etica del abogado, trabajo monografica finalizado

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE DERECHO ÉTICA Y DEONTOLOGÍA FORENSE. TEMA : ÉTICA DEL ABOGADO DOCENTE : Doc. VERA GARCIA, Edgar CICLO : IV GRUPO : I INTEGRANTES: 1. QUISPE OLANO, Richard G. 2. SAAVEDRA OCHANTE, Carlos A. 3. VILCHES BERMUDEZ, Carmen Ibet Tatiana AYACUCHO – PERU

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Page 1: Etica Del Abogado, Trabajo Monografica Finalizado

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE DERECHO

ÉTICA Y DEONTOLOGÍA FORENSE.

TEMA : ÉTICA DEL ABOGADO

DOCENTE : Doc. VERA GARCIA, Edgar

CICLO : IV

GRUPO : I

INTEGRANTES:

1. QUISPE OLANO, Richard G.

2. SAAVEDRA OCHANTE, Carlos A.

3. VILCHES BERMUDEZ, Carmen Ibet Tatiana

AYACUCHO – PERU

2008

Page 2: Etica Del Abogado, Trabajo Monografica Finalizado

INTRODUCCIÓN

El profesional del derecho se debe a sí mismo y a su misión de

auxiliar de la justicia otorgada por la ley, una conducta íntegra y

ceñida a los parámetros de lo moral, de la equidad, desprendimiento

de sus propios intereses con tal de favorecer plenamente aquellos del

cliente que son siempre el motivo de su labor.

Mientras tanto, aclarando el gran número de abogados

excepcionales e intachables con que contamos, es bien conocido que

el abogado peruano se caracteriza por ser engañador, falso, experto

en artimañas dilatorias del proceso y sobre todo en cobrar sumas a

veces inadecuadas con el trabajo ofrecido o realizado.

Este breve reporte puntualiza sobre cómo es el abogado que

“debe” egresar de esta universidad, cómo es el abogado que plantea

el Código de Ética del Abogado en nuestro país; lamentando que luego

de esta lectura, quedará en nuestras mentes la sombra de la realidad:

tanto abogado mediocre que nos circunda.

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Page 3: Etica Del Abogado, Trabajo Monografica Finalizado

ÍNDICE DE CONTENIDOPÁGIN

A

I.- PERFIL DE LA CARRERA EN LA UNIVERSIDAD 4

II.- CONCEPTO DE ÉTICA GENERAL4

III.- ÉTICA ESPECÍFICA DEL PROFESIONAL DEL DERECHO6

IV.- DATOS CONCRETOS SOBRE COMO DEBE SER EL PROFESIONAL

DEL DERECHO 8

CONCLUSIÓN11

RECOMENDACIONES12

BIBLIOGRAFÍA13

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I.- PERFIL DE LA CARRERA EN LA UNIVERSIDAD

Para la universidad, el perfil de la carrera de Ciencias Jurídicas

implica cumplir con ciertos objetivos:

a) Formar un profesional de las Ciencias Jurídicas capaz de crear y

sostener unas normas, doctrina y jurisprudencia acordes con la

realidad socioeconómica, política y cultural del país y el mundo.

b) Ofrecer una formación que refleje la capacidad profunda y crítica

de los egresados.

c) Que el profesional sea formado de tal forma que pueda proponer

soluciones positivas a al realidad peruana.

d) Incentivar la investigación en el abogado egresado.

e) Motivar a la superación mediante una conciencia de servicio a los

demás.

f) Contribuir a la concreción de la cultura del diálogo.

g) Que la formación teórico-práctica responda a las necesidades de la

vida y a las exigencias de la judicatura nacional.

II.- CONCEPTO DE ÉTICA GENERAL

Partimos de que la ética es, según Aristóteles, el ethos,

costumbre, carácter, temperamento, hábito, modo de ser. Ética sería,

pues, un tratado de los hábitos y costumbres. La ética elabora

hipótesis, propone conceptos y explica categorías sobre la experiencia

moral.

La ética general, o universal, es la rama de la filosofía que versa

sobre las diferentes morales. Ahora bien, la ética profesional es la

parte de la ética que se preocupa de la reflexión sobre el

comportamiento del profesional respecto de su profesión.

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Page 5: Etica Del Abogado, Trabajo Monografica Finalizado

Dentro de lo que es la ética general encontramos como deberes

fundamentales del profesional una serie de pautas que abarcaremos,

no sin antes definir lo que se conoce como deberes. Los deberes son

exigencias, imposiciones indeclinables, recaídos sobre las

responsabilidades del individuo que mientras mejor los cumple, más

derecho tiene a la feliz convivencia social. Como medio más apropiado

para organizar una verdadera actuación profesional, cada profesional

tiene la obligación de convertirse en medio ejecutor del imperativo

categórico de su investidura, por lo cual es esencial disciplinar sus

actuaciones técnicas y científicas, perfeccionar su carácter y fortalecer

su conducta dentro de las normas éticas. Entre los deberes

fundamentales del profesional encontramos:

a) La honradez: es una cualidad reflexiva al servicio de toda

persona respetuosa de su dignidad. Tiene como fin no engañar ni

engañarse a sí mismo.

b) La honestidad: radica en la confianza y el respeto que la persona

o profesional será capaz de recibir, por comportarse como un

elemento insobornable.

c) El estudio: este levanta los niveles intelectuales y prepara al

hombre a pasar por la vida conociendo lo útil y provechoso de ella

para el fortalecimiento de las ideas progresistas y el auge de los

sistemas modernos.

d) Independencia: es la autonomía conquistada por la superación

científica y técnica, y el espíritu de libertad que embarga al individuo.

Es el actuar por cuenta propia en el ejercicio de sus actividades. Ser

dueño de su propio destino.

e) Carácter: es el conjunto de hábitos que forman en el individuo la

conducta superior, la cual lo hace apto para afrontar las

contingencias de la vida y con altura moral decidir lo que debe

hacerse rectamente. Además, podría decirse que es el control de los

impulsos y moderador de la voluntad. El profesional de carácter

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representa una garantía para los intereses que maneja en su vida

social.

f) Cortesía: las formas afables en el trato social son etiqueta que

siempre debe llevar el profesional para distinguirse de la gente vulgar

o tosca. La palabra amable, los ademanes moderados y las maneras

gentiles son sus elementos peculiares.

g) Investigación: es la sistematización de los conocimientos

mediante la investigación científica, constituyendo esto una tarea

relevante del profesional. Se ubica al mimo nivel de los grandes

progresos exigidos por la dinámica social.

h) Puntualidad: el tiempo tiene un gran valor, tanto para nosotros

como para quienes requieren de nuestra atención y servicios

profesionales. En este aspecto se traduce nuestro valor y respeto por

los demás, haciéndonos distinguir entre aquellos quienes desprecian

todo lo que les sea ajeno, como es en este caso: el tiempo de los

demás.

i) Discreción: significa saber guardar silencio de los casos que se

ven y se hacen, cuando estos ameritan secreto y es un rasgo de

altura moral del individuo. Es la garantía moral accesoria de la

personalidad que inspira al individuo a querer confiar el secreto,

seguro de que sabrá solo responder con el silencio.

j) Prestigio de la profesión: a nuestro parecer, la profesión en si

no es la que da el prestigio al profesional, sino viceversa, es el

profesional que la reviste de tal cualidad, en cuanto actúa con el

cumplimiento del deber impuesto por las obligaciones propias de la

carrera con el empeño de superación, la potencialidad de la cultura,

el revestimiento interior y exterior de dignidad que debe poseer cada

profesional.

k) Equidad en el cobro de honorarios: las tarifas de los

profesionales son una guía para el cobro de los honorarios, hechas

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por entes externos a la profesión más no ajenos a la labor en que

incurre el profesional.

III.- ÉTICA ESPECÍFICA DEL PROFESIONAL DEL DERECHO

La ética del profesional del derecho se rige por el Código de Ética

del Colegio de Abogados de la República Peruana,

Los deberes esenciales del abogado son: la probidad,

independencia, moderación y la confraternidad. Partimos de que la

probidad es la representación que hace un abogado a nombre de su

cliente, la cual debe ser llevada con un alto nivel de dignidad. La

independencia del abogado es propia del perfil de la carrera porque

estamos ante un profesional liberal, que no se encuentra subordinado

a un superior, sino a lo que sus principios y su preparación académica

le pauten. La moderación implica en no incurrir en abusos, es obedecer

ciertos parámetros éticos y morales que le exige su oficio. La

confraternidad consiste en no incurrir en una competencia desleal

respecto de sus colegas abogados, respetando la labor de los demás

como la propia.

Debe actuar con dignidad tanto en el ejercicio de su dignidad

como en su vida privada. Debe ser leal y veraz, no deberá aconsejar

ningún acto fraudulento contrario a sus principios.

No deberá olvidar que como auxiliar y servidor de la justicia, su

cometido es defender los derechos de su cliente con diligencia y

estricta sujeción a las leyes.

Sus alegatos verbales o escritos deberán ser siempre moderados

y precisos, con una energía adecuada, sin exigencias sino peticiones,

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solicitudes humildes pero bien fundadas y con base, tanto legal como

en los hechos. Deberá omitir expresiones sarcásticas o violentas.

Función social del abogado: con el paso del tiempo el Estado

comienza a observar que el resultado del proceso judicial no es

extraño al interés, pues en todo proceso se encuentra la aplicación de

la ley, o sea, el respeto de la voluntad colectiva. La sociedad espera

que el abogado sea el sostén de sus instituciones jurídicas.

La moralidad del abogado no se limita al buen ejemplo sino a la

acción, al cambio. La abogacía tiene implica la representación realidad

civil de la comunidad. Sin embargo, hoy, ciertos abogados se

caracterizan por su interés lucrativo por encima del interés social.

Mientras tanto, nosotros creemos que el abogado debe ser un defensor

del bien común y de la justicia, y que así dirija la conducta de los

pueblos hacia la construcción de un orden social conforme a las

condiciones de un ideal más humano, para lo que deberá despojarse

de su egoísmo.

IV.- DATOS CONCRETOS SOBRE COMO DEBE SER EL PROFESIONAL DEL

DERECHO

Los deberes, como imponencias indeclinables que forman parte

de la responsabilidad del individuo.

El abogado debe cultivar sus virtudes profesionales y formación

integral mediante el estudio y el seguimiento de las normas

morales. Nos referimos en este aspecto al estudio y actualización

del abogado como ente impulsador del cambio en la sociedad. Esto

lo llevará a proponer soluciones que estén orientadas al bien en

todos los aspectos que sea posible. Esto va de la mano de su

capacidad, talento y experiencia al servicio de la justicia.

Debe ser disciplinado, firme y sensible en su vida profesional y

privada.

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Debe ser un fiel intérprete de la ley, un guardián y defensor de los

principios jurídicos, de la justicia y la verdad.

Debe ser responsable, puntual.

Debe actuar con serenidad y fe en la causa de su cliente.

Debe ser honesto, veraz, prudente.

Debe ser digno de fiar y de respeto, incapaz de cometer fraude.

En cuanto al cliente, el abogado tiene un compromiso especial

con el cliente, debe actuar con responsabilidad y diligencia. Debe estar

atento de los plazos legales respecto de los actos del procedimiento.

Debe comprometerse a poner todo su esmero, su saber y habilidad

para realizar una defensa útil.

Debe adoptar una actitud de servicio. Si por su negligencia

pierde una causa es evidente que con ello comete una injusticia.

La Bondad De Su Papel Consiste, Sobre Todo, En La

Absoluta Separación Entre Su Interés Personal Y El Del Cliente,

En La Independencia Desapasionada Del Juicio Que Debe

Conservar Frente A Su Cliente.

Los honorarios en el ejercicio de la profesión

El monto de los honorarios dependerá de la complejidad del caso

y el tiempo que demande la prestación del servicio, dependiendo del

caso los honorarios pueden ser de tarifa única lo cual incluye los

honorarios del Abogado y los Gastos Judiciales o de tarifa diferenciada

donde se presupuestan honorarios y gastos de manera separada.

Colegio de Abogados del Perú Código de Ética ProfesionalArt. 48.- Para la estimación del monto de sus honorarios, el abogado debe fundamentalmente atender a lo siguiente:1. La importancia de los servicios;2. La cuantía del asunto;3. El éxito obtenido y su trascendencia;4. La novedad o dificultad de las cuestiones jurídicas debatidas;5. La experiencia, reputación y especialidad del abogado;6. La capacidad económica del cliente, considerando que su pobreza obliga a cobrar menos y aún a no cobrar retribución, si está debidamente establecida;

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7. La posibilidad de resultar el abogado impedido de intervenir en otros asuntos o de desavenirse con los clientes o con terceros;8. Si los servicios profesionales son eventuales, fijos o constantes;9. La responsabilidad que se derive para el abogado de la atención del asunto;10. El tiempo empleado en el patrocinio;11. El grado de participación del abogado en el estudio, planteamiento y desarrollo del asunto;12. Si el abogado solamente patrocinó al cliente o si también lo sirvió como mandatario;13. El lugar de la prestación de los servicios, fuera o no del domicilio del abogado;14. Los honorarios acostumbrados a similares servicios, pero sin que las tarifas deban considerarse como la única guía para hacer la estimación.

Infracciones y medidas disciplinarias

Colegio de Abogados del Perú Código de Ética ProfesionalArt. 72.- El procedimiento conforme al cual se ventilarán las denuncias por infracción del Código de Ética Profesional, así como las medidas disciplinarias aplicables, están establecidos en el Estatuto del Colegio.

Conducta del abogado en los tribunales

El abogado debe observar frente al juez una postura adecuada

ya que le debe respeto a las autoridades públicas y a la ley desde que

ingresa a la profesión. Debe tratar al juez con solemnidad, incluso

fuera de la audiencia debe de abstenerse de hablar con el juez e

incluso evitar el tono familiar para con el juez durante la audiencia. Los

escritos deben ser leídos con respeto y moderación. La puntualidad

forma parte de su conducta correcta.

La solidaridad entre abogados o confraternidad

La confraternidad como sinónimo de solidaridad es el factor

determinante ya que es la materialización del esfuerzo común hacia

objetivos elevados. Mediante ella se establece la probidad del abogado

para facilitar la discusión de los abogados. Se caracteriza por la

interdependencia y sentido de unidad. Deben de hacerse concesiones

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razonables con tal de no perjudicar al cliente, como obtener reenvíos o

concesiones de plazos.

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CONCLUSIÓN

Hemos constatado que lo que plantean los textos legales, el

Código de Ética e incluso la propia universidad son la descripción de un

profesional ideal, con una probidad extraordinaria, más que un ejemplo

a seguir.

Nuestra intención ha sido la de describir cuáles son los

lineamientos que prevén los distintos textos en esta materia sobre

cómo debe comportarse y responder ante el diario vivir el profesional

del derecho para ser considerado como un auténtico profesional de las

ciencias jurídicas.

Los modales también son un toque distintivo en un abogado, son

detalles que dejan huellas enormes en la referencia que cualquier

persona pueda tener del mismo.

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RECOMENDACIONES

1.- Hay que saber que NUNCA es solo negocios

2.- No existe el asesoramiento libre de riesgos. El abogado debe ser asesorado en un escenario dinámico.

3.- El profesional tiene que tener experiencia. Además de una sólida formación, el principal requisito tiene que ser la experiencia.

4.- El profesional tiene que tener una alta capacidad de resolver conflictos en forma rápida.

5.- El profesional tiene que entender que el patrocinado necesita un control importante de sus conflictos, sin sacrificar la calidad del asesoramiento

6.- Hay que buscar el delicado equilibrio entre el consejo que corresponde y lo que el patrocinado quiere o necesita hacer.

7.- Limitar los tecnicismos para el ámbito que corresponde y no para impresionar al cliente, futuro patrocinado.

8.- Tener una alta capacidad adaptativa a los cambios, que son moneda usual en un nuevo emprendimiento.

9.- Ser consciente que se requerirán sus servicios fuera del horario normal de trabajo y ello no debe incidir en la relación profesional/cliente. Las inspecciones, clausuras o accidentes nunca se dan de 10.00 a 18.00 hs. y de Lunes a Viernes.

10.- Tener una amplia red de contactos. Esto es absolutamente relevante para los clientes. Generalmente necesitan mucho más que un asesoramiento sino colaboración en la elección de otros profesionales, proveedores de servicios o potenciales socios.

11.- Tener en cuenta los principios y valores que rigen en nuestra vida cotidiana, como es la honradez y dignidad, y diferenciando lo bueno y lo malo.

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BIBLIOGRAFÍA

Pineda, Juan Luis. Ética Del Abogado. Santiago De Los Caballeros,

Rep. Dom. 1983.

Código Penal.

Pénsum De La Carrera De Derecho Elaborado Por El

Departamento De Ciencias Jurídicas De La Facultad De Ciencias

Sociales Y Humanidades De La PUCMM.

Colegio de Abogados del Perú Código de Ética Profesional

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