afección a dicho dominio público.

Vías pecuarias:

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

*Se realizaran estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

RO3 (Residencial Oeste III)

AFECCIONES:

A-26 30SVG327868; A-30 Camino de Andújar; A-96 Noreste de Peñamefecit; A-104 Norte Ferrocarril Espeluy y A-108 Norte Peñamefecit.

Nº 25-Vereda del Camino de Arjona (23050024), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 111: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[29,31]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 172.565

Sí. Los determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido.11.429(destinados a compensar a propietarios afectados por los sistemas generales adscritos).Residencial0,45

Techo máximo edificable (m2t): 77.654(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).Media: más de 30 y hasta 50 viviendas por hectárea.AR.SURS-R.II0,4285

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y gestión: Plan Parcial de Ordenación - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Ordenación plurifamiliar en edificación abierta y unifamiliar con ocupación máxima neta del 45%.Altura máxima edificable: PB+2+ático.Densidad (viv./ha.): 35

Capacidad (nº viv.): 604

La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

3.- En las zonas verdes se admitirá, con carácter complementario, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social, no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante, sin perjuicio de la constitución -en su caso- de derechos de superficie en estos bienes. La ocupación máxima con usos complementarios será del 20% de la superficie total del parque, correspondiendo al Plan Parcial la determinación de los terrenos sobre los que podrán desarrollarse dichos usos coadyuvantes, siendo la edificabilidad neta (que no computará en el cálculo de la edificabilidad del sector) un metro cuadrado de techo por cada metro cuadrado de suelo destinado a usos complementarios.

RS2 (Cerro Almodóvar)

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

Específicos: Solucionar las conexiones y la adecuada transición del vial de borde y de las zonas verdes con los terrenos protegidos anejos, procurando su integración paisajística con la Sierra. Se aplicará a las zonas verdes un tratamiento paisajístico y natural, debiendo optar el Plan Parcial por el predominio de los suelos naturales (entendiendo por tales los no urbanizados con características urbanas) sobre los transformados. En el caso de reforestaciones o revegetaciones se optará, con carácter preferente, por la plantación de especies autóctonas de bajos requerimientos hídricos, resistentes a la sequía, evitando aquellas que requieran un mantenimiento intensivo y/o de alto coste.

Aprovechamiento medio (UAs/m2s):

OBJETIVOS:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Generales: Delimitación, sobre terrenos colindantes con el núcleo urbano principal existente, de un sector de extensión residencial de escala suficiente e idónea para absorber parte del crecimiento previsible, quedando integrado el nuevo desarrollo urbanístico con la ciudad ya consolidada, complementando el modelo heredado de ciudad compacta y funcional.

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Reserva de vivienda protegida: Se reservarán los terrenos equivalentes, al menos, al 50% de la edificabilidad residencial del sector para su destino a viviendas protegidas, calificando el Plan Parcial el suelo necesario con el uso pormenorizado de vivienda protegida.

Edificabilidad global (I E, en m2t/m2s):

Sistemas generales adscritos:

Uso global:

Excesos de aprovechamiento en UAs:

Nivel de densidad:

2.- Las dotaciones que se concretan en los planos de ordenación se consideran vinculantes en cuanto a su posición estratégica.

Área de reparto:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 112: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

OTRAS CONDICIONES:

Zona de influencia forestal: Deberá elaborar un plan de autoprotección contra el riesgo de incendio.

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

RS2 (Cerro Almodóvar)

AFECCIONES:

Nº 30-Colada de la Redonda (23050029), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 113: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[22,27]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 335.375

Sí. Los determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido.59.080(destinados a compensar a propietarios afectados por los sistemas generales adscritos).Residencial0,55

Techo máximo edificable (m2t): 184.456(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).Alta: más de 50 y hasta 75 viviendas por hectárea.AR.SURS-R.II0,4285

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y ejecución: Plan Parcial de Ordenación (optativo) - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Ordenación plurifamiliar en edificación abierta y unifamiliar con ocupación máxima neta del 45%.Altura máxima edificable: PB+2+ático.Densidad (viv./ha.): 60

Capacidad (nº viv.): 2.012

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

Excesos de aprovechamiento en UAs:

Uso global:

Generales: Delimitación, sobre terrenos colindantes con el núcleo urbano principal existente, de un sector de extensión residencial de escala suficiente e idónea para absorber parte del crecimiento previsible, quedando integrado el nuevo desarrollo urbanístico con la ciudad ya consolidada, complementando el modelo heredado de ciudad compacta y funcional.

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:

Específicos: Las reservas para dotaciones exigidas por la LOUA se situarán estratégicamente en la ordenación propuesta, creando nuevas centralidades urbanas dentro del sector. Se solucionarán las conexiones y la transición hacia la ciudad consolidada mediante el vial de borde del Parque Central, así como su integración paisajística.

Área de reparto:Aprovechamiento medio (UAs/m2s):

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

OBJETIVOS:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Reserva de vivienda protegida: Se reservarán los terrenos equivalentes, al menos, al 50% de la edificabilidad residencial del sector para su destino a viviendas protegidas, calificando el Plan Parcial el suelo necesario con el uso pormenorizado de vivienda protegida.

Sistemas generales adscritos:

Edificabilidad global (I E, en m2t/m2s):

Nivel de densidad:

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

RS1 (Cerro Almagro I)

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

2.- Las dotaciones que se concretan en los planos de ordenación se consideran vinculantes en cuanto a su posición estratégica.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 114: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos:

DOMINIO PÚBLICO:

Cauce fluvial:

Sistema General Viario: Variante Este (red autonómica) y sus zonas de protección.

MEDIO NATURAL:

Humedales: Nº H9 Las Lagunillas II (X432.318 Y4.181.885)

CEMENTERIO: Perímetros de protección articulo 40 Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

OTRAS CONDICIONES:

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado y Administración competente en materia de salud.

Arroyo del Valle, se modifican los límites del sector para excluir el DPH, zona de servidumbre y zona inundable de 500 años.

Deberá integrar el humedal dentro de una zona verde compatibilizando la conservación de la biodiversidad potencial de la zona con los procesos urbanizadores. El diseño de este espacio y su vegetación palustre se contemplará en el Proyecto de Urbanización.

Sistema Local de Espacios Libres:

RS1 (Cerro Almagro I)

AFECCIONES:

A-63 El Valle I; A-64 El Valle II; A-65 El Valle III; A-66 El Valle IV; A-67 El Valle V; A-77 Este de San Roque y A-125 Polígono industrial las Lagunillas.

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 115: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[22]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)Superficie (m2s): 52.302

Sí. Los determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido.15.232(destinados a compensar a propietarios afectados por los sistemas generales adscritos).Terciario0,65

Techo máximo edificable (m2t): 33.996(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).AR.SURS-T0,4238

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y ejecución: Plan Parcial de Ordenación - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Según Plan Parcial de Ordenación.Altura máxima edificable: Según Plan Parcial de Ordenación.

OBJETIVOS:

TS2 (Terciario Vega de la Reina)

Localización en planos (serie [número/s]):

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Uso global:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

Excesos de aprovechamiento en UAs:Sistemas generales adscritos:

Específicos: Se solucionará y ejecutará el acceso desde el sistema viario colindante, sin afectar negativamente a su funcionalidad, y la conexión con el sector aledaño Terciario Este, aplicando un tratamiento ajardinado a las fachadas de la actuación a la J-12.

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s):

Aprovechamiento medio (UAs/m2s):Área de reparto:

Generales: Delimitación, sobre terrenos colindantes con el núcleo urbano principal existente, de un sector de extensión de uso terciario de escala suficiente e idónea para absorber parte de la demanda previsible, quedando integrado el nuevo desarrollo urbanístico con la ciudad ya consolidada, complementando el modelo heredado de ciudad compacta y funcional, y favoreciendo su diversificación económica.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

2.- La conservación de las obras de urbanización corresponderá a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación.

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:

1.- La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

2.- Las dotaciones se localizarán en posición estratégica.

1.- Se mantendrán las continuidades viarias de la estructura general, asegurándose la conexión del sector con dicha estructura.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 116: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR TS2 (Terciario Vega de la Reina)

AFECCIONES:

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias: Nº 26-Vereda de Las Lagunillas (23050025) se modifican los límites del sector para evitar la afección a l i

Sistema General Viario: J-12 (red estatal) y a JA-3102 (red provincial) y sus correspondientes zonas de protección.

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Calificación Ambiental (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 117: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[6,7]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)Superficie (m2s): 279.412

Sí. Los determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido.81.373(destinados a compensar a propietarios afectados por los sistemas generales adscritos).Terciario0,65

Techo máximo edificable (m2t): 181.618(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).AR.SURS-T0,4238

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y ejecución: Plan Parcial de Ordenación - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Según Plan Parcial de Ordenación.Altura máxima edificable: Según Plan Parcial de Ordenación.

Generales: Delimitación, sobre terrenos colindantes con el núcleo urbano principal existente, de un sector de extensión de uso terciario de escala suficiente e idónea para absorber parte de la demanda previsible, quedando integrado el nuevo desarrollo urbanístico con la ciudad ya consolidada, complementando el modelo heredado de ciudad compacta y funcional, y favoreciendo su diversificación económica.

TN2 (Ciudad del Transporte)

Uso global:

OBJETIVOS:

Sistemas generales adscritos:

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Excesos de aprovechamiento en UAs:

Área de reparto:

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s):

Aprovechamiento medio (UAs/m2s):

2.- Las dotaciones se localizarán en posición estratégica.

Específicos: Se solucionarán y ejecutarán las conexiones con los nudos de acceso en el vial de Hotel Triunfo y Puerta Norte, aplicando un tratamiento ajardinado a las fachadas de la actuación a dicho vial.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:

Clase y categoría de suelo:

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

1.- La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse. 2.- La conservación de las obras de urbanización corresponderá a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación.

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

1.- Se mantendrán las continuidades viarias de la estructura general, asegurándose la conexión del sector con dicha estructura.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 118: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

DOMINIO PÚBLICO:

Sistema General Viario: N-323a (red estatal) y a A-316 (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

TN2 (Ciudad del Transporte)

AFECCIONES:

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 119: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[19]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)Superficie (m2s): 23.656

Sí. Los determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido.6.889(destinados a compensar a propietarios afectados por los sistemas generales adscritos).Terciario0,65

Techo máximo edificable (m2t): 15.376(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).AR.SURS-T0,4238

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y ejecución: Plan Parcial de Ordenación - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Según Plan Parcial de Ordenación.Altura máxima edificable: Según Plan Parcial de Ordenación.

OBJETIVOS:Generales: Delimitación, sobre terrenos colindantes con el núcleo urbano principal existente, de un sector de extensión de uso terciario de escala suficiente e idónea para absorber parte de la demanda previsible, quedando integrado el nuevo desarrollo urbanístico con la ciudad ya consolidada, complementando el modelo heredado de ciudad compacta y funcional, y favoreciendo su diversificación económica.

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Aprovechamiento medio (UAs/m2s):

1.- Se mantendrán las continuidades viarias de la estructura general, asegurándose la conexión del sector con dicha estructura.

Sistemas generales adscritos:

TO1 (Terciario Oeste)

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Uso global:

Excesos de aprovechamiento en UAs:

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s):

Área de reparto:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

2.- La conservación de las obras de urbanización corresponderá a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación.

1.- La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

Específicos: Se integrará la propuesta en las tramas urbanas colindantes, resolviendo todas sus conexiones viarias e infraestructuras.

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:

2.- Las dotaciones se localizarán en posición estratégica.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 120: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

MEDIO NATURAL:

Nº 6220

OTRAS CONDICIONES:

Zona de influencia forestal: Deberá elaborar plan de autoprotección contra el riesgo de incendio.

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Calificación Ambiental (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

*Se realizarán estudios previos sobre el HIC afectado con las correspondientes medidas correctoras, cuyo resultado valorará la Consejería competente en medio ambiente estableciendo las cautelas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

Hábitats de Interés Comunitario:

*Previo a la aprobación de planeamiento de desarrollo, precisará informe vinculante de la Administración competente en medio ambiente sobre HIC.

TO1 (Terciario Oeste)

AFECCIONES:

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 121: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[22,28]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)Superficie (m2s): 70.673

Sí. Los determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido.20.582(destinados a compensar a propietarios afectados por los sistemas generales adscritos).Terciario0,65

Techo máximo edificable (m2t): 45.937(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).AR.SURS-T0,4238

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y ejecución: Plan Parcial de Ordenación - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Según Plan Parcial de Ordenación.Altura máxima edificable: Según Plan Parcial de Ordenación.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

OBJETIVOS:

Sistemas generales adscritos:

TS1 (Ampliación Llanos del Valle)

Localización en planos (serie [número/s]):

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Clase y categoría de suelo:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Uso global:

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s):

Área de reparto:

Excesos de aprovechamiento en UAs:

Aprovechamiento medio (UAs/m2s):

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:

1.- La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

Generales: Delimitación, sobre terrenos colindantes con el núcleo urbano principal existente, de un sector de extensión de uso terciario de escala suficiente e idónea para absorber parte de la demanda previsible, quedando integrado el nuevo desarrollo urbanístico con la ciudad ya consolidada, complementando el modelo heredado de ciudad compacta y funcional, y favoreciendo su diversificación económica.

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

Específicos: Se resolverán y ejecutarán todas las continuidades viarias con el actual asentamiento Llanos del Valle y el reequipamiento del sector.

2.- La conservación de las obras de urbanización corresponderá a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación.

1.- Se mantendrán las continuidades viarias de la estructura general, asegurándose la conexión del sector con dicha estructura.2.- Las dotaciones se localizarán en posición estratégica.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 122: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

DOMINIO PÚBLICO:

Sistema General Viario: J-14 y J-12 (red estatal) y sus correspondientes zonas de protección.

OTRAS CONDICIONES:

DIRECTRICES DE ORDENACIÓN DETALLADA:

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Calificación Ambiental (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

El PPO y PU se diseñarán y ejecutarán respetando al máximo la topografía original evitando movimientos de tierras innecesarios, excedentes y vertidos de las mismas. La altura máxima de la edificación de uso terciario se adecuará a la topografía del terreno, limitándose la altura en las zonas de mayor pendiente e incidencia visual.

TS1 (Ampliación Llanos del Valle)

AFECCIONES:

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 123: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[3,6]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)Superficie (m2s): 277.737

No.16.650Industrial0,55

Techo máximo edificable (m2t): 152.755(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).AR.SURS-I0,5340

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y ejecución: Plan Parcial de Ordenación - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Según Plan Parcial de Ordenación.Altura máxima edificable: Según Plan Parcial de Ordenación.

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

2.- Las dotaciones que se concretan en los planos de ordenación se consideran vinculantes en cuanto a su posición estratégica.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

Generales: Delimitación, sobre terrenos colindantes con el núcleo urbano principal existente, de un sector de extensión industrial de escala suficiente e idónea para absorber la mayor parte de la demanda previsible, quedando integrado el nuevo desarrollo urbanístico con la ciudad ya consolidada, complementando el modelo heredado de ciudad compacta y funcional, y favoreciendo su diversificación económica.

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:

Específicos: Se completarán las conexiones viarias y con las infraestructuras pendientes y necesarias para su desarrollo.

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

OBJETIVOS:

2.- La conservación de las obras de urbanización corresponderá a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación.

1.- La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Aprovechamiento medio (UAs/m2s):

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

IN1 (Ampliación P. Ind. Empresarial Nuevo Jaén)

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Excesos de aprovechamiento en UAs:

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s):

Uso global:

Área de reparto:

Sistemas generales adscritos:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 124: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR IN1 (Ampliación P. Ind. Empresarial Nuevo Jaén)

AFECCIONES:

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos: A-118 Oeste de Molina.

OTRAS CONDICIONES:

Punto limpio:

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

Deberá calificar suelo para punto limpio industrial (Reglamento de Residuos de Andalucía Decreto 73/2012)

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 125: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[5,9]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)Superficie (m2s): 318.014

No.19.065Industrial0,55

Techo máximo edificable (m2t): 174.908(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).AR.SURS-I0,5340

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y ejecución: Plan Parcial de Ordenación - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Según Plan Parcial de Ordenación.Altura máxima edificable: Según Plan Parcial de Ordenación.

1.- La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

Se resolverán adecuadamente las conexiones con la A-311, sin afectar negativamente a la funcionalidad de esta infraestructura viaria.

Generales: Delimitación, sobre terrenos cercanos al núcleo urbano principal existente ubicados de forma coherente con la ordenación estructural, de un sector de extensión de uso industrial de escala suficiente e idónea para absorber parte de la demanda previsible, favoreciendo la diversificación económica del municipio.

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

2.- La conservación de las obras de urbanización corresponderá a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación.

Específicos: Absorber la demanda existente de usos industriales ligados a la producción agrícola de ámbito comarcal.

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s):

OBJETIVOS:

Aprovechamiento medio (UAs/m2s):

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Uso global:

IO1 (Parque Agrícola)

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

Sistemas generales adscritos:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Área de reparto:

Excesos de aprovechamiento en UAs:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 126: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR IO1 (Parque Agrícola)

AFECCIONES:

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos: A-183 V-JA-ML-055.

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Sistema General Viario: A-311 (red autonómica), JA-3411 (red provincial) y sus correspondientes zonas de protección.

OTRAS CONDICIONES:

Punto limpio:

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

Nº 4 Cañada Real de Torredelcampo a Cazalilla (23050003), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Deberá calificar suelo para punto limpio industrial (Reglamento de Residuos de Andalucía Decreto 73/2012)

Zona de influencia forestal: Deberá elaborar plan de autoprotección contra el riesgo de incendio.

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 127: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR

3C[31]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)Superficie (m2s): 115.860

No.0Dotacional privado0,40

Techo máximo edificable (m2t): 46.344(tendrá la consideración de ordenación estructural el índice de edificabilidad global).AR.SURS-D0,4000

2.A. DETERMINACIONES PRECEPTIVAS

RESERVAS PARA DOTACIONES:

Planeamiento y ejecución: Plan Parcial de Ordenación - Proyecto/s de Reparcelación - Proyecto/s de Urbanización.Plazo de ordenación detallada: Dos años.Plazo de ejecución: Ocho años.Sistema de actuación: COMPENSACIÓN

2.B. DETERMINACIONES POTESTATIVASOrdenanzas de aplicación: Según Plan Parcial de Ordenación.Altura máxima edificable: Según Plan Parcial de Ordenación.

Generales: Delimitación, sobre terrenos colindantes con el núcleo urbano principal existente, de un sector de extensión dotacional privado de escala suficiente e idónea para absorber la demanda previsible de este uso, quedando integrado el nuevo desarrollo urbanístico con la ciudad ya consolidada, complementando el modelo heredado de ciudad compacta y funcional, y favoreciendo su diversificación económica.

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se aplicará la edificabilidad global).

Sistemas generales adscritos:Excesos de aprovechamiento en UAs:

Edificabilidad global (IE, en m2t/m2s):

Uso global:

OBJETIVOS:

CONTRIBUCIÓN A LAS INFRAESTRUCTURAS:

Las resultantes del cumplimiento de los estándares mínimos legalmente establecidos y de los criterios y directrices de ordenación vinculantes.

DS1 (Dotacional sur)

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA:

Área de reparto:Aprovechamiento medio (UAs/m2s):

2.- Las dotaciones que se concretan en los planos de ordenación se consideran vinculantes en cuanto a su posición estratégica.

Específicos: Solucionar las conexiones y la transición del vial de borde con los espacios protegidos anejos, así como su integración paisajística con la Sierra, mediante el tratamiento específico de parque en los espacios libres del Plan Parcial y de paseo peatonal en el Paseo de borde Sur.

PREVISIONES DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN:

CRITERIOS Y DIRECTRICES PARA LA ORDENACIÓN DETALLADA DEL SECTOR:

La propiedad del suelo asumirá los costes de las infraestructuras exteriores de conexión de las redes interiores de la actuación a las exteriores generales, correspondiendo al Plan Parcial de Ordenación definir la solución técnica de dichas conexiones. Asimismo, la propiedad del suelo contribuirá -en la proporción y forma que el planeamiento especial municipal determine- a la ejecución de las obras necesarias para el mantenimiento de la funcionalidad de las redes generales que establezcan los Planes Especiales Municipales de Mejora de Infraestructuras (de Abastecimiento y Saneamiento y de Suministro Eléctrico) que, en caso de determinarse su necesidad o procedencia, pudieran redactarse y tramitarse.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 128: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SECTOR DS1 (Dotacional sur)

AFECCIONES:

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Sistema General Viario: A-6050 (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

OTRAS CONDICIONES:

Zona de influencia forestal: Deberá elaborar plan de autoprotección contra el riesgo de incendio.

TRAMITACIÓN AMBIENTAL:

Autorización Ambiental Unificada (Anexo I Ley 7/2007 GICA)

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

Nº 19-Vereda del Frontón a Caño Quebrado por las Eras de Santa Ana (23050018); Nº 30- Colada de la Redonda (23050029) y Nº 8- Cordel Collado de la Yedra a la Fuente de la Peña: se modifican los límites del sector para evitar la afección a las mismas.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 129: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

 

 

6. SISTEMAS GENERALES DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO

(SG.SURS)

Page 130: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 131: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-S3 (Parque San Eufrasio I)

3C[27]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 66.877

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

Espacios libres públicos

PLAN ESPECIAL

Según Plan Especial.

AR.SURS-I

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

Uso:

Edificabilidad:

Adscripción:

Instrumento de planeamiento:

SISTEMA GENERAL

(la adscripción al sector o sectores donde deberá hacerse efectivo el aprovechamiento urbanístico correspondiente a los propietarios afectados la determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido).

1.- Creación de un gran parque público en una posición de relativa centralidad en el modelo urbanístico de la ciudad de Jaén.

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

3.- Se aplicará a los terrenos un tratamiento paisajístico y natural, debiendo optar el Plan Especial por el predominio de los suelos naturales (entendiendo por tales los no urbanizados con características urbanas) sobre los transformados. En el caso de reforestaciones o revegetaciones se optará, con carácter preferente, por la plantación de especies autóctonas de bajos requerimientos hídricos, resistentes a la sequía, evitando aquellas que requieran un mantenimiento intensivo y/o de alto coste. Sin perjuicio de lo anterior, en los equipamientos destinados a la práctica de deportes al aire libre que, con carácter complementario, pudieran implantarse, se admiten los tratamientos vegetales propios de las concretas prácticas deportivas.

2.- Se admitirá, con carácter complementario, con las condiciones urbanísticas (de uso, implantación, ocupación, edificabilidad, volumen, etc.) que determine el Plan Especial y sin predominar en proporción sobre los espacios verdes, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social (circunstancia que corresponderá motivar al Plan Especial), no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante. Todos estos usos se ubicarán respetando el reglamento de policía sanitaria mortuoria respecto al cementerio.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 132: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-S3 (Parque San Eufrasio I)

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos: A-68 Ermita del Calvario.

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

AFECCIONES:

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorará la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

SISTEMA GENERAL

Nº 12-Cordel del Camino del Calvario (JA-23050011, deslindada): se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 133: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-S4 (Parque San Eufrasio II)

3C[27]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 7.444

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

Espacios libres públicos

PLAN ESPECIAL

Según Plan Especial.

AR.SURS-R.I

(la adscripción al sector o sectores donde deberá hacerse efectivo el aprovechamiento urbanístico correspondiente a los propietarios afectados la determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido).

Instrumento de planeamiento:

Edificabilidad:

Adscripción:

Uso:

Clase y categoría de suelo:

SISTEMA GENERAL

Localización en planos (serie [número/s]):

1.- Creación de un gran parque público en una posición de relativa centralidad en el modelo urbanístico de la ciudad de Jaén.

2.- Se admitirá, con carácter complementario, con las condiciones urbanísticas (de uso, implantación, ocupación, edificabilidad, volumen, etc.) que determine el Plan Especial y sin predominar en proporción sobre los espacios verdes, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social (circunstancia que corresponderá motivar al Plan Especial), no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante. Todos estos usos se ubicarán respetando el reglamento de policía sanitaria mortuoria respecto al cementerio.

3.- Se aplicará a los terrenos un tratamiento paisajístico y natural, debiendo optar el Plan Especial por el predominio de los suelos naturales (entendiendo por tales los no urbanizados con características urbanas) sobre los transformados. En el caso de reforestaciones o revegetaciones se optará, con carácter preferente, por la plantación de especies autóctonas de bajos requerimientos hídricos, resistentes a la sequía, evitando aquellas que requieran un mantenimiento intensivo y/o de alto coste. Sin perjuicio de lo anterior, en los equipamientos destinados a la práctica de deportes al aire libre que, con carácter complementario, pudieran implantarse, se admiten los tratamientos vegetales propios de las concretas prácticas deportivas.

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 134: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-S4 (Parque San Eufrasio II)

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

SISTEMA GENERAL

AFECCIONES:

Nº 12-Cordel del Camino del Calvario (JA-23050011, deslindada): se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 135: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-N1 (Estación Intermodal)

3C[6,7,10]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 188.438

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

Dotacional público

PLAN ESPECIAL

Según Plan Especial.

AR.SURS-T

3.- Se prestará especial atención a la composición arquitectónica del conjunto, por tratarse de una propuesta de gran valor referencial con respecto al Eje Norte, resolviendo sus condiciones de conexión con las infraestructuras viaria y ferroviaria, e integrando todos los usos propuestos en un proyecto unitario.

Instrumento de planeamiento:

Adscripción:

Edificabilidad:

2.- Se admitirá, con carácter complementario, con las condiciones urbanísticas (de uso, implantación, ocupación, edificabilidad, volumen, etc.) que determine el Plan Especial y sin predominar sobre el dotacional que los sustenta, el desarrollo de otros usos dotacionales y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento operativo (circunstancia que corresponderá motivar al Plan Especial), no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante.

(la adscripción al sector o sectores donde deberá hacerse efectivo el aprovechamiento urbanístico correspondiente a los propietarios afectados la determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido).

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

1.- Sobre terrenos colindantes y conectados con la Ciudad del Transporte y con óptimas condiciones de conexión con las redes de carreteras y ferroviaria, creación de una Estación Intermodal pública apta para el intercambio de mercancías y pasajeros procedentes de los distintos modos de transporte terrestre.

SISTEMA GENERAL

Clase y categoría de suelo:

Localización en planos (serie [número/s]):

Uso:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 136: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-N1 (Estación Intermodal)

DOMINIO PÚBLICO:

Sistema General Ferroviario:

Sistema General Viario:

SISTEMA GENERAL

AFECCIONES:

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

A-316 (red autonómica), J-12 (red estatal) y sus correspondientes zonas de protección.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Se modifican los límites del sector para evitar la afección a dicho dominio público.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 137: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-N2 (Grandes Eventos I)

3C[7]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 104.356

Dotacional público

PLAN ESPECIAL

Según Plan Especial.

AR.SURS-T

2.- Se resolverán todas las conexiones viarias con las infraestructuras colindantes, especialmente con el nudo del Hotel Triunfo y Puerta Norte, con la Estación Intermodal y con el equipamiento del suelo urbanizable no sectorizado situado en su perímetro Sur.

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

Adscripción:

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

1.- En un enclave de relevantes valores estratégicos por sus condiciones de conexión con el núcleo urbano, con su comarca y con las infraestructuras del transporte rodado y Tranvía, se reservan terrenos con capacidad de acogida para posibles futuros eventos de escala nacional e internacional. Se permitirán los usos de hostelería, comerciales y ocio que conjuntamente posibiliten la puesta en marcha del equipamiento.

(la adscripción al sector o sectores donde deberá hacerse efectivo el aprovechamiento urbanístico correspondiente a los propietarios afectados la determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido).

SISTEMA GENERAL

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

Instrumento de planeamiento:

Uso:

Edificabilidad:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 138: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-N2 (Grandes Eventos I)

DOMINIO PÚBLICO:

Sistema General Viario:

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

SISTEMA GENERAL

AFECCIONES:

A-316 (red autonómica), N-323a (red estatal) y sus correspondientes zonas de protección.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 139: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-E2 (Ciudad Sanitaria)

3C[15,16]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 189.181

Dotacional público

PLAN ESPECIAL

Según Plan Especial.

AR.SURS-R.II

(la adscripción al sector o sectores donde deberá hacerse efectivo el aprovechamiento urbanístico correspondiente a los propietarios afectados la determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido).

SISTEMA GENERAL

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

Uso:

Instrumento de planeamiento:

Edificabilidad:

Adscripción:

1.- Extensión del actual Hospital Universitario Neurotraumatológico de Jaén sobre terrenos anejos, conformando una verdadera ciudad sanitaria constituida por centros hospitalarios destinados a otras especialidades, diversificando y ampliando la oferta actual.

2.- Se admitirá, con carácter complementario, con las condiciones urbanísticas (de uso, implantación, ocupación, edificabilidad, volumen, etc.) que determine el Plan Especial y sin predominar sobre el dotacional que los sustenta, el desarrollo de otros usos dotacionales y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento operativo (circunstancia que corresponderá motivar al Plan Especial), no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante.

3.- Se prestará especial atención a la ordenación urbanística y propuesta arquitectónica, adaptándose a las arquitecturas del entorno.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 140: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-E2 (Ciudad Sanitaria)

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos: A-68 Ermita del Calvario A-091 Los Prados.

DOMINIO PÚBLICO:

Cauce fluvial:

Sistema General Viario: J-12 (red estatal) y sus correspondientes zonas de protección.

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

Arroyo de la Magdalena, se modifican los límites del sector para excluir el DPH, zona de servidumbre y zona inundable de 500 años.

AFECCIONES:

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorará la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

SISTEMA GENERAL

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 141: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-S1 (Ampliación Universidad)

3C[22]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 132.088

Dotacional público

PLAN ESPECIAL

Según Plan Especial.

AR.SURS-R.I

Uso:

Instrumento de planeamiento:

Edificabilidad:

Adscripción:

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

(la adscripción al sector o sectores donde deberá hacerse efectivo el aprovechamiento urbanístico correspondiente a los propietarios afectados la determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido).

SISTEMA GENERAL

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

1.- Extensión de la actual Universidad de Jaén sobre terrenos anejos, conformando un nuevo Campus con capacidad para diversificar y ampliar la oferta universitaria (de centros universitarios, colegios mayores, etc.) que presenta la ciudad.

2.- Se admitirá, con carácter complementario, con las condiciones urbanísticas (de uso, implantación, ocupación, edificabilidad, volumen, etc.) que determine el Plan Especial y sin predominar sobre el dotacional que los sustenta, el desarrollo de otros usos dotacionales y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento operativo (circunstancia que corresponderá motivar al Plan Especial), no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante.

3.- Se prestará especial atención a la ordenación urbanística y propuesta arquitectónica, referenciándose al nudo o plaza central de acceso al conjunto de la Ciudad Universitaria desde la Avenida de la Universidad, que se conforma en su principal acceso más referencial.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 142: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURS-S1 (Ampliación Universidad)

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos: A-90 Las Lagunillas.

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Sistema General Viario:

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

SISTEMA GENERAL

AFECCIONES:

Nº 26-Vereda de Las Lagunillas (23050025), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorará la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

J-12 (red estatal) Variante Este (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 143: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

1 (Ampliación Subestación)

3C[9,15]

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SURS)

Superficie (m2s): 9.039

Infraestructuras

_

Según programa funcional.

AR.SURS-R.I

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

Uso:

Instrumento de planeamiento:

Edificabilidad:

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

Servir a las nuevas demandas generadas por el desarrollo de los sectores residenciales SURS-RO1 y SURS-RO2.

Adscripción:

(la adscripción al sector o sectores donde deberá hacerse efectivo el aprovechamiento urbanístico correspondiente a los propietarios afectados la determinará el Ayuntamiento por medio del procedimiento legalmente establecido).

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 144: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

1 (Ampliación Subestación)

OTRAS CONDICIONES PRECEPTIVAS:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS

AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 145: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

 

 

7. ÁREAS DE REPARTO

Page 146: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 147: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Uso global Medio

Global Techo máximo[O.E.]

[O.E.] [O.E.] [O.E.] Coef. Sector AMAR.SURS-R.I = AS = Exc =

Niveles [2] D [3] D x S IE IExS % IExSx% Uso y Tip. Localización AO/(IExS) AOTOTAL/SAR.SURS-R.I AMxS 0,9xAMxS AO-(AMxS) 0,10xAO 0,10xIExS 0,90xAMxS (AS/CS)/S %s/IE 0,90xExc

viv./ha. nº viv. máx. m2t/m2s m2t s/ (IE x S) m2t CUT CL CS UAs / m2s UAs UAs UAs UAs m2t orient.[2] UAs m2t/m2s orient.[4] orient. UAs

Pluri.Renta Libre 50 142.728 1,10 156.960

Vivienda Protegida 50 142.728 1,00 142.728

Pluri.Renta Libre 50 122.594 1,10 134.819

Vivienda Protegida 50 122.594 1,00 122.594

SG. SURS-S4 (Parque San Eufrasio II) 7.444 Espacios libres públicos _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 5.366 4.829 -5.366 _ _ _ _ _ _ _ _ _

SG. SURS-S1 (Ampliación Universidad) 132.088 Dotacional público _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 95.213 85.692 -95.213 _ _ _ _ _ _ _ _ _

SGI. 1 (Ampliación Subestación) 9.039 Infraestructuras _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 6.516 5.864 -6.516 _ _ _ _ _ _ _ _ _

76,74 5.931 0,687 530.643 557.100 501.390 0 55.710 53.064 405.005 96.385

[O.E.][1]

[2]

[3]

[4]

23,80 %

19,22 %

0,85 m2t/m2s

0,687 m2t/m2s

95 viv./ha.

76,74 viv./ha.

Determinaciones de ordenación

CoeficientesSuperficie [1] Distribución orientativa de usos lucrativos

Residencial

S

95 285.456

Actuaciones

Baja: más de 5 y hasta 15 viviendas por hectárea.

772.857

148.

571

1,0 49.484

0

557.100

288.456

335.830

m2s

ÁREA DE REPARTO DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO RESIDENCIAL.I

CUADRO DE DETERMINACIONES Y APROVECHAMIENTOS

Propietarios sectores

Distribución del aprovechamiento urbanístico

10% cesión Municipio Propietarios SGExcesos

Aprovechamiento urbanístico

% s/AO

29.969

RO2 (Residencial Oeste II)

Uso pormenorizado

0,85Residencial Muy Alta

Muy Alta 3.190 0,85

1,050 187.136

UAs

207.928

1,0

% s/AO

299.688

257.412 0,6179187.136 17,30

51.850

44.536

17,30

72,70

AR.SURS-R.I

Subjetivo

% s/AOIExSxCUTxCL

AO =

ObjetivoEdificabilidadDensidad

AR.SURS-R.I

2.740

Densidad AR.SURS-R.I =

DATOS ESTADÍSTICOS:

% SG s/ S sectores =

% SG s/ SAR.SURS-R.I =

IE MEDIO sectores =

IE AR.SURS-R.I =

Densidad media sectores =

624.

286

Muy Baja: 5 o menos viviendas por hectárea.

Media-Baja: más de 15 y hasta 30 viviendas por hectárea.

Niveles de densidad según apartado 1.A).d) del artículo 10 de LOUA.:

72,700,617957.611

19,22

28.546

24.51925.741

La determinación de la densidad en cada sector tiene por objeto el cálculo del incremento poblacional en los crecimientos previsibles. Se trata de una determinación urbanística perteneciente a la ordenación pormenorizada potestativa del PGOU, pudiendo ser modificada, para su mejora y con respeto de la ordenación estructural (nivel de densidad), por el Plan Parcial de Ordenación que establezca la ordenación detallada del sector.

Media: más de 30 y hasta 50 viviendas por hectárea.Alta: más de 50 y hasta 75 viviendas por hectárea.

Las cuantías reales dependerán de los usos y tipologías que se asignen, en ejecución del Plan, a los distintos titulares de derechos.

Muy Alta: más 75 viviendas por hectárea.

217.869

245.188

1,050 72,70217.869242.077

72,70

0,72080

0

Superficie del sector según medición efectuada sobre la cartografía base de la ordenación del PGOU. Tendrá la consideración de ordenación estructural [O.E.] la superficie real del sector. Determinaciones estructurales de ordenación.

SURS- 95

TOTAL

AR

.SU

RS-

R.I

[O.E

.]

SURS- RO1 (Residencial Oeste I) 19,22

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 148: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Uso global

[O.E.] [O.E.] [O.E.]Techo resid.

Ratio nº

S D D x S IE IExS x 0,5 m2t/VPTotal

S.I.P.S.m2s viv./ha. nº viv. máx. m2t/m2s m2t m2t

incl. LLCC y anexos m2s m2s/viv. %s/S m2s m2s/viv. m2s m2s/viv. m2t m2t/viv. m2t m2t/viv. m2s m2s %s/S m2s por cada

100m2t resid.

624.286 95 5.931 0,85 530.643 265.322 2.670 124.545 21,00 19,95 94.891 16,00 47.446 8,00 23.723 4,00 35.584 6,00 77.099 296.536 47,50 55,88

[O.E.][1]

288.456

Residencial

Residencial

SURS-

SURS-

RO1 (Residencial Oeste I)

RO2 (Residencial Oeste II)

335.830

ÁREA DE REPARTO DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO RESIDENCIAL.I

AR.SURS-R.I

Determinaciones de ordenación

Actuaciones

CUADRO DE DETERMINACIONES Y RESERVAS

[O.E] = 50% de la edificabilidad residencial prevista por la ordenación detallada

Eq. Social

Total dotaciones

Reserva Vivienda Protegida

95

Superficie [1] Techo máximoDensidad global

Edificabilidad global

825.5231651.046

Reservas para dotaciones

Servicios de Interés Público y Social (S.I.P.S.)

Deportivo

Centros docentesParques y jardines

Eq. Comercial

47,5012.762

0,85 43.84557.547

0,85 285.456 21 19,95

19,95

99,38 41.475

Determinaciones estructurales de ordenación.

47,5010.9612.740 8

TOTAL SECTORES

95 99,38

3.190

1.234 21245.188

1.436 66.998 4

4

6

6

19.142

16.442

Superficie del sector según medición efectuada sobre la cartografía base de la ordenación del PGOU. Tendrá la consideración de ordenación estructural [O.E.] la superficie real del sector.

55,88

55,88

159.519

137.017

142.728

122.594 35.62421.92316

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 149: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Uso global Medio

Global Techo máximo[O.E.]

[O.E.] [O.E.] [O.E.] Coef. Sector AMAR.SURS-R.II = AS = Exc =

Niveles [2] D [3] D x S IE IExS % IExSx% Uso y Tip. Localización AO/(IExS) AOTOTAL/SAR.SURS-R.II AMxS 0,9xAMxS AO-(AMxS) 0,10xAO 0,10xIExS 0,90xAMxS (AS/CS)/S %s/IE 0,90xExc

viv./ha. nº viv. máx. m2t/m2s m2t s/ (IE x S) m2t CUT CL CS UAs / m2s UAs UAs UAs UAs m2t orient.[2] UAs m2t/m2s orient.[4] orient. UAs

E.Abierta Renta Libre 50 35.836 1,20 42.955

Vivienda Protegida 50 35.836 1,00 35.836

E.Abierta Renta Libre 50 38.827 1,20 46.540

Vivienda Protegida 50 38.827 1,00 38.827

E.Abierta Renta Libre 50 92.228 1,20 110.548

Vivienda Protegida 50 92.228 1,00 92.228

SG. SURS-E2 (Ciudad Sanitaria) 189.181 Dotacional público _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 81.057 72.951 -81.057 _ _ _ _ _ _ _ _ _

39,85 3.413 0,390 333.783 366.934 330.240 0 36.693 33.378 257.289 72.951

[O.E.][1]

[2]

[3]

[4]

28,35 %

22,09 %

0,50 m2t/m2s

0,390 m2t/m2s

40,19 viv./ha.

39,85 viv./ha.

335.375 59.080

La determinación de la densidad en cada sector tiene por objeto el cálculo del incremento poblacional en los crecimientos previsibles. Se trata de una determinación urbanística perteneciente a la ordenación pormenorizada potestativa del PGOU, pudiendo ser modificada, para su mejora y con respeto de la ordenación estructural (nivel de densidad), por el Plan Parcial de Ordenación que establezca la ordenación detallada del sector.

Media-Baja: más de 15 y hasta 30 viviendas por hectárea.

Muy Alta: más 75 viviendas por hectárea.

Baja: más de 5 y hasta 15 viviendas por hectárea.

Media: más de 30 y hasta 50 viviendas por hectárea.Alta: más de 50 y hasta 75 viviendas por hectárea.

Muy Baja: 5 o menos viviendas por hectárea.

856.394

Superficie del sector según medición efectuada sobre la cartografía base de la ordenación del PGOU. Tendrá la consideración de ordenación estructural [O.E.] la superficie real del sector. Determinaciones estructurales de ordenación.

189.

181

% s/AO

29,140,55 143.696 129.326 129.32618.446

Las cuantías reales dependerán de los usos y tipologías que se asignen, en ejecución del Plan, a los distintos titulares de derechos.

Residencial

% s/AO

Media

26,2263,78

50

77,95

63,780,3508

Densidad AR.SURS-R.II =

DATOS ESTADÍSTICOS:

% SG s/ S sectores =

% SG s/ SAR.SURS-R.II =

IE MEDIO sectores =

IE AR.SURS-R.II =

Densidad media sectores =

61.418 10.548

77,9566.544 66.5448.537

13,39 7.879

7.76513,39

9.4941,0 1,099

0,428510.286

1,099

0,3508

68.243 77,95 12,0577,950,3508

53.172

12,05

Aprovechamiento urbanístico

ObjetivoDistribución orientativa de usos lucrativos

Uso pormenorizado

AO =

UAs

Subjetivo

% s/AO

AR.SURS-R.II

AR

.SU

RS-

R.II

[O.E

.]

SURS-RO3 (Residencial Oeste III) 61.4187.16778.791

IExSxCUTxCL

ÁREA DE REPARTO DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO RESIDENCIAL.II

CUADRO DE DETERMINACIONES Y APROVECHAMIENTOS

Propietarios sectores

Distribución del aprovechamiento urbanístico

10% cesión Municipio Propietarios SGExcesos CoeficientesSuperficie [1]

RS2 (Cerro Almodóvar)

Actuaciones

m2s

159.273

604 0,45SURS-

Determinaciones de ordenación

S

EdificabilidadDensidad

184.456

667.

213

366.934

202.776

0,45Residencial 71.673796

Alta

Niveles de densidad según apartado 1.A).d) del artículo 10 de LOUA.:

20.278

TOTAL AR.SURS-R.II

SURS-RS1 (Cerro Almagro I) 1,0

0

60 2.012

172.565 1,099 73.938 11.429Media 77.654 85.367Residencial 35 1,0

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 150: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Uso global

[O.E.] [O.E.] [O.E.]Techo resid.

Ratio nº

S D D x S IE IExS x 0,5 m2t/VPTotal

S.I.P.S.m2s viv./ha. nº viv. máx. m2t/m2s m2t m2t

incl. LLCC y anexos m2s m2s/viv. %s/S m2s m2s/viv. m2s m2s/viv. m2t m2t/viv. m2t m2t/viv. m2s m2s %s/S m2s por cada

100m2t resid.

667.213 40,19 2.681 0,500 333.783 166.892 1.359 67.518 25,18 10,12 37.300 13,91 18.650 6,96 6.644 2,48 13.287 4,96 28.616 133.433 20,00 39,98

[O.E.][1]

28,57

21,00

3

7.248

64.77812 21.593 4

Determinaciones estructurales de ordenación.Superficie del sector según medición efectuada sobre la cartografía base de la ordenación del PGOU. Tendrá la consideración de ordenación estructural [O.E.] la superficie real del sector.

46,6733.44716.72499,38 3.18521,00 7.16735.836 361

10,00

12 10.24820.496

10,50 9.556

296 12 3.624

ÁREA DE REPARTO DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO RESIDENCIAL.II

AR.SURS-R.II

Determinaciones de ordenación

Actuaciones

CUADRO DE DETERMINACIONES Y RESERVAS

Superficie [1]

SURS-RO3 (Residencial Oeste III) 50159.273

37,9770.046 20,89

4

16.013

38,56

Reserva Vivienda Protegida Reservas para dotaciones

Servicios de Interés Público y Social (S.I.P.S.)

Deportivo

Residencial

Techo máximoDensidad global

5.436 29.940 17,35

6

[O.E] = 50% de la edificabilidad residencial prevista por la ordenación detallada

Eq. Social

Total dotaciones

Eq. Comercial

Centros docentesParques y jardines

71.673

35

TOTAL SECTORES

SURS-RS1 (Cerro Almagro I)

172.565

335.375

SURS-RS2 (Cerro Almodóvar)

Residencial

Edificabilidad global

Residencial 796 0,45

10,0060

604 17.257

703

38.827 131,2577.6540,45

1.281 8

2.4166 1.208 2

7.6863.84333.5380,55 92.228 26,18131,25184.456

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 151: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Uso global Medio Subjetivo

Global Techo máximo[O.E.]

[O.E.] [O.E.] Coef. Sector AMAR.SURS-T = AS = Exc =

IE IExS % IExSx% Uso y Tip. Localización AO/(IExS) AOTOTAL/SAR.SURS-T AMxS 0,9xAMxS AO-(AMxS) 0,10xAO 0,10xIExS 0,90xAMxS (AS/CS)/S %s/IE 0,90xExc

m2t/m2s m2t s/ (IE x S) m2t CUT CL CS UAs / m2s UAs UAs UAs UAs m2t orient.[2] UAs m2t/m2s orient.[2] orient. UAs

Ter. Empresarial 60 20.398 1,00 20.398

Ter. Comercial 40 13.599 1,25 16.998

Ter. Empresarial 60 108.971 1,00 108.971

Ter. Comercial 40 72.647 1,25 90.809

Ter. Empresarial 60 9.226 1,00 9.226

Ter. Comercial 40 6.151 1,25 7.688

Ter. Empresarial 60 27.562 1,00 27.562

Ter. Comercial 40 18.375 1,25 22.969

SG. SURS-N1 (Estación Intermodal) 188.438 Dotacional público _ _ _ _ _ _ _ _ 79.854 71.869 -79.854 _ _ _ _ _ _ _ _ _

SG. SURS-N2 (Grandes Eventos I) 104.356 Dotacional público _ _ _ _ _ _ _ _ 44.223 39.801 -44.223 _ _ _ _ _ _ _ _ _

0,385 276.928 304.621 274.159 0 30.462 27.693 162.489 111.669

[O.E.][1]

[2]

68,72 %

40,73 %

0,650 m2t/m2s

0,385 m2t/m2s

1,100 26.95426.954 5.05320.582 4.594

304.621

36,66

73.2360,3467 53,34

13.7090,3467 53,34

718.837

70.673

292.

794

0

36,6618.52453,3440,73

36,666.200

36,6653,34

53,34

0,3467

106.565

53,349.022

53,34

0,3467

Objetivo Propietarios sectores

19.948 53,34

% s/AO

10% cesión Municipio

3.74040,7337.396

TOTAL AR.SURS-T

AR

.SU

RS-

T

[O.E

.]

SURS-

SURS-

TS1 (Ampliación Llanos del Valle)

ÁREA DE REPARTO DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO TERCIARIO

CUADRO DE DETERMINACIONES Y APROVECHAMIENTOS

% s/AO

AR.SURS-T

Excesos

Aprovechamiento urbanístico Distribución del aprovechamiento urbanístico

UAs

% s/AO

Propietarios SGDistribución orientativa de usos lucrativosActuaciones

Determinaciones de ordenación

CoeficientesEdificabilidadSuperficie [1]

Uso pormenorizadom2s

IExSxCUTxCL

1,100 19.948 15.232

0,4238

106.5651,100 81.373

50.531

0

S

1,100

0,65

AO =

Terciario 0,65 181.618

Terciario 33.996

19.978

9.022 40,73 1.6916.88916.914

3.400

18.162

29.949

15.376 1,0

22.164

40,73118.406

10.025 1.538

TS2 (Terciario Vega de la Reina)

199.780

1,0

426.

043

Terciario

45.937

TO1 (Terciario Oeste)

52.302

0,65

SURS- 279.412

Terciario 1,0

1,0TN2 (Ciudad del Transporte)

23.656

0,65

SURS-

IE AR.SURS-T =

Determinaciones estructurales de ordenación.Superficie del sector según medición efectuada sobre la cartografía base de la ordenación del PGOU. Tendrá la consideración de ordenación estructural [O.E.] la superficie real del sector. Las cuantías reales dependerán de los usos y tipologías que se asignen, en ejecución del Plan, a los distintos titulares de derechos.

DATOS ESTADÍSTICOS:

% SG s/ S sectores =

% SG s/ SAR.SURS-T =

IE MEDIO sectores =

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 152: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Uso global

[O.E.] [O.E.]

S IE IExS

m2s m2t/m2s m2t m2s %s/S m2s %s/S m2s %s/S

426.043 0,650 276.928 42.604 10,00 17.042 4,00 59.646 14,00

[O.E.][1]

14,00

9.894

10,00

10,00

2.827

3.312

14,0010,00

39.118

4,00

TN2 (Ciudad del Transporte) 279.412

0,65Terciario

0,65Terciario

Terciario

23.656TO1 (Terciario Oeste)

70.673

7.322

10,00

4,0011.176

946

0,65

2.366

33.996

181.6180,65

SURS-TS2 (Terciario Vega de la Reina) 52.302 Terciario

Parques y jardines

5.230 4,002.092

Servicios de Interés Público y Social

(S.I.P.S.)

SURS-

ÁREA DE REPARTO DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO TERCIARIO

14,00

AR.SURS-TCUADRO DE DETERMINACIONES Y RESERVAS

Reservas para dotaciones

27.941

Total dotaciones

45.937 7.067

15.376 14,00

4,00SURS-TS1 (Ampliación Llanos del Valle)

SURS-

ActuacionesTecho máximoEdificabilidad

global

Determinaciones de ordenación

Superficie[1]

Superficie del sector según medición efectuada sobre la cartografía base de la ordenación del PGOU. Tendrá la consideración de ordenación estructural [O.E.] la superficie real del sector.

Determinaciones estructurales de ordenación.

TOTAL SECTORES

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 153: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Uso global Medio Subjetivo

Global Techo máximo[O.E.]

[O.E.] [O.E.] Coef. Sector AMAR.SURS-I = AS = Exc =

IE IExS % IExSx% Uso y Tip. Localización AO/(IExS) AOTOTAL/SAR.SURS-I AMxS 0,9xAMxS AO-(AMxS) 0,10xAO 0,10xIExS 0,90xAMxS (AS/CS)/S %s/IE 0,90xExc

m2t/m2s m2t s/ (IE x S) m2t CUT CL CS UAs / m2s UAs UAs UAs UAs m2t orient.[2] UAs m2t/m2s orient.[2] orient. UAs

Ind. Productivo 60 91.653 1,00 91.653

Ind. Loc. Estratégica 40 61.102 1,20 73.323

Ind. Productivo 60 104.945 1,00 104.945

Ind. Loc. Estratégica 40 69.963 1,20 83.956

0,494 327.663 318.160 286.344 35.716 35.388 32.766 286.344 32.144

[O.E.][1]

[2]

11,23 %

10,09 %

0,550 m2t/m2s

0,494 m2t/m2s

662.628

0,55

318.014

% SG s/ S sectores =

277.737 Industrial

% SG s/ SAR.SURS-I=

_ _SG. SURS-S3 (Parque San Eufrasio I) 66.877

AR

.SU

RS-

I

[O.E

.]

Industrial

_

IE AR.SURS-I =

DATOS ESTADÍSTICOS:

IE MEDIO sectores =

SURS-IO1 (Parque Agrícola)

TOTAL AR.SURS-I

Determinaciones estructurales de ordenación.Superficie del sector según medición efectuada sobre la cartografía base de la ordenación del PGOU. Tendrá la consideración de ordenación estructural [O.E.] la superficie real del sector. Las cuantías reales dependerán de los usos y tipologías que se asignen, en ejecución del Plan, a los distintos titulares de derechos.

10% cesión MunicipioEdificabilidad

IExSxCUTxCL

Distribución del aprovechamiento urbanístico

Propietarios SG

Uso pormenorizado

Objetivo

% s/AO

9,08

% s/AO

148.325 0,4450 14.98580,92133.493 80,9216.49816.650

m2s

AO =

Superficie [1] Distribución orientativa de usos lucrativos

ÁREA DE REPARTO DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO INDUSTRIAL

CUADRO DE DETERMINACIONES Y APROVECHAMIENTOS

% s/AO

AR.SURS-I

Excesos

Aprovechamiento urbanísticoDeterminaciones de ordenación

Coeficientes Propietarios sectoresActuaciones

UAs

S

_

0,55 1,0

152.755

66.8

77

SURS-IN1 (Ampliación P. Ind. Empresarial Nuevo Jaén)

9,0817.15910,09 80,9280,92152.852 0,445018.890

353.876

Espacios libres

públicos_ _ _ 0 _ _

1,080188.900 169.8350,5340 19.065 17.491

15.27610,09164.976 1,080 133.493

_

152.852174.908

595.

751 1,0

__ _ _ _ _ _

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 154: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Uso global

[O.E.] [O.E.]

S IE IExS

m2s m2t/m2s m2t m2s %s/S m2s %s/S m2s %s/S

595.751 0,550 327.663 59.575 10,00 23.830 4,00 83.405 14,00

[O.E.][1]

38.883

44.5224,0012.721

4,0011.109

TOTAL SECTORES

SURS- IN1 (Ampliación P. Ind. Empresarial Nuevo Jaén)

SURS- IO1 (Parque Agrícola)

Edificabilidad global

Determinaciones de ordenación

Superficie[1]

174.908

152.755Industrial

Techo máximo

318.014 31.801 14,00

Parques y jardines

Industrial

277.737

10,00

Determinaciones estructurales de ordenación.Superficie del sector según medición efectuada sobre la cartografía base de la ordenación del PGOU. Tendrá la consideración de ordenación estructural [O.E.] la superficie real del sector.

0,55

0,55 27.774 10,00

ÁREA DE REPARTO DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO INDUSTRIAL

14,00

AR.SURS-ICUADRO DE DETERMINACIONES Y RESERVAS

Reservas para dotaciones

Actuaciones

Total dotacionesServicios de Interés Público y Social

(S.I.P.S.)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 155: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Uso global Medio Subjetivo

Global Techo máximo[O.E.]

[O.E.] [O.E.] Coef. Sector AMAR.SURS-D = AS = Exc =

IE IExS % IExSx% Uso y Tip. Localización AO/(IExS) AOTOTAL/SAR.SURS-D AMxS 0,9xAMxS AO-(AMxS) 0,10xAO 0,10xIExS 0,90xAMxS (AS/CS)/S %s/IE 0,90xExc

m2t/m2s m2t s/ (IE x S) m2t CUT CL CS UAs / m2s UAs UAs UAs UAs m2t orient.[2] UAs m2t/m2s orient.[2] orient. UAs

AR

.SU

RS-

D

[O.E

.]

SURS-DS1 (Dotacional sur) 115.860

115.

860

Dotacional privado 0,40 46.344 Dotacional Privado 100 46.344 1,00 1,0 1,000 0,4000 46.344 41.710 0 0,00 4.634 4.634 41.710 90,00 0,3600 90,00 0 0,00

0,40 46.344 46.344 41.710 0 4.634 4.634 41.710 0

[O.E.][1]

[2]

0,400 m2t/m2s

0,400 m2t/m2s

Propietarios SGActuaciones Edificabilidad

Distribución del aprovechamiento urbanísticoDeterminaciones de ordenación Aprovechamiento urbanístico

10% cesión Municipio Propietarios sector

% s/AO

46.344

Superficie [1]

S

m2s

AO =

UAs

IExSxCUTxCL

Coeficientes Objetivo

ÁREA DE REPARTO DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO DOTACIONAL PRIVADO

CUADRO DE DETERMINACIONES Y APROVECHAMIENTOS

% s/AO

AR.SURS-D

Excesos

Uso pormenorizado

Distribución orientativa de usos lucrativos

% s/AO

IE AR.SURS-I =

DATOS ESTADÍSTICOS:

IE MEDIO sectores =

TOTAL AR.SURS-D

Determinaciones estructurales de ordenación.Superficie del sector según medición efectuada sobre la cartografía base de la ordenación del PGOU. Tendrá la consideración de ordenación estructural [O.E.] la superficie real del sector. La cuantía real dependerá de los usos y tipologías que se asignen, en ejecución del Plan, a los distintos titulares de derechos.

115.860 46.344

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 156: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 157: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

 

 

8. SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Page 158: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 159: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Superficie Uso global preferente

m2s

SURNS- RE1 (Extensión Este I) 55.194 Residencial

SURNS- RE2 (Extensión Este II) 1.749.468 Residencial

SURNS- RE3 (Extensión Este III) 610.128 Residencial

SURNS- IN2 (Nuevo Jaén II) 254.230 Industrial

SURNS- TN1 (Terciario Triunfo) 180.027 Terciario

SURNS- TN3 (Terciario Norte) 491.920 Terciario

SURNS- RN2 (Las Infantas I) 76.029 Residencial

SURNS- RN3 (Las Infantas II) 17.894 Residencial

SURNS- RO4 (Extensión Oeste) 1.932.674 Residencial

SURNS- RS5 (Cerro Almagro II) 612.126 Residencial

SURNS- RS2 (Extensión Parque Sur) 772.586 Residencial

SURNS- RS3 (Borde Sur I) 67.008 Residencial

SURNS- RS4 (Borde Sur II) 265.689 Residencial

SURNS- TO2 (Terciario Oeste II) 123.922 Terciario

7.208.895

Superficie Uso

m2s

SG. SURNS-S1 (Parque Central II) 361.037 Espacios libres públicos

SG. SURNS-N3 (Grandes Eventos II) 311.961 Dotacional público

SG. SURNS-E1 (Dotacional Vega de los Ríos) 134.581 Espacios libres públicos

SG. SURNS-E2 (Ciudad Deportiva) 152.420 Dotacional público

959.999

8.168.894

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO

TOTAL ACTUACIONES

SURNS

Actuaciones

TOTAL

TOTAL

Actuación

ÁM

BIT

OS

SIS

TEM

AS

GE

NE

RA

LES

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 160: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 161: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[12,17]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 55.194(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Residencial

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

Las establecerá el Plan de Sectorización.

Uso global:

Criterios y directrices para la ordenación detallada:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

Localización en planos (serie [número/s]):

RE1 (Extensión Este I)

Clase y categoría de suelo:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Usos incompatibles:

Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

Se establecerán y solucionarán las conexiones con la trama urbana aneja. El sistema de espacios verdes procurará la integración paisajística del ámbito.

Criterios de disposición de los sistemas generales:

Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

ZONA AFECTADA DE INCENDIO:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

RE1 (Extensión Este I)

El plan de sectorización determinara la superficie afectada por incendio que deberá ser clasificada como suelo no urbanizable durante al menos 30 años (articulo 50 Ley 4372003 de Montes) .

AFECCIONES:

*Previo a la aprobación del plan de sectorización, se precisará informe vinculante de la Administración competente en medio ambiente sobre la aptitud de los terrenos para su desarrollo urbanístico.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[7,10,11,16]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 1.749.468(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

ResidencialUso global:

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación (o el Plan de Sectorización si este instrumento tuviera por objeto el cambio de categoría de los terrenos a suelo urbanizable ordenado) siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

Criterios y directrices para la ordenación detallada:

Localización en planos (serie [número/s]):

RE2 (Extensión Este II)

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Clase y categoría de suelo:

Usos incompatibles:Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

Con carácter vinculante, el Plan de Sectorización dispondrá, sobre el borde Este del ámbito, un viario estructural generador de las adecuadas condiciones de funcionalidad e interrelación urbanas, el cual estará separado del suelo no urbanizable por un sistema lineal de espacios verdes como elemento de transición ciudad-campo.

Criterios de disposición de los sistemas generales:

3.- En las zonas verdes se admitirá, con carácter complementario, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social, no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante, sin perjuicio de la constitución -en su caso- de derechos de superficie en estos bienes. La ocupación máxima con usos complementarios será del 20% de la superficie total del parque, siendo la edificabilidad neta (que no computará en el cálculo de la edificabilidad del sector) un metro cuadrado de techo por cada metro cuadrado de suelo destinado a usos complementarios.

2.- Las dotaciones que se concretan en los planos de ordenación se consideran vinculantes en cuanto a su posición estratégica, debiendo destinarse terrenos del borde Norte del ámbito, en contacto con el SG Grandes Eventos, a dotaciones públicas, para generar sinergias dotacionales. Asimismo, se dispondrá, en la parte central del ámbito, un parque de características análogas a las previstas por el PGOU, para garantizar el adecuado nivel de relación entre nodos dotacionales. Finalmente, se mantendrá el parque lineal colindante con la Variante Este como espacio de transición ciudad-campo.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos: A-91 Los Prados; A-113 Norte Viñas Nuevas; A-115 Oeste Arroyo de la Magdalena.

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Cauce fluvial:

Sistema General Viario: J-12 (red estatal), JA-3102 (red provincial) y sus correspondientes zonas de protección.

MEDIO NATURAL:

Humedales:

Zona afectada de incendio:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

RE2 (Extensión Este II)

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado y de la Administración competente en medio ambiente.

AFECCIONES:

Nº H8 Las Lagunillas I (X432.372 Y4.183.708), el plan de sectorización realizará estudios detallados para la delimitación del humedal que se clasificará como suelo no urbanizable de especial protección SNUEP-H.

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

El plan de sectorización determinará la superficie afectada que deberá ser clasificada como suelo no urbanizable durante al menos 30 años (articulo 50 Ley 4372003 de Montes).

Nº 26-Vereda de Las Lagunillas (23050025), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

Arroyo de la Magdalena y Arroyo Turbio, se modifican los límites del sector para excluir el DPH, zona de servidumbre y zona inundable de 500 años de ambos cauces.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[16,22]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 610.128(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Residencial

Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Con carácter vinculante, el Plan de Sectorización dispondrá, sobre el borde Este del ámbito, un viario estructural generador de las adecuadas condiciones de funcionalidad e interrelación urbanas, el cual estará separado del suelo no urbanizable por un sistema lineal de espacios verdes como elemento de transición ciudad-campo.

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación (o el Plan de Sectorización si este instrumento tuviera por objeto el cambio de categoría de los terrenos a suelo urbanizable ordenado) siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

Criterios y directrices para la ordenación detallada:

Uso global:

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

RE3 (Extensión Este III)

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

Usos incompatibles:

Criterios de disposición de los sistemas generales:

2.- Las dotaciones que se concretan en los planos de ordenación se consideran vinculantes en cuanto a su posición estratégica, debiendo mantenerse el parque lineal colindante con la Variante Este como espacio de transición ciudad-campo.

3.- En las zonas verdes se admitirá, con carácter complementario, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social, no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante, sin perjuicio de la constitución -en su caso- de derechos de superficie en estos bienes. La ocupación máxima con usos complementarios será del 20% de la superficie total del parque, siendo la edificabilidad neta (que no computará en el cálculo de la edificabilidad del sector) un metro cuadrado de techo por cada metro cuadrado de suelo destinado a usos complementarios.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 166: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Cauce fluvial:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

AFECCIONES:

Nº 26-Vereda de Las Lagunillas (23050025), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

Arroyo del Valle, se modifican los límites del sector para excluir el DPH, zona de servidumbre y zona inundable de 500 años.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

RE3 (Extensión Este III)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 167: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[3]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 254.230(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Industrial

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación (o el Plan de Sectorización si este instrumento tuviera por objeto el cambio de categoría de los terrenos a suelo urbanizable ordenado) siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

Criterios de disposición de los sistemas generales:

Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

Uso global:

Criterios y directrices para la ordenación detallada:

Usos incompatibles:Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:

Clase y categoría de suelo:

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

IN2 (Nuevo Jaén II)

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Con carácter vinculante, el Plan de Sectorización dispondrá, sobre el borde Noroeste del ámbito y en continuidad del correspondiente del SURS-IN1 , un viario estructural generador de las adecuadas condiciones de funcionalidad e interrelación urbanas, el cual estará separado del suelo no urbanizable por un sistema lineal de espacios verdes como elemento de transición ciudad-campo.

2.- Las dotaciones que se concretan en los planos de ordenación se consideran vinculantes en cuanto a su posición estratégica, debiendo mantenerse el parque lineal de borde como espacio de transición ciudad-campo.

3.- En las zonas verdes se admitirá, con carácter complementario, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social, no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante, sin perjuicio de la constitución -en su caso- de derechos de superficie en estos bienes. La ocupación máxima con usos complementarios será del 20% de la superficie total del parque, siendo la edificabilidad neta (que no computará en el cálculo de la edificabilidad del sector) un metro cuadrado de techo por cada metro cuadrado de suelo destinado a usos complementarios.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 168: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

DOMINIO PÚBLICO:

Cauce fluvial: Curso menor tributario del Arroyo Hondo.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

*El plan de sectorización deberá realizar Estudio Hidrológico Hidráulico de dicho cauce y modificar los límites del sector para excluir el DPH, zona de servidumbre y zona inundable de 500 años que se considerarán como suelo no urbanizable de especial protección.

AFECCIONES:

IN2 (Nuevo Jaén II)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 169: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[4,7]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 180.027(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Terciario

Con carácter vinculante, el Plan de Sectorización dispondrá, sobre el borde del ámbito, un viario estructural generador de las adecuadas condiciones de funcionalidad e interrelación urbanas.

Se prohíbe expresamente el uso pormenorizado de gran superficie minorista.

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

Criterios de disposición de los sistemas generales:

Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

Uso global:

Criterios y directrices para la ordenación detallada:

Usos incompatibles:

Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Clase y categoría de suelo:

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

TN1 (Terciario Triunfo)

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Localización en planos (serie [número/s]):

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 170: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

DOMINIO PÚBLICO:

Sistema General Ferroviario: Se modifican los límites del sector para evitar la afección a dicho dominio público.

Sistema General Viario: N-323a (red estatal), A-44 y A-316 (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

TN1 (Terciario Triunfo)

AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 171: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[6,10]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 491.920(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

TerciarioUso global:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

Con carácter vinculante, el Plan de Sectorización dispondrá, sobre el borde Oeste del ámbito, un viario estructural generador de las adecuadas condiciones de funcionalidad e interrelación urbanas.

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación (o el Plan de Sectorización si este instrumento tuviera por objeto el cambio de categoría de los terrenos a suelo urbanizable ordenado) siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

Criterios de disposición de los sistemas generales:

Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas. La sectorización de este ámbito, junto con la del RS1, se considera preferente con respecto a la de los restantes ámbitos del suelo urbanizable no sectorizado.

Criterios y directrices para la ordenación detallada:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

TN3 (Terciario Norte)

Localización en planos (serie [número/s]):

3.- En las zonas verdes se admitirá, con carácter complementario, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social, no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante, sin perjuicio de la constitución -en su caso- de derechos de superficie en estos bienes. La ocupación máxima con usos complementarios será del 20% de la superficie total del parque, siendo la edificabilidad neta (que no computará en el cálculo de la edificabilidad del sector) un metro cuadrado de techo por cada metro cuadrado de suelo destinado a usos complementarios.

2.- Las dotaciones que se concretan en los planos de ordenación se consideran vinculantes en cuanto a su posición estratégica.

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

Usos incompatibles:

Clase y categoría de suelo:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 172: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos: A-028 Arroyo Turbio.

DOMINIO PÚBLICO:

Sistema General Ferroviario: Se modifican los límites del sector para evitar la afección a dicho dominio público.

Sistema General Viario: A-316 (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

TN3 (Terciario Norte)

AFECCIONES:

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorará la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 173: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[1]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 76.029(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Residencial

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

Uso global:

Criterios y directrices para la ordenación detallada:Las establecerá el Plan de Sectorización.

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

Se establecerán y solucionarán los accesos generales a Las Infantas, mejorando los actualmente existentes.

Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Criterios de disposición de los sistemas generales:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Localización en planos (serie [número/s]):

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

Clase y categoría de suelo:

Usos incompatibles:

RN2 (Las Infantas I)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 174: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Sistema General Ferroviario: Se modifican los límites del sector para evitar la afección a dicho dominio público.

Sistema General Viario: A-44 (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

RN2 (Las Infantas I)

AFECCIONES:

Nº 3-Cañada Real de los Vados de la Mancha al descansadero de Las Infantas (23050002), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 175: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[13]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 17.894(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Residencial

Se establecerán y solucionarán los accesos generales a Las Infantas, mejorando los actualmente existentes.

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

Las establecerá el Plan de Sectorización.Criterios y directrices para la ordenación detallada:

Uso global:

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

RN3 (Las Infantas II)

Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:Usos incompatibles:

Criterios de disposición de los sistemas generales:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

Clase y categoría de suelo:

Localización en planos (serie [número/s]):

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 176: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

DOMINIO PÚBLICO:

Sistema General Viario:

RN3 (Las Infantas II)

AFECCIONES:

A-44 (red autonómica), JV-2305(red provincial) y sus correspondientes zonas de protección.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 177: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[9,10,14,15,20]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 1.932.674(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Residencial

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

3.- En las zonas verdes se admitirá, con carácter complementario, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social, no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante, sin perjuicio de la constitución -en su caso- de derechos de superficie en estos bienes. La ocupación máxima con usos complementarios será del 20% de la superficie total del parque, siendo la edificabilidad neta (que no computará en el cálculo de la edificabilidad del sector) un metro cuadrado de techo por cada metro cuadrado de suelo destinado a usos complementarios.

Uso global:

2.- Las dotaciones que se concretan en los planos de ordenación se consideran vinculantes en cuanto a su posición estratégica. Se mantendrá el parque lineal colindante con la Ronda Intermedia como espacio de transición ciudad-campo.

Criterios y directrices para la ordenación detallada:1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación (o el Plan de Sectorización si este instrumento tuviera por objeto el cambio de categoría de los terrenos a suelo urbanizable ordenado) siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

Con carácter vinculante, el Plan de Sectorización dispondrá, sobre el borde Norte del ámbito, un viario estructural generador de las adecuadas condiciones de funcionalidad e interrelación urbanas, el cual estará separado del suelo no urbanizable por un sistema lineal de espacios verdes como elemento de transición ciudad-campo.

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

RO4 (Extensión Oeste)

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Localización en planos (serie [número/s]):

Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:

Criterios de disposición de los sistemas generales:

Usos incompatibles:

Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Clase y categoría de suelo:

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

4.- Con carácter transitorio, las edificaciones incluidas en el ámbito podrán mantener su actividad hasta la ejecución del planeamiento, momento en el cual, a fin de evitar preexistencias incompatibles con la ordenación, deberán erradicarse.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 178: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos:

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Cauce fluvial:

Sistema General Ferroviario: Se modifican los límites del sector para evitar la afección a dicho dominio público.

Sistema General Viario: JA-3411y JV-2332 (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

Arroyo Turbio, se modifican los límites del sector para excluir el DPH, zona de servidumbre y zona inundable de 500 años.

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorará la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

RO4 (Extensión Oeste)

AFECCIONES:

A-48 Confluencia de Carreteras a Fuerte del Rey; A-78 Este Polígono de los Molinillos; A-93 Managua; A-104 Norte Ferrocarril Espeluy; A-110 Norte ruinas; A-167 SUPI-1 y A-174 Sureste de Managua.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Nº 25-Vereda del Camino de Arjona (23050024); Nº 24-Vereda del Camino de Andújar (23050023); Nº 23-Vereda de las Peñas del Milagro (23050022). Al tratarse de una zona de futura expansión urbana, el plan de sectorización podrá proponer la desafectación y modificación del trazado de los tramos de vías pecuarias afectadas.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 179: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[22,27,28]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 612.126(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Residencial

Criterios y directrices para la ordenación detallada:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

Criterios de disposición de los sistemas generales:

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

Usos incompatibles:

Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

Los sistemas generales de espacios libres se dispondrán como elemento de transición y separación con el cementerio y el borde del estadio municipal, acometiendo la necesaria restauración paisajística y consolidación de los taludes de éste.

RS5 (Cerro Almagro II)

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

2.- Las dotaciones que se concretan en los planos de ordenación se consideran vinculantes en cuanto a su posición estratégica.

Uso global:

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

3.- En las zonas verdes se admitirá, con carácter complementario, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social, no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante, sin perjuicio de la constitución -en su caso- de derechos de superficie en estos bienes. La ocupación máxima con usos complementarios será del 20% de la superficie total del parque, siendo la edificabilidad neta (que no computará en el cálculo de la edificabilidad del sector) un metro cuadrado de techo por cada metro cuadrado de suelo destinado a usos complementarios.

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación (o el Plan de Sectorización si este instrumento tuviera por objeto el cambio de categoría de los terrenos a suelo urbanizable ordenado) siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos: A-35 Cementerio Nuevo; A-120 Oeste del Cementerio Nuevo y A-173 Sur PRYCA.

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Cauce fluvial:

Sistema General Viario:

CEMENTERIO: Perímetros de protección articulo 40 Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

OTRAS CONDICIONES:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

Arroyo del Valle, se modifican los límites del sector para excluir el DPH, zona de servidumbre y zona inundable de 500 años.

J-14 y J-12 (red estatal), Variante Este (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

El plan de sectorización deberá contemplar: (a) la estabilización de los terrenos mediante la restauración de los taludes del campo de futbol y (b) dada su condición de zona de gran aglomeración debido al Estadio de la Victoria y usos terciarios circundantes, se realizará una evaluación de impacto de trafico para la zona solucionando los problemas de estacionamiento y evacuación.

RS5 (Cerro Almagro II)

AFECCIONES:

Nª 12-Cordel del Camino del Calvario (23050011), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

Sistema General de Infraestructuras Técnicas:

El plan de sectorización clasificará la subestación de Las Lagunillas como Sistema General de Infraestructuras Técnicas.

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorará la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado y Administración competente en materia de salud.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[27,28,30]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 772.586(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Residencial

Localización en planos (serie [número/s]):

Usos incompatibles:

Criterios de disposición de los sistemas generales:

Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:

Clase y categoría de suelo:

RS2 (Extensión Parque Sur)

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

Con carácter vinculante, el Plan de Sectorización dispondrá, sobre el borde que separa el ámbito del suelo no urbanizable, un viario estructural generador de las adecuadas condiciones de funcionalidad e interrelación urbanas, el cual estará separado del suelo no urbanizable por un sistema lineal de espacios verdes como elemento de transición ciudad-campo.

2.- Las dotaciones que se concretan en los planos de ordenación se consideran vinculantes en cuanto a su posición estratégica, debiendo destinarse terrenos del borde Este del ámbito a parques y jardines, pudiendo la ordenación detallada precisar y/o concretar la solución prevista en el PGOU.

3.- En las zonas verdes se admitirá, con carácter complementario, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social, no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante, sin perjuicio de la constitución -en su caso- de derechos de superficie en estos bienes. La ocupación máxima con usos complementarios será del 20% de la superficie total del parque, siendo la edificabilidad neta (que no computará en el cálculo de la edificabilidad del sector) un metro cuadrado de techo por cada metro cuadrado de suelo destinado a usos complementarios.

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

1.- La estructura viaria interior propuesta en los planos de ordenación se considera orientativa, pudiendo modificarla el Plan Parcial de Ordenación (o el Plan de Sectorización si este instrumento tuviera por objeto el cambio de categoría de los terrenos a suelo urbanizable ordenado) siempre que se mantengan las continuidades viarias de la estructura general, quede asegurada la conexión del sector con dicha estructura, y se mejoren las condiciones de ordenación.

Uso global:

Criterios y directrices para la ordenación detallada:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Sistema General Viario: J-14 (red estatal) y sus correspondientes zonas de protección.

MEDIO NATURAL:

CEMENTERIO: Perímetros de protección articulo 40 Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

Nª 12-Cordel del Camino del Calvario (23050011), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

Incremento de impacto sobre especies amenazadas Catalogo Andaluz de Especies Amenazadas (Anexo II Ley 8/2003).

*Se realizarán estudios previos sobre las especies amenazadas, cuyo resultado valorara la Consejería competente en medio ambiente estableciendo las cautelas apropiadas para la viabilidad de la actuación urbanística.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado y Administración competente en materia de salud.

RS2 (Extensión Parque Sur)

AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 183: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[29]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 67.008(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Residencial

RS3 (Borde Sur I)

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Clase y categoría de suelo:

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

Usos incompatibles:

Las establecerá el Plan de Sectorización.

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

Uso global:

Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Criterios de disposición de los sistemas generales:

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

Criterios y directrices para la ordenación detallada:

Con carácter vinculante, el Plan de Sectorización dispondrá, sobre el borde que separa el ámbito del suelo no urbanizable, un viario estructural generador de las adecuadas condiciones de funcionalidad e interrelación urbanas.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

DOMINIO PÚBLICO:

Cauce fluvial:

ZONA AFECTADA DE INCENDIO:

RIESGO GEOLÓGICO:

El plan de sectorización determinara la superficie afectada por incendio que deberá ser clasificada como suelo no urbanizable durante al menos 30 años (articulo 50 Ley 4372003 de Montes)

El plan de sectorización deberá incluir estudio geotécnico detallado y las medidas correctoras correspondientes.

OTRAS CONDICIONES:

El plan de sectorización deberá incluir estudio acústico y estudio paisajístico.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

RS3 (Borde Sur I)

AFECCIONES:

Arroyo vertiente al Reguchillo, se modifican los límites del sector para excluir el DPH, zona de servidumbre y zona inundable de 500 años.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[19,20,25,26]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 265.689(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Residencial

RS4 (Borde Sur II)

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

Clase y categoría de suelo:

Usos incompatibles:Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:

Uso global:

1.- Se establecerán y solucionarán las conexiones generales con la trama urbana colindante.2.- Se dispondrá una zona ajardinada a lo largo del borde colindante con la Carretera de Córdoba.

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Criterios de disposición de los sistemas generales:

Criterios y directrices para la ordenación detallada:Las establecerá el Plan de Sectorización.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 186: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos:

DOMINIO PÚBLICO:

Vía pecuaria:

ZONA DE INFLUENCIA FORESTAL:

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

RS4 (Borde Sur II)

AFECCIONES:

A-31 Cañada de Las Casas; A-33 Casa Echevarría; A-70 Espolón Frente a Estación Agrícola; A-101 Norte Casa de Echevarria; A-103 Norte del camino de la Zarza; A-111 Norte Sierra de Lascillo y A-122 Oeste Guardería.

Nº 20-Vereda del Pilar Nueva a Torredelcampo (23050019), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

Deberá elaborar plan de autoprotección contra el riesgo de incendio.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 187: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

3C[13,14,19,20]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie del ámbito (m2s): 123.922(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real).Según Plan de Sectorización.

Grandes industrias

Terciario

TO2 (Terciario Oeste II)

Localización en planos (serie [número/s]):

1. ORDENACIÓN ESTRUCTURAL:

Sistemas generales incluidos y/o adscritos:

Clase y categoría de suelo:

Usos incompatibles:Condiciones para la sectorización que aseguren la adecuada inserción de los sectores en la estructura de la ordenación municipal:

Uso global:

Se resolverán y ejecutarán las conexiones del ámbito con la estructura general viaria.

2. ORDENACIÓN PORMENORIZADA PRECEPTIVA:

Normativa de aplicación hasta la sectorización: La correspondiente al suelo no urbanizable colindante (protección territorial y/o ambiental)

3. DETERMINACIONES ORIENTATIVAS DE ORDENACIÓN:

Haber transcurrido ocho años desde la aprobación de Plan General o haberse urbanizado más del 60% en el suelo ordenado y sectorizado disponible para el mismo uso en el área urbana de que se trate, según lo previsto en las Normas Urbanísticas.

Criterios de disposición de los sistemas generales:

Criterios y directrices para la ordenación detallada:Las establecerá el Plan de Sectorización.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 188: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

ÁMBITO

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos:

DOMINIO PÚBLICO:

Sistema General Viario: A-316 (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

ZONA DE INFLUENCIA FORESTAL:

Deberá elaborar plan de autoprotección contra el riesgo de incendio.

A-40 Cerro de la Ermita de la Virgen Blanca; A-51 Cortijo de San Antonio; A-102 Norte Cortijo de San Antonio.

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorará la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

TO2 (Terciario Oeste II)

AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 189: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

 

 

9. SISTEMAS GENERALES DEL SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO

(SG.SURNS)

Page 190: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 191: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURNS-S1 (Parque Central II)

3C[22,27]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie (m2s): 361.037

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

Espacios libres públicos

PLAN ESPECIAL

Según Plan Especial.

Según Plan de Sectorización.

Localización en planos (serie [número/s]):

Adscripción:

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

SISTEMA GENERAL

Uso:

Clase y categoría de suelo:

2.- Se admitirá, con carácter complementario, con las condiciones urbanísticas (de uso, implantación, ocupación, edificabilidad, volumen, etc.) que determine el Plan Especial y sin predominar en proporción sobre los espacios verdes, el desarrollo de otros usos dotacionales (contemplándose de modo expreso los equipamientos culturales, de ocio y deportivos) y terciarios que coadyuven a su buen funcionamiento social (circunstancia que corresponderá motivar al Plan Especial), no pudiendo tratarse de usos independientes -en su régimen jurídico de propiedad y registral- de dicho dotacional dominante. Todos estos usos se ubicarán respetando el reglamento de policía sanitaria mortuoria respecto al cementerio.

Edificabilidad:

Instrumento de planeamiento:

1.- Creación de un gran parque público en una posición de relativa centralidad en el modelo urbanístico de la ciudad de Jaén.

3.- Se aplicará a los terrenos un tratamiento paisajístico y natural, debiendo optar el Plan Especial por el predominio de los suelos naturales (entendiendo por tales los no urbanizados con características urbanas) sobre los transformados. En el caso de reforestaciones o revegetaciones se optará, con carácter preferente, por la plantación de especies autóctonas de bajos requerimientos hídricos, resistentes a la sequía, evitando aquellas que requieran un mantenimiento intensivo y/o de alto coste. Sin perjuicio de lo anterior, en los equipamientos destinados a la práctica de deportes al aire libre que, con carácter complementario, pudieran implantarse, se admiten los tratamientos vegetales propios de las concretas prácticas deportivas.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 192: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURNS-S1 (Parque Central II)

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos:

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Cauce fluvial:

CEMENTERIO:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

Perímetros de protección articulo 40 Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorara la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado y Administración competente en materia de salud.

SISTEMA GENERAL

AFECCIONES:

A-29 Cabecera Arroyo del Valle; A-72 Este Calle La Luna; A-98 Noreste de San Roque y A-120 Oeste del Cementerio Nuevo.

Nº 12-Cordel del Camino del Calvario (23050011), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

Arroyo del Valle, se modifican los límites del sector para excluir el DPH, zona de servidumbre y zona inundable de 500 años.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 193: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURNS-N3 (Grandes Eventos II)

3C[7,11]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie (m2s): 311.961

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

Dotacional público

PLAN ESPECIAL

Según Plan Especial.

Según Plan de Sectorización.

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

Edificabilidad:

Adscripción:

Localización en planos (serie [número/s]):

Clase y categoría de suelo:

SISTEMA GENERAL

Uso:

1.- En un enclave de relevantes valores estratégicos por sus condiciones de conexión con el núcleo urbano, con su comarca y con las infraestructuras del transporte rodado y Tranvía, se reservan terrenos con capacidad de acogida para posibles futuros eventos de escala nacional e internacional.

Instrumento de planeamiento:

2.- Se permitirán los usos de hostelería, comerciales y ocio que conjuntamente posibiliten la puesta en marcha del equipamiento.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 194: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURNS-N3 (Grandes Eventos II)

DOMINIO PÚBLICO:

Sistema General Viario: A-44 (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

SISTEMA GENERAL

AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 195: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURNS-E1 (Dotacional Vega de los Ríos)

3C[16,17]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie (m2s): 134.581

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

Espacios libres públicos

PLAN ESPECIAL

Según Plan Especial.

Según Plan de Sectorización.

Creación de un parque público colindante con los asentamientos diseminados de la Vega de los ríos, para reequipar y cualificar estos asentamientos mediante la obtención de estos suelos para un uso de espacios verdes compatible con otros usos de carácter docente y los servicios que requieran dichos asentamientos.

Edificabilidad:

Adscripción:

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

Uso:

Instrumento de planeamiento:

Localización en planos (serie [número/s]):

SISTEMA GENERAL

Clase y categoría de suelo:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 196: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURNS-E1 (Dotacional Vega de los Ríos)

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Sistema General Viario: A-44 (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

Nº 26-Vereda de Las Lagunillas (23050025), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisara informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

SISTEMA GENERAL

AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 197: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURNS-E2 (Ciudad Deportiva)

3C[18,24]

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SURNS)

Superficie (m2s): 152.420

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

Dotacional público

PLAN ESPECIAL

Según Plan Especial.

Según Plan de Sectorización.

Clase y categoría de suelo:

Uso:

Instrumento de planeamiento:

Delimitación, sobre terrenos cercanos al núcleo urbano principal existente y ubicados de forma coherente con la ordenación estructural, de un sistema general de uso dotacional deportivo con la entidad suficiente para complementar equipamientos de la ciudad como el complejo de la Salobreja y el campo de fútbol Nuevo la Victoria, albergando otras actividades deportivas asociadas.

Edificabilidad:

Adscripción:

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

SISTEMA GENERAL

Localización en planos (serie [número/s]):

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 198: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SURNS-E2 (Ciudad Deportiva)

DOMINIO PÚBLICO:

Cauce fluvial:

Sistema General Viario: A-6001 (red autonómica) y sus correspondientes zonas de protección.

OTRAS CONDICIONES:

OBJETIVOS DE CALIDAD ACUSTICA: Será de aplicación el Régimen de Zonificación Acústica General del Municipio, Título XIII de la Normativa Urbanística y planos de Ordenación General: Zonificación Acústica (Serie 3.R)

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado.

Arroyo del Allózar, se modifican los límites del sector para excluir el DPH, zona de servidumbre y zona inundable de 500 años.

La vertiente del cerro que da al arroyo, entre las coordenadas UTM (ED50) X436.377 Y4.182.721 y X436.380 Y4.182.483, dada su elevada pendiente se preservará para su uso como espacios libres.

SISTEMA GENERAL

AFECCIONES:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 199: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

 

 

10. SISTEMAS GENERALES DEL SUELO NO URBANIZABLE (SG.SNU)

Page 200: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 201: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

Superficie Uso

m2s

SG. SNU-N1 (Parque Arqueológico) 477.997 Parque cultural

SG. SNU-N2 (Dotacional Este) 383.276 Equipamiento

861.273TOTAL

Actuación

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 202: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 203: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SNU-N1 (Parque Arqueológico)

3C[08, 12]

SUELO NO URBANIZABLE (SNU)

Superficie (m2s): 477.997

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

Parque cultural

PLAN ESPECIAL

Suelo No Urbanizable

Plazo de ordenación detallada: Primer cuatrienio de vigencia del PGOU.

ACÚSTICA:

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos:

Uso:

Clase y categoría de suelo:

Localización en planos (serie [número/s]):

AFECCIONES:

A-18 BIC Zona Arqueológica de Plaza de Armas de Puente Tablas; A-50 Cortijo de Joaquín Díaz y A-180 Villa junto a Puente Tablas.

SISTEMA GENERAL

1. Creación de un gran parque público que albergue el sitio arqueológico de la Plaza de Armas de Puente Tablas.

Adscripción:

Instrumento de planeamiento:

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

2. Se preverán instalaciones destinadas a la interpretación de este bien de interés cultural, así como suelo destinado a espacios libres de apoyo al uso público, estableciendo un perímetro de protección paisajística del yacimiento.Se vinculará el parque con un itinerario recreativo de recorrido de los ríos Jaén y Gualdalbullón.

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorará la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 204: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf
Page 205: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE JAÉN

SNU-N2 (Dotacional Este)

3C[08, 12]

SUELO NO URBANIZABLE (SNU)

Superficie (m2s): 383.276

(tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del ámbito).

Equipamiento

PLAN ESPECIAL

Suelo No Urbanizable

ACÚSTICA:

PATRIMONIO HISTÓRICO:

Yacimientos arqueológicos: A-18 entorno BIC Zona Arqueológica Plaza de Armas de Puente Tablas.

DOMINIO PÚBLICO:

Vías pecuarias:

Sistema General Viario: JV- 3012 (red provincial) y sus correspondientes zonas de protección.

1.- Se reservan terrenos estratégicamente ubicados entre el suelo urbano de Puente Tablas, el SURO de Cerro Moreno y los diseminados de la Vega del Guadalbullón con el objetivo de acoger los equipamientos necesarios de relación con estos ámbitos, pudiendo albergar usos complementarios a los del Parque Cultural Puente Tablas.

Instrumento de planeamiento:

Adscripción:

OBJETIVOS Y DETERMINACIONES:

Clase y categoría de suelo:

SISTEMA GENERAL

Uso:

Localización en planos (serie [número/s]):

*Se realizarán estudios arqueológicos previos (art. 29 Ley 14/2007 LPHA) cuyo resultado valorará la Consejería competente estableciendo las cautelas arqueológicas apropiadas y la viabilidad de la actuación urbanística.

*Previo a la aprobación del planeamiento de desarrollo, se precisará informe vinculante de la Administración tutelar del dominio público afectado

AFECCIONES:

Nº 14-Cordel de Baeza (23050013), se modifican los límites del sector para evitar la afección a la misma.

Según Zonificación Acústica General del Municipio.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉNGERENCIA DE URBANISMO

Page 206: III-3-FICHASURBANÍSTICAS.pdf