i.e. liceo mayor de soacha manual de convivencia

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I.E. LICEO MAYOR DE SOACHA “BIENESTAR PARA TODOS” MANUAL DE CONVIVENCIA "Sé que es necesario abrirte anchas las puertas del mundo, Que todo te pertenece, Que no deben estar cerrados para ti Los portones del progreso y del bienestar". Rafael García-Herreros

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I.E. LICEO MAYOR DE SOACHA

“BIENESTAR PARA TODOS”

MANUAL DE CONVIVENCIA

"Sé que es necesario abrirte anchas las puertas del mundo, Que todo te pertenece,

Que no deben estar cerrados para ti Los portones del progreso y del bienestar".

Rafael García-Herreros

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RESOLUCIÓN RECTORAL No. 002 de 2013

Por la cual se establece el presente Manual de Convivencia de la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”. El rector de la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, en uso de las atribuciones legales Que le confiere la Ley 115 y el decreto 1860 de 1994

CONSIDERANDO

1. Que es indispensable establecer en forma clara y precisa, las normas del comportamiento que los diferentes estamentos de la comunidad educativa deban presentar, para lograr una sana y armónica convivencia.

2. Que es necesario conocer los deberes y derechos que le corresponda a todos los integrantes de la comunidad educativa para velar por el cumplimiento de éstos.

3. Que es urgente dar aplicación a los mandatos educativos contemplados en la Constitución Nacional, el Código de la Infancia y la Adolescencia, la Ley general de Educación y demás decretos y sentencias vigentes que propenden por el desarrollo de la educación éticomoral, sexual, ambiental, para la convivencia social, pacífica, respetuosa, justa y para la prevención y atención de riesgos psicosociales.

4. Que es justo estimular a quienes en sus relaciones practiquen los valores y las conductas deseables en nuestra sociedad y planear todo tipo de actividades que busquen la educación integral de calidad y el buen funcionamiento del plantel.

5. Que para lograr el cumplimiento de los fines y objetivos educativos los fundamentos filosóficos, pedagógicos, perfil del estudiante y mandatos legales, se diseñe un manual con la participación de los estudiantes, docentes, directivos y padres de familia en forma democrática.

6. Que en sesión del 14 de marzo de 2013 el Consejo directivo del plantel, integrado por representantes de todos los estamentos de la Comunidad Educativa, acogió y aprobó de manera unánime el texto del Manual de Convivencia que mediante esta resolución se adopta.

RESUELVE

ARTICULO 1. Establecer el manual de convivencia de la I.E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, que se concibe como un instrumento dinámico, de Paz y convivencia dentro y fuera del Plantel, y en tal sentido, susceptible de mejoramiento y ajustes. ARTICULO 2. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dada en Soacha, a los diez (10) días del mes de Abril de 2013 ÁLVARO PARRA IBÁÑEZ Rector

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CONTENIDO

CAPITULO I GENERALIDADES

1. PRESENTACIÓN………………………………………………………… 6 2. MARCO LEGAL……………………………………………….…….….… 6 3. CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA…………………. 12

CAPITULO II

FILOSOFÍA Y PRINCIPIOS 1. MISIÓN……….………………………………………………………..…. 15 2. VISIÓN………………………………………………………………..….. 15 3. PRINCIPIOS Y VALORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.…… 15 4. OBJETIVO GENERAL…………..…………………………………….… 18

CAPITULO III

PERFIL DEL ESTUDIANTE

PERFIL DEL ESTUDIANTE……………………………………………………. 18

CAPITULO IV DERECHOS Y DEBERES

1. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES……………………………… 19 2. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES………………………………… 21 3. PROHIBICIONES ESPECIALES…………………………………….. 27 4. DERECHOS DE LOS DOCENTES………………………………….. 29 5. DEBERES DE LOS DOCENTES……………………………………. 30 6. DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS………………………………… 32 7. DEBERES DE LOS DIRECTIVOS…………………………………… 32 8. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES….. 33 9. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES…….. 33

CAPITULO V PROCEDIMIENTOS

1. FALTAS A LOS COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR PARTE DE LOS ESTUDIANTES……………………………………….………. 34

CAPITULO VI

SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL

SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL……………………………………….. 42

CAPITULO VII RECONOCIMIENTOS

RECONOCIMIENTOS………………………………………………………. 42

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CAPITULO VIII COSTOS EDUCATIVOS

COSTOS EDUCATIVOS………………………………………………..… 43

CAPITULO IX GOBIERNO ESCOLAR

1. PERSONERO Y REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES….. 44 2. FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES………... 44

CAPITULO X SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN PARA ESTUDIANTES (SIE)

TITULO I CRITERIOS, PROPÓSITOS, COMPONENTES, PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN………..………………………..….………. 45 TITULO II ESCALAS VALORATIVAS………….……………………………….. 52 TITULO III ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS………………………………………....................................... 52 TITULO IV ACCIONES DE SEGURIDAD PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES …………………….…..……………. 53 TITULO V PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES… 55 TITULO VI ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER ESTRATEGIAS PEDAGÓGICAS PENDIENTES………………………………………………….. 56 TITULO VII ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE SE CUMPLAN LOS PROCESOS EVALUATIVOS………………………….…………………………… 60 TITULO VIII PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA…………….……………………………………………………………. 60 TITULO IX ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES 60 TITULO X INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN…………………………………………..……………………………. 62 TITULO XI MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SIE………………………………… 62

CAPITULO XI DISPOSICIONES FINALES

1. RENOVACIÓN DE MATRICULA………………………………..… 63 2. VIGENCIA……………………………………………………………. 63

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EL CONSEJO DIRECTIVO DEL LICEO MAYOR DE SOACHA CONSIDERANDO QUE: La constitución colombiana en su artículo 41 consagra “El fomento de prácticas democráticas en la formación de principios y valores para la participación ciudadana”. Entre los fines de la educación colombiana se establece que Institucionalmente es indispensable acordar principios, acuerdos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad que favorezcan ambientes de tolerancia y libertad que conlleven a la formación en el respeto a la vida y a los demás derechos y valores humanos. La ley 1098 del 2006 “Por la cual se expide el código de Infancia y Adolescencia” cuya “finalidad es garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión...” Art.1; en los artículos 17 y 28 en los cuales se establecen los derechos “a la vida, a la calidad de vida y a un ambiente sano; y el derecho a una Educación de calidad”. En los art.43, 44 y 45 en los que se establece la obligación de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.

Es vital reconocer por lo tanto los derechos y deberes que corresponden a todos los integrantes de la comunidad educativa para facilitar la participación de todos en la toma de decisiones. Es necesario establecer acuerdos y normas claras de comportamiento y relación capaces de incidir en la construcción de ambientes cordiales y armónicos que favorezcan la promoción y la formación integral de la persona y demás fines y objetivos institucionales. Durante el comienzo del año escolar los coordinadores: académico y de convivencia presentan al Consejo Directivo la propuesta de implementación para el Manual de Convivencia, la cual es el producto de las actividades desarrolladas con la Comunidad Educativa y luego de un detallado análisis y aprobación por parte de los miembros del Consejo Directivo RESUELVE: 1. Adoptar el Manual de Convivencia Escolar, el cual estará sujeto a posibles ajustes según la aplicación y evaluación periódica del mismo. 2. Este Manual tiene carácter de norma o disposición legal que regula la prestación de servicios educativos y es de obligatorio cumplimiento. Deberá ser difundido entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. 3. Este Manual consta de los siguientes capítulos:

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CAPITULO I

GENERALIDADES PRESENTACIÓN La convivencia como la democracia, son construidas por el hombre. Si queremos una sociedad donde sea posible la vida, la paz y la felicidad, tenemos que comprometernos a mejorar día a día las formas de ser, pensar, sentir y actuar lo suficientemente coherente entre sí. El Proyecto Educativo Institucional estableció los lineamientos que soportan y direccionan a la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, fundamentados en la concepción del ser humano como ser único e irrepetible, como ser histórico y social, que está en continuo crecimiento y su formación requiere de toda una vida, pero sólo hace una vida cuando tiene conciencia de su ser y de sus actos; por consiguiente, la formación se convierte en un proceso real en que los sucesos determinan y modifican de raíz su vida guardando un estilo particular de ser humano. El presente manual es el resultado de la participación de alumnos, docentes, padres de familia y directivos de la Institución, quienes han querido precisar los comportamientos deseables para una sana y armónica convivencia.

En este Manual se contempla un marco conceptual que permite tener un panorama sobre el sentido que el manual tiene en la convivencia escolar, el soporte jurídico que ha dado las bases para su diseño, los fines de la educación que direccionan el Proyecto Educativo, que, a su vez, define los lineamientos con los cuales se acompaña el proceso de formación de los estudiantes. Se establecen derechos, deberes, valores, estímulos y correctivos que puedan generar relaciones interpersonales con un criterio de exigencia mediado por la cercanía entre los estamentos de la Comunidad Educativa.

Invitamos a toda la comunidad educativa a leerlo, analizarlo y presentar sus opiniones para enriquecerlo mucho más. Esperamos que este sea un gran aporte para los próximos años y que se enriquezca día a día. MARCO LEGAL

Constituido por el conjunto de disposiciones constitucionales y jurídicas que regulan el proceso de la educación en la nación. El Manual de Convivencia de la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” se sustenta legal y jurídicamente en:

La Constitución Política de Colombia de 1991

Es la norma de normas, porque supera y prevalece sobre cualquier disposición jurídica que exista o se promulgue. Sus mandatos guían las conductas sociales de educadores y educandos. En sus primeros 112 artículos se expresan los mandatos que favorecen el desarrollo integral del hombre colombiano. Entre estos, son relevantes los artículos 41, 42, 43, 44, 45, 67, 68, 73, 79, 80, 82, 85 y 86.

(Sentencia T-316 del 12 de julio de 1994) “La educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la indisciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede, respetando el debido proceso y los otros derechos fundamentales, a más de la participación de la comunidad educativa, llegar hasta a

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separar a la persona del establecimiento. Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa.

La Ley General de Educación

La ley 115 de Febrero de 1994, señala los fines y objetivos educativos, el concepto de currículo; los diferentes tipos y niveles de educación. Las formas de participación de los estudiantes, padres de familia y docentes, el gobierno escolar y otros aspectos relacionados con el Manual de Convivencia, con la profesionalización del servicio educativo. Como soporte para diseñar el Manual de Convivencia y estructurar el gobierno escolar, son relevantes los artículos 87, 91, 93, 94, 142, 143, 144 y 145.

La Corporación Educativa Minuto de Dios tiene como misión proyectar sus programas a la luz del Evangelio, lo cual supone que los Padres de Familia al optar libremente por matricular a sus hijos en un establecimiento de la Corporación, aceptan la orientación Católica del Plantel y su participación en todos los actos de comunidad que se organicen para caracterizar al Liceo en este sentido, a la vez, en el programa de Educación Religiosa y en la formación ética y moral, ya que la esencia de su existencia es predicar a Jesucristo, salvador del mundo.

Decreto 1860 de agosto 5 de 1994

Para el diseño del Manual de Convivencia escolar en este decreto se destacan algunos artículos que sirven de fundamento legal: 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29,30, 31, 32, 47, 48, 49, 50,51, 52, 53,54, 55 y 56.

El Código de la Infancia y la Adolescencia Ley 1098 de 2006

Consagra los derechos del menor, las formas de protección y las obligaciones que le corresponden a la familia, a las instituciones educativas y a las autoridades del estado. De todo su extenso articulado se detectan los que más tienen relación con el proceso educativo; su administración y la toma de decisiones. La ley 30 de 1986

Esta legislación responsabiliza a las secretarías de educación de cada unidad territorial para desarrollar programas preventivos de la drogadicción y de las instituciones educativas privadas y oficiales de todos los tipos y niveles, para constituir y fortalecer organizaciones estudiantiles creativas, con el fin de apoyar y desarrollar los programas diseñados por la secretaría correspondiente para prevenir los riesgos psicosociales.

Capítulo 3 del Decreto número 1108 de 1994 que prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales y privados, el porte, consumo y tráfico de estupefacientes y sustancias psicoactivas.

La Sentencia de la Corte Constitucional número 519 de 1992 que dice: “Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de

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permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de los estudios, de allí no debe colegirse (elaborar pie de página aclarando su significado) que el centro docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la Institución en que se forma, representa un abuso de derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al plantel los fines que le son propios”.

Jurisprudencias de la Corte Constitucional

A continuación se relacionan las Sentencias de la Corte Constitucional que regulan y determinan la interpretación que dicho órgano constitucional hace de los derechos y que de alguna manera afectan el normal desarrollo de la actividad académica Derecho – deber de la educación (Sentencia 002 de 1992) “Ahora bien, una característica de algunos de los derechos constitucionales fundamentales es la existencia de deberes correlativos. En el artículo 95 de la Constitución Política se encuentran los deberes y obligaciones de toda persona. La persona humana además de derechos tienen deberes; ello es como las dos caras de una moneda, pues es impensable la existencia de un derecho sin deber frente a si mismo y frente a los demás.” (Sentencia T-341 de 1993) “Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si reclama protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de éste.” (Sentencia T-092 del 03 de marzo de 1994) “El derecho a la educación comporta dos aspectos: es un derecho de la persona, como lo establece el artículo 67 de la Constitución Política y un deber que se materializa en la responsabilidad del educando de cumplir con las obligaciones impuestas por el centro educativo, obligaciones que se traducen tanto en el campo de la disciplina como en el del rendimiento académico. Siendo la educación un derecho constitucional fundamental, el incumplimiento de las condiciones para el ejercicio del derecho, como sería el no responder el estudiante a sus obligaciones académicas y al comportamiento exigido por los reglamentos, puede dar lugar a la sanción establecida en el ordenamiento jurídico para el caso y por el tiempo razonable que allí se prevea, pero no podría implicar su pérdida total, por ser un derecho inherente a la persona.”

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Alcances del manual de convivencia. (Sentencia T-386 de 1994) “Para la Corte es claro entonces, que la ley asignó a los establecimientos educativos, públicos y privados, un poder de reglamentación dentro del marco de su actividad. Los reglamentos generales de convivencia, como es de la esencia de los actos reglamentarios, obligan a la entidad que los ha expedido y a sus destinatarios, esto es, a quienes se les aplican, porque su fuerza jurídica vinculante deviene en forma inmediata de la propia ley y mediata de la Constitución Política.” (Sentencia T-524 de 1992) “En otros términos, los reglamentos de las instituciones educativas no podrán contener elementos, normas o principios que estén en contravía de la Constitución vigente como tampoco favorecer o permitir prácticas entre educadores y educandos que se aparten de la consideración y el respeto debidos a la privilegiada condición de seres humanos tales como tratamientos que afecten el libre desarrollo de la personalidad de los educandos, su dignidad de personas nacidas en un país que hace hoy de la diversidad y el pluralismo étnico, cultural y social principio de praxis general. Por tanto, en la relación educativa que se establece entre los diversos sujetos, no podrá favorecerse la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones que no consulten un propósito objetivamente educativo sino el mero capricho y la arbitrariedad.” (Sentencia T-015 de 1994) “Si bien es cierto que el Reglamento del plantel educativo es base fundamental orientadora de la disciplina del Colegio, pues sin él no sería posible mantener un nivel de organización, es cierto también que las normas allí contenidas deben ajustarse o mejor interpretarse acorde con las circunstancias particulares de los menores. No se trata de permitir una total libertad, pues esto no contribuye a la formación, pero sí comprender la situación y en la forma más razonable obrar sin perjudicar el futuro del educando.” (Sentencia T-1233 de 2003) “Por consiguiente, los reglamentos internos o manuales de convivencia elaborados por las comunidades de los planteles educativos tienen la obligación de observar las disposiciones constitucionales. En efecto, el respeto al núcleo esencial de los derechos fundamentales de los estudiantes no se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los centros educativos para regular el comportamiento de sus alumnos. Por el contrario, las reglas que se establezcan deben reflejar el respeto a la dignidad humana y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (artículo 1º), así como los derechos al libre desarrollo de la personalidad (artículo 16), libertad de conciencia (artículo 18), libertad de expresión (artículo 20), igualdad (artículo 13), debido proceso (artículo 29) y educación (artículo 67) superiores. Además de su consagración constitucional, la titularidad de estos derechos se encuentra en cabeza de niños y adolescentes en proceso de formación, lo que implica una protección reforzada. Ello, por supuesto, no significa que en el contexto de la comunidad educativa quienes tienen a su cargo la elaboración de los reglamentos de dichas instituciones, no puedan establecer límites razonables y proporcionales al ejercicio de los derechos. En la medida que los derechos fundamentales no son absolutos, y en ciertos aspectos se enfrentan a valores, principios y otros derechos fundamentales protegidos también por la Carta, la Corte ha sostenido que su alcance y efectividad pueden ser objeto de

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ponderación y armonización frente a otras disposiciones constitucionales a través de los reglamentos de convivencia.” Disciplina escolar. (Sentencia T-366 de 1992) “La aplicación de la disciplina en el establecimiento educativo no implica de suyo la violación de derechos fundamentales. Pero los profesores y directivas están obligados a respetar la dignidad del estudiante La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la personalidad.”. (Sentencia 037 de 1995) "La disciplina, que es indispensable en toda organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que cumple la educación". (Sentencia T-569 de 1994) “La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo… El deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la obligación de mantener las normas de presentación establecidas por el Colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de recreo y de salida, y el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. El hecho de que el menor haya tenido un aceptable rendimiento académico no lo exime del cumplimiento de sus deberes de alumno.” Concurrencia de padres de familia. (Sentencia T-366 de 1997) “El proceso educativo exige no solamente el cabal y constante ejercicio de la función docente y formativa por parte del establecimiento, sino la colaboración del propio alumno y el concurso de sus padres o acudientes. Estos tienen la obligación, prevista en el artículo 67 de la Constitución, de concurrir a la formación moral, intelectual y física del menor y del adolescente, pues "el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación". No contribuye el padre de familia a la formación de la personalidad ni a la estructuración del carácter de su hijo cuando, so pretexto de una mal entendida protección paterna -que en realidad significa cohonestar sus faltas-, obstruye la labor que adelantan los educadores cuando lo corrigen, menos todavía si ello se refleja en una actitud agresiva e irrespetuosa.”

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Formación integral del educando (Sentencia T-386 de 1994) “El comportamiento del estudiante en su claustro de estudios, en su hogar y en la sociedad, es algo que obviamente resulta trascendente y vital para los intereses educativos del establecimiento de enseñanza, porque es necesario mantener una interacción enriquecedora y necesaria entre el medio educativo y el ámbito del mundo exterior, lo cual se infiere de la voluntad Constitucional cuando se establece a modo de principio que "el estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación". Nadie puede negar que las actividades que el estudiante cumple dentro y fuera de su centro de estudios, influyen definitivamente en el desarrollo de su personalidad, en cuanto contribuyen a su formación educativa, a saciar sus necesidades físicas, psíquicas e intelectuales, y a lograr su desarrollo moral, espiritual, social afectivo, ético y cívico, como es la filosofía que inspira la ley general de educación (Ley 115/94, art. 5o.). No obstante lo anterior, a juicio de la Corte los reglamentos de las instituciones educativas no pueden entrar a regular aspectos que de alguna manera puedan afectar los derechos constitucionales fundamentales de los educandos, pues si ello está vedado a la ley con mayor razón a los reglamentos de la naturaleza indicada. En tal virtud, dichos reglamentos no pueden regular aspectos o conductas del estudiante ajenas al centro educativo que puedan afectar su libertad, su autonomía o su intimidad o cualquier otro derecho, salvo en el evento de que la conducta externa del estudiante tenga alguna proyección o injerencia grave, que directa o indirectamente afecte la institución educativa.” Debido proceso (Sentencia T-1233 de 2003) “En diversas oportunidades, esta Corporación ha señalado que la garantía constitucional al debido proceso (artículo 29 Superior) tiene aplicación en los procesos disciplinarios adelantados por los centros educativos de naturaleza pública y privada. En virtud de ello, la imposición de una sanción disciplinaria debe estar precedida del agotamiento de un procedimiento justo y adecuado, en el cual el implicado haya podido participar, presentar su defensa y controvertir las pruebas presentadas en su contra.” Observaciones: • “No es vulnerado el derecho a la educación por reprobación de grado o por exclusión de los estudiantes del plantel educativo por bajo rendimiento académico o por faltas disciplinarias.” • El derecho a la educación no se vulnera por la pérdida del año (Sentencia t-092 del 3 de marzo de 1994). • El derecho a la educación no se vulnera por excluir un estudiante debido a su mal comportamiento (Sentencia T-569 del 7 de diciembre de 1994). • No se vulnera el derecho a la educación si el colegio prescinde de un estudiante por mal rendimiento académico (Sentencia t-316 del 12 de julio de 1994). • Tampoco se vulnera el derecho a la educación si el colegio sanciona a los estudiantes por mal rendimiento académico (SentenciaT-439 del 12 de octubre de 1993).

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“De estas sentencias de la corte, ya convertidas en doctrina constitucional, se deduce lo siguiente”: • La educación es un derecho fundamental, pero no es absoluto, sino limitado. • La educación es un derecho-deber, por cuanto otorga reconocimientos y derechos y, a la vez, demanda el cumplimiento de deberes y obligaciones, tanto a las instituciones, como a los estudiantes y a los padres de familia. • Una de las obligaciones de los estudiantes consiste en tener un rendimiento académico acorde con las exigencias del colegio. * El colegio puede sancionar a los estudiantes por bajo rendimiento, tanto con la pérdida de año como con la exclusión del establecimiento. * El respeto por la disciplina y el orden en el colegio es parte del derecho de los estudiantes a la educación. * El límite del derecho a la educación y del derecho al libre desarrollo de la personalidad, como todo derecho, es el derecho de los demás. * Los estudiantes que no cumplen con el deber de rendir académicamente están violando el derecho a la educación de los demás. * Lo mismo sucede con la indisciplina que viola el derecho de los demás al orden y la disciplina, necesarios para permitir el buen rendimiento académico. * “Por fortuna para la Educación Colombiana, la Corte Constitucional ha defendido la calidad de la educación y la disciplina. Al sentenciar que los estudiantes tienen derecho a la disciplina y al orden lo que ha hecho es salvaguardar el servicio educativo del desastre al que se han visto enfrentados los programas educativos de varios países, entre otros los Estados Unidos, en donde las instituciones educativas se convirtieron en antros de crimen, hasta el punto de que el Congreso tuvo que aprobar una ley prohibiendo el porte de armas en las escuelas. Se instauró la teoría dejar hacer y dejar pasar con consecuencias fatales, nefastas, no sólo para la disciplina sino para los logros de la excelencia académica. Defender la disciplina no significa caer en uno de dos extremos, o permitirlo todo para no violar la intimidad de los estudiantes, o prohibirlo todo, con normas hitlerianas, en aras del orden”1

Responsabilidades especiales de la Institución Educativa. CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA El Liceo como institución educativa y en acatamiento a las normas que regulan la prestación del servicio educativo y las conductas sociales e institucionales frente a la población infantil y juvenil de Colombia, incorpora al presente Manual de Convivencia las obligaciones especiales exigidas a las instituciones educativas por el artículo 42 del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006), y que desarrolla en los apartes específicos de este Manual. Estas obligaciones son: 1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. 2. Brindar una educación pertinente y de calidad. 3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.

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4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. 7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. 8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. 12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socioeconómica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. De igual manera, los directivos, docentes y comunidad educativa en general de la Institución Educativa Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” asumen las obligaciones complementarias indicadas en el artículo 44 del Código de la Infancia y la Adolescencia de los establecimientos académicos y la comunidad educativa, en coordinación y según los casos, con la participación de organismos estatales, coadyuvantes en el cumplimiento de estas responsabilidades. Estas responsabilidades se refieren a: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. 3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. 6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro y fuera de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas.

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8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. 9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja.

Además, se entienden incorporadas al marco legal del presente Manual de Convivencia, todos los decretos y sentencias legales que en materia de educación produzcan y adquieran vigencia.

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CAPITULO II

FILOSOFÍA Y PRINCIPIOS

1. MISIÓN

La I.E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, institución adscrita a la Corporación Educativa Minuto de Dios, tiene como propósito promover bajo los principios de la Fe Católica, la Constitución Política y el legado del padre Rafael García-Herreros, el desarrollo humano integral, procurando el paso para cada uno y para todos a condiciones de vida más dignas facilitando el acceso al conocimiento, al desarrollo de la inteligencia, a la formación en valores y al crecimiento en el amor por los demás, con base en lo cual se quieren propiciar cambios estructurales que contribuyan al desarrollo de Colombia.

2. VISIÓN Antes del año 2022 la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” será una Institución educativa moderna, dinámica y competitiva, posicionada por encima de los estándares nacionales, con un proyecto educativo que proporcione a sus estudiantes una educación pertinente, innovadora y de alta calidad, que mediante el aprovechamiento de recursos pedagógicos que integren la ciencia y la tecnología junto con la adecuada formación ética y en valores, Y propicien la sensibilización social de sus estudiantes, garantizándoles así una educación integral. Nos proponemos vincular un equipo de colaboradores que cuenten o estén dispuestos a construir un proyecto de vida trascendente y constructiva, que, en un ambiente de solidaridad, servicio y amor al prójimo, impulsen el desarrollo continuo de la Institución.

3. PRINCIPIOS Y VALORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA: La Institución Educativa Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, se caracteriza por la vivencia de los principios cristianos entendidos como:

AMOR:

tolerancia: Aceptación, consideración y respeto. Implica: Convivencia en armonía y respeto a la individualidad.

Confianza: Familiaridad, seguridad, franqueza. Implica: Creer en el otro.

autoestima:

Amor propio, autovaloración. Implica: Aceptación y cuidado de sí mismo.

ternura:

Afabilidad, docilidad, bondad. Implica: Amabilidad y cariño.

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valoración del otro:

Aprecio, respeto, estimación. Implica: Reconocimiento.

JUSTICIA:

equidad:

Coherencia y razón en las decisiones.

Implica: Dar a cada cual lo que le corresponde. lealtad:

Rectitud en el obrar; veracidad y transparencia en el actuar. Implica: Fidelidad a los principios.

honradez:

Integridad, decoro y decencia. Implica: Ser razonable, justo y recto.

SERVICIO:

solidaridad: Compartir la causa del otro. Implica: Acompañamiento, ayuda, generosidad.

cooperación:

Obrar con otros para un mismo fin. Implica: Participación, acción y compromiso.

LIBERTAD: autonomía:

Actuar con recto criterio frente a las normas de la comunidad educativa, reconociendo y respetando el principio de autoridad.

Implica: Honrar el privilegio de la libertad con la responsabilidad en el actuar y la toma de decisiones constructivas.

interdependencia:

Dependencia mutua y respeto por el otro. Implica: Cambiar el "yo" por el "nosotros" con un mismo propósito.

Para nuestra Institución, la función esencial de la educación es la de formar a los estudiantes, orientándolos hacia la búsqueda de la verdad, pero que puedan hacerse hombres y mujeres libres y pensantes, que aporten a través de sus juicios que expresen sentimientos y que desplieguen imaginación, de manera que

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potencien sus talentos hacia la plenitud y puedan ser artífices de su propio destino y de la transformación del mundo. Para hacer realidad nuestra misión, en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), se implementa una nueva cultura institucional en la que se definen principios y valores cristianos, los cuales caracterizan e identifican a la comunidad educativa de la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”. Esta definición filosófica del PEI ha sido sustentada a partir de una re conceptualización de la pedagogía y del rompimiento constante de paradigmas frente al proceso de construcción del conocimiento, lo que nos llevó a tomar algunos elementos de la “Enseñanza para la Comprensión”, Modificabilidad Estructural Cognitiva y de algunas tendencias pedagógicas contemporáneas, al igual que las particularidades de la población que se está formando en el I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” y la dinámica de la misma; de manera que desde la institución se puedan articular los elementos necesarios para asumir un mundo en permanente cambio.

Concebimos que el aprendizaje comporta la comprensión intelectual entendida como la capacidad para aprehender en conjunto (el texto y su contexto, las partes y el todo, lo múltiple y lo uno). Aprensión que resulta de la interacción entre el conocimiento y su aplicación en la solución de situaciones reales del contexto del estudiante.

Por otro lado, comprender lo humano implica un proceso de empatía, identificación y proyección; además, regula la apertura y la generosidad por lo cual el maestro de la CEMID se caracteriza por establecer una comunicación clara y cálida. La explicación es suficiente para la comprensión intelectual, pero insuficiente para la comprensión humana, ya que ésta implica un conocimiento de persona a persona. La estrategia metodológica de la I.E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para

todos” pretende no sólo conocer los saberes en cuanto a las ciencias, y reconocer las características de lo humano, sino adecuar los ambientes de aprendizaje para considerar y superar las dificultades que se presentan en los procesos interpersonales y construir así una nueva forma de ver y vivir la vida; una dinámica en la que las contradicciones, dualidades, ambivalencias y desacuerdos, entre otros, sean reconocidos como propios de la complejidad humana. Para mejorar la interacción entre los miembros de la comunidad educativa.

Se hace relevante entender que en las relaciones interpersonales se generan las construcciones a todo nivel; por lo tanto, es necesario considerar al otro como un legítimo otro en la convivencia, que piensa, siente y actúa diferente y en esa medida aporta, enriquece y favorece al planteamiento de posibilidades y realidades diversas.

Lo anterior permitirá constituir sujetos (estudiantes - docentes) contextualizados, conscientes de su entorno, de cómo éste influye en ellos y también conscientes de su poder para afectarlo, con un nivel de integración personal y social coherente con sus valores cristianos – católicos que se reflejarán en su personalidad, constituyéndose en seres pro-activos en el amor, la justicia, el servicio y la libertad. La I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, alcanzará el horizonte de sentido cuando sus estudiantes logren:

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Vivenciar los principios y valores cristianos.

Manifestar sensibilidad social y solidaridad con el prójimo. Buscar la trascendencia en su actuar. Identificarse plenamente con la institución y manifestar su amor hacia ella. Conocer y defender su cultura y su nacionalidad. Ser auto gestores de su proceso de desarrollo personal. Ser organizados, responsables, dinámicos y optimistas. Manifestar autonomía con responsabilidad en sus acciones y toma de decisiones. Ser prácticos, recursivos, creativos e innovadores en todas las situaciones.

4. OBJETIVO GENERAL

El objetivo de la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, es lograr una Educación que comprometa los aspectos de la formación y que permita a los estudiantes un desarrollo integral de su personalidad, fortaleciendo la educación Católica con referencia explícita al Evangelio de Jesucristo, con el propósito de arraigarlo en su conciencia y así les ayude a plantearse proyectos de vida transformadores, en la cual tengan la capacidad de dar acertada solución a los problemas que se les presentan y asuman el saber, la cultura y la convivencia.

CAPITULO III

PERFIL DEL ESTUDIANTE El perfil lo constituyen todos los principios que se originan en la familia y se fortalecen en la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, con el trabajo conjunto enfocado a la vivencia de los siguientes principios: Es una persona que ama a Dios y a la vida, vivencia valores religiosos, éticos y

sociales a la luz del Evangelio, es autónomo, crítico e investigativo, es un ser humano alegre con apertura al cambio, al conocimiento y al otro, y gestor de sus propio desarrollo.

Es una persona que sabe: aprender de sus vivencias, conocer y valorar sus

capacidades, aprehender los saberes básicos del conocimiento y de la cultura, y aportar sus conocimientos a la construcción del saber.

Es una persona que interactúa en diferentes contextos, argumenta sus ideas y

sus derechos, cumple sus deberes y alcanza sus metas, gestiona su propio desarrollo sirviendo a su prójimo y a la comunidad, toma decisiones libres, responsables, y autónomas, analiza las posibles opciones de futuro, actúa para que las cosas ocurran, aplica conocimientos actualizados, se compromete con el uso racional de los recursos naturales, y es procurar extender su competencia al conocimiento de una segunda lengua.

Es una persona que posee sentido de pertenencia a su familia, su plantel y su

país, es capaz de interrelacionarse con los demás, soluciona conflictos, concertar y trabaja en equipo; y lidera con responsabilidad su vida y la de los demás.

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CAPITULO IV

DERECHOS Y DEBERES

1. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

EN EL ASPECTO FORMATIVO: 1.1. Recibir y conocer el Manual de Convivencia de la Institución, una vez aprobado en

Consejo Directivo. 1.2. Ser respetado como persona por toda la comunidad educativa (padres de familia,

directivos, profesores, compañeros, empleados de administración y de servicios generales).

1.3. Ser educado en los principios y valores definidos para la comunidad educativa. 1.4. Disponer de oportunidades para su desarrollo físico, mental, espiritual y social. 1.5. Acudir al conducto regular para proponer y/o resolver sus inquietudes y contar con

el debido proceso. 1.6. Participar activamente en su proceso educativo: Académico, cultural, social,

religioso y/o deportivo. 1.7. Gozar de un espacio de convivencia en un ambiente de paz. 1.8. Ser escuchado en su debido tiempo, elegir, mediar y decidir ante diferentes

situaciones de la vida escolar en que proceda participar. 1.9. Conocer los servicios prestados por el personal docente, directivo-docente y

administrativo utilizándolos dentro del horario establecido en la jornada escolar. 1.10. Recibir y utilizar oportunamente dentro de la jornada escolar, los servicios de

bienestar estudiantil con los que dispone la Institución. 1.11. Ser atendidos debida y oportunamente por el personal docente, directivo-docente y

administrativo según horarios establecidos por la Institución. 1.12. Promover y participar en campañas institucionales que propicien el bienestar y

superación estudiantil. 1.13. Recibir las clases, servicio de tienda escolar y demás servicios educativos en

condiciones de higiene, salubridad y seguridad que garanticen al máximo la preservación de su integridad.

1.14. Disfrutar del descanso, de la recreación razonable y del período de vacaciones. 1.15. Disfrutar de los diferentes espacios académicos, culturales, religiosos, lúdicos y

deportivos.

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1.16. Ser respetado en sus bienes y pertenencias.

1.17. Ser respetado en sus ideas y creencias, siempre y cuando al ser expresadas, no atenten contra el conjunto de principios y valores que orientan al plantel.

1.18. Presentar solicitudes o reclamos respetuosos cada vez que se considere

afectado en el ejercicio de sus derechos y obtener respuesta formal a los mismos teniendo en cuenta el conducto regular.

1.19. Agotados los conductos regulares, acudir formal y razonadamente ante el

Consejo Directivo del Plantel, órgano de conciliación del gobierno escolar y última instancia en las decisiones escolares.

1.20. Ser guiado en su proceso formativo por docentes que cumplan a cabalidad con

sus deberes profesionales, la filosofía del I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, los principios y valores planteados en el Proyecto Educativo Institucional.

1.21. A la defensa de los derechos del menor consignados en la Constitución y en el

Código de la Infancia y Adolescencia Ley 1098 de 2006.

1.22. A portar digna y decorosamente el uniforme como distintivo del I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”

1.23. A desarrollar sus potencialidades socio–afectivas, cognitivas y psicomotoras, siempre que se observe responsabilidad y respeto por los espacios formativos de la Institución.

EN EL ASPECTO ACADÉMICO:

1.24. Conocer el Plan de estudios de cada asignatura, así como las metas y

desempeños seleccionados para la evaluación de su rendimiento escolar. 1.25. Ser informados por parte de los profesores, sobre los resultados de las

evaluaciones, antes de ser registrados definitivamente.

1.26. Conocer las observaciones que sobre su desempeño se consignen en el Registro Escolar de Valoración y en caso de desacuerdo pronunciarse razonablemente y por escrito sobre las mismas.

1.27. Permanecer en las actividades programadas según horario, de acuerdo con las

indicaciones impartidas por los profesores o el personal de apoyo del plantel, siempre que se acaten normas de comportamiento y respeto hacia la actividad y se observe la presentación personal requerida según Manual de Convivencia.

1.28. Disponer de los diferentes espacios (biblioteca, auditorio, laboratorio, otros) y los

útiles necesarios para su proceso de desarrollo.

1.29. Ser asesorado por los docentes en el desarrollo de las actividades curriculares dentro de la jornada escolar.

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1.30. Recibir educación integral conforme con los principios, objetivos, perfil del

estudiante, y en general el Proyecto Educativo Institucional del I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”.

1.31. Solicitar a los profesores las orientaciones necesarias para superar las

dificultades derivadas de cada una de las asignaturas.

1.32. En caso de ausencia, presentar excusa válida (dentro de los tres días hábiles siguientes) al coordinador o autoridad escolar encargada de la convivencia y, previa autorización de la misma, acordar con los docentes las fechas para cumplir con tareas, talleres, evaluaciones y trabajos dejados de presentar.

1.33. Solicitar que se le respeten los resultados académicos ya obtenidos, sin que se le

afecten por faltas a este Manual.

1.34. Conocer las formas de evaluación para cada una de las actividades y propósitos establecidos.

1.35. Ser evaluado integralmente de acuerdo con los criterios establecidos por la

legislación vigente y la normatividad interna de la Institución.

1.36. Dentro del año escolar y en horarios regulares, tener acceso a actividades complementarias que permitan la superación de las dificultades.

EN EL ASPECTO PARTICIPATIVO

1.37. Elegir y/o ser elegido como representante de los estudiantes ante el Gobierno

Escolar asumiendo con responsabilidad su liderazgo de acuerdo con lo establecido en el PEI., siempre y cuando se observe excelencia académica, cumpla con las normas de comportamiento de este Manual y con los requisitos definidos por la institución para los procesos democráticos.

1.38. Representar a la Institución en los eventos para los cuales sea elegido,

considerando su buen desempeño académico y disciplinario.

1.39. Participar activamente en los eventos que se adelanten para el éxito de los proyectos pedagógicos institucionales y manifestar sus iniciativas sobre los mismos.

2. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

EN EL ASPECTO GENERAL:

2.1. Conocer y asumir el Manual de Convivencia de la Institución.

2.2. Tratar a todas las personas (directivos, profesores, compañeros, empleados administrativos y de servicios generales, padres de familia, visitantes) con la debida consideración, respeto y cortesía.

2.3. Reconocer y respetar en los demás los derechos que se pretenden para sí mismo.

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2.4. No abusar de los propios derechos.

2.5. Ser solidario, comprensivo, amistoso, justo, tolerante y compañerista.

2.6. Utilizar un lenguaje respetuoso dentro y fuera del plantel, manteniendo la buena imagen y haciendo honor al nombre del I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” en todo momento.

2.7. Respetar el I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, su nombre,

símbolos, principios y objetivos, esforzándose en todo momento por alcanzar el perfil establecido en este Manual.

2.8. Valorar la vida y la integridad del otro como su propia vida, como máximo principio

de convivencia.

2.9. Aprender que no existen enemigos ni opositores, sino oportunidades para crecer a partir de la diferencia y la resolución de conflictos.

2.10. Reconocer la diferencia para ver, valorar y compartir con otros modos de pensar, de

sentir y de actuar.

2.11. Respetar la intimidad de cada uno de los miembros de la comunidad educativa.

2.12. Fortalecer el proceso comunicativo que permita relacionarse con otros, con claridad y respeto.

2.13. Ofrecer explicaciones ante las diferencias o dificultades significativas.

2.14. En utilización del servicio de transporte escolar, hacer buen uso de la ruta, tomándola con puntualidad en los lugares acordados y mantener un comportamiento serio y respetuoso dentro de ella.

EN EL ASPECTO DE CONVIVENCIA:

2.15. Velar y participar en el cuidado del medio ambiente escolar, procurando la

conservación de condiciones de salud física, mental y espiritual, para si mismo y para toda la comunidad educativa.

2.16. Mantener en completo aseo y orden las aulas, demás espacios y particularmente los

servicios sanitarios.

2.17. Respetar el conducto regular y tener en cuenta las indicaciones para el buen uso de los diferentes servicios que presta la Institución.

2.18. Escuchar, conciliar y respetar las decisiones tomadas ante diferentes situaciones

de la vida escolar.

2.19. Utilizar los servicios del I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” (tienda escolar, oficinas, laboratorios, materiales, muebles, otros) con la compostura y el

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decoro que garantice la seguridad y el bienestar de quienes los comparten, respetando los turnos de compañeros u otras personas y cuidando la integridad y conservación de los bienes de la Institución.

2.20. Preservar y cuidar diariamente todos los recursos naturales, sus útiles y elementos

personales y, en actitud de solidaridad permanente, denunciar cualquier daño que se cause a los útiles y elementos de sus compañeros o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

2.21. Portar siempre el carné estudiantil y presentarlo cuando le sea requerido. El ingreso

a diferentes instituciones está condicionado a la presentación del carné que acredite la calidad de estudiante.

2.22. Asumir un comportamiento adecuado dentro y fuera del plantel evitando situaciones

que pongan en entredicho la buena imagen personal y de la Institución. El mal comportamiento fuera del I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” se considera agravado cuando se porte el uniforme de la Institución.

2.23. Al terminar la jornada escolar los estudiantes tienen el deber de dirigirse a su casa.

En caso contrario la responsabilidad sobre cualquier situación es de los padres de familia o acudientes, quienes tienen el deber de cuidar y controlar el horario de sus hijos, no obstante la posibilidad del plantel para requerir al estudiante por incumplimiento de este deber.

2.24. Cualquier miembro de la comunidad educativa tiene el deber de reportar al Liceo, el

mal comportamiento de un estudiante, particularmente cuando éste desconozca deberes cívicos o con sus actitudes o expresiones ponga en entredicho el buen nombre de la Institución.

2.25. Entregar oportunamente a los padres de familia y / o acudientes

las comunicaciones e informes que el I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” les remita y devolver inmediatamente los desprendibles firmados.

2.26. Asumir y cumplir con las disposiciones previstas en el Manual de Convivencia, las

circulares y orientaciones dadas por las distintas instancias de la Institución.

2.27. Proyectar orden, limpieza y pulcritud en todo momento, observando respeto y compostura en los diferentes actos de comunidad. Los jóvenes que tengan barba deberán presentarse afeitados y con corte y peinado de cabello formal en color natural.

2.28. Proyectar orden, limpieza y pulcritud en todo momento, observando respeto y

compostura en los diferentes actos de comunidad. Las niñas deberán presentarse bien peinadas y su cabello en color natural.

2.29. Tratar a todos los integrantes de la comunidad con respeto, evitando utilizar apodos

y burlas de mal gusto que entorpezcan las buenas relaciones y atenten contra la integridad personal.

2.30. Entregar a las autoridades del Plantel todo objeto que se encuentre sin que pueda

establecer quién es el dueño.

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2.31. Participar activa y responsablemente en la Brigada de Emergencia de la Institución

y prestar los primeros auxilios a los estudiantes que lo requieran.

2.32. Ser puntual en el horario y en todos los compromisos que disponga la Institución.

2.33. Informar vía telefónica o personalmente con el acudiente el motivo de la inasistencia y soportarla con una excusa escrita al regreso a la Institución.

2.34. Permanecer en los espacios que correspondan a las actividades académicas, de

formación o de descanso, según los horarios y momentos establecidos por la Institución.

2.35. Dar a conocer, siguiendo el conducto regular, cualquier anomalía que observe

relacionada con el consumo, porte o comercio de sustancias psicoactivas entre los miembros de la comunidad educativa.

2.36. Cuidar y conservar los materiales didácticos, muebles, enseres y elementos de la

Institución, tanto propios como los de sus compañeros. En caso de daño, extravío o destrucción, será sancionado disciplinariamente; estudiantes y acudientes deberán reparar el daño o restituir lo perdido de manera inmediata. En el evento de probarse intención deliberada de causar daño, se considerará como falta grave.

2.37. Denunciar cualquier atentado o daño que se observe sobre las instalaciones o

bienes de la Institución, por parte de compañeros o de cualquier otro miembro de la Comunidad Educativa.

2.38. Demostrar honestidad y transparencia en la presentación de tareas, trabajos,

evaluaciones y demás actividades académicas dentro y fuera de la Institución.

2.39. Promover la vivencia de la cultura de la Paz en cada uno de los miembros de la comunidad para respetar, apoyar, y orientar a todos sin distingo de raza, condición, credo, nacionalidad, ideología y conocimiento.

EN EL ASPECTO ACADEMICO:

2.40. Realizar responsablemente y en forma oportuna todas las actividades curriculares necesarias para su proceso de desarrollo integral en los términos establecidos por el calendario académico.

2.41. Presentar puntualmente los trabajos, realizándolos según normas establecidas y

actualizadas.

2.42. Seguir las pautas de trabajo indicadas para el desarrollo de las diferentes actividades académicas o de formación.

2.43. Traer los materiales necesarios para cada una de las áreas de acuerdo a los

criterios establecidos por el docente o la Institución.

2.44. Asistir puntualmente y participar con responsabilidad y compromiso en todas las actividades académicas, lúdicas, sociales, deportivas, culturales, pedagógicas,

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escolares y cívicas que realice la Institución.

2.45. Apoyar todo tipo de actividades que propicien el bienestar y la superación estudiantil e institucional.

2.46. Participar en el proceso de construcción del PEI, en su aprobación, adopción,

ejecución, evaluación y revisión a través de sus representantes.

2.47. Proveerse oportunamente de los elementos necesarios para las actividades académicas, culturales, sociales, religiosas y deportivas organizadas por la Institución.

2.48. Asistir a las actividades extraescolares programadas por la Institución.

EN EL ASPECTO DE PRESENTACION PERSONAL

2.49. La comunidad del I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, entiende y asume que es parte fundamental del proceso de formación, el observar normas comunes que posibiliten la convivencia armónica y permitan caracterizar al plantel como Institución organizada, formal y efectiva en el desarrollo de los distintos procesos educativos.

2.50. Mantener diariamente excelente presentación e higiene personal.

2.51. Colaborar con la limpieza, higiene y conservación de la Institución para mantenerla como elemento fundamental en el proceso de formación escolar.

2.52. Portar el uniforme completo y correctamente sin el uso de maquillaje, joyas y

accesorios que dañen la buena presentación del mismo, haciendo honor a la dignidad, formalidad y buen nombre de la Institución, dentro y fuera de ella.

2.53. Para el caso de las niñas, las hebillas, diademas o balacas deben estar de acuerdo

con los colores del uniforme (rojo, azul, o blanco) y aretes sencillos pequeños. En el caso de los hombres, el cabello debe llevarse corto y peinado en estilo formal (sin colas ni crestas).

2.54. De manera expresa no se permite el uso de tintes y expresiones que por su

peculiaridad particularicen de tal forma al estudiante, que puedan generar controversia, posiciones extremas, conformación de grupos radicales, subculturas urbanas o cualquier situación de disputa o discriminación por razones de apariencia entre la comunidad, tales como el uso de piercing, aretes, colorantes, accesorios de cuero, anillos, cadenas, manillas, tatuajes, adornos u otros elementos similares.

2.55. El pantalón en el uniforme diario para los caballeros y el de la sudadera de todos los estudiantes debe portarse en bota recta, no se permite entubarlo y debe portarse ceñido a la cintura (evitando así la visión de su ropa interior).

2.56. Marcar debidamente los útiles escolares, los uniformes (diario, Educación Física y

laboratorio) con el nombre del estudiante.

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UNIFORMES

DIARIO: PREESCOLAR, PRIMARIA Y BACHILLERATO: Hombres: Pantalón lino gris con dos prenses bota recta, camisa blanca tipo polo con franja azul en manga y cuello; Chaqueta azul con franja roja en brazos y cubierta de la cremallera, con capota, en material semi impermeable; medias negras no tobilleras y zapatos negros de mocasín (no zapato de gamuza ni tenis aunque sean negros). Mujeres: Jardinera elaborada en poliéster a cuadros Azul, blanco y gris, con líneas suaves rojas; con escote cuadrado, en corte princesa talle largo a la cadera, falda de prenses tabla, espalda y delantero y 3 prenses a cada lado,; blusa blanca manga larga, cuello corbata; Chaqueta azul con franja roja en brazos y cubierta de la cremallera, con capota, en material semi impermeable; media pantalón gris y zapatos negros Mafalda. Educación Física. Hombres y Mujeres: Sudadera azul rey y amarillo mate, en material semi impermeable (sin entubar) con franja blanca, camiseta tipo polo blanca, con franjas azul y amarilla en cuello y mangas, pantaloneta azul con franja amarilla, Tenis totalmente blancos de amarrar y medias blancas deportivas no tobilleras. Nota: Todas las prendas deben llevar el escudo del colegio según modelo.

EN EL ASPECTO DE ASISTENCIA:

2.57. Asistir puntualmente a la Institución según horario correspondiente, permanecer

en todas las clases y participar presentándose oportunamente en todos los actos de la comunidad, salvo que haya sido excusado, citado o remitido a otras dependencias. En cualquier caso contar con el permiso escrito del Rector y/o coordinadores.

Horario: 6:30 A.M a 4:00 P.M. Para 9° a 11°: Sección de bachillerato

6:30 A.M a 3:00 P.M. Para 6°, 7° y 8° Sección de bachillerato

6:30 A.M a 1:00 P.M. Para la sección primaria y preescolar

PARÁGRAFO: El estudiante que llegue después de la hora estipulada a la Institución, tendrá llamado de atención verbal, se dejará constancia en el Observador del estudiante y deberá justificar por escrito la causa de su retardo y expresar compromiso de cumplimiento para ingresar a clase.

Al reincidir por tercera vez en un mismo mes o promedio de 30 días, el estudiante deberá presentarse con su(s) acudiente(s) para asumir el llamado de atención escrito (Acta de Compromiso de Convivencia) para validar su intención de ser parte responsable de la comunidad educativa. El estudiante que se presente a la institución después de las 7:00 a.m. no se le permitirá el ingreso sin la presencia de su acudiente.

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Presentar justificaciones de inasistencia por varios días respaldadas con la presencia de su acudiente y/o una certificación de una entidad de salud reconocida (EPS), dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de la ausencia.

Para retirar un estudiante de la Institución durante el horario de clases, el padre de familia o acudiente deberá presentarse a solicitar este permiso por escrito o por teléfono, directamente con el coordinador de convivencia. En el evento de presentación de solicitud escrita anticipada enviada por el padre o acudiente, el coordinador de convivencia podrá excusar la presencia de aquel.

3. PROHIBICIONES ESPECIALES

Para contribuir al logro de los objetivos del PEI y la buena marcha de la Institución, a los estudiantes de la Institución les está prohibido:

3.1. Utilizar el nombre del I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” o el

uniforme para cualquier actividad diferente a las labores académicas, culturales, artísticas, recreativas y deportivas programadas por la Institución, a menos que cuente con autorización especial.

3.2. Negociar bienes o cualquier clase de artículos, comercialización o venta de

comestibles, textos, elementos didácticos o cualquier otro objeto de valor y practicar apuestas o juegos de azar con carácter lucrativo dentro y fuera de la Institución.

3.3. Realizar o intentar cualquier tipo de adulteración, fraude o suplantación, falta que se

considera grave por ser contraria al conjunto de valores que orientan a la Institución.

3.4. Traer a la Institución juegos electrónicos y elementos de comunicación, sonido y video (radios, audífonos, ipods, mp3, mp4, mp5, discman, pda, entre otros) que no son necesarios para el desarrollo de las actividades curriculares.

3.5. Utilizar celulares durante las horas de clase o actividades académicas y formativas

en las que participe la Institución.

3.6. Fumar dentro o fuera de la Institución portando el uniforme.

3.7. Presentarse a las actividades curriculares o extraescolares bajo el efecto de medicamentos no prescritos, bebidas alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicoactivas, conducta que se califica grave.

3.8. Portar, consumir, incitar su uso o distribuir dentro o fuera del establecimiento

medicamentos no prescritos, cigarrillos, bebidas alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicoactivas, conducta que se califica grave.

3.9. Propiciar o participar en actividades que atenten contra la integridad física o moral

de compañeros o cualquier miembro de la comunidad educativa, conducta que se considera grave en el evento en que generen huellas, secuelas o incapacidad para asistir a la Institución a la persona agredida.

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3.10. Difundir o propiciar cualquier clase de propaganda política o religiosa, distinta de la católica que caracteriza a la Institución.

3.11. Vender, comprar, portar o distribuir libros, folletos, revistas, disquetes y otros

medios, con divulgación pornográfica que atente contra la moral, las buenas costumbres o el conjunto de principios y valores que caracterizan el Proyecto Educativo Institucional, falta considerada grave por este Manual.

3.12. Hacer y/o colocar dibujos, grafitis, y cualquier género de expresiones escritas en

cualquier sitio de la Institución o fuera de ella. La falta se considerará grave cuando se manejen términos soeces, pornográficos, irrespetuosos o amenazantes. La sanción que se aplique será independiente de la reparación íntegra e inmediata del daño.

3.13. Utilizar inadecuadamente y desperdiciar el agua como recurso natural no renovable.

3.14. Realizar celebraciones (cumpleaños) de manera efusiva dentro y fuera de la Institución utilizando huevos, harina, tierra, entre otros que atentan contra la integridad física, emocional y entorno institucional.

3.15. Realizar manifestaciones amorosas que se conviertan en mal ejemplo o

escándalo para la comunidad.

3.16. Portar y/o usar cualquier clase de arma blanca o de fuego que ponga en peligro la vida e integridad personal del portador u otro miembro de la comunidad; esta conducta se califica como falta grave.

3.17. Tomar sin autorización y/o apropiarse de cualquier clase de objetos (útiles

escolares, dinero, loncheras, comestibles, documentos, entre otros) de los diferentes miembros de la comunidad educativa o de la Institución. Esta conducta se agravará cuando el implicado demuestre indolencia o irresponsabilidad en la actitud de reparo debido al afectado.

3.18. Jugar en las aulas, pasillos o calles con balones, bicicletas, patinetas, monopatines,

patines o cualquier elemento que pueda lastimar o incomodar a las demás personas que usen ese espacio.

3.19. Prestar objetos o prendas de uso personal.

3.20. Permanecer fuera de los salones en horas de clase, sin previa autorización.

3.21. Permanecer en las aulas de clase, pasillos y escaleras en las horas de descanso o después de la presentación de las evaluaciones por competencias.

3.22. Ingresar y/o permanecer en la sala de profesores, salones, aula polivalente, sala de

Informática y área administrativa sin previa autorización de la persona encargada.

3.23. Salir de la Institución dentro del horario establecido.

3.24. Recibir de parte de los padres de familia y/o acudientes materiales, tareas, entre otros que hayan olvidado en casa.

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3.25. Salir o entrar a la Institución por lugares distintos de las puertas de acceso normal.

Durante las jornadas escolares o extracurriculares; se requiere previa autorización para salir o ingresar a la Institución.

3.26. Subirse a los marcos, mallas, aros o tableros de las canchas deportivas, árboles,

placas o techos del plantel, así sea para bajar balones o elementos que accidentalmente llegaren allí. Esta operación deberá solicitarse a personal autorizado de la administración.

3.27. Consumir gomas de mascar en las horas de clase.

3.28. Consumir alimentos en espacios diferentes al asignado..

3.29. Utilizar el servicio de tienda escolar en horas de clase.

3.30. Suplantar a los padres de familia o acudientes en la firma de documentos.

3.31. Usar el servicio de Internet en aspectos diferentes a los establecidos por la Institución, por el área de Informática y Tecnología y docentes.

3.32. Realizar actividades de recaudación de fondos sin la autorización de las directivas

de la Institución.

PARÁGRAFO: El cumplimiento del Manual de Convivencia se hace íntegramente extensivo a toda actividad que se desarrolle dentro, fuera o en representación de la I.E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, y siempre que se porte el uniforme o cualquier otro distintivo de la Institución.

4. DERECHOS DE LOS DOCENTES

4.1. Conocer la filosofía de la Institución.

4.2. Participar en la construcción, desarrollo e innovación y transformación del PEI.

4.3. Recibir los beneficios prestacionales, de seguridad, capacitación, bienestar, estabilidad, de conformidad con la Constitución Política Colombiana, la Ley General de Educación y el Código Sustantivo del Trabajo.

4.4. Trato justo, bueno y respetuoso por parte de la comunidad educativa, en

concordancia con el espíritu cristiano según los principios y valores asumidos por la Institución.

4.5. Al libre desarrollo de la personalidad siempre y cuando no atente contra la

formación de los educandos, principios y filosofía de la Institución.

4.6. Al respeto de la intimidad propia de cada docente.

4.7. A la defensa, a ser escuchados, a presentar descargos en problemas disciplinarios conforme al Reglamento Interno de Trabajo.

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4.8. Al reconocimiento de las actitudes positivas del docente.

4.9. A recibir una dotación adecuada para el desarrollo de las actividades diarias.

4.10. A estar informado de antemano de las actividades programadas por la Institución,

dentro y fuera de ella.

4.11. Al respeto de la autonomía para el trabajo en el aula y/o asignatura, siempre y cuando no esté en contravía de la filosofía del I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, y se ejerza con responsabilidad y según los lineamientos del P.E.I.

4.12. A recibir el pago justo y oportuno por su trabajo, de acuerdo a lo estipulado en el

contrato.

4.13. A elegir y ser elegido en los organismos de dirección de la Institución, conforme lo establece la ley; así como a su delegación para eventos deportivos, académicos, culturales a nombre del I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”.

5. DEBERES DE LOS DOCENTES

5.1. Vivenciar los valores cristianos como testimonio de Fe.

5.2. Identificarse y actuar de acuerdo con la filosofía, visión y misión institucional.

5.3. Asumir, desarrollar y evaluar el PEI, participando activamente en su innovación y mejoramiento.

5.4. Velar por la conservación del buen ambiente de trabajo, cuidado de los espacios, de

la dotación, materiales y servicios disponibles para la acción pedagógica.

5.5. Cumplir con el horario establecido en el contrato de trabajo.

5.6. Acompañar a los estudiantes durante el día según los turnos de vigilancia acordados. No se autorizan salidas de profesores dentro de la jornada laboral.

5.7. Iniciar y terminar las clases de acuerdo al horario establecido con trabajo efectivo,

exigiendo permanentemente el orden y aseo.

5.8. Controlar la asistencia de sus estudiantes a las clases, aclarando que no se autoriza la salida de clases. (salvo casos especiales de enfermedad o suma urgencia, diligenciando un formato).

5.9. Exigir de los estudiantes respeto para todos.

5.10. Exigir el uso del uniforme completo según horario, en cada clase y en todo el día, no

permitir que utilicen prendas que no correspondan al uniforme.

5.11. Exigir de sus estudiantes la excusa respectiva por ausencias a su clase y registrarlas.

Page 31: i.e. Liceo Mayor de Soacha Manual de Convivencia

5.12. El profesor de cada clase respectiva y el de vigilancia debe exigir a los estudiantes

disfrutar el descanso en sitios respectivos; por lo tanto los salones permanecerán cerrados durante éste tiempo; si ello genera demora se descontarán de los descansos cinco minutos, pero nunca de la clase.

5.13. Cumplir fiel, efectiva y afectivamente con su turno de vigilancia o acompañamiento

en todas las actividades programadas.

5.14. Exigir, fomentar y colaborar con el embellecimiento y cuidado de las aulas y dependencias de la Institución.

5.15. Controlar a los estudiantes para que no acudan a la tienda escolar en momentos

diferentes a los descansos.

5.16. Aprovechar cada encuentro y actividad con los estudiantes para fortalecer la formación en valores haciendo de este encuentro un acto formativo.

5.17. No permitir vulgaridad ni malos tratos en ningún caso, ni de ninguna persona.

5.18. No tomar decisiones que afecten y responsabilicen a la Institución sin el previo conocimiento y acuerdo de los directivos.

5.19. Cumplir con la entrega puntual de los planes de estudio, propósitos y acciones

reflexivas, evaluaciones y demás informes solicitados según criterios establecidos.

5.20. No dejarse presionar por los estudiantes en la toma de decisiones que alteren la buena marcha de la Institución o que pongan en situación de riesgo a cualquiera de los miembros.

5.21. Acudir puntualmente y en buena disposición a los eventos programados.

5.22. Exigir a los estudiantes el cumplimiento, presentación de trabajos, sustentaciones y labores académicas con calidad.

5.23. Preparar las actividades con suficiente anticipación, teniendo en cuenta los recursos

físicos o materiales que se requieran y exigir a los estudiantes el cumplimiento en la consecución de los mismos.

5.24. Comunicación constante con los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

5.25. Apoyo profesional y humano para la comunidad educativa.

5.26. Ser solidario y compañerista ante las diversas situaciones que se presenten.

5.27. Atender los reclamos presentados referentes a evaluaciones y asuntos académicos solicitados a tiempo dentro del horario establecido.

5.28. Mantener en alto el buen nombre de la Institución.

5.29. Comprometer a los padres de familia a participar en el proceso educativo de sus

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hijos en sus hogares.

5.30. Participar en los actos de elección de los diferentes estamentos democráticos.

5.31. Solicitar por escrito el permiso para ausentarse de una jornada de trabajo o más, dejando el respectivo trabajo y reemplazo.

6. DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS

6.1. A exigir el cumplimiento de horarios de estudio, trabajo y acompañamiento de los docentes a los estudiantes y viceversa.

6.2. A ser informados de todas las acciones, decisiones y procedimientos que sean

acordados y aprobados en las diferentes reuniones.

6.3. A tomar decisiones propias de los cargos.

6.4. Al trato respetuoso, honesto y justo por parte de toda la comunidad educativa. 7. DEBERES DE LOS DIRECTIVOS

7.1. Generar una imagen de cumplimiento, respeto, orden, trabajo, compromiso y pertenecía a la Institución.

7.2. Asistir con puntualidad a todos los eventos escolares y extraescolares que le sean

posibles o enviar un delegado.

7.3. Apoyar las propuestas, proyectos e inquietudes que sean presentados como estrategia pedagógica, con sentido claro, proceso metodológico y formativo.

7.4. Mantener permanente comunicación con el Consejo Directivo, Académico y de

Convivencia sobre las diferentes circunstancias, eventos y actividades que manejen.

7.5. Velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de los docentes.

7.6. Promover la organización y funcionamiento del gobierno escolar.

7.7. Orientar, acompañar y exigir el desarrollo del proceso educativo con base en el diseño del P.E.I., planeación estratégica, plan de estudios, plan operativo, diseño y desarrollo de proyectos, sistemas de evaluación, promoción y manual de convivencia, entre otros.

7.8. Realizar evaluaciones periódicas que le permitan verificar los avances y las

dificultades del P.E.I.

7.9. Presentar informes periódicos a los padres de familia en aspectos pedagógicos. 7.10. Coordinar con el Consejo de Padres familia las acciones correspondientes a la

escuela de padres y actividades que se planteen.

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8. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES

8.1. Ser atendidos oportunamente por la rectoría, el personal docente, administrativo y de servicios generales, en los horarios establecidos por la Institución para tal efecto.

8.2. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y

contribuyan al mejor funcionamiento de la Institución.

8.3. Hacer reclamos justos y respetuosos dentro del tiempo fijado por las normas legales e institucionales teniendo en cuenta el conducto regular y el horario de atención a padres.

8.4. Conocer oportunamente las investigaciones y sanciones que afecten a los

estudiantes, acudidos o hijos. 8.5. Recibir la colaboración eficiente y a tiempo de los diversos estamentos del plantel en

los aspectos educativos y formativos. 8.6. Participar en la junta y/o consejo, comité de padres y asistir a la escuela de padres. 9. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES 9.1. Responsabilizarse de la formación y educación de sus hijos en concordancia con los

lineamientos establecidos por la Constitución Política, artículo 17 de la Ley 115 de 1994, Código de la Infancia y Adolescencia Ley 1098 de 2006 y por el presente Manual de Convivencia.

9.2. Demostrar y difundir lealtad y fidelidad hacia la Institución dónde quiera que se

encuentre. 9.3. Solicitar y recibir información sobre las normas generales y el funcionamiento interno

de la Institución. 9.4. Asistir a las reuniones programadas por el I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar

para todos” o cuando se requiera de su presencia. 9.5. Acercarse personalmente a presentar excusas por fallas o retardos. Cuando desee

averiguar el comportamiento de su acudido o hijo, durante el horario establecido para la atención de padres dentro de la Institución.

9.6. Anunciar su llegada en la portería y esperar en el lugar asignado a la persona que

sea requerida. 9.7. Asumir la responsabilidad de sus hijos una vez finalizada la jornada escolar. 9.8. Proporcionar al estudiante un ambiente de comprensión dentro del hogar y no

imponerles trabajos que le impidan el cumplimiento de sus deberes escolares. 9.9. Buscar los medios para que su acudido cumpla con todos los requisitos exigidos por

el Ministerio de Educación, de Salud e institucionales, tales como: certificados de

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estudio, documento de identidad, útiles escolares y otros.

9.10. Asistir a todos los eventos programados por la Institución que favorecen el desarrollo integral de sus hijos.

9.11. Apoyar las campañas para mejorar el servicio educativo, de bienestar estudiantil,

salud, alimentación y consecución de materiales didácticos.

9.12. Utilizar los medios adecuados para comunicarse con la Institución y expresar libremente sus opiniones, inquietudes y sugerencias.

9.13. Tener respeto y cultura al hacer reclamos convivenciales o académicos a los

profesores sobre las evaluaciones o valoraciones de sus hijos.

9.14. Promover la conformación del Consejo de padres y Escuela de Padres.

9.15. Al finalizar el año escolar es obligación del acudiente y su acudido estar a PAZ Y SALVO por todo concepto con la Institución.

9.16. En los términos de la Ley el establecimiento educativo promoverá la organización del

Consejo de Padres de familia y la Asociación de Padres de Familia, según Decreto Numero 1286 de 2005 para lo cual citará a Asamblea, ésta tendrá entre otras las siguientes funciones:

Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional.

Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente con la tarea educativa que les corresponde.

Promover el proceso de constitución del Consejo de padres de familia, como apoyo a la función pedagógica que les compete.

Elegir dos representantes ante el Consejo Directivo; uno deberá ser miembro de la junta directiva y el otro miembro del consejo de padres de familia.

CAPITULO V

PROCEDIMIENTOS

1. FALTAS A LOS COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR PARTE DE LOS

ESTUDIANTES.

Las faltas hacen relación al incumplimiento de las normas o de los acuerdos, obligaciones previamente establecidas que pueden afectar la tranquilidad o el desarrollo de las personas y comunidad educativa.

En algunas oportunidades es necesario llegar a la reflexión y propiciar el cambio enfrentándose a la vivencia directa de las consecuencias que acarrea el obrar consciente o inconscientemente de manera inadecuada, o de manera que se perturbe la convivencia armónica de la comunidad de la cual se forma parte.

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Se consideran faltas de los estudiantes, el incumplimiento de los deberes o la violación de las prohibiciones consagradas en este Manual. Faltas leves son aquellas que a pesar de que indican incumplimiento a los acuerdos o al Manual de Convivencia en términos no calificados como graves, por tratarse de una primera vez no afectan de manera trascendental la marcha del plantel, tal como sucede cuando no se porta el uniforme que corresponde al día, se llega tarde al Liceo o no se presentan todas las tareas acordadas. Son faltas graves todas aquellas conductas calificadas como tales en este Manual, o aquellas faltas leves incurridas en reincidencia, o que por actuarse simultáneamente con otras afecten la tranquilidad, la convivencia, la academia o el buen nombre de la Institución.

1.1. Se establecen como faltas leves:

1.1.1. El incumplimiento de sus deberes y abusar de sus derechos. 1.1.2. Presentarse desaseado con uniforme incompleto, con accesorios que no

hacen parte de los uniformes de la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”.

1.1.3. Negarse o participar irresponsablemente en los programas y actividades establecidas por la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”.

1.1.4. Portar objetos que interfieran con las actividades y desarrollo del trabajo escolar, tal como lo describe el artículo 3.4 de las prohibiciones especiales.

1.1.5. Irrespetar las áreas de uso privado para profesores o personal administrativo.

1.1.6. No entregar circulares, citaciones a acudientes e información registrada en la agenda.

1.1.7. La no justificación de ausencias en los tiempos especificados. 1.1.8. Arrojar basuras dentro y fuera de los recipientes destinados para ello. 1.1.9. La llegada tarde a la institución o a cualquier actividad académica, cultural,

deportiva o religiosa. 1.1.10. El irrespeto en las actividades, cívicas, religiosas y/o culturales establecidas

por la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”, la situación se agrava si se hace durante el protocolo de himnos o celebraciones litúrgicas.

1.2. Se establecen como faltas graves:

1.2.1. La agresión física, verbal o psicológica a compañeros, profesores y otras

personas dentro y fuera de la Institución. 1.2.2. El consumo de alcohol o drogas psicoactivas dentro o fuera de la Institución

y/o la distribución de los mismos. 1.2.3. Fumar dentro de la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” o

portando el uniforme. 1.2.4. Utilizar un vocabulario grotesco e irrespetuoso hacia cualquier persona, ya

sea en forma verbal, escrita o gráfica. 1.2.5. Causar daño deliberado a los bienes de la Institución o de cualquiera de los

miembros de la comunidad educativa. 1.2.6. Atentar contra el buen nombre de la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar

para todos” 1.2.7. Fraude en cualquiera de sus formas.

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1.2.8. La omisión de información que conlleve a la identificación de la violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, principalmente las contempladas en la ley 1098 de 2006.

1.3. Conducto Regular:

La formación integral involucra necesariamente una apropiación y concepción acertada de la acción individual dentro de un contexto social. Los procedimientos adoptados por la comunidad educativa ante las faltas o contravenciones buscan generar situaciones y espacios específicos que favorezcan una toma de conciencia del joven acerca de las consecuencias de sus acciones; esta reflexión debe llevar al cambio continuo, propiciando su desenvolvimiento personal adecuado dentro de un marco social cristiano. Para resolver cualquier situación de tipo disciplinario y con el objeto de garantizar al estudiante el debido proceso, el derecho de defensa y la posibilidad de acudir a la doble instancia frente a las decisiones que puedan afectarle, se establece el siguiente conducto regular:

El Profesor (a)

Dirección de curso

El coordinador de Convivencia

El Comité de Convivencia Escolar

El Rector

El Consejo Directivo

PARÁGRAFO 1: Analizada la gravedad de la falta y reconocida la necesidad de apoyar al estudiante con la intervención de otras instancias del Gobierno Escolar, se harán las remisiones necesarias y se solicitará informe a los estamentos involucrados, antes de pasar el caso al Comité de Convivencia Escolar. PARÁGRAFO 2: El padre de familia y/o acudiente será informado del proceso que lleva su hijo (a) y este se evidenciará en el observador del estudiante.

1.4. De las instancias. Las sanciones contempladas tendrán recurso de reposición ante quien impuso la sanción y recurso de apelación ante la instancia superior inmediata.

1.5. De los términos. Las reposiciones y apelaciones deben ser presentadas por escrito, dentro de los tres días hábiles siguientes al día de la notificación del fallo que resuelve el asunto, académico, comportamental o disciplinario. El mismo procedimiento se debe seguir si el asunto se lleva a revisión ante el Consejo Directivo. 1.6. Del debido proceso. (Art 29 de la Constitución Política):

El proceso disciplinario en el ámbito educativo se regula, aunque con alcances y modalidades razonables moduladas, por los principios que forman parte del derecho al

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debido proceso según los términos del artículo 29 de la constitución. Entre esos principios se encuentran los de legalidad, publicidad, imparcialidad, favorabilidad, presunción de inocencia, contradicción, celeridad, protección de los derechos fundamentales en la consecución y valoración probatoria. Con el fin de garantizar el proceso se debe seguir las siguientes etapas: a. Comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario a la persona a quien

se le atribuyen las conductas susceptibles de sanción. b. Formulación verbal o escrita, clara y precisa de las conductas que se reprochan y

que dan origen al proceso disciplinario. c. Indicación provisional de las correspondientes faltas disciplinarias y señalamiento

de las normas reglamentarias que consagran tales faltas y de las consecuencias que dichas faltas pueden acarrear.

d. Traslado al inculpado de todas y de cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados.

e. Indicación del término durante el cual el alumno puede formular sus descargos de manera oral o escrita, controvertir las pruebas, en su contra y allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos.

f. Adopción de una decisión definitiva de la autoridad competente para cada caso según la gravedad de la falta.

g. Imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron si a ello hubiere lugar.

h. Concesión de recursos pertinentes y apropiados para que el sancionado tenga la posibilidad de controvertir efectivamente las decisiones adoptadas por las autoridades competentes, según disposición del numeral 1.4 en relación a las instancias

Para un debido proceso hay que tener en cuenta los siguientes principios:

a. La legalidad de la falta: la cual debe estar preestablecida en el manual de convivencia.

b. La legalidad del correctivo: el cual debe estar consagrado en la norma para aplicar.

c. Participación: El estudiante y padre de familia o acudiente tiene derecho a ser escuchado y solicitar pruebas si el caso lo amerita

d. Reconocimiento de la dignidad humana: Respeto al estudiante en la aplicación de la sanción

e. Presunción de inocencia: El estudiante se presume inocente mientras no se compruebe su responsabilidad.

f. Igualdad: Todos y todas tienen derecho al mismo tratamiento en los procesos de revisión comportamental.

g. Motivación: Toda decisión debe ser razonable y motivada; es decir, fundamentada.

h. Favorabilidad: Parcialidad por medio del cual el fallo se debe dar de acuerdo con la equidad y justicia hacia el menos favorecido.

Causal de atenuación:

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Confesar la infracción antes de ser sancionado, mejorar el comportamiento, resarcir el daño causado y ofrecer las debidas disculpas en el momento oportuno, además de lo siguiente:

a. El cometer la falta en estado de alteración motivado por circunstancias que le causen dolor físico o psíquico.

b. Reconocer la falta desde el inicio de la investigación. c. El haber obrado por motivos altruistas o nobles. d. Reparar o mitigar el daño antes o durante el curso del proceso. e. El haber sido inducido a cometer la falta por un compañero de mayor edad o un

supervisor. f. El buen comportamiento anterior. g. Procurar por iniciativa propia resarcir el daño o disminuir sus consecuencias. h. Presentarse voluntariamente ante la autoridad institucional competente después

de cometido el hecho para reconocerlo y enmendarlo.

Causal de agravación:

a. Negarse a reconocer los hechos. b. Negarse a firmar el libro de seguimiento u observador. c. Negarse a realizar los descargos o la constante anotación por faltas a los criterios

de convivencia.

También la falta se puede agravar por las siguientes circunstancias:

a. Ser reincidente en la comisión de la falta. b. Cometer la falta para ocultar ó cometer otra. c. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa. d. Cometer la falta aprovechando la confianza depositada en el estudiante. e. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad o indefensión de otras

personas. f. Negación inicial del hecho, aun siendo comprobada su participación. g. Poner en peligro la vida de un compañero, maestro, directivo ó empleado de la

institución. h. La premeditación o planeación de la falta. i. La complicidad con otras personas pertenecientes o no al colegio. j. El tiempo, el lugar, la oportunidad, los instrumentos empleados, entre otros.

1.7. De las sanciones. Para el estudio de las faltas graves se puede o no tener en cuenta lo enunciado en el procedimiento de seguimiento disciplinario debido a la gravedad de estas o igual procedimiento en caso de flagrancia. El procedimiento según la falta contempla las siguientes sanciones:

1.7.1. Llamado de atención verbal.

Procederá por parte de un docente, el director de curso o el coordinador o el rector que observe una falta a los deberes consagrados en el Manual de Convivencia. Deberá dejarse constancia del llamado de atención en el Observador del estudiante.

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1.7.2. Amonestación Escrita.

Procederá de los docentes, el Director de curso, el Coordinador o el Rector en los siguientes casos:

Por reincidencia en el incumplimiento de cualquiera de los deberes, que haya ameritado llamado de atención verbal, siempre que este último conste en el Observador del Estudiante.

Por incumplimiento deliberado o intencional de alguno de los deberes o de las prohibiciones contempladas en el presente Manual. El estudiante y el padre de familia o acudiente, firmarán un compromiso conjunto en el que se establezcan acciones viables y observables que permitan hacer un seguimiento.

1.7.3. Suspensión de la Institución.

Es una medida de carácter formativo con la cual se invita al estudiante y al padre de familia al cumplimiento de los compromisos adquiridos y al cambio de actitud, de manera que se aporte positivamente a la formación personal y del grupo. Se suspenderá hasta por tres (3) días al estudiante que reincida en faltas que hayan ameritado amonestación escrita o que simultáneamente incurra en varios inconductas. El estudiante asumirá las consecuencias por las actividades que no realizó en el tiempo de la suspensión. El estudiante que habiendo sido suspendido reincida en sus faltas o cometa otras, será remitido al Comité de Convivencia, para que allí se decida sobre su permanencia en el plantel. La suspensión se comunicará por escrito en presencia del estudiante y con citación del padre de familia o acudiente, quién tiene el deber de presentarse y hacer seguimiento a las actividades del estudiante. Igualmente se dejará constancia de la suspensión en el Observador del Estudiante.

1.7.4. Compromiso académico y/o disciplinario

Se realiza de forma escrita, según formato establecido, donde se considera los antecedentes legales y normativos a los que incurre el estudiante frente a sus deberes, académicos y comportamentales según sea el caso. Se aplica al estudiante que reincida en faltas leves y que haya cumplido las sanciones contempladas anteriormente en este artículo. 1.7.5. Matrícula en Observación

Esta sanción procederá cuando a juicio del Comité de Convivencia Escolar el Estudiante haya faltado gravemente a sus deberes; siendo viable, a juicio del Comité, propiciar un espacio de recuperación al estudiante dentro del Plantel. En caso contrario procederá a la cancelación de matrícula. Igualmente se aplicará la medida de

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Matricula en Observación cuando se presente reincidencia en cualquiera de las contravenciones que dieron lugar a suspensión. Implica un severo llamado de atención al estudiante que reiterada o deliberadamente incumple sus compromisos académicos o disciplinarios.

La sanción de Matrícula en Observación será impuesta por el Comité de Convivencia Escolar, convocado por el Coordinador de Convivencia. La decisión deberá ser presentarse por escrito y ser comunicada al estudiante y a su (s) acudiente (s), si estos atendieren la citación que les haga la Institución.

1.7.6. Desescolarización

Como respuesta a condiciones especiales para estudiantes regulares, se establece la posibilidad de realizar el proceso académico formal bajo los siguientes parámetros:

Situación Especial de salud o Incapacidad física: por tratamientos médicos que impliquen aislamiento o dificultad para desplazamiento asumiendo riesgos. Se solicitará al acudiente los soportes médicos correspondientes y luego de su oficialización el estudiante podrá continuar su proceso académico bajo el procedimiento de desescolarización.

Inconveniencia: cuando circunstancias especiales de convivencia o seguridad aconsejen la adopción de este procedimiento.

La desescolarización es un procedimiento aplicable, a cualquiera de los grados de la Básica Secundaria o Media Vocacional y deberá efectuarse de acuerdo al siguiente procedimiento.

1. Solicitud escrita a Coordinación de Convivencia indicando la situación que motiva tal alternativa anexando a ella los debidos soportes. Esta solicitud debe ser presentada por el padre de Familia o acudiente.

2. Coordinación Académica entregará a los estudiantes en tal condición horario de atención para el desarrollo de tutorías, entrega de trabajos y presentación de evaluaciones, de acuerdo a la disponibilidad de los docentes. En cuanto sea posible la entrega de trabajos se hará a través del correo Electrónico Institucional o del docente para facilitar el proceso.

3. El estudiante que esté en este proceso deberá cumplir en su totalidad con los programas, propósitos y acciones reflexivas, establecidos en el plan de estudios. Para ello asistirá a la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” según horario establecido para esta actividad, con uniforme de diario.

4. En el caso de incapacidad médica esta actividad se desarrollará por el tiempo que dure y luego de ella el estudiante podrá integrarse normalmente al proceso académico.

La desescolarización podrá ser adoptado de oficio por la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” y comunicada al estudiante y padres de familia mediante notificación de resolución Rectoral, cuando las circunstancias particulares aconsejen este procedimiento. Rectoría solicitará previo concepto al Comité de Convivencia o al Consejo Directivo de la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos”.

1.6.7 Cancelación de Matrícula

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Luego de agotar los recursos del seguimiento formativo con los cuales se pretendió incorporar al estudiante a la convivencia social, el Comité de Convivencia Escolar determinará la cancelación de la matrícula. Esta sanción operará de manera directa, y será comunicada por Resolución Rectoral, cuando el estudiante incurra en cualquiera de las conductas calificadas como graves en este Manual, o en cualquiera de las siguientes conductas, dentro o fuera de la Institución, que también se consideran graves en orden a la interferencia con las actividades de formación y las relaciones de los miembros de la Institución, dado que afectan la integridad y el buen nombre de la misma, sin perjuicio de los informes a las autoridades a que hubiere lugar:

7.1. Incurrir en incumplimiento de cualquiera de los deberes o prohibiciones

consagrados en este Manual, mientras el estudiante se encuentra bajo Matricula en Observación.

7.2. Portar, distribuir o estimular el consumo de sustancias psicoactivas (lícitas o

ilícitas) dentro y/o fuera de la Institución; inclusive la llamada dosis personal.

7.3. Portar, distribuir o estimular el uso de cualquier tipo de arma, entendiéndose por tal todo instrumento que pueda causar daño físico o intimidación a otro, así su peligrosidad sólo sea aparente.

7.4. Actuar deliberadamente, apropiándose, atentando o causando daño a los bienes

de la Institución o de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de un tercero.

7.5. Faltar gravemente, de obra o de palabra, al respeto a los compañeros,

profesores, empleados de la administración, cualquier miembro de la comunidad o un invitado a la Institución.

7.6. Cometer infracción o delito castigado por las leyes penales y/o contravenciones

policivas colombianas.

De acuerdo con lo establecido en el Código de la Infancia y la Adolescencia Ley 1098 de 2006, deberá informarse a las autoridades competentes sobre las situaciones irregulares o de peligro que puedan afectar al menor de edad.

En consecuencia se establece el siguiente procedimiento:

1. Elaboración de acta describiendo los hechos concretos como se dieron,

incluyendo descargos en presencia del Coordinador de Convivencia, Psicólogo y dos testigos.

2. Psicología citará a padres de familia o acudientes, informando sobre la situación.

3. Examen toxicológico (orina y sangre) antes de 24 horas en entidad competente a

costo y cargo de los padres o acudientes.

4. Comunicación al Defensor de Familia sobre el caso, en relación con tenencia,

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tráfico o consumo de sustancias que produzcan dependencia, que expongan al estudiante a caer en la adicción o cuando el estudiante presente graves problemas de comportamiento o adaptación social.

5. Firma de documento de compromiso definiendo las condiciones de retiro de la

Institución en el caso de consumo o distribución de sustancias psicoactivas.

6. Cumplimiento de la Familia y el Estudiante al tratamiento sugerido por una Institución especializada para el caso correspondiente.

7. La Institución podrá considerar otorgar nuevamente el cupo cuando el Comité

Científico de la Institución que realizó el tratamiento certifique que con el apoyo de su familia el estudiante se encuentra rehabilitado y está en capacidad y disposición de reiniciar sus estudios, siempre que se encuentre en el rango de edades establecidas por el plantel para cada grado.

CAPITULO VI

SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL

Es parte integrante del P.E.I.

Es obligatorio para los estudiantes del grado 10 ° y 11°.

Es requisito para el grado de bachiller.

Será organizado en el plantel de acuerdo con las necesidades de la comunidad.

El Consejo Directivo lo reglamentará con la asesoría del Consejo Académico.

Es indispensable cumplir con el tiempo estipulado por el Ministerio de Educación Nacional.

CAPITULO VII

RECONOCIMIENTOS

Los estudiantes tendrán los siguientes reconocimientos de distinción y la anotación respectiva en el Registro Escolar de acuerdo con su participación en las actividades de la Institución o en su representación:

1. Izada de Bandera y Mención de Honor, al destacarse en algunos de los aspectos

que favorecen el desarrollo personal, teniendo en cuenta el criterio fijado para cada oportunidad.

2. Ser elegido como representante del curso ante diversas actividades.

3. Representar a la Institución en actividades académicas, deportivas y culturales a

nivel ínter colegiado, distrital, nacional e internacional.

4. Reconocimiento en privado o reconocimiento público a los estudiantes que se destaquen en actividades deportivas, artísticas y de creación literaria dejando constancia en el Observador del Estudiante.

5. Condecoraciones: Cruz Minuto de Dios al Mejor Bachiller: Esta distinción se

otorgará al Estudiante de grado undécimo que, según criterio del Comité de

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Evaluación, haya sobresalido en los aspectos académico convivencial y humano durante toda su estadía en la Institución.

6. Cruz Minuto de Dios a los Bachilleres: Distinción que se entrega a todo estudiante

que obtenga su grado de Bachiller en la Institución, como reconocimiento a su constancia y esfuerzo.

7. Cruz Minuto de Dios al mejor estudiante de cada curso: Distinción otorgada por la

comisión de evaluación y promoción a los estudiantes de cada grado como reconocimiento a su constancia y esfuerzo, tal cual se estipula en el capítulo X parágrafo 8 del presente manual

Procedimiento para esta elección: a. El curso propondrá una terna, la cual debe ser elegida teniendo en cuenta a los

estudiantes que han sido reconocidos en los tres primeros periodos en el cuadro de honor.

b. La terna será presentada a la comisión de evaluación y promoción la cual avala o reestructura según los criterios establecidos en el capítulo X parágrafo 8 del presente manual.

8. Condecoración: al mejor Icfes: Este reconocimiento se entregará al Estudiante de

grado undécimo que en el examen de Estado obtenga el mejor puntaje de la Institución.

9. Otros, a juicio de la Rectoría de la Institución, Comisión de Evaluación y

Promoción y Consejo Directivo.

CAPITULO VIII

COSTOS EDUCATIVOS

La I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” es una institución Educativa amparada por la ley de gratuidad.

CAPITULO IX GOBIERNO ESCOLAR

El Gobierno Escolar de la Institución será organizado conforme a este Manual y lo estipulado en el capítulo IV del Decreto 1860 reglamentario de acuerdo a Ley General de Educación y las disposiciones legales vigentes. Haciendo uso de la autonomía escolar, el Consejo Directivo aprobará modificaciones en este proyecto en cuanto a su aplicación y funcionalidad institucional.

1 PERSONERO Y REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES

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Tanto el Personero Estudiantil como el Representante de los Estudiantes son alumnos de último grado de educación que ofrece el centro educativo, ambos deben haber permanecido en el I. E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” como estudiantes por los menos los dos (2) años inmediatamente anteriores para que conozcan la realidad escolar. Durante esos dos años deben haberse destacado por su rendimiento y comportamiento escolar y figurado entre los diez (10) primeros estudiantes del curso y no haber tenido matrícula en observación o seguimiento escolar por conductas no deseables.

2 FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES 2.1 Promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes

estudiantiles, consagrados en la Constitución Política, en las leyes o decretos reglamentarios y en el manual de convivencia.

2.2 Gestionar ante el Rector y/o los diferentes consejos administrativos de la Institución,

la toma de decisiones para: 2.3 Actuar como fiscal en el Consejo Estudiantil. 2.4 Diseñar mecanismos que faciliten el cumplimiento de responsabilidades,

compromisos y deberes estudiantiles. 2.5 Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre

lesiones a sus derechos y a las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

2.6 Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o al organismo que

haga sus veces, las decisiones del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

2.7 Con previa autorización de Rectoría, promover los espacios que permitan la

divulgación de las funciones de los líderes estudiantiles, de los deberes y derechos del estudiante.

2.8 Presentar iniciativas para beneficio de los compañeros y la Institución en los

aspectos relacionados con: 2.9 La adaptación, modificación o verificación del manual de convivencia o reglamento

escolar y sobre la metodología o formas utilizadas para desarrollar y evaluar los aspectos formativos y cognoscitivos.

2.10 Organizar eventos sociales, deportivos culturales, artísticos, comunitarios,

enmarcados en una planeación y racionalidad para que no interfieran las actividades formativas y cognoscitivas.

2.11 Desarrollar actividades para fomentar la práctica de los valores humanos y sociales

con el fin de buscar la participación responsable, justa y democrática de los compañeros en la vida y el gobierno escolar.

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2.12 Solucionar fenómenos o dificultades técnico – pedagógicas que afecten a la comunidad en forma parcial o total, debido a relaciones interpersonales, al grado de idoneidad o responsabilidad de un agente educativo.

2.13 Proponer la toma de decisiones sobre aspectos administrativos, financieros, mejorar

la calidad del servicio educativo y el aprestamiento para obtener mejores resultados en las pruebas de estado y para el ingreso a la universidad u otras instituciones de educación superior.

2.14 Organizar el funcionamiento del Consejo de Estudiantes, en el cual actuará como

presidente.

PARÁGRAFO: Para cumplir esta función, debe presentar un plan y cronograma de sus actividades a rectoría dos semanas después de su elección para aclarar o acordar aspectos y ubicarles en el calendario de actividades institucionales.

2.15 Divulgar sus funciones para cumplir con el papel de orientador y vocero de sus

compañeros.

CAPITULO X

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN 2013

TITULO I

En el cual de definen los criterios de evaluación, los propósitos de la evaluación,

los componentes del Sistema de evaluación, procedimientos de la evaluación,

criterios de promoción, promoción anticipada, título de bachiller, criterios de

pérdida de cupo.

1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

a. "Evaluar es comparar lo esperado con lo alcanzado". b. "El alumno o educando es el centro del proceso educativo y debe

participar activamente en su propia formación integral" (Ley 115 Art. 91). c. La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los

establecimientos de educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. (Decreto 1290 Art. 1).

d. Para el Padre Rafael García-Herreros “La evaluación es una mirada integral que el individuo hace de sí mismo y en la que reconoce sus temores, falencias y fortalezas con la firme intención de mejorar cada día, como resultado de un compromiso consigo mismo y con la sociedad en la que habita. El ser humano está en constante evaluación: ante sí mismo, ante la sociedad y ante Dios”.

e. Evaluar no es calificar, es valorar integralmente a los estudiantes desde el acompañamiento continuo. (Ideario Educativo, Hogares Infantiles y Colegios Minuto de Dios).

f. “El maestro es la persona que puede valorar a sus estudiantes, pero no sólo desde sus capacidades cognitivas, sino también desde la

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dimensión humana y espiritual, que permite el acompañamiento con miradas integrales del ser. Integralidad que no desconoce el contexto de la comunidad donde está inserto el estudiante y los padres de familia” Padre Rafael García Herreros.

g. La evaluación se concibe como la revisión continúa de los procesos con el fin de favorecer el logro de las competencias y aprendizajes, para retroalimentar los eventos pedagógicos y facilitar el desarrollo integral de los estudiantes.

h. La evaluación del desempeño escolar es el proceso continuo, sistemático, flexible, interpretativo, participativo y formativo que se expresa en informes cuantitativos - cualitativos - descriptivos en los cuales se emite un juicio de valor sobre el avance de los estudiantes en el alcance de los propósitos definidos en el plan de estudios.

2. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN

Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional: (Decreto 1290. Artículo 3)

a. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

b. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

c. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

d. Determinar la promoción de estudiantes. e. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento

institucional. 3. COMPONENTES DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN

El SIE hace parte del Proyecto Educativo Institucional y se rige por los criterios establecidos en su Horizonte Institucional y las normas estipuladas en la ley 115 de 1994, Art. 23 y Art. 31 en los que se determinan las áreas obligatorias y fundamentales así:

Ciencias Naturales y Educación Ambiental

• Biología

• Física

• Química

Ciencias Sociales

• Ciencias Sociales integradas

• Constitución Política y Democracia (Competencias Ciudadanas)

• Ciencias Políticas y Económicas

• Cátedra Empresarial (Ley 1014 de 2006) Educación Religiosa Escolar

Educación Ética y en valores humanos

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Educación Artística y cultural

• Danza

• Teatro

• Música

• Artes Plásticas

Educación Física, Recreación y Deporte.

Humanidades Idioma extranjero Inglés

Humanidades Lengua Castellana Matemáticas

Matemáticas, Trigonometría, Cálculo

Tecnología e Informática

Filosofía

La evaluación del estudiante busca analizar en forma global el nivel de alcance de los propósitos, identificar las dificultades, limitaciones o potencialidades del estudiante, tanto en el campo de sus conocimientos como en el de sus habilidades y actitudes, en diversos momentos y a través de diferentes acciones reflexivas.

La intencionalidad de la evaluación del desempeño escolar es valorar en forma objetiva y participativa no sólo el alcance de los propósitos, sino las causas y circunstancias que inciden en el desempeño de los estudiantes.

El docente como acompañante, dinamizador y guía del proceso emplea diferentes medios de evaluación, entendidos éstos como eventos que permiten detectar el avance progresivo de los estudiantes en el proceso de aprendizaje con el fin de propiciar y apoyar su mejoramiento continuo.

4. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN.

En la I .E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” la unidad de planeación y a su vez de evaluación son los propósitos, los cuales son la enunciación de una comprensión que se pretende lograr con los estudiantes en un tiempo determinado.

Por asignatura se manejan mínimo tres y máximo cuatro propósitos por periodo

académico. Los estudiantes que presentan pruebas por competencias por medio de la

herramienta martes de prueba, tendrán un propósito adicional en el área básica

evaluada y la acción reflexiva será evaluada según el resultado obtenido. Los propósitos se alcanzan progresivamente a través del desarrollo de las acciones reflexivas en cada clase y evento pedagógico de cada período académico. Estas acciones son los pasos diseñados por los docentes para guiar a los estudiantes al alcance de los propósitos. Se caracterizan por:

a. Ser acciones que deben realizar los estudiantes para alcanzar los

propósitos, permitiendo evidenciar las comprensiones.

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b. Ser secuenciales soportados en las operaciones mentales de las competencias

básicas (interpretativa, argumentativa, propositiva).

c. Involucrar a los estudiantes en el saber y saber hacer.

d. Así como su componente actitudinal. Las acciones reflexivas están compuestas por actividades que el docente planea previamente con el ánimo de identificar y evidenciar el alcance y el avance de los estudiantes en la apropiación del conocimiento. Estas actividades pueden ser realizadas de manera oral, escrita, individual o grupal, en clase o e n casa, y pueden sersustentaciones, talleres, trabajos de investigación, elaboración de frisos, cartillas, resumen, diseños, elaboración de materiales, entre otros.

4.1 Procedimiento para el manejo y validación de inasistencias: Si un estudiante no puede asistir uno o más días a clases, deberá seguir el siguiente conducto regular:

Acercarse a coordinación de convivencia en caso de ser uno o dos días y a coordinación académica en caso de tres o más días. En cualquiera de los dos casos se deberá acercar con un soporte escrito el cual será analizado por las coordinaciones, en caso de ser aprobado la coordinación respectiva le entregará al estudiante un formato de excusa el cual el estudiante debe presentar y hacer firmar a cada uno de los docentes en cuyas clases no pudo asistir, acordando con los mismos la presentación de las actividades pendiente, es de aclarar que las explicaciones del tema desarrollado no se retomarán en clase por lo cual el estudiante debe buscar otra opción para nivelar los temas desarrollados en clase.

Si la ausencia se presenta en la semana de presentación de pruebas por competencia o en el periodo asignado para la sustentación de propósitos pendientes, la única excusa que se avalará en coordinación académica será con “soporte médico” bien sea de atención en la respectiva fecha o de incapacidad, ya que de lo contrario deberá asumir la no presentación de las mismas. El acudiente debe acercarse a coordinación académica para hacer entrega del soporte y recibir las nuevas asignadas para la respectiva evaluación.

5. CRITERIOS DE PROMOCIÓN

5.1 Aprobación de un grado escolar: De conformidad con la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1290 de

2009, se establece la aprobación para:

• El estudiante que en todas las áreas del plan de estudios, obtiene

valoraciones iguales o superiores a 3,5.

• El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10

del Decreto 2247 de 1997 sobre educación preescolar.

PARÁGRAFO: Aquellos estudiantes que finalizando el año 2012 firmaron compromiso académico especial de “promovido con un área pendiente” (situación de promoción propia del SIE 2012), tendrán la oportunidad de saldar su historial académico si en los dos primeros periodos académicos del grado al cual fue promovido obtiene valoraciones iguales o superiores a 4,0 de lo contrario deberá asistir a curso extemporáneo en el receso académico de mitad de año según las fechas y horarios

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establecidos por la institución. En caso de no superar las dificultades se dará pérdida definitiva de cupo para el siguiente año escolar. El estudiante que pierda el cupo bajo la anterior condición podrá solicitar a la institución la presentación de pruebas extemporáneas para sanar su historial académico y así obtener las certificaciones para otra institución.

5.2 Reprobación de un grado escolar: se establece para

• El estudiante que no apruebe alguna de las áreas del plan de estudios.

• El estudiante que ha dejado de asistir el 25% ó más de las actividades

académicas durante el año escolar. Así mismo se deja a las Comisiones de Evaluación la posibilidad de analizar aquellos casos de estudiantes que se han ausentado el mismo porcentaje pero con la respectiva justificación y que en su desempeño no evidencian el alcance de los propósitos establecidos.

En el caso de los estudiantes que pierden el año, sus acudientes podrán solicitar en el

primer periodo académico del grado que debe reiniciar, un seguimiento académico, el

cual será analizado por la primera comisión de evaluación para aplicar al derecho de

promoción anticipada según el numeral 6 capítulo 4 de acuerdo al cual en caso de

cumplir los requisitos allí expuestos el estudiante puede ser promovido de forma

automática al grado siguiente. Dicha solicitud podrá ser realizada “una sola vez en el

historial académico para el caso de los estudiantes no promovidos”. 6. PROMOCIÓN ANTICIPADA (Decreto 1290 de 2009, Art. 7)

Se aplicará a los estudiantes de los grados del nivel de básica primaria y secundaria que demuestren amplia superación de los propósitos planteados para el grado que se encuentran cursando. (Para cada grado se establecerán en el P.E.I. los propósitos y los desempeños, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Resolución 2343 del 5 de junio de 1996).

PARÁGRAFO: La solicitud de la promoción anticipada puede ser presentada por el

propio estudiante, el director de curso, el padre de familia y/o acudiente a la

respectiva comisión de evaluación, únicamente en el primer periodo académico. Las directivas del plantel reglamentarán las acciones correspondientes a la legalización de la promoción anticipada, ante la secretaría académica para efectos de actualizar la documentación y elaboración de certificados.

La copia del acta de comisión de promoción se adjuntará en el registro de

valoración escolar del estudiante. 6.1 Requisitos:

a. Tener concepto favorable de la Comisión de Evaluación y Promoción. b. Haber obtenido desempeños iguales o superiores a 4,0 en todas las

asignaturas del plan de estudios durante el primer periodo académico c. Poseer la madurez emocional, psicológica e intelectual para

asumir el grado de promoción. d. Para la aplicación de esta promoción es indispensable la aceptación del

estudiante, padre de familia y/o acudiente.

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e. El estudiante y el acudiente asumirán un compromiso de ayuda mutua para la adaptación y nivelación que sea necesaria para el siguiente grado.

7. TÍTULO DE BACHILLER. El título es el reconocimiento expreso de carácter académico otorgado a una persona natural por haber recibido una formación en la educación por niveles y grados y acumulado los saberes definidos en el Proyecto Educativo Institucional. Tal reconocimiento se hará constar en un diploma" (Ley 115, capítulo IV, artículo 88).

a. Obtención del título: Para optar por el título de Bachiller, el estudiante debe:

1. Haber sido promovido en la educación básica, lo cual se prueba con

el certificado de estudios de bachillerato básico.

2. Haber sido promovido en los dos grados de educación media.

3. Haber desarrollado a satisfacción el proyecto de servicio social obligatorio.

4. Haber aportado oportunamente los documentos reglamentarios.

7.2 Ceremonia de proclamación: Para proclamarse en ceremonia solemne

los estudiantes de grado undécimo deberán

1. Haber aprobado todas las áreas del plan de estudios del grado undécimo al finalizar el año escolar y sus respectivos cursos de nivelación extraordinaria (ver numeral 3 capítulo VI)

2. Haber aprobado la totalidad de áreas de grados cursados a partir del año 2010.

3. Haber culminado el año escolar sin matrícula en observación vigente.

4. Haber cumplido con los requisitos enunciados en el Manual de Convivencia.

5. Estar a paz y salvo por todo concepto con la institución.

PARÁGRAFO I: Las directivas del Colegio, luego de estudiar y analizar los casos, se podrán reservar el derecho de proclamar en ceremonia solemne de graduación, a aquellos estudiantes que al término del año lectivo con su actitud, acciones o proceder atenten o desvirtúen la filosofía institucional, no obstante recibirán el diploma en la secretaría académica.

PARÁGRAFO 2: No se otorgará el título de bachiller al estudiante de grado once

que incurra en las condiciones de no promoción de acuerdo con los criterios de

promoción establecidos. 8. CRITERIOS DE PÉRDIDA DE CUPO

En la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para todos” se dará la pérdida del cupo, por motivos académicos cuando:

1. El estudiante que reinicia un grado ya sea por proceso en el Liceo Mayor

de Soacha u otro colegio y reprueba nuevamente el año en nuestra institución.

2. El estudiante que tenga 1 área pendiente del año 2012 y no la supere en

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el primer semestre del siguiente año escolar (2013).

3. El estudiante después de firmar compromiso académico (periodo ó

final) reincida en deficiencias, se deja a análisis y decisión de la comisión

de evaluación y promoción el renovar o no la matrícula para el año siguiente.

4. El estudiante de preescolar que al finalizar el grado de transición presente

desempeños de no alcanzado en las áreas de matemáticas, castellano y/o

psicomotricidad será promovido a grado primero de acuerdo al artículo 10 del

decreto 2247 de 1997, pero no podrá continuar con el cupo en la institución.

9. ESTÍMULOS PARA ESTUDIANTES SOBRESALIENTES 9.1 Resultados individuales en pruebas SABER 11°: Los estudiantes de grado

11° que en sus resultados individuales obtengan

a. Un promedio igual o superior a 70 en una o varias disciplinas será exonerado de la prueba por competencias correspondiente al 4° periodo en dicha(s) asignatura (s).

b. Un promedio entre 60 y 69 en una o varias disciplinas tendrán un incremento automático de 1,0 en la valoración que logró en la prueba por competencias del 4° periodo en dicha(s) asignatura (s).

9.2 Reconocimiento a los mejores estudiantes por curso: Una vez finalizado

el 4° periodo académico, la comisión de evaluación y promoción de cada grado, definirá los dos estudiantes con mejores desempeños académicos durante el año, por cada uno de los cursos, con el fin de otorgarles los siguientes reconocimientos:

• I LUGAR: Diploma de excelencia académica

• II LUGAR: Diploma de compromiso y responsabilidad.

9.3 Galardón Rafael García Herreros: Entre la última y penúltima semana de clases,

en reunión de grado los docentes seleccionarán a un estudiante por grado, el que más se haya identificado durante el año escolar con el perfil del estudiante Minuto de Dios de la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para Todos”, es decir que:

a. Se identifica plenamente con la institución b. Busca la trascendencia en su actuar c. Es autogestor de su desarrollo personal d. Conoce y defiende su cultura y nacionalidad e. Aprenda a servir a su prójimo y a la humanidad. f. Sea práctico, recursivo, creativo e innovador. g. Asuma su vida con autonomía, responsabilidad y decisión h. Vivencia los principios y valores cristianos

El galardón García Herreros no contempla como criterio el desempeño académico del estudiante, por lo cual sólo será tenido en cuenta para resolver situaciones en las que dos o más estudiantes cumplan y proyecten en igual medida los diferentes ítems del perfil. (Este reconocimiento aplica para estudiantes de grado 11)

TÍTULO II

En el cual se presentan las escalas valorativas de Primaria-Bachillerato y de

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Preescolar 1. Primaria y Bachillerato

La escala de valoración institucional en el I.E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para Todos” año 2013, para Educación Básica Primaria, Secundaria y Media con su equivalencia a la escala nacional es la siguiente:

• 1.0 - 3.4 Desempeño Bajo*.

• 3.5 - 3.9 Desempeño Básico.

• 4.0 - 4.5 Desempeño Alto.

• 4.6 - 5.0 Desempeño Superior.

*El desempeño bajo en el I.E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para Todos” será

considerado como reprobación. 2. Preescolar

La escala de valoración institucional para el I.E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar

para Todos” para el año 2013 para educación preescolar es la siguiente:

• AA Alcanzado Ampliamente

• AL Alcanzado

• AD Alcanzado con Dificultad

• NA No Alcanzado*

*El desempeño “NA” en el I.E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para Todos” será

considerado como reprobación.

TITULO III

En el cual se presentan las estrategias de valoración integral de los desempeños de

los estudiantes.

“Evaluar es el proceso de diseñar, obtener y proporcionar información útil para juzgar alternativas de decisión de manera oportuna y eficaz”.

Daniel Stuffelbeam

Esta visión, busca evaluar al estudiante en el aspecto cognitivo y en el aspecto

actitudinal, con una visión integral. El aspecto cognitivo se encontrará compuesto por las actividades descritas en las acciones reflexivas en todas las asignaturas que conforman el plan de estudios garantizando el resultado como una variedad de actividades y no limitando a uno, dos ó tres aspectos, esto permite que se evalúe al estudiante en diversos contextos y momentos y no sólo en pruebas escritas o en entrega de trabajos. En cuanto el aspecto actitudinal se incluirá al finalizar el periodo académico un espacio reflexivo de autoevaluación (estudiante) y heteroevaluación (docente), en torno a la actitud y disposición manifestada en las actividades que conforman la asignatura. Del resultado del ejercicio de auto y hetero evaluación se emite un concepto final.

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Este aspecto actitudinal está compuesto por:

TITULO IV

En el cual se presentan las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar.

El seguimiento enmarcado en el proceso educativo es fundamental para alcanzar los

resultados que se desean, pero este debe realizarse desde el ámbito familiar y el ámbito

escolar. El Decreto 1290 de 2009, en su artículo 15 numeral 2 establece como

deber de los padres el realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus

hijos.

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En esta línea la institución tiene como estrategias de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños las siguientes:

1. HORARIO DE ATENCIÓN A PADRES DE FAMILIA A inicio del año escolar se entrega a padres de familia y/o acudientes el horario de atención a padres de familia del año lectivo, con el fin de establecer canales de comunicación eficaces entre el hogar y la institución educativa. A este espacio se accede a través de tres maneras:

a. Citación por parte del docente. El docente teniendo en cuenta la situación académica del estudiante envía citación al padre de familia a través del estudiante para atención en los espacios que la institución ha destinado para tal fin. En caso de no asistencia consecutiva a dos citaciones, se procede al envío de correo certificado.

b. Solicitud de cita por parte del padre de familia. El padre de familia y/o acudiente a través del estudiante puede solicitar al docente mediante comunicación escrita la posibilidad de reunirse en los espacios destinados, previa disponibilidad del docente y de las citaciones que se hayan realizado.

c. Asistencia en los espacios asignados sin cita previa. El padre de familia y/o acudiente puede acercarse a dialogar con el docente en los horarios establecidos por la institución para tal fin; en este, la posibilidad de hablar con el maestro depende de la disponibilidad de las citaciones que previamente haya organizado en su espacio de atención a padres.

2. CORTE ACADÉMICO

Esta estrategia consiste en informar al padre de familia y/o acudiente, los resultados obtenidos en los procesos de superación del periodo anterior al igual que el desempeño que el estudiante lleva hasta el momento del corte (mitad de cada periodo académico). Lleva las observaciones realizadas por parte del docente. Paralelamente los directores de grupo, llevarán control de este proceso a través de las direcciones de grupo y de los diálogos directos que ellos puedan tener con los demás docentes de las asignaturas del grado que se encuentra cursando. Este corte académico se encuentra en la página web del colegio, en la sesión del estudiante cuyo usuario y password se entrega en la reunión informativa de padres.

Es responsabilidad del padre de familia el acceso a esta información puesto que la institución brinda las herramientas necesarias para que esté enterado del proceso académico del estudiante durante el periodo académico. Si el estudiante presenta desempeños entre bajo y básicos, es deber del padre de familia buscar un espacio con el o los docentes para conocer la situación particular y poder establecer estrategias de apoyo en conformidad con el decreto 1290, artículo 15 numerales 1, 2 y 3.

3. PÁGINA DE TAREAS Como estrategia “adicional” de apoyo y seguimiento para los padres de familia de los grados 3° a 11° el I.E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para Todos” abre un espacio en la página web del colegio para la consulta de tareas, a partir del cual los acudientes podrán establecer estrategias de apoyo en casa así como comunicación con el docente que lo requieran.

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De grado 3° a 11° es asignado un estudiante comprometido por curso quien es responsable de cargar en la página los compromisos académicos establecidos en cada una de las asignaturas que los estudiantes se encuentran cursando. El padre de familia puede acceder y verificar este proceso a través del usuario y password que se suministra iniciado el año escolar a través de circular por parte de la Gestión Informática de la institución.

Mensualmente desde Coordinación Académica se realizará el seguimiento al

manejo de esta herramienta para garantizar su adecuado funcionamiento.

Los grados preescolar, 1° y 2° realizan dicho control únicamente por medio del cuaderno de notas, la cual debe ser firmada diariamente por el acudiente.

4. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Espacio de reflexión y análisis de la situación de aquellos estudiantes que presentan dificultades académicas y en el que se revisan las estrategias de apoyo implementadas durante el periodo académico en pro del proceso formativo de los estudiantes.

5. COMPROMISOS ACADÉMICOS BIMESTRALES Instrumento que permite llevar el histórico académico de las dificultades presentadas o del avance de un estudiante. En éste, el estudiante en compañía de su acudiente reflexiona sobre su situación y genera acciones puntuales en su proceso académico.

“La firma de éste documento en dos o más ocasiones del estudiante y del padre de familia es constancia para la institución del conocimiento de la situación académica del estudiante la cual posiblemente ocasionará el riesgo de pérdida de año escolar o la perdida de cupo en la institución, según la situación”.

6. TALLERES DE PADRES DE FAMILIA De acuerdo a los resultados obtenidos en el periodo académico se convoca al estudiante y padre de familia y/o acudiente para analizar la situación y brindar elementos y/o criterios a tener en cuenta para superar las dificultades presentadas a lo largo del proceso escolar.

TÍTULO V

En el cual se presentan los procesos de autoevaluación de los estudiantes. La autoevaluación, como oportunidad de crecimiento, de reflexión y de establecimiento de acciones de mejora es fundamental en el proceso escolar; para ello, se establecen como espacios de autoevaluación de los estudiantes los siguientes:

a. Autoevaluación en el ítem correspondiente a actitud en cada una de las

asignaturas: Este aspecto hace referencia a la oportunidad del estudiante de reflexionar sobre su actuar, su concepto es tenido en cuenta en la valoración total de la asignatura, ésta se realiza a partir de unos criterios

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acordados en consenso en Consejo Académico y aplicados para todas las asignaturas durante los cuatro periodos académicos. Se complementa con la heteroevaluación por parte del docente y se emite una valoración del promedio de los dos conceptos (auto-hetero evaluación).

b. Autoevaluación en estrategia de firma de compromisos (periodo ó final): Momento fundamental en el que el estudiante en compañía de sus padres de familia y/o acudiente, identifica las dificultades presentadas y genera estrategias de mejora de resultados obtenidos en el periodo en que lo firma.

c. Autoevaluación en espacio de taller de padres: La generación de este espacio surge de la importancia de informar al padre y al estudiante acerca de la situaciones pero más allá de informar, es establecer acciones puntuales que surjan del estudiante quien es el actor del proceso educativo con el acompañamiento y apoyo de los padres de familia y de la institución, trabajando como equipo para lograr la superación de las dificultades presentadas viéndose reflejado en la promoción al año siguiente por parte del estudiante.

d. Los mismos procedimientos se tendrán encuenta para la valoración de convivencia.

TÍTULO VI

En el cual se presentan las estrategias de apoyo necesarias para resolver

situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes. Como estrategias de seguimiento y apoyo para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes, y para resolver situaciones pedagógicas pendientes, se encuentran diversas estrategias que buscan generar en los estudiantes un compromiso y un cambio de actitud para mejorar los resultados obtenidos en los periodos académicos o en el año escolar. Estas estrategias son:

1. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN El Consejo Académico conformará, para cada grado, una Comisión de evaluación y promoción integrada por los directores de grupo, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución, psicólogos (as), coordinadores de convivencia y académico, con el fin de analizar las estrategias implementadas para el refuerzo, apoyo y superación de las dificultades presentadas durante el periodo académico o el año escolar.

En la reunión que tendrá la Comisión de evaluación y promoción al finalizar cada período escolar, se analizarán los casos de educandos con valoraciones inferiores o iguales a 3.4 (“desempeño bajo”) en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares a los docentes, a otras instancias del establecimiento educativo, al padre de familia y al estudiante en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de los educandos, se citará a los padres de familia o acudientes y al educando (entrega de informes académicos bimestrales) con el fin de informar y acordar los compromisos por parte de los involucrados (padre de familia, estudiante e Institución).

Las comisiones, además, analizarán los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente

altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o promoción

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anticipada. Al finalizar el año, la Comisión de evaluación y promoción de cada grado será la encargada de determinar los educandos que son promovidos y los que deben reiniciar un grado determinado. Las decisiones, observaciones de cada comisión se consignarán en actas y éstas constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de educandos.

2. PROCESOS DE SUPERACIÓN DE PROPÓSITOS PENDIENTES POR PERIODO En caso de que los estudiantes no alcancen los propósitos en cualquier

asignatura en el periodo, desarrollarán planes para la superación de propósitos

pendientes los cuales incluyen dos fases: Fase I. Pautas de superación de propósitos pendientes. 30%

Son instructivos que contienen actividades, pautas ó criterios que el estudiante

con el APOYO DE SUS PADRES realizará para preparar la prueba de

sustentación. Estas pautas son prerrequisito para acceder a la segunda

fase, por lo tanto debe contener todos los criterios de contenido, incluso el

respeto a los derechos de autor y la presentación definida por el Colegio. Estás serán entregadas al padre de familia en la reunión de reportes de evaluación correspondiente a cada periodo académico.

Fase II. Sustentación de propósitos pendientes. 70%

Corresponde a la sustentación del proceso anterior y se accede a través de la presentación completa de las pautas. Aquí se evalúan los aprendizajes correspondientes a los propósitos, de acuerdo con la programación académica. Este proceso se lleva a cabo la segunda semana después de la entrega de

las pautas.

Este proceso de superación tendrá en equivalencias, pautas 30% y sustentaciones 70%. La aprobación equivale a la valoración resultante de 3.5. Para el último periodo el proceso de superación de propósitos pendientes es diferente por realizarse al cierre del año escolar, impidiendo así la elaboración de pautas. El ajuste consiste en establecer temáticas de estudio, repaso y de afianzamiento para que el estudiante los prepare y posteriormente realice la sustentación de estos propósitos. A diferencia del proceso de superación de I a III periodo, la prueba para IV tendrá una valoración de 100% y se dará aprobación sobre 70% de la misma.

• En caso de no aprobación de las superaciones, el estudiante podrá asistir al curso de recuperación que se realizará al inicio del siguiente año lectivo ,

Características: Las siguientes son las consideraciones básicas que definen el curso de recuperación:

a. Espacio para trabajar en las dificultades que se presentan en la(s) asignatura(s)

reprobadas por parte de los estudiantes.

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b. Acompañamiento y asesoría de un docente de la disciplina reprobada, con

el fin de garantizar que el estudiante domine los mínimos conceptuales

propuestos para el grado que cursa.

c. El estudiante que apruebe el curso salda los pendientes que presentó

durante el año escolar (máximo dos periodos académicos), siempre y cuando

haya realizado proceso de superación de propósitos pendientes para cada

periodo.

d. Se realizará al inicio del siguiente año lectivo.

Requisitos: Para acceder al curso de recuperación es indispensable el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a. Presentación de pautas y sustentaciones para los respectivos periodos de reprobación.

b. La asistencia es con el uniforme de diario y presentación personal de acuerdo al manual de convivencia (el no cumplimiento de éste ítem es causal de anulación de la inscripción al curso y por tanto de su reprobación).

c. El estudiante puede realizar máximo 3 opciones de nivelación extraordinaria al año correspondientes a tres asignaturas (cuentan por igual los cursos o las pruebas).

Criterios de aprobación: Para la aprobación de los cursos de recuperación se tendrá en cuenta:

a. Asistencia a la totalidad de las sesiones del curso.

b. Buen desempeño académico y actitudinal durante el curso.

c. Aprobación de la evaluación final del curso de nivelación en la que el

estudiante debe demostrar el dominio de los mínimos conceptuales de

la(s) asignaturas correspondientes para el grado que cursa.

3. COMPROMISO ACADÉMICO Estrategia que se implementa después de obtener los resultados académicos de cada periodo o del año académico. Busca generar en el estudiante mejoría de su proceso, a través del establecimiento de acciones puntuales y verificables con el apoyo, el conocimiento y aprobación del padre de familia.

Existen tres clases de compromisos, estos son:

3.1 Compromiso Académico por periodo: Se implementa esta estrategia a aquellos estudiantes que en sus resultados de periodo presenten dificultades “desempeño bajo” en tres o más asignaturas del plan de estudios del grado que este cursando. En éste se registran las asignaturas con dificultad, al igual que los compromisos que conjuntamente padre y estudiante asumen para mejorar los resultados obtenidos en el periodo. De igual manera se identifican los riesgos de la situación que se presenta el estudiante a través de 5 literales que indican las implicaciones de esta estrategia. Estos son:

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a. El estudiante presenta dificultades en tres o más asignaturas por

periodo. Por lo cual debe presentar plan de superación de propósitos

pendientes para cada periodo que firme el compromiso.

b. Si el estudiante no presenta pautas y sustentaciones para cada

asignatura donde se presenta dificultad, perderá la oportunidad de nivelar

dicho periodo en curso de nivelación al finalizar el año. Este es un

elemento determinante para definir la promoción o reprobación al cierre del

año escolar.

c. El no aprobar el proceso de superación en la(s) asignatura(s) y de

continuar con las dificultades evidenciado en la reincidencia de la

reprobación por otro periodo con previa presentación de pautas y

sustentación en los dos periodos, le permitirá la implementación del

curso de nivelación, que se realizará al finalizar el año y su desempeño

en este, es definitivo al cierre del año escolar para definir la promoción al

grado siguiente o la reprobación del mismo.

d. En caso de que el (la) estudiante haya sido promovido con un área

pendiente en el año anterior y de continuar con las dificultades académicas

podría PERDER EL CUPO.

e. En caso de que el (la) estudiante sea reiniciante y de continuar con las

dificultades académicas PIERDE EL CUPO para el año posterior a la firma

de este compromiso. Tal como se contempla en el Sistema Institucional de

Evaluación capítulo I.

f. La firma por dos o más periodos consecutivos del Compromiso

Académico indica que el estudiante presenta ALTO RIESGO DE

REPROBACIÓN del año escolar vigente, constituyéndose para la

institución en evidencia del conocimiento del proceso académico del

estudiante por parte del acudiente. Tal como lo indica el Sistema

Institucional de evaluación Capítulo IV.

g. El estudiante después de firmar compromiso académico (periodo ó final)

que reincida en bajo desempeño, se deja a análisis y decisión de la

comisión de evaluación y promoción el renovar o no la matrícula para

el año siguiente. 3.2 Compromiso académico estudiantes reiniciantes: A l igual que la anterior

estrategia se implementa al finalizar el año escolar después de sesionar

las comisiones de evaluación y promoción y se aplicará en aquellos estudiantes que

son reiniciantes por no haber alcanzado los mínimos establecidos para la promoción

es decir que a lo largo de sus procesos tuvieron reprobación en alguna d e las áreas del

plan de estudios para el grado que se encuentran cursando. En éste se deja

especificado que de darse nuevamente la reprobación del mismo grado se da la pérdida

de cupo para el siguiente año. (Criterio de pérdida de cupo) PARÁGRAFO: Estudiantes que fueron promovidos en el año 2012 con una área pendiente para el 2013, firman un compromiso especial en el que se relacionan los criterios para saldar el área pendiente así como las consecuencias de la no aprobación. (Ver parágrafo capítulo I, numeral 5.1.) 4. TALLER DE PADRES (PSICOLOGÍA Y COORDINACIÓN ACADÉMICA)

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Estrategia que se implementa luego de la Comisión de evaluación del primer periodo académico. Asiste el padre de familia y estudiante (de ser posible) que en esta parte del proceso presente dificultades académicas siendo evaluada la situación por el docente director de curso correspondie nte. En él se brindan estrategias de apoyo para mejorar el desempeño académico de los estudiantes a nivel de hábitos de estudio y pautas o criterios a tener en cuenta en el proceso escolar y para evitar la reprobación o la pérdida de cupo en la institución.

TÍTULO VII

En el cual se presentan las acciones para garantizar que los directivos docentes

y docentes cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema

institucional de evaluación.

A nivel institucional con el fin de garantizar el cumplimiento de lo establecido en este Sistema Institucional de Evaluación se divulgará y se realizarán jornadas de trabajo con los docentes en torno al Sistema Institucional de Evaluación en el proceso de inducción, en los espacios de reuniones de área y en el Consejo Académico para lograr que la totalidad de docentes y directivos docentes interioricen y cumplan con cada uno de los aspectos que conforman este Sistema en el año 2013 y siguientes. De igual manera se continuará con los procesos de revisión, verificación y validación de los diferentes momentos y partes del proceso para garantizar la transparencia, objetividad e implementación del sistema de evaluación conforme fue estructurado y con los criterios que se han determinado.

TÍTULO VIII

Sobre la periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.

La periodicidad de entrega de los reportes de evaluación a los padres de familia

corresponderá al cierre por periodo que se realizan en el año escolar. Se realizarán

cuatro entregas de reportes de

evaluación y en la última, a su vez, se hará entrega del informe final de evaluación

en el que se

indicará la promoción o no promoción del estudiante al grado siguiente.

En las reuniones se hará entrega de las pautas de superación de propósitos

pendientes a aquellos estudiantes que hayan presentado dificultades en asignaturas

evidenciadas en la obtención de valoraciones inferiores a 3.5 ó “desempeño bajo”

para ser desarrolladas y trabajadas con el apoyo de los padres de familia de acuerdo a

los criterios establecidos en el capítulo VI numeral 2.

TÍTULO IX

Sobre la estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros,

comprensibles y den información integral del avance en la formación. Los reportes de evaluación que se entregan en cada periodo académico contienen el código del estudiante, el grado que se encuentra cursando al igual que los

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nombres y apellidos del estudiante. Tanto en los reportes de preescolar como el de primaria y bachillerato, se relacionan los propósitos en los que el estudiante presentó dificultad y las fortalezas o debilidades y recomendaciones para el estudiante en cada asignatura

1. REPORTE DE EVALUACIÓN PREESCOLAR

En la sección de preescolar lleva la información de las dimensiones y las asignaturas que lo conforman y el desempeño académico será evaluado en el alcance o no de los propósitos establecidos. Y en la parte inferior a la tabla resumen llevará las convenciones de la misma. (Alcanzado Ampliamente AA - Alcanzado A – Alcanzado con dificultad AD – No alcanzado NA)

AA: Alcanzado Ampliamente AL: Alcanzado AD: Alcanzado con dificultad NA: No Alcanzado

2. REPORTE DE EVALUACIÓN PRIMARIA Y BACHILLERATO

En la sección Primaria y Bachillerato, contiene la información de áreas y asignaturas y los resultados del desempeño académico por periodos y por propósitos (en números de 1.0 a 5.0). En la parte inferior de la tabla resumen de periodo aparecen las

equivalencias con las categorías de desempeño establecidas en el decreto 1290 de

2009.

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TÍTULO X

En el que se presentan las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y

resolución de reclamaciones sobre la evaluación y promoción. Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en este Sistema de Evaluación en el I.E. Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para Todos”, cualquier miembro de la comunidad educativa o de cualquiera de sus órganos de participación (Comisiones de Evaluación y promoción, Consejo estudiantil, Consejo de Padres, Consejo Académico y Consejo Directivo) podrá informar de irregularidades a las disposiciones que en este Sistema de Evaluación se emiten haciendo uso del conducto regular, en el orden que se menciona a continuación.

a. Docente de asignatura b. Director de grupo c. Coordinación Académica d. Comisiones de Evaluación y promoción y /o Comité de Convivencia según el caso e. Consejo Académico. f. Rectoría y Consejo Directivo

Así mismo, los órganos de participación de la institución, son veedores de que las

disposiciones que se establecen en este Sistema Institucional de Evaluación sean

divulgadas y conocidas por toda la comunidad educativa.

TÍTULO XI

En el que se explican los mecanismos de participación de la comunidad

educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los

estudiantes.

Desde la construcción del sistema de evaluación 2011, y de conformidad al decreto 1290 de 2009, se establece la participación de la comunidad educativa de los colegios de la Corporación Educativa Minuto de Dios como elemento primordial del diseño de los criterios que establece la norma; por ello, se contó con la participación de estudiantes, padres de familia, docentes y directivos docentes en la consolidación de este Sistema. Por último, es importante resaltar, que este Sistema de Institucional de Evaluación de la I.E Liceo Mayor de Soacha “Bienestar para Todos”, tendrá revisión constante durante su implementación, con la participación de toda la comunidad educativa. Todos los miembros que hacen parte de ésta son veedores del cumplimiento de los criterios y lineamientos establecidos en el presente Sistema de Institucional de Evaluación, las vías de participación, consulta y sugerencias están abiertas para dar respuesta efectiva a las solicitudes que se puedan presentar, así como de sus ajustes.

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CAPÍTULO XI DISPOSICIONES FINALES

1. RENOVACIÓN DE MATRÍCULA:

Al estudiante se le renovará la matrícula bajo las siguientes condiciones:

Haber terminado el año escolar sin MATRICULA EN OBSERVACIÓN.

En caso de que el estudiante haya terminado el año escolar con MATRICULA EN OBSERVACIÓN, se entiende que el Comité de Convivencia Escolar deja a decisión de Rectoría la asignación o negación del cupo.

Siendo estudiante reiniciante, haber sido promovido al grado siguiente. La no promoción del estudiante por más de dos años en el mismo plantel determina la pérdida de cupo.

Haber cumplido con todos sus deberes consagrados en el Manual de Convivencia.

Cuando él (los) padre(s) o acudiente(s) reiteradamente incumplan cualquiera de los deberes consagrados en el Manual de Convivencia, la Institución se reserva el derecho de no renovar el contrato de prestación de servicios educativos.

Legalizar la matrícula en las fechas establecidas por el plantel y la Secretaría de Educación y Cultura de Soacha para tal fin. La no-renovación oportuna de la matrícula implica pérdida del cupo.

2. VIGENCIA El presente Manual de Convivencia entrará en vigencia a partir de su aprobación por parte del Consejo Directivo y permanecerá vigente mientras no sea modificado parcial o totalmente. 3. MODIFICACIONES Las propuestas de modificación a cualquier punto del presente Manual, serán presentadas al Consejo Directivo, por cualquier miembro de la comunidad, de manera escrita y debidamente soportadas.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Soacha, 10 de Abril de 2013