funcionamiento del subsistema de formación
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2012
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Funcionamiento del subsistema
de Formación Profesional para
el Empleo.
Autor: Javier Fernández Martínez
Socio Fundador. Responsable Financiero de AFOREN
Funcionamiento del Subsistema de Formación 2012
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Con el fin de dar respuesta a la necesidad de formación continua de nuestra
sociedad, el estado español creó los Subsistemas de Formación Profesional. Hasta el
año 2007 los subsistemas de formación profesional eran tres: La Formación Profesional
Reglada, la Formación Ocupacional (dirigida exclusivamente a los trabajadores
desempleados) y la Formación Continua (dirigida a los trabajadores ocupados).
Pero en el año 2007, a raíz de la creación de la Fundación Tripartita para la
Formación y el Empleo, se dicta el Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo en el que se
integran las dos modalidades de formación profesional en el ámbito laboral – la
formación ocupacional y la continua – en un único modelo de formación profesional
para el empleo y se introducen mejoras con el fin de adaptar la formación dirigida a los
trabajadores ocupados y desempleados a la nueva realidad económica y social.
El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, regula las distintas iniciativas de
formación que configuran el subsistema de formación profesional para el empleo, su
régimen de funcionamiento y financiación y su estructura organizativa y de
participación institucional.
Son fines de la formación profesional para el empleo:
Favorecer la formación a lo largo de la vida de los trabajadores desempleados y
ocupados, mejorando su capacitación profesional y desarrollo personal.
Proporcionar a los trabajadores los conocimientos y las prácticas adecuados a las
competencias profesionales requeridas en el mercado de trabajo y a las
necesidades de las empresas.
Contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.
Mejorar la empleabilidad de los trabajadores, especialmente de los que tienen
mayores dificultades de mantenimiento del empleo o de inserción laboral.
Promover que las competencias profesionales adquiridas por los trabajadores
tanto a través de procesos formativos (formales y no formales), como de la
experiencia laboral, sean objeto de acreditación.
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La Administración Pública (a través del Servicio Público de Empleo Estatal –
SEPE, con representación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las
Comunidades Autónomas), las organizaciones empresariales (CEOE y CEPYME) y los
sindicatos más representativos (Comisiones Obreras y UGT) son los tres órganos que
componen la estructura organizativa y de participación institucional del subsistema de
formación profesional para el empleo. Es por su carácter tripartito que se denomina
“Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo” (FTFE).
Según una nota informativa de esta Fundación, fechada en agosto de 2012. En
2011 el presupuesto destinado a la formación de trabajadores ocupados ascendió a
1.430,7 millones de euros, de los cuales se destinaron inicialmente 507,8 millones a
formación en las empresas (formación que se financia mediante bonificaciones en la
cuota de formación de la Seguridad Social), incrementándose finalmente hasta 518,5
millones de euros.
Las empresas que realizaron formación para sus trabajadores fueron un total de
432.182, lo que supone una cobertura de 28,8% sobre el total de empresas inscritas en la
Tesorería General de la Seguridad Social. A estas empresas, de acuerdo con las cuantías
ingresadas de sus cuotas de formación y el porcentaje de aplicación, les correspondería
un crédito teórico asignado que se estima en 763,8 millones de euros. Es decir, hay que
distinguir la bonificación “potencial” que podría llegar a tener el conjunto de las
empresas que han participado (763,8 millones) del crédito finalmente asignado por las
Cortes Generales para esa finalidad (518,5 millones). Precisamente, lo que lleva a
pensar en el éxito de la iniciativa es que las empresas han acabado el año habiéndose
bonificado por encima de las previsiones presupuestarias en un 8,2% porque se han
bonificado en 561 millones. Incluso puede decirse que la ratio gasto “real”- gasto
potencial”, que es del 73%, es muy alta en relación con años anteriores.
Entonces, no es del todo correcta la afirmación de que “las empresas no agotan
sus fondos de formación”, como indica algún medio escrito de comunicación. Las
empresas españolas utilizan el sistema de bonificaciones con tal intensidad que en 2011
fue necesario incrementar el presupuesto previsto inicialmente, lo que ha permitido
llegar a la cifra de 2,9 millones de participantes en las acciones formativas desarrolladas
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por las empresas, lo que supone el 83,3% del total de participación de trabajadores en el
conjunto del subsistema de formación para los asalariados del sector privado.
Los sistemas de Formación son, por tanto, a día de hoy:
Formación Reglada - alternativa a la universidad para las personas que
pretenden incorporarse al mercado de trabajo (regulada por el MEC –
Ministerio de Educación y Ciencia) Títulos Profesionales.
Formación no reglada: Dentro de la formación se sitúa la Formación
Profesional para el Empleo, dirigida a las personas que tienen la necesidad de
actualizar sus conocimientos para mantenerse en el mercado de trabajo
(regulada por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, Servicio Público de
Empleo Estatal, que es el INEM a través de las Comunidades Autónoma y
otros agentes sociales) Certificación Profesional y Certificados de
Profesionalidad Completos (formación más experiencia).
Además, las que antes se denominaban formación ocupacional y formación
continua, tras ser reguladas en este Real Decreto 395/2007, se transforman en
Formación de Demanda (demandada por las empresas para sus trabajadores, con
posibilidad de participación de los trabajadores desempleados en situación de
formación) y Formación de Oferta (dirigida mayoritariamente a trabajadores
desempleados con preferencia de los colectivos con mayor riesgo de exclusión social,
pero con la posibilidad de participar trabajadores ocupados). Además surge una nueva
modalidad, la Formación en Alternancia con el empleo.
Estos subsistemas de Formación Profesional tienen el objetivo “de capacitar y
mejorar la cualificación de las personas, tanto de las que pretendan acceder como
reincorporarse al mercado de trabajo para desempeñar una profesión, como de aquellas
que tienen necesidad de reciclar y actualizar sus conocimientos para mantenerse en él.”
(Joaquim Casal, Francesc Colomé y Mercè Comas. La interrelación de los tres
subsistemas de formación profesional en España. Madrid 2003).
Además, con el fin de fomentar la existencia de un sistema de formación
profesional, cualificaciones y acreditación, de favorecer la formación a lo largo de toda
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la vida y de fomentar la libre circulación de los trabajadores (artículo 1 de la Ley
Orgánica 5/2002 de 19 de junio de las Cualificaciones y de la Formación Profesional),
se crea el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (artículo 7 de la misma
ley orgánica).
En esta Ley Orgánica se defiende la integración social y la inclusión de los
individuos o grupos desfavorecidos en el mercado de trabajo como los discapacitados,
minorías étnicas, parados de larga duración, mujeres y trabajadores pertenecientes a
sectores en crisis, con el fin de que se inserten lo antes posible a la vida laboral (artículo
12 de la Ley Orgánica).
Teniendo como base dicha ley, los Certificados de Profesionalidad acreditan con
carácter oficial las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una
actividad laboral con significación en el empleo (artículo 10 del Real Decreto
395/2007). En el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, están referidas
las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales, por lo que cada
certificado de profesionalidad puede comprender una o más de dichas unidades y la
suma de las unidades – el itinerario formativo de un individuo – dará como resultado
una cualificación profesional determinada.
Todo esto significa que un participante recibirá un diploma acreditativo por cada
unidad de competencia (acciones formativas) y con la suma de todas las unidades del
itinerario formativo, el participante recibirá el Certificado de Profesionalidad.
La expedición de los certificados de profesionalidad y de las acreditaciones
parciales las realiza el Servicio Público de Empleo Estatal y los órganos competentes de
las Comunidades Autónomas (artículo 11 del Real Decreto).
Como en párrafos anteriores se menciona, la formación profesional para el
empleo se subdividirá en:
- Formación de demanda.
- Formación de oferta.
- Formación en alternancia con el empleo.
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A diferencia de antes del Real Decreto de 2007, cuando existía una distinción
entre formación exclusiva para desempleados y formación únicamente para ocupados,
en el momento actual tanto la formación de demanda como la de oferta ya no son
exclusivas para uno de los dos grupos, sino que reconocen el derecho a participar en las
acciones formativas a los dos tipos de trabajadores, estén parados o en activo.
De esta manera, la formación de demanda, que no está vinculada al Catálogo de
Cualificación Profesional, se dirige a trabajadores de las empresas, sobre todo Pymes.
La ventaja es que estas empresas pueden formar a sus trabajadores en el área que deseen
(siempre y cuando responda esa formación a la realidad empresarial), cuando quieran y
donde quieran, sin tener que esperar a las iniciativas de la formación de oferta. Digamos
que es una formación más libre con iniciativa por parte de la empresa (o agrupaciones
de empresas) en cuestión y no responde a las convocatorias de la Administración (estas
convocatorias son, por ejemplo, los planes intersectoriales de la formación de oferta que
imparte, a través de centros independientes, la Fundación Tripartita). Es una formación
bonificable y las empresas las “pagan” según sus cuotas a la Seguridad Social. Está
dirigida a trabajadores en activo asalariados, a trabajadores asalariados que están
desocupados por encontrarse en período de formación en la empresa y a los trabajadores
acogidos a regulación de empleo en sus períodos de suspensión de empleo por
expediente autorizado.
En la formación de oferta, vinculada al Catálogo de Cualificación Profesional
vigente, las acciones de formación se dirigen de forma prioritaria a las personas en
situación de desempleo, pero también pueden participar los trabajadores en activo. La
participación de personas en situación de desempleo, será al menos del 60%.
Los colectivos prioritarios son:
Personas con situación de riesgo de exclusión social.
Personas con más de 6 meses en situación de desempleo.
Personas paradas mayores de 45 años.
Mujeres para reducir desequilibrios en oficios en los que se encuentran poco
representadas.
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Jóvenes que buscan el primer empleo.
Personas con discapacidad física, psíquica, mental o sensorial.
Esta formación la planifica anualmente la Fundación Tripartita para la
Formación y el Empleo (administración, sindicatos y organizaciones empresariales) a
través de las comunidades autónomas.
Cuando se dirige a los trabajadores ocupados, hay dos tipos de planes, los
sectoriales (acciones específicas dirigidas al reciclaje y recualificación de trabajadores
procedentes de sectores en crisis) y los intersectoriales (dirigidos a la formación de
trabajadores de un sector productivo concreto con el fin de satisfacer necesidades
específicas de formación). Están compuestos por acciones formativas dirigidas al
aprendizaje de competencias transversales. Las competencias específicas son las
directamente necesarias para desempeñar un trabajo determinado, y las competencias
transversales responden más bien a las habilidades relacionadas con un puesto
determinado. Por ejemplo, para un ingeniero agroalimentario, una competencia
específica puede ser la Gestión de Calidad y una competencia transversal puede ser la
capacidad de relacionarse con personas no expertas (habilidades comunicativas).
En los planes de formación dirigidos a trabajadores ocupados, se permite la
participación de trabajadores de la Administración Pública hasta un 10% sobre el total
de participantes de la acción formativa. Estos planes también van dirigidos a los
trabajadores autónomos.
Por último, la formación en alternancia con el empleo es un modelo mixto, de
empleo y formación, creado con el fin de que el trabajador pueda compatibilizar el
aprendizaje con la práctica profesional en el puesto de trabajo, vinculado al Catálogo de
Cualificación Profesional vigente.
El marco de trabajo de la asociación se encuentra en la formación privada no
reglada y la formación subvencionada y bonificada de la formación profesional para el
empleo.
Las teorías de la Formación han venido diferenciando entre diferentes "Modelos
de Formación", los cuales están bastante documentados e incluso algunos de ellos
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investigados (Marcelo, 1996). Tomando como argumento el grado de estructuración y
de adaptación a los individuos, Chang y Simpson (1997) han sintetizado y clasificado
los modelos de formación, de manera que nos ayudan a ver cómo podemos hablar
básicamente de cuatro modelos:
Aprender DE otros (Cursos).
Aprender SOLO (Autoformación).
Aprender CON otros (Seminarios, Grupos).
Aprendizaje Informal o no planificado y abierto.
Pues bien, con estos cuatro modelos (o quizás cabría denominarlos modalidades
por el mayor grado de concreción que hemos adoptado), pueden construirse una gran
variedad de propuestas de actividades formativas.
La calidad deficiente:
Todo el sistema formativo actual se ve envuelto en esa nebulosa llamada
neocapitalismo que incluye fenómenos como la globalización (“económica y de una
sola dirección”), la reducción de la iniciativa pública, y la búsqueda de rentabilidad en
todas las actividades, incluidas aquellas que la sociedad sufraga con fondos públicos.
Así, el criterio economicista no se encuentra únicamente en los proyectos privados de
formación virtual (lo que sería explicable) sino también en los proyectos que llevan
adelante las universidades públicas.
Marsh y Ot (2003) señala que el salario de los profesores es el factor con más
alta incidencia en el costo de la enseñanza. Cuando los programas de aprendizaje digital
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se ponen en marcha muchas veces responden directamente al objetivo de reducir estos
costos.
Las características más importantes a nuestro juicio que soportan esta deficiente
calidad de la formación actual son:
Tutores de bajo costo. Se contrata a recién graduados, graduados sin
experiencia docente, o profesionales que aceptan trabajar con un salario
bajo para ejercer de tutores. La escasa remuneración económica apenas
puede ser compensada durante unos meses o un par de años por el
entusiasmo inicial de trabajar en una institución de prestigio (o
simplemente haber encontrado un trabajo) y finalmente la acción tutorial
se resiente.
Sobrecarga de trabajo. El tutor debe atender a un elevado número de
alumnos. Ante la imposibilidad de atender este trabajo se recurre a dejar de
lado a aquellos alumnos que no insisten (y quedan descolgados), se
utilizan mensajes genéricos o fragmentos de textos copiados y pegados sin
excesivo cuidado, se leen los mensajes de los alumnos de modo rápido
(igual que a veces hacemos con los mensajes de correo cuando vemos el
buzón de entrada lleno) ignorando aspectos o matices importantes…
Un gran peso del aprendizaje en los materiales que no requieren
intervención humana. Esto se refiere a los materiales para el aprendizaje
autónomo. Pero a su vez las tantas veces citada capacidad de adaptación de
los documentos.