finiquitos y liquidaciones - enlinea · 6 a la par de entregar el finiquito , el trabajador debe...
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Contenido
Introducción .............................................................................................................................................................................................. 3
La renuncia ................................................................................................................................................................................................. 4
Entrevista de salida ........................................................................................................................................................................... 6
Ejemplo práctico ................................................................................................................................................................................ 7
No soy yo, eres tú............................................................................................................................................................................ 10
Despídelos en regla: La liquidación ................................................................................................................................................ 12
La prima de antigüedad ................................................................................................................................................................ 13
¿Qué contiene una liquidación? ................................................................................................................................................ 14
Reinstalación en el trabajo ........................................................................................................................................................... 15
Junta y resuelve el fin de una relación .......................................................................................................................................... 16
¿Qué sucede con los trabajadores contratados por honorarios y honorarios asimilados a salarios? ............ 18
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Recuerda:
El finiquito se otorga
siempre que una
relación laboral
termine, no importa la
causa.
Ponerle fin a una relación
laboral, es un asunto que
requiere atención y cuidado
Introducción
Administrar a tus trabajadores también implica saber terminar una relación laboral, esto conlleva algunos
trámites legales y administrativos, pero sobretodo una comunicación clara y directa con tus empleados.
Ponerle fin a cualquier tipo de relación es un asunto que requiere atención y cuidado, mucho más si de ello
depende la seguridad y tranquilidad de tu empresa, por ello hemos decidido asesorarte sobre todo lo que
necesitas saber para dar fin, de forma correcta y legal, a una relación de trabajo.
Existen dos formas legales en las que un trabajador puede
desvincularse de una empresa, ya sea por medio de una renuncia o
debido a un despido, es muy importante que conozcas las
obligaciones tanto del empleado como del empresario a la hora de
llevar a cabo este proceso.
Los Finiquitos y Liquidaciones son parte de las obligaciones que como empresario debes conocer, ya que
legalmente corresponden al trabajador cuando se desvincula de tu empresa, en el primer caso sin importar
si renuncia o es despedido, y en el segundo caso únicamente si es despedido.
Cuando una empresa y un trabajador finalizan su relación en malos términos se perjudican mutuamente, ya
que la empresa puede ser sujeta a un juicio o el empleado arriesgarse a no obtener referencias para sus
próximos trabajos.
En las siguientes páginas encontrarás toda la información necesaria para
manejar estos casos y lo más importante, cumplir con tus obligaciones para
proteger a tu empresa.
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La renuncia
Cuando un trabajador decide presentar su renuncia, quiere decir que ha decidido terminar la relación laboral
con la empresa en cuestión, sin embargo esto no excluye a ambas partes de cumplir con ciertas
obligaciones, una de ellas es la entrega del Finiquito al trabajador, que se compone de la proporción de las
prestaciones de ley (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional) y la prima de antigüedad, en caso de contar
con quince años de servicios.
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A la par de entregar el finiquito, el trabajador debe recibir una carta renuncia, donde se establece
el fin de la relación de trabajo de forma voluntaria y sin responsabilidad para el patrón.
En ella podrás agregar información importante para proteger a tu empresa, como asegurar que el empleado
no sufrió riesgos de trabajo o accidente profesional alguno, que no se le adeuda ninguna cantidad y que no
ejercerá acción legal contra la empresa.
Estas cartas deben ser dirigidas única y exclusivamente al patrón, a las personas que le pagan o con
quien se pudiera acreditar de cierta forma alguna relación, con el propósito de establecer una
constancia de la renuncia.
Es importante que el trabajador dé aviso de su renuncia con anticipación, así ambas partes tendrán tiempo
de llevar a cabo todos los procesos correspondientes.
El patrón deberá dar de baja a tu trabajador ante el IMSS, conseguir un reemplazo y preparar el finiquito. El
trabajador deberá finalizar los proyectos inmediatos, preparar la información necesaria y en algunos casos
capacitar al nuevo empleado.
En caso de que un patrón se enfrente a una renuncia inesperada tendrá que valorar lo siguiente:
Mejora sus canales de comunicación, tal vez no sean los más adecuados.
Refuerza la selección de personal y establecer las inducciones para que todos los trabajadores
conozcan cómo hacer su trabajo.
Vale la pena saber la causa por la cual un empleado no comunicó con suficiente anticipación su
decisión, esto se puede conocer en una entrevista de salida y así evitar estos contratiempos.
Entrevista de salida
La entrevista de salida tiene como objetivo establecer un canal de comunicación entre el empleado y el
empresario, que permita conocer como el trabajador percibe la empresa.
Esta información es muy valiosa ya que, en general, como el empleado ya no tiene nada que perder, dice la
verdad. El empresario puede entonces tomar las medidas adecuadas para solucionar situaciones que
pueden estar generando distintas problemáticas.
Al hacer esta entrevista, el empresario deberá hacerlo con apertura, evitar discusiones y enojarse. Es
información valiosa que se puede perder si se está en la disposición para "aprender de la experiencia".
Fin de una relación laboral
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Ejemplo práctico Nadia Camacho es diseñadora en una editorial, fue contratada por tiempo
indeterminado y entró a trabajar el 6 de febrero del año pasado, con las
prestaciones mínimas de ley, sin embargo le ofrecieron otro empleo donde
recibirá mejor salario y prestaciones.
Por ello, Nadia decidió renunciar a su actual empleo y quisiera conocer cuánto
le toca de finiquito, su fecha de renuncia será el 15 de agosto y tiene un salario
mensual de $10 mil pesos.
Recuerda que el finiquito se compone de lo proporcional de vacaciones, la
prima vacacional, lo proporcional de aguinaldo, más el sueldo que en este caso
se tendrá que pagar.
Para conocer la cantidad que recibirá Nadia, es necesario sacar el proporcional
de sus prestaciones, de la siguiente manera:
Proporcional de vacaciones
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo corresponden 8 días por el segundo año de trabajo. Por lo que el
proporcional se obtiene la siguiente manera:
8 365 = 0.021917
Donde 8 son los días que tiene de vacaciones y 365 el total de días en el año.
0.021917 190 = 4.1642
El factor se multiplica por el número de días después de su aniversario de trabajo
4.1642 333.33 = 1388.05
El resultado anterior se multiplica por el sueldo diario del trabajador y lo que obtienes es el proporcional de
vacaciones
Prima Vacacional
1388.05 .25 = 347.01
A lo proporcional de vacaciones se multiplica por el 25% que es la prima vacacional
Proporcional de Aguinaldo
15 365 = 0.04109
Fin de una relación laboral
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Los días de aguinaldo entre el total de días en el año
0.04109 190 = 7.8071
El resultado pasado se multiplica por el número de días en el año
7.8071 333.33 = 2602.34
El resultado pasado se multiplica por el salario diario para obtener el proporcional del aguinaldo
Finalmente suma todos los resultados
1388.05 347.01 + 2602.34 = 4337.4
Ahora solo tendrás que calcular el ISR sobre esta cantidad; para este caso deberás tomar la tabla mensual y
proceder a calcularlo, pero recuerda que la Prima Vacacional y el Aguinaldo tienen exenciones de acuerdo a
la Ley ISR, en el caso de la Prima son 15 veces el salario mínimo, mientras que el Aguinaldo son 30 días.
Esto se hace de la siguiente manera:
Proporcional de prima Vacacional: $347.01 exenta 15 veces el salario mínimo que es $1,095.60 por
lo tanto, en este caso todo el concepto por prima vacacional exenta.
Proporcional de Aguinaldo: $2602.34 exenta 30 veces el salario mínimo que es $2191.20 en este
caso, el restante que es $411.14 grava para ISR.
El proporcional de vacaciones grava por completo: 1388.05
Ahora sólo queda sumar los excedentes:
1388.05 411.14 = 1799.64
Esta será la cantidad que se aplicará el ISR a retener
Fin de una relación laboral
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Aplicaremos la tabla mensual para retener el ISR:
A 1799.64 con la tabla mensual establecida en la Ley ISR.
Tarifas ISR Mensuales
Límite inferior Límite superior Cuota fija Por ciento para aplicarse sobre
el excedente del límite inferior
0.01 496.07 0.00 1.92
496.08 4,210.41 9.52 6.40
4,210.42 7,399.42 247.24 10.88
7,399.43 8,601.50 594.21 16.00
8,601.51 10,298.35 786.54 17.92
10,298.36 20,770.29 1,090.61 21.36
20,770.30 32,736.83 3,327.42 23.52
32,736.84 62,500.00 6,141.95 30.00
62,500.01 83,333.33 15,070.90 32.00
83,333.34 250,000.00 21,737.57 34.00
250,000.01 En adelante 78,404.23 35.00
Monto a
gravar
Límite
Inferior
Excedente
Límite
Inferior
% sobre
excedente Cuota fija
Impuesto a
Retener
Subsidio al
empleo
1,799.64 496.08 1,303.56 83.427 9.52 92.94 406.83
En este caso se deberá pagar subsidio al empleo, por lo que se resta el impuesto a retener y el subsidio al
empleo:
406.83 92.94 = 313.89
Ahora sólo queda sumar la cantidad que recibirá por concepto de finiquito menos los impuestos a retener
es decir:
4337.4 313.89 = 4651.29
Por lo tanto la cantidad a pagar por concepto de aguinaldo será: $4,651.29
Fin de una relación laboral
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No soy yo, eres tú
Cuando decides correr a un trabajador, existen dos tipos de despidos: los justificados e injustificados; en la
siguiente infografía enumeramos las circunstancias por las cuales un trabajador puede ser despedido de
forma justificada, esto de acuerdo a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.
Fin de una relación laboral
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No importa que despidas a un trabajador de forma justificada o injustificada, siempre tendrás que pagar un
Finiquito.
Al momento de despedir a un trabajador, por obligación, los empresarios deberán explicar el
porqué; los argumentos deberán basarse en una falta nombrada en la infografía anterior, de no
estarlo o de no dar una razón, se considerará como un despido injustificado y el trabajador estará
en su derecho de demandar, para lo cual tiene hasta dos meses a partir de la fecha de despido.
Fin de una relación laboral
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Despídelos en regla: La liquidación
Como ya lo mencionamos, si has tomado la decisión de despedir a algún trabajador, por obligación, deberás
explicar las razones, sino se considerará como un despido injustificado. Otra de las causas por las que un
trabajador podría recibir una liquidación, es debido a una falta en la que haya incurrido el patrón, que según
la Ley Federal del Trabajo puede ser:
Engañar al trabajador respecto a las condiciones de trabajo.
El jefe o superior, dentro o fuera del horario laboral, falte al respeto, realizado actos de violencia,
hostigamiento, acoso sexual, amenazas contra el trabajador o su familia.
Reducir el salario del trabajador.
No pagar en la fecha o lugar acostumbrados.
Causar un daño intencionado al trabajador.
Poner en riesgo la seguridad o salud del trabajador debido a malas condiciones higiénicas o de
seguridad en la empresa.
El trabajador tiene 30 días para reportarlo y exigir su indemnización.
El trabajador tiene derecho a demandar el pago de lo siguiente:
Tres meses de salario por concepto de Indemnización
La prima de antigüedad
Finiquito
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Recuerda:
La prima de
antigüedad consiste en
12 días de salario por
cada año de trabajo.
La prima de antigüedad
El artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo señala que todos los trabajadores de planta tienen derecho a
una prima de antigüedad, la cual consiste en 12 días de salario por cada año trabajado, sin embargo en el
párrafo segundo señala que el salario está dispuesto en los artículos 485 y 486 de la LFT.
En estos artículos se señala que los días a pagar no pueden ser con un monto menor al salario mínimo
vigente, pero si el trabajador recibe más de dos salarios mínimos como sueldo, el tope máximo será dos
salarios mínimos vigentes.
Regresando al artículo 162, señala que la prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen
voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido al menos quince años de servicios. Asimismo
se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo,
independientemente de la justificación o injustificación del despido.
Para el pago de la prima en los casos de retiro voluntario de los trabajadores, se observarán las normas
siguientes:
a) Si el número de trabajadores que se retire dentro del término de un
año no excede del diez por ciento del total de los trabajadores de la
empresa o establecimiento, o de los de una categoría determinada,
el pago se hará en el momento del retiro.
b) Si el número de trabajadores que se retire excede del diez por
ciento, se pagará a los que primeramente se retiren y podrá
diferirse para el año siguiente el pago a los trabajadores que
excedan de dicho porcentaje.
c) Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del porcentaje
mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor antigüedad y podrá diferirse para el año
siguiente el pago de la que corresponda a los restantes trabajadores.
En caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima que corresponda se pagará a
sus beneficiarios, que puede ser la viuda o viudo, cónyuge, padres, hijos menores de dieciséis años o
concubina.
La prima de antigüedad a que se refiere este artículo se cubrirá a los trabajadores o a sus beneficiarios,
independientemente de cualquier otra prestación que les corresponda.
Despídelos en regla: La Liquidación
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Reinstalación en el trabajo
En caso de que el trabajador no esté interesado en el pago de la indemnización antes mencionada, tendrá
derecho a demandar a que lo reinstalen en su empleo con los mismos términos y condiciones que venía
desempeñando, además de:
El pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo que se generen hasta la fecha en la que sea
físicamente reinstalado.
El reconocimiento de la antigüedad durante todo el tiempo que dure el juicio, el pago de salarios
caídos desde la fecha del despido hasta la fecha en la que sea reinstalado.
A la continuación del pago de las aportaciones al sistema de ahorro para el retiro y a su prima de
antigüedad.
La ley establece que existen casos donde es imposible regresar a su empleo todos aquellos trabajadores de
confianza (donde tenga acceso a información confidencial de la empresa), los que se dedican al servicio
doméstico o trabajadores eventuales, debido a esto, se establece que se le tendrá que pagar una
indemnización extra. Si el trabajo fue por tiempo determinado menor a un año, se tendrán que pagar la
mitad del tiempo de servicios prestados.
Si el contrato excediera de un año, se tendrá que pagar seis meses de trabajo por el primer año y veinte días
por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios.
Finalmente, si la relación de trabajo era por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días
de salario por cada uno de los años de servicios prestados.
EN CUALQUIERA DE LOS CASOS, LA INDEMNIZACIÓN DEBERÁ PAGARSE EXTRA DE LOS TRES MESES DE SALARIO, LA PRIMA DE
ANTIGÜEDAD Y FINIQUITO.
Recuerda que en este supuesto, se deberá aplicar el artículo 95 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta para
calcular el impuesto a retener.
Despídelos en regla: La Liquidación
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Junta y resuelve el fin de una relación
En México todos los asuntos laborales, tanto los individuales como los colectivos, se resuelven en las Juntas
de Conciliación y Arbitraje que existen en cada uno de los estados de la república.
Estas juntas se encuentran integradas por tres representantes:
Gobierno
Trabajador
Patrón
Pueden estar presentes también un secretario general de acuerdos y, de ser necesario, otros secretarios
generales y secretarios auxiliares, según se juzgue conveniente, de conformidad con lo que disponga el
Reglamento Interior de la Junta.
Actualmente la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje se encuentra integrada por 66 Juntas Especiales, 21
de las cuales se ubican en el Distrito Federal y resuelven conflictos de naturaleza jurídica y económica de
conformidad con la rama o ramas industriales de su competencia, y 45 en el resto del país, quienes conocen
de todas las ramas de la industria y actividades de competencia federal.
Dicho organismo no brinda asesoría ni apoyos económicos a los usuarios, para ello el trabajador podrá
acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), encargada de asesorar sobre los
derechos y obligaciones derivados de las normas de trabajo y de la seguridad social, así como de los
trámites, procedimientos y órganos competentes ante los cuales acudir.
Generalmente el trabajador tiene hasta un año para presentarse ante la Junta, en ciertos casos tiene menos
tiempo:
Un mes para demandar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente por la terminación de la
relación laboral por causas imputables al patrón, sin responsabilidad para el trabajador (despido
injustificado)
Dos meses en caso de despido
Dos años para reclamar el pago de indemnizaciones o para que se cumplan los acuerdos
presentados en la Junta.
Designados por las ramas de la industria o de otras actividades, de conformidad con la clasificación y convocatoria que expide la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
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Generalmente, se llega a la Junta de Conciliación y Arbitraje luego de que el trabajador presenta una
demanda por escrito, posteriormente se fija la fecha en la que el trabajador y el empresario tendrán que
presentarse ante, normalmente son 15 días después de que se presentó la demanda.
La Junta da un aviso alrededor de 10 días antes de la fecha en la que tienes que presentarte en sus oficinas.
A esa sesión se le llama audiencia, ésta se divide en tres etapas:
Conciliación: donde tú y tu trabajador, sin abogados, tratarán de llegar a un acuerdo para resolver la
queja. Si ambos llegan a una solución, entonces aquí termina el procedimiento en la Junta.
Si no están de acuerdo entonces inicia la segunda etapa.
Demanda y excepciones: Aquí se presentarán con abogados, donde el trabajador explicará la
demanda y como patrón deberás contestar la misma.
Ofrecimiento y admisión de pruebas: Donde se darán las pruebas para verificar si la acusación es
certera. Al terminar de revisarse, deberás proponer una solución para que la Junta resuelva el
problema, a esto se le llama alegato.
Al concluir con los alegatos, el auxiliar de la Junta declarará cerrado el procedimiento y en los siguientes 10
días la Junta preparará un proyecto de resolución.
Finalmente los miembros de la Junta se reúnen para discutir el proyecto de resolución. Aquí pueden pasar
dos cosas:
Algún miembro de la Junta puede solicitar más pruebas, que deben realizarse en ocho días. Al
terminar se da un plazo de 10 días para resolver el caso.
Todos los miembros de la Junta están de acuerdo con el proyecto y en 10 días dan solución a tu caso
a través de una sentencia llamada laudo, la decisión final de la Junta.
Junta y resuelve el fin de una relación
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¿Qué sucede con los trabajadores contratados por honorarios y honorarios asimilados a salarios?
Éste tipo de contrataciones no implican una relación de trabajo, ya que son externas a la empresa, por lo
tanto no existe la obligación de entregar un finiquito y mucho menos una indemnización.
Sin embargo, en el caso de los honorarios asimilados a salarios, si el trabajador comprueba que cumplía con
los requisitos de una relación laboral como un horario, lugar de trabajo y jefe directo, puede demandar a la
empresa y exigir un finiquito si renuncia, o una indemnización si lo despiden.
Contratar a tus trabajadores por sueldos y salarios no sólo te protege de demandas, multas y suspensiones,
sino también te trae beneficios, ya que al ofrecer seguridad social podrás deducir una mayor cantidad de
impuestos y mantener una plantilla laboral estable, satisfecha y productiva.
Muchas empresas contratan a su personal por honorarios asimilables, aun cuando existe una relación
laboral, para evitarse las obligaciones que implican tener una relación de trabajo, sin embargo esto en vez
de ayudar, perjudica no sólo al empresario sino a todo su entorno.
Junta y resuelve el fin de una relación
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Toma en cuenta estos tips para que el término de tus relaciones laborales sea un proceso seguro,
conciliador y productivo..
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México, 2016
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