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COSTA RICA onitoreo Global de las acciones en contra de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes Informe de

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COSTA RICA onitoreo Global

de las acciones en contra de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes

Informe

de

Esta publicación contó con la asistencia económica de la Agencia Sueca de Cooperación Internacional para el Desarrollo (SIDA) y del Ministerio de Relaciones Exteriores del Gran Ducado de Luxemburgo, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia, Groupe Développement y ECPAT Luxemburgo. Las opiniones aquí expresadas reflejan solamente el punto de vista de ECPAT International y no constituyen la opinión oficial de SIDA, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Gran Ducado de Luxemburgo o del Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia.

Se permite reproducir libre y parcialmente la información de esta publicación, siempre y cuando se cite debidamente la fuente y a ECPAT International.

Derechos reservados © 2006, ECPAT International

Diseño de Manida Naebklang

Impreso por Saladaeng Printing Co.Ltd.

(Eliminemos la prostitución, la pornografía y la trata con propósitos sexuales de niños, niñas y adolescentes)328 Phayathai Road, Bangkok 10400, [email protected]

Glosario 4

Prefacio 6

Metodología 8

CostaRica:Introducción 11

PlandeAcciónNacional 12

CoordinaciónyCooperación 13

Prevención 15Protección 18

AccionesPrioritarias 24

Referencias 26

Contenidos

ACNUR:AltoComisionadodelasNacionesUnidasparalosRefugiadosBID:BancoInteramericanodeDesarrolloCDN:ConvencióndelasNacionesUnidassobrelosDerechosdelNiñoCódigo de Conducta:CódigoparalasempresasdeviajesyturismoquepresentalineamientosrespectodecómoprotegeralosniñosdelaexplotaciónsexualCybercafé: CaféconserviciodeInternetDNI:DefensadelosNiñosInternacionalECPAT:Reddeorganizacionestrabajandoparalaeliminacióndelaexplotaciónsexualcomercialdeniños,niñasyadolescentesESC:ExplotaciónsexualcomercialESCNNA:Laexplotaciónsexualcomercialdeniños,niñasyadolescentesconsisteenprácticasdelictivasquedegradanyamenazanlaintegridadfísicaypsico-socialdelosniños.ExistentresformasprincipaleseinterrelacionadasdeESCNNA:laprostitución,lapornografíaylatrataconfinessexuales.Laexplotaciónsexualcomercialdeniños,niñasyadolescentesincluyeelabusosexualporpartedeladultoyunaremuneraciónendinerooespecieparaelniñooparauntercerooterceros.ETS:EnfermedaddetransmisiónsexualGrooming:PreparacióndeunniñoparaelabusoylaexplotaciónsexualINHOPE:AsociacióninternacionaldelíneasdedenunciasdeInternetIIN:InstitutoInteramericanodelNiñoInterpol:OrganizaciónInternacionaldePolicíaCriminalIRC:InternetRelayChatISP:ProveedordeserviciodeInternetIT:TecnologíadelainformaciónMERCOSUR: MercadoComúndelConoSurNNA: Niños,niñasyadolescentesOACDH:OficinadelAltoComisionadodelasNacionesUnidasparalosDerechosHumanos

Glosario

ODHIR: OficinaparalasInstitucionesDemocráticasylosDerechosHumanosOEA:OrganizacióndeEstadosAmericanosOIM: OrganizaciónInternacionalparalasMigracionesOIT-IPEC:ProgramaInternacionalparalaErradicacióndelTrabajoInfantildelaOrganizaciónInternacionaldelTrabajoOIT: OrganizaciónInternacionaldelTrabajoOMS:OrganizaciónMundialdelaSaludOMT: OrganizaciónMundialdelTurismoONG:OrganizaciónnogubernamentalONU: OrganizacióndelasNacionesUnidasPAN:PlandeAcciónNacionalPNUD: ProgramadelasNacionesUnidasparaelDesarrolloProtocolo contra la Trata:ProtocolodelaConvencióndeNacionesUnidascontralaDelincuenciaOrganizadaTransnacionalparaprevenir,reprimirysancionarlatratadepersonas,especialmentemujeresyniñosProtocolo Facultativo:ProtocoloFacultativodelaConvencióndelosDerechosdelNiñorelativoalaventadeniños,laprostitucióninfantilylautilizacióndeniñosenlapornografíaSIDA: SíndromedeInmuno-DeficienciaAdquiridaTIC: TecnologíasdelainformaciónylacomunicaciónTSN: Turismosexualconniños,esdecir,laexplotaciónsexualcomercialdeniños,niñasyadolescentesporpartedehombresomujeresqueviajandeunlugaraotro,normalmentedesdeunpaísmásricoaunomenosdesarrollado,donderealizanactossexualesconniños,definidoscomotodapersonamenorde18años.UNICEF:FondodelasNacionesUnidasparalaInfanciaUNICRI:InstitutoInterregionaldelasNacionesUnidasparaInvestigacionessobrelaDelincuenciaylaJusticiaUSAID:AgenciadelosEstadosUnidosparaelDesarrolloInternacionalVIH:VirusdeInmunodeficienciaHumana

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HantranscurridodiezañosdesdequeenEstocolmo,Suecia,secelebraraelPrimerCongresoMundialcontralaExplotaciónSexualComercialdeNiños,NiñasyAdolescentes(ESCNNA).ElCongresodeEstocolmode1996fueunhito,untestimonioqueconvencióalmundodeque en todas las naciones, más allá de las diferencias culturales o la ubicación geográfica,existen niños que son víctimas de explotación sexual comercial. El Congreso manifestó elprimerreconocimientopúblicoporpartedelosgobiernosdelaexistenciadelaESCNNA,ytuvocomoresultadouncompromisomundialconlaDeclaraciónyAgendaparalaAcción,adoptadaformalmentepor122gobiernoscomoguíasobrelasmedidasespecíficasquedebentomarseparacombatiresteproblema.

Desde1996,muchosgobiernosyorganizacionesdelmundohanconcentradosusesfuerzosenestaAgendaparalaAcciónymásactoressocialessehaninvolucradoparaaseguraruncambiopositivoparalosniñosyparaprotegersuderechoavivirlibresdelaexplotaciónsexual.Estaampliaalianza(fortalecidaporunSegundoCongresoMundialllevadoacaboenYokohamaen2001,duranteelcuallacantidaddepaísesqueadoptaronlaAgendaparalaAcciónllegóa159,cifraquedesdeentoncessehaincrementadoa161)halogradomejorarlaprotecciónde losniñoscontra la explotación sexual comercial.Sinembargo, la creciente sofisticaciónydisponibilidadderecursosconquecuentanquienesbuscanexplotara losniñostambiénsehanincrementadoyresponderaestosdesafíosharequeridountrabajomáscoordinadoyespecíficoparaevitarunretroceso.

La experiencia demuestra que el nivel de responsabilidad y el papel de un gobierno en elestablecimientoyladefensadeestándaresdeprotección,comoelliderazgodesunaciónparaprotegerlosderechosdelosniños,determinalanaturaleza,lacantidadylacalidaddeloqueelpaíslograhacerporsusniñosatravésdegeneraciones.Losgobiernospuedenacelerar,ydehechoaceleranelprogresoparalaimplementacióndelaAgendaparalaAcción,amenudomediante laaperturadecanalesnuevose importantesparadichotrabajo.Noobstante,susaccionesnohansidouniformesy,comoatestiguanlosperfilesdeestospaíses,esnecesario

Prefacio

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realizaruntrabajomásurgenteparaprotegeralosniñosdeviolacionestanatroces,queaúnsonperpetradasconimpunidadenmuchospaíses.

Este informe se concentra en establecerunabase inicialde información sobre las accionesrealizadas y las brechas existentes en el abordaje de la ESCNNA en cada país, dentro delmarcode laAgendapara laAcción,quenospermitamedirmás sistemáticamente elniveldecumplimientoconestecompromiso.Tambiéntienecomopropósitocontribuira otrosmecanismosnacionaleseinternacionalesqueexistenparaprotegerlosderechosdelniño,comolaConvenciónSobrelosDerechosdelNiñoyelProtocoloFacultativorelativoalaventadeniños,laprostitucióninfantilylautilizacióndelosniñosenlapornografía,yasífortalecerlaimplementacióndeacción,atodonivel,contralaexplotaciónsexualcomercialdelaniñez.OtroobjetivoimportantedeesteInformeGlobaldeMonitoreo,esestimularelintercambiodeexperienciasyconocimientoentrelosdiferentespaísesyactoressociales,afindegenerarundiálogoquepuedapotenciarnuestrotrabajoencontradelaESCNNA.Mientrasquemuchosehalogradoenestosdiezaños,variossonlosvacíosqueaunquedan.Comoestosinformesclaramente ilustran, la implementación de la Agenda para la Acción es innegablementenecesaria,puesesimperiosalanecesidaddeunaacciónglobalparaprotegeralosniños,niñasyadolescentescontraestasviolaciones.

Esteproyectoeselfrutodeunacolaboraciónampliayglobal.ECPATInternationalquisieraagradeceratodosaquellosqueparticiparonenelproyectoyofrecieronsusaportes,especialmentea los grupos de ECPAT en los países examinados, a los expertos locales que brindaroninformaciónysusvaliosasopiniones,aotrasorganizacionesquecompartieronsusexperienciaseinformación,alpersonalyalosvoluntariosdelSecretariadodeEIyaquienesgenerosamentefinanciaronelproyecto(enelInformeRegionalencontraránagradecimientosmásextensos).Larealizacióndeesteproyectosólofueposiblegraciasasuapoyoysolidaridad.

CarmenMadriñánDirectoraEjecutiva,ECPATInternational

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La Agenda para la Acción contra la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas yAdolescentes ofrece un marco detallado y categorías de acciones que los gobiernos debenrealizarenasociaciónconorganizacionesdelasociedadcivilyotrosactorespertinentesparacombatirlosdelitosdeexplotaciónsexualcomercialdeniños,niñasyadolescentes.Engeneral,estasaccionesseconcentranen:1)Coordinaciónycooperación;2)Prevención;3)Protección;4)Recuperación,rehabilitaciónyreinserción;y5)Participacióndelaniñez.Porlotanto,laAgendaparalaAcciónesunaestructuraformalyrectorautilizadaporlosgobiernosquelahanadoptadoyqueestáncomprometidosconlaluchacontralaESCNNA.Enotraspalabras,laAgendaparalaAcciónestambiénelprincipalmarcorectorparainformarsobreelestadode la implementación de la Agenda, según se vio en el Congreso Mundial de 2001 y enlas reunionesde seguimiento llevadas a caboen2004y2005.De lamismamanera, se lahautilizadopara estructurar y guiar las investigaciones, los análisis y la preparaciónde lainformaciónpresentadaenestosinformessobreelestadodelaimplementacióndelaAgendaparalaAcciónenlosdistintospaíses.

EltrabajopreparatorioparaesteinformeimplicóunarevisióndelaliteraturadisponiblesobrelaexplotaciónsexualenrelaciónconcadaunodelospaísesenlosqueECPATestápresente.Seprepararonciertasherramientas,comounglosariodetalladodetérminosrelacionadosconlaESCNNA,literaturaexplicativasobretemasyconceptosmásdifícilesyunaguíasobrelasherramientasdeinvestigaciónmásimportantesrelacionadasconlaESCNNAparaayudaralosinvestigadoresensutrabajoyparaasegurarcoherenciaenlarecopilación,lainterpretaciónyelanálisisdelainformaciónprovenientededistintasfuentesypartesdelmundo.

Lasprimerasinvestigacionesrevelaronunafaltadeinformaciónenlasáreasderecuperación,rehabilitacióny reinserciónydeparticipaciónde laniñez.Tras importantesesfuerzosparareunirinformaciónsobreestasáreasparacadaunodelospaíses,sedecidióque,dadoqueesta

Metodología

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informaciónnoestabadisponibleentodosloscasos,losinformessóloseconcentraríanenlasáreasdelaAgendaparalaAcciónsobrelasquesepodíaobtenerinformaciónverificable.Porlotanto,losinformescubren:Coordinaciónycooperación;Prevención,yProtección;enloscasosenlosquehabíainformacióndisponiblesobrelasotrasdosáreas,fueincluidaenlapartedeesepaísespecíficooenelpanoramaregional.

Lainformacióndebasedelosinformesprovienedefuentessecundarias,incluyendoinformesdelosEstadospartealComitédelosDerechosdelNiño(CDN)einformesalternativosdelasONGs,estudiosdelosExpertosIndependientes,informacióndelasconsultasregionalespara el reciente Estudio de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra los Niños, asícomoinvestigacionesyestudiosdecamporealizadosporECPAT,ONGs,ONUyagenciasde gobierno. Esta información fue compilada, revisada y utilizada para producir informesprovisionales.Especialistasdenuestraorganizaciónyconsultoresrealizaronunprocesosimilarderevisiónparagenerarinformaciónsobreáreasespecíficasdelinforme,comolasecciónlegal.A pesar de esto, los investigadores encontraron frecuentemente una falta de información.Aunque las fuentes consultadas también incluyeron informesnopublicadose informesdecampoydecasodeECPATydeorganizacionescolaboradoras,muchospaísescarecíandeinformaciónactualizadaenáreasrelevantesaesteinforme.

Apesardeestaslimitaciones,suficienteinformaciónpudosercolectadaafindeproveerunpanoramageneraldelasituaciónencadapaís.Posteriormente,estosinformesprovisionalesfueron preparados y compartidos con grupos miembros de ECPAT, quienes brindaroninformacióndefuenteslocalesyanálisis(cuidandodecitaradecuadamente).Unavezrecibidosestosaportes,unaseriedepreguntasfuerongeneradasporelequipodeECPATInternational,lascualessirvieronparamotivardiscusionesmásafondo,atravésdeteleconferencias,conlosgruposECPATyespecialistasinvitadosporellos.Lainformacióndeestasentrevistasfue

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utilizada para finalizar los informes individuales. Estas consultas proveyeron de invaluableanálisissobrelasituacióndecadapaísytambiénsirvieroncomounmecanismoparatriangulary validar la información, ya que varios actores ofrecieron sus perspectivas y conocimientobasadoensutrabajodirecto.

ComosehamencionadoanteriormentelainformacióndecadainformedepaísestaorganizadaconformealaestructuradelaAgendaparalaAcción.Porlotanto,cadainformecontiene:(i) una perspectiva general de las principales manifestaciones de ESCNNA afectando elpaís; (ii)unanálisisde losPlanesdeAcciónNacionalesencontrade laESCNNAydesuimplementación (o ausencia); (iii) una perspectiva general y análisis de los esfuerzos decoordinación y cooperación realizadosdurante el periodo evaluado; (iv)panoramageneraly análisisde los esfuerzosdeprevención; (v)perspectiva general y análisisde los esfuerzosdeprotección, incluyendoinformacióndetalladasobre legislaciónnacionalrelacionadaa laESCNNA–verwww.epcat.netparamasdetalles-y(vi)accionesprioritariasrequeridas.

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COSTA RICA

Si bien Costa Rica muestra un nivel de desarrollo económico relativamente alto para la región centroamericana, la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes (ESCNNA) es un problema de reconocida existencia en el país. Dos vías de expresión de la ESCNNA preocupan principalmente a la sociedad costarricense: la ESCNNA asociada a viajes y turismo, conocida como turismo sexual infantil; y la trata de niñas, niños y adolescentes con fines de explotación sexual.

Informes del Departamento de Estado de los Estados Unidos y estudios nacionales de carácter cualitativo y exploratorio indican que Costa Rica es país de destino y tránsito de trata transnacional, y de origen de trata interna. En Costa Rica han sido identificados niños, niñas y adolescentes de otros países centroamericanos en situación de explotación sexual comercial, principalmente de Nicaragua y El Salvador, tanto como de países latinoamericanos y de fuera de la región.

Sobre la ocurrencia de casos de pornografía con niños, niñas y adolescentes existe poca información documentada. Sí se reportan algunos casos de producción y distribución de pornografía descubiertos en el país en los últimos años. El caso de una organización de pedófilos que utilizaban instalaciones de una universidad pública para cometer este delito, el cual fue juzgado y produjo la condena de cinco personas, es uno de los más notorios.

La información disponible indica que, en general, los 12 años es la edad promedio de inicio en la explotación sexual comercial en sus modalidades de relaciones sexuales remuneradas y trata con propósitos sexuales. La historia de vida de las víctimas revela un continuo de violencia y de vulneración de derechos a lo interno de sus familias, comunidades de origen e instituciones de referencia. La pobreza y la exclusión social emergen como factores de vulnerabilidad que subyacen a la utilización de personas menores de edad en este tipo de delitos, en tanto las víctimas provienen de familias de escasos recursos, donde prima el desempleo o el empleo informal. Un segmento importante de las víctimas presenta antecedentes de fuga de sus hogares y de ingreso a la mendicidad o al trabajo infantil en la vía pública, donde es mayor el riesgo a ser interceptadas por explotadores. Otras veces, especialmente en el caso de adolescentes entre 12 y 14 años, son sus parejas, generalmente

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hombres adultos jóvenes, quienes las incitan u obligan a vender su cuerpo para conseguir dinero o drogas.1

De acuerdo al Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Costa Rica, en el país se reconoce la existencia de la ESCNNA y ésta problemática ocupa un importante lugar en la agenda de discusión pública: discursos presidenciales, debates políticos, editoriales y reportajes periodísticos, investigación académica, foros, grupos organizados de discusión, entre otros. No obstante, las respuestas sociales y gubernamentales para enfrentar eficaz e integralmente el problema, aún se encuentran desarticuladas.2 Además, no existen en Costa Rica estadísticas fidedignas sobre ESCNNA. Todo esto se debe en parte a la falta de una definición unificada del problema, así como a la ausencia de indicadores y de registros, la falta de recursos y el bajo grado de denuncia de estos delitos a la justicia.3

Costa Rica participó del Primer Congreso sobre ESCNNA realizado en Estocolmo en 1996 y suscribió a la Declaración y Agenda para la Acción, compromiso que confirmó durante el Segundo Congreso Mundial contra la ESCNNA, realizado en Yokohama en el 2001.

PLAN DE ACCIÓN NACIONAL

Costa Rica presentó en el 2001, ante el II Congreso Mundial, un Plan de Acción Inmediata contra la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes.4 Debido a la carencia de recursos y políticas institucionales para su efectiva aplicación, el plan tuvo que ser replanteado para el periodo 2002-2006 con miras a definir acciones más viables, a corto y mediano plazo. En el proceso de reformulación de este plan participaron agencias gubernamentales, ONGs y agencias internacionales.5 Varias de las acciones previstas ya han sido implementadas o se encuentran en marcha, particularmente en el área de reforma legal e implementación de la legislación vigente, y en el de la prevención. Sin embargo, el plan no cuenta con asignación presupuestaria definida, ni se han implantado mecanismos efectivos para su monitoreo y evaluación.6 También se ha brindado poca atención a la asistencia, protección y rehabilitación de víctimas, y no se ha avanzado en generar las condiciones que permitan la participación juvenil en el enfrentamiento de la ESCNNA.

Diversos documentos que recogen políticas de Estado para el decenio 2000-2010, comprenden provisiones en relación a la lucha contra la ESCNNA, entre ellos, el Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006; el Plan Nacional de Seguridad Integral y Participación

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Ciudadana; el Plan Vida Nueva - Superación de la Pobreza y Desarrollo de las Capacidades Humanas; y el Plan Nacional contra la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes antes mencionado.7

A la fecha de este informe, la Fundación Paniamor reporta que la Comisión Nacional contra la Explotación Sexual Comercial (CONACOES), órgano encargado de asegurar el cumplimiento del Plan, está trabajando en el desarrollo de indicadores de cumplimiento del Plan, así como en la elaboración de objetivos operativos para el período 2006-2011.

COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN

Nivel Local y Nacional

Existen varios ejemplos de una efectiva y exitosa coordinación y cooperación de actores clave en la lucha contra la ESCNNA en Costa Rica. Cabe señalar que la mayoría ha sido desarrollada en torno a la prevención y a la protección legal, más que a nivel de atención de víctimas. Desde 1997 existe una Comisión Nacional contra la Explotación Sexual Comercial (CONACOES), integrada por instituciones públicas y privadas. OIT-IPEC y UNICEF participan en carácter de observadores. Está presidida por el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), institución rectora en materia de niñez y adolescencia y responsable de la protección especial; y mantiene reuniones regulares de sus miembros para dar seguimiento a la implementación del Plan de Acción Nacional contra la ESCNNA.

Según reporta el PANI, mediante sus 28 oficinas locales en todo el territorio nacional, la institución brinda atención a las personas menores de edad víctimas de ESCNNA detectadas en calle como resultado de su participación en los operativos que periódicamente organiza el Ministerio de Seguridad Pública.

Cabe destacar el trabajo de coordinación y apoyo con diferentes organizaciones no gubernamentales en muchas de las acciones que emprende la institución. Por ejemplo, mediante su programa “Prevención y Promoción de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes” se promueve la participación ciudadana en la garantía de los derechos de la niñez y adolescencia, por medio de la activación de las Juntas de Protección de la Niñez y la Adolescencia. Se han creado más de 40 Juntas de Protección.8

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El país también reporta una estrecha coordinación entre la Fiscalía de Delitos Sexuales de San José, el Ministerio de Seguridad Publica y el Organismo de Investigación Judicial, para la investigación de causa, allanamientos y comiso de evidencia para trámites judiciales.9

También, en el 2003 se creó una comisión de alto nivel como instancia del Poder Ejecutivo encargada de diseñar y poner en ejecución mecanismos efectivos para prevenir y denunciar actos que tiendan a la explotación sexual comercial y al abuso sexual de las personas menores de edad, como la pornografía infantil. La presidencia de dicho espacio correspondía al PANI. De acuerdo a organizaciones locales, no hay informes disponibles sobre las actividades generadas desde este espacio que, en todo caso, deja de operar al concluir el período gubernamental correspondiente.

Nivel Regional e Internacional

Costa Rica ha asumido un papel de liderazgo en promover la coordinación y colaboración entre actores clave para la lucha contra la ESCNNA a nivel regional, entendiendo que una perspectiva regional es necesaria para enfrentar efectivamente la trata y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes. Las exitosas estrategias preventivas implementadas en el país para luchar contra estas formas de explotación sexual son tomadas como insumo a manera de “buenas prácticas” por otros gobiernos de la región, a quienes Costa Rica brinda apoyo técnico.

Durante la XIX Reunión de la Organización Centroamericana de Directores de Migración (OCAM), realizada en el 2002, se recibió la propuesta de Costa Rica, denominada Establecimiento de una Base de Datos de las Direcciones de Migración de la Región sobre Alertas, Capturas e Impedimentos de Entrada y Salida por Delitos Relacionados con la Trata de Personas y la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes, y se acordó impulsar la incorporación de acciones específicas que ataquen directamente la ESCNNA y su inclusión en el Plan de Acción de la Conferencia Regional de Migración (CRM). En el 2005, la OCAM avaló oficialmente el uso del Manual de Normas y Procedimientos para Funcionarios de Migración y Policías de Frontera en Centroamérica: La Intervención con Niños, Niñas y Adolescentes en situación de Trata con Fines Sexuales, elaborado en el marco del proyecto regional ECPAT-UE-AI coordinado por Paniamor, para la capacitación del personal en todas las direcciones de inmigración de la región.

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En relación al turismo sexual, la “Consulta Regional para las Américas sobre la Protección de los Niños contra la Explotación Sexual en el Turismo” reforzó el compromiso y la intervención de actores claves públicos y privados del sector turismo, incluyendo a los ministerios de Turismo y de Relaciones Exteriores. Esta consulta fue celebrada en Costa Rica en el 2003 y organizada por la Organización Mundial de Turismo, en colaboración con el Instituto Costarricense de Turismo y el apoyo de la Unión Europea.

Igualmente, en mayo de 2004, Costa Rica fue anfitrión de la Reunión de Seguimiento del II Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de Niños para toda América Latina.10 Los delegados de los 23 países participantes firmaron una carta de peticiones dirigida a los Jefes de Estado y Presidentes de Gobierno, que fue presentada en la XIV Cumbre Iberoamericana realizada en noviembre de 2004 en Costa Rica.11

PREVENCIÓN

Varios sectores de la sociedad han participado en esfuerzos de concienciación respecto a la ESCNNA en sus múltiples modalidades. Se puede decir que como consecuencia, en el país existe un alto reconocimiento de la existencia de este problema y de la necesidad de tomar acciones para su enfrentamiento. Existen varios programas de capacitación sobre la ESCNNA enfocados a distintos sectores relevantes. Al mismo tiempo, esfuerzos de prevención han sido enormemente fortalecidos a través de campañas que advierten sobre la naturaleza criminal y dañina de la ESCNNA, y promueven la denuncia de clientes explotadores e intermediarios.

Coordinación regional para promover reformas legales a nivel nacional

OIT-IPEC, por medio del proyecto “Contribución a la Prevención y Eliminación de la Explotación Sexual Comercial de Personas Menores de Edad en Centroamérica, Panamá y República Dominicana” y ECPAT International por medio del proyecto “Fortalecimiento de la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes ante la Explotación Sexual Comercial en Centroamérica”, se unieron en el 2003 para organizar una reunión técnica que dio como fruto el documento Acuerdo para la Definición de Contenidos Básicos sobre la ESCNNA en las Legislaciones Penales de los Países de Centroamérica, Panamá y República Dominicana, así como para formular un programa de trabajo estratégico en apoyo a la incorporación de dichas reformas en cada uno de estos países. Actores clave del gobierno y de la sociedad civil de los diferentes países de la región asistieron a esta reunión, la cual brindó insumos clave para el avance en los procesos de reforma legal en los países involucrados.

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Es esencial lograr la participación de los medios de comunicación para cambiar actitudes negativas contra las víctimas de la ESCNNA e incrementar la concienciación sobre este tema.

El proyecto “Seguridad Infantil en Internet: Navegando sin Riesgo” fue iniciado a mediados del 2003. Esta campaña promociona la utilización de filtros para contribuir a que niñas y niños puedan ‘navegar’ seguros en Internet. Ejecutada por la Organización Defensa de Niñas y Niños Internacional y la Asociación Contra la Pornografía Infantil (ACPI, de España) contó con la participación del Ministerio de Educación Pública, el PANI y Radiográfica Costarricense (RACSA), empresa proveedora del servicio de Internet.12 RACSA envía correos masivos a sus usuarios, informando sobre las consecuencias que tiene el mal uso de la Internet en materia de pornografía de niños, niñas y adolescentes, y advirtiendo que RACSA posee la capacidad tecnológica para rastrear a quienes utilizan red cibernética para promover este delito, reportándolos a los entes competentes. El enlace creado entre RACSA-DNI-PANI facilita que se interpongan denuncias mediante sus páginas Web para canalizarlas a las autoridades pertinentes.13

En abril de 2004 se efectuó en el Aeropuerto Internacional Juan Santa María el lanzamiento de la campaña “Combate al Tráfico, a la Trata y a la Explotación Sexual Comercial de Personas Menores de Edad”, para lo cual la Dirección General de Migración y Extranjería colaboró con DNI y Save the Children Suecia. La campaña consta de banners, afiches, panfletos y libros de colorear para niños distribuidos en puestos fronterizos terrestres, aéreos y marítimos.14

En el marco de un proyecto llevado a cabo entre ECPAT International y el Instituto Interregional para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia (UNICRI), la

Semillas de Esperanza

El proyecto “Semillas de Esperanza”, que desarrolla Defensa de Niñas y Niños Internacional (DNI), realizó la investigación Estudio sobre la explotación sexual comercial de personas menores de edad en el Cantón Central de San José y en el Distrito de Ciudad Quesada. A partir de los datos recogidos en el diagnóstico, se elaboraron una serie de propuestas para acciones de prevención y atención. El proyecto ha capacitado a casi 1.100 personas entre Policías de Proximidad del Ministerio de Seguridad Pública, policía destacada en puestos de migración, docentes, alumnos, padres y madres.15

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Fundación Paniamor ha venido implementando la campaña “Detrás de una promesa puede ocultarse un destino de dolor”. Su objetivo es incrementar el grado de conocimiento y sensibilización social sobre la ocurrencia de la trata de NNA con fines sexuales en el país, para movilizar su participación en la prevención y denuncia de la problemática. La campaña consiste de un corto ó cuña de información y sensibilización para radio, televisión y otros medios alternativos; vallas publicitarias en puestos fronterizos y en la sede de la Dirección General de Migración y Extranjería, y el uso de unidades de transporte público como vallas móviles en zonas identificadas como de alta vulnerabilidad. También contempla la distribución de material preventivo para adolescentes mujeres y el mantenimiento de un sitio Web con recursos informativos y educativos sobre la ESCNNA, así como un espacio para promover la prevención y la denuncia de casos de turismo sexual.16

Impulsionada por la Fundación Paniamor con apoyo financiero de Save the Children Suecia, y en colaboración con la Asociación Costarricense de Operadores de Turismo (ACOT) y la Asociación Costarricense de Profesionales en Turismo ACOPROT, la implementación del Código de Conducta para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes contra la Explotación Sexual Comercial en el Turismo forma parte integral de los esfuerzos de prevención contra el problema. Actores clave como taxistas, personal de hoteles y restaurantes, han sido capacitados para reconocer y tomar acción frente a la ESCNNA. A junio del 2006, 200 empresas turísticas y tres compañías de taxi han suscrito el Código y forman parte activa del proceso;17 y se han desarrollado dos campañas dirigidas a turistas de habla inglesa, con enfoque de responsabilidad penal y turismo responsable y sostenible, que siguen la ruta del turista desde su ingreso al país (aeropuertos y fronteras), en el uso de transporte local (operadores de turismo, transportistas y rent-a-cars) hasta los lugares de hospedaje (afiches y habladores, spot televisivo para circuito cerrado). La proyección internacional de la campaña se logra con la colaboración del Ministerio de Relaciones Exteriores por medio de embajadas y consulados, y de compañías de televisión por cable con alcance regional.

Capacitación de las Juntas de Protección de la Niñez y Adolescencia en todo el país

La Junta de Protección de Alajuelita puede citarse como práctica exitosa de participación comunitaria, la cual priorizó para su región un proyecto educativo y de capacitación con financiamiento proveniente del PANI. Desde el año 2002 se sensibilizó y capacitó a actores clave (educadores, líderes comunales y religiosos, policías, niños y niñas) y se distribuyó en la comunidad material informativo. En el 2004 inició un proceso de capacitación y sensibilización de las Juntas de Protección de la Niñez y Adolescencia en todo el país, para fortalecerlas en la elaboración de proyectos orientados a la prevención de la explotación sexual en cada una de sus comunidades.18

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El proyecto de investigación “La Explotación Sexual Comercial: Implicaciones en el Sistema Educativo” - desarrollado por la Dirección Nacional de Prevención de la Violencia y el Delito (DINAPREVI) del Ministerio de Justicia - ha permitido la elaboración de un informe de resultados y un manual de procedimientos para la detección y denuncia de situaciones de violencia y abuso contra las personas menores de edad, titulado ¿Qué hacer ante situaciones de violencia o abuso detectadas en el centro educativo? y dirigido a distintos agentes de la comunidad educativa. Durante el 2003, el DINAPREVI reforzó la difusión de mensajes preventivos a través de programas radiales, artículos en periódicos y la distribución de materiales impresos a educadores, padres y estudiantes.19 El organismo continuó con sus programas de capacitación dirigidos a instituciones gubernamentales en el 2004.

PROTECCIÓN

Costa Rica ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño en 1990 y el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía en el 2002.20 Costa Rica ratificó el Convenio 182 de la OIT sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil en el 2001,21 y ratificó en el 2003 el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños a la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.22 A nivel interamericano, Costa Rica ratificó en el 2003 la Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Personas Menores de Edad.23

Legislación

Costa Rica cuenta con una ley específica contra la ESCNNA que ha servido de modelo en esta materia para otros países de la región. No obstante, siguen existiendo algunos vacíos importantes en la protección brindada a niños, niñas y adolescentes por esta legislación y también en los procesos de cumplimiento de la misma.

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Prostitución Infantil

Costa Rica cuenta con la Ley No. 7899, Contra la Explotación Sexual de las Personas Menores de Edad, que reformó el Capítulo de Delitos Sexuales del Código Penal en 1999. En esta se criminaliza la explotación sexual de personas menores de edad mientras que elimina conceptos que culpabilizaban a las víctimas de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.

El Código Penal, en su artículo 160, prevé diferentes penas de prisión para las relaciones sexuales remuneradas con personas menores de edad, tomando en consideración la mayor o menor vulnerabilidad de la víctima de acuerdo con su edad: “Quien pague a una persona menor de edad de cualquier sexo o prometa pagarle o darle a cambio una ventaja económica o de otra naturaleza, para que ejecute actos sexuales o eróticos, será sancionado: 1) Con pena de prisión de cuatro a diez años si la persona ofendida es menor de doce años; 2) Con pena de prisión de tres a ocho años si la persona ofendida es mayor de doce años, pero menor de quince; 3) Con pena de prisión de dos a seis años si la persona ofendida es mayor de quince años, pero menor de dieciocho.”

El artículo 170 prevé una pena de prisión de cuatro a diez años para proxenetismo agravado si la víctima es menor de dieciocho años.

Asimismo, el artículo 156 sobre violación, prevé una pena de prisión de diez a dieciséis años para quien tenga relaciones sexuales con una persona menor de doce años. El artículo 159, sobre relaciones sexuales con menores de edad (que no incluye las remuneradas), prevé una pena de prisión de dos a seis años si la victima tiene entre doce y quince años.24 Si bien el tema de la edad de consentimiento no está expresamente regulado, de la legislación penal y civil se desprende, que la edad para mantener relaciones sexuales consentidas es a partir de los 15 años; sin embargo, es importante recalcar que en el caso de la ESCNNA se protege a la víctima hasta los 18 años.

Trata de Niños, Niñas y Adolescentes con Fines Sexuales

La trata de niños/as y adolescentes con propósitos sexuales es penada sólo en el caso de cruce de fronteras, por lo tanto, la trata interna no esta criminalizada. Lo que es más, la definición de trata no incluye la facilitación, captación, transporte, traslado, acogida y recepción, como

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elementos de la acción típica de este delito. La reforma de este ley debe estar en consonancia con el Protocolo contra la Trata.

El Código Penal, en el artículo 172 tipifica la trata de personas. Según este artículo, “quien promueva, facilite o favorezca la entrada o salida del país de personas de cualquier sexo, para que ejerzan la prostitución o para mantenerlas en servidumbre sexual o laboral, será sancionado con pena de prisión de tres a seis años. La pena será prisión de cuatro a diez años, si media alguna de las circunstancias enumeradas en el proxenetismo agravado.25

Pornografía Infantil

La ley costarricense necesita ser enmendada para estar en concordancia con los estándares internacionales sobre protección de niños, niñas y adolescentes ante la pornografía infantil. Particularmente, es preciso penalizar la tenencia de pornografía infantil para uso personal e incluir nuevos ámbitos como el ciberespacio, además de agregar al tipo penal las imágenes fabricadas ó compuestas, y el uso de la voz de una persona menor de edad en líneas calientes o en la producción de cintas de audio pornográficas.

Segundo el artículo 173 del Código Penal, “quien fabrique o produzca material pornográfico, utilizando a personas menores de edad o su imagen, será sancionado con pena de prisión de tres a ocho años. Será sancionado con pena de prisión de uno a cuatro años, quien comercie, transporte o ingrese en el país ese tipo de material con fines comerciales”. El artículo 174 estipula que “quien comercie, difunda o exhiba material pornográfico a personas menores de edad o incapaces, será sancionado con pena de prisión de uno a cuatro años”.

En el 2002 se aprobó la Ley No. 8200, que modifica la Ley de Registro, Secuestro y Examen de Documentos Privados e Intervención de las Comunicaciones, para permitir la intervención de las comunicaciones en las investigaciones relacionadas con delitos que tengan que ver con la explotación sexual comercial de menores.26 Una debilidad, que es necesario puntualizar en esta ley, es que no permite la intercepción de comunicaciones telefónicas en investigaciones sobre distribución de pornografía; este es un reto pendiente.

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Legislación Extraterritorial

Se encuentra en consideración en la Asamblea la adición de un inciso 4) al Artículo 6 del Código Penal, Proyecto de Ley de Represión Extraterritorial de los Delitos Sexuales contra Menores, el cual incluye la penalización de todo aquel, costarricense o residente habitual en Costa Rica, que fuere el presunto autor de un delito sexual cuya víctima sea un menor de edad, aunque este no sea punible según el ordenamiento jurídico del lugar de perpetración.27

Unidades de Protección a Niños, Niñas y Adolescentes

Las Fiscalías Especializadas en Delitos Sexuales y Violencia Doméstica investigan ilícitos relacionados a la ESCNNA. Su competencia abarcaba el área metropolitana. En el 2003 el Poder Judicial incrementó el número de plazas para este tipo de fiscalías, creando una en cada cabecera de provincia, complementándolas con equipos interdisciplinarios para evitar la revictimización de aquellas personas ofendidas.28

En el transcurso de los procedimientos judiciales, niños/as y adolescentes cuentan con: acompañamiento, privacidad, preguntas y entrevistas claras, ayuda profesional y confidencialidad.

En la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales y Violencia Doméstica de San José, se ha creado una sala equipada con cámaras de video (Cámara de Gessel) y se ha capacitado a los fiscales sobre cómo entrevistar a niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, en las demás provincias no han sido implementados procedimientos adaptados a las necesidades de las personas menores de edad. También es necesario crear un programa de protección a víctimas y testigos, así como asegurar la protección de la identidad de la víctima en registros administrativos y judiciales.

Importante proyecto de ley en consideración

Al momento de este informe, se encuentra en discusión en la Asamblea Legislativa de Costa Rica el Proyecto de Ley para la Reforma Integral al Código Penal que intenta introducir, entre otras cosas, la penalización de la tenencia de pornografía infantil para uso personal.

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Capacitación para Agentes Encargados de la Aplicación de la Ley

Costa Rica presenta un nivel razonable de capacitación de agentes encargados de la implementación de la ley para atender casos de explotación sexual de niños/as y adolescentes.

En el 2003 la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia (CONAMAJ), publicó Directrices para reducir la revictimización de las personas menores de edad en procesos penales. Compilado en colaboración con UNICEF, este folleto informativo está siendo distribuido entre funcionarios y usuarios judiciales, así como entre empleados públicos o privados de instituciones que velan por el bienestar de las personas menores de edad. Además, está siendo utilizado por la Escuela Judicial para apoyar los talleres de capacitación dirigidos a funcionarios judiciales.31

A través del Proyecto ECPAT “Fortaleciendo la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ante la Explotación Sexual Comercial en Centroamérica”, se elaboraron materiales didácticos y de uso práctico en materia de prevención y manejo de casos de ESCNNA para uso de la policía. Entre estos materiales, la Fundación PANIAMOR produjo un manual de bolsillo de carácter operativo/propositivo y alcance nacional,

Servicios de Atención a Niños, Niñas y Adolescentes

Los programas y servicios sociales de atención a víctimas de la ESCNNA tienen necesidad de mayor inversión y desarrollo por parte del Estado. Las iniciativas existentes de intervención directa con menores de edad en riesgo, o en situación de explotación, no brindan a esta población los servicios psico-sociales necesarios.

Uno de los pocos ejemplos es el “Programa de Acción para la Prevención, Protección y Atención Directa a Víctimas de ESC”, desarrollado en la Provincia de Limón entre 2003 y 2005, financiado por la OIT-IPEC y ejecutado por la Fundación Rahab en coordinación con instituciones prestatarias de servicios estatales.29 Este proyecto ha impulsado el diseño de una base de datos para el seguimiento y monitoreo de los planes de intervención de cada una de las

personas menores de edad atendidas, con el fin de garantizar la sostenibilidad de su retiro de la ESC. También ha generado módulos de capacitación, de protocolos o guías de detección y registro, de guías para plantear denuncias y de estándares éticos. Por otra parte, OIT-IPEC se encuentra llevando a cabo desde el 2004 un proyecto de las mismas dimensiones y con los mismos componentes en la zona Sur del país.30

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titulado Leyes y Procedimientos Básicos, donde se recoge la legislación nacional relativa al tema, así como los procedimientos recomendados para una intervención policial coherente con el enfoque de derechos y la perspectiva de género, en situaciones de ESCNNA identificadas como de frecuente ocurrencia en la función policial. Entre los resultados más importantes de este Proyecto se encuentra la introducción del tema de ESCNNA, en el currículo policial en las Academias y Escuelas Nacionales de Policía, como curso regular en la formación policial básica.

En el marco de otro proyecto ECPAT y del Instituto Interregional para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia de las Naciones Unidas (UNICRI), la Fundación Paniamor está trabajando con la Corte Suprema de Justicia para implementar un Sistema de Seguimiento de Casos de ESCNNA para uso de las ocho Fiscalías especializadas en Delitos Sexuales. Los objetivos fundamentales de dicho sistema se dirigen a dotar a dichas fiscalías de información que permita conocer por un lado, características, comportamientos y “modus operandi” de las personas que explotan sexualmente a niños, niñas y adolescentes y por otro, monitorear y evaluar las acciones tendientes a la investigación y penalización de los delitos relacionados. En forma paralela, el sistema permitirá monitorear y evaluar las acciones dirigidas a las víctimas que hayan estado en contacto con el sistema de justicia penal. En igual sentido, el sistema de información contribuirá a optimizar la gestión institucional y generar información que permita desarrollar, revisar y actualizar las políticas nacionales para la erradicación de la explotación sexual comercial.

Dentro de este proyecto, Paniamor realizó en el 2006, diez sesiones de capacitación para personal de inmigración y policías de frontera sobre normas, procedimientos y leyes existentes aplicables a casos de trata con fines explotación sexual y trata de niños/as y adolescentes.

El “Proyecto Ángeles Guardianes”, iniciado en el 2004 por la Organización Centroamericana de los Directores de Migración (OCAM) junto con la OIT-IPEC, pretende concienciar sobre la ilegalidad y la trata a los funcionarios de los departamentos de migración, buscando mejorar su capacidad de prevenir y detectar posibles casos de trata de personas.32

Otros ejemplos interesantes de capacitación para agentes encargados de la aplicación de la ley pueden ser encontrados en la sección de Coordinación y Cooperación (Nivel Regional e Internacional) y en la sección de Prevención.

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î Se requiere garantizar la asignación de recursos humanos y financieros necesarios para la implementación del Plan Nacional contra la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes. También es necesario que la implementación del plan sea descentralizada a fin de que sus recomendaciones no sólo se adopten en San José de Costa Rica. Además, es importante que las acciones a realizarse estén articuladas.

î Son esenciales como estrategia de prevención, la realización de una campaña para reducir la demanda de sexo con niños/as y adolescentes, destinada a clientes y facilitadores; así como la sensibilización de los medios de comunicación ante la ESCNNA para incorporarlos como actores claves en el enfrentamiento a esta problematica.

î El actual proceso de reforma del PANI necesita ser finalizado lo antes posible.

î Una perspectiva regional es necesaria para disminuir la trata y el turismo sexual con niños/as y adolescentes: hay que establecer convenios de cooperación entre países para perseguir casos de turismo sexual y trata de personas menores de edad con fines de explotación sexual.

î La reforma a la Ley Contra la Explotación Sexual de las Personas Menores de Edad de 1999 debe ser una prioridad.

î La trata interna de niños/as y adolescentes con propósitos sexuales debe ser penada. Además, hay que reformar la ley a fin de incluir los actos de facilitación, captación,

ACCIONESPRIORITARIAS

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transporte, traslado, acogida y recepción, como elementos de la acción típica del delito de la trata, en consonancia con el Protocolo contra la Trata.

î La tenencia de pornografía infantil para uso personal debe ser penalizada. También es necesario avanzar en la regulación de nuevos ámbitos, como las nuevas tecnologías de información y comunicación, y agregar al tipo penal las imágenes fabricadas ó compuestas y el uso de la voz de una persona menor de edad en líneas calientes o en la producción de cintas de audio pornográficas.

î Costa Rica necesita adoptar una ley extraterritorial efectiva para el tratamiento de los crímenes de ESCNNA.

î Es importante generar consenso entre el personal del sistema judicial en que la integridad personal y la indemnidad sexual también deben ser considerados bienes jurídicos tutelados. Además, es esencial que no se utilice a la libertad sexual como un justificativo para la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes ya que crea la falsa imagen de que las víctimas no son forzadas y que se trata de una decisión personal. Asimismo se recomienda crear la figura del Comiso de Bienes y regular el destino de los recursos provenientes de estos decomisos como fondo para la indemnización de las víctimas.

î Hay que revisar la legislación relacionada a la prescripción de los delitos relacionados a la ESCNNA, para que el plazo de prescripción comience a correr a partir de que la víctima cumple los 18 años de edad.

î Se debe establecer una mayor responsabilidad penal y civil para funcionarios que incurran en incumplimiento de atribuciones relacionadas con el cargo y su deber de denunciar

î Costa Rica ha adecuado sus procedimientos judiciales a las necesidades de los niños; pero es importante que también se implementen en las provincias y no sólo en San José.

î Los programas de atención directa a víctimas de la ESCNNA proveídos por el Estado son todavía limitados. Es necesario asegurar el acceso gratuito a atención psicológica para las víctimas y establecer un sistema de referencia nacional.

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1 Maria Cecilia Claramunt, Costa Rica, Explotación Sexual Comercial de Personas Menores de Edad: Una Evaluación Rápida, Ginebra, 2002, Consultado el 13 de julio de 2005: http://www.ilo.org/public/spanish/standards/ipec/simpoc/costarica/ra/sex_exp.pdf

2 Ibíd. 3 Fundación Paniamor, Respuestas al Informe del Departamento de los Estados Unidos de América sobre

Trata de Personas 2005, p.2.4 ECPAT International, Cinco años después de Estocolmo, Noviembre de 2001.5 Patronato Nacional de la Infancia, La Lucha Contra la Explotación Sexual Comercial de Personas

Menores de 18 Años, Gobierno de la Republica de Costa Rica, San José de Costa Rica, Mayo de 2004.

6 Fundación Paniamor, Cuestionario de ECPAT Internacional para la Agenda para la Acción contra la Explotación Sexual Comercial de la Niñez 2003, p. 1.

7 Patronato Nacional de la Infancia, Op. Cit.8 Ibíd.9 Ibíd.10 Gobierno de Costa Rica, Memoria de la Reunión de Seguimiento del II Congreso Mundial Contra la

Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes, San José de Costa Rica, Octubre de 2004.

11 La Carta a los Honorables Presidentes y Jefes de Estado Reunidos en la XIV Cumbre Iberoamericana puede ser consultada en: http://www.oit.org.pe/ipec/boletin_cr/ documentos/carta_a_presidentes.doc

12 DNI Costa Rica, Campaña de Seguridad Infantil en Internet en Costa Rica: Navegando sin Riesgos, Consultado el 13 de julio de 2005: http://www.dnicostarica.org/navegandosinriesgo_intro.html

13 Radiografía Costarricense, Información sobre filtros para contenidos de navegación, Consultado el 13 de julio de 2005: http://www.racsa.co.cr/texto/consejos_navegacion/consejos/peligros/pornografia/#3

14 Web oficial del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, Consultado el 13 de julio de 2005: http://www.mideplan.go.cr/De-Vivienda-a-Adulto-Mayor2004.doc

15 DNI Costa Rica, Estudio sobre la Situación de la Explotación Sexual Comercial de Personas Menores de Edad en San José y Ciudad Quesada, Costa Rica. 2003.

16 Web oficial de Protegiéndoles, Consultado el 13 de julio de 2005: www.protegiendoles.org 17 Robert Goodier, ‘Momentum Grows against Child Sex Trade’, The Tico Times, 26 de marzo de

2004.18 Patronato Nacional de la Infancia, Op. Cit.19 Ministerio de Justicia y Gracia, Memoria de Institucional Administración 2003, Costa Rica, 2004,

Consultado el 13 de julio de 2005: http://www.mj.go.cr/Archivos%20PDF/Memoria2003.pdf20 Comité de los Derechos del Niño, Protocolo facultativo de la Convención de los Derechos del Niño

Referencias

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relativo a la Venta de niños, prostitución infantil y utilización de los niños en la pornografía. Ratificaciones, Consultado el 16 de enero de 2006: http://www.ohchr.org/spanish/bodies/index.htm

21 Organización Internacional del Trabajo (OIT), Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil. Ratificaciones, Accedido el 16 de enero de 2006: http://www.ilo.org/ilolex/spanish/convdisp1.htm

22 OHCHR, UN Study on Violence against Children. Response to the Questionnaire received from the Government of the Republic of Costa Rica, Consultado el 16 de enero del 2006: http://www.ohchr.org/english/bodies/CRC/docs/study/responses/CostaRica.pdf

23 ECPAT International y Fundación Paniamor, La explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes: una mirada desde Costa Rica, Diciembre de 2004.

24 ECPAT Internacional y Fundación Paniamor, La intervención policial con niñas, niños y adolescentes victimas o en riesgo de explotación sexual comercial: Leyes y Procedimientos básicos, Costa Rica, Diciembre de 2004.

25 ECPAT Internacional y Fundación Paniamor, Manual sobre normas y procedimientos para la intervención por parte de funcionarios de migración y policías fronterizas en situación de trata de niños, niñas y adolescentes con fines de explotación sexual comercial, Costa Rica, Junio de 2005.

26 Patronato Nacional de la Infancia, Cuestionario de ECPAT Internacional para la Agenda para la Acción contra la Explotación Sexual Comercial de la Niñez 2003, p. 4.

27 Asamblea Legislativa, Proyecto de Ley: Proyecto de Represión Extraterritorial de los Delitos Sexuales contra Menores, Consultado el 15 de julio de 2005: http://www.asamblea.go.cr/proyecto/14200/14204.doc

28 Zarela Villanueva Monge (Corte Suprema de Justicia), Noticia XXIV. INFORME: RENDICIÓ, Consultado el 29 de Mayo de 2006 en: http://www.poder-judicial.go.cr/salasegunda/noticias/noticia24.asp

29 OIT-IPEC, Ficha: Avances en la prevención y erradicación del trabajo infantil en Costa Rica, 2003-2007, Accedido el 13 de julio de 2005: http://www.oit.org.pe/ipec/pagina.php?seccion=24

30 Patronato Nacional de la Infancia, La Lucha Contra la Explotación Sexual Comercial de Personas Menores de 18 Años, Op. Cit.

31 Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia, Últimas publicaciones, Consultado el 15 de julio de 2005: http://www.conamaj.go.cr/principal.asp

32 Dirección General Migración y Extranjería. DGME se capacita en lucha contra la trata de personas. Consultado el 15 de julio de 2005: http://www.migracion.gob.ni/noticias.php?ID=1

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