expediente-proceso abreviado caso 01 marco a. y demanda reconvencion

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PRETENSIONES POSESORIAS DE DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR LA VIA DEL PROCESO ABREVIADO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.-SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.- PETICIÓN.- PODER.- Juzgado de Letras de lo Civil del Departamento de Francisco Morazán. Yo, MARCO TULIO AYALA, mayor de edad, soltero, abogado, hondureño y de este domicilio, inscrito en el honorable colegio de abogados de Honduras bajo el numero 17,520, actuando en mi condición de PROCURADOR, con despacho profesional en las oficinas del consultorio jurídico de la Universidad Católica de Honduras, ubicado en el Barrio Morazán, Boulevard Suyapa, Edificio de por medio de la iglesia San Martin de Porres, Tegucigalpa Municipio del Distrito Central, con número de teléfono 2232-4043, el cual establezco para las futuras notificaciones; actuando en mi condición de apoderado legal de la señora LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES, quien es mayor de edad, soltera, comerciante individual, hondureña , con numero de identidad 0801-1991-11317, con domicilio en Residencial Los Ángeles, calle San Pedro, Casa número 2247; con el debido respeto ante usted promoviendo DEMANDA DE DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR LA VIA DEL PROCESO ABREVIADO Y PAGO DE DANOS Y PERJUICIOS en contra del señor: RAMON ALBERTO VALLADARES HERNANDEZ, quien es mayor de edad, hondureño y con domicilio en Barrio Casamata, calle San Pedro, Casa número 2248 de esta ciudad, por lo que puede ser ubicado allí para efectos de citación. Demanda que fundamento en los hechos y consideraciones siguientes: HECHOS PRIMERO: Que mi clienta LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES, es la Presidenta de la asociación de vecinos de la Residencial los Ángeles, y también dueña de la mayor parte de los condominios de esta Residencial los Ángeles.

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Page 1: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

PRETENSIONES POSESORIAS DE DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR LA VIA DEL PROCESO ABREVIADO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.-SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.- PETICIÓN.- PODER.-

Juzgado de Letras de lo Civil del Departamento de Francisco Morazán.

Yo, MARCO TULIO AYALA, mayor de edad, soltero, abogado, hondureño y

de este domicilio, inscrito en el honorable colegio de abogados de Honduras

bajo el numero 17,520, actuando en mi condición de PROCURADOR, con

despacho profesional en las oficinas del consultorio jurídico de la Universidad

Católica de Honduras, ubicado en el Barrio Morazán, Boulevard Suyapa,

Edificio de por medio de la iglesia San Martin de Porres, Tegucigalpa

Municipio del Distrito Central, con número de teléfono 2232-4043, el cual

establezco para las futuras notificaciones; actuando en mi condición de

apoderado legal de la señora LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES,

quien es mayor de edad, soltera, comerciante individual, hondureña , con

numero de identidad 0801-1991-11317, con domicilio en Residencial Los

Ángeles, calle San Pedro, Casa número 2247; con el debido respeto ante

usted promoviendo DEMANDA DE DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA

POR LA VIA DEL PROCESO ABREVIADO Y PAGO DE DANOS Y

PERJUICIOS en contra del señor: RAMON ALBERTO VALLADARES

HERNANDEZ, quien es mayor de edad, hondureño y con domicilio en Barrio

Casamata, calle San Pedro, Casa número 2248 de esta ciudad, por lo que

puede ser ubicado allí para efectos de citación. Demanda que fundamento

en los hechos y consideraciones siguientes:

HECHOS

PRIMERO: Que mi clienta LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES, es la

Presidenta de la asociación de vecinos de la Residencial los Ángeles, y

también dueña de la mayor parte de los condominios de esta Residencial los

Ángeles.

SEGUNDO: El señor RAMON ALBERTO VALLADARES HERNANDEZ quien

en dueños de cinco Gasolineras en la ciudad capital, quiere seguir con su

sexta Gasolinera, a pocos kilómetros atrás de la Residencial Los Ángeles,

Donde nace la cuenca de agua que provee a la Residencial Los Ángeles.

TERCERO: Lastimosamente el señor RAMON ALBERTO VALLADARES no

quiso acatar la petición de la asociación de vecinos de la Residencial Los

Ángeles, de que desistiera de ejecución de esta obra.

Page 2: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

CUARTO: Resulta que el señor RAMON ALBERTO VALLADARES alega que

su obra no causara, ni causa ningún problema y que cuenta con los permisos

correspondientes para la construcción de un bien inmueble de esta

naturaleza, aun dándose cuenta que la cuenca de agua nace justo donde

trata de hacer las fosas para su gasolinera y amenazando la salud y vida de

los habitantes de la Residencial Los Ángeles, y negándoles sus Derechos a

recibir este liquido valioso.

QUINTO: Un número significativo de miembros de familias que residen en

este sector se han visto afectados por problemas intestinales y problemas en

la piel causados por el agua contaminada.

SEXTO: Actuando en mi condición de apoderado legal de la señora

LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES y la asociación de vecinos de la

Residencial los Ángeles me apersone a dichas instalaciones para pedirle la

exhibición de los permisos de construcciones al demandado y estos se me

fueron negados de una forma descortés.

SEPTIMA: En la alcaldía del municipio del distrito central en el tomo 34 2012

se encuentra el permiso tramitado para la construcción de este de bien

inmueble, se expresa en el expediente que fue presentado un estudio

ambiental con el afecto que provocaría este tipo de estructura, pero en

ninguna parte se acompañaba este documento.

OFRECIMIENTO DE MEDIOS DE PRUEBA

Para acreditar los extremos de dicha demanda se ofrecen los siguientes

medios probatorios:

1.-Interrogatorio de partes: Consistente en la declaración de la

demandante LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES, para sustentar los

hechos.

2.-Documentos Privados: 1.- Consiste en la presentación del documento

donde comprueba la Investigación de el terreno donde nace la cuenca de

agua y estudios realizados donde se verifica que esto es de alto riesgo para

los habitantes de la Residencial Los Ángeles. 2.- La autorización escrita

extendida por la dirección general de Salud Pública, en la que consta que

este Terreno no es la mejor área para construir una obra de este tipo de obra

porque afectan la salud humana.

3.- Medios Técnicos de Imagen: El cual se basa en fotografías del Terreno

y del agua antes de ser empezada la obra y después de empezar a construir

la gasolinera.

Page 3: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

4.-Interrogatorio de testigos: NIELSEN AVILA ROVELO, hondureña,

mayor de edad, soltera, comerciante, con identidad numero 0801-1989-

00876, con domicilio en la Residencial Los Ángeles quien es Vice-Presidenta

de la asociación de vecinos de esta.

En los anexos de la presente demanda se encuentran las fotocopias de las

tarjetas de identidad de los testigos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Fundó la presente demanda en el siguiente articulado:

1.-Constitucion de la república: Artículos 80, 82 y 90 que establecen el

derecho de petición para invocar esta vía procesal en representación de los

derechos de mi cliente.

2.-Código Civil: Artículos 1 sobre la ley, artículos 613, 869, 870, 872,874

sobre la reivindicación de dominio.

3.- Código Procesal Civil: Artículos del 1 al 22, de los Principios que rigen

todo Proceso Civil, 23,27,28,29,30,35, para acreditar la jurisdicción y

competencia, 61 numeral 4, 62 numeral 2, 79,81, para acreditar acerca de la

capacidad de ser parte, 129,130 numeral 6, 135, 143, sobre la forma

procesal necesaria, 251 de los medios de prueba en materia civil,

253,254,255,256,257,258,259,261,263,267,268 Sobre el interrogatorio de

partes, 293,294,295,296, acerca de la prueba testifical, 297, 298, 299, 300,

301, 309, 311, referente al interrogatorio de los testigos, 271,273,275,

acerca de la prueba de documentos públicos y los artículos 479, 480 acerca

de la valoración de la prueba y la sentencia.

5.-Ley de Atribución y Organización de los Tribunales: Artículos, 1, 40,

137, 249, 250, 251, 252, acerca de la competencia de los tribunales.

PETICION

Al señor juez respetuosamente PIDO:

1.- Admitir la presente DEMANDA DE DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR

VIA DEL PROCESO ABREVIADO Y PAGO DE DANOS Y PERJUICIOS junto con los

documentos originales y copias simples de la demanda y toda la prueba

documental. Al igual que los anexos que acompaño, abrir la misma al trámite

señalado.

Page 4: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

2.-Tener por acreditada la condición en que actuó y las facultades legales a

mi conferidas.

3.- Citar por medio del Receptor del Despacho al demandado, al señor

RAMON ALBERTO VALLADARES para que en el plazo legal correspondiente se

señale audiencia.

4.-Una vez propuesta y evacuada la prueba este Honorable Juzgado declare

CON LUGAR la presente demanda, condenando al señor RAMON ALBERTO

VALLADARES al abandono y a la posterior demolición de la obra que

obstruye y contamina la cuenca de agua que provee a la residencial los

Ángeles y que afecta a mi representada la señora LOURDES MARIA GABORIT

RAUDALES y a la asociación de vecinos de la Residencial los Ángeles. Como

también el PAGO DE DANOS Y PERJUCIOS a cincuenta de los residentes de la

colonia, de diez de las casas afectadas por la cantidad de veinte mil lempiras

( Lps.20,000.00) para cada uno, con una suma de un millón de lempiras

exactos ( Lps. 1,000,000.00) en concepto de indemnización por los

malestares físicos y psicológicos que han adquirido por el uso del agua

contaminada.

Manifiesto expresamente la voluntad de cumplir con los requisitos exigidos

por la ley, para efectos de la subsanación de posibles defectos.

Tegucigalpa M.D.C. 24 de octubre del año 2012.

_____________________________________

Abg. MARCO TULIO AYALA

Apoderado Legal

ESTUDIO REALIZADO AL TERRENO CONFORME A LA CONTAMINACION DEL AGUA

INTRODUCCIÓN

Decidimos hacer un trabajo de investigación acerca de la contaminación del agua ya que este es un líquido vital para la supervivencia de nuestro planeta y de todos los que en el habitamos, pero el creciente aumento en la población ha afectado la pureza de este líquido como veremos más adelante.

Page 5: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

Por lo que es conveniente iniciar este trabajo de investigación en una descripción breve de lo que es el agua, de sus propiedades así como sus beneficios; para posteriormente analizar los distintos tipos de contaminantes que dañan a éste vital líquido, y así poder reflexionar un poco sobre el daño que nosotros mismos nos estamos causando al contaminar éste indispensable recurso.

EL AGUA

 La molécula del agua es dipolar, o sea, presenta un polo positivo y uno negativo. Es una molécula formada por dos elementos: oxígeno e hidrógeno, en la siguiente proporción: una parte de oxígeno y dos partes de hidrógeno, unidos por medio de enlaces y representada por H2O.

Esta estructura le permite que muchas otras moléculas iguales, sean atraídas y se unan con gran facilidad, formando enormes cadenas que constituyen el líquido que da la vida a nuestro planeta: el agua.

El agua es una sustancia inodora, insípida, en pequeñas cantidades incolora y verdosa o azulada en grandes masas.

Es el componente más abundante de la superficie terrestre y, más o menos puro, forma la lluvia, las fuentes, los ríos y los mares; es parte constituyente de todos los organismos vivos y aparece en compuestos naturales.

PROPIEDADES

Este líquido tiene densidad, que es la relación de la masa entre el volumen. De ahí que un kilo de agua ocupa el volumen de un litro.

Al igual que el aire, el agua tiene una fuerza con la que empuja, esto se llama presión.

El agua por si misma no posee una forma definida, por eso es que toma la forma del recipiente que la contiene.

La temperatura y la presión atmosférica determinan los diferentes estados del agua. Así, a una temperatura de 0° C se produce la congelación y el agua se convierte el hielo. En cambio, a una temperatura de 100° C, el líquido se transforma en vapor, este proceso se llama ebullición.

Dependiendo de la temperatura y la presión, el agua cambia muy fácilmente de un estado al otro. Puede aparecer como un líquido que fluye, o un gas que sube por la atmósfera o un sólido quieto guardado en el refrigerador.

Sólido Líquido Gas

Forma y volumen propio.  

Incompresible.  

Difusión extremadamente lenta de las partículas.

Adopta la forma del recipiente que los contiene.  

Volumen propio incompresible.  

Sin forma ni volumen propio.  

Compresibles.  

Se expanden.   

Page 6: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

Difusión lenta de las partículas

 

BENEFICIOS DEL AGUA

El agua es uno de los componentes más importantes en todos los seres vivos. Es el elemento más abundante de nuestro cuerpo y está involucrada en varias funciones de vitales para nuestro organismo, sin ella nuestro cuerpo no funcionaría adecuadamente

En el agua están disueltas casi todas las sustancias que forman y nutren a nuestro cuerpo, por esto se le conoce como el solvente universal; también permite el transporte de todos los nutrimentos, remueve los materiales de desecho y participa en todas las reacciones que se llevan a cabo para producir energía; además, mantiene constante la temperatura de nuestro cuerpo, independientemente de la que exista en el ambiente.

Cuando hace mucho calor o hacemos un ejercicio intenso se pierde una cantidad excesiva de agua provocando un desequilibrio en este control; por esta razón debemos tomar más líquidos de lo habitual para compensar la pérdida adicional que se produce a través de la respiración agitada y el sudor que provocan el ejercicio y el calor.

CONTAMINACIÓN

El agua al caer con la lluvia por enfriamiento de las nubes arrastra impurezas del aire. Al circular por la superficie o a nivel de capas profundas, se le añaden otros contaminantes químicos, físicos o biológicos

Hay pues una contaminación natural, pero al tiempo puede existir otra muy notable de procedencia humana, por actividades agrícolas, ganaderas o industriales, que hace sobrepasar la capacidad de autodepuración de la naturaleza.

La contaminación del agua es incorporación al agua de materias extrañas como microorganismos, productos químicos, residuos industriales y de otros tipos, o aguas residuales. Estas materias deterioran la calidad del agua y la hacen inútil para los usos pretendidos.

PARA CONCLUIR CON EL ESTUDIO

Cabe mencionar que esta obra realizada en esta zona es de alto riesgo ya que puede llegar a tentar con la vida de los habitantes de esta residencial entre estos Hombres, Mujeres, Mujeres en estados de gravidez, niños, ancianos y demás. Es recomendable no realizar ninguna obra cerca de esta cuenca o a sus alrededor.

Medios Técnicos De Imagen

Page 7: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

Terreno

Agua Antes De Ser Contaminada Agua Contaminada

REPÚBLICA DE HONDURASSECRETARÍA DE SALUD

DIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN SANITARIA Tegucigalpa M.D.C., Honduras C.A

Tel: 237-97-02

Oficio No. 126-2012 UT 15 de Octubre del 2012

Estimado Licenciado RAMON ALBERTO VALLADARES: con el debido respeto me dirijo ante Usted, mediante la presente autorización y siguiendo los reglamentos establecidos en el código de Salud, con el propósito de ordenar que se detenga de manera inmediata las actividades de la Gasolinera situada a pocos kilómetros de la Residencial los Ángeles, debido a que la comunidad

Page 8: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

habitante del lugar, se abastecen de Agua pura naciente de una Cuenca proveniente de dicha Residencial.

Se le pide, Señor ALBERTO VALLADARES, su comprensión a la presente solicitud, pues hemos recibido peticiones de los vecinos de la Residencial los Ángeles, para que su construcción se detenga pues contamina el ambiente, y puede causar daños a la cuenca naciente de la cual ellos se benefician.

Esta solicitud debe ser cumplida inmediatamente al día que Usted tenga conocimiento de ella, sin falta alguna, de lo contrario tendrá que hacerse responsable por daños y perjuicios causados a la Comunidad mencionada.

Agradezco de antemano su colaboración y espero su respuesta comprensiva a mi petición. Me despido de Usted.

PETICIÓN DE ASOCIACIÓN DE VECINOS DE LA RESIDENCIAL LOS ANGELES

Como presidenta de la Asociación de toda la Comunidad de Vecinos de La Residencial los Ángeles, Yo, Lourdes Gaborit, mediante la presente me dirijo ante Usted, Señor Alberto Valladares, para solicitarle que por favor cese la actividad de la gasolinera ubicada a pocos kilómetros de nuestra Residencial Los Ángeles, puesto que es una obra industrial que contiene químicos dañinos y perjudiciales para el ambiente de dicha Residencial.

A demás, dentro de nuestra comunidad nace una cuenca de agua potable de la cual nos abastecemos los vecinos y habitantes de la residencial. El lugar no es apto para la instalación de una obra industrial como lo es una gasolinera pues puede contaminar el servicio de agua que puramente nos llega a todos los vecinos de la comunidad.

Page 9: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

Respetuosamente le pido, en nombre de todos los vecinos de la Residencial Los Ángeles, que considere nuestra petición, y tome en cuenta que su construcción puede dañar el medio ambiente y perjudicarnos a nosotros los habitantes.

De antemano le agradezco su comprensión.

Tegucigalpa M.D.C. Depto., Francisco Morazán a los 10 días del mes de Octubre del 2,012.

___________________________________Presidenta de la Asociación de Vecinos

de la Residencial Los Ángeles

SE CONFIERE PODER

JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN

Yo, LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES, hondureña, mayor de edad, comerciante, casada, con tarjeta de identidad número: 0801-1991-11317 y de este domicilio de la ciudad de Tegucigalpa M.D.C. por este acto vengo a conferir poder al abogado: MARCO TULIO AYALA CABALLERO mayor de edad, soltera, hondureña y de este domicilio, inscrito en el Honorable Colegio de Abogados de Honduras bajo el numero: 17,520, con teléfono móvil número. 32-43-8721 y correo electrónico [email protected] para recibir notificaciones de este tribunal, en su condición de PROCURADOR, con despacho profesional en las oficinas del Consultorio Jurídico de la Universidad Católica de Honduras, ubicado en el Barrio Morazán, Boulevard Suyapa, Edificio de por medio de la iglesia San Martin de Porres, Tegucigalpa Municipio del Distrito Central, con número de teléfono 2-230-4346; a quien invisto de las facultades generales del Mandato Judicial y de las especiales de desistir en primera instancia de la acción deducida, absorber disposiciones, denuncia de los recursos y términos legales,

Page 10: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

conciliar, transigir, aprobar convenios, percibir, sustituir y delegar, consignadas en el articulo 81 numeral 2, articulo 82 numeral 3 del código procesal Civil para que me represente en las diligencias referidas a la DEMANDA ABREVIADA DE DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR LA VIA DEL PROCESO ABREVIADO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.-Contra del Señor RAMON ALBERTO VALLADARES.

Tegucigalpa M.D.C. 24 de Octubre del año 2012.

________________________________LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES

JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN.-

Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, veintiséis (26) de Octubre de dos mil doce.-

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: El abogado MARCO TULIO AYALA CABALLERO, en su

condición de apoderada legal de LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES,

ha interpuesto DEMANDA DE DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR LA

VIA DEL PROCESO ABREVIADO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.-, en

fecha 24 de octubre del año en curso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Page 11: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

PRIMERO: Que los artículos 601, 602, 603, 604, 605,606 Y 607 del Código

Procesal Civil se refieren a la especialidad en materia del proceso abreviado

“Pretensiones Posesorias” -

SEGUNDO: Que los artículos 62,63 y 64 hablan sobre los presupuestos

procesales de capacidad, legitimación y representación en juicio.

TERCERO: Que el artículo 29 del Código Procesal Civil, habla sobre la

Competencia Básica, en que se puede basar la acumulación de pretensiones

adecuadas al proceso abreviado.

CUARTO: Que el artículo 96 del Código Procesal Civil habla sobre los

requisitos para la acumulación de pretensiones.

QUINTO: Que el artículo 199 habla sobre el contenido formal de los autos.

Como forma de comunicación del Órgano Jurisdiccional.

PARTE DISPOSITIVA:

En base a lo anterior, este Juzgado resuelve: PRIMERO:

Se admite la pretensión principal de la demolición y derribo de obra por

cumplir con todos los requisitos legales, incluidos los presupuestos

procesales. SEGUNDO:

SE REQUIERE al demandante en base al artículo 96 numeral 4 del Código

Procesal Civil para que subsane la acumulación de la pretensión de pago de

daño y perjuicios que asciende a Un millón de Lempiras Exactos (Lps.1,

000,000.00) ya que por razón de su cuantía mayor a cincuenta mil Lempiras

(Lps. 50,000.00) no es posible su adecuación por la vía del proceso

abreviado; quedando inadmitida la demanda si esta no es subsanada dentro

del plazo de cinco (5) días a partir de la notificación.- NOTIFIQU

CEDULA DE REQUERIMIENTO

JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN

Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, veintiséis (26) de Octubre de dos mil doce.-

SE REQUIERE, al Abogado MARCO TULIO AYALA CABALLERO, mayor de edad, soltero, hondureño y de este domicilio, inscrito en el honorable colegio de abogados de Honduras bajo el numero 17,520, actuando en su condición de PROCURADOR, con despacho profesional en las oficinas del consultorio jurídico de la Universidad Católica de Honduras, ubicado en el Barrio Morazán, Boulevard Suyapa, Edificio de por medio de la iglesia San Martin de Porres, Tegucigalpa Municipio del Distrito Central.

Page 12: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

SE LE REQUIERE para que subsane en el plazo de cinco (5) días la acumulación indebida de pretensiones en la demanda presentada el día miércoles 24 de octubre del año en curso.- CUMPLASE.

RECEPTORA

ABG. MARCO TULIO AYALA

EXP.___________

CONSTANCIA

La infrascrita secretaria por ley del Juzgado de letras civil del Departamento de Francisco Morazán, HACE CONSTAR: Que SI ( ) NO ( ) Notifique al abogado (a) ___________________________________, como parte demandante ( ) demandada ( ). El auto ( ) providencia ( ) sentencia ( ), de fecha _______________ siendo las ________________ vía teléfono numero _____________________.- Firmando para constancia en la ciudad de

Page 13: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

Tegucigalpa Municipio del Distrito Central a los ____________ días del mes de _____________________ del año ________________ (2012).-

SECRETARIO POR LEY

SE SUBSANAN DEFECTOS

Juzgado de Letras de lo Civil del Departamento de Francisco Morazán.

Yo, MARCO TULIO AYALA actuando en mi condición de apoderado legal de la señora LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES, subsano la acumulación se pretensiones en DEMANDA DE DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR LA VIA DEL PROCESO ABREVIADO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS:

HECHOS

PRIMERO: El Auto con fecha veintiséis (26) de Octubre de dos mil doce

resuelve en su primer inciso, admitida la pretensión principal de la

Page 14: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

demolición y derribo de obra por cumplir con todos los requisitos legales,

incluidos los presupuestos procesales.-

SEGUNDO: El Auto con fecha veintiséis (26) de Octubre de dos mil doce

resuelve en su segundo inciso, inadmitir la acumulación de la pretensión de

pago de daño y perjuicios que asciende a Un millón de Lempiras Exactos

(Lps.1, 000,000.00) ya que por razón de su cuantía mayor a cincuenta mil

Lempiras (Lps. 50,000.00) no es posible su adecuación por la vía del proceso

abreviado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Fundó el presente escrito de subsanación en el siguiente articulado:

1.-Constitucion de la república: Artículos 80, 82 y 90 que establecen el

derecho de petición para invocar esta vía procesal en representación de los

derechos de mi cliente.

2.- Código Procesal Civil: Artículos del 1 al 22, de los Principios que rigen

todo Proceso Civil, 23,27,28,29,30,35, para acreditar la jurisdicción y

competencia, 61 numeral 4, 62 numeral 2, 79,81, para acreditar acerca de la

capacidad de ser parte, 129,130 numeral 6, 135, 143, sobre la forma

procesal necesaria, 429 formular alegaciones complementarias, 430

ampliación de la demanda, 585 acumulación, 601 objeto y pretensiones, 603

acumulación de pretensiones 3.-Ley de Atribución y Organización de los

Tribunales: Artículos, 1, 40, 137, 249, 250, 251, 252, acerca de la

competencia de los tribunales.

PETICION

Al señor juez respetuosamente PIDO:

1.- Admitir el presente escrito de SUBSANACION sobre DEMANDA DE

DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR VIA DEL PROCESO ABREVIADO Y

PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.

2.- Condenar al señor RAMON ALBERTO VALLADARES al PAGO DE DANOS Y

PERJUCIOS a cincuenta de los residentes de la colonia, de diez de las casas

afectadas por la cantidad de un mi lempiras ( Lps. 1,000.00) para cada uno,

con una suma cincuenta mil lempiras exactos ( Lps. 50,000.00) en concepto

de indemnización por los malestares físicos y psicológicos que han adquirido

los vecinos de la Residencial Los Ángeles por el uso del agua contaminada,

dicho cambio para mantenerse en la especialidad dado que la demanda ya

fue admitida. Y buscando satisfacer la necesidad de la demandante como de

también de sus prójimos, por las incomodidades causadas por la

Page 15: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

irresponsabilidad, e irrespeto a las leyes de parte del señor RAMON

ALBERTO VALLADARES.

Manifiesto expresamente la voluntad de cumplir con los requisitos exigidos

por la ley, para efectos de la subsanación de posibles defectos.

Tegucigalpa M.D.C. 26 de octubre del año 2012.

_____________________________________

Abg. MARCO TULIO AYALA

Apoderado Legal

JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN.-

Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, treinta (30) de Octubre de dos mil doce.-

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: El abogado MARCO TULIO AYALA CABALLERO, en su

condición de apoderada legal de LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES,

ha interpuesto DEMANDA DE DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR LA

VIA DEL PROCESO ABREVIADO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.-, en

fecha 24 de octubre del año en curso.

SEGUNDO: Que este HONORABLE JUZGADO, resolvió en auto de fecha

veintiséis (26) de octubre del año en curso, admitir la pretensión principal en

contra del señor RAMON ALBERTO VALLADARES HERNANDEZ, y

mandando a subsanar la petición de acumulación de la pretensión del pago

de daños y perjuicios por ser esta acumulación inadecuada en la vía del

procedimiento abreviado por causa de la cuantía exigida.

Page 16: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

TERCERO: El abogado MARCO TULIO AYALA CABALLERO, en su condición de apoderada legal de LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES, presento el escrito “SE SUBSANA DEMANDA DE DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR LA VIA DEL PROCESO ABREVIADO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS”.- en fecha 26 de octubre del año en curso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: Que el artículo 20 del Código Procesal Civil habla sobre el

principio general de Subsanación.

SEGUNDO: Que el artículo 29 del Código Procesal Civil, habla sobre la

Competencia Básica, en que se puede basar la acumulación de pretensiones

adecuadas al proceso abreviado.

TERCERO: Que el articulo 96 numeral 4 del Código Procesal Civil habla sobre

la subsanación de las acumulación indebida de pretensiones.

CUARTO: Que el artículo 199 habla sobre el contenido formal de los autos.

Como forma de comunicación del Órgano Jurisdiccional.

PARTE DISPOSITIVA

En base a lo anterior, este Juzgado resuelve:

PRIMERO: Se admite el escrito “SE SUBSANA DEMANDA DE

DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR LA VIA DEL PROCESO

ABREVIADO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS” por cumplir con todos los

requisitos legales.

SEGUNDO: Admitido el escrito y subsanado el defecto procesal en tiempo y

forma conforme a lo que manda la ley; Se admite: “DEMANDA DE

DEMOLICION O DERRIBO DE OBRA POR LA VIA DEL PROCESO

ABREVIADO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS”, de esta manera

iniciando el respectivo expediente de merito.-

TERCERO: Por medio del funcionario correspondiente, se cite a la

demandante LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES y al demandado

RAMON ALBERTO VALLADARES HERNANDEZ, a fin de que comparezcan

ante este Despacho de Justicia a la audiencia señalada para el día VIERNES

DIEZ Y OCHO (18) DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO (2012) A LAS

OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) debiéndose entregar copia de la

Page 17: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

demanda y de los documentos acompañados a la parte demandada. Deberán

asistir a la indicada audiencia acompañados del profesional del derecho que

les represente y con todas las pruebas que pretendan utilizar para hacer

valer sus derechos.- NOTIFIQUESE.-

EXP.___________

CONSTANCIA

La infrascrita secretaria por ley del Juzgado de letras civil del Departamento de Francisco Morazán, HACE CONSTAR: Que SI ( ) NO ( ) Notifique al abogado (a) ___________________________________, como parte demandante ( ) demandada ( ). El auto ( ) providencia ( ) sentencia ( ), de fecha _______________ siendo las ________________ vía teléfono numero _____________________.- Firmando para constancia en la ciudad de Tegucigalpa Municipio del Distrito Central a los ____________ días del mes de _____________________ del año ________________ (2012).-

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SECRETARIO POR LEY

CITACION

En la ciudad de Tegucigalpa Municipio del Distrito Central a los dos días del mes de noviembre del año dos mil doce, siendo las 9:32 am, la suscrita receptora del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán; me constituí en La Residencial Los Ángeles, calle San Pedro, Casa número 2247.

En donde procedí a citar en legal y debida forma a la señora LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES haciéndole conocimiento de la audiencia señalada para el VIERNES DIEZ Y OCHO (18) DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO (2012) A LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) A la cual deberá asistir acompañado del profesional del derecho que les represente y con todas las pruebas que pretendan utilizar para hacer valer sus derechos.- Quedando entendido firma para constancia.

SCARLETH COREA LOURDES MARIA GABORIT RECEPTORA

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CITACION

En la ciudad de Tegucigalpa Municipio del Distrito Central a los dos días del mes de noviembre del año dos mil doce, siendo las 11:00 am, la suscrita receptora del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán; me constituí en el Barrio Casamata, calle San Pedro, Casa número 2248 de esta ciudad.

En donde procedí a citar en legal y debida forma a la señora RAMON ALBERTO VALLADARES HERNANDEZ haciéndole conocimiento de la audiencia señalada para el VIERNES DIEZ Y OCHO (18) DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO (2012) A LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) A la cual deberá asistir acompañado del profesional del derecho que les represente y con todas las pruebas que pretendan utilizar para hacer valer sus derechos.- Quedando entendido firma para constancia.

SCARLETH COREA RAMON ALBERTO VALLADARES RECEPTORA

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INTERPONGO DEMANDA DE RECONVENCION; SOBRE PAGO DE INDEMNICACION POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO..

Juzgado de Letras de Inquilinato del Departamento de Francisco Morazán.

Yo, MARCO TULIO AYALA actuando en mi condición de apoderado legal de

la señora LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES, presento la siguiente

DEMANDA DE RECONVENCION SOBRE PAGO DE INDEMNICACION POR

INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

HECHOS

PRIMERO: Que mi clienta LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES, es la

arrendataria de una vivienda que consta de: Cuarto, sala, servicios de baño,

lavamanos, inodoro, con servicio de agua potable y luz eléctrica, todo en

buenas condiciones; ubicado en el Barrio Casamata, calle San Pedro, Casa

numero 2248 de esta ciudad; cuya legitima propietaria es la señora Nielsen

Libyeth Ávila Rovelo,

SEGUNDO: Mi clienta LOURDES MARIA GABORIT RAUDALES y la señora

Nielsen Libyeth Ávila Rovelo firmaron en triplicado un Contrato de

arrendamiento, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a

los veinticinco días del mes de enero del año dos mil doce.

TERCERO: El Contrato de arrendamiento en su segunda condición expresa

en su inciso “A” los siguiente: “A.- El plazo del arrendamiento será de dos (2)

años, contando a partir del día veinticinco del mes de enero del año dos mil

doce y finalizado el día veinticinco del mes de enero del año dos mil catorce.

Fecha en que la ARRENDATARIA deberá entregar el inmueble la

Page 21: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

ARRENDADORA, dicho plazo podrá ser prorrogado a voluntad de ambas

partes, mediante un cambio de notas en tal sentido.”

CUARTO: Mi Clienta la señora Lourdes María Gaborit Raudales, expresa

que dicho bien en alquiler era inhabitable ya que las instalaciones sufrieron

un deterioro en el mes de mayo del año 2012, ocasionado por las fuertes

lluvias y la mala construcción del mismo; la señora Nielsen Libyeth Ávila

Rovelo se negó a reparar el bien y acepto que a que mi clienta lo hiciera

tomando en cuenta que el gasto de la reparación se viera reducido en la

renta del bien.

QUINTO: Mi cliente se vio motivado por la necesidad de reparar el bien para

continuar ocupándolo ya que la señora AVILA no lo hizo y no se hizo cargo

de indemnizar a mi cliente ya que incurrió en un incumplimiento de contrato,

siendo esta relación también regulada por la LEY DE INQUILINATO en su art.

7 y 9

SEXTO: Mi Clienta la señora LOURDES GABORIT contrato los servicios del

Ing. Civil, RAMON ALBERTO VALLADARES para reparar el techo del bien

arrendado, dicha reparación tuvo un costo de doce mil quinientos lempiras

exactos ( Lps. 12,500 )

SEPTIMO: Demanda de EXPIRACION DE ARRENDAMIENTO POR LA VIA

DEL PROCESO ABREVIADO promovida contra mi cliente la fecha 24 de

octubre del año 2012.

OFRECIMIENTO DE MEDIOS DE PRUEBA

Para acreditar los extremos de dicha demanda se ofrecen los siguientes

medios probatorios:

1.-Interrogatorio de partes: Consistente en la declaración de la

demandante LOURDES MARIA GABORIT , para sustentar los hechos.

2.-Documentos públicos: La autorización escrita extendida por la dirección

general de Salud Pública, en la que conste que el bien no reúne las

condiciones sanitarias mínimas exigibles por la Ley del Inquilinato y los

reglamentos respectivos.

3.-Documentos Privados: a) Consiste en el contrato de arrendamiento en

el cual se acredita que el plazo del arrendamiento será de dos (2) años,

contando a partir del día veinticinco del mes de enero del año dos mil doce

b) 2 recibos en concepto de reparación de parte del Ing. Civil Ramón Alberto

Valladares, el primero con la cantidad de ocho mil lempiras exactos ( Lps. 8,

Page 22: Expediente-proceso Abreviado Caso 01 Marco a. y Demanda Reconvencion

000) y un segundo con la cantidad de cuatro mil quinientos lempiras exactos

( Lps. 4,500 )

4.- Medios Técnicos de Imagen: El cual se basa en fotografías de la

vivienda durante el momento en mal estado.

5.-Interrogatorio de testigos: RAMON ALBERTO VALLADARES,

hondureño, mayor de edad, Casado, Ingeniero Civil , con identidad numero

0801-1990-00876, con domicilio en la colonia las colinas.

En los anexos de la presente demanda se encuentran las fotocopias de las

tarjetas de identidad de los testigos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Fundó la presente demanda en el siguiente articulado:

1.-Constitucion de la república: Artículos 80, 82 y 90 que establecen el

derecho de petición para invocar esta vía procesal en representación de los

derechos de mi cliente.

2.-Código Civil: Artículos 1 sobre la ley, artículos 613, 869, 870, 872,874

sobre la reivindicación de dominio.

3.- Código Procesal Civil: Artículos del 1 al 22, de los Principios que rigen

todo Proceso Civil, 23,27,28,29,30,35, para acreditar la jurisdicción y

competencia, 61 numeral 4, 62 numeral 2, 79,81, para acreditar acerca de la

capacidad de ser parte, 129,130 numeral 6, 135, 143, sobre la forma

procesal necesaria, 251 de los medios de prueba en materia civil,

253,254,255,256,257,258,259,261,263,267,268 Sobre el interrogatorio de

partes, 293,294,295,296, acerca de la prueba testifical, 297, 298, 299, 300,

301, 309, 311, referente al interrogatorio de los testigos, 271,273,275,

acerca de la prueba de documentos públicos y los artículos 479, 480 acerca

de la valoración de la prueba y la sentencia.

4.-Ley del Inquilinato: Articulo 23, sobre los contratos de arrendamiento,

articulo 34, sobre la autorización para dar en arrendamiento las vivienda,

articulo 51 sobre la expiración del arrendamiento numerales 7 y 9, articulo

58 sobre la competencia de los juzgados para conocer de este proceso.

5.-Ley de Atribución y Organización de los Tribunales: Artículos, 1, 40,

137, 249, 250, 251, 252, acerca de la competencia de los tribunales.

PETICION

Al señor juez respetuosamente PIDO:

1.- Admitir la presente DEMANDA DE RECONVENCION; SOBRE PAGO DE

INDEMNICACION POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO junto con los

documentos originales y copias simples de la demanda y toda la prueba

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documental. Al igual que los anexos que acompaño, abrir la misma al trámite

señalado.

2.-Tener por acreditada la condición en que actuó y las facultades legales a

mi conferidas.

3.- Emplazar por medio del Receptor del Despacho cite al demandado, la

señora NIELSEN AVILA para que en el plazo legal correspondiente se señale

audiencia.

4.-Una vez propuesta y evacuada la prueba este Honorable Juzgado declare

CON LUGAR la presente demanda, condenando a la señora NIELSEN AVILA,

a dar por terminado el contrato de arrendamiento, a retribuirle el pago en

que incurrió la demandante al reparar el bien por una cantidad de doce mil

quinientos lempiras exactos, ( Lps. 12,500 ) y al pago de siete mil quinientos

lempiras exactos ( Lps. 7,500 ) en concepto de indemnización ya que la

demandada se verá obligada a abandonar el bien y buscar un nuevo lugar

por causa de la terminación anticipada del contrato ya que este tenía una

validez de dos años. Manifiesto expresamente la voluntad de cumplir con los

requisitos exigidos por la ley, para efectos de la subsanación de posibles

defectos.

Tegucigalpa M.D.C. 30 de octubre del año 2012.

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REPÚBLICA DE HONDURASSECRETARÍA DE SALUD

DIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN SANITARIA Tegucigalpa M.D.C., Honduras C.A

Tel: 237-97-02

Oficio No. 126-2012 UT 14 de mayo del 2012

Estimado Licenciada Nielsen Lybyeth Avila Rovelo con el debido respeto me dirijo ante Usted, mediante la presente autorización y siguiendo los reglamentos establecidos en el código de Salud, con el propósito de ordenar la reparación de bien inmuble que le Arrenda la señora Lourdes Gaborit

Se le pide, Señora Nielsen Lybyeth Avila, su comprensión a la presente solicitud, pues hemos recibido a peticiones de la señora Gaborit, para la reparación del bien ya que consta que el bien no reúne las condiciones sanitarias mínimas exigibles por la Ley del Inquilinato y los reglamentos respectivos, mediante la supervisión realizada al bien el dia 13 de mayo del año en curso. Esta solicitud debe ser cumplida inmediatamente al día que Usted tenga conocimiento de ella, sin falta alguna, de lo contrario tendrá que hacerse responsable por daños y perjuicios causados a la Arredataria mencionada.

Agradezco de antemano su colaboración y espero su respuesta comprensiva a mi petición. Me despido de Usted.