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Docente: Gerardo Renato Arias Váscones CONTABILIDAD DE ENTIDADES FINANCIERAS UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA Escuela Profesional de Ciencias Contables y Financieras VIII CICLO 2015 FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES

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  • Docente: Gerardo Renato Arias Vscones

    CONTABILIDAD DE

    ENTIDADES FINANCIERAS

    UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

    Escuela Profesional de Ciencias Contables y

    Financieras

    VIII CICLO

    2015

    FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES

  • LA TICA EN LA FUNCION

    PUBLICA

    La Ley 27815 (Ley de la tica), nace como una estrategia

    para contrarrestar el avance incontenible del fenmeno

    llamado CORRUPCION; para lo cual establece el Cdigo de tica para los Servidores Pblicos; cuyo

    contenido considera 3 elementos PRINCIPIOS, DEBERES,

    y PROHIBICIONES.

  • CORRUPCION

    Uso indebido del poder para la obtencin de un beneficio irregular, de carcter econmico o no econmico, a travs de la violacin de un deber de cumplimiento, en desmedro de la legitimidad de la autoridad y de los derechos fundamentales de la persona.

    Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcin 2012 2016

    Decreto Supremo N 119-2012- PCM

  • CORRUPCION CUANDO SURGE LA CORRUPCION?

    Funcionarios ejercen mal uso de autoridad.

    Servidores que demuestran poca responsabilidad, nula identificacin institucional.

  • CORRUPCION CUANDO SURGE LA CORRUPCION?

    Condiciones Precarias en el mbito laboral:

    Salarios bajos,

    Impunidad para los corruptos

    Malestar laboral

    Hostigamiento, acoso

  • LA CORRUPCION; NO NACE, SE HACE

  • TIPOS DE CORRUPCION Gran Corrupcin

    Violacin sistemtica de la legalidad.

    Altas esferas de Gobierno.

    Pequea Corrupcin

    Intercambio de pequeas sumas a cambio de favores.

    reas especficas de los niveles de Gobierno.

    Corrupcin administrativa.

    Corrupcin Invisible

    Incumplimiento de la funcin pblica para obtener un beneficio personal que no es necesariamente econmico.

  • CORRUPCION

  • Corrupcin

    Por lo antes observado, se deduce

    que el principal problema que

    enfrenta el Estado, y que impide

    lograr el desarrollo de un pais, es

    definitivamente la CORRUPCION.

  • CORRUPCIN

  • Pensamiento

    Educad a los nios y no ser necesario castigar a los

    hombres.

    Pitgoras

  • COMO ENFRENTARLA

    Punitivo

    Simplificacin

    Transparencia

    Rendicin de

    Cuentas

    Formacin

    tica

    Lucha contra la

    corrupcin

  • NO CALLAR LOS ACTOS DE

    CORRUPCIN Para poder combatirse, la corrupcin necesita

    ser mostrada. A travs de la denuncia, los actos

    de corrupcin salen a la luz pblica para ser

    investigados y sancionados. El compromiso

    requiere no callar frente a actos corruptos, sino

    ms bien denunciarlos para evitar la

    impunidad.

  • DILEMAS Debo aceptar el regalo que me ofrece un

    ciudadano como agradecimiento por haberle

    atendido rpidamente en la ventanilla del Banco.

    Debo aceptar la invitacin a almorzar que me

    hace un contratista que postula a una licitacin en

    la que participo como miembro del comit de

    seleccin.

    Debo denunciar a un compaero de trabajo que

    est sustrayendo bienes de mi institucin?

  • RELACION ENTRE MORAL Y ETICA MORAL

    Conjunto de normas que se

    transmiten de generacin en

    generacin, evolucionan a

    lo largo del tiempo y poseen

    fuertes diferencias con

    respecto a las normas de

    otra sociedad y de otra

    poca histrica, estas

    normas se utilizan para

    orientar la conducta de los

    integrantes de esa sociedad.

    ETICA

    Es el hecho real que se da

    en la mentalidad de algunas

    personas, es un conjunto de

    normas que un sujeto ha

    realizado y establecido

    como una lnea directriz de

    su propia conducta.

  • TICA

    Es el criterio que nos sirve para establecer una jerarqua de valor y lmites a nuestras acciones. Es

    el arte de vivir bien o la capacidad que nos permite tener una buena vida.

    Surge del interior de una persona, como resultado de su propia reflexin y su propia eleccin.

  • ETICA EN LA FUNCION PUBLICA

  • LA ETICA EN LA FUNCIN PBLICA

    FUNCIN PBLICA

    Toda actividad temporal o permanente, remunerada u

    honoraria, realizada por una

    persona en nombre o al

    servicio de las entidades de

    la Administracin Pblica,

    en cualquiera de sus niveles

    jerrquicos.

    FINALIDAD DE LA

    FUNCIN PBLICA

    Prestar servicios pblicos orientados a la satisfaccin

    de los intereses de los

    miembros de la comunidad.

  • Instrumento clave para elevar la calidad de la poltica y la gestin pblica gracias a la conducta honesta, eficiente e ntegra de los servidores pblicos

    Factor esencial para la creacin y el mantenimiento de la confianza en la administracin y sus instituciones.

    Mecanismo de control de las arbitrariedades y antivalores practicados en el uso del poder pblico.

    POR QU ES IMPORTANTE LA TICA EN LA FUNCIN

    PBLICA?

  • Establece los principios, deberes y prohibiciones ticas para los

    servidores pblicos cuya transgresin es pasible de sancin.

    Finalidad:

    Funcionarios y servidores pblicos de la administracin pblica, en cualquiera de los niveles jerrquicos, sea ste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempee actividades o funciones en nombre del servicio del Estado.

    mbito de aplicacin

    LEY N 27815 LEY DEL CDIGO DE TICA DE LA FUNCIN PBLICA

  • PRINCIPIOS DE LA FUNCIN PBLICA

    (ARTCULO 6 DE LA LEY)

    1. RESPETO

    2. PROBIDAD

    3. EFICIENCIA

    4. IDONEIDAD

    5. VERACIDAD

    6. LEALTAD Y OBEDIENCIA

    7. JUSTICIA Y EQUIDAD

    8. LEALTAD AL ESTADO DE DERECHO

  • LOS PRINCIPIOS TICOS Debemos

    hacer a los dems lo que quisiramos

    que nos hagan.

    Debemos abstenernos

    de tomar ventajas injustas

    No debemos hacer lo que no es correcto

    para todos

    Nuestra conducta no

    puede afectar ni impedir la vida del otro.

    Nuestra conducta no

    puede colocar a otro

    en desventaja.

    LOS

    PRINCIPIOS

    TICOS

  • DEBERES DE LA FUNCIN PBLICA

    (ARTCULO 7 DE LA LEY)

    1. NEUTRALIDAD.

    2. TRANSPARENCIA

    3. DISCRECIN

    4. EJERCICIO ADECUADO DEL CARGO

    5. USO ADECUADO DE LOS BIENES DEL

    ESTADO

    6. RESPOSABILIDAD

  • PROHIBIONES TICAS DE LA FUNCIN PBLICA

    (ARTCULO 8 DE LA LEY)

    1. MANTENER INTERESES EN CONFLICTO

    2. OBTENER VENTAJAS INDEBIDAS

    3. REALIZAR ACTIVIDADES DE PROSELITISMO

    4. HACER MAL USO DE LA INFORMACIN PRIVILIGIADA

    5. PRESIONAR, AMENAZAR Y/O ACOSAR

  • INFRACCIONES TICAS DE LOS EMPLEADOS

    PBLICOS (ARTCULO 10 DE LA LEY, ARTCULO 6 Y

    7 DE SU REGLAMENTO)

    La transgresin de los principios ticos, deberes de la funcin pblica y de las prohibiciones ticas, se considera infraccin,

    pasible de sancin.

    Las sanciones aplicables no eximen de las responsabilidades administrativas, civiles y penales.

    La calificacin de la gravedad de la infraccin es atribucin de la Comisin de Procedimientos Administrativos Disciplinarios

    de la entidad (En el caso del Banco de la Nacin es la

    Comisin de tica).

  • GRADUACIN Y CALIFICACIN DE SANCIONES

    GRADUACIN DE SANCIONES:

    Para la graduacin de las sanciones se considerarn las normas

    sobre la carrera administrativa y el rgimen laboral aplicable

    en virtud del cargo o funcin desempeada.

    CLASIFICACIN DE SANCIONES:

    1. Amonestacin - Leve

    2. Suspensin - Leve

    3. Multa hasta 12 UIT - Grave

    4. Resolucin contractual - Grave

    5. Destitucin o despido - Grave

  • SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

    (ARTCULO 10 DE LA LEY, ARTCULO 8 AL 14 DE SU

    REGLAMENTO)

    Criterios para la aplicacin de sanciones:

    1. Perjuicio ocasionado a los administrados o entidad

    2. Afectacin a los procedimientos

    3. Naturaleza de la funcin, cargo y jerarqua del infractor

    4. El beneficio obtenido por el infractor

    5. La reincidencia o reiteracin

    La sancin que quede firme y consentida ser comunicada, en un plazo no mayor de 15 das, al Registro Nacional de Sanciones, Destitucin y Despido.

  • SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS (ARTCULO 10 DE

    LA LEY, ARTCULO 15 AL 18 DE SU REGLAMENTO)

    Procedimiento administrativo disciplinario

    Los empleados pblicos debern denunciar cualquier infraccin a la Ley y su Reglamento.

    El empleado pblico que incurra en infracciones a la Ley y su Reglamento ser sometido al procedimiento

    administrativo disciplinario.

    El plazo de prescripcin de la accin es de 03 aos, salvo infraccin continuada, sin perjuicio del proceso civil o penal

    a que hubiere lugar.

  • INCENTIVOS, ESTMULOS Y MECANISMOS DE

    PROTECCIN (ARTCULO 19 al 21 DEL

    REGLAMENTO)

    La entidad disear, aplicar y difundir los incentivos y estmulos, as como los mecanismos de proteccin a favor

    de los empleados que denuncien el incumplimiento a la Ley

    y su Reglamento.

    Los incentivos y estmulos sern establecidos por el titular de la entidad.

  • DIFUSIN DEL CDIGO DE TICA Y CAMPAAS

    EDUCATIVAS (ARTCULO 22 AL 23 DEL

    REGLAMENTO)

    La Secretara General de cada entidad, ejecutar campaas educativas sobre las sanciones para los servidores pblicos

    que tengan prcticas contrarias a los principios ticos, en el

    marco de la disponibilidad presupuestal.

    Dichas campaas debern ser acreditadas al titular de la entidad, as como la difusin de la Ley y su Reglamento.

  • PROMOCIN DEL CDIGO DE TICA DE LA FUNCIN

    PBLICA

    Establecida en la RM N 050-2009-PCM DE 30.ENE.2009, Directiva N001-2009-PCM-SGP, Reconocimiento a las Prcticas de Buen Gobierno en las Entidades del Poder Ejecutivo.

    Conformacin de grupos de trabajo para el fomento a la tica e informe semestral al titular de la entidad.

    Actividades: Colocar el Cdigo en el peridico o panel informativo y en zonas

    de visibilidad de cada oficina.

    Incorporar el Cdigo en el portal web de cada entidad. Jornadas informativas y socializacin sobre la importancia del

    Cdigo, con periodicidad trimestral.

    Cada entidad podr desarrollar otras actividades para el fomento del Cdigo.

  • CODIGO DE ETICA

  • CDIGO DE TICA DEL BANCO DE LA NACIN

    Aprobado en Sesin de Directorio N 1563 de fecha 20.05.2005.

    Tiene por objeto establecer los valores institucionales, principios, derechos, deberes y prohibiciones ticas que deben regir el

    desempeo de todo empleado del Banco de la Nacin, sus

    locadores de servicios y practicantes, as mismo establece el

    rgimen disciplinario en caso de infraccin al Cdigo.

    Empleado del Banco de la Nacin: Es todo funcionario integrante de la Alta Direccin o servidor del Banco, en

    cualquiera de los niveles jerrquicos sea ste nombrado,

    contratado, designado, de confianza o electo que desempee

    actividades o funciones en nombre del Banco de la Nacin.

  • COMO ENTENDER LA ETICA?

    Tiene como objeto de estudio, la moral y la accin humana.

    Permite establecer juicios de valor, en relacin a alguna

    idea o asunto:

  • COMO ENTENDER LA ETICA?

    ETICA PRIVADA.-

    Concepcin individual.

    ETICA PUBLICA.-

    Valoracin colectiva. (Libertad, igualdad, etc.).

    ETICA ADMINISTRATIVA.-

    Valores que optimizan el

    quehacer laboral en la

    organizacin.

  • CDIGO DE TICA

    Es el conjunto de normas ticas que regula los comportamientos de las

    personas dentro de una empresa u

    organizacin.

    Sirve para mantener una lnea de comportamiento tico entre todos

    los integrantes de una organizacin,

    institucin o empresa.

  • Pensamiento

    Un hombre sin tica es una bestia salvaje

    soltada a este mundo.

    Albert Camus

  • TICA PBLICA Es la tica aplicada en la

    administracin pblica y en

    la provisin de bienes y

    servicios pblicos.

    Comprende un conjunto de principios y normas ticas.

    Orienta el comportamiento hacia el bien comn.

  • TICA PBLICA

    Es la toma de conciencia de los gobernantes, funcionarios y servidores

    pblicos que estn para servir a la comunidad y no para servirse de ella

  • DIFERENCIAS CON CDIGO BN

    El Cdigo de tica del Banco de la Nacin ha sido generado dentro del marco legal del Cdigo de tica de la Funcin Pblica (PRINCIPIOS, DEBERES y PROHIBICIONES).

    A estos Principios, Deberes y Prohibiciones, se les ha adicionado los VALORES INSTITUCIONALES; SANCIONES y DERECHOS..

  • DIFERENCIAS Los Principios son los mismos; en cuanto a Deberes, se ha

    considerado la IMPARCIALIDAD en reemplazo de la NEUTRALIDAD; este deber implica brindar un trato justo y equitativo a los clientes, proveedores, competidores y trabajadores del Banco.

    Otro deber adicionado, es el RESGUARDO DE LA INFORMACION DE ACCESO RESTRINGIDO O PRIVILEGIADO, la cual precisa que toda informacin que no sea de carcter pblico y que haya sido clasificada como confidencial o secreta constituye informacin de acceso restringido o privilegiada, por lo que debe ser protegida de acuerdo a controles que establecen las normas del Banco.

  • DIFERENCIAS Otros deberes adicionados son el de TICA

    PROFESIONAL (honrar el secreto profesional), y el AHORRO.

    En lo referente a PROHIBICIONES, se precisa en MANTENER INTERESES EN CONFLICTO, que bajo ninguna circunstancia podrn adoptar acuerdos con competidores. ni que supongan competencia desleal; asimismo, queda prohibida la contratacin de parientes hasta el 4 grado de consanguinidad y 2 por afinidad.

  • DIFERENCIAS De igual forma, en OBTENER VENTAJAS

    INDEBIDAS se ha agregado que, queda prohibida la introduccin de rumores; as como tambin, se prohbe el recibir pagos indebidos, donaciones u obsequios de proveedores, salvo que sean artculos de promocin o publicidad sin valor comercial alguno.

    Finalmente, en HOSTILIZAR AL DENUNCIANTE, se prohbe adoptar represalias luego de conocer la identidad de la persona que formulo la denuncia.

  • Pensamiento

    Si no vives como piensas, terminars pensando como

    vives.

    Gandhi

  • DENUNCIAS

    Verbal y escrita ante la Comisin de tica del Banco de la Nacin.

    E-mail de contacto

    Buzones de Denuncias (Solo en Lima)

    Lnea tica (KPMG)

    [email protected]

  • Comisin de tica

    Segn el Articulo 6 del BN-REG-2200-012-02 del 26.05.2014, la Comisin de tica est conformada por tres (3)

    miembros :

    El Presidente del Directorio, quien la presidir.

    El Presidente del Comit de Auditoria.

    El Jefe del Departamento de Secretaria General.

  • DENUNCIAS

    Todos los actos ilcitos, que van en contra de nuestra moral, de nuestro Cdigo de tica y de nuestros Valores

    Institucionales que nos caracterizan, deben ser denunciados

    en sujecin a lo previsto en el Art. 11 de la Ley N 27815 ,

    modificado por el Artculo nico de la Ley N 28496,

    publicada el 16 de Abril del 2005.

  • DENUNCIAS

    El contenido de la norma, precisa que todo empleado pblico, bajo responsabilidad, tiene el deber de comunicar,

    as como la persona natural o jurdica tiene el derecho de

    denunciar, los actos contrarios a lo normado en el presente

    Cdigo, ante la Comisin Permanente de Procesos

    Administrativos Disciplinarios de la entidad afectada o al

    rgano que haga sus veces.

  • DENUNCIAS

    En el Banco de la Nacin, se pueden presentar denuncias verbales y escritas ante la Comisin de tica; apelando a los

    diversos canales establecidos; como son: buzones de

    denuncias - solo en Lima - (3 en sede principal, 2 en sede

    Orrantia y 1 en sede Elizalde), correo electrnico

    [email protected] , y Mesa de Partes (Trmite Documentario).

  • DENUNCIAS

    Adicional a lo antes comentado, se debe mencionar que se

    han implementado las DENUNCIAS por el Sistema de

    LINEA TICA , a travs de la Empresa KPMG, quienes se encargaran de, recepcionar las denuncias, proteger, y

    mantener en reserva la identidad del denunciante; y de

    efectuar el seguimiento correspondiente,

  • DENUNCIAS Para tales efectos, pone a disposicin de los trabajadores del

    Banco de la Nacin, los siguientes canales de denuncias:

    - Telfono gratuito lnea 0800-0-0830 (de 09 a 18 hrs)

    - www.lineaeticabanconacion.kpmg.com.ar

    - [email protected]

    - Casilla de correo postal

    - Recepcin personal de denuncias; Oficina KPMG, Avd. Javier Prado Oeste 203 San Isidro.

  • DENUNCIAS

    El procedimiento para FORMULACION DE DENUNCIAS

    POR VIOLACION DEL CDIGO DE TICA DE LA

    FUNCION PBLICA, ACTOS FRAUDULENTOS E

    ILICITOS Y MEDIDAS DE PROTECCION AL

    DENUNCIANTE, estn contenidos en el Reglamento BN-REG-2200-012-02, aprobado en Sesin de Directorio N

    1995 de fecha 19 de marzo del 2014

  • SANCIONES Se genera responsabilidad pasible de sancin, la que, de acuerdo

    a ley, puede ser :

    Con Vnculo Laboral (Personal de Planta) a) Amonestacin b) Suspensin c) Destitucin o Despido

    Otras contrataciones (Locadores)

    Multa de hasta 12 UIT (1 UIT = S/. 3,850.00) Resolucin contractual

    La sancin aplicada por incumplimiento del Cdigo de tica, se

    comunica al Registro Nacional de Sanciones de Destitucin y Despido de la Presidencia del Consejo de Ministros en el plazo de 15 das desde que la sancin qued firme.

  • CRITERIOS PARA LA APLICACIN DE

    SANCIONES

    Perjuicio ocasionado a los administrados

    Afectacin o alteracin de procedimientos

    Naturaleza de las funciones (Abuso de funcin)

    Cargo y jerarqua del infractor (Grado de Responsabilidad)

    Comportamiento repetitivo (Reincidencia)

  • VALORES - VALORES

    INSTITUCIONALES

    QUE SON VALORES INSTITUCIONALES?.- Son aquellos principios, y/o mritos, de vala muy importante que caracterizan e identifican al trabajador de una Empresa.

    Ejemplo: GARRA, CORAJE identifica al jugador de la U; mientras que HABILIDAD, PICARDIA, caracteriza al de Alianza.

  • VALORES

    INSTITUCIONALES

    El Plan Estratgico Institucional 2013 2017, aprobado

    por Acuerdo N 001-2013/010 FONAFE del 06.09.2013,

    seala como Valores Institucionales los siguientes:

    VOCACION DE SERVICIO AL CIUDADANO.

    COMPROMISO e IDENTIFICACION

    PROMOCION DE LA CULTURA FINANCIERA

    CONDUCTA TICA Y PROFESIONAL

    RESPONSABILIDAD SOCIAL e INCLUSION FINANCIERA.

  • VALORES INSTITUCIONALES

  • VALORES

    INSTITUCIONALES

    1- VOCACION DE SERVICIO AL CIUDADANO

    El Banco de la Nacin y sus trabajadores se preocupan

    de atender con un trato oportuno, humano y de calidad a

    los ciudadanos que requieren de sus productos y

    servicios financieros.

  • VALORES INSTITUCIONALES

    2- COMPROMISO e IDENTIFICACION

    Los trabajadores del Banco de la Nacin muestran una

    actitud que busca superar las dificultades para alcanzar

    los objetivos con plena identificacin institucional en cada

    localidad.

  • COMPROMISO

  • VALORES INSTITUCIONALES

    3- PROMOCION DE LA CULTURA FINANCIERA

    Los trabajadores del Banco de la Nacin

    fomentan el ahorro y los servicios que

    permiten integrar a los ciudadanos al

    mercado.

  • CULTURA FINANCIERA

  • VALORES INSTITUCIONALES

    4- CONDUCTA TICA Y PROFESIONAL

    Los trabajadores del Banco de la Nacin demuestran un comportamiento

    honesto, probo, transparente y de

    conducta intachable en su desempeo.

  • VALORES INSTITUCIONALES

    5- RESPONSABILIDAD SOCIAL e INCLUSION

    FINANCIERA

    Los trabajadores participan activamente en su comunidad, promoviendo la no discriminacin y la educacin e inclusin

    financiera del ciudadano.

  • INCLUSION FINANCIERA

  • VALORES

  • GRACIAS