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FASSA Marco de Referencia
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GASTO FEDERALIZADO
RAMO GENERAL 33. FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD (FASSA)
MR‐FASSA
El objetivo principal de este documento es ofrecer información general y específica respecto del fondo y de los resultados de las auditorías realizadas a los recursos federales que se transfieren por este medio a las entidades federativas.
La información que se presenta cumple, a su vez, con el objetivo de brindar fundamentalmente a la Cámara de Diputados, a los gobiernos estatales y a los usuarios interesados, datos e información respecto de la asignación, distribución, manejo, administración, ejercicio y aplicación de los recursos del fondo, lo que les permitirá tener un amplio marco de referencia sobre éste, y evaluar su comportamiento y eficiencia de acuerdo con los resultados de las auditorías realizadas en el ejercicio fiscal 2010.
Primero se muestra un panorama general de los antecedentes que dieron lugar al surgimiento del fondo, los componentes que lo integran, sus características, su fórmula de distribución, la asignación de recursos que la Federación transfirió en 2010, así como la importancia del fondo en el sector salud durante el periodo 2000‐2010, incluyendo una serie de representaciones gráficas.
Después se presenta la justificación de la selección de las auditorías, la finalidad y el propósito de lo que se pretende fiscalizar, la cobertura de los trabajos realizados para cumplir los objetivos de la revisión, el marco jurídico aplicable en la fiscalización de los recursos del fondo y los estados fiscalizados.
A continuación, se describen los procedimientos de auditoría aplicados en la fiscalización del fondo, con los cuales se determinaron los resultados obtenidos, que se refieren no sólo a hechos, evidencias o conclusiones que denotan alguna irregularidad o deficiencia, sino también de aquéllos que pueden significar el reconocimiento de fortalezas, sin señalar, para el primer caso, las acciones generadas, asimismo, se complementa con algunos indicadores relevantes para medir la eficiencia, eficacia e impacto de los recursos que pueden ser de utilidad para el análisis, toma de decisiones y la evaluación del desempeño de los gobiernos estatales en el manejo, administración y ejercicio del fondo.
Finalmente, se presentan algunos comentarios, conclusiones y recomendaciones sobre el fondo y los resultados de su fiscalización.
ANTECEDENTES
Garantizar el derecho constitucional de los mexicanos al acceso a los servicios de salud resulta una prioridad ineludible que demanda acciones encaminadas a procurar el bienestar de la población y evitar el empobrecimiento por motivos de enfermedad.
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En 1983, el Ejecutivo Federal emitió un decreto que contiene las bases para el programa de descentralización de los servicios de salud, sujeto a los lineamientos del propio Ejecutivo, a las normas que en su momento la Secretaría de Programación y Presupuesto definiera en materia de Desarrollo Regional y a los Acuerdos de Coordinación suscritos de conformidad con los Convenios Únicos de Desarrollo celebrados con las entidades federativas.
En el Decreto se definieron criterios para establecer la estructura funcional de las unidades administrativas siguientes:
• Las unidades centrales ejercerían facultades normativas y de control.
• La unidad de coordinación regional ejercería facultades de enlace y apoyo a la operación regional y a las estrategias de descentralización.
• Los servicios coordinados de salud en los estados ejercerían facultades de carácter operativo.
En el año siguiente, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto del Ejecutivo Federal con el cual se descentralizan, a los gobiernos estatales, los servicios de salud que presta la Secretaría de Salud en los estados, y los que dentro del Programa de Solidaridad Social por Participación Comunitaria, denominado “IMSS‐COPLAMAR”, proporcionaba el Instituto Mexicano del Seguro Social.
En las consideraciones de este Decreto, el desarrollo del proceso de descentralización pudo conformarse en dos etapas, la primera como una coordinación programática que permitiera el acercamiento progresivo de las instituciones de salud en los estados, para relacionar los sistemas operativos, evitar duplicidades y asegurar su complementariedad, y la segunda, mediante la integración orgánica, bajo la fusión de los servicios de la Secretaría de Salud, los programas IMSS‐COPLAMAR y los servicios prestados por las propias entidades federativas, vínculo que conformaría los Servicios Estatales de Salud a cargo de los gobiernos locales.
Posteriormente en el periodo de 1984 a 1987 fueron 14 los estados que firmaron los acuerdos de coordinación para la integración orgánica.
En enero de 1995, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo del Ejecutivo Federal con el cual se constituye el Consejo Nacional de Salud, como la instancia permanente entre la Federación, los estados y el Distrito Federal para la planeación, programación y evaluación de los Servicios de Salud en el país. Entre sus principales atribuciones está la consolidación del proceso de descentralización a los estados de los servicios de salud para la población abierta.
Fue en agosto de 1996, cuando se establecieron los lineamientos generales para la descentralización, con el Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud, suscrito por el Ejecutivo Federal, los Gobernadores de todos los estados del país y los secretarios de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado y del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud, siendo el objetivo esencial del acuerdo, establecer las bases para la celebración de Acuerdos de Coordinación para la
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Descentralización Integral de los Servicios de Salud entre el Ejecutivo Federal y cada una de las 32 entidades federativas, los cuales se formalizaron en 1996 y 1997.
Estos acuerdos establecen las bases, compromisos y responsabilidades de las partes para la organización y descentralización de los servicios de salud en las entidades federativas, y para la transferencia de los recursos humanos, materiales y financieros que permitieran a los gobiernos estatales contar con autonomía en el ejercicio de las facultades que les otorga la Ley General de Salud.
Con la descentralización, se implementa un nuevo proceso de planeación, programación, presupuestación y evaluación, con la finalidad de que las entidades federativas contaran con una mayor flexibilidad de operación. El proceso tiene como origen los diagnósticos anuales de salud, que posibilitan el establecimiento de prioridades en el ámbito estatal y federal. Asimismo, se determinó un nuevo mecanismo de evaluación de los servicios estatales de salud. En tal sentido, el Consejo Nacional de Salud identificó los principales indicadores de resultados, para evaluar el efecto que las acciones de salud en el ámbito estatal tienen en el bienestar de la población.
Se seleccionaron indicadores con el objeto de contar con una visión integral, tanto de los principales problemas, como de los más significativos avances regionales que permiten la readecuación de las prioridades nacionales y estatales, con lo que la Federación asume un papel rector y normativo de asesoría y evaluación.
En 1997, se concentraron los recursos presupuestarios correspondientes a las transferencias establecidas en los acuerdos, en el ramo 12 del Presupuesto de Egresos de la Federación, bajo un sólo programa denominado “Descentralización de los Servicios de Salud”.
El Ejecutivo Federal promovió el 11 de noviembre de 1997 la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y adiciona un capítulo V denominado “De los Fondos de Aportaciones Federales”, con el propósito de dar permanencia a los recursos que la Federación aportaría para el mejor desarrollo de las actividades descentralizadas a las entidades federativas.
En la iniciativa se pretendía la creación de tres fondos de aportaciones, uno de los cuales soportaría las transferencias de los recursos correspondientes a los Servicios de Salud; fue así como estas transferencias quedaron normadas en la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), y sus montos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
El 29 de diciembre de 1997, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se adiciona y reforma la LCF con vigencia a partir del 1 de enero de 1998, y se crearon, entre otros, el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA), cuyo sustento está en el artículo 4 Constitucional, el cual prevé que la ley establecerá la concurrencia de la Federación y de las entidades federativas en materia de salubridad general, así como en las estrategias y líneas de acción que tuvieron el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa de Reforma del Sector Salud 1995‐2000, donde se planteó la necesidad de descentralizar responsabilidades y recursos para acercar los servicios básicos a la población.
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Debido a lo anterior, el Gobierno Federal, a partir del ejercicio fiscal de 1998, empezó a realizar cambios esenciales en materia de coordinación fiscal, y creó un nuevo esquema de transferencias para canalizar recursos a las entidades federativas y municipios, adicional a los ya existentes.
OBJETIVO, DESTINO E IMPORTANCIA ESTRATÉGICA
El Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud tiene como principal objetivo prestar los servicios de salud a la población abierta –aquella que no se encuentra incorporada en ningún régimen de seguridad en salud–, mediante la implementación de mecanismos que apoyen las actividades de protección contra riesgos sanitarios; la promoción de la salud y prevención de enfermedades; la mejora en la calidad de la atención y la seguridad en salud; así como el abasto y entrega oportuna y adecuada del medicamentos.
Con el FASSA se atiende a las personas que no tienen un empleo formal con acceso a la seguridad social, para lo cual el Estado estructuró desde 1943 un sistema de salud para la denominada población abierta, donde el usuario paga el servicio y medicamentos de manera simbólica mediante una cuota de recuperación previa aplicación de un estudio socioeconómico.
El fondo busca preservar la capacidad operativa de las entidades federativas y una mayor equidad del gasto público al distribuir los recursos remanentes mediante una fórmula de asignación, la cual busca otorgar más recursos a aquellas entidades con mayores necesidades y rezagos.
El artículo 29 de la LCF prevé que los recursos económicos de este fondo deben destinarse a los estados y el Distrito Federal para el ejercicio de las atribuciones que les corresponden conforme a los artículos 3, 13 y 18 de la Ley General de Salud (LGS), donde destacan las siguientes:
• Organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salubridad general a que se refieren las fracciones II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXVIII Bis y XXX del artículo 3º de la ley, de conformidad con las disposiciones aplicables.
• Coadyuvar a la consolidación y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud, y planear, organizar y desarrollar sistemas estatales de salud, procurando su participación programática en el primero.
• Formular y desarrollar programas locales de salud, en el marco de los sistemas estatales de salud y de acuerdo con los principios y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.
• Llevar a cabo los programas y acciones que en materia de salubridad local les competan.
• Elaborar información estadística local y proporcionarla a las autoridades federales competentes.
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Además, de acuerdo con la última reforma de la LGS publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2009, también corresponde a las entidades federativas y a la Federación la prevención del consumo de narcóticos, la atención a las adicciones y la persecución de los delitos contra la salud, en los términos del artículo 474 de la LGS.
La importancia del FASSA radica en que contribuye a propiciar el fortalecimiento del Sistema Nacional de Salud, a partir de la consolidación de los sistemas estatales, y de un federalismo en materia de salud, que busca articular un sistema que dé fuerza y solidez a los gobiernos locales en un marco de respeto a las atribuciones de éstos, encauzado por un mecanismo dinámico que logre la distribución equilibrada de facultades, responsabilidades, acciones y recursos que respondan a las necesidades cambiantes de atención a la salud y a impulsar el papel normativo y rector de las secretarías de salud Federal y de las entidades federativas.
En el Programa Sectorial de Salud 2007‐2012, se definen como líneas estratégicas de acción, brindar servicios de salud a la población que no cuenta seguridad social, abatir los rezagos en la atención de la salud de la población en condiciones de pobreza, prevenir las enfermedades y superar los principales obstáculos para una vida sana, con acciones dirigidas a los lugares donde más se necesitan; lograr que los mexicanos cuenten con servicios de salud eficientes y de alta calidad, ofrecidos con calidez y profesionalismo; así como evitar, mediante acciones de prevención oportuna y adecuada, gran parte de las enfermedades y riesgos para la salud que más frecuentemente padecen los niños, los jóvenes, las mujeres y los adultos mayores, entre otras.
PRESUPUESTO ASIGNADO
En 2010, la asignación del FASSA fue de 53,100.1 millones de pesos, lo que representó el 5.2% del total del gasto federalizado1, y el 12.7% del total del Ramo General 33, situándose en el segundo lugar de los 8 fondos que integran este ramo, como se muestra a continuación:
1 El Gasto Federalizado se constituye por Participaciones y Aportaciones Federales, Convenios de Descentralización y
Reasignación, Ramo 25 Aportaciones para los servicios de educación básica y normal en el Distrito Federal, entre otros recursos transferidos por el gobierno federal a las entidades federativas.
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Distribución de los recursos del FASSA en el Ramo General 33,
2010
FUENTE: Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2010.
Durante el ejercicio 2010, se autorizaron deducciones presupuestales, que modificaron el presupuesto original asignado al fondo a 53,096.8 millones de pesos. Los estados de México, Veracruz, Jalisco, Chiapas, Sonora, Guanajuato, Puebla, Sinaloa, Michoacán y Coahuila obtuvieron el 54.6% del total de los recursos ejercidos del fondo.
COBERTURA Y FÓRMULA DE DISTRIBUCIÓN
El monto de los recursos que integran este fondo se determina anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación a partir de los elementos establecidos en el artículo 30 de la LCF siguientes:
• Inventario de infraestructura médica y las plantillas de personal, utilizados para los cálculos de los recursos presupuestarios transferidos a las entidades federativas, con motivo de la suscripción de los Acuerdos de Coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud respectivos, incluidas las erogaciones correspondientes por concepto de impuestos federales y aportaciones de seguridad social.
• Recursos presupuestarios con cargo en las Previsiones para Servicios Personales transferidos durante el ejercicio fiscal inmediato anterior, para cubrir el gasto en servicios personales, incluidas las ampliaciones autorizadas por incrementos salariales, prestaciones y medidas económicas.
• Recursos presupuestarios transferidos por la Federación durante el ejercicio fiscal inmediato anterior para cubrir gastos de operación e inversión.
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• Otros recursos que en el Presupuesto de Egresos de la Federación se destinen para promover la equidad en los servicios de salud.
Respecto de los recursos adicionales mencionados en el último punto, su distribución se realiza atendiendo al principio de equidad en los servicios de salud, mediante una fórmula per cápita integrada por variables, como mortalidad, marginación y gasto en salud, para otorgar más recursos a las entidades federativas que muestran un mayor rezago.
La Secretaría de Salud dará a conocer anualmente, en el Consejo Nacional de Salud, las cifras que corresponden a las variables integrantes de la fórmula para la distribución de los recursos adicionales del fondo.
Se considera que la asignación del FASSA responde a los gastos de salud de las entidades federativas; no obstante, la distribución del fondo no se asocia con las carencias de salud de dichas entidades.
El FASSA tuvo un cambio importante, a partir de la puesta en marcha del Seguro Popular, al distribuirse en dos fondos: el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Persona (FASSA‐P) –el cual constituye la principal proporción de la Aportación Solidaria Federal, ya que a medida que aumenta la población afiliada, se incrementa la proporción del FASSA que se destina al SPSS–, y el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad (FASSA‐C) – recursos destinados para realizar acciones relativas a las funciones de rectoría de los organismos estatales de salud, así como a la prestación de servicios de salud a la comunidad–. Sin embargo, los criterios de asignación de los recursos al FASSA‐C y FASSA‐P incluyen variables que la Ley de Coordinación Fiscal (artículos 29, 30 y 31) no considera. Actualmente, en el Reglamento de la Ley General de Salud se establecen los procedimientos para calcular los dos fondos del gasto de salud.
IMPORTANCIA FINANCIERA EN EL GASTO DEL SECTOR SALUD
En México el gasto total en salud, se integra por recursos aportados por el gobierno federal y estatal, así como por servicios que proporcionan las instituciones privadas; en la última década estas aportaciones en su conjunto han significado cerca del 6.0% del Producto Interno Bruto (PIB), porcentaje inferior al gasto reportado en los países miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) que destinan en promedio más del 10.0% de su PIB en este rubro. Estados Unidos, Francia, Argentina, Canadá y Cuba son los países que gastan más del 8.0% del PIB.
En el periodo de 2000 a 2010, el gasto público en salud se integró por 3,357,917.0 millones de pesos constantes2 de recursos que la Federación asignó para la prestación de servicios de salud mediante el Ramo 12 Secretaría de Salud –a partir de 2003 se considera al Sistema de Protección Social en Salud–, IMSS‐Oportunidades, ISSSTE, IMSS, PEMEX y Ramo General 33, específicamente mediante el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud, así como 216,420.4 millones de pesos reales de ingresos propios que las entidades federativas asignaron para la salud de su población.
2 Las cifras contenidas en este análisis se refieren a precios de 2010, con base en el Índice Nacional de Precios al
Consumidor del Banco de México 2010.
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Financiamiento del gasto público en salud en el periodo 2000‐2010
FUENTE: Sistema de Cuentas en Salud a Nivel Federal y Estatal (SICUENTAS), SSA y Cuenta de la
Hacienda Pública Federal.
Es importante considerar que la población se encuentra seccionada por régimen de seguridad social, por ejemplo las personas que cuentan con un trabajo en la iniciativa privada reciben atención médica del IMSS; para los trabajadores de gobierno su atención es mediante el ISSSTE, PEMEX, Defensa Nacional o Marina. En tanto que la población que se encuentra en la economía informal o no pertenece a ningún régimen de seguridad social, se conoce como población abierta o no derechohabiente; dicha población durante años integró más del 50.0% del total de la población del país, situación que cambió a partir de 2003 con la puesta en marcha del Seguro Popular, –programa cuyo objetivo es brindar protección financiera a la población que carece de seguridad social mediante la opción de aseguramiento público en materia de salud, disminuir el número de familias que se empobrecen anualmente al enfrentar gastos en salud y crear una cultura de pago anticipado entre los beneficiarios– que en 2010 reporta 43.5 millones de personas afiliadas3, la composición de la población en el sistema de salud se presenta a continuación:
3 Cifras reportadas por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud en el Informe de Resultados 2010 del Sistema de
Protección Social en Salud.
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Población por tipo de seguridad social 2000‐2010
FUENTE: Sistema Nacional de Información en Salud (SINAIS) y Sistema de Cuentas en Salud a Nivel
Federal y Estatal (SICUENTAS), SSA.
Para la prestación de servicios de salud a la población abierta, el Gobierno Federal transfirió a las 32 entidades federativas recursos del FASSA por más de 482,000.0 millones de pesos constantes en los últimos 11 años, lo que significó una tasa media real de crecimiento del 5.5%, en tanto los ingresos que las entidades aportaron han logrado un incremento promedio real del 12.0%. Respecto de los recursos destinados a la población afiliada al Seguro Popular (Cuota Social, Aportación Solidaria Federal, Aportación Solidaria Estatal, Cuota Familiar, Fondo Contra Gastos Catastróficos, Fondo de Previsión Presupuestal y el Seguro para una Nueva Generación), su incremento ha sido mayor al 42.6% de 2003 al 2010, como se aprecia en la gráfica siguiente:
Evolución del FASSA, gasto estatal y Seguro Popular 2000‐2010
FUENTE: Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000‐2010, Informe de Resultados 2010, CNPSS y Sistema de Cuentas en Salud a Nivel federal y Estatal (SICUENTAS), SSA.
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El FASSA tiene su importancia en la promoción de la equidad en los servicios de salud a la población abierta, por lo cual anualmente se determina en la Cámara de Diputados los recursos del fondo y el monto final acordado se publica en el Presupuesto de Egresos de la Federación, como lo establece la fracción IV, del artículo 30, de la Ley de Coordinación Fiscal, con objeto de fijar el monto de estos recursos. Sobre el particular, se identificó que únicamente en el PEF de 1998, en su artículo 19, se prevé una cantidad expresa para promover la equidad de los servicios entre las entidades federativas, sin que esta especificación se haya realizado en los subsecuentes.
En este periodo al comparar el presupuesto original aprobado del fondo y el reportado en las Cuentas Públicas Federales, se observa que en casi todos estos años el monto del segundo ha sido superior al primero; en términos reales la mayor variación se presentó en el año 2000 con el 14.0%; en tanto que en 2001 y 2004 se presentaron mínimos incrementos al situarse en menos del 1.5%. Lo anterior se debió a las negociaciones entre la Secretaría de Salud y el Sindicato Nacional de Trabajadores, principalmente para el pago de servicios personales; gasto que en los últimos 11 años ha significado en promedio el 84.7% del total de las transferencias del fondo a las entidades federativas, en tanto que para gasto corriente (materiales, suministros, servicios generales) y de capital (inversión física y financiera) sólo el 15.3%.
AUDITORÍAS PRACTICADAS
Criterios de Selección
Las auditorías se seleccionaron con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.
Asimismo, se atendió la representatividad, trascendencia estratégica, cobertura y eficiencia en el ejercicio y aplicación del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud; así como las solicitudes formuladas por la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, derivadas de puntos de acuerdo del Pleno de la Cámara de Diputados o de la propia Comisión.
Objetivo de las Auditorías
Fiscalizar la gestión financiera de los recursos públicos federales transferidos a las entidades federativas, a través del fondo, de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones jurídicas, así como el cumplimiento de metas y objetivos.
Entidades Federativas Revisadas
Para el análisis integral del fondo, se realizaron auditorías en las 32 entidades federativas.
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Procedimientos de Auditoría Aplicados
Los principales procedimientos de auditoría aplicados, mediante los cuales se obtuvo la evidencia suficiente, competente, pertinente y relevante acerca del objeto revisado, con base en la cual se determinaron los resultados y el dictamen correspondiente, son los siguientes:
Control Interno
• Verificar la existencia de mecanismos de control suficientes para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pueden afectar la eficacia y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable y oportuna, el cumplimiento de la normativa y la consecución de los objetivos del fondo.
Transferencia de Recursos
• Verificar que la entidad federativa, mediante la Secretaría de Finanzas o su equivalente, instrumentó las medidas necesarias para agilizar la entrega de los recursos del fondo a sus instancias ejecutoras.
• Verificar que la entidad federativa abrió una cuenta bancaria específica para la recepción y administración de los recursos del fondo, y que no se transfirieron recursos entre los fondos, ni hacia cuentas bancarias en las que la entidad federativa manejó otro tipo de recursos.
Registro e Información Financiera
• Comprobar la existencia de registros contables y presupuestales del fondo, tanto de los ingresos como de las erogaciones y que éstas contengan la documentación original que justifique y compruebe el gasto, la cual debe contener los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones jurídicas.
• Constatar que la información reportada por el ejecutor sea coincidente en los diferentes estados contables y presupuestales.
Destino de los Recursos
• Constatar que el destino y ejercicio de los recursos del fondo y sus rendimientos financieros se sujetaron a las disposiciones legales y al principio de anualidad.
Servicios Personales
• Verificar que los expedientes de personal cuentan con la documentación que acredite el perfil correspondiente a la plaza asignada.
• Constatar que las licencias con goce de sueldo por comisión sindical del personal del organismo estatal de salud se otorgaron de conformidad con las disposiciones jurídicas.
• Comprobar que no se otorgaron licencias con goce de sueldo a personal del organismo estatal de salud, por comisiones a otras entidades o instituciones cuyas funciones son diferentes a los objetivos del fondo.
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• Verificar que no se realizaron pagos a personal que causó baja temporal o definitiva, o que cuenta con permiso o licencia sin goce de sueldo.
• Comprobar que los pagos al personal por concepto de compensaciones, bonos, estímulos económicos, extraordinarios y vales, entre otros, se efectuaron de conformidad con las disposiciones jurídicas.
• Verificar que el personal contratado bajo el régimen de honorarios con recursos del fondo, realizó funciones que cumplieron con los objetivos del fondo, y sus remuneraciones fueron de conformidad con los contratos.
• Comprobar que no se realizaron pagos indebidos, en exceso u omisiones en las aportaciones y obligaciones fiscales (ISR, ISSSTE, FOVISSSTE, SAR, entre otros) con cargo en los recursos del fondo.
Transparencia del Ejercicio
• Constatar que el estado informó trimestralmente sobre el ejercicio, el destino y los resultados obtenidos respecto de los recursos del fondo y fueron publicados en sus órganos locales oficiales de difusión y en su página de internet o en otros medios locales oficiales de difusión.
• Comprobar que la entidad federativa informó trimestralmente de forma pormenorizada sobre el avance físico de las acciones a la SHCP y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquéllos erogados; así como los resultados de las evaluaciones realizadas, y que la entidad federativa requisitó y reportó los indicadores de desempeño a la SHCP.
• Verificar que la entidad federativa reportó la información para transparentar los pagos realizados en materia de servicios personales en el sistema de la SHCP.
• Constatar el cumplimiento en la entrega de la información trimestral remitida a la SHCP, su calidad y congruencia con la aplicación y los resultados obtenidos con los recursos del fondo; la congruencia entre los mismos formatos (nivel fondo y formato único) de los informes trimestrales de la SHCP; y la congruencia de estos formatos con los reportes generados en el sistema financiero del ejecutor.
• Verificar que la entidad federativa informó a los órganos de control y fiscalización locales y federales sobre la cuenta bancaria específica en la que recibieron y administraron los recursos del fondo y sus rendimientos financieros.
Adquisiciones, Control y Entrega de Medicamentos
• Comprobar que los medicamentos se adquirieron de conformidad con los procedimientos de contratación y los montos máximos y mínimos establecidos en las disposiciones jurídicas, y que, en aquellos casos en los que no se sujetaron al procedimiento de licitación pública, se acrediten de manera suficiente los criterios en los que se sustenta la excepción.
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• Verificar que las adquisiciones se ampararon en un contrato o pedido debidamente formalizado, que cumple con los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas, que es congruente con lo estipulado en las bases de la licitación y que las operaciones se realizaron conforme a los términos y condiciones pactadas en el mismo.
• Constatar que, en caso de incumplimiento en los plazos de entrega de los bienes adquiridos establecidos en el pedido o contrato, se aplicaron las penas convencionales correspondientes.
• Comprobar la existencia de mecanismos de control que garanticen un manejo adecuado y transparente de los medicamentos e insumos médicos adquiridos con el fondo y permitan su identificación y fiscalización.
• Verificar la práctica de inventarios rotativos de los medicamentos e insumos médicos adquiridos con el fondo, para determinar aquéllos de lento o nulo movimiento, de los que se haya propiciado su caducidad.
• Verificar la existencia de insumos médicos y medicamentos suficientes en las unidades médicas y centros de salud que los requirieron, la oportunidad en su abasto de acuerdo con las fechas establecidas y su correspondencia con los solicitados, para atender la demanda de la población objetivo del fondo.
• Comprobar que los medicamentos prescritos por el médico en la receta corresponden con los del Cuadro Básico de Medicamentos, se entregaron en su totalidad al paciente y, en su caso, determinar la cantidad de los que no se surtieron, su monto y las causas por las que no fueron entregados, así como la cantidad y monto de aquellos que se surtieron a pacientes que están fuera de los objetivos del fondo.
Participación Social
• Constatar la constitución y participación en el seguimiento y evaluación de los avales ciudadanos en cada unidad de salud.
Impacto, Eficiencia, Eficacia y Cumplimiento de Objetivos
• Evaluar la eficiencia e impacto de la aplicación de los recursos del FASSA.
• Comprobar que el estado ejerció con eficacia y oportunidad los recursos del FASSA; además, comprobar el cumplimiento de las metas establecidas por nivel educativo.
• Evaluar el impacto del fondo en las condiciones de salud de la población, así como el cumplimiento de los objetivos del fondo.
• Verificar que se realizaron las evaluaciones del desempeño sobre el ejercicio de los recursos del fondo, con apoyo en los indicadores establecidos, y que sus resultados se publicaron en la página de Internet de las entidades federativas.
• Verificar que la SHCP y la dependencia coordinadora del fondo acordaron con la entidad federativa medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos
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Marco Jurídico
La administración, ejercicio y aplicación de las aportaciones federales que se transfieren a las entidades federativas, mediante el fondo, se deberán realizar de conformidad con las disposiciones jurídicas que las sustentan, entre las cuales se encuentran las siguientes:
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Ley General de Salud.
• Reglamentos de la Ley General de Salud.
• Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
• Acuerdo de Coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud.
• Acuerdos de Descentralización Federación ‐ Entidades Federativas.
• Ley de Coordinación Fiscal. Adiciones y Reformas.
• Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
• Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
• Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2010.
• Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud 2006‐2009.
• Catálogo Sectorial de Puestos de la Rama Médica, Paramédica y Afín.
• Lineamientos Operativos del Sistema de Monitoreo para la Gestión de la Calidad.
• Manual de Organización General de la Secretaría de Salud.
• ACUERDO por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos.
• Manual de Procedimientos de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes.
• Notas Técnicas para la Aplicación de los Indicadores de Resultado 2001.
• ACUERDO por el que se da a conocer a los gobiernos de las entidades federativas la distribución y calendarización para la ministración durante el Ejercicio Fiscal 2010 de los recursos correspondientes a los ramos generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios.
• Oficio número 307‐A‐2035 del 23 de noviembre de 2010, emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que contiene los Lineamientos Específicos para el Otorgamiento de la Medida de Fin de Año del ejercicio fiscal 2010.
• Código Fiscal de la Federación.
• Ley del Impuesto Sobre la Renta.
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• Ley del ISSSTE.
• Ley de Salud Estatal o equivalente.
• Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado o su equivalente y su Reglamento.
• Manual Único de Contabilidad Estatal o equivalente.
• Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Gasto o equivalente.
• Manual de Organización de la Secretaría de Salud Estatal o equivalente.
• Manual de Procedimientos de la Secretaría de Salud Estatal o equivalente.
• Otras disposiciones locales de carácter general o específico.
Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones
Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de las auditorías practicadas encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:
Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero, y párrafo penúltimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Resultados de las Auditorías Practicadas
Alcance de la Fiscalización
Los recursos asignados (Universo Seleccionado) del FASSA a las 32 entidades federativas auditadas directamente por la ASF ascendieron a 53,096.8 millones de pesos, y la muestra revisada fue por 43,001.3 millones de pesos que representan el 81.0%. (Cuadro 1)
Observaciones Determinadas y Acciones Promovidas
Con las revisiones practicadas directamente por la ASF, se determinaron 1,130 observaciones, consideradas como resultados preliminares, es decir un promedio aproximado de 35 observaciones por revisión. Las entidades fiscalizadas atendieron un número importante de observaciones antes del cierre de las auditorías y como resultado de este proceso quedaron pendientes de atender 604, lo que represento un promedio aproximado de 19 observaciones por auditoría. Para su atención se emitieron 629 acciones, de las cuales fueron 239 Recomendaciones; 5 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal; 155 Pliegos de Observaciones; 230 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria. (Cuadro 2)
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Recuperaciones, Operadas y Probables
El monto de las observaciones correspondientes a recuperaciones obtenidas en el transcurso de las revisiones y hasta antes de la elaboración de la versión final del informe de auditoría, con motivo de la intervención de la ASF en la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2010, ascendieron a 517.5 millones de pesos, y se determinaron recuperaciones sujetas a la atención o justificación de las entidades fiscalizadas en los plazos establecidos para tal fin o, en su caso, a la recuperación de sus importes por 1,337.2 millones de pesos, lo que da un total de 1,854.7 millones de pesos, que representó el 3.5% del universo seleccionado y el 4.3% de la muestra auditada.
Errores y Omisiones
Con motivo de la intervención de la ASF, se determinaron omisiones, errores numéricos y de cálculo, así como aplicación de criterios divergentes para el registro contable y presupuestal de las operaciones y diferencias entre las cifras del fondo reportadas en diversos informes financieros por 2,488.8 millones de pesos.
Principales Observaciones Vinculadas con Recuperaciones
Con la aplicación de los procedimientos de auditoría considerados en la fiscalización del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud en las 32 entidades federativas, se determinaron diversos resultados con observación que implican recuperaciones, entre los más significativos están los siguientes: (Cuadro 3)
• Recursos destinados en acciones que no se vinculan con los objetivos del fondo por 500.7 millones de pesos, que representan el 27.0% del total de las recuperaciones determinadas, lo que se presentó en 28 entidades federativas y corresponden principalmente a subsidios a organismos descentralizados o desconcentrados de los Servicios de Salud Estatales, asociaciones civiles y secciones sindicales; pagos de gastos de operación, nómina, impuestos, medida de fin de año y compra de medicamentos de otros programas, como son seguro popular, oportunidades y pago de laudos, entre otros.
• Pago de plazas precarias (personal regularizado) sin autorización o por un monto superior al autorizado, por 288.8 millones de pesos, lo que equivale al 15.6% del total de las recuperaciones determinadas, y se observó en Baja California, Campeche, Colima, Nuevo León, Sinaloa, Tlaxcala y Veracruz.
• Faltante de documentación justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos del fondo y de sus rendimientos financieros por 223.0 millones de pesos, que significan el 12.0% del total de las recuperaciones, y se observó en Baja California, Baja California Sur, Colima, Chiapas, Chihuahua, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala y Yucatán.
• Financiamiento indebido con recursos del fondo de conceptos correspondientes a otros programas federales y estatales, como Seguro Popular, Oportunidades, Unidades de Especialidades Médicas (UNEMES), Caravanas de la Salud, Beneficencia Pública en los
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estados de Aguascalientes, Baja California, Campeche, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Nayarit, Puebla, Sinaloa, Yucatán y Zacatecas, por 208.9 millones de pesos, que representaron el 11.3% del total de las recuperaciones del fondo.
• Coahuila, Colima, Nayarit y Tamaulipas, pagaron gastos de operación y otros conceptos correspondientes a ejercicios anteriores al 2010 por 164.4 millones de pesos, que representan el 8.9% del total de las recuperaciones determinadas.
• Entrega de recursos o de rendimientos financieros de forma extemporánea o incompleta al organismo de salud estatal; así como transferencias a otras cuentas bancarias, por parte de la Secretaría de Finanzas o su equivalente de los estados por 118.3. millones de pesos, que representan el 6.4% de las recuperaciones totales del fondo, y se observó en Baja California Sur, Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Sinaloa, Veracruz y Zacatecas.
• Durango, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa y Tabasco otorgaron compensaciones y bonos a mandos medios y superiores de los organismos de salud locales por importes mayores a los autorizados, o sin el sustento normativo por 107.1 millones de pesos, lo que representó el 5.8% del total de las recuperaciones determinadas.
• Pago de 189 médicos especialistas que no acreditaron el perfil del puesto por 47.1 millones de pesos, que representan el 2.5% del total de las recuperaciones determinadas, lo cual se presentó en 27 entidades federativas.
• Comisiones sindicales otorgadas sin autorización o por servidores públicos que carecen de facultades para ello, y comisiones de personal a otras dependencias por 44.6 millones de pesos, que representan el 2.4% del total de las recuperaciones, lo cual se detectó en los estados de Aguascalientes, Baja California Sur, Colima, Chihuahua, Durango, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tlaxcala.
• Subsidio del Impuesto Sobre la Renta cubierto indebidamente con recursos del fondo por el pago en efectivo de la medida de fin de año (vales de despensa) a los trabajadores por 38.0 millones de pesos, que representa el 2.1% del total de las recuperaciones determinadas, situación que se registró en Guerrero, Morelos, Querétaro y Yucatán.
• Otorgamiento de la medida de fin de año (vales de despensa) a trabajadores que no tienen derecho por 36.7 millones de pesos en Aguascalientes, Baja California, Coahuila, Durango, Guanajuato, Guerrero, México, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Yucatán y Zacatecas, que significó el 2.0% del total de las recuperaciones determinadas.
• Pago indebido con recursos del fondo del impuesto local sobre nóminas por 28.3 millones de pesos, que representa el 1.5% del total de las recuperaciones determinadas, y se detectó en Aguascalientes y Guanajuato.
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• Pago de actualizaciones, recargos y multas por el entero extemporáneo del Impuesto Sobre la Renta o de Cuotas al ISSSTE por 18.0 millones de pesos, que significan el 1.0% del total de las recuperaciones determinadas, en Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Sonora, Tabasco y Tlaxcala.
• Pagos posteriores a la fecha de baja, pago de más en relación con lo estipulado en los contratos de personal eventual o falta de contratos, entre otros, por 7.2 millones de pesos, que significan el 0.4% del total de las recuperaciones, en los estados de Baja California Sur, Chiapas, Durango, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa y Yucatán.
• En Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Durango, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sonora, Tlaxcala y Yucatán no se aplicaron penas convencionales por incumplimiento en los plazos de entrega de los bienes adquiridos, anticipos no amortizados o pagos en exceso por 6.9 millones de pesos.
• Compra de vales de despensa para las medidas de fin de año sin la justificación correspondiente por 1.6 millones de pesos en Aguascalientes, Baja California Sur y San Luis Potosí.
• Pagos por importes mayores a los establecidos en los contratos de adquisición y prestación de servicios (medicamentos, material de curación, servicios de limpieza, lavandería o vigilancia) por 1.4 millones de pesos, las cuales se detectaron en Zacatecas.
• En el rubro de otras irregularidades, se determinaron recuperaciones por 13.6 millones de pesos, que representan el 0.7% del total de las recuperaciones, y se observaron en los estados de Aguascalientes, Baja California, Coahuila, Distrito Federal, Durango, Guerrero, Hidalgo, Nuevo León, Querétaro, Sinaloa, Tabasco y Yucatán.
• Se determino que los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal realizaron operaciones indebidas por 3.5 millones de pesos, que pudieran ser constitutivas de un delito imputable a servidores públicos o a particulares, por actos u omisiones en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o actividad, hechos por los que la ASF hizo del conocimiento del Ministerio Público de la Federación, las irregularidades detectadas en el ejercicio de sus funciones de fiscalización.
Principales Observaciones no Relacionadas con Recuperaciones
Otras observaciones que aun cuando no se vinculan directamente con recuperaciones determinadas, pero que denotan alguna insuficiencia, debilidad o deficiencia en los procesos administrativos y sistemas de control que afecta la calidad de la gestión del fondo y sus resultados son las siguientes:
Se aplicaron cuatro cuestionarios de control interno a las 32 entidades federativas, cuyos resultados fueron evaluados para determinar lo siguiente: si el entorno de control responde a un ambiente en el que las personas realizan sus actividades y cumplen sus responsabilidades; si se evalúan los riesgos para el logro de los objetivos específicos del fondo; se implementan actividades de control que coadyuven a asegurar que se transmitan
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las instrucciones necesarias para abordar los riesgos; que la información relevante se capte y comunique a los responsables de su manejo y operación, y que se supervisen los procesos.
Los resultados de la evaluación se muestran en el cuadro siguiente:
Entidad Federativa Estatus del Control Interno Semáforo
BC, COL, GRO, HGO, TLAX y SIN. Bajo Rojo
AGS, BCS, CAMP, CHIS, CHIH, COAH, DF, DGO, GTO,
JAL, MEX, MICH, MOR, NAY, NL, OAX, PUE, QRO,
QROO, SLP, SON, TAB, TAMPS, VER, YUC y ZAC.
Medio Amarillo
• Se abrió en la Secretaría de Finanzas o su equivalente más de una cuenta bancaria específica para la recepción y el manejo de los recursos del fondo en Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Michoacán, Nuevo León, Puebla, San Luis Potosí y Sinaloa.
• En 26 entidades federativas, el ente ejecutor no estableció una cuenta bancaria específica para la recepción y administración de los recursos del fondo y sus rendimientos financieros generados, lo que dificultó su identificación, control y fiscalización.
• Transferencias hacia otras cuentas bancarias en las que se manejan recursos estatales o que corresponden a otros programas federales, lo que dificultó su fiscalización. Dicha situación se identificó en Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Distrito Federal, Durango, Jalisco, México, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Tamaulipas y Tlaxcala.
• Diferencias en la información financiera y en los registros contables, así como falta de registros exclusivos para la administración de los recursos del fondo en Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Distrito Federal, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.
• Al 31 de diciembre de 2010, Chiapas, Hidalgo y Puebla presentaron niveles de gasto inferiores al 90.0%.
• En Baja California, Chiapas, Distrito Federal, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Oaxaca, Sinaloa y Tamaulipas, se presentaron inconsistencias fiscales en la documentación comprobatoria del gasto.
• Se autorizó el pago de plazas precarias dentro del rubro de gastos de operación en Baja California, Campeche, Colima, Oaxaca, Quintana Roo y Veracruz.
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• Se autorizó a 270 servidores públicos de los organismos de salud estatales comisiones sindicales de forma extemporánea en los estados de Chiapas, Chihuahua, Colima, Distrito Federal, México, Querétaro y San Luis Potosí.
• El organismo ejecutor realizó adquisiciones, sin ajustarse a los montos máximos y mínimos establecidos; igualmente, no se presentaron los criterios de excepción a los procesos licitatorios, lo cual se presentó en Campeche, Guerrero, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas y Tlaxcala.
• En materia de adquisición de bienes, se determinaron irregularidades en 29 entidades federativas, como las siguientes: no se elaboró el Programa Anual de Adquisiciones de Bienes y Servicios o no cumple con los requisitos de la normativa; las bases de licitación pública no presentan todos los requisitos que exige la normativa en la materia; no se realizaron evaluaciones y análisis comparativos de las proposiciones admitidas; el Comité de Adquisiciones no emitió el análisis, opinión, ni dictamen de las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios; no se acreditó de manera suficiente la causa o criterio en la que se sustenta la excepción a la licitación pública, y no se especificó la partida presupuestal disponible para realizar la adquisición.
• En los estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Guerrero, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, los contratos o pedidos no cumplen con la normativa y en otros casos no se elaboran.
• No se elaboran resguardos por los activos fijos adquiridos con el fondo en Baja California y Sinaloa.
• No se elaboró un Programa Anual de Adquisiciones, y en otros casos no se elaboró con base en necesidades reales, lo que provocó deficiencias en la planeación, programación y abasto de medicamentos en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Colima, Distrito Federal, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa y Yucatán.
• En Baja California, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Sinaloa, Tabasco, Veracruz, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, se carece de un sistema informático para el control de las existencias en el almacén de medicamentos.
• En Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Distrito Federal, Durango, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Yucatán y Zacatecas, los medicamentos no cuentan con las condiciones físicas y ambientales mínimas requeridas para su almacenamiento, conservación, guarda y custodia.
• No se cuenta con mecanismos que fortalezcan la transparencia, el manejo y control del medicamento, como la práctica de inventarios rotativos; asignación de claves del medicamento; identificación del fondo o programa en las recetas expedidas por el
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médico; información sobre el medicamento proporcionado al paciente y de los formatos de recetas entregados al médico; información y estrategias para determinar oportunamente el medicamento de lento o nulo movimiento, y lineamientos para su control y manejo. Algunas de estas irregularidades se observaron en 29 estados.
• En algunas farmacias de las unidades de salud, se encontraron recetas expedidas a población abierta no surtidas de manera completa, no surtidas, o no requisitadas de manera correcta, los estados observados fueron 27.
• La distribución del medicamento en los establecimientos de salud se realiza de manera incompleta y con atraso de acuerdo con las fechas establecidas para su entrega: asimismo, existen casos en donde no se cuenta con un calendario de entrega. Esta irregularidad se presentó en 26 entidades federativas.
• De los medicamentos prescritos en las 4,758 recetas que integraron la muestra de auditoría, sólo 2,283 se surtieron en su totalidad, lo que representó el 48.0%; en 1,850 el surtimiento fue incompleto, con un porcentaje del 38.9% y en 625 no fue posible determinar su surtimiento, lo que representó el 13.1%. Esto se observó en 25 entidades federativas. Asimismo, en Colima, Nayarit y San Luis Potosí, no fue posible determinar esta información, en virtud de que se presentan deficiencias en el control de las recetas e insuficiencias en los datos que contienen.
• Se prescribieron medicamentos que corresponden a claves no incluidas en el Cuadro Básico de Medicamentos; esta situación se encontró en Baja California, Guerrero, Michoacán, Morelos, Puebla y Sinaloa.
• En 24 estados, se detectó la existencia de medicamento de lento o nulo movimiento, sin comunicarse a otros establecimientos de salud para su aprovechamiento; igualmente, existe medicamento próximo a caducar, sin existir ninguna promoción para su utilización.
Participación Social
El fortalecer y elevar la calidad de la salud pública en México es un factor primordial para su población, por tal motivo la Secretaría de Salud implementó un sistema que evaluara la prestación de servicios de salud eficientes, con calidad, calidez y seguridad del paciente, denominado Sistema Integral de Calidad en Salud SICALIDAD dentro de una de sus líneas de acción contempló, el Construir Ciudadanía en salud para vincular a la población en el proceso de evaluación de la calidad de los servicios de salud, mediante encuestas sobre la calidad percibida de la atención y el cuidado de salud que éstos reciben a través de la figura del Aval Ciudadano.
En 2010, las 32 entidades federativas integraron a personas, grupos organizados de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales, centros académicos u otras instituciones, nombrados avales ciudadanos en cada una de sus unidades médicas; no obstante lo anterior, los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Distrito Federal, Guerrero, Hidalgo, México, Nuevo León, Oaxaca, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Veracruz participaron con menos del 75.0% de avales para acreditar los procesos e
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información de los servicios recibidos e identificar los acuerdos para acciones de mejora, su atención y seguimiento en las unidades de salud.
Evaluación de los Resultados (Impacto, Eficiencia y Eficacia)
Con el fin de analizar los recursos federales transferidos con mayor integralidad, la ASF consideró la revisión de indicadores que evaluarán el impacto y cumplimiento de objetivos del FASSA, su eficiencia en la aplicación de los recursos y la eficacia en el cumplimiento de las metas establecidas para el fondo; por lo anterior, con información proporcionada por las 32 entidades federativas se obtuvieron los hallazgos siguientes:
El Sistema de Salud en México tiene como propósito garantizar el derecho constitucional de los mexicanos para acceder a los servicios de salud, reduciendo las desigualdades existentes entre la población y asegurar su contribución para la superación de la pobreza y al desarrollo humano. Sin embargo, en 2010, aún existe un gran número de personas que no se encuentran en ningún régimen de seguridad social, 38.0 millones de personas en población abierta, cifra que representó el 33.8% del total de la población en este país (112.3 millones de personas). El resto de la población se integró por 46.3 millones de personas derechohabientes del IMSS, ISSSTE, PEMEX, Defensa Nacional o Marina; 1.8 millones de personas no especificado, y 26.2 millones se encuentran afiliados al Seguro Popular4.
La Federación transfirió en 2010 recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA) por 53,096.8 millones de pesos, con el fin de otorgar servicios de salud a la población más vulnerable del país –población abierta–, mejorar la calidad de la atención en salud, así como abastecer y entregar adecuada y oportunamente medicamentos en las 32 entidades federativas.
Estos recursos son transferidos por la Tesorería de la Federación en la primera y tercera semana de cada mes, para enviarla a una cuenta bancaria específica establecida por las Secretarías de Finanzas o su equivalente de cada entidad federativa. Estas instituciones deberán hacer lo mismo con las dependencias y organismos responsables del servicio de salud en las entidades federativas.
Los recursos del FASSA se incrementaron en 3,355.0 millones de pesos en 2010, debido a las negociaciones salariales entre el sindicato y la SSA, para cubrir las remuneraciones de las plazas transferidas a los organismos estatales de salud, siendo los estados de Distrito Federal, México y Veracruz, los que obtuvieron el mayor incremento de estos recursos.
Un aspecto importante a considerar, es que los recursos del FASSA destinados a la población abierta en 2010 no se destinan a la población objetivo del fondo, al ser utilizados para financiar el Sistema de Protección Social en Salud, debido a que existe una correlación directa entre el número de persona afiliadas al Sistema y los recursos del FASSA, es decir,
4 La población afiliada al Seguro Popular reportada en el Censo 2010 por el INEGI considera 26.2 millones de afiliados, no
obstante que la CNPSS establece 43.5 millones de afiliados para este año. Por lo anterior, el INEGI explica que estos datos no son comparables, ya que provienen de diferentes métodos de captación; es decir, las cifras de la CNPSS corresponden a registros administrativos de los programas que tiene a su cargo y las del INEGI corresponden a la captación directa de las personas encuestadas por medio de un cuestionario, en el cual la pregunta no distingue los programas que coordina dicha Comisión.
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entre más personas se afilien al Seguro Popular más recursos del FASSA se destinaran al programa. Por lo anterior, en este año, se destinaron 34,642.9 millones de pesos del FASSA‐P al seguro popular, lo que significó el 65.2% del total de los recursos destinados a la población abierta, situación que merma los servicios y medicamentos dirigidos a la población más vulnerable; Distrito Federal, Durango, Sonora y Yucatán tuvieron la mayor aportación de recursos provenientes del fondo.
Contrario a los recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad (FASSA‐C), que se destina para acciones relativas a las funciones de rectoría y prestación de servicios de salud a la comunidad, que sólo representaron el 26.2% del FASSA, siendo los estados Baja California Sur, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán los que tuvieron la menor participación de estos recursos; y Guerrero y Sinaloa no proporcionaron está información.
El destino de los recursos en 2010 se realizó principalmente para el pago de servicios personales, representando más del 86.3%; en tanto que los recursos destinados para gastos de operación, medicamentos y material de curación participaron sólo con el 13.6% y gastos de inversión 0.1%, como se muestra en la gráfica siguiente:
Destino de los Recursos del FASSA 2010
FUENTE: información proporcionada por las Entidades federativas fiscalizadas.
Del total de los recursos del fondo destinados para medicamentos, aspecto fundamental para la atención de la salud de la población abierta, las entidades federativas únicamente invirtieron el 3.1%, debido a una deficiente planeación y coordinación de las áreas médicas y de adquisiciones. Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Chihuahua, Guanajuato, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas destinaron para medicamento poco más de 80.00 pesos por persona, caso contrario a Baja California, Campeche, Distrito Federal y Morelos, que destinaron menos de 20.0 pesos por persona. El IMSS destinó 147.8 pesos por persona en la compra de medicamentos e insumos médicos y el ISSSTE 464.7 pesos, como se muestra a continuación:
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Recursos ejercidos Per Cápita del FASSA en medicamento, 2010
0.0
50.0
100.0
150.0
200.0
250.0
Aguascalientes
Baja Califo
rnia
Baja Califo
rnia Sur
Campe
che
Chiapas
Chihuahu
aCo
ahuila
Colim
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Durango
Guanajuato
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Jalisco
México
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Morelos
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Quintana Ro
oSan Luis Potosí
Sinaloa
Sono
raTabasco
Tamaulipas
Tlaxcala
Veracruz
Yucatán
Zacatecas
FUENTE: Recursos ejercidos para el rubro de medicamentos por las 32 entidades federativas en millones de pesos.
Además de ser muy bajo el monto que se destina a medicamentos, existen deficiencias en el proceso de manejo y control de éstos, lo que incide en su disponibilidad y oportunidad para la atención de los servicios médicos a la población.
Del total de médicos de las nóminas pagadas con recursos del FASSA, en 28 entidades federativas el 18.4% de éstos realizaron funciones que no se encuentran directamente vinculados con la atención del paciente; mientras que Baja California, Sinaloa, Tlaxcala y Veracruz no contaron con la información al respecto.
Asimismo, en el ámbito nacional por cada 1,000 habitantes se cuenta con 0.6 médicos pagados con recursos del FASSA; siendo los estados de Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Guanajuato, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí y Tlaxcala los que se encontraron por debajo de este promedio. La Organización Mundial de la Salud recomienda que por cada 1,000 habitantes se cuente con 2.1 personal sanitario; sólo el estado de Sonora cumplió con esa recomendación.
En este contexto, en el país se otorgaron en promedio 10.7 consultas diarias a población abierta por médicos generales y familiares durante 2010, parámetro que se encuentra por debajo del establecido por la Secretaría de Salud que fue de 12 a 24 consultas diarias por médico. Los estados con índices menores del recomendado fueron Baja California, Baja California Sur, Colima, Chiapas, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Sinaloa, Sonora y Veracruz, con promedios de 5 a 10 consultas. En el estado de San Luis Potosí se desconoce este indicador, ya que no se contó con la información correspondiente.
De las más de 179,000 localidades, que existen en 28 entidades federativas, alrededor de 115,000 no disponen de centros de salud, casas de salud o algún establecimiento que preste servicios de salud a la población abierta; razón por la cual las personas deben trasladarse a la clínica más cercana de su localidad, o bien esperar a que las unidades móviles o caravanas
IMSS 147.8
Pe s o
s
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de salud –brigadas médicas que proporcionan servicio a las comunidades que no cuentan con infraestructura en salud– acudan a brindarles los servicios de consulta médica general, de especialidad y odontológica, así como medicamentos. Los estados que no contaron con información respecto de localidades sin infraestructura de salud fueron Coahuila, Distrito Federal, Guerrero y Sonora.
Un aspecto que se debe considerar es la percepción que la población tienen acerca de los servicios de salud que reciben; por ello la Secretaría de Salud definió como principal objetivo proporcionar a los pacientes trato digno, organización de servicios y atención médica efectiva, ética, y segura; como elementos que definieran la calidad en los servicios de salud, implantando índices, indicadores y variables de calidad, que sirvieran de herramientas para el registro y monitoreo de estos servicios en las unidades médicas, denominados Sistema Nacional de Indicadores en Calidad en Salud INDICA. En 2010, se analizaron algunos de estos indicadores y los resultados son los siguientes:
• En relación con el indicador “Diferimiento Quirúrgico en Cirugía General”, correspondiente al índice “Atención Médica Efectiva Segundo Nivel”, en 2010, el promedio nacional del porcentaje de pacientes de Cirugía General que se operan después de 7 días de solicitada la cirugía electiva fue de 30 días, el cual se encontró por arriba del parámetro satisfactorio establecido por la Secretaría de Salud, que es menor de 15 días, a excepción de Durango, Puebla, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas que sí cumplieron con el parámetro.
• En el caso de los indicadores denominados Porcentaje de usuarios atendidos en el servicio de Urgencias, únicamente Aguascalientes, Chiapas, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo, Sonora, Tamaulipas y Veracruz consiguieron los parámetros satisfactorios establecidos por la Secretaría de Salud.
• El porcentaje de usuarios satisfechos con la cantidad de medicamentos entregados, establecido por la Secretaría de Salud en Primer Nivel de atención –que es mayor o igual que el 95.0%–, en Campeche, Guanajuato, Oaxaca, Quintana Roo, Tamaulipas y Tlaxcala se alcanzó o supero ese porcentaje. El caso crítico fue Chiapas, con un valor de 71.8%.
• El parámetro satisfactorio establecido por la Secretaría de Salud, respecto del porcentaje de medicamentos surtido de manera completa a la primera vez en medio rural y urbano, es mayor o igual al 95%; el promedio nacional registró niveles preventivos en las zonas urbanas con el 75.9% y el 80.1% en las rurales, debido al surtimiento incompleto en medicamentos prescritos a los usuarios. Los estados críticos fueron Chiapas, Michoacán, Morelos, Nayarit, Puebla, Sinaloa y Sonora en nivel urbano, y en el área rural Chiapas, Hidalgo, Michoacán, Morelos y Sonora.
La Secretaría de Salud en su programa Sistema Integral de Calidad en Salud (SICALIDAD) contempló como una estrategia en salud el proceso de acreditación, con el objeto de garantizar la calidad en las unidades de médicas de primer y segundo nivel de atención con que cuentan las entidades federativas, a través de ponderaciones y supervisiones periódicas a los establecimientos de salud con vigencia de cinco años. En 2010, de las 11,171 unidades medicas de los servicios estatales de salud, el 71.0% contaban con el certificado de Acreditación y Garantía de Calidad por parte de la Secretaría de Salud; sin embargo, se debe
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considerar que el Programa de Acción Específico 2007‐2010 SICALIDAD, establece que para 2012 todos los establecimiento de salud del país deberán estar acreditados.
Otros indicadores que nos permiten evaluar la salud de la población mexicana son los siguientes:
Un indicador para medir la correcta utilización de los recursos hospitalarios es la ocupación hospitalaria, ya que establece la capacidad utilizada o subutilizada en los hospitales. La Secretaría de Salud estableció que el porcentaje de ocupación máximo para unidades de 30 a 180 camas censables, total y por servicio, fluctúa de 85.0 a 90.0%. En 2010, a nivel nacional se reportó sólo el 71.8% de ocupación hospitalaria; siendo Aguascalientes, Baja California, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Querétaro y Yucatán los que reportaron una capacidad de reserva dentro de los estándares establecidos.
En épocas recientes se ha aumentado considerablemente la práctica innecesaria de cesáreas, que ciertamente no es inocua y conlleva riesgos inherentes, quirúrgicos y anestésicos, por lo que esta técnica operatoria pierde su enorme efecto benéfico de salvar vidas de madres y recién nacidos, cuando ésta no se encuentra bien especificada. Por ello, la Secretaría de Salud estableció un parámetro satisfactorio del 30.0% de cesáreas respecto del total de nacidos vivos; situación que en 2010 no fue respetada a nivel nacional al presentarse el 38.0% de cesáreas; siendo 25 entidades federativas las que obtuvieron el mayor porcentaje de cesáreas en el país. Se debe considerar que la OMS establece un parámetro satisfactorio del 15.0%.
Ninguna entidad federativa cumplió todas las metas establecidas en sus programas anuales de trabajo (PAT) correspondientes al ejercicio fiscal 2010, y en los estados de Baja California Sur, Coahuila, Colima, Chiapas, Distrito Federal, Durango, Guanajuato, Jalisco, México, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sonora y Zacatecas, su PAT no muestra información específica sobre el fondo.
Transparencia del Ejercicio, Destino y Resultados en la Gestión
Para medir el cumplimiento de la entrega de los informes sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud reportados por las entidades federativas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su entrega al Congreso de la Unión en los términos del artículo 107, fracción I, de la LFPRH; su difusión y publicación a través de los medios impresos y electrónicos respectivos; así como su calidad y congruencia, para tal fin, la ASF estableció índices de cumplimiento, con los cuales se obtuvieron los resultados siguientes 5:
5 Los parámetros considerados para el nivel de transparencia son: Alto= Igual a 100.0%; Medio menor de 100.0% y mayor de
80.0%; y Bajo= Menor de 80.0%
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• El índice de cumplimento en la entrega de los informes sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) mediante sus tres apartados (Formato Único, Nivel Fondo y Ficha de Indicadores), se situó en nivel bajo, al reportar menos del 80.0% en las entidades de Campeche, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán; sólo 11 estados alcanzaron el 100.0% de cumplimiento en la entrega de la información.
• La difusión de los informes trimestrales del Formato Único, Nivel Fondo y Ficha de Indicadores en los órganos locales oficiales de difusión, y para la disposición del público a través de las respectivas páginas electrónicas de Internet o de otros medios locales de difusión en 2 entidades federativas, se encontró en niveles que lo ubican en un nivel medio; en tanto 19 obtuvieron un nivel bajo.
• Se detectó que en 25 entidades federativas existen diferencias entre el monto de los recursos transferidos y ejercido reportado a la SHCP mediante el Formato Único, con el que presenta la información financiera de las entidades.
Concepto Nivel de Transparencia en la información remitida a la SHCP
Alto Medio Bajo
Cumplimiento en la entrega
AGS, BC, BCS, CHIH, DF,
DGO, GRO, HGO, NAY,
QRO y ZAC.
COAH, COL, CHIS, GTO,
NL, SLP, QROO y TAB.
CAM, JAL, MÉX, MICH,
MOR, OAX, PUE, SIN,
SON, TAMPS, TLAX, VER y
YUC.
Difusión
AGS, BCS, COAH, COL,
CHIH, DF, DGO, GTO,
NAY, QRO y ZAC.
CHIS y TAB.
BC, CAM, GRO, HGO, JAL,
MÉX, MICH, MOR, NL,
OAX, PUE, QROO, SLP,
SIN, SON, TAMPS, TLAX,
VER y YUC.
Calidad GRO, NAY, QRO y
TAMPS. AGS, BC y BCS.
CAM, COAH, COL, CHIS,
CHIH, DF, DGO, GTO,
HGO, JAL, MÉX, MICH,
MOR, NL, OAX, PUE,
QROO, SLP, SIN, SON,
TAB, TLAX, VER, YUC y
ZAC.
Congruencia AGS, CAM, CHIH, DGO,
PUE, QRO y QROO.
BC, BCS, COAH, COL,
CHIS, DF, GTO, GRO,
HGO, JAL, MÉX, MICH,
MOR, NAY, NL, OAX, SLP,
SIN, SON, TAB, TAMPS,
TLAX, VER, YUC y ZAC.
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
28
• Baja California, Campeche, Jalisco, Michoacán, Morelos, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán informaron de manera parcial a los órganos de control y fiscalización locales y federales sobre la cuenta bancaria específica en la que se recibieron y administraron los recursos del fondo.
Dictámenes de las Auditorías
La opinión contenida en los dictámenes emitidos por la ASF respecto de la muestra auditada y con base en los resultados y observaciones determinadas en las 32 auditorías practicadas al FASSA correspondientes a la Cuenta Pública 2010; 3 tuvieron una opinión limpia, 22 con salvedad y 7 negativa.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
El propósito esencial de este análisis es examinar los resultados obtenidos en materia de salud determinados con motivo de las auditorías practicadas por la ASF al FASSA, a partir de la distribución de los recursos del fondo, la exploración del avance e impacto que han tenido estos recursos en la población objetivo del fondo, su transparencia y rendición de cuentas, así como los retos que enfrenta en su operación, la eficacia de instrumentos adecuados de seguimiento a través de indicadores, la calidad de la información reportada sobre la gestión y desempeño de los recursos del fondo, entre otros aspectos lo que nos permite emitir algunas consideraciones y recomendaciones, como las siguientes:
• Los recursos públicos para la población no asegurada en el año 2010 fue de 53,096.8 millones de pesos, según información proporcionada por las entidades federativas, en un 86.3% se destinaron para cubrir el gasto en servicios personales; un 10.5% para gastos de operación y únicamente el 3.1% para medicamentos, material de curación y otros insumos médicos, esto limita la capacidad de respuesta del sistema de salud para hacer frente a los retos que en materia de surtimiento de medicamento enfrenta, situación que finalmente repercute en la prestación del servicio y en la mejora de la atención de necesidades de salud de la población más vulnerable e impacta en la mayoría de las ocasiones en su economía.
• Falta de información apropiada y consistente sobre la magnitud de la población abierta, así como su ubicación geográfica, dispersión y condición socioeconómica, con objeto de apoyar la construcción de estrategias para mejorar la atención y cobertura de estos grupos poblacionales.
• Insuficiente atención a la población abierta que se realiza a través del FASSA en cuanto a tiempo, calidad y abasto de medicamentos; al ser cada vez más los establecimientos de salud en las entidades federativas que dan preferencia a los beneficiarios del programa Seguro Popular.
• El FASSA y el Seguro Popular están estrechamente interrelacionados tanto operativa como financieramente; comparten la infraestructura en salud, el personal médico y sanitario, y el medicamento, lo que los hace parte de una misma estrategia: sin embargo, en las condiciones actuales, las disposiciones jurídicas de ambos programas no están alineadas, ni delimitan con claridad la operación y control de cada uno.
FASSA Marco de Referencia
29
• Las entidades federativas utilizan para la prestación de los servicios de salud tanto recursos propios como federales; los federales no se limitan al FASSA, sino también los que reciben a través del Ramo 12 y otros programas, por lo cual resulta en ocasiones complicado y venturoso tratar de analizar el efecto aislado del fondo en el sector salud.
• Considerar para la revisión de la Cuenta Pública 2011 se analice la conveniencia de efectuar una evaluación para determinar si la fórmula de distribución de los recursos del fondo y su asignación responden a las necesidades del gasto en salud que tienen las entidades federativas y a sus carencias en esta materia, debido a que en la LCF indica que la Secretaría de Salud dará a conocer la información para el cálculo de la fórmula que se utilizará para distribuir los recursos adicionales: sin embargo, no específica la fuente de datos sobre el inventario de infraestructura médica ni de las plantillas de personal empleado en cada entidad federativa.
• Fortalecer el proceso de participación de la población en la gestión del fondo mediante los avales ciudadanos para evaluar la prestación de servicios de salud eficientes, con calidad, calidez y seguridad del paciente, así como incrementar la acreditación de las unidades médicas y reacreditamiento de las que ya cuenten con un certificado de Acreditación y garantía de calidad.
• Revisar el Cuadro Básico de Medicamentos, derivado de las necesidades actuales en salud de la población objetivo del fondo y ampliar la integración de los mismos conforme a la demanda de las personas que no cuentan con seguridad social ‐población abierta‐ y realizar acciones que permitan identificar los requerimientos clínicos de los pacientes en las diferentes regiones del país.
• La baja inversión en medicamentos es un aspecto crítico que vulnera la atención y la salud a la población de escasos recursos.
• La distribución de los recursos del fondo no se soporta en diagnósticos que identifiquen las carencias en materia de salud que presentan las entidades federativas, sólo se basa en información proporcionada por los organismos de salud estatales, relativos a la capacidad operativa, administrativa y de atención de las distintas unidades de salud, que en promedio no se han actualizado en los últimos cinco años.
• En las 32 entidades federativas se manifiestan debilidades de control en la gestión del fondo y la falta de mecanismos para prevenirlas y atenderlas, lo que obliga a fortalecer sus procesos operativos y administrativos.
• Registros contables y presupuestales incorrectos e insuficientes y diferencias en la información financiera derivados de una falta de supervisión efectiva, de sistemas de control contable adecuados y de la carencia de una conciliación permanente de las cifras reportadas en los estados financieros del fondo.
• Promover que las estructuras del personal, del área médica y administrativa que integran los establecimientos de salud sean acordes a las necesidades reales que demanda la población.
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
30
• Deficiente control administrativo y supervisión del personal del área de recursos humanos para determinar al personal médico al que se paga como especialista sin serlo, o que en su expediente respectivo no se archivó el documento que lo acredite como tal, y complacencia de los responsables de su otorgamiento.
• La deficiente supervisión y los privilegios propiciaron el otorgamiento de bonos, compensaciones, estímulos económicos y el pago de conceptos extraordinarios de manera discrecional a servidores públicos de mandos medios y superiores, así como el pago de vales de despensa en exceso, en efectivo y el pago de honorarios a personal que no contaba con el contrato respectivo.
• Es importante que todo el personal médico se ubique en las unidades de salud, hospitales, clínicas, etc., realizando actividades que los involucren directamente con la prestación de servicios de atención médica a la población objetivo del fondo.
• Establecer políticas o procedimientos para verificar que antes de adquirir medicamentos, se determine su existencia en los almacenes, bodegas de concentración o farmacias, con el propósito de promover su movilización y uso inmediato, y así poder evitar su caducidad, aumentar su rotación y disminuir su lento o nulo movimiento.
• Se consultaron en el portal de la SHCP los cuatro informes trimestrales de 2010, y se determinaron carencias o deficiencias importantes de información, ya que aunque se cuenta con un Formato Único para reportar los datos, éstos son heterogéneos para las diferentes entidades; en algunas se presenta el gasto totalmente desagregado y la información es confusa; en otras no se desglosa el gasto ni las acciones y se reportan de manera global, lo que dificulta la identificación de las operaciones y el objeto del gasto de los recursos.
• La información enviada, mediante el Sistema de Formato Único (SFU), por las entidades federativas al Gobierno Federal, por conducto de la SHCP, sobre el ejercicio y destino de los recursos del fondo no se presenta con la calidad y congruencia que se requiere, por lo cual sería conveniente normarla con mayor precisión, aumentar la capacitación a los servidores públicos responsables de su operación y establecer sanciones por su inobservancia.
Es de esperarse que las recomendaciones aquí planteadas contribuyan, entre otros aspectos, a brindar los servicios de salud a toda la población, fundamentalmente a la de menores recursos; propiciar mayor equidad en su distribución, y mejorar su aplicación en beneficio de la población objetivo del fondo.
FASSA Marco de Referencia
31
ANEXOS
FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD (FASSA) Universo, Muestra, Recuperaciones y Dictamen
(Miles de pesos)
Cuadro 1
ENTIDAD FEDERATIVA UNIVERSO MUESTRA % DE LA MUESTRA
RECUPERACIONES DICTAMEN (OPINIÓN)
TOTAL OPERADAS PROBABLES
AGUASCALIENTES 870,057.7 764,462.1 87.9 164,716.2 164,716.2 NEGATIVO
BAJA CALIFORNIA 1,146,477.6 973,513.6 84.9 96,351.6 49,851.1 46,500.5 CON SALVEDAD
BAJA CALIFORNIA SUR 557,393.1 462,437.2 83.0 23,035.5 1,145.6 21,889.9 CON SALVEDAD
CAMPECHE 891,790.3 734,015.0 82.3 44,055.8 44,055.8 CON SALVEDAD
CHIAPAS 2,475,719.72 1,806,141.7 73.0 32,531.4 1,368.7 31,162.7 CON SALVEDAD
CHIHUAHUA 1,393,225.8 921,949.1 66.2 47,465.5 3.2 47,462.3 CON SALVEDAD
COAHUILA 1,002,941.86 651,912.2 65.0 121,148.7 121,148.7 NEGATIVO
COLIMA 749,953.8 714,938.0 95.3 13,114.1 13,114.1 CON SALVEDAD
DISTRITO FEDERAL 2,829,847.6 2,270,499.0 80.2 8,324.4 1,500.6 6,823.8 CON SALVEDAD
DURANGO 1,178,954.8 1,030,386.4 87.4 20,264.7 16,343.3 3,921.4 LIMPIO
GUANAJUATO 1,855,099.4 1,454,044.3 78.4 39,384.4 39,384.4 CON SALVEDAD
GUERRERO 2,678,987.8 2,636,893.8 98.4 132,366.3 4,301.0 128,065.3 CON SALVEDAD
HIDALGO 1,777,299.0 1,542,904.5 86.8 100,274.5 27,799.8 72,474.7 NEGATIVO
JALISCO 3,012,816.7 2,437,959.2 80.9 46,955.0 46,955.0 CON SALVEDAD
MÉXICO 6,021,173.9 5,304,947.7 88.1 164,706.5 135,073.8 29,632.7 CON SALVEDAD
MICHOACÁN 1,874,874.8 1,414,192.8 75.4 61,984.6 41,079.1 20,905.5 CON SALVEDAD
MORELOS 907,722.2 750,978.2 82.7 8,951.2 948.5 8,002.7 CON SALVEDAD
NAYARIT 835,279.9 574,058.3 68.7 33,360.0 6,604.0 26,756.0 CON SALVEDAD
NUEVO LEÓN 1,511,860.3 1,184,614.9 78.4 92,497.4 225.9 92,271.5 NEGATIVO
OAXACA 2,187,052.8 1,932,039.5 88.3 127,442.3 127,442.3 NEGATIVO
PUEBLA 2,041,416.7 1,368,537.2 67.0 20,745.2 20,745.2 CON SALVEDAD
QUERÉTARO 1,033,470.7 786,141.1 76.1 6,642.2 4,895.0 1,747.2 LIMPIO
QUINTANA ROO 902,328.6 755,924.5 83.8 2,087.0 2,087.0 CON SALVEDAD
SAN LUIS POTOSÍ 1,153,330.6 1,005,064.2 87.1 15,531.0 15,531.0 CON SALVEDAD
SINALOA 1,488,839.7 1,265,397.0 85.0 151,477.4 151,477.4 NEGATIVO
SONORA 1,417,694.7 1,117,341.0 78.8 16,445.2 798.4 15,646.8 CON SALVEDAD
TABASCO 1,436,720.6 1,031,637.9 71.8 12,095.1 12,095.1 LIMPIO
TAMAULIPAS 1,800,121.9 1,392,706.5 77.4 55,915.5 55,915.5 CON SALVEDAD
TLAXCALA 725,763.3 656,858.2 90.5 76,065.0 76,065.0 NEGATIVO
VERACRUZ 3,154,366.4 2,505,971.0 79.4 93,454.6 1,258.7 92,195.9 CON SALVEDAD
YUCATÁN 1,108,335.4 977,780.5 88.2 19,914.9 19,914.9 CON SALVEDAD
ZACATECAS 1,075,832.4 575,086.5 53.5 5,390.1 67.7 5,322.4 CON SALVEDAD
T O T A L 53,096,750.2 43,001,333.1 81.0% 1,854,693.3 517,539.7 1,337,153.6
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
32
FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD (FASSA) Número de Observaciones y Acciones Promovidas
Cuadro 2
ENTIDAD FEDERATIVA OBSERVACIONES ACCCIONES PROMOVIDAS
R SA PEFCF PO PRAS DH TOTAL
AGUASCALIENTES 21 6 10 6 22
BAJA CALIFORNIA 35 10 10 16 36
BAJA CALIFORNIA SUR 29 19 7 4 30
CAMPECHE 19 6 6 8 20
CHIAPAS 6 2 2 2 6
CHIHUAHUA 12 5 4 3 12
COAHUILA 1 1 1
COLIMA 3 2 1 3
DISTRITO FEDERAL 15 7 2 7 16
DURANGO 2 1 1 2
GUANAJUATO 23 7 7 10 24
GUERRERO 45 4 12 29 45
HIDALGO 30 10 9 12 31
JALISCO 31 17 8 7 32
MÉXICO 28 13 1 15 29
MICHOACÁN 25 5 7 14 26
MORELOS 3 2 2 4
NAYARIT 44 21 9 14 44
NUEVO LEÓN 19 5 8 7 20
OAXACA 21 8 2 5 9 24
PUEBLA 23 12 4 8 24
QUERÉTARO 11 3 1 1 8 13
QUINTANA ROO 3 1 1 1 3
SAN LUIS POTOSÍ 14 2 4 8 14
SINALOA 51 25 16 11 52
SONORA 21 7 5 10 22
TABASCO 4 4 1 5
TAMAULIPAS 3 3 1 4
TLAXCALA 26 12 1 6 8 27
VERACRUZ 13 9 3 2 14
YUCATÁN 1 1 1
ZACATECAS 22 9 6 8 23
T O T A L 604 239
5 155 230
629
R= Recomendación; SA= Solicitud de Aclaración; PO= Pliego de Observación; PRAS= Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria; PEFCF= Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal y DH= Denuncia de Hechos.
FASSA Marco de Referencia
33
FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD (FASSA) Principales Recuperaciones
(Miles de Pesos) Cuadro 3
RECUPERACIONES (Concepto) AGUASCALIENTES BAJA
CALIFORNIA BAJA CALIFORNIA
SUR CAMPECHE CHIAPAS CHIHUAHUA
Recursos destinados en acciones que no se vinculan con los objetivos del fondo.
137,736.0 2,944.1 18,078.6 17,636.2 1,147.1
Pago de plazas precarias (personal regularizado) sin autorización o por un monto superior al autorizado.
34,921.0
26,017.4
Faltante de documentación justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos del fondo y de sus rendimientos financieros.
408.6 18.5
30,497.4 45,318.6
Financiamiento indebido de programas federales y estatales. 993.4 47,496.6
265.5
Pagos de gastos de operación y otros conceptos correspondientes a ejercicios anteriores al 2010.
Entrega de recursos o de rendimientos financieros, de forma extemporánea o incompleta; así como transferencias hacia otras cuentas bancarias.
526.3
193.4 126.5
Compensaciones y bonos a mandos medios y superiores de los organismos de salud locales, por importes mayores a los autorizados, o sin el sustento normativo.
Médicos especialistas que no acreditaron el perfil del puesto. 120.5 4,001.8 468.9
665.3 649.4
Comisiones sindicales, otorgadas sin autorización o por personas que carecen de facultades para ello, y comisiones de personal a otras dependencias.
18,694.8
2,758.9
1,367.8
Subsidio del Impuesto Sobre la Renta cubierto indebidamente con recursos del fondo por el pago en efectivo de la medida de fin de año a los trabajadores.
Otorgamiento de la “medida de fin de año” a trabajadores que no tienen derecho.
243.1 3,406.9
Pago indebido con recursos del fondo del impuesto local sobre nóminas.
6,397.9
Pago de actualizaciones, recargos y multas por el entero extemporáneo del Impuesto Sobre la Renta o de Cuotas Obrero‐Patronales.
1.1 3.2
Pagos posteriores a la fecha de baja, pago de más en relación con lo estipulado en los contratos de personal eventual o falta de contratos, entre otros.
18.3
27.1
Falta de aplicación de penas convencionales por incumplimiento en los plazos de entrega de los bienes adquiridos, anticipos no amortizados o pagos en exceso.
20.4 136.7
Compra de vales de despensa para las medidas de fin de año sin la justificación correspondiente.
465.9
1,145.6
Pagos por importes mayores a los establecidos en los contratos de adquisición (medicamentos, material de curación, servicios de limpieza, lavandería o vigilancia).
Otras irregularidades. 64.6 3,172.6
TOTAL 164,716.2 96,351.6 23,035.5 44,055.8 32,531.4 47,465.5
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
34
FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD (FASSA) Principales Recuperaciones
(Miles de Pesos) Cuadro 3
RECUPERACIONES (Concepto) COAHUILA COLIMA DISTRITO FEDERAL DURANGO GUANAJUATO GUERRERO
Recursos destinados en acciones que no se vinculan con los objetivos del fondo.
1,081.9 969.8 11,075.9 15,179.4 78,357.7
Pago de plazas precarias (personal regularizado) sin autorización o por un monto superior al autorizado.
5,484.3
Faltante de documentación justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos del fondo y de sus rendimientos financieros.
398.3
437.5
Financiamiento indebido de programas federales y estatales.
310.8 1,487.1 117.0
Pagos de gastos de operación y otros conceptos correspondientes a ejercicios anteriores al 2010.
119,385.8 4,098.6
Entrega de recursos o de rendimientos financieros, de forma extemporánea o incompleta; así como transferencias hacia otras cuentas bancarias.
798.8
Compensaciones y bonos a mandos medios y superiores de los organismos de salud locales, por importes mayores a los autorizados, o sin el sustento normativo.
4,913.2
18,865.2
Médicos especialistas que no acreditaron el perfil del puesto. 581.9 388.9 6,025.0 226.0 805.9 7,344.1
Comisiones sindicales, otorgadas sin autorización o por personas que carecen de facultades para ello, y comisiones de personal a otras dependencias.
237.7
243.0
715.4
Subsidio del Impuesto Sobre la Renta cubierto indebidamente con recursos del fondo por el pago en efectivo de la medida de fin de año a los trabajadores.
21,370.6
Otorgamiento de la “medida de fin de año” a trabajadores que no tienen derecho.
291.9
539.5 35.6 956.9
Pago indebido con recursos del fondo del impuesto local sobre nóminas.
21,876.4
Pago de actualizaciones, recargos y multas por el entero extemporáneo del Impuesto Sobre la Renta o de Cuotas Obrero‐Patronales.
1,424.4
2,803.9
808.1
Pagos posteriores a la fecha de baja, pago de más en relación con lo estipulado en los contratos de personal eventual o falta de contratos, entre otros.
47.2
3,223.7
Falta de aplicación de penas convencionales por incumplimiento en los plazos de entrega de los bienes adquiridos, anticipos no amortizados o pagos en exceso.
11.5
102.0
65.8
Compra de vales de despensa para las medidas de fin de año sin la justificación correspondiente.
Pagos por importes mayores a los establecidos en los contratos de adquisición (medicamentos, material de curación, servicios de limpieza, lavandería o vigilancia).
Otras irregularidades. 877.6 530.8 3.2
104.3
TOTAL 121,148.7 13,114.1 8,324.4 20,264.7 39,384.4 132,366.3
FASSA Marco de Referencia
35
FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD (FASSA) Principales Recuperaciones
(Miles de Pesos) Cuadro 3
RECUPERACIONES (Concepto) HIDALGO JALISCO MÉXICO MICHOACÁN MORELOS NAYARIT
Recursos destinados en acciones que no se vinculan con los objetivos del fondo. 1,987.8 852.1 8,021.2 22,732.2 884.5 2,735.3
Pago de plazas precarias (personal regularizado) sin autorización o por un monto superior al autorizado.
Faltante de documentación justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos del fondo y de sus rendimientos financieros.
51,234.2
21,251.1
Financiamiento indebido de programas federales y estatales. 23,572.2
23,541.9
29,632.7
17,103.2
Pagos de gastos de operación y otros conceptos correspondientes a ejercicios anteriores al 2010.
5,865.1 Entrega de recursos o de rendimientos financieros, de forma extemporánea o incompleta; así como transferencias hacia otras cuentas bancarias.
110,370.2
2,125.8
864.2
Compensaciones y bonos a mandos medios y superiores de los organismos de salud locales, por importes mayores a los autorizados, o sin el sustento normativo.
16,018.5
23,835.9
6,322.3
Médicos especialistas que no acreditaron el perfil del puesto. 2,101.4
274.4
402.7
64.0
9.8 Comisiones sindicales, otorgadas sin autorización o por personas que carecen de facultades para ello, y comisiones de personal a otras dependencias.
281.0
413.7
9,944.7
Subsidio del Impuesto Sobre la Renta cubierto indebidamente con recursos del fondo por el pago en efectivo de la medida de fin de año a los trabajadores.
7,138.5
Otorgamiento de la “medida de fin de año” a trabajadores que no tienen derecho.
16,371.4
18.4
Pago indebido con recursos del fondo del impuesto local sobre nóminas.
Pago de actualizaciones, recargos y multas por el entero extemporáneo del Impuesto Sobre la Renta o de Cuotas Obrero‐Patronales.
2,398.7
991.4
Pagos posteriores a la fecha de baja, pago de más en relación con lo estipulado en los contratos de personal eventual o falta de contratos, entre otros.
347.8
36.6
526.2 275.0
Falta de aplicación de penas convencionales por incumplimiento en los plazos de entrega de los bienes adquiridos, anticipos no amortizados o pagos en exceso.
4,872.6
548.4
57.9
Compra de vales de despensa para las medidas de fin de año sin la justificación correspondiente.
Pagos por importes mayores a los establecidos en los contratos de adquisición (medicamentos, material de curación, servicios de limpieza, lavandería o vigilancia).
Otras irregularidades. 206.8
TOTAL 100,274.5 46,955.0 164,706.5 61,984.6 8,951.2 33,360.0
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
36
FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD (FASSA) Principales Recuperaciones
(Miles de Pesos) Cuadro 3
RECUPERACIONES (Concepto) NUEVO LEÓN OAXACA PUEBLA QUERÉTARO QUINTANA ROO SAN LUIS POTOSÍ
Recursos destinados en acciones que no se vinculan con los objetivos del fondo. 26,491.8 123,731.1
966.4
1,271.2 958.3
Pago de plazas precarias (personal regularizado) sin autorización o por un monto superior al autorizado.
41,628.7
Faltante de documentación justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos del fondo y de sus rendimientos financieros.
1,001.3
Financiamiento indebido de programas federales y estatales. 19,595.3
Pagos de gastos de operación y otros conceptos correspondientes a ejercicios anteriores al 2010.
Entrega de recursos o de rendimientos financieros, de forma extemporánea o incompleta; así como transferencias hacia otras cuentas bancarias.
225.9
757.0
Compensaciones y bonos a mandos medios y superiores de los organismos de salud locales, por importes mayores a los autorizados, o sin el sustento normativo.
655.1 13,553.6
Médicos especialistas que no acreditaron el perfil del puesto. 1,619.0 891.5
1,110.0
1,747.2
Comisiones sindicales, otorgadas sin autorización o por personas que carecen de facultades para ello, y comisiones de personal a otras dependencias.
917.4
Subsidio del Impuesto Sobre la Renta cubierto indebidamente con recursos del fondo por el pago en efectivo de la medida de fin de año a los trabajadores.
2,996.6
Otorgamiento de la “medida de fin de año” a trabajadores que no tienen derecho.
14,356.3 142.4
Pago indebido con recursos del fondo del impuesto local sobre nóminas.
Pago de actualizaciones, recargos y multas por el entero extemporáneo del Impuesto Sobre la Renta o de Cuotas Obrero‐Patronales.
1,920.3
Pagos posteriores a la fecha de baja, pago de más en relación con lo estipulado en los contratos de personal eventual o falta de contratos, entre otros. 43.8
Falta de aplicación de penas convencionales por incumplimiento en los plazos de entrega de los bienes adquiridos, anticipos no amortizados o pagos en exceso.
39.9 160.7
Compra de vales de despensa para las medidas de fin de año sin la justificación correspondiente. 17.8
Pagos por importes mayores a los establecidos en los contratos de adquisición (medicamentos, material de curación, servicios de limpieza, lavandería o vigilancia).
Otras irregularidades. 8,131.9 14.6
TOTAL 92,497.4 127,442.3 20,745.2 6,642.2 2,087.0 15,531.0
FASSA Marco de Referencia
37
FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD (FASSA) Principales Recuperaciones
(Miles de Pesos) Cuadro 3
RECUPERACIONES (Concepto) SINALOA SONORA TABASCO TAMAULIPAS TLAXCALA VERACRUZ
Recursos destinados en acciones que no se vinculan con los objetivos del fondo.
1,571.2
738.0
6,392.9 10,734.3
59.3
Pago de plazas precarias (personal regularizado) sin autorización o por un monto superior al autorizado. 70,129.6 20423.5 90,238.7
Faltante de documentación justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos del fondo y de sus rendimientos financieros.
14,180.8 8,668.6 8,412.6 40,566.6
Financiamiento indebido de programas federales y estatales. 36,476.0
Pagos de gastos de operación y otros conceptos correspondientes a ejercicios anteriores al 2010. 35,019.7
Entrega de recursos o de rendimientos financieros, de forma extemporánea o incompleta; así como transferencias hacia otras cuentas bancarias.
945.2
1,258.7
Compensaciones y bonos a mandos medios y superiores de los organismos de salud locales, por importes mayores a los autorizados, o sin el sustento normativo.
18,130.8
4,786.7
Médicos especialistas que no acreditaron el perfil del puesto. 2,805.3
3,777.9
466.2 1,748.9 6,471.7 1,897.9
Comisiones sindicales, otorgadas sin autorización o por personas que carecen de facultades para ello, y comisiones de personal a otras dependencias.
5,093.9
3,119.5 427.4 342.7
Subsidio del Impuesto Sobre la Renta cubierto indebidamente con recursos del fondo por el pago en efectivo de la medida de fin de año a los trabajadores.
Otorgamiento de la “medida de fin de año” a trabajadores que no tienen derecho.
Pago indebido con recursos del fondo del impuesto local sobre nóminas.
Pago de actualizaciones, recargos y multas por el entero extemporáneo del Impuesto Sobre la Renta o de Cuotas Obrero‐Patronales.
60.4
13.7 7,538.0
Pagos posteriores a la fecha de baja, pago de más en relación con lo estipulado en los contratos de personal eventual o falta de contratos, entre otros.
1,653.5
Falta de aplicación de penas convencionales por incumplimiento en los plazos de entrega de los bienes adquiridos, anticipos no amortizados o pagos en exceso.
80.8 722.5
Compra de vales de despensa para las medidas de fin de año sin la justificación correspondiente.
Pagos por importes mayores a los establecidos en los contratos de adquisición (medicamentos, material de curación, servicios de limpieza, lavandería o vigilancia).
Otras irregularidades. 491.1
8.2
TOTAL 151,477.4 16,445.2 12,095.1 55,915.5 76,065.0 93,454.6
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
38
FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD (FASSA) Principales Recuperaciones
(Miles de Pesos) Cuadro 3
RECUPERACIONES (Concepto) YUCATÁN ZACATECAS TOTAL Recursos destinados en acciones que no se vinculan con los objetivos del fondo. 3,973.5 2,425.6 500,733.4
Pago de plazas precarias (personal regularizado) sin autorización o por un monto superior al autorizado.
288,843.2
Faltante de documentación justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos del fondo y de sus rendimientos financieros.
606.9 223,001.0
Financiamiento indebido de programas federales y estatales. 7,108.5 1,217.0 208,917.2
Pagos de gastos de operación y otros conceptos correspondientes a ejercicios anteriores al 2010.
164,369.2
Entrega de recursos o de rendimientos financieros, de forma extemporánea o incompleta; así como transferencias hacia otras cuentas bancarias.
67.7 118,259.7
Compensaciones y bonos a mandos medios y superiores de los organismos de salud locales, por importes mayores a los autorizados, o sin el sustento normativo.
107,081.3
Médicos especialistas que no acreditaron el perfil del puesto. 417.9 47,083.5
Comisiones sindicales, otorgadas sin autorización o por personas que carecen de facultades para ello, y comisiones de personal a otras dependencias.
44,557.9
Subsidio del Impuesto Sobre la Renta cubierto indebidamente con recursos del fondo por el pago en efectivo de la medida de fin de año a los trabajadores.
6,544.1 38,049.8
Otorgamiento de la “medida de fin de año” a trabajadores que no tienen derecho. 81.1 231.4 36,674.9
Pago indebido con recursos del fondo del impuesto local sobre nóminas. 28,274.3
Pago de actualizaciones, recargos y multas por el entero extemporáneo del Impuesto Sobre la Renta o de Cuotas Obrero‐Patronales.
17,963.2
Pagos posteriores a la fecha de baja, pago de más en relación con lo estipulado en los contratos de personal eventual o falta de contratos, entre otros.
1,045.3 7,244.5
Falta de aplicación de penas convencionales por incumplimiento en los plazos de entrega de los bienes adquiridos, anticipos no amortizados o pagos en exceso.
122.9 6,942.1
Compra de vales de despensa para las medidas de fin de año sin la justificación correspondiente.
1,629.3
Pagos por importes mayores a los establecidos en los contratos de adquisición (medicamentos, material de curación, servicios de limpieza, lavandería o vigilancia).
1,448.4 1,448.4
Otras irregularidades. 14.7 13,620.4
TOTAL 19,914.9 5,390.1 1,854,693.3
C