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PROCESO SUPERVISION A LOS SUJETOS VIGILADOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CÓDIGO SUPD01 PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5 ELABORÓ: Profesional Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional Profesional Oficina Asesora de Planeación REVISÓ: Superintendente Delegado para la Supervisión Institucional Jefe Oficina Asesora de Planeación APROBÓ: Superintendente Delegado para la Supervisión Institucional FECHA: 10/10/2014 FECHA: 10/10/2014 FECHA: 19/12/2014 OBJETIVO Evaluar el cumplimiento de los requisitos para el funcionamiento o habilitación así como para las solicitudes de modificación de capacidad de afiliación, retiros voluntarios, Planes de Reorganización Institucional, aprobación o modificación de planes adicionales de salud PAS, Ampliación de Cobertura y solicitudes de reformas estatutarias presentadas por las Entidades Promotoras de Salud EPS, Empresas de Medicina Prepagada EMP o Servicio de Ambulancia Prepagada SAP, mediante el análisis y verificación de la información suministrada por los vigilados, para la expedición del acto administrativo por parte del Superintendente Nacional de Salud o Superintendente Delegado para la Supervisión Institucional. ALCANCE Inicia con la solicitud, continúa con la evaluación de los requisitos establecidos en la norma, realización de la visita de verificación de requisitos (si aplica), revisión y análisis de los documentos e información requeridos y la emisión del concepto técnico, Pág. 1 de 53

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PROCESOSUPERVISION A LOS SUJETOS

VIGILADOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

CÓDIGO SUPD01

PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

ELABORÓ: Profesional Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional

Profesional Oficina Asesora de Planeación

REVISÓ: Superintendente Delegado para la Supervisión Institucional

Jefe Oficina Asesora de Planeación

APROBÓ: Superintendente Delegado para la Supervisión Institucional

FECHA:10/10/2014

FECHA:10/10/2014

FECHA: 19/12/2014

OBJETIVO

Evaluar el cumplimiento de los requisitos para el funcionamiento o habilitación así como para las solicitudes de modificación de capacidad de afiliación, retiros voluntarios, Planes de Reorganización Institucional, aprobación o modificación de planes adicionales de salud PAS, Ampliación de Cobertura y solicitudes de reformas estatutarias presentadas por las Entidades Promotoras de Salud EPS, Empresas de Medicina Prepagada EMP o Servicio de Ambulancia Prepagada SAP, mediante el análisis y verificación de la información suministrada por los vigilados, para la expedición del acto administrativo por parte del Superintendente Nacional de Salud o Superintendente Delegado para la Supervisión Institucional.

ALCANCEInicia con la solicitud, continúa con la evaluación de los requisitos establecidos en la norma, realización de la visita de verificación de requisitos (si aplica), revisión y análisis de los documentos e información requeridos y la emisión del concepto técnico, finalizando en la expedición del acto administrativo.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Este procedimiento aplica para las actividades de la Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional y el Despacho del Superintendente Nacional de Salud, cuando se presente alguna de las siguientes solicitudes:

1. Habilitación o Autorización de Funcionamiento de Entidades Promotoras de Salud EPS, Empresas de Medicina Preparada EMP y Servicios de Ambulancia Prepagados.

2. Modificación a la Capacidad de Afiliación de las EPS: Redistribución, modificación geográfica, modificación poblacional o modificación mixta.

3. Ampliación de Cobertura de las EMP o SAP. 4. Retiros voluntarios parciales o totales de las EPS, EMP o SAP.5. Reformas Estatutarias de las EPS, EMP o SAP: Modificación de la razón social, cambios de la composición de la

propiedad, cambio en la composición accionaria, prorroga en el término de la duración de la sociedad, modificación

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de la naturaleza jurídica, escisiones, fusiones, cesión de activos, pasivos y contratos, exclusión e inclusión de artículos de los estatutos, modificación del objeto social.

6. Planes de Reorganización Institucional de las EPS.7. Aprobación o modificación de Planes Adicionales de Salud PAS de las EPS, EMP o SAP.

DEFINICIONESEAPB: Entidades Administradoras de Planes de Beneficios.

EPSC: Entidad Promotora de Salud Contributivo.

EPSS: Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado.

EPSI: Entidad Promotora de Salud Indígena.

CCF: Programa de Salud de las Cajas de Compensación Familiar.

EMP: Empresas de Medicina Prepagada.

MP: Medicina Prepagada.

SAP: Servicio de Ambulancia Prepagado.

PAS: Planes Adicionales de Salud

PAC: Plan de Atención Complementario.

Estándares de operación: miden la idoneidad de las EAPB para la administración del riesgo en salud.

Estándares de permanencia: necesarios para el funcionamiento de las administradoras del régimen subsidiado.

Clases de Modificaciones a la Capacidad de Afiliación:

1. Geográfica: Se presenta una modificación geográfica a la capacidad de afiliación autorizada, cuando una EPS, ESS, CCF o

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Convenio, pretenda adelantar sus actividades de afiliación y prestación de servicios, en municipios no autorizados previamente por la Superintendencia Nacional de Salud.2. Poblacional: Se presenta una modificación poblacional a la capacidad de afiliación autorizada, cuando una EPS, ESS, CCF o Convenio, pretenda ampliar o disminuir su capacidad de afiliación en uno o más municipios autorizados previamente por la Superintendencia Nacional de Salud, modificando la capacidad total autorizada.

3. Redistribución de la Capacidad Autorizada: Se presenta una redistribución de la capacidad de afiliación autorizada, cuando una EPS, ESS, CCF o Convenio, sin aumentar o disminuir la capacidad total autorizada, modifica la capacidad de afiliación en los municipios autorizados previamente por la Superintendencia Nacional de Salud.

4. Mixta: Se presenta una modificación mixta a la capacidad de afiliación autorizada, cuando en forma simultánea una EPS, ESS, CCF o Convenio, pretenda adelantar sus actividades de afiliación y prestación de servicios en municipios no autorizados previamente por la Superintendencia Nacional de Salud y modificar la capacidad en los municipios autorizados, superando la capacidad total autorizada.

5. Retiro Voluntario Parcial: Se presenta un retiro voluntario parcial cuando una EPS solicita retirarse de la operación en algunos de los municipios o departamentos donde está operando, que implique realizar asignación de afiliados.

Clases de Planes de Reorganización Institucional:

1. Plan de Reorganización Institucional por Escisión de EPS : la escisión de una entidad constituye una reforma estatutaria por medio de la cual el escindente traspasa parte de sus activos y/o pasivos en bloque a una o varias entidades ya constituidas o a una o varias que se constituyen, llamadas beneficiarias.

2. Plan de Reorganización Institucional por Fusión de EPS : Habrá fusión cuando una o más entidades se disuelvan, sin liquidarse, para ser absorbidas por otra o para crear una nueva.

3. Plan de Reorganización Institucional por Creación de nuevas entidades : Para efectos del presente numeral, corresponde tener en cuenta las siguientes definiciones generales.Entidad: Toda colectividad considerada como unidad y, en especial, cualquier corporación, compañía, institución, etc; tomada como persona jurídica.Sociedad: Aquel contrato de sociedad en el cual dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social. La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados (art 98, C. Co).Empresa: Cualquier actividad debidamente organizada que tenga como finalidad la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o la prestación de servicios (art 25, C. Co).

NORMAS

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REQUISITO LEGAL DIRECTRIZ DE CUMPLIMIENTODecreto 410 de 1971 (Código de Comercio) La evaluación que se efectué a las solicitudes, deberán observar los

lineamientos establecidos en este código, para el análisis del componente jurídico.

Ley 100 de 1993 “Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones”

Artículo 169, 178, 180, 181 y 182, Capítulos I y II del Título III del Libro II que hace referencia a los regímenes contributivo y subsidiado.

Ley 1438 de 2011: “Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”

Planes Voluntarios de Salud: Titulo IV, Capitulo IV

Decreto 780 de 2016 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social” y sus modificaciones o adiciones:

Decreto 1184 de 2016 “Por el cual se adiciona el Capítulo 5 al Título 10, Parte 1, Libro 2, del Decreto 780 de 2016”Decreto 1370 de 2016 “Por medio del cual se sustituye un artículo y se adiciona al Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 780” Decreto 1937 de 2016 “Por el cual se adiciona el Capítulo 6 al Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 780”Decreto 2117 de 2016 “Por el cual se modifican los artículos 2.1.13.9, 2.5.2.2.1.7 y 2.5.2.2.1.10 y se adicionan unos artículos en la Sección 1, Capitulo 2, Titulo 2, Parte 5, Libro 2 del Decreto 780 de 2016” Decreto 0718 de 2017 “Por el cual se adiciona el artículo 2.1.13.9 del Decreto 780 de 2016”

Libro 2, Parte 1, Titulo 11: Retiros Voluntarios.

Libro 2, Parte 2, Titulo 4: Certificado de Funcionamiento de Empresas de Medicina Prepagada y Planes Adicionales de Salud.Libro 2, Parte 5, Titulo 1, Capitulo 4: Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención en Salud.Libro 2, Parte 5, Titulo 2, Capitulo 1: Normas generales sobre operación y funcionamiento de EPS.Libro 2, Parte 5, Titulo 2, Capitulo 2: Condiciones de habilitación financiera de las EPS.Libro 2, Parte 5, Titulo 2, Capitulo 3: Habilitación y revocatoria de EPS del Régimen Subsidiado.Libro 2, Parte 5, Titulo 2, Capitulo 4: EPS IndígenasArtículo 2.1.13.9: Planes de Reorganización Institucional.

Sentencia SU 039 de 1998 La evaluación que se efectué a las solicitudes, deberán observar los lineamientos establecidos en esta sentencia, para las preexistencias de Medicina Prepagada.

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Resolución 581 de 2004 “Por la cual se adopta el Manual de Estándares que establece las condiciones de capacidad técnico-administrativa, tecnológica y científica para la habilitación de las entidades Administradoras de Régimen Subsidiado”

La evaluación que se efectué a las solicitudes, deberán observar los lineamientos establecidos en esta Resolución.

Resolución 1189 de 2004 “Por la cual se modifica parcialmente el Manual de Estándares de la Resolución 581 de 2004”

La evaluación que se efectué a las solicitudes, deberán observar los lineamientos establecidos en esta Resolución.

Resolución 3734 de 2005 “Por medio de la cual se conforma la lista definitiva de las ARS seleccionadas para la Operación Regional del Régimen Subsidiado”

La evaluación que se efectué a las solicitudes, deberán observar los lineamientos establecidos en esta Resolución.

Resolución 1043 de 2006 “Por la cual se establecen las condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud para habilitar sus servicios e implementar el componente de auditoría para el mejoramiento de la calidad de la atención y se dictan otras disposiciones”

La evaluación que se efectué a las solicitudes de habilitación y/o autorización, deberán observar los lineamientos establecidos en esta Resolución, respecto de la verificación que deben realizar la EAPB previa contratación de los prestadores de servicios de salud.

Resolución 256 de 2016 “Por la cual se define el Sistema de Información para la Calidad y se adoptan los indicadores de monitoría del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud”

La evaluación que se efectué a las solicitudes, deberán observar los lineamientos establecidos en esta Resolución.

Resolución 724 de 2008 y las modificaciones correspondientes “Por la cual se emite el Plan Único de Cuentas para las Entidades Promotoras de Salud, Instituciones Prestadoras de Salud y Entidades que Administran Planes Adicionales de Salud y Servicios de Ambulancia por Demanda”

La evaluación que se efectué a las solicitudes, deberán observar los lineamientos establecidos en esta Resolución.

Decreto 2462 de 2013 “Por medio del cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud”

La evaluación que se efectué a las solicitudes, deberán observar los lineamientos establecidos en este Decreto, especialmente:

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Artículo 7 numerales 15 y 16

Artículo 15 numerales 1 y 14

Artículo 16 numeral 1 y 11

Artículo 17 numerales 1 y 7

Artículo 21 numerales 2, 3 y 15

Artículo 22 numerales 3 y 10

Artículo 23 numeral 2

Circular Única de la SNS y sus modificatorias “La Circular Única contiene en cada uno de los títulos que la componen las instrucciones y solicitudes de información dispuestas por la Superintendencia Nacional de Salud, las cuales serán de obligatorio cumplimiento para los sujetos vigilados”

Título II Capitulo Primero y Título II Capitulo Segundo, en donde se establecen las instrucciones generales y remisión de información para las solicitudes de habilitación de EAPB.

En desarrollo de las instrucciones generales y remisión de información para las solicitudes de modificación de capacidad y aprobación de planes voluntarios de salud, se estableció en el Título II Capitulo Primero Numeral 1.7 la definición de capacidad de afiliación y sus diferentes clases, en el Numeral 1.8 describe el contenido de la solicitud para modificar la capacidad de afiliación.

Título II Capitulo Segundo Numerales 1, 2.1, 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 2.6.7, 2.7.2, 2.7.4, y 3, en donde describen los requerimientos para aprobación y modificación de planes voluntarios de salud y tarifas.

Circular 020 de 2015 (Nota Técnica): Por la cual se hacen adiciones, eliminaciones y modificaciones a la Circular 047 de 2007 y se establecen los criterios y elementos mínimos que se deben tener en cuenta para la presentación de la Nota Técnica.

Circular 005 de 2017 (Planes de Reorganización Institucional): Modificación del Capítulo V del Título II de la Circular Externa 047 de 2007, en lo que respecta a escisión, fusión y creación de EPS en las que se pretenda ceder la habilitación o autorización para operar, los

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afiliados y los contratos de prestación de servicios asociados a la prestación de servicios de salud del Plan de Beneficios.

POLÍTICAS DE OPERACIÓNPolíticas aplicables para EAPB:

1. La resolución de autorización de funcionamiento o habilitación de las Entidades Promotoras de Salud, Empresas de Medicina Prepagada o Servicios de Ambulancia Prepagada será expedida únicamente por el Superintendente Nacional de Salud.

2. El concepto técnico de verificación del cumplimiento de los requisitos de autorización de funcionamiento o habilitación de las Entidades Promotoras de Salud, Empresas de Medicina Prepagada o Servicios de Ambulancia Prepagada será consolidado por la Dirección de IV de EAPB de la Delegada de Supervisión Institucional en el cual se incluirá el informe y propuesta de acción remitido por la Delegada para la Supervisión de Riesgos y será firmado por los profesionales que intervinieron de la Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional y la Dirección de Inspección y Vigilancia para EAPB.

3. La recomendación al Superintendente Nacional de Salud sobre la autorización de funcionamiento o habilitación de las Entidades Promotoras de Salud, Empresas de Medicina Prepagada o Servicios de Ambulancia Prepagada será suscrita por la Delegada de Supervisión Institucional.

4. Las resoluciones de Reformas Estatutarias de Entidades Promotoras de Salud, Empresas de Medicina Prepagada o Servicios de Ambulancia Prepagada serán firmadas únicamente por el Superintendente Nacional de Salud.

5. Las resoluciones sobre las solicitudes de modificación de la capacidad de afiliación y retiros voluntarios parciales, serán firmados por el Superintendente Delegado para la Supervisión Institucional.

6. Todas las solicitudes, con excepción de la modificación a la capacidad de afiliación por redistribución, deben ser trasladadas a la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos para que emita su concepto.

7. Las resoluciones sobre las solicitudes de retiros voluntarios total, serán firmados por el Superintendente Nacional de Salud.8. Las resoluciones sobre las solicitudes de ampliación de cobertura serán firmadas por el Superintendente Delegado para la Supervisión

Institucional.9. Todos los memorandos dirigidos a las demás Delegadas de la Superintendencia Nacional de Salud y a los Jefes de Oficina, deben ir

firmados por el(la) Delegado(a) para la Supervisión Institucional.10. La hoja de Ruta deberá ser aplicada en todo el transcurso del procedimiento.11. El referente normativo procede a su vigencia y en correspondencia con sus normas modificatorias y complementarias.12. Ningún director, ni profesional, ni coordinador tiene facultad para realizar mesas de trabajo con los vigilados, esta facultad está en

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POLÍTICAS DE OPERACIÓNcabeza únicamente del Delegado, la cual bajo ninguna circunstancia podrá ser delegada.

13. Las solicitudes de información por parte de los vigilados sobre el avance de las actuaciones administrativas deberán realizarse mediante oficio y responderse por esta misma vía.

IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

1 Recibir y asignar la solicitud de las entidades solicitantes.

Recibir la solicitud externa de autorización de funcionamiento y/o habilitación, modificación de la capacidad de afiliación, retiro voluntario, aprobación o modificación de Plan Adicional de Salud, Plan de Reorganización Institucional o reforma estatutaria en el Sistema de Gestión Documental, así mismo asignar la solicitud a los Profesionales designados en el Sistema de gestión Documental y entregarles la documentación soporte.

La Solicitud debe venir acompañada de los siguientes formatos según el tipo de solicitud:

Habilitación de EPS: SUFT02, SUFT03, SUFT04, SUFT05, SUFT12, SUFT13, SUFT17.

Modificación de Capacidad de EPS: SUFT15-SUFT18.

Dirección de IV para EAPB

Asistencial

Profesional Sistema de gestión

documental

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IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

Aprobación o modificación PAS: SUFT02, SUFT03, SUFT05, SUFT14

2 Revisar los documentos. Revisar la información y documentos soporte que envían junto con la solicitud, verificando que los documentos allegados cumplan con lo requerido para dar continuidad a la solicitud y diligenciar la lista de chequeo según aplique al tipo de solicitud.

Registrar actividad en Hoja de Ruta Solicitudes de Habilitación y Modificaciones de EAPB (SUFT23)

Dirección de IV para EAPB

Profesional Lista de Chequeo

RS (SUFT08)

Lista de Chequeo

RC (SUFT07)

Lista de Chequeo

MP (SUFT06)

Lista de Chequeo

Modificación o

Redistribución de

Capacidad (SUFT09)

Lista de chequeo

para Pág. 9 de 31

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IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

aprobación de planes voluntarios de salud

PAC- planes de medicina prepagada

(SUFT19)

Lista de chequeo

PRI Escisión Fusión

(SUFT20)

Lista de Chequeo

Ampliación de

Cobertura de SAP y

MP

(SUFT21)

Lista de Chequeo

Plan de PRI Creación de

Nueva Pág. 10 de 31

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IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

Entidad

(SUFT24)

Lista de Chequeo Reformas

Estatutarias de EPS-MP-

SAP

(SUFT22)

Hoja de Ruta

Solicitudes de

Habilitación y

Modificaciones de EAPB

(SUFT23)

3 ¿La información de la solicitud está completa?

Una vez verificada la información de acuerdo a las listas de chequeo se determinó que la documentación allegada por el vigilado:

No cumple con los requisitos establecidos. Continúe en la actividad 4.

Dirección de IV para EAPB

Profesional

Pág. 11 de 31

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IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

Sí cumple con los requisitos establecidos. Continúe en la actividad 5.

4Proyectar oficio indicando requisitos faltantes.

Proyectar el oficio dirigido al solicitante mediante el Sistema de Gestión Documental para revisión y aprobación de la Dirección, informando que no cumple con los requisitos mínimos establecidos, discriminando la documentación faltante e informando que la solicitud se devuelve y que hasta tanto la solicitud no sea radicada con el cumplimiento de los requisitos mínimos no se dará inicio al trámite de la solicitud. En este caso el procedimiento finaliza.

Nota: Si el solicitante radica de nuevo la solicitud se inicia de nuevo con el procedimiento. Se continúa con procedimiento Administración de Correspondencia (GDPD02).

Dirección de IV para EAPB Profesional Oficio

(ASFL02)

5 ¿La solicitud requiere aviso de oposición de terceros?

Verificar si el tipo de solicitud requiere que la Entidad realice el aviso de oposición de terceros.

Si requiere aviso de oposición de terceros se continúa de manera paralela con las actividades 6 y 8. Solo aplica para las solicitudes de habilitación o autorización de funcionamiento de las EPS, EMP o

Dirección de IV para EAPB

Profesional

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IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

SAP.

Si no requiere publicación de aviso continúe en la actividad 8.

6

Proyectar oficio de autorización de publicación de aviso de intención de habilitación.

Proyectar Oficio, mediante el cual se informa a la entidad remitente la autorización para realizar la publicación del aviso sobre intención de obtener certificado de funcionamiento, en los términos establecidos por la normatividad vigente. Se continúa con procedimiento Administración de Correspondencia (GDPD02).

Por ser esta actividad paralela se le da continuidad en la actividad 14.

Dirección de IV para EAPB

Profesional

Director (a)

Oficio (ASFL02)

7 ¿La entidad respondió el requerimiento?

Realizar seguimiento al oficio identificando si la entidad solicitante suministró respuesta al oficio enviado mediante el Sistema de Gestión Documental en los términos establecidos.

Si la entidad dio respuesta y cumple con los términos establecidos, continúe con la actividad 8.

Por el contrario, si la entidad no dio respuesta o no cumple con los términos establecidos, continúe con la actividad 20

Dirección de IV para EAPB

Profesional Oficio (ASFL02)

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IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

negando la solicitud.

8¿La solicitud es de redistribución de la capacidad de afiliación?

Si la solicitud no corresponde a una redistribución de la capacidad de afiliación se continúa de manera paralela con las actividades 9 y 12.

Si es una solicitud de redistribución de la capacidad de afiliación continúe en la actividad 12 únicamente.

Dirección de IV para EAPB Profesional

9

Enviar la documentación allegada por el solicitante a la Superintendencia Delegada para la supervisión de Riesgos.

Remitir copia de la solicitud y documentación soporte allegada por el solicitante a la Delegada para la supervisión de Riesgos mediante memorando, solicitando los informes de los riesgos económicos y financieros de la información contenida en la Nota Técnica, así como los informes de la calidad y suficiencia de los indicadores en salud previstos para los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Registrar actividad en Hoja de Ruta Solicitudes de Habilitación y Modificaciones de EAPB (SUFT23)

Superintendencia Delegada para la

Supervisión Institucional

Dirección de IV para EAPB

Director

Memorando (ASFL01)

Hoja de Ruta

Solicitudes de

Habilitación y

Modificaciones de EAPB

(SUFT23)

10 Realizar informes correspondientes.

Realizar concepto técnico en el formato institucional (SUFL01) que contenga:

La identificación y análisis de los riesgos económicos y financieros a partir del

Superintendencia Delegada para la Supervisión de

Riesgos

Superintendente Delegado

Concepto Técnico

(SUFL01)

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IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

análisis de suficiencia y pertinencia de la información contenida en la Nota Técnica.

La calidad y suficiencia de los indicadores económicos, financieros previstos para la habilitación y propuesta de acciones para el ejercicio de la inspección y vigilancia.

La calidad y suficiencia de los indicadores de salud previstos para la habilitación y propuesta de acciones para el ejercicio de la inspección y vigilancia.

Nota: Los análisis antes mencionados, junto con el informe, serán realizados de conformidad con lo establecido en la Guía de Evaluación de Riesgos en Salud, Operativos y Económicos de los Sujetos Vigilados Solicitantes (SUGU01).

Dirección para la Supervisión

Riesgos Económicos

Dirección para la Supervisión de

Riesgos en Salud

Director (a)

Profesional

11 ¿Se requiere solicitar a la entidad solicitante que actualice o aclare la información?

Si se requiere que la entidad solicitante vigilado a actualice o aclare la información continúe en la actividad 12 de lo contrario pase a la actividad 13.

Superintendencia Delegada para la Supervisión de

Riesgos

Dirección para la Supervisión

Riesgos Económicos

Dirección para la

Superintendente Delegado

Director (a)

Pág. 15 de 31

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IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

Supervisión de Riesgos en Salud

12

Proyectar oficio requiriendo a la entidad solicitante que actualice o aclare la información

Proyectar oficio requiriendo a la entidad solicitante que actualice o aclare la información, para firma de la Superintendencia Delegada para la Supervisión de Riesgos.

Solo se puede requerir a la entidad solicitante que aclare o complete la información una única vez.

Responda o no la entidad solicitante al requerimiento, continúe en la actividad 13 el vigilado.

Registrar actividad en Hoja de Ruta Solicitudes de Habilitación y Modificaciones de EAPB (SUFT23)

Dirección para la Supervisión

Riesgos Económicos

Dirección para la Supervisión de

Riesgos en Salud

Profesional

Oficio

(ASFL02)

Hoja de Ruta

Solicitudes de

Habilitación y

Modificaciones de EAPB

(SUFT23)

13Enviar los informes a la Delegada para la Supervisión Institucional

Enviar los informes solicitados sobre la calidad y suficiencia de los indicadores en salud y de los riesgos económicos y financieros a la Delegada para la Supervisión Institucional.

Superintendencia Delegada para la Supervisión de

Riesgos

Superintendente Delegado

Memorando (ASFL01)

14 Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma de los componentes de Calidad, Jurídica, Aseguramiento, Financiero, Nota técnica y Plataforma tecnológica y sistemas,

Dirección de IV para EAPB

Profesional Formato de verificación

de requisitos de

habilitación

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IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

basándose en la normatividad y en los formatos de verificación de requisitos según aplique la solicitud.

EPS RS (SUFT11)

Formato de verificación

de requisitos de

habilitación ESP RC

(SUFT10)

15

¿Se requiere solicitar a la Entidad solicitante que actualice o aclare la información?

Si se requiere que el vigilado actualice o aclare la información continúe en la actividad 16 de lo contrario pase a la actividad 17.

Dirección de IV para EAPB Profesional

16 Proyectar oficio solicitando a la Entidad solicitante que actualice o aclare la información

Proyectar oficio requiriendo a la Entidad solicitante para firma de la Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional.

Solo se puede requerir al vigilado que aclare o complete la información una única vez.

Responda o no el vigilado al requerimiento, continúe en la actividad 13 el vigilado.

Registrar actividad en Hoja de Ruta Solicitudes de Habilitación y

Dirección de IV para EAPB

Profesional Hoja de Ruta

Solicitudes de

Habilitación y

Modificaciones de EAPB

(SUFT23)

Pág. 17 de 31

PROCESOSUPERVISION A LOS SUJETOS

VIGILADOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

CÓDIGO SUPD01

PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

Modificaciones de EAPB (SUFT23)

17¿La Entidad solicitante respondió al requerimiento?

Si la entidad solicitante respondió el requerimiento continúe en la actividad 18, de lo contrario continúe en la actividad 20.

Dirección de IV para EAPB Profesional

18

¿Se requiere realizar visita de verificación del cumplimiento de los requisitos de la solicitud?

Si se requiere realizar visita continúe en la actividad 19, de lo contrario pase a la actividad 20 negando la solicitud.

Dirección de IV para EAPB

19 Realizar visita de verificación de cumplimiento de requisitos.

La visita de verificación de cumplimiento de requisitos se compone de la planeación, ejecución y elaboración del acta.

En la planeación se elabora, revisa, aprueba y enumera el auto de visita, así como el memorando de planeación de la vista, adicionalmente para visitas fuera de Bogotá se elabora, revisa y aprueba el formato de comisión (ASFT10) de acuerdo a las disposiciones del procedimiento de Comisión de Servicios (APPD03).

La ejecución incluye la verificación de información, la práctica de pruebas de auditoría, diligenciamiento de papeles de trabajo y acta de visita.

Nota: La visita de verificación no se rige

Dirección de IV para EAPB

Superintendencia Delegada para la

Supervisión Institucional

Profesional

Director

Superintendente Delegado

Secretaría General

Acta de Visita

Auditoría (AIFT03)

Auto de Visita

(AIFT02)

Memorando de

planeación de la vista

Formato de comisión (APFT10)

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PROCESOSUPERVISION A LOS SUJETOS

VIGILADOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

CÓDIGO SUPD01

PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

por las disposiciones del artículo primero de la Resolución 1215 de 2015 en lo que concierne al procedimiento de Visitas. Sin embargo, como parte de la estandarización documental se usarán temporalmente los formatos AIFT03 y AIFT02.

20 Elaborar y consolidar el concepto técnico.

Consolidar los diferentes componentes desarrollados al interior de las Superintendencias Delegadas y posteriormente elaborar el documento en el formato de concepto técnico (SUFL01).

Registrar actividad en Hoja de Ruta Solicitudes de Habilitación y Modificaciones de EAPB (SUFT23)

Dirección de IV para EAPB Profesional

Formato Concepto Técnico

(SUFL01)

Hoja de Ruta

Solicitudes de

Habilitación y

Modificaciones de EAPB

(SUFT23)

21 Revisión y aprobación del concepto técnico.

Enviar mediante correo electrónico institucional el concepto técnico a la Dirección de IV para EAPB, para su revisión y aprobación. En caso de requerirse ajustes se remite de nuevo al profesional para que este los realice.

Grupo para Habilitación y

Modificaciones de EAPB

Profesional Formato Concepto Técnico

(SUFL01)

Hoja de Ruta

Pág. 19 de 31

PROCESOSUPERVISION A LOS SUJETOS

VIGILADOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

CÓDIGO SUPD01

PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

Registrar actividad en Hoja de Ruta Solicitudes de Habilitación y Modificaciones de EAPB (SUFT23)

Solicitudes de

Habilitación y

Modificaciones de EAPB

(SUFT23)

22

Enviar mediante memorando interno el concepto técnico y recomendación al Despacho del Superintendente Nacional de Salud o Superintendente Delegado para la Supervisión Institucional

Remitir concepto técnico y recomendación para resolver la solicitud.

Registrar actividad en Hoja de Ruta Solicitudes de Habilitación y Modificaciones de EAPB (SUFT23)

Dirección de IV para EAPB

Superintendencia Delegada para la

Supervisión Institucional

Directora de IV para EAPB

Superintendente Delegado

Memorando (ASFL01)

Formato Concepto Técnico

(SUFL01)

Hoja de Ruta

Solicitudes de

Habilitación y

Modificaciones de EAPB

(SUFT23)

23 Proyectar el acto administrativo.

Proyectar el acto administrativo de negación o aprobación de la solicitud en la que se exponen las motivaciones que llevaron a esta decisión.

Dirección de IV para EAPB Profesional

Formato Resolución (GDFL01)

Pág. 20 de 31

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CÓDIGO SUPD01

PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

Registrar actividad en Hoja de Ruta Solicitudes de Habilitación y Modificaciones de EAPB (SUFT23)

Superintendencia Delegada para la

Supervisión Institucional

Hoja de Ruta

Solicitudes de

Habilitación y

Modificaciones de EAPB

(SUFT23)

24

¿El acto administrativo debe ser firmado por el Superintendente Nacional de Salud?

Si el acto administrativo debe ser expedido por el Superintendente Nacional de Salud continúe en la actividad 25, de lo contrario pase a la actividad 26.

Dirección de IV para EAPB

Superintendencia Delegada para la

Supervisión Institucional

Profesional

25Enviar el proyecto del acto administrativo a la Oficina Asesora Jurídica.

Mediante memorando enviar el proyecto del acto administrativo a la Oficina Asesora Jurídica

Dirección de IV para EAPB Director (a)

ProfesionalMemorando (ASFL01)

26 Revisar el proyecto de acto administrativo

Revisar que el contenido del acto administrativo esté acorde con el concepto técnico, así como verificar que la normatividad incluida esté vigente y sea

Dirección de IV para EAPB

Oficina Asesora

Asesor

Profesional

Hoja de Ruta

Solicitudes de

Pág. 21 de 31

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CÓDIGO SUPD01

PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

acorde con la solicitud. Si la revisión fue realizada por la Oficina Asesora Jurídica, ésta debe enviar el resultado de la revisión a la respectiva Dirección de la Delegada de Supervisión Institucional mediante memorando.

Registrar actividad en Hoja de Ruta Solicitudes de Habilitación y Modificaciones de EAPB (SUFT23)

Jurídica

Habilitación y

Modificaciones de EAPB

(SUFT23)

27¿El proyecto de resolución requiere ajustes?

Si el proyecto de acto administrativo requiere ajustes continúe en la actividad 24, si no requiere ajustes pase a la actividad 25.

28 Realizar análisis y ajustes.

Analizar los comentarios y realizar ajustes propuestos por la Oficina Asesora Jurídica o por el profesional o asesor de la Dirección o la Delegada.

Dirección de IV para EAPB

Asesor

Profesional

29 Expedir el acto administrativo.

Se imprimen y se recogen vistos buenos de Proyectó, Revisó y Aprobó, y la firma de quien suscribe o expide el acto administrativo. Posteriormente, se enumera en la Secretaría General y continúa el trámite de acuerdo a los lineamientos del Procedimiento de Notificaciones (GDPD05).

Registrar actividad en Hoja de Ruta

Dirección de IV para EAPB

Asesor

Profesional

Hoja de Ruta

Solicitudes de

Habilitación y

Modificaciones de EAPB

(SUFT23)

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CÓDIGO SUPD01

PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

IDACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGOÁREA

PARTICIPANTE

REGISTRO

Solicitudes de Habilitación y Modificaciones de EAPB (SUFT23)

30 ¿El solicitante presentó Recurso de Reposición?

Si la entidad allegó a la Superintendencia Nacional de Salud un recurso de reposición continúe en la actividad 31.

De lo contrario el procedimiento finaliza con el archivo de la documentación allegada, remitida y producida en las actividades anteriores, de conformidad con el procedimiento de Administración de Archivo (GDPD03).

Dirección de IV para EAPB

31 Recibir y asignar el recurso de reposición.

Recibir el recurso de reposición en el Sistema de Gestión Documental, así mismo asignar la solicitud a los Profesionales designados en el Sistema de Gestión Documental y entregarles la documentación soporte.

Dirección de IV para EAPB

Dirección de IV para Prestadores de Servicios de

Salud

Asistencial

Profesional

Oficio (ASFL01)

32

Realizar análisis y sustentación que resuelva el recurso de reposición.

Analizar los motivos expresados por la entidad y emitir concepto técnico que conlleven a aceptar o no, los argumentos expuestos en el recurso de reposición.

Continúe en la actividad 23, si el concepto así lo dispone.

Dirección de IV para EAPB

Dirección de IV para Prestadores de Servicios de

Salud

Profesional

Pág. 23 de 31

PROCESOSUPERVISION A LOS SUJETOS

VIGILADOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

CÓDIGO SUPD01

PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

PUNTOS DE CONTROL

ID NOMBRE DE LA ACTIVIDAD/ TAREA MÉTODO DE CONTROL FRECUENCIA RESPONSABLE REGISTRO

2 Revisar los documentos. Aplicación de la lista de chequeo correspondiente.

Cada vez que se requiera realizar una

autorización de funcionamiento y/o habilitación

o una modificación de

capacidad.

Profesional Lista de Chequeo RS

(SUFT08)

Lista de Chequeo RC

(SUFT07)

Lista de Chequeo MP

(SUFT06)

Lista de Chequeo

Modificación o Redistribución de Capacidad

(SUFT09)

Lista de chequeo para aprobación de

planes voluntarios de

salud PAC- planes de medicina

prepagada

(SUFT19)

Lista de

Pág. 24 de 31

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CÓDIGO SUPD01

PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

PUNTOS DE CONTROL

ID NOMBRE DE LA ACTIVIDAD/ TAREA MÉTODO DE CONTROL FRECUENCIA RESPONSABLE REGISTRO

chequeo PRI Escisión Fusión

(SUFT20)

Lista de Chequeo

Ampliación de Cobertura de

SAP y MP

(SUFT21)

Lista de Chequeo Plan

de PRI Creación de

Nueva Entidad

(SUFT24)

Lista de Chequeo Reformas

Estatutarias de EPS-MP-SAP

(SUFT22)

Hoja de Ruta Solicitudes de Habilitación y

Modificaciones

Pág. 25 de 31

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CÓDIGO SUPD01

PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

PUNTOS DE CONTROL

ID NOMBRE DE LA ACTIVIDAD/ TAREA MÉTODO DE CONTROL FRECUENCIA RESPONSABLE REGISTRO

de EAPB

(SUFT23)

4 Proyectar oficio indicando requisitos faltantes Oficio radicado al solicitante.

Cuando la información

allegada esté incompleta.

Profesionales y Director de la

Dirección de IV para EAPB

Oficio (ASFL02)

6Proyectar oficio de autorización de publicación de aviso de intención de habilitación

Oficio radicado al solicitante.

Cada vez que la solicitud

requiere aviso de oposición de terceros.

Dirección de IV para EAPB Oficio

(ASFL02)

13 Enviar los informes a la Delegada para la Supervisión Institucional.

Informes con los componentes necesarios para continuar con la gestión de la solicitud.

Cada vez se requiera

realizar una autorización de funcionamiento y/o habilitación.

Profesionales de la Dirección de IV

para EAPB

Memorando (ASFL01)

14 Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Aplicación de los formatos de verificación de requisitos de habilitación EPS RS y RC.

Cada vez se requiera

realizar una autorización de funcionamiento y/o habilitación.

Dirección de IV para EAPB

Formato de verificación de requisitos de habilitación

EPS RS (SUFT11)

Formato de verificación de requisitos de

Pág. 26 de 31

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VIGILADOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

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PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

PUNTOS DE CONTROL

ID NOMBRE DE LA ACTIVIDAD/ TAREA MÉTODO DE CONTROL FRECUENCIA RESPONSABLE REGISTRO

habilitación ESP RC

(SUFT10)

19 Realizar visita de verificación de cumplimiento de requisitos.

Auto de visita aprobado.

Memorando de planeación de la visita aprobado.

Para visitas fuera de Bogotá el formato de comisión aprobado (APFT10).

Acta de visita o auditoria diligenciada y firmada.

Cada vez se realice una

visita de verificación de cumplimiento de requisitos.

Profesionales de la Dirección de IV

para EAPB

Acta de Visita o Auditoría (AIFT03)

Auto de Visita (AIFT02)

Memorando de planeación de

la vista

Formato de comisión (APFT10)

22

Enviar mediante memorando interno el concepto técnico y recomendación al Despacho del Superintendente Nacional de Salud o Superintendente Delegado para la Supervisión Institucional.

ASFL01 Memorando radicado en el sistema de gestión de correspondencia

Formato Concepto Técnico diligenciado y aprobado (SUFL01)

Cada vez que se realice una solicitud a la SDSI, dentro del objeto de

este procedimiento

Dirección de IV para EAPB

Memorando (ASFL01)

Formato Concepto Técnico

(SUFL01)

29 Expedir el acto administrativo. Acto administrativo firmado por el Superintendente Nacional de Salud o por el

Cada vez que se realice una solicitud a la SDSI, dentro

Dirección de IV para EAPB

Dirección de IV para Prestadores

Formato Resolución (GDFL01)

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CÓDIGO SUPD01

PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

PUNTOS DE CONTROL

ID NOMBRE DE LA ACTIVIDAD/ TAREA MÉTODO DE CONTROL FRECUENCIA RESPONSABLE REGISTRO

Superintendente Delegado para la Supervisión Institucional

del objeto de este

procedimiento.

de Servicios de Salud

ANÁLISIS DE TIEMPOPara la realización de la lista de chequeo según la solicitud que se presenta, se establece un tiempo de 10 días hábiles.

El análisis de los diferentes componentes se realizará en 45 días hábiles, a partir del momento en que se cuente con la totalidad de documentos requeridos.

Una vez concluido el análisis de los diferentes componentes, la elaboración, consolidación y aprobación del concepto técnico y recomendación se realizará en 30 días hábiles a partir del momento en que se cuente con los insumos completos.

Si se requiere realizar visita de verificación, se programarán con una duración de máximo 5 días por cada solicitud requerida.

La elaboración del acto administrativo tendrá una duración de 3 días.

DOCUMENTOS DE REFERENCIA

N.A.

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CONTROL DE CAMBIOS

ASPECTOS QUE CAMBIARON EN EL

DOCUMENTODETALLES DE LOS CAMBIOS

EFECTUADOSRESPONSABLE DE LA

SOLICITUD DEL CAMBIO

FECHA DEL CAMBIO

DD/MM/AAAAVERSIÓN

Adopción del documento

Mediante Resolución 4086 de 2014 se adoptó el Manual de Procesos y Procedimientos de la Entidad.

Superintendente Delegado para Supervisión Institucional

19/12/2014 1

Modificación del procedimiento

Mediante memorando 3-2015-017079, se solicita la creación de formatos y la fusión de los dos procedimientos que conformaban el proceso.

Superintendente Delegado para Supervisión Institucional

31/08/2015 2

Creación de Guía

Mediante memorando 3-2016-023350 se solicitó la creación de la Guía de Evaluación de Riesgos en Salud, Operativos y Económicos de los Sujetos Vigilados Solicitantes (SUGU01), la cual fue relacionada en la actividad 12. Esta solicitud fue aprobada mediante memorando 3-2016- 024199.

Superintendente Delegado para Supervisión de Riesgos

30/12/2016 3

Ajuste del documento Mediante memorando 3-2017-004083, se solicita la codificación

Superintendente Delegado para 22/03/2017 4

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CONTROL DE CAMBIOS

ASPECTOS QUE CAMBIARON EN EL

DOCUMENTODETALLES DE LOS CAMBIOS

EFECTUADOSRESPONSABLE DE LA

SOLICITUD DEL CAMBIO

FECHA DEL CAMBIO

DD/MM/AAAAVERSIÓN

de los formatos Lista de Chequeos Planes Voluntarios, Lista de Chequeo Planes de Reorganización Institucional Y Lista de Chequeo Ampliación de Cobertura de SAP y MP, modificación del procedimiento Habilitación y modificaciones de vigiladoscódigoSUPD01 en la actividad 02, puntos de control y se actualiza el control de cambios,

Mediante memorando NURC 3-2017-004387 se aprueba los ajustes solicitados.

Supervisión Institucional

Ajuste del documento Mediante memorando 3-2017-010633, se solicita el ajuste del procedimiento SUPD01, actualizando e incluyendo algunas normas, se incluyen las políticas de operación 12 y 13, se modifican las actividades 1 y 12, se eliminan 2 actividades, al igual se actualizan los puntos de control y se actualiza el control de cambios. Igualmente se

Superintendente Delegado para Supervisión Institucional

10/07/2017 5

Pág. 30 de 31

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PROCEDIMIENTO HABILITACIÓN Y MODIFICACIONES DE VIGILADOS VERSIÓN 5

CONTROL DE CAMBIOS

ASPECTOS QUE CAMBIARON EN EL

DOCUMENTODETALLES DE LOS CAMBIOS

EFECTUADOSRESPONSABLE DE LA

SOLICITUD DEL CAMBIO

FECHA DEL CAMBIO

DD/MM/AAAAVERSIÓN

solicita la codificación de los formatos Hoja de ruta solicitudes de Habilitación y modificaciones de EAPB, Lista de chequeo Planes de reorganización institucional Creación nueva entidad y Lista de chequeo Reformas estatutarias de EPS-MP-SAP; se modifican los formatos SUFT06 Lista de chequeo Medicina prepagada y el SUFT20 Lista de chequeo Planes de Reorganización institucional

Escisión – Fusión en el nombre.

Mediante memorando NURC 3-2017-010653 se aprueba los ajustes solicitados.

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