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CONSEJERíA JURíDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL DIRECCiÓN GENERAL DE ADMINISTRACiÓN Y DE FINANZAS : ] .. - I No. de Pedido: I QQ1ilQ11. I DIRECCiÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES '- PEDIDO-ABIERTO I I 1 I d.e [ 15 I ADJUDICACION DIRECTA CON FUNDAMENTO EN LOS ARTicULO 25, 26 FRACCiÓN 111,40 PÁRRAFO TERCERO, Tipo de Procedimiento: No. Certincación: Fecha de Eiaboración: lUnes. 13 de enero de 2014 13 42 PÁRRAFOS PRIMERO, TERCERO Y SEXTO. Y 47 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y ,El pago se efecluara denlro de los 20 días naturales contados a partir de la recJla de 22104 "Produclos alimenticios para el personal en las Inslalaciones de las dependencias y 'recepción y aceptación de la(s) faclura(s) debidamente requ'S1lada(s) y acompaMda(s) de Condiciones de Pago: Partidas: la documentación; previa validación, aceptación a entera sa\lsracd6n y liberaCIón de la Subdirección de Servicios Generales. entidades" Garrafón de agua de 20 litros: Los días manes de cada semana. Plazo de Entrega: Fecha límite de entrega: de acuerdo al anexo lecnico Botellas de agua punflcada de 600 mi: EI primer martes de cada mes CJE 960516· 7L7 Domicilio Fiscal: Palacio Nacional sin número, 4'. Piso, Colonia Cenlro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, México, D F. I R.F.C. I Almacén ubicada en Palacio Nacional sin, edific.o 12 anexo, lercer piSO, Colonia Cenlro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, MéXICO, D.F.. de lunes a viernes de 09 00 a 14'00 hrs. y de 17.00 a Lugar de entrng a: 20:00 horas Proveedor Adjudicado Fecha de Firma lunes. 13 de enero de 2014 ELECTROPU RA, S DE R. L DE C. V. Razón Social; J I Numero ELE9012281G2 CURP. NO APLICA Calle o Avenida KM 23.9 CARRETERA MEXICO-TEXCOCO R.F.C. SIN NUMERO Exterior Numero LOS REYES LA PAZ CARLOS HANK GONZALEZ Delegación o Municipio NO APLICA COLONIA Código postal 56510 Interior 5342-3857, 5342·3858, 5342·3859, 5342·3860,5342-3861 Y Entidad Federativa MEXICO MÉXICO País Teléfonos 5342-3862, EXT 2393, 1634 Y 1551 Fax NO APLICA Correo Electrónico [email protected] Unidad de Cantidad 1m orte Partida Precio Unitario Descripción Minimo Maximo Medida Mínimo Maximo Garrafón de agua de 20 Litros, Bajo en sales y SOdiO, envase de policarbonato, con $ 25.00 $ 19,000.00 Pieza 1 760 1,900 $ 47,500.00 asa, laparrosca y sello de garantia Botellas de agua purificada de 600 mi , baJa en sales y SOdiO, presentación pel, con Pieza $ 56.00 $ 22,400.00 400 1,000 2 $ 56,000.00 taparrosca, en paquete de 24 piezas Representante Legal 1. v¡¡,zquez. Sucar [efe de O",p;a Ap.:I'1t' Tetnleo Area requirente

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CONSEJERíA JURíDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL DIRECCiÓN GENERAL DE ADMINISTRACiÓN Y DE FINANZAS: ] ..- I No. de Pedido: I QQ1ilQ11. IDIRECCiÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES ' ­

PEDIDO-ABIERTO INU~~:~de I 1 I d.e [ 15 I ADJUDICACION DIRECTA CON FUNDAMENTO EN LOS ARTicULO 25, 26 FRACCiÓN 111,40 PÁRRAFO TERCERO,

Tipo de Procedimiento: No. Certincación: Fecha de Eiaboración: lUnes. 13 de enero de 2014 1342 PÁRRAFOS PRIMERO, TERCERO Y SEXTO. Y 47 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y

,El pago se efecluara denlro de los 20 días naturales contados a partir de la recJla de 22104 "Produclos alimenticios para el personal en las Inslalaciones de las dependencias y 'recepción y aceptación de la(s) faclura(s) debidamente requ'S1lada(s) y acompaMda(s) de

Condiciones de Pago: Partidas: la documentación; previa validación, aceptación a entera sa\lsracd6n y liberaCIón de la Subdirección de Servicios Generales.

entidades"

Garrafón de agua de 20 litros: Los días manes de cada semana. Plazo de Entrega: Fecha límite de entrega: de acuerdo al anexo lecnico

Botellas de agua punflcada de 600 mi: EI primer martes de cada mes

CJE 960516· 7L7 Domicilio Fiscal: Palacio Nacional sin número, 4'. Piso, Colonia Cenlro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, México, D F.IR.F.C. I Almacén ubicada en Palacio Nacional sin, edific.o 12 anexo, lercer piSO, Colonia Cenlro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, MéXICO, D.F.. de lunes a viernes de 09 00 a 14'00 hrs. y de 17.00 a

Lugar de entrng a: 20:00 horas

Proveedor Adjudicado

Fecha de Firma lunes. 13 de enero de 2014ELECTROPU RA, S DE R. L DE C. V.Razón Social; J I Numero

ELE9012281G2 CURP. NO APLICA Calle o Avenida KM 23.9 CARRETERA MEXICO-TEXCOCO R.F.C. SIN NUMEROExterior

Numero LOS REYES LA PAZ CARLOS HANK GONZALEZ Delegación o MunicipioNO APLICA COLONIA Código postal 56510Interior

5342-3857, 5342·3858, 5342·3859, 5342·3860,5342-3861 Y Entidad Federativa MEXICO MÉXICOPaís Teléfonos 5342-3862, EXT 2393, 1634 Y1551

Fax NO APLICA Correo Electrónico [email protected]

Unidad de Cantidad 1m ortePartida Precio UnitarioDescripción Minimo MaximoMedida Mínimo Maximo

Garrafón de agua de 20 Litros, Bajo en sales y SOdiO, envase de policarbonato, con $ 25.00 $ 19,000.00Pieza1 760 1,900 $ 47,500.00

asa, laparrosca y sello de garantia

Botellas de agua purificada de 600 mi , baJa en sales y SOdiO, presentación pel, con Pieza $ 56.00 $ 22,400.00400 1,0002 $ 56,000.00

taparrosca, en paquete de 24 piezas

~ Representante Legal

1. ~ettc v¡¡,zquez. Sucar

[efe de O",p;a rl<tmen~o d~ Ap.:I'1t' Tetnleo

Area requirente

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PEDIDO ABIERTO PARA lA A{}QíJI5\ClON DE: AGUA ~~; G..\f:~AFON y EM80TElL'lDfI.. QUE CELEBRAN POR UNA

PARTE" LA CON5EJERrA JUR(OICA DE~ EJECUTIVO FEDERAL EN LO SUCESIVO MLA CONSEJERfA" POR CONOUCTD DE

lA UC MARIA DE lQUSi:í)E5 Ur1OA~llLffA ~AMiSi9. EN SU CARAcrm D~ DIRECWRA GENERAL De

/~DMINISTRACIÓN y Ol: í!NAN1AS, YroR LA OTRA, LA 500EOAD ~EanOPURA.,s DE fU DE eV RepRBENTAOA EN ESTE Aao pOR LA c. S:J~Al'~A Mi~)I",;i Plfl.l(UI'., EN ~U CARÁCTER DE REPRBEN/ANTE LEGAL,. A QUIl:N EN lO

SUCE~IVOSEU OENOMINARA "El PROVfEOOR", Al Tf:NOR OE LAS OHtARAOONES .,. ClÁUSULAS SIGUIEfHES

DEa..ARAOONES

I."LA CON5EJERfA" OECLARA POR CONOUCTO DE su flf:PftESENTANTE:

Es una dependenci.. de I.a AdmlfllstraelOn Pubhc<I F('deral con fundamento en lo,> .lrtlC\llo~ li'

segundo parnfo, 22 fracción 111, 4 p;irnfo tercero, 14 pnmer p;irrafo, 26 y 43 de la ley OrgiÍnlciI de la Admlmslrlle~ón Pubh('.(I Federal; ., la Que se le a$lgno 1.1 dave programatlca presupueslal nunu~ro

37, por la Secretana de Himenda y O"edito Públleo; y con Registro Fedet.1l de Contribuyentes C.JE­

960S16·7t7

11. Qlote SLl repre'l:enUln~, la Uc Mario. de Lourdes lJrdapllle¡a Ramlrez, en su (.1rae-ter de Dlreooril

Genl:!(al de Admlnlstradon '( de FIn.;¡nzas, llene 1.11 lacult.<tdes leg.lles para repreSentar ~ "'LA CONSEJEJl.íA" en los temllnos '( ,ondlC:~ones del presente Conlnto, dé' conformida.d con lo pn:\lísto

en el ~mculo 16 fracC10n XXIV del Reglamento Interior de "LA CONSI;JERIA"

Que para cubnr las erogaCiones denvadas del presente Pedido, So€' cuenta con la dlsponíbllldad"' presupueSl.11 mediante la certlfiGllClOn presUpUeSl.11 nOmero D, emiuda por 1<1 Dlrecc,ón de

Presupuesto, Finanzas '( ContClblltd<1ld, en la Partid.. presupuestal. iHO.i "~roduclos al~elltH:IOS

par¡;¡ eloperSOMI el'l las IlHtéllaClOnes de las depenúencla't y er:tldac'es"

IV. Que me(hante el proeedlmlento de AOJUOtLAClON OIRECTA, fue adJudlc.. do a favor de "'fl PROVE~DOR" con fundamenlo en los artlculos 15 2(, FllACCIDN ¡II, 40 PARRAFO TERCt:P.O, ~1.

pAR,il:AfOS PRiMtRD, ERCERO y C,(XTO, '( <t? de la Ley de AdqUISICiones, Arrendamlenlos y ServiCIOS del Sector Público.

Oue para los efeaos del pres.E!nle Pedido, señala comil su donllCII~o Icgdl el ubICado en PalacIO

Naqo"al, sm numero, EdiliCIO XII Aoexo, 3er pISO, (olom.. Cefllro, Oeleg.1clon Cuauhtel'Tloc, Codlgo po~tal Q602O... Mél(Jco, DlSUitO Federal.

1I,"El PROVEEOOR" DEClARA POR CONOUaO DE SU RoE9RBENTANTE LEGAL

Que es una sOCiedad esta l~gCltmenl.e constllUld~, med..,nte la Escrllura Publl(.(l numero 277, de fecha 2~ .;:" :;;?:()~:o O!ó: 1St:., otorgada por el tken('Jado rehp~ Alfreoo a~lu..n Sanlana, l,jlulor de la Notana !~, del MunicipIO de Texcoco del ESI",do df'l MéXICO

ReI'Qf~;¡¡S al acl<! tonsmuuva por C;¡¡mblO de denommacion, V reformas en los é'stalutO'S toclales de 1<1 )!)CJedad, medl<lnte 1.. [$Ulmn Publica numero 54,413. de fecha 23 .oe Qu;,(:,n!:lre d~ 199ú,

olorgada por .el licenciado Heríberto Ror"an Taía\lera. tilular d(" la Notarla 62, del Dlstnto Feder.1l, Mélu(o

Relonn<lS al a~la constitutIVa por aumenlO de upIl¡¡1 medlanle la fusi6n Díslnbuldor3 Dos, S.A., (on la SOCiedad, medlanle la Escrilura Publica n¡)mero 2.8,s:a, de fech¡¡ lO d~ mavo::le 1993, otorgilda parf'lJ Licenciado Henoeno Raman i.aia\lera, 'Itular de la NOliln¡¡ 62, del 04$tmo Federal, M("xíco

Reformu al acla eonslitullva por ¡¡umento de eapltal medianle la fUSlo" Punficadon de agua Pucblil,5..A de C,V., con la SOCIedad, mediante 1.1 EsuUura Publica numero 55-,205, de lecha 2.l ek ~epti~mbre de 1::}9'l, otorgada por el uce"c1ado Herlberto ~Clrn.án T3!,zo.yera, Iilular de la Nolula 62, del Distrito Federal, Melll(O

Rdormas al acta QJr\smutrva por aum'i!'nto de capital med..mte la fuslon PurUiGldora de Agua

ECillepec, .s.A de C.V, Puriricadoríl de A€uas Perula, S.A de CV.: P,mlicadora de A,gua AndCl)uCla, S.A de C.V., Plásllcos 1:.P, S.A. de r..V, c.on 1<1 S.oCledad, mediante la Escfltur.1 I'ublica numero

.iJ,TJS, de fecha 16 eJf' ocliJbre !995, otorgada por elllcenCI.. do Armando Gálvel Pérc~ Ar,;,.gcn.

lilular de la No14mil 103., del DIslrlto Federal, Méxíco.

Reformas al acl~ comtl(ullva por <Iumento de (~pltal medlahte la fuSión '>ervlagua, S.A. efe C.V., con 1011 S.ocledad, medlanle 101 E.scnhlr.a Pübllea. numero n,767, de feeha 22 da mayo ele 2001, otorgada

por elllcenctado MOlsC$ Telil Sanloyo, lllular de la Notilna 1lB, del OISlrItO Federo.l. MellJco.

ReforlTl<ls al acta constirumla por aumento de capltai medi~nte la fuSIOI1 Administración y AJ:esorfa metropolitana, s..A.. de C:V. y Eledroptlra, SA_ de C.V_, COn 1.. Sociedad, mediante 1.1 Escritura Publica

numero 40,799. de 'echa 31 de dKl\?n'bre 2C01, olorgarla por ('Illceflclado Ro¡:;ellO !iQdri~o (lrotCo ?CTC"I, titular de la Nolaria S3, 'del Du1.ntil Fedefil, Me)(lco

:' , 1 ~..,...¡: i . • .Reformas al a~la con'Hirutív.l por cambiO de denomin;¡,cion, y reforma'.> en los est;¡,tutos lIJclales de la socledlld, medlante I':tJ:scritura Publica nUhlero 4O,9&L, de 'ech3ll de mano de ¡OO2, otorgada por el LJeenaado ROHe1lo Roo{igo Oro1:co Pere?, tltu\;Jr de la Nolana 53, del Dlslrlto Federal,

MexKo

Refornlas al actdi COnstllutl\lil por ean,blO de denomlnaelon, y reformu en los esl.1lUlOS sodaJe~ de la SOCiedad, médlanle la {serlturd Pubhca nunlero <n,721, de fecha H da '>eptlembr~ "2O{J".!, otor~ada por el \Jcen(l.ado Ilo(>:CllO ~odnl;o OlOHQ Pere1.. lltúl.1l de 1<1 NOt<Uld 53, del D4~lntO

Federal, MéXICO

RefOrmas al acta l;onrtltutlYa por refOrt11<11s en los estatutos SOCiales de la SOCiedad, mediante la

(scntura Publica numero <'11,092, de fe(ha 11 de ml':-!o ae ?C03. otorgada por eluceflClildo f.I(l~p.I:u

Rodngo Oro¡co Poerel, Iilul.,rde la Nol<!na ~3, d.-:l Olslrllo Federal, MéxlI;o.

Refo'mat al aeta ool'lsliNova por reformas en los ~stdilutos soclaJe~ de 1.. s(Jcled.ld. median le la T~r<:cro

ESCritura PubllCil numero 1<1,14'J, de '("('ha N de s<2j)tienlbre 200::, olorgada por el llcel1ctado Nlo's~ T~jlt S¡l;llto'r'C., titular de la Notaria L4J, del Distrito Federal, Mexico.

CVlIrtO.

Reformas al acta constitutiva por compulsa de la eS(Tl\Ura ~oelal y reform,¡¡s estawurl<lS de liI

SOCiedad, mediante: la EK"nll.H2I Pubhc..a I")UnlerO 14,2 ~O, de fecha 09 di' vC1.u~rl!: 200:::, otQr!:ad;¡ por el LJeenclado !Vlo¡ses Tcllz SOIntoYQ, litular de lil Nolarla l~J, del Dlstnto Federal, Mexl(o

Que '11 S.u~na M~~:;:,.¡,~ P'ileda, cuenUl con poder gerleral, por lo que puede suscnbir el presente I'edldq y obligar a su rel'Jresenlada en los termlnos del mismo, lo que acredlla mediante la ESCritura Q.I,lInto.

Publlf.(l numero 2-8,160, de fecha 11 d<': ..l1~'.':O dI; ~{)tO, otorgada por el licenCiado FÍ<I(JCt~o

TaI,aIlO;-,a AUt(lquc, titular de la Nolan¡¡ 221, del DI~uilo Federal, Mexlco, y maniné'Sla baJO prolesla

de deCirla lIerdad que no le hah SIdo revoGldo dichos poderes

"' Que euenta con Clave del 'ReglSlfo federal de Contnbuyent....... fLEG012281.G2

IV Que su acn\'1dad comerclill e~' lndu:l.lna de I~s b>¿,bl(;;¡'s no akohohc.."1~

Que su representada uene por obJeto' l<l plH·flc.~cCún y comerclalfL<lClótl do! .agua purlflladél en Ól$I,n;d,;prese"taclOnes,

v, Que llene t.ilpaCld.ad Jurldlca V euenl.il con los elemenlos prOpIOS, .sufi<;lentes V bastames p,lra

cumplir con las obllg,lclol1es qLle ~e deriven del presente pedidO, IJ que es el umco responsable de manera dlrerta de la'S rel.oclone~ l.. borClles,t...les cen sus 1rabaJadore.s, qUIenes propOrCIO.,'Hdin la ADQUI~IOON Oe. AGUA EN GAS:51AFON '(' ffi.f!5'''~lllLAOA objeto de esle pedidO Se ferie re, Sin

Involucrar a "la CDllsejeria" en los mismos j)ar3 los efe<:tos de este parrafo en nlngun caso el

Gobierno Federal o "la CDnsejeria" ser<1n 'on~lderados como intermediariO Io.boral

s..:dc_VII Oue co"oce el contenido V los reqUISItOS que establecen la lleY die AdquiSiciones, ArtendamiénlOS IJ ServiciOS del ~eCtor publíco, el Reglamenlo ne l.a ley de AdqUlsl~ones, Auend,¡¡mlentos y.servlclos

del Sector PubliCO V dem<is dlSpOSIClOMS normiltlyaS aphcables, a~1 como el conlenldo del Anuo (Espt'CIlícaciofle5, Caf"&c:teríruc-as Técmcas - Económku), que forman parte integr¡r,nte del presente pedido

VIII Qu~ conoce las 1:speclricaciones, Caraclertsucas Tecnk<ls- Economlcas del objeto de este pedido, y que dispone de los recur5QS tecnlCOS y economlcos necesatlos e Idóneos para propon::lonarlos de

forma eficlenle, oportundi y en las meJore$ Cal'ldlCIOnes para "lA CONSEJ'ERfA", toda vez que ha inspeCCIonado todos los factores que Intérvlellen en s~ e}eC\JeI0n, por lo que mal1lfiesla qUe c\lenta con todos las re<:ursos materl..les y fil'la-nderos neces.. no-s, ~s¡ como con el person.1l con e:llperíenCla y capaCidad requerid liS l'Jara proporCionar el ob,elo del presente pedido.

SlIipllnlo.

IX Que no se enCUemra ubic<ldo en al8uno de los Sl.lpuestos que estable~n los artlculos 50 y 60 de la ley de Adqurslcloncs, Arrendal'TllentO$ IJ SeNoos del Sedor PClbll(o y 8·, fracclon xx de la Ley

Federal die Responsabllidóldes Admlnlstr<H1vas dI! los Servidores Púbhcos

x. {rl los termlnos del arliwlo 107 del Ae~lamenlo de la Ley de AdqulslClones, Arrend.. rmentos y :)ervIClo$ del Sector Plibllco, con motivo de las auditarlas, VI$ll.a$ o II'lSpealones que $e pr:a<;t:lqllen

en relaCIón al presente Pedido por parte de la Secrelana de la Funcíon Püblla o por el Org<1lno

Interno de CDntrol en "la Cons.eJeria", ~e comprOmete a propor(lonar 1.1 Informacion que en <i.U

nlomento se requiera.

Xl Oúe NO ~ encuentr,¡¡ ubludo denlto de la estrat¡jlcaoOn de empresa, conforme a lo dl'.>puesto por

el .1ruculo 34 del Reglamento de la Ley de AdquI$IClones, Arrendarrllenlos y ServICIOS del Sector PublICO, y el ..rtl(:ulo 1 fTacaan III de la ley par~ el Desarrollo de 1", CompetlllVldad de la Mkro,

Pequeña y Mediana Empresa

Xli Que para lodos los efectos legales del presenuo Poed1do, señala como su doml~llío en cafrl:1e."'~

Mé:xlC.o - I €xcoco I{M 23."',1-'1 numero, (o¡o",.o CU'k:>~ HOI~ GorHalel, Mvrllc1pl0 kn ¡:¡eye5 lél ?ill,

ESt¡HJ() {1(' MixlCO, c.p >1;710, te~é-ron':'s 5).4).:z¡57 534l-:!:8S8 53.42-3059, 5l4~·J..,;,jQ, S:;.42 Ból

y SJ4.~-3C{j2, EXT B~3. llij4 v 155 J. «}rreo ~';m:co. slJ!lfn••n1edln:[email protected]

Expuesto lo anterior, amb.s partes declaran que es su volunlad celebrar el presente Pedido baJO el sigUiente: ClAusULADO

PrlRl1I!(O. OBJETO.· EL PROVEEDOR" se oblllla a proporc~onar, boJo lo'.> lérminos y cOf)dlciones de eSle Pedido proporcionaran AOQ,iJISJC1ÓN m: I~G\)A EN GA~RAfÓN ':' [i'¡¡~'QTrrIADA de confotrnldild con l'!r Ane.ao

(Espcertiucioncs, Caract~rlnic:a$ T~nlcas - Económicas), qUé I1rlnad05 por ~as parles, se Integran al presente documento para los efectos legales V IIdminlstratlvos a que: hubiere lugar, de acuerdo a los

<1kances y penodlcldad descritos en Jos mlsmo~

~ClJod(l ANEXO.- Son las Espe . fi;adones y Cara(terlSlicu Te'nlcds - Economl~s de los BIenes que oferto "U

PROVEEDOA.~ en el pro mlelllo de c.oncrataCIon, '( que son ~arté Inlegr.1nte del pedido. 1:011'10 $1 a la letra loe InsertaSe, por lo que M parteS lo rec.onoeen, pafa lo cua1 lo rubrlc<'n V se obllllan a c\/nlpllrlos en lodos sus lernllnos a cabal/dad

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;:~e:o:~r::o:e~:~~Q~~~~~g~~~~~:~en~o~ :~~:~;~::n:lsAq::X~::~:~I~~:~~:~n:~~:~~:~:u~~ modllicar la5. (Oodlclones prevlst;as en oda un.. de las elapas del Procedlmlen(o de ContrataCión: en ca)!)

de dlxrepanqa, prevalecerCllo eslipulado en e!.l<!s.

VlGENQA..- H presente pedIdo, enlrara en Vigor .1 partH de 13 de cncm de 201.1, y Cl1tmlll<J'" e~ Ji de. dKlernbre 20J.4, como se Indll;a en el Anclco (Espe<ll1caciones, Car1lctel1'st"':35 Tecníclls - EconómICas)

LUGAR DE ENTREGA.- "E\. PROVEEDOR" $e oblisa a propordon:ar los AIJClUI'JIClON Dt; AGUA EN GA~S;!ArON y eME;oH-:LtADA en el Almacen ublcl'da e1\ p~ldlC(Q Nólclonal l/n, ~d¡~IC'O 12 Cll'lexo. tercer

piSO, COkH\.", Centro Del'!t:'aclOn úlau~11(orT'.(l'" el' 00.;02t\ MI?XKQ, O.F., de lunl'!S a 'Ilem~s de 09 00 ~

.\.~,CO tlrS. y~(.·1.1:GO .. 20:0<) hora~ que se mdle,¡¡ en el Anexo (EspeciliCilcíones, eancterirticas T~nic:as­

EconómICas)

CONTAAPRBTAQÓN .. El presente pedido llene el earacte:r dE! ablerlo conformo:! a lo eilablecldo por el

~rtlCu'O 41 de la ley de AdqulslClones. Arrendamien~os y Servlclos d~1 Séctor Púbhco, en eSle lenor el monlo mlr,lmO sera de ~ .!l1,aoo 00 (Cuarenta v un mIl (U,ilIUXI¡m¡c.j pews 00/ j 00 M N }, Y el momo

m,h(lmo ~er¡i de $ '10::,500.00 {(lcnto tres mll qUInIentos p~so':o 001 h ..iJ M.N.).

Miñ-imo Mih,f~,Q

Subtc¡.tal $ 41,4000.00 $ 103,500.00

IVA No aplíca No apllC"

Tolal S 41-400.00 $ 103,500.00

la cantidad o'ada en el parrafo anteríor s.e pagara eh nloneda naCional e Incluye la tOlalldad de los gastos

por los servlClos prestados, a'.>i COmO lmpuestos y lodos los demas que se originen COOlO conse<:uencli!l de

este contr.1to V el Anexo IEspeclfica.ciolle-s, Caracterrrtk::as Técllic<'s - EcorlÓmkas) por lo que "'EL PROVHDOR w no POdf" exigir mayor retribu(lon qlJ~ la enableclda en esla cUusula.

Se precisa que este Pedido no ~c encuentr;, en 1.. hip6tesis del p'rrafo segundo del óIIrticulo 13 de la ley de

AdqUISICIones, Arrendanllentos VServloos del Sector Publrco, por lo que tia ~e dani antiCJpo

PRECIOS UNITARIOS - "'El PROVEEDOR" IJ "'LA CONSEJERfA'" ilcuerdan que los precIos unllarios indlc.ados

en el AneJa) trsPKirl(adon~, Car1lcterirtlGaS Técnicas. úon6mi<:at) son ~jos durante la \/lgenclil del presente pedido y no se otDrgaran anticipoS

p.. rtida Dexrlpc.l6n Unídad de I M~id.a

Pr~io

Un"ario

Garrafon de agua de 20 Ulros, BaJO el'l salés y sodiO, envase de polu:arbonato, con ó1Sól, UparroKa y sello de garantía

Pieza S 25,00

Botellas de agoa purificada de 600 mI., baja en Sólles y sodio, pre$entacion ~el, con taparrosca, en paquete de 1<1 piezas

Plen $ 56.00

FORMA DE PAGD.- (on fundamento en el .lrticulo Sl de la ley de AdqUISICIones, Nten>llr9l~l"!los y 5ervl<ios del Sector pÜbllc.o, el pago de la ADQur5!ClON OE AGUA EN GARJIA.FON Y ':[MBDI U1ADA se cuhnrd por p.. rte de "'lA CONSE.lERrA" dentro de los 2.0 dlas naturales posteflOrl!'~ a qlJll IJd.(H'U¡'~II:lÓN Di AGUA EN (,ARRAFÓfl.l y EMBOTEtlAOA fue reoban, ... enlera sallSl'-dcClon de ldi SubÓ.lrQcdon dE! S~~f<.lOS 6oi"n~r,I!':S, p;¡¡ra efectuar sI.J lib~raclon re$peetlva medlal1l~ Sello V lirma en la filclUra.

"El PROVEEDOR" eitdi obligado a presentar.su f",etura con los sigUientes dóltos. el NUmefo del pedido.

descrrpCIl)n COlTl~el'" V espeCifica- del ADQU1S¡OÓN DE AGUA EN GA~~AfÓN y BvlBOIEl.LAOA cOlno lo

Indico en el Ane:xo (EsI'Jt'tirlClldones, cara~lenstícas T«nic:as - EconQmica$). En la Subdlfl!:CClón óe S~NI(.IO$ ~"'''''Ies, ublt.ado en PalaCiO Haelonal. sm numero, Edlfícto XUAnello. 3er. pi !.o, Colonia Centro,

O'...Ki::\n C'u,¡\ulHoémoc, Codlgo poostal 06020, Mellico, DIstrllo fed~rdl, en 'un.-:s y mlercoles en un horitno

de 00:00 a 14:00.

U hdlJrllCIOn deberá efectuarse como sigue:

A nombre. CON5EJERrA JURfDICA D{L EJECUTIVO FEDERAL OonllClho: PdlaCI<l Nacional, sin número, EdificiO XII Anuo, 410 PISO. Coionia Centro, Delegación

Cuauhtemoc, C6di~0 postal 06020, Mellico, Olstrlln Federal. R.F,e,: CJE-%OS16·7L7

"El 9ROVE:EOOR" en la presentadon de su /actufil debed, r-eumr los requIsitos rr'SC:illes estableados F'0r el Codlgo Fiscal de: la federaoon y su Reglamento, ;¡¡sí como 111 lIennCilClon de cOlllProba.nles fiscales Que

emite elSAT

~l la factura presenta error~s, la Subdl"-€.<C'I.W, úe SerVICIOS (j~ner31~~, Indicara al "El 9RO\lEEDOR" por e:w:rllo los en-ore!., nllSmOS que se deberan COfreglr de eonformldad con el artl(ulo 90 del Regl.. menlo de la

LE'Y de Adq\lISICIOnes, Arrendilmlentos y 5ervlciosdel Sector Publi¡;o

Cuando l.a 'echól de venatnlenlO del pago se<l dlóllnhabll, se paeara el dia ¡'abll 4nmedlalo postenor

"'EL pROVEEDOR" a la firma del Pedida, deberá entreg.1f la slgulenle do(utr\eMraClon a la DJecclon de

Recursos Materiales y ServicIos Ge,,~rales

1-0rlglnal de certifkaclon banGllrla a lB dlgltos teLA5E) con rirma autógrardi, numero del certifica '( sello b¡¡ncallO

.~

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J l.-Folocopla del eslado de cuenta con dilbe ilI 18 dígitos 3.~Cedllla fiscal que contenga el domIcilio flsc~1.

4 -Copia del poder nol.arlal S.-fotocopia de idenll(¡ClWón ofici<ll con fotografía V lírma del represenlante legal 6.-Nunlero teleronico y/o lax.

"El PQ:OVEEOOR" podn oplar porque su pago se realice de forma .<Intlapada. de conformid",d con las: dISPO'iICIOnes generales a las Clue deberan sujetarse ton: dependencias y entidades de la AdminIstraCión Publlu Fed.eral par.<l su incorporacIÓn .<It P,ogldlma de Ci!del'\as Prodl)crivils de Naaonal flnanoera, 5.N.C., In,>htUl:Ion oe Banu de Oesarrotlo, segün lo dispuesto en el articulo 19 del Pre-illpueslO de Egresos de la FederilClOn para el [jerclclo Fls.eal 101<4, pubhc.adO en el Dfaflo OllClal de la Fedeu<;lon el dla 03 de dlclcn¡bte de 2013 Para lo cual "'EL PROVEtoOR~ deber<l (umpltr con el procedlmlcn~o de CllihaClon previsto en dkho programa.

El pago de la ADQUISl(ION DE AGUA EN GARRAFON 't Eí""8o~nl.!\DA quedará condlelonado, proporcionalmente, ill pago que "EL PROVE.EDOR" deba erectuaf por concepto de ~nas convenclonales, en el entendido de qUe eA el supuerto de qu.e sea rescmdldo el presente pedido, no procederOl el cobro de d¡e~a penallzadoo, ni la conlabllizulon de las Inl:>rnas para hacer e-fectlva la garal'llla de- ClImplmllotnto

,1 En. tr.iO d~ que "El PROVEEDOR" no realice el tr.amlle correspondlenle para el pago respectivO, en un pl<lzO m<'nclmo de 20 dfas natulales pOSteriores a la ent(l:!:lla d.llla AOQWSIOór,¡ tli:: "GUA ~,.,. GIA¡:;r,r\!-PN y EMBOTElLADA, el pago quedar.a sujeto a la dlspombllldad prl!'iupueStal, libé.rando a "LA CONSEJERiA" de cUitlquler responsabilidad al respeclo

Oeu.vo. PAGOS:EN EXCESD,- "EL PROVEEDOR" deberdl relntegr¡¡r la'i c.<lntldades que correspondan mas to~

Il1tere&es que se c<l\cularán conrorme a IJna lasa que sera igual a lilI e-stableclda en el (o dIgo fIscal de la ~ederadón como SI se tratdira del supuesto de prorroga para el p<lgo de cr~di{QS IiSo(..(lles. los cargos se calwlar.an sotl~ {as cahudades pilgad<ls en elr:ceso en COI da caso IJ se compularan por d.las naturales, desde 1.<1 (Pella del pago haslil que se pongan etectl',/amcnle las cdlnli¡jades '1 dispOSición de "LA CONSEJEAfA".

Nowno. (E5IÓN OE DEREQtOS.· "El PROVEEOOR" no podra ceder en forma paretal " tot,,1 los d.erechos u obligaciones e'$tablct"Jdas en el presente pedido, salvo los derecho:> de cobro, en cuyo caso se requema previamente de conformidad expresa Vpor escrilO de "LA CONSEJERfA".

OEodmo. GARANTiA.- nEL PS\OVEEDOR.... COnvIene en responder de la ealid"d. de la AOQU1SIOÓ!'Il DE AGUA EN GARRAFÓN Y EMBOTEl!.ADA de conCormidad coo el Pedido V el Anexo (E5peciflCaciones, c.arBcteriS~lCas

TécnicOlS - EoonólnICB51, y de cUCllquler oU<I respon'>abllldad en Que nublen.. inCUrrido, en los termlnOs seiíalados en el Codlgo Civil ~deral

~n caso de no cumplír con IQ antenor -LA CONSEJERíA.... podra .aplicar IiI g<lranlla de cumplimiento del presente pedido, de:biendo el proveedGr cubnr los gllstos efel;tl\ados p.ara logr.ar el CUltlprlmlento de la g.<lr<lntla

Onc{éclmo. FIANZA.- De con'ormidad CDn el ArtIculo 48 de la Ley de Adqulsloones, Arrendamlel1to50 V ServiCiOS del ~ector Publico "EL P~OVEEDOR'" se oblIga a COOSlllUIf una gar<llltla paril el cumpllUllento de las obllgaclone,> denvadas del presente ¡Jedido y el Anc'/ICo IEspecmc.adones, Caral;teristicCls Tec.niC<ls ­EconónucasJ. mediante tlama elo:pedlda por la compdlñla aUlorlzada pardl ello, por u.n Importe I!quwalente ;}I 10% del !nonto total del presente PedldQ, SIl) comprender ellmpue~lo ill Valor Agregado.

"EL PROVEEOQR" queda obltgado a entregar a "'LA CONSEJERfA" la tianL<l en wemon, en un pl<lzo no mavor a dlel dlas nalurales posteriores .<1 la recha de la suscnpoón del presente Pedido, salvo que la entrega de- l.a ADQUrs.rClÓN DE AGUA EN GARRAfÓN YEMBQ't"EtLADA se realice denlro del plal.o clt... do

Dlchdl tianl.a deberá sUJetar'>e.a la~ diSpoSiciones que r1gen esl.J materia V en su redacctÓn se lranscflbua el '>Iguieme texto:

MONTO DE LA fiANZA

S FIANlAS .....NOMBRE DE LA AFIANZADORA, S.A. D[ e Y. en eJercklo de la autorizaclon qLle le otorgo el GobIerno Federal por conducto de la ~ecretana de HaclendCl y Clt~·d¡to Publico se constituve Iladora hasta el mOfllO de:

.00 M.N (CAN'TIDAD EN tErIlA)

A ~AVOR CE LA. TESOA,ERIA DE LA FEDERACiÓN

"¡¡ra garantizar por (NOMBRE DE LA EMPRESA), con R.F.C ~ cor! domiCIliO en ¡OOMICllIO FISCAL DEL PROVEEOOR. ante la ComeJeriil Juridlca del EJeultlvo Federal, elliel V exacto cumphmlcrH(J de I<lS obl1iaClones derlVada~ del l'edldo W ~ de techa__ COI) vI~eC\Cla del :-c:-,-------~ relativo a con un utlporte de S__oo M.N. mils IV.A

"la Insutucl(Jn Afiafll.adora se somete eKpresamenre .al procedImiento de ej@f;UClOI'l previsto en el Articulo 95 de la lev Feder,,1 de Insmuclones de fianzas, el cuitl tambl~n será dipllcable para el cobro de indemniZación por mora Que cn su caso se genere 1m losterminos preViStos en el amculo 95 bIs del nllSffio ordendilnl~nto. asl como alo dlspueslo ¡:lor el Reglamento del AnlCulo 9S de fa ley Federal de Insllll.Jaoneo~

de FldinU5, pan el cobro de fianus olol"gad.<ls a l'avorde la Tesorena de IdI FedefilClon, aSimismo, ~e obhga a ob-servar lo dlspue~to por el ArticLllo 118 de la ley ante$ citada, en el 'Sellado de que la fianza no lendr.a fecha de vencIllllento"

EM'OmLADA, En «t, '"P"",O deb,,, r"m"""" ., <o."n,o mod'fi,.'orto ",p'<li"o"",,, , ~~sta garantia estará vigente duran~e el cumpllmienlo de la obligación Q:ue g<lrantJ2a V continuara IIlgente procedIendo 1" apllcaclC;r¡ de penas convendonales al"R PROVEEDOR~. _~

en CaSQ d.e que ~ otorgue p..orroga 1I1 cumprlmlenlo del Pedido V el AneJCO (éspc;ilicaclones., caracterinicas Tioc:nicu - &ol1ómicas), as; como dlJrante l.a sustanCl<lCl6n de lodos los recursos legales o ~dmO(;lMno.ASUNTO$ NO PA:CVISTOS.- Los .<Isunros relacion<lelos con el presente Pedido y el Ar¡~ JUICIOS que se Interpongan hasta que ~e pronuncfe resolUCIón denmtlVa por autorid",a competenl.e, de IEsp~lficaóoC'les, c.aracteristlcas Tic:rll[:as - Económte:a'>I, que no SE' encuenlra(l expreumenle pre\i"ttJ~

forma lal que su vigencla no podr~ "'COt1lrs.e en nZÓn del plazo de eleCLlClon del Pedido V el Anuo en los c1'1usulados, seran resueltos de comun acuerdo por "EL PROVEEDOR" Y "'{A CONSEJERfA" .<Imb>!s (Especificaciones., Car.3lcterístfcas Técnicas - Económicas), prinCIpal o fuente de las obligaCIones, o partes, y las eleC;:lslolles que s<e tOUlen tarnb1en dftbe..án constar por eSCrito, laS cuales p;¡saran a formar cu.<llqLller oua drrunstanCla parte Inlegrí'lnte del preseC\le Instrumento lundlCO

En caso de hacerse erecbva 1'1 presente garantla, la InsltlUClon de rlanzas i1cep'.<I expresamente somete~e OEodmoqutnto. DER~CHOS INHEAOlTES A LA PROPIEDAD INTELECTUAL.· "ElPROVE€DOR" sera el unlCo responsabte al procedlmlen\o de eJecuclon estableeldo e('l el artrculo 95 de la Ley Fed.eral de InstituCIOnes de Flamaj" del cumphnllento de ta~ dlSpo'$IClones leg~les en la matena relativa para la obtenCIón y curnpl1rnt~nlo por pfoc:edlrT'llentO al ~ue tambu~n se sUjetara pari! el ca:iO del cobro de la Indemnijzadón de mora que preve el el uso de derechos mherenles a la propiedad lqh~:le([ual QU.e ¡:lUdler.'ln corresponder a tercero~, sobre los articulo 9S Bis del Oll~mo ordenamlente legal, por p.ago eXlempor¡¡neo del Importe dt> la pollza de n<lfl.za slst~mas tecnlCOS, procedImientos, dlspo$itt"o~, pilO e'>, eqUIpos, ar;r;esonos V hernl1\lentas qUe uUllce V/o ft>querld<l proporCione para cumphr con 1<1 entrega de la ADQl.i15mÓ!'Il DE AGUA EN G.:\RRAFQN 'f fMBOl'ELLAO,\,

respondiendo de cualqUIer redamacion que pudiera venrlcuse en contra de "{A CONSEJERIA" por dichos Que P3f3 liberar la [jama ser<l reQulsilo indispensable la mafllfestaClon expresa V por escnto de la conceptos, relevandola de cualqUIer responsablhd<ld, qued.lndo ".EL pROVEEDOR," obhg'1dO de m<lnera Consejefla inmediata a solventarla economlC:.Il, lecfllca, legal V de todo trEllnrte por el Incumpllmienlo total o parct.al

en que Incurra "El PROVEEDOR" Por lo que la cancel.lClon de la pollza de Ilan~ procederá una vez Que lilI (..onse,€rldi otorgue el a<:la ¡dminfstr.<ltiva o docLlllienlo eqw',/alente en el qLle se '>eñale la extinCión de derechos V oohgdluones, ~d....... ~xto. UCt:NOAS, AUTORIZACIONES y PERMISOS.- "'EL PAOVEEDOR'" sera ~I unfo:l respomable del prevIo olorgamlenlo del linHl.uito corre~pond'enle, o en caso de eXistir ~aldos ¡ calla del proveedor, la cumplimiento de las dlsposkione:;, adrmnistratlvas y legales aplicables en la m<llena relativa para obtencron liqUidaCIón debida. y CUl11plllTlIento de tod.as y cada Una de 'as licenCias, "utorlZaclones, pennisos V demás documenlaclén (lIJe

se requiera, O§si como de aquellos olros rel;i!O(Jon.<ldos con las patentes, mClrr.as, secretos comerQales, El1 ~so de prérroga o espera, la VIgencia de eSl<l fiama quedará aut0l11aticamenle prorrogada en derechos de autor Votros derechos conelr:OS para la erorreg3 de ta AOQUIS:cróN DE AGUA fa :';ARRAFÓN y concordanCIa con dicha prórroi:a o espera V al efecto (de:rlon\inaoon o ralon iOclar de la conlPañla EMBOrE1..lAlJA, respondIendo de cualqlJier recl<tl'llacfon qUe pLldlera prese~t.rse: en conlra de "LA ernlsordi de la flClnza) pagara en lerminos de Ley hasta. 1... cantld<ld del 10% del Importe m,lllon!o total del CONSEJERlA" por dll;hos conceptos, relevandola de clJalquler respooS<lbrllda<l, quedane:to "'El PRovEEDOR" Pedido vel Ane)l,() (Especlficac.lones, caracteristlcas TécrolCas - Económicas), obhgado de rnaner<l lnmediOlla .'l solventarla econónlica, tecnlca, legOl\ y de todo lrámlte por el

mcumpllrruemo tOtdl\ °parcal en Que Incurra Con mdependenaa de lo ¡nlenOr el "PROVUOOR" qued.ara oblIgado a recabar el endoso modifica tono 111

la póliza de llama por cu¡¡:lquler modlfiCilClon que se r~llce al Pedido y el Anexo (Especjficacklnes, IRdrno$~ptirno. RESPONSABILIDAD LA!!.ORAL- "Et PROVEEDOR" reconoce y aeepl<l ser el Llnlco patrón d.e todos V cancten'stu~as TecnlC.llS -éconómicas), garanlilando los extremoS' de la mrsOla. c<lda uno de los tr'lbaJadores que inlervlenen en el desarrollo V eJecución par. la enlreg.a de la

ADQUISICIÓN DE AGUA EN GARRAF6N '( Er.":iW"rJ.lJADA pactados, cualqLlier'1 que sea bajo l.'l n10dalld.ad -fiN DE TEXTO OE FIANZA- que lo!> conuale llaboral, OVIl. Inercantil, o ba,o cualquier otra figuul. liberan de a "'{A CONSEJUlíA", de

cualqUier rC'sponsabllidad directa, mdlreda, sohdaria, susliWta o de cualqUier otrO tipo por lo que se obliga La falta de pteientación de ia nanz.<l de cumplulIlenlo en el pl<lzo esnpulOldo, dara COfllO eonSl;'c:uehCla d ;3 lllalUéner a salvo <1 "LA CONSEJERfA" de cualqUIer problema labofal o c;onrlngen<'la de t..abaJo qLle se miClo del proceso de reSCISlon po.. mcufllphmlen,o a lo aqui eSlabladdo. presente

Un<l vez que las oblIgaCIones loeñ<lliJdas en el pre;,ente Pedido V el Anexo IEspeciritaclo~es,Canllf:tei"írtICOl$ As\ mismo, en caso de que los empleados y el perSOnal con'raudos por "'El PROVEEDOR~ llegaran a Técnicas - ECOnÓlnlC.lls), sean OJl1Iplldas por "'EL PROVEEDOR" V a ehter¡¡ satlsracoan de "LA CONSEJEIlIA" padecer cmrermed<lde~o nesgas proreslOnales, de cualqLlier Indole, con/orme.a I:>s artlCLlros 47:( a 515 de prevIo pronu~a;¡mlenlO I;¡ DIrecCIÓn tf~ R~cuf$o::, M'lterl.<'je~ V Sel"\llCIOS Gene:;:¡;les como servidor plJbhco ldi Ley feder'll de Trabajo, quediJra umGl"nenle a su car¡o Olbrlr las indemmlaclo~es V demas preslaclones res¡:lonsdible de adnllnlSlrar V vlr,tlar el cumplImiento del Pedldo, "LA CONSEJERlA'" rulll.aní la canCelaCión prevIST3S porla ley de 1.. garantla de cUl1'lphnllenlo del Pedido y la de anUclp<J, en su caso

En c.aso de q(/e "LA (ONSEJERIA" tuera clt<lda o emplazild.<l a cualqUier procedimIento, adrnlnlStr"'tlVo o "Il PROVEEDOR" qtled.<l obligado a nlanlener Ylgenle 1<1 I"ianza menClonadil en tanto perm.<lnezr.a en vigor JUrISdiCCIonal, con motlvo de las reetalnaaones o demandas present.adas por el personal d!! "El el preI.enteo Pedido y el Ane10 (Especificaciones, car.lcterinl~s TecnK:<IS - Eoonómlta$), y durante la PROVEEDOR", este ultimo queda obhgado de manera Iflme<hata a atender dIcha Sltuadon y a solventarla substanclaClon de lOd.oS los recurslJs l~g~les o JUICIOS que se lnterpon~an, nOlsl.a que se dicte resolu<.lón e.cononuca, 'ecnica V leg~lment!! en todos y C3da uno de S{JS tr.il'llites, sacando en paz y salvo el "l,A

definUlva por aulond<ld compet.enle, en la IntelIgenCIa de que dlc\1<t fianza, solo podra ser cancelada CONsEJERlA" Asltlllsmo, "El PROVEEOOR" le r~embolsará a "VI. CONSEJERiA" torios los ¡ilsloS que, en su medIante autoozaClon expres.<l y por escrito de "LA [ONSEJERfAI+. caso, erogue con I"rlO~IVO de los rerendos procedlmlento$

"'El PROVEE.OOR" debera pedIr 1.<1 devolución de s~ fIanza ~ los tremra dlas l1ablles sigUientes al Por lo que respecta a r1e'>gos y srnlertros por daños a empleados de "LA CONSEJERiA" \" 'eruros que los venCimiento del periodo de g;¡rantla que aOlpar'1n las mISI'\'I"S y una vez conclUidos todos y cada uno de IIJS acompañen, Y<l se<!l en su person<l, vehlculos U objetos de su propu::dad, quedara unlcamente a cario de COlnpromlSOS conu';lIdos, V lo hará mediante ese1itO dirigido a 'O§ DireCCIón de Recursos Matcflales y "El PROVEEDOR" los pagos de las lndenlOltaC'lOnes y demas responS.'lbllidade-s a Que se refieren los 5ervIClos Generales. Dfcho eSCfllo conlendra el nombre de 'a allamadora, nUll'\ero de garantla, lnlpol'te, articulO$ 1910 ~I 1~17 elel Código CIVrf Fedenj El paio de estas indernnlzaá.ones y prestaaones es fecha, Objeto del Pedido IJ el nombre de la persona a QUien se entregara dicho docuroento, acompañado independlenle de la aplicaCión de las penas <orwencion.ales preVlnas en este Pedido V de lil5 dem'1s de capla de su IdentificaCión yen su caiO, cana poder,llrm<lda por el repre-sen'aOle legar de fa empre~a acciones leg<lles a qUe tenga derecho "'LA CONSEJEA.IA".

Duodécimo. MODIFICAdÓN Al PEDIOO.- Deber~ rorm.abzarse por esalto V pre,""o <lcuerdo enlre las putt>s, para D.i!c1moctilYO. RESPON5A81L1DAO.- "EL PROVEEQOR" eXenY a "lA CONSEJERfA" de lod.a respomallllidad de es~os e~ectos se estara con sUJeCIón a lo dIspuesto en 1:"'1 Art:i~lo 52 de liI Lev de Adqui:;iciones, cardlcter dvd. penal, mercantil, ll!>Cilr, adminlsuallv", y de cualqUier olfa Indole qlle pudiera denvarse COmc Arrendamientos V Servidos del Secror publico y arbC\llo 9:.l de su Reglilmento, denlro d.e su preslJpuesto consecuenCia dlreeta o IndIrecta de- la ADQUISICIÓN D::: AGUA EN Gi\RRAFÓN y Ea..1BOTHLADA objeto de <lprobado V dtsponlble, sobre la base de ral.ones fultdild.as que lo lUsrltiquen, "LA CONSEJERiA" podrá eñf! pedido dlcordar un incremento del momo del pedido o de la c;lntldaé de blen<es, .¡¡rrendartuentos o servi(:lOs 'SOliCItados, hasta un llY-' respetando los preoos pactdldos al1tes de IV A.; las modirkaclOnes podran IR<lrnOno::M!nO SUPERVISiÓN .• én los temImos del Articulo S4 parTaro septirno del Reglamento de la ley de hicer.s.e en cualqUier trempo, Sll'!mpre V cuando eStas se realicen iJlUes de (lIJe concluya la vlgenCl.'l del Adqul'$rc(ones, Atrendalnlenlos y Ser\'fClos del Sedar Püblico, la 5ubÓfrecclon (ie St?r.... ICtoS Generales, es. el pó.'dldo. responsable de reCibir los. bieneS de acuerdo a las obligaCIOnes contenldl'ls el1 et PedIdo y el Anexo

ffspeciffcacionn, CaracteristiC3s Técntcas - Eoonómas), por lo que lendra la fau.lt.lda de de Verificar Cuando se reqUiera ampliar unlcamente el plaw o la vigencia del pedfdo, se podra suscnblr el conVemo dlrectamenle O ,ndlrectanlente O a traves de un tercero, SI '"El PROVEEDOR'" curnp~ eon IdI AOQUI$ICtON modi(¡calorio ~specllvo. u modificadon del pl<110 paCUldo en el pedido p.<lrillla entrega de los bieneS o del Df ,lI.GUA f.N (jfIRRAFON '( eMBOTHVl:DA objeto de e1re pedido V SLl anell:o. de ",cuerdo eon las sel"t1oo ~lo proC2dera por (ASO f'l;¡(tUltO, rUerza mayor o c:.ausa~ atrlbUlble~ <1 -lA CONSEJERiA" obllg'1clones derivadas del mismo

cuando SI: modl6qu~ ti plazo monto o "¡qendo «1 preHnh: IMtrome:l1to $~ «~TÚ qiU!laT la garantía LiI SLJUdl;~Clón de 5e.'VlciOS Ge(\~rares Sef,3 el encallado de liberar los pagos respeclJvos paeudos en el de ctJmp/imie:nto eOTlTspondíenre ~Il un pIOLO móximo « dkz dios pos(erla~s n lo firmo de la Pedido y el An~~ (Especificllciones, Ca~cterístkas Técnkas - Económicas) con ibltSe a las oblleaClones n1odificDción. contenidas en el mIsmo. Los pagos $e erect~arán medIante oliclo de liberadón debidamente tknlado.

Cualquíef modi(jcaaón ¡I presente PE'dldo y el AnQO (Especlhcacionn, Car:u:te..íst~s Tic:nica.s ­ Por lo que se obliga a resgLlardar en el e;(pedler.te respectIvo los ardllvo::S orrgínales y dem.;i,s Eccnón'kas), deberan Cormallzane nledlante (.OnVeOlO V IJOr es.ento, mumo que ~ra susc.n,o por los doc:omenlaclOII Que compruebe indllbltablemenle el cOrT\phmlenlo a cabahdad de toO.das y c<lda unas de las servldorllS publlcos que lo h<lvaf) hecho ~n el pedido, qUIenes los susmvyan o los I.ervldores publicas que obllgaclones paClada,>

estell~~osp.<lra .ello CualqUier m<'LJmplutllento del Pedido Vel Ane)(O (ESPCClfic.aciones, Carllocteristicas Tecll6cas - Et'onóml(as),

Declmoterc.r-o PR6RR~.- Por c:aso ronullo o de ruerl.a rn"yor, o por c:aU:ias ;¡tnb..nble-s a "LA CONSEJERíA", se está obligado a notlRCilr en tiempo y en rorma a la Olrf?(:OOn Genenl de I\dmlnlstriJGÍón y de flnOlnl.<lS po{jra modiric.ar ~o en h fecha o pJa~o para la entrega de ADQUISICiÓN Df AGUA EN GARRAFÓN 'r

(~~ )-111~

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Vll"fslmo. SUSPENSiÓN TEMPORAL· "LA. CONSEJERJA" podra suspender tl'mtloralmel)le, en toda o en parte, la ICntre¡za de ¡.a ADQUISICION DE AGUA EN GARRAFÓN Y fMBOTEl..AOA reQuefldo~, en cualqUIer morT'lenlO,

por Causas Justificadas o por razcne~ de Inter~s general, Sin qUE' ello Irtlphqlle ~lJ lerrnmaClon del'initlva

previa notificaailO a ...u PJ:tOvEEOOR~ por enrito.

El pre'!i:enle PedIdo podra conllnuar produciendo todo~ :s.us efectl>S legales. una w:t que hayan

de'>olp'HeCJdo 1<1$ causas Qtle rnotlvaron dicha suspension

Vlithlmo prtftl~ro. REsCISIÓN ADMINISTRATivA...· "lA, CONSEJERJA'" con hmd"mcnlo e~ lo dl~pueslo por lo~

.articulas SÓ d~ la Ley de AdQ.OISlclones, Afrend.mllenlos '1 Sel"'oAoos del 5ector PubliCO, podra reSClOdlr

a!tmmiStralivamente el presente PedIdo sin noxesldad de dedaraoon Judidal preVia, y Sin Que por ello mcvtla en responsablhdad, en ca-so de que se hubiere llgol.ado el monto lim~te de aphcaeJon de penas

Convendonilles.

o SI "El PROVE[DOR~ Incumpliera cualquJera de sus oblig~clones conlracluales pactadas en el presente

Pedido yel Antxo lúpeclflCaclones, caroeterlstbs Tttnicas - Económícilsl.

"lA COr~SEJERfA" podrá re~indlr en cU.llquler momenlo adminlstrativ<lmenle el preJ.enle Pedtdo sin

necesidad de declar;¡Clón JudiCIal preVia Y. Sin que por el/o Incurra en responSClbilid.ld, en los Slgulenle-;:

QSo01 Que se enumeran de manera enunclíll .....a. rn;is no limltatlv.a.

wando se declare- 1m est;,do de huelga el personal subordmado a "El PROVEEOOR".

SI $e declara en concurso mercan(jl, ° en e:aso de qUl!' no cueme con activos $uh")entes de tal fotma que

afecte el cumplimIento del presente Pedido

SI nO proporCiona il "lA CONSEJ'ERIA" los datos 11ecesanos ~an realIzar la lospecaón, vigilanCIa y supetvlsi<ln de la entrega de la .:IDQUl$I(IO,... DE AGUA EN (!;\lIk¡:¡.i ON y EMBOrn.L.ADA ObjelO de este Pedido.

(uando se mcumplan o conrraveng.m la Clausula vlgeSlmo novena

f.l p((x.edlnllento de reSCJSlon se llevara a e:abo toMorme a lo Siguiente'

1. Se IniCiara ':1 partir de que "lA, CONSEJERJAH le comunique por escllto a "El PROvEEOOR" ellOcump!lmlento en que hilya Incurrido, para Que en ellenfllno de S dlao¡ hablles exponga lo que a su derecho e:or.....enga y apone, en ~u caso, las pruebas que e-sume pertmentes.

II Transcurndo el termino ..ntenor, "lA CON~EJERfAH resolvera (onslderando los argumento~ y pruebas que hubiere hecho valer.

lll. ~ deternllf)':ICJon de dar o no por reSCIndido el pe-dldo debera ser debidarnenle fundada, mouvada '1 oomulllOlda ~ H[l PROVEEOOR"'.

Vice.lmo se~.tndD. TERMINAOÓN ANTiCiPADA...· "lA CONSEJEA.(AN "<ln fundameMo en e4 articulo 54 BIS de la Ley

de Adqul!.lclones, Arrend(lmientos y ServICIOS delSe<1or PubliCO, podrá dar por terminado antlClpadal"ll(-nte el pre-sente Pedido Paríl tal efecto, ba~l;¡ra l/n<l preVla n<llifiu.clQl'1 por e~crito a ~El PROVEEDOR", sin r~spon'!.abll¡dad olguna pilra "lA CONSEJERIA"

Para esto "lA CONSEJERíA" expondra las ral<lne-s de Interl:!s general, l) bien, cuando por .;ausas Justificadas se I:!rtmga la neceSidad de requenr la ADQVIS/CIDN O€ AGur, ~N GARR ...... FÓN Y EM80T';U..AOA

O(lgm~lmente requerldos, y se de,,"uf'~lre que de -ccntmuar con el cumplimiento de 111$ obhg.ae:lone~

pactadas. se (lcaSlonana algun dano o perJUICIO al Estado, o -se- delermine la t'llllldad de los aclos que dieron

orIgen al PedIdo, ('.on motivo de la resolu<;lon de uroa inconformIdad o Intetvet'laon de oilclo emHlda )Jor la Secrelaria de la funclQn Publica.

En estoS Sllpueslos "lA CONSElERfA'" reembolsará al provp,cdot los ga~tos nO recuperables en Ql.le ha"Va Incullldo. siempre que éstos sean razonables. eslen debjdamente <:omprobados: y se relaCionen

dlre<:l.iImente con el P~dldo y el An60 IE1pecificaclonn. Cal":l.etensttcas Técnicas - Económle:as).

Vl.:<i~lrtlo RfU!oI'O. CASO fORrUlTO O FuERZA MAYOR.· Nmgun<l de I.. s partes sera responsable de cu~lqUle( retrasa o

IncumplimIento de ene PedIdo, que resulle de aso rortuíto o ~ena mayor

Se entiende pOI ca~o fortuilO o fuerl" fftayor, aQ"ellos hechos o ae:onletlmlenlos ajenos a la volunUd de

cualqUiera de las p~rtes, :s.iempre y cua.ndo no se haya d ..dc causa <l cor.tnbwdo a ello~

l...1 ralta de ~rE!\lfslón, O por negligencia o Impellcla I4'cnlGl de "El PROVEEDOR.... Que le imp,da el cabal cumpilmienlo de la~ obllgaclone:, del presente Pedido, no se cOf1Slderara caso rortulto o fuerza ma'l0r.

Vl¡tl'SI"'l¡toeu~H''(o.. REOUCaÓN O DISMINUCIÓN OE lOS MONT05 APROBAOOS EN El PRESUPUESTO.~ "lA,

CONSEJERrA'" con fundamento en el artículo n fraCClon 111 áe la Ley Federal de Pr~supue~to y ResponsabIlidad HaCf?ndarlíl, podra d<lr por terminado antlclpadamenle lI'!i presente Pedldo.

Para tal eret.lo, baltara 'In'" pre:Yl& notificadon por e~a¡lo a "El PA,OVEEOOR". ~m re-5p(lnlabllldad alguna para "'lA CONStlERrA".

VJ.r:lI!s'moqulnto. EROGACIONES POR PARTE OE "El PROVEEDOR....· Todasla~ erogaCioneS que hoOlga ~ELPROVE(DORH

pOf pago it su personal. adqulSIClon de maquInaria y equipo, amortlzaclon, vlatlcos. mantenimientO, adqulSIQon de m<lte:riales, uliles. i1rtlculo~. uniformes de trabajO de su personal, primas de ~eguros,

Impueslot. 'V por cualqUier otro <:oncepto. seran dlreclilmenle a cargo del ml~nlO y no 'Podran ser

reper<ubdos a "lA OlNSEJE:R{A".

Vl¡islmOIU:to. PRE'SENCIA OE: OTR05 PROvEEDORES.- "'EL PAOVEEDOR'" no podra red3m3r la presencia en el

Inmlleble de otros proveedores o person,,1 de ~lA, CON5EJERrA", QlJe ll'Jeo.nen lrab.aJos de nlantenlmlento. electri,o, de obra tlvll O de cualqUier otTa. indole., dJstinlos al obJ~lo del presente Pedido, que en algun

momento pudIeran mlerterir en la entregll de la ADClI.AS1ClON OE' t'.GIJA EN GA~RAFDN VE'MEoOn:U.ADA, por lo que en tilles (.1SOS, deb~ra reportarlo la Sul:ltlfec"iol'l de Se-n/iClOS Ge(1.t;!r21ll'S, a fin de que se lome nota del retr..~o Q\le la ¡nterterenCla pudiera provocar, retraso el CJ<l1 no podra ser Impulzble a "a PROvEEDOR"

VI¡9slmo ~ptl....o. DAf;¡OS '1 PERJUICIOS.- "El PROvEEDOR" ~e obliga a la Indemnización por daños y perruicloS ante "'lA, CONSEJER(A", por negligenCIa, dolo e imperiCia cuando debido a la enlreil<l de la AOQU1SI(IQN Of AGUA fl'J GARR.:I;:::ON y EM80r(\..l"_D~ Se cau~en daños a las penonas, moebles e inml.lebléi. dellvados

de la. eleCUCIQn de los ServiCiOS objeto de esle Pedido. aSI como por las subslracClooes, perdidas o eldravlo de bienes y/o CUalqUier otr<l Que tenga mleres "lA CONSEJEA.IA" que le- sean Imputable~ a su personal.

VlI~lmo Oot-nvo. CONl=lOENCIAllOAD DE LA. INFORMAOÓN.• loda la ¡nformaClon Que reaba dlreclz ° ¡ndlre(;(anlenlf' "El PROVEEOOR" por parte de la "LA. CONSEJERJA" O la que ~El pROVEEDOR" tenga.

aCCe~ por Cu.alquler mediO o formOl, o la que se genere por razon de la eJecuClon del presente m¡l,rU,"TIen(O

Trl~slll'lo9rlm~o. lEGISlAOÓN APLICABLE.· Pan el C\Jmpllrnlet'1lo del presel1le Pedido, las partes se obligan a "JuSI:an;e eSmtlanll:"Rte a todas y cad.. una de las dausulas del miSmO. 3si ~omo él los lermmos,

lineamientos y procedlrTllentOS Que establecen la ley de AdQUISICIones, ArrendamIentos y Se..... lcios del

Seclor publico, y de las demas dlSposlclone~ que de ella se deTlven, en Jo que e:o,.responda, el CódIgo CIVil federal, la Ley Federal de Procedimiento Admmlslratlvo y el CDdlg<l Federal de Proc-edurllentos CiVIles.

TrtiC,",rroo uo.unm. JURISDICaÓN y COMPEl'ENOA..· Para la Interprelzclon VcumplimIento ~el preseme PJ:!dldo, aSl como para lodo aquello Que no este estIpulado en el mismo, las partes i'E.' '5omelen a la jUrlsdreclon y

competenCla de los Tr¡bunah~~ del Poder JudlclI'II de la Federaclon, ron resldenoa en la Ciud<ld de. Mexico, Oislllto Feder~l.

ASilo olorgan yfirm:a.n las p.arte~ en cuatro umtos origll1ales, en la Ciudad de Me:oco ei dl;¡ 13 :k Enero :r:O¡'1

cOf\lfacrual,"'U PI:tDvHDOR" sera considerado como depositarla para todo~'os efectos'~g;¡lesaQUE"~.t~.~

lugar. por lo que "El PRovEEOOR" asume l.as responsabilIdades denvadas de su encargo. y !len\? 1<1 obl¡gaClon de guardar e.~upulosame-nte la Informaclon <'un d~ la que "lA CONSEJERrA" no ~ea tllul~ ASimIsmo "Et PROVEEOOR" se compromete a la no dlvulgacion, ni UlillzClclon de la lnform'¡lClón, en lo~

terrlHno~ de los artírulo~ 210, Lit Y211 bIS dd COdlgO Penal Federal.

VI&eslmo m'lllllno. PENAS CONvENCIONAt. OeOUCTlVA y CONTRAClUAL· CM hmdame~ta en lo dIspuesto pOf el

artlCulo S3 de la ley de AdquIsl~l<lnes, ArrendamlenlOS V ServICIOS del Sector Publico y el 95 y 96 de su

Reglamento, se o1pllc..ra pena~ convenclon..leo¡ Se apllura penas coovenCl<lnales, en caso de mcumpllmlenlo del Pedido y el Anlt.a:o IEspf:Cllicacione.s:, C31raetenstlCas Tec.nic:a.s - Económicas)

l...1 Subo,rll.t-:'101J dt: >"(\/I(:Os G·'>i..erai~S' haran constar los incumplLmten(os de "EL PROVEEDOR" en la efluega de la AOQU1SIClON [jE A<¡UA EN GARf,:AFÓN Y EM60rElUl.D.~ del Pedido, y determintlnn el monlo de ¡a~ penas cxmveflt.lon.ales o, de las dedueuv.as o, conlractuales que de~ de pagar "El

PflOVEEDOR" de acuerdo a las condICIones preVISLaS en el Procedlmlenl<l de Contrn3Clon.

Penas Convencionales" Se .aplican por ellnCIJmplimicnto !tri el inido de /fI entrega de l.a AOQurS/ClÓN Of AGUA EN G.:I~RAFON y ffVI!30TEttADA, C<lnsiderando para es la determina clan la I\tcha convenIda.. seta motivo de lo;¡ aph<:aclQn de Ul1a pena convenCIona.l correspondiente all% por CIentO por cada dra natural de

;alra~o, sobre el m<lntD total del Pedido. sin f?Kceder ell~ dellmportc- tolal del presente PedIdo.

Penaliudótl por DeductNas: Serón ddenninodcJ$ en función de !tlltl'l!'go de la a.DQU~SICiÓN DE AGUA l' GARRlIFÓN Y ErJ1Bora~.DA~QdoS ck mllnelU defid!tn«e Olcha~ dedl,lCClones deberoOln calcula.rsl!!' h,;¡stil la fec"a en que nlilt\?r1<1lmente se cumpla ¡¡a obligaclon, por lo que se .aplicara una deduc1Jva del 1% por ciento por cada dla na.tural de atraso. sobre el monto total del Pedido, sin exceder e:l 10"/& del Impone tolal del pres.ente Pedido.

Penaluad6n por Conlr<lll;~ual: Se apliCOQ por Il~qliqencia lJIu omi.s:.t6n ylo incumplImiento ce" JV:s

obf¡qodonc$ e3~ob/ecldd ell el Pedld<>. por lo qoe se aplicara una deductiva dell':' por ciento por cada dia

m!tural de atraso. sobre el l'T'Jonlo total del Pedido, sin e)(c~der el 10"A. del importe- total del presente Pedido

l...1s penas no podran exceder del mont<> de la garanlHI: de tumphmlenlo del Pedido y se delf'rnlln.lran en funclon de lo~ pánatcs que al1leceden.

E.n el supuesto Que el Incumpllmlilnlo del "El pROVEEDOR" reb.ase la lecha IImue ntaXlma "p"fa q,ue el

ml1mO enlregue l;a ;.''.OQ.UlSltION Of !,GUA E'N GARRAfOI\' 't iME;OTH!.AO.o.. por haber agotado el monto

de la garanlla de cumplimIento del Pli!dldo, "'lA, CONSEJERJA.'"' podrá mlCI ..r el procedimIento de re!icislon admml5lraliva, de conrorm¡dad con lo preVlslo en el artlC.u~o S4 d@ la ley de AdqUISICIones, AJreodamientos y ServiCIOS del Setlor Publioo, lo cual no I¡mila que el procedimiento de resclslÓn.s.e pueda

jruoar en cualqUier mOmento.

Con fllndamentO er\ 10 eslableodo en el articulo 96 del Reglamenlo de la Ley de Adqulsll:lOnes, Arrendamientos 'V ServiCIOS del Scctor Publico. ef pago de la "",DOUI5iCrÓN. DE' .dGU~ EN GAR~MON y

EMBOTEllADA Quedara (OndlClOnado proporclonalmenle al pago que el "'El PROVEEDOR" deba efectuar

por ecn<:eptll de pl."n¡l.S conll1!nClon;¡,lcs..

"El PRovEEOOa.... debera cubrir la pena e:on\/endOn,,1 medIante su res.pe<tivo entero a la Tesoreria de la

Federc1lelÓn, ero cua.IQuiera de las Instl[UCIOne~ $3ncanas que la O~re:CcIQn de Presupueslo. FinantilS '1' ConlabBH;lad le Indique. quedando oblIgado a remitir al dlll habil -sl¡;ulenle de haber rE.'~liudD e-I entero de referenCia, un elemplar onglnal de dicho pago a la Dlrea:lOn de Recufsos Materiales y Servidos Gen~rales.

Con res¡:le<1o a la~ penas Oeductl'\las y Contractuales deberán cublllse med¡ante sU re$pt'ctlvo enlero en la Direc<:ión de Presupuesto, F1nanza~ y Conublhdad.

Trlpslltlo. INSTANCIA DE INCONFORMIDAD, CONOUACÓN y CONTROvERSIAS.' "'EL PROvEEDOR~ y "lA,

CONSEJ(lf6,- se ~ometl!: expresamenlC? a los terminaS esl.<lbleCldos -tn @I título sel10 de la lev de

Adqul'Sl:dá"l'tc.! krendaRlientos '1 Se,....ioos del Sector Publico. para la resolUClon de las (ontroverSl3S qlle le

(1(' Iillnterpretadon y re~oll,laon d~ los connlctos que se deriven 6el presente Pedido. de las obl¡g.aoones contralda.s por "El PROVEEOOA" en virtud del ml~mo

FIRMAS

Resrons;¡l:lle~ o:I~ venFtCij,f la recepcl(.f\ ~k i:~~

l(VIC"IOSo .í)

j ( I

~. 1

ll:>ett V,ÍIlqUO:::l Sucr

Jefe de Dep~rt:1men!o rle':'..~'(h'O T«l11co

De eonfofmldad al 01~!:IO No crt~/DGA¡./44j2.014,

5uocr,to por la Hrul;lr de)<:I !)¡reo:;Clon G~ner.JI <k

Adrrrlflli!r<lClón" de Finan~.:lI_~. en el cual se !.l aSlena

13 C'OrTll~kH' en la Svbdlnxclón óe.Se.......-lo:IOs Ge:neral,;~s

TE:50TjGOS

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MÉXICO, D.F. A 17 DE DICIEMBRE DE 2013.

Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Dirección General de Administración y de Finanzas. - ~. Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales. Presente.

PROPUESTA TÉCNICA.

1.­Garrafón de agua de 20 litros, baja en sales y sodio, envase de policarbonato, con asa, ta arrosca sello de arantía.

PIEZA 760 1,900

2.­

Botellas de agua purificada de 600 mI., baja en sales y sodio, presentación pet con taparrosca, en paquete de 24

iezas.

PAQUETE 400 1,000

- /SUSA A MEDlNA PINEDA .~~E~RESENTANTELEGAL

" \

ELECTROPURA. S. DE R. L. DE C. V. PONIENTE 44 No. 2840

COL SAN SALVADOR XOCHrMANCA C. P. 02840 TEL 5342-3857 AL 60 EXT.2210

RFC ELE- 901228-1 G2

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C. SUSANA MEDINA PINEDA REPTRESENTANTE LEGAL DE ELECTROPURA. S. DE R.L. DE C.V. DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE ACEPTO TODAS Y CADA UNA DE LAS ESPECIFICACIONES QUE A CONTINUACiÓN DETALLA Y REQUIERE LA CONSEJERíA JURíDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL:

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. (ANEXO 1).

"Adquisición de Garrafón (20 Its.) y 80tella (600 mis.) de Agua Purificada".

1. Descripción y cantidad de los bienes.

/

Garrafón de agua de 20 litros, baja en sales y sodio, envase de policarbonalo. con asa, Pieza

laparrosca y sello de garantía.

Botellas de agua purificada de 600 mI., baja en sales y sodio, presentación pe! con 2

laparrosca, en paquete de 24 piezas,

Nota: La adjudicación se realizará por partida o concepto.

2. Cantidad promedio de consumo anual (aproximado).

Garrafón de agua de 20 litros, baja en sales y sodio, envase de policarbonato, con asa, taparrosca y sello de garantía.

Botellas de agua purificada de 600 mI., baja en sales y sodio, presentación pe! con taparrosca, en paquete de 24 piezas.

,C¡:ú'lti'dad>'f3Ü~i~~':: .

760

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1,900

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ELECTROPURA, S. DE R. L. DE C. V. I~ PONJENTE 44 No. 2840 1i$J~

COL. SAN SALVADOR XOCHIMANCA C. P. 02&40 TEL 5342·3857 AL 60 EXT.22J O e )¡;¿y[q.RFC ELE- 901228·IG2

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gejpp~

3. Importe mínimo y máximo a adjudicar.

",:

,'.:'. i,:'

43,200.00 108,000.00

4. Lugar de entrega de los bienes.

Almacén ubicado en Palacio Nacional sIn, 3er. Piso, Edificio XII Anexo, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, C.P. 06020.

El Licitante deberá manifestar mediante escrito que el transporte, carga y descarga de Jos garrafones y botellas de agua purificada, será por cuenta y riesgo de él.

5. Plazos de entrega.

El Licitante deberá manifestar mediante escrito que se compromete a realizar entregas parciales conforme a la Orden de Surtimiento Única que emita el Departamento de Servicios Generales y Control dependiente de la Subdirección de Servicios Generales, los cuales deberán ser de la siguiente manera:

Botellas de agua purificada de 600 m!. El primer martes de cada mes

El Licitante deberá manifestar mediante escrito que cuando por logistica de las medidas de seguridad de Palacio Nacional no se le permita el acceso, en consecuencia no pueda efectuar la entrega correspondiente, el personal deberá acudir con el Titular del Departamento de Servicios Generales y Control a recabar el sello a fin de dejar constancia que acudió a realizar la entrega, se compromete a realizar la entrega el día hábil siguiente.

El Licitante deberá manifestar mediante escrito que cuando el día martes corresponda a dia inhábil o festivo o por contingencia de cualquier naturaleza, se compromete a realizar la entrega el día hábil siguiente.

El Licitante deberá manifestar mediante escrito que la entrega de los envase (garrafones de 20 litros) se entregarán en buenas condiciones y las botellas (600 mis.), lo realizará en sus correspondientes empaques o envolturas a fin de evitar que sufra daño alguno.

ELECTROPURA, S. DE R. L DE C V. PONIENTE 44 No. 2840 ~

COL SAN SALVADOR XOCHIMANCA e P 02840 TEL 5342-3857 AL 60 EXT.22l0 e§lnura..RFe ELE- 90 J228-1 G2 ~1 pur;J y "'~G'" "'~l

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o

Mexicanas, las normas

Electr(J~ura.__ .. 1I."", ......__.,••••~

6. Calidad de los bienes.

El Departamento de Servicios Generales y Control dependiente de la Subdirección de Servicios Generales, podrán rechazar en todo momento los bienes que no sea satisfactorio o que no cumpla con las especificaciones o caracteristicas técnicas establecidas en su propuesta.

7. Propuesta.

El Licitante en su propuesta técnica deberá establecer marca y modelo de los bienes que oferten. -~-El Licitante en su propuesta económica deberá cotizar la totalidad de cada una de las partidas o conceptos de los bienes requeridos conforme a las Especificaciones o Características Técnicas.

8. Vigencia del pedido.

La vigencia será a partir de la firma del pedido hasta el 31 de diciembre 2014.

9. Análisis de la Calidad del Agua.

El Licitante manifestará mediante escrito que en caso de resultar adjudicado entregara de manera mensual el resultado del análisis de la calidad del agua, en papel membretado, firmado por responsable del laboratorio que realizo el análisis, asi como estar debidamente sellado.

10. Garantía de los bienes.

El Licitante deberá manifestar mediante escrito el periodo de garantía de los bienes que oferta y en su c entregará, contra defectos de fábrica o vicios ocultos de fabricación y que se compromete a sustituirlos por cualquiera de esos motivos.

11. Cambio físico contra defectos de fábrica o vicios ocultos de fabricación.

El Licitante deberá manifestar mediante escrito en el cual indique que se obliga a sustituir los bienes, sin costo alguno para "La Convocante", en un plazo máximo de 3 días hábiles, a partir de que se realice el reporte o se notifique por cualquier vía correo electrónico.

12. Norma Oficial Mexicana.

El Licitante deberá presentar escrito mediante el cual manifieste Bajo Protesta de Decir Verdad que los bienes que entregará cumple con las Normas Oficiales Mexicanas, las Normas

ELECTROPURA, S DE R L. DE C. v. PONIENTE 44 No. 2840

COL SAN SALVADOR XOCHIMANCA C. P. 02840

TEL 5342-3857 AL 60 EXT.2210 RFC. ELE- 901228-IG2

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con

geppeJ

Internacionales y en Jos Tratados Internacionales o, en su caso, las normas de referencia o especificaciones. cuyo cumplimiento se exija a los licitantes conforme a la Ley Federal sobre Metrologia y Normalización y los articulas 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con las que deberán demostrar que los bienes o servicios cumplen con las normas siguientes:

NOM-201-SSA1-2002, Productos y servicios. Agua y hielo para consumo humano, envasados y a granel. Especificaciones sanitarias.

NOM-120-SSA1-1994, Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad para el proceso de alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas.

NOM-130-SSA1-1995, Bienes y servicios. Alimentos envasados en recipientes de cierre hermético y sometidos a tratamiento térmico. Disposiciones y especificaciones sanitarias.

NOM-041-SSA1-1993, Bienes y servicios. Agua purificada envasada. Especificaciones sanitarias

NOM-160-SSA1-1995, Bienes y servicios. Buenas prácticas para la producción y venta de agua purificada.

NOM-050-SCFI-2004, Información comercial - Etiquetado general de productos.

13. Condiciones de Precios Fijos.

Los licitantes deberán presentar escrito, Bajo Protesta de Decir Verdad en donde aceptan que deberá sostener los precios fijos de los bienes propuestos y pactados en el pedido, durante su vigencia y hasta su vencimiento, por lo que no podrá agregar ningún costo extra, siendo inalterables durante la vigencia de la proposición y del pedido. No se aceptarán proposiciones con escalamiento de precios.

Los Licitantes deberán cotizar Precio Unitario, Subtotal. Total, y Firmes, Desglosando el 16% del Impuesto al Valor Agregado con un máximo de dos decimales, de acuerdo a la Ley Monetaria en Vigor.

14. Identificación del personal del Licitante ganador.

El personal del Licitante ganador invariablemente deberá portar la identificación y debidamente uniformado que lo acredite como empleado del mismo, colocada en un lugar visible durante su estancia en las oficinas de "La Convocante".

15. Escritos.

El Licitante, por conducto de su Representante Legal deberá presentar junto con su cotización o propuesta, los siguientes escritos:

~ Que manifieste Bajo Protesta de Decir Verdad que cuenta con la capacidad de respuesta inmediata, así como con los recursos técnicos y financieros.

Que manifieste Bajo Protesta de Decir Verdad que su actividad comercial está relacionada los bienes objeto del pedido a celebrarse.

ELECTROPURA. S. DE R. L DE C. V. PONIENTE 44 No. 2&40

COL. SAN SALVADOR XOCHIMANCA C. P. 02840 TEL 5342-3857 AL 60 EXT.2210

RFC. ELE-90/228-JG2

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cumplimiento de las

o contrato y se'­ \

» Que no está en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

» Rango en que se encuentra: micro, pequeña, mediana o gran empresa (Mipymes).

» Deberá entregar la opinión emitida por el SAT del cumplimiento de obligaciones fiscales.

» De Declaración de Integridad.

}> De Acreditación de la Personalidad.

16. Penas Convencional, Deductiva y Contractual.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, "La Convocante" aplicará penas convencionales al licitante que resulte adjudicado, por el atraso en la entrega de los servicios.

De conformidad con los artículos 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, as i como 95 y 96 del Reglamento del ordenamiento citado, se aplicara una pena convencional correspondiente al .5% (por ciento) por cada día natural de atraso en el cumplimiento de las obligaciones determinadas en el pedido o contrato, las que no serán superiores a la garantia de cumplimiento que deberá otorgarse. Las penas convencionales serán calculadas y notificada al licitante por el área requirente de los seNicios.

El Titular de la Subdirección de Servicios Generales hará constar los incumplimientos del Licitante ganador en la entrega de los bienes, y determinará el monto de las penas convencionales o, de las penas deductivas o, de las penas contractuales que deberá de pagar, de acuerdo a las condiciones previstas en el procedimiento de contratación.

Penas Convencionales: Se aplican por el incumplimiento en el inicio de la prestación de los servicios y/o la entrega de los bienes relacionados con estos, considerando para esta determinación la fecha convenida, en este sentido será motivo de la aplicación de una pena convencional correspondiente al .5% por ciento por cada día natural de atraso en la prestación del servicio, sobre el monto total del pedido o contrato, sin exceder el 10% del importe total del presente pedido o contrato antes dellVA.

Penalización por Deductivas: Serán determinadas en función de los servicios proporcionados de manera deficiente o bien porque los servicios no se proporcionen en la forma y tiempo convenidos. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación, por lo que se aplicara una deductiva del .5% por ciento por cada evento en que se verifique el incumplimiento. sobre el monto total del pedido o contrato, sin exceder el 10% del importe total del presente pedido o contrato antes del I.VA

Penalización Contractual: Se aplican por los daños y perjuicios generados a "La Convocante" por parte del Licitante ganador del servicio, causados por negligencia y/u omisión culpable en el obligaciones establecidas en el pedido o contrato, por lo que se aplicara una pena equivalente a los daños y perjuicios generados por las omisiones o actos negligentes del Licitante ganador.

Las penas no podrán exceder del monto de la garantía de cumplimiento del pedido determinarán en función de los servicios no proporcionados o la calidad de los mismos.

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COL. SAN SALVADOR XOCHIMANCA C. P 02840 TEL 5342-3857 AL 60 EXT.2210

RFC. ELE- 90l228-IG2

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Con fundamento en lo establecido en el artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el pago de los servicios quedara condicionado proporcionalmente al pago que el Licitante ganador deba efectuar por concepto de Penas Convencionales.

El Licitante ganador deberá cubrir fa pena convencional mediante su respectivo entero a la Tesorería de la Federación, en cualquiera de las instituciones bancarias que la Dirección de Presupuesto, Finanzas y Contabilidad le indique. quedando obligado a remitir al día hábil siguiente de haber realizado el entero de referencia, un ejemplar original de dicho pago al Titular de la Subdirección de Servicios Generales.

17. Forma de pago.

El pago se efectuará dentro de los 20 dias naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación de la(s) factura(s) debidamente requisitada(s) y acompañada(s) de la documentación; previa validación, aceptación a entera satisfacción y liberación del Titular del Departamento de Servicios Generales y Control dependiente de la Subdirección de Servicios Generales.

Con fundamento en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el pago se efectuará una vez que se haya realizado la prestación de los servicios, en el plazo establecido en el presente documento.

En cumplimiento de la Fracción llf del Artículo Vigésimo del Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal. se precisa que "La Convocante" realizará el o los pagos de forma electrónica mediante depósito en la cuenta bancaria del proveedor de los bienes, para ello deberá entregar a la Dirección de Presupuesto, Finanzas Contabilidad. la siguiente documentación:

1. Acta constitutiva de la razón social. en caso de persona moral, O acta de nacimiento en caso de persona física.

2. Poder notarial del Representante Legal. en caso de persona moral.

3. Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

4. Cédula Fiscal (R.F.C.)

5. Comprobante de Domicilio Fiscal. (~ i

6. Estado de Cuenta con la Clabe lnterbancaria a 18 dígitos numéricos.

7. Identificación Oficial, Credencial de Elector, preferentemente o en su caso pasaporte vigente o Cédula Profesional.

A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación y a lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal número 1.2.7.1.1 publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de 2012, referente al almacenamiento de los archivos extensión XML de los Comprobantes Fiscales Digitales. ,

Al respecto y con fundamento en el articulo 19 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en el cual establece "La Dirección de Presupuesto y Finanzas tendrá las atribuciones y obligaciones

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COL. SA."J SALVADOR XOCHIMANCA C P.02840

TR 5342-385'1 AL 60 EXT 221 O RFC ELE- 901228-1G2

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correos electrónicos institucionales: factura [email protected] y [email protected] el o los archivos XML de los Comprobantes Fiscales, así como deberán anexar la impresión del correo electrónico.

1B. La persona encargada de realizar la supervisión y aceptación de los bienes es:

La recepción cuantitativa y cualitativa se realizará por el Titular del Departamento de Servicios Generales y Contra/.

19. El Licitante, en caso de resultar adjudicado presentará la documentación original para su cotejo, así como copia fotostática sim pie para el expediente, conforme a lo que se detalla a continuación:

Persona Moral Personas Física

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COL SAN SALVADOR XOCHIMANCA C P.02840 TEL 5342-3857 AL 60 EXT.22 IO

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Acta Constitutiva. (y sus modificaciones en su caso).

Poder Notarial.

R.F.C, que incluya domicilio fiscal.

Comprobante de domicilio conforme a los datos fiscales. '

Identificación Oficial con fotograña del Representante Legal, (credencial de elector pasaporte o cédula profesional), '

Factura sin valor para verificar su domicilio fiscal.

Opinión del Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales" emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

-/

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Acta de Nacimiento.

Clave Única de Registro de Población (CURP).

R.F.C, que incluya domicilio fiscal.

Comprobante de domicilio, conforme a los datos fiscales

Identificación Oficial con fotografía, (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional).

Recibo de honorarios O factura sin valor para verificar su domicilio fiscal.

Opinión del Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales" emitida por el' Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Curriculum Vitae actualizado (únicamente Representante Legal o persona ñsica.

en original y debidamente firmado por el

Octavio López Escobar. Jefe de Departamento de Servicios Generales y Control y Encargado de la Subdirección de Servicios Generales asignado mediante ficio No. CJEFIDGAFi 2064 12013.

L c.'

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MÉXICO, D.F. A 17 DE DICIEMBRE DE 2013.

Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Dirección General de Administración y de Fínanzas. Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales. -­Presente.

PROPUESTA ECONÓMICA. CANTIDAD MJNIMA.

Garrafón de agua de 20 litros, baja en sales y 1.­ sodio, envase de policarbonato, con asa, PIEZA 25.00 O 19,000.00

taparrosca y sello de garantía. Botellas de agua purificada de 600 mi, baja en

2.­ sales y sodio, presentación pet con taparrosca, PAQUETE 56.00 O 22,400.00 en a uete de 24 piezas.

Garrafón de agua de 20 litros, baja en sales y 1.­ sodio, envase de policarbonato, con asa, PIEZA 25.00 O

taparrosca sello de garantía. Botellas de agua purificada de 600 mi, baja en

2.­ sales y sodio, presentación pet con taparrosca. PAQUETE 56.00 O en paquete de 24 piezas.

56,000.00

Entregas parciales con una vigencia máxima al 31 de Diciembre da 2014, Conforme a Jos días de entrega establecidos en el Anexo 1.

El Lugar de Entrega será: Palacio Nacional s/n, 3er. Piso, Edificio XII Anexo, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, C.P, 06020.

El pago es a los 20 dias naturales posteriores a la entrega de la factura, previa entrega de ros bienes o prestación de los servicios a satisfacción. Lo deberá establecer en su cotización.

3. El por taje de garantia de cumplimiento será del 10%. .

4. Pena convencionales por atraso en la entrega de bienes y/o prestación de los servicios será del .5%. 5. La vigen ia será a partir de la firma del pedido hasta el 31 de diciembre 2014.

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COL SAN SALVADOR XOCHJMANCA C P 02840 TEL 5342·3857 AL 60 EXl2210

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