evolución del control oficial de alimentos

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Nuevo modelo de seguridad alimentaria en europa. Evolución del concepto histórico y legal del control sanitario oficial de alimentos

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Page 1: Evolución del Control Oficial de Alimentos
Page 2: Evolución del Control Oficial de Alimentos

ESCRIBIR TÍTULO

Evolución del concepto y práctica del control oficial.

El ejercicio de la Autoridad Sanitaria.

(ámbito seguridad alimentaria)

Page 3: Evolución del Control Oficial de Alimentos

Nuevo modelo salud pública Andalucía

Protección de la salud Sanidad ambiental

Seguridad Alimentaria (CSOA)

Integrado y condicionado por nuevo modelo seguridad alimentaria en CE.

Nuevo modelode

Seguridad Alimentaria

OMC: Codex

Libre comercio

Últimas Crisis Alimentarias

. EEB/dioxinas/HAP aceite orujo, ....

NUEVO ENFOQUE

Page 4: Evolución del Control Oficial de Alimentos

Nuevos Principios en Seguridad Alimentaria:

Concepto Integral de la Cadena Alimentaria“De la granja a la mesa…”

Análisis del RiesgoModernización de la Legislación

Nuevos elementos: Trazabilidad / Principio de Precaución

Evaluación de Conformidad de Proceso y no exclusivamente de producto

Derecho a la Información

Page 5: Evolución del Control Oficial de Alimentos

Nueva distribución de responsabilidades:

La empresa alimentaria como principal responsable de garantizar la seguridad de los productos

APPCC (art. 1 R 852/04) – Flexibilidad

Nuevo rol del Control Oficial: AUDITORÍAS S. AUTOCONTROL

Adaptación de la Cartera de Servicios en PS – Seg. Alim.:

Clasificación de empresas según riesgo

Planes de Supervisión de Sistemas de Autocontrol

Planes de Formación de profesionales de inspección

Auditorías interniveles…

Page 6: Evolución del Control Oficial de Alimentos

Nuevo modelo de seguridad alimentaria

Normas de Higiene

ProducciónPrimaria

Resto cadenaAlimentara

Registro y autorización

“BPAG” APPCC

CSOA

CODEXCOMISION

MISACO(AESAN)C. SALUD

EmpresasAlimentarias

Trazabilidad

Evaluacióndel riesgo

Page 7: Evolución del Control Oficial de Alimentos
Page 8: Evolución del Control Oficial de Alimentos

¿cómo se operativiza este nuevo modelo?: Organización/marco jurídico

Comisión: DG (SANCO) http://ec.europa.eu/dgs/health_consumer/index_fr.htmn

1.SALUD PUBLICA

2.PROTECCION DE LOS CONSUMIDORES

3. SEGURIDAD ALIMENTARIA

FVO: http://ec.europa.eu/food/fvo/how_es.htm

España: Misaco http://www.msc.es/

1 Subdirección general sanidad exterior

2 AESAN http://www.aesa.msc.es/aesa/web/AESA.jsp

MARM: www.marm.es

CCAA : Consejería de Salud http://www.csalud.junta-andalucia.es/principal/ SAS http.//www.sas.junta-andalucia.es

Page 9: Evolución del Control Oficial de Alimentos

Marco jurídico básico nuevo modelo S.A

Paquete de higiene( DOCE 30/04/04 y 25/06/04)

1. RG 852/2004, 2. RG 853/2004

3. RG 854/2004, 4. RG 882/2004

Actos complementarios y disposiciones transitoria/ Modificaciones/interpretaciones : R 2073/05 Criterios Microbiológicos,

R 2075/05 Triquina, RD 640/06 … … …

NORMATIVA SEGURIDAD ALIM. http://europa.eu/scadplus/leg/es/s80000.htm

Reglamento(CE)178/2002

Page 10: Evolución del Control Oficial de Alimentos

Evolución control oficial de alimentos

Antes 01/01/2006

CSOA: Dir.89/397=RD50/1993+RD1945/1983

+Dir.93/99/CE=RD1397/1995 +RD44/1996

Operador económico=Dir. 93/43=RD2207/1995

Desde 01/01/2006

CSOA: RG 882/2004 + RG 854/2004 + RD1801/2003

Operador económico: RG 852/2004 + RG 853/2004

17 normas sectoriales derogadas

Page 11: Evolución del Control Oficial de Alimentos

RD50/1993 + RD1945/1983 (Art..13,14,15,16)

. Concepto CSOA (Art.2).- CO centrado en la

comprobación conformidad PRODUCTO

- Responsabilidad de garantizar la Seg. Aliment. centrada en el CO

- Se limita a los Productos Alimenticios

. Organización CSOA- Art. 5

- Art. 6

1.INSPECCION2. TOMA MUEST. Y ANAL.3.EXAMEN MAT. ESCRITO.4 CONTROL HIG. PERS.5 EXAMEN SIS. VERIFIC.

Art. 13 Inspección

Art.14 oblig.interes.

Art. 15 toma de muestras

Art. 16 Análisis

Page 12: Evolución del Control Oficial de Alimentos

• Objeto,ámbito y definiciones (Tit. I)• Control Oficial efectuados por EEMM( TíT. II)• Laboratorios de referencia (Tit. III)• Asistencia y cooperación administrativas* ( Tit: IV)• Planes de control ( Tit V)• Actividades comunitarias ( Tit. VI).• Medidas ejecución ( Tit. VII).• Tit. (VIII, IX y X) adaptación legislación, disp. Generales

• ANEXOS• Sobre todo anexo II y III contenidos de formación personal,

procedimientos de control, características métodos análisis

Reglamento 882/2004, sobre controles oficiales en materia piensos, alimentos, sanidad animal y bienestar animal:

Page 13: Evolución del Control Oficial de Alimentos

Reglamento 882/2004, sobre controles oficiales

Objeto, ámbito y definiciones* (Tit. I):

«control oficial»

“ Definiciones nuevas”

«verificación» , «organismo de control», “ auditoria”, «control , «inspección», «vigilancia», «incumplimiento», «muestreo para análisis», «certificación oficial», “inmovilización oficial”, «equivalencia», «control documental», «control identificativo»:«control físico», ”plan de control”

Plan Nacional

de Control

http://www.mapa.es/ministerio/pags/cadena_alimentaria/plan_nacional.pdf

Page 14: Evolución del Control Oficial de Alimentos

RG 882/2004:Titulo II; controles oficiales efectuados por los estados miembros

• Capitulo I OBLIGACIONES GENERALES (art. 3)

1. Criterios Frecuencia de CO: Riesgo + Histórico + Fiabilidad Autocontroles

2. Controles sin previo aviso salvo las auditorías.

3 Controles a lo largo de toda la cadena alimentaria

4 Iguales controles para intracom./exportación/ importación

6 Controles en origen. Y en destino no discriminatorios

7 REEXPEDICIÓN A ORIGEN

Page 15: Evolución del Control Oficial de Alimentos

RG 882/2004:Titulo II; controles oficiales efectuados por los estados miembros:Cap.II las autor.comp.garantizaran:

Capitulo II LAS AUTORIDADES COMPETENTES “GARANTIZARAN”:“organización de los servicios : de lo particular a lo colectivoArt.4 Capacidad jurídica para hacer el control y adoptar medidas.. Coordinación entre administraciones. Realización de auditorias internas y/o externasArt. 5 Se puede delegar tareas de control en organismos de control ( acreditados EN 17020)

Art. 6 El personal encargado del control debe recibir formación( ver contenidos capt.I del anexo II), Art. 8 El control oficial se hará según procedimientos documentados: (Procesos)

Art. 10 Actividades, métodos y técnicas de control

Examen de sistemas de autocontrol (supervisión/auditoria)

Inspección

Vigilancia

Muestreo y análisis

Comprobación condiciones de higiene

Evaluación BPF, BPH, BPA y HACCP (empleo de guías)

Verificación (de valores de la empresa y propia)

Controles documentales e identificativos

Entrevistas con explotadores

Inspección

Verificación de sistemas

Toma de muestras y análisis

Comprobación de material escrito y documental

Higiene del personal

Page 16: Evolución del Control Oficial de Alimentos

RG 882/2004:Titulo VII; medidas de ejecución

Capitulo I MEDIDAS DE EJECUCIÓN NACIONALESArt. 54 Actuaciones en caso de incumplimiento

• AACC tomará medidas para garantizar que el explotador AACC tomará medidas para garantizar que el explotador ponga remedio:ponga remedio:

–Imponer procedimientos de saneamiento

–Restringir o prohibir comercialización

–Controlar y ordenar la recuperación, retirada o destrucción

–Autorizar uso para fines distintos

–Suspender o retirar la autorización

–Otras que se consideren adecuadas•Notificación por escrito sobre Notificación por escrito sobre medidasmedidas, , razonesrazones y derecho y derecho a a recurrirrecurrir

•Gastos a cargo del explotador de la empresa responsableGastos a cargo del explotador de la empresa responsable

Page 17: Evolución del Control Oficial de Alimentos

Ejemplo Control Sanitario Oficial Alimentos

RG 854/2004 control oficial de productos de origen animal

Actividades de CO específicas de Veterinarios Oficiales

(No pueden ser delegadas en Organismos de Control)

-Inspección tradicional en mataderos + Información Cadena Alimentaria + Inspección ante y postmortem (inc. Triquina) + Control gestión subproductos MER + toma muestra y análisis

-Procedimientos de autorización (condicionales por desarrollar: inspección in situ de instalaciones

-Dictamen de aptitud de producto para consumo humano rubricado con el

marcado sanitario (excepción principio general orientado a procesos)

-Auditorías de los PGH + Información Cadena Alimentaria + APPCC

-Decisiones en casos de incumplimiento

Page 18: Evolución del Control Oficial de Alimentos

Práctica del CSOA en Andalucía. Ejercicio de la autoridad sanitaria.

¿cómo se operativiza?=Marco legal + organización

– Como hemos visto con carácter básico Acervo comunitario

– Ley 14/1986 gener. sanidad y Ley 2/1998 de salud de Andalucía

– RD1945/1983 + RD 1801/2003 (art.14 RG178/2002) (Resolucion 13/07/2004 de DGSPyP delega en titulares de Delegaciones Provinciales la competencia en materia de control de seguridad de los productos alimenticios

– Ley 2/1998 de salud de Andalucia (organización territorial servicios, y organización funcional)

–Decreto 241/2004 (DGSPyP) +Decreto259/2001(Delegaciones P.)

–Decreto 197/2007 (Distritos de A.P)+Decreto 70/2008

Page 19: Evolución del Control Oficial de Alimentos

Ejercicio de la autoridad sanitaria en AndalucíaLEY 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía

TITULO IV DE LAS ACTUACIONES EN MATERIA DE SALUD

CAPITULO IV INTERVENCION PUBLICA EN MATERIA DE SALUD

Autoridad sanitaria

. 21.1 ante consecuencias negativas para la salud

. 21.2 ante riesgo inminente y extraordinario para la salud

. 23.3 por requerirlo protección salud colectiva/incumpl normas

Agente de la autoridad

.23.1 Potestades + adopción medidas cautelares provisionales del 21.2. Necesita ratificación antes de 48 horas

CAPITULO V INFRACCIONES Y SANCIONES

ALCALDES/CONSEJERO SALUD/CONSEJO GOBIERNO

Medidas provisionales

. 28 dentro del procedimiento sancionador

.

Page 20: Evolución del Control Oficial de Alimentos

Marco jurídico del CSOA ( agente de la autoridad)

Marco juridico

Agente de la autoridad Ley2/1998

el principio de autoridad RD1945/83

D 70 – A4

Potestades (art 10 RG882/2004)

(Inspección, supervisión,etc...)

En base a las comprobacionesrealizadas: actas, diligencias, informes, y cuando proceda seadoptan MEDIDAS: . Ley 2/1998(art.23, 27, 28) . RG 882/20004( art. 54) . RD 1801/2003

Page 21: Evolución del Control Oficial de Alimentos

BibliografiaRG 854/2004, normas sobre control oficial de productos de origen animal y RG 882/2004, sobre control oficial de piensos y alimentos, sanidad animal,y bienestar animal (DOCE L165 de 30/04/2004).

Ley 2/1998, de 15 de junio de Salud de Andalucía(BOJAnº74 de 4/7/98)

RD 1945/1983, regula infracciones y sanciones en materia defensa consumidor y protección agroalimentaria (BOE nª 168 de 15/07/1983)

RD 1801/2003, sobre seguridad general de los productos (BOE nº 9 de 10/01/2004)

DG(SANCO)http://ec.europa.eu/dgs/health_consumer/index_fr.htmn

FVO: http://ec.europa.eu/food/fvo/how_es.htm

Misaco http://www.msc.es/

AESAN http://www.aesa.msc.es/aesa/web/AESA.jsp

Consejería de Salud http://www.csalud.junta-andalucia.es/principal/ SAS http.//www.sas.junta-andalucia.es