gaceta oficial nº 41.109 del 08 de marzo de 2017

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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA B OLIVARIANA DE VENEZUELA AÑO CXLIV - MES V Caracas, miércoles 8 de marzo de 2017 Número 41.109 SUMARIO CONSIDERANDO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N° 2.737, mediante el cual se confiere la “Orden Libertadores y Libertadoras de Venezuela” en su Segunda Clase “Lanza” en reconocimiento a la ejemplar conducta por defender a las mujeres del mundo, la Patria de Bolívar les premia por ser un digno ejemplo para las que hoy no se rinden, a las ciudadanas que en él se mencionan. MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana y a los ciudadanos que en ella se mencionan, para ocupar los cargos que en ella se especifican, de este Ministerio. INASS Providencia mediante la cual se designa al ciudadano Johan Pérez, en su carácter de Gerente (E), RAC N° 09, adscrito a la Oficina de Administración y Servicios de este Instituto, como Cuentadante y Responsable de la Unidad Administradora Central de la Estructura para la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos de dicho Organismo. Providencias mediante las cuales se designa a las ciudadanas y ai ciudadano que en ellas se señalan, para ocupar los cargos que en ellas se indican, de este Instituto. Que el Ejecutivo Nacional, a través de la "Orden Libertadores y Libertadoras de Venezuela", busca reconocer a todos los Hombres y Mujeres que en ejercicio de sus actividades, han contribuido a la formación de la Patria, CONSIDERANDO Que la patria de Bolívar tiene de ejemplo a mujeres de gran lealtad a los derechos de la mujer, guerreras luchadoras, emprendedoras y comprometidas con el ideal Revolucionario demostrado al representar con dignidad, rectitud y amor, virtudes de una auténtica mujer revolucionaria, CONSIDERANDO Que por su destacada y ejemplar trayectoria como revolucionarias, luchadoras por los derechos libertarios de la mujer y de la igualdad de género, representan la voz de las mujeres con agallas y dotadas de una conciencia política digna de imitar. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS INSAI Providencias mediante las cuales se designa a las ciudadanas Gisela Leal y Yarima Zerpa, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este instituto. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Lisbette Antonieta Blanco Laguado, como Directora del Hospital “Dr. Miguel Oslo” de Cúa, en calidad de Encargada, adscrito a la Dirección Estadal de Salud del estado Bolivariano de Miranda. DECRETO Articulo Único. Se confiere la "Orden Libertadores y Libertadoras de Venezuela" en su Segunda Clase "Lanza" en reconocimiento a la ejemplar conducta por defender a las mujeres del mundo, la Patria de Bolívar les premia por ser un digno ejemplo para las que hoy no se rinden. ¡Honor a quien honor merece! MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO Resolución mediante la cual se corrige por error material la Resolución N° 115, de fecha 03 de marzo de 2017, donde se revoca, parcialmente, la Resolución Ministerial N° 9408, del 13 de noviembre de 2015; y se suprime la Inspectoría del Trabajo de Derecho Colectivo, la Inspectoría del Trabajo de Reclamos y la Inspectoría del Trabajo de Inamovilidad en la ciudad de Valencia, estado Carabobo. TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA Sala Electoral Acta mediante la cual se constituye la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, integrada por las Magistradas y Magistrados que en ella se mencionan.- (Se reimprime por error de Imprenta). PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N° 2.737 08 de marzo de 2017 NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del País y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del articulo 156 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y numerales 1 y 2 del artículo 236, ejusdem, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2o, 7o y 8o de la Ley sobre la Condecoración "Orden Libertadores y libertadoras de Venezuela"; en cumplimiento del deber histórico de honrar a quienes con su esfuerzo, sacrificio y entrega han contribuido a la consolidación del supremo ideal de la felicidad y de la libertad del pueblo venezolano, ”ORDEN LIBERTADORES Y LIBERTADORAS' DE VENEZUELA" SEGUNDA CLASE ",LANZA ’ GLORIA MARLENY VANEGAS C.I. 2.148.135 CARMEN LUISA BOHÓRQUEZMORAN C.I. 2.824.538 MILAGRO AMALIA ÁNGELA SALA D.N.I. 16.347.039 ■Formémonos una patria a toda costa y todo lo demás será tolerable”. Simón Bolívar Dado en Caracas, a los ocho días del mes de marzo de dos mil diecisiete. Años 206° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana. Ejecútese, (15.) Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (LS.) TARECK EL AISSAMI Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz (LS.) NESTOR LUIS REVEROL TORRES

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Page 1: GACETA OFICIAL Nº 41.109 del 08 de Marzo de 2017

GACETA OFICIALDE LA REPÚBLICA B OLI VARI ANA DE VENEZUELA

AÑO CXLIV - MES V Caracas, miércoles 8 de marzo de 2017 Número 41.109SUMARIO CONSIDERANDO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICADecreto N° 2.737, m ediante el cual se confiere la “Orden Libertadores

y Libertadoras de V enezuela” en su Segunda C lase “Lanza” en reconocimiento a la ejem plar conducta por defender a las m ujeres del mundo, la Patria de Bolívar les prem ia por ser un digno ejemplo para las que hoy no se rinden, a las ciudadanas que en él se m encionan.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA

Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNOResolución m ediante la cual se designa a la ciudadana y a los ciudadanos

que en ella se m encionan, para ocupar los cargos que en ella se especifican, de este Ministerio.

INASSProvidencia m ediante la cual se designa al ciudadano Johan Pérez, en su

ca rác te r de G eren te (E ), R A C N ° 09, adscrito a la Oficina de Administración y Servicios de este Instituto, como Cuentadante y Responsable de la Unidad Adm inistradora Central de la Estructura para la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos de dicho Organismo.

Providencias m ediante las cuales se designa a las ciudadanas y ai ciudadano que en ellas se señalan, para ocupar los cargos que en ellas se indican, de este Instituto.

Que el Ejecutivo Nacional, a través de la "Orden Libertadores y Libertadoras de Venezuela", busca reconocer a todos los Hombres y Mujeres que en ejercicio de sus actividades, han contribuido a la formación de la Patria,

CONSIDERANDO

Que la patria de Bolívar tiene de ejemplo a mujeres de gran lealtad a los derechos de la mujer, guerreras luchadoras, emprendedoras y comprometidas con el ideal Revolucionario demostrado al representar con dignidad, rectitud y amor, virtudes de una auténtica mujer revolucionaria,

CONSIDERANDO

Que por su destacada y ejemplar trayectoria como revolucionarias, luchadoras por los derechos libertarios de la mujer y de la igualdad de género, representan la voz de las mujeres con agallas y dotadas de una conciencia política digna de imitar.

MINISTERIO D EL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS

INSAIProvidencias m ediante las cuales se designa a las ciudadanas G isela Leal

y Yarim a Zerpa, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este instituto.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUDResolución m ediante la cual se designa a la ciudadana Lisbette Antonieta

Blanco Laguado, como Directora del Hospital “Dr. Miguel Oslo” de Cúa, en calidad de Encargada, adscrito a la Dirección Estadal de Salud del estado Bolivariano de Miranda.

DECRETO

Articulo Único. Se confiere la "Orden Libertadores y Libertadoras de Venezuela" en su Segunda Clase "Lanza" en reconocimiento a la ejemplar conducta por defender a las mujeres del mundo, la Patria de Bolívar les premia por ser un digno ejemplo para las que hoy no se rinden.

¡H on or a q u ie n h o n o r m erece!

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA E L PROCESO SOCIAL DE TRABAJO

Resolución m ediante la cual se corrige por error material la Resolución N° 115, de fecha 03 de m arzo de 2017, donde se revoca, parcialmente, la Resolución Ministerial N° 9 4 08 , del 13 de noviembre de 2015; y se suprime la Inspectoría del Trabajo de Derecho Colectivo, la Inspectoría del Trabajo de Reclam os y la Inspectoría del Trabajo de Inamovilidad en la ciudad de Valencia, estado Carabobo.

TRIBUNAL SUPREM O DE JUSTICIAS ala Electoral

Acta m ediante la cual se constituye la Sala Electoral del Tribunal Suprem o de Justicia, integrada por las Magistradas y Magistrados que en ella se m encionan.- (Se reimprime por error de Imprenta).

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICADecreto N° 2.737 08 de marzo de 2017

NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del País y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del articulo 156 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y numerales 1 y 2 del artículo 236, ejusdem, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2o, 7o y 8o de la Ley sobre la Condecoración "Orden Libertadores y l ib e r ta d o r a s d e Venezuela"; en cumplimiento del deber histórico de honrar a quienes con su esfuerzo, sacrificio y entrega han contribuido a la consolidación del supremo ideal de la felicidad y de la libertad del pueblo venezolano,

”ORDEN LIBERTADORES Y LIBERTADO RAS' DE VENEZUELA"

SEGUNDA CLASE ",LANZA ’

GLORIA MARLENY VANEGAS C .I. 2 .148 .1 35

CARMEN LUISA BOHÓRQUEZMORAN C .I. 2 .8 24 .5 38

MILAGRO AM ALIA ÁNGELA SALA D .N .I. 16 .347 .039

■Form ém onos una p a tria a to d a costa y to d o lo dem ás será to le ra b le ”.

Simón B olívar

Dado en Caracas, a los ocho días del mes de marzo de dos mil diecisiete. Años 206° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.

Ejecútese,(15.)

RefrendadoEl Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (LS.)

TARECK EL AISSAMI

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara Relaciones Interiores, Justicia y Paz (LS.)

NESTOR LUIS REVEROL TORRES

Page 2: GACETA OFICIAL Nº 41.109 del 08 de Marzo de 2017

434.342 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Miércoles 8 de marzo de 2017

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN ___________ DE GOBIERNO___________

República BoUvanana de Venezuela Ministerio del Poder Popular d d D eapacho de la Presidencia y

Seguim iento de la G estión de GobiernoDespacho de la M inistra

I

Caracas, 17 de febrero de 2017

206*, 157°, 18°RESOLUCIÓN N° 011-17

La Ministra de! Poder Popular del Despacho de la Presidencia y

Seguimiento de la Gestión de Gobierno, ciudadana CARMEN TERESA

MELÉNDEZ RIVAS, cédula de identidad N° V-8.146.803, designada

mediante el Decreto N° 2.652 de fecha 04 de enero de 2.017,

publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivanana de Venezuela

N° 41.067 de fecha 04 de enero de 2017; en ejercicio de las

atribuciones que le confieren los artículos 65 y 78, numerales 2 y 19

del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la

Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la República

CUARTO : La presente Resolución, entrará en vigencia a partir de su

publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivanana de

Venezuela.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley Orgánica de

Procedimientos Administrativos. Comuniqúese y Publíquese.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Y

SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES

(i n a s s ;DIRECTORIO

Bolivanana de Venezuela N° 6.147 Extraordinario, de fecha 17 de

noviembre de 2014; en concordancia con lo establecido en el artículo 2

del Reglamento Orgánico del Ministerio del Poqer Popular del Despacho

de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, publicado

en la Gaceta Oficial de la República Bolivanana de Venezuela N° 6.189

Extraordinario, de fecha 16 de julio de 2015, y de conformidad con lo

establecido en los artículos 5 numeral 2, 19 y 20 de la Ley del Estatuto

de la Función Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela N° 37.522, de fecha 6 de septiembre de

2002,

PRIMERO: Designar a la ciudadana W 6IBD MARIA CARVAJAL

ARROYO, titular de te oédutede WentWBd4N° V-5.975.152, como

Directora General de la Oficina de Gestión Conunicacional, en

calidad de encargada, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento juridico vigente.

SEGUNDO: Designar al ciudadano OROPEZA PARIACANO, JORGE

LUIS, titular de la cédula de identidad N° V-13.748.028, como

Director de la Dirección de Bienestar Social de la Oficina de

Gestión Humana, en calidad de encargado, con las competencias

inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento

jurídico vigente.

TERCERO: Designar al ciudadano BARROSO RODRIGUEZ SIMÓN

CRISTOBAL, titular de la cédula de identidad N° V-13.693.388,

como Director de Archivo y Publicaciones de la Oficina de

Gestión Comunicacional, con las competencias inherentes al

referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

Caracas, 20 de febrero de 2017

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 0004/17AÑOS 206° y 157° y 18°

De conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 71 y 72 de la Ley de Servicios Sociales, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.270, de fecha doce (12) de septiembre de dos mil cinco (2005), y lo dispuesto en el artículo 17 de la ley orgánica de procedimientos administrativos, este Directorio, con la presencia de los siguientes miembros: Magaly Gutiérrez, titular de la cédula de identidad N° V-14.300.712, en su carácter de Presidenta (E) del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INASS), designada mediante Decreto Presidencial N° 1.073, publicado en Gaceta Oficial de República Bolivariana de Venezuela N° 40.440 de fecha 25/06/2014; María Soledad González Machado, titular de la cédula de identidad N° V- 23.949.965, en su carácter de representante del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas, designada mediante Oficio S/N de fecha 22/07/2014; María Milagros Mejías, titular de la cédula de identidad N° V-12.747.505, en su carácter de representante del Ministerio del Poder Popular para la Educación, designada mediante Oficio N° DGPDE-00137 de fecha 30/07/2012; Yunis María Narváez Díaz, titular de la Cédula de Identidad N" V- 12.422.909, en su carácter de representante de la Defensoria del Pueblo, designada mediante Oficio N° DP/G- 17-00020 de fecha 11/01/2017, Rosa Libia Olivier de Timothy, titular de la cédula de identidad N° V-6.059.862, en su carácter de representante de las Organizaciones Sociales de los Adultos y Adultas Mayores, designada mediante Oficio S/N de fecha 18/07/2011; Oswaldo Alfredo Sánchez Aponte, titular de ia cédula de identidad N° V- 9.097.554, en su carácter de representante del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, designado mediante Oficio N° 0315 de fecha ■ 15/08/2014, Wally Blanco Baquero, titular de la cédula de identidad N° V- 8.965.381, en su carácter de representante del Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda, designada mediante Oficio N°00000794 de fecha 23/11/2015, Rebeca Palma, titular de la cédula de identidad N° V-12.961.055, en su carácter de representante del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, designada mediante Oficio N° PRE-043-2016 de fecha 24/02/2016; y Ada Ortega Zamora, titular de la cédula de identidad N° V-5.487.239, en su carácter de Secretaria del Directorio; actuando éstos como máxima autoridad del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INASS), adscrito al Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno.

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 141 establece que la administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas fundamentándose én los principios de honestidad, participación, celeridad, eficiencia," transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercido de la fundón pública.

CONSIDERANDO

Que en fecha 8 de septiembre de 2014, mediante Gaceta Ofiaal de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.492, fue emitida la Resolución mediante ia cual se

Page 3: GACETA OFICIAL Nº 41.109 del 08 de Marzo de 2017

Miércoles 8 de marzo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.343dictan la Normas Para la Formación, Participación, Rendición, Examen y calificación de las Cuentas de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Distrital, Municipal y sus Entes Descentralizados, la cual en su ámbito subjetivo de aplicación nos indica que los institutos autónomos son objeto de aplicación de dichas normas.

CONSIDERANDO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA

PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO VICEMINISTERIO PARA LA SUPREMA FELICIDAD SOCIAL DEL PUEBLO

INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS)

Que el articulo 88 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, relacionado con la ejecución del presupuesto de los entes descentralizados funcionalmente, en concordancia con lo establecido en el artículo 91 ejusdem que señala la estructura para la ejecución financiera del presupuesto de gastos, indicando que está integrada por la Unidad Administradora Central, constituida en este caso por la Oficina de Administración y Servicios del Instituto Nacional de Servicios Sociales.

CONSIDERANDO

Que el artículo 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público contempla que se debe designar al funcionario responsable de la Unidad Administradora Central Integrante de la estructura para la ejecución del presupuesto de gastos correspondiente a este instituto.

RESUELVE ^

PRIMERO: DESIGNAR al ciudadano JOHAN PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.700.831, en su carácter de Gerente (E), RAC N° 09, adscrito a la Oficina de Administración y Servicios del Instituto Nacional de Servidos Sodales, como CUENTADANTE y RESPONSABLE DE LA UNIDAD ADMINISTRADORA CENTRAL DE LA ESTRUCTURA PARA LA EJECUCIÓN FINANCIERA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS de dicho instituto, para período del 20/02/2017 hasta el 31/12/ 2017.

SEGUNDO: En cumplimiento a io establecido en ei artículo 52 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, ei funcionario designado deberá prestar la cauciónjaiiejjxmdiente por ante la Unidad de Auditoría Interna de este instituto. //f % __ .

TERCERO: Nobfrquese a las Gerencias involucradas de tal decisión. La presente decisión fue aprobada mediante reunión de Directorio, de fecha (20) de febrero de 2017, Acta N° 01, Orden del Día en su Punto N° 2.1.

CUARTO: La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.Bolivariana de Venezuela y deroga la Providencia Administrativa N° 0001/16, de fecha 09 de marzo de 2016, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.877 de fecha primero (1®) de abril del ano'dos mil dieciséis (2016). Se suscriben tres (03) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en Caracas a los veinte (20) días del mes de febrero del año Dos Mil diecisiete (2017).

"Comuniqúese y Publíquese"

Directorio del Instíl acional de Servicios Sociales (INASS).

María SdleáacEGShzález f Machado

C.I. N® V-23.949.965Ministerio del Poder Popular para los

Pueblos Indígenas

María rfnfalgyos Mejias C.I. N® V-12.747.505

Ministerio del Poder Popular para ia Educación

Yunis María Narváez Díaz C.I. N® V-12.422.909

Defensoría del Pueblo

7

Rosa Libia Olivier de Timothy C.I. N® V-6.059.862

Representante de las Organizaciones Sociales de los Adultos y Adultas

Oswaldo hjaerda Sánchez C.I. N® V ^ 097.S54

Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo

Rebeca Palm a C.I. N® V- 12.961.055

Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad

aquero C.I. N® V - 8.965.381

Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda

C.I. N® V-5.487.239Secretaria

Caracas 17 de febrero de 2017

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 0001/17 AÑQS 206®, 157® y 18®

Quien suscribe, MAGALY GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.300.712, procediendo en mi condición de PRESIDENTA (E) del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS), carácter que consta en el Decreto N° 1.073, de fecha 25 de junio de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.440 de la misma fecha, Instituto Autónomo adscrito al Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, a través del Viceministerto para la Suprema Felicidad Social del Pueblo, según se evidencia en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N® 40.283 de fecha 30 de octubre de 2013, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 73, numeral 9 de la Ley de Servidos Sociales, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.270 de fecha 12 de septiembre de 2005, y finalmente, en concordancia con lo establecido en el numeral 5, del artículo 5, de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002, en concordanaa con io establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, dicta la siguiente PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA:

PRIMERO. Se designa a la dudadana FRANCY KARLAY VERA FLORES,titular de la cédula de identidad N° V-16.223.066, como DIRECTORA de la SECRETARÍA DEL DESPACHO, ADSCRITA A LA PRESIDENCIA del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS). Enconsecuencia, queda autorizada la ciudadana designada para ejercer las funciones que se encuentran plenamente identificadas con las de un cargode confianza y por ende de libre nombramiento y remoción.

SEGUNDO: Se autoriza a la Gerencia de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INASS), para notificar a la interesada de la presente Providencia Administrativa. TERCERO: La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta' Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Se deroga la Providencia Administrativa N° 0003/15, de fecha 18 de marzo de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40. 648 de fecha veintisiete (27) de abril de 2015.

Dada, firmada y sellada en Caracas, en el Despacho de la Presidenta del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INASS), a los diecisiete (17) días del mes de febrero de 2017.

Notifíquese y Publíques^^sS*?^

GUTIER íidenta

Instituto Naafonál de Sentidos SocialesDecreto Nro. 1.073 déf 25/06/2014

Gaceta Oficial Nro. 40.440 del 25/06/2014

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA

PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO VICEMINISTERIO PARA LA SUPREMA FELICIDAD SOCIAL DEL PUEBLO

iNSTmrro n a c io n a l d e se r v ic io s s o c ia le s (in a s s )

Caracas 20 de febrero de 2017 PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 0002/17

AÑOS 206°, 157° y 18°

Quien suscribe, MÁGALY GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.300.712, procediendo en mi condición de PRESIDENTA (E) del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

Page 4: GACETA OFICIAL Nº 41.109 del 08 de Marzo de 2017

434.344 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Miércoles 8 de marzo de 2017SOCIALES (INASS), carácter que consta en el Decreto N° 1.073, de fecha 25 de junio de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.440 de la misma fecha, Instituto Autónomo adscrito al Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, a través del Decreto N° 506, mediante el cual se crea el Viceministerio para la Suprema Felicidad Social del Pueblo, según se evidencia de Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.283 de fecha 30 de octubre de 2013, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 73, numeral 9 de la Ley de Servicios Sociales, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.270 de fecha 12 de septiembre de 2005 y, finalmente, en concordancia con lo establecido en el numeral 5o del artículo 5, de la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002, en concordancia con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, dicta la siguiente PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA:

PRIMERO: Se designa a la ciudadana, VIOLETA ISABEL RIVAS DE ECHENIQUE, titular de la cédula de identidad N° V- 4.054.820, como AUDITOR INTERNO, en condición de ENCARGADA de la Unidad de Auditoría Interna del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INASS), Código de RAC N° 58. 0 presente acto de designación tendrá efectos administrativos a partir de su notificación.

SEGUNDO: Delegar de conformidad con la Providencia Administrativa N° 0025/14 de fecha 29 de septiembre de 2014 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.530 de fecha 30 de octubre de 2014, en la ciudadana VIOLETA ISABEL RIVAS DE ECHENIQUE, titular de la cédula de identidad N° V-4.054.820, en su carácter de AUDITOR INTERNO ( E ), la expedición de copias certificadas de los documentos originales o expedientes que reposen en los archivos de la Oficina de Auditoría Interna.

TERCERO: Los actos y documentos señalados precedentemente firmados con motivo de este acto administrativo deberán indicar bajo la firma del funcionario delegado, la fecha y el número de la presente Providencia Administrativa y de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela donde haya sido publicada.

'CUARTO: La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y deroga la Providencia Administrativa N° 0047/16, de fecha 21 de octubre de 2016, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41. 050 de fecha doce (12) de diciembre de dos mil dieciséis (2016).

Dada, firmada y sellada en Caracas, en el Despacho de la Presidenta del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INASS), a los veinte (20) días del mes de febrero de 2017.

"Notifíquese y Publíquese"

Gaceta Oficial Nro. 40.440 del 25/06/2014

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA

PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO VICEMINISTERIO PARA LA SUPREMA FELICIDAD SOCIAL DEL PUEBLO

INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS)

Caracas 16 de febrero de 2017 PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 0003/17

'■ AÑOS 206°, 157° y 18°

Quien suscribe, MAGALY GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.300.712, procediendo en mi condición

de PRESIDENTA (E) del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS), carácter que consta en el Decreto N° 1.073, de fecha 25 de junio de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.440 de la misma fecha, Instituto Autónomo adscrito al Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, a través del Viceministerio para la Suprema Felicidad Social del Pueblo, según se evidencia en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.283 de fecha 30 de octubre de 2013, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 73, numeral 9 de la Ley de Servicios Sociales, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.270 de fecha 12 de septiembre de 2005, y finalmente, en concordancia con lo establecido en el numeral 5, del artículo 5, de la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002, en concordancia con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, dicta la siguiente PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA:

PRIMERO: Se designa al ciudadano IOHAN PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.700.831, como GERENTE (E), RAC N° 09, ADSCRITO A LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS), a partir del dieciséis (16) de febrero de 2017. En consecuencia, queda autorizado el ciudadano designado para ejercer las funciones que se encuentran identificadas con las de un cargo de confianza y por ende de libre nombramiento y remoción.

SEGUNDO: Se autoriza a la Gerencia de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INASS), para realizar la respectiva notificación al interesado de la presente Providencia Administrativa.

TERCERO: Delegar en el ciudadano JOHAN PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.700.831, de conformidad con la Providencia Administrativa N° 0025/14 de fecha 29 de septiembre de 2014, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.530 de fecha 30 de octubre de 2014, en su carácter de GERENTE (E), ADSCRITO A LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS), la expedición de copias certificadas de los documentos originales o expedientes que reposen en los archivos de la Oficina de ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS de dicho Instituto.

CUARTO: Los actos y documentos firmados con motivo de este acto administrativo deberán indicar bajo la firma del funcionario delegado, la fecha y el número de la respectiva Providencia Administrativa y de la Gaceta Oficial donde haya sido publicada.

QUINTO: La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Se deroga la Providencia Administrativa N° 0004/14, de fecha 06 de junio de 2014, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.443, de fecha treinta (30) de junio de Dos mil catorce (2014).

Dada, firmada y sellada en Caracas, en el Despacho de la Presidenta del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INASS), a los dieciséis (16) días del mes de febrero de 2017.

Notifíquese y Publíquese

Gaceta Oficial Nro. 40.440 del 25/06/2014

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Miércoles 8 de marzo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.345

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS

REPÚBLICA: BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR: 'PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS. INSTITUTO NACIONAL DE SALUD AGRICOLA INTBGRAb. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA NS 036/2017. CARACAS, 20 p E FEBRERO-DE 2017.

A Ñ O S 2 0 6 2 ,. i s a s y 182I • . . . •

Por cúántó, todos los órganos y entes de la Adm in istración Púb lica Naciona l deben con tar déntro de su estructu ra con una Unidad de Aud ito ría , conform e a lo d ispuesto en el num era l prim ero del a rtícu lo 9 de la Ley O rgán ica de la Cpntra lo ría Genera l de la Repúb lica -.y ..de* /S istem a Naciona l de Contro l Fiscal, en concordancia con lo d ispuesto en los L incam ien tos G enera las l.a O rgan izac ión y Funcionam iento de lasUnMaÚle^í d^^táditoriá Inferna,

Pór cuanto, es necesario lá^ in^ fém entación del S istem a de Contro l ''7ntéfrro, a los fines de ga ran tiza r la eva luación, operativ ida'd y e ficac ia de los s is tem as de adm in is trac ión y de infótmadÓT» gérerlc ia l; el exam en de los reg istros y estados financ ie ros para de te rm ina r su pe rtinenc ia y con fiab ílidad , así Cómo la eva luación de la e fic ienc ia , e ficac ia y econom ía en el marco de las operac iones que detoe rea liza r el Instituto Nacional de Sólud Agríco la In fegraKINSA l),

Por cuanto, no se ha pod ido e fectua r el concurso púb lico para la designac ión del t itu la r de la Un idad de Aud ito ría Interna del Instituto Naciona l de Salud Agríco la Integral (INSAI), conform e al procedIÓTienlo estab lec ido en el Reg lam ento sobre los Concu rso? ‘Púb licos para la D esignac ión de los Contra lo res D istr ita le s y M un ic ipa les y los T itu la res de las Un idades de Aud ito ría Interna de los O rganos del Poder Púb lico Nacional, Estada l, D istr ita l y M unic ipa l y sus Entes D escen tra lizados, deb ido a que este este institu to se encuentra con ta reas de ¡m plem entación de su estructu ra func iona l y adm in is tra tiva ,

ejercerá el cargo hasta tanto se designe al titu lar de la Unidad de Auditoría del Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI), conforme al procedim iento estab lecido en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del S istema Nacional de Control Fiscal y en el Reglamento sobre los Concursos Públicos para la designación de los Contralores D istrita les y Municipales, y los titu lares de las Unidades de Auditoría Interna de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal, D istrital y Municipal y sus Entes descentralizados.

Articulo 2. Se delega en la ciudadana GISELA COROMOTO LEAL, titu lar de la cédula de identidad número V-9«088.500. la com petencia y firma de los actos adm in istrativos y documentos concernientes a las atribuciones y activ idades de la Unidad de Auditoría del Instituto Nacional de Sa(ud Agrícola Integral (INSAI) a su cargo.

A rt íc u lo 3 . Queda derogada la Providencia Adm in istrativa 014/2016 de fecha 17 de mayo 2016, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de. Venezuela Ñ° 40.917 de fecha 2 de junio 2016.

Artículo 4. La presente Providencia Adm in istrativa entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la G aceta^ de la República Bolivariana de Venezuela.

/ /W QhPocts WíAíCom uniqúese y Publíquese, jr el Ejecutivo Nacional. INSAI« 1 *0 ,5

TIBISAY YANETTE LEON PRESIDENTA DEL INSTITUTO NAC

DE SALUD AGRÍCOLA INTEGRAL (INSAI).

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS. INSTITUTO NACIONAL DE SALUD AGRICOLA INTEGRAL PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 037/2017. CARACAS, 20 DE FEBRERO DE 2017.

AÑOS 206°, 158° y 18»

Por cuanto, es necesario la designac ión tem pora l del func ionario responsab le de la Unidad de Aud ito ría Interna de l Instituto Naciona l de Salud Agríco la Integral (INSAI), en resguardo de la transparenc ia en la adm in is trac ión de los recursos púb licos asignados a este institu to hasta que se e fectúe el concurso púb lico para la designac ión del t itu la r de la Un idad garan te del contro l fisca l.

La Presidenta del Instituto Naciona l de Salud Agríco la Integral (INSAI), TIBISAY YANETTE LEÓN CASTRO, designada m ed iante Decreto Nro. 2.221 de fecha 03 de Febrero de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Ns 40.842 de fecha 03 de Febrero de 2016, de conform idad con el a rtícu lo 17 de la Ley O rgán ica de P roced im ientos Adm in is tra tivo s y. en e je rc ic io de. las a tribuc iones con fe rid as en el a rtícu lo 34 del Decreto N° 1.424 con Rango, Va lo r y Fuerza de Ley O rgán ica de la Adm in istración Púb lica de fecha 17 de nov iem bre de 2014, pub licado en la Gaceta O fic ia l de la Repúb lica Bo liva riana de Venezue la N° 6.147 Extraord inario de la m ism a fecha; en conco rdancia con lo d ispuesto en el num erar 5 del a rtícu lo 5 de la Ley del Estatuto de la Función Púb lica y 61 num era les 4 y 7 del Decreto N° 6.129 con Rango, Va lor y Fuerza dé Ley de Salud Agríco la Integral del 03 de jun io de 2008, pub licado en la Gaceta O fic ia l de la República Bo liva riana de Venezue la N° 5.890 Extraord inario de fecha 31 de ju lio de 2008, d icta lo sigu ien te,

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA

Artículo 1. Se designa a la ciudadana GISELA CÓRÓMOTÓ LEAL,titular de la cédula de identidad núm ero V -9 .0 8 8 .5 0 0 , com o AUDITORA INTERNA (E) NACIONAL del Instituto Nacional de Salud Agríco la Integral (INSAI) en calidad de INTERINA; quien

Quien suscribe, TIBISAY YANETTE LEÓN CASTRO, actuando en mi carácter de Presidenta del Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI), designada según Decreto Nro. 2.221 de fecha 03 de Febrero de 2016 Publicada en la Gaceta Oficial N° 40.842 de fecha 03 de Febrero de 2016, actuando conforme al artículo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, del articulo 5 numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública y lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto N° 1.424 de fecha 17 de noviembre de. 2014, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en el artículo 61 numeral 4 y 7 del Decreto N° 6.129 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Salud Agrícola Integral del 03 de junio de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008, dicta lo siguiente,

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA

Artículo l . Se designa a la ciudadana YARIMA MARGARITA ZERPA CLAVO, titular de la cédula de identidad N° V-10.757.20S, como DIRECTORA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA DEL INSTITUTO NACIONAL OE SALUD AGRICOLA INTEGRAL (INSAI).

Artículo 2. Se delega la competencia y firma de los actos administrativos y documentos concernientes a las atribuciones y actividades de esa oficina a su cargo.

Artículo 3. La presente Providencia entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezjj JURwS . _

Comuniqúese y Publíquese,Por el Ejecutivo Nacional.

PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACÍOfíAL DE SALUD AGRÍCOLA INTEGRAL (INSAI).

T IB IS A Y YA N ETTE LE:

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434.346 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Miércoles 8 de marzo de 2017

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARALA SALUD

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEUPODER POPULAR PARA LA SALUD

DESPACHO DE IA MINISTRA

CARACAS, 01 DE MARZO OE 2017 206°, 158» y 18°

RESOLUCIÓN N® 181

ANTON1ETA EVEUN CAPORALE ZAMORA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N® V-7.959.689, Ministra del Poder Popular para la Salud, designada mediante Decreto N° 2.652 de fecha 04 de enero de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bollvariana de Venezuela N° 41.067 de la misma fecha, en ejercido de las atribuciones conferidas en los numerales 2 y 19 del articulo 78 del Decreto con Rango, valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 5 numeral 2 y artículos 17,18 y 19 último aparte de la Ley del Estatuto de la Función Pública, artículo 161 de la Ley Orgánica de la Administradón Rnandera del Sector Público; artículos SI y 52 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica-de la Administradón Rnandera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario; artículos 6, 7 y 23 de la Ley contra la Corrupción y artículo 44 del Reglamento Orgánico de este Ministerio, este Despacho Ministerial,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Designar a la dudadana LISBETTE ANTONIETA BLANCO1"’ LAGUADO, titular de la cédula de identidad N° V-16.523.899, para ocupad el cargo de libre nombramiento y remodón como DIRECTORA DEL - HOSPITAL DR. MIGUEL OSIO DE CUA, en calidad de ENCARGADA,'adscrito a la Direcdón Estadal de Salud del Estado Bollvariano de Miranda. \

ARTÍCULO 2. Se autoriza a la dudadana LISBETTE ANTONIETA BLANCO LAGUADO, antes Identificado, en su carácter de DIRECTORA DEL HOSPITAL DR. MIGUEL OSIO DE CUA, en calidad de ENCARGADA, para actuar como Cuentadante.

ARTÍCULO 3. La dudadana LISBETTE ANTONIETA BLANCO LAGUADO,antes identificada, deberá prestar caudón sufidente para el ejerdao de sus fundones ante la Auditoria Interna de la respectiva Unidad Administradora, de conformidad con lo estableddo en el artículo 161 de la Ley Orgánica de la Administración Rnandera del Sector Público, en concordancia con el artículo 52 de su Reglamento N° l Sobre el Sistema Presupuestario.

ARTÍCULO 4. La dudadana LISBETTE ANTONIETA BLANCO LAGUADO,antes identificada, deberá presentar Declaración Jurada de Patrimonio anexar copia simple del comprobante emitido por la Contraioría General de la República, y posteriormente consignarlo por ante la Ofidna de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Salud.

ARTÍCULO 5. Se deroga cualquier Resoludón que collda con la presente.

ARTÍCULO 6. La presente Resolución surte efectos a partir de su publlcadón en la Gaceta Ófidal de la República Bollvariana de Venezuela.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO^ ^ ^ ^ ^ I t E P U B L I c I ^ O L I V A R I A N Í u H n f E N E Z U E U ^ ^ ^ ^

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO

DESPACHO DEL MINISTRO RESOLUCIÓN N® 147

De conformidad con el Decreto N° 2.652, de fecha 04 de enero de 2017, publicado en la Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela, N° 41.067, de igual fecha, en uso de las atribudones conferidas en los numerales 12, 15 y 19 del artículo 78 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; mediante la competenda atribuida en el numeral 1 del artículo 500 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; lo previsto en el artículo 84 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, se procede a la correcdón de la Resoludón N° 115 de fecha 03 de marzo de 2017, publicada en la Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.108 de fecha 07 de marzo de 2017, por cuanto se incurrió en el error material al señalar:

DONDE DICE:

Artículo 3°. La Inspectoría del Trabajo con sede en la dudad de Valerraa, estado Carabobo, estará a cargo de un Inspector o Inspectora del Trabajo Jefe y contará con un Inspector o Inspectora del Trabajo Conaliador, dicha Inspectoría del Trabajo tendrá la estructura siguiente:

1. Sala de Derecho Colectivo2. Sala de Reclamo3. Sala de Inamovilidad Laboral4. Sala de Registro Nacional de Organizationes Sindicales (RNOS).5. Unidad de Trámites Administrativos (Archivo)6. Procuraduría de Trabajadores Sede Valencia7. Unidad de Supervisión Sede Valencia8. Centro de Encuentro para la Educación y el Trabajo (CEET) Sede

ValenciaArtículo 9°. La tramitación, sustanciadón y deasión de todos los procedimientos que se encontrasen en curso en las Inspectorías del Trabajo aquí suprimidas, seguirán su procedimiento de acuerdo a la estructura dispuesta en la presente Resoludón.

DEBE DECIR:

Articu lo 3°. La Inspectoría del Trabajo con sede en la dudad de Valencia, estado Carabobo, estará a cargo de un Inspector o Inspectora del Trabajo Jefe y contará con un Inspector o Inspectora del Trabajo Conaliador, dicha Inspectoría del Trabajo tendrá la estructura siguiente:

1. Sala de Derecho Colectivo2. Sala de Reclamo3. Sala de Inamovilidad Laboral4. Sala de Registro Nadonal de Organizaciones Sindicales (RNOS)..5. Unidad de Trámites Administrativos (Archivo)

Artículo 9°. La tramitadón y sustandadón de todos los procedimientos que se encontrasen en curso en las Inspectorías del Trabajo aquí suprimidas, seguirán su procedimiento de acuerdo a la estructura dispuesta en lapresente Resoludón.

Imprímase íntegramente a continuadón el texto de la Resolución N° 115, de fecha 03 de marzo de 2017, publicada en la Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.108, de fecha 07 de marzo de 2017, con las modificaciones induidas y, en el correspondiente texto único sustitúyase, por los de la presente, la fecha, firma y demás datos a que hubiere lugar.Comuniqúese y publíquese.PoF el Ejecutivo Nadonal,

FR AN C ISCO A LE JA N D R O T O R R E A LB A O JE MINISTRO D EL PO D ER P O P U LA R P A R A

E L PRO CESO SO C IAL D E TR A B A JO Según Decreto N" 2.652 de lacha 04/01/2017

Gaoata OhcNI da la República Soúvartana da Venezuela N"«t 067 da facha 04/01/2017

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Miércoles 8 de marzo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.347

■«?*

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO

SOCIAL DE TRABAJO DESPACHO DEL MINISTRO

RESOLUCIÓN N° 115

Caracas, 03 de marzo de 2017 Años 206°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, designado mediante Decreto IM° 2.652, de fecha 04 de enero de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.067 de igual fecha; con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficiencia política y calidad revolucionaria en la colaboración y coordinación entre las unidades desconcentradas territorial mente del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo y sus entes adscritos, para la correcta aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en función de garantizar y proteger la estabilidad y desarrollo del proceso social de trabajo, como estrategia para consolidar la libertad, la independencia y la soberanía nacional, producir los bienes y prestar los servicios que satisfagan las necesidades de la población y construir la sociedad justa y amante de la paz, la sociedad socialista. En ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 2, 3, 12, 19 y 26 del artículo 78 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; el artículo 51 del Decreto Sobre Organización General de la Administración Pública Nacional, en concordancia con el artículo 82 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos y los numerales 1 y 9 del artículo 500 y artículo 508 Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

CONSIDERANDOQue la Administración Pública, en ejercicio de su potestad de autotutela revisora, puede, en cualquier momento, revocar, en todo o en parte, los actos dictados por ella, por razones de mérito y oportunidad, cuando considere que la medida adoptada en el acto administrativo primigenio no cumple con la finalidad para la cual fue dictado.

CONSIDERANDOQue mediante Resolución Ministerial N° 9408 del 13 de noviembre de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.808 del 11 de diciembre de 2015, se resolvió la creación en la ciudad de Valencia, estado Carabobo;.de las siguientes Inspectorías del Trabajo: La

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434.348 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Miércoles 8 de marzo de 2017

Inspectoría del Trabajo de Derecho Colectivo. La Inspectoría del Trabajo de Sanciones. La Inspectoría del Trabajo de Reclamos y la Inspectoría del Trabajo de Inamovilidad. Asimismo, en dicha Resolución Ministerial se fijó como competencia territorial de las Inspectorías del Trabajo de Derecho Colectivo, de Redamos y de Inamovilidad, los municipios: Valencia, Naguanagua, San Diego, Libertador, Bejuma, Montalbán, Miranda y Carlos Arvelo del estado Carabobo. Igualmente, en la señalada Resolución Ministerial se asignó las funciones de todas y cada una de las Inspectorías del Trabajo creadas.

CONSIDERANDO

Que la Inspectoría del Trabajo de Derecho Colectivo, la Inspectoría del Trabajo de Reclamos y la Inspectoría del Trabajo de Inamovilidad, creadas mediante la Resolución Ministerial N° 9408 del 13 de noviembre de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.808 del 11 de diciembre de 2015, para fortalecer, garantizar, estabilizar y desarrollar el proceso social de trabajo; así como brindar respuesta oportuna, idónea y justa a las peticiones y solicitudes que se realicen; tramitar y resolver los procedimientos, aplicando la justicia en materia de trabajo en sede administrativa; no han respondido a los objetivos que inicialmente se pretendieron, lo cual es contrario al interés público y social que este Ministerio tutela.

RESUELVEArtículo I o. Revocar, parcialmente, la Resolución Ministerial N° 9408 del 13 de noviembre de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.808 del 11 de diciembre de 2015. Se suprime la Inspectoría del Trabajo de Derecho Colectivo, la Inspectoría del Trabajo de Reclamos y la Inspectoría del Trabajo de Inamovilidad, en la ciudad de Valencia, estado Carabobo.

Artículo 2o. Quedan organizadas las Inspectorías del Trabajo en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, de la manera siguiente:

1. Inspectoría del Trabajo con sede en la ciudad de Valencia, estado Carabobo.

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Miércoles 8 de marzo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.349

2. Inspectoría del Trabajo de Sanciones.Artículo 3o. La Inspectoría del Trabajo con sede en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, estará a cargo de un Inspector o Inspectora del Trabajo Jefe y contará con un Inspector o Inspectora del Trabajo Conciliador, dicha Inspectoría del Trabajo tendrá la estructura siguiente:

1. Sala de Derecho Colectivo '2. Sala de Reclamo3. Sala de Inamovilidad Laboral4. Sala de Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (RNOS).5. Unidad de Trámites Administrativos (Archivo)

Artículo 4o. Se fija como competencia territorial de la Inspectoría del Trabajo con sede en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, los municipios: Valencia, Naguanagua, San Diego, Libertador, Bejuma, Montalbán, Miranda y Carlos Arvelo del estado Carabobo.

Artículo 5o. La competencia territorial de la Inspectoría del Trabajo de Sanciones, es la fijada en el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 9408 del 13 de noviembre de 2015.

Artículo 6o. Las Inspectorías del Trabajo señaladas en el artículo 2o de la presente Resolución, tienen las siguientes atribuciones:

1. La Inspectoría del Trabajo con sede en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, asume las atribuciones señalas en los artículos 3, 4, 5 y 6 de la Resolución Ministerial N° 9408 del 13 de noviembre de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.808 del 11 de diciembre de 2015.

2. La Inspectoría del Trabajo de Sanciones, continúa con las funciones asignadas en el artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 9408 del 13 de noviembre de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.808 del 11 de diciembre de 2015.

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434.350 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Miércoles 8 de marzo de 2017

Artículo 7o. Cada Inspectoría del Trabajo estará a cargo de un Inspector o Inspectora Jefe, quien ejercerá la representación de aquella en todos los asuntos de su competencia y cumplirá las instrucciones que le transmita el Ministro o Ministra del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo.Las Inspectorías del Trabajo organizadas mediante la presente Resolución contarán con el personal necesario para cumplir sus funciones como órgano integrante del Sistema de Administración de Justicia de Trabajo en Sede Administrativa, incluyendo los funcionarios y funcionarías especiales que conozcan y decidan los procedimientos y solicitudes correspondientes, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 502 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en cuyo caso deben ejercer las funciones y cumplir a cabalidad las obligaciones conforme a la presente Resolución.Artículo 8o. Cada Inspectoría del Trabajo tendrá Inspectores o Inspectoras de Ejecución con la suficiente jerarquía, facultad y competencia para ejecutar y hacer cumplir los actos administrativos, conforme a lo dispuesto en el artículo 512 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.Artículo 9o. La tramitación y sustanciación de todos los procedimientos que se encontrasen en curso en las Inspectorías del Trabajo aquí suprimidas, seguirán su procedimiento de acuerdo a la estructura dispuesta en la presente Resolución.Artículo 10. Las Inspectorías del Trabajo aquí suprimidas cesan en sus funciones a partir de la publicación de esta Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.Artículo 11. Se encarga a la Viceministra de Derechos y Relaciones Laborales, al Viceministro para el Sistema Integrado de Inspección Laboral yde la Seguridad Social y a la Directora Estadal del estado Carabobo, la ejecución de la presente Resolución.Artículo 12. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.067 de fecha 04/01/2017

Page 11: GACETA OFICIAL Nº 41.109 del 08 de Marzo de 2017

Miércoles 8 de marzo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.351

TR IBUN AL SUPREMO DE JUSTIC IA

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434.352 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Miércoles 8 de marzo de 2017

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Miércoles 8 de marzo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.353

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GACETA OFICIALDE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA

DE VENEZUELA_____________ DEPÓSITO LEGAL: ppo 187207DF1_______________AÑO CXLIV - MES V Número 41.109_______Caracas, miércoles 8 de marzo de 2017_______

Esquina Urapal, edificio Dimase, La Candelaria Caracas - Venezuela

Tarifa sujeta a publicación de fecha 14 de noviembre de 2003 en la Gaceta Oficial N° 37.818

http://www.minci.gob.veEsta Gaceta contiene 16 páginas, costo equivalente

___________ a 6,85 % valor Unidad Tributaria___________

LEY DE PUBLICACIONES OFICIALES(22 DE JULIO DE 1941)Artículo 11. La GACETA OFICIAL, creada por Decreto Ejecutivo del 11 de octubre de 1872, continuará editándose en la Imprenta Nacional con la denominación GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.Artículo 12. La GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicará todos los días hábiles, sin perjuicio de que se editen números extraordinarios siempre que fuere necesario; y deberán insertarse en ella sin retardo los actos oficiales que hayan de publicarse. Parágrafo único: Las ediciones extraordinarias de la GACETA OFICIAL tendrán una numeración especialArtículo 13. En la GACETA OFICIAL DE LAREPÚBLICABOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicarán los actos de los Poderes Públicos que deberán insertarse y aquellos cuya inclusión sea considerada conveniente por el Ejecutivo Nacional.Artículo 14. Las leyes, decretos y demás actos oficiales tendrán carácter de públicos por el hecho de aparecer en la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, cuyos ejemplares tendrán fuerza de documentos públicos.

EL SERVICIO AUTÓNOMO IMPRENTA NACIONAL Y GACETA OFICIAL de la R epúbüca Bolivariana de Venezuela advierte que esta publicación se procesa por reproducción fotom ecánica directa de los originales que recibe del C onsejo de M inistros, en consecuencia esta Institución no es responsable de los contenidos publicados.