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FICHA TECNICA DE NEGOCIACION TIPO SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN TIPO SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

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FICHA TECNICA DE NEGOCIACION TIPO SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN TIPO SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD

PRIVADA

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FICHA TECNICA DE NEGOCIACION COMPRA DE BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN

1. DEFINICIONES APLICABLES AL PROCESO A continuación, se incluyen las definiciones de los términos utilizados en la ficha técnica de negociación con el objeto de facilitar su entendimiento así:

• ANUNCIO PÚBLICO: Se entenderá aquel que se realiza: (i) Anuncio público previo sobre el proceso de selección de sociedades comisionistas. Se refiere a la divulgación de la información sobre el proceso de selección de sociedades comisionistas miembros que actúen por cuenta de Entidades Estatales, que se realiza de manera previa a la celebración de la Rueda de Selección, dando cuenta sobre el día y la hora en que se realizará dicha rueda. (ii) Anuncio público de negociación. Se refiere a la divulgación previa a la Rueda de Negociación, de la Información relacionada con el día y la hora en que se llevará a cabo dicha rueda.

• MERCADO DE COMPRAS PÚBLICAS MCP: A través del mercado de compras públicas, en adelante “MCP” se celebrarán aquellas operaciones que tengan como causa la adquisición o enajenación de bienes, productos y/o servicios de características técnicas uniformes por cuenta de una entidad estatal que se encuentre sometida al Estatuto General de Contratación Pública.

• BIENES Y PRODUCTOS Y/O SERVICIOS: Se refiere a: (i) Bienes y servicios de características técnicas uniformes y; (ii) Productos de origen o destinación agropecuaria, según se definen en el presente Reglamento y en la normatividad aplicable, que pueden ser objeto de

adquisición a través de la modalidad de selección abreviada por Bolsa de Productos.

• SOCIEDADES COMISIONISTAS: Corresponde al operador de mercado miembro de la Bolsa, que cuenta con la autorización para participar en las diferentes etapas del Mercado de Compras Públicas, denominada SCBC cuando actúa por cuenta de la Entidad Estatal o SCBV cuando actúa por cuenta del comitente vendedor.

• COMITENTE VENDEDOR: Corresponde a la persona natural o jurídica, que individualmente o mediante figura asociativa (consorcio, unión temporal) pretende participar en las negociaciones adelantadas en el Mercado de Compras Públicas a través de una sociedad comisionista miembro de la Bolsa.

• COMITENTE COMPRADOR: Corresponde a la Entidad Estatal participante en el Mercado de Compras Públicas.

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• COMISIONISTA COMPRADOR: Corresponde a la sociedad comisionista miembro seleccionada para actuar por cuenta de la Entidad Estatal.

• COMISIONISTA VENDEDOR: Corresponde a la sociedad comisionista miembros que actúa por cuenta del comitente vendedor (empresa de vigilancia autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada) individualmente o a través de figura asociativa consorcio o unión temporal.

• FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN: Documento a través del cual se delimita el objeto del encargo que se confiere a la sociedad comisionista compradora y se establecen las obligaciones que, en adición a las contenidas en el presente Reglamento y las normas que lo desarrollan, debe cumplir la sociedad comisionista compradora, así como la forma de ejecutar el encargo conferido a través del contrato de comisión, las condiciones y obligaciones especiales que debe cumplir el comitente vendedor, la posibilidad de solicitar cantidades adicionales y todas las particularidades que la Entidad Estatal pretenda hacer valer en consecución del fin del proceso de adquisición o enajenación adelantado. La Ficha Técnica de Negociación se identificará como “Provisional” hasta la fecha en que se produzca la publicación de que trata el artículo 3.6.2.1.3.1. del presente Reglamento; a partir de dicha publicación la Ficha Técnica de Negociación se identificará como “Definitiva”.

• DOCUMENTO DE CONDICIONES ESPECIALES DE BIENES, PRODUCTOS O SERVICIOS: Se refiere al documento elaborado con base en la Ficha Técnica aprobada por el Comité de Estándares de la Bolsa y que para determinado proceso de negociación en el MCP contendrá las calidades particulares de los bienes, productos y/o servicios a negociar en el proceso que corresponda, así como las demás condiciones de los mismos que se pretendan exigir en la negociación. El Documento de Condiciones Especiales de Bienes, Productos o Servicios hará parte integral de la Ficha Técnica de Negociación.

• CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN LA RUEDA DE NEGOCIACIÓN: Condiciones de Participación en la Rueda de Negociación. Corresponden a las condiciones objetivas jurídicas, de experiencia, capacidad técnica, financiera y de organización que fijará la Entidad Estatal en la Ficha Técnica de Negociación, como requisitos exigidos a las potenciales sociedades comisionistas miembros vendedoras y a sus comitentes. El cumplimiento de estas condiciones será requisito para que cualquier sociedad comisionista miembro actúe por cuenta del comitente que corresponda, en la Rueda de Negociación.

• GARANTÍAS ADICIONALES: Garantías que deben otorgar los comitentes vendedores que resultan adjudicatarios de las ruedas de negociación que resulten adjudicatarios de las operaciones celebradas para mitigar riesgos no amparados por las garantías otorgadas a través del sistema de compensación y liquidación de operaciones de la Bolsa, siendo claro que los riesgos amparados de este modo, no serán compensables por dicho sistema, debiendo entonces las entidades estatales proceder a verificar la efectividad de dichas garantías acudiendo al procedimiento propio de aquellas, el cual es ajeno a la Bolsa.

• ADICIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA

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Hace referencia al procedimiento establecido en los artículos 3.6.2.1.4.9 y 3.6.2.1.4.11 del Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa.

• SERVICIO DE VIGILANCIA Las actividades que en forma remunerada o en beneficio de una organización pública o privada, desarrollan las personas naturales o jurídicas, tendientes a prevenir o detener perturbaciones a la seguridad y tranquilidad individual en lo relacionado con la vida y los bienes propios o de terceros y la fabricación, instalación, comercialización y utilización de equipos para vigilancia y seguridad privada, blindajes y transportes con este mismo fin.

• MODALIDADES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

Los servicios de vigilancia y seguridad privada podrán autorizarse en cuatro (4) modalidades:

1. Vigilancia fija. Es la que se presta a través de vigilantes o de cualquier otro medio, con el objeto de dar protección a personas o a bienes muebles o inmuebles en un lugar determinado.

2. Vigilancia móvil. Es la que se presta a través de vigilantes móviles o cualquier otro medio, con el objeto de dar protección a personas, bienes muebles o inmuebles en un área o sector delimitado.

3. Escolta. Es la protección que se presta a través de escoltas con armas de fuego, o de servicios de vigilancia y seguridad privada no armados a personas, vehículos, mercancías o cualquier otro objeto, durante su desplazamiento.

4. Transporte de valores. Es el servicio de vigilancia y seguridad privada que se presta para transportar, custodiar y manejar valores y el desarrollo de actividades conexas.

• COOPERATIVA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

Se entiende por cooperativa de vigilancia y seguridad privada, la empresa asociativa sin ánimo de lucro en la cual los trabajadores, son simultáneamente los aportantes y gestores de la empresa, creada con el objeto de prestar servicios de vigilancia y seguridad privada en forma remunerada a terceros en los términos establecidos en este Decreto y el desarrollo de servicios conexos, como los de asesoría, consultoría e investigación en seguridad.

• OBJETIVO DE LA VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

La finalidad de los servicios de vigilancia y seguridad privada, en cualquiera de sus modalidades, es la de disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección, sin alterar o perturbar las condiciones para el ejercicio de los derechos y libertades públicas de la ciudadanía y sin invadir la órbita de competencia reservada a las autoridades.

2. OBJETO Objeto de la Negociación: La presente negociación tiene como objeto la adquisición, instalación, puesta en funcionamiento de: “EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA EN LOS PREDIOS Y CON LAS CONDICIONES TÉCNICAS QUE DESIGNE EL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTA FE”, de conformidad con el procedimiento

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establecido en el Reglamento de Funcionamiento y operación de la Bolsa para el Mercado de Compras Públicas y cuyas características técnicas se encuentran detalladas en los documentos de condiciones especiales a negociar. Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de puja por precio, en una (1) sola operación contra medios tecnológicos (Sensores de Movimiento, CCTV y DVR, detectores manuales de metales, servicio de avanteles) operaciones como se detalla a continuación: Servicio de Medios Tecnológicos:

Elemento Tiempo

DIEZ (10) Sensores de Movimiento Permanente durante la ejecución de la operación

TRES (3) Detectores de metales manuales Permanente durante la ejecución de la operación

CINCO (5) Avanteles Permanente durante la ejecución de la operación

UN TORNIQUETE Permanente durante la ejecución de la operación

TRES (3) CCTV-DVR con almacenamiento mínimo de 15 días hábiles

Permanente durante la ejecución de la operación

EQUIPOS Y MEDIOS TECNOLÓGICOS

ITEM DESCRIPCIÓN LUGAR IDENTIF. CANT ESPECIFIC.

1 Medios tecnológicos, SISTEMA DE MONITOREO DE ALARMA VEINTICUATRO (24) HORAS de Domingo a Domingo (Sistema total debe ser ofrecido por el proponente). 10 Sensores de movimiento que activen las alarmas.

CALLE 20 No. 17-22

Bodega

1 No aplica

2 SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CON 7 CAMARAS Y SISTEMA DE GRABACION PERMANENTE PARA EL LOTE CALLE 20 (Sistema total debe ser ofrecido por el proponente) 24 Horas. Cámaras con sensor de movimiento y visor nocturno.

Lote calle 20 N° 12-44

LOTE

1 No aplica

3 DVR con capacidad de almacenamiento de video para las 7 cámaras por un mínimo de 15 días hábiles.

Lote calle 20 N° 12-44 LOTE

1 No aplica

4 SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CON 17 CAMARAS Y SISTEMA DE GRABACION PERMANENTE PARA LOS SEIS (06) PISOS DE LA ALCALDIA LOCAL DE SANTA FE (Sistema total debe ser ofrecido por el proponente) 24 Horas. Cámaras con sensor de movimiento y visor nocturno.

CALLE 21 No. 5 - 74

Alcaldía SANTA FE

1 No aplica

5 DVR con capacidad de almacenamiento de video para las 17 cámaras por un mínimo de 15 días hábiles.

CALLE 21 No. 5 - 74

Alcaldía SANTA FE

1 No aplica

6 TORNIQUETE con lector de tarjetas de acceso y lector de huella; en acero inoxidable; bidireccional

Alcaldía SANTA FE 1 No aplica

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habilitado para entrada y salida; controlador interno. El proponente debe garantizar un mínimo de 100 tarjetas de acceso para los visitantes.

7 SOFTWARE PARA CONTROL DE ACCESO A VISITANTES Y FUNCIONARIOS: Debe permitir: - Controlar la apertura de 3 puertas en diferentes pisos de la Alcaldía Local. - Registrar la fecha de entrada y salida de funcionarios por huella digital habilitando la apertura del acceso en caso de ser necesario. - Exportar informes en Microsoft Excel de funcionarios. El informe debe indicar por cada persona, fecha y hora de entrada, fecha y hora de salida, Nombre registrado, documento identidad registrado y evento (Entrada - Salida) Dicho informe debe poder ser exportado por USUARIO, garantizando todos los eventos registrados para el mismo usuario. - Exportar informes en Microsoft Excel de visitantes. El informe debe indicar por cada persona, fecha y hora de entrada, fecha y hora de salida, Nombre registrado, documento identidad registrado, evento (Entrada - Salida), dependencia visitada y persona visitada. - El software debe permitir la administración de usuarios permitiendo escanear o Tomar foto por cámara web en alta calidad. Habilitar y deshabilitar usuarios en el sistema cada que se requiera. - El software debe ser web y debe tener el licenciamiento correspondiente en caso de requerirse. - El software debe permitir configurar e imprimir sticker para visitantes con la siguiente configuración mínima: Foto, Nombre completo, Dependencia donde se dirige, nombre del funcionario que busca.

Alcaldía SANTA FE 1 No aplica

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8 HARDWARE - Equipo de cómputo con Microsoft Windows 10 Licenciado y mínimo 1 TB de espacio en disco, 4 GB de memoria RAM, Pantalla de 21 Pulgadas mínimo Procesador i5 con frecuencia base de 3,0 GHZ. Debe Tener Puertos HDMI, de red, y demás condiciones necesarias para el uso del software ofertado. - Cámara Web de alta calidad, compatible con el equipo y software ofrecidos por el proponente. - Impresora de Sticker con insumos como son papel, tintas, cintas y debe ser compatible con el software ofrecido. - Incluir costos de elementos adicionales en caso de ser requeridos para cumplir los requerimientos mínimos del Fondo de Desarrollo Local.

CALLE 21 No. 5 - 74

Alcaldía SANTA FE

1 No aplica

9 SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CON 5 CAMARAS Y SISTEMA DE GRABACION PERMANENTE PARA LAS INSPECCIONES (Sistema total debe ser ofrecido por el proponente) 24 Horas. Cámaras con sensor de movimiento y visor nocturno.

Carrera 5 Nº 15-21 Piso 7

Inspecciones de Policía

1 No aplica

10 DVR con capacidad de almacenamiento de video para las 5 cámaras por un mínimo de 15 días hábiles.

Carrera 5 Nº 15-21 Piso 7

Inspecciones de Policía

1 No aplica

11 SOFTWARE PARA CONTROL DE ACCESO A VISITANTES Y FUNCIONARIOS: Debe permitir: - Registrar la fecha de entrada y salida de funcionarios - Exportar informes en Microsoft Excel de funcionarios. El informe debe indicar por cada persona, fecha y hora de entrada, fecha y hora de salida, Nombre registrado, documento identidad registrado y evento (Entrada - Salida) Dicho informe debe poder ser exportado por USUARIO, garantizando todos los eventos registrados para el mismo usuario. - Exportar informes en Microsoft Excel de visitantes. El informe debe indicar por cada persona, fecha y hora de entrada, fecha y hora de salida, Nombre registrado, documento identidad registrado, evento (Entrada - Salida), dependencia visitada y persona visitada. - El software debe permitir la administración de usuarios permitiendo escanear o Tomar foto por cámara web en alta calidad. Habilitar y deshabilitar usuarios en el sistema. - El software debe ser web y debe tener el licenciamiento correspondiente en caso de

Carrera 5 Nº 15-21 Piso 7

Inspecciones de Policía

1 No aplica

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requerirse. - El software debe permitir configurar e imprimir sticker para visitantes con la siguiente configuración mínima: Foto, Nombre completo, Dependencia donde se dirige, nombre del funcionario que busca.

12 HARDWARE - Equipo de cómputo con Microsoft Windows 10 Licenciado y mínimo 1 TB de espacio en disco, 4 GB de memoria RAM, Pantalla de 21 Pulgadas mínimo Procesador i5 con frecuencia base de 3,0 GHZ. Debe Tener Puertos HDMI, de red, y demás condiciones necesarias para el uso del software ofertado. - Cámara Web de alta calidad, compatible con el equipo y software ofrecidos - Impresora de Sticker con insumos como son papel, tintas, cintas y debe ser compatible con el software ofrecido. - Incluir costos de elementos adicionales en caso de ser requeridos para cumplir los requerimientos mínimos del Fondo de Desarrollo Local

Carrera 5 Nº 15-21 Piso 7

Inspecciones de Policía

1 No aplica

13 ESCANER DETECTOR DE METALES MANUALES: Detector de Metales Manual tipo Garrett.

Por definir ubicación 3 No aplica

14 SISTEMA DE COMUNICACIONES. Alquiler de Equipos AVANTEL para las sedes en donde se prestará el servicio de Vigilancia Fija.

Para las sedes que requieren vigilancia Fija

5 Debidamente autorizados por

las entidades competentes y así como de su

respectivo permiso con la

cobertura para la ejecución de la

operación.

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El servicio objeto de adquisición se encuentra desagregado así: SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA – PUESTOS DE TRABAJO:

RECURSO HUMANO REQUERIDO

ITEM DESCRIPCIÓN LUGAR IDENTIF. CANT. ESPECIFIC.

1

Servicio de vigilancia y seguridad privada 24 horas de domingo a domingo medio humano, con arma, bastón de ayuda y comunicación permanente, Sin canino

Calle 21 N° 5-74 Sede Alcaldía Local de Santa Fe

Alcaldía SANTA FE

3 vigilantes en

turnos

2

Servicio de vigilancia y seguridad privada 24 horas de domingo a domingo medio humano, con arma, bastón de ayuda y comunicación permanente, Sin canino

Calle 21 N° 1-55 Casa de la

Participación 3

vigilantes en turnos

3

Servicio de vigilancia y seguridad privada 24 horas de domingo a domingo medio humano, con arma, bastón de ayuda y comunicación permanente, Sin canino

Carrera 5 Nº 15-21 Piso 7

Inspecciones de Policía.

3 vigilantes en

turnos

4

Servicio de vigilancia y seguridad privada 24 horas de domingo a domingo medio humano, con arma, bastón de ayuda y comunicación permanente, Sin canino

Lote calle 20 N° 12-44

Lote Calle 20

3 vigilantes en

turnos

Los servicios podrán sufrir modificaciones a solicitud del Supervisor de la operación, pudiendo disminuir o aumentar sus cantidades, horarios, días de prestación del servicio. Igualmente, el Supervisor de la operación, podrá requerir la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada en sitios diferentes a los anteriormente descritos. Para el cubrimiento de los puestos de servicio, el comitente vendedor organizará los turnos con el personal propuesto, de tal forma que no superen el límite de la jornada laboral, de acuerdo con lo establecido en las normas que rigen la materia. Las características técnicas propias del servicio se encuentran detalladas en el documento de condiciones especiales que hacen parte integral a este documento y de las obligaciones descritas para la debida ejecución del servicio de vigilancia y seguridad privada. Una vez cerrada la negociación, el comisionista vendedor y su comitente vendedor informarán a la comisionista compradora y a la Dirección de Información, los precios unitarios de los medios tecnológicos y del servicio que resultarán aplicables en la ejecución de la negociación y como resultado de la rueda de negociación, incluyendo el IVA correspondiente con el objetivo de incorporarlos en el comprobante de negociación. Los equipos, suministros e insumos relacionados en el documento de condiciones especiales, deben ser originales, no re manufacturados ni refurbished; deben pertenecer a la línea de fabricación vigente del fabricante o productor, con las más altas calidades en sus suministros, es decir, tipo exportación.

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El comitente comprador podrá solicitar en la ejecución de la negociación la prestación del servicio al comitente vendedor por encima o por debajo del tiempo pactado en la presente ficha técnica de negociación, hasta en un cincuenta por ciento (50%), previa aceptación del comitente vendedor. La adición y terminación anticipada antes señalada, es posible siempre y cuando el comitente comprador la solicite con quince (15) días calendario de anticipación a la fecha establecida para la prestación del servicio y previa aceptación del comitente vendedor.

3. VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN

El valor máximo de los bienes a adquirir será de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL SEICIENTOS VEINTIOCHO PESOS ($ 242.177.628) M/L, valor que NO incluye IVA de los bienes, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de Bolsa ni Servicio de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías, valor que se desagrega a continuación: Por el Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada (recurso humano) $220.925.460 con AyS (Administración y Supervisión sin IVA, y sin comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de Bolsa ni servicio en el Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías, que al tratarse de un servicio regulado debe entenderse que este valor es solo modificable por cambio de la tarifa regulada. Por los medios tecnológicos $21.252.168 que NO incluye IVA de los Servicios, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de Bolsa ni asiento en Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías. La puja dinámica se realiza sobre el valor correspondiente a medios tecnológicos, en el entendido que el presupuesto máximo es de $21.252.168 valor que se incluye para dar cumplimiento a lo señalado en la normatividad emitida por el Ministerio de Defensa Nacional y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, respecto a que los medios tecnológicos en todos los casos deben tener un valor, pero estos no son objeto de aplicación de tasa de AyS (Administración y Supervisión). De otra parte el estudio de mercado podrá evidenciarse en los anexos de la publicación del presente proceso. NOTA: Se aclara que los valores antes establecidos para el Recurso Humano, corresponden a las tarifas establecidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, por tratarse de tarifas reguladas, mediante Circular Externa 20191300000775 del 27 de diciembre de 2019.

4. PLAZOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El plazo de ejecución de la prestación del servicio a contratar será desde las 0:00 hrs del 16 de mayo de 2020 hasta las 23:59 hrs del 30 de noviembre de 2020 previa suscripción el acta de inicio la cual deberá constituirse al siguiente día hábil de la negociación, por parte del comitente vendedor, comisionista vendedor, el supervisor de la negociación designado por el comitente comprador y el comisionista comprador previo cumplimiento de los requisitos de ejecución, es decir expedición del registro presupuestal y aprobación de las garantías única y adicionales señaladas en la presente ficha por parte del comitente comprador, una vez sea constituida y presentada en debida forma por el comitente vendedor. El comitente vendedor deberá designar un representante, quien tendrá contacto permanente con el supervisor de la negociación que designe el comitente comprador, presentando informes mensuales ordinarios, suficientes y oportunos, sobre el estado de los servicios, que contengan como mínimo el estado de la ejecución de la negociación, con la

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información correspondiente a los insumos entregados y las novedades presentadas; y extraordinarios, en el momento en que se requieran con la caracterización de la situación o evento particular y las alternativas de solución. Durante el período de la negociación, se harán reuniones periódicas, mensuales, dentro de la primera semana de cada mes, entre el supervisor de la negociación y el representante designado por el comitente vendedor, con el objeto de evaluar entre otros temas, la calidad del servicio prestado lo cual deberá quedar consignado en el acta. Adicionalmente los medios tecnológicos requeridos para la prestación del servicio deberán ser debidamente instalados y estar en funcionamiento en un término no mayor a los primeros 15 días posteriores al acta de inicio.

4. SITIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El servicio integral de Vigilancia, seguridad, monitoreo y alarmas se prestará, en las distintas sedes de la Entidad relacionadas a continuación:

No. SEDE DIRECCIÓN CIUDAD

1 Alcaldía Local de SANTA FE Calle 21 N° 5-74 Sede Alcaldía Local de Santa Fe

Bogotá

2 Casa de la Participación Calle 21 N° 1-55 Bogotá

3 Inspecciones de Policía. Carrera 5 Nº 15-21 Piso 7 Bogotá

4 Lote Calle 20 Calle 20 N° 12-44 Bogotá

5 Bodega CALLE 20 No. 17-22 Bogotá

El servicio y elementos deberán ser entregados, previa coordinación con el Supervisor del comitente comprador y Vo.Bo. del área jurídica, según reunión de logística de entrega la cual se realizará el mismo día de la rueda de compra, una vez se realice la negociación y se entregue el comprobante del mismo, en las formas de la Ficha Técnica de Servicio, complementaria a la presente ficha.

5. FORMA DE PAGO El comitente comprador pagará a través del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., mediante mensualidades vencidas, treinta (30) días hábiles siguientes al corte del mes; del servicio efectivamente prestado, previa a la entrega del acta de recibo a satisfacción emitida por parte del supervisor de la negociación, presentación de la factura de los servicios prestados, una vez se acredite del comitente vendedor el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los parafiscales correspondientes al Sena, ICBF, y Cajas de Compensación Familiar de acuerdo a la normatividad vigente, cuando corresponda, una vez los recursos girados a la BMC se encuentren debidamente identificados, de acuerdo con lo descrito a continuación:

1. Entrega a satisfacción de los bienes y servicios conexos. 2. Entrega de los siguientes documentos requeridos para pago, a través del comisionista vendedor el cual los tendrá

que entregar a su vez al comisionista comprador y éste al comitente comprador, el mismo día de la entrega de los bienes con el fin de adelantar la instrucción de pago: a). La correspondiente factura original. b). Documento de cumplimiento a satisfacción expedido por el supervisor de la negociación delegado en el área operativa, el cual será a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la prestación del servicio. c). Copia del recibo o constancia de pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Integral y pagos parafiscales si hubiere lugar. d). Soportes a las facturas si es el caso, como remisiones, planillas y formatos en la que conste la verificación del

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cumplimiento de la prestación del servicio, conforme se establece en la ficha técnica de negociación. e). Certificación de su condición tributaria expedida por la autoridad competente.

3. Suscripción del acta de recibido a satisfacción será determinada por medio de la factura, la cual será expedida por el supervisor nombrado, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la radicación de la respectiva documentación. El supervisor se encuentra obligado a realizar la entrega de la documentación en la oficina financiera del comitente comprador ese mismo día.

NOTA: 1 Los tiempos establecidos para la realización de los pagos a cargo del comitente comprador, empezarán a contarse a partir de la recepción de la totalidad de la documentación requerida para tal fin, en la oficina financiera, por parte del supervisor de la negociación.

4. NOTA 2: El comitente comprador, no se hará responsable por la demora que genere la entrega incompleta o incorrecta de la documentación solicitada.

5. NOTA 3: El comitente comprador autorizará mediante comunicación escrita a la BMC a través del COMISIONISTA COMPRADOR, la destinación que deba dársele a los recursos desembolsados a la BMC para efectos de pago de la presente negociación, en la cual se establecen y se validan las deducciones por las cargas tributarias a lugar. (Carta de Endoso)

El comitente vendedor deberá hacer llegar al comisionista del comitente comprador todos los documentos necesarios para el pago, esto es: Oficio de remisión de documentos, factura original, resolución de facturación, RIT y RUT (en caso que aplique), certificación bancaria, carta de endoso a la BMC e informe mensual de actividades para que éste a su vez, lo haga llegar al comitente comprador durante los primeros cinco días hábiles del mes para su revisión final e incorporación al PAC de la Entidad. Para la validación y aprobación de la documentación previo al pago, el supervisor designado por el comitente comprador contará con tres (3) días hábiles siguientes a la radicación, en caso de presentarse observaciones a la documentación, el comitente vendedor contará con un (1) día para corregir las observaciones formuladas. Una vez aprobada la factura y demás documentos por parte del comitente vendedor, éste informará a su comisionistar a fin que se carguen los documentos a la plataforma SECOP II y se pueda proceder con el debido pago.

PARÁGRAFO PRIMERO: Los pagos de cada uno de los ítems anteriores se efectuarán dentro del plazo establecido, efecto para el cual la entidad adelantará los trámites pertinentes para realizar el pago dentro de dicho término, así mismo El pago al Comitente Vendedor depende de la oportunidad y calidad en la presentación de los documentos e información señalados. Por tanto, el Comitente Vendedor deberá tener en cuenta que la presentación deficiente y/o tardía podrá conllevar a una demora en el pago. Por esta falta, el Comitente Comprador no asumirá responsabilidad, ni obligaciones adicionales a las descritas en la presente ficha técnica y en todos los casos informará de manera oportuna al COMISIONISTA VENDEDOR y a la BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. Se entiende por recibo a “ENTERA SATISFACCIÓN” cuando los bienes entregados cumplan con todas las especificaciones técnicas y los plazos previstos, situación que generará la expedición de dicho documento por parte del supervisor de la negociación el cual deberá ser presentado para el pago. PARÁGRAFO SEGUNDO: El pago se realizará una vez el recurso se encuentre plenamente identificado en las arcas de la Bolsa Mercantil de Colombia, con previa programación y disponibilidad del PAC, por ello la facturación deberá se coordinada con el supervisor de la negociación a fin de evitar contratiempos de pago, así las cosas, en el evento que no se tenga recurso identificado en la Bolsa Mercantil de Colombia, no habrá apropiación presupuestal para pago de las obligaciones adquiridas. PARÁGRAFO TERCERO: La autorización para pago será por medio escrito suscrito por el ordenador del gasto de la entidad, en la cual autorizará al comisionista comprador, dará la instrucción de pago de las obligaciones adquiridas por el

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COMITENTE COMPRADOR al comitente vendedor a la BMC hasta el destino correspondiente, en dicha autorización se indicará entre otros los siguientes conceptos: (a) No. De la Operación, (b) No. De Factura, (c) Retenciones aplicables (según sea el caso). PARÁGRAFO CUARTO: en el evento en que se realice un ajuste presupuestal a la negociación, solicitará la adición del 10%, según lo requiera el FDL-COMITENTE COMPRADOR, se mantendrán las reglas aquí establecidas. Los pagos de cada uno de los ítems anteriores se efectuarán dentro del plazo establecido, efecto para el cual la entidad adelantará los trámites pertinentes para realizar el pago dentro de dicho término. El pago al comitente vendedor depende de la oportunidad, calidad y aprobación en la presentación de los documentos e información señalados que en todos los casos deben ser allegados en el término acá establecido y no proceder a la acreditación en los sistemas dispuestos por la Bolsa, hasta tanto no se dé la aprobación de los documentos.

6. CONDICIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA CORRESPONDIENTES AL COMITENTE VENDEDOR PREVIAS A LA CELEBRACIÓN DE LA NERGOCIACIÓN

A efectos de participar en la Rueda de Negociación por cuenta del Comitente Vendedor, la Sociedad Comisionista Vendedora deberá entregar a la Bolsa, debidamente diligenciados, los Anexos No. 40 (Manifestación de Interés para participar en Rueda de Negociación) y No. 41 (Certificación del cliente sobre la no conformación de Beneficiario Real - Autorización para el levantamiento de la reserva para la validación de la conformación de Beneficiario Real) de la Circular Única de Bolsa, los cuales se adjuntan a la presente Ficha Técnica de Negociación. La certificación con todos los documentos señalados, deben ser entregados vía correo electrónico a más tardar el cuarto (4°) día hábil anterior a la Rueda de negociación antes de las 12:00 m. adjuntando cada uno de los documentos soportes de las condiciones exigidas en la presente ficha técnica de negociación, los cuales tienen que ser radicados debidamente foliados y con su respectivo índice, que contendrá los documentos de carácter jurídico y el otro los de carácter técnico, financiero y de experiencia. Para efectos de revisión, cada carpeta debe estar marcada, dependiendo si los documentos son Jurídicos o Técnicos. A más tardar el segundo (2°) día hábil anterior antes de las 12:00 m a la Rueda de Negociación, la Unidad de Gestión Estructuración remitirá a las sociedades comisionistas que hayan radicado documentos, el resultado de la verificación documental, para lo cual, las sociedades comisionistas vendedoras deberán, el día hábil anterior la Rueda de Negociación a más tardar a las 02:00 p.m entregar los documentos sujetos a subsanación. Nota: En cumplimiento del Artículo 3.1.2.5.6.1 de la Circular Única de Bolsa, el término pactado anteriormente para la subsanación será único, por lo que, los documentos allegados con posterioridad no serán admitidos ni objeto de verificación documental.

CONDICIONES JURÍDICAS DE PARTICIPACIÓN

1. Certificado de Existencia y de Representación Legal

Tratándose de persona jurídica, el comitente vendedor acreditará con el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio o autoridad competente con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el cual, de conformidad con la normatividad vigente se certifique su existencia y representación legal, que su duración no será inferior al término de ejecución de la operación y un (1) año

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más y que tiene por objeto social entre otros, prestar el servicio de vigilancia y seguridad privada o que en general sea suficiente para ejecutar la actividad que se desarrollará. De acuerdo a lo anterior deberá cumplir con lo siguiente: • Calidad Comitente Vendedor: Podrán participar todas las personas naturales, jurídicas consideradas legalmente capaces conforme las disposiciones legales colombianas. • Actividad Comercial / Objeto Social: Que tengan por actividad comercial (persona natural) y objeto social (personas jurídicas), entre otros, prestar el servicio de vigilancia y seguridad privada o que en general sea suficiente para ejecutar la actividad que se desarrollará. Si los documentos son presentados por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá dar cumplimiento al anterior requisito. • Duración: Si el comitente vendedor es una persona jurídica, acreditará que su duración no será inferior al plazo de la negociación y un (1) año más. • Autorización: Cuando el representante legal del comitente vendedor esté limitado en sus facultades para contratar y comprometerlo, acreditará mediante extracto o copia del acta aprobada de la Junta de Socios o Asamblea respectiva la correspondiente facultad. En todo caso este documento, cumplirá los requisitos señalados en el artículo 189 del Código de Comercio. Si figuran limitaciones en los estatutos para el representante legal, adjuntará fotocopia de los mismos.

2. Certificado de Matrícula de Persona Natural y del Establecimiento de Comercio (si aplica)

Tratándose de personas naturales, deberá acreditar su inscripción vigente en el Registro Mercantil, para lo cual, deberá allegar el certificado de Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio con fecha no superior a 30 días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el que conste que la actividad económica que ejerce le permita celebrar y ejecutar la negociación.

3. Personas Jurídicas Extranjeras.

Cuando se presente una persona jurídica extranjera con domicilio o sucursal en Colombia, debe adjuntar con la misma, el respectivo certificado de existencia y representación legal, cuya fecha de expedición no deberá ser anterior a los treinta (30) días previos a la fecha de cierre presentación de los documentos. Los citados documentos deben tener una fecha de expedición no mayor a ciento veinte (120) días calendario, anteriores al cierre del presente proceso de contratación. En todo caso, los documentos aportados por el comitente vendedor extranjero deben acreditar la siguiente información: A. Que el objeto social principal o conexo del comitente vendedor, o su actividad profesional o comercial, le permite

ejecutar el objeto contractual definido para el presente proceso de selección. B. Capacidad para participar en el proceso de selección, así como para presentar documentos para participar y ejecutar

la negociación en caso de adjudicación. C. Si es persona jurídica, que su duración o vigencia no es inferior a la duración de la operación y un (1) año más. D. Que el representante legal de la persona jurídica tiene la suficiente capacidad legal para comprometerla, sin

limitaciones de ninguna naturaleza o cuantía, en todos los aspectos requeridos para la presentación de la propuesta, la celebración de la operación y en general, para actuar frente a cualquier obligación que se derive de la celebración, legalización, ejecución, terminación de la operación.

E. En caso de tener alguna limitación estatutaria para presentar documentos para participar y ejecutar la negociación en caso de adjudicación y en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso de selección y de la operación en caso de resultar adjudicatario, debe adjuntarse una autorización del órgano social competente de la persona

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jurídica para participar en el proceso de selección, y efectuar cualquier acto derivado del mismo. Si participa en el proceso mediante apoderado, la autorización del órgano social debe incluir la facultad para nombrar apoderado, si no la tiene estatutariamente.

4. Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del comitente vendedor

Deberá allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía del comitente vendedor (persona natural) y del representante legal (persona jurídica), correspondiente a la persona que suscribe los documentos requeridos por la Entidad como condiciones previas a la negociación.

5. Documento privado de constitución de la figura asociativa; Consorcio o Unión Temporal (VER ANEXO 5)

Deberá allegar documento privado de constitución de la figura asociativa bajo los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. Los integrantes de la figura asociativa (consorcio o unión temporal) deberán allegar de forma individual las condiciones jurídicas solicitadas. Si se presenta por un consorcio o por una unión temporal, debe presentarse el documento de constitución, teniendo en cuenta los siguientes requisitos: A. Para Consorcios: Debe señalarse el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes.

B. Para Uniones Temporales: Debe señalarse el porcentaje de participación y las obligaciones y responsabilidades de cada

uno de los integrantes, respecto de la ejecución de la operación.

C. Acreditar el nombramiento de un representante del comitente vendedor plural, quien deberá tener facultades para

representar a los integrantes del comitente vendedor plural, sin limitaciones de cuantía o naturaleza.

D. Todos los integrantes deben acreditar su existencia, vigencia, representación legal, y capacidad jurídica.

E. Acreditar que el domicilio del componente plural es Colombia.

F. Que la vigencia del componente plural no será inferior a la duración estimada de la operación y un (1) año más.

G. Los integrantes del comitente vendedor plural no pueden realizar operaciones sobre su porcentaje o sobre el alcance de

sus obligaciones, sin previa autorización expresa y escrita del FDLSF.

H. Al momento de presentación de la documentación, el comitente vendedor debe indicar en la carta de presentación de la

misma el nombre del consorcio o la unión temporal y cuáles son sus integrantes.

Los integrantes del consorcio o unión temporal deben acreditar conjuntamente los requisitos que la presente ficha técnica de negociación señala para cada comitente vendedor. Para el presente proceso todos los integrantes del consorcio o unión temporal deben tener dentro de su objeto social o actividad profesional o comercial, la capacidad de desarrollar el objeto contractual definido. En todo caso, las personas que integren el consorcio o unión temporal responden solidariamente por las obligaciones contraídas en razón de la negociación. En el caso de la unión temporal, los integrantes de la misma responden solidariamente por la obligación que debe cumplirse, pero las sanciones causadas por el incumplimiento, según el caso, se imponen de acuerdo con la participación en la ejecución de la operación por parte de cada uno de los integrantes. En ningún caso podrá haber cesión de la operación entre quienes integren el consorcio, unión temporal.

6. Certificado de pagos a la Seguridad Social, aportes Parafiscales.

El comitente vendedor deberá haber pagado los aportes a Seguridad Social (salud, pensión, ARL), aportes Parafiscales (SENA, ICBF y cajas de compensación), e impuesto sobre la renta y equidad CREE vigencia 2019, cuando aplique, para lo cual allegará certificación expedida por el revisor fiscal cuando cuente con esta figura según el tipo societario, o por el representante legal, en el cual se señale que la sociedad ha cumplido en los últimos seis (6) meses con las obligaciones

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sobre el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social (Salud, Pensiones, Riesgos laborales), aportes parafiscales (ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar). En caso de que sea el revisor fiscal quien firme esta certificación, deberá aportar una fotocopia de la tarjeta profesional y el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores con una vigencia no superior a noventa (90) días calendario anteriores a la fecha de entrega de la documentación.

7. Certificación de antecedentes fiscales

No podrán aparecer reportados en el Boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo exigido por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, para lo cual, deberá allegar el certificado que en tal sentido expida la Contraloría General de la República, correspondiente al comitente vendedor (persona natural) o el representante legal y la persona jurídica (personas jurídicas). Nota: En el evento en que un representante legal suplente o apoderado con debidas facultades certifique algún documento inherente a las condiciones previas, deberá allegar el certificado de antecedentes de igual manera.

8. Certificado o consulta de antecedentes disciplinarios

No podrán registrar antecedentes disciplinarios o inhabilidades vigentes, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Procuraduría General de la Nación, y la Personería Distrital, correspondiente al comitente vendedor (persona natural) o el representante legal y la persona jurídica (personas jurídicas). Nota: En el evento en que un representante legal suplente o apoderado con debidas facultades certifique algún documento inherente a las condiciones previas, deberá allegar el certificado de antecedentes de igual manera.

9. CERTIFICADO DEL SISTEMA NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS RNMC del representante

legal del comitente vendedor. Lo anterior de conformidad con el art. 183 de la ley 1801 de 2016 Código Nacional

de Policía.

10. Certificación de no encontrarse incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con

Entidades Estatales y no estar registrado en listas OFAC (VER ANEXO1 y 2) Certificación escrita con fecha de expedición no superior a 30 días calendario anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del comitente vendedor, bajo la gravedad de juramento donde manifieste que ni él ni la persona jurídica que representa se encuentran incursos en causal alguna de Inhabilidad e Incompatibilidad y no estar registrado en las listas OFAC o lista Clinton para contratar con Entidades Estatales.

11. Registro Único Tributario y Registro de Información Tributaria

Documento de inscripción en el Registro Único Tributario, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN – Y Documento de registro de información tributaria, expedido por la Secretaria de hacienda Distrital NOTA: Para el caso de Consorcios o Uniones temporales, si es adjudicada la negociación, deberá presentar el Registro Único Tributario actualizado para la vigencia 2019 el cual deberá ser entregado al comisionista comprador al día siguiente de la negociación.

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CONDICIONES FINANCIERAS DE PARTICIPACIÓN

Con el objeto de lograr determinar la capacidad del comitente vendedor para ejecutar las obligaciones propias de la negociación, se verificará la capacidad financiera de los comitentes vendedores, a partir de la fijación de indicadores financieros, información que se verificará en el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación – RUP, correspondiente a los estados financieros con corte a la vigencia 2018 o 2019, el cual deberá estar vigente y en firme para el día de la presentación de los documentos. Para los interesados que no hayan renovado el RUP a la fecha de presentación de los documentos, el mismo podrá aportar el RUP de la vigencia 2018, de conformidad con lo establecido en el decreto 434 de 2020 “Por cual se establecen plazos especiales la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y los demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social RUES , como para las reuniones ordinarias de asambleas y cuerpos colegiados, para mitigar los efectos económicos del nuevo coronavirus COVID-19 en el territorio nacional”, articulo 2. INDICADORES FINANCIEROS:

INDICADOR CONDICIÓN VALOR

LIQUIDEZ (AC/PC) Mayor o Igual a 1.5

NIVEL DE ENDEUDAMIENTO (PT/AT) Menor o Igual a 62%

RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES (UTO /GI) Mayor o Igual a 1.9 Donde: AC: Activo Corriente, PC: Pasivo Corriente, AT: Activo Total, PT: Pasivo total, UTO: Utilidad Operacional, GI: Gastos sobre Intereses.

Nota: Los comitentes vendedores cuyos gastos de intereses sean CERO (0) no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el proponente cumple el indicador salvo que la utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses. NOTAS:

• El comitente vendedor CUMPLE: Si al verificar la capacidad financiera a título de condición previa a la negociación, el COMITENTE VENDEDOR, cumple con la totalidad de los indicadores financieros establecidos.

• El comitente vendedor NO CUMPLE: Si al verificar la capacidad financiera a título de condición previa a la negociación, el COMITENTE VENDEDOR, no cumple con la totalidad de los indicadores financieros establecidos.

En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales los índices financieros a diciembre 31 de 2018 o 2019 según sea el caso, de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal y se sumaran las cifras, de la siguiente manera LIQUIDEZ: (ACT1+ACT2)/(PAS1+PAS2) donde ACT1 = activos empresa 1 y ACT2 = activos empresa 2, con el fin de calcular los índices específicos de esta ficha técnica de negociación. INDICADORES ORGANIZACIONALES

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Se incluye la Capacidad Organizacional y su respectiva manera de medir la rentabilidad de los activos y del patrimonio. El cumplimiento de estos indicadores se verificará el Registro Único de Proponentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015

INDICADOR CONDICIÓN VALOR

RENTABILIDAD DEL ACTIVO (UTO/AT)*100

Mayor o Igual a Porcentaje

2.5% RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO

(UTO/Patr)*100 Mayor o Igual a

Porcentaje 2.8%

Donde: AT: Activo Total, Patr: Patrimonio, UTO: Utilidad Operacional.

Se considera que el comitente vendedor cumple con la capacidad financiera solicitada y que está en condiciones de participar en la negociación, si obtiene en cada indicador los valores anteriormente establecidos. NOTAS: 1. El comitente vendedor CUMPLE: Si al verificar la capacidad financiera a título de condición previa de participación, el

COMITENTE VENDEDOR, cumple con la totalidad de los indicadores financieros establecidos.

2. El comitente vendedor NO CUMPLE: Si al verificar la capacidad financiera a título de condición previa de participación, el COMITENTE VENDEDOR, no cumple con la totalidad de los indicadores financieros establecidos.

3. En caso de consorcios o uniones temporales la información financiera debe ser presentada por cada uno de los integrantes que conforman el consorcio o la unión temporal. Para la determinación de los índices se sumarán los valores de cada uno de sus integrantes y sobre este resultado se aplicarán los índices financieros según el caso.

CONDICIONES TÉCNICAS DE PARTICIPACIÓN

A. EXPERIENCIA ACREDITADA: RUP + ANEXO

Los comitentes vendedores deberán acreditar una experiencia en la que hayan ejecutado por lo menos el valor dispuesto para la negociación, a través de máximo TRES (3) contratos registrados en el RUP de acuerdo a la codificación definida en el LITERAL D, ejecutados y terminados durante los últimos cinco (5) años anteriores a la entrega de la documentación, para efectos de la acreditación el comitente vendedor deberá allegar el anexo 6:

ITEM BIEN, PRODUCTO o SERVICIO

Presupuesto Acreditar – en moneda $cop

Objeto de Acreditación

Grupo Único

1 Servicio Integral de

Seguridad, Vigilancia, Monitoreo y Alarmas

Igual o superior al presupuesto para la negociación

Servicio de Seguridad y/o Vigilancia, y/o Monitoreo Alarmas

y/o medios tecnológicos

Cada uno de los interesados en participar en la rueda de negociación deberá estar inscrito al menos en uno de los siguientes códigos de las clasificaciones señaladas a continuación:

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SEGMENTO

FAMILIA

CLASE

Código UNSPSC

Servicios de defensa Nacional,

Orden Público, Seguridad y

Vigilancia.

Seguridad y

Protección Personal.

Servicios de guardias. 92121500

Servicios de defensa Nacional, Orden Público, Seguridad y

Vigilancia.

Seguridad y Protección Personal.

Servicios de Sistemas de Seguridad.

92121700

NOTA: El comitente vendedor, deberá allegar copia de facturas, certificaciones y/o contratos con el fin de aclarar los datos consignados en el RUP, validando el presupuesto, además podrá presentar copia del contrato, actas de liquidación que trate el RUP, con el fin que la entidad verifique u aclare los datos consignados en éste. En ningún caso la copia del contrato o acta de liquidación reemplaza la inscripción en el RUP. En caso de tratarse de contratos en los cuales el comitente vendedor haya participado en Unión temporal o Consorcio, deberá indicar el porcentaje de participación respectivo o anexar copia del contrato o documento consorcial en el que se mencione el porcentaje de participación, y se evaluará sólo el valor del contrato que él ejecutó. De lo contrario, no se tomará en cuenta la experiencia. En el caso que el comitente vendedor haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial, debe tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de los mismos, que le hayan asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el certificado del contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que así lo acredite. Si se trata de un contrato con varias adiciones se contará como una sola experiencia. Si la certificación incluye varios contratos principales suscritos con la misma entidad se contará cada contrato por separado, es decir, cada contrato constituirá una experiencia.

B. EXPERIENCIA EN UNIÓN TEMPORAL O CONSORCIO (FACULTATIVO SI APLICA)

Si el comitente vendedor en la presente negociación participa a través de la figura de Consorcio o una Unión Temporal, la experiencia se evaluará teniendo en cuenta el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes. NOTA: Si el comitente vendedor en la presente negociación participa a través de la figura de Consorcio o una Unión Temporal, la experiencia se evaluará teniendo en cuenta el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.

C. EXPERIENCIA ACREDITADA EN LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA

Para el caso de experiencia en negociaciones en el escenario de Bolsa, la sociedad comisionista vendedora, deberá allegar comunicación suscrita por su representante legal, en el que indique las operaciones celebradas en este escenario por su comitente, que pretende sean aportadas al presente proceso de contratación. Así, para la validación de la experiencia, la Unidad de Estructuración de Negocios solicitará las certificaciones de las operaciones indicadas por la sociedad comisionista vendedora a través del aplicativo tecnológico dispuesto para estos efectos, y procederá a su validación adjuntándolas a la carpeta correspondiente.

D. REGISTRO ÚNICO DE COMITENTE VENDEDORES –RUP – CLASIFICACIONES EN EXPERIENCIA

CON CODIFICACIÓN UNSPSC

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Para poder participar las personas jurídicas o naturales, deben aportar el certificado de inscripción, calificación y clasificación en el Registro Único de Proponentes (RUP) de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.5.1.del Decreto 1082 de 2015. Igualmente deberán aportarlo cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal. Este certificado deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario para nacionales y para extranjeros de sesenta (60) días calendarios anteriores a la fecha prevista para la recepción de documentos. No se evaluará las actualizaciones realizadas por los comitentes vendedores que no se encuentre en firme al momento de la celebración de la rueda de negociación. NOTA: Si el comitente vendedor en la presente negociación participa a través de la figura de Consorcio o una Unión Temporal, la experiencia se evaluará teniendo en cuenta el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.

E. CONDICIONES PREVIAS TÉCNICAS ESPECIALES

1. VERIFICACIÓN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO (modalidad de vigilancia fija con medio

tecnológico y/o fija y móvil y medios tecnológicos)

El comitente vendedor a través de su representante legal deberá entregar la resolución por medio de la cual se otorga licencia de funcionamiento, con autorización para operar en la modalidad de vigilancia fija con medio tecnológico y/o fija y móvil y medios tecnológicos; en donde se pueda constatar que ésta está vigente, hasta por lo menos el término de liquidación de la operación. No obstante, para las licencias cuyo plazo expire durante la vigencia de la operación se deberá adjuntar carta suscrita por el Representante Legal del comitente vendedor, donde manifieste su intención de mantener la Licencia de Funcionamiento vigente. Para aquellos casos en los que las licencias se encuentren en trámite de renovación, el comitente vendedor deberá adjuntar copia del documento radicado mediante el cual inició el trámite de renovación de la licencia de funcionamiento ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Se entenderá por la entidad que la licencia se encuentra vigente, siempre que el comitente vendedor o alguno de los participantes de la unión temporal o consorcio haya presentado a tiempo ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada la solicitud de renovación, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 35 del Decreto 019 de 2012.

2. LICENCIAS PARA LA UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE COMUNICACIÓN EXPEDIDA POR EL

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

El COMITENTE VENDEDOR deberá aportar la Licencia o documento de autorización, vigentes a la fecha de entrega de la documentación, expedidos por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para el uso del espectro electromagnético, en la ciudad donde se prestará el servicio, según tabla de puestos de trabajo o sitios de entrega. Si los documentos son presentados por un consorcio o unión temporal, al menos un miembro del consorcio o unión temporal propietario de los equipos de telecomunicación deberá cumplir con el anterior requisito. No obstante, para las licencias cuyo plazo expire durante la vigencia de la operación se deberá adjuntar carta suscrita por el Representante Legal del comitente vendedor, donde manifieste su intención de mantener la Licencia vigente.

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Para aquellos casos en los que las licencias se encuentren en trámite de renovación, el comitente vendedor deberá adjuntar copia del documento radicado mediante el cual inició el trámite de renovación de la licencia ante la autoridad competente. Se entenderá por la entidad que la licencia se encuentra vigente, siempre que el comitente vendedor o alguno de los participantes de la unión temporal o consorcio haya presentado a tiempo ante la autoridad competente la solicitud de renovación, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 35 del Decreto 019 de 2012.

3. RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE AUTORIZA EL USO DE UNIFORMES Y

DISTINTIVOS

De conformidad con lo establecido en el Decreto 1979 de septiembre de 2001 y Resoluciones 510 de 2004 de marzo de 2004; 2852 de agosto de 2006 y 5351 de diciembre de 2007 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, por medio de las cuales se establecen los diseños, colores, materiales, condiciones de uso y demás disposiciones de los uniformes y distintivos utilizados para el personal de vigilancia y seguridad privada, el comitente vendedor anexará copia de la Resolución por la cual la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada le autoriza el uso de uniformes y distintivos. Si los documentos son presentados por un consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá anexar estos documentos.

4. RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE AUTORIZA EL USO ESPECTRO

RADIOELÉCTRICO

El comitente vendedor deberá presentar copia de la Resolución expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en la cual conste que se le ha otorgado el permiso para utilizar el espectro radioeléctrico, la cual debe encontrarse vigente a la fecha de cierre del presente proceso contractual y mantenerse vigente durante la ejecución de la operación. Este permiso debe haber sido expedido a nombre del comitente vendedor. En caso de que el permiso se encuentre en trámite de renovación, el comitente vendedor deberá presentar el documento soporte expedido por la autoridad competente en los términos establecidos en el Decreto Ley 019 de 2012. Si los documentos son presentados por un consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá anexar estos documentos.

5. CERTIFICACIÓN DE RADIO-TELÉFONO MÓVIL

El comitente vendedor deberá contar con el servicio de comunicaciones a través de Avantel, es decir: (radio y teléfono móvil), para lo cual deberá presentar copia de los contratos vigentes respectivos entre el comitente y la prestadora de los servicios, o la certificación de Avantel donde acredite la vigencia con una fecha de expedición no mayor a 30 días hábiles a la fecha de la presentación de la rueda de compra. NOTAS: El comitente vendedor, de conformidad al esquema de comunicación que ofrezca deberá presentar la relación de equipos que destinará para prestar este servicio debidamente discriminado.

6. PERMISOS DE TENENCIA O PORTE DE ARMAS.

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El COMITENTE VENDEDOR deberá anexar fotocopia legible de los permisos de porte o tenencia de armas vigentes por turno y puesto de trabajo (mínimo 10) que se utilizarán para la ejecución del objeto contractual, expedido por las autoridades nacionales expedidos por el departamento control comercio de armas (dcca) ministerio de defensa nacional, para las armas ofrecidas, vigentes a la fecha de presentación de documentos, a nombre del comitente, en los sitios donde se prestará el servicio, para la totalidad del armamento requerido. Si los documentos son presentados por un consorcio o unión temporal y las armas pertenecen a más de uno de sus miembros, cada uno de estos deberá cumplir con la anterior condición, frente a la totalidad de las armas requeridas para cada puesto de trabajo.

7. COPIA PÓLIZA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL QUE AMPARE EL USO

INDEBIDO DE ARMAS DE FUEGO.

El COMITENTE VENDEDOR deberá presentar copia de la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual la cual deberá estar vigente durante todo el tiempo de la prestación del servicio, en la que ampare el uso indebido de armas de fuego. Dicha póliza debe ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, debe tener un valor no inferior a 400 SMMLV. Si los documentos son presentados por un consorcio o unión temporal y las armas pertenecen a más de uno de sus miembros, cada uno de estos deberá cumplir con la anterior condición. Si los documentos son presentados por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá presentar de manera independiente la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual que ampare el uso indebido de armas de fuego.

8. CERTIFICACIÓN DE CAPACIDAD TÉCNICA

(VER ANEXO 4).

El comitente vendedor deberá diligenciar y allegar el anexo 4 suscrito por el representante legal del comitente vendedor, donde certifica bajo la gravedad del juramento las condiciones establecidas en el anexo.

9. CERTIFICACIÓN VEHÍCULOS Y TRANSPORTE REGISTRADOS EN EL RENOVA

El comitente vendedor deberá contar mínimo con cinco (5) vehículos (entre automotores y motocicletas), de modelo superior al 2014, registrados en el RENOVA para efectos de la supervisión y visitas de control a las distintas sedes donde se presta el servicio, los cuales deberán estar registrados ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, para el efecto deberá adjuntar pantallazo del RENOVA donde conste el cumplimiento del requisito. Lo anterior conforme al Decreto - Ley 356 de 1994 “Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada”, el Decreto Reglamentario 2187 de 2001, el artículo 15 del Decreto 1979 de 2001 que regula lo relacionado con el equipo automotor y las demás normas que tengan concordancia sobre el tema.

10. CARTA DE COMPROMISO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA,

SEGURIDAD PRIVADA INCLUYENDO TODOS LOS EQUIPOS Y ELEMENTOS NECESARIOS

(VER ANEXO 4)

El comitente vendedor deberá diligenciar y allegar el anexo 4 suscrito por el representante legal del comitente vendedor, donde certifica bajo la gravedad del juramento las condiciones establecidas en el anexo.

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11. CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA,

SEGURIDAD PRIVADA (VER ANEXO 4)

El comitente vendedor deberá diligenciar y allegar el anexo 4 suscrito por el representante legal del comitente vendedor, donde certifica bajo la gravedad del juramento las condiciones establecidas en el anexo, las cuales se describen a continuación: PERFIL VIGILANTE. Los vigilantes deben poseer nivel de formación académica bachiller, nivel básico o fundamentación, situación militar definida, antecedentes disciplinarios y no registrar antecedentes judiciales, copia de la credencial otorgada por la Superintendencia de Vigilancia o el pantallazo que da el aplicativo en el cual se acepta la acreditación del correspondiente vigilante que será verificado a través de la página web de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (estos documentos se acreditarán mediante la presentación de los mismos en físico para cada vigilante). La credencial allegada se entenderá que fue expedida luego de haber surtido el proceso de acreditación que establece la Circular 11 de 2012 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, conforme lo señalado en el numeral 2.1, el cual señala “Deberá validar la información de todo su personal operativo vigente, de manera electrónica, cada vez que pretenda ingresar o retirar el mismo” y numerales siguientes. Los vigilantes deberán contar con una experiencia en la prestación del servicio de vigilancia, mínima de un (1) año, la cual debe acreditar mediante certificaciones contractuales o laborales.

7. REVISIÓN Y ACEPTACIÓN DOCUMENTAL

No se tendrán en cuenta documentos que no se ciñan estrictamente a los requisitos solicitados. Una vez adjudicada la operación, los documentos soporte de los requisitos del comitente vendedor deberán ser solicitados por el comisionista comprador en la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios, al día siguiente que se celebre la rueda de negocios antes de las 5:00 p.m., a fin de que ésta última los entregue al comitente comprador para la revisión, aceptación o rechazo de los mismos, para lo cual contará con un máximo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la negociación. La sociedad comisionista compradora se obliga a informar a la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios mediante certificación suscrita por el representante legal manifestando el cumplimiento y aceptación de los requisitos por parte del comitente vendedor (es) que resulta (n) adjudicatario (s), en caso de concepto de rechazo por parte del comitente comprador de los documentos soporte de los requisitos de los comitentes vendedores así deberá informarlo a la Unidad de Operaciones. En todo caso, el plazo máximo para establecer la aceptación por cumplimiento o rechazo por incumplimiento, será como máximo el tercer (3) día hábil siguiente al plazo establecido para la entrega de los documentos incluido en precedencia, en todo caso, de no hacerlo o requerir de forma extemporánea se entenderá la aceptación de los mismos por parte del comitente comprador.

8. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA Y COMITENTE VENDEDOR

A continuación, se establecen las obligaciones a cargo de la sociedad comisionista vendedora y comitente vendedor para la ejecución de la negociación.

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Si al momento de la prestación del servicio en el respectivo sitio, los medios tecnológicos no cumplen con las especificaciones establecidas en el documento de condiciones especiales, se procederá con la aceptación o rechazo del servicio, conforme a lo establecido en el reglamento de funcionamiento y operación de la Bolsa.

El comitente comprador a través del supervisor, efectuará al momento de la entrega las pruebas selectivas en cada entrega y comprobará la calidad de los bienes suministrados (arcos, avanteles, etc.). En el evento de que alguno (s) resulte (n) defectuoso (s), o no cumpla (n) con las especificaciones establecidas, los deberá remplazar en un tiempo no mayor de Dos (2) días calendario contados a partir del informe del supervisor. OBLIGACIONES GENERALES COMITENTE VENDEDOR El comitente vendedor deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

1. Suscribir oportunamente el acta de inicio, conjuntamente con el/la supervisor/a del mismo, cuando corresponda 2. Entregar al supervisor los documentos elaborados en cumplimiento de las obligaciones contractuales, así como

los informes y archivos a su cargo, requeridos sobre las actividades realizadas durante la ejecución del mismo (Cuando aplique).

3. Constituir Garantía las garantías a que haya lugar y gestionar su actualización, modificación cuando sea el caso 4. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo de la negociación le imparta el Fondo de Desarrollo Local de

Santa Fe, por conducto del funcionario que ejercerá el control de ejecución. 5. Dar aplicación a los subsistemas que componen el Sistema Integrado de Gestión adoptados por la Secretaría

Distrital de Gobierno. 6. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión de la

negociación, así como, respetar la titularidad de los derechos de autor, en relación con los documentos, obras, creaciones que se desarrollen en ejecución de la negociación.

7. Dar estricto cumplimiento al Ideario Ético del Distrito expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., así como a todas las normas que en materia de ética y valores expedida la Secretaria Distrital de Gobierno en la ejecución de la negociación.

8. Utilizar de manera racional los recursos energéticos e hídricos de las instalaciones donde ejecuta sus actividades, así mismo realizar uso eficiente de los materiales e insumos; efectuar el manejo y disposición adecuada de los residuos sólidos ordinarios, peligrosos, especiales, igualmente realizar control y tratamiento de vertimientos y emisiones atmosféricas que se generen en ejercicio de las actividades derivadas de la ejecución de la negociación.

9. Facilitar al supervisor todas las evidencias que soporten el cumplimiento normativo ambiental y la aplicación de criterios ambientales, según lo establecido en la guía verde de contratación de la entidad y las fichas ambientales del manual de compras públicas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

10. Realizar el pago de los aportes al régimen de seguridad social, en proporción al valor mensual de la negociación, y entregar copia de la planilla correspondiente al supervisor designado por el comitente comprador para cada pago.

11. Entregar para cada pago, la certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal, que acredite el cumplimiento del pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar de los últimos seis (6) meses, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 o aquella que lo modifique, adicione o complemente.

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL COMITENTE VENDEDOR

1. Prestar el servicio objeto de la negociación, de conformidad con los requisitos detallados en los documentos de condiciones especiales anexas y que hacen parte integral a este documento.

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2. Garantizar la seguridad en los bienes muebles e inmuebles sede del comitente comprador. 3. Atender de forma inmediata las observaciones y requerimientos hechos por el supervisor de la negociación o

quien haga sus veces. 4. Reemplazar y relevar el personal cuando el comitente comprador lo solicite por faltas o fallas en el servicio. 5. Responder por las pérdidas o sustracciones que se puedan presentar por negligencia, imprudencia, impericia o

dolo de su personal y por los daños o destrucciones de muebles o inmuebles ocurridos dentro de las áreas de vigilancia, previo proceso de investigación.

6. Suministrar los elementos, armamento, medios de comunicación, equipos, materiales, recurso humano apto competente y debidamente dotado, vehículos y todos los demás recursos necesarios para la total y correcta prestación del servicio, cumpliendo con lo previsto en la presenta ficha. técnica de negociación y documento de condiciones especiales, así como las disposiciones técnicas y legales que regulan estos servicios.

7. Responder por la conducta y actos de su personal y mantener supervisión directa sobre el mismo. 8. El personal deberá estar debidamente uniformado, carnetizado y capacitado de acuerdo con la normatividad

exigida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. 9. Así mismo si la negociación es adjudicada a un consorcio o unión temporal, los integrantes deberán dotar al

personal que prestará el servicio con una chaqueta que los identifique como miembros del consorcio o unión temporal, el diseño y el color serán iguales para todos los miembros del consorcio o unión temporal. Nota: La chaqueta será proporcionada de manera adicional al uniforme establecido por la ley.

10. Reportar oportunamente a la entidad los hechos y circunstancias que llegaren a ocurrir durante la prestación del servicio, registrando los mismos en el libro de minuta de cada puesto.

11. Verificar que los elementos de propiedad del comitente comprador que vayan a ser retirados de sus instalaciones, cuenten con la respectiva autorización de salida, de acuerdo con los procedimientos establecidos e informados por el comitente comprador a través del supervisor designado.

12. El comitente vendedor deberá ejercer en la recepción de las oficinas del comitente comprador donde fuere asignados, control sobre la entrada y salida de visitantes.

13. El comitente vendedor deberá garantizar el correcto funcionamiento del software y la capacitación del personal encargado de su operación, durante la vigencia de la prestación del servicio contratado.

14. El comitente vendedor deberá prestar el servicio con los equipos necesarios para el cumplimiento de la labor, acorde con los aspectos solicitados por el comitente comprador en el presente documento y en el documento de condiciones especiales adjunto.

15. El comitente vendedor a solicitud del supervisor o quien haga sus veces y de acuerdo con las necesidades del servicio, deberá establecer cambios de horario y puestos de trabajo. Observando estrictamente el cumplimiento de las normas laborales, (sin exceder la intensidad horaria de jornadas de ley y demás derechos laborales del personal).

16. El comitente vendedor brindará colaboración y recibirá la capacitación necesaria por parte del comitente comprador, para el desarrollo de los planes de evacuación que la institución implemente.

17. El comitente vendedor deberá garantizar la comunicación permanente con los diferentes puestos, utilizando sistemas de comunicación debidamente autorizados por el Ministerio de Comunicaciones, en los casos que se requiera.

18. El comitente vendedor deberá vincular al personal o tratándose de la cooperativa en los términos previstos para estos efectos para la prestación de los servicios, observando estrictamente las disposiciones laborales y prestacionales, afiliando al personal al Sistema Integral de Seguridad social.

19. Asumir completamente y bajo su absoluta responsabilidad los costos de los elementos, dotación, equipos, salarios, prestaciones sociales de todo el personal que emplea para la ejecución de los servicios contratados y para obtener las diferentes licencias y/o permisos que se requieran para la prestación y utilización de estos servicios.

20. Para efectos de pago, el comitente vendedor deberá presentar los comprobantes de pago de los aportes al sistema de seguridad social integral en salud, pensiones, parafiscales, riesgos laborales de todos los trabajadores

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que emplea para la prestación de los servicios al comitente comprador, en desarrollo de la ejecución del objeto contractual, asimismo deberá aportar el acta de seguimiento mensual, suscrito por el comitente vendedor y el supervisor de la operación, dejando constancia del cumplimiento a satisfacción por parte del comitente vendedor frente al objeto y demás obligaciones adquiridas por éste.

21. Si la fecha de vencimiento de la licencia de funcionamiento y las demás licencias requeridas por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, se presentare durante el plazo de ejecución de la negociación, el comitente vendedor se compromete a solicitar la renovación, 60 días calendario antes de la pérdida de vigencia de las mismas, para lo cual remitirá una copia de la solicitud al supervisor designado por el comitente comprador. Si existiere paralización del servicio por causa del vencimiento de las licencias sin que se haya renovado por el comitente vendedor, se hará merecedor de las sanciones legales consecuencia de esta omisión.

22. El personal que disponga el comitente vendedor para la prestación del servicio, no podrá consumir licores o sustancias psicotrópicas ni encontrarse bajo sus efectos en el ejercicio de sus funciones, ni realizar actos que puedan menoscabar la confianza que el comitente comprador ha depositado en él.

23. El armamento usado para la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, será de propiedad exclusiva del comitente vendedor que preste el servicio y siempre deberá tener vigente las licencias, salvoconductos y autorizaciones respectivas. Se entiende que el comitente vendedor deberá adoptar las medidas de seguridad adecuadas para el correcto manejo, guarda y uso de las mismas.

24. Cumplir estrictamente los requisitos, normas, protocolos de seguridad, y demás disposiciones que regulan la prestación de todos los servicios de vigilancia y seguridad privada.

25. Presentar para la firma del acta de inicio de la ejecución de la operación, los contratos firmados del personal para la prestación de los servicios, la relación del personal, aportando las respectivas hojas de vidas con los soportes, los comprobantes de afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social.

26. Firmar el acta de inicio de ejecución de la operación, en la cual se dejará constancia del recibo de las instalaciones (inventarios) y puesta en funcionamiento de los equipos, elementos, recurso humano, dotación, y demás requeridos para la correcta ejecución de las obligaciones contractuales.

27. El comitente vendedor de llegar a ser declarado incumplido por el comitente comprador, no podrá suspender la prestación del servicio de forma inmediata, sino que deberá esperar a que se genere el procedimiento establecido por la Bolsa, o la entidad, adelante un nuevo proceso de selección. Tiempo que será cancelado por la entidad bajo los términos pactados.

28. Una vez finalizada la ejecución de la operación, deberá firmar el acta de entrega, en la cual se indicarán todas las circunstancias y aspectos antes referidos para el acta de inicio.

29. El comitente vendedor deberá designar un representante, quien tendrá contacto permanente con el supervisor de la negociación que designe el comitente comprador, presentando informes mensuales ordinarios, suficientes y oportunos, sobre el estado de los servicios, que contengan como mínimo el estado de la ejecución de la negociación.

30. Llevar a cabo el control de las minutas e informes generados durante la ejecución del servicio y poner a disposición del supervisor del FDLSF tales documentos cuando los mismos sean requeridos.

31. Controlar el sistema de monitoreo del sistema de vigilancia del FDLSF. 32. Relación de los equipos de comunicación asignados a cada puesto para la prestación de servicio, deben permitir

comunicación inmediata con la Policía, Bomberos, Tránsito, Taxistas y con la empresa prestadora del servicio de vigilancia.

33. El comitente vendedor deberá encontrarse y permanecer inscrito a la Red de antiexplosivos e incendios de la Fiscalía General de la Nación y al Frente de Seguridad Empresarial de la DIJÍN. Requisito que acreditará mediante la presentación de las constancias o certificaciones de su vinculación a las redes. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, la certificación deberá ser presentada por cada uno de los integrantes.

34. Supervisar permanentemente al personal que preste el servicio, mediante visitas que se efectuarán con patrulla en horarios fijos y con patrulla en horarios sorpresivos.

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35. Cumplir con los deberes y obligaciones que rigen la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 356 de 1994 Reglamentado parcialmente por el Decreto 3222 de 2002 y demás normas que regulen la materia.

36. Realizar las actividades necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto del presente proceso de contratación con estricta sujeción a las normas legales.

37. Rendir y elaborar informes mensuales, elaborar conceptos, proyectos, estudios y demás trabajos que se le soliciten en desarrollo de la operación.

38. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo de la operación se le impartan por parte del FDLSF. 39. Allegar copia de cada uno de los salvoconductos de las armas destinadas a la prestación del servicio de vigilancia,

así como la correspondiente autorización de registro expedida por la superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

40. Tomar e implementar los correctivos necesarios para la adecuada prestación del servicio. 41. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y entrabamientos. 42. Mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo de la operación. 43. Realizar los relevos en forma oportuna en los distintos puestos de servicio, de tal manera que, en ningún

momento, el puesto quede desprovisto del servicio. 44. Programar mensualmente según lo indique el Supervisor de la Compañía de Vigilancia, los turnos respectivos, sin

que se exceda la jornada legal máxima permitida, reservándose el Instituto el derecho a trasladar, cambiar de sitio o solicitar la rotación de cambio del personal cuando lo crea necesario.

45. Capacitar a todo el personal que preste el servicio en la ciudad de Bogotá en materia de calidad de vida laboral, relaciones interpersonales, atención al público, servicio al cliente, conocimiento de los productos y servicios FDLSF de la Entidad y otros afines en procura de optimizar la prestación del servicio.

46. Instalar y poner en funcionamiento los medios de apoyo ofrecidos para la prestación del servicio. 47. La Compañía de vigilancia responderá por los perjuicios que se causen al comitente comprador con ocasión de

averías, daños o destrucción de bienes muebles, inmuebles, hurto o cualquier hecho que constituya responsabilidad del mandante vendedor o sus empleados o dependientes ocurridos en desarrollo de la operación. Previa investigación de los hechos y de dicha investigación se determine si existe responsabilidad de los funcionarios de la compañía de seguridad o no Por lo anterior deberá reponer el bien objeto de hurto o daño dentro de los quince días siguientes a la ocurrencia del hecho, o pagar en dinero el valor de éstos de acuerdo con el valor comercial del mismo. Debiendo además reemplazar el personal que haya participado de forma negativa en los mencionados hechos.

48. Las demás que se deriven de la naturaleza de la negociación. En todo caso, el comitente vendedor previo a la participación a la rueda de negociación debe tener en cuenta todos los aspectos técnicos, jurídicos, financieros y económicos indicados en la presente ficha técnica de negociación. CUMPLIMIENTO DOCUMENTOS DE CONDICIONES ESPECIALES: La prestación del servicio cumplir con los requisitos y calidades exigidas en el documento de condiciones especiales. El comitente vendedor además de cumplir las obligaciones arriba descritas deberá cumplir con las siguientes obligaciones incluyendo la entrega de medios tecnológicos necesarios para garantizar la efectiva custodia de los bienes muebles e inmuebles y la protección de los funcionarios y contratistas que laboran en las sedes que se indican a continuación y áreas de la Entidad, así como sus visitantes, brindando así un ambiente de seguridad que permite desarrollar las actividades que les competen a todos los que en ella laboran, de la siguiente manera:

EQUIPOS Y MEDIOS TECNOLÓGICOS

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ITEM DESCRIPCIÓN LUGAR IDENTIF. CANT ESPECIFIC.

1 Medios tecnológicos, SISTEMA DE MONITOREO DE ALARMA VEINTICUATRO (24) HORAS de Domingo a Domingo (Sistema total debe ser ofrecido por el proponente). 10 Sensores de movimiento que activen las alarmas.

CALLE 20 No. 17-22

Bodega

1 No aplica

2 SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CON 7 CAMARAS Y SISTEMA DE GRABACION PERMANENTE PARA EL LOTE CALLE 20 (Sistema total debe ser ofrecido por el proponente) 24 Horas. Cámaras con sensor de movimiento y visor nocturno.

Lote calle 20 N° 12-44

LOTE

1 No aplica

3 DVR con capacidad de almacenamiento de video para las 7 cámaras por un mínimo de 15 días hábiles.

Lote calle 20 N° 12-44 LOTE

1 No aplica

4 SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CON 17 CAMARAS Y SISTEMA DE GRABACION PERMANENTE PARA LOS SEIS (06) PISOS DE LA ALCALDIA LOCAL DE SANTA FE (Sistema total debe ser ofrecido por el proponente) 24 Horas. Cámaras con sensor de movimiento y visor nocturno.

CALLE 21 No. 5 - 74

Alcaldía SANTA FE

1 No aplica

5 DVR con capacidad de almacenamiento de video para las 17 cámaras por un mínimo de 15 días hábiles.

CALLE 21 No. 5 - 74

Alcaldía SANTA FE

1 No aplica

6 TORNIQUETE con lector de tarjetas de acceso y lector de huella; en acero inoxidable; bidireccional habilitado para entrada y salida; controlador interno. El proponente debe garantizar un mínimo de 100 tarjetas de acceso para los visitantes.

Alcaldía SANTA FE 1 No aplica

7 SOFTWARE PARA CONTROL DE ACCESO A VISITANTES Y FUNCIONARIOS: Debe permitir: - Controlar la apertura de 3 puertas en diferentes pisos de la Alcaldía Local. - Registrar la fecha de entrada y salida de funcionarios por huella digital habilitando la apertura del acceso en caso de ser necesario. - Exportar informes en Microsoft Excel de funcionarios. El informe debe indicar por cada persona, fecha y hora de entrada, fecha y hora de salida, Nombre registrado, documento identidad registrado y evento (Entrada - Salida) Dicho informe debe poder ser exportado por USUARIO, garantizando todos los eventos registrados para el mismo usuario. - Exportar informes en Microsoft Excel de

Alcaldía SANTA FE 1 No aplica

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visitantes. El informe debe indicar por cada persona, fecha y hora de entrada, fecha y hora de salida, Nombre registrado, documento identidad registrado, evento (Entrada - Salida), dependencia visitada y persona visitada. - El software debe permitir la administración de usuarios permitiendo escanear o Tomar foto por cámara web en alta calidad. Habilitar y deshabilitar usuarios en el sistema cada que se requiera. - El software debe ser web y debe tener el licenciamiento correspondiente en caso de requerirse. - El software debe permitir configurar e imprimir sticker para visitantes con la siguiente configuración mínima: Foto, Nombre completo, Dependencia donde se dirige, nombre del funcionario que busca.

8 HARDWARE - Equipo de cómputo con Microsoft Windows 10 Licenciado y mínimo 1 TB de espacio en disco, 4 GB de memoria RAM, Pantalla de 21 Pulgadas mínimo Procesador i5 con frecuencia base de 3,0 GHZ. Debe Tener Puertos HDMI, de red, y demás condiciones necesarias para el uso del software ofertado. - Cámara Web de alta calidad, compatible con el equipo y software ofrecidos por el proponente. - Impresora de Sticker con insumos como son papel, tintas, cintas y debe ser compatible con el software ofrecido. - Incluir costos de elementos adicionales en caso de ser requeridos para cumplir los requerimientos mínimos del Fondo de Desarrollo Local.

CALLE 21 No. 5 - 74

Alcaldía SANTA FE

1 No aplica

9 SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CON 5 CAMARAS Y SISTEMA DE GRABACION PERMANENTE PARA LAS INSPECCIONES (Sistema total debe ser ofrecido por el proponente) 24 Horas. Cámaras con sensor de movimiento y visor nocturno.

Carrera 5 Nº 15-21 Piso 7

Inspecciones de Policía

1 No aplica

10 DVR con capacidad de almacenamiento de video para las 5 cámaras por un mínimo de 15 días hábiles.

Carrera 5 Nº 15-21 Piso 7

Inspecciones de Policía

1 No aplica

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11 SOFTWARE PARA CONTROL DE ACCESO A VISITANTES Y FUNCIONARIOS: Debe permitir: - Registrar la fecha de entrada y salida de funcionarios - Exportar informes en Microsoft Excel de funcionarios. El informe debe indicar por cada persona, fecha y hora de entrada, fecha y hora de salida, Nombre registrado, documento identidad registrado y evento (Entrada - Salida) Dicho informe debe poder ser exportado por USUARIO, garantizando todos los eventos registrados para el mismo usuario. - Exportar informes en Microsoft Excel de visitantes. El informe debe indicar por cada persona, fecha y hora de entrada, fecha y hora de salida, Nombre registrado, documento identidad registrado, evento (Entrada - Salida), dependencia visitada y persona visitada. - El software debe permitir la administración de usuarios permitiendo escanear o Tomar foto por cámara web en alta calidad. Habilitar y deshabilitar usuarios en el sistema. - El software debe ser web y debe tener el licenciamiento correspondiente en caso de requerirse. - El software debe permitir configurar e imprimir sticker para visitantes con la siguiente configuración mínima: Foto, Nombre completo, Dependencia donde se dirige, nombre del funcionario que busca.

Carrera 5 Nº 15-21 Piso 7

Inspecciones de Policía

1 No aplica

12 HARDWARE - Equipo de cómputo con Microsoft Windows 10 Licenciado y mínimo 1 TB de espacio en disco, 4 GB de memoria RAM, Pantalla de 21 Pulgadas mínimo Procesador i5 con frecuencia base de 3,0 GHZ. Debe Tener Puertos HDMI, de red, y demás condiciones necesarias para el uso del software ofertado. - Cámara Web de alta calidad, compatible con el equipo y software ofrecidos - Impresora de Sticker con insumos como son papel, tintas, cintas y debe ser compatible con el software ofrecido. - Incluir costos de elementos adicionales en caso de ser requeridos para cumplir los requerimientos mínimos del Fondo de Desarrollo Local

Carrera 5 Nº 15-21 Piso 7

Inspecciones de Policía

1 No aplica

13 ESCANER DETECTOR DE METALES MANUALES: Detector de Metales Manual tipo Garrett.

Por definir ubicación 3 No aplica

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14 SISTEMA DE COMUNICACIONES. Alquiler de Equipos AVANTEL para las sedes en donde se prestará el servicio de Vigilancia Fija.

Para las sedes que requieren vigilancia Fija

5 Debidamente autorizados por

las entidades competentes y así como de su

respectivo permiso con la

cobertura para la ejecución de la

operación.

Para llevar a cabo una eficiente prestación del servicio de vigilancia y Seguridad Privada, el oferente dispondrá como mínimo del siguiente equipo (Sin costo adicional para el FDLSF)

ITEM DETALLE DEL EQUIPO CANTIDAD

1 Uniforme completo con distintivo de la empresa Para cada vigilante

2 Equipo de impermeable Mínimo uno (1) por sede

3 Revolver calibre 38 largo Los servicios armados requeridos

4 Chapuza y correa para armamento Los servicios armados requeridos

5 Linterna de Batería grande Mínimo uno (1) por sede

6 Radio teléfono portátil con frecuencia interna. Vigilantes Para cada vigilante

7 Pito y/o silbato individual Para cada vigilante

9 Lámparas portátiles fluorescentes recargables para emergencia Mínimo uno (1) por sede

10 Vehículos patrulleros para supervisión y control de puestos Para Bogotá un vehículo, para cada Área Operativa

Los servicios podrán sufrir modificaciones a solicitud del Supervisor de la operación, pudiendo disminuir o aumentar sus cantidades, horarios, días de prestación del servicio. Igualmente, el Supervisor de la operación, podrá requerir la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada en sitios diferentes a los anteriormente descritos. Para el cubrimiento de los puestos de servicio, el mandante vendedor organizará los turnos con el personal propuesto, de tal forma que no superen el límite de la jornada laboral, de acuerdo con lo establecido en las normas que rigen la materia. El comitente vendedor se obliga al pago de salarios y prestaciones sociales y pago de aportes al sistema integral de seguridad social integral en salud, pensión y ARL o parafiscales del personal a su cargo y deberá contemplar dentro de sus estimaciones el incremento del salario mínimo mensual legal vigente, dado que la ejecución de la negociación puede extenderse a la vigencia 2021.

i. SERVICIOS AGREGADOS, EQUIPOS DE APOYO Y/O MEDIOS TECNOLÓGICOS DE

APOYO

Se entiende por servicios agregados y equipos de apoyo aquellos que se requieren para la adecuada prestación del servicio, estos pueden ser propiedad FDLSF o del mandante vendedor e instalados y prestados en las instalaciones del contratante durante el plazo de ejecución de la operación, cuyo costo es adicional a los servicios regulados por el Decreto No. 4950 de 2007.

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El FDLSF requiere los siguientes servicios agregados o de apoyo necesarios para la correcta prestación del servicio:

MEDIOS TECNOLÓGICOS DE APOYO: Operación y monitoreo suministrando e instalando sin costos adicionales repuestos, insumos y el mantenimiento integral de los siguientes sistemas:

INSTALACIÓN , MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE Y EQUIPOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA DE CONTROL DE VISITANTES

SUB ITEM DESCRIPCIÓN

1

Mantenimiento preventivo, correctivo y predictivo del sistema de registro de visitantes, a ubicar en la Sede Principal y sede de inspecciones. Incluye el software, hardware, así como el suministro de los insumos necesarios para su correcto funcionamiento. SOFTWARE y HADWARE descrito en los ítems: 8-9

2 Mantenimiento preventivo, correctivo y predictivo del lector biométrico para instalar en el primer piso de la ALSF.

ii. OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE SEGURIDAD QUE PRESTARÁ EL SERVICIO

SERVICIO DE SUPERVISORES Y/O JEFES DE SEGURIDAD Y/O COORDINADOR DE ZONA El comitente vendedor deberá prestar como mínimo un servicio SIN COSTO PARA EL FDLSF de un Supervisor y/o Jefe de Seguridad y/o Coordinador de Zona, INDEPENDIENTE DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS, quien se encargará de controlar y coordinar el personal de vigilancia durante la prestación del servicio en horario determinado por el comitente vendedor. Así mismo, deberá prestar SIN COSTO PARA EL FDLSF, como mínimo un (1) servicio de Coordinador de zona, para los servicios que se prestarán en la LOCALIDAD DE SANTA FE, el cual atenderá y coordinará la ejecución dela operación con el Supervisor del FDLSF, estará encargado de organizar, programar, dirigir, coordinar y controlar las labores del personal asignado a la negociación, coordinar las acciones de los supervisores de la Compañía de Vigilancia, efectuar visitas periódicas a los sitios donde se presta el servicio, detectar oportunamente y corregir los problemas en la prestación del servicio, programar la rotación de los vigilantes y mantener disponibilidad permanente para atender los requerimientos que se hagan por parte del Área de gestión de desarrollo local- Administrativa y Financiera a través del Supervisor de la Compañía Vigilancia. LA FUNCIÓN PRESTADA POR LOS PUESTOS DE COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA, NO TENDRÁ COSTO ALGUNO PARA EL FDLSF, YA QUE ESTE SERVICIO SE CONSIDERA INHERENTE AL SERVICIO PARA UNA PRESTACIÓN RESPONSABLE DEL MISMO. Los inspectores deberán movilizarse en vehículos con modernos equipos de comunicación, controlados en forma permanente desde la central de mando y operaciones, durante las veinticuatro (24) horas del día, de lunes a domingo incluyendo festivos. La supervisión permanente al personal se realizará mediante visitas que se efectuarán en tres modalidades:

✓ Con patrulla en horarios fijos, ✓ Con patrulla en horarios sorpresivos, ✓ Visita trimestral del personal directivo de la empresa contratista a las instalaciones del usuario, en las cuales el

directivo realizará un seguimiento integral a la prestación del servicio, presentación personal de los vigilantes y de la recepcionista, revisión de las instalaciones mediante recorrido y rastreo de los elementos y armas - municiones que maneja el vigilante - además de probar los sistemas de comunicación.

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✓ Toda supervisión debe tener una duración mínima de (20) veinte minutos. Este servicio de supervisión corresponde al prestado por las empresas de vigilancia y cooperativas, cuyos costos, junto con los de Administración, están regulados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, así: Modalidad sin armas: 8%, con armas: 10%, calculados sobre la tarifa de los servicios.

• DEL PERSONAL Una vez suscrita el acta de inicio el comitente vendedor deberá suministrar una relación detallada (en medio físico y magnético) del personal vinculado para la prestación del servicio, la cual deberá contener aparte de los datos personales (Nombre, documento de identificación, Dirección residencia), datos de capacitación (Estudios realizados, Nivel de capacitación en Vigilancia, Escuela de Capacitación, Grado obtenido), experiencia (años de experiencia, Empresas de prestación del servicio) y afiliación al sistema de seguridad social. El FDLSF se reserva el derecho de verificar la documentación o información suministrada por el comitente vendedor y solicitar las modificaciones de cambio de personal que a juicio del Supervisor de la operación que considere necesarias. Para el cubrimiento de los puestos de servicio, el comitente organizará los turnos con el personal asignado, de tal forma que no superen el límite de la jornada laboral (48 horas semanales), de acuerdo con lo establecido en las normas que rigen la materia Cambio de Personal: El comitente vendedor seleccionado atenderá dentro de las doce (12) horas siguientes, las solicitudes de cambio de personal que por deficiencia o inconveniencia solicite el FDLSF por intermedio del Supervisor de la operación. El personal que sea cambiado por estas causas, no podrá ser ubicado en ningún otro puesto al servicio de la entidad. El comitente vendedor, no podrá en forma unilateral retirar o trasladar al personal que se encuentre prestando el servicio en forma correcta. Para ello deberá contar con la autorización del Supervisor de la operación una vez conocidas las causas.

Seguridad Industrial: Será responsabilidad del comitente vendedor salvaguardar la seguridad de todas las personas que vincule para la prestación del servicio contratado.

• DE LOS VIGILANTES ❖ Controlar el ingreso y salida de las personas en las sedes, orientándolas para su correcto desplazamiento dentro de

las instalaciones y responder por el control en todos los accesos existentes de acuerdo con las instrucciones que imparte el Supervisor de la operación.

❖ Controlar, registrar y responder por la entrada y salida de bienes, así como la revisión de bolsos y paquetes de acuerdo con las instrucciones que imparta el Supervisor de la operación;

❖ Responder por el oportuno control y cierre de las puertas de las sedes, encendido y apagado de luces; ❖ Mantener permanente comunicación interna entre los diversos puntos de vigilancia y la central de la compañía; ❖ Responder por los bienes FDLSF de la Entidad y por los de más que se encuentren en sus sedes o instalaciones, ya

sean instalados interna o externamente. ❖ Responder por la correcta utilización de las áreas de parqueo del FDLSF, por parte de los usuarios respectivos, según

asignación e instrucciones del Supervisor de la operación; así como mantener el control de ingreso y salida de los vehículos allí estacionados;

❖ Garantizar la restricción de acceso a las dependencias que se indique por el Supervisor de la operación, debiendo implementar en coordinación con la misma los mecanismos adecuados para esos fines;

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❖ Controlar el ingreso y salida de vehículos de los parqueaderos, lo mismo que de los bienes muebles que los funcionarios y/o visitantes ingresen o retiren de la Sede, según las instrucciones y autorizaciones impartidas por el Supervisor de la operación;

❖ Cumplir a cabalidad con los turnos señalado por la Compañía para las diversas áreas de las sedes; ❖ Impedir el acceso de personas armadas a las distintas sedes del FDLSF, salvo las personas autorizadas por el Supervisor

de la operación. ❖ Responder por el armamento dejado en custodia por los visitantes al ingreso del comitente comprador hasta su

entrega; ❖ Llevar en debida forma los registros necesarios para la óptima prestación del servicio de seguridad; ❖ Garantizar la seguridad mediante la ejecución coordinadas de rondas periódicas internas, en las sedes FDLSF de la

Entidad a ser vigiladas por el comitente vendedor. ❖ En general, responder por la seguridad de todas las instalaciones y bienes del FDLSF, así como de los funcionarios,

estableciendo los mecanismos y controles necesarios para garantizar esa labor; ❖ Mantener excelente presentación personal con los uniformes exigidos por las normas vigentes; ❖ Reportar en forma inmediata ante el Supervisor de la operación, cualquier anomalía que se presente con la prestación

del servicio; ❖ Dar un adecuado uso a los elementos que le sean suministrados para el desempeño de sus funciones y no permitir su

utilización en forma indebida. Cuando esto último ocurra, el FDLSF a través de los Supervisores de la Compañía de Vigilancia reportarán las anomalías presentadas con el fin de que se tomen los correctivos pertinentes;

❖ Revisar las áreas objeto del servicio, verificando el estado normal de las cosas y la presencia de extraños para que en el caso de una anomalía informe de manera inmediata a sus superiores y a la entidad.

❖ Las demás que le sean asignadas por la empresa seleccionada y por los Supervisores de la operación.

Los vigilantes deberán ser hombres o mujeres, quienes deberán poseer experiencia mínima de un (1) año en vigilancia, estudios mínimos de educación media aprobados, tener credencial vigente expedida por el titular de la licencia de funcionamiento, con la observancia de los requisitos de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada, según la modalidad en que se desempeñará y de la idoneidad para el uso y manejo de armas de acuerdo con la ley. Lo anterior de conformidad con el Artículo 87 del Decreto 356 de 1994 Reglamentado parcialmente por el Decreto 3222 de 2002, modificado por el artículo 103 del Decreto 19 de 2012, lo mismo que acreditar cursos aprobados para vigilantes, de Introducción a la Vigilancia y Seguridad Privada y Básico, o sus equivalentes según lo dispuesto en la Resolución No. 2596 de 2003 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

• DE LOS SUPERVISORES ❖ Dirigir, coordinar en forma permanente al personal de seguridad, fijándoles las condiciones específicas y horarios de

turnos; ❖ Revisar, evaluar y hacer seguimiento a las novedades registradas en las minutas de seguridad y demás sistemas de

control; ❖ Responder por el registro y control del libro de turnos; ❖ Implementar en forma inmediata los correctivos que sean necesarios para contrarrestar cualquier tipo de emergencia

o anomalía que se presente; ❖ Adoptar correctivos necesarios para garantizar la eficiente y adecuada prestación del servicio; ❖ Reportar en forma inmediata ante el Supervisor de la operación, cualquier anomalía que se presente con la prestación

del servicio; ❖ Mantener permanente comunicación interna y supervisión entre los diversos puntos de vigilancia y la central de

comunicaciones del mandante vendedor. ❖ Las demás que sean asignadas por la empresa seleccionada y el Supervisor de la operación;

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• DE LA EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL El comitente vendedor seleccionado ejecutará el objeto del presente proceso, con total autonomía técnica y sin subordinación con respecto al FDLSF. Queda entendido que no habrá vínculo laboral alguno entre el personal utilizado por el proponente y el FDLSF, por lo tanto, serán de su cargo: el reclutamiento, calificación, vinculación, entrenamiento y dotación del personal que utilice, lo mismo que el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, de conformidad con lo señalado en la Ley.

3. EQUIPO BÁSICO, ARMAMENTO, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y EQUIPOS DE APOYO

El comitente vendedor deberá proporcionar al personal de vigilancia los uniformes, armamento y equipos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1979 de 2001, el Decreto 356 de 1994 Reglamentado parcialmente por el Decreto 3222 de 2002, la Resolución No. 2852 de 2006 modificada por las Resoluciones 3856 de 2007 y 1234 de 2008, la Resolución No. 5351 de 2007 y demás disposiciones de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Además, deberá dotar a los vigilantes de elementos indispensables para la prestación del servicio, como pitos, bastones, linternas, impermeables, etc., y demás que requiera para la correcta prestación del servicio. En los puestos que así lo determine la FTN, el comitente vendedor deberá garantizar la dotación del armamento, el cual deberá contar con los respectivos salvoconductos vigentes. Al comitente vendedor que se le adjudique la operación deberá a llegar al mismo, copia de cada uno de los salvoconductos de las armas destinadas a la prestación del servicio de vigilancia, así como la correspondiente autorización de registro expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Así mismo, el comitente vendedor deberá proporcionar al coordinador de la operación, los elementos y/o equipos necesarios para prestar el servicio de conformidad con las funciones asignadas. Para la prestación del servicio armado, se exige adicionalmente contar con el siguiente ARMAMENTO: Un (1) Revólver calibre 38 (Armas de Defensa Personal) en los términos y características establecidas en el artículo 11 del Decreto 2535 de 1993, para cada servicio de vigilancia y seguridad privada armado. El armamento suministrado deberá cumplir con los permisos, licencias y requerimientos que exige la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para su porte, tenencia y uso.

4. MEDIOS DE COMUNICACIÓN - AVANTELES: El comitente vendedor debe ofrecer un sistema de comunicación de radio por antena repetidora y puesto a puesto, a través de servicio de AVANTEL con unidades de fácil porte, para todos y cada uno de los puestos y el coordinador de la operación. En caso de resultar favorecido se debe encontrar la Resolución de la licencia para desarrollar actividad de telecomunicaciones, permiso del uso del espectro radioeléctrico y autorización de red privada de conformidad con lo Señalado en los artículos 3° y 5° del Decreto 930 de 1992, expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y cuatro (4) meses más. Para el caso de documentos presentados por consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes (por separado) deberá presentar los documentos de que trata el presente numeral.

5. ELEMENTOS DE PAPELERÍA Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA

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A la iniciación de la operación y durante la vigencia de la misma, el mandante vendedor seleccionado estará obligado a suministrar todos los elementos de papelería y útiles de oficina, necesarios para la adecuada prestación del servicio, adicionalmente deberá suministrar los siguientes elementos para cada puesto:

Carpeta, que contendrá:

• Las consignas correspondientes para archivar las órdenes de salida y entrada de elementos y vehículos, las autorizaciones de entrada y salida de funcionarios y para control de visitantes.

• Las consignas impartidas por el Supervisor de la operación. Libros (De pasta dura, hojas tamaño oficio con renglones y páginas enumeradas consecutivamente), que contendrá:

• Las minutas para cada puesto.

• Las minutas para cambio de turno.

• El control de ingreso y salida de elementos de propiedad de la ALCALDIA LOCAL DE SANTA FE.

Período de conservación de los archivos. El proponente seleccionado se obliga a conservar los archivos, consignas, libros, cuadernos, minutas y demás documentación relativa a la ejecución de la operación por un término no inferior a cinco (5) años, después de finalizado el mismo. Estos documentos podrán ser solicitados por el FDLSF en cualquier momento y dentro del término de conservación señalado.

6. ANÁLISIS DE SEGURIDAD El comitente vendedor dentro del primer mes de servicio, realizará y entregará al Supervisor de la operación, un análisis de seguridad de las sedes donde se presta el servicio. En este análisis se evaluarán las amenazas, riesgos y vulnerabilidad de los inmuebles, se analizarán los aspectos de vecindad y se propondrán esquemas de seguridad y métodos preventivos, acordes con los recursos dispuestos para el proceso de contratación y los establecidos en el contrato, como personal, equipos de comunicación, medios tecnológicos, etc. El análisis de seguridad incluirá además de un registro fotográfico, un manual de medidas y protocolos de seguridad para ser comunicados y cumplidos por funcionarios y visitantes a las sedes donde se presta el servicio.

10. GARANTÍAS ADICIONALES A CARGO DEL COMITENTE VENDEDOR

El comitente vendedor deberá constituir, suscribir y otorgar a favor del FDLSF, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación de la negociación tratándose de personas jurídicas individualmente o dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la celebración de la rueda de negociación tratándose de figura asociativas consorcio o unión temporal, las siguientes garantías: De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1510 de 2013, además de las garantías exigidas por el Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., y para asegurar el total y estricto cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la operación, el comitente vendedor deberá constituir garantías que cubran como mínimo los siguientes amparos:

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Beneficiario - Asegurado: Bogotá D.C – Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe NIT: 899.999.061-9 Dirección: Calle 21 No. 5 – 74 de Bogotá D.C Teléfono: 3821640 Valores y Tiempo de cubrimiento:

Tipo o Clase de garantía Cobertura o Niveles de

amparo Valores

DE CUMPLIMIENTO Por el término de negociación y

seis (6) meses más.

40% del valor de la negociación (incluido IVA) – según comprobante de

negocio (papeleta)

CALIDAD DE LOS SERVICIOS SUMINISTRADOS

Por el término de negociación y seis (6) meses más.

40% del valor de la negociación (incluido IVA) – según comprobante de

negocio (papeleta)

SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES E

INDEMINIZACIONES LABORALES

Por el término de negociación tres (3) años más.

5% del valor de la negociación (incluido IVA) – según comprobante de negocio

(papeleta)

RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

Por el término de la negociación

Por una suma equivalente a cuatrocientos (400) smmlv de conformidad con el Decreto 1082 de 2015, en su artículo 2.2.1.2.3.2.9. Requisitos del seguro de responsabilidad civil extracontractual, en su numeral tercero El amparo de responsabilidad civil extracontractual debe contener además la cobertura básica de predios, labores y operaciones, mínimo los siguientes amparos: 1. Cobertura expresa de perjuicios por daño emergente y lucro cesante. 2. Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales. .3. Cobertura expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos. 4. Cobertura expresa de amparo patronal. 5. Cobertura expresa de vehículos propios y no propios.

Estas garantías cubren los riesgos asociados a las obligaciones no compensables y descritas en la presente Ficha Técnica de Negociación.

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En todo caso, corresponderá al comitente comprador, velar por el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el comisionista vendedor y su comitente, durante la vigencia y ejecución de la presente negociación, así como los demás actos que en cumplimiento de su contrato de comisión deba adelantar, de conformidad con la Reglamentación de la BMC. Nota: En el evento en que al comitente vendedor o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal, haya sido multado, deberá adicionar en un cinco por ciento (5%) la cobertura de cumplimiento de la garantía única establecidas a continuación.

11.OBLIGACIONES NO COMPENSABLES POR EL SISTEMA DE COMPENSACIÓN, LIQUIDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE GARANTÍAS DE LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. Y A CARGO DEL COMITENTE VENDEDOR.

Se entienden por obligaciones no compensables aquellas circunstancias diferentes a calidad y oportunidad de la negociación, que la entidad considera debe protegerse mediante la expedición de garantías adicionales.

El incumplimiento de las condiciones previas a la negociación.

Estas obligaciones serán cumplidas por fuera del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. y serán cumplidas directamente entre los comitentes, en consecuencia, la liberan de todo tipo de responsabilidad por el cumplimiento de estas obligaciones.

12. CONDICIONES Y CAUSAS RELACIONADAS CON LA CALIDAD Y OPORTUNIDAD QUE

GENERAN EL INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO Se entiende como condiciones y causas que afectan la ejecución del servicio, las siguientes:

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Las condiciones y causas que afectan la ejecución del servicio deberán estar en las actas que las partes firmen de conformidad al seguimiento mensual y que podrán determinar que cuando es reiterado hasta cinco (5) veces se declarará el incumplimiento.

Se entiende como condiciones y causas que afectan la ejecución del servicio, las siguientes:

1. En relación a las obligaciones referentes al personal mínimo requerido en los turnos y sitios establecidos para la prestación del servicio.

a. No se presenta el personal mínimo requerido en los sitios de trabajo. b. No se procede al reemplazo inmediato del personal asignado de manera oportuna.

2. En relación a las obligaciones referentes a las fechas de entrega, calidad y cantidad de equipos acordados. a. No se efectúa la entrega de equipos con que debe contar el comitente vendedor en los tiempos acordados

con la entidad según la FTN y DCE b. Cuando la entrega del(os) equipo(s) tecnológicos no corresponde con las cantidades requeridas. c. Cuando los equipos entregados no corresponden a las calidades requeridas, según acta firmada por el

supervisor designado por el comitente comprador.

3. En relación a las obligaciones referentes a los eventos de responsabilidad y cuidado sobre los bienes y/o personas del Comitente Comprador.

a. Cuando produce daño o pérdida en bienes entregados por el Comitente Comprador durante la prestación del servicio.

b. El personal a cargo del comitente vendedor produce daño a las personas (funcionarios y visitantes) y daño pérdida sobre los bienes que se encuentren en las instalaciones del Comitente Comprador.

4. En relación a las obligaciones referentes al cumplimiento de las normas de seguridad industrial y salud ocupacional.

a. El incumplimiento y/o vulneración de las normas de seguridad industrial. b. El incumplimiento y/o vulneración de normas de salud ocupacional.

PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN LA EJECUCIÓN DE LA NEGOCIACIÓN

Frente a las causas anteriores el procedimiento es el siguiente:

1. Se harán llamados de atención escritos por parte del supervisor de la negociación designado por el comitente comprador los cuales contendrán el detalle de la no conformidad del servicio prestado, así como también el compromiso de solución inmediata de parte del personal operativo del comitente vendedor, los cuales serán informados al supervisor de operaciones.

2. El supervisor de la negociación designado por el comitente comprador y el supervisor de operaciones, registran en el acta de la respectiva reunión mensual, la evaluación del cumplimiento de la prestación de servicio, teniendo en cuenta los aspectos señalados previamente, los cuales, serán consignados de forma detallada y se verificará que se cumplieron los compromisos adquiridos con relación a los llamados de atención escritos.

Sí se evidencia el incumplimiento reiterativo en lo concerniente a plazos y compromisos pactados en las actas señaladas anteriormente, en más de cinco (05) eventos, puede derivar el incumplimiento total de la operación en los términos del

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Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa. Para lo cual el supervisor de la negociación designado por el comitente comprador informará a la sociedad comisionista compradora para que este informe a la Bolsa de manera inmediata cuando se cumplan los cinco eventos mencionadas en el numeral anterior, para que se aplique lo referente en el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa.

En caso de declaratoria de incumplimiento, el servicio no se suspenderá de manera inmediata, dada la imposibilidad de que se interrumpa la prestación del servicio negociado, razón por la cual el comitente vendedor incumplido seguirá prestando el servicio conforme a las condiciones pactadas en el presente documento y en las fichas técnicas tanto se de aplicación a lo señalado en el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa, de acuerdo a sus procedimientos o hasta cuando la Entidad pueda iniciar un nuevo proceso hasta lograr el cierre de una nueva negociación y el inicio de la prestación del servicio

13. INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN

La supervisión de la negociación para la misionalidad y administración del contrato será ejercida por el ALCALDE LOCAL DE SANTA FE El supervisor ejercerá sus obligaciones conforme a lo establecido en el Manual de Contratación de la SECRETARÍA, y está obligado a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado. El supervisor deberá realizar un seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato, en concordancia con el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011. Para tal fin deberá cumplir con las facultades y deberes establecidos en la referida ley y las demás normas concordantes vigentes. El ALCALDE LOCAL DE SANTA FE, podrá designar mediante comunicación escrita un servidor Público que se denominara “apoyo a la supervisión” y que tendrá como función apoyar a este en la supervisión en la ejecución de las obligaciones contractuales que se deriven del contrato. En ningún caso el supervisor podrá delegar la supervisión en un tercero. En todo caso el ordenador del gasto podrá variar unilateralmente de manera temporal o definitiva la designación del supervisor, a través de la correspondiente modificación de la minuta contractual.

14. DESCUENTOS En caso de mora o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por EL COMITENTE VENDEDOR, el COMITENTE COMPRADOR podrá cobrar castigos diarios y sucesivos equivalentes al uno por ciento (1%) del valor del cierre de la negociación corte mensual para el servicio en el cual se presente la novedad, por cada día de retardo o incumplimiento, sin que el monto total exceda el diez por ciento (10%) de su valor total. Una vez se sobrepase este límite, se procederá a solicitar el respectivo tramite de declaración de incumplimiento en los términos del reglamento de funcionamiento y operación de la Bolsa. Debe entenderse que el incumplimiento se constituye de todas aquellas acciones u omisiones llevadas a cabo por el comitente vendedor, y que en la consecución de las mismas ocasiona un retraso o un perjuicio al normal desarrollo del servicio. Son causales objetivas para la imposición de castigos y/o descuentos las siguientes:

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1. No instalar dentro del término establecido los elementos dispuestos en el documento de condiciones especiales.

2. No se preste el servicio de vigilancia y seguridad privada en alguno de los puestos de trabajo establecidos por la Alcaldía Local de Santa fe.

3. En caso de ausencia injustificada del personal programado para la prestación del servicio los puestos de trabajo establecidos por la Alcaldía Local de Santa Fe.

4. Cuando el personal establecido para la prestación del servicio extravíe o dañe elementos propios de dotación y no haya reposición alguna por parte del Comitente vendedor.

5. Cuando el Comitente vendedor incumpla con los requerimientos establecidos en la presente Ficha técnica de negociación y documentos anexos.

PARÁGRAFO PRIMERO: PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DESCUENTOS. El procedimiento aplicable para la imposición del descuento o castigo será el reglamento de operación y funcionamiento de la Bolsa. Estos castigos o descuentos serán acumulables y se contabilizarán separadamente para cada una de las obligaciones incumplidas y se causan por el simple retraso en la entrega oportuna de los insumos y/o servicios, sin que el comitente comprador tenga que demostrarlo y los perjuicios que se ocasionen al comitente comprador por este aspecto, se harán efectivos en forma separada, sin perjuicio a las acciones a que haya lugar. ANEXOS. Se adjuntan los anexos de requisitos Mínimos Técnicos y Modelos de Cartas de Compromiso, en el evento que estas no se diligencien dentro de los mismos formatos debe entenderse como no presentada.

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(ANEXO 1)

CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Yo, _________________________________(1), identificado con la cédula de (2) No. XX.XXX.XXX (3), certifico que: Conozco las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con las Entidades Estatales de conformidad con lo establecido en la Constitución Nacional, así como en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, los artículos 1, 2 y 4 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes; de las sanciones por trasgresión a las mismas establecidas en los artículos 26 numeral 7 y 52 de la Ley 80 de 1993, así como los efectos legales consagrados en el artículo 44 numeral 1 de la norma precitada, y declaro bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no me encuentro incurso en ninguna de ellas. Dada en la ciudad de _______________ (4). Cordialmente, __________________________________________________(5) (1), C.(2) No. (3) NOTA: EN CASO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL ESTE DOCUMENTO DEBE SER DILIGENCIADO POR TODOS LOS INTEGRANTES Convenciones Este documento deberá ser diligenciado necesariamente en todos los casos para la presentación de los documentos de condiciones de participación. Al diligenciar el anexo deberá incluirse la siguiente información, en cada uno de los llamados que se indican en el formato:

(1) Nombre del Representante Legal del comitente vendedor que presenta documentos y

firma el formato.

(2) Tipo de Cedula Ciudadanía o Extranjería.

(3) Numero de documento.

(4) Ciudad de domicilio del oferente y fecha de diligenciamiento.

(5) Firma del Representante Legal del comitente vendedor.

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(ANEXO 2) CERTIFICACIÓN DE LISTA RESTRICTIVA LAVADO DE ACTIVOS

Yo, _________________________________(1), identificado con la cédula de (2) No. XX.XXX.XXX (3), certifico bajo la gravedad del juramento que no me encuentro relacionado en ninguna lista restrictiva de lavado de activos de ningún país, como las denominadas Listas OFAC, Lista Clinton o en listas nacionales o internacionales de organismos policiales, judiciales o de inteligencia por posibles vínculos con organizaciones delictivas.

Dada en la ciudad de (4). NOTA: EN CASO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL ESTE DOCUMENTO DEBE SER DILIGENCIADO POR TODOS LOS INTEGRANTES Cordialmente, (5) _________________________________________________(1), C.(2) No. XX.XXX.XXX (3) Convenciones Este documento deberá ser diligenciado necesariamente en todos los casos para la presentación de documentos de condiciones de participación. Al diligenciar el anexo deberá incluirse la siguiente información, en cada uno de los llamados que se indican en el formato:

(1) Nombre del Representante Legal del comitente vendedor que presenta los documentos y

firma el formato.

(2) Tipo de Cedula Ciudadanía o Extranjería.

(3) Numero de documento.

(4) Ciudad de domicilio del oferente y fecha de diligenciamiento.

(5) Firma del Representante Legal del comitente vendedor.

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(ANEXO 3) (FORMATO DE TERCEROS)

SE ANEXA EN ARCHIVO PDF y EXCEL– Identificado como ANEXO CC39 Formato terceros

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(ANEXO 4) (REQUISITOS MÍNIMOS TÉCNICOS)

ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES MÍNIMAS TÉCNICAS Ciudad y Fecha ________________________ Señores:

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTA FE

Ciudad. Asunto: SABP No.______ de 2020 OBJETO DEL PROCESO: “ADQUISICIÓN A TRAVÉS DE LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA EN LOS PREDIOS Y CON LAS CONDICIONES TECNICAS QUE DESGINE EL FONDO DE DESARROLLO LOCAL” En mi calidad de representante legal de __________ (indicar nombre del proponente y si actúa de manera directa, en Consorcio o Unión Temporal) bajo la gravedad del juramento y de conformidad con lo exigido en la FTS, FTP y FTN del proceso de la referencia, me permito certificar que:

1. Que la documentación que presento contempla la totalidad de las Condiciones Técnicas de

Participación, es irrevocable e incondicional, y obliga insubordinadamente al comitente

vendedor que represento.

2. Ofrezca la totalidad de las condiciones del Documento de Condiciones Especiales, elaborada

por la Entidad.

3. Que el servicio será integral y será bajo las condiciones descritas en la FTN especialmente

en las obligaciones al comitente vendedor.

4. Que el servicio integral está cubierto bajo el presupuesto estimado y las formas de pago.

5. Que en caso de presentar demoras en el suministro de servicio y las demás condiciones

técnicas es susceptible de aplicación de la garantía del negocio.

6. Que nuestra firma aplica la totalidad de la Normatividad existente en cuanto a seguridad

industrial y las normativas de la supervigilancia.

7. Que Cumplimos con todas las normas vigentes relacionadas con la legislación laboral y

contratación de personal.

8. Que el personal mínimo requerido cumple con los requisitos mínimos mencionados para cada uno de los cargos a saber: Supervisores y vigilantes. Igualmente el personal cumple con el nivel mínimo requerido de capacitación

9. Que presentaremos los soportes requeridos para cumplir con cada una de las exigencias

contempladas en la Ficha Técnica de Negociación y en el documento de condiciones

especiales.

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10. Que Cumplimos con todos los requisitos frente al personal y se entregará la documentación

respectiva el día siguiente al cierre de la operación, so pena de aplicar lo señalado en el

Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa.

11. Que nuestra Firma cumple con la Ley 9 de 1979 y demás normas que reglamenten la materia,

quien preste el servicio deberá adoptar medidas de seguridad industrial para evitar la

ocurrencia de accidentes durante la ejecución de la prestación del servicio y deberá dotar a

sus operarios de los elementos de seguridad industrial y protección personal necesarios para

el mismo.

12. Que los equipos, suministros e insumos deben ser originales, no re manufacturados ni

refurbished; deben pertenecer a la línea de fabricación vigente del fabricante o productor, con

las más altas calidades en sus suministros, es decir, tipo exportación.

13. Que cumplimos con las Condiciones Técnicas Mínimas, cumple con todos y cada uno de los

requerimientos y condiciones establecidos en las Fichas Técnicas de Negociación y

Documento de Condiciones Especiales y en la Ley, y cualquier omisión, contradicción ó

declaración debe interpretarse de la manera que resulte compatible con los términos y

condiciones del proceso de adquisición dentro del cual se presenta la misma, y aceptamos

expresa y explícitamente que así se interprete nuestra participación.

14. Que nos comprometemos a proveer al FDLSF, en caso de resultar adjudicatarios del presente

proceso , las coberturas y demás condiciones establecidas en la Ficha Técnica de Negociación

y Documentos de Condiciones Especiales con las especificaciones y en los términos,

condiciones y plazos establecidos en el ANEXO.

15. Que Reconocemos la responsabilidad que nos concierne en el sentido de conocer

técnicamente las características de los riesgos y las especificaciones de las particularidades

de la negociación así como de las condiciones de participación y asumimos la responsabilidad

que se deriva de la obligación de haber realizado todas las evaluaciones e indagaciones

necesarias para nuestra participación en el proceso de adquisición sobre la base de un examen

cuidadoso de las características del negocio.

16. Que en todo caso, aceptamos y reconocemos que cualquier omisión en la que hayamos podido

incurrir en la investigación de la información que pueda influir para la determinación de

nuestra participación, no nos eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que

nos lleguen a corresponder como Comitente Vendedor, y renunciamos a cualquier

reclamación, reembolso o ajuste de cualquier naturaleza por cualquier situación que surja y

no haya sido contemplada por nosotros en razón de nuestra falta de diligencia en la obtención

de la información.

17. Que de igual manera en el evento que la Entidad y el Comitente Vendedor en el desarrollo

de la ejecución de la presente negociación puedan acordar las mejores condiciones de calidad

y prestación del servicio integral podrán hacerlo por mutuo entendimiento, sin que ello afecte

el presupuesto, de la negociación

18. Que la prestación será conforme al documento de condiciones especiales y las mejores

condiciones para la prestación del servicio integral bajo las necesidades de la Entidad.

Que en caso de presentar demoras en el suministro de servicio y las demás condiciones técnicas es susceptible de aplicación de la garantía del negocio. De igual manera en el evento que la Entidad y

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el Comitente Vendedor en el desarrollo de la ejecución de la presente negociación puedan acordar las mejores condiciones de calidad y prestación del servicio integral podrán hacerlo por mutuo entendimiento, sin que ello afecte el presupuesto, de la negociación.

Atentamente: Razón Social: ……………………………………………………………………… Nombre: …………………………………………………………………………..… Dirección: ………………………………………………………………………….. E-mail: …………………………………………………………………………….… FAX: …………………………………………………………………………………. Firma:………………………………………………………………………………..

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(ANEXO 5) (MODELO DEL ACUERDO DE CONSORCIO O DE UNIÓN TEMPORAL) - (Según sea el caso – facultativo no obligatorio) ________________________(1), identificado con la cédula de _____________ (2) No. ________________(3), y vecino de ______________, (4) obrando en representación de la sociedad _______________ (4), con RUT ___________ (5) domiciliada en la ciudad de ____________ (6) y ___________________ (1) identificando con la cédula de (2) No. ______________ (3) obrando en representación de la sociedad _________________ (4), con RUT ___________ (5) domiciliada en la ciudad de ____________ (6)hemos decidido conformar una (Unión temporal o Consorcio) en los términos que estipula la legislación y, especialmente lo establecido en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993, que se hace constar en las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA: La (unión temporal o consorcio) se conforma con el propósito de presentar propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de la operación resultante ante la Entidad, en relación con el proceso convocatoria pública Selección abreviada por bolsa de productos con el objeto de: “ADQUISICIÓN A TRAVÉS DE LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA EN LOS PREDIOS Y CON LAS CONDICIONES TECNICAS QUE DESGINE EL FONDO DE DESARROLLO LOCAL”(7) CLÁUSULA SEGUNDA: La participación en la (8) que se acuerda, será del % ______ (9) para ________ (4) y de % _______ (9) para ______ (4), en el caso de Uniones Temporales, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución de la operación, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad. CLÁUSULA TERCERA: (4) y (4), responderán en forma solidaria y mancomunada por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado. CLÁUSULA CUARTA: Se acuerda que (4) y (4), atenderán en forma conjunta todas las obligaciones y deberes asumidos en la respectiva participación en los diferentes aspectos allí contenidos, delegando la representación y respectiva coordinación de la (8) en cabeza de (1), como representante legal de (4) y de esta (8). CLÁUSULA QUINTA: La duración de (8) se extenderá por todo el tiempo en que se generen obligaciones derivadas de la participación, la ejecución de la operación y un año más, según lo preceptuado en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA SEXTA: Las responsabilidades que se desprendan de (8) y sus efectos se regirán por las disposiciones previstas por la Ley 80 de 1993 para (8). En constancia de aceptación y compromiso, se firma el presente documento por los que en el intervienen, el Ciudad y fecha (10)

(1) (4)

(1) (4)

Convenciones

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Este documento deberá ser diligenciado necesariamente en todos los casos para la presentación de documentos de condiciones de participación Al diligenciar el anexo deberá incluirse la siguiente información, en cada uno de los llamados que se indican en el formato:

(1) Nombre del Representante Legal del integrante de la Unión Temporal o Consorcio.

(2) Tipo de Cedula Ciudadanía o Extranjería.

(3) Numero de Documento.

(4) Nombre de la Empresa que conforma la Unión Temporal o Consorcio.

(5) Numero de RUT Incluido Digito de Verificación, sin puntos y con guion

(6) Ciudad de domicilio.

(7) Copiar el Objeto del Proceso de Referencia

(8) Nombre de la Unión Temporal o Consorcio

(9) Porcentaje de Participación

(10) Ciudad, Día, mes y año, de la elaboración del formato.

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(ANEXO 6) (EXPERIENCIA DEL COMITENTE VENDEDOR)

Ciudad y fecha ________________________(1) Señores RAZÓN SOCIAL DE LA ENTIDAD Convocatoria Pública (Selección Abreviada por Bolsa de Productos) No. _____ de 2020 (2) En mi calidad de representante legal de __________ (3) (indicar nombre del comitente vendedor y si actúa de manera directa, en Consorcio o Unión Temporal), me permito certificar la acreditación de la experiencia para el cumplimiento del objeto a contratar, de conformidad con lo exigido en el numeral ____ (4) de la Presente FTN del proceso citado en el asunto, así:

Razón Social de la donde se acredita

la experiencia

No. de Consecutivo en el RUP.

Vigencia Certificada

Monto certificadas

Fecha Inicio

Fecha Final

% en que Participa el Comitente V.S.

Presupuesto oficial del proceso

Valor ($Col) (Únicamente

valor Total Ejecutado)

(5) (6) (7) (8) (9) (10)

(5) (6) (7) (8) (9) (10)

(5) (6) (7) (8) (9) (10)

VALOR TOTAL CERTIFICADO (11) (12)

Cabe aclarar que la información aquí relacionada, corresponde únicamente a las certificaciones aportadas en la propuesta, por lo anterior se autoriza a la entidad que verifique el diligenciamiento de este formato contra las certificaciones aportadas. Atentamente: Firma:………………………………………………………………………………… (13) Nombre: ……………………………………………………………………………(14) Razón Social: ……………………………………………………………………… (15) NIT: ………………………………………………………………………………..…(16) Dirección: …………………………………………………………………………..(17) E-mail: ………………………………………………………………………………(18) FAX: …………………………………………………………………………………(19) Convenciones Este documento deberá ser diligenciado necesariamente en todos los casos para la presentación de documentos de condiciones de participación. (1) Día, mes y año, de la elaboración del formato

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(2) Relacionar la nomenclatura y numero del proceso de convocatoria pública (3) Nombre del proponente y si actúa de manera directa, en Consorcio o Unión Temporal (4) Indique el numeral del pliego de condiciones o invitación del que trata la experiencia (5) Indique el Nombre de la Empresa con la cual acredita la Experiencia (6) Indique el No. de folio dentro de los documentos frente al numeral (5) (7) Indique la fecha de inicio según la información reportada en la certificación de experiencia

acreditada. (8) Indique la fecha final según la información reportada en la certificación de experiencia

acreditada (9) Indique el porcentaje de la propuesta frente al presupuesto oficial (10) Indique el valor en pesos colombianos de la propuesta frente al presupuesto oficial (11) Sume todos los valores (9) e indique la variable en % (12) Sume todos los valores (10) e indique la variable en % COL (13) Firma. (14) Nombre de Representante Legal del comitente vendedor que firma y el compromiso bajo la

gravedad del juramento de que es el ofrecimiento puede ser verificable. (15) Razón Social del comitente vendedor (16) RUT del comitente vendedor (17) Dirección para notificaciones. (18) Dirección electrónica del comitente vendedor. (19) Número del teléfono fax del comitente vendedor.