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Gaceta Legislativa Año I Palacio Legislativo del Estado de Veracruz, noviembre 29 de 2001 Número 020 C C O O N N T T E EN N I I D D O O Orden del día ............................................... p 2. (Sesión 29 de noviembre de 2001) Iniciativa Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 38 párrafo primero y 55 párrafo primero, y deroga las fracciones I, II y IV del artículo 38 de la Ley de Hacienda Minicipal del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, presentada por los diputados integrantes de la honorable LIX Legislatura del Congreso del estado................ p 2. Dictámenes De las Comisiones Unidas de Hacienda Municipal y de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, dictamen con proyecto de decreto por el que se autorizan las Tablas de Valores Unitarios de Suelos y Construcciones que servirán de base para el cobro de contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, para el ejercicio fiscal del año 2002............................................................... p 5. De la Comisión Permanente de Vigilancia, dictamen con proyecto de acuerdo referente al informe de la auditoría practicada por el primer semestre de año 2001, a los ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo, Papantla y Ayahualulco, Veracruz.................................... p 13. De la Comisión Especial para el otorgamiento de la medalla Adolfo Ruiz Cortines, dictamen con proyecto de acuerdo relativo a la propuesta de candidatos para otorgar dicha presea............ p 24. Punto de acuerdo....................................... p 24. Pronunciamiento....................................... p 25. Propuesta (Convocatoria)............................ p 25. Actividades................................................... p 25.

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Gaceta Legislativa

Año I Palacio Legislativo del Estado de Veracruz, noviembre 29 de 2001 Número 020

CCCOOONNNTTTEEENNNIIIDDDOOO

Orden del día ............................................... p 2. (Sesión 29 de noviembre de 2001) Iniciativa Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 38 párrafo primero y 55 párrafo primero, y deroga las fracciones I, II y IV del artículo 38 de la Ley de Hacienda Minicipal del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, presentada por los diputados integrantes de la honorable LIX Legislatura del Congreso del estado................ p 2. Dictámenes De las Comisiones Unidas de Hacienda Municipal y de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, dictamen con proyecto de decreto por el que se autorizan las Tablas de Valores Unitarios de Suelos y Construcciones que servirán de base para el cobro de contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, para el ejercicio fiscal del año 2002............................................................... p 5.

De la Comisión Permanente de Vigilancia, dictamen con proyecto de acuerdo referente al informe de la auditoría practicada por el primer semestre de año 2001, a los ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo, Papantla y Ayahualulco, Veracruz.................................... p 13. De la Comisión Especial para el otorgamiento de la medalla Adolfo Ruiz Cortines, dictamen con proyecto de acuerdo relativo a la propuesta de candidatos para otorgar dicha presea............ p 24. Punto de acuerdo....................................... p 24. Pronunciamiento....................................... p 25. Propuesta (Convocatoria)............................ p 25. Actividades................................................... p 25.

Gaceta Legislativa 2 Jueves 29 de noviembre de 2001

Honorable LIX Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave 2000-2004. Quinta Sesión Ordinaria del Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio Constitucional.

29 de noviembre de 2001 11:00 horas

O R D E N D E L D Í A I. Lista de asistencia. II. Lectura y en su caso, aprobación del orden

del día. III. Lectura y en su caso, aprobación del acta de la

sesión anterior. IV. Lectura de la correspondencia recibida. V. Iniciativa con proyecto de decreto que

reforma los artículos 38 párrafo primero y 55 párrafo primero, y deroga las fracciones I, II y IV del artículo 38 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, presentada por los diputados integrantes de la honorable LIX Legislatura del Congreso del estado.

VI. De las Comisiones Unidas de Hacienda

Municipal y de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, dictamen con proyecto de decreto por el que se autorizan las Tablas de Valores Unitarios de Suelos y Construcciones que servirán de base para el cobro de contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, para el ejercicio fiscal del año 2002.

VII. De la Comisión Permanente de Vigilancia,

dictamen con proyecto de acuerdo referente al informe de la auditoría practicada por el primer semestre de año 2001, a los ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo, Papantla y Ayahualulco, Veracruz.

VIII. De la Comisión Especial para el Otorgamiento de la medalla Adolfo Ruiz Cortines, dictamen con proyecto de acuerdo relativo a la propuesta de candidatos para otorgar dicha presea.

IX. De la Junta de Coordinación Política, punto

de acuerdo para que se proceda a practicar auditoría financiera al ayuntamiento de Oteapan, Veracruz.

X. Pronunciamiento con proyecto de punto de

acuerdo, del ciudadano diputado Carlos Francisco Mora Domínguez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, referentes a los señalamientos establecidos en las carreteras, así como en las avenidas y calles de las zonas urbanas de los municipios del estado.

XI. Propuesta de convocatoria para celabrar

sesión solemne con motivo de la entrega de la medalla Adolfo Ruiz Cortines.

XII. Se levanta la sesión.

C. DIP. ALICIA GONZÁLEZ CERECEDO PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LIX LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO Los suscritos, diputados a la LIX Legislatura del honorable Congreso del estado, en ejercicio de la atribución que nos confieren los artículos 34 fracción I de la Constitución Política del estado; 48 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y 107 fracción I del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo, nos permitimos presentar a la consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa de decreto que reforma los artículos 38 párrafo primero y 55 párrafo primero, y deroga las fracciones I, II y IV del artículo 38 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, bajo la siguiente

OORRDDEENN DDEELL DDÍÍAA

IINNIICCIIAATTIIVVAA

Gaceta Legislativa 3 Jueves 29 de noviembre de 2001

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V OS La norma jurídica requiere de un proceso continuo de evaluación, que permita identificar si mantiene su aplicabilidad en el conjunto social a la que se destina, de tal forma que, en caso contrario, se realicen las modificaciones correspondientes. Por tal razón, en vista de las recientes reformas constitucionales y legales en materia municipal, que conceden a los municipios nuevas atribuciones, quienes suscribimos la presente iniciativa proponemos la adecuación respectiva de algunas de las disposiciones del ordenamiento jurídico que rige el manejo de las haciendas públicas de los municipios de la entidad. El artículo 115 fracción IV inciso c) párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, propondrán a las legislaturas estatales las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, disposición que se reproduce en los artículos 71 fracción VII de la Constitución Política del estado, y 35 fracción IX de la Ley Orgánica del Municipio Libre. Asimismo, el artículo quinto transitorio del decreto por el que se declara reformado y adicionado el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1999, dispone que: “Antes del inicio del ejercicio fiscal de 2002, las legislaturas de los estados, en coordinación con los municipios respectivos, adoptarán las medidas conducentes, a fin de que los valores unitarios de suelo que sirven de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria sean equiparables a los valores de mercado de dicha propiedad y procederán, en su caso, a realizar las adecuaciones correspondientes a las tasas aplicables para el cobro de las mencionadas contribuciones, a fin de garantizar su apego a los principios de proporcionalidad y equidad”.

Con base en las disposiciones citadas, esta honorable representación popular, con fecha 25 de septiembre de 2001, expidió la Ley número 28 que Regula el Procedimiento para Fijar las Cuotas, Tarifas y Tablas de Valores Unitarios de las Contribuciones Sobre la Propiedad Inmobiliaria, en cuyo artículo 2 se reproduce lo establecido en el transitorio mencionado con anterioridad. Dadas las notables diferencias entre los valores catastrales y de mercado, al efectuarse la equiparación de los mismos, las tasas aplicables para el cobro de los impuestos predial y de traslación de dominio de bienes inmuebles, que se establecen en los artículos 38 y 55, respectivamente, de la Ley de Hacienda Municipal, resultarían sumamente elevadas y, en consecuencia, lesivas para la economía de los contribuyentes, razón por la cual es procedente la hipótesis prevista en la última parte del artículo 2 de la Ley número 28, respecto a la necesidad de realizar las adecuaciones correspondientes a las tasas aplicables para el cobro de las mencionadas contribuciones. De acuerdo al artículo 38 de la Ley de Hacienda Municipal, el impuesto predial, que representa el mayor ingreso propio de los ayuntamientos, se determina, liquida y paga de acuerdo con la siguiente tarifa: predios urbanos construidos, con una tasa a millar anual de 2; predios rústicos con o sin edificaciones, a 4; y predios urbanos baldíos, a 7.5. La presente iniciativa propone reformar dicho artículo, a efecto de establecer en el mismo, en su primer párrafo, una disposición de carácter general, que remita el monto de las tasas a las leyes de ingresos de los municipios, razón por la cual también se propone derogar las fracciones I, II y IV. Con lo anterior se pretende, por una parte, eliminar las tasas vigentes que, por las razones expuestas, resultarían onerosas y, por otra, que sea a través del ordenamiento legal de mayor aplicabilidad, de presentación anual obligatoria, como los ayuntamientos propongan las tasas para el cobro de dicha contribución. Por su parte, el impuesto de traslación de dominio de bienes inmuebles, según lo dispone el párrafo primero del artículo 55 de la Ley de

Gaceta Legislativa 4 Jueves 29 de noviembre de 2001

Hacienda Municipal, se causará, liquidará y pagará aplicando la tasa del 2% sobre la base del valor catastral o catastral provisional del inmueble, actualizado con los últimos valores unitarios para terreno y construcción publicados o el de operación si éste es mayor.

El citado porcentaje, de igual forma que las tasas vigentes para el cobro del impuesto predial, resultaría cuantioso al equipararse los valores catastrales y de mercado de los bienes inmuebles, por lo que esta iniciativa plantea también que la adecuación del porcentaje para el cobro del impuesto de traslación de dominio, se proponga anualmente por cada ayuntamiento en sus respectivas leyes de ingresos. En ambos casos se procura atender los principios de proporcionalidad y equidad, así como la disposición constitucional relativa a la atribución de los ayuntamientos de proponer sus cuotas y tarifas aplicables a las contribuciones mencionadas. Por lo anteriormente expuesto, los suscritos presentamos ante esta honorable Asamblea la siguiente INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 38, PÁRRAFO PRIMERO, Y 55, PÁRRAFO PRIMERO, Y SE DEROGAN LAS FRACCIONES I, II Y IV DEL ARTÍCULO 38 DE LA LEY DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ-LLAVE Artículo único. Se reforman los artículos 38, párrafo primero y 55, párrafo primero, y se derogan las fracciones I, II y IV del artículo 38 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, para quedar como sigue: Artículo 38. El impuesto predial se determinará, liquidará y pagará conforme a las tasas que se establezcan en las respectivas leyes de ingresos de los municipios. I. Se deroga. II. Se deroga. III. . . .

IV. Se deroga. . . . a) . . . b) . . .

c) . . .

d) . . . . . . . . .

Artículo 55. La base de este impuesto será el valor catastral o catastral provisional del inmueble, actualizado con los últimos valores unitarios para terreno y construcción publicados, o el de operación, si éste es mayor. El impuesto se causará, liquidará y pagará conforme a la tasa que se establezca en las respectivas leyes de ingresos de los municipios, sobre la base indicada en este artículo. . . . . . . . . .

T R A N S I T O R I O S Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Artículo segundo. Los impuestos predial y de traslación de dominio de los bienes inmuebles correspondientes al ejercicio fiscal de 2002, se determinarán, causarán y liquidarán conforme a las tasas que apruebe el Congreso, a partir de las propuestas que, en términos de lo dispuesto por el artículo segundo transitorio de la Ley número 28 que Regula el Procedimiento para Fijar las Cuotas, Tarifas y Tablas de Valores Unitarios de las Contribuciones Sobre la Propiedad Inmobiliaria, de fecha 25 de septiembre de 2001, fueron presentadas por los ayuntamientos. Artículo tercero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

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Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección Xalapa-Enríquez, Ver., 22 de noviembre de 2001

Dip. Carlos Francisco Mora Domínguez

(Rúbrica)

Dip. Miguel Ángel Díaz Pedroza (Rúbrica)

Dip. Jose Luis Lobato Campos

(Rúbrica)

Dip. Claudia Serapio Francisco (Rúbrica)

COMISIONES PERMANENTES UNIDAS DE HACIENDA MUNICIPAL Y DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Honorable Asamblea: A los suscritos, integrantes de las Comisiones Permanentes Unidas de Hacienda Municipal y de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, fueron turnadas, por acuerdos de la Diputación Permanente y del Pleno de la LIX Legislatura del honorable Congreso del estado, para su estudio y dictamen, las propuestas de Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones que sirvan de base para el cobro de contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, para el ejercicio fiscal del año 2002, presentadas por diversos ayuntamientos de la entidad. Por lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33 fracción I, 71, fracciones I y VII, de la Constitución Política del estado; 18 fracción I, 38, 39, fracciones VIII y XIV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 2, 3, 5, 7 y segundo transitorio de la Ley que Regula el Procedimiento para Fijar las Cuotas, Tarifas y Tablas de Valores Unitarios de las Contribuciones sobre la Propiedad Inmobiliaria; 42, 44, 48, 53, 54 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, una vez analizadas las propuestas de referencia, estas comisiones

permanentes unidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

A N T E C E D E N T E S 1. En atención a lo que establece la Ley que

Regula el Procedimiento para Fijar las Cuotas, Tarifas y Tablas de Valores Unitarios de las Contribuciones sobre la Propiedad Inmobiliaria, los ayuntamientos de los 90 municipios que a continuación se relacionan, presentaron en el plazo legal correspondiente, ante este honorable Congreso del estado, sus respectivas propuestas en dicha materia, para el ejercicio fiscal del año 2002: Acajete, Agua Dulce, Alvarado, Amatlán de los Reyes, Ángel R. Cabada, Apazapan, Aquila, Atzacan, Atzalan, Ayahualulco, Banderilla, Boca del Río, Camerino Z. Mendoza, Catemaco, Citlaltépetl, Coacoatzintla, Coatzacoalcos, Coatzintla, Coetzala, Colipa, Cosautlán de Carvajal, Cosoleacaque, Coyutla, Chicontepec, Chinameca, Las Choapas, Chocamán, Chontla, Hidalgotitlán, Huiloapan de Cuauhtémoc, Ilamatlán, Isla, Ixhuatlán de Madero, Ixhuatlán del Sureste, Ixhuatlancillo, Ixmatlahuacan, Jamapa, Jesús Carranza, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, Landero y Coss, Lerdo de Tejada, Magdalena, Maltrata, Martínez de la Torre, Mecatlán, Mecayapan, Minatitlán, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Naranjos- Amatlán, Omealca, Orizaba, Oteapan, Pánuco, Paso de Ovejas, La Perla, Platón Sánchez, Playa Vicente, Poza Rica de Hidalgo, Puente Nacional, Rafael Delgado, Rafael Lucio, Saltabarranca, San Andrés Tuxtla, San Juan Evangelista, Sayula de Alemán, Tamalín, Tantima, Temapache, Tempoal, Tepetlán, Texistepec, Tezonapa, Tihuatlán, Tlacotalpan, Tlalixcoyan, Tlalnelhuayocan, Tlaltetela, Tlaquilpa, Tomatlán, Totutla, Tres Valles, Úrsulo Galván, Veracruz, Las Vigas de Ramírez, Villa Aldama, Xico, Yecuatla y Zaragoza.

2. Posteriormente, entre los días 21 y 30 de

octubre del año en curso, esta Soberanía recibió las propuestas correspondientes a los 39 municipios siguientes: Acatlán, Acayucan, Actopan, Altotonga, Amatitlán, Atoyac, Calcahualco, Cazones de Herrera, Cerro Azul,

DDIICCTTÁÁMMEENNEESS

Gaceta Legislativa 6 Jueves 29 de noviembre de 2001

Comapa, Córdoba, Coscomatepec, Coxquihui, Cuichapa, Chalma, Chinampa de Gorostiza, Chumatlán, Huatusco, Ixcatepec, Jáltipan, Jilotepec, José Azueta, Mariano Escobedo, Miahuatlán, Misantla, Mixtla de Altamirano, Naranjal, Nogales, Oluta, Perote, Los Reyes, Tancoco, Tepatlaxco, Tequila, Tlacojalpan, Tlapacoyan, Tuxpan, Zontecomatlán y Zozocolco de Hidalgo.

3. La Diputación Permanente de la LIX

Legislatura del honorable Congreso del estado, en sesión ordinaria celebrada el 30 de octubre del año en curso, conoció las propuestas de los 129 ayuntamientos anteriormente citados y acordó turnarlas, mediante oficios números SG-DP/2°/096/2001 y SG-DP/2°/097/2001, de esa misma fecha, a las Comisiones Permanentes Unidas de Hacienda Municipal y de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, respectivamente, para su estudio y dictamen.

4. El Pleno de esta representación popular, en

sesión ordinaria celebrada el 8 de los corrientes, conoció las propuestas que, en la materia objeto de este dictamen, presentaron los ayuntamientos de los siguientes 12 municipios: Coatepec, Chiconquiaco, Emiliano Zapata, Huayacocotla, Otatitlán, Ozuluama, Tantoyuca, Tenampa, Tierra Blanca, Xalapa, Zentla y Zongolica. Dichas propuestas fueron turnadas a las comisiones permanentes unidas que suscriben, para los efectos legales y reglamentarios procedentes, a través de los oficios números SG-SO/1er/2°/005/2001 y SG-SO/1er/2°/006/2001, de esa misma fecha.

5. En alcance a los turnos descritos en el

antecedente 4 de este dictamen, se remitieron a las comisiones permanentes unidas que dictaminan las propuestas de los ayuntamientos de los siguientes 18 municipios: Alpatláhuac, Carlos A. Carrillo, Fortín, El Higo, Nautla, Papantla, Yanga, Cosamaloapan, Cotaxtla, Cuitláhuac, Ixhuacán de los Reyes, Pueblo Viejo, Santiago Tuxtla, Tampico Alto, Tatatila, Tehuipango, Tlacotepec de Mejía y Tonayán.

6. En vista de que los 51 ayuntamientos restantes de la entidad no presentaron, hasta el 21 de noviembre del presente año, sus respectivas propuestas ante el Congreso, los integrantes de estas comisiones permanentes unidas, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 5, párrafo segundo, de la Ley que Regula el Procedimiento para Fijar las Cuotas, Tarifas y Tablas de Valores Unitarios de las Contribuciones sobre la Propiedad Inmobiliaria, por medio de escrito de fecha 22 del mes en curso, solicitamos apoyo al director de Catastro del estado, ciudadano arquitecto Ricardo Raúl Flores Hernández, consistente en presentar a estas comisiones dictaminadoras, para su estudio y análisis, las propuestas de los factores correspondientes a cada uno de esos municipios, que permitan equiparar los valores catastrales a los de mercado. Los municipios de referencia son los siguientes: Acula, Acultzingo, Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, La Antigua, Astacinga, Atlahuilco, Benito Juárez, Camarón de Tejeda, Carrillo Puerto, Castillo de Teayo, Coahuitlán, Chacaltianguis, Chiconamel, Espinal, Filomeno Mata, Gutiérrez Zamora, Hueyapan de Ocampo, Ignacio de la Llave, Ixhuatlán del Café, Ixtaczoquitlán, Jalacingo, Jalcomulco, Manlio Fabio Altamirano, Medellín, Las Minas, Naolinco, Pajapan, Paso del Macho, Río Blanco, San Andrés Tenejapan, Soconusco, Sochiapa, Soledad Atzompa, Soledad de Doblado, Soteapan, Tamiahua, Tatahuicapan de Juárez, Tecolutla, Tenochtitlán, Teocelo, Tepetzintla, Texcatepec, Texhuacan, Tlacolulan, Tlachichilco, Tlilapan, Tuxtilla, Uxpanapa, Vega de Alatorre, Xoxocotla y Zacualpan.

7. En respuesta al escrito citado en el

antecedente 6 de este dictamen, la autoridad catastral estatal propuso, para esos 51 municipios, los factores correspondientes, mismos que, previo análisis y determinación de procedencia, se incorporan en la parte resolutiva del presente dictamen.

Por los antecedentes expuestos, a juicio de los integrantes de estas comisiones permanentes unidas se formulan las siguientes

C O N S I D E R A C I O N E S

Gaceta Legislativa 7 Jueves 29 de noviembre de 2001

I. Que, con fundamento en la normatividad invocada en el párrafo segundo del presente dictamen, las Comisiones Permanentes Unidas de Hacienda Municipal y de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, como órganos constituidos por el Pleno, que contribuyen a que el Congreso cumpla sus atribuciones a través del estudio y dictamen de los asuntos que les son turnados, son competentes para emitir la presente resolución.

II. Que, con objeto de fortalecer la hacienda de

los municipios, el artículo quinto transitorio del decreto por el que se declara reformado y adicionado el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que las legislaturas de los estados, antes del inicio del ejercicio fiscal de 2002, en coordinación con los municipios respectivos, adoptarán las medidas conducentes a fin de que los valores unitarios de suelo, que sirven de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, sean equiparables a los valores de mercado de dicha propiedad.

III. Que, asimismo, los artículos 115 fracción IV,

inciso c), párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 71 fracción VII, de la Constitución Política del estado, establecen que es atribución de los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, proponer a las legislaturas estatales las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.

IV. Que, en consecuencia de lo anterior, el

Congreso del estado de Veracruz-Llave, con fecha 25 de septiembre de 2001, aprobó la Ley número 28 que Regula el Procedimiento para Fijar las Cuotas, Tarifas y Tablas de Valores Unitarios de las Contribuciones sobre la Propiedad Inmobiliaria, en la cual, en su artículo segundo transitorio, se establece que, por única vez, las cuotas, tarifas y tablas de valores unitarios a que se refiere el numeral 3 de ese mismo ordenamiento, deberán ser

propuestas ante el Congreso a más tardar el 20 de octubre de 2001.

V. Que, a la fecha de cierre de recepción de

propuestas, un total de 159 ayuntamientos cumplieron con la presentación de las mismas ante esta Soberanía: 90 de ellos dentro del plazo legal fijado en la ley de la materia y los restantes 69 en el periodo comprendido entre el 21 de octubre y el 21 de noviembre del año en curso.

VI. Que, como se expone en los antecedentes del

presente dictamen, debido a que 51 ayuntamientos no cumplieron con la presentación de sus propuestas, se solicitó el apoyo de la autoridad catastral estatal, a efecto de que estas comisiones permanentes unidas contaran con elementos suficientes para emitir su dictamen, en lo relativo a esos municipios.

VII. Que, del análisis efectuado a la

documentación turnada, se advierte que los ayuntamientos presentaron propuestas de factores de incremento a los valores catastrales vigentes de los bienes inmuebles urbanos, rústicos particulares y rústicos ejidales, así como propuestas de tasas que sustituyan a las que establece actualmente la Ley de Hacienda Municipal, en lo relativo a los impuestos predial y de traslación de dominio.

VIII. Que, por lo antes mencionado, a juicio de

los integrantes de estas comisiones permanentes unidas que dictaminan, se estima pertinente prorrogar las Tablas de Valores Catastrales Unitarios autorizadas para los terrenos urbanos y para las construcciones, así como las autorizadas para los bienes raíces rústicos, publicadas ambas en la Gaceta Oficial del estado el 28 de diciembre de 1991, en vigor a partir de 1992, que se prorrogaron desde 1993 a 1998, y que se incrementaron en un 14% en cada uno de los últimos tres años. Para el año 2002, las tablas de valores vigentes se multiplicarán por factores relativos a los predios urbanos, rústicos y rústicos ejidales, desglosados por municipio; de tal forma que, con ello, se cumpla con la disposición constitucional y

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legal de equiparar los valores catastrales actuales a los de mercado, con la especificación que a cada municipio de la entidad corresponda. Ello, al margen de la necesidad de reformar, en breve, la Ley de Hacienda Municipal, a efecto de sustituir las tasas vigentes para el cobro de los impuestos predial y sobre traslación de dominio, por las que, a partir de las propuestas presentadas por los ayuntamientos, determine esta representación popular, garantizando su apego a los principios de proporcionalidad y equidad, en las correspondientes leyes de ingresos de los municipios.

Por lo anteriormente expuesto, las Comisiones Permanentes Unidas de Hacienda Municipal y de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal someten a consideración del Pleno de esta Soberanía el presente DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE AUTORIZAN LAS TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE SUELO Y CONSTRUCCIONES QUE SERVIRÁN DE BASE PARA EL COBRO DE CONTRIBUCIONES SOBRE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2002 Artículo primero. Para el año 2002, se aprueban las Tablas de Valores Catastrales Unitarios Autorizadas para los Terrenos Urbanos y las Construcciones, publicadas en la Gaceta Oficial del estado número 156, de fecha 28 de diciembre de 1991, en vigor desde 1992, mismas que se han prorrogado, con sus consecuencias y excepciones, durante los ejercicios fiscales de 1993, 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998, y que fueron incrementadas durante los años 1999, 2000 y 2001 en un 14%, respectivamente, las cuales servirán de base para el cálculo del cobro de las contribuciones municipales sobre la propiedad inmobiliaria, con los incrementos que resulten de su multiplicación, en cada municipio, por los factores siguientes: Municipio Factor 1. Acajete 3.00 2. Acatlán 3.00 3. Acayucan 5.45 4. Actopan 3.00 5. Acula 3.00 6. Acultzingo 3.00 7. Agua Dulce 3.00

8. Alpatláhuac 3.00 9. Alto Lucero de Gutiérrez Barrios 3.00 10. Altotonga 5.16 11. Alvarado 4.83 12. Amatitlán 3.00 13. Amatlán de los Reyes 3.00 14. Ángel R. Cabada 4.47 15. Antigua, La 5.66 16. Apazapan 3.00 17. Aquila 3.00 18. Astacinga 3.00 19. Atlahuilco 3.00 20. Atoyac 3.00 21. Atzacan 3.00 22. Atzalan 3.00 23. Ayahualulco 3.00 24. Banderilla 5.40 25. Benito Juárez 3.00 26. Boca del Río 4.01 27. Calcahualco 3.00 28. Camarón de Tejeda 3.00 29. Camerino Z. Mendoza 5.64 30. Carlos A. Carrillo 3.00 31. Carrillo Puerto 3.00 32. Castillo de Teayo 3.00 33. Catemaco 5.26 34. Cazones de Herrera 3.00 35. Cerro Azul 3.16 36. Citlaltépetl 3.00 37. Coacoatzintla 3.00 38. Coahuitlán 3.00 39. Coatepec 4.61 40. Coatzacoalcos 4.27 41. Coatzintla 3.00 42. Coetzala 3.00 43. Colipa 3.00 44. Comapa 3.00 45. Córdoba 4.57 46. Cosamaloapan 4.76 47. Cosautlán de Carvajal 3.00 48. Coscomatepec 5.00 49. Cosoleacaque 3.79 50. Cotaxtla 3.00 51. Coxquihui 3.00 52. Coyutla 3.00 53. Cuichapa 3.00 54. Cuitláhuac 4.61 55. Chacaltianguis 3.00 56. Chalma 3.00 57. Chiconamel 3.00 58. Chiconquiaco 3.00 59. Chicontepec 3.00

Gaceta Legislativa 9 Jueves 29 de noviembre de 2001

60. Chinameca 3.00 61. Chinampa de Gorostiza 3.00 62. Choapas, Las 2.96 63. Chocamán 3.00 64. Chontla 3.00 65. Chumatlán 3.00 66. Emiliano Zapata 3.28 67. Espinal 3.16 68. Filomeno Mata 3.00 69. Fortín 4.87 70. Gutiérrez Zamora 4.86 71. Hidalgotitlán 2.00 72. Higo, El 5.11 73. Huatusco 5.12 74. Huayacocotla 3.00 75. Hueyapan de Ocampo 3.00 76. Huiloapan de Cuauhtémoc 3.00 77. Ignacio de la Llave 3.00 78. Ilamatlán 3.00 79. Isla 5.46 80. Ixcatepec 3.00 81. Ixhuacán de los Reyes 3.00 82. Ixhuatlán de Madero 3.00 83. Ixhuatlán del Café 3.00 84. Ixhuatlán del Sureste 3.00 85. Ixhuatlancillo 4.62 86. Ixmatlahuacan 3.00 87. Ixtaczoquitlán 2.71 88. Jalacingo 3.00 89. Jalcomulco 3.00 90. Jáltipan 3.00 91. Jamapa 3.00 92. Jesús Carranza 3.80 93. Jilotepec 3.00 94. José Azueta 4.04 95. Juan Rodríguez Clara 4.19 96. Juchique de Ferrer 3.00 97. Landero y Coss 3.00 98. Lerdo de Tejada 4.46 99. Magdalena 3.00 100. Maltrata 4.95 101. Manlio Fabio Altamirano 3.00 102. Mariano Escobedo 3.00 103. Martínez de la Torre 5.06 104. Mecatlán 3.00 105. Mecayapan 3.00 106. Medellín 3.00 107. Miahuatlán 3.00 108. Minas, Las 3.00 109. Minatitlán 3.04 110. Misantla 5.18 111. Mixtla de Altamirano 3.00

112. Moloacán 3.00 113. Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río 3.00 114. Naolinco 3.00 115. Naranjal 3.00 116. Naranjos-Amatlán 5.17 117. Nautla 3.00 118. Nogales 5.16 119. Oluta 4.80 120. Omealca 3.00 121. Orizaba 4.42 122. Otatitlán 3.00 123. Oteapan 3.00 124. Ozuluama 3.00 125. Pajapan 3.00 126. Pánuco 5.65 127. Papantla 3.50 128. Paso del Macho 5.32 129. Paso de Ovejas 5.11 130. Perla, La 3.00 131. Perote 5.37 132. Platón Sánchez 5.74 133. Playa Vicente 3.00 134. Poza Rica de Hidalgo 3.64 135. Pueblo Viejo 3.00 136. Puente Nacional 3.00 137. Rafael Delgado 3.00 138. Rafael Lucio 3.00 139. Reyes, Los 3.00 140. Río Blanco 5.57 141. Saltabarranca 3.00 142. San Andrés Tenejapa 3.00 143. San Andrés Tuxtla 5.29 144. San Juan Evangelista 3.00 145. Santiago Tuxtla 4.80 146. Sayula de Alemán 3.00 147. Sochiapa 3.00 148. Soconusco 3.73 149. Soledad Atzompa 3.00 150. Soledad de Doblado 4.74 151. Soteapan 3.00 152. Tamalín 3.00 153. Tamiahua 3.00 154. Tampico Alto 3.00 155. Tancoco 3.00 156. Tantima 3.00 157. Tantoyuca 4.96 158. Tatahuicapan de Juárez 3.00 159. Tatatila 3.00 160. Tecolutla 4.17 161. Tehuipango 3.00 162. Temapache 4.75 163. Tempoal 4.31

Gaceta Legislativa 10 Jueves 29 de noviembre de 2001

164. Tenampa 3.00 165. Tenochtitlán 3.00 166. Teocelo 5.06 167. Tepatlaxco 3.00 168. Tepetlán 3.00 169. Tepetzintla 3.00 170. Tequila 3.00 171. Texcatepec 3.00 172. Texhuacan 3.00 173. Texistepec 3.00 174. Tezonapa 3.00 175. Tierra Blanca 3.00 176. Tihuatlán 3.72 177. Tlachichilco 3.00 178. Tlacojalpan 3.45 179. Tlacolulan 3.00 180. Tlacotalpan 4.78 181. Tlacotepec de Mejía 3.00 182. Tlalixcoyan 4.81 183. Tlalnelhuayocan 3.00 184. Tlaltetela 3.00 185. Tlapacoyan 5.33 186. Tlaquilpa 3.00 187. Tlilapan 3.00 188. Tomatlán 3.00 189. Tonayán 3.00 190. Totutla 3.00 191. Tres Valles 3.87 192. Tuxpan 4.89 193. Tuxtilla 3.00 194. Úrsulo Galván 4.21 195. Uxpanapa 3.00 196. Vega de Alatorre 4.51 197. Veracruz 4.01 198. Vigas de Ramírez, Las 3.00 199. Villa Aldama 3.00 200. Xalapa 4.70 201. Xico 4.37 202. Xoxocotla 0.00 203. Yanga 4.70 204. Yecuatla 3.00 205. Zacualpan 3.00 206. Zaragoza 3.00 207. Zentla 3.00 208. Zongolica 3.00 209. Zontecomatlán 3.00 210. Zozocolco de Hidalgo 3.00 Artículo segundo. Para el año 2002, se aprueban las Tablas de Valores Catastrales autorizadas para los bienes raíces rústicos, publicadas en la Gaceta Oficial del estado número 156, de fecha 28 de

diciembre de 1991, en vigor desde 1992, mismas que se han prorrogado, con sus consecuencias y excepciones, durante los ejercicios fiscales de 1993, 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998, y que fueron incrementadas durante los años de 1999, 2000 y 2001 en un 14%, respectivamente, las cuales servirán de base para el cálculo del cobro de las contribuciones municipales sobre la propiedad inmobiliaria, con los incrementos que resulten de su multiplicación, en cada municipio, por los factores siguientes: Municipio Factor 1. Acajete 3.00 2. Acatlán 3.00 3. Acayucan 3.00 4. Actopan 3.00 5. Acula 3.00 6. Acultzingo 1.15 7. Agua Dulce 3.00 8. Alpatláhuac 1.15 9. Alto Lucero de Gutiérrez Barrios 3.00 10. Altotonga 3.00 11. Alvarado 3.00 12. Amatitlán 3.00 13. Amatlán de los Reyes 3.00 14. Ángel R. Cabada 3.00 15. Antigua, La 3.00 16. Apazapan 3.00 17. Aquila 1.15 18. Astacinga 1.15 19. Atlahuilco 1.15 20. Atoyac 3.00 21. Atzacan 3.00 22. Atzalan 1.15 23. Ayahualulco 1.15 24. Banderilla 3.00 25. Benito Juárez 1.15 26. Boca del Río 3.00 27. Calcahualco 1.15 28. Camarón de Tejeda 3.00 29. Camerino Z. Mendoza 3.00 30. Carlos A. Carrillo 3.00 31. Carrillo Puerto 1.15 32. Castillo de Teayo 1.15 33. Catemaco 3.00 34. Cazones de Herrera 2.00 35. Cerro Azul 3.00 36. Citlaltépetl 1.15 37. Coacoatzintla 3.00 38. Coahuitlán 1.15 39. Coatepec 3.00

Gaceta Legislativa 11 Jueves 29 de noviembre de 2001

40. Coatzacoalcos 3.00 41. Coatzintla 3.00 42. Coetzala 1.15 43. Colipa 3.00 44. Comapa 1.15 45. Córdoba 3.00 46. Cosamaloapan 3.00 47. Cosautlán de Carvajal 3.00 48. Coscomatepec 3.00 49. Cosoleacaque 3.00 50. Cotaxtla 3.00 51. Coxquihui 1.15 52. Coyutla 1.15 53. Cuichapa 3.00 54. Cuitláhuac 3.00 55. Chacaltianguis 3.00 56. Chalma 1.15 57. Chiconamel 1.15 58. Chiconquiaco 1.15 59. Chicontepec 1.15 60. Chinameca 3.00 61. Chinampa de Gorostiza 1.15 62. Choapas, Las 3.00 63. Chocamán 3.00 64. Chontla 1.15 65. Chumatlán 1.15 66. Emiliano Zapata 3.00 67. Espinal 1.15 68. Filomeno Mata 1.15 69. Fortín 3.00 70. Gutiérrez Zamora 3.00 71. Hidalgotitlán 3.50 72. Higo, El 3.00 73. Huatusco 3.00 74. Huayacocotla 1.15 75. Hueyapan de Ocampo 3.00 76. Huiloapan de Cuauhtémoc 3.00 77. Ignacio de la Llave 3.00 78. Ilamatlán 1.15 79. Isla 3.00 80. Ixcatepec 1.15 81. Ixhuacán de los Reyes 3.00 82. Ixhuatlán de Madero 1.15 83. Ixhuatlán del Café 3.00 84. Ixhuatlán del Sureste 3.00 85. Ixhuatlancillo 3.00 86. Ixmatlahuacan 3.00 87. Ixtaczoquitlán 3.00 88. Jalacingo 3.00 89. Jalcomulco 3.00 90. Jáltipan 3.00 91. Jamapa 3.50

92. Jesús Carranza 3.40 93. Jilotepec 3.00 94. José Azueta 3.00 95. Juan Rodríguez Clara 3.00 96. Juchique de Ferrer 3.00 97. Landero y Coss 3.00 98. Lerdo de Tejada 3.00 99. Magdalena 1.15 100. Maltrata 3.00 101. Manlio Fabio Altamirano 3.00 102. Mariano Escobedo 3.00 103. Martínez de la Torre 3.50 104. Mecatlán 1.15 105. Mecayapan 1.15 106. Medellín 3.00 107. Miahuatlán 3.00 108. Minas, Las 1.15 109. Minatitlán 3.00 110. Misantla 3.00 111. Mixtla de Altamirano 1.15 112. Moloacán 3.00 113. Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río 3.00 114. Naolinco 3.00 115. Naranjal 3.00 116. Naranjos-Amatlán 3.00 117. Nautla 3.00 118. Nogales 3.00 119. Oluta 3.00 120. Omealca 3.00 121. Orizaba 3.00 122. Otatitlán 3.00 123. Oteapan 3.00 124. Ozuluama 3.00 125. Pajapan 1.15 126. Pánuco 3.00 127. Papantla 3.00 128. Paso de Ovejas 3.00 129. Paso del Macho 3.00 130. Perla, La 1.15 131. Perote 3.00 132. Platón Sánchez 3.00 133. Playa Vicente 3.00 134. Poza Rica de Hidalgo 3.00 135. Pueblo Viejo 3.00 136. Puente Nacional 3.00 137. Rafael Delgado 3.00 138. Rafael Lucio 3.00 139. Reyes, Los 1.15 140. Río Blanco 3.00 141. Saltabarranca 3.00 142. San Andrés Tenejapa 3.00 143. San Andrés Tuxtla 3.00

Gaceta Legislativa 12 Jueves 29 de noviembre de 2001

144. San Juan Evangelista 3.00 145. Santiago Tuxtla 3.00 146. Sayula de Alemán 3.50 147. Sochiapa 3.00 148. Soconusco 3.00 149. Soledad Atzompa 1.15 150. Soledad de Doblado 3.00 151. Soteapan 1.15 152. Tamalín 3.00 153. Tamiahua 3.00 154. Tampico Alto 3.00 155. Tancoco 3.00 156. Tantima 1.15 157. Tantoyuca 1.15 158. Tatahuicapan de Juárez 3.00 159. Tatatila 3.00 160. Tecolutla 3.00 161. Tehuipango 1.15 162. Temapache 3.00 163. Tempoal 1.15 164. Tenampa 1.15 165. Tenochtitlán 3.00 166. Teocelo 3.00 167. Tepatlaxco 1.15 168. Tepetlán 3.00 169. Tepetzintla 3.00 170. Tequila 1.15 171. Texcatepec 1.15 172. Texhuacan 1.15 173. Texistepec 3.00 174. Tezonapa 1.15 175. Tierra Blanca 3.00 176. Tihuatlán 3.00 177. Tlachichilco 1.15 178. Tlacojalpan 3.45 179. Tlacolulan 3.00 180. Tlacotalpan 3.00 181. Tlacotepec de Mejía 3.00 182. Tlalixcoyan 3.00 183. Tlalnelhuayocan 3.00 184. Tlaltetela 3.00 185. Tlapacoyan 3.00 186. Tlaquilpa 1.15 187. Tlilapan 3.00 188. Tomatlán 3.00 189. Tonayán 3.00 190. Totutla 3.00 191. Tres Valles 3.00 192. Tuxpan 3.00 193. Tuxtilla 3.00 194. Úrsulo Galván 3.00 195. Uxpanapa 3.00

196. Vega de Alatorre 3.00 197. Veracruz 3.00 198. Villa Aldama 3.00 199. Vigas de Ramírez, Las 3.00 200. Xalapa 3.50 201. Xico 3.00 202. Xoxocotla 0.00 203. Yanga 3.00 204. Yecuatla 3.00 205. Zacualpan 1.15 206. Zaragoza 1.15 207. Zentla 3.00 208. Zongolica 1.15 209. Zontecomatlán 1.15 210. Zozocolco de Hidalgo 1.15 Artículo tercero. Para el año 2002, para los terrenos rústicos ejidales, se aprueban las Tablas de Valores Catastrales autorizadas para los bienes raíces rústicos, publicadas en la Gaceta Oficial del estado número 156, de fecha 28 de diciembre de 1991, en vigor desde 1992, mismas que se han prorrogado, con sus consecuencias y excepciones, durante los ejercicios fiscales de 1993, 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998, y que fueron incrementadas durante los años de 1999, 2000 y 2001 en un 14%, respectivamente, las cuales servirán de base para el cálculo del cobro de las contribuciones municipales sobre la propiedad inmobiliaria, con los incrementos que resulten de su multiplicación, en cada municipio, por un factor de 1.15, excepto en los 16 municipios siguientes, que no tienen registrados predios rústicos ejidales: Alpatláhuac, Astacinga, Filomeno Mata, Ixcatepec, Landero y Coss, Magdalena, Mecatlán, Mixtla de Altamirano, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, San Andrés Tenejapa, Tatatila, Tehuipango, Tenochtitlán, Texhuacan, Tlaquilpa y Zaragoza.

T R A N S I T O R I O S Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2002, previa su publicación en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz-Llave. Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura del honorable Congreso del estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los 26 días del mes de noviembre del año 2001.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Gaceta Legislativa 13 Jueves 29 de noviembre de 2001

Dip. Guillermina Esquivel Kuri Presidenta (Rúbrica)

Dip. Rolando Eugenio Andrade Mora Secretario (Rúbrica)

Dip. Alfredo Marié Pecero

Vocal (Rúbrica)

Comisión Permanente de Desarrollo Municipal

Dip. Carlos Francisco Mora Domínguez

Presidente (Rúbrica)

Dip. Ángel Rafael Deschamps Falcón

Secretario (Rúbrica)

Dip. Cuauhtémoc Cadena Pérez

Vocal (Rúbrica)

COMISIÓN PERMANENTE DE VIGILANCIA Dictamen Honorable Asamblea: A esta Comisión Permanente de Vigilancia del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, en términos de los artículos 33 fracción XXIX y 67 fracción III incisos a) y b) de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave; 18 fracción XXIX, 38 y 39 fracción XXIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 42 y 105 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo; 2, 4, 6 fracciones V y VI, 16 fracción XII de la Ley de Fiscalización Superior; mediante oficios números DAF/1483/SAM, DAF/1484/SAM, DAF/1485/SAM y DAF/1486/SAM, todos de fecha 22 de octubre del año en curso, signados por el contador público René Mariani Ochoa, auditor general titular del Órgano de Fiscalización Superior del estado, informa los resultados de la auditoría al primer semestre del ejercicio 2001 de los honorables ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo, Papantla y

Ayahualulco, del estado de Veracruz, respectivamente y

R E S U L T A N D O 1. Por acuerdo de la honorable Diputación

Permanente de la honorable LIX Legislatura del Congreso del estado, de fecha 30 de agosto del año en curso, se determinó se llevara a cabo una auditoría legal y financiera a los recursos del Ramo 033, FISM y FAFM y a los arbitrios, ejercidos por los honorables ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo y Papantla, Veracruz, en el primer semestre del ejercicio fiscal 2001, con apoyo del Órgano de Fiscalización Superior del estado, a fin de verificar si sus gestiones financieras se han realizado conforme a las disposiciones aplicables de la materia.

2. Por acuerdo de la honorable Diputación

Permanente de la honorable LIX Legislatura del Congreso del estado, de fecha 20 de septiembre del año en curso, se determinó se llevara a cabo una auditoría legal y financiera al honorable ayuntamiento de Ayahualulco, Veracruz, por el primer semestre del ejercicio fiscal 2001, con apoyo del Órgano de Fiscalización Superior del estado, a fin de verificar si sus gestiones financieras se han realizado conforme a las disposiciones aplicables.

3. Mediante oficio número SG-DP/2º/025, de

fecha 30 de agosto del año en curso, la Diputación Permanente del honorable Congreso del estado, comunicó a la honorable Comisión Permanente de Vigilancia, el acuerdo tomado en sesión de esa misma fecha, a fin de que solicitara al Órgano de Fiscalización Superior del estado, su apoyo para que llevara a cabo los trabajos de auditoría respectivos y en su oportunidad diera a conocer a este honorable Congreso, el resultado de dicha auditoría. Asimismo, mediante oficio del 20 de septiembre del 2001, la Diputación Permanente del honorable Congreso del estado se dirigió a esta honorable Comisión Permanente de Vigilancia para comunicarle el acuerdo de esa fecha, a fin de que igualmente se solicitara al contador público René Mariani Ochoa,

Gaceta Legislativa 14 Jueves 29 de noviembre de 2001

auditor general del Órgano de Fiscalización Superior, para que en apoyo de la LIX Legislatura del Congreso del estado, practicara auditoría al honorable ayuntamiento de Ayahualulco, Veracruz.

4. En cumplimiento a los acuerdos señalados en

párrafos anteriores, el Órgano de Fiscalización Superior del estado, llevó a cabo las auditorías a los ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo, Papantla y Ayahualulco, Veracruz, en lo correspondiente al primer semestre del año 2001.

5. Hecho lo anterior, el Órgano de Fiscalización

Superior presentó los respectivos informes que contienen los resultados de las mencionadas auditorías; y una vez turnados a esta comisión, se procede a su presentación ante el pleno de este honorable Congreso y

C O N S I D E R A N D O

Primero. Que el artículo 41 fracción IX de la Constitución Política del estado, previene que la honorable Diputación Permanente del honorable Congreso del estado, tiene como atribución, entre otras, conocer de los asuntos relacionados con la hacienda de los municipios y la práctica de auditorías. Segundo. Que la honorable Diputación Permanente en uso de la facultad antes mencionada, y en atención al punto de acuerdo que en términos del artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo presentó a la Junta de Coordinación Política, para solicitar al contador público René Mariani Ochoa, auditor general, titular del Órgano de Fiscalización Superior, apoyo a la honorable LIX Legislatura del honorable Congreso del estado, a efecto de que se practiquen auditorías financieras al primer semestre del año 2001, a los honorables ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo y Papantla. Con relación a la auditoría al ayuntamiento de Ayahualulco, Veracruz, la Diputación Permanente en uso de dicha facultad, con fecha 20 de septiembre del presente año, acordó la práctica de auditoría financiera al ayuntamiento citado, acuerdo que comunicó a la Comisión Permanente de Vigilancia y ésta a su vez mediante oficio del 25 de septiembre del año en curso, la turnó al órgano de fiscalización.

Tercero. Que el Órgano de Fiscalización Superior con fundamento en los artículos 33 fracción XXIX, 67 fracción III y 71 fracción V, de la Constitución Política del estado; 2, 5 y 6 fracción II de la Ley de Fiscalización Superior para el estado, en apoyo al honorable Congreso del estado, y en cumplimiento a los acuerdos mencionados en párrafos anteriores, llevó a cabo las auditorías financieras por el primer semestre del ejercicio 2001 de los recursos del Ramo 033 FISM, FAFM y arbitrios ejercidos por los honorables ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo y Papantla, Veracruz. Asimismo. llevó a cabo la auditoría financiera y técnica a la obra pública del ejercicio de los recursos del Ramo 033 FISM, FAFM y arbitrios, del honorable ayuntamiento de Ayahualulco, Veracruz.

Cuarto. Que en la auditoría practicada por el Órgano de Fiscalización Superior se advierte la situación financiera y de obra pública siguiente: HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ACAYUCAN, VERACRUZ. LIMITACIONES PARA LA APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA El honorable ayuntamiento de Acayucan, Veracruz, no presentó la totalidad de la información y documentación solicitada, por lo que no fue posible realizar la revisión de manera satisfactoria. La documentación no presentada se detalla a continuación.

§ Auxiliares de cuentas de:

- Caja - Patrimonio (Arbitrios, FISM y FAFM) - Ingresos (FISM y FAFM) - Gasto corriente (Arbitrios, FISM y FAFM) - Gasto de capital (Arbitrios y FAFM) - Gasto de inversión (FISM y FAFM) - Amortización de deuda pública

(Arbitrios y FAFM) § Anexos del acta de entrega-recepción de la

administración municipal. § Inventario de bienes al 30 de junio. § Plantilla de personal sindicalizado, eventual

y confianza.

Gaceta Legislativa 15 Jueves 29 de noviembre de 2001

§ Inventario físico de recibos mecanizados del impuesto predial al 30 de junio de 2001.

§ Plan de Desarrollo Municipal. § Programa Operativo Anual. § Expedientes de licitaciones públicas o

simplificadas de adquisiciones y obras (Arbitrios).

No obstante las limitaciones anteriormente descritas, con la documentación que presentó el honorable ayuntamiento de Acayucan, Veracruz, se determinaron diversas inconsistencias, destacando las que en forma resumida se presentan a continuación:

O R D E N A M I E N T O S L E G A L E S

El honorable ayuntamiento no cumplió con los ordenamiento legales que se señalan a continuación: § Las cuentas públicas mensuales de enero a

junio de 2001 fueron presentadas al honorable Congreso del estado extemporáneamente en el mes de septiembre de 2001.

§ El honorable ayuntamiento no ha presentado

al Órgano de Fiscalización Superior el segundo y tercer reporte trimestral de avances físicos y financieros (FISM y FAFM) de recursos identificados con el Ramo 033, contemplados en el manual de fiscalización aprobado por unanimidad por la honorable Comisión de Vigilancia del honorable Congreso del estado.

GESTIÓN FINANCIERA

Inconsistencias que de no solventarse podrían estimarse como presunto daño patrimonial Arbitrios (Cifras en miles de pesos) MONTO § Efectuaron erogaciones que no

fueron comprobadas en su totalidad.

$ 7.10

§ Según informes de SEFIPLAN se efectuaron espectáculos públicos y el honorable ayuntamiento no registró ingresos por este concepto por el monto indicado.

10.52

§ Efectuaron erogaciones por sueldos y salarios en cuyos comprobantes constan salarios no pagados pues carecen de firmas de los beneficiarios.

4.51

§ Al 30 de junio existen gastos no comprobados otorgados al DIF Municipal por:

506.84

SUB TOTAL $528.97 FISM MONTO § Se detectaron cheques sin

soporte documental $ 238.72

SUB TOTAL $ 238.72 FAFM MONTO § Efectuaron pagos que carecen de

comprobantes. $ 1,000.00

§ Pagaron el monto indicado con cargo a la acción de deuda pública, siendo que se trata de retenciones de ISR. y cuotas sindicales no efectuados a los trabajadores.

41.23

SUB TOTAL $ 1,041.23 TOTAL GENERAL $ 1,808.92 Inconsistencias de carácter administrativo que de no solventarse plenamente, podrán cuantificarse y dar lugar a responsabilidades patrimoniales. Arbitrios (Cifras en miles de pesos) § Efectuaron erogaciones que exceden al

presupuesto autorizado al 30 de junio de 2001.

§ Efectuaron adquisiciones que debieron hacerse mediante el procedimiento de licitación simplificada y no presentaron la documentación correspondiente.

§ Ejecutaron obra pública, ya que efectuaron erogaciones por la adquisición de materiales de construcción y pago de mano de obra por $326.93 y no integraron el

Gaceta Legislativa 16 Jueves 29 de noviembre de 2001

de obra por $326.93 y no integraron el expediente unitario respectivo.

§ Efectuaron erogaciones por $16,541.00 de enero a junio cuyas órdenes de pago carecen de las firmas del presidente, síndico, regidor y secretario.

§ El saldo contable del efectivo al 30 de junio de 2001 es de $109.65, el cual no coincide con el monto determinado en base a la documentación e información presentada que es de - $209.30.

§ Se detectaron empleados del ayuntamiento cuyos apellidos coinciden con los funcionarios que se indican:

NOMBRE FUNCIONARIO López Suriano Cristina Raquel Miguel López Morales (Reg. 1° ) Martínez Hipólito Eloisa Valentín Martínez Salazar (Reg. 7°) Arias Rodríguez Esperanza Salvador RodríguezRentería (Reg. 2do.) Rodríguez Filigrana Germán Salvador Rodríguez Rentería (Reg. 2do.) Elías Rayo Córdova Rómulo Rayo Córdova (Tesorero) Juan Nolasco Gómez Raymundo Nolasco Sánchez (Síndico) Ángel Huesca Osorio Joel Alarcón Huesca (Presidente Municipal)

§ Existen préstamos, gastos a comprobar y

anticipos de la administración anterior por $267.79 que no han sido cobrados y reintegrados a la hacienda municipal.

§ Existen diferencias entre lo registrado en la contabilidad municipal por los servicios prestados por el Registro Civil con lo determinado en la revisión por $8.38.

FISM Y FAFM § De 5 obras del FISM y 4 del FAFM a las Actas

de entrega-recepción de las obras a la comunidad les faltan firmas.

§ A 8 obras del FISM y 5 del FAFM les faltan la factibilidad y/o validación de la dependencia normativa.

§ A 5 obras del FISM les faltan, actas de integración del comité comunitario y acta de delegación de facultades.

§ A 2 obras de FISM les falta el acta de entrega-recepción del contratista al honorable. Ayuntamiento.

§ A 6 obras del FISM y 2 del FAFM les faltan las fianzas de vicios ocultos, anticipo y cumplimiento.

§ Efectuaron erogaciones del FISM por $6,899.30 y del FAFM por $3,580.24 de enero a junio cuyas órdenes de pago carecen de las firmas del presidente, síndico, regidor y secretario.

§ 11 pólizas de cheque expedidos de la cuenta de FAFM, no fueron integrados a sus expedientes unitarios de obra correspondientes.

§ Efectuaron adquisiciones con recursos del FAFM las cuales debieron adjudicarse mediante el procedimiento de licitación simplificada y no presentaron la documentación respectiva.

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL APLICABLES A LOS MUNICIPIOS En el registro de sus operaciones y la formulación e integración de su información financiera, el honorable ayuntamiento cumplió parcialmente con los principios de contabilidad gubernamental aplicables a los municipios. Además el sistema contable utilizado por el honorable ayuntamiento, no permite la integración de la cuenta pública de acuerdo a lo que establece el artículo 20 de la Ley de Fiscalización Superior para el estado. SALVEDADES • El honorable ayuntamiento en materia de

pago de salarios y demás prestaciones al personal de base y eventual cumplió parcialmente con la obligación de efectuar las retenciones de ISR y cuotas de seguridad social. Como consecuencia de lo anterior, las autoridades correspondientes, podrán en su caso fincar créditos fiscales con los consecuentes recargos, actualizaciones y multas.

• No existe seguridad razonable de que el

valor de los activos fijos, propiedad del municipio, tales como inmuebles, mobiliario, equipo e infraestructura municipal, estén incorporados en su totalidad al patrimonio municipal y se cuente con el soporte documental suficiente.

Gaceta Legislativa 17 Jueves 29 de noviembre de 2001

HONORABLE AYUNTAMIENTO DE IXHUATLANCILLO, VERACRUZ. LIMITACIONES PARA LA APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA El honorable ayuntamiento de Ixhuatlancillo, Veracruz, no presentó la totalidad de la información y documentación solicitada, por lo que no fue posible realizar la revisión de manera satisfactoria. La documentación no presentada se detalla a continuación.

§ Acta de entrega-recepción y anexos. § Documentación comprobatoria del ejercicio

de los recursos de arbitrios de los meses de mayo y junio de 2001.

§ Documentación comprobatoria del ejercicio de los recursos del Ramo 033 FISM y FAFM del primer semestre de 2001.

§ Expedientes unitarios de obras y acciones realizadas con recursos del Ramo 033 FISM y FAFM.

§ Auxiliares de bancos y conciliaciones bancarias.

§ Informes mensuales de recaudación del impuesto predial que debieron remitir a SEFIPLAN e inventario físico de los recibos mecanizados.

§ Informes mensuales de recaudación de impuesto sobre traslación de dominio de bienes muebles remitidos a SEFIPLAN.

§ Informes mensuales de subsidios otorgados, remitidos a SEFIPLAN.

§ Informes mensuales de formatos de registro civil utilizados, formatos cancelados originales, precios de los servicios prestados, copia de oficios de autorizaciones para campañas realizadas.

§ Plan Municipal de Desarrollo. No obstante las limitaciones anteriormente descritas, con la documentación que el honorable ayuntamiento de Ixhuatlancillo, Veracruz, presentó, se determinaron diversas inconsistencias, destacando las que en forma resumida se presentan a continuación: ORDENAMIENTOS LEGALES El honorable ayuntamiento no cumplió con los ordenamientos legales que se señalan a continuación:

§ No presentó la cuenta pública

correspondiente al ejercicio 2000 al honorable Congreso del estado.

§ No presentó las cuentas públicas mensuales correspondientes al primer semestre del ejercicio 2001, al honorable Congreso del estado.

§ La Comisión de Hacienda Municipal no revisó y firmó los cortes de caja mensuales de la Tesorería.

§ La Comisión de Hacienda Municipal no firmó las órdenes de pago.

§ No presentó dentro de los tres meses del año al honorable Congreso del estado, los padrones de todos los arbitrios sujetos a pagos periódicos.

§ No remitió al honorable Congreso del estado el inventario general y avalúo de los bienes municipales.

§ El honorable ayuntamiento saliente no realizó la entrega al honorable ayuntamiento entrante de los documentos que contengan la situación que guarda la administración pública municipal, el día que se instaló la nueva administración.

§ No remitió el Plan Municipal de Desarrollo al honorable Congreso del estado.

GESTIÓN FINANCIERA Inconsistencias que de no solventarse podrían estimarse como presunto daño patrimonial. Arbitrios (Cifras en miles de pesos) No presentaron soporte documental del ejercicio de los recursos correspondientes a los meses de mayo y junio.

$ 687.95

Realizaron pagos a 28 personas que no están incluidas en la plantilla de trabajadores autorizados.

59.66

SUB – TOTAL

$ 747.61

FISM

Gaceta Legislativa 18 Jueves 29 de noviembre de 2001

No presentaron soporte documental de los cheques cobrados de la cuenta del fondo (comprobantes, expediente básico y expedientes unitarios de obras o acciones), respecto del total suministrado de $2,612.22.

$ 1,011.79

SUB - TOTAL

$ 1,011.79

FAFM No presentaron soporte documental de los cheques cobrados de la cuenta del fondo (comprobantes, expediente básico y expedientes unitarios de obras o acciones) respecto del total suministrado de $1,198.31.

$ 617.92

SUB - TOTAL

$ 617.92

TOTAL GENERAL $ 2,377.32

Inconsistencias de carácter administrativo que de no solventarse plenamente, podrán cuantificarse y dar lugar a responsabilidades patrimoniales. Arbitrios § Se detectaron a los trabajadores Irma

Angélica Martínez Flores, Moisés Isaac Flores Martínez, Efrén Ascensión Martínez, Ubaldo Flores Martínez, Irma Estela Martínez Flores, Alberto Martínez Hernández, Manuel Francisco Nicolás y Domingo Jerónimo Nicolás, cuyos apellidos coinciden con los del ciudadano Gaudencio Nicolás Martínez, presidente municipal.

§ No se localizaron 22 folios de recibos oficiales de ingresos de la Tesorería.

§ Adquirieron un vehículo usado de procedencia extranjera y no presentan la documentación legal que ampare la importación y el avalúo correspondiente.

§ Se detectaron bienes muebles que no están incluidos en el inventario.

§ En general las pólizas de cheques no están firmadas por quienes las autorizan y por quienes los reciben.

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL APLICABLES A LOS MUNICIPIOS

En virtud de que el honorable ayuntamiento no presentó la totalidad de la información solicitada, no fue posible verificar el cumplimiento de los principios de contabilidad gubernamental aplicables a los municipios y que el sistema contable utilizado por el honorable ayuntamiento permita la integración de la cuenta pública de acuerdo con lo que establece el artículo 20 de la Ley de Fiscalización Superior para el estado. SALVEDADES El honorable ayuntamiento en materia de pago de salarios y demás prestaciones al personal de base y eventual no cumplió con la obligación de efectuar las retenciones de ISR y cuotas de seguridad social. Como consecuencia de lo anterior, las autoridades correspondientes, podrán en su caso fincar créditos fiscales con los consecuentes recargos, actualizaciones y multas. No existe seguridad razonable de que el valor de los activos fijos, propiedad del municipio, tales como inmuebles, mobiliario, equipo e infraestructura municipal, estén incorporados en su totalidad al patrimonio municipal y se cuente con el soporte documental suficiente. HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PAPANTLA, VERACRUZ. ORDENAMIENTOS LEGALES El honorable ayuntamiento no cumplió con los ordenamientos legales que se señalan a continuación:

§ El honorable ayuntamiento no ha remitido las

cuentas públicas al honorable Congreso del estado de los meses de abril, mayo y junio de 2001.

§ Falta presentar al Órgano de Fiscalización Superior del estado, el segundo y el tercer reporte trimestral de avances físicos y financieros (FISM y FAFM) de recursos identificados con el Ramo 033, contemplados en el manual de fiscalización aprobado por unanimidad por la honorable Comisión de Vigilancia del honorable Congreso del estado.

Gaceta Legislativa 19 Jueves 29 de noviembre de 2001

§ El honorable ayuntamiento no formuló en el mes de enero, el inventario general y avalúo de los bienes municipales. A la fecha de la revisión se encontraba en proceso de elaboración.

§ La Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal no visó los cortes de caja mensuales de la Tesorería Municipal.

§ El tesorero no presentó el día primero de cada mes el corte de caja del movimiento de caudales del mes anterior con la intervención de la Comisión de Hacienda.

§ El honorable ayuntamiento no ha elaborado el Plan de Desarrollo Municipal y el Programa Operativo Anual.

GESTIÓN FINANCIERA Inconsistencias que en su caso podrían tipificarse como presunto daño patrimonial: Arbitrios (Cifras en miles de pesos) MONTO § Efectuaron erogaciones que

carecen de sus respectivos comprobantes.

$ 59.50

§ Efectuaron erogaciones por concepto de comisiones bancarias por sobregiros.

4.03

§ Se detectó el pago de reparación de un clima automotriz, vehículo propiedad del ciudadano Eduardo Andrade Rocha, asesor técnico.

2.82

SUB-TOTAL $ 66.35 FISM MONTO § Realizaron gastos con cargo a la

obra 062 Rehabilitación de salón de usos múltiples localidad Mesa Chica La Gloria, presupuestada en FAFM, que no está autorizada para realizarse con recursos de este fondo.

$ 152.04

§ Se detectaron cheques sin soporte documental.

14,394.01

§ El ciudadano Eduardo Andrade Rocha, asesor técnico del honorable ayuntamiento recibe dos percepciones, sueldo en nómina de arbitrios y honorarios por asesoría con FISM.

119.10

§ No ha sido depositado al Órgano de Fiscalización Superior, el 5 al millar retenido a contratistas.

101.55

§ Efectuaron erogaciones por concepto de comisiones bancarias por sobregiros.

3.28

SUB-TOTAL $14,769.98 FAFM MONTO § Se detectaron cheques sin

soporte documental. $ 198.70

§ No ha sido depositado al Órgano de Fiscalización Superior, el 5 al millar retenido a contratistas.

18.09

§ Efectuaron erogaciones por concepto de comisiones bancarias por sobregiros.

1.61

§ Falta el sello y firma del comité escolar en los comprobantes de Estímulos a la Educación Básica.

90.00

SUB-TOTAL $ 308.40 TOTAL GENERAL $ 15,144.73 Inconsistencias de carácter administrativo que de no solventarse plenamente, podrán cuantificarse y dar lugar a responsabilidades patrimoniales. Arbitrios (Cifras en miles de pesos) § Gastos a comprobar por $200.42 los cuales

no han sido comprobados o reintegrados a la hacienda municipal.

§ Se detectaron trabajadores del honorable ayuntamiento de Papantla, Veracruz, que perciben dos salarios, el ciudadano Ricardo Rico Moreno del honorable ayuntamiento de Tecolutla y el ciudadano Victoriano Domínguez Pérez de la escuela secundaria

Gaceta Legislativa 20 Jueves 29 de noviembre de 2001

Domínguez Pérez de la escuela secundaria Sor Juana Inés de la Cruz, comunidad La Sabana, de Papantla, Veracruz.

§ Falta autorización del honorable Congreso del estado, para realizar la obra rehabilitación de camino La Foy-La Guásima-Rancho Playa cuyo costo es mayor al 20% de la partida presupuestal respectiva.

§ Se detectaron los trabajadores Esteban Santes Pérez y Celso Santes Santiago, de los cuales su apellido coincide con los del ciudadanos Diógenes Ramírez Santes, presidente municipal y Luis Arostegui Tiburcio cuyo apellido coincide con los de la ciudadana Rosa Isela Arostegui Hernández, directora de Recursos Humanos.

§ Se presenció el pago de nómina y el personal del honorable ayuntamiento que se indica no fue localizado en su área de adscripción. − José Luna Elías, Dirección de Egresos. − Gamaliel Martínez Cárdenas, Oficialía

Mayor. − Deydra Lizeth Bernabé Cruz, Dirección

de Obras Públicas. § Falta registrar en la contabilidad del

honorable ayuntamiento la cuenta bancaria creada a nombre de la ciudadana Ana Isela García Araujo, presidenta del DIF Municipal, además el domicilio que consta en los estados de cuenta corresponden al domicilio particular del ciudadano presidente municipal.

§ Se detectó un faltante de 671 formatos y 60 certificaciones de papelería de Registro Civil.

§ Existe diferencia entre el importe del impuesto por traslado de dominio contabilizado y lo reportado a SEFIPLAN por un importe de $175.69.

§ Existe diferencia entre los ingresos por servicios de Registro Civil contabilizados y lo determinado en base en la documentación presentada por un importe de $79.98.

RAMO 033 § De la revisión a los expedientes unitarios de

obra, se detectó que:

− 8 expedientes de FISM y 4 de FAFM carecen de acta de integración de los comités, resolutiva y delegación de facultades.

− 2 expedientes de FISM y 5 de FAFM carecen de finiquito de obra.

− 28 expedientes de FISM y 13 de FAFM carecen de fianza de vicios ocultos, anticipos y cumplimiento.

− 42 expedientes de FISM les faltan factibilidades y vialidaciones de las dependencias normativas.

− 21 expedientes de FISM y 9 de FAFM carecen de actas de entrega-recepción de contratistas y comunidad.

− No presentaron el convenio con SEDESOL y SEFIPLAN para ejercer el 2% de desarrollo institucional, habiendo ejercido al 30 de junio de 2001 un importe de $265.60.

§ Efectuaron gastos con cargo al FAFM por la ejecución de la obra 209 construcción de dos aulas de telebachillerato en la comunidad Agua Dulce por un costo de $115.18, autorizada para realizarse con recursos del FISM.

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL APLICABLES A LOS MUNICIPIOS En el registro de sus operaciones y la formulación e integración de su información financiera, el honorable ayuntamiento cumplió parcialmente con los principios de contabilidad gubernamental aplicables a los municipios. Además el sistema contable utilizado por el honorable ayuntamiento, no permite la integración de la cuenta pública de acuerdo a lo que establece el artículo 20 de la Ley de Fiscalización Superior para el estado. SALVEDADES • El honorable ayuntamiento en materia de

pago de salarios y demás prestaciones al personal de base y eventual no cumplió con la obligación de efectuar las retenciones de ISR y cuotas de seguridad social. Como consecuencia de lo anterior, las autoridades correspondientes, podrán en su caso fincar créditos fiscales con los consecuentes recargos, actualizaciones y multas.

Gaceta Legislativa 21 Jueves 29 de noviembre de 2001

• No existe seguridad razonable de que el valor de los activos fijos, propiedad del municipio, tales como inmuebles, mobiliario, equipo e infraestructura municipal, estén incorporados en su totalidad al patrimonio municipal y se cuente con el soporte documental suficiente.

H. AYUNTAMIENTO DE AYAHUALULCO, VERACRUZ. ORDENAMIENTOS LEGALES El honorable ayuntamiento no cumplió con los ordenamientos legales que se señalan a continuación: • La cuenta pública correspondiente al

ejercicio 2000 no fue presentada al honorable Congreso del estado.

• No se efectuó la entrega-recepción de los documentos que contienen la situación que guarda la administración pública municipal el día que se instaló la nueva administración, por lo que no existe el acta respectiva.

• Las cuentas públicas mensuales, correspondientes al primer semestre del ejercicio 2001, no han sido remitidas al honorable Congreso del estado.

• El regidor único, José Nicanor Ernesto Vargas Portilla, no asistió a las sesiones del honorable ayuntamiento, por lo que no visó las cuentas, órdenes de pago, cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa a la Comisión de Hacienda.

• El honorable ayuntamiento no ha concluido la formulación del Plan de Desarrollo Municipal y el Programa Operativo Anual y por ende no ha sido remitido al honorable Congreso del estado.

GESTIÓN FINANCIERA Inconsistencias de carácter administrativo que de no solventarse plenamente, podrán cuantificarse y dar lugar a responsabilidades patrimoniales. Arbitrios (Cifras en miles de pesos) • Se detectaron a los trabajadores Ernesto

Caballero Hernández, Israel Trujillo Hernández, Alberto Caballero García, Efraín

Caballero Benítez, Antonio Caballero Ortiz, Agustina García Hernández, Florinda Hernández Fernández, Antonio García Caballero y Epifanio Caballero Benítez, cuyos apellidos coinciden con los del ciudadano Silvano Caballero Hernández, presidente municipal.

• Efectuaron erogaciones por $273.20 amparadas con recibos simples.

• Existen errores de clasificación en el registro contable de los ingresos, que distorsionan los montos asentados en los estados financieros.

• No realizaron el inventario de bienes muebles e inmuebles.

• Pagaron sueldos y salarios por $691.27 sin haber retenido el ISR correspondiente.

• No se localizaron nueve recibos oficiales de ingresos de la Tesorería.

FISM • Efectuaron erogaciones por $94.86

amparadas con recibos simples. • Realizaron procedimientos de licitación

pública y simplificada de bienes y de material para la construcción por $1,687.00, cuyos expedientes están incompletos.

FAFM • Efectuaron erogaciones por $55.83

amparadas con recibos simples.

AUDITORÍA A LA OBRA PÚBLICA En relación a la auditoría efectuada a la obra pública, el resultado obtenido, con base en la información contenida en la propuesta de inversión y en el segundo reporte trimestral de avances físicos y financieros (FISM y FAFM) generado por el honorable ayuntamiento, es el siguiente: • Situación de las obras revisadas:

Fondo Totales Concepto FISM FAFM

I. Obras terminadas. 8 1 9

II. Obras en proceso. 4 2 6 III. Obras no iniciadas Por:

Gaceta Legislativa 22 Jueves 29 de noviembre de 2001

• Estar concursándose. 2 0 2 • Elaboración de

proyecto. 4 0 4

• Requerir autorización del Congreso del estado y licitación pública.

1 1 2

IV. Canceladas. 2 3 5 Total de obras. 21 7 28 • Se detectó que las obras números 2001023013,

2001023016, 2001023004, 2001023005, 2001023018, 2001023019, 2001023015 y 2001023206 no están iniciadas ya que actualmente se encuentran en proceso:

ü El concurso por invitación para la

adjudicación del contrato. ü La elaboración del proyecto. ü La autorización del honorable Congreso

del estado y licitación pública para su adjudicación por su monto de inversión.

Además, la cancelación de las obras números 2001023007, 2001023017, 2001023207, 2001023208 y 2001023211 no fue reportada ante la Dirección de Registro y Control de este Órgano de Fiscalización Superior.

Inconsistencias que de no solventarse, podrían estimarse como presunto daño patrimonial. (Cifras en miles de pesos) • Con base en la revisión ocular y

el análisis de los reportes trimestrales generados por el honorable ayuntamiento, encontramos que las obras números 2001023003, 2001023022, 2001023006, 2001023008, 2001023009, 2001023010, 2001023011, 2001023012, 2001023210, 2001023213, 2001023209, 2001023001 y 2001023002 fueron ejecutadas por administración directa y tienen pagos improcedentes por insumos cargados al costo de la obra que no se justifican.

$ 717.94

TOTAL $ 717.94

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL APLICABLES A LOS MUNICIPIOS En el registro de sus operaciones y la formulación e integración de su información financiera, el honorable ayuntamiento cumplió parcialmente con los principios de contabilidad gubernamental aplicables a los municipios. Además el sistema contable utilizado por el honorable ayuntamiento, no permite la integración de la cuenta pública de acuerdo a lo que establece el artículo 20 de la Ley de Fiscalización Superior para el estado. SALVEDADES • El honorable ayuntamiento en materia de

pago de salarios y demás prestaciones al personal de base y eventual no cumplió con la obligación de efectuar las retenciones de ISR y cuotas de seguridad social. Como consecuencia de lo anterior, las autoridades correspondientes, podrán en su caso fincar créditos fiscales con los consecuentes recargos, actualizaciones y multas.

• No existe seguridad razonable de que el valor de los activos fijos, propiedad del municipio, tales como inmuebles, mobiliario, equipo e infraestructura municipal, estén incorporados en su totalidad al patrimonio municipal y se cuente con el soporte documental suficiente.

Quinto. Como del informe de las auditorías practicadas a los honorables ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo, Papantla y Ayahualulco, Veracruz, se advierte que en el manejo y aplicación de los recursos de la hacienda municipal, se encontraron inconsistencias que deben ser solventadas, es recomendable requerir a los ayuntamientos en cuestión, a fin de que en el término de veinte días, que es el plazo que señala el artículo 39 la Ley de Fiscalización Superior para el estado, tomado como referencia para efectos de que cuente con un término prudente, en seguimiento a las auditorías practicadas acudan ante el Órgano de Fiscalización Superior del estado, a presentar las aclaraciones tendientes a solventar las observaciones que se formularon en el informe. Asimismo, debe solicitarse al Órgano de Fiscalización Superior para que en apoyo de este honorable Congreso del estado, reciba las

Gaceta Legislativa 23 Jueves 29 de noviembre de 2001

mencionadas aclaraciones y señale si quedan solventadas o no las observaciones y en su momento lo haga saber a este honorable Congreso del estado, por conducto de la Comisión Permanente de Vigilancia. Por lo anterior, se somete a la consideración y aprobación del Pleno el siguiente

P R O Y E C T O D E A C U E R D O E C O N Ó M I C O Primero. Se tiene por presentado el informe de la auditoría practicada por el primer semestre del año 2001 a los ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo, Papantla y Ayahualulco, Veracruz. Segundo. En virtud de que hay inconsistencias en el manejo y aplicación de los recursos públicos de las haciendas municipales, requiérase a los honorables ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo, Papantla y Ayahualulco, Veracruz, para que, en el plazo de veinte días hábiles acudan ante el órgano de fiscalización, a presentar las aclaraciones tendientes a solventar las observaciones formuladas. Tercero. Solicítese al contador público René Mariani Ochoa, auditor general del Órgano de Fiscalización Superior del estado, para que sin perjuicio de la revisión que le corresponde realizar en el ejercicio concluido del año 2001, apoye a este honorable Congreso del estado, en la recepción de las aclaraciones y documentos que presenten los honorables ayuntamientos de Acayucan, Ixhuatlancillo, Papantla y Ayahualulco, Veracruz, en relación a las inconsistencias mencionadas en los puntos anteriores y señale cuáles observaciones quedan solventadas y cuáles quedan sin solventar. Cuarto. Respecto de las obras en proceso, requiérasele al honorable ayuntamiento para que en su ejecución, se sujeten estrictamente a los términos que señalan las disposiciones legales aplicables.

Por la Comisión Permanente de Vigilancia

Ignacio González Rebolledo Diputado Presidente

(Rúbrica)

Rolando Eugenio Andrade Mora Diputado Secretario

(Rúbrica)

Raúl Alberto Arango de la Huerta Diputado Vocal

(Rúbrica) José Adán Córdoba Morales

Diputado Vocal (Rúbrica)

Guillermina Esquivel Kuri

Diputada Vocal (Rúbrica)

Leticia del Carmen García Perea

Diputada Vocal (Rúbrica)

José Luis Salas Torres

Diputado Vocal (Rúbrica)

Robinson Uscanga Cruz

Diputado Vocal (Rúbrica)

Cirina Apodaca Quiñones

Diputada Vocal (Rúbrica)

Joaquín Rosendo Guzmán Avilés

Diputado Vocal (Rúbrica)

COMISIÓN ESPECIAL PARA EL OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA Y DIPLOMA ADOLFO RUIZ CORTINES Dictamen Honorable Asamblea: La honorable LIX Legislatura del Congreso del estado, en su Tercera Sesión Ordinaria, celebrada el día 13 de noviembre del año en curso, conoció y aprobó la propuesta presentada por la Junta de Coordinación Política, referente al nombramiento de la comisión especial de diputados, encargada de llevar a cabo los trabajos concernientes a la selección de la persona merecedora de la medalla

Gaceta Legislativa 24 Jueves 29 de noviembre de 2001

y diploma Adolfo Ruiz Cortines, que por disposición legal contenida en la Ley de Premios del Estado de Veracruz, el Congreso del estado concede anualmente a los veracruzanos que se han distinguido por sus acciones en la participación ciudadana.

En tal virtud, esta comisión especial que suscribe, previo estudio y análisis de las propuestas presentadas, en términos de lo dispuesto por los artículos 33 fracción XXXVI de la Constitución Política del estado; 20 fracción IV de la Ley de Premios del Estado de Veracruz; 38 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 42, 48 y 53 del Reglamento para el Gobierno Interior de este poder, emiten el dictamen correspondiente bajo las siguientes

C O N S I D E R A C I O N E S I. Habiendo quedado debidamente integrada

de manera plural la comisión especial, como lo señala el artículo 20 fracción I de la Ley de Premios del Estado de Veracruz, con los ciudadanos diputados Miguel Ángel Díaz Pedroza, presidente; Ángel Rafael Deschamps Falcón, secretario; Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, vocal; Claudia Serapio Francisco, vocal; José Luis Lobato Campos, vocal, y Alonso Domínguez Ferráez, suplente. Esta comisión procedió a formular la convocatoria para que las asociaciones civiles y culturales, clubes de servicios, sindicatos, agrupaciones y público en general, propusieran a los ciudadanos que consideraran merecedores de la medalla y diploma Adolfo Ruiz Cortines, de acuerdo a las bases previstas en la convocatoria publicada en los periódicos de mayor circulación en el estado, el día 23 de noviembre del año en curso.

II. Concluido el término de la convocatoria el día

28 de noviembre del presente año, la comisión especial de diputados, procedió de inmediato a efectuar el análisis de las propuestas, semblanzas y exposición de motivos que acompañaban a cada una de las mismas, procediendo a integrar la terna con los nombres de distinguidos ciudadanos veracruzanos. Lo anterior, en términos de lo preceptuado por la fracción III del artículo

20 de la Ley de Premios del Estado de Veracruz.

III. Por lo anteriormente expuesto y fundado, los diputados que integramos esta comisión especial, presentamos a esta asamblea, la siguiente terna, constituida por los ciudadanos:

Ciudadano licenciado Aureliano Hernández Palacios

Ciudadana doctora Lilia Berthely Jiménez

Ciudadano ingeniero César Luna Bauza

Para que sea el Pleno del honorable Congreso quien decida de entre ellas, a la persona que habrá de recibir tan alta distinción.

Anexando al presente dictamen las semblanzas de los ciudadanos propuestos. Dado en la sala de comisiones de la honorable LIX Legislatura del Congreso del estado de Veracruz-Llave, a los 28 días del mes de noviembre del año 2001. Por la Comisión Especial para el Otorgamiento de

la medalla y diploma Adolfo Ruiz Cortines

Miguel Ángel Díaz Pedroza Presidente (Rúbrica)

Ángel Rafael Deschamps Falcón

Secretario (Rúbrica)

Yazmín de los Ángeles Copete Zapot

Vocal (Rúbrica)

Claudia Serapio Francisco

Vocal (Rúbrica)

José Luis Lobato Campos

Vocal (Rúbrica)

Gaceta Legislativa 25 Jueves 29 de noviembre de 2001

• De la Junta de Coordinación Política, para

que se proceda a practicar auditoría financiera al honorable ayuntamiento de Oteapan, Veracruz.

• Pronunciamiento con proyecto de punto de

acuerdo, del ciudadano diputado Carlos Francisco Mora Domínguez, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, referente a los señalamientos establecidos en las carreteras, así como en las avenidas y calles de las zonas urbanas de los municipios del estado.

La Honorable LIX Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, en uso de la facultad que le confiere el artículo 85 del Reglamento Interior del Poder Legislativo, y en nombre del pueblo expide la siguiente

C O N V O C A T O R I A Primero. Se convoca a la LIX Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, a sesión solemne con motivo de la entrega de la medalla Adolfo Ruiz Cortines, a celebrarse el próximo día 3 de diciembre del año 2001, a las 12:00 horas. Segundo. La LIX Legislatura del Congreso del estado, en esta sesión solemne, exclusivamente se ocupará de los siguientes asuntos: 1. Designación de comisiones de cortesía para

recibir y conducir a los ciudadanos licenciados Miguel Alemán Velazco, gobernador del estado, y Raúl Iván Aguilar Maraboto, presidente del honorable Tribunal Superior de Justicia del estado, y a la persona

merecedora a la medalla Adolfo Ruiz Cortines.

2. Lectura del acuerdo por el que se otorga la medalla Adolfo Ruiz Cortines.

3. Entrega de la medalla Adolfo Ruiz Cortines.

4. Palabras de la persona merecedora de la medalla Adolfo Ruiz Cortines.

Tercero. Notifíquese esta convocatoria a los ciudadanos licenciados Miguel Alemán Velazco, gobernador constitucional del estado, y Raúl Iván Aguilar Maraboto, presidente del honorable Tribunal Superior de Justicia del estado, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Dada en la sala de sesiones de la honorable LIX Legislatura del Congreso del estado, en la ciudad de Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, a los 29 días del mes de noviembre de año 2001.

Alicia González Cerecedo Diputada Presidenta

(Rúbrica)

Guadalupe Velázquez Casanova Diputado Secretario

(Rúbrica)

• Exposición de pirograbado Pieles de los

Dioses, del maestro Abenamar Bacells Aguirre, la cual se llevará a cabo del 29 al 14 de noviembre del año 2001, en el Lobby del Congreso del estado.

CALENDARIO DE COMPARECENCIAS AUDITORIO SEBASTIÁN LERDO DE TEJADA, PALACIO

LEGISLATIVO

• Noviembre 30, 11:00 horas. Contraloría General, ante la Comisión Permanente de Hacienda Municipal.

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Gaceta Legislativa 26 Jueves 29 de noviembre de 2001

• Diciembre 3, 11:00 horas. Procuraduría General de Justicia , ante la Comisión Permanente de Seguridad Pública y Procuración de Justicia.

• Diciembre 4, 11:00 horas. Secretaría de

Comunicaciones, ante la Comisión Permanente de Comunicaciones.

• Diciembre 5, 11:00 horas. Secretaría de

Seguridad Pública, ante la Comisión Permanente de Seguridad Pública y Procuración de Justicia.

• Diciembre 7, 11:00 horas. Secretaría de

Finanzas y Planeación, ante la Comisión Permanente de Hacienda del Estado.

• Diciembre 10, 11:00 horas. Secretaría de

Gobierno, ante la Comisión Permanente de Gobernación.

Gaceta Legislativa 27 Jueves 29 de noviembre de 2001

MENSAJE

La Gaceta Legislativa es un órgano de información interna del Congreso del estado de Veracruz, con la que se comunicará, en la víspera de las sesiones de la H. LIX Legislatura, los asuntos que tratarán y debatirán los diputados durante los períodos de sesiones ordinarias, de las sesiones de la Diputación Permanente en los recesos del Congreso. Asimismo, se reportarán los asuntos a debatir en el caso de que se convoque a períodos de sesiones extraordinarias. En la Gaceta Legislativa se incluye el orden del día de las sesiones, los puntos de acuerdo de la Junta de Coordinación Política y de cualquier otro órgano del Congreso, así como los pronunciamientos de los grupos legislativos y de los diputados sin grupo. La Gaceta Legislativa informará de los eventos y actividades diversas que se realicen en el Palacio Legislativo, como son las comparecencias ante comisiones de los servidores públicos del Poder Ejecutivo, los programas culturales, conferencias y exposiciones. El contenido de los números hasta ahora publicados de la Gaceta Legislativa aparecerán en la página web del Congreso, la cual podrá ser consultada en la dirección de Internet siguiente: www. legisver.gob.mx. Ésta página se actualizará en la víspera de las sesiones.

DIRECTORIO

Gaceta Legislativa del Congreso del Estado de Veracruz-Llave . Coordinadores: Lic. César A. Moreno Collado

Lic. Jaime Arturo Sastré Buil

Junta de Coordinación Política

Dip. Ignacio González Rebolledo

Coordinador del Grupo Legislativo del PRI Presidente

Dip. Alfonso Vázquez Cuevas (PAN) Coordinador del Grupo Legislativo del PAN

Dip. Víctor Molina Dorantes Coordinador del Grupo Legislativo del PRD

Dip. Claudia Serapio Francisco

Del Partido del Trabajo

Dip. Alonso Domínguez Ferráez Del Partido Verde Ecologista de México

Dip. José Luis Lobato Campos Del Partido Convergencia por la Democracia

Congreso del Estado de Veracruz-Llave Mesa Directiva de la LIX Legislatura

Dip. Alicia González Cerecedo (PRI) Presidenta

Dip. Leticia del Carmen García Perea (PRD) Vicepresidenta

Dip. Guadalupe Velázquez Casanova (PRI) Secretario

Secretaría de Servicios Legislativos Lic. Ignacio Altamirano Marín

Secretaría General Lic. Francisco Loyo Ramos