Ética empresarial

6

Upload: maria-griman

Post on 25-Jul-2016

219 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Deontología, Código de ética, ley del Administrador en Venezuela

TRANSCRIPT

Page 1: Ética Empresarial

Republica Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación

Universidad Fermín Toro

Decanato de Lic. en Administración

Catedra Ética Profesional

Page 2: Ética Empresarial

Contenido

Deontología profesional

Código de ética

Ley del ejercicio del licenciado en

administración en Venezuela

La poesía es una ética. Por ética me refiero a

un código secreto de comportamiento, una

disciplina construida y realizada de acuerdo

a las capacidades de un hombre que rechaza

las falsificaciones del imperativo categórico.

Jean Coctreau

Page 3: Ética Empresarial

La Deontología

La deontología procede del griego to

deon (lo conveniente, lo debido)

y logía (conocimiento, estudio) es

conocida también bajo el nombre de

"teoría del deber" Por lo general, se

halla recogida en forma escrita en los

llamados códigos deontológicos,

habituales en esferas como la medicina

o el periodismo, pero que deberían

extenderse a cualquier otra disciplina en

que se trate con seres humanos o seres

vivos. Un código deontológico es un

conjunto de criterios, apoyados en la

deontología con normas y valores, que formulan y asumen quienes llevan a cabo una

actividad profesional. El objeto de estudio de la Deontología son los fundamentos del deber

y las normas morales. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los

profesionales en el desempeño de su actividad.

El Código de ética

El código de ética supone una normativa

interna de cumplimiento obligatorio. Es

decir, fija normas que regulan los

comportamientos de las personas dentro

de una empresa u organización. Por

ejemplo No divulgar información

confidencial, no discriminar a los clientes

o los compañeros de trabajo por motivos

de raza, nacionalidad o religión y no

aceptar sobornos, estas normas están

incluidas en los Código de ética y pueden

estar vinculadas con las normas legales

(por ejemplo, discriminar es un delito

penado por la ley). El principal objetivo

de estos códigos es mantener una línea de

comportamiento uniforme entre todos los

integrantes de una empresa.

Page 4: Ética Empresarial

Ley Del Ejercicio Del Licenciado En

Administración En Venezuela

Nuestra Carta Magna establece:

Capítulo VI; De los Derechos Culturales y Educativos:

Artículo 105. La ley determinará las profesiones que requieren título y las condiciones que

deben cumplirse para ejercerlas, incluyendo la colegiación.

Nuestra Ley de Ejercicio establece:

TITULO II; De la profesión de Licenciados en Administración:

Articulo 4.- A los efectos de esta Ley son Licenciados en Administración quienes hayan

obtenido en Universidades del país título universitario en la especialidad de

Administración, por estudios realizados en las respectivas Escuelas de Administración y

Contaduría, o les sea revalidado por alguna de ellas el que hubiesen obtenido en

Universidades del exterior y que, además, hayan cumplido el requisito exigido por el

artículo 26.

Artículo 26.- de esta Ley dice: Para ejercer la profesión que regula la presente Ley, los

profesionales a quienes ella se refiere deberán inscribir sus Títulos en el Colegio respectivo

y la inscripción se hará constar en un libro que al efecto llevará debidamente sellado y

foliado por la Federación de Colegios de Licenciados en Administración de

Venezuela. Igualmente lo son las personas a quienes se contrae el artículo 48.

Artículo 48.- luego de haber cumplido con los requerimientos establecidos en la presente

Ley. Los Títulos de “Licenciado en Administración Comercial”, ‘Licenciado en Ciencias

Administrativas”, “Administrador Contador”, ‘Licenciado en Administración de

Empresas”, “Licenciado en Ciencias Gerenciales” y los demás Títulos que en la mención de

Administración y que por estudios realizados en el país, en las Escuelas de Administración

y Contaduría, hayan sido otorgados por las Universidades venezolanas, a los efectos

legales, se equiparan a los de Licenciados en Administración.

Artículo 5.- La denominación de Licenciado en Administración queda reservada para los

profesionales a quienes se refiere la presente ley, siendo los únicos autorizados para el

ejercicio de la profesión de Licenciado en Administración.

Page 5: Ética Empresarial

Nuestro Código de Ética establece:

CAPÍTULO II; Del Ejercicio de la Profesión bajo

Relación de dependencia:

Artículo 60.- El Licenciado en Administración

cuando preste servicio bajo relación de dependencia,

se abstendrá de ejercer simultáneamente la profesión

en forma independiente para dar servicio al ente

público o privado del cual dependa ni a los

proveedores o contratistas de dicho ente.

CAPÍTULO III; del Libre Ejercicio de la Profesión:

Artículo 62.- El Licenciado en Administración en sus relaciones con los clientes y el

público en general, deberá cumplir las siguientes normas:

Sostener un criterio independiente e imparcial en el desarrollo de sus actividades y

al expresar su opinión sobre los resultados de las mismas, cuando se dedique al libre

ejercicio de la profesión.

Ser íntegro en sus actuaciones, objetivo en sus juicios y mantener el decoro

profesional.

Fijar honorarios justos que no deben pecar por defecto o por exceso, por ser ambos

extremos contrarios a la dignidad profesional.

No podrá aceptar honorarios o comisiones sobre trabajos realizados por otras

personas que él recomiende o pagar honorarios o comisiones a otra persona que le

suministre trabajo profesional.

En el ejercicio profesional independiente, bien en forma individual o sociedad civil

profesional, no se hará mención que indique o de a entender que la firma es

sucesora, corresponsal o representante de otra firma que no pueda ejercer

legalmente la administración en el País.

Page 6: Ética Empresarial

Realizado por

María Clementina Griman

La profesionalidad y las normas

éticas son un fundamento para crear

credibilidad y establecer relaciones

de confianza con la gente.