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Historia de la Ley Nº 19.280 Modifica ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y establece normas sobre plantas de personal de las municipalidades Artículo 1º Transitorio. Del ascenso del personal en actual servicio en las plantas. D. Oficial 16 de Diciembre, 1993

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Historia de la Ley

Nº 19.280

Modifica ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y establece normas sobre plantas d e

personal de las municipalidades

Artículo 1º Transitorio.

Del ascenso del personal en actual servicio en las plantas.

D. Oficial 16 de Diciembre, 1993

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Téngase presente Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información proporcionada por el Sistema de Tramitación de Proyectos del Congreso Nacional (SIL). Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley, en ambas Cámaras. Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley, como por ejemplo la cuenta en Sala o la presentación de urgencias. Los antecedentes de esta historia por artículo han sido recogidos por un profesional analista especializado en Historia de la Ley de la Biblioteca del Congreso Nacional, guiándose y recogiendo en su integridad el espíritu del legislador durante el proceso de formación de la ley. Para efectos de facilitar la impresión de la documentación de este archivo, al lado izquierdo de su pantalla se incorpora junto al índice, las páginas correspondientes a cada documento, según la numeración del archivo PDF. La Biblioteca del Congreso Nacional no se hace responsable de las alteraciones, transformaciones y/o del uso que se haga de esta información, las que son de exclusiva responsabilidad de quienes la consultan y utilizan.

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Índice

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 5 1.1. Primer Informe Comisión de Gobierno 5 1.2. Primer Informe Comisión de Hacienda 8 1.3. Discusión en Sala 10 1.4. Segundo Informe Comisión de Gobierno 12 1.5. Discusión en Sala 14

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado 16 2.1. Primer Informe Comisión de Gobierno 16 2.2. Primer Informe Comisión de Hacienda 21 2.3. Discusión en Sala 24 2.4. Segundo Informe Comisión de Gobierno 26 2.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen 29

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 30 3.1. Discusión en Sala 30 4. Publicación de Ley en Diario Oficial 32 4.1. Ley Nº 19.280, Artículo 1 Transitorio 32

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Nota de Contexto Del análisis y estudio desarrollado para conocer los antecedentes legislativos y alcances del artículo 1º transitorio de la ley Nº 19.280, podemos indicar que su génesis no se encuentra en el proyecto original enviado por el Ejecutivo para su tramitación en el Parlamento. Dicha disposición surge del trabajo efectuado en las respectivas Comisiones como se podrá constatar a lo largo de este archivo, tanto en primer como en segundo trámite constitucional, sumado a las indicaciones que efectúa el Ejecutivo a su respecto en las oportunidades indicadas. Se informa que la aprobación final del texto del artículo 1° transitorio se verificó en tercer trámite constitucional ante la Cámara de Diputados, sin perjuicio que la mayoría de las modificaciones propuestas por el Senado son rechazadas por esta Cámara, procediéndose a la formación de Comisión Mixta, instancia donde el proyecto en su conjunto es despachado definitivamente para su promulgación como Ley de la República. El presente archivo da cuenta de todas las referencias encontradas en la documentación fidedigna que da cuenta de la historia del artículo 1° transitorio.

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PRIMER INFORME COMISIÓN GOBIERNO

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 1.1. Primer Informe Comisión de Gobierno Cámara de Diputados. Fecha 10 de Marzo, 1993. Cuenta en Sesión 65. Legislatura 325. Informe de la Comisión de gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, recaído en el proyecto de ley sobre plantas de personal de las municipalidades.

(boletín N° 821-06). “Honorable Cámara:

Vuestra comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social pasa a informaros el proyecto de ley, de origen en un mensaje y con urgencia calificada de simple, sobre plantas de personal de las municipalidades. Durante el estudio de esta iniciativa la comisión contó con la asistencia y colaboración de los señores Enrique Correa, Ministro Secretario General de Gobierno; Gonzalo Martner, Subsecretario de desarrollo regional y administrativo; Julián Saona, Asesor de este último; Omar Ahumada, jefe de la división de las municipalidades de dicha subsecretaría; Samuel Garrido y Mario Cortés, Asesores del departamento de municipalidades de la misma. Por otra parte, expusieron sus puntos de vista, en relación a la iniciativa, en el seno de la Comisión de Alcaldes de las I. Municipalidades de Providencia, Maule y Santo Domingo, la señora Carmen Grez y señores Sebastián Parra y Fernando Rodríguez, respectivamente. Se debe consignar que se acordó, por unanimidad, omitir el trámite de audiencia pública a que se refiere el artículo 212 del Reglamento de la Corporación. - O -

Ahora bien, en lo que respecta a los fundamentos y antecedentes tenidos en consideración por el Ejecutivo para proponer la iniciativa en informe, a decir del mensaje, residen, fundamentalmente, en la circunstancia que una vez llevadas a la práctica las reformas constitucionales y legales relativas a la democratización del sistema municipal, es menester adoptar las medidas necesarias para lograr mayor eficiencia en la gestión de estas corporaciones, lo que conlleva al mejoramiento de las condiciones de su personal, en particular en lo que respecta a sanear los problemas que afectan a las Plantas del mismo, los que derivan, en esencia, en tres situaciones que se arrastran-continúa- desde épocas anteriores a la asunción de este Gobierno y que, a su modo

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PRIMER INFORME COMISIÓN GOBIERNO

de ver, constituyen inconvenientes serios para el adecuado funcionamiento institucional.

Por último, la tercera situación que el proyecto propicia subsanar apunta al establecimiento de requisitos para ingresar y ascender dentro de cada Planta, aspecto que el Ejecutivo califica de fundamental, en la medida que la no existencia de exigencias de mayor o menor grado de especialización, trabajadores que no poseen una preparación idónea, lo que, de hecho sucede actualmente al haberse permitido, en su oportunidad, el ingreso de personas sin cumplir requisitos. No obstante que la iniciativa propone subsanar directamente tal deficiencia, lo hace en términos de no perjudicar al personal en actual servicio, permitiéndoles mantener su actual situación. III.- MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES. En conformidad con lo exigido en el artículo 286 N° 1 del Reglamento de la Corporación, y para efectos de lo preceptuado en los artículos 66 y 70 de la Constitución Política y en los artículos 24 y 32 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, Cabe señalaros que la idea matriz o fundamental de la iniciativa en informe es, a decir del mensaje, sanear los problemas que afectan a las plantas municipales, particularmente a través de la solución de las insuficiencias relativas al tipo y números de cargos apropiados a las funciones que los municipios deben desarrollar en la actualidad; a la incorporación de todos los funcionarios a las plantas de personal; y, por último, a la fijación de requisitos para el ingreso y promoción en los cargos que allí se desempeñan. IV.- Discusión y Votación del Proyecto A.- Discusión general Cabe consignar que vuestra Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social compartió plenamente los puntos de vista sustentados por el Ejecutivo al fundamentar la iniciativa en informe, procediendo, por unanimidad, a prestar su aprobación a la idea de legislar sobre la materia. B.- Discusión Particular Durante el estudio pormenorizado del proyecto vuestra comisión adoptó, respecto de su articulado, los acuerdos siguientes: - o -

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PRIMER INFORME COMISIÓN GOBIERNO

Artículo Transitorio.- (nuevo)

Esta disposición fue incorporada al aprobarse, por asentimiento unánime y una abstención, una indicación del ejecutivo que tiene por objeto hacerse cargo de aquel personal, en actual servicio, en las plantas de técnicos, de administrativos y de auxiliares, que no cumpla con aquellos requisitos que la ley en proyecto exige para desempeñar la función de que se trate. - o - VI.- ARTÍCULOS DEL TEXTO APROBADO POR LA COMISION QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA. Conforme lo estimara vuestra Comisión, en esta circunstancia se encuentra todo el articulado del proyecto. - o - Como consecuencia de lo anteriormente expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado informante, vuestra comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social os recomienda la aprobación del siguiente Proyecto de Ley - o -

Artículo Transitorio.- Sin perjuicio de los requisitos establecidos en el artículo. 10, para el ascenso del personal en actual servicio en las plantas de técnico, administrativos y de auxiliares, serán exigibles alternativamente a los señalados en el artículo antes mencionado, el requisito de haber desempeñado, a lo menos 15 años, de cargos de la respectiva planta o de escalafones que han pasado a integrarla.”. Sala de la comisión, a 10 de marzo de 1993. Acordado en sesiones de fechas 22 de diciembre de 1992; 5, 12 y 26 de enero y 9 de marzo de 1993. Con la asistencia de los señores Elgueta, (Presidente), Aguiló, Bartolucci, Bombal, Cantero, Carrasco, señoras Caraball y Cristi, señores Elizalde, Leay, Letelier, Longton, Masferrer, Navarrete, Ortega, Ulloa y Urrutia.

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

1.2. Primer Informe Comisión de Hacienda Cámara de Diputados. Fecha 13 de Abril, 1993. Cuenta en Sesión 65. Legislatura 325. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley sobre plantas de personal de las municipalidades (boletín N° 821-06) “Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Hacienda pasa a informaros el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso 2° del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos N° 219 y siguientes del Reglamento de la Corporación. La iniciativa tiene su origen en un mensaje de S.E. el Presidente de la República calificado de “simple” urgencia para su tramitación legislativa. Asistieron a la comisión durante el estudio del proyecto los señores Enrique Correa, Ministro Secretario General de Gobierno; Omar Ahumada, Jefe de la División de Desarrollo Municipal; Mario Cortés, Asesor del Departamento de Municipalidades, ambos de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y José Espinoza, Asesor de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda. Asimismo, concurrieron especialmente invitados a esta Comisión las señoras Carmen Grez y Sofía Prats y los señores Johnny Carrasco, Joaquín Lavín y Jaime Ravinet, Alcaldes de la comuna de Providencia, Huechuraba, Pudahuel, Las Condes y Santiago respectivamente. - o - En relación con la discusión particular del articulado, cabe hacer presente lo siguiente: --- En el artículo transitorio se establece como requisito alternativo a los establecidos en el artículo 10 (11) para el ascenso del personal en actual servicio, el haber desempeñado los cargos que señala, a lo menos durante quince años. Sobre esta disposición se hizo presente en la Comisión que el término “alternativamente” induce a confusión, por lo que se sugiere que sea precisado el sentido por la comisión técnica. Puesto en votación el artículo transitorio fue aprobado por la unanimidad.

Sala de la Comisión, a 19 de Abril de 1993.

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

Acordado en sesión de fecha 13 de Abril de 1993, con la asistencia de los Diputados señores Orpis, don jaime (Presidente); Estévez, don Jaime; García, don José; Huepe, don Claudio; Matthei, señora Evelýn; Ortiz, don José Miguel; Ramírez, don Gustavo; Ringeling, don Federico; Rodríguez, don José Alfonso; Sota, don Vicente y Velasco, don Sergio.

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DISCUSION SALA

1.3. Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura 325, Sesión 66. Fecha 21 de Abril, 1993. Discusión general. Se aprueba en general. Plantas de personal de las municipalidades

El señor Viera-Gallo (Presidente).- Corresponde ocuparse del proyecto, en primer trámite constitucional, sobre plantas de personal de las municipalidades. - o -

El señor Montes.- Señor Presidente, me corresponde rendir el informe de la comisión de Gobierno Interior, recaído en el proyecto de ley sobre plantas de personal de las municipalidades, de origen en un mensaje y con urgencia calificada de “simple”. - o - La idea matriz o fundamental del proyecto es sanear los problemas que afectan a las plantas municipales, particularmente a través de la solución de las insuficiencias relativas al tipo y número de cargos apropiados a las funciones que los municipios deben desarrollar en la actualidad; a la incorporación de todos los funcionarios a las plantas de personal, y, por último, a la fijación de requisitos para el ingreso y promoción en los cargos que allí se desempeñan. - o -

La tercera insuficiencia que el proyecto intenta subsanar se relaciona con la inexistencia de requisitos para ingresar y ascender dentro de las plantas. La falta de exigencias de promoción permite que accedan a ciertos cargos trabajadores que no son idóneos. La iniciativa propone resolver directamente tal deficiencia, sin perjudicar al personal en actual ejercicio. - o- El señor VIERA-GALLO (Presidente).- En votación el proyecto. -efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 74 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Aprobado en general el proyecto. - o - -El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:

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DISCUSION SALA

- o - Al artículo transitorio. 28.- De los señores Navarrete y Cantero, para sustituir la expresión “quince” por “diez”.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN GOBIERNO

1.4. Segundo Informe de la Comisión de Gobierno. Senado. Fecha 22 de Julio, 1993. Cuenta en Sesión 34. Legislatura 326. Segundo Informe de la Comisión de gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, recaído en el proyecto de ley sobre plantas de personal de las municipalidades.

(boletín N° 821-06). “Honorable Cámara:

Vuestra comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social pasa a emitiros su segundo informe respecto del proyecto de ley, de origen en un mensaje y con trámite de urgencia calificada de simple, sobre Plantas de Personal de las Municipalidades. Durante el tratamiento de este proyecto, en trámite reglamentario, la Comisión contó con la asistencia y colaboración de los señores Enrique Correa, Ministro Secretario General de Gobierno, y Omar Ahumada, Jefe del Departamento de Municipalidades de la Subsecretaría de Desarrollo regional y Administrativo. Al tenor de lo dispuesto en los artículos 128 y 287 del Reglamento de la Corporación, este informe recae sobre el proyecto aprobado en general por esa H. Cámara, en su sesión de fecha 21 de abril, con todas las indicaciones admitidas a discusión en la Sala, sin perjuicio de las modificaciones que la Comisión acuerde introducirle con ocasión de este segundo informe, y debe referirse, expresamente, a las materias siguientes: - o - 3.- Artículos modificados.

- o – Artículo transitorio

A este artículo se presentó en la sala una indicación, aprobada por unanimidad, suscrita por los señores Cantero y Navarrete, que rebajó el tiempo requerido como exigencia adicional para la promoción del personal en actual servicio en las plantas de técnicos, de administrativos y de auxiliares, al disminuir, de 15 a 10 años, el período de desempeño en cargos de la respectiva planta o de escalafones que han pasado a integrarla - o - Además de las modificaciones resultantes de las indicaciones aprobadas, vuestra Comisión introdujo al proyecto otras de carácter meramente formal, que no se comentan especialmente por ser obvias y sencillas. -------------

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN GOBIERNO

Por todas las consideraciones expuestas y las que os dará a conocer el señor Diputado informante, vuestra Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social os recomienda la aprobación del siguiente PROYECTO DE LEY - o - Artículo transitorio.- Sin perjuicio de los requisitos establecidos en el artículo 10, para el ascenso del personal en actual servicio en las plantas de Técnicos, de administrativos y de Auxiliares, será exigible, alternativamente a los señalados en el artículo antes mencionado, el requisito de haber desempeñado, a lo menos, diez años, cargos de la respectiva planta o de escalafones que han pasado a integrarla” - o -

Sala de la Comisión, a 22 de julio de 1993. Acordado en sesiones de fechas 5 de mayo y 20 de julio de 1993, con

asistencia de los señores Elizalde, don Ramón (Presidente); Aguiló, don Sergio; Cantero, don Carlos; señoras Caraball, doña Eliana y Cristi, doña María Angélica; Hamuy, don Mario; Elgueta, don Sergio; Letelier, don Juan Pablo; Montes, don Carlos; Navarrete, don Luis; Ortega, don Eugenio, Ulloa, don Jorge y Urrutia, don Raúl.

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DISCUSIÓN SALA

1.5. Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura 326, Sesión 35. Fecha 07 de Septiembre, 1993. Discusión particular. Se aprueba en particular. PLANTAS DE PERSONAL DE LAS MUNICIPALIDADES.

El señor MOLINA (Presidente).- En el Orden del Día corresponde ocuparse, en primer trámite constitucional, del proyecto calificado con trámite de “suma urgencia”, sobre plantas de personal de las municipalidades. Diputados informantes de las Comisiones de Gobierno Interior y de Hacienda son los señores Carlos Montes y José García respectivamente. - o -

El señor MONTES.- Señor Presidente, por mi intermedio, la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social emite su segundo informe respecto del proyecto de ley, de origen en un mensaje y con trámite de urgencia calificada de “simple”, sobre plantas de personal de las municipalidades. - o - Este proyecto requiere ser tratado con mucha celeridad, porque responde una demanda muy sentida de los trabajadores municipales y los municipios del país.

- o –

La iniciativa consta de 11 artículos permanentes y uno transitorio.

- o –

Finalmente, en el artículo transitorio se establece que, sin perjuicio de los requisitos establecidos anteriormente, será exigible, alternativamente, el registro de haberse desempeñado, a lo menos, 10 años, en cargos de la respectiva planta o de escalafones que han pasado a integrarla. Con esto he informado acerca de los contenidos y modificaciones que sufrieron los 11 artículos permanentes y el transitorio del proyecto, durante su trámite en la omisión de Gobierno Interior. Es cuanto puedo informar. He dicho.

- o –

El señor CORREA (Ministro Secretario General de Gobierno).- Señor Presidente, el proyecto que hoy termina su primer trámite para pasar al

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DISCUSIÓN SALA

Senado tiene por objeto, como se ha dicho, sanear los problemas que afectan a las plantas municipales, en especial a través de la solución de las insuficiencias relativas al tipo y número de cargos apropiados a las funciones que las municipalidades deben desarrollar en la actualidad. También busca resolver la incorporación de todos los funcionarios en las plantas municipales, y la fijación de requisitos para el ingreso y promoción de los cargos que allí se desempeñan. - o -

La tercera situación que se pretende solucionar está referida al establecimiento de requisitos para ingresar y ascender dentro de cada planta, lo que naturalmente resulta esencial para el buen funcionamiento del municipio, en la medida en que la inexistencia de exigencias de promoción permite que accedan a ocupar ciertos cargos que requieren de mayor o menor grado de especialización funcionarios que no poseen formación idónea. Con todo, el proyecto establece la suficiente flexibilidad, a fin de que tengan cabida los casos especiales existentes.

- o –

El señor MOLINA (Presidente).- En discusión y votación particular el proyecto.

- o –

En votación el artículo 1º transitorio. Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad. Aprobado.

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PRIMER INFORME COMISIÓN GOBIERNO

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado 2.1. Primer Informe de la Comisión de Gobierno. Senado. Fecha 15 de Octubre, 1993. Cuenta en Sesión 07. Legislatura 327. BOLETÍN N° 821-06 INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACION, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre plantas de personal de las Municipalidades. Honorable Senado: Esta Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene el honor de emitir su informe acerca del proyecto de ley señalado en el epígrafe de origen en su mensaje de S.E. el Presidente de la República, en segundo trámite constitucional y con urgencia calificada de'"suma". A las sesiones en que la Comisión se ocupó de esta iniciativa concurrieron, además de sus miembros, el señor Ministro Secretario General de Gobierno, don Enrique Correa; los asesores de ese Ministerio, señorita Lorena Molina y señores Omar Ahumada y Tito Zapata; los Alcaldes de las Municipalidades de Los Angeles y de Valparaíso, señores Daniel Badilla y Hernán Pinto, respectivamente, y el Presidente de la Asociación Nacional de Empleados Municipales, señor Mario Araya.

- o – Discusión General El señor Ministro Secretario General de Gobierno, don Enrique Correa, en la primera sesión en que la Comisión se ocupó de esta iniciativa, expresó que ella tiene por objeto sanear los problemas que afectan a las plantas municipales, en especial las insuficiencias relativas al tipo y número de cargos adecuados a las funciones que los municipios deben desarrollar en la actualidad; incorporar a todos los funcionarios a las plantas municipales, y fijar los requisitos para el ingreso y la promoción en los cargos que conforman estas últimas.

Agregó que en el proyecto se ha considerado especialmente la

situación producida por la materialización de las reformas constitucionales y legales relativas a la democratización del sistema municipal. Las dificultades que en este sentido se han detectado se traducen en tres situaciones que se arrastran desde épocas anteriores al actual Gobierno, y que constituyen un obstáculo para el adecuado funcionamiento institucional.

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PRIMER INFORME COMISIÓN GOBIERNO

- o –

Asimismo, continuó el señor Ministro, la tercera situación que se

pretende solucionar con el proyecto está referida al establecimiento de requisitos para ingresar y ascender dentro de la planta, lo que resulta una cuestión fundamental en la medida en que la no existencia de exigencias de promoción ha permitido que accedan a cargos que requieren de un mayor o menor grado de especialización, funcionarios que no poseen la formación idónea. La iniciativa, en este aspecto, propone subsanar tal problema en términos de no perjudicar al personal en actual servicio.

En definitiva, concluyó el señor Ministro, además de mantener el

principio de que la aplicación de esta ley no significa cesación de funciones ni tampoco disminución de remuneraciones u otros derechos, se ha cuidado de incluir otras medidas de equidad en el tratamiento del sistema remuneratorio del personal del mismo nivel, de las indicadas precedentemente.

- - -

Finalmente, intervino en la Comisión el señor Presidente de la

Asociación Nacional de Empleados Municipales, don Mario Araya, quien manifestó el acuerdo en general de la entidad que preside con este proyecto de ley, y solicitó que se acogieran determinadas indicaciones del Ejecutivo formuladas al proyecto en este trámite de primer informe, que fueron conocidas por la Asociación que representa.

- o –

Finalmente, respecto del artículo 1º transitorio del proyecto, que autoriza la sustitución de los requisitos señalados en el articulo 12 permanente para el ascenso en las plantas de Técnicos, Administrativos y Auxiliares, por el requisito alternativo de haberse desempeñado durante determinado tiempo en la respectiva planta o en los escalafones que han pasado a integrarla, solicitó se sustituyera la frase subrayada por la de "la planta en la municipalidad", que fue la proposición original aceptada por el Ejecutivo y la Asociación que preside, la cual posibilita que los funcionarios puedan seguir ascendiendo sin la limitante de que ello sea en plantas determinadas. - - - Idea de legislar Atendidas las intervenciones precedentes e informes acompañados, la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión (HH.Senadores señora Feliú, Frei y Soto y señores Ríos y Ruiz De Giorgio), prestó su aprobación en general a la idea de legislar respecto de este proyecto de ley.

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PRIMER INFORME COMISIÓN GOBIERNO

- - - Discusión particular. El texto aprobado por la H. Cámara, en primer trámite constitucional, está estructurado en quince artículos permanentes y tres artículos transitorios, cuya descripción, debate y acuerdos se consignan en este acápite del informe.

- o – ARTICULO 1º TRANSITORIO Establece la opción, como alternativa de los requisitos establecidos en el artículo 12 para el ascenso en las plantas de Técnicos, de Administrativos y Auxiliares, el de haberse desempeñado, a lo menos, 10 años en los cargos- de las respectivas plantas o de escalafones que han pasado a integrarlas. Este precepto fue objeto de las siguientes indicaciones: uno) De S.E. el Presidente de la República, por la que incorpora las plantas de Directivos y de Jefaturas a la opción del requisito alternativo de antigüedad propuesto en este artículo. Esta indicación fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión. (HH Senadores señoras Feliú y Soto y señores Ríos y Ruiz de Giorgio). dos) De los HH. Senadores señora Soto y señor Ruiz de Giorgio; por la que reemplazan la oración "la respectiva planta o de escalafones que han pasado a integrarlas" por "planta en la municipalidad", de modo que el requisito de antigüedad para ascender en una planta determinada podrá darse por cumplido aunque los servicios se hayan prestado en cualquier otra, con lo cual se da satisfacción a la inquietud que en este sentido planteó la Asociación Nacional de Empleados Municipales. Esta indicación contó con el voto favorable de los HH. Senadores señora Soto y señores Ríos y Ruiz de Giorgio, y el voto en contra de la H. Senadora señora Feliú, quien expresó la necesidad de privilegiar la profesionalización de los funcionarios, conciliando tal principio con el respecto a la carrera funcionaría, todo lo cual se logra con la redacción propuesta en el texto de la H. Cámara. tres) De S.E. el Presidente de la República, para agregar a este artículo un inciso segundo, nuevo, mediante el cual se dispone que los funcionarios que hayan ingresado a las plantas cumpliendo los requisitos

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PRIMER INFORME COMISIÓN GOBIERNO

exigidos al momento de su nombramiento, mantendrán su derecho al ascenso. Como quiera que este precepto constituye una medida de protección para los derechos de los trabajadores, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión (HH Senadores señoras Feliú y Soto y señores Ríos y Ruiz de Giorgio).

- o –

En virtud del debate y acuerdos precedentes esta Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene el honor de proponer al H. Senado la aprobación de la iniciativa de ley en informe en los mismos términos del texto de la H. Cámara con las siguientes modificaciones:

- o – Artículo 1º transitorio uno) intercalar las expresiones "de Directivos, de Jefaturas,", entre las palabras "plantas" y "de técnicos,". (Unanimidad). dos) Sustituir la frase "la respectiva planta o de escalafones que han pasado a integrarla" por "planta en la municipalidad". (Mayoría de votos). tres) Incorporar el siguiente inciso segundo: "En todo caso, los funcionarios que hayan ingresado a las respectivas plantas cumpliendo los requisitos exigidos al momento de su nombramiento, mantendrán su derechos a ascenso.". (Unanimidad). - - - En virtud de lo señalado precedentemente, el proyecto de ley queda como sigue: PROYECTO DE LEY:

- o – ARTÍCULOS TRANSITORIOS Artículo 1º.- Sin perjuicio de los requisitos establecidos en el artículo 12, para el ascenso del personal en actual servicio en las plantas de Directivos, de Jefaturas, de Técnicos, de Administrativos y de Auxiliares, será exigible, alternativamente a los señalados en el artículo antes mencionado, el requisito de haber desempeñado, a lo menos, diez años, cargos de planta en la municipalidad.

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PRIMER INFORME COMISIÓN GOBIERNO

En todo caso, los funcionarios que hayan ingresado a las respectivas plantas cumpliendo los requisitos exigidos al momento de su nombramiento, mantendrán su derecho a ascenso. - - - Acordado en sesiones de fecha 5 de octubre de 1993, con asistencia de los H. H Senadores señora Soto (Presidente), señora Feliú y Frei y señores Ríos y Ruiz De Giorgio, 13 de octubre de 1993, con asistencia de las HH. Senadores señora Soto (Presidente), señoras Feliú y Frei y señores Ríos y Ruiz De Giorgio, y 14 de Octubre de 1993, con asistencia de las HH. Senadores señora Soto (Presidente), señora Feliú y señores Ríos y Ruiz De Giorgio. Sala de la Comisión, a 15 de octubre de 1993.

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

2.2. Primer Informe Comisión de Hacienda Senado. Fecha 15 de Octubre, 1993. Cuenta en Sesión 07. Legislatura 327.

BOLETÍN N° 821-06 INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre plantas de personal de las municipalidades. HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, sobre plantas de personal de las municipalidades.

Cabe hacer presente que S.E. el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho de esta iniciativa, calificándola de "suma". - o -

A la sesión en que vuestra Comisión consideró esta iniciativa asistieron especialmente invitados el Ministro Secretario General de Gobierno, don Enrique Correa Ríos , el señor Jefe División de Desarrollo Municipal del Ministerio del Interior, don Ornar Ahumada Mora y la señorita Lorena Molina Saavedra, Asesor del Departamento de Municipalidades de dicha Secretaría de Estado.

El proyecto de ley en informe fue estudiado previamente por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización de esta Corporación, técnica en la materia, la cual lo aprobó con modificaciones.

De acuerdo a lo expresado por el señor Ministro Secretario General de Gobierno, el proyecto tiene tres objetivos principales, a saber:

- o – 3.- Fijar los requisitos para el ingreso y promoción en los cargos.

Agregó, el aludido Secretario de Estado, que se ha considerado de manera especial la situación producida por la materialización de las reformas constitucionales y legales relativas a la democratización del sistema municipal, que hace necesario para lograr una mayor eficiencia en la gestión de las municipalidades, el mejoramiento del recurso humano para el cumplimiento de sus funciones. - o -

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

Respecto del tercer objetivo del proyecto, destacó que lo que se pretende solucionar está referido al establecimiento de requisitos para ingresar y ascender dentro de cada planta, lo que, en su opinión, resulta una cuestión fundamental, en la medida que la no existencia de exigencias de promoción permite que puedan acceder a ocupar ciertos cargos que requieran de un grado de especialización, funcionarios que no posean la formación idónea. Agregó que, en este aspecto, la iniciativa propone subsanar tal problema, pero en términos de no perjudicar al personal en actual servicio y con la suficiente flexibilidad, para dejar cabida a aquellos casos especiales existentes.

- o –

Finalmente, concluyó expresando que el proyecto de ley en estudio es un cuerpo normativo esperado por todas las municipalidades en el país, ya que su vigencia permitirá solucionar los problemas enunciados y mejorar las condiciones de calidad y cantidad de sus recursos humanos, para el mejor cumplimiento de sus funciones, haciendo presente que en el transcurso de su tramitación se han formulado indicaciones producto del intercambio de ideas con los representantes de los funcionarios municipales, la opinión de los Alcaldes y, por cierto, del debate sostenido en el Congreso Nacional.

- o – El proyecto de ley en estudio está compuesto por 15 artículos permanentes y cuatro transitorios, todos de competencia de vuestra Comisión, a saber:

- o – Artículos transitorios Artículo 1° Dispone que, sin perjuicio de los requisitos establecidos en el artículo 12, para el ascenso del personal en actual servicio en las plantas de Directivos, de Jefaturas, de Técnicos, de Administrativos y de Auxiliares, ser exigible, alternativamente a los señalados en el artículo antes mencionado, el requisito de haber desempeñado, a lo menos, diez años, cargos de planta en la municipalidad. Fue aprobado unánimemente, sin modificaciones.

- o – En consecuencia, vuestra Comisión ha despachado este proyecto de ley debidamente financiado en los términos antes referidos, razón por la cual SUS normas no incidirán negativamente en la economía del país. En mérito de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Hacienda, por la unanimidad de sus miembros presentes, HH. Senadores señora Soto

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

y señores Díaz, Lavandero y Romero, tiene honor de proponeros que aprobéis el proyecto le ley en informe despachado por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.

- o – Acordado en sesión celebrada el día jueves 14 de octubre de 1993, con asistencia de los HH. Senadores señor Jorge Lavandero (Presidente), señora Laura Soto y señores Nicolás Díaz y Sergio Romero. Sala de la Comisión, a 18 de octubre de 1993.

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DISCUSIÓN SALA

2.3. Discusión en Sala Senado. Legislatura 327, Sesión 07. Fecha 19 de Octubre, 1993. Discusión general. Aprobado. En esta Discusión en sala del proyecto de Ley en estudio, y más precisamente, respecto del artículo materia de la presente historia de ley (actual artículo 1º Transitorio), no hay constancia de intervenciones ni debate relativas al sentido y alcance de la referida disposición, efectuándose referencias sólo al contenido del proyecto en general, ideas matrices y a otros artículos, que develan un consenso generalizado de aprobar el proyecto en su conjunto. Por lo anterior, sólo se deja constancia de la aprobación en general de la iniciativa. PLANTAS DE PERSONAL DE MUNICIPALIDADES

El señor VALDES (Presidente).— Corresponde ocuparse en el proyecto sobre plantas de personal de las municipalidades, que cumple su segundo trámite constitucional. —Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 25ª, en 14 de septiembre de 1993. Informes de Comisión: Gobierno, sesión 6ª, en 19 de octubre de 1993. Hacienda, sesión 6ª, en 19 de octubre de 1993.

El señor LAGOS (Prosecretario).— Esta iniciativa fue objeto de informes de las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización, y de Hacienda. Ambas la aprobaron con modificaciones.

- O –

El señor VALDES (Presidente).— En discusión general el proyecto. - O - El señor PACHECO (Presidente accidental).—

- o – Procederemos a votar. Pero antes haremos sonar los timbres, porque el proyecto requiere quórum de ley orgánica; es decir, para su aprobación necesita el voto favorable de 26 señores Senadores

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DISCUSIÓN SALA

- o - El señor VALDES (Presidente).—

- o – Si le parece a la Sala, aprobaremos por unanimidad la iniciativa. —Se aprueba en general la iniciativa (28 votos afirmativos), y se deja constancia de que el plazo para presentar indicaciones vence el jueves 28, a las 18.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN GOBIERNO

2.4. Segundo Informe de la Comisión de Gobierno. Senado. Fecha 02 de Noviembre, 1993. Cuenta en Sesión 11. Legislatura 327. SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS, RELATIVO A LAS PLANTAS DE PERSONAL DE LAS MUNICIPALIDADES.

Honorable Senado: Esta Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene el honor de emitir un segundo informe acerca del proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, e iniciado en mensaje de S.E. el Presidente de la República, con urgencia calificada de “suma”, sobre plantas de personal de las Municipalidades. A las sesiones en que la Comisión se ocupó de este asunto concurrieron, además de sus miembros, los HH. Senadores señores Cantuarias y Otero; el Ministro Secretario General de Gobierno, señor Enrique Correa; el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Gonzalo Martner; los asesores del Ministerio del Interior, señores Cristián Arévalo y Tito Zapata; el asesor de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, señor Boris Krauss, y el Presidente de la Asociación Nacional de Empleados Municipales, señor Mario Araya. Hacemos presente, para los efectos del artículo 124 del Reglamento de la Corporación, lo siguiente:

- o – 2. Artículos que fueron objeto de indicaciones rechazadas: artículos 2º, 5º, 8º, 1º transitorios y 2º transitorio.

- o – 6. Indicaciones rechazadas: las de los números 4, 18 a), 21, 34, 35 y 36

- o –

Contenido y discusión de las Indicaciones

- o –

Artículos transitorios

Artículo 1º

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN GOBIERNO

Establece la opción, como alternativa de los requisitos establecidos en el artículo 12 para el ascenso en las plantas de Directivos, de Jefaturas de Técnicos, de Administrativos y Auxiliares, el haberse desempeñado, a lo menos, 10 años en cargos de planta en la respectiva municipalidad. En el inciso segundo dispone que los funcionarios que hayan ingresado a las plantas cumpliendo los requisitos exigidos al momento de su nombramiento, mantendrán su derecho al ascenso. Este artículo fue objeto de indicaciones. La primera, del H. Senador señor Cantuarias (indicación número 34), agrega una oración al inciso primero, que precisa que los funcionarios eximidos de los requisitos legales con anterioridad a la entrada en vigencia del artículo 90 de la ley Nº18.891, mantendrán el derecho al ascenso. Esta indicación fue rechazada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, quienes fueron de parecer que la fórmula propuesta en ella puede no resultar conveniente en relación a las normas que invoca para hacer posible el beneficio que sugiere. (HH. Senadores señoras Feliú, Frei y Soto y señores Ríos y Ruiz de Giorgio). La segunda indicación para este artículo (la número 35) del H. Senador señor Navarrete, disminuye de 10 a 5 años el período de desempeño requerido en la municipalidad para que el personal señalado en ese precepto pueda ascender. La unanimidad de los miembros presente de la Comisión (HH. Senadores señoras Feliú, Frei y Soto y señores Ríos y Ruiz de Giorgio) rechazó esta enmienda en atención a que el plazo de 10 años aprobados en el primer informe es el adecuado para desempeñarse en las plantas que se indican, aun cuando no se cumpla con los requisitos exigidos para servirlos.

- o –

En virtud de las indicaciones y discusión precedentes, esta Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene el honor de proponer al H. senado las siguientes modificaciones al proyecto de ley consignado en el primer informe: - o -

ARTICULOS TRANSITORIOS

Artículo 1º.- Sin perjuicio de los requisitos establecidos en el artículo 12, para el ascenso del personal en actual servicio en las plantas de Directivos, de Jefaturas, de Técnicos, de Administrativos y de Auxiliares, será exigible, alternativamente a los señalados en el artículo antes mencionado, el requisito de haber desempeñado, a lo menos, diez años, cargos de planta en la municipalidad. En todo caso, los funcionarios que hayan ingresado a las respectivas plantas cumpliendo los requisitos exigidos al momento de su nombramiento, mantendrán su derecho a ascenso.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN GOBIERNO

Tener presente que el actual artículo 1º transitorio, es aprobado en particular, en los mismos términos que lo resuelto por la unanimidad, en el seno de la Comisión de Gobierno Interior y Hacienda, en la sesión en sala del 03 de Noviembre de 1993, manteniéndose como texto definitivo el vigente a la fecha. Lo anterior, no obstante las indicaciones y posteriores modificaciones que surgieron respecto de otras disposiciones del cuerpo normativo en estudio, que dio origen a formación de Comisión Mixta. En consecuencia, la cámara revisora introduce modificaciones al artículo 1° transitorio que serán debatidas y aprobadas por la cámara de origen.

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OFICIO MODIFICACIONES

2.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de origen. Comunica texto aprobado con modificaciones. Fecha 09 de Noviembre, 1993. Cuenta en Sesión 14, Legislatura 327. Cámara de Diputados.

N° 5148 Valparaíso, 9 de noviembre de 1993.

A. S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados Tengo a honra comunicar a V.E. que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley de esa H. Cámara sobre plantas de personal de las Municipalidades, con las siguientes modificaciones:

- o –

Artículos transitorios

Artículo 1°

Ha intercalado las expresiones "de Directivos, de Jefaturas,", entre las palabras "plantas" y "de técnicos," y ha sustituido la frase "la respectiva planta o de escalafones que han pasado a integrarla" por "planta en la municipalidad".

Ha incorporado el siguiente inciso segundo: "En todo caso, los funcionarios que hayan ingresado a las respectivas plantas cumpliendo los requisitos exigidos al momento de su nombramiento, mantendrán su derecho a ascenso.".

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DISCUSIÓN SALA

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura 327, Sesión 14. Fecha 09 de Noviembre, 1993. Discusión única. Se aprueban unas, se rechazan otras modificaciones. Se informa que en esta sesión no se produjo discusión sobre las modificaciones introducidas por el Senado al actual artículo 1º transitorio, procediendo a su votación sin más trámite. No obstante lo anterior, se consigna para la presente historia de ley, la votación y aprobación de la norma en comento. PLANTAS DE PERSONAL DE LAS MUNICIPALIDADES El señor MOLINA (Presidente).- Según acuerdo de los Comités, corresponde discutir las modificaciones del Senado al proyecto de ley sobre plantas de personal de las Municipalidades.

El señor MOLINA (Presidente).- Propongo a la Sala discutir en conjunto las modificaciones y posteriormente proceder a su votación.

Acordado

- o -

El señor MOLINA (Presidente).-

- o-

Corresponde votar las modificaciones a los artículos transitorios. ¿Habría acuerdo de la Sala para aprobar las modificaciones introducidas por el Senado a los artículos 1º y 2º transitorios? No hay acuerdo. En votación las modificaciones al artículo 1º transitorio. -Durante la votación El señor DEVAUD.- Señor Presidente, que se vote el inciso agregado por el Senado.

El señor MOLINA (Presidente).- Su petición debió formularla antes del cierre del debate, señor Diputado.

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DISCUSIÓN SALA

- Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 64 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo una abstención.

El señor MOLINA (Presidente).- Aprobadas las modificaciones

del Senado. - o - Despachado el proyecto.

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TEXTO ARTÍCULO

4. Publicación de Ley en Diario Oficial 4.1. Ley N° 19.280, Artículo 1º Transitorio Tipo Norma :Ley 19280 Fecha Publicación :16-12-1993 Fecha Promulgación :07-12-1993 Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR Título :MODIFICA LEY N° 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES, Y ESTAB LECE NORMAS SOBRE PLANTAS DE PERSONAL DE LAS MUNICIPALIDADES Tipo Versión :Ultima Versión De : 01- 07-2005 URL : http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30647&idVer sion=2005-07-01&idParte=8517686 ARTÍCULOS TRANSITORIOS Artículo 1°.- Sin perjuicio de los requisitos establecidos en el artículo 12, para el ascenso del personal en actual servicio en las plantas de Direc tivos, de Jefaturas, de Técnicos, de Administrativos y de Auxiliares, será exigible, alternativamente a los s eñalados en el artículo antes mencionado, el requisito de ha ber desempeñado, a lo menos, diez años, cargos de plant a en la municipalidad. En todo caso, los funcionarios que hayan ingres ado a las respectivas plantas cumpliendo los requisitos e xigidos al momento de su nombramiento, mantendrán su derech o a ascenso.