exposicion_2
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Docente: Gerardo Renato Arias Vscones
CONTABILIDAD DE
ENTIDADES FINANCIERAS
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
Escuela Profesional de Ciencias Contables y
Financieras
VIII CICLO
2015
FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
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LA TICA EN LA FUNCION
PUBLICA
La Ley 27815 (Ley de la tica), nace como una estrategia
para contrarrestar el avance incontenible del fenmeno
llamado CORRUPCION; para lo cual establece el Cdigo de tica para los Servidores Pblicos; cuyo
contenido considera 3 elementos PRINCIPIOS, DEBERES,
y PROHIBICIONES.
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CORRUPCION
Uso indebido del poder para la obtencin de un beneficio irregular, de carcter econmico o no econmico, a travs de la violacin de un deber de cumplimiento, en desmedro de la legitimidad de la autoridad y de los derechos fundamentales de la persona.
Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcin 2012 2016
Decreto Supremo N 119-2012- PCM
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CORRUPCION CUANDO SURGE LA CORRUPCION?
Funcionarios ejercen mal uso de autoridad.
Servidores que demuestran poca responsabilidad, nula identificacin institucional.
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CORRUPCION CUANDO SURGE LA CORRUPCION?
Condiciones Precarias en el mbito laboral:
Salarios bajos,
Impunidad para los corruptos
Malestar laboral
Hostigamiento, acoso
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LA CORRUPCION; NO NACE, SE HACE
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TIPOS DE CORRUPCION Gran Corrupcin
Violacin sistemtica de la legalidad.
Altas esferas de Gobierno.
Pequea Corrupcin
Intercambio de pequeas sumas a cambio de favores.
reas especficas de los niveles de Gobierno.
Corrupcin administrativa.
Corrupcin Invisible
Incumplimiento de la funcin pblica para obtener un beneficio personal que no es necesariamente econmico.
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CORRUPCION
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Corrupcin
Por lo antes observado, se deduce
que el principal problema que
enfrenta el Estado, y que impide
lograr el desarrollo de un pais, es
definitivamente la CORRUPCION.
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CORRUPCIN
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Pensamiento
Educad a los nios y no ser necesario castigar a los
hombres.
Pitgoras
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COMO ENFRENTARLA
Punitivo
Simplificacin
Transparencia
Rendicin de
Cuentas
Formacin
tica
Lucha contra la
corrupcin
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NO CALLAR LOS ACTOS DE
CORRUPCIN Para poder combatirse, la corrupcin necesita
ser mostrada. A travs de la denuncia, los actos
de corrupcin salen a la luz pblica para ser
investigados y sancionados. El compromiso
requiere no callar frente a actos corruptos, sino
ms bien denunciarlos para evitar la
impunidad.
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DILEMAS Debo aceptar el regalo que me ofrece un
ciudadano como agradecimiento por haberle
atendido rpidamente en la ventanilla del Banco.
Debo aceptar la invitacin a almorzar que me
hace un contratista que postula a una licitacin en
la que participo como miembro del comit de
seleccin.
Debo denunciar a un compaero de trabajo que
est sustrayendo bienes de mi institucin?
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RELACION ENTRE MORAL Y ETICA MORAL
Conjunto de normas que se
transmiten de generacin en
generacin, evolucionan a
lo largo del tiempo y poseen
fuertes diferencias con
respecto a las normas de
otra sociedad y de otra
poca histrica, estas
normas se utilizan para
orientar la conducta de los
integrantes de esa sociedad.
ETICA
Es el hecho real que se da
en la mentalidad de algunas
personas, es un conjunto de
normas que un sujeto ha
realizado y establecido
como una lnea directriz de
su propia conducta.
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TICA
Es el criterio que nos sirve para establecer una jerarqua de valor y lmites a nuestras acciones. Es
el arte de vivir bien o la capacidad que nos permite tener una buena vida.
Surge del interior de una persona, como resultado de su propia reflexin y su propia eleccin.
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ETICA EN LA FUNCION PUBLICA
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LA ETICA EN LA FUNCIN PBLICA
FUNCIN PBLICA
Toda actividad temporal o permanente, remunerada u
honoraria, realizada por una
persona en nombre o al
servicio de las entidades de
la Administracin Pblica,
en cualquiera de sus niveles
jerrquicos.
FINALIDAD DE LA
FUNCIN PBLICA
Prestar servicios pblicos orientados a la satisfaccin
de los intereses de los
miembros de la comunidad.
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Instrumento clave para elevar la calidad de la poltica y la gestin pblica gracias a la conducta honesta, eficiente e ntegra de los servidores pblicos
Factor esencial para la creacin y el mantenimiento de la confianza en la administracin y sus instituciones.
Mecanismo de control de las arbitrariedades y antivalores practicados en el uso del poder pblico.
POR QU ES IMPORTANTE LA TICA EN LA FUNCIN
PBLICA?
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Establece los principios, deberes y prohibiciones ticas para los
servidores pblicos cuya transgresin es pasible de sancin.
Finalidad:
Funcionarios y servidores pblicos de la administracin pblica, en cualquiera de los niveles jerrquicos, sea ste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempee actividades o funciones en nombre del servicio del Estado.
mbito de aplicacin
LEY N 27815 LEY DEL CDIGO DE TICA DE LA FUNCIN PBLICA
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PRINCIPIOS DE LA FUNCIN PBLICA
(ARTCULO 6 DE LA LEY)
1. RESPETO
2. PROBIDAD
3. EFICIENCIA
4. IDONEIDAD
5. VERACIDAD
6. LEALTAD Y OBEDIENCIA
7. JUSTICIA Y EQUIDAD
8. LEALTAD AL ESTADO DE DERECHO
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LOS PRINCIPIOS TICOS Debemos
hacer a los dems lo que quisiramos
que nos hagan.
Debemos abstenernos
de tomar ventajas injustas
No debemos hacer lo que no es correcto
para todos
Nuestra conducta no
puede afectar ni impedir la vida del otro.
Nuestra conducta no
puede colocar a otro
en desventaja.
LOS
PRINCIPIOS
TICOS
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DEBERES DE LA FUNCIN PBLICA
(ARTCULO 7 DE LA LEY)
1. NEUTRALIDAD.
2. TRANSPARENCIA
3. DISCRECIN
4. EJERCICIO ADECUADO DEL CARGO
5. USO ADECUADO DE LOS BIENES DEL
ESTADO
6. RESPOSABILIDAD
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PROHIBIONES TICAS DE LA FUNCIN PBLICA
(ARTCULO 8 DE LA LEY)
1. MANTENER INTERESES EN CONFLICTO
2. OBTENER VENTAJAS INDEBIDAS
3. REALIZAR ACTIVIDADES DE PROSELITISMO
4. HACER MAL USO DE LA INFORMACIN PRIVILIGIADA
5. PRESIONAR, AMENAZAR Y/O ACOSAR
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INFRACCIONES TICAS DE LOS EMPLEADOS
PBLICOS (ARTCULO 10 DE LA LEY, ARTCULO 6 Y
7 DE SU REGLAMENTO)
La transgresin de los principios ticos, deberes de la funcin pblica y de las prohibiciones ticas, se considera infraccin,
pasible de sancin.
Las sanciones aplicables no eximen de las responsabilidades administrativas, civiles y penales.
La calificacin de la gravedad de la infraccin es atribucin de la Comisin de Procedimientos Administrativos Disciplinarios
de la entidad (En el caso del Banco de la Nacin es la
Comisin de tica).
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GRADUACIN Y CALIFICACIN DE SANCIONES
GRADUACIN DE SANCIONES:
Para la graduacin de las sanciones se considerarn las normas
sobre la carrera administrativa y el rgimen laboral aplicable
en virtud del cargo o funcin desempeada.
CLASIFICACIN DE SANCIONES:
1. Amonestacin - Leve
2. Suspensin - Leve
3. Multa hasta 12 UIT - Grave
4. Resolucin contractual - Grave
5. Destitucin o despido - Grave
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SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS
(ARTCULO 10 DE LA LEY, ARTCULO 8 AL 14 DE SU
REGLAMENTO)
Criterios para la aplicacin de sanciones:
1. Perjuicio ocasionado a los administrados o entidad
2. Afectacin a los procedimientos
3. Naturaleza de la funcin, cargo y jerarqua del infractor
4. El beneficio obtenido por el infractor
5. La reincidencia o reiteracin
La sancin que quede firme y consentida ser comunicada, en un plazo no mayor de 15 das, al Registro Nacional de Sanciones, Destitucin y Despido.
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SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS (ARTCULO 10 DE
LA LEY, ARTCULO 15 AL 18 DE SU REGLAMENTO)
Procedimiento administrativo disciplinario
Los empleados pblicos debern denunciar cualquier infraccin a la Ley y su Reglamento.
El empleado pblico que incurra en infracciones a la Ley y su Reglamento ser sometido al procedimiento
administrativo disciplinario.
El plazo de prescripcin de la accin es de 03 aos, salvo infraccin continuada, sin perjuicio del proceso civil o penal
a que hubiere lugar.
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INCENTIVOS, ESTMULOS Y MECANISMOS DE
PROTECCIN (ARTCULO 19 al 21 DEL
REGLAMENTO)
La entidad disear, aplicar y difundir los incentivos y estmulos, as como los mecanismos de proteccin a favor
de los empleados que denuncien el incumplimiento a la Ley
y su Reglamento.
Los incentivos y estmulos sern establecidos por el titular de la entidad.
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DIFUSIN DEL CDIGO DE TICA Y CAMPAAS
EDUCATIVAS (ARTCULO 22 AL 23 DEL
REGLAMENTO)
La Secretara General de cada entidad, ejecutar campaas educativas sobre las sanciones para los servidores pblicos
que tengan prcticas contrarias a los principios ticos, en el
marco de la disponibilidad presupuestal.
Dichas campaas debern ser acreditadas al titular de la entidad, as como la difusin de la Ley y su Reglamento.
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PROMOCIN DEL CDIGO DE TICA DE LA FUNCIN
PBLICA
Establecida en la RM N 050-2009-PCM DE 30.ENE.2009, Directiva N001-2009-PCM-SGP, Reconocimiento a las Prcticas de Buen Gobierno en las Entidades del Poder Ejecutivo.
Conformacin de grupos de trabajo para el fomento a la tica e informe semestral al titular de la entidad.
Actividades: Colocar el Cdigo en el peridico o panel informativo y en zonas
de visibilidad de cada oficina.
Incorporar el Cdigo en el portal web de cada entidad. Jornadas informativas y socializacin sobre la importancia del
Cdigo, con periodicidad trimestral.
Cada entidad podr desarrollar otras actividades para el fomento del Cdigo.
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CODIGO DE ETICA
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CDIGO DE TICA DEL BANCO DE LA NACIN
Aprobado en Sesin de Directorio N 1563 de fecha 20.05.2005.
Tiene por objeto establecer los valores institucionales, principios, derechos, deberes y prohibiciones ticas que deben regir el
desempeo de todo empleado del Banco de la Nacin, sus
locadores de servicios y practicantes, as mismo establece el
rgimen disciplinario en caso de infraccin al Cdigo.
Empleado del Banco de la Nacin: Es todo funcionario integrante de la Alta Direccin o servidor del Banco, en
cualquiera de los niveles jerrquicos sea ste nombrado,
contratado, designado, de confianza o electo que desempee
actividades o funciones en nombre del Banco de la Nacin.
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COMO ENTENDER LA ETICA?
Tiene como objeto de estudio, la moral y la accin humana.
Permite establecer juicios de valor, en relacin a alguna
idea o asunto:
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COMO ENTENDER LA ETICA?
ETICA PRIVADA.-
Concepcin individual.
ETICA PUBLICA.-
Valoracin colectiva. (Libertad, igualdad, etc.).
ETICA ADMINISTRATIVA.-
Valores que optimizan el
quehacer laboral en la
organizacin.
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CDIGO DE TICA
Es el conjunto de normas ticas que regula los comportamientos de las
personas dentro de una empresa u
organizacin.
Sirve para mantener una lnea de comportamiento tico entre todos
los integrantes de una organizacin,
institucin o empresa.
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Pensamiento
Un hombre sin tica es una bestia salvaje
soltada a este mundo.
Albert Camus
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TICA PBLICA Es la tica aplicada en la
administracin pblica y en
la provisin de bienes y
servicios pblicos.
Comprende un conjunto de principios y normas ticas.
Orienta el comportamiento hacia el bien comn.
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TICA PBLICA
Es la toma de conciencia de los gobernantes, funcionarios y servidores
pblicos que estn para servir a la comunidad y no para servirse de ella
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DIFERENCIAS CON CDIGO BN
El Cdigo de tica del Banco de la Nacin ha sido generado dentro del marco legal del Cdigo de tica de la Funcin Pblica (PRINCIPIOS, DEBERES y PROHIBICIONES).
A estos Principios, Deberes y Prohibiciones, se les ha adicionado los VALORES INSTITUCIONALES; SANCIONES y DERECHOS..
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DIFERENCIAS Los Principios son los mismos; en cuanto a Deberes, se ha
considerado la IMPARCIALIDAD en reemplazo de la NEUTRALIDAD; este deber implica brindar un trato justo y equitativo a los clientes, proveedores, competidores y trabajadores del Banco.
Otro deber adicionado, es el RESGUARDO DE LA INFORMACION DE ACCESO RESTRINGIDO O PRIVILEGIADO, la cual precisa que toda informacin que no sea de carcter pblico y que haya sido clasificada como confidencial o secreta constituye informacin de acceso restringido o privilegiada, por lo que debe ser protegida de acuerdo a controles que establecen las normas del Banco.
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DIFERENCIAS Otros deberes adicionados son el de TICA
PROFESIONAL (honrar el secreto profesional), y el AHORRO.
En lo referente a PROHIBICIONES, se precisa en MANTENER INTERESES EN CONFLICTO, que bajo ninguna circunstancia podrn adoptar acuerdos con competidores. ni que supongan competencia desleal; asimismo, queda prohibida la contratacin de parientes hasta el 4 grado de consanguinidad y 2 por afinidad.
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DIFERENCIAS De igual forma, en OBTENER VENTAJAS
INDEBIDAS se ha agregado que, queda prohibida la introduccin de rumores; as como tambin, se prohbe el recibir pagos indebidos, donaciones u obsequios de proveedores, salvo que sean artculos de promocin o publicidad sin valor comercial alguno.
Finalmente, en HOSTILIZAR AL DENUNCIANTE, se prohbe adoptar represalias luego de conocer la identidad de la persona que formulo la denuncia.
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Pensamiento
Si no vives como piensas, terminars pensando como
vives.
Gandhi
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DENUNCIAS
Verbal y escrita ante la Comisin de tica del Banco de la Nacin.
E-mail de contacto
Buzones de Denuncias (Solo en Lima)
Lnea tica (KPMG)
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Comisin de tica
Segn el Articulo 6 del BN-REG-2200-012-02 del 26.05.2014, la Comisin de tica est conformada por tres (3)
miembros :
El Presidente del Directorio, quien la presidir.
El Presidente del Comit de Auditoria.
El Jefe del Departamento de Secretaria General.
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DENUNCIAS
Todos los actos ilcitos, que van en contra de nuestra moral, de nuestro Cdigo de tica y de nuestros Valores
Institucionales que nos caracterizan, deben ser denunciados
en sujecin a lo previsto en el Art. 11 de la Ley N 27815 ,
modificado por el Artculo nico de la Ley N 28496,
publicada el 16 de Abril del 2005.
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DENUNCIAS
El contenido de la norma, precisa que todo empleado pblico, bajo responsabilidad, tiene el deber de comunicar,
as como la persona natural o jurdica tiene el derecho de
denunciar, los actos contrarios a lo normado en el presente
Cdigo, ante la Comisin Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios de la entidad afectada o al
rgano que haga sus veces.
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DENUNCIAS
En el Banco de la Nacin, se pueden presentar denuncias verbales y escritas ante la Comisin de tica; apelando a los
diversos canales establecidos; como son: buzones de
denuncias - solo en Lima - (3 en sede principal, 2 en sede
Orrantia y 1 en sede Elizalde), correo electrnico
[email protected] , y Mesa de Partes (Trmite Documentario).
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DENUNCIAS
Adicional a lo antes comentado, se debe mencionar que se
han implementado las DENUNCIAS por el Sistema de
LINEA TICA , a travs de la Empresa KPMG, quienes se encargaran de, recepcionar las denuncias, proteger, y
mantener en reserva la identidad del denunciante; y de
efectuar el seguimiento correspondiente,
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DENUNCIAS Para tales efectos, pone a disposicin de los trabajadores del
Banco de la Nacin, los siguientes canales de denuncias:
- Telfono gratuito lnea 0800-0-0830 (de 09 a 18 hrs)
- www.lineaeticabanconacion.kpmg.com.ar
- Casilla de correo postal
- Recepcin personal de denuncias; Oficina KPMG, Avd. Javier Prado Oeste 203 San Isidro.
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DENUNCIAS
El procedimiento para FORMULACION DE DENUNCIAS
POR VIOLACION DEL CDIGO DE TICA DE LA
FUNCION PBLICA, ACTOS FRAUDULENTOS E
ILICITOS Y MEDIDAS DE PROTECCION AL
DENUNCIANTE, estn contenidos en el Reglamento BN-REG-2200-012-02, aprobado en Sesin de Directorio N
1995 de fecha 19 de marzo del 2014
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SANCIONES Se genera responsabilidad pasible de sancin, la que, de acuerdo
a ley, puede ser :
Con Vnculo Laboral (Personal de Planta) a) Amonestacin b) Suspensin c) Destitucin o Despido
Otras contrataciones (Locadores)
Multa de hasta 12 UIT (1 UIT = S/. 3,850.00) Resolucin contractual
La sancin aplicada por incumplimiento del Cdigo de tica, se
comunica al Registro Nacional de Sanciones de Destitucin y Despido de la Presidencia del Consejo de Ministros en el plazo de 15 das desde que la sancin qued firme.
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CRITERIOS PARA LA APLICACIN DE
SANCIONES
Perjuicio ocasionado a los administrados
Afectacin o alteracin de procedimientos
Naturaleza de las funciones (Abuso de funcin)
Cargo y jerarqua del infractor (Grado de Responsabilidad)
Comportamiento repetitivo (Reincidencia)
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VALORES - VALORES
INSTITUCIONALES
QUE SON VALORES INSTITUCIONALES?.- Son aquellos principios, y/o mritos, de vala muy importante que caracterizan e identifican al trabajador de una Empresa.
Ejemplo: GARRA, CORAJE identifica al jugador de la U; mientras que HABILIDAD, PICARDIA, caracteriza al de Alianza.
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VALORES
INSTITUCIONALES
El Plan Estratgico Institucional 2013 2017, aprobado
por Acuerdo N 001-2013/010 FONAFE del 06.09.2013,
seala como Valores Institucionales los siguientes:
VOCACION DE SERVICIO AL CIUDADANO.
COMPROMISO e IDENTIFICACION
PROMOCION DE LA CULTURA FINANCIERA
CONDUCTA TICA Y PROFESIONAL
RESPONSABILIDAD SOCIAL e INCLUSION FINANCIERA.
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VALORES INSTITUCIONALES
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VALORES
INSTITUCIONALES
1- VOCACION DE SERVICIO AL CIUDADANO
El Banco de la Nacin y sus trabajadores se preocupan
de atender con un trato oportuno, humano y de calidad a
los ciudadanos que requieren de sus productos y
servicios financieros.
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VALORES INSTITUCIONALES
2- COMPROMISO e IDENTIFICACION
Los trabajadores del Banco de la Nacin muestran una
actitud que busca superar las dificultades para alcanzar
los objetivos con plena identificacin institucional en cada
localidad.
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COMPROMISO
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VALORES INSTITUCIONALES
3- PROMOCION DE LA CULTURA FINANCIERA
Los trabajadores del Banco de la Nacin
fomentan el ahorro y los servicios que
permiten integrar a los ciudadanos al
mercado.
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CULTURA FINANCIERA
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VALORES INSTITUCIONALES
4- CONDUCTA TICA Y PROFESIONAL
Los trabajadores del Banco de la Nacin demuestran un comportamiento
honesto, probo, transparente y de
conducta intachable en su desempeo.
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VALORES INSTITUCIONALES
5- RESPONSABILIDAD SOCIAL e INCLUSION
FINANCIERA
Los trabajadores participan activamente en su comunidad, promoviendo la no discriminacin y la educacin e inclusin
financiera del ciudadano.
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INCLUSION FINANCIERA
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VALORES
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GRACIAS