hoja de trámites para el montaje de estaciones de servicio de gnv en colombia. javier fernandez

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Javier Francisco Fernández Rodríguez. Consultor en reglamentación de GNCV. [email protected] PROYECTO DE MONTAJE ESTACIÓN DE SERVICIO DE GNCV Requisitos Legales

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Trámites a llevarse a cabo para la ubicación de Estaciones de Servicio de GNV en Colombia. No se incluyen los trámites correspondientes a disponibilidad, comercialización, transporte o distribución del gas

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Page 1: Hoja de trámites para el montaje de Estaciones de Servicio de GNV en Colombia. Javier Fernandez

Javier Francisco Fernández Rodríguez. Consultor en reglamentación de GNCV. [email protected]

PROYECTO DE MONTAJE ESTACIÓN DE SERVICIO DE GNCV

Requisitos Legales

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Javier Francisco Fernández Rodríguez. Consultor en reglamentación de GNCV. [email protected]

Hoja de Trámites

1.OFICINA DE PLANEACIÓN MUNICIPALLicencia de uso del suelo. Se debe realizar la solicitud al secretario de

planeación municipal/curador urbano especificando la ubicación del proyecto mediante la presentación del plano de planta general. La solicitud se evaluará de acuerdo al POT

2.AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTENo se requiere licencia ambiental de acuerdo a lo establecido en el artículo 8

del Decreto 2820 de 2010. Sin embargo, con posterioridad a la validación del lote respecto al POT deberá tramitarse ante la Corporación Autónoma Regional correspondiente el permiso de vertimientos, concesión de aguas y permiso de aprovechamiento forestal de ser aplicable. Los requisitos varían de acuerdo a la CAR pero en general, es necesario contar con un plan de contingencias, programa de seguridad industrial y salud ocupacional.

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Hoja de Trámites

3.MINISTERIO DE TRANSPORTELas estaciones de Servicio automotor ubicadas en carreteras nacionales,

deberán contar además con la autorización del Ministerio de Transporte de acuerdo a lo establecido en la resolución 5624 de 2009. Los requisitos para solicitar dicha autorización se encuentran consignados en el artículo 4° de la citada resolución para asegurar el cumplimiento de las distancias y las zonas de reserva contempladas en la Ley 1228 de 2008, e incluyen gestiones ante el INCO y/o la Dirección territorial del INVIAS.

4.AVISO A LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIOSe deberá tramitar la inscripción en el registro de fabricantes e importadores

sometidos al cumplimiento de reglamentos técnicos controlados por la SIC, informando localización, dirección y fecha de entrada en operación y anexando certificado de existencia y representación legal y copia de las pólizas de responsabilidad civil extracontractual y de cumplimiento de disposiciones legales, de acuerdo a lo consignado en el Decreto 1605 de 2002

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Javier Francisco Fernández Rodríguez. Consultor en reglamentación de GNCV. [email protected]

Hoja de Trámites

5. MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍASe debe informar al Ministerio de Minas y energía mediante comunicación

escrita, anexando la documentación del numeral 4 de esta guía. No constituye autorización.

6.CERTIFICACIÓNPrevio a la puesta en funcionamiento de la EDS, se debe realizar la

certificación de la estación por uno de los organismos de certificación acreditados por el ONAC para tal fin, para asegurar el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos de la resolución 180928 de 2006

Los procedimientos que se incluyen en este documento se presentan de manera general y están sujetos a las modificaciones y adiciones de la legislación que rige la materia, así como a las disposiciones de carácter particular de las entidades locales o regionales en los territorios de su jurisdicción