guÍa legal para la conducciÓn de negocios en el perÚ

48
1 GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ (MARZO 2019) A continuación, encontrará una breve guía que describe de manera general los beneficios y oportunidades que el Perú otorga a los inversionistas extranjeros, y explica los principales puntos que toda empresa que quiere iniciar sus negocios en el Perú debe conocer. Pág. 1 Reseña País 4 2 Sistema Político 5 3 Inversión Extranjera en el Perú 6 3.1 Convenios de Estabilidad Jurídica 6 3.2 Acuerdos de Inversión y Tratados de Protección de Inversiones Extranjeras 7 3.3 Repatriación de Capital 7 3.4 Tipo de Cambio en el Perú 7 4 ¿Cómo se establece una empresa en el Perú? 9 4.1 Sociedades Anónimas 9 4.1.1 Denominación Social 9 4.1.2 Capital Social 9 4.1.3 Accionistas 10 4.1.4 Constitución 10 4.1.5 Duración 10 4.1.6 Aportes 10 4.1.7 Órganos Societarios 10 4.1.8 Dividendos 11 4.2 Sociedad de Responsabilidad Limitada 12 4.3 Sucursales 12 4.4 Oficina de Representación 13 4.5 Contratos Asociativos 13 4.6 Fusiones y Adquisiciones 13 5 La Contratación Pública en el Perú 14 5.1 Marco Legal 14 5.2 Registro Nacional de Proveedores (RNP) 14 5.3 Participación de empresas extranjeras 14 5.4 Procedimientos de Selección 14

Upload: others

Post on 16-Oct-2021

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

1

GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS

EN EL PERÚ (MARZO 2019)

A continuación, encontrará una breve guía que describe de manera general los beneficios

y oportunidades que el Perú otorga a los inversionistas extranjeros, y explica los

principales puntos que toda empresa que quiere iniciar sus negocios en el Perú debe

conocer.

Pág.

1 Reseña País

4

2 Sistema Político

5

3 Inversión Extranjera en el Perú 6

3.1 Convenios de Estabilidad Jurídica 6

3.2 Acuerdos de Inversión y Tratados de Protección de Inversiones Extranjeras 7

3.3 Repatriación de Capital 7

3.4 Tipo de Cambio en el Perú 7

4 ¿Cómo se establece una empresa en el Perú? 9

4.1 Sociedades Anónimas 9

4.1.1 Denominación Social 9

4.1.2 Capital Social 9

4.1.3 Accionistas 10

4.1.4 Constitución 10

4.1.5 Duración 10

4.1.6 Aportes 10

4.1.7 Órganos Societarios 10

4.1.8 Dividendos 11

4.2 Sociedad de Responsabilidad Limitada 12

4.3 Sucursales

12

4.4 Oficina de Representación 13

4.5 Contratos Asociativos 13

4.6 Fusiones y Adquisiciones 13

5 La Contratación Pública en el Perú 14

5.1 Marco Legal

14

5.2 Registro Nacional de Proveedores (RNP) 14

5.3 Participación de empresas extranjeras 14

5.4 Procedimientos de Selección 14

Page 2: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

2

5.4.1 Licitación Pública 14

5.4.2 Concurso Público 15

5.4.3 Adjudicación Simplificada 15

5.4.4 Subasta Inversa 15

5.4.5 Contratación Directa 15

5.5 Compras Corporativas 15

5.6 Contratación por Encargo 15

5.7 Obras por Impuestos 16

6 Las Asociaciones Público Privadas (APP) 17

6.1 Marco Legal

17

6.2 Marco Institucional 17

6.3 Iniciativas Privadas 17

6.4 Proyectos en Cartera 18

7 ¿Qué Impuesto debe pagar una empresa en el Perú? 19

7.1 Descripción del Régimen Tributario en el Perú 19

7.2 Impuesto a la Renta 19

7.2.1 Personas Naturales 19

7.2.2 Personas Jurídicas 20

7.2.2.1 Gastos Deducibles 22

7.2.2.2 Depreciación 23

7.2.2.3 Precios de Transferencia 24

7.2.2.4 Convenios para evitar la Doble Imposición 24

7.3 Impuesto General a las Ventas (IGV) 25

7.4 Aduanas e Impuestos Especiales 26

7.5 Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) 27

7.6 Impuesto de Transacciones Financieras (ITF) 27

7.7 Impuestos Municipales 28

7.7.1 Impuesto al Patrimonio Predial 28

7.7.2 Impuesto al Patrimonio Vehicular 28

7.7.3 Impuesto de Alcabala 28

7.8 Beneficios para la Amazonía peruana 28

7.8.1 Requisitos para la aplicación de beneficios 28

7.8.2 La zona exenta 29

8 El Sistema Laboral en el Perú 31

8.1 El Contrato de Trabajo 31

8.2 Contrato de Trabajo a Plazo Fijo 31

8.3 Período de Prueba 31

8.4 Contratación de Extranjeros 32

8.5 Empresas de Intermediación Laboral 32

8.6 Tercerización de Servicios 33

8.7 Extinción del Contrato de Trabajo 33

8.8 Remuneración Mínima Legal 34

8.9 Jornada de Trabajo 34

8.10 Beneficios Laborales otorgador por Ley 34

A Descanso Semanal 34

B Descanso por Feriados 34

Page 3: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

3

C Vacaciones 35

D Asignación Familiar 35

E Gratificaciones Legales 35

F Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) 35

G Utilidades 35

8.11 Aportes Sociales e Impuestos 36

8.12 Temas Migratorios 36

9 ¿Cómo es el mecanismo de Resolución de Conflictos en el Perú? 38

9.1 La Conciliacion Extrajudicial 38

9.2 El Sistema Judicial 38

9.2.1 El Proceso Judicial 38

9.2.2 La decisión judicial 39

9.2.3 Inmunidad Soberana 39

9.2.4 El Tribunal Constitucional 39

9.3 Arbitraje

40

10 ¿Cómo son gestionados los derechos inmobiliarios en el Perú? 40

10.1 Adquisición de tierras 40

10.2 Permisos de Planificación y Desarrollo 40

11 Protección Ambiental en el Perú 42

11.1 Permisos ambientales 42

11.2 Legislación Medio Ambiental 42

11.3 Autoridades Competentes 43

12 La Propiedad Intelectual y la Libre Competencia en el Perú 44

12.1 Marcas y Signos Distintivos 44

12.2 Patentes

44

12.3 Derechos de Autor 44

12.4 Control Publicitario 45

12.5 Barreras Burocráticas del Estado 45

12.6 Protección al Consumidor 45

12.7 Libre Competencia 46

13 Nuevas Tecnologías y Datos Personales 47

13.1 Nuevas Tecnologías 47

13.2 Datos Personales 47

(*) La presente guía legal solo brinda una información general de los puntos más relevantes para realizar

inversiones en el Perú. Para mayor información o consulta que pueda tener, por favor, contáctenos.

Page 4: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

4

1. RESEÑA PAÍS

Perú es un país estratégicamente ubicado en la zona central de Sudamérica, posee un

territorio extenso y mega-diverso, con notables recursos naturales, mineros y energéticos.

Durante los últimos 15 años Perú ha sido uno de los países más atractivos para invertir en

América Latina. De acuerdo al último ranking Doing Business del Banco Mundial, Perú se

encuentra en el puesto 68, obteniendo una puntuación de 68.83, por encima del promedio

regional para América Latina y el Caribe ( 58.97)1. Asimismo, de acuerdo al análisis hecho

por la revista Forbes, Perú es el tercer mejor país de Sudamérica para hacer negocios en

el 20192.

Fuente: http://www.freeworldmaps.net/es/peru/

1 http://espanol.doingbusiness.org/es/data/exploreeconomies/peru 2 https://eltiempo.pe/forbes-peru-es-el-tercer-mejor-pais-sudamericano-para-hacer-negocios/

Page 5: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

5

2. SISTEMA POLÍTICO

Perú es una república presidencialista de representación democrática con un sistema

multipartidista donde sus altas autoridades políticas son elegidas por sufragio directo cada

5 años. De acuerdo con la actual Constitución de 1993, el gobierno se estructura en 3

Poderes:

(i) El Poder Ejecutivo, en el cual el Presidente de la República es el Jefe de Estado y de

Gobierno; y es elegido por un periodo de 5 años. Una vez finalizado el mandato de 5

años no puede ser re-elegido por un segundo mandato consecutivo. El Presidente

nombra al Primer Ministro y a la totalidad del Gabinete de Ministros. El Poder

Ejecutivo se encarga de la administración del país.

(ii) El Poder Legislativo tiene la responsabilidad de aprobar leyes. El Poder Legislativo es

asumido por el Congreso de la República, es un congreso unicameral compuesto por

130 congresistas, elegidos por múltiple distritos y por un período de 5 años. Los

Proyectos de Ley pueden ser propuestos por el Poder Ejecutivo o por el Legislativo.

Toda vez que el Proyecto de Ley ha sido votado, debatido o modificado por los

miembros del Congreso; y promulgado por el Presidente de la República el Proyecto

de Ley se convierte en Ley.

(iii) El Poder Judicial, es el órgano responsable de administrar justicia y dar resolución a

los conflictos que surgen a lo largo del país.

Las autoridades políticas más importantes en el Perú son elegidas por sufragio directo

cada 5 años. El voto es obligatorio entre las edades de 18 y 70 años.

En las últimas elecciones democráticas de 2016, Pedro Pablo Kuczynski (PPK) fue elegido

Presidente de la República de Perú. PPK asumió la presidencia del Perú el 28 de julio del

2016. Cabe mencionar que la mayoría parlamentaria en el Congreso no la tiene el partido

de Gobierno sino la oposición.

Page 6: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

6

3. LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN EL PERÚ

La Constitución peruana establece como regla general que, la inversión nacional y

extranjera se sujetan a las mismas condiciones.

El Estado peruano promueve y garantiza las inversiones extranjeras hechas o que se

hagan en el país en todos los sectores de la actividad económica y a través de cualquiera

de las formas empresariales o contractuales acordadas por la ley nacional.

Las normas de protección del medio ambiente se aplican sin tener en cuenta la fuente de

financiación de los proyectos a desarrollar.

En el Perú, la inversión extranjera se puede dar libremente bajo cualquiera de las

siguientes formas:

• Inversión extranjera directa, como aporte al capital social.

• Aportes para el desarrollo de Joint Ventures contractuales.

• Inversiones en bienes y propiedades ubicados dentro del territorio nacional.

• Inversiones en cartera.

• Contribuciones tecnológicas intangibles.

• Cualquier otra modalidad.

Las leyes peruanas aseguran lo siguiente:

• El derecho a un trato no discriminatorio frente al inversionista peruano.

• La libertad de comercio e industria y la libertad de exportación e importación.

• El derecho de transferir al exterior, en divisas libremente convertibles, el íntegro de

sus capitales provenientes de las inversiones, incluyendo la venta de acciones,

participaciones o derechos, reducción de capital o liquidación parcial o total de

empresas, así como el íntegro de los dividendos o utilidades netas comprobadas

provenientes de su inversión, las contraprestaciones por el uso o disfrute de bienes

ubicados físicamente en el país; y regalías y contraprestaciones por el uso y

transferencia de tecnología, incluido cualquier otro elemento constitutivo de

propiedad industrial que autorice el INDECOPI.

• El derecho a utilizar el tipo de cambio más favorable en caso corresponda convertir

moneda nacional a extranjera.

• Libre contratación por uso y transferencia de tecnología y remesa de regalías.

• La posibilidad de suscribir con el Estado convenios de Estabilidad Jurídica.

3.1. Convenios de Estabilidad Jurídica

Un Convenio de Estabilidad Jurídica es un mecanismo a través del cual el Estado peruano

garantiza a los inversores extranjeros y empresas un sistema legal y de impuestos

estables, el primero toma lugar en el momento en que se firmó el Acuerdo. Los Convenios

de Estabilidad Jurídica también permiten la libre disponibilidad de moneda extranjera, así

como la no discriminación de los derechos.

Otros beneficios de los Convenios de Estabilidad Jurídica a las empresas que ya operan

en Perú, compuestas por el capital extranjero, es que pueden gozar de estabilidad en: (i)

cualquiera de los mecanismos de contratación de mano de obra existente, y (ii) estabilidad

Page 7: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

7

especial otorgada por las industrias de exportación, tales como la admisión temporal,

industrial, zonas comerciales y turísticas gratuitas, y otros que puedan crearse en el futuro.

La Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión), como representante del

Gobierno de Perú puede firmar en estos Convenios de Estabilidad Jurídica. Para firmar un

convenio de estabilidad no debe haber cumplido los siguientes requisitos:

• Es necesario invertir en una empresa establecida o una sociedad constituida en

Perú una cantidad mayor a US $ 5 millones (cinco millones y00/100 Dólares de los

Estados Unidos de América) en la mayoría de los sectores económicos. En el sector

de la minería y los hidrocarburos la inversión es de US $ 10 millones (diez millones y

00/100 Dólares de los Estados Unidos de América).

• La inversión puede hacerse en un plazo no mayor de dos años

En términos generales, un Acuerdo de Estabilidad es firmado por un periodo de 10 años,

pero los contratos de las Asociaciones Público Privadas (APP) tiene un trato diferente. El

Decreto legislativo Nro. 1224 establece que los inversionistas en proyectos de APP, a

quienes otorgaron el contrato de APP en proceso, están inmersos en este acuerdo, en

cuyo caso su mandato tendrá la duración del contrato.

3.2. Acuerdos de Inversión y Tratados de Protección de Inversiones Extranjeras

• Perú se ha mostrado muy activo en la negociación de acuerdos de inversión

bilaterales, así como regionales y de orden multilateral para garantizar la igualdad de

trato, la protección y el acceso a los mecanismos de resolución, entre otros.

• Actualmente, Perú tiene suscritos y vigentes acuerdos internacionales de inversión

con 34 países.

• Vale la pena mencionar que, en el caso de Estados Unidos, Perú ha firmado un

acuerdo con la OPIC (Corporación para Inversiones Privadas en el Extranjero) para

la emisión de coberturas de riesgo a las inversiones norteamericanas que se

desarrollan en el Perú.

• Perú también es miembro del MIGA (Organismo Multilateral de Garantía de

Inversiones) y se ha adherido a la Convención Constitutiva del CIADI (Centro

Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones), así como a la

Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales

Extranjeras (Convención de Nueva York).

3.3. Repatriación de capital Luego de pagar los impuestos correspondientes, los inversionistas extranjeros pueden

enviar la totalidad de su capital de inversión y las ganancias en el Perú, para lo cual

deberán estar autorizados a utilizar libremente el tipo de cambio, sin ningún tipo de

autorización previa por parte del Gobierno, organización o autoridad.

3.4 Tipo de Cambio en el Perú En el Perú existe libertad de tipo de cambio. El Estado garantiza la libre tenencia, uso y

disposición externa e interna de la moneda extranjera por personas naturales o jurídicas

residentes en el Perú.

Page 8: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

8

No existen restricciones para el acceso a financiamientos para empresas de capitales

extranjeros.

Page 9: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

9

4. ¿CÓMO SE ESTABLECE UNA EMPRESA EN EL PERÚ?

En el Perú existen diversas formas empresariales, las principales son: (i) Sociedades

Anónimas, (ii) Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada, (iii) Sucursales y (iv)

Contratos Asociativos (Joint-Ventures).

Describiremos de manera general las cuatro (4) alternativas, haciendo énfasis en las

Sociedades Anónimas.

4.1 Sociedades Anónimas

En las Sociedades Anónimas la identificación de sus propietarios no consta en ningún

registro público y la responsabilidad patrimonial de sus integrantes está limitada a su

aporte en el capital social, el cual está representado por acciones cuyos titulares son

denominados accionistas. Sus características principales son las siguientes:

Dependiendo de su estructura accionaria, capital social y número de accionistas, la ley

también regula dos variantes de la Sociedad Anónima, a saber:

• Sociedad Anónima Cerrada: Concebida para sociedades de accionariado reducido.

Son las que se constituyen con mayor frecuencia debido a que el establecimiento

del Directorio como órgano social no es obligatorio y que, además, permite la

realización de Juntas Generales de Accionistas no presenciales.

• Sociedad Anónima Abierta: Diseñada para sociedades de accionariado difundida y

para aquellas cuyas acciones serán negociadas en mecanismos centralizados.

Las características que vamos a exponer a continuación son aplicables a todos los

tipos de sociedades anónimas.

4.1.1. Denominación Social

Las Sociedades Anónimas pueden adoptar cualquier denominación que así determinen

sus accionistas con la excepción de denominaciones previamente utilizadas y/o

registradas por terceros. La denominación deberá incluir al final el tipo de sociedad del

que se trate, ya sea su término completo o su acrónimo: “Sociedad Anónima”, o “S. A.”;

“Sociedad Anónima Cerrada” o “S.A.C.”; Sociedad Anónima Abierta o “S.A.A.”.

4.1.2. Capital Social

Conformado por los aportes de los accionistas y representado por acciones suscritas. La

responsabilidad de los accionistas está limitada a los aportes realizados al Capital Social.

Las deudas de la sociedad no afectan el patrimonio personal de los accionistas.

Para la constitución de la sociedad se requiere que el Capital Social se encuentre

íntegramente suscrito y cada acción suscrita pagada, por lo menos, en un 25%. No existe

Capital Social mínimo. El capital será representado en la moneda de curso legal en Perú.

Page 10: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

10

4.1.3. Accionistas

Para la constitución de una Sociedad Anónima, se requiere de la participación mínima de

dos (2) personas naturales o jurídicas, domiciliadas o no domiciliadas en el Perú. El

número máximo de accionistas es ilimitado, excepto en la Sociedad Anónima Cerrada, en

cuyo caso el número máximo de accionistas es veinte (20).

4.1.4. Constitución

Existen dos (2) formas de constitución: mediante un solo acto (Constitución Simultánea) o

por actos sucesivos (Oferta a Terceros). En ambos casos, la participación de un Notario

Público es necesaria. La constitución por oferta a terceros es poco frecuente debido a la

complejidad de dicho proceso. Por ello, nos concentraremos en explicar las ventajas de la

Constitución Simultánea.

El proceso de Constitución Simultánea implica la suscripción por parte de los accionistas

fundadores del Pacto Social que contiene el Estatuto. Este Pacto Social, una vez

autorizado con la firma de un abogado, podrá ser utilizado ante cualquier entidad del

sistema financiero peruano para concretar el depósito del Capital Social inicial. Una vez

efectuado el depósito o acreditado el aporte de bienes al Capital Social, el Pacto Social se

remite al Notario Público, quien procederá a elevarlo a Escritura Pública para su posterior

inscripción en la Oficina del Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia

Nacional de Registros Públicos correspondiente al lugar donde será constituida la

sociedad.

4.1.5. Duración de la Sociedad Anónima

El plazo de duración de la Sociedad Anónima es ilimitado, salvo que el estatuto social

establezca un plazo determinado.

4.1.6. Aportes

Los accionistas de la Sociedad Anónima pueden efectuar: i) aportes dinerarios, tanto en

moneda nacional como extranjera, o ii) aportes no dinerarios, de bienes tangibles o

intangibles. Los bienes intangibles pueden consistir en contribuciones tecnológicas tales

como marcas y patentes. Los aportes de bienes serán debidamente valorizados.

4.1.7. Órganos Sociales

• Junta General de Accionistas

Es el órgano supremo de la sociedad. Es la reunión de los accionistas

debidamente convocada, para decidir asuntos propios de su competencia. Este

órgano decide por mayoría, teniendo en cuenta el número de acciones en que

se encuentra dividido el capital.

• Directorio

Es elegido por la Junta General de Accionistas, su designación deberá ser

registrada en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional

de Registros Públicos correspondiente al lugar donde fue constituida la

sociedad.

Page 11: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

11

Para ser Director no es necesario ser accionista de la sociedad, salvo que el

estatuto social determine lo contrario. Tampoco existen restricciones de

nacionalidad o lugar de residencia. Para ser Director se requiere ser una

persona natural y el reconocimiento de su cargo ante el registro público requiere

de una aceptación expresa, por escrito y con firma legalizada, de la persona

nombrada como tal.

El número de Directores estará determinado en el estatuto social de la sociedad

o, en su defecto, será fijado por la Junta General de Accionistas. El número de

Directores nunca será inferior a tres (3).

El directorio tiene las facultades de gestión y de representación legal necesarias

para la administración de la sociedad dentro de su objeto social.

El Directorio está obligado, entre otros, a elaborar la Memoria Anual, los

Estados Financieros y la propuesta de distribución de dividendos, si los hubiera.

Dichos documentos deberán reflejar de manera clara y exacta el estado

económico financiero de la sociedad, las ganancias y pérdidas y estado de sus

negocios.

Como mencionáramos, en la Sociedad Anónima Cerrada el Directorio es

facultativo, siendo el Gerente General quien asume las funciones de dicho

órgano social.

• Gerencia

El Gerente es designado por el Directorio, salvo que el estatuto social

establezca que la Junta General de Accionistas tendrá a su cargo dicha

designación.

Si la Junta General de Accionistas o el estatuto lo determinan así, la sociedad

podrá contar con más de un Gerente. La duración del cargo es indeterminada,

salvo que el estatuto social determine un plazo específico.

Las atribuciones del Gerente se establecerán en el estatuto, al ser nombrado o

por acto posterior. Se presume que el Gerente puede celebrar y ejecutar los

actos y contratos ordinarios correspondientes al objeto social, salvo que el

Estatuto expresamente indique lo contrario.

4.1.8. Dividendos

Sólo pueden ser pagados dividendos en razón de utilidades obtenidas o de reservas de

libre disposición y siempre que el patrimonio neto no sea inferior al capital pagado.

La distribución de dividendos entre los accionistas será proporcional a la participación de

cada uno de ellos en el capital social.

Page 12: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

12

4.2. Sociedad de Responsabilidad Limitada

En esta forma societaria, el capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e

indivisibles, que no pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones.

Existe un límite máximo de veinte (20) socios, los cuales no serán personalmente

responsables por las obligaciones de la sociedad.

La Sociedad deberá contar con una denominación, pudiendo utilizar además un nombre

abreviado, al que en todo caso debe añadir la indicación "Sociedad Comercial de

Responsabilidad Limitada" o su abreviatura "S.R.L.".

El capital social está integrado por los aportes de los socios. Al constituirse la sociedad, el

capital debe estar pagado en no menos del veinticinco por ciento de cada participación, y

depositado en entidad bancaria o financiera del sistema financiero nacional a nombre de la

sociedad.

La administración de la sociedad se encarga a uno o más gerentes, socios o no, quienes la

representan en todos los asuntos relativos a su objeto.

A diferencia de las sociedades anónimas, en una SRL la identidad de los socios es

pública, debe ser incluida en los Estatutos e inscrita en el Registro Público. Cualquier

transferencia de participaciones implicará una modificación de los Estatutos.

4.3. Sucursales

Las empresas no domiciliadas pueden establecer libremente sucursales en el Perú, las

cuales deberán ser inscritas en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia

Nacional de Registros Públicos del lugar donde realicen sus operaciones.

Las sucursales no son consideradas personas jurídicas independientes de su principal.

No existe un monto mínimo de capital asignado para constituir a una sucursal y, a

diferencia de lo que sucede con las sociedades anónimas, no se debe acreditar que dicho

capital haya sido efectivamente pagado, siendo la matriz la responsable por la existencia

del mismo.

Está dotada de representación legal permanente y es conducida por representantes

autónomos designados por la matriz, de conformidad con los poderes otorgados.

Las sucursales se establecen mediante Escritura Pública otorgada ante Notario en la que

deberá incluirse por lo menos:

• Certificado de vigencia de la matriz, emitido en el país de su constitución, que

pruebe que ni su pacto social ni sus estatutos impiden el establecimiento de

sucursales en el extranjero.

• Copia del pacto social y estatutos de la matriz o documentos equivalentes en el

país de constitución.

• Acuerdo del órgano competente que apruebe la constitución de una sucursal en el

Perú en donde se indique: capital destinado al desarrollo de las actividades en el

país; declaración de que las actividades a realizarse corresponden al giro del

Page 13: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

13

negocio; domicilio de la sucursal; designación de, al menos, un representante legal

permanente en el país, así como los poderes otorgados a este; y sometimiento a

las leyes peruanas para responder por las obligaciones que contraiga la sucursal

en el Perú.

• El representante legal designado en el Perú deberá contar con poderes suficientes

para resolver cualquier asunto relacionado con las actividades de la sucursal; para

participar en las transacciones que se lleven a cabo, comparecer ante los

tribunales y para contestar demandas.

4.4. Oficina de Representación

Nuestra legislación permite el poder mantener una Oficina de Representación, la cual, a

pesar de no contar con las facultades y prerrogativas de una sociedad o sucursal, le

permitiría también dar inicio a sus gestiones comerciales en forma inmediata.

Se deberá nombrar a un apoderado permanente en el país con amplias facultades, a fin de

que pueda llevar a cabo las actividades comerciales que requiera.

Si el apoderado es una persona extranjera, este deberá contar con la calidad migratoria de

residente, a fin de que pueda llevar a cabo sus funciones sin ninguna restricción.

4.5. Contratos Asociativos

Los Contratos Asociativos crean y regulan la participación e integración en negocios o

determinadas empresas temporales, de interés común de los participantes. Este tipo de

contrato no genera personería jurídica. Debe constar por escrito y no está sujeto a

inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos.

Entre los contratos asociativos más utilizados están: Contrato de Asociación en

Participación, Consorcio o Joint Venture.

4.6. Fusiones y Adquisiciones con Empresas Peruanas

De acuerdo a la ley peruana existen diferentes formas de reorganización societaria, entre

las principales se encuentran:

• Fusión: (i) por incorporación de una nueva sociedad resultante de la fusión de dos

o más sociedades, o (ii) por absorción cuando una sociedad absorbe a otra

preexistente.

• Escisión: donde una sociedad puede fraccionar un bloque patrimonial para

transferirlo a otra sociedad o la división de una sociedad en dos o más sociedades.

• Transformación: de la sociedad en otro tipo de persona jurídica. Adicionalmente,

nuestra legislación permite que una sucursal se transforme a una de las figuras

societarias que contempla la ley.

Page 14: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

14

5. LA CONTRATACIÓN PÚBLICA EN EL PERÚ

5.1 Marco legal

Las contrataciones realizadas por las Entidades del Estado para proveerse de bienes,

servicios y obras, asumiendo el pago del precio pactado con fondos públicos, se

encuentran reguladas por la Ley de Contrataciones del Estado – Ley N° 30225 (en

adelante, LCE) y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 344-2018-EF

(en adelante RLCE).

5.2 Registro Nacional de Proveedores (RNP)

Tanto las empresas extranjeras como las nacionales se encuentran obligadas a estar

inscritas en el Registro Nacional de Proveedores (en adelante, RNP).

A efectos de tramitar la inscripción en el RNP, se requiere contar con un representante

legal que cuente con poderes inscritos en el Perú y se tramita ante el Organismo

Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, que es un organismo encargado de

ejecutar las políticas en materia de contrataciones del Estado, con competencia en el

ámbito nacional y cuyas funciones son, entre otras, regular y supervisar los procesos de

contrataciones que realizan las entidades públicas.

El plazo de trámite de la solicitud de otorgamiento del RNP es de 30 días hábiles. La

vigencia del RNP es indeterminada, no obstante, la empresa se encuentra obligada a

actualizar la información societaria, técnica y financiera según sea el caso.

5.3 Participación de empresas extranjeras

La participación de empresas extranjeras en procedimientos de selección no se encuentra

sujeta a requisitos especiales. No es necesario que la empresa extranjera constituya una

sociedad en el país para participar en un procedimiento de selección convocado por una

entidad peruana, ya que puede participar como una empresa extranjera no domiciliada.

En observancia del Principio de Trato Justo e Igualitario contemplado en la normativa de

Contrataciones con el Estado, las empresas nacionales y las empresas extranjeras reciben

el mismo tratamiento del Estado peruano.

5.4 Procedimientos de Selección

Entre los procedimientos de selección más importantes regulados de acuerdo a la

normativa de contrataciones del Estado, encontramos los siguientes:

5.4.1 Licitación Pública

Procedimiento dirigido a la contratación de bienes, suministros y obras (de mayores

montos) en las que se evalúan condiciones económicas y técnicas ofrecidas por los

postores (factores de competencia).

Page 15: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

15

5.4.2 Concurso Público

Procedimiento dirigido a la contratación de servicios, consultorías y similares de mayores

montos en los que el factor de competencia más importante es la mayor capacidad

técnica, científica, cultural o artística de los postores.

5.4.3 Adjudicación Simplificada

Procedimiento utilizado para contratar bienes y servicios, excepto servicios a ser prestados

por consultores individuales, así como la ejecución de obras, cuyo valor referencial, se

encuentre dentro de los márgenes que establece la Ley de Presupuesto del sector público.

5.4.4 Subasta Inversa

Procedimiento utilizado para adquirir bienes o servicios comunes cuyas características

técnicas han sido determinadas previamente por el OSCE mediante fichas técnicas,

invitando a postores a que compitan únicamente en función de la mejor propuesta

económica. Este procedimiento es aplicable solo a bienes o servicios comunes.

5.4.5 Contratación Directa (Exoneraciones)

Procedimiento especifico y subsidiario de selección directa. Puede ser entre entidades

públicas, en situaciones de emergencia, desabastecimiento, cuando la contratación

tenga carácter secreto, de secreto militar o por razones de orden interno, cuando exista

proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos o por servicios

personalísimos sustentados de manera objetiva.

5.5 Compras Corporativas

Procedimiento por el cual las Entidades se agrupan para adquirir o contratar bienes y

servicios de manera conjunta, realizando un único proceso de selección, con el objetivo

de reducir los costos de transacción. Las compras pueden ser obligatorias, en cuyo

caso deben ser aprobadas mediante Decreto Supremo y, facultativas mediante la

suscripción de convenios interinstitucionales entre PERÚ COMPRAS y las Entidades

Participantes

5.6 Contratación por Encargo

Por razones económicas o de especialidad en el objeto de la convocatoria, una entidad

puede encargar a otra entidad pública o privada, nacional o internacional u organismos

internacionales, mediante la celebración de un convenio interinstitucional, la realización

del proceso de selección que la primera requiera para la contratación de bienes,

servicios y obras.

A fin de que proceda la selección por encargo se requiere que previamente se emita un

informe técnico legal que sustente la necesidad y viabilidad del Encargo, el mismo que

será aprobado por el Titular de la Entidad,

Page 16: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

16

5.7 Obras por Impuestos

Mediante la Ley N° 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con

Participación del Sector Privado se creó el mecanismo de inversión de Obras por

Impuestos (en adelante, OxI), el mismo que tiene como finalidad la ejecución de

proyectos de inversión pública a nivel local o regional por empresas privadas,

financiando la obra a cambio del reconocimiento de pago del impuesto a la renta del

año fiscal siguiente hasta por un monto del 50% del mismo.

Este mecanismo permite, entre otros, reducir el tiempo que comúnmente toma

desarrollar un proyecto de inversión pública mediante la contratación pública tradicional.

Pueden acceder a este mecanismo los gobiernos regionales, locales así como las

universidades públicas que reciban recursos provenientes del canon, sobre-canon,

regalías, rentas de aduana y participaciones. Desde el año 2015 pueden acceder

también aquellas entidades del Gobierno Nacional que vean temas de Salud,

Educación Turismo, Orden Público y Seguridad, Agricultura y Riego, Saneamiento,

Cultura, Ambiente, Deporte, Pesca, Habilitación Urbana, Electrificación Rural,

Desarrollo Social, Protección Social, Transporte, Comunicaciones y Justicia.

Para poder ejecutar este tipo de proyectos, se requiere que las entidades remitan a la

Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN) un listado de

proyectos priorizados para que se publiquen en su página web y para que las empresas

interesadas en la ejecución de dichos proyectos manifiesten su interés. De igual forma,

las empresas pueden formular un proyecto y presentarlo a la entidad pública como una

iniciativa privada que debe coincidir con las prioridades identificadas por el sector.

Al ejecutarse proyectos bajo esta modalidad, la empresa privada podrá colaborar en la

ejecución de un proyecto de inversión con cargo a reducir su pago del impuesto a la

renta, generando no solo impacto positivo en la población sino también un incentivo

para cumplir con su compromiso de responsabilidad social y mejorar la imagen

corporativa de la empresa.

Finalmente, una vez que se lleve a cabo el proceso de selección para elegir a la

empresa privada que financiará y/o ejecutará la obra, deberá suscribirse un convenio

para el inicio de la fase de inversión del proyecto y al terminar la obra, la Entidad

Pública solicitará al MEF la emisión de un Certificado Inversión Pública, el cual

constituye el documento representativo de dinero que reconoce el monto invertido por

las empresas en la ejecución del proyecto.

Page 17: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

17

6. LAS ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS (APP)

6.1 Marco Legal Las APP están reguladas por el Decreto Legislativo N° 1362 y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 240-2018-EF. Adicionalmente a ello, existen diversas Directivas y Lineamientos que normal el proceso de desarrollo de una APP. Las APP se clasifican en Autofinanciadas o Cofinanciadas, siendo éstas últimas las que reciben un apoyo del Estado, bien sea a través de un pago directo y/o a través del otorgamiento de garantías financieras o no financieras (por encima del monto establecido en el Reglamento). 6.2 Marco Institucional El Ente Rector de las APP en el Perú es el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), siendo la entidad que aprueba en última instancia los Contratos de APP y sus modificaciones (Adendas), así como la que determina la estructuración financiera. El MEF actúa a través de la Dirección General de Política y Promoción de la Inversión Privada (DGPPIP). PROINVERSIÓN es la agencia encargada de conducir los procesos de promoción de las APP, publicando las Bases, precalificando postores y adjudicando el proyecto al postor ganador. Cuando se trata de proyectos de alcance regional y local, quien conduce el proceso es el gobierno regional o local, respectivamente. También intervienen en las APP los organismos reguladores, emitiendo opinión no vinculante respecto del proyecto de contrato y las Adendas, así como la Contraloría General de la República, emitiendo un informe previo respecto de los riesgos y compromisos asumidos por el Estado.

MinisteriosEssalud

PROINVERSION

Gobiernos Regionales

DGPPIPMEF

Gobiernos Locales

Contraloría

Regulador

6.3 Iniciativas Privadas Las APP se pueden originar por Iniciativa Estatal o Iniciativa Privada. En éste último caso, las Iniciativas Privadas pueden tener por objeto el desarrollo de APP Autofinanciadas o Cofinanciadas, aunque sólo es posible presentar iniciativas para APP Cofinanciadas en los rubros y en los períodos de tiempo que previamente hayan sido fijados por el Estado.

Page 18: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

18

Las Iniciativas Privadas son tramitadas por PROINVERSIÓN, cuando el proyecto es de alcance nacional, y por el gobierno regional y local, cuando los proyectos son de alcance regional o local, respectivamente. En el caso de las Iniciativas Privadas Cofinanciadas, todas son tramitadas por PROINVERSIÓN. 6.4 Proyectos en Cartera Entre los principales proyectos que actualmente PROINVERSIÓN tiene en cartera podemos destacar:

1. Tren de la Costa: Lima – Ica. Inversión estimada US$ 3,200 millones. 2. 3er Grupo de Aeropuertos de Provincia. Inversión estimada US$ 600 millones. 3. Ferrocarril Huancayo – Huancavelica. Inversión estimada US$ 267 millones. 4. Obras de Cabecera y Conducción para el abastecimiento de agua potable para

Lima. Inversión estimada: US$ 600 millones. 5. Longitudinal de la Sierra Tramo 4. Inversión estimada US$ 460 millones.

Page 19: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

19

7. ¿QUÉ IMPUESTOS DEBE PAGAR UNA EMPRESA EN EL PERÚ?

7.1. Descripción del Régimen Tributario en el Perú

El sistema tributario en el Perú se rige a través del Código Tributario, y comprende los

siguientes tributos:

PERÚ: SISTEMA TRIBUTARIO

Impuestos

Directos

Impuestos

Indirectos

Impuestos

Municipales

Impuestos

Aduaneros 1

Impuesto a la

Renta

Impuesto

General a las

Ventas

Impuesto al

Patrimonio Predial

Derechos

Aduaneros 2

Impuesto

Temporal a los

Activos Netos

Impuesto

Selectivo al

Consumo

Impuesto al

Patrimonio

Vehicular

Impuesto General

a las Ventas 3

Impuesto a las

Transacciones

Financieras

Impuesto de

Alcabala

1 Afecta a la importación de bienes, incluyendo los derechos Ad-Valorem, Impuesto General a

las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y el Régimen de Percepción, cuando

corresponda. 2 Sus tasas varían en función del tipo de bienes importados. Actualmente varían entre 0%, 4%,

6% o 11%. 3 Puede emplearse como crédito fiscal por el importador. Algunos bienes son gravados,

adicionalmente, con Impuesto Selectivo al Consumo.

7.2. Impuesto a la Renta

7.2.1. Personas Naturales

De acuerdo con la Ley de Impuesto a la Renta, los ciudadanos peruanos residentes en el

país tributan por sus rentas de fuente mundial, independientemente del país donde se

hayan generado, o el país donde se hubieran pagado, o el tipo de moneda en que se

hubieran percibido. Los ciudadanos no residentes tributan únicamente por sus rentas de

fuente peruana.

Respecto de los ciudadanos extranjeros, éstos serán considerados residentes, y por tanto,

tributarán por sus rentas de fuente mundial, luego de permanecer en el país por un período

superior a los 183 días en el lapso de doce (12) meses.

La condición de residente se determinará al inicio del ejercicio gravable. Cualquier

variación en dicha situación recién surtirá efectos en el ejercicio siguiente.

Respecto de las personas naturales domiciliadas, el impuesto sobre las rentas de trabajo,

sea de forma independiente o como empleado (salarios, sueldos, etc.), se determinará

aplicando una tasa progresiva acumulativa en función al importe de ingresos que se

perciban durante el ejercicio gravable - previa deducción de algunos gastos establecidos

en la Ley del Impuesto a la Renta - de acuerdo con el siguiente detalle:

Page 20: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

20

Escala de Impuesto a la Renta aplicable a las

rentas de trabajo y de fuente extranjera 1

Tasa 2

Hasta 5 UIT 8%

Más de 5 UIT hasta 20 UIT 14%

Más de 20 UIT hasta 35 UIT 17%

Más de 35 UIT hasta 45 UIT 20%

Más de 45 UIT 30%

1. El impuesto a la renta pagado en el exterior es crédito contra el impuesto, teniendo como límite la

tasa efectiva del Impuesto a la Renta. La UIT para el ejercicio 2017 equivale a S/. 4,200.00. 2. Tasa Progresiva Acumulativa. 3. No se incluye a las rentas de capital, esto es, las provenientes de la cesión de bienes muebles o

inmuebles (primera categoría) o las provenientes de la explotación de capital monetario, intelectual

o intangible (segunda categoría); en cuyo caso la tasa aplicable es 5%.

7.2.2. Personas Jurídicas

El Impuesto a la Renta grava a las personas jurídicas constituidas en el país por sus rentas

de fuente mundial. En el caso de las personas jurídicas no domiciliadas y/o sus sucursales,

agencias u otros establecimientos permanentes en el Perú, de empresas unipersonales,

sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior, tributarán

únicamente respecto de sus rentas de fuente peruana.

Se considera establecimiento permanente: i) Todo lugar fijo de negocios mediante el cual

una entidad de cualquier naturaleza constituida en el exterior desarrolla, total o

parcialmente, sus actividades; ii) Las obras o proyectos de construcción, instalación o

montaje, así como las actividades de supervisión relacionadas con aquellos, o la

prestación de servicios, cuando se realicen en el país para el mismo proyecto, servicio o

para uno relacionado cuando su duración sea superior a 183 días calendario dentro de un

período cualquiera de 12 meses, salvo que se haya establecido un plazo menor en los

Convenios para Evitar la Doble Imposición en cuyo caso ese será el plazo aplicable; iii)

Cuando una persona actúe en el país por cuenta de una empresa entidad de cualquier

naturaleza constituida en el exterior y como tal, concluya habitualmente contratos o

desempeñe habitualmente el rol principal en la conclusión de contratos rutinariamente

celebrados, y dichos contratos se celebren en nombre de estas; o para la transferencia del

derecho de propiedad o del derecho de uso de bienes de propiedad de estas o sobre los

que estas tienen el derecho de uso; o para la prestación de servicios por parte de estas.

No se considera que existe un establecimiento permanente cuando la actividad realizada

es de carácter preparatorio o auxiliar.

Respecto al Impuesto a la Renta de sociedades, desde enero de 2017 la tasa es de

29.5%.

El Impuesto a la Renta es de periodicidad anual, lo que significa que el impuesto

correspondiente se calcula a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de un año

determinado.

La obligación de presentar la declaración y pagar el impuesto correspondiente, si fuera

aplicable, surge una vez que el año fiscal ha concluido (usualmente entre la última semana

de marzo y la primera semana de abril, de acuerdo con el calendario publicado por la

Page 21: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

21

Administración Tributaria - SUNAT - al final de cada año fiscal): Es importante mencionar

que las personas jurídicas tienen la obligación de efectuar pagos anticipados del impuesto

a la renta cada mes del año fiscal. En consecuencia, cuando llega el momento de

presentar la declaración de impuestos, por lo general pueden surgir los siguientes

escenarios:

• Los pagos por adelantado cubren toda la deuda tributaria, así que no hay impuesto

a la renta a pagar.

• Los pagos por adelantado no cubren toda la deuda tributaria, por lo que debería

efectuarse el pago por el saldo correspondiente.

En la determinación de la renta neta de personas jurídicas, se debe considerar todas las

rentas o ganancias que provengan de la actividad empresarial, derivadas de la

participación conjunta de la inversión de capital y de trabajo.

Base Imponible Tasa de retención de

impuestos

Notas

Dividendos 5% (a)

Interest 30% (b) (c)

Regalías 30% (b)

Asistencia

Técnica

15% (b) (d)

Servicios digitales 30% (b)

Remesas 5% (a)

Notas:

(a) El Impuesto sobre los dividendos es generalmente retenido en la fuente y grava

los beneficios distribuidos a no residentes y personas naturales.

El Impuesto sobre los Dividendos aplica a las distribuciones de los beneficios

tanto a las empresas peruanas, así como a las sucursales, establecimientos

permanentes y oficinas de representación. La Ley del Impuesto a la Renta

especifica diversas transacciones que son consideradas como distribución de

beneficios por parte de entidades residentes a efectos de gravarlas con el

Impuesto de Dividendos. Estas transacciones incluyen la distribución de dinero

en efectivo o activos, distintos de acciones de la empresa distribuidora; y, en

determinadas circunstancias, una reducción de capital o liquidación de la

empresa.

En el caso de establecimientos permanentes, sucursales y oficinas de

representación de sociedades extranjeras, se considera que una distribución de

beneficios se pueda producir dentro del plazo de presentación de la Declaración

de la Renta (fines de marzo a principios de abril del año fiscal siguiente).

La ley también establece que si una sociedad residente, o una sucursal,

establecimiento permanente u oficina de representación de una sociedad

extranjera, paga cierto importe por concepto gastos; y que estos no están sujetos

a un control fiscal posterior, también estarán sujetos al pago de Impuesto por

Dividendos. El Impuesto de Dividendos aplicado bajo este supuesto será pagado

directamente ya sea por la entidad residente, la sucursal, el establecimiento

permanente o la oficina de representación. La capitalización de las cuentas del

Page 22: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

22

patrimonio, como las ganancias y reservas, no está sujeta al Impuesto de

Dividendos, al menos hasta que estos sean distribuidos.

(b) La tasa de retención del 30% se aplica a entidades vinculadas no domiciliadas

(c) La tasa de retención aplicable a los intereses pagados a sujetos no domiciliados

será de 30% si dichos sujetos son vinculados con el pagador domiciliado de

dichas rentas. Sin embargo, una tasa de retención reducida de 4,99% se aplica a

ciertos pagos de intereses.

Para el supuesto de pagos de intereses a prestamistas extranjeros no vinculados

con la sociedad, la tasa se reduce al 4,99% debiéndose cumplir las siguientes

condiciones:

- Para los préstamos en efectivo: (i) los fondos del préstamo en moneda

extranjera deberán llegar a través de bancos locales o (ii) deberán haber sido

destinados para el financiamiento de bienes de importación.

- Los fondos del préstamo deberán ser destinados para los negocios en Perú.

- La participación de la banca extranjera no debe cubrir una transacción entre

partes vinculadas (préstamos Back to Back).

- La tasa de interés no deberá exceder el LIBOR, incrementado en siete puntos.

Para este propósito, el interés incluirá: gastos, comisiones, primas y cualquier

otra cantidad relacionada, además de los intereses pagados.

(d) La asistencia técnica se define como todo servicio, donde sea que se realice, a

través del cual el proveedor se compromete a proporcionar conocimientos

técnicos especializados destinados a la fabricación de bienes o la prestación de

servicios o el rendimiento de otras operaciones con el fin de generar ingresos.

En el supuesto que las tres primeras condiciones arriba mencionadas se cumplan; y si

respecto a la cuarta condición, el tipo de interés supera el LIBOR más siete puntos, sólo el

exceso de interés estará sujeto la retención de la tasa regular de 30%. Los intereses

derivados de préstamos concedidos por los bancos internacionales para los bancos

peruanos e instituciones financieras estarán sujetos a una retención del 4,99%.

En general, los intereses devengados de bonos y de otros instrumentos de deuda están

también sujetos a una tasa del 4,99%, siempre y cuando el emisor de deuda no tenga

ningún vínculo con el titular de la misma, o de que se esté encubriendo una transacción

Back to Back.

Los intereses devengados por los bonos emitidos por el gobierno están exentos de

impuestos.

El interés de los depósitos en los bancos peruanos está sujeto a un impuesto de retención

4,99%, si el beneficiario es una entidad extranjera.

7.2.2.1. Gastos Deducibles

A efectos de calcular la renta neta empresarial se deducirá de la renta bruta los gastos

necesarios para la producción y mantenimiento de la misma. Los gastos deberán cumplir

criterios tales como: causalidad, proporcionalidad y razonabilidad.

• Gastos de investigación científica, tecnológica e innovación tecnológica:

i. Investigación científica: Es todo aquel estudio original y planificado que tiene

como finalidad obtener nuevos conocimientos científicos o tecnológicos, la que

puede ser básica o aplicada.

ii. Desarrollo tecnológico: Es la aplicación de los resultados de la investigación o de

cualquier otro tipo de conocimiento científico, a un plan o diseño en particular

Page 23: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

23

para la producción de materiales, productos, métodos, procesos o sistemas

nuevos, o sustancialmente mejorados, antes del comienzo de su producción o

utilización comercial.

iii. Innovación tecnológica: Es la interacción entre las oportunidades del mercado y el

conocimiento base de la empresa y sus capacidades, implica la creación,

desarrollo, uso y difusión de un nuevo producto, proceso o servicio y los cambios

tecnológicos significativos de los mismos. Se considerarán nuevos aquellos

productos o procesos cuyas características o aplicaciones, desde el punto de

vista tecnológico, difieran sustancialmente de las existentes con anterioridad.

Consideran la innovación de producto y la de proceso.

• Gastos de representación: Que sean propios del giro del negocio y que en conjunto

no excedan el 0.5% de los ingresos brutos, con el límite de 40 UIT.

• Gastos de Viaje: Comprendiendo alojamiento, alimentación y movilidad. Además,

dichos gastos deberán guardar correspondencia con la actividad productora de renta

gravada, estos gastos no podrán exceder del doble del monto que, por ese

concepto, concede el Gobierno Central a sus funcionarios de carrera de mayor

jerarquía.

• Gastos por Donaciones: Otorgados en favor de entidades y/o dependencias del

Sector Público Nacional o entidades educativas, de beneficencia o bienestar social,

etc. sin fines de lucro; y con el límite del 10% de la renta neta empresarial luego de

la compensación de pérdidas. Asimismo, se encuentran comprendidos los gastos

por donaciones de alimentos que se realicen a las entidades perceptoras de

donaciones, hasta el límite de 1.5% de del total de las ventas netas de alimentos del

ejercicio.

• Gastos por intereses por subcapitalización: de deudas y los gastos originados por la

constitución, renovación o cancelación de las mismas siempre que hayan sido

contraídas para adquirir bienes o servicios vinculados con la obtención o producción

de rentas gravadas en el país o mantener su fuente productora. El límite es los

intereses provenientes de endeudamientos que no excedan de 3 veces el patrimonio

neto del mutuante al cierre del ejercicio anterior; los intereses que se obtengan por el

exceso de endeudamiento no serán deducibles.

El límite descrito no es aplicable a: a. Las empresas del sistema financiero nacional; b.

Contribuyentes que mediante Asociaciones Público Privadas desarrollen proyectos de

infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, investigación

aplicada y/o innovación tecnológica; c. Endeudamientos para el desarrollo de proyectos de

infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, investigación

aplicada y/o innovación tecnológica, bajo la modalidad de Proyectos en Activos; d.

Endeudamientos provenientes de la emisión de valores mobiliarios representativos de

deuda que cumplan determinadas condiciones; entre otros.

7.2.2.2. Depreciación

Para efectos tributarios, el desgaste o la disminución de capacidad de los activos fijos

destinados al desarrollo de actividades de comercio, industria u otras actividades

generadoras de rentas empresariales, se compensarán mediante la deducción de la

correspondiente depreciación, de acuerdo con las siguientes tasas:

Page 24: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

24

BIENES ACTIVOS PORCENTAJE (%)

Edificios y construcciones3 5% (20%)4

Ganado de trabajo y reproducción, redes de

pesca

25%

Vehículos de transporte terrestre (excepto

ferrocarriles); hornos en general

20%

Maquinarias y equipo utilizados por las

actividades minera, petrolera y de construcción;

excepto muebles, enseres y equipos de oficina.

20%

Equipo de procesamiento de datos. 25%

Maquinaria y equipo adquirido a partir del

01.01.91

10%

Otros bienes del activo fijo5 10%

7.2.2.3. Precios de Transferencia

Las normas de Precios de Transferencia son de aplicación a todas las operaciones

realizadas con partes vinculadas (locales y del exterior), así como las realizadas desde,

hacia o a través de países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición; o a las

que se realicen con sujetos cuyas rentas, ingresos o ganancias provenientes de dichas

transacciones están sujetos a un régimen fiscal preferencial.

La Administración Tributaria requiere estudios especializados y/o declaraciones en las que

el contribuyente debe demostrar la razonabilidad de sus políticas de Precios de

Transferencia.

7.2.2.4. Convenios para Evitar la Doble Imposición Internacional

Con la finalidad de resolver casos de doble imposición internacional, el Estado Peruano ha

celebrado acuerdos o convenios para regular dicha circunstancia. El Perú tiene suscrito y

en vigor los siguientes Convenios:

• Convenio con Chile, aplicable desde el 1 de enero de 2004.

• Convenio con Canadá, aplicable desde el 1 de enero de 2004

• Convenio con Brasil, aplicable desde el 1 de enero de 2010.

• Convenio con México, aplicable desde 1 de enero de 2015.

• Convenio con la República de Corea, aplicable desde el 1 de enero de 2015.

• Convenio con la Confederación Suiza, aplicable desde el 1 de enero de 2015.

• Convenio con la República de Portugal, aplicable desde el 1 de enero de 2015.

Cabe mencionar que además de los Convenios de Doble Imposición antes indicados, el

Perú aplica la Decisión 578 para las operaciones con países miembros de la

Comunidad Andina de Naciones (CAN): Colombia, Ecuador, Bolivia y Perú. La Decisión

578 es una norma supranacional, vinculante para los miembros de la CAN; y que

también tiene por finalidad evitar la doble tributación.

3 Los edificios y construcciones solo serán depreciados mediante el método de línea recta. 4 Se aplica el 20% en la medida que al 31 de diciembre del 2016 la construcción tenga un avance no menor del 80%

Page 25: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

25

La Decisión 578 se encuentra vigente desde el 1 de enero del año 2005.

Cabe precisar que, en la actualidad, el Convenio con España aún no ha sido ratificado

por el Congreso de ambos países.

7.3. Impuesto General a las Ventas (IGV)

El Impuesto General a las Ventas (IGV), es un impuesto que grava el valor agregado en

cada transacción realizada en las distintas etapas del ciclo económico. La tasa es de 18%,

e incide sobre las siguientes actividades:

• Venta de bienes muebles en Perú.

• Prestación o utilización de servicios en el país6.

• La importación de bienes.

• Contratos de construcción.

• Primera venta de inmuebles por el constructor.

La Ley del IGV adopta el sistema de débito / crédito, donde el IGV abonado puede ser

compensado por IGV repercutido. Cualquier crédito de IGV que no se compensa en

determinado mes podrá ser aprovechado para futuras compensaciones con cualquier

producción futura de IGV. Reembolsos en efectivo de crédito IGV son solo disponibles

para los exportadores y para algunas entidades durante etapas pre-operativas; y estará

sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones legales.

En relación con el IGV, existe un “Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias” (SPOT).

El SPOT se aplica a la venta de determinados bienes y a la prestación de servicios que

están sujetos al IGV. Lo que se busca con el SPOT es generar fondos para permitir el

pago de las obligaciones tributarias por parte del sujeto pasivo.

De acuerdo con el SPOT, todas las ventas de bienes y prestación de servicios que figuran

en los anexos de la Resolución No.183-2004 / SUNAT, que son gravados con IGV, estarán

sujetos a retención aplicando las tasas establecidas en función del tipo del producto o del

servicio.

En relación a los servicios, la Resolución en su Apéndice 3 establece los servicios sujetos

al SPOT y sus tasas:

• Intermediación laboral (12%).

• Arrendamiento de bienes (10%).

• Mantenimiento y reparación de bienes muebles (12%).

• Movimiento de carga (10%).

• Otros servicios empresariales (12%).

• Comisión mercantil (10%).

• Fabricación de bienes por orden (10%).

• Transporte de personas (10%).

• Contratos Construcción (4%).

5 Para el caso de intangibles de duración limitada (software, patentes, derechos de autor, etc.) puede optarse por

amortizarse en un solo ejercicio, o por el sistema de línea recta por un plazo de diez años. 6 A fin de determinar si hay uso efectivo de los servicios en Perú existen dos requisitos: (i) una entidad no domiciliada

preste un servicio, y (ii) el servicio debe ser consumido o empleado en territorio peruano, independientemente del lugar donde se realice el pago o donde se llegue al acuerdo

Page 26: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

26

• Demás servicios gravados con el IGV, no mencionados anteriormente (12%)

El comprador o el receptor del servicio deberán retener el porcentaje correspondiente del

precio de la transacción y depositar dicha cantidad en la cuenta bancaria del Banco de la

Nación (Banco del Estado) cuyo titular es el vendedor o del proveedor del servicio. Es

importante señalar que el comprador o del receptor del servicio tiene el derecho de

compensación de IGV, en relación a los bienes y servicios adquiridos, a partir de que pago

en el Banco de la Nación se haya hecho efectivo.

La cantidad depositada se podrá aplicar para el pago de cualquiera de las obligaciones

tributarias peruanas del vendedor o del proveedor del servicio (no sólo IGV). El titular del

crédito fiscal cuenta con cuatro meses consecutivos para la utilización del mismo. Una vez

transcurrido este periodo de cuatro meses se podrá solicitar el reembolso; o utilizar dicho

importe para pagar otras retenciones aplicables a los compradores o receptores del

servicio.

Existen dos sistemas excepcionales de recuperación del IGV:

1. La Recuperación Anticipada, que beneficia a las empresas que desarrollen proyectos

cuya etapa pre-operativa sea mayor a dos años, que podrán solicitar la devolución

anticipada en forma previa al inicio de sus operaciones, requiriendo para tales fines

haber solicitado su acogimiento a PROINVERSION, y que la inversión proyectada sea

no menor a US$ 5 Millones. También existe un régimen temporal de recuperación

anticipada para las microempresas inscritas en el REMYPE con el objetivo de promover

la adquisición, renovación o reposición de bienes de capital, consistente en la

devolución del crédito fiscal generado por las actividades antes mencionadas.

2. La Recuperación Definitiva, que se aplica a la industria minera y petrolera. Respecto de

los titulares de concesiones mineras, el beneficio aplicará siempre que no se

encuentren en etapa de producción y celebren un Contrato de Inversión en Exploración

con el Estado. Respecto de los titulares que hayan suscrito Contratos de Licencia o

Servicios al amparo de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, podrán solicitar este

beneficio durante la etapa de exploración. El beneficio se encuentra vigente hasta el 31

de diciembre de 2019.

7.4. Aduanas e Impuestos Especiales

Los derechos de aduana son impuestos sobre el valor CIF de las mercancías importadas,

a tasas del 0%, 4%, 6% y 11%.

En términos generales, no existen restricciones sobre las importaciones y las

exportaciones. Existe sólo un listado limitado de productos que no pueden ser sujetos de

importación o exportación. Las exportaciones no están gravadas con impuestos. La

importación de la mayoría de los bienes de capital está sujeta a una tasa de 0%.

Perú es miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y ha suscrito varios

acuerdos bilaterales basados en el trato de nación más favorecida en condiciones de

reciprocidad. Asimismo, es miembro de la Comunidad Andina y de la Asociación

Latinoamericana de Integración - ALADI (anteriormente la Asociación Latinoamericana de

Libre Comercio).

Page 27: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

27

El Gobierno tiene la facultad de conceder exenciones de impuestos en determinadas

circunstancias, y también de suspender temporalmente la fijación de los derechos sobre

determinados productos. Los derechos de aduana se imponen sobre una base ad valorem

(el valor CIF de los bienes importados). Las mercancías se clasifican a efectos de

derechos de aduana en el marco del Sistema Armonizado.

En relación con el sistema aduanero, existe el Régimen de Devolución o conocido también

como “Drawback”. De acuerdo con este Régimen de Devolución, un exportador puede

solicitar la devolución de los derechos de aduana destinándose al abono de: (i) la

importación de las mercancías contenidas en los bienes exportados, o (ii) la importación de

bienes que se consumen durante la producción de las mercancías exportadas.

La actual tasa de reembolso es de 3% del valor FOB de los bienes exportados, siempre

que dicha cantidad exportada no exceda del 50% del costo de producción del bien. El

reembolso será de aplicación para cada tipo de bien exportado por el exportador y hasta

un límite de USD 20'000,000 en bienes exportados por año (el exceso no estará sujeto a la

devolución).

Los beneficiarios del Régimen de Devolución son las empresas fabricantes / exportadores

cuyo costo de producción se ha visto incrementado por los derechos de aduana pagados

el momento de la importación de: (i) la materia prima, (ii) los productos intermediarios, o

(iii) piezas incorporadas o consumidos durante la fase de producción del bien exportado.

Es importante tener en cuenta que el combustible o cualquier otra fuente de energía

utilizada para generar calor o energía, a efecto de producción u obtención de los bienes

exportables, no se consideran como materias primas.

Por último, respecto a los impuestos indirectos, la venta de productos específicos, incluido

el combustible, los vehículos, entre otros, están sujetos al Impuesto Selectivo al Consumo.

Las tasas de impuestos, y la aplicación de los mismos, dependen del tipo de bienes o

servicios.

7.5. Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN)

El ITAN es un impuesto al patrimonio, que grava los activos netos como manifestación de

capacidad contributiva. Puede ser utilizado como crédito contra los pagos a cuenta y de

regularización del Impuesto a la Renta. La base imponible es el valor de los activos netos

establecidos en el balance de situación del contribuyente al 31 de diciembre del año

anterior al del pago de impuestos, ajustado por las deducciones y amortizaciones

aceptadas por la ley. La tasa de ITAN se determina aplicando los siguientes porcentajes

sobre la base imponible:

Tasas Activos Netos

0% Hasta S/ 1,000,000

0.4% Mayor a S/ 1,000,000

7.6. Impuestos de Transacciones Financieras (ITF)

Es el impuesto que grava las operaciones en Moneda Nacional o Extranjera por cualquier

ingreso o salida de dinero en las cuentas abiertas en empresas del Sistema Financiero, y

Page 28: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

28

las operaciones que transmitan pagos de dinero, cualquiera que sea el medio que se

utilice, estando gravadas con tasa del 0.005%.

7.7. Impuestos Municipales

7.7.1. Impuesto al Patrimonio Predial

Es un tributo de periodicidad anual que grava el valor de los predios urbanos y rústicos. Se

consideran predios a los terrenos, las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes. La

condición de contribuyente se determina al 1 de enero de cada año, teniendo como

acreedor tributario al Municipio Distrital donde se encuentre ubicado el predio, según la

siguiente tasa progresiva-acumulativa:

7.7.2. Impuesto al Patrimonio Vehicular

Es un tributo de periodicidad anual que grava la propiedad de los automóviles, camionetas

y station wagons, camiones, buses y ómnibuses fabricados en el país o importados,

durante los tres ejercicios anuales siguientes a aquél en que se produjo la primera

inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular con una tasa de 1%; teniendo como

acreedor tributario al Municipio Provincial en cuya jurisdicción domicilie el propietario,

teniendo como base imponible el valor de adquisición, importación o ingreso al patrimonio,

no pudiendo ser inferior al 1.5% de la UIT vigente al 1 de enero de cada año.

7.7.3. Impuesto de Alcabala

Es un tributo que grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o

rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su modalidad, incluyendo las ventas con

reserva de dominio. La base imponible es el valor de enajenación del inmueble, de cargo

del comprador, gravado con tasa progresiva, teniendo como acreedor al Municipio Distrital

donde se encuentra ubicado el inmueble.

De 0 UIT hasta 10 UIT - Tasa 0%

Por el exceso de 10 UIT - Tasa 3%

7.8. Beneficios para las actividades realizadas en la Amazonía peruana

En Perú existe una regulación para promover la inversión en la Amazonía y sus

reglamentos constituyen el marco jurídico para el desarrollo de la Amazonia.

7.8.1. Requisitos para la aplicación de beneficios fiscales

Las empresas deben cumplir las siguientes condiciones:

• La empresa debe tener su domicilio fiscal en la Amazonía.

• El domicilio fiscal es el lugar donde se encuentra la administración y la contabilidad

de la empresa.

De 0 UIT hasta 15 UIT - (Hasta S/. 63,000) 0.2%

De 15 UIT hasta 60 UIT - (Hasta S/. 252,000) 0.6%

Por el exceso de 60 UIT - (Por el exceso de S/. 252,000) 1.0%

Page 29: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

29

• La empresa debe registrarse en las oficinas de registro de la Amazonía.

• El 70 % de los activos fijos de la empresa debe encontrarse en la Amazonía.

• La empresa no debe tener producción fuera de la Amazonía. En el caso de

servicios o contratos de construcción, la "producción " se refiere a la prestación de

servicios o la ejecución de contratos de construcción en la Amazonia, según el

caso.

7.8.2. La zona exenta

Los beneficios fiscales son para las empresas ubicadas en la zona geográfica se detalla en

la siguiente lista:

Departamento Provincia Distrito

Loreto Todos Todos

Madre de Dios Todos Todos

Ucayali Todos Todos

Ayacucho Huanta Sivia

Ayna Ayahuanco Llochegua

La Mar San Miguel

Santa Rosa

Cajamarca Jaen Todos

San Ignacio Todos

Cusco Calca Yanatile

La Convención Todos

Paucartambo Kosllipata

Quispicanchis Camanti

Marcapata

Huánuco Leoncio Prado Todos

Huánuco Junín

Puerto Inca Todos

Marañón Todos

Pachitea Todos

Humalíes Monsón

Huánuco Churubamba

Huánuco Ambo

Santa María del Valle

Ambo Chanchamayo

Tomayquichua

Ambo

Todos

Junín Satipo Todos

Pasco Oxapampa Todos

Puno Carabaya Coaza

Ayapata

Ituata

Ollaechea

San Gabán

Sandia San Juan del Oro

Limbani

Yanahuaya

Phara

Alto Inambari

Sandia

Patumbuco

Page 30: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

30

Huancavelica Taycaja Huachocolpa

Tintay Puncu

La Libertad Pataz Ongón

Piura Huancabamba Carmen de la Frontera

Todos los lugares de la Amazonía que se detallan en la lista de arriba están exentos de

IGV para la venta e importación de mercancías, y para la prestación de servicios y

contratos de construcción. No obstante, la exoneración del impuesto general a las ventas

por la importación de bienes que se destinen al consumo de la Amazonía sólo estará

vigente hasta el 31 de diciembre de 2019, salvo las partidas arancelarias de los capítulos

84, 85 y 87 del Arancel de Aduanas cuya exoneración es hasta el 31 de diciembre de

2029; lo dispuesto no es de aplicación para la región Loreto que se regulará por sus

propias normas.

Page 31: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

31

8. EL SISTEMA LABORAL EN EL PERÚ

8.1. Contrato de Trabajo

En la legislación laboral peruana; para la existencia de una relación de trabajo se requiere

que los siguientes elementos esenciales estén presentes: prestación personal del servicio,

subordinación y remuneración. No hay más condiciones o requisitos previos para contratar

a los trabajadores, además de la edad legal (18 años).

La legislación laboral supone que, ante cualquier prestación personal, subordinada y

remunerada de servicios, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo

indefinido.

Bajo esa presunción, los contratos a tiempo indeterminado carecen de una formalidad para

su celebración por lo que podrán ser celebrados por escrito o de manera verbal.

Sin embargo, para los casos en que la contratación laboral incorpore beneficios distintos a

los regulados por las normas laborales o se pacten beneficios especiales, los contratos de

trabajo se deberán celebrar por escrito a fin de reflejar los términos y condiciones

acordados por las partes.

8.2. Contrato de Trabajo a Plazo Fijo

Excepcionalmente, la legislación peruana permite contratos de trabajo cuya duración es

temporal. Los casos más importantes en los que la ley permite la contratación de un

trabajador durante un período determinado son:

• El comienzo o el incremento de actividad de la empresa.

• Las necesidades del mercado.

• La sustitución provisional.

• Desarrollo de un proyecto o servicio específico, cuando así lo requieran las

necesidades del mercado o mayor producción de la empresa, así como cuando

lo exija la naturaleza temporal o accidental del servicio que se va a prestar o de

la obra que se ha de ejecutar.

La legislación laboral permite renovar sucesivamente este tipo de contratos, siempre que

en suma no excedan los plazos establecidos para cada modalidad, que en ningún caso

podrá exceder los cinco (5) años.

Por otro lado, los contratos a plazo fijo en ciertos casos pueden desnaturalizarse en su

carácter temporal, lo que traerá como consecuencia el reconocimiento de una relación

laboral a plazo indeterminado.

8.3. Periodo de Prueba

El periodo de prueba para los trabajadores es de tres (3) meses. Una vez superado este

periodo, los trabajadores cuentan con estabilidad laboral, por lo cual, se encuentran

protegidos frente al despido arbitrario.

Page 32: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

32

En el caso de los trabajadores calificados como de confianza, se podrá extender este

periodo a seis (6) meses, siempre y cuando sea necesaria una capacitación en virtud a las

labores que desempeñará. Para el caso del personal de dirección, la ampliación del plazo

no podrá exceder un (1) año.

8.4. Contratación de Extranjeros

La legislación laboral permite la contratación de trabajadores extranjeros, sin limitaciones

sobre la base que ellos tengan conocimientos especializados, o a fin que ocupen cargos

de dirección en la empresa. Es decir, éste tipo de personal desempeña actos de

representación general del empleador frente a los mismos trabajadores y terceros,

ejerciendo funciones de administración y control de la empresa. Sin embargo, la

contratación de personal extranjero que no ocupen cargos de dirección o que posean

algún tipo de cocimiento especializado tiene una restricción en número de trabajadores, a

no ser más del veinte por ciento (20%) de la planilla total de trabajadores; y otra restricción

en materia de salarial, que sus salarios globales no excedan el treinta por ciento (30%) del

total de salarios de los trabajadores de la empresa.

El contrato con extranjeros deberá constar de forma escrita y requerirá, además, de la

aprobación del Ministerio de Trabajo. Se debe tomar en cuenta que la duración de este

contrato no debe exceder de tres (03) años, el mismo que puede ser prorrogado las veces

que sea necesaria. El trabajador no podrá prestar sus servicios hasta que no cuente con la

visa de trabajo y carne de extranjería que otorga la Autoridad Migratoria.

El impuesto a la renta para los trabajadores no domiciliados, será determinado aplicando

una tasa de 30% del ingreso bruto de fuente peruana. La fuente de ingresos está afecta a

los beneficios de pensiones y salud que son detallados en el numeral 7.10.

En caso de cese antes del vencimiento del contrato, el empleador debe pagar por

indemnización por despido, el equivalente a una vez y media la remuneración mensual por

cada mes dejado de trabajar hasta la fecha de vencimiento pactada, con un máximo de 12

remuneraciones.

8.5. Contratación de Empresas de Intermediación Laboral

La regla aplicable a las relaciones laborales es que el personal será contratado

directamente por su empleador. Sin embargo, terceras empresas podrán proveer de

personal al empleador en los siguientes casos:

• Servicios temporales: Servicios ocasionales o reemplazo temporal de personal.

• Servicios suplementarios: Servicios que no son parte de la actividad principal del

empleador.

• Servicios de alta especialización: Servicios complejos y especializados que no son

parte de la actividad principal del empleador, ni del giro del negocio.

Asimismo, se debe de tener en consideración que al momento de contratar con cualquier

empresa de intermediación laboral, ésta debe de contar con una constancia de inscripción

expedida por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, vigente al momento de

celebrar el contrato de intermediación laboral; y adicionalmente, se debe verificar que la

empresa intermediadora cuente con una carta fianza, que puede estar otorgada a nombre

Page 33: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

33

del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o a nombre de la empresa contratante, a

efectos de mitigar cualquier supuesto de responsabilidad solidaria que pudiese afectar a la

empresa contratante.

8.6. Tercerización de Servicios

Constituye un servicio por medio del cual una empresa usuaria puede encargar a otra

empresa, denominada tercerizadora, el desarrollo íntegro de alguna de las actividades que

forman parte de su ciclo productivo o línea de negocio.

El servicio de tercerización puede ser brindado dentro o fuera de las instalaciones de la

empresa usuaria.

No obstante, lo anterior a efectos de poder encontrarse dentro de los parámetros

establecidos por la ley, es indispensable que la tercerización se realice con

desplazamiento continuo de personal a las instalaciones de la empresa usuaria que recibe

el servicio.

Las empresas tercerizadoras deben cumplir con las siguientes condiciones principales:

a) Asume los servicios prestados bajo su propia cuenta y riesgo.

b) Debe contar con sus propios recursos financieros, técnicos o materiales.

c) Es responsable por el resultado de sus actividades.

d) Dirige de manera exclusiva a sus trabajadores.

De no cumplir con estas condiciones se considerará que la relación laboral de los

trabajadores de la empresa tercerizadora se encuentra desnaturalizada por lo que se

generará una relación laboral directa e inmediata con la empresa usuaria.

Asimismo, se debe tener en consideración que la empresa usuaria que contrata el servicio

de tercerización es solidariamente responsable con la empresa tercerizadora por el pago

de los derechos y beneficios laborales; y obligaciones en materia de seguridad social

generados durante la duración del desplazamiento de los trabajadores de la empresa

tercerizadora.

8.7. Extinción del Contrato de Trabajo

Las formas de extinción de la relación laboral establecidas en la legislación peruana son

las siguientes:

a) El despido por causa justa, relacionado a la capacidad o conducta del trabajador,

de acuerdo a los supuestos establecidos en la legislación laboral.

b) El vencimiento del plazo en los contratos celebrados a plazo fijo.

c) El mutuo disenso.

d) Renuncia del trabajador.

e) La invalidez absoluta y permanente.

f) La jubilación obligatoria (70 años).

g) La terminación de la relación laboral por causa objetiva, en los casos y forma

permitidos por Ley. (Crisis económica del empleador, Reestructuración empresarial

entre otras).

Page 34: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

34

Con relación al despido, la ley otorga protección al trabajador frente al despido arbitrario,

otorgándole el derecho al pago de una indemnización equivalente a 1 ½ remuneración

ordinaria mensual por cada año completo de servicio hasta un tope 12 remuneraciones. La

fracción de año y mes se paga en forma proporcional.

Para el caso de los trabajadores contratados a plazo fijo, la indemnización por despido es

equivalente a 1 ½ remuneración por mes dejado de laborar hasta el vencimiento del

contrato.

8.8. Remuneración Mínima Legal

La remuneración mínima legal es fijada por el Estado. Actualmente asciende a S/ 930.00

(Novecientos Treinta con 00/100 Soles) que al tipo de cambio vigente asciende a US $

285.00 (Doscientos Ochenta y Cinco Dólares con 00/100) aproximadamente. El empleador

y el trabajador pueden acordar un pago más alto.

8.9. Jornada de Trabajo

En el Perú, la jornada laboral máxima establecida para los trabajadores es de ocho (8)

horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales. Sin embargo, el empleador se

encuentra facultado a establecer jornadas atípicas de trabajo que no podrán exceder el

límite de las cuarenta y ocho (48) horas semanales.

La jornada laboral que exceda los límites en cuanto a las horas diarias o semanales será

considerada como sobretiempo. En este caso, el empleador deberá abonar al trabajador

una sobre tasa que no podrá ser menor al 25% del valor de una hora respecto a las dos

primeras horas de sobretiempo, y de 35% por el exceso de horas, o podrá compensado

con periodos de descanso.

Cabe señalar que el personal calificado como personal de confianza o el personal de

dirección no tiene derecho al sobretiempo, ya que no cuentan con supervisión inmediata.

8.10. Beneficios Laborales otorgados por Ley

El empleador se encuentra obligado a cumplir con abonar y otorgar todos los beneficios

regulados en la legislación laboral, entre los cuales se encuentran los siguientes:

A. Descanso Semanal

Los trabajadores tienen derecho a un mínimo de veinticuatro (24) horas de descanso

semanal, el mismo que normalmente es gozado los domingos.

B. Descanso por Feriados

Los trabajadores no necesitan prestar servicios en los feriados establecidos por ley, pero

tendrán derecho al pago completo por dicho día de trabajo. Es posible sustituir el pago por

el día de trabajo, otorgándole al trabajador un día adicional de descanso. En el caso que el

trabajador preste servicios en un día feriado, sin tener un día adicional de descanso, el

Page 35: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

35

empleador estará obligado a pagar un adicional de cien por ciento (100%) de un salario

diario.

C. Vacaciones

Los trabajadores tienen derecho a treinta (30) días de vacaciones pagadas por cada año

de servicio, a menos que ellos acuerden con el empleador reducir o acumular el periodo

vacacional. No obstante, lo mencionado, en el supuesto que el trabajador no goce del

descanso vacacional dentro del siguiente año de obtenido el derecho, le corresponderá

una indemnización vacacional.

D. Asignación Familiar

Este beneficio está destinado a contribuir al mantenimiento de los hijos menores,

independientemente del número de hijos. Es equivalente al 10% de la remuneración

mínima vital mensual vigente en el momento en que se recibe el beneficio.

E. Gratificaciones Legales

Los trabajadores tienen derecho a percibir dos bonificaciones en el año, una que es

abonada en julio y la otra en diciembre. El monto de cada gratificación equivale a una

remuneración adicional más cualquier otro monto que haya recibido el trabajador de

manera a fija y permanente.

Si el trabajador presto sus servicios por un periodo menor a seis (6) meses, tendrá

derecho a percibir la gratificación en forma proporcional a los meses laborados. El

trabajador obtendrá el derecho a percibir este beneficio siempre que haya laborado al

menos un mes completo.

F. Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)

La compensación por tiempo de servicio: tiene la naturaleza de un beneficio de bienestar

social para la previsión de las contingencias que puedan surgir debido a la terminación del

contrato de trabajo. Se paga dos veces al año (abril y octubre) y es equivalente a un 8,33%

de la remuneración percibida por el trabajador en el semestre.

G. Utilidades

Hay un sistema general de participación en las utilidades de la empresa. Los empleados

de las empresas que realizan actividades de generación de ingresos tienen derecho a

participar de las utilidades de la empresa, siempre que la empresa tenga más de 20

empleados, y estén sujetos al régimen laboral de los empleados de empresas privadas

Los empleados comparten los beneficios de la organización a través de la distribución de

un porcentaje de los ingresos netos antes de impuestos de la compañía. Este porcentaje

varía en función de las actividades:

Pesca 10%

Telecomunicaciones 10%

Industria 10%

Page 36: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

36

Minería 8%

Comercio al por mayor y menor; y

restaurantes

8%

Otras actividades 5%

Al mismo tiempo que estas utilidades, los empleadores deben pagar dos gratificaciones en

julio y diciembre. Estas gratificaciones son iguales a un mes de salario y no están sujetas a

contribuciones sociales.

8.11. Aportes Sociales e Impuestos

Las remuneraciones están sujetas a los siguientes aportes e impuestos:

AFP Essalud Impuesto sobre la renta nacional

De cargo del Empleador

9% de la remuneración del trabajador.

De cargo del Trabajador

12.5% - 13%, dependiendo del sistema.

Tasa progresiva anual dependiendo del salario total anual: 8%, 14%, 17%, 20% y 30%.

El empleador se encuentra obligado a realizar las retenciones que son de cargo del

trabajador.

Dependiendo de la actividad de la empresa, la remuneración podrá estar sujeta a otras

contribuciones.

8.12. Temas Migratorios

El extranjero que tenga interés en permanecer en el Perú para llevar a cabo actividades

distintas a las de turismo, deberá solicitar, de acuerdo a la actividad que vaya a realizar en

el Perú, la visa y calidad migratoria correspondiente. La oficina encargada de estos

asuntos es la oficina de la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES).

Los extranjeros pueden solicitar los tipos de visa detallados a continuación, en función a

las actividades que vayan a realizar en el Perú:

Clase de Visa Objeto de la Visa Tipo de Visa

Turista Sólo se encuentran permitidos de realizar

actividades recreativas y visitas turísticas. No se

encuentran autorizados a realizar actividades

remuneradas ni lucrativas.

Temporal

Negocios Se otorga a aquellos extranjeros que ingresan al

país sin ánimo de residencia y con el propósito de

realizar gestiones de carácter empresarial o legal.

Dicha visa permite firmar contratos o transacciones.

Sin embargo, este tipo de visa no permite realizar

actividades remuneradas o lucrativas ni recibir renta

de fuente peruana.

Temporal

Trabajador Pueden realizar actividades lucrativas de manera Temporal /

Page 37: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

37

subordinada o independiente, tanto para el sector

privado como para el sector público, en virtud de un

contrato de trabajo o un contrato de prestación de

servicios.

Residente

Inversionista Permite al extranjero establecer, desarrollar o

administrar una o más inversiones en el marco de la

legislación peruana.

Temporal /

Residente

Trabajador

Designado

Se encuentra orientada a aquellos extranjeros que

ingresan al Perú a realizar actividades laborales que

consistan en la realización de una tarea específica o

un trabajo que requiera conocimientos

profesionales, comerciales o técnicos

especializados enviado por un empleador

extranjero.

Temporal /

Residente

Familiar de

Residente

Permite a los familiares de un peruano o residente

extranjero obtener la residencia en el Perú y realizar

actividades lucrativas de forma subordinada o

independiente.

Temporal /

Residente

Formación Los extranjeros podrán desarrollar sus estudios de

educación básica y superior, en instituciones

educativas reconocidas por el Estado Peruano. Se

encuentran comprendidos los extranjeros que

realizan intercambios estudiantiles, practicas pre

profesionales o profesionales. Sin embargo, no se

encuentran autorizados a trabajar ni realizar

actividades remuneradas, salvo previo “Permiso de

Trabajo” otorgado por la Autoridad Migratoria.

Temporal /

Residente

Permanente Permite la residencia del extranjero de manera

indefinida.

Residente

Page 38: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

38

9. ¿CÓMO ES EL MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL PERÚ?

La solución del conflicto en el sistema peruano es posible ya sea por los llamados

mecanismos de autocomposición (conciliación y transacción) o por los llamados

mecanismos de heterocomposición (proceso judicial o, alternativamente, el arbitraje).

Cuando no es posible la solución directa del conflicto por las propias partes, debe

recurrirse al Poder Judicial o a la vía del Arbitraje.

La ley reconoce que tanto los extranjeros, como los nacionales tienen el derecho a un

debido proceso, a una protección jurisdiccional y un mismo tratamiento jurídico

9.1. La Conciliación Extrajudicial

De acuerdo con la legislación peruana, como requisito previo para recurrir a la vía judicial

es obligatorio agotar una etapa previa conocida como la Conciliación Extrajudicial. La

Conciliación Extrajudicial es un mecanismo de resolución de controversias donde las

partes en desacuerdo acuden a un Centro de Conciliación para tratar de resolver el

conflicto negociando entre ellas mismas. En caso que éste acuerdo se produzca, éste se

formaliza a través de un Acta de Conciliación. Es importante señalar que los Centros de

Conciliación cuentan o deben contar con una autorización provista por el Ministerio de

Justicia.

Si las partes llegan a un acuerdo dentro del procedimiento de Conciliación Extrajudicial,

firmarán el Acta de Conciliación y este Acta tendrá el mismo valor que una sentencia con

la calidad de la cosa juzgada.

De otro lado, si las partes no llegan a un acuerdo, cualquiera de ellas podrá recurrir a la vía

judicial.

La conciliación es disponible sólo para los casos civiles y de todas las cuestiones que tiene

un valor monetario. No está disponible para los casos criminales

9.2 El Sistema Judicial

El sistema judicial peruano está compuesto por diferentes juzgados especializados. Estos

juzgados tienen una competencia determinada establecida de acuerdo a la ubicación

territorial, al monto involucrado en la disputa, a la naturaleza del conflicto, entre otros

criterios. Los Juzgados Civiles están a cargo de la resolución de disputas de orden civil y

comercial, existiendo otros juzgados especializados que se encargan de los casos con

contenido constitucional o la revisión de las decisiones administrativas, entre otros. Por

otro lado, los Juzgados Penales se ocupan de asuntos relacionados con los delitos y la

aplicación de las penas que son recogidas en el Código Penal u otras leyes que regulan

diversos aspectos criminales especiales.

9.2.1 El Proceso Judicial

En el Perú, las características y la duración de un proceso dependen de la naturaleza y la

complejidad del caso. Los litigios pueden ser de orden civil, penal, constitucional o

Page 39: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

39

administrativo, y cada tipo de caso tiene procedimientos especiales que tienen sus propios

tiempos de duración.

La característica común de todos los procesos es que deben tener por lo menos dos

instancias: Primera instancia a cargo de juzgados especializados en lo civil y penal y

Segunda instancia, a cargo de la Corte Superior que actúa como tribunal de apelación.

En muchos casos, también es posible acceder a la más alta instancia judicial denominada

Corte Suprema, donde se suelen presentar los denominados " Recursos de Casación"

Adicionalmente, se puede recurrir al Poder Judicial para solicitar la anulación de un laudo

arbitral. El Poder Judicial no tiene competencia para pronunciarse sobre una disputa que

se ha resuelto por vía arbitral, pues su competencia está limitada estrictamente a los

aspectos formales que pudieran haber afectado los derechos procesales básicos de las

partes del proceso. Si el Poder Judicial determina que el arbitraje ha sido realizado con

violación a los derechos de una o ambas partes, dispondrá la nulidad de la decisión arbitral

y ordenará que el arbitraje retroceda hasta el momento en que se cometió la violación y

ese defecto sea corregido.

9.2.2 La decisión judicial

La sentencia definitiva del Poder Judicial, como resultado de un debido proceso legal

respectivo, es un documento legal de cumplimiento forzoso. En caso de incumplimiento, el

juez pertinente podrá obligar a su cumplimiento a través de medidas de ejecución (por

ejemplo, embargos y posteriores remates de bienes, retención sobre fondos bancarios o

multas progresivas hasta conseguir el cumplimiento de la sentencia).

9.2.3 Inmunidad Soberana

En Perú, cualquier forma de inmunidad soberana no se aplica a los extranjeros. El poder

judicial es competente para juzgar a cualquier persona natural o jurídica que se encuentre,

o haya estado en el territorio peruano al momento de los acontecimientos objeto de

investigación.

En el supuesto que la persona se encuentre fuera del territorio de Perú, el sistema judicial

puede solicitar su extradición al país en el que la persona se encuentre (casos penales), o

bien, solicitar notificaciones u otras medidas de cumplimiento a través de las autoridades

diplomáticas (casos civiles).

9.2.4 El Tribunal Constitutional

El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control constitucional.

El Tribunal Constitucional es un tribunal independiente que no forma parte del Poder

Judicial.

El Tribunal Constitucional decide y se pronuncia sólo sobre temas relacionados con los

derechos fundamentales, tales como la vida, la no discriminación, el debido proceso, la

defensa de la propiedad, la libertad de reunión, trabajo, secreto en las comunicaciones y

de documentos privados, secreto bancario, entre otros.

Page 40: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

40

9.3 Arbitraje

El arbitraje es reconocido constitucionalmente como un medio de resolución de conflictos,

alternativo a la vía judicial. Todo tipo de disputa de orden Civil o Comercial puede ser

sometido a arbitraje, previo acuerdo de partes.

Es muy frecuente que las partes privadas, sean nacionales o extranjeras, acuerden recurrir

a la vía arbitral como medio de resolución de controversias, y la razón de esta preferencia

es que un arbitraje es un proceso más breve y las partes tienen la libertad de elegir a los

árbitros que se encargarán de resolver el conflicto, los cuales suelen ser expertos en los

temas discutidos.

De acuerdo con la Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias

Arbitrales Extranjeras, "Convención de Nueva York", y con la Convención Interamericana

de Arbitraje Comercial Internacional los laudos arbitrales internacionales pueden ser

reconocidos y ejecutados en el Perú,

Page 41: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

41

10. ¿COMO SON GESTIONADOS LOS DERECHOS INMOBILIARIOS EN PERÚ?

10.1. Adquisición de tierras

Respecto a la propiedad privada, las personas, sean estas naturales o jurídicas,

nacionales o extranjeras, tienen las mismas condiciones o tratamiento. Salvo algunas

limitaciones que mencionamos a continuación: las personas extranjeras no pueden adquirir

ni poseer tierras ubicadas a menos de cincuenta kilómetros de la frontera con Perú, bajo

ningún título podrán adquirir ni poseer: minas, tierras, bosques, aguas, combustibles o

energía, directa o indirectamente, ya sea de forma individual o bajo una sociedad, bajo

penalidad de perder el beneficio del Estado, por los derechos adquiridos. La única

excepción es a favor de otros Estados para la instalación de locales consulares o

residencias de funcionarios consulares y a favor de toda organización u organismo

internacional y sus funcionarios extranjeros.

La propiedad y los contratos relacionados con la adquisición y uso de tierras deberán estar

registrados ante el Registros de Propiedad Inmueble, que en Perú son administrados a

través de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) con el fin de

dar publicidad y ejercer la oponibilidad frente a terceros.

Para el desarrollo de proyectos de inversión, pública o privada, debidamente reconocidos

por el Estado Peruano, se ha establecido normativa específica para el establecimiento de

servidumbres, la adquisición, expropiación de inmuebles, así como transferencia de

inmuebles de propiedad del Estado.

10.2. Permisos de Planificación y Desarrollo

Los permisos de planificación y desarrollo de la tierra están a cargo de las municipalidades

provinciales, las cuales realizan las siguientes funciones:

• Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de

Zonificación de zonas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y

otros planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial

• Los proyectos o actividades comerciales a ser ejecutados deberán ser desarrollado

en correspondencia con los Planes aprobados por las Municipalidades

Provinciales.

Page 42: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

42

11. PROTECCIÓN AMBIENTAL EN PERÚ

Las políticas de gestión ambiental, se encuentran a cargo del Ministerio de Medio

Ambiente, creado por el Decreto Legislativo N° 1013, institución que entre sus principales

funciones destacan:

a) Funciones rectoras: Aprobación de las políticas nacionales de medio ambiente, las

cuales son aplicables a todos los niveles gubernamentales.

b) Funciones técnicas y reglamentarias: Aprobación y ratificación de disposiciones

legales para la gestión y manejo de los componentes ambientales.

La gestión para la protección del ambiente ha sido diseñada a través del establecimiento

de un Sistema Nacional de Gestión Ambiental el cual a su vez está integrado por:

• Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental.

• Sistema Nacional de Información Ambiental.

• Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos

• Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado.

• Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental.

Adicionalmente, existen instituciones con funciones específicas para otorgamiento de

autorizaciones, así como la administración y entrega en concesiones de los recursos

naturales, como el agua, recursos minerales, recursos forestales, entre otros.

11.1. Permisos ambientales: estudio, aprobación y obtención de permisos

La Certificación Ambiental es obtenida mediante la previa evaluación y aprobación de las

medidas de protección ambiental propuestas por el titular del proyecto en un informe

debidamente elaborado por consultores especializados respecto al desarrollo de una

determinada actividad comercial.

La Certificación Ambiental debe ser obtenida de manera obligatoria previa al inicio de la

ejecución del proyecto y puede ser emitida por una autoridad con competencia nacional o

regional, dependiendo de la magnitud del impacto y las obligaciones ambientales que se

prevea para su ejecución.

Es necesario tener en cuenta que además de la Certificación Ambiental, se debe obtener

autorizaciones específicas respecto a los siguientes temas: uso de recurso hídrico, uso de

bienes inmuebles, restos arqueológicos, toma de muestras de flora y fauna, intervención

en zonas o áreas naturales protegidas.

Es importante tener en consideración que las obligaciones y compromisos ambientales son

fiscalizadas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA),

autoridades sectoriales, gobiernos regionales y locales, conforme a la normativa legal

vigente.

11.2. Legislación Medio ambiental Aplicable

Las principales disposiciones legales que rigen la protección del medio ambiente son:

Page 43: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

43

• Ley General del Ambiente, Ley N° 28611.

• Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales,

Ley N° 26821.

• Ley del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, Ley N° 28245.

• Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión

Ambiental, D.S. N° 008-2005-PCM.

• Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, Ley N° 27446

• Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional, D.S. N° 019-2009-

MINAM.

• Ley de Áreas Naturales Protegidas, Ley N° 26834.

• Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, D.S. N° 038-2001-AG.

• Ley de Recursos Hídrico, Ley N° 29338.

• Reglamento de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, D.S. N° 001-2010-

AG.

• Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, D. Leg. N° 1278.

• Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba

la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, D.S. N° 014-2017-MINAM.

• Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, Ley N°

29325.

11.3. Autoridades Competentes

En el siguiente cuadro presentamos los principales temas que requieren autorización y la

autoridad competente para su aprobación

ASUNTO AUTORIDAD

Certificación

ambiental

Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las

Inversiones Sostenibles, Ministerios por sectores y Gobiernos

Regionales, según la magnitud del impacto ambiental.

Recursos hídricos Autoridad Nacional de Agua.

Flora y fauna

silvestre

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.

Áreas naturales

protegidas

Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

Infraestructura para

residuos sólidos

Ministerio del Ambiente y Autoridades sectoriales.

Inmuebles de

propiedad estatal

Superintendencia de Bienes Nacionales.

Concesiones

mineras

Instituto Geológico Minero y Metalúrgico y Gobiernos

Regionales.

Restos

arqueológicos

Ministerio de Cultura y Direcciones Regionales de Cultura.

Page 44: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

44

12. LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y LA LIBRE COMPETENCIA EN EL PERÚ

La protección de la propiedad intelectual en el Perú incluye las marcas y signos distintivos

de la empresa; la actividad inventiva de la misma; y sus derechos autor. El organismo que

se encarga del registro y protección de la propiedad intelectual en el Perú es el Instituto de

Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI).

12.1. Marcas y Signos Distintivos

En el Perú no es obligatorio el registro de una marca, pero sí es recomendable que el

titular lo haga para evitar contingencias que afecten la comercialización de sus productos

y/o servicios ante posibles acciones de terceros, y para obtener el derecho de uso

exclusivo del signo en el mercado peruano.

El procedimiento de registro de una marca se inicia ante la Dirección de Signos Distintivos

del INDECOPI. El trámite involucra la publicación de la solicitud en la Gaceta Electrónica

de Propiedad Industrial del INDECOPI, así como la eventual oposición a la solicitud de

registro por parte de terceros quienes puedan considerar se les afecta un derecho. De no

tener oposición y con opinión favorable de la Dirección, el registro puede ser obtenido en

un plazo estimado de tres meses.

El derecho de uso exclusivo que deriva en un registro marcario se concede por el periodo

de diez años, renovable ilimitadamente. Si bien no es obligatorio el uso de la marca para

conseguir su renovación, si la misma no es usada fehacientemente por tres años

consecutivos, puede ser objeto de cancelación por falta de uso a solicitud de cualquier

tercero.

12.2. Patentes

En cuanto a las invenciones, éstas son protegidas a través de títulos de “patente”, “modelo

de utilidad” o “diseño industrial que otorga la Dirección de Invenciones y Nuevas

Tecnologías del INDECOPI. En un periodo aproximado de cuatro años, y previa

publicación de la solicitud en la Gaceta Electrónica de Propiedad Industrial del INDECOPI

para oposiciones por parte de terceros interesados, dicha Dirección analizará la novedad,

nivel inventivo y aplicación industrial de la invención, y para ello requerirá del ejercicio de

una búsqueda internacional y la opinión favorable de técnicos especialistas en el campo de

la invención sobre el nivel inventivo y otros detalles de la solicitud.

El periodo de protección de una patente es de veinte años contados desde la fecha de su

solicitud, luego de los cuales la invención pasará a ser parte del dominio público.

12.3. Derechos de Autor

El Derecho de Autor no solo está plasmado en las obras literarias, musicales,

interpretaciones artísticas, audiovisuales y obras de arte en general, sino también en la

protección de programas de ordenador (comúnmente conocidos como software), base de

datos, obras multimedia y demás obras intelectuales derivadas, así como los derechos

conexos a tales obras.

Page 45: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

45

Estos derechos son protegidos en el Perú desde el momento de su creación, por lo que, su

registro no es constitutivo de derecho. Sin embargo, se recomienda realizar dicho registro

debido a que con ello se tendrá prueba de la fecha cierta del inicio del plazo de protección

de la obra en cuestión.

La protección del Derecho de Autor tiene una vigencia que abarca toda la vida del autor y

hasta setenta años después de su fallecimiento.

12.4. Control Publicitario

En el Perú no existe un control previo de la publicidad que restrinja su salida en medios de

comunicación, pero sí existe supervisión posterior realizada no sólo por diversos Consejos

de Autorregulación Publicitaria, sino también por la autoridad de represión de actos de

competencia desleal.

Esta supervisión es únicamente respecto a la publicidad comercial, entendida ésta como

toda forma de comunicación pública que busca fomentar, directa o indirectamente, la

adquisición de bienes o la contratación de servicios, captando o desviando las preferencias

de los consumidores. En ese sentido, ni la propaganda electoral ni la publicidad política e

institucional constituyen publicidad comercial.

En el caso se detecte una infracción a las normas de publicidad, la Comisión de

Fiscalización de la Competencia Desleal del INDECOPI está facultada para imponer

sanciones pecuniarias que podrían llegar a ser de hasta USD$ 900,000.00,

aproximadamente, de calificar dicha infracción como muy grave y graduando la multa con

respecto al beneficio ilícito del acto, que será plasmado con relación a las ventas brutas de

la empresa.

12.5. Barreras Burocráticas del Estado

Se consideran como barreras burocráticas a aquellos actos o disposiciones emitidos por

autoridades administrativas que restrinjan el acceso al mercado de las empresas, o que

afecten su permanencia en él. Estas barreras pueden ser denunciadas ante la Comisión

de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI para obtener la orden de su

“inaplicación”, sólo solo si ellas son ilegales o carentes de razonabilidad.

Las barreras más comunes, identificadas por su ilegalidad, son las exigencias de requisitos

que no estén contemplados en la norma reglamentaria ni el Texto Único de

Procedimientos Administrativos de la entidad que haya emitido el acto en cuestión, así

como aquellas exigencias que no guardan relación con el propósito del procedimiento ni

posean un sustento técnico razonable.

12.6. Protección al Consumidor

La Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI es competente para resolver

aquellos conflictos de intereses suscitados entre un consumidor y un proveedor de

productos y/o servicios en el mercado.

Cabe mencionar que, en determinados casos, de acuerdo al valor, la especialidad del bien

o servicio adquirido, entre otros, podrá ser competente alguno de los Órganos Resolutivos

Page 46: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

46

de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor del INDECOPI mediante los

cuales se tramitarán las denuncias derivadas por tales conflictos de forma más expeditiva.

Así las cosas, se decide sobre la idoneidad del producto y/o servicio ofrecido por los

proveedores, así como sobre la información que le es entregada a los consumidores, por

ser relevante para su decisión de compra, siempre que dicha información derive en una

relación de consumo. En este último aspecto, la Comisión tiene a su cargo el control de las

normas de etiquetado de productos.

La Comisión se encuentra facultada para sancionar a las empresas que incumplan con

dicha idoneidad y entrega de información relevante y, para dictar medidas correctivas

contra los proveedores a fin de ordenar la restitución del dinero, reemplazo del producto o

reparación de este, por ejemplo.

Cabe mencionar que, la autoridad prioriza que se arribe a soluciones vía procesos de

conciliación, mediación, transacción o cualquier otro acuerdo donde las partes decidan

desistir del procedimiento iniciado por este tipo de conflictos a fin de dictar su conclusión

anticipada, salvo en casos donde se afecten intereses de terceros.

Además, es posible atenuar las sanciones a aquellos proveedores que se allanen a la

denuncia presentada o reconozcan las pretensiones en ella contenidas.

12.7. Libre Competencia

La Secretaría Técnica y la Comisión de Defensa de la Libre Competencia están facultadas

a sancionar conductas de abuso de posición de dominio y prácticas colusorias.

Para mejor entender, el abuso de posición de dominio consiste en la restricción de manera

indebida la competencia, obteniendo beneficios y perjudicando a competidores reales o

potenciales, directos o indirectos.

Por su parte, las prácticas colusorias son los acuerdos, decisiones, recomendaciones o

prácticas concertadas realizadas por agentes económicos y que tienen como finalidad o

efecto, restringir, impedir o falsear la libre competencia.

Las sanciones que podría ordenar la Comisión en casos de infracción contra la libre

competencia podrían llegar a montos aproximados de USD$ 1,275,000.00.

Page 47: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

47

13. NUEVAS TECNOLOGÍAS Y DATOS PERSONALES

13.1. Nuevas Tecnologías

En el Perú se regulan una serie de actividades relacionadas, directa o indirectamente, con

el uso y explotación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC´s), tanto en el

ámbito público, como en el privado.

En tal sentido, en el ámbito privado, es necesario tener en consideración la normativa

especial aplicable a las actividades de comercio electrónico y negocios digitales, como por

ejemplo, al momento del registro o recuperación de un nombre de dominio bajo el ccTLD

.PE, la redacción de los Términos y Condiciones de Uso de un portal, la definición de una

Política de Privacidad y Protección de Datos Personales, la implementación y uso del Libro

de Reclamaciones Electrónico, el uso de tecnologías de firmas y certificados digitales para

la identificación de las partes o, incluso, la correcta realización de campañas de publicidad

y/o marketing digital, entre otras materias.

Igualmente resulta necesario tener en cuenta la normativa especial en la redacción de los

diversos contratos electrónicos e informáticos, tales como los contratos de Transferencia

de Tecnología e I+D+i, contratos de desarrollo de software o de licenciamiento de

derechos de propiedad intelectual, acuerdos de outsourcing de sistemas informáticos,

entre otros; poniendo especial énfasis en las cláusulas sobre propiedad intelectual,

responsabilidad, protección de datos personales y confidencialidad.

En el campo de la Seguridad de la Información, resulta relevante revisar los aspectos

legales relacionados a tales prácticas, en especial las Normas Técnicas Peruanas NTP-

ISO/IEC 27001:2014 y NTP-ISO/IEC 17799:2007.

Finalmente, en el tema de los Delitos Informáticos, nuestro país recientemente se adhirió

al Convenio contra la Ciberdelincuencia o Convenio de Budapest el cual otorga, entre otros

aspectos, un marco de cooperación internacional para la investigación y sanción de esta

clase de delitos.

13.2. Datos Personales

Un “dato personal” es toda información sobre una persona natural como, por ejemplo,

información numérica, alfabética, fotográfica (imagen), acústica (voz), sobre hábitos

personales, o de cualquier otro tipo que la identifica o la hace identificable a través de

medios que puedan ser razonablemente utilizados.

En el Perú es necesario obtener el previo, expreso e informado consentimiento del titular

del dato personal para poder recopilarlo, almacenarlo, tratarlo, usarlo, explotarlo y

transferirlo, ya sea a terceros o con destino fuera del territorio. Tales actividades, ya sea

que sean realizadas por una entidad pública o privada, están reguladas por la Ley de

Protección de Datos Personales (Ley Nº 29733) y su Reglamento (Decreto Supremo Nº

003-2013-JUS). Además, en temas de seguridad, existe la “Directiva de Seguridad de la

Información Administrada por los Bancos de Datos Personales”, la cual no es de

obligatorio cumplimiento, pero su observancia es recomendada en la administración de

esta clase de bases de datos.

Page 48: GUÍA LEGAL PARA LA CONDUCCIÓN DE NEGOCIOS EN EL PERÚ

48

La Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de

Datos Personales, entidad adscrita al Ministerio de Justicia, es la autoridad encargada de

administrar el registro obligatorio de banco de datos personales, así como fiscalizar el

cumplimiento de tal obligación y otras contenidas en la Ley de Protección de Datos

Personales y su Reglamento, para lo cual goza de potestad fiscalizadora, sancionadora y

coactiva.

MARZO 2019

ROSSELLÓ ABOGADOS