fuentes en bolivia

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SISTEMA DE FUENTES EN BOLIVIA FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO DOCENTE: ALAN VERA VILLASOL EXPOSITORES: BENJAMÍN CHÁVEZ CHUQUIMIA PABLO DANIEL MARTÍNEZ IMAÑA

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SISTEMA DE FUENTES EN BOLIVIAFUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

DOCENTE:

ALAN VERA VILLASOLEXPOSITORES:

BENJAMN CHVEZ CHUQUIMIAPABLO DANIEL MARTNEZ IMAA SISTEMA DE FUENTES EN BOLIVIA

COSTUMBREEn Bolivia el sistema esta constituido de acuerdo al la Teora General del DerechoLas relacionamos entonces a

Enunciado generales que contienen las lneas rectoras o bsicas del orden constitucional, al influjo de los cuales se debe crear e interpretar el sistema jurdico (William Duran Rivera)

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

Regla bsica que gua el funcionamiento coherente y equilibrado de la estructura de una constitucin formal de un Estado determinado (Ermo Quisbert)

Estos principios sirven para garantizar vigencia estabilidad y el respeto a la Constitucion 3

Regidores de otros principios

Deben guardar coherencia con lo expresado en la cartaTienen el mismo valor y fuerza normativaDe cumplimiento obligatorio

No todas las constituciones estn estructurada bajo el mismo sistema.Algunas como la de Colombia, Venezuela y Nicaragua se asigna un titulo destinado a descubrir los principiosLa nuestra no describe los principios por lo que se hace necesaria la doctrina y jurisprudencia de cada pas

La antigua CPE en su articulo 229 expresaba los principios, garantas y derechos reconocidos por esta constitucin no pueden ser alterados por las leyes que regulen su ejercicio ni necesitan de reglamentacin previa par su cumplimiento.La nueva CPEP describe en el articulo 8 el Estado asume y promueve como principios tico-morales de la sociedad plural: ama killa, ama suwa, ama llulla,(no flojo, mentiroso ni ladrn) suma kamaa, ( vivir bien) andereko, (vida armoniosa)teko kavi, (vida buena)ivi maraei, (tierra sin mal) qhapaj an.(camino o vida noble)COMO NUESTRA CPEP NO ESTABLECE PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES5PRINCIPIO DE ESTADO DE DERECHO

ESTA ACUADO POR LA DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA.ES UN PRINCIPIO DE LA CONSTITUCIN Y DE TODO EL ORDENAMIENTO JURDICO.EXISTE DEBIDO AL DESARROLLO DE DERECHO FUNDAMENTAL Y PROCESALES DE LA CONSTITUCIN.DIGNIDAD HUMANALIBERTAD JUSTICIASEGURIDAD JURDICA

ES UN PRINCIPIO ACUADO POR LA JURISPRUDENCIA Y LA DOCTRINA6PRINCIPIO DE ESTADO DE DERECHO

PODERES= ORDEN JUDICIAL Y LEYES7REQUISITOS FORMALES:CREACIN DE :

ART. 71,80

TRAMITES LEGISLATIVOS DE CREACIN DE UNA LEY.ART. 120INCONSTITUCIONAL DE UN NORMA JURDICA.

PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURDICA

LA SEGURIDAD JURDICA ES UN IDEAL Y UN ATRIBUTO DEL DERECHO MISMO

CERTEZA DEL DERECHO

No debe ser utilizada arbitrariamenteBasado en orden jurdico, de derechoGOBIERNO DE PERSONAS A GOBIERNO DE LEYESEstado representante y asegurador de la coercion social10LLAMADO SALTO DE LA CIVILIZACIN

ROUSSEAU1712-1778

Adems tiene valor econmico y socialEs fundamental con que pueda producir bienestar y desarrollo humano

Deben seguir de igual forma un procedimiento para su promulgacin (Legislativo)

La nocin integral reconoce estabilidad material y confianza en los compromisos y decisiones asumidos por el estado.Estabilidad del ordenamiento jurdicoQue se adopte el procedimiento por leyQue no afecte a personas que no han sido demandadasLa intangibilidad de las resoluciones judicialesArt 15 derechos fundamentales12La certidumbre de que el derecho vela la lucha contra la injusticaSEGURIDAD

La previsibilidad de los efectos jurdicos por nacerEl estado es capaz de garantizar la tutela jurisdiccional

LA SEGURIDAD JURDICA (VALOR JURDICO)

ES TAMBIN UN VALOR:ECONMICO SOCIAL

EL DERECHO TAMBIN TIENE QUE SER CAPAZ DE PRODUCIR BIENESTAR.

DESARROLLO ECONMICODESARROLLO SOCIALDESARROLLO HUMANONO BASTA LA SEGURIDAD JURDICACONTINUARA