guia practica para la separacion de residuos en el partido de la plata

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  • 7/31/2019 Guia Practica Para La Separacion de Residuos en El Partido de La Plata

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    UNA GUA PRCTICA PARA

    LA SEPARACIN EN ORIGEN

    EN EL PARTIDO DE LA PLATA

    RESIDUOS SLIDOS URBANOS:

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    RESIDUOS SLIDOS URBANOS:

    UNA GUA PRCTICA PARA

    LA SEPARACIN EN ORIGEN

    EN EL PARTIDO DE LA PLATA

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    Fundacin Ambiente y Recursos Naturales

    Tucumn 255 - Piso 6 - Ocina A - (C1049AAE)

    Buenos Aires - Argentina

    Tel./Fax: [54-11] 4312-0788 / 2422 / 2183 4313-8631

    www.farn.org.ar [email protected]

    http://twitter.com/ambienteactual/

    Esta publicacin est disponible

    en forma gratuita en:

    http//www.farn.org.ar

    ISBN: 978-987-25149-6-9

    Diseo de tapa, ilustracionesy diagramacin:

    Marta Biagioli

    2010, Fundacin Ambiente y Recursos Naturales

    Libro impreso en papel FSC

    Se imprimieron 500 ejemplares de este libroen diciembre de 2010 en:

    Residuos slidos urbanos : una gua prctica para laseparacin en origen en el Partido

    de La Plata / Carina Quispe ... [et.al.]. - 1a ed. - Buenos Aires: Fundacin Ambiente y Recursos Naturales, 2010.

    64 p. ; 23x16 cm.

    ISBN 978-987-25149-6-9

    1. Ecologa. 2. Residuos Slidos Urbanos. I. Quispe, CarinaCDD 363.728 5

    Fecha de catalogacin: 01/12/2010

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    Maria Eugenia Di Paola,Directora Ejecutiva

    Carina Quispe,Directora de Poltica Ambiental

    Jorge Ragaglia,

    Asistente de Poltica Ambiental

    Federico Sangalli,Prensa y Comunicacin

    Ofelia Acosta, Maria Victoria Villanueva, Diego Viegas,rea de Administracin

    Agradecimientos:

    Carmen Muoz, Nelly Torres, Erica Lpez, Graciela Fernndez,

    Emilio Rodrguez, Julieta Cal, Soledad Fumagalli

    y Eleonora Antar

    Equipo de trabajo FARNRESIDUOS SLIDOS

    URBANOS:UNA GUAPRCTICA PARALA SEPARACIN

    EN ORIGENEN EL PARTIDODE LA PLATA

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    Acerca de FARN

    QUINES SOMOS?

    La Fundacin Ambiente y Recursos

    Naturales (FARN) fue creada en

    1985. Es una organizacin no

    gubernamental sin nes de lucro,

    apartidaria, cuyo objetivo principal

    es promocionar el desarrollosustentable a travs de la poltica,

    el derecho y la organizacin

    institucional de la sociedad.

    VISIN DE FARN

    Apuntamos a una sociedaddemocrtica, participativa, con

    una estrategia sustentable en sus

    polticas pblicas.

    OBJETIVOS INSTITUCIONALES

    Fomentar la construccin de conocimientos en materia de desarrollosustentable, gobernabilidad, poltica ambiental, contaminacin,conservacin, comercio, responsabilidad social empresaria einclusin social.

    Fomentar la construccin de consensos para las polticas pblicas y

    privadas relativas a la temtica de su alcance.

    Capacitar a lderes sociales en materia de desarrollo sustentable anivel pblico y privado.

    Promover el acceso a la informacin y la participacin en losprocesos de toma de decisin.

    Difundir y promover las herramientas legales para que losciudadanos participen activamente en defensa de sus derechos.

    Promover la generacin de instrumentos que coadyuven a unmejor desempeo de las autoridades y la ciudadana en torno a laaplicacin y el cumplimiento de las normas ambientales.

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    Acerca de lasCooperativas

    de La Plata En el Partido de La Plata, cuatro cooperativas de trabajo, compuestas por excartoneros y desocupados, mayormente mujeres, son quienes realizan da ada la revalorizacin de los materiales que han sido separados en origen por losvecinos en el marco del programa municipal Separacin en Origen de losRSU. Desde hace ya algunos aos recuperan y clasican materiales para suposterior venta y reciclado. De este modo, generaninclusin sociala travs de lacreacin directa de puestos de trabajo y difunden, con un esfuerzo sostenido ydedicacin artesanal, una mayor conciencia ambientalpara el logro de una gestinsustentable de los RSU.

    Las cooperativas platenses maniestan sin reparos su preocupacin por unamayor calidad ambiental y no agotan sus expectativas en generar slo unbenecio econmico para sus asociados, cubriendo diversas necesidadesque incluyen, entre otras, la contencin afectiva, la atencin odontolgica, elasesoramiento jurdico de sus integrantes y el apoyo escolar para los hijos deaqullos.

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    Somos una cooperativa de 40 familias orien-tada a la clasicacin y agregado de valor deresiduos secos, fundada y dirigida por dosmujeres abocadas al trabajo social y de concientizacinambiental. Funcionamos desde el ao 2004, con la mi-sin de reinsertar en el circuito del trabajo a mujeresdesocupadas, mayormente jvenes madres solteras en

    situacin de marginalidad, ofrecindoles la posibilidadde acceder a un trabajo digno que les permita mantenera sus familias.

    La concientizacin de los vecinos en todo lo relativoa la importancia de efectuar una correcta separacin,diferenciando basura de residuos, y la implementa-cin de un sistema de charlas en escuelas, son parte denuestro trabajo cotidiano en aras de la revalorizacin de

    los RSU.Los residuos que clasicamos son recolectados fun-damentalmente bajo el sistema de puerta a puerta;para ello contamos con dos camiones cedidos por el

    Municipio y una combi contratada por la mismaCooperativa.

    Nuestros trabajadores cuentan con amplia contencinafectiva, sueldo jo, vacunas al da y seguro de vida. Elconvenio rmado con el Municipio de La Pata funcionacomo aporte parcial para poder sostener esta estruc-

    tura.Actualmente tenemos la aspiracin de nalizar exito-samente la construccin de nuestra planta y continuarmejorando las condiciones laborales de nuestros traba-jadores.

    Contacto:

    Presidente: Sra. Carmen Muoz

    Telfono: 221-15-5390372 658*3520

    Direccin: 500 e/212 y 216 - Abasto

    Cooperativa San Ponciano

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    Somos una cooperativa integrada por 32 fami-lias, dedicada a la clasicacin y agregado devalor de residuos secos, que surgi en el ao2007 como producto de la estrategia de organizacindel Centro Cultural y Social Leopoldo Marechal. Te-nemos dos objetivos fundamentales: generar trabajogenuino y proteger el medio ambiente.

    Contamos con un predio cedido por el Organismo Na-cional Administrador de los Bienes del Estado (ONABE)en el cual tiene lugar nuestra actividad, y asimismo conun subsidio del Ministerio de Desarrollo Social de la Na-cin (MDS) que permiti adquirir una prensa hidrulicapara el enfardado del material clasicado, y un eleva-dor.

    Nuestras familias han accedido a la posibilidad de tenerun trabajo en condiciones dignas con monotributo so-cial, medidas de seguridad adecuadas, certicados devacunacin y seguro por accidente de trabajo.

    Recibimos en nuestra planta desde 2008 comoparte del Plan de Separacin de Residuos enOrigen, las bolsas verdes con residuos secos

    separados en origen y recolectadas de manera diferen-ciada por el Municipio. Nuestro trabajo se complemen-ta generando conciencia en la comunidad a travs decharlas y visitas efectuadas a escuelas y variadas insti-

    tuciones sociales.

    Aspiramos poder adquirir un vehculo propio para sumarla recoleccin a nuestro trabajo e incorporar el procesode reciclado.

    Contacto:

    Presidente: Sra. Erica Lpez

    Telfono: 221-4565172 641*2253

    Direccin: Calle 56 e/139 y 140 - Los Hornos

    Cooperativa Sol-Plat

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    Nuestra cooperativa surgida en el ao 2008, estconformada por un grupo de 12 miembros plenos yaproximadamente 15 miembros asociados. Nos orientamosa fomentar la reinsercin en el circuito laboral de ex cartone-ros y desocupados que padezcan discapacidades fsicas ocon problemas de adicciones. Nuestra actividad radica en laclasicacin de residuos secos slidos urbanos y el agrega-

    do de valor a los mismos, as como la recuperacin de aceiteusado de procedencia domstica.

    Los camiones municipales de recoleccin diferenciada, en elmarco del programa de bolsa verde, nos acercan los re-siduos secos separados por los vecinos. En aquellas zonasno cubiertas por el servicio, nuestros miembros asociadosmanejan centros de acopio en sus propias residencias, luegolos RSU acopiados son trasladados a la cooperativa.

    Los 12 miembros plenos trabajamos a diario en el predioal cual nos mudamos a n de 2009, somos monotributis-tas, poseemos seguro de vida, vacunas al da y gozamos deun sueldo jo. Mantenemos nuestra cooperativa gracias a

    las ganancias obtenidas de la venta de los residuossecos clasicados, mientras que los fondos prove-

    nientes de la reventa del aceite usado son destinados a laBiblioteca Popular Arodromo Limitado, a n de solventarlos gastos de compra de libros y alimentos para los nios.

    Nuestro principal objetivo es ampliar la cantidad de miem-bros permanentes, dado que apuntamos a generar mayor

    cantidad de fuentes de trabajo. Apuntamos tambin a incor-porar tecnologa, para avanzar as en el tratamiento de losresiduos ya clasicados (en particular, prensa, enfardadoray molino).

    Contacto

    Presidente: Sr. Emilio Rodrguez

    Telfono: 011-15-35475419 629*388

    Direccin: Calle 30 e/72 y 73 N1972

    Altos de San Lorenzo

    Cooperativa Aerdromo Limitada

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    NDICE

    Introduccin 13

    En el partido de La Plata 15

    Separar es muy fcil 17

    Qu hacer con nuestros residuos orgnicos? 21

    Por qu conviene que realicemos el esfuerzo de separar en origen? 25

    Aspectos legales de la gestin de los residuos slidos urbanos 27

    Anexo 41

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    Carina Quispe Mara Eugenia Di PaolaDirectora de Poltica Ambiental Directora Ejecutiva

    FARN FARN

    iniciadas en La Plata. He aqu la razn de la elaboracin de este manual y del taller de capacitacin planicado para llegar con estemensaje a un amplio nmero de ciudadanos.

    Es fundamental sealar que este trabajo congrega la experiencia de las cooperativas San Ponciano, Sol-Plat, Unin de CartonerosPlatenses y Aerdromo Limitada, que de manera desinteresada y comprometida han prestado su tiempo y conocimientoscolaborando en su produccin. Asimismo, que a part ir del proyecto, hemos tomado conocimiento de la existencia de dos nuevas

    agrupaciones de La Plata Esperanza de Vida y Proyecto Laboral- quienes estn dando los primeros pasos en su constitucinformal como cooperativas, y que no hacen ms que raticar una realidad social y ambiental de nuestro pas.

    Esperamos que los resultados de esta iniciativa contribuyan al camino ya iniciado por las organizaciones platenses, en aras deprofundizar la separacin en origen mediante la concientizacin de la ciudadana. Al mismo tiempo, anhelamos que sirva deejemplo para que otros municipios del interior del pas puedan comenzar a transitar, a travs de la gestin integral de los residuosslidos urbanos, una de las rutas hacia la sustentabilidad, de la mano de gobernantes y ciudadanos responsables de las propiasacciones y comprometidos con el ambiente y las generaciones venideras.

    Es asimismo de nuestro inters que este trabajo contribuya a una mejor implementacin de la normativa, y a la promocin de

    modalidades participativas en los modelos de decisin y gestin ambiental.Queremos extender nuestro agradecimiento a los nanciadores del Proyecto: la Secretara de Ambiente y Desarrollo Sustentablede la Nacin, a travs de la Iniciativa Ambiental Comunitaria, y a Global GreenGrants, quienes han aportado fondos para estapublicacin y las actividades preparatorias y de seguimiento de la misma.

    Finalmente nuestro agradecimiento a la Agencia Ambiental de La Plata, por haber sumado su colaboracin en el proyecto y alequipo de la FARN por su involucramiento constante y su participacin en esta iniciativa.

    Buenos Aires, noviembre de 2010.

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    ...EXISTE LA RECOLECCIN

    DIFERENCIADA DE RESIDUOSDOMICILIARIOS O RESIDUOS

    SOLIDOS URBANOS, LO CUAL

    PERMITE RECUPERAR GRAN

    PARTE DE LOS MATERIALES QUE COMNMEN-

    TE VAN AL CESTO DE BASURA.

    A PARTIR DEL SISTEMA DE BOLSAS VERDES,

    HOY LOS VECINOS TIENEN LA POSIBILIDAD DE

    CONTRIBUIR DE MODO SUSTANTIVO CON LA

    CALIDAD AMBIENTAL, YA QUE TODOS LOS MA-

    TERIALES QUE SE SEPARAN,

    PUEDEN REVALORIZARSE ENLUGAR DE SER ENTERRADOS

    EN EL RELLENO SANITARIO.

    ADEMS, SEPARANDO LOS RESIDUOS QUE TIE-

    NEN VALOR ECONMICO, CONTRIBUYEN CON

    DECENAS DE FAMILIAS PLATENSES QUE, A TRA-

    VS DE LAS COOPERATIVAS DE RECUPERADO-

    RES, ENCUENTRAN LA POSIBILIDAD DE UN TRA-

    BAJO DIGNO.

    EN EL PARTIDO DE LA PLATA...

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    CMO DEBEMOS SEPARAR LOS RESIDUOS?

    Los residuos se separan en ORGNICOS e INORGNICOS. Estos ltimos, son losque van a la BOLSA VERDE.

    Es fundamental que los residuos INORGNICOS se coloquen en la BOLSA VERDESECOS Y LIMPIOS.

    As, para poder recuperar los envases que han contenido comidas o bebidas, basta

    ORGNICOS

    son:

    INORGNICOS

    son:

    Restos de comida, frutas y verduras Papeles y cartonesCscaras de huevo Plsticos

    Yerba, t, caf Vidrios

    Huesos Metales

    Envases tipo Tetra Brik

    Gomas

    Telgopor

    Madera

    Tela

    SEPARAR ES MUY

    FCILLa separacin en origen

    es la clave de un buen

    sistema de revalorizacin de

    residuos y no necesita de

    un gran esfuerzo. Requiere

    simplemente de dos bolsas

    diferentes para desechar los

    residuos, unaVERDE y otra

    de cualquier color.

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    con enjuagarlos. Los envases de yogur, mayonesa, merme-ladas, gaseosas, jugos, las latas de conservas y los envasestipo tetra brik, deben enjuagarse antes ser colocados en laBOLSA VERDE. El enjuague garantiza que estos residuossean revalorizados, y adems evita que produzcan olor y

    atraigan insectos durante su almacenamiento en las plantasque clasican y enfardan los residuos.

    Con una mnima organizacin, la separacin en origen es fcil

    y posible:

    Los envases de plstico, tetra brik y latas pueden

    comprimirse o aplanarse, reduciendo considerable-

    mente su volumen

    Los papeles y cartones pueden apilarse lo sucien-temente ordenados, para optimizar el espacio en la

    bolsa

    Con nuestros residuos orgnicos podemos

    preparar un exce-

    lente abono para

    nuestras macetas

    y jardines.

    CMO ASEGURARNOS DE QUE LA BOLSA VERDE

    NO VA AL RELLENO SANITARIO?

    En La Plata, el municipio ha organizado dos servicios de re-

    coleccin: uno para la BOLSA VERDE y otro para los residuosque no se recuperan. As, la ciudad cuenta con una recolec-

    cin especial o diferenciada para las BOLSAS VERDES en

    das y horarios determinados. Si respetamos el color de la

    bolsa, y los das y horas para sacarla a la calle, el camin

    recolector llevar la BOLSA VERDE CON RESIDUOS INOR-

    GNICOS a las plantas de separacin cooperativas de cla-

    sicacin de RSU, y no al relleno.

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    CULES SON LOS DAS Y

    HORAS PARA SACAR LA BOLSA

    VERDE?

    LA BOLSA VERDE SE SACA ALA CALLE A PARTIR DE LAS 8DE LA MAANA.

    Desde la Avenida 51 hacia City Bell,la BOLSA VERDE se recolecta losdas LUNES, MIRCOLES Y VIER-NES.

    En la zona comprendida entre la

    Avenida 51 y 90, y de 122 a 155, losMARTES, JUEVES Y SBADOS.

    CUNDO SACAMOS LA BOLSAQUE CONTIENE LOS RESIDUOS

    NO RECUPERABLES?

    LA BOLSA CONTENIENDO LOSRESIDUOS NO RECUPERABLESSE SACA A LA CALLE DIARIA-MENTE.

    ENTRE las 19 y 20 hs, para quienes viven en el CASCO URBANO

    A PARTIR DE las 6 DE LA MAANA, para los RESTANTES BARRIOS.

    Martes,Jueves ySbados

    Lunes,Mircolesy Viernes

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    PAPEL Y CARTON

    SPapel blanco, impreso o no

    DiariosRevistasCajasFotocopiasLibretas, cuadernos,

    formulariosSobresGuas telefnicasFolletos

    LibrosEnvases tipo tetra brik

    NO

    Papel de faxPapel enceradoPauelos y paales descartables

    Papel higinicoPapel carbnicoPapel aluminioBolsas, envases laminados en nylon

    (frituras, galletitas, golosinas, etc)

    A LA BOLSA VERDE DEBEN IR SECOS Y LIMPIOS

    PLSTICOS

    SBotellas: de agua, gaseosas, jugos,

    yogurt, productos de limpiezaBidones: de agua, de artculos

    de limpieza, shampooProductos de bazarBolsas de plstico

    Sillas

    NO

    Vasos trmicos

    VIDRIOS

    S

    Botellas

    Frascos

    Vasos

    Vidrios de ventana

    Parabrisas de autos

    EspejosLamparitas, tubos de luz

    METALES

    SLatas de aluminio y conservas

    Aerosoles, Metales

    OTROS

    CorchosRopaElectrodomsticosAceite de Cocina

    En La Plata, el aceite de cocina es

    recolectado por algunas cooperati-vas y reutilizado por empresas para

    la elaboracin de biocombustibles.

    Separndolo, evitamos contaminar

    el ambiente y la obstruccin de las

    caeras

    Por favor, nunca arroje en la BOLSA

    VERDE residuos patognicos, como

    agujas, toallas femeninas o preserva-tivos. Para descartar medicamentos

    vencidos o neumticos en desuso,

    consulte en el Municipio acerca de los

    planes de gestin para estos residuos.

    * Si los vidrios estn rotos,por favor colquelos en la BOLSA VERDEenvueltos en diarios.

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    CUNTO TIEMPO SERA NECESARIO PARA QUEESTOS DESECHOS SE DEGRADEN,

    EN CASO DE NO SER SEPARADOS EN ORIGEN?

    Papel De 2 a 5 meses

    Bolsas de plstico De 10 a 20 aos

    Latas de aluminio De 80 a 100 aos

    Botellas de plstico Mas de 300 aos

    QU HACER CON NUESTROS RESIDUOSORGNICOS?1

    Cuando los residuos orgnicos son destinados al relleno sani-

    tario, se constituyen en los principales causantes de la gene-racin de lquidos contaminantes que se escurren por el suelohacia las aguas subterrneas. En cambio, si separamos losrestos de frutas, verduras, cscaras de vegetales y de huevo,yerba, mate, t y caf, y los residuos de poda, como ramas,pasto y hojas, podemos evitar esa contaminacin. Con estosresiduos, es posible hacer un compost domstico, es decir, unabono natural para nuestras macetas y jardines.

    Para hacer compost, podemos simplemente hacer un hoyo

    en el suelo, una pila sobre el csped o utilizar un recipienteaireado, como un tacho plstico con perforaciones, o un con-tenedor hecho con malla de alambre.Las medidas mnimas recomendables para la pila o el reci-piente son de 70 cm de ancho por un 1 m de alto.

    Procedimiento:

    El mejor lugar para ubicar la pila o el recipiente quedestinaremos para el compost tiene que tener som-bra en verano.

    1 Este apartado se ha desarrollado en base a documentos elaborados por GAIA,reproduciendo en algunos casos prrafos textuales. Para mayor informacin

    sobre compostaje ver en www.noalaincineracion.org

    1

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    22

    2

    3 4

    Al colocar en la pila, en el hoyoo en el recipiente los residuos

    orgnicos, debemos equilibrarlos elementos ricos en nitr-geno (verdes, como frutas yverduras) con aquellos ricos encarbono (marrones, como ho-jas secas y ramas)

    Para preparar el compost, pue-de comenzarse con una capagruesa (aproximadamente 15cm) de ramitas en la base parael drenaje. Luego, se colocauna capa delgada de mate-riales orgnicos de cocina ymateriales orgnicos verdes,cubrindola con una capa deorgnicos marrones, sin dejarexpuestos restos de alimentos.Finalmente, debe humedecersebien y volver a repetir en eseorden las capas.

    Las cantidades de restos decomida cocida que se incluyedebe ser moderada, evitando elpescado, lcteos y carne. Unabuena medida es cubrir estosrestos con hojas, para evitarlos olores y los insectos.

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    Cada tres das, es recomen-dable revolver el contenido dela pila o recipiente a n de queentre aire, para acelerar el pro-ceso de descomposicin delos residuos, mejorar la calidaddel compost y evitar los olores.

    La humedad es fundamentalpara el proceso de descompo-sicin, pero en su justa medida:el compost debe estar hme-do, pero no mojado. En casode que se moje, pueden agre-garse materiales marroneso darlo vuelta. Si el contenidode la pila o compostera se en-cuentra muy seco, es precisoagregar agua.

    Aproximadamente en ochosemanas, el proceso de des-composicin habr nalizado,obtenindose un abono decolor marrn y olor agradable,que puede incorporarse a lasmacetas y al jardn, como unaporte extra de nutrientes.

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    Es nuestro deber intentar generar

    menos residuosREGLA

    1

    Es nuestro deber separar en origenREGLA

    2

    Esto implica reutilizar todo lo posible objetos

    que no se agotan con el primer uso, como bol-

    sas, y el papel de ambas caras, adems de pe-dir a quien nos vende que en nuestras compras

    utilice la menor cantidad posible de envoltorios

    o embalaje. Tambin eligiendo las bebidas que

    se comercializan en envases retornables.

    Es decir, en nuestra casa, en nuestra ocina,

    en nuestra escuela, en nuestra empresa desde el momento mismo de la generacin

    Separar = No mezclar residuos inorgnicoscon orgnicos

    Las razones por las cuales no se deben mez-clar estos residuos incluyen, entre otras, quelos RESIDUOS ORGNICOS:

    a) ensucian a los otros residuos,

    b) hacen perder su valor a los reciclables,c) aumentan la cantidad de basura que se

    destina a los rellenos sanitarios, y

    d) dicultan el manejo de los mismos a lostrabajadores involucrados.

    Debemos respetar la indicacindel Municipio para sacar lasbolsas de residuos a la calle,

    teniendo en cuenta los das y horasestablecidos

    Dispongamos en nuestras casas ynuestros lugares de trabajo de

    DOS BOLSASpara poder separar los residuos,

    colocando un cartel visible que ejemplique

    que residuo puede ir a cada una

    REGLA

    3

    REGLA

    4

    As, ser ms fcil para todas las personascon las que compartimos nuestra casa, es-cuela o institucin, realizar la separacin enorigen de manera eciente.

    De este modo colaboramos con la higienepblica y nos aseguramos que los materia-les separados no vayan al relleno sanitario.

    Por ltimo, tengamos siempre en menteque es preciso para una buena gestin delos RSU que seamos solidarios y coopera-tivos, manteniendo una actitud tica y res-petuosa hacia quienes trabajan separando,recuperando, transportando y revalorizandoresiduos, hacia nuestros vecinos, el prjimoy nuestro ambiente.

    LAS

    4REGLAS DELCIUDADANO

    RESPONSABLE

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    LA CADENA DE VALOR DE MATERIALES RECICLABLES

    El grco es una adaptacin del desarrollo de la Tesis de Maestra de Julieta Cal, disponible en www.proyectaryproducir.com.ar

    Ciudadanos,comercios,edificios pblicosque proveenreciclables

    Cartoneros

    Servicio Municipal

    Recuperadores

    Depsitos polirrubrosDepsitos especializadosCooperativas de RecuperadoresUrbanos

    Industria:MultinacionalesPYMES

    SEPARACINEN ORIGEN

    RECOLECCINY TRASLADO

    CLASIFICACINACOPIO

    TRANSFORMACINTERMINACIN

    COMERCIALIZACIN CLIENTE FINAL

    Provisin de:plsticospapeles ycartonesmetales,trapos, etc.

    Traslado demateriales hacialas cooperativas odepsitospolirrubros

    Pesaje y compra de materialesCompactacin de metalesEnfardado de plstico y celulsicosTrituracin de plsticoLavado y/o molienda de botellas de vidrioAdecuacin layout productivoAprendizajesFabricacin de productos

    Bsqueda denuevosmercados

    Logstica dedistribucin yventa

    EnfardadoraAutoelevadorCintas transportadorasMolinos

    Cestos ycontenedoresurbanosBolsas verdes

    CarroscamionetasCamiones

    Tecnologas intensivasen capital o

    equipamiento

    CamionesCamionetasRegistros encomputadoras

    AGENTES

    ETAPAS

    PRINCIPALES

    ACTIVIDADES

    ARTEFACTOS

    UTILIZADOS

  • 7/31/2019 Guia Practica Para La Separacion de Residuos en El Partido de La Plata

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    Constitucin Nacional

    Art. 41

    Todos los habitantes gozan del derechoa un ambiente sano, equilibrado, apto

    para el desarrollo humano y para que las

    actividades productivas satisfagan las

    necesidades presentes sin comprometer

    las de las generaciones futuras; y tienen

    el deber de preservarlo. El dao ambien-

    tal generar prioritariamente la obligacin

    de recomponer, segn lo establezca la

    ley.

    Las autoridades proveern a la protec-

    cin de este derecho, a la utilizacin

    racional de los recursos naturales, a la

    preservacin del patrimonio natural y cul-

    tural y de la diversidad biolgica, y a la

    informacin y educacin ambientales.

    Corresponde a la Nacin dictar las nor-

    mas que contengan los presupuestos

    mnimos de proteccin, y a las provincias,

    las necesarias para complementarlas, sin

    que aquellas alteren las jurisdicciones lo-

    cales.

    De acuerdo con la

    Constitucin Nacional (CN),todos tenemos derecho agozar de un ambiente sanoy equilibrado, y estamosobligados a su vez aprotegerlo.

    Las autoridades de todos losniveles de gobierno (nacional,provincial, municipal y de la

    Ciudad Autnoma de BuenosAires) deben trabajar en eldiseo de normas y polticasy realizar acciones concretaspara que el goce de estederecho humano sea efectivoy tangible.

    Tambin la Provincia deBuenos Aires reconoceel derecho a gozar de unambiente sano, a travs de suConstitucin.

    ASPECTOSLEGALES DELA GESTIN

    DE LOSRESIDUOS

    SLIDOSURBANOS

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    Marco Constitucional. Artculo 41 de laConstitucin Nacional (CN)

    De acuerdo a la CN, a partir de la refor-ma constitucional de 1994, las provin-cias delegaron en la Nacin la potestadde dictar normas de presupuestosmnimos de proteccin ambiental, lascuales son exigibles a lo largo y a lo an-

    cho del pas, y se reservaron, al mismotiempo la competencia de complemen-tar dichas normas.

    QU IMPLICA ENTONCES UNPRESUPUESTO MNIMO?

    Implica una proteccin legalbsica y uniformepara todo el pas

    Una norma de presupuestosmnimos coloca a todos los

    habitantes de Argentina en unpie de igualdad en relacin a la

    calidad ambiental:todos tenemos por lo menos

    sta bsica proteccin

    De acuerdo a la CN, lasprovincias y la C.A.B.A.

    pueden complementar estos

    Constitucin Provincial

    Art. 28

    Los habitantes de la provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente

    sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de lasgeneraciones futuras.

    En materia ecolgica deber preservar, recuperar y conservar los recursos

    naturales, renovables y no renovables del territorio de la provincia; planicar

    el aprovechamiento racional de los mismos; controlar el impacto ambiental

    de todas las actividades que perjudiquen al ecosistema; promover acciones

    que eviten la contaminacin del aire, agua y suelo; prohibir el ingreso en el

    territorio de residuos txicos o radiactivos; y garantizar el derecho a solicitar

    y recibir la adecuada informacin y a participar en la defensa del ambiente,

    de los recursos naturales y culturales.

    Asimismo, asegurar polticas de conservacin y recuperacin de la calidad

    del agua, aire y suelo compatible con la exigencia de mantener su integridad

    fsica y su capacidad productiva, y el resguardo de reas de importancia

    ecolgica, de la ora y la fauna.

    Toda persona fsica o jurdica cuya accin u omisin pueda degradar el am-

    biente est obligada a tomar todas las precauciones para evitarlo.

    Adems, el Art. 200 de la Constitucin Provincial, al referirse a la educacin,

    establece que El sistema educativo garantizar una calidad educativa

    equitativa que enfatice el acervo cultural y la proteccin y preservacin del

    medio ambiente, rearmando la identidad bonaerense.

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    presupuestos mnimos,dictando normas que atiendan

    a las particularidades de sujurisdiccin, las cuales

    pueden ser ms exigentes, pero

    nunca inferiores a la tutelaque otorga la Nacin

    De acuerdo a esta competencia dele-gada por las provincias, la Nacin esta-bleci en el ao 2004 los presupuestosmnimos de proteccin ambiental enmateria de residuos domiciliarios san-cionando la Ley N 25.916.

    La sancin de esta ley implica que to-das las provincias y la C.A.B.A. debencumplir como mnimo con lo estableci-do por esta norma, pero pueden tam-bin dictar normas ms exigentes parala gestin integral de estos residuos.

    La Legislatura de la Provincia de Bue-nos Aires sancion su propia ley degestin de residuos slidos urbanos

    (RSU) en 2006 la Ley N 13.592, es-tableciendo importantes conceptos yprincipios aplicables a dicha gestin,entre los que podemos destacar los si-guientes (Art. 3):

    Los principios de precaucin,prevencin, monitoreo y controlambiental.

    Los principios de responsabili-dad compartida, que implican

    solidaridad, cooperacin, con-gruencia y progresividad.

    La consideracin de los residuoscomo un recurso.

    La minimizacin de la genera-cin, as como la reduccin delvolumen y la cantidad total y porhabitante de los residuos que seproducen o disponen.

    La valorizacin de los residuosslidos urbanos

    La promocin de polticas deproteccin y conservacin delambiente para cada una de lasetapas que integran la gestinde residuos, con el n de reduciro disminuir los posibles impac-tos negativos.

    El aprovechamiento econmicode los residuos, tendiendo a lageneracin de empleo en con-diciones ptimas de salubridadcomo objetivo relevante,

    atendiendo especialmente la si-tuacin de los trabajadores in-

    formales de la basura. La participacin social en todas

    las formas posibles y en todaslas fases de la gestin integralde residuos slidos urbanos.

    La Ley 13592

    Prohbe la quema a cielo abier-to de los RSU

    Obliga a los Municipios a laerradicacin de basurales

    Apunta a incorporar gradual-mente la separacin en origeny la revalorizacin y reciclaje

    Establece metas de reduccinpara la disposicin fnal de resi-duos en relleno sanitario (debereducirse el 30% de la cantidadtotal dispuesta dentro del pla-zo de 5 aos, contado desde laaprobacin del plan de gestinmunicipal por parte de la auto-ridad ambiental provincial)

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    Lo anterior implica la necesidad de realizar una gestin integral de los RSU, es decir,disear e implementar un circuito de acciones complementarias e interdependientesque nos permitan recuperar todos los materiales reciclables, inicindose este procesoen el sitio en el que los residuos se generan: nuestras casas, ofcinas, comercios,industrias, escuelas

    QU SON LOS RESIDUOS SLI-DOS URBANOS?

    Los Residuos SlidosUrbanos (RSU) son los

    desechos que se generanen domicilios particulares,

    y tambinaquellos de similar

    composicin generadosen otros mbitos como los

    comercios,ofcinas, empresas de

    servicios e industrias.

    Las deniciones contenidas en la ley

    nacional de presupuestos mnimos y enla de la Provincia de Buenos Aires nosdicen que

    Sin embargo

    Es preciso apuntar que la Ley 13.592 a lo largo de su articulado, establece diversasdisposiciones que tienden a recortar las potestades de los municipios bonaerenses enlo que respecta a una materia clave y de clara ndole municipal, como lo es la gestin delos RSU. Esta situacin resulta evidente, por ejemplo, cuando la ley exige que los planesmunicipales de gestin de residuos (llamados en la ley Programa Gestin Integral deResiduos Slidos Urbanos PGIRSU) deban ser aprobados por la autoridad ambientalprovincial.

    En este sentido, es fundamental tener presente que, de acuerdo a lo dispuesto pornuestra Constitucin Nacional, los municipios argentinos son AUTONOMOS y que lasprovincias deben garantizar dicha autonoma (art. 5, CN), lo cual hasta ahora es unaasignatura pendiente para la Provincia de Buenos Aires.

    La autonoma implica para el municipio, las potestades de:

    Dictar sus propias normas, Elegir autoridades Auto administracin Auto fnanciamiento

    Como vemos, en materia ambiental, estas potestades son esenciales para que los munici-

    pios puedan defnir y emprender sus propias polticas y estrategias de sustentabilidad.

    De acuerdo a la ley

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    De acuerdo a la regulacin vigenteen la Provincia de Buenos Aires NOson RSU:

    los residuos patognicos (regu-lados por la Ley N 11.347), porejemplo vendas, gasas, cortopun-zantes, restos de quirfano, culti-vos de laboratorio, etc.

    los residuos especiales (regidospor la Ley N 11.720), como sol-ventes, hidrocarburos, tintas, pin-turas, PCBs, entre otros; y

    los residuos radioactivos

    Ley 25.916

    Art. 2

    Denomnese residuo domiciliario

    a aquellos elementos, objetos o

    sustancias que como consecuen-

    cia de los procesos de consumo

    y desarrollo de actividades huma-

    nas, son desechados y/o abando-

    nados.

    Ley 13.592

    Art. 2 -

    Residuos Slidos Urbanos: Son

    aquellos elementos, objetos o sus-

    tancias generados y desechados

    producto de actividades realiza-

    das en los ncleos urbanos y rura-

    les, comprendiendo aquellos cuyo

    origen sea domstico,comercial,

    institucional, asistencial e indus-

    trial no especial asimilable a los

    residuos domiciliarios.

    CMO ESTN REGULADOSLOS RESIDUOS SLIDOS

    URBANOS EN ELPARTIDO DE LA PLATA?

    La Plata cuenta con regulacin propiapara la gestin de los RSU desde el ao

    2009. Esta regulacin, establecida a tra-vs de la Ordenanza N 10661, crea elPROGRAMA DE GESTIN INTEGRALDE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS ydene a los RSU como

    todos los elementos, objetos osustancias generados y desecha-dos producto de actividades reali-zadas en los ncleos urbanos y/orurales, comprendiendo aquelloscuyo origen sea domstico, co-

    mercial, institucional, asistencial eindustrial no especial, ni peligroso,asimilable a los residuos domicilia-rios. Se integran en esta denicinlos llamados residuos especialesde origen domiciliario, como serpilas o bateras, artefactos elctri-cos y electrnicos, medicinales yneumticos.

    Este programa, se ha planteado entresus principales objetivos:

    Minimizar la cantidad de resi-duos que se genera

    Separar en origen los RSU

    Recuperar y reciclar los materia-les inorgnicos

    Realizar el compostaje de los re-siduos orgnicos

    Reducir progresivamente la can-

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    tidad de residuos que se depo-sita en rellenos sanitarios: seestablece la meta de no enviar adisposicin nal o connamientoa los RSU reciclables o recupe-

    rables, para el Ao 2016. Al mis-mo tiempo, la ordenanza prohbeel depsito de neumticos, elec-trnicos, bateras recargables ypilas.

    Ejecutar el ciclo completo de lagestin integral de los RSU den-tro del mbito territorial de La

    Plata.

    Es sumamente importante

    sealar que esta ordenanza

    pone en cabeza del Ejecutivo

    local la obligacin de fomen-

    tar la participacin de los re-

    cuperadores urbanos en lagestin integral de los RSU,

    a travs de la constitucin de

    cooperativas.

    CLASIFICACIN DE LOS RESIDUOSSLIDOS URBANOS

    La Ordenanza 10.661 clasica los re-siduos en SECOS Y HMEDOS y en

    ORGNICOS E INORGNICOS, crite-rio que responde a las clasicacionesms difundidas.

    Sin embargo las cooperativas de recu-perados urbanos de La Plata acuerdanen emplear la clasicacin en ORG-NICOS e INORGNICOS, insistiendoen que los residuos deben entregarse,para un mejor aprovechamiento, SE-

    COS y LIMPIOS.Los residuos INORGNICOS se carac-terizan por no poder degradarse o por-que el proceso de degradacin es muylento. Este el caso de plsticos, meta-les, papel, cartn, vidrio, envases tipotetra brik, telas, entre otros.

    Los residuos ORGNICOS, en cambio,pueden degradarse de manera rpida,transformndose en otra materia org-nica de utilidad. Estos residuos, cons-tituidos principalmente por restos decomida, yerba, caf, t, cscaras deverduras, frutas y huevos, pueden ser

    tratados de manera domstica median-te el compostaje, produciendo un ex-celente abono para la tierra de jardinesy macetas.

    La Ordenanza 10.661 tambin se ree-

    re a los RESIDUOS ESPECIALES DO-MSTICOS, estableciendo que stosdeben separarse en origen para sersometidos a un tratamiento especco.Entre ellos se encuentran las pilas y ba-teras agotadas, los aparatos elctricosy electrnicos en desuso, los medica-mentos vencidos, los envases de bio-cidas, restos de pinturas, neumticosfuera de uso y aceites comestibles (ve-

    getales) usados.

    Asimismo, se establece que los RESI-DUOS DE PODA y PARQUIZACIN nodeben mezclarse con otra clase de re-siduos.

    Por ltimo, al igual que en la normati-va nacional y provincial analizadas, seexcluyen del mbito de aplicacin de

    la ordenanza los residuos patognicos,peligrosos, especiales y radioactivos.

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    La gestin integral implica considerar alresiduo desde el momento de su gene-racin hasta su revalorizacin o dispo-

    sicin nal.

    No es posible, por lo tanto, en nuestrorgimen legal, tomar las distintas eta-pas que recorre un residuo de manera

    aislada o inconexa.

    Ley 25.916

    Art. 3

    Se denomina gestin integral de

    residuos domiciliarios al conjunto

    de actividades interdependientes

    y complementarias entre s, queconforman un proceso de accio-

    nes para el manejo de residuos

    domiciliarios, con el objeto de

    proteger el ambiente y la calidad

    de vida de la poblacin.

    La gestin integral de residuos

    domiciliarios comprende de las

    siguientes etapas: generacin,

    disposicin inicial, recoleccin,transferencia, transporte, trata-

    miento y disposicin nal.

    Ley 13.592

    Art. 2

    Gestin Integral de Residuos

    Slidos Urbanos: Conjunto de

    operaciones que tienen por obje-

    to dar a los residuos producidosen una zona, el destino y trata-

    miento adecuado, de una manera

    ambientalmente sustentable, tc-

    nica y econmicamente factible y

    socialmente aceptable.

    La gestin integral comprende lassiguientes etapas: generacin, dis-posicin inicial, recoleccin, trans-

    porte, almacenamiento, planta detransferencia, tratamiento y/o pro-cesamiento y disposicin fnal.

    QU IMPLICA EL CONCEPTO DE GESTIN INTEGRAL DE LOS RSU? La poltica y gestin de los residuos de-ben reejar este criterio de integralidad.

    Dentro del esquema de la gestin inte-gral de los RSU, la actividad disparado-ra de todo el circuito de recuperacin

    de materiales es la SEPARACIN ENORIGEN, la cual todos estamos obliga-dos a realizar.

    Sin una separacin adecuada, el sis-tema de gestin fracasa. Es por estarazn que debemos comprometernosa segregar los residuos de acuerdo alas pautas establecidas en la ciudado localidad que habitamos: esta es laprincipal obligacin de los generado-res particulares (cada uno en su casa)e institucionales (ocinas pblicas, em-presas, escuelas, hospitales).

    CULES SON LAS ETAPAS DE LAGESTIN INTEGRAL DE LOS RSU?

    Como dijimos ms arriba, la gestinintegral de los RSU implica un conjun-to de actividades interdependientes ycomplementarias entre s, que se tra-

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    duce en acciones concretas de manejode los residuos, con la nalidad inme-diata de recuperar materiales con valoreconmico y disminuir la cantidad quese entierra en los rellenos sanitarios.Ello deriva en una mayor proteccin del

    ambiente y de la salud y la calidad devida de la poblacin.

    Este proceso consta de las siguientesetapas:

    I. Generacin y Separacinen origen

    II. Disposicin inicial

    III. Recoleccin diferenciada

    IV. Transporte

    V. Seleccin y Transferencia

    VI. Tratamiento y Disposicinfnal

    I. Generacin de residuos slidoses la actividad que comprende la pro-duccin de RSU en origen. Por ejemplo,

    al comer una fruta, abrir un caramelo oterminar un envase de detergente, nosquedan materiales que desecharemos:la cscara de la fruta, papeles o enva-ses vacos. Estos son algunos de losresiduos que generamos y debemos

    separar.

    Quienes producen o generan RSU re-ciben el nombre de generadores. Se-gn la cantidad y calidad de RSU gene-rados, podemos hablar de generadoresindividuales y especiales o institucio-nales. Estos ltimos, que pertenecencomnmente al sector comercial, in-dustrial e institucional, deben elaborar

    y poner en marcha un sistema espec-co, ya que la cantidad, calidad y condi-ciones de la generacin lo requieren.

    Es importante dejar algo enclaro: todos, sin excepcin,somos generadores de resi-duos, y segn la ley, estamosobligados a separarlos ade-

    cuadamente.

    Separacin en origen es la actividadde dividir en diferentes recipientes o

    contenedores los RSU que pueden serreciclados, reutilizados o reducidos,para su posterior recoleccin diferen-ciada, clasicacin y procesamiento.Separar, segregar, dividir, o diferenciar

    los residuos son maneras distintas dereferirnos al mismo acto de agrupacinde los materiales segn sus caracte-rsticas. Esta clasifcacin evita quelos RSU que pueden revalorizarse seconviertan en basura.

    Una de las caractersticas de los resi-duos domsticos es su gran heteroge-neidad, lo que hace que sean muy di-

    fciles de tratar en conjunto. Todo ellojustica claramente la necesidad deseparar los diferentes materiales quecomponen los residuos.

    La separacin puede parecer complejaal principio, pero teniendo el listado delos tipos de residuos y el modo de cla-sicacin podemos incorporar rpida-

    mente la costumbre de separar los resi-duos de modo adecuado, cumpliendouna obligacin legal y contribuyendode manera sustantiva con la proteccindel ambiente.

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    La separacin en origen implica uncambio de conducta, de hbitos, yfundamentalmente el cambio ticode cada uno de nosotros frente a losresiduos que genera. Decimos quees un cambio tico porque implicael reconocimiento por parte de cadauno de la propia responsabilidaden relacin a la preservacin delambiente, la salud pblica y el gastopblico.

    En esta lnea, y de acuerdo a laOrdenanza 10.661, el gobierno esresponsable de implementar unPrograma Permanente de EducacinAmbiental, con el objeto de difundir,concientizar, educar y capacitar ala poblacin respecto del Programade Gestin Integral de Residuos,dirigindose especialmente a

    reducir la cantidad de residuos quese generan, a separar en origen, areutilizar, reciclar y compostar.

    En La Plata, el Programa local establece

    que la separacin en origen se lleve a cabomediante el uso deBOLSAS VERDES.

    En las BOLSAS VERDES slo puedendepositarse los residuos INORGNICOS,es decir, los que van a ser recuperados oreciclados: papel, cartn, metales, vidrios,

    plstico.stos deben estar

    SECOS Y LIMPIOS.El resto de los residuos, debe colocarse en una

    bolsa distinta,de cualquier otro color.

    Es tambin un deber del generador tomarmedidas para disminuir la cantidad de

    residuos que genera. El uso del papel esun claro ejemplo en este sentido: si nos

    acostumbramos a utilizar ambas carasde una misma hoja, generaremosla mitad de residuos de papel.

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    Bell, la BOLSA VERDE debe sa-carse los das lunes, mircoles yviernes.

    En la zona comprendida entre laAvenida 51 y 90, y de 122 a 155,la BOLSA VERDE debe sacarse losmartes,jueves y sbados.

    IV. Transporte es la actividad detraslado de los RSU desde el lugar desu recoleccin hacia los diversos sitiosinvolucrados en las etapas de la ges-tin integral. Los residuos contenidos

    en las BOLSAS VERDES son traslada-dos hasta las plantas de separacin yclasicacin de los residuos.

    V. La Seleccin implica tareas quese llevan a cabo las plantas de sepa-racin y clasicacin de residuos, enlas cuales, a partir de la separacin enorigen ya realizada por los vecinos, se

    procede a una separacin ms profe-sional, que luego permite acondicionarlos residuos para su venta o reciclado.All, los RSU son enfardados, compac-tados o molidos incorporndose, deesta forma, a nuevos procesos produc-tivos.

    Por qu estas plantas son funda-mentales para la implementacinefectiva de la Ordenanza 10.661?

    Porque permiten mejorar los resul-tados de la separacin en origen, al

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    realizarse all una seleccin profe-sional de los RSU

    Porque de esta manera, contribu-yen de manera signicativa en lareduccin de los materiales que se

    entierran, disminuyendo tambin elimpacto ambiental y social que ge-neran los rellenos sanitarios

    Porque permiten disminuir el con-sumo de agua y energa, a la vezque proteger mejor los recursosnaturales

    Estas plantas permiten condicionesdignas de trabajo a los recuperadoresurbanos, quienes pueden desarrollarsu actividad en un mbito propicio yespecialmente preparado, por contra-posicin a los riesgos que implicaratrabajar en la va pblica.

    Las plantas de transferencia son las

    instalaciones habilitadas donde losRSU no recuperables o reciclables sonacondicionados para su traslado, envehculos de mayor capacidad, a los si-tios de tratamiento y disposicin nal.

    VI. Tratamiento y disposicin f-nal, ltima etapa, se lleva a cabo enlos sitios especialmente acondiciona-dos y habilitados por la autoridad parael tratamiento y la disposicin perma-

    nente de los RSU, mediante tcnicasde ingeniera sanitaria. Estas tcnicasdeben incorporar mtodos ambiental-mente reconocidos y requieren de unestricto control interno y externo, el pri-mero, por parte de los responsables dela operacin, y el segundo, por partede los organismos competentes.

    El tratamiento de los RSU compren-

    de el aprovechamiento de los mismospor:

    a) separacin y concentracin selec-tiva de los materiales incluidos enlos residuos por cualquiera de losmtodos o tcnicas usuales;

    b) transformacin, consistente en laconversin por mtodos qumicos(hidrogenacin, oxidacin hmeda

    o hidrlisis) o bioqumicos (com-postaje, digestin anaerobia y de-gradacin biolgica) de determina-dos productos de los residuos enotros aprovechables;

    c) recuperacin, mediante la reob-tencin, en su forma original, demateriales incluidos en los resi-duos para volverlos a utilizar.

    Los residuos slidos urbanos que nopuedan ser tratados por las tecnolo-gas disponibles se destinan a un sitiode disposicin fnal designado por laautoridad y denominado relleno sa-nitario. La idea es que la cantidad deresiduos que son enviados al rellenosanitario se reduzca al mnimo, paraas cumplir las metas de reduccin es-

    tablecidas por las normas, propiciandouna mejor calidad ambiental.

    A MODO DE SNTESIS

    LA BASE DE UNA ADECUADA YEFICIENTE GESTIN DE LOS RSUES LA SEPARACIN DE LOS

    RESIDUOS EN ORIGEN

    NUESTRA RESPONSABILIDADPRINCIPAL ES GENERARMENOS RESIDUOS Y SEPARAR

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    Bsqueda de nuevos mercados

    Logstica de distribucin y venta

    Fabricacin de

    productos y

    materias

    primas

    para

    el merca-do interno

    y/o externo

    Provisin de:

    plsticos

    papeles y cartones

    metales,

    trapos, etc.

    Pesaje y compra de

    materiales

    Compactacin de

    metales

    Enfardado de plstico

    y celulsicos

    Trituracin de plstico

    Lavado y/o molienda

    de botellas de vidrio

    Adecuacin layout

    productivo

    Aprendizajes

    Fabricacin de productos

    Traslado de materiales hacia

    las cooperativas o depsitos

    polirrubros

    Sep

    araci

    n

    enorige

    n

    Rec

    oleccin

    ytraslad

    o

    Clasifcacin

    Acopio

    Transformacin

    TerminacinComercializacin

    Cliente

    fnal

    1

    2

    3

    456

    Ciu

    dada

    nos,

    com

    ercios

    ,

    edif

    cios

    pblic

    osque

    prov

    eenreciclable

    s

    Cartoneros

    Servicio Municipal

    Recuperadores

    Cooperativas de Recuperadores UrbanosIndus

    tria:

    Multin

    acio

    nales

    PYMES

    AGENTES

    Dep

    sito

    spolirru

    bro

    s

    Dep

    sito

    sesp

    ecializa

    dos

    PRiNCiPAlES ACTividAdESBIEN LOS QUE HEMOSGENERADO.PARA TODOS Y CADA UNO,ES OBLIGATORIO SEPARAREN ORIGEN

    LA RESPONSABILIDAD DENUESTROS GOBERNANTESES DISEAR E IMPLEMENTARUN PLAN DE GESTININTEGRAL DE RSU, EN ELCUAL LA SEPARACIN ENORIGEN,LA RECOLECCIN

    DIFERENCIADA Y LAREVALORIZACIN DEMATERIALESRESULTAN CLAVES.

    EN LA PLATA,LA NORMATIVA VIGENTEESTABLECE LA OBLIGACINDEL ESTADO DE FOMENTAR

    LA INCLUSIN DE LOSRECUPERADORES URBANOSEN EL SISTEMA DE GESTININTEGRAL DE LOS RSU

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    ANExO

    GESTION DE RESIDUOSDOMICILIARIOS

    Ley 25.916 BO. 07.09.2004

    Establcense presupuestos mni-mos de proteccin ambiental para lagestin integral de residuos domici-liarios. Disposiciones generales. Au-toridades competentes. Generaciny Disposicin inicial. Recoleccin yTransporte. Tratamiento, Transferen-cia y Disposicin fnal. Coordinacin

    interjurisdiccional. Autoridad deaplicacin. Infracciones y sanciones.Disposiciones complementarias.

    Sancionada: Agosto 4 de 2004

    Promulgada parcialmente: Septiembre3 de 2004

    El Senado y Cmara de Diputados de la

    Nacin Argentina reunidos en Congre-so, etc. sancionan con fuerza de Ley:

    Gestin integral de residuos domicilia-rios

    Captulo I

    Disposiciones generales

    ARTCULO 1 Las disposicionesde la presente ley establecen los pre-

    supuestos mnimos de proteccin am-biental para la gestin integral de losresiduos domiciliarios, sean stos deorigen residencial, urbano, comercial,asistencial, sanitario, industrial o ins-titucional, con excepcin de aquellosque se encuentren regulados por nor-mas especcas.

    ARTCULO 2 Denomnese residuodomiciliario a aquellos elementos, ob-jetos o sustancias que como conse-cuencia de los procesos de consumoy desarrollo de actividades humanas,son desechados y/o abandonados.

    ARTCULO 3 Se denomina gestinintegral de residuos domiciliarios al con-junto de actividades interdependientes

    y complementarias entre s, que con-forman un proceso de acciones para elmanejo de residuos domiciliarios, conel objeto de proteger el ambiente y lacalidad de vida de la poblacin.

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    La gestin integral de residuos domi-ciliarios comprende de las siguientesetapas: generacin, disposicin inicial,recoleccin, transferencia, transporte,tratamiento y disposicin nal.

    a) Generacin: es la actividad quecomprende la produccin de resi-duos domiciliarios.

    b) Disposicin inicial: es la accin porla cual se depositan o abandonanlos residuos; es efectuada por elgenerador, y debe realizarse en laforma que determinen las distintasjurisdicciones.

    La disposicin inicial podr ser:

    1. General: sin clasicacin y separa-cin de residuos.

    2. Selectiva: con clasicacin y sepa-racin de residuos a cargo del genera-dor.

    c) Recoleccin: es el conjunto de ac-ciones que comprende el acopio ycarga de los residuos en los veh-culos recolectores. La recoleccinpodr ser:

    1. General: sin discriminar los distin-tos tipos de residuo.

    2. Diferenciada: discriminando portipo de residuo en funcin de sutratamiento y valoracin posterior.

    d) Transferencia: comprende las acti-vidades de almacenamiento tran-sitorio y/o acondicionamiento deresiduos para su transporte.

    e) Transporte: comprende los viajesde traslado de los residuos entrelos diferentes sitios comprendidosen la gestin integral.

    f) Tratamiento: comprende el conjun-to de operaciones tendientes alacondicionamiento y valorizacinde los residuos.

    Se entiende por acondicionamien-to a las operaciones realizadas an de adecuar los residuos para suvalorizacin o disposicin nal.

    Se entiende por valorizacin atodo procedimiento que permita elaprovechamiento de los recursoscontenidos en los residuos, me-diante el reciclaje en sus formas

    fsica, qumica, mecnica o biol-gica, y la reutilizacin.

    g) Disposicin nal: comprende alconjunto de operaciones destina-das a lograr el depsito permanen-

    te de los residuos domiciliarios, ascomo de las fracciones de rechazoinevitables resultantes de los m-todos de tratamiento adoptados.Asimismo, quedan comprendidasen esta etapa las actividades pro-pias de la clausura y postclausu-ra de los centros de disposicinnal.

    ARTCULO 4 Son objetivos de lapresente ley:

    a) Lograr un adecuado y racional ma-nejo de los residuos domiciliariosmediante su gestin integral, a nde proteger el ambiente y la cali-dad de vida de la poblacin;

    b) Promover la valorizacin de los re-siduos domiciliarios, a travs dela implementacin de mtodos yprocesos adecuados;

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    c) Minimizar los impactos negativosque estos residuos puedan produ-cir sobre el ambiente;

    d) Lograr la minimizacin de los re-siduos con destino a disposicin

    nal.

    Captulo II

    Autoridades competentes

    ARTCULO 5 Sern autoridadescompetentes de la presente ley los or-ganismos que determinen cada una de

    las jurisdicciones locales.

    ARTCULO 6 Las autoridadescompetentes sern responsables de lagestin integral de los residuos domi-ciliarios producidos en su jurisdiccin,y debern establecer las normas com-plementarias necesarias para el cum-plimiento efectivo de la presente ley.

    Asimismo, establecern sistemas degestin de residuos adaptados a lascaractersticas y particularidades de sujurisdiccin, los que debern prevenir yminimizar los posibles impactos nega-

    tivos sobre el ambiente y la calidad devida de la poblacin.

    ARTCULO 7 Las autoridades com-petentes podrn suscribir conveniosbilaterales o multilaterales, que posibi-

    liten la implementacin de estrategiasregionales para alguna o la totalidad delas etapas de la gestin integral de losresiduos domiciliarios.

    ARTCULO 8 Las autoridades com-petentes promovern la valorizacin deresiduos mediante la implementacinde programas de cumplimiento e im-plementacin gradual.

    Captulo III

    Generacin y Disposicin inicial

    ARTCULO 9 Denomnase genera-dor, a los efectos de la presente ley, atoda persona fsica o jurdica que pro-duzca residuos en los trminos del art-

    culo 2. El generador tiene la obligacinde realizar el acopio inicial y la disposi-cin inicial de los residuos de acuerdo alas normas complementarias que cadajurisdiccin establezca.

    ARTCULO 10. La disposicin inicialde residuos domiciliarios deber efec-tuarse mediante mtodos apropiadosque prevengan y minimicen los posiblesimpactos negativos sobre el ambiente yla calidad de vida de la poblacin.

    ARTCULO 11. Los generadores, enfuncin de la calidad y cantidad de re-siduos, y de las condiciones en que losgeneran se clasican en:

    a) Generadores individuales.

    b) Generadores especiales.

    Los parmetros para su determina-cin sern establecidos por las normascomplementarias de cada jurisdiccin.

    ARTCULO 12. Denomnase gene-radores especiales, a los efectos de lapresente ley, a aquellos generadoresque producen residuos domiciliarios encalidad, cantidad y condiciones talesque, a criterio de la autoridad compe-tente, requieran de la implementacin

    de programas particulares de gestin,previamente aprobados por la misma.

    Denomnase generadores individua-les, a los efectos de la presente ley, a

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    posicin fnal debern ubicarse en si-tios sufcientemente alejados de reasurbanas, de manera tal de no afectar lacalidad de vida de la poblacin; y su em-plazamiento deber determinarse consi-derando la planifcacin territorial, el uso

    del suelo y la expansin urbana duranteun lapso que incluya el perodo de post-clausura. Asimismo, no podrn estable-cerse dentro de reas protegidas o sitiosque contengan elementos signifcativos

    del patrimonio natural y cultural.

    ARTCULO 21. Los centros de dis-posicin nal debern ubicarse en sitiosque no sean inundables. De no ser ello

    posible, debern disearse de modo talde evitar su inundacin.

    Captulo VI

    Coordinacin interjurisdiccional

    ARTCULO 22. El Consejo Federalde Medio Ambiente (COFEMA) a los -nes de la presente ley, y en cumplimien-

    to del Pacto Federal Ambiental actuarcomo el organismo de coordinacin in-terjurisdiccional, en procura de coope-rar con el cumplimiento de los objetivosde la presente ley.

    ARTCULO 23. El organismo de co-ordinacin tendr los siguientes objeti-vos:

    a) Consensuar polticas de gestinintegral de los residuos domicilia-rios;

    b) Acordar criterios tcnicos y am-bientales a emplear en las distintasetapas de la gestin integral;

    c) Consensuar, junto a la Autoridadde Aplicacin, las metas de valo-rizacin de residuos domiciliarios.

    Captulo VII

    Autoridad de aplicacin

    ARTCULO 24. Ser autoridad deaplicacin, en el mbito de su juris-diccin, el organismo de mayor jerar-qua con competencia ambiental quedetermine el Poder Ejecutivo nacional.

    ARTCULO 25. Sern funciones dela autoridad de aplicacin:

    a) Formular polticas en materia degestin de residuos domiciliarios,

    consensuadas en el seno del CO-FEMA.

    b) Elaborar un informe anual con lainformacin que le provean lasprovincias y la Ciudad de Buenos

    Aires, el que deber, como mni-mo, especicar el tipo y cantidadde residuos domiciliarios que sonrecolectados, y adems, aquellosque son valorizados o que tenganpotencial para su valorizacin encada una de las jurisdicciones.

    c) Fomentar medidas que contemplenla integracin de los circuitos infor-

    males de recoleccin de residuos.d) Promover programas de educacin

    ambiental, conforme a los objeti-vos de la presente ley.

    e) Proveer asesoramiento para la or-ganizacin de programas de valo-rizacin y de sistemas de recolec-cin diferenciada en las distintasjurisdicciones.

    f) Promover la participacin de la po-blacin en programas de reduc-cin, reutilizacin y reciclaje deresiduos.

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    g) Fomentar, a travs de programasde comunicacin social y de ins-trumentos econmicos y jurdicos,la valorizacin de residuos, ascomo el consumo de productos encuya elaboracin se emplee mate-

    rial valorizado o con potencial parasu valorizacin.

    h) Promover e incentivar la participa-cin de los sectores productivos yde comercio de bienes en la ges-tin integral de residuos.

    i) Impulsar y consensuar, en el mbitodel COFEMA, un programa nacio-

    nal de metas cuanticables de va-lorizacin de residuos de cumpli-miento progresivo; el cual deberser revisado y actualizado peridi-camente.

    Captulo VIII

    De las infracciones y sanciones

    ARTCULO 26. El incumplimientode las disposiciones de la presente leyo de las reglamentaciones que en suconsecuencia se dicten, sin perjuiciode las sanciones civiles o penales que

    pudieran corresponder, ser sanciona-do con:

    a) Apercibimiento.

    b) Multa de diez (10) hasta doscientos

    (200) sueldos mnimos de la categorabsica inicial de la Administracin P-blica Nacional.

    c) Suspensin de la actividad de treinta(30) das hasta un (1) ao, segn co-rresponda y atendiendo a las circuns-tancias del caso.

    d) Cese denitivo de la actividad y clau-

    sura de las instalaciones, segn corres-ponda y atendiendo a las circunstan-cias del caso.

    ARTCULO 27. Las sanciones esta-blecidas en el artculo anterior se apli-carn previa instruccin sumaria queasegure el derecho de defensa, y segraduarn de acuerdo con la naturalezade la infraccin y el dao ocasionado.

    ARTCULO 28. En caso de reinci-dencia, los mximos de las sancionesprevistas en los incisos b) y c) del art-culo 26 podrn multiplicarse por una ci-

    fra igual a la cantidad de reincidenciasaumentada en una unidad.

    ARTCULO 29. Se considerar rein-cidente al que, dentro del trmino detres (3) aos anteriores a la fecha de co-

    misin de la infraccin, haya sido san-cionado por otra infraccin de idnticao similar causa.

    ARTCULO 30. Las acciones paraimponer sanciones previstas en lapresente ley prescriben a los cinco(5) aos contados a partir de la fechaen que se hubiere cometido la infrac-cin o que la autoridad competente

    hubiere tomado conocimiento de lamisma, la que sea ms tarda.

    ARTCULO 31. Lo ingresado enconcepto de multas a que se reere elartculo 26, inciso b) sern percibidaspor las autoridades competentes, se-gn corresponda, para conformar unfondo destinado, exclusivamente, a laproteccin y restauracin ambiental en

    cada una de las jurisdicciones.

    ARTCULO 32. Cuando el infractorfuere una persona jurdica, los que ten-gan a su cargo la direccin, administra-

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    A) 11 720 (residuos especiales)

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    LEY N 13.592 BO.20.12.2006

    Gestin Integral de ResiduosSlidos Urbanos

    (Texto Actualizado con las modicacionesintroducidas por Ley 13657)

    EL SENADO Y CMARA DE DIPUTADOSDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

    GESTIN INTEGRAL DERESIDUOS SLIDOS URBANOS

    TITULO I

    OBJETO DE LA LEY Y POLITICA EN LA

    MATERIA

    DISPOSICIONES GENERALES

    OBJETO DE LA LEY

    Captulo I

    ARTCULO 1.- La presente Ley tienecomo objeto jar los procedimientos degestin de los residuos slidos urba-nos, de acuerdo con las normas esta-blecidas en la Ley Nacional N 25.916de presupuestos mnimos de protec-cin ambiental para la gestin integralde residuos domiciliarios.

    DEFINICIONES

    ARTCULO 2.- A los efectos de la pre-sente Ley, se considerar:

    1.Residuos Slidos Urbanos: Sonaquellos elementos, objetos osustancias generados y desecha-dos producto de actividades rea-lizadas en los ncleos urbanos yrurales, comprendiendo aquelloscuyo origen sea domstico, co-mercial, institucional, asistencial eindustrial no especial asimilable alos residuos domiciliarios. Quedan

    excluidos del rgimen de la pre-sente Ley, aquellos residuos quese encuentran regulados por lasLeyes N: 11.347(residuos pato-gnicos, excepto los residuos tipo

    A ), 11.720 (residuos especiales),y los residuos radioactivos.

    2. Gestin Integral de Residuos S-lidos Urbanos: Conjunto de ope-raciones que tienen por objetodar a los residuos producidos en

    una zona, el destino y tratamien-to adecuado, de una manera am-bientalmente sustentable, tcnicay econmicamente factible y so-cialmente aceptable.

    La gestin integral comprende lassiguientes etapas: generacin, dis-posicin inicial, recoleccin, trans-porte, almacenamiento, planta de

    transferencia, tratamiento y/o pro-cesamiento y disposicin nal.

    PRINCIPIOS Y CONCEPTOS BSICOS

    ARTCULO 3.- Constituyen principiosy conceptos bsicos sobre los que sefunda la poltica de la gestin integralde residuos slidos urbanos:

    1) Los principios de precaucin, pre-vencin, monitoreo y control am-biental.

    2) Los principios de responsabilidad

    tid i li lid i t d d l t j d i f l d l b

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    compartida que implican solidari-dad, cooperacin, congruencia yprogresividad.

    3) La consideracin de los residuoscomo un recurso.

    4) La incorporacin del principio deResponsabilidad del Causante, porel cual toda persona fsica o jurdicaque produce detenta o gestiona unresiduo, est obligada a asegurar ohacer asegurar su eliminacin con-forme a las disposiciones vigentes.

    5) La minimizacin de la generacin,as como la reduccin del volumen

    y la cantidad total y por habitantede los residuos que se produceno disponen, estableciendo metasprogresivas, a las que debernajustarse los sujetos obligados.

    6) La valorizacin de los residuos s-lidos urbanos, entendindose porvalorizacin a los mtodos y pro-cesos de reutilizacin y reciclaje en

    sus formas qumicas, fsica, biol-gica, mecnica y energtica.

    7) La promocin de polticas de pro-teccin y conservacin del ambien-

    te para cada una de las etapas queintegran la gestin de residuos, conel n de reducir o disminuir los po-sibles impactos negativos.

    8) La promocin del desarrollo sus-tentable mediante la proteccindel ambiente, la preservacin delos recursos naturales provincialesde los impactos negativos de lasactividades antrpicas y el ahorroy conservacin de la energa, de-biendo considerarse los aspectosfsicos, ecolgicos, biolgicos,legales, institucionales, sociales,culturales y econmicos que modi-can el ambiente.

    9) La compensacin a las Jurisdiccio-nes receptoras de Polos Ambien-tales Provinciales (PAP) ser jadacon expresa participacin del Eje-cutivo Municipal. Los Municipiosno podrn establecer gravmenesespeciales a dicha actividad.-

    10) El aprovechamiento econmico de

    los residuos, tendiendo a la gene-racin de empleo en condicionesptimas de salubridad como ob-jetivo relevante, atendiendo espe-cialmente la situacin de los traba-

    jadores informales de la basura.

    11) La participacin social en todaslas formas posibles y en todas lasfases de la gestin integral de resi-duos slidos urbanos.

    12)La recoleccin y tratamiento de re-siduos es un servicio de carcteresencial para la comunidad, en ga-ranta de la salubridad y la preser-vacin del ambiente.

    OBJETIVOS DE POLITICA AMBIENTALEN MATERIA DE RESIDUOS

    SLIDOS URBANOS

    ARTCULO 4.- Constituyen objetivosde poltica ambiental en materia de re-siduos slidos urbanos:

    1) Incorporar paulatinamente en la dis-posicin inicial la separacin en ori-gen, la valorizacin, la reutilizaciny el reciclaje en la gestin integralpor parte de todos los Municipiosde la Provincia de Buenos Aires.

    2) Minimizar la generacin de resi-duos, de acuerdo con las metasque se establezcan en la presente

    Ley y en su reglamentacin tes acciones de gobierno para la imple privados para la implementacin

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    Ley y en su reglamentacin.

    3) Disear e instrumentar campaasde educacin ambiental y divulga-cin a n de sensibilizar a la po-blacin respecto de las conductaspositivas para el ambiente y lasposibles soluciones para los resi-duos slidos urbanos, garantizan-do una amplia y efectiva partici-pacin social que nalmente serobligatoria.

    4) Incorporar tecnologas y procesosambientalmente aptos y adecua-dos a la realidad local y regional.

    COMPETENCIAS

    Captulo II

    COMPETENCIA DEL PODER EJECUTI-VO PROVINCIAL

    ARTCULO 5.- En cumplimiento del

    objetivo del artculo 1, y en atencina la importancia de la gestin integralde residuos slidos urbanos, el PoderEjecutivo a travs de la Autoridad Am-biental Provincial ejecutar las siguien-

    tes acciones de gobierno para la imple-mentacin del mismo:

    1) Disear, de acuerdo con los princi-pios y conceptos bsicos enuncia-dos en la presente Ley, la polticade instrumentacin de la gestin

    integral de residuos slidos urba-nos estableciendo los objetivos,etapas, plazos, y contenido de lasacciones por desarrollar mediantelos Programas de Gestin Integralde residuos slidos urbanos.

    2) Promover la gestin regional desistemas de procesamiento, re-duccin, reutilizacin, reciclaje,

    valoracin y disposicin nal deresiduos, formulando o aprobandolos planes y programas de escalae incidencia regional.

    3) Evaluar y aprobar los Proyectos deGestin Integral de residuos sli-dos urbanos elevados por los Mu-nicipios, los que se instrumentarnpor etapas. Su concrecin quedacondicionada a la aprobacin de laevaluacin ambiental y la factibili-dad tcnico-econmica.

    4) Extender autorizacin a los Muni-cipios y operadores pblicos o

    privados para la implementacinde los Programas de Gestin Inte-gral de residuos slidos urbanos,as como tambin a los Centrosde Procesamiento o DisposicinFinal, cuando consideren acredi-

    tados los requisitos precedentes,y ejercer el control y scalizacinposterior.

    5) Proveer el asesoramiento para la im-plementacin de la gestin integralde residuos slidos urbanos en losdistintos Municipios o regiones desu territorio, debindose prever lacorrespondiente asistencia tcni-

    ca, legal y nanciera en los casosque la autoridad de aplicacin loconsidere.

    6) Promover la creacin, integraciny articulacin de los circuitos dereciclado y circuitos econmicosnecesarios para dar cumplimientoa la presente Ley, generando ac-ciones que contemplen la asimi-lacin de los circuitos informales

    de recoleccin y clasicacin deresiduos.

    7) Desarrollar sistemas de seleccin ytratamiento ambientalmente ade-

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    a) Descripcin del ambiente natural, tablecidas en la presente Ley, su plimiento a su Programa de Gestin In-

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    a) Descripcin del ambiente natural,socioeconmico y de la infraes-tructura.

    b) Caracterizacin de cada etapa queconforma el Programa de GestinIntegral de residuos slidos ur-banos. Generacin, DisposicinInicial, Recoleccin, Transporte,Almacenamiento, Tratamiento, Va-loracin y Disposicin Final.

    c) Programas de difusin y educa-cin a n de lograr la participacinactiva de la Comunidad.

    d) Estudio de Impacto Ambiental so-

    bre las rutas de transporte, los cen-tros de procesamiento, tratamien-to, disposicin nal de residuosslidos urbanos y tratamientos delos euentes conforme lo estable-cido en las Leyes N 11.723 y N5965.

    e) Una vez aprobado, deber jar losplazos para su instrumentacin,

    los cuales no podrn exceder deun (1) ao. A partir de ese momen-to queda prohibida la gestin deresiduos slidos urbanos que nocumpla con las disposiciones es-

    tablecidas en la presente Ley, sureglamentacin y la Ley NacionalN 25.916.

    MANIFESTACIN DE LOS MUNICI-PIOS COMPRENDIDOS EN EL

    DECRETO LEY N 9.111/78

    ARTCULO 8.- (Texto segn Ley 13657)Los Municipios comprendidos en el

    Decreto-Ley 9111/78 tienen un plazotres (3) meses a partir de la entrada envigor de la presente Ley para manifes-tar su continuidad o no con lo estipu-lado en el artculo 3 de la norma pre-

    citada y noticar de ello a la CEAMSEy a la Autoridad Ambiental Provincial.Transcurrido dicho plazo sin pronuncia-miento alguno, se reputar que el Mu-nicipio contina adherido al sistema dela CEAMSE.

    Dicho Municipio podr ejercer nueva-mente la opcin relativa a la disposi-cin nal de los residuos slidos urba-nos dentro del plazo estipulado en el

    prrafo siguiente.

    En el supuesto de que un Municipio nocontine en el sistema determinado porel Decreto-Ley 9111/78, debe dar cum-

    plimiento a su Programa de Gestin Integral de residuos slidos urbanos conlas exigencias de la presente Ley en loatinente a la disposicin nal. Duranteel perodo de transicin y hasta la apro-bacin e instrumentacin del progra-

    ma, de conformidad con lo establecidoen los artculos 6 y 7 de la presente,dichos Municipios continuarn con elsistema al que se encontraban adheri-dos por un plazo mximo de veinticua-tro (24) meses.

    ERRADICACIN, IMPEDIMENTO YTRATAMIENTO DE BASURALES

    ARTCULO 9.- Los Programas de Ges-tin Integral de residuos slidos urba-nos que presenten los Municipios parasu aprobacin por parte de la AutoridadAmbiental Provincial, deben tener comoobjetivos erradicar la prctica del arrojoen basurales a cielo abierto e impedirel establecimiento de nuevos basuralesa cielo abierto en sus respectivas juris-dicciones.

    Las Autoridades Municipales quedanobligadas a clausurar dichos basura-les, conforme a los principios estable-cidos en la Ley Nacional N 25.675, la

    Ley N 11.723 y la reglamentacin de la Gestin Integral de residuos slidos Las localizaciones de los sitios para el

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    y y gpresente. Queda prohibida la quema acielo abierto o cualquier sistema de tra-tamiento no autorizado por la AutoridadAmbiental Provincial.

    En caso de incumplimiento con lo es-

    tablecido en los prrafos precedentes,la Autoridad Ambiental Provincial podrejecutar todas las fases del tratamientoconforme al Programa de Gestin pre-sentado por el Municipio. En estos ca-sos dichas tareas se harn con cargo alrespectivo Municipio.

    ACUERDO REGIONALES

    ARTCULO 10.- La Autoridad Ambien-tal Provincial propiciar la celebracinde acuerdos regionales entre Munici-pios para el aprovechamiento de eco-nomas de escala en cualquiera de lasetapas de la gestin integral de resi-duos slidos urbanos, a n de avanzaren el desarrollo de mecanismos de re-gionalizacin provincial.

    SELECCIN DE SITIOS DE DISPOSI-CIN FINAL

    ARTCULO 11.- Los Programas de

    gurbanos incluirn la seleccin de los si-tios de disposicin nal dentro de suspropias jurisdicciones municipales, yasea en forma individual o teniendo encuenta laregionalizacin a la que se re-

    ere el artculo anterior.

    ARTCULO 12.- (La aplicacin del pre-sente art. est suspendido por la Ley13657por el plazo de 210 das a partirde la publicacin de la citada ley) Enaquellos casos de jurisdicciones y/ombitos regionales, como el rea Me-tropolitana de Buenos Aires (AMBA),que no puedan dar cumplimiento con lo

    establecido en la presente respecto a lalocalizacin de los sitios de disposicinnal, sea porque no se garantizan con-diciones tcnico-ambientales adecua-das, ausencia de espacios aptos dis-ponibles u otra razn que la autoridadde aplicacin considere al respecto, laProvincia de Buenos Aires conformarsitios para la instalacin de polos am-

    bientales provinciales (PAP) afectados atal n, de acuerdo a las pautas estable-cidas en el artculo 20 de la Ley Nacio-nal N 25.916, donde deber aplicarsela mejor y ms segura tecnologa.

    pemplazamiento de los polos ambien-tales provinciales (PAP) referidos en elprrafo anterior, sern establecidas porel Poder Ejecutivo, con arreglo a lasdisposiciones de la presente Ley.

    El Municipio participar en el control degestin.

    ARTCULO 13.- Los sitios de disposi-cin nal debern estar separados delos pozos para extraccin de agua po-table para uso domstico o industrialpor una distancia mnima de 100 me-tros superior a la proyeccin horizontaldel cono de abatimiento del mismo en

    rgimen de extraccin normal. Si la dis-tancia resultante es menor a 1000 m,ser sta la distancia mnima a respe-tar. Asimismo, no se instalarn centrosde disposicin nal en zonas de recargade acuferos que debern ser utilizadosaguas abajo como sistema de capta-cin de agua para uso humano .

    El operador deber aplicar en cada

    sitio un Plan de Higiene en la Disposi-cin Final de Residuos que contempleel tratamiento biolgico de aves, ratas,moscas, mosquitos y otros insectos, alos efectos de minimizar los vectores

    de transmisin de enfermedades in- Captulo IV reprimidas con las siguientes sancio-

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    fecciosas hacia trabajadores o para lo-calizaciones urbanas radicadas en lascercanas.

    Asimismo el Centro de Disposicin de-ber contar con un lavadero de ropa de

    trabajo del personal, a los efectos deevitar la contaminacin externa.PAUTAS TCNICAS Y METODOLGI-CAS DE DISPOSICIN FINAL

    ARTCULO 14.- La Autoridad Ambien-tal Provincial jar las pautas tcnicasy metodolgicas para la ubicacin, di-seo, operacin, cierre y post cierre delos sitios de disposicin nal, conforme

    lo determine la reglamentacin de lapresente, y ejercer el control y scali-zacin de los mismos.

    REGISTRO DE TECNOLOGAS

    ARTCULO 15.- Crase el Registro deTecnologas encargado de insc ribir losproyectos presentados por las personas

    fsicas o jurdicas, pblicas o privadas,aplicables al tratamiento o la disposi-cin fnal de residuos slidos urbanosque no comprometan la salud de la po-blacin, los trabajadores y el ambiente.

    Captulo IV

    FISCALIZACIN Y RGIMEN SANCIO-NATORIO

    FISCALIZACIN DE LOS PROGRA-

    MAS DE GESTIN INTEGRAL

    ARTCULO 16.- Las acciones ejecu-tadas por los responsables de los Pro-gramas de Gestin Integral de residuosslidos urbanos sern fscalizadas por lamxima Autoridad Ambiental Provincial.

    INSPECCIN Y VIGILANCIA

    ARTCULO 17.- La Provincia y losMunicipios segn el mbito que co-rresponda, deben realizar actos deinspeccin y vigilancia para vericar elcumplimiento de las disposiciones deesta Ley y del Reglamento que en suconsecuencia se dicte.

    INFRACCIONES

    ARTCULO 18.- Las infracciones quesern calicadas como muy leves, le-ves, medias, graves y muy graves sern

    p gnes, las que adems podrn ser acu-mulativas:

    a) Apercibimiento.

    b) Multa de aplicacin principal

    o accesoria entre uno (1) y mil(1.000) salarios de un agente de

    la Administracin Pblica, agru-

    pamiento administrativo, catego-

    ra inicial.

    c) Suspensin total o parcial de laconcesin y/o autorizacin otorga-da, pudiendo establecerse plazosy condiciones para subsanar las

    irregularidades detectadas.d) Caducidad total o parcial de la

    concesin, y/o autorizacin otor-gadas.

    e) Clausura temporal o denitiva, par-cial o total del emprendimiento.

    f) Obligacin de publicar la parte dis-positiva de la resolucin condena-

    toria a cargo del infractor; y en sucaso el plan de trabajo a los nesde recomponer la situacin al es-tado anterior.

    TIPO Y GRADO DE SANCIN b) Lo recaudado en concepto de mu- gicas relacionadas con la gestin inte-

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    ARTCULO 19.- A n de determinar eltipo y graduacin de la sancin debertenerse en cuenta la magnitud del daoo el peligro ambiental ocasionados, lacondicin econmica del infractor, su

    capacidad de enmendar la situacingenerada y el carcter de reincidente.

    RESOLUCIONES RECURRIDAS

    ARTCULO 20.- Las Resoluciones po-drn ser recurridas por los interesadossiguiendo lo establecido por la Ley deProcedimiento Administrativo de laProvincia.

    FONDO PARA LA PROTECCCION YRESTAURACION AMBIENTAL

    ARTCULO 21.- Crase en el mbitode la Autoridad Ambiental Provincial lacuenta especial Fondo para la protec-cin y restauracin ambiental, el que

    estar conformado por lo ingresado enconcepto de:

    a) Las partidas que anualmente se leasignen en la Ley de Presupuesto.

    tas por infraccin a la presenteLey.

    c) Lo percibido en concepto de ac-ciones judiciales de reparacintendientes a restaurar o recompo-

    ner el ambiente cuando ste hayasufrido daos ambientales comoconsecuencia de actividades an-trpicas vinculadas a la gestin deresiduos.

    Dichos fondos sern destinados alcumplimiento de la presente Ley.

    ARTCULO 22.- El Poder Ejecutivo po-dr gestionar la obtencin de lneas decrdito, nacionales y/o internacionales,a efectos de nanciar la implementa-cin de los programas a que se reerela presente Ley.

    ARTCULO 23.- El Poder Ejecutivo me-diante la celebracin de convenios con

    Instituciones de investigacin y desa-rrollo, promover la ejecucin de pro-yectos cientco-tecnolgicos que ten-gan por objeto la bsqueda de nuevosconocimientos e innovaciones tecnol-

    gral de residuos slidos urbanos.

    ARTCULO 24.- Derganse los artcu-los 5, 6 prrafo segundo, 8, 9, 10,11, 12, 13, 14, 16 y 17 del Decreto

    Ley N 9.111/78.

    TTULO II

    DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASENVO DE INFORMACIN ESTADSTICA

    ARTCULO 25.- Los Municipios de-bern enviar informacin estadsticaal Poder Ejecutivo Provincial, segn loestablezca la reglamentacin, a n deregistrarla en los anuarios de estadsti-cas bonaerenses.

    INDICE TEMTICO DE LOS INFORMES

    ARTCULO 26.- Sin perjuicio de otrosdatos que se establezcan en la regla-

    mentacin, los datos enviados porcada Municipio se referirn a:

    a) Generacin per cpita.

    b) Toneladas diarias producidas.

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    do y/o el compostaje de los R.S.U.,d bi d l d h

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    Ordenanza N10.661

    LA PLATA, 16 de diciembre de 2009

    El Concejo Deliberante, en su SesinOrdinaria N 33 -3ra. de Prrroga-, ce-lebrada en el da de la fecha, ha sancio-nado la siguiente:

    O R D E N A N Z A 1 0. 6 6 1

    ARTCULO 1. Crase el Programa deGestin Integral de Residuos SlidosUrbanos, el que tiene por objeto:

    La educacin, informacin y ca-a.pacitacin ciudadana en todos losmbitos pblicos y privados sobreel tratamiento y disposicin nal

    de los Residuos Slidos Urbanos(R.S.U.), para su ptima gestin.

    La minimizacin y separacin enb.origen; la recuperacin, el recicla-

    debiendo ser recolectados en veh-culos aptos para tal n.

    La reduccin progresiva de losc.R.S.U. que se depositan en los

    predios de disposicin nal, la cualdebe cuanticarse anualmente.

    La ejecucin del ciclo completo ded.la Gestin Integral de R.S.U en elterritorio del Partido de la Ciudadde La Plata.

    ARTCULO 2. Deniciones:

    Los Residuos Slidos Urbanos (R.S.U.)son todos los elementos, objetos osustancias generados y desechadosproducto de actividades realizadas enlos ncleos urbanos y/o rurales, com-prendiendo aquellos cuyo origen seadomstico, comercial, institucional,asistencial e industrial no especial, nipeligroso, asimilable a los residuos do-miciliarios. Se integran en esta deni-cin los llamados residuos especialesde origen domiciliario, como ser pilas obateras, artefactos elctricos y electr-nicos, medicinales y neumticos.

    Entindase como disposicin inicial al i l l l d d l

    Presentar ante el Concejo Delibe-e.t i f bi t l b

    ARTCULO 5. La separacin y/o dife-i i d l R S U di d

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    la accin por la cual el generador de losR.S.U. los deposita o abandona en laforma y condiciones que determine laautoridad municipal de aplicacin.

    ARTCULO 3. La Agencia AmbientalMunicipal, ser la Autoridad de Aplica-cin del Programa de Gestin Integralde Residuos Slidos Urbanos, tenien-do las siguientes obligaciones y facul-tades, a saber:

    Deber instrumentar todos los me-a.dios necesarios para el funciona-miento del programa, su operativi-

    dad y mejoramiento continuo.Tendr a su cargo el control y se-b.guimiento del programa.

    Planicar y jar objetivos de cor-c.to, mediano y largo plazo, debien-do conformar un cronograma deGestin Integral de Residuos Sli-dos Urbanos para la concrecin delas distintas etapas.

    Instrumentar los mecanismos ne-d.cesarios para estimular y generar in-centivos ciudadanos para obtener losmejores resultados del Programa.

    rante, informes bimestrales sobreestadsticas referidas al funciona-miento del Programa de GestinIntegral de Residuos Slidos Urba-nos; debiendo especicar la can-

    tidad de residuos slidos urbanosdepositados en predios de dispo-sicin nal.

    ARTCULO 4. Programa Permanentede Educacin Ambiental:

    El Departamento Ejecutivo a travs dela Autoridad de Aplicacin, deber, enun plazo no mayor a los 60 das a par-

    tir de la promulgacin de la presente,implementar y desarrollar un ProgramaPermanente de Educacin Ambiental(P.P.E.A.). El mismo estar realizado porpersonal idneo, dirigido a todos losgeneradores R.S.U., sean hogares, co-mercios, escuelas, pblicas y/o priva-das, e instituciones entre otros.

    El P.P.E.A. tendr por objeto difundir,

    concientizar, educar y capacitar a la po-blacin en general sobre el Programa deGestin Integral de Residuos, basndo-se en la minimizacin, seleccin, reutili-zacin, reciclado y/o compostaje.

    renciacin de los R.S.U. se dispondrmediante bolsas de distintos coloresy/o sistema de contenedores diferen-ciadores, debiendo el rea municipalde aplicacin determinar