eutanasia

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PONENTES: GARCÍA EVANGELISTA KARINA SANDRA OBREGON URCO PIZARRO MARTINEZ JIMENA SALCEDO MORALES EDUARDO SANTOS FLORES PAUL LA EUTANASIA…

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Page 1: EUTANASIA

PONENTES: GARCÍA EVANGELISTA

KARINA SANDRA OBREGON URCO

PIZARRO MARTINEZ

JIMENA SALCEDO MORALES

EDUARDO SANTOS FLORES PAUL

LA EUTANASIA…

Page 2: EUTANASIA

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

En Atenas y en otras ciudades griegas, el Estado

suministraba la cicuta a quienes los solicitaran

explícitamente para poner fin a sus sufrimientos. Para

ellos la palabra eutanasia no significa "ayudar a morir"

sino que equivalía a la feliz y honrada manera de morir que era el concepto que

igualmente tenían los romanos.

Poseidippos

"Nada mejor puede el hombre pedir en suerte a los dioses, que una buena

muerte"

Page 3: EUTANASIA

ETIMOLOGÍA

El vocablo fue creado por Francisco

Bacon en el siglo XVII, al estudiar en uno de sus capítulos de su obra

"El tratamiento de enfermedades incurables"

EU THANATOS

apacible, tranquilo o

calmo muerte

la acción u omisión que, para evitar

sufrimientos a los pacientes

desahuciados, acelera su muerte con su

consentimiento o sin él.

Page 4: EUTANASIA

OTROS CONCEPTOS RELACIONADOS

Suicidio asistido

Distanasia Ortotanasia

Cacotanasia

Page 5: EUTANASIA

LA SOCIEDAD ANTE LA EUTANASIA

SOCIEDADES PRIMITIVAS

GRECIA Y ROMA

CRISTIANISMO SIGLO XX

SIGLO XXI

Page 6: EUTANASIA

Clasificación de la Eutanasia

POR LA ORGANIZACIÓN VIDA

HUMANA INTERNACIONAL :

Eutanasia Pasiva

Eutanasia Involuntaria

Eutanasia voluntaria

Eutanasia Activa

Page 7: EUTANASIA

LEGISLACIÓN Y PRÁCTICA DE LA EUTANASIA EN EUROPA

Países que autorizan o toleran alguna forma de muerte asistida

Page 8: EUTANASIA

Países que no autorizan o no toleran alguna forma de muerte asistida

Page 9: EUTANASIA

LA EUTANASIA Y SU DIRECTA RELACION CON LOS DERECHOS HUMANOS

El fundamento último del derecho a la vida frente a la eutanasia no es otro que la dignidad de la persona humana, y así lo proclaman también los convenios, declaraciones y convenciones internacionales de los derechos humanos, entendiéndose como vida digna, aquélla que proporciona al ser humano el goce de un gran cúmulo de capacidades para llevar a cabo su fines en la vida.

"Todos tenemos el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de las

personas" (Artículo 3).

Page 10: EUTANASIA

LEGISLACIÓN PERUANA

Código Penal

Art. 112: el que, por piedad, mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años.

Ley 29414 Artc. 15

el paciente: 15.3 – e)Tiene derecho a que se respete su proceso natural a la muerte como consecuencia del estado terminal de la enfermedad y; 15.2 – g) …a negarse a un tratamiento si lo considera propio. Siendo debidamente informado de las consecuencias’.

Page 11: EUTANASIA

LEGISLACIÓN PERUANA

El congresista Roberto Angulo presentó un proyecto de ley

ante la comisión de Salud del Congreso que busca

despenalizar el homicidio piadoso y plantea la necesidad de implementar la eutanasia

para pacientes que padecen de enfermedades terminales.

- Se adopta la eutanasia pasiva. Modificación del articulo 112 del código penal

vigente. Modificación del articulo 6 del Código Civil vigente:

«Los actos de disposición del propio cuerpo están prohibidos cuando ocasionen una disminución permanente de la integridad física o cuando de alguna manera sean contrarios al orden público o a las buenas costumbres. Empero, son válidos si su exigencia corresponde a un estado de necesidad, de orden médico o quirúrgico o si están inspirados por motivos humanitarios.»

Page 12: EUTANASIA

« debe darse un procedimiento exigente para certificar la libre voluntad y la condición médica de los pacientes que

pidan la terminación de su vida en situaciones extremas de enfermedades terminales o lesiones irreversibles.».

DEBATE SOBRE LA EUTANASIA

SI A LA EUTANASIA

Piensa incluir a la eutanasia como un derecho a la salud.

La sociedad moderna basa su ordenamiento jurídico en la protección de los derechos humanos. En este sentido, cada

enfermo tiene derecho a decidir por una muerte digna.

Page 13: EUTANASIA

Jiménez de Asúa : «algunas enfermedades que fueron

incurables, con el transcurso del tiempo se ha encontrado la cura y no podemos negar que los males que hoy

tenemos en algunos años se puedan encontrar la forma de aliviarlos, prolongar la vida es vivirla"

«Proponemos la medicina paliativa, consiste en el apoyo a los pacientes, pues la medicina busca curar a los paciente,

mas no acelerar su muerte.»

«"La vida humana es siempre sagrada, valiosa e intocable. Como tal se la quiere, defiende y cuida".»

NO A LA EUTANASIA

Page 14: EUTANASIA

DERECHOS DEL ENFERMO MORIBUNDO

El derecho a no sufrir inútilmente;

El derecho a mantener

un diálogo confiado con los

médicos, familiares Y

amigos

El derecho a que se

respete la Libertad de su

conciencia

El derecho a decidir sobre sí mismo y sobre

las intervenciones

a que se le haya de someter

El derecho a recibir asistencia espiritual.

El derecho a conocer la verdad de su situación;

Page 15: EUTANASIA

LA EUTANASIA LIMITA LAS OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD A SU PERSECUCIÓN COMO DELITO

La muerte no sea un tema tabú, sino un hecho natural que

forma parte de la vida

No se considere la organización hospitalaria como el ámbito en

el que son abandonados los

enfermos y ancianos

Surjan iniciativas sociales de atención a

los enfermos terminales en un

clima humano

La Medicina se oriente hacia la atención de la persona, no limitándose a un puro esfuerzo tecnológico por alargar la vida.

La familia sea respetada y querida como ámbito

natural

Page 16: EUTANASIA

CONSIDERACIONES GENERALES

TIPOLOGÍA: Homicidio por piedad

CASO

En el Perú, paradojalmente, el homicidio inspirado en la caridad, la piedad, la

compasión y el amor, es un delito que la ley penal, vocacionalmente

descriminalizadora desde sus inicios, castiga rigurosamente con pena privativa

de libertad no mayor de tres años, so pretexto de tutelar la vida humana

independiente.

Art. 112: el que, por piedad, mata a un

enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores será reprimido con

pena privativa de libertad no mayor de tres años.

Page 17: EUTANASIA

BIEN JURÍDICO PROTEGIDO

TIPICIDAD OBJETIVA

LA PENA

Se establece

pena privativa de libertad no mayor de tres

años.

En el delito de homicidio piadoso,

sujeto activo puede ser cualquiera, sin que estando en el supuesto de hecho

típico, importen los vínculos parentales existentes entre víctima y victimario. Sujeto pasivo, cualquiera en estado consciente y que desee morir y que

adolezca de enfermedad física o neurológica no psiquiátrica, incurable.

TIPICIDAD SUBJETIVA

Es exigencia del tipo la general del dolo de quien sabe lo que hace y lo desea y la especial consistente en la necesidad del móvil pietista que debe impulsar al autor. Debe pues el agente matar a la víctima por un

sentimiento de piedad, de lástima, de conmiseración, de misericordia, de compasión.

La ley pretende tutelar la vida humana

independiente, para lo cual hace abstracción de la calidad de esta

vida protegida.

Page 18: EUTANASIA

EL CASO DE FRANCÉS INGLIS La vida de Frances dio un trágico vuelco en julio de 2008. Thomas (22), uno de sus tres hijos, se vio involucrado en una pelea a la salida de un pub de Londres. El joven se rompió el labio y los médicos que acudieron al lugar para asistir a quienes habían participado del enfrentamiento decidieron trasladarlo al hospital para atenderlo mejor. Pero Thomas no quería que lo llevaran al hospital. Por eso, cuando lo trasladaban, intentó escapar: se arrojó desde la ambulancia en movimiento y se golpeó la cabeza contra el asfalto. La caída le produjo una lesión cerebral irreversible y quedó en estado vegetativo. Frances no soportó ver a su hijo así. Eso dijo ante el tribunal que la juzgó, no era vida, era "un infierno". No podía quedarse de brazos cruzados. Tenía que ayudar a Thomas, librarlo de su sufrimiento.

Page 19: EUTANASIA

Días después del accidente, Frances se registró con una identidad falsa en el hospital donde su hijo estaba internado y trató de administrarle

una inyección letal. No tuvo éxito y fue detenida. No obstante, la

Justicia le otorgó el beneficio de la libertad condicional.

En noviembre de ese mismo año, la mujer repitió la operación. Sólo que esta vez sí logró su objetivo. Pese a que en el hospital donde el joven estaba internado había fotos de Frances para que el personal de seguridad la identificara y no la dejara acercarse a Thomas, la mujer logró burlar la vigilancia. Así, Frances llegó hasta la habitación donde su hijo se encontraba postrado y le aplicó una dósis mortal de heroína.

Page 20: EUTANASIA

"Lo sostuve en mis brazos, le dije que lo quería, tomé una jeringa y le inyecté en los muslos y el brazo. Le dije que todo iría bien", relató la madre ante los jueces. Los médicos descubrieron lo que había pasado, llamaron a los guardias del hospital y Frances fue detenida. Durante el juicio, la mujer nunca negó lo que había hecho. Una y otra vez contó lo ocurrido y aclaró que había actuado impulsada por el "amor" y la "compasión" que sentía por su hijo.

Así fue que la Justicia resolvió condenarla a la pena de prisión perpetua. El juez Brian Barker dio a conocer los argumentos de la sentencia: "Más allá de cuál hubiera sido su intención, (Frances) cometió un asesinato".

Page 21: EUTANASIA

EL CASO DE BRITTANY MAYNARD

La joven estadounidense Brittany Maynard, que tenía cáncer cerebral terminal y programó su muerte para el 1 de noviembre, finalmente ha muerto, esto solo es legal en un estado de EE.UU., por lo que la joven, residente en Oakland (California), se ha trasladado junto a su familia al vecino estado de Oregón, que sí permite esta práctica. "Ella murió pacíficamente en su cama rodeada de su familia y demás seres queridos", agregó su esposo. Brittany Maynard, de 29 años, acaparó los titulares de la prensa internacional, luego de que un video anunciando que se quitaría la vida invadiera la Internet.

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