fallo corte constitucional

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Continúa nuestro trabajo por el pago de las indexaciones. ASOAGRO ha definido como un objetivo principal de nuestro trabajo, el reconocimiento y pago de la indexación de la primera mesada pensional para cientos de pensionados a los cuales no se les había reconocido este derecho. Con nuestras acciones y compromiso permanente por el mejoramiento económico y social de los afiliados, hemos realizado una serie de acciones que van desde las comunicaciones y reuniones con los distintos actores gubernamentales que tienen que ver con el tema, como la solicitud de intervención de la Procuraduría General de la Nación, sin dejar de lado la acción jurídica en éste asunto. Con gran agrado podemos informar que en el mes de enero con nuestra gestión fue posible el pago de las indexaciones para 824 pensionados y en desarrollo de ésta actividad permanente obtuvimos el compromiso de pago con la nómina de abril a 267 pensionados más y en los próximos meses se cancelarán 195 indexaciones para un total de 462.

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FALLO CORTE CONSTITUCIONAL

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Page 1: Fallo Corte Constitucional

Continúa nuestro trabajo por el pago de las indexaciones.

ASOAGRO ha definido como un objetivo principal de nuestro trabajo, el reconocimiento y pago de la indexación de la primera mesada pensional para cientos de pensionados a los cuales no se les había reconocido este derecho.

Con nuestras acciones y compromiso permanente por el mejoramiento económico y social de los afiliados, hemos realizado una serie de acciones que van desde las comunicaciones y reuniones con los distintos actores gubernamentales que tienen que ver con el tema, como la solicitud de intervención de la Procuraduría General de la Nación, sin dejar de lado la acción jurídica en éste asunto.

Con gran agrado podemos informar que en el mes de enero con nuestra gestión fue posible el pago de las indexaciones para 824 pensionados y en desarrollo de ésta actividad permanente obtuvimos el compromiso de pago con la nómina de abril a 267 pensionados más y en los próximos meses se cancelarán 195 indexaciones para un total de 462.

Debemos llamar la atención de los pensionados que teniendo el derecho a la indexación de la primera mesada pensional y no han solicitado por vía administrativa su reconocimiento y pago, para que lo hagan ya que tenemos conocimiento que un buen número de pensionados no han realizado dicho trámite.

No sobra repetir a todos nuestros Asociados que para reclamar las indexaciones se debe hacer por vía administrativa, para lo cual NO requiere pagar un abogado y mucho menos quienes ya han realizado dicha reclamación tampoco requieren de asesoría jurídica para ello, por lo que le solicitamos a nuestros Asociados dirigirse a la JUNTA DIRECTIVA NACIONAL DE ASOAGRO, donde podrá encontrar una oportuna respuesta a sus inquietudes.

Finalmente queremos informar a los extrabajadores de la Caja Agraria que laboraron diez años o menos de veinte en la CAJA AGRARIA, para que reclamen la pensión sanción o pensión restringuida, ya que la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA viene

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fallando a favor de aquellos Creditarios que interpusieron demandas, ordenando la Corte el reconocimiento y pago de dicha prestación. En ésta situación se encuentra cerca de tres mil quinientos extrabajadores. (Ver en nuestra página documento sobre la pensión sanción.)

Ultima actualización (Viernes 30 de Marzo de 2012 20:11)

No taxatividad de factores de liquidación pensional se aplicará desde julio 2 de 2012.

En agosto del 2010, la Sección Segunda del Consejo de Estado unificó su jurisprudencia sobre los factores salariales que conforman la base de liquidación pensional, al establecer que la Ley 33 de 1985 no se refirió a ellos de forma taxativa, sino simplemente enunciativa.

Esa posición del Consejo es contraria a la de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que ha aplicado el criterio de taxatividad de los factores de liquidación pensional.

Entonces, ¿cuál precedente debe aplicarse? La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio una respuesta: a partir del próximo 2 de julio, fecha en que empieza a regir el nuevo Código Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011), las autoridades deberán aplicar la sentencia de unificación del Consejo de Estado.

La Sala de Consulta recordó que, según el artículo 10 de la Ley 1437, las autoridades están obligadas a decidir los asuntos a su cargo con base en la jurisprudencia unificada de la corporación.

Con estos argumentos, determinó que la Universidad del Quindío, como empleadora obligada al pago de pensiones de jubilación asumidas por el ISS, está sujeta a las decisiones judiciales en las que fue parte, según lo resuelto por la Corte Suprema. Sin embargo, posteriormente, deberá cumplir la decisión de la jurisdicción contencioso administrativa.

Cabe destacar que la Corte Constitucional, en la Sentencia C-634 del 2011, condicionó la exequibilidad del artículo 10 de la Ley 1437, en el entendido de que se

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deberán tener en cuenta preferentemente los fallos de esa corporación que interpreten las normas constitucionales aplicables a la resolución de los asuntos de su competencia.

(Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto 11001030600020110004500 (2068), C. P. Enrique José Arboleda Perdomo, feb.23/12)

Ultima actualización (Miércoles 21 de Marzo de 2012 01:54)