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1/33 EXPEDIENTE Nº SEA 001/07 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LA EXPLOTACIÓN POR CONCURSO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL DEL SERVICIO DE CAFETERIA-COMEDOR EN LAS INSTALACIONES HABILITADAS AL EFECTO EN EL COMPLEJO DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN. SUMARIO I. ELEMENTOS DEL CONTRATO 1. Régimen jurídico del contrato 2. Objeto del contrato 3. Necesidad administrativa a satisfacer mediante el contrato 4. Canon a satisfacer por el contratista a la Universidad 4.1. Canon de explotación 4.2. Revisión del canon 5. Plazo de duración del contrato 6. Capacidad para contratar II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 7. Sistema de adjudicación 8. Lugar y forma de presentación de las proposiciones 8.1. Lugar de presentación 8.2. Forma de presentación 8.3. Documentación a presentar 9. Procedimiento de adjudicación 9.1. Mesa de Contratación 9.2. Recepción de documentación 9.3. Certificación y calificación de los documentos 9.4. Apertura de proposiciones económicas y técnicas 9.5. Informes técnicos 9.6. Propuesta de adjudicación 9.7. Criterios para la adjudicación del concurso 9.8. Adjudicación del contrato 9.9. Importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato que debe abonar el adjudicatario 9.10. Garantías provisionales y definitivas 10. Formalización del contrato III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 11. Derechos y obligaciones de las partes 12. Ejecución del contrato 13. Infracciones y sanciones 14. Causas de resolución del contrato 15. Precios a abonar por los usuarios. Procedimiento para proceder a su revisión. 16. Obras e instalaciones a realizar por el contratista 17. Instalaciones y medios auxiliares que la Universidad aporta para la gestión del servicio 18. Prerrogativas de la Universidad y jurisdicción. ANEXOS Anexo I.- Precios bares-cafeterías 2007 Anexo II.- Cuadro resumen Anexo III.- Modelo proposición económica Anexo IV.- Modelo de aval Anexo V.- Inventario de bienes y enseres Anexo VI.- Plano de situación Anexo VII.- Personal subrogable

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EXPEDIENTE Nº SEA 001/07 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LA EXPLOTACIÓN POR CONCURSO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL DEL SERVICIO DE CAFETERIA-COMEDOR EN LAS INSTALACIONES HABILITADAS AL EFECTO EN EL COMPLEJO DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN. SUMARIO I. ELEMENTOS DEL CONTRATO 1. Régimen jurídico del contrato 2. Objeto del contrato 3. Necesidad administrativa a satisfacer mediante el contrato 4. Canon a satisfacer por el contratista a la Universidad

4.1. Canon de explotación 4.2. Revisión del canon

5. Plazo de duración del contrato 6. Capacidad para contratar II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 7. Sistema de adjudicación 8. Lugar y forma de presentación de las proposiciones

8.1. Lugar de presentación 8.2. Forma de presentación 8.3. Documentación a presentar

9. Procedimiento de adjudicación 9.1. Mesa de Contratación 9.2. Recepción de documentación 9.3. Certificación y calificación de los documentos 9.4. Apertura de proposiciones económicas y técnicas 9.5. Informes técnicos 9.6. Propuesta de adjudicación 9.7. Criterios para la adjudicación del concurso 9.8. Adjudicación del contrato 9.9. Importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato que debe abonar el adjudicatario 9.10. Garantías provisionales y definitivas

10. Formalización del contrato III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 11. Derechos y obligaciones de las partes 12. Ejecución del contrato 13. Infracciones y sanciones 14. Causas de resolución del contrato 15. Precios a abonar por los usuarios. Procedimiento para proceder a su revisión. 16. Obras e instalaciones a realizar por el contratista 17. Instalaciones y medios auxiliares que la Universidad aporta para la gestión del servicio 18. Prerrogativas de la Universidad y jurisdicción. ANEXOS Anexo I.- Precios bares-cafeterías 2007 Anexo II.- Cuadro resumen Anexo III.- Modelo proposición económica Anexo IV.- Modelo de aval Anexo V.- Inventario de bienes y enseres Anexo VI.- Plano de situación Anexo VII.- Personal subrogable

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1. REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO

El contrato a que se refiere el presente Pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCAP), aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio; por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás disposiciones de aplicación. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente Pliego de cláusulas administrativas. En caso de discordancia entre el presente Pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, Pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.

2. OBJETO DEL CONTRATO

El contrato que se regirá por el presente Pliego tiene por objeto la adjudicación y régimen general de la explotación de la actividad comercial del Servicio de Cafetería-comedor (CPA-2002: 55.51) en las instalaciones habilitadas al efecto en el Complejo de Ciencias de la Educación y Psicología de la Universidad de Málaga.

Dicha ubicación originaria, no obstante, podrá ser modificada libremente por la Universidad, con motivo del traslado del citado Complejo a otra sede distinta a la actual, en cuyo caso, el adjudicatario tendrá derecho, caso de que continuara vigente la actividad comercial, a trasladar las instalaciones e infraestructura del servicio objeto de explotación, al lugar expresamente previsto al efecto por la Universidad. En todo caso, el traslado o cambio de ubicación, correrá íntegramente por cuenta del contratista sin que por parte de la Universidad haya lugar a indemnizar por concepto alguno al referido contratista, ni aún en los casos en que hubiera de demorarse la reanudación del servicio.

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Habida cuenta del objeto del presente contrato, éste quedará sujeto a los artículos 7 y 8 en el marco de la ya referida Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, (TRLCAP).

3. NECESIDAD ADMINISTRATIVA A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO Mediante la consecución del contrato a formalizar, se pretende prestar el servicio de restauración, complementario al de educación e investigación, que tradicionalmente se viene realizando en esta Universidad. 4. CANON A SATISFACER POR EL CONTRATISTA A LA UNIVERSIDAD 4.1. CANON DE EXPLOTACIÓN El canon de explotación a satisfacer por el adjudicatario será la cantidad ofertada por él, la cual, tendrá que ser cifrada en una cantidad fija de dinero, predeterminada, no sujeta a índice o variable alguna y en ningún caso inferior a la cantidad establecida en el Anexo II de este Pliego de Bases como canon total mínimo de licitación. La cantidad ofertada en concepto de canon fijo total se distribuirá entre cuarenta mensualidades sucesivas que serán exigibles a partir de la firma del contrato, no computando los meses de agosto y diciembre de cada año de vigencia del contrato. En el caso de autorizarse al adjudicatario la realización de servicios distintos a los acordados, deberá procederse a la modificación del contrato en lo que pudiera afectarle, pudiendo establecerse un canon diferente al inicialmente contratado. En el caso de que el adjudicatario precise la instalación de máquinas expendedoras de bebidas y productos alimenticios éstas, los productos y precios deberán ser expresamente aprobados por la Gerencia. Asimismo la ubicación de las máquinas expendedoras deberá ser expresamente autorizado por el Decano. La mensualidad correspondiente al canon fijo a satisfacer por el adjudicatario será abonado del siguiente modo:

1. Por meses adelantados, mediante transferencia a la cuenta corriente que la Universidad de Málaga determine al efecto, o mediante ingreso en metálico en la caja de la misma, devengándose a partir de la fecha de entrega de las instalaciones.

2. Sin necesidad de notificación previa por parte de la Universidad de Málaga quien emitirá mensualmente facturas relativas a la mensualidad correspondiente al canon fijo.

3. Dentro de los diez primeros días naturales de cada mes.

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El pago de los importes correspondientes a suministros y gastos de mantenimiento de las instalaciones, que según se establece en este Pliego de Bases sean a cargo del adjudicatario, deberán efectuarse en los plazos siguientes:

a) Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 8 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b) Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 25 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Transcurridos dichos plazos sin hacerse efectivo el pago, las cantidades devengarán el interés legal del dinero. 4.2. REVISIÓN DEL CANON El canon por la explotación del servicio de cafetería–comedor objeto del contrato no estará sujeto a revisión. En el caso de sucesivas prórrogas, se podrá modificar el canon del contrato en la cuantía correspondiente a la variación del IPC establecida en el último índice anual publicado por el Instituto Nacional de Estadística en el momento de su modificación, sin perjuicio de que previo expediente contradictorio realizado en los dos últimos meses del correspondiente año en curso, de mutuo acuerdo, se fije otra cuantía. 5. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO La explotación de la actividad comercial finalizará en la fecha indicada en el Anexo II a este Pliego de Bases sin necesidad de que se dicte resolución expresa que lo declare. El contratista podrá solicitar por escrito al Órgano de Contratación le sea prorrogada la explotación, con tres meses de antelación como mínimo, a la fecha de finalización de la adjudicación, o de cada prórroga concedida anteriormente, debiendo acreditar documentalmente mediante certificación expedida por el Servicio de Gestión Económica de esta Universidad que se encuentra al corriente de pago del canon devengado y demás gastos y consumos facturados hasta el momento de la petición, sin cuya acreditación se deberá entender denegada la prórroga sin necesidad de que se dicte resolución expresa que lo declare. En ningún caso se entenderá concedida la prórroga, si no media notificación expresa por el Órgano de Contratación de esta Universidad.

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El periodo de tiempo así como la modificación del canon que se proponga para cada prórroga quedarán establecidos en la resolución del Órgano de Contratación. Finalizada la contratación, o en su caso la/s prórroga/s concedida/s, podrá autorizarse la continuidad de la actividad hasta que se produzca una nueva adjudicación y en las mismas condiciones económicas que el año último de la adjudicación. Si en el plazo de seis meses no fuese ocupado/s el/los local/es por el nuevo adjudicatario se dará por concluida la autorización. 6. CAPACIDAD PARA CONTRATAR

Están facultadas para contratar con la Universidad de Málaga las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen incursas en alguna de las circunstancias recogidas en el art. 20 del RDL 2/2000 de 16 de junio, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme se indica en el presente pliego. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. 7. SISTEMA DE ADJUDICACION El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto y bajo la forma de Concurso con tramitación ordinaria. 8. LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 8.1. LUGAR DE PRESENTACIÓN Las proposiciones se entregaran en las oficinas del Registro General de la Universidad de Málaga, ubicadas en el Pabellón de Gobierno de la misma (Plaza del Ejido s/n. 29071 Málaga) dentro del plazo señalado en el anuncio de la convocatoria del Concurso. Asimismo serán admisibles las ofertas que se remitan por correo, dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio de licitación. En tal caso el ofertante vendrá obligado a justificar la fecha de imposición del envío y

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anunciar al Órgano de contratación, la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. 8.2. FORMA DE PRESENTACION Las proposiciones se sujetarán al modelo especificado en el Anexo III a este Pliego y se presentarán en sobre cerrado. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada por el licitador de las bases del presente Pliego de Bases y declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Universidad de Málaga, según lo expuesto en la cláusula sexta de este Pliego. Las proposiciones deberán presentarse según el modelo que se acompaña a este Pliego (sin enmiendas ni raspaduras), y firmadas y rubricadas por el licitador respectivo o representante legal. Cada licitador no podrá presentar más que una sola oferta. El licitador hará constar en su proposición que conoce y acepta la situación, superficie y condiciones del local objeto de la explotación. 8.3. DOCUMENTACION A PRESENTAR Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados, lacrados y numerados, debiendo figurar en ambos los siguientes datos:

- Título y número del expediente. - Nombre, domicilio, teléfono y fax de la empresa. - Nombre y teléfono de su representante legal.

SOBRE A. TITULO: "Documentación Administrativa". En este sobre se incluirá, precedido de un índice enunciando numéricamente su contenido, la siguiente documentación: a) El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario mediante la presentación, si la empresa fuese persona jurídica, de la copia auténtica o testimoniada, de la escritura de constitución o

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modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante copia auténtica o testimoniada, de la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro Oficial. En el caso de empresas individuales, del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Las empresas no españolas pertenecientes a Estados miembros de la Comunidad Europea deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando ese requisito sea exigido por la legislación del estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente. b) Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta de licitación, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos frente al órgano contratante. Antes de la formalización del contrato los empresarios deberán acreditar la constitución efectiva de la Unión Temporal de Empresas. c) Fotocopia debidamente legitimada o compulsada del Documento Nacional de Identidad, o el que en su caso le sustituya reglamentariamente de los firmantes de la proposición. d) Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otros deberán presentar poder bastanteado por la Asesoría Jurídica de la Universidad de Málaga. Si la empresa fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, salvo que ello no fuera exigido por la legislación mercantil correspondiente. e) La capacidad para contratar con la Universidad de Málaga se probará por parte de las empresas en relación con las situaciones indicadas en la cláusula sexta de este Pliego, mediante declaración responsable otorgada ante Notario público o el Órgano de Contratación. La citada declaración responsable de no estar incurso en las previsiones o incompatibilidades que establece la legislación vigente sobre la materia comprenderá además las circunstancias de hallarse el licitador al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social sin perjuicio de la existencia impuesta al licitador de acreditar mediante el correspondiente certificado de tales circunstancias, caso de resultar adjudicatario, en el plazo de cinco días a requerimiento de esta Administración.

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Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano, así como un despacho expedido por la Embajada de España en el país respectivo donde se certifique que, conforme a su legislación, tiene capacidad para contratar y obligarse. Igualmente, deberán aportar declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir de este contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. f) Cuantos documentos el licitador considere oportunos, tanto en el orden jurídico, como en el económico y técnico, a fin de acreditar su solvencia económica, financiera y profesional, y en todo caso:

1) Situación patrimonial y financiera de la empresa referida a los dos últimos ejercicios económicos cerrados: cuentas anuales o extractos de las mismas en el supuesto de que la publicación de las mismas sea obligatoria en los Estados en donde aquellas se encuentren establecidas e informes de instituciones financieras que acrediten la solvencia del empresario. 2) Certificaciones relativas a las cifras de negocios globales por servicios prestados por la empresa en el curso de los tres últimos años. Asimismo los licitadores deberán indicar, en su caso, los servicios prestados a Universidades y demás Administraciones Publicas.

g) Documento justificativo de haber constituido en la forma legalmente establecida y a favor de la Universidad de Málaga la garantía provisional, en la cuantía que figura en la anexo II de este Pliego. La referida garantía, caso de ser constituida mediante la forma establecida en los apartados b) o c) del artículo 35 del RDL 2/2000, de 16 de junio, deberá ser conformada por la Asesoría Jurídica de la Universidad de Málaga. _______________ NOTA: Cuantos documentos sean presentados en el presente concurso habrán de ser originales o copias legalizadas notarialmente, a excepción de aquellos que específicamente se indiquen en el pliego que puedan ser susceptibles de compulsa y aquellos que acrediten la constitución de la garantía que deberán ser, en todo caso, originales. Todos los documentos serán presentados en castellano y en el caso de venir redactados en otro idioma, deberá acompañarse su correspondiente traducción oficial al castellano.

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SOBRE B TITULO: "Proposición económica y documentación técnica". En este sobre se incluirá, precedido de un índice enunciando numéricamente su contenido, la siguiente documentación: PROPOSICION ECONOMICA Proposición económica ajustada al modelo que figura en el Anexo III a este Pliego de Bases, con indicación del canon fijo total ofertado, que deberá ser una cantidad no inferior a la especificada en el Anexo II, siendo el mismo para todos los meses del año. PROPOSICION TECNICA Contendrá los documentos donde se reflejen las características técnicas de la oferta del licitador, en relación con la prestación del servicio de cafetería-comedor y lo previsto en este Pliego, sus Anexos y el Pliego de Prescripciones Técnicas. En concreto incluirá: 1.- Plan de explotación comercial para todo el período, que deberá incluir, entre otros, los siguientes aspectos:

• Variedad y calidad en los productos ofertados.

• Documento en el que la empresa licitadora se compromete a tener un Delegado con capacidad de representación para todo lo relacionado con la ejecución del contrato.

• Estudio de viabilidad económica, suficientemente detallado, referido al período temporal de la explotación con estimación de ingresos por ventas así como cuentas estimativas de pérdidas y ganancias.

• Proyecto de reformas y adaptaciones de las instalaciones a efectos de que estas cumplan los requisitos establecidos por la normativa vigente, con cronograma de ejecución, plazo de entrada en funcionamiento, detalle e importe parcial y total de las mismas.

• Mejoras propuestas por el licitador en la prestación del servicio.

• Política de personal: plantilla óptima dividida por el carácter del contrato (eventuales, fijos, fijos discontinuos) y por categorías. A tales efectos hay que tener en cuenta lo dispuesto en el Convenio Colectivo aplicable en materia de subrogación del personal adscrito.

• Plan de limpieza 2.- Proceso de control de calidad e higiene de los productos y del servicio. Comprenderá el proyecto de control interno y seguimiento de la prestación del servicio por el contratista. La naturaleza de este control deberá permitir su seguimiento de forma simultánea y/o a posteriori por la Gerencia de la Universidad de Málaga.

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3.- Declaración del licitador de suscribir, en caso de resultar adjudicatario una póliza de seguros por importe de 300.000 euros, como mínimo, a favor de la Universidad de Málaga, para responder de los daños que la explotación del servicio pueda ocasionar a la misma (inundaciones, incendios etc.). Si el importe de los daños producidos fuera superior a la cantidad asegurada, la diferencia será de cuenta del contratista. Igualmente cubrirá con póliza de seguro la responsabilidad civil para daños ocasionados a personas, por importe mínimo de 150.000 euros. La póliza del contrato deberá contener una cláusula por la que la aseguradora y asegurado /a se obliguen a comunicar a la Universidad de Málaga la rescisión y cualquier circunstancia que pueda dar lugar a la terminación del contrato, al menos con treinta (30) días de antelación a la fecha en que dichas circunstancias hayan de surtir efecto. 4.- Memoria y proyecto de instalaciones y equipamiento necesario que considera preciso instalar: Relación de equipos, mobiliario y otros elementos que la empresa licitadora se compromete a emplear para la realización del servicio, con detalle de marca, modelo, principales características, así como compromiso de mantenerlos o aumentarlos siempre que sea requerido por la Universidad. Esta relación deberá ser suficiente para la normal prestación del servicio contratado. 5.- Cualesquiera otros documentos o informes técnicos que, para la mejor prestación del servicio, las empresas licitadoras estimen conveniente aportar. 9. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 9.1. MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de Contratación estará formada conforme a lo dispuesto en el artículo 182 de los Estatutos de la Universidad de Málaga, siendo su composición la siguiente, a efectos de lo previsto en el art. 12.6 del TRLCAP:

- Excma. y Magfca. Sra. Dª. Adelaida de la Calle Martín, Rectora de la Universidad de Málaga. - Excmo. Sr. D. Francisco José Barrionuevo Canto, Presidente del Consejo Social. - Excmo. Sr. D. Juan Sanz Sampelayo, Vicerrector de Servicios a la Comunidad Universitaria. - Ilmo. Sr. D. José Antonio Molina Ruiz, Gerente de la Universidad de Málaga. - Dª. Guadalupe Ayala Moscoso, Interventora de la Universidad de Málaga. - D. Francisco Espinosa Romero, Jefe del Servicio de Evaluación y Auditoria. - D. Javier Such Martínez, Asesor Jurídico de la Universidad de Málaga, que actuará como Secretario.

Será suficiente para la valida constitución de la Mesa de Contratación la asistencia de cuatro de sus miembros.

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9.2. RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN Terminado el plazo de recepción de proposiciones, el funcionario responsable del Registro General expedirá una certificación donde se relacionen las proposiciones recibidas o, en su caso, sobre la ausencia de licitadores, que junto con los sobres remitirá al Secretario de la Mesa de Contratación. 9.3. CERTIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS. Recibidos los sobres por el Secretario de la Mesa de Contratación junto con el Certificado del funcionario encargado del Registro, se reunirá la Mesa de Contratación, designada por el órgano de contratación, para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma. A efectos de la calificación de la documentación presentada, previa la constitución de la Mesa de Contratación, el Presidente ordenará la apertura del sobre que contenga la documentación a que se refiere el artículo 79.2 del TRLCAP, y que se incluye en el SOBRE "A", y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada lo comunicará verbalmente a los interesados. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán hacerse públicas a través de anuncios del órgano de Contratación o, en su caso, del que se fije en el pliego, concediéndose un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación. De lo actuado conforme a este artículo se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse. Posteriormente se reunirá de nuevo la Mesa de Contratación para adoptar el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de los licitadores a la vista de las subsanaciones ordenadas. 9.4. APERTURA DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS Y TÉCNICAS. Este acto de apertura se realizará en el lugar, día y hora publicado en el tablón de anuncios con la suficiente antelación. Comenzará el acto de apertura de proposiciones dándose lectura al anuncio del concurso y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuren en los certificados extendidos por los jefes de las oficinas receptoras de las mismas, hecho lo cual se dará

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conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados. Una vez realizadas las actuaciones previstas en el apartado anterior, el Presidente procederá en acto público a notificar el resultado sobre la admisión y/o exclusión de los licitadores, con expresión de las proposiciones rechazadas y la causa de la exclusión, procediéndose a la apertura del sobre B. Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos. Antes de la apertura de la primera proposición se invitará a los licitadores presentes a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones a que se refiere el artículo 81.2 del RGLCAP. Una vez realizada la apertura del SOBRE “B” y la lectura de las proposiciones económicas formuladas por los licitadores, se levantará la sesión, de la que se extenderá la correspondiente acta. 9.5. INFORMES TÉCNICOS. Si lo considera conveniente la Mesa de Contratación remitirá la documentación técnica del sobre B a la Comisión Técnica, que en su caso se nombrase, a fin de que por ésta se realice el estudio de las distintas proposiciones presentadas por los licitadores admitidos. Una vez realizado el estudio de las distintas ofertas según los criterios de adjudicación establecidos, la Comisión Técnica elaborará un informe en el que se expresará la puntuación obtenida por los licitadores en cada uno de los referidos criterios. Este informe junto con la documentación técnica se elevará a la Mesa de Contratación. 9.6. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La Mesa de Contratación procederá a formular propuesta de adjudicación a favor de la proposición más ventajosa o, en su caso, propuesta de declaración de concurso desierto, todo ello conforme a los criterios establecidos en el siguiente apartado. Tendrán preferencia en la adjudicación las empresas que, en su caso, acrediten tener en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 o hubieran adoptado las medidas alternativas previstas en

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el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero (BOE del 26 de enero), siempre que sus proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan de base para la adjudicación. 9.7. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO El Órgano de Contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa sin atender necesariamente al valor económico de la misma o declarar desierto el concurso. Se considerará la oferta más ventajosa aquella que cumpliendo todos los requisitos contemplados en el presente Pliego de Bases, resulte más beneficiosa para la Universidad de Málaga. Para ello se considerarán los siguientes aspectos:

CRITERIOS VALORACION

1. Variedad y calidad en los productos y servicios ofertados 0 a 15

2. Inversiones en reformas y adaptaciones de las instalaciones 0 a15

3. Plan de explotación comercial 0 a 15

4. Política de personal 0 a 15

5. Mejoras propuestas en la prestación del servicio. 0 a 10

6. Oferta económica. 0 a 5

7. Control de calidad de los productos y del servicio 0 a 5

1.- VARIEDAD Y CALIDAD EN LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS OFERTADOS: Hasta 15 puntos.

- Variedad de los productos y servicios ofertados: hasta 7’5 puntos - Calidad de los productos y servicios ofertados: hasta 7’5 puntos.

2.- INVERSIONES EN REFORMAS Y ADAPTACIONES DE LAS INSTALACIONES: Hasta 15 puntos.

- Proyecto y plan de inversiones a realizar: hasta 7’5 puntos. - Cronograma del plan de reformas y adaptaciones: hasta 7’5 puntos.

3.- PLAN DE EXPLOTACIÓN COMERCIAL: Hasta 15 puntos.

- Organización técnica y operativa que propone para la comercialización: hasta 13 puntos - Viabilidad: hasta 2 puntos

4.- POLÍTICA DE PERSONAL: Hasta 15 puntos.

- Organización y distribución del personal que se propone para la prestación del servicio: hasta 15 puntos

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5.- MEJORAS PROPUESTAS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: Hasta 10 puntos. Mejoras respecto a las obligaciones mínimas fijadas en este pliego de acuerdo con las siguientes

especificaciones: - Sin mejoras: 0 puntos. - Con una mejora significativa: hasta 5 puntos. - Con dos o más mejoras significativas: hasta 10 puntos.

6.- OFERTA ECONÓMICA: Hasta 5 puntos. La oferta económica se valorará según detalle:

- Obtendrá 5 puntos la oferta económica más ventajosa, entendiéndose por ello la de mayor importe económico. - El resto de las ofertas se puntuarán restando del máximo de 5 puntos 1 punto por cada 0,5% de diferencia con respecto a la más ventajosa.

7.- CONTROL DE CALIDAD DE LOS PRODUCTOS Y DEL SERVICIO: Hasta 5 puntos - Control interno y seguimiento de la prestación del servicio por el contratista. Posibilidad de seguimiento por la administración universitaria: hasta 5 puntos.

En los supuestos de ofertas desproporcionadas o temerarias, se estará a lo dispuesto en el art. 86 del TRLCAP y demás normas de desarrollo y se considerará desproporcionada o temeraria, toda proposición cuyo porcentaje exceda en diez unidades, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas. Asimismo, antes de la adjudicación, el Órgano de Contratación podrá requerir la realización de los informes técnicos correspondientes que considere oportunos para el mayor acierto de la adjudicación. Igualmente, antes de efectuar la adjudicación, al licitador propuesto se le exigirá la documentación acreditativa de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a cuyo efecto le concederá el plazo de cinco días hábiles desde que así se le requiera. a) Obligaciones Tributarias. Deberá aportar certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al corriente de las obligaciones tributarias a que se refiere el art. 13 del RGLCAP, o declaración responsable de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refiere dicho artículo.

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Igualmente, y en cumplimiento del apartado e) del art. 13 citado, se deberá aportar certificación positiva, expedida por la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria o por los Servicios de Tesorería de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, justificativa de la inexistencia con la Administración Autonómica de deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en periodo voluntario. b) Obligaciones con la Seguridad Social. Así mismo, deberá aportar certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social de hallarse al corriente de las obligaciones de la Seguridad Social a que se refiere el art. 14 del RGLCAP, o declaración responsable de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refiere dicho artículo. c) Impuesto sobre Actividades Económicas Los licitadores presentarán justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, en los términos establecidos en el artículo 13.1.a) del RGLCAP, o en su caso, certificación acreditativa de la exención .Asimismo se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. 9.8. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. La Mesa de Contratación, elevará, junto con las reclamaciones que se hayan presentado por los licitadores, una propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de adjudicar el contrato. Cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de contratación deberá motivar su decisión. La resolución motivada de adjudicación, será notificada directamente al adjudicatario y a todos los participantes en la licitación, sin perjuicio de su publicación de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del TRLCAP. 9.9. IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN QUE DEBERÁ ABONAR EL ADJUDICATARIO Tres mil euros ( 3.000,00 €). 9.10. GARANTIAS PROVISIONALES Y DEFINITIVAS.

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Garantía provisional Los licitadores deberán constituir una garantía provisional equivalente al 2% del resultado del canon mínimo establecido en el Anexo II. La garantía podrá ser constituida en cualquiera de las formas establecidas en el articulo 35 del RDL 2/2000 de 16 de junio.

− Por deposito de metálico o valores públicos en la Caja General de Depósitos de la Junta de Andalucía.

− Por aval bancario prestado en forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito o sociedades de garantía reciproca, autorizados para operar en España.

− Por contrato de seguro de caución celebrado en la forma y condiciones que reglamentariamente se establecen con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución.

Esta garantía provisional será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación del concurso. La garantía presentada por el adjudicatario quedará retenida hasta la formalización del contrato, que de no llevarse a cabo por causa imputable al contratista implicará su pérdida a favor de la Universidad de Málaga. Serán también retenidos los justificantes de imposición de las garantías provisionales de aquellos licitadores que hagan constar sus reclamaciones sobre la tramitación del acto celebrado. Garantía definitiva El adjudicatario viene obligado a constituir una garantía definitiva a favor de la Universidad de Málaga en la cuantía del 4% del canon ofertado, dentro del plazo de 15 días a partir de la notificación de la adjudicación, y una garantía equivalente al 6% del valor de los materiales y enseres recibidos mediante inventario valorado. La garantía definitiva y la complementaria, que deberán ser conformadas por la Asesoría Jurídica de la Universidad de Málaga, responderán de los siguientes conceptos:

- De las sanciones impuestas al contratista por razón de la ejecución del contrato. - De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el mismo, sin perjuicio de la acción a seguir por la Universidad de Málaga, para el resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario ocasionara a la misma con motivo de la

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ejecución del contrato, y de los gastos originados por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones. - De los incumplimientos de pago del canon contractual, suministros y consumos, dentro de los plazos establecidos. - De las instalaciones, materiales y enseres no repuestos o reparados al término de la contratación.

Ambos tipos de garantías podrán constituirse en metálico o bien mediante aval bancario otorgado por un Banco oficial o privado, inscrito en el Registro General de Bancos y banqueros. El contenido del aval se guiará por el modelo adjunto en el Anexo IV de este Pliego. Cuando se hicieran efectivas a costa de estas garantías sanciones, indemnizaciones o incumplimientos de pago del canon contractual, suministros y consumos, el contratista estará obligado a reponerlas en cualquiera de las formas establecidas y en el plazo de VEINTICINCO (25) días, contados desde la fecha en que se hagan efectivas las sanciones o indemnizaciones antes mencionadas. Caso de no reponerse la garantía se incurre en causa de resolución de la adjudicación. El contratista, al solicitar la devolución de las garantías definitiva y complementaria, deberá justificar ante la Universidad de Málaga que en el momento de finalizar el contrato se encontraba al corriente en el pago de la remuneración de terceros y de las cuotas de la Seguridad Social correspondiente a sus trabajadores. Las garantías definitiva y complementaria serán devueltas al contratista o cancelada, en su caso, una vez extinguido el contrato y siempre que por el Órgano de Contratación no se haya acordado la pérdida de la misma, y con deducción de la cantidad que corresponda como consecuencia de sanciones o indemnizaciones que hayan de ser efectivas. Conforme al artículo 162.6 de la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, las sociedades cooperativas andaluzas que participen en los procedimientos de contratación o contraten efectivamente con las Administraciones Públicas radicadas en Andalucía, sólo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de las garantías que hubieren de constituir. Cuando a consecuencia de la modificación del contrato, el precio del mismo experimente variación, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporción con el canon resultante.

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10. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. El adjudicatario deberá aportar antes de la formalización del contrato los documentos exigidos en este pliego de bases y en particular el resguardo original de haber depositado la garantía definitiva y complementaria, fotocopia compulsada notarial o administrativamente del seguro de responsabilidad civil por daños previsto en la cláusula undécima apartado 6 de este pliego, copia del justificante del pago de los gastos de publicación de este concurso y, en su caso, copia autorizada o testimonio notarial de la escritura de constitución de la unión de Empresarios y el correspondiente poder bastanteado por la Asesoría Jurídica de esta Universidad. El adjudicatario queda obligado a suscribir dentro del plazo máximo de QUINCE DIAS (15), contados desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva, el correspondiente documento de formalización del contrato. Cuando por causa imputable al adjudicatario no se pudiera formalizar el contrato en el plazo anteriormente establecido, la Universidad podrá acordar, la resolución del mismo, previa audiencia al interesado, con incautación de la garantía provisional e indemnización de daños y perjuicios. El contrato podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo de su cargo los gastos derivados de su otorgamiento comprometiéndose en este caso el adjudicatario a entregar al Órgano de Contratación dos (2) copias autorizadas y cinco (5) copias simples de dicha escritura dentro del plazo de quince días, contados desde la fecha de otorgamiento La ejecución del contrato comenzará en un plazo no superior a los 10 días siguientes a la adjudicación del contrato. Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por el adjudicatario el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas. 11. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 11.1.- El adjudicatario no podrá traspasar, arrendar o ceder en todo o en parte la actividad comercial otorgada. 11.2.- No podrá realizar obras o modificaciones de cualquier orden por su cuenta en las instalaciones que se le

entreguen sin previa autorización de la Gerencia de esta Universidad. Tales obras una vez revertida la explotación quedarán a beneficio de la Universidad de Málaga.

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11.3.- Cuando el adjudicatario tenga necesidad de hacer obras a su costa, lo solicitará por escrito a la Gerencia de esta Universidad (previa comunicación a los Decanos del Complejo), acompañando una memoria descriptiva de las mismas, con presupuesto y planos. La resolución tomada le será comunicada por el mismo conducto.

11.4.- El contratista deberá atender el pago de cuantos impuestos, contribuciones especiales, arbitrios, derechos y tasas, tanto Estatales como de la Administración Autonómica, Provincial o Local graven el objeto de la contratación, así como los tributos devengados como consecuencia de las obras a realizar en la misma.

11.5.- La Universidad aportará el agua y energía eléctrica precisa para la prestación del servicio, comprometiéndose el adjudicatario a no hacer uso indebido de estos elementos. Serán asimismo de cuenta del contratista los gastos de consumo de teléfono que se le presten por la Universidad de Málaga, cuyo importe será abonado mediante liquidaciones practicadas por periodos mensuales.

11.6.- El contratista deberá indemnizar los daños que cause en el local, instalación o en su caso mobiliario, así como a terceros, para cuya cobertura deberá concertar con una compañía de seguros la correspondiente póliza de siniestros por importe mínimo de 300.000 euros, y de la cual remitirá copia a la Gerencia de esta Universidad, en el momento de la puesta a su disposición del local, así como los recibos posteriores y justificantes de pagos.

11.7.- El domicilio social si es persona jurídica o el domicilio particular si es persona física, no podrá fijarse en el local objeto de la explotación.

11.8.- El adjudicatario comunicará cualquier cambio de domicilio social y fiscal en el plazo de 15 días. 11.9.- El contratista mantendrá el objeto de la adjudicación en perfectas condiciones. 11.10.- El contratista se obliga a abandonar voluntariamente los locales afectos a la explotación una vez

finalizado el plazo de duración o de sus prórrogas, procediéndose en caso contrario a la incautación de la garantía, independientemente de otras acciones que pudieran ejercerse de acuerdo con la legislación vigente.

11.11.- El adjudicatario se obliga al cumplimiento de toda la legislación vigente, y en especial las relativas a manipulación de alimentos, sanidad y consumo y prevención de riesgos laborales, siendo responsable de las sanciones que cualquier administración pudiera establecer.

11.12.- El contratista se obliga a conservar y mantener, en buen estado, todas las instalaciones que le sean entregadas, y las que aporte, ya sean de primer establecimiento o precisas para el desarrollo de la explotación, así como a reponerlas en caso de deterioro, efectuando por su cuenta y cargo, todas las reparaciones que fuesen necesarias para ello, así como las obras de previsión que resulten convenientes para evitar cualquier daño en el local o instalación para que al finalizar el contrato se devuelvan en perfecto estado, dentro del lógico desgaste producido por el tiempo de utilización.

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11.13.- El adjudicatario estará obligado a cumplir lo estipulado en el plan de explotación comercial establecido. Cualquier modificación con respecto al citado plan deberá ser autorizada por la Gerencia de esta Universidad.

11.14.- El contratista estará obligado a mantener durante el periodo de la adjudicación o sus posibles prórrogas, el mismo o equivalente nivel de experiencia en los directivos que gestionen la explotación de acuerdo con la oferta presentada.

11.15.- La empresa contratista deberá contar o, en su caso, contratar al personal necesario para atender las obligaciones derivadas del contrato y, en su caso, hacerse cargo del personal procedente de otra u otras contratas cuando así lo exijan las Normas, Convenios o Acuerdos en vigor. Dicho personal dependerá exclusivamente de la empresa contratista, quien asumirá, en consecuencia, todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, referidas al personal a su cargo quedando, por tanto, en todo momento exonerada la Universidad de Málaga de las posibles incidencias o consecuencias que pudieran derivarse de las relaciones contractuales entre la Empresa contratista y dicho personal.

En caso de accidente o perjuicio de cualquier género que sufra el personal a cargo de la empresa contratista, en el ejercicio de su trabajo, la misma asumirá lo dispuesto para tales supuestos en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance en modo alguno a la Universidad de Málaga. El adjudicatario tendrá la obligación de cumplir la normativa de prevención de riesgos laborales mediante constancia de elaboración y conservación de la documentación que, según el artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales debe elaborar y conservar a disposición de la Autoridad Laboral, relativa al cumplimiento de las obligaciones establecidas en dicha Ley, nº 31/95. Dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato, la empresa deberá presentar copia de la evaluación de riesgos y acreditar documentalmente la formación en prevención de riesgos laborales recibida por los trabajadores.

12. EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista estará obligado a presentar un plan de explotación comercial según lo especificado en la base 8.3 de este pliego y con el contenido que en la misma se indica. Debiendo ajustar el desarrollo de su actividad a lo expresado en el mismo.

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La realización del trabajo se llevará a cabo con sujeción a lo previsto en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere esta Administración. El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo (Art. 112.2 RGLCAP). 13. INFRACCIONES Y SANCIONES Los incumplimientos del Pliego de Bases cometidos por el contratista que a continuación se relacionan serán sancionados por la Universidad de Málaga. A tal efecto se consideran como incumplimientos y causa de sanción los siguientes: 1) La venta, exhibición o exposición de bienes o artículos distintos a los propios del objeto del contrato sin

autorización previa de la Gerencia de la Universidad de Málaga. 2) La aplicación de otros precios distintos a los autorizados sin su previa aprobación. 3) La no colocación en sitio visible de las listas de precios en cada punto de venta. 4) Incumplimiento de las normas operativas relativas a la limpieza de la explotación (punto 2.2.4. del pliego de

prescripciones técnicas). 5) Incumplimiento de las normas operativas relativas a la línea de productos (punto 2.3 del pliego de

prescripciones técnicas). 6) Incumplimiento reiterado del horario de apertura y cierre. 7) Incumplimiento de las normas operativas relativas a cuestiones y quejas de los clientes (punto 2.5.1 del

pliego de prescripciones técnicas). 8) Incumplimiento de las normas de control de calidad establecidas en la Base 2ª, punto 2.6. del pliego de

prescripciones técnicas. 9) Incumplimiento de lo establecido en los apartados 11.2., 11.3, 11.6, 11.9, 11.11., 11.12., 11.13., 11.14., de la

Base 11ª referida a las obligaciones del adjudicatario. 10) Incumplimiento de lo establecido en los apartados 11.7 y 11.8 de la Base 11ª referida a las obligaciones del

contratista. 11) Incumplimiento de lo establecido en la Base 17ª referida a entrega de instalaciones y medios auxiliares que

la Universidad de Málaga aporta para la gestión del servicio. 12) Incumplimiento de los apartados 1 y 2 recogidos en el epígrafe de normas relativas al personal en los puntos

de venta (punto 2.4 del pliego de prescripciones técnicas)

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El procedimiento a seguir para imponer la correspondiente sanción será el siguiente: a) Apercibimiento previo por escrito dirigido por el Gerente de la Universidad de Málaga al contratista o

responsable de la explotación en el que se detalle la irregularidad cometida dando un plazo máximo de CINCO (5) días para subsanarla. El citado escrito deberá ser firmado bajo fecha, incluyendo número del D.N.I. del firmante que habrá de ser el contratista o responsable de la explotación, y en caso de negativa a su recepción y firma, irá firmado por dos testigos que acrediten su entrega.

b) En caso de que persistiera el incumplimiento, se procederá a levantar acta, detallando el día, la hora, el apartado incluido en la Base de sanciones incumplido, la irregularidad cometida y especificación del importe de la sanción, con al menos dos testigos. Dicha acta se comunicará al interesado de la misma forma que el escrito de apercibimiento, haciendo constar que se establece un plazo máximo de DIEZ (10) días a contar desde su notificación, para que el contratista formule sus alegaciones pertinentes.

c) Posteriormente, el Órgano de Contratación resolverá, haciendo constar en la Resolución los posibles recursos a interponer por el adjudicatario.

Asimismo incluirá que en caso de no hacerse efectivo el importe de la sanción en el plazo de CINCO (5) días, se procederá a descontar de la garantía definitiva impuesta, debiendo reponerla en el plazo estipulado en el Pliego de Bases. El importe a establecer para cada tipo de incumplimiento será el siguiente: 1) 601.01 euros.- para los incumplimientos detallados en los puntos 1, 2, 4, 8, 10 y 11. de esta Base. 2) 450.76 euros.- para los incumplimientos detallados en los puntos 3, 5, 6, 7 y 9 de esta Base. 14. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO El contrato se extinguirá por finalización del plazo establecido. Son causas de resolución del contrato las siguientes: a) Incumplimiento de alguna de las bases de este Pliego por parte del adjudicatario, sin perjuicio de lo

establecido en la Base relativa a Sanciones. b) El mutuo acuerdo de las partes. c) La muerte del contratista individual, salvo que los herederos ofrezcan llevar a cabo el contrato bajo las

condiciones estipuladas en el mismo. No obstante, la Universidad de Málaga podrá aceptar o desechar el ofrecimiento, sin que en este último caso tengan derecho los herederos a indemnización alguna por el resto del contrato dejado de ejecutar.

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d) La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad mercantil del contratista, salvo que el patrimonio y organización de la sociedad extinguida sea incorporado a otra entidad, asumiendo esta última las obligaciones de aquella y siempre que la nueva entidad, en el plazo de un mes, ofrezca llevar a cabo el contrato en las condiciones estipuladas. La Universidad de Málaga puede admitir o desechar el ofrecimiento, sin que este último caso haya derecho a indemnización alguna.

e) Suspender la actividad por un tiempo superior a 15 días durante el período de la explotación, sin autorización, salvo causa de fuerza mayor o caso fortuito.

f) Fuerza mayor o caso fortuito que obligue a la Universidad de Málaga a declarar extinguida la explotación de la actividad.

g) Por cualquier sanción de la Autoridad Administrativa en cualquiera de sus ámbitos, que determine el cierre del local objeto de la explotación.

h) Supresión de la explotación por razones de interés público. i) Declaración de quiebra, de suspensión de pagos o concurso de acreedores del contratista. j) Incumplimiento de las normas laborales, sanitarias, tributarias y de prevención de riesgos laborales. k) Si agotados los plazos estipulados en este Pliego, no se hubiere efectuado el pago de las liquidaciones

correspondientes, se entenderá resuelto el contrato por incumplimiento de pago, con pérdida de garantía, sin perjuicio de que se inicie el procedimiento previsto en la legislación vigente para el cobro de las cantidades adeudadas, y las actuaciones pertinentes en orden a la reclamación de los daños y perjuicios irrogados a esta Universidad.

l) Rescate del servicio por parte de esta Universidad, si ésta estimase conveniente la explotación de la actividad comercial por sí misma, con las consecuencias previstas en la legislación aplicable.

m) Sancionado dos veces el contratista por el mismo motivo, una tercera sanción será motivo de resolución del contrato.

n) La quinta sanción impuesta al contratista por motivos distintos. ñ) Las establecidas en el articulo 111 del RDL 2/2000 de 16 de junio. 15. PRECIOS A ABONAR POR LOS USUARIOS. PROCEDIMIENTO PARA SU REVISIÓN Los precios máximos a aplicar en la cafetería serán los aprobados por esta Universidad y que se detalla en el Anexo I. Estos precios inicialmente fijados podrán ser modificados anualmente, para lo cual el contratista deberá solicitarlo a la Gerencia de la Universidad de Málaga mediante petición motivada en función de los factores económicos, sociales y otros propios del desarrollo de la actividad, etc., quedando supeditada dicha modificación a la aprobación expresa de los órganos competentes de esta Universidad.

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En cualquier caso se exigirá del contratista que tenga colocada en sitio visible una lista de precios que incluya todos los artículos ofertados en el local y que previamente haya sido aprobada por la autoridad competente de esta Universidad. 16. OBRAS E INSTALACIONES A REALIZAR POR EL CONTRATISTA Las obras de primera instalación, de adaptación o de reforma que puedan precisar los locales o las instalaciones, a efectos de cumplir la normativa vigente (especialmente la relativa a prevención de riesgos laborales, sanidad y consumo) y desarrollar el objeto de la adjudicación, serán por cuenta y cargo del adjudicatario y se conservarán y mantendrán en buen estado como si las hubiere recibido de la Universidad de Málaga, quedando en beneficio de la misma al final de la contratación sin derecho a reclamación alguna por parte del adjudicatario. No obstante lo anterior, si la Universidad de Málaga lo decidiera, dichas reformas serán retiradas por cuenta y cargo del contratista para dejar el espacio ocupado en el estado que lo recibió. Asimismo, también serán por cuenta del contratista las adquisiciones de maquinaria, utillajes y otros enseres, distintos a los aportados por la Universidad de Málaga, que el adjudicatario necesite para desarrollar una prestación óptima del servicio. Con el fin de que los licitadores puedan realizar con absoluta objetividad su oferta, la Universidad de Málaga, facilitará la visita a las mismas, previa cita concertada con la Conserjería del Complejo (teléfono 952.13 24 22). 17. INSTALACIONES Y MEDIOS AUXILIARES QUE LA UNIVERSIDAD APORTA PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO. El adjudicatario se hará cargo, mediante acta de entrega e inventario de las instalaciones y enseres, propiedad de la Universidad de Málaga que se detalla en el Anexo V. Los recibirá en uso durante el tiempo de duración del contrato, comprometiéndose a adquirir por su cuenta todo aquello que sea necesario para el desarrollo del objeto de la explotación. Una vez terminado el periodo de vigencia de la adjudicación, el adjudicatario se obliga a efectuar la devolución de todo lo que le fue entregado mediante acta de entrega e inventario valorado, a la Universidad de Málaga, de forma inmediata.

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18. PRERROGATIVAS DE LA UNIVERSIDAD Y JURISDICCIÓN Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, el órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. En el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista. El contrato quedará sometido a lo establecido en el presente pliego de cláusulas administrativa particulares y en el correspondiente pliego de prescripciones técnicas, y en lo no previsto en los mismos se regirá por las normas de derecho público que le sean de aplicación. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos podrán interponerse los recursos de reposición potestativo ante el órgano de contratación en el plazo de un mes, y el recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses. El eventual sometimiento a arbitraje se sujetará a los requisitos establecidos en la ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma.

Málaga, 26 de julio de 2007.

LA RECTORA

Fdo.: Adelaida de Calle Martín

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ANEXO I Relación de precios autorizados para el año 2007 en los Bares y Comedores que prestan servicio en los distintos centros de la Universidad de Málaga. La presente relación tiene que estar siempre visible en cada Concesionario y a disposición del usuario. Caso de no ser así, el Sr. Empresario incurrirá en las responsabilidades a que hubiere lugar.

CAFES E INFUSIONES Importe Café 0,70 Café doble 0,85 Infusiones 0,50 Infusiones con leche 0,60 Descafeinado doble 0,80 Descafeinado de máquina 0,80 Descafeinado de máquina doble 1,00 Cola Cao 0,70 Vaso de leche 0,50 Batidos 0,80

BOLLERÍA Importe

Donuts (unidad) 0,65 Bollycao o similares 0,70 Tarta y pastelería 0,80

DESAYUNOS Y MERIENDAS Importe Medias Viena/tostada+mantequilla/aceite 0,70 0,40 Mollete con mantequilla/aceite 0,80 0,45

BOCADILLOS Importe Medias Jamón cocido 1,00 0,60 Chorizo 1,00 0,60 Salchichón 1,00 0,60 Choped 1,00 0,60 Sobrasada 1,00 0,60 Foie-gras 1,00 0,60 Bacon 1,25 0,80 Queso de barra 1,25 0,80 Atún 1,25 0,80 Tortilla 1,25 0,80 Mixto mantequilla/aceite york-queso 1,25 0,80 Jamón serrano 1,60 0,85 Queso manchego 1,60 0,85 Importe TAPAS 0,85 PINCHITOS 1,10 PRIMER PLATO 1,80 SEGUNDO PLATO 2,45

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MENUS (PLATO 1º, 2º, postre o café) 4,20

Desayuno básico 1 1,10 café, media viena con mantequilla/aceite de oliva, mermelada o tomate

Desayuno básico 2 1,10 café, media viena con jamón cocido o chorizo o salchichón o choped o sobrasada o foie-gras.

Desayuno especial (básico+zumo) 1,80

BEBIDAS Importe Refrescos varios (200 ml.) 0,80 Zumo fruta envasado (200 ml.) 0,85 Zumo natural (200 ml.) 1,70 Agua Mineral1,5 litros 0,70 Agua Mineral 0,5 litros 0,65 Agua Mineral 0,33 litros 0,55 Lata de zumo 1,00 Lata de refrescos 1,00 Rioja 0,90 Caña cerveza 1/5 0,70 Tubo cerveza 1/3 0,80 Lata cerveza 1,00

Málaga, a 16 de Febrero de 2007.

Fdo.: Juan Sanz Sampelayo, Vicerrector de Servicios a la Comunidad Universitaria.

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ANEXO II CUADRO RESUMEN

EXPEDIENTE: SEA 001/07 ACTIVIDAD: Cafetería–Comedor

SITUACIÓN: Complejo Ciencias de la Educación - Psicología

FECHA DE FINALIZACIÓN: Cuatro años a contar desde la firma del contrato CANON MÍNIMO DE LICITACION: 32.175 Euros GARANTÍA PROVISIONAL: 643’50 Euros GARANTÍA DEFINITIVA: 4% del canon ofertado. CARÁCTER DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE: ordinaria

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ANEXO III

MODELO DE PROPOSICIÓN DE OFERTA ECONÓMICA Don_____________________________________________________________________________________ con N.I.F. número:_______________________ expedido en________________________________________ con fecha ____________________, en nombre o representación de __________________________________ _______________________________________________________________________________________ con domicilio social en ________________________, provincia de __________________________________, calle ___________________________________________, número ______, teléfono ________________, y CIF núm.___________________ y con capacidad legal para contratar en nombre de la citada empresa según poder otorgado ante el Notario de __________________________________________________________________ D._______________________________________________________________________________________ con fecha _________________ y número de protocolo _____________________________________________

EXPONE PRIMERO: Que desea tomar parte en el CONCURSO del expediente número SEA 001/07 relativo a la adjudicación del servicio de cafetería–comedor en el Complejo de Ciencias de la Educación-Psicología ofertando la siguiente cantidad en concepto de canon fijo total, según lo establecido en este Pliego de Bases:

CANON FIJO TOTAL_____________ SEGUNDO: Que conoce y acepta íntegramente este Pliego de Bases, al cual se somete en todas sus partes y que son base para esta Contratación, así como la situación, superficie y condiciones del local objeto de explotación.

_____________________, a _________________ de __________________ de 2007

EXCMA. Y MAGFCA. SRA. RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

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ANEXO IV: MODELO DE AVAL La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), N.I.F, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle /plaza /avenida, código postal, localidad, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,

AVALA a (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF, en virtud de lo dispuesto por (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de ésta garantía) para responder a las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), ante (órgano administrativo, organismo autónomo o ente público) por importe de: (en letra y en cifra). La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. El presente aval estará en vigor hasta que (indicación del órgano de contratación) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria. (Lugar y fecha) (Razón social de la entidad) (Firma de los apoderados)

BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

Provincia Fecha Número o código

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ANEXO V: INVENTARIO DE BIENES Y ENSERES

No se aportan

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ANEXO VI: PLANO DE SITUACIÓN

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ANEXO VII: PERSONAL SUBROGABLE

COMPLEJO CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN - PSICOLOGIA

PERSONAL SUBROGABLE AL 6/6/2007

CATEGORÍA CONTRATO ANTIGÜEDAD

Cocinero Fijo discontinuo 25/04/2004

Ayte. Camarero Fijo discontinuo 19/04/2001