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C O N V E N I O
E S P E C F IC O E N T R E E LP O D E R J U D I C I A LD E L A P R O V I N C I A
D E
C R D O B A ; L A
F A C U L T A D
D E F I LO S O F A Y H U M A N I D A D E S D E L A
U N I V E R S I D A D N A C I O N A L
D E C R D O B A Y E L E Q U I P O A R G E N T I N O D E
A N T R O P O L O G A F O R E N S E .
Entre elPoder Judicial de laProvincia de Crdoba,representado enesteacto por la
Sra.
Presidenta
del Tribunal
Superior
de
Justicia,
D r a . A D A L U C A
T E R E S A
T A R D I T T I ,
con domicilio en
Caseros
551 de laciudad de Crdoba, por una parte, en
adelanteel PODER J UDI CI AL y po r l aotraparte, enconjunto, elEquipoArgentino
de Antropologa Forense
( E A A F ) , con domici l io en Av.
Rivadavia
2.443,Piso 2
o
,
Oficinas
3 y 4 de la
Ciudad
Autnoma deBuenosAires,representadoenesteacto por la
L i c .
A N A H G I N A R T E ,
domiciliada
en la ciudad de Crdoba
-Museo
de
Antropologa- ,
sito
en
calle
Hiplito Irigoyen N 174, y
la Facultad de Filosofa
y
y u m a n i d a d e s d e la Universidad
Nacional
de Crdoba por el Equipo d
t
^'-queologa de
Rescate
( E A R ) ,
dependiente
de l
Museo
de Antropologa,
'epresentado en esteacto por la Dra. Glor ia Edelstein en su carcter deDecana, con
domici l io en Pabel lnResidencial,Avda .
Medina Allende
s/n de la
ciudad
de Crdoba,
| n adelante E LEQUIPOD E A N T R O P O L O G A , atendiendo:
/
propuesta efectuada alPoder
Judicial
de la Provincia de Crdoba por el
Equipo Argentino de Antropologa Forense (EAAF) y e l Equipo de
Arqueologa de
Rescate
(EAR) ,dependiente de lMuseo de Antropologa de la
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Facultad de
Fi losofa
y Humanidades de la Universidad Nacional de
Crdoba ,
mediante nota de fecha veintisiete de j u l i o de dos mil nueve por la cual se
propicia
instrumentar mecanismos de colaboracin con motivo del hallazgo
levantamiento y
anl is is
derestos
seos
humanos en la
provincia
de
Crdoba;
El Convenio de cooperac in y asistencia tcnica entre el Tribunal Superior de
Justicia de la Provincia de
Crdoba
y el Equipo Argentino de
Ant ropologa
Forense E A A F ) , suscripto con fecha veinticinco de marzo del ao dos mi l
cuatro el cual tiene por objeto el desarrollo deaccionesconjuntas a los efectos
de dotar a los organismos
dependientes
del
Poder
Judicial de las herramientas
prct icas que la Ant ropologa Forense puede aportar como disciplina a los
servicios e investigaciones que este Poder realiza; el cual en su clusula
segunda prev
que puedan suscribirse convenios de
apl icacin especf icos
y
en su clusula quinta posibilita que otras Instituciones participen o se sumen
allogro de los fines propios deesteConvenio;
c Que por otra parte ya existe un Convenio Marco de Cooperac inInstitucional
y
Acadmica entre la Universidad Nacional de Crdobay el Tribunal Superior
de Justicia de la Provincia de
Crdoba ,
de fecha
veint i t rs
de
abril
del ao dos
m il dos y t amb in un Convenio Marco entre la Universidad Nacional de
Crdoba y el Equipo Argentino de Ant ropologa Forense E A A F ) , de fecha
catorce de
junio
del ao dos
m i l
siete los
cuales
coadyuvan a contextualizar el
presente;
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d) La necesidad surgida de la experiencia de las partes, en relacinal desarrollo
de un protocolo de
actuacin ante
el hallazgo de
restos seos
humanos, que
permita
impulsar
pautas
de trabajo conjuntas, tendientes a optimizar los
recursos disponibles y dar un correcto tratamiento a losrestos seos humanos
que puedan encontrarse.
Por todo ello, laspartesacuerdan celebrar elpresenteConvenio, sujeto a las clusulasy
condiciones que se detallan a continuacin:
P R I M E R El presente Convenio, tiene por objeto explicitar mecanismos de
colaboracin recproca
entre las partes,
ante
el hallazgo de
restos seos
en el
territorio
de la Provincia de Crdoba , instrumentando dispositivos para: 1) Poner en
funcionamiento un equipo de Levantamiento yAn l i s is deRestos seosa los fines de
determinar prima facie si se trata de un
caso
forense o no, para lo cual, se
procurar
establecer:a) si losrestosseosson humanos o no y b) si losrestos seos corresponden
' ^ X a un individuo de la poblac in actual o fueron parte de poblaciones originarias
K'^U(antiguas)de la zona; 2) Aprobar y poner en funcionamiento un Protocolo de Hallazgo,
Recuperac in y Anl i s i s de Restos Oseos , el cual se actual izar, de acuerdo a los
avances
cientficos en la materia y 3) Dictar talleres, seminarios y/o cursos destinados a
las Fisca l as , Juzgados y organismos tcn icos del
Tribunal
Superior de Justicia,
endientes a llevarinformaciny formacin.
S EGUND EL EQUIPO DEA N T R O P O L O G A , anteel aviso que reciban por parte
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las siguientes obligaciones: a) real izacin de un primer diagnst ico del hallazgo in
situ ;b)impartira la autoridad interviniente las medidas de seguridad
adecuadas,
para
preservar las evidencias y el lugar del hallazgo; c)
ejecucin
de las excavaciones y
exhumaciones en forma correcta, para no perder evidencias asociadas;d)der ivac in de
los hallazgos a las instituciones
adecuadas,
e) anl is is bioantropolgico de losrestos
seos
hallados; f)
elaboracin
del informe
pericial
en
antropologa
forense y g) Dictar
talleres, seminarios y/o cursos destinados a las Fiscal as , Juzgados y Organismos
tcnicosdelTribunalSuperior de Justicia, tendientes a llevarinformaciny formacin;
T E R C E R El PODER
J U D I C I A L asume
las siguientes obligaciones: a) dar aviso a
E L EQUIPO DE A N T R O P O L O G A respecto del hallazgo de restos seos , para
coordinar lastareascon el Equipo de Levantamiento yAnl i s i s deRestos Oseos ;b)
garantizar el traslado
hasta
el lugar del hallazgo, tanto de los profesionales intervinientes
en elcaso,como su retorno, as como losrestosrecuperados; c) proveer las medidas de
seguridad indicadas por los profesionales antroplogos participantes,
necesarias
para
proteger los hallazgos; d) proveer de los
vit icos
necesarios
los profesionales
ant roplogos ,y tener a su cargo los
costos
que surgieran de la real izacindel trabajo de
campo segnlas
necesidades
delcaso,en un orden de razonabilidad fundada y acorde a
las posibilidades presupuestarias vigentes; e) proveer el material de trabajo necesario
para la real izacin de las
tareas
a cargo de EL EQUIPO DE A N T R O P O L O G A , y
tener a su cargo los costos, que surgieran
hasta
su
conc lus in
en un orden de
razonabilidad
fundada y acorde a las posibilidades presupuestarias vigentes; f) proveer
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las siguientes obligaciones: a) real izacin de un primer diagnst ico del hallazgo in
situ ;
b)
impartir
a la autoridad interviniente las medidas de seguridad
adecuadas,
para
preservar las evidencias y el lugar del hallazgo; c) ejecucin de las excavaciones y
exhumaciones en forma correcta, para no perder evidencias asociadas;d)der ivac inde
los
hallazgos a las instituciones
adecuadas,
e)
anl is is bioantropolgico
de los
restos
seoshallados; f) e laborac indel informepericial en antropologa forense y g) Dictar
talleres, seminarios y/o cursos destinados a las Fiscal as , Juzgados y Organismos
tcnicos
del
Tribunal
Superior de Justicia, tendientes a llevar
informacin
y
formacin;
T E R C E R El PODERJ U D I C I A L
asume
las siguientes obligaciones: a) dar aviso a
E L EQUIPO DE A N T R O P O L O G A respecto del hallazgo de restos seos , para
coordinar las
tareas
con el Equipo de Levantamiento y
A nl i s is
deRestos
s e o s ;
b)
garantizar el traslado
hasta
el lugar del hallazgo, tanto de los profesionales intervinientes
en elcaso,como su retorno, as como losrestosrecuperados; c) proveer las medidas de
seguridad indicadas por los profesionales
antroplogos
participantes,
necesarias
para
proteger los hallazgos; d) proveer de los
vit icos
necesarios
los profesionales
antroplogos,y tener a su cargo loscostosque surgieran de lareal izacindel trabajo de
campo segnlas
necesidades
delcaso,en un orden de razonabilidad fundada y acorde a
las posibilidades presupuestarias vigentes; e) proveer el material de trabajo necesario
para la
real izacin
de las
tareas
a cargo de EL EQUIPO DE
A N T R O P O L O G A ,
y
tener a su cargo los costos, que surgieran
hasta
su
conc lus in
en un orden de
razonabilidad fundada y acorde a las posibilidades presupuestarias vigentes; f) proveer
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< s > ^ generales mencionados en el
informe
pericial de cadveresfrescos. En cuanto a los tipos
de datos que son diferentes habraque mencionar:
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Procedimientos de preparacin del material lavado, radiografiado, rotulado
reconstruccin .
Inventario dehuesos
presentes.
3oDeterminaciones yestimacionesefectuadas.
4
o
Mtodosytablasutilizadas.
IM JOS
M RI
L S HER S
ADMINISTRADOR GENERAL
PODER
JUDICIAL