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G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Resolución Número: Buenos Aires, Referencia: Incuba Tecnología Llamado a Concurso Sedes VISTO: La Ley N° 5.460, los Decretos Nros. 2/GCBA/10, 363/ GCBA /15, 141/ GCBA /16 y sus modificatorios, la Resolución N° 425/GCABA/MDEGC/2012 y el Expediente Electrónico Nº 2016-19869460-DGEMPR, y CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que, el Decreto 141/GCBA/16 modificó la denominación de la Subsecretaría de Economía Creativa, dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, la cual pasó a denominarse Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior, determinando entre sus responsabilidades primarias la de “Entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, propiciando su internacionalización”; Que a través del Decreto N° 2/GCBA/10 se creó en el ámbito del entonces Ministerio de Desarrollo Económico el Concurso IncuBA, con el objetivo de generar, incentivar y fortalecer la creación y el desarrollo de proyectos relacionados con el diseño y la creatividad; Que el artículo 4° de la referida normativa estableció que dicho Ministerio tiene la facultad de designar a la Autoridad de Aplicación en atención a su estructura orgánico – funcional, y de aprobar los pliegos de Bases y Condiciones que establezcan las condiciones, etapas y procedimiento del Concurso; Que por la Resolución N°425/MDEGC/12, se designó a la entonces Subsecretaría de Desarrollo Económico, hoy Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior, dependiente del actual Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, como Autoridad de Aplicación del Concurso IncuBA; Que la Dirección General de Emprendedores, dependiente de la Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior, tiene entre sus responsabilidades primarias la de “Promover la creación y consolidación de nuevas empresas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de su incubación física en el ámbito de la Ciudad; Que, dado el éxito que ha tenido lugar en las diferentes ediciones del concurso “INCUBA”, es que se propicia llevar a cabo una nueva edición de dicho concurso, convocando emprendedores del sector tecnológico;

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G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Resolución

Número: Buenos Aires,

Referencia: Incuba Tecnología Llamado a Concurso Sedes

VISTO:

La Ley N° 5.460, los Decretos Nros. 2/GCBA/10, 363/ GCBA /15, 141/ GCBA /16 y sus modificatorios, laResolución N° 425/GCABA/MDEGC/2012 y el Expediente Electrónico Nº 2016-19869460-DGEMPR, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de BuenosAires, contemplándose al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;

Que, el Decreto 141/GCBA/16 modificó la denominación de la Subsecretaría de Economía Creativa,dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, la cual pasó a denominarseSubsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior, determinando entre sus responsabilidades primariasla de “Entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en laCiudad Autónoma de Buenos Aires, propiciando su internacionalización”;

Que a través del Decreto N° 2/GCBA/10 se creó en el ámbito del entonces Ministerio de DesarrolloEconómico el Concurso IncuBA, con el objetivo de generar, incentivar y fortalecer la creación y eldesarrollo de proyectos relacionados con el diseño y la creatividad;

Que el artículo 4° de la referida normativa estableció que dicho Ministerio tiene la facultad de designar a laAutoridad de Aplicación en atención a su estructura orgánico – funcional, y de aprobar los pliegos de Basesy Condiciones que establezcan las condiciones, etapas y procedimiento del Concurso;

Que por la Resolución N°425/MDEGC/12, se designó a la entonces Subsecretaría de DesarrolloEconómico, hoy Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior, dependiente del actualMinisterio de Modernización, Innovación y Tecnología, como Autoridad de Aplicación del ConcursoIncuBA;

Que la Dirección General de Emprendedores, dependiente de la Subsecretaría de Economía Creativa yComercio Exterior, tiene entre sus responsabilidades primarias la de “Promover la creación y consolidaciónde nuevas empresas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de su incubación física en el ámbitode la Ciudad;

Que, dado el éxito que ha tenido lugar en las diferentes ediciones del concurso “INCUBA”, es que sepropicia llevar a cabo una nueva edición de dicho concurso, convocando emprendedores del sectortecnológico;

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Que, con la finalidad de llevar a cabo los objetivos propuestos por esta Subsecretaría resulta necesarioconvocar a empresas del ecosistema emprendedor, con antecedentes y capacidades técnicas con el objetivode continuar fortaleciendo un programa de capacitación que brinde a los emprendedores herramientasesenciales para el desarrollo de habilidades emprendedoras: metodologías ágiles para la resolución deproblemas y habilidades interpersonales;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención deconformidad con lo establecido en la ley 1.218 (texto consolidado por Ley 5454).

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARIA ECONOMIA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE

Artículo 1º.- Convócase a empresas del Distrito Tecnológico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aparticipar del concurso “IncuBA Tecnológico”, en el marco del Decreto N° 2/GCABA/10 y la ResoluciónN° 425/MDE/12.

Artículo 2º- Apruébanse las bases y condiciones del presente concurso que se identifican como, Anexo I“Bases y Condiciones” (IF-2016-22950459-SSECYCE); Anexo II “Formulario de Presentación dePropuesta” (IF- 2016- 22882004-SSECYCE); Anexo III “Declaración Jurada” (IF-2016-22882114-SSECYCE); Anexo IV “Acta Acuerdo” (IF-2016-22882149-SSECYCE).

Artículo 3º.- Establécese que todas las presentaciones de las empresas interesadas en ser sedes delprograma IncuBA Tecnológico, deberán realizarse a través del aplicativo para presentación de proyectosonline a través de http://www.buenosaires.gob.ar/innovacion/emprendedores/incuba-tecnologico,ingresando a la sección correspondiente al programa, de acuerdo a lo estipulado en la presente Resolución,desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, hasta las 23:59 horas deldía miércoles 16 de Noviembre de 2016.

Artículo 4º.- Establécese que las presentaciones que deban realizarse, de acuerdo a la metodología delconcurso, podrán realizarse en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Emprendedores, sita en lacalle Algarrobo Nº 1041 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 11 a 15 hs.

Artículo 5º.- Establécese que se seleccionarán hasta 20 empresas, cantidad que podrá ser ampliada por estaAutoridad de Aplicación en función de las propuestas recibidas y las necesidades del Programa; las cualesdeberán poner a disposición de los emprendedores infraestructura física y tecnológica para llevar a cabo lasactividades previstas en el Programa “IncuBA Tecnológico”.

Artículo 6°.- Determínase que esta Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior, en su carácterde Autoridad de Aplicación, tendrá a su cargo:

a) Seleccionar los inmuebles que funcionarán como sedes para el Programa “Incuba Tecnológico”.

b) Resolver cuestiones no previstas en las Bases y Condiciones.

c) Suscribir la “Carta Compromiso” con los propietarios de los inmuebles elegidos.

d) Resolver y/o rescindir y/o modificar las condiciones pactadas con quienes resulten beneficiarios, en casode incumplimiento de los mismos, a propuesta de la Unidad Ejecutora.

Artículo 7°.- Desígnase a la Dirección General Emprendedores como Unidad Ejecutora del presentePrograma, la cual tendrá a su cargo:

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a) Verificar el cumplimiento de los objetivos del Concurso y del Programa.

b) Elevar a consideración de la Autoridad de Aplicación un informe con aquellos inmuebles que cumplancon los requisitos detallados en las Bases y Condiciones que sean aptos para ser utilizados como sedes.

c) Rechazar la presentación de aquellas empresas que desarrollen una actividad que no cumpla con losobjetivos y condiciones establecidos en las Bases y Condiciones.

d) Ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que las empresas asuman en las actasacuerdo.

e) Informar a la Autoridad de Aplicación sobre el seguimiento del concurso y del programa, conforme lasBases y Condiciones que como Anexo I forman parte de esta Resolución.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y pase para suconocimiento y demás efectos, a la Dirección General Emprendedores dependiente de esta Subsecretaría ya la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación yTecnología. Cumplido, archívese.

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G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Informe

Número: Buenos Aires,

Referencia: Anexo I - BByCC SEDES

ANEXO I

BASES Y CONDICIONES INCUBA TECNOLÓGICO - CONVOCATORIA DE SEDES

1 -Llamado a concurso

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Subsecretaría Economía Creativa yComercio Exterior, en adelante “La Autoridad de Aplicación”, convoca a empresas con base Tecnológicaradicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con oficina en el Distrito Tecnológico, a postularsecomo Sede de Incubación del programa IncuBA Tecnológico.

Se seleccionarán hasta 20 empresas designadas como Sede de Incubación del programa IncuBATecnológico.

El Concurso se regirá por lo establecido en la presente Resolución y sus Anexos, en adelante “Bases yCondiciones”.

Objetivo General

La presente iniciativa tiene por objeto impulsar al emprendedor como agente de cambio y difundir valoresemprendedores, todo ello en el marco del Programa “IncuBA Tecnológico”.

A tal efecto se seleccionarán empresas, entidades y participantes activos de la comunidad emprendedora yque, por lo tanto, puedan colaborar a insertar a los participantes en el ecosistema emprendedor.

Estas empresas deberán poner a disposición la infraestructura física y tecnológica para la realización de lasactividades previstas en la descripción de la plataforma “IncuBA Tecnológico”.

3 - Perfil requerido de las sedes.

3.1 DE LAS EMPRESAS.

Las entidades interesadas en participar, en el marco del presente, deberán disponer de infraestructuranecesaria, y experiencia en el trabajo con emprendedores, para el exitoso desarrollo de las actividades delmismo descriptas en estas Bases y Condiciones.

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La disponibilidad de la infraestructura necesaria deberá ser debidamente acreditada, conforme el punto 3.2de las presentes Bases y Condiciones.

Las entidades deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos: - 3 puestos de trabajo juntosdestinados a incubar un emprendimiento de software o una oficina de 30mts destinado a incubar unemprendimiento de hardware

- un espacio cerrado para reuniones

- baño

- cocina

- Conectividad a internet estable

3.2 Documentación a presentar y datos a declarar

Los propietarios deberán presentar el formulario de presentación de propuesta junto con el título depropiedad del inmueble a funcionar como sede del programa IncuBA tecnológico, ubicado dentro delDistrito Tecnológico, y la descripción detallada y precisa de las características del inmueble en general y delsector afectado a incubar emprendimientos bajo el programa IncuBA Tecnológico (metros cuadrados,cantidad de pisos y ambientes, estado de conservación y mantenimiento, etc) y de la cantidad de espaciosde trabajos para emprendedores que el mismo contiene.

Asimismo, los postulantes deberán presentar fotos del inmueble, de la fachada, los baños, paredes, techos,pisos, etc.

En caso de tratarse de inmuebles sometidos a la propiedad horizontal, deberá presentar el reglamento decopropiedad y administración.

Asimismo deberá presentar el estatuto de la empresa o institución y documentación en donde se constate elcargo, la duración y la vigencia del mandato del responsable de la presentación, así como domicilio de laempresa o institución en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debidamente inscripto por ante laInspección General de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

3.3 De la selección de las empresas.

Las entidades deberán presentar la documentación exigida por las presentes Bases y Condiciones, ante laMesa de Entrada de la Dirección General Emprendedores, sita en la calle Algarrobo Nº 1041 en el horariode 11 a 15 horas. También, podrán realizarse a través del aplicativo para presentación de proyectos online a través dehttp://www.buenosaires.gob.ar/incuba, ingresando a la sección correspondiente al programa, de acuerdo a loestipulado en la presente Resolución. Las presentaciones deberán realizarse adjuntando la documentaciónsolicitada, en original, impreso en tamaño de hoja A4 y en soporte magnético (CD). En el soportemagnético (CD) se deberá agregar el scan de toda la presentación firmada, y de la documental en original. La totalidad de la documentación deberá ser firmada por el representante legal/apoderado de la EntidadConcursante debidamente acreditado, manifestando la vigencia del mandato. Sus hojas serán numeradascorrelativamente. Las enmiendas, interlineados y testaduras, deberán ser salvados en forma. No se admitirán solicitudes condicionadas o con omisiones, o con incumplimientos de los requisitosformales o defectos graves.

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4. Evaluación y selección de las empresas.

Una vez expirado el plazo establecido en el apartado anterior, las Entidades Concursantes serán evaluadaspor la Unidad Ejecutora. La evaluación se extenderá por un plazo máximo de siete (7) días hábilesadministrativos.

A efectos de la selección de las Entidades, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

1. Los antecedentes y experiencia en el trabajo con emprendedores.

2. Realizar el relevamiento de los inmuebles a través del personal técnico correspondiente.

3. La disponibilidad temporal de las instalaciones que la Entidad ofrece para realizar las acciones de laplataforma durante los doce (12) meses de incubación.

4. La posibilidad de llegar a segmentos de la población no cubiertos por los programas públicos y/oprivados tradicionales de asistencia a emprendedores.

5. La localización de la entidad y/o de la sede propuesta para el desarrollo debe ser en el DistritoTecnológico.

6. La pertinencia de la infraestructura física puesta a disposición para la realización de los objetivos de laplataforma.

7. Elevar a consideración de la Autoridad de Aplicación un informe con aquellos inmuebles que cumplancon los requisitos detallados en las Bases y Condiciones que sean aptos para ser utilizados como sedes.

Todas las reformas, reparaciones y/o refacciones que sean necesarias realizar en el inmueble a fin deacondicionarlo para su participación en el presente programa, correrán por cuenta de la empresa propietariay deberán estar finalizadas al 1° de noviembre. En caso de no estarlo para dicha fecha, se desestimará comoempresa sede y se elegirá a quien siga en el orden de mérito.

Se seleccionarán hasta un máximo de 20 entidades que hayan cumplimentado la totalidad de los requisitosestablecidos en las presentes Bases y Condiciones. El número máximo de entidades que resulteseleccionado, podrá ser ampliado por la Autoridad de Aplicación en función de las características de laspropuestas recibidas, las necesidades del programa.

La Autoridad de aplicación se reserva el derecho de vinculación entre los emprendedores ganadores y lassedes seleccionadas para el concurso.

5. Obligaciones y reservas.

5.1 OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES

Las Entidades se comprometen a distribuir y/o exhibir todo el material de difusión que, en el marco de lainiciativa, pudiera entregarles el GCABA, sin que ello implique un derecho a su favor.

Las Entidades se obligan a dar cumplimiento a todas las actividades proyectadas, en los términos delcompromiso asumido en el Anexo IV -Acta acuerdo Entidades – GCABA que a tal efecto suscribirán conel GCABA y de conformidad con la Resolución, estas Bases y Condiciones y los demás términos ycondiciones aplicables bajo la Convocatoria.

En el caso que la entidad decida renunciar como sede de incubación antes de la fecha de finalización del

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periodo de incubación, la misma se hará responsable de trasladar a los emprendimientos a otro espaciodentro de las empresas que forman parte del Distrito Tecnológico, garantizando que las misma cuente conoficina dentro del Distrito Tecnológico y cumpla con los requisitos mínimos para ser sede de incubación.Dicha decisión debe ser aprobada por la Autoridad de Aplicación.

Las entidades dispondrán de una persona que participará en carácter de miembro del Comité evaluador,involucrándose activamente en la Fase preselección y Fase 2 de la convocatoria de emprendedores.Entiéndase como Preselección al análisis del Plan de negocios presentado, y Fase 2 a instancia deEntrevistas.

5.2 RESERVAS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Solamente podrán ser seleccionadas las propuestas que, se ajustan a los requisitos establecidos en estasBases y Condiciones y cumplan con la totalidad de la información y documentación requerida en losformularios, que constituyen la única forma válida de presentación a fin de participar de esta convocatoria aConcurso.

La información y documentación contenida en las Propuestas presentadas a solicitud de la Autoridad deAplicación tendrán carácter de declaración jurada y serán confidenciales.

Cualquier incumplimiento de los términos y condiciones establecidas para el presente Concurso deEntidades, así como la omisión o falseamiento de los datos consignados, dará lugar a la desestimación de laPropuesta presentada por la Entidad Concursante.

La participación en esta Convocatoria supone el conocimiento y aceptación de todos términos y condicionesestipulados en estas Bases y Condiciones.

La presentación de una solicitud por parte del concursante y su recepción no implicará ni podrá serinterpretada como la asunción de obligación alguna por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires y/o la Autoridad de Aplicación.

Los gastos en que incurran las entidades con motivo de la preparación y presentación de sus solicitudes, asícomo los gastos incurridos por los concursantes durante todo desarrollo del Concurso serán por su única yexclusiva cuenta.

La presentación de solicitudes por los concursantes implicará el reconocimiento pleno y la aceptación de laspresentes Bases y Condiciones y que han tenido acceso pleno e incondicionado a toda la informaciónnecesaria para preparar correctamente la solicitud, y que la confección y presentación de la misma se basóexclusivamente en su propia investigación, verificación y evaluación, renunciando en forma expresa aformular reclamos.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá dar a publicidad aspectos generales de lasexperiencias de trabajo realizadas en el marco del presente concurso.

6. Responsabilidad

Los participantes del concurso se obligan a mantener indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires ante cualquier reclamo, acción judicial o demanda que sea entablada por cualquier tercero osus dependientes, en virtud de acciones u omisiones operadas durante la ejecución del presente Concurso.No podrá exigir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires compensación de ninguna naturalezacon causa en el presente Concurso, siendo de exclusiva responsabilidad de los participantes las obligacioneslegales, contractuales o extracontractuales que su participación le pudiera ocasionar.

7. Derechos

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La aceptación de las presentes bases implica el consentimiento de las entidades postuladas para que elGobierno de la Ciudad de Buenos Aires utilice sus datos, así como de su propia imagen (fotografía ovideo), para la realización de cualquier actividad publicitaria, promocional o de marketing relacionada conla presente promoción y testimonial de ganadores.

El participante declara conocer los términos de la normativa que regula la presente Convocatoria y a su vezexpresa conformidad con lo estipulado en ella.

El participante declara que los datos insertos en el formulario son auténticos, constituyendo dichodocumento carácter de declaración jurada.

El participante es el único responsable por reclamos, de cualquier naturaleza que pudieran hacerse sobre losemprendimientos, en relación a la propiedad intelectual de los mismos.

8. Cláusula Anticorrupción

Será causal determinante del rechazo sin más trámite del emprendimiento, dar u ofrecer dinero o cualquierdádiva a fin de que un funcionario o empleado del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, haga o deje dehacer algo relativo a sus funciones, como así también ejerza influencia en otro funcionario o empleado, paraque haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones. Serán considerados sujetos activos de esta conductaquienes hayan cometido tales actos, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios,gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física ojurídica. Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubiesen realizado engrado de tentativa.

9. Impedimentos para participar

No podrán ser aceptados como participantes quienes:

a) Se encuentren comprometidos en alguna de las causales de incompatibilidad para contratar con elGobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

b) Registren condena por delito doloso.

c) Sean evasores o deudores morosos impositivos o previsionales o deudores morosos del Fisco Nacional ode Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por decisión judicial o administrativa firme. Lospostulantes deberán acompañar una declaración jurada en la que manifiesten no hallarse incursos enninguna de las circunstancias señaladas precedentemente.

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Informe

Número: Buenos Aires,

Referencia: Anexo II - SEDES

ANEXO II

FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

A. DATOS DE LA ENTIDAD

1. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA ENTIDAD

________________________________________________________________________________________

2. DOMICILIO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES- DOMICILIOCONSTITUIDO. (calle, número, piso, código postal ) :

_____________________________________________________________________________________

3. REPRESENTANTE LEGAL: nombre, cargo, DNI, TE, celular, email

Apellido: Nombre: Cargo: Tipo y Nº doc: Teléfono: Celular: E-Mail

B. CAPACIDADES DE LA ENTIDAD

1. INFRAESTRUCTURA Y OTROS RECURSOS (Indicar para cada rubro una descripción de los recursosdisponibles, adjuntar en anexo la información que considere relevante)

a) ¿La infraestructura que estará disponible para el desarrollo de las actividades es propia?SI____ NO____.

Si la respuesta es negativa especifique a qué Institución Pertenece aclarando dirección. (Debeadjuntar una nota firmada por el Representante legal, acreditando el carácter invocado con elinstrumento legal pertinente, en la cual la institución cedente manifiesta la conformidad debrindar el espacio para la realización de las actividades)

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b) Recursos edilicios e Infraestructura afectadas a la ejecución del emprendimiento. Indicarprincipales características (tamaño, comodidades, ubicación geográfica, entre otras)

c) Recursos Informáticos (incluir velocidad de upstream y downstream)

d) Recursos Mobiliarios:

e) Otros Recursos y/ o beneficios:

NOTA:

Adjuntar al presente formulario la siguiente documentación:

▪ Instrumento Legal constitutivo y el que acredite la representación Legal vigente y suficiente.

▪ Fotocopia del DNI del Representante Legal

▪ Declaración Jurada que certifique si la Entidad percibe o no subsidios del Gobierno de laCiudad de Buenos Aires, si tiene juicios o no contra el mismo y si alguno de sus miembros directivosocupa algún cargo como director o superior en el mencionado (Completar el Anexo DeclaraciónJurada)

▪ Título de propiedad de un inmueble ubicado dentro del Distrito Tecnológico

▪ Fotos del inmueble, de la fachada, los baños, paredes, techos, pisos, etc. y del sector afectado aldesarrollo del emprendimiento.

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Informe

Número: Buenos Aires,

Referencia: Anexo III - SEDES

ANEXO III

DECLARACIÓN JURADA

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL:

Apellido y Nombre:

Tipo y Número de DNI:

Nombre de la Organización:

En mi carácter de representante legal de la organización mencionada, declaro bajo juramento que la misma:

Posee juicios contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Indicar SI o NO según corresponda

En caso afirmativo detallar. Indicando la jurisdicción o Ministerio correspondiente y el importe recibido encada caso (o equivalente).

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Ha recibido desde el 2008 hasta el presente subsidios o aportes otorgados por el Gobierno de la Ciudad deBuenos Aires. Indicar SI o NO según corresponda.

En caso afirmativo detallar:

Algún miembro de la comisión directiva de la institución o el representante Legal ocupa un cargo deDirector General o superior en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Indicar SI o NO segúncorresponda.

DECLARO bajo juramento que todos los datos y manifestaciones efectuadas corresponden a quien suscribey a la organización que represento, son exactos y verdaderos y que he confeccionado esta declaración sinomitirlos no falsearlos.

La falsedad de cualquiera de los datos consignados en esta declaración jurada, serán penados por lo quedeterminen las normas vigentes.

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Informe

Número: Buenos Aires,

Referencia: Anexo IV - SEDES

ANEXO IV

ACTA ACUERDO

En la Ciudad de Buenos Aires, a los…. días del mes de mayo de 2016, entre:

(i) La Subsecretaría de Economía Creativas y Comercio Exterior, representada en este acto porel señora Silvia Torres Carbonel de Sioli, DNI Nº xxx, con domicilio en la calle Algarrobo Nº 1041,Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante la “Subsecretaría”;

(ii) ……………………………., representada en este acto por ………………………. DNI N°……………………………… en su carácter de …………….., con domicilio en…………………………….., en adelante la “Entidad”, y en forma conjunta con la Subsecretaría, las“Partes”, manifiestan:

ANTECEDENTES:

Que, mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de BuenosAires contemplándose al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología.

Que, el Decreto 141/16 modificó la denominación de la Subsecretaría de Economía Creativa del Ministeriode Modernización, Innovación y Tecnología, la cual pasó a denominarse Subsecretaría Economía Creativa yComercio Exterior, determinando como responsabilidades primarias entre otras, entender en los planes,programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de BuenosAires, propiciando su internacionalización.

Que a través del Decreto N° 2/10 se creó en el ámbito del entonces Ministerio de Desarrollo Económico, elConcurso IncuBA, con el objetivo de generar, incentivar y fortalecer la creación y el desarrollo deproyectos relacionados con el diseño y la creatividad.

Que el artículo 4° de la referida normativa estableció que dicho Ministerio tiene la facultad de designar a laAutoridad de Aplicación en atención a su estructura orgánico – funcional, y de aprobar los pliegos de Bases

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y Condiciones que establezcan las condiciones, etapas y procedimiento del Concurso;

Que por la Resolución N°425/MDEGC/12, se designó a la entonces Subsecretaría de DesarrolloEconómico, hoy Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior, dependiente del actualMinisterio de Modernización, Innovación y Tecnología, como Autoridad de Aplicación del ConcursoIncuBA;

Que dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección General de Emprendedores, asignadas por elDecreto Nº 141/16, tiene la de promover la creación y consolidación de nuevas empresas en la CiudadAutónoma de Buenos Aires, a través de su incubación física en el ámbito de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires.

Que, con la finalidad de llevar a cabo los objetivos propuestos por esta Subsecretaría resulta necesarioconvocar a empresas del ecosistema emprendedor, con antecedentes y capacidades técnicas con el objetivode continuar fortaleciendo un programa de capacitación que brinde a los emprendedores herramientasesenciales para el desarrollo de habilidades emprendedoras: metodologías ágiles para la resolución deproblemas y habilidades interpersonales.

Que mediante la presente Resolución se aprobó las Bases y Condiciones para convocar a empresas delecosistema emprendedor radicadas en el Distrito Tecnológico a participar de la “Convocatoria de sedespara el Programa IncuBA Tecnológico”, a desarrollarse entre los días 6 de octubre y 16 de noviembre de2016.

CLÁUSULAS:

PRIMERA: La Entidad pone de forma gratuita a disposición del Gobierno de la Ciudad el uso delinmueble sito en ……………………………………...., a fin de que se instalen emprendedores que seanseleccionados a través de la convocatoria incluida en al presente resolución, contados a partir del día 2 deenero de 2017 ----

SEGUNDA: La Entidad será la encargada de gestionar las habilitaciones, permisos, autorizaciones y/oseguros necesarios, a fin de cumplir con la normativa vigente. --------

TERCERA: La Subsecretaría será la encargada de la organización y convocatoria de aquellosemprendedores que se instalarán en el inmueble referido en la cláusula PRIMERA, participantes delPrograma Incuba Tecnológico. La Subsecretaría será la única que determinará el contenido de lasactividades que se desarrollarán en el espacio puesto a disposición.

Los emprendedores seleccionados serán los encargados de elegir la sede en la cual desean instalarse durante12 meses para realizar su proceso de incubación. Dicha elección la realizarán de acuerdo al órden de méritoen el que resultaron elegidos en la Fase 3.

CUARTA: El pago correspondiente a los gastos de mantenimiento, limpieza, expensas y servicios propioscomo luz y teléfono, e internet, derivados del uso del espacio, estarán a cargo de la Entidad, durante elplazo de vigencia del presente Programa. ----

QUINTA: La Subsecretaría tiene el más amplio derecho de inspeccionar el inmueble objeto del presenteconvenio.---------

SEXTA: La Entidad se compromete a ofrecer a los emprendedores que se instalen en el inmueble, el usode un espacio físico por el periodo de 12 meses, tres escritorio y tres sillas por cada emprendimiento desoftware incubado, un espacio de uso común para la realización de reuniones y/o videoconferencias,servicio de internet necesario para el funcionamiento y desarrollo del/los emprendimientos incubados.--------------------

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SÉPTIMA: Los emprendedores deberán hacer entrega a la Subsecretaría Economía Creativa y ComercioExterior, de la documentación que certifique la vigencia de los contratos de seguros de accidentespersonales durante el período de incubación concedido, para todos los miembros del equipo que vayan adesarrollar tareas en dicho espacio; así como también el seguro por robo, sobre todo del mobiliario yequipamiento propio que vaya a tener en las instalaciones de la sede de incubación seleccionada en lapresente convocatoria, durante el período de incubación concedido.

OCTAVA: Las Partes se comprometen a brindar la colaboración necesaria para implementar lasactividades que se encuadren dentro de los lineamientos establecidos en el presente Programa.-----------------------------------------------------------

NOVENA: Las entidades dispondrán de una persona que participará en carácter de miembro del Comitéevaluador, involucrándose activamente en la Fase preselección y Fase 2 de la convocatoria deemprendedores. Entiéndase como Preselección al análisis del Plan de negocios presentado, y Fase 2 ainstancia de Entrevistas. Para tal fin, la entidad propone una persona titular y una suplente a la fecha de lafirma de la presente Acta Acuerdo. -------------------------------------

DECIMA: La Entidad se obliga a mantener indemne al Gobierno ante cualquier reclamo, acción judicial odemanda que sea entablada por cualquier tercero o sus dependientes en virtud de acciones u omisiones desarrolladas bajo el presente Programa. La Entidad no podrá exigir al Gobierno compensación de ningunanaturaleza con causa en el presente Programa, siendo exclusiva responsable por las obligaciones legales,contractuales o extra-contractuales que su participación le pudiera ocasionar.-------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMO PRIMERA: En caso de rescisión unilateral anticipada por la Entidad deberá responsabilizarsepor el traslado de los emprendimientos a otro espacio dentro de las empresas que forman parte del DistritoTecnológico, garantizando que las misma cuente con con oficina dentro del Distrito Tecnológico y cumplacon los requisitos mínimos para ser sede de incubación. Dicha decisión debe ser aprobada por la Autoridadde Aplicación. -----------------------------------------------------------

DÉCIMO SEGUNDA: En el caso en que el emprendedor incumpliera con los compromisos asumidos o sedetectare que hubiera falseado información, la Autoridad de Aplicación podrá exigir el inmediato desalojodel espacio que el mismo y su equipo ocupen en las instalaciones de la sede en la que desarrolla su procesode incubación.-

DÉCIMO TERCERA: Si por razones de fuerza mayor o por incumplimiento de sus obligaciones unemprendimiento finalizara su incubación con anterioridad al plazo acordado, la Autoridad de Aplicaciónpodrá evaluar la posibilidad de proponer su reemplazo por el primer emprendimiento que hubiera obtenidomayor puntaje y no hubiera sido seleccionado en la última fase. Dicho reemplazo se realizará siempre queel programa se encuentre dentro de los 6 meses iniciales de ejecución.---------------------

DÉCIMO CUARTA: La empresa sede tiene la facultad de denunciar ante la SSECYCE y solicitar eldesalojo del/los emprendedores en caso de incumplimiento del reglamento interno de la empresa sede o pormala conducta de los mismos.--------------

DÉCIMO QUINTA: La Propiedad intelectual de los servicios y productos que desarrollen losemprendedores bajo el marco del programa incuba durante el periodo de incubación dentro de las empresassede, corresponden exclusivamente a dichos emprendedores. ---------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMO SEXTA: La Autoridad de aplicación se reserva el derecho de vinculación entre losemprendedores ganadores y las sedes seleccionadas para el concurso.--------

DÉCIMO SÉPTIMA: En caso de controversia, diferencias de interpretación o incumplimiento de lascláusulas del presente Acta Acuerdo, las Partes se comprometen a solucionar amigablemente sus

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diferencias a través de sus representantes institucionales y técnicos. En caso de no ser posible arribar a unacuerdo y a todos los efectos del presente Convenio las Partes acuerdan someterse a la competencia de losTribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires. ----------------------------------------------------------------------------------

A los fines de ser tenidas por válidas las comunicaciones emergentes del presente Acta Acuerdo, las Partesconstituyen los siguientes domicilios del encabezado y para notificaciones judiciales, la Subsecretaría,constituye domicilio en la calle Uruguay N° 458 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ProcuraciónGeneral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento de Cédulas y Oficios Judiciales, enatención a lo dispuesto por el Decreto 804-GCABA-09 (BOCBA 3258), conforme Ley Nº 1.218 yResolución N° 77/PG/06.-------------------------------------------------------------------

En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la CiudadAutónoma de Buenos Aires, a los ___días del mes de XXX del año 2016.---------------------------------------------------------------------------------