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Page 1: Estudios Azteca Versión 3 · EsteprogI'an_aes público.ajenoacualqtiierpartidopolitico ... televisora con cobertura a nivel Nacional para ... instrumento inscrito en el Registro

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/061/2018ESTRATIFICÂCIÓN: NO MIPYME

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE sERvICIo DE DIFUSIÓN DE LA CAMPAÑA “ACCIONES DEPROSPERA" VERSIÓN "FAMILIAS BENEI=IcIARIAs", A TRAvEs DE UNA TELEVISORA CONCOBERTURA A N|vEL NACIONAL PARA LA TRANSMISIÓN ESTATAL, QUE CELEBRAN PORUNA PARTE EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLOSOCIAL, POR CONDUCTO DE su ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO, LACOORDINACIÓN NACIONAL DE PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIAL,REPRESENTADA POR su TITULAR EL MAESTRO JAIME GUTIERREZ CASAS, EN suCARACTER DE COORDINADOR NACIONAL Y, POR LA OTRA, LA EMPRESA ESTUDIOSAzTEcA S A DE c v REPRESENTADA PORE suCALIDAD DE APODERADO LEGAL, A QUIENES EN LO SucEsIvO SE LES DENOMINARACOMO "LA COORDINACIÓN" Y "EL PROVEEDOR", RESPECTNAMENTE. Y CUANDO ACTÚENDE MANERA CONJUNTA "LAS PARTES" AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES YCLAUSULAS:

DECLARACIONES

I. “LA COORDINACIÓN" declara que:

l.1. La Secretaria de Desarrollo Sociai es una Dependencia de la Administración Pública FederalCentralizada de conformidad con los artículos 2 fracción I, 26, 32 de la Ley Orgánica de laAdministración Pública Federal Y de conformidad al último precepto citado tiene, entre otrasatribuciones el fortalecer el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el pais mediante lainstrumentación, coordinación y seguimiento con los organismos respectivos de las politicasde combate efectivo a la pobreza, atenciónespecífica a las necesidades de los sectoressociales más desprotegidos, así como formular, conducir y evaluar la política general dedesarrollo social para el Combate efectivo ala pobreza.

l.2. Por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de septiembre de 2014, fuecreada y denominada la Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de inclusión Social,Órgano Administrativo Desconcentrado dela Secretaria de Desarrollo Social con autonomíatécnica y de gestión.

L3. EL Maestro Jaime Gutiérrez Casas, en su carácter de Coordinador Nacional de PROSPERAPrograma de Inclusión Social, acredita su personalidad mediante nombramiento de fecha 5de abril de 2018, expedido por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos

"Libro de Nombramientos de Servidores Públicos que designa el Ejecutivo Federal" de fechMexicanos, Licenciado Enrique Peña Nieto y registrado con el número (713) a foja (22) delfl/

17 de abril de 2018, por lo que cuenta con las facultades jurídicas necesarias para intervenien la suscripción del presente Contrato en los términos de los articulos 1, 2, 3, 4, 5 fracciónII y fracción XI del Decreto' señalado en el numeral L2 del presente instrumento, 37frac n VII, 38, 43 y 44 del Reglamento interior de la Secretaría de Desarrollo Social.

lEste progI'an_a es público. ajeno a cualqtiier partido politico. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo

sOcialÍ Av. Insurgentes Sur 1480, Barrio Actipan, Deleg. Benito Juárez, Ciudad dc México, C.P. 03230Teléfono: 5482 0700 | www.prospera.gob.mx

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/061/'2018ESTRATIFICACIÓN: No MIPYMEor -l.4. De acuerdo a sus necesidades requiere contar con el Servicio de Difusion de la Campana

"Acciones de PROSPERA" versión "Familias Beneficiarias" a través de unatelevisora con cobertura a nivel Nacional para Transmisión Estatal, para “LACOORDINACIÓN” por lo que de conformidad con la normatividad aplicable en la materia hadecidido contratar los servicios que le ofrece "EL PROVEEDOR".

1.5. En atención a lo anterior, el presente Contrato se adjudicó a “EL PROVEEDOR" derivado dela excepción al Procedimiento de Licitación Pública y a través de la Adjudicación Directa deconformidad con lo dispuesto en los artículos 126 y 134 de la Constitución Politica de losEstados Unidos Mexicanos; 22 fracción Il, 24, 25, 26 fracción Ill,40, 41 fracción l de la Lev deAdquisiciones, Arrendamientos v Servicios del Sector Público, 71 y 72 fracción ll de suReglamento, al Dictamen del H. Comité de Adquisiciones, Arrendamientos v Servicio de LACOORDINACIÓN, en su Sexta Sesión Extraordinaria, Acuerdo número 22, de fecha 31 dejulio2018.

El presente instrumento se formaliza con fundamento en los artículos 45 de la Lev deAdquisiciones,Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 81, 82 v 84 de su Reglamento.

l.6. Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente Contrato, cuenta con recursosdisponibles suficientes correspondientes a la Partida Presupuestal N° 36101 “Difusión deMensajes sobre Programas y Actividades Gubernamentales”, autorizados medianteReporte General de Suficiencia Presupuestaria Ppta 01568 de fecha 10 de julio 2018,emitida por la Dirección de Planeación v Administración Financiera de “LACOORDINACIÓN".

I.7. Cuenta con Registro Federal de Contribuyentes N° CNP140906H36.

1.8. Que con fundamento en lo dispuesto en el articulo décimo segundo. fracción lll del AcuerdoDelegatorio de facultades publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de2016, suscrito por ei entonces Secretario de Desarrollo Social; al Manual de Organización deProspera de la Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social, funcionesnumeral 2, establece que _ previo a la celebración obtuvo la dictaminación juridicacorrespondiente mediante Número DIC-D.lC~DCAP/0418/2018, emitido por la DirecciónJurídica Consultiva..

L9. Para los efectos legales que se deriven del presente Contrato señala como su domicilio legel ubicado en Avenida Insurgentes Sur número 1480, Colonia Barrio Actipan, CódigPostal 03230, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México.

II. "EL PROVEEDOR" declara que: Wifil|.1 Es U Sociedad constituida de conformidad con la Legisiación Mexicana, Según consta en el

test' onio que contiene la Escritura Pública No. Noventa v seis mil ciento uno (96.101), defech tres de noviembre de dos mil tres, ante el Licenciado Gerardo Correa Etchegaray,

2Este program es público. ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo

social. , v. Insurgentes Sur 1480, Barrio Actipan, Deleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230Teléfono: 5482 0700 E w\v\v.proSpera.gob.I11x

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CONTRATO N" CNP/DCS~AD/061/2018ESTRATIPICACION: No MIPYME

titular de la Notaria número Ochenta v Nueve del Distrito Federal se constituyó "ESTUDIOSAZTECA, S.A. DE C.V.”, instrumento inscrito en el Registro Público de Comercio de laCiudad de México en el folio mercantil número 316,090 de fecha 24 de marzo de 2004.

Su objeto social consiste, entre otras actividades, 4.- La producción, comerciaiización,adquisición, distribución, cesión, representación, compra, venta, diseño, importación,exportación, uso, intercambio, aplicación O cualquier otra forma de contratación de todotipo de eventos, espacios publicitarios, series v programas para radio, cine, televisión,sistemas de televisión por cable o restringida, redes públicas de telecomunicaciones,internet v cualquier otro sistema de telecomunicaciones conocido O por conocerse,incluyendo los derechos de transmisión de cualquiera de estos eventos, series o programas,en su propio nombre O en nombre v representación de terceros, en México y en elextranjero. _

Dispone de la organización, experiencia, personal capacitado y demás elementos técnicos,humanos v económicos necesarios, así como la capacidad legal suficiente para llevar a cabolos trabajos objeto dei presente Contrato y que Su Registro Federal de Contribuyentes es elN° EAZ0311047B6

Su apoderado legal el Ciudadano se encuentraplenamente facultado v cuenta con poder General para actos de administración, entérminos de lo dispuesto por el segundo párrafo del articulo dos mil quinientos cincuenta vcuatro del Código Civil para el Distrito Federal v del correlativo de la Lev donde se ejerciteeste poder; según consta en la Escritura Pública NO. Quince mil seiscientos cincuenta y ocho(15,658), de fecha quince de mayo de dos rnil seis, pasada ante la Fe del Notario Públiconúmero Noventa del Distrito Federal. Licenciado Joel Chirino Castillo, manifestando bajoprotesta de decir verdad que a la fecha de la firma del presente instrumento, dichasfacultades no les han sido limitadas, modificadas o revocadas en forma alguna.

Bajo protesta de decir verdad manifiesta que Se encuentra al corriente en el cumplimientode sus obligaciones fiscales, en términos de lo dispuesto por el artículo 32-D del CódigoFiscal de la Federación.

Previo a la firma del presente Contrato presentó el "Acuse de recepción" con el quecomprueba que realizó la solicitud de opinión ante el Servicio de Administración Tributaria,sobre el cumplimiento de Sus obligaciones fiscales conforme a lo previsto en la Regla 2.1.31de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2018, publicada en el Diario Oficial de la

UNAOPFP/309/0743/2008 emitido por la Secretaria de la Función Pública, y publicado eFederación el 22 de diciembre de 2017, en relación con el oficio circular Nora/

el Diario Oficial dela Federación el 19 de septiembre de 2008.

TI n número 2818, Colonia San Pablo Tepetlapa, C.P. 04840, DelegaciónPar fectosdel presente Contrato, señala como domicilio fiscal el ubicado en Calzada de

3Este progm na es público. ajeno a cualquier partido politico. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo

social. Av. Insurgentes Sur l480, Barrio Actipan, Dcleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230Teléfono: 5432 0700 | www.prospera.gob.mx

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PROSPERArs PROORA MA-' or. INcI.usIoN SOCIAL

ESTRATIFICACION; No MIPYME

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DCS-AD/061./2018

éfono 1720-1313, correo electro

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CONTRATO N” CNP/

Coyoacán, Ciudad de México, Tel

' AS PARTES sujetan su compromiso a la forma y termlExpuesto lo anterior, Lestablecen en las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.

"LA COORDINACIÓN" encomienda a “EL PROVEEDOR" y este se obliga a prestarle eficazmenteel Servicio de Difusión de la Campaña "Acciones de PROSPERA" versión "FamiliasBeriefíciarias" a través de una televisora con cobertura a nivel nacional para transmisiónestatal para “LA COORDINACION", de conformidad a la descripción y especificacionescontenidos en el Anexo Técnico y la Propuesta Técnica y económica de "EL PROVEEDOR", loscuales debidamente rubricados y signados por LAS PARTES, forman parte integral del mismo;para lo cual "EL PROVEEDOR" dedicará su experiencia, capacidad y eficiencia en el cumplimientodel objeto, obligaciones y compromisos adquiridos en el presente Contrato, atendiendo en tiempo,esfuerzo y con el personal que sea necesario para el correcto funcionamiento del mismo.

“EL PROVEEDOR" deberá prestar el servicio de conformidad a los requerimientos de la Dirección deComunicación Social, solicitados en su Anexo Técnico.

SEGUNDA. PRECIO.

"n del servicio objeto del presente Contrato “LA COORDINACIÓN" pagará a' de $862,068.97 (0Chocientos sesenta y dos mil sesenta y

1.03 (Ciento treinta y siete mil novecientosdel Impuesto al Valor Agregado, dando un

.), en términos de la propuesta

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Como contrapOVEEDOR", la ca

100 M.N.), másM.N.), equivalent

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$137,93e al 16%

00 M.N

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"EL PRocho pesos 97/treinta y uno pesos 03/100monto total de $1,000,000.00 (Un mllloeconómica de “EL PROVEEDOR".

Los precios son considerados fijos hasta que concluya la relación contracincluyendo "EL PROVEEDOR" todos los costos involucrados, considerando todos los conservicio que requiere "LA COORDINACION". por lo que "EL PROVEEDOR" no podrá agregar Costoextra alguno, ya que los precios Serán inalterables durante la vigencia del presente Contrato.

TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO.

En el pres te Contrato no se otorgará anticipo alguno.I

Este progiama es público. ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrolloSocial. Av. Insurgentes Sur 1480, Barrio Actipan, Deleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230

Teléfono: S432 0700 l www.proSpeIa.gob.Inx

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CONTRATO N” CNP/DCS-AD/061/2018ESTRATIFICACION: NO MIPYME

"LA COORDINACIÓN” llevará a cabo el pago en Pesos Mexicanos, mediante una sola exhibicióndevengada de acuerdo a lo solicitado en el Anexo Técnico. una vez que “EL PROVEEDOR" hayaprestado en tiempo y forma la totalidad del servicio, dentro de los veinte dias naturales posterioresa partir de la fecha de entrega del Acta de Entrega-Recepción y factura respectiva de conformidadcon el articulo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y através del sistema SIAFF (Sistema integral de Administración Financiera Federal). considerando queno existan aclaraciones al importe O al servicio facturado.

La presentación de la factura correspondiente deberá realizarla “EL PROVEEDOR” una vezrealizado el servicio, directamente a la Dirección de Comunicación Social de "LACOORDINACIÓN", Área Técnica, Requirente y Administradora del Contrato, ubicada en Av.insurgentes Sur 1480, Piso once, Colonia Barrio Actipan, Delegación Benito Juárez, en Ciudad deMéxico, misma que deberá validarla y dar su visto bueno. La factura deberá contemplar todos losdatos y requisitos fiscales aplicables, desglosando el Impuesto al Valor Agregado. Dicho documentodeberá estar soportado con el Acta de Entrega-Recepción correspondiente, acreditando con ello el100% de la prestación del servicio en los términos del presente Contrato.

Para efectos de trámite de pago, conforme a lo establecido en el Sistema Integral deAdministración Financiera Federal, "EL PROVEEDOR" deberá ser titular de una cuenta de chequesvigente y proporcionar por escrito el número de clave bancaria estandarizada (CLABE), en la que seefectuará la transferencia electrónica de pago y copia del último estado de cuenta, con original parasu cotejo.

Por lo anterior, es necesario que la factura que presente “EL PROVEEDOR" reúna los requisitosfiscales que establece la legislación vigente en la materia; en caso de que no Sea así. "LACOORDINACION" pospondrá los pagos a su favor. hasta en tanto se subsanen dichas omisiones.

En caso de que “EL PROVEEDOR" no presente en tiempo y forma la documentación requerida parael trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de dias que dure el retraso.

Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el articulo 51párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

CUARTA. VIGENCIA.

La vigencia del presente Contrato será a partir del 31 de julio y hasta el 31 de diciembre dïì/2018, sin perjuicio de su posible terminación anticipada, en los términos establecidos en sclausulado.

QUlNTA. - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Con fun amento en lo establecido en los artículos 48 fracción ll y 49 fracción I de la Ley deAdquisi i nes, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 103 de su Reglamento, así como alo estip do por la Ley de instituciones de Seguros y Fianzas; (se aplicará en lo conducente, lo

5Este prog ¿na es público. ajeno a cualquier partido politico. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo

Social. Av. Insurgentes Sur l-480, Barrio Actipan, Deleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230Teléfono: 5482 0700 | www.prospera.gob.n1x

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ESTRATIFICACIÓN: NO MIPYME

establecido en el Reglamento del artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas); la Leydel Servicio de Tesoreria de la Federación, oficio N° 401-T-2930 de fecha 14 de septiembre de2010, emitido por la Tesorería de la Federación y a las Disposiciones Generales a que se sujetaránlas garantias otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintasde las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren,"EL PROVEEDOR" garantizará ei cumplimiento del presente Contrato mediante fianza expedida afavor de la Tesoreria de la Federación, emitida por una institución de fianzas y expedida en monedanacional por un importe equivalente al 10% del monto total del Contrato establecido en la CláusulaSegunda, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, debiendo ser entregada en un plazo no mayor de10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente documento legal, en la cual deberá deindicarse los siguientes requisitos:

El carácter de la póliza deberá ser divisible;

1. Expedirse a favor dela Tesorería dela Federación.

2. La indicación del importe total garantizado con número y letra.

3. La referencia de que la fianza se otorga-atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en esteContrato, con vigencia abierta O indefinida para que pueda cumplir con su finalidad.

4. La información correspondiente al número de Contrato, su fecha de firma, asi como laespecificación de las obligaciones garantizadas.

5. El señalamiento del nombre del proveedor fiado.

6. La condición de que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación quegarantice el Contrato.

7. La indicación de que la fianza se hará efectiva Conforme al procedimiento dispuesto en el articulo282 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro delos intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propioordenamiento.

8. La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresay por oficio de “LA COORDINACION".

En relación a los puntos anteriores se deberá insertar los siguientes párrafos en las pólizas dfi/fianza;

“Esta garantia estará vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantiza elCon oto, asi' como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que seinte ongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de

i 6Este programa es público. ajeno a cualquier partido politico. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo

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CONTRATO N" CNP/DCS-AD/061/2018ESTRÄTIFICACIÓNZ NO MIPYME

forma tal que su vigencia no podra acotarse en razón del plazo de ejecución del Contratoprincipal o fuente de las obligaciones, 0 cualquier otra circunstancia”.

"En caso de hacerse efectiva la presente garantia, la institución de fianzas aceptaexpresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en ei articulo 282 de laLey de instituciones de Seguros y Fianzas, procedimiento ai que también se sujetará para eicaso del cobro de la indemnización por mora que prevé ei articulo 283 dei mismoordenamiento legal, por pago extempordneo del importe de la póliza de fianza requerida".

"Que, para liberar la fianza, serd requisito indispensabie la manifestación expresa y porescrito de "LA COORDINACIÓN", previa reaiización de Acta Administrativa de Extinciónde Derechos y Obligaciones".

“La aiianzadoro acepta expresamente a tener garantizado ei Contrato a que esta pólizase refiere, aún en ei caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiadopor parte del acreedor para ei cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan,por lo que la afianzadora renuncio expresamente ai derecho que le otorga el articulo 179de la Ley de instituciones de Seguros y Fianzas"

En el supuesto de que las partes convengan la modificación dei presente instrumento. "ELPROVEEDOR" deberá contratar la modificación ala póliza de fianza, presentando endoso ala mismao bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe de la modificación convenìda, dentrode los 5 (cinco) días naturales siguientes al de la firma del Convenio que modifique ei Contratoprincipal.

De conformidad con lo previsto en las “Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantíasotorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de lasfiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren", en sudisposición Décima Quinta, una vez cumplida la obligación garantizada, el Area Técnica, Requírente yAdministradora del Contrato emitirá la constancia del cumplimiento respectivo a fin de contar conelementos probatorios que permitan cancelar las garantías.

SEXTA. - OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR".

"EL PROVEEDOR" Se obliga a;

A) Prestar a "LA CCQORDINACIÓN” el servicio convenido en el presente instrumento, eifljtérminos de la CLAUSULA PRIMERA y de conformidad con la descripción y especìficacionecontenidos en el Anexo Técnico del presente Contrato.

B) Contar con la experiencia, personal profesional y especializado en el ramo, suficiente parare 'zar la entrega del servicio solicitado.

7Este programa es público. ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo

social. Av. Insurgentes Sur 1480, Barrio Actipzm, Deleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230Teléfono: 5482 0700 | www.prospera.gob.mx

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ESTRATIFICACIÓN: NO MIPYME

C) “EL PROVEEDOR" será el único responsable por la mala ejecución del servicio, asi como delincumplimiento de las obligaciones previstas de este instrumento cuando no se ajuste almismo de conformidad con lo establecido en la descripción y especificaciones contenidas enel Anexo Técnico, al igual que de los daños que, con motivo del servicio contratado cause a"LA COORDINACIÓN”, salvo que el acto por el que se haya originado hubiese sidoexpresamente ordenado por "LA COORDINACION".

D) Será por cuenta v riesgo de "EL PROVEEDOR" garantizar la entrega y la recepción delservicio objeto del Contrato en los domicilios referidos en el Anexo Técnico.

E) Atender adecuadamente los requerimientos que le formule por escrito el Área Técnica,Requirente y Administradora del Contrato de "LA COORDINACION".

F) Garantizar la calidad del servicio para "LA COORDINACIÓN".

SÉPTIMA. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y CONDICIONES.

La prestación del servicio deberá efectuarse en los Estados de Chiapas. Oaxaca, Tabasco y Jalisco;en el lugar que para tal efecto señale la Dirección de Comunicación Social de “LACOORDINACIÓN", conforme a lo indicado en el Anexo Técnico del presente Contrato. A efectode acreditar su debida realización, se firmarán Actas de Entrega-Recepción al finalizar la prestacióndel servicio, entre el Área Técnica, Requirente y Administradora del Contrato y “EL PROVEEDOR".en las que constarán las condiciones v circunstancias en que fue prestado v recibido de acuerdo alas orden correspondiente; así como. en su caso, si hay obligaciones pendientes de cumplir,acreditando con ello la prestación del servicio en los términos del presente Contrato y amparandoel 100% del servicio prestado.

OCTAVA. - CALIDAD.

“EL PROVEEDOR" deberá contar con los recursos materiales, financieros v legales, para laprestación del servicio. a fin de garantizar que ei mismo sea proporcionado de conformidad con ladescripción v especificaciones contenidas en el Anexo Técnico.

NOVENA. - IMPUESTOS Y DERECHOS.

Los impuestos V derechos que procedan con motivo del servicio, objeto del presente Contratoserán pagados por “EL PROVEEDOR" de acuerdo a Io establecido en las disposiciones Iegalevigentes enla materia.

"LA COORDINACIÓN" solo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado, de acuerdo a lo establecido enlas disposiciones legales vigentes en la materia.

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social. Av. insurgentes Sur 1480, Barrio Actipan, Deleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230Teléfono: 5482 0700 i ww\v.prospera.gob.mx

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CONTRATO N” CNP/DCS-AD/0611'2018rsrrmrirlcnción: No |vuPv|v|E

otclwm. - Pnoi-nB|c|óN ot cesión ot oentci-los Y oe|.|GAc¦oNEs."EL PROVEEDOR" se obliga a no ceder en forma parcial ni total en favor de cualquier otra persona,fisica o moral, los derechos v obligaciones que se deriven del presente Contrato. v sóio podrá cederlos derechos de cobro, previa solicitud por escrito que realice "EL PROVEEDOR" y autorizada demanera expresa v por escrito por “LA COORDINACIÓN”.

DECIMA PRIMERA. - DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS.

"EL PROVEEDOR" se obliga con “LA COORDINACIÓN". a responder personal e ilimitadamente delos daños v perjuicios que pudiera causar a “LA COORDINACIÓN” o a terceros, si con motivo de laprestación de los servicios contratados viola derechos de autor, patentes v/o marcas registradas,de terceros u otro derecho inherentes, en tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este actobajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracciónadministrativa y/o delito, establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor v la Ley de laPropiedad Industrial.

En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "LA COORDINACIÓN”, porcualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en eldomicilio previsto en este instrumento a "EL PROVEEDOR", para que éste, utilizando los medioscorrespondientes al caso. garantice salvaguardar a "LA COORDINACIÓN" de cualquiercontroversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal 0 decualquier otra índole.

oí:c|MA stcu|~|oA. ~ Moou=|cAc|oNts.“LA COORDINACIÓN" podrá acordar efectuar modificaciones y vigencia del presente Contrato.en los términos previstos por ios articulos 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos vServicios del Sector Público; 91 y 92 de su Reglamento.

Asimismo, “LA COORDINACIÓN" podrá acordar la modificación del Contrato cuando se presenteel supuesto que establece en su CLAUSULA VlGES¡MA, quinto párrafo dei presente instrumento.

DÉCIMA TERCERA. - INFORMACIÓN Y ASESORÍA TÉCNICA.

"EL PROVEEDOR” se obliga a poner en conocimiento de “LA COORDINACIÓN" cualquier hecho ocircunstancia que en razón dei servicio objeto del presente Contrato sea de su conocimiento y quepueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma.

“EL PROVEEDOR” respecto a cualquier falla en la operación y funcionamiento relacionado con Wservicio será responsabilidad de_"EL PROVEEDOR" v responderá de los daños y perjuicioocasìo dos a "LA COORDINACION" en términos dela normatividad aplicable.

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social, Av. Insurgentes Sur 1480, Barrio Actipan, Dcleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230Te|éfo11oI5482 0700 I www.prospera.gob.n1x

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CONTRATO N" CNP/DCS-AD/061/2018ESTRATIFICACIÓN: NO MIPYME

DÉCIMA CUARTA. SUPERVISION, VERIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES YACEPTACIÓN DEL SERVICIO.

“LA COORDINACION" designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento delpresente Contrato ala Dirección de Comunicación Social adscrita a la "LA COORDINACION".

Asimismo. "LA COORDINACIÓN” sólo recibirá o aceptará el servicio materia del presenteContrato, previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con la descripción yespecificaciones contenidas en el Anexo Técnico.

En tal virtud. “EL PROVEEDOR", manifiesta expresamente su conformidad que en tanto no cumplacon lo establecido en el párrafo anterior, el servicio no se tendrá por aceptado o recibido por partede “LA COORDINACION".

DÉCIMA QUINTA. PENA CONVENCIONAL.

En caso de que "EL PROVEEDOR” presentare atraso en la prestación del servicio, “LACOORDINACIÓN" aplicará una pena convencional equivalente al 0.5% (cero puntos cinco porciento) por cada dia natural de demora sobre el monto de los servicios no prestados deconformidad a la descripción y especificaciones contenidos en el Anexo Técnico v a las Cláusulasdel Presente instrumento, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto totalde la garantía de cumplimiento correspondiente.

Las penas convencionales se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el impuesto al ValorAgregado.

El pago de la pena deberá efectuarse mediante el Esquema e'.-icinco. Pago Electrónico deDerechos. Productos y Aprovechamientos (DPA's), sin que la acumulación de esta penaexceda ei equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento correspondiente.

Procedimiento para el Pago Electrónico de DPA'S (Derechos, Productos v Aprovechamientos):

PASO 1. "EL PROVEEDOR" deberá obtener la Hoja de Ayuda a través de la página de internet, lacual deberá ser pre-llenada para obtener el trámite de pago de penalización a proveedores porentregas extemporáneas.

PASO 2. "EL PROVEEDOR" deberá elegir entre las siguientes opciones la modalidad de pagorealizando las siguientes acciones:

Pago a través de internet;A) Ingresar al portal de internet de la institución de crédito autorizada del que sea cliente y queo/ Q

le proporcione ei servicio de banca electrónica.

B) leccionar la opción “Pago de DPA`S".IU

Este prog 'ama es público. ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollosoojal. Av. insurgentes Sur 1480, Barrio Actipzui, Deleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230

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CONTRATO N” CNP/DCS-AD/061/2018ESTRATIFICACIÓN: NO MIPYME

C) Capturar los datos de identificación y del DPA que corresponda por concepto de penaconvencional (el pago se efectuará mediante transferencia electrónica de fondos).

D) Al terminar la operación, se mostrará en pantalla el recibo bancario con sello digital, mismoque deberá imprimir, ya que éste será su comprobante del pago realizado.

E) Continuar con el trámite ante el Área Técnica-Requirente y Administradora del Contrato, enlos términos previstos para el mismo.

NOTA: Previo a confirmar la operación. se recomienda verificar que los datos fueron capturadoscorrectamente.

Pago en ventanilla bancaria:

A) Presentar en la ventaniila bancaria de la institución de crédito autorizada la Hoja de Ayuda pre«llenada con los -datos de identificación y del DPA que corresponda por concepto de penaconvencional. _ '

B) Realizar el pago en efectivo o con cheque personal de la misma institución de crédito ante la cualse efectúa el pago, la cual deberá' entregar un recibo bancario con sello digital, que servirá comocomprobante del pago realizado.

C) Continuar con el trámite ante el Área Técnica-Requirente v Administradora del Contrato, en lostérminos previstos para el mismo.

NOTA: Se recomienda verificar que el recibo bancario con sello digital contenga la mismainformación que la Hoja de Ayuda para que, en su caso, solicite inmediatamente al cajero lacorrección de la misma. `

Por lo anterior, el pago del servicio quedará condicionado proporcionalmente, al pago que “ELPROVEEDOR” deba efectuar por concepto de penas convencionales por atraso, en el entendido deque, si el Contrato es rescindido en términos de lo previsto en la Ley y su Reglamento, no procederáel cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantia decumplimiento.

La notificación y cálculo de la pena convencional correspondiente la realizará la Dirección da/Comunicación Social de "LA COORDINACIÓN", debiendo quedar asentados en el Acta de Entrega-Recepci' correspondiente.

l lEste programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo

social. Av. Insurgentes Sur 1480, Barrio Actipan, Deleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230Teléfono: 5482 0700 [ www.prospera.gob.mx

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CONTRATO N” CNP/DCS-AD/O61/2018ESTRATlFlCAClÓN¦ NO MIPYME

En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del Contrato, la aplicación dela garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumpiidas.

Décima sExTA. - ocoucciomas.En caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento parcial o deficiente de cualquiera de susobligaciones contractuales, con base en lo establecido en la descripción y especificacionescontenidos en el Anexo Técnico, y a las cláusulas del presente Contrato "LA COORDINACIÓN"aplicará una deducción del 3% (tres por ciento) sobre el monto del servicio prestado de formadeficiente; el monto a deducir se aplicará en la factura que "EL PROVEEDOR" presente para sucobro. Lo anterior, en el entendido que de forma inmediata se cumpla con el servicio conforme a loacordado, en caso contrario "LA COORDINACIÓN" podrá iniciar en cualquier momento posterior alincumplimiento el procedimiento de rescisión del Contrato, considerando la gravedad delincumplimiento y los daños v perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado,representados por "LA COORDINACIÓN". Esta deducción no podrá exceder del 10% del montototal del Contrato.

Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el Impuesto al ValorAgregado.

La notificación v cálculo de las deducciones correspondientes la realizará la Dirección deComunicación Social de “LA COORDINACION", debiendo quedar asentada en el Acta de Entrega-Recepción correspondiente.

DECIMA SÉPTIMA. - SANCIONES ADMINISTRATIVAS.

Cuando "EL PROVEEDOR" infrinja las disposiciones de la Lev de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios del Sector Público, será sancionado por la Secretaria de la Función Pública de conformidadcon lo establecido en los articulos 59, 60 y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos vServicios del Sector Público; 109 v 115 de su Reglamento. '

DECIMA OCTAVA. - EXCLUSIÓN LABORAL.

“LAS PARTES” convienen en que “LA COORDINACIÓN” no adquiere ninguna obligación decarácter laboral con "EL PROVEEDOR”, ni las empresas que representa en exclusividad por lo cuaino se le podrá considerar como patrón ni aún sustituto. En particular, el personal se entenderïì/relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon y, por ende, cada una de ellaasumirá su responsabilidad por dicho concepto.

Igualmente, v para este efecto v cualquiera no previsto. "EL PROVEEDOR” exime expresamente a“LA COORDINACIÓN" de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal. de seguridad social o deotra ecie que, en su caso, pudiera llegar a generarse respecto de sus empleados. u otrasrelaci n scomerciales.

12Este pr grama es público. ajeno a cuaiquier partido politico. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo

social. Av. insurgentes Sur 1480, Barrio Actìpan, Deleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230Teié†`ol1o:5-482 0700 | www.prospera.gob.mx

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CONTRATO N" CNP/DCS-AD/061/2018ESTRATIFICACIÓN: NO MIPYME

Por lo anterior, LAS PARTES reconocen expresamente en este acto que “LA COORDINACIÓN"no tiene nexo_ laboral alguno con “EL PROVEEDOR", por lo que este último libera a "LACOORDINACION" de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad quepudiera sufrir o contraer durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, asícomo de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Lev Federal del Trabajo, Ley deiSeguro Social, Lev del INFONAVIT v/o cualesquiera otra aplicable, derivada de la prestación delservicio materia de este Contrato.

oíaciivio NovENA. - sus|=›ENs|óN DEL scnvicio.

Si durante la vigencia del Contrato se presentase caso fortuito o fuerza mayor, "LACOORDINACIÓN” bajo su responsabilidad podrá suspender su ejecución, lo que bastará seacomunicado por escrito de ésta a “EL PROVEEDOR" con 5 (cinco) dias naturales posteriores alhecho, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamenteprestados. Las partes pactarán el plazo de suspensión, por lo que si concluido el plazo persistìeranlas causas que dieron orígen a la suspensión, “LA COORDINACIÓN” podrá iniciar la terminaciónanticipada de la relación contractual que se formaliza.

Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA COORDINACIÓN” a solicitud escritade "EL PROVEEDOR", ésta cubrirá los gastos no recuperables, que se originen durante el tiempoque dure esta suspensión, para lo cual "EL PROVEEDOR” deberá presentar en un plazo máximo deun mes, contado a partir de la fecha de la suspensión del servicio, la factura v documentación de losgastos no recuperables en que haya incurrido, -siempre que estos sean razonables. esténdebidamente comprobados y se relacionen directamente con el Contrato.

Los gastos no recuperabies serán pagados en pesos mexicanos, dentro de un término que no podráexceder de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada de "ELPROVEEDOR".

En caso de que no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago,la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso.

VIGESIMA. - RESCISION.

"LA COORDINACIÓN" podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presenteContrato en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones en él establecidas y queestén a cargo de "EL PROVEEDOR”. Si previamente a la determinación de dar por rescindido elContrato se prestare el servicio, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación 3:0/verificación de "LA COORDINACIÓN" de que continúa vigente la necesidad de contar con ellosaplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes; por lo que, de maneraenunciativa. mas no limitativa, se entenderá por incumplimiento;

A) transcurrido el tiempo señalado para el inicio del servicio, éste no se inicia.

I3Este prògrama es público. ajeno a cualquier partido politico. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo

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ESTRATIFICACIÓN: NO MIPYME

B) Si "EL PROVEEDOR" no presta el servicio objeto de este Contrato de conformidad con lostérminos v condiciones establecidas en el presente Contrato.

C) Cuando "EL PROVEEDOR" ceda total o parcialmente, bajo cualquier titulo, los derechos yobligaciones a que se refiere este Contrato.

D) Cuando “EL PROVEEDOR” suspenda ínjustìficadamente la prestación del servicio.

E) Cuando "EL PROVEEDOR" no entregue dentro de ios diez dias siguientes a la firma delpresente Contrato la garantia de su cumplimiento, a que se refiere su Cláusula Quinta.

F) Cuando exista conocimiento v se corrobore que “EL PROVEEDOR" incurrió en violaciones enmateria penal. civil, fiscal, mercantil o administrativa, que redunde en perjuicio de ios interesesde "LA COORDINACIÓN", en cuanto al cumplimiento oportuno v eficaz en la prestación delServicio objeto del Contrato. `

G) Cuando “EL PROVEEDOR" incurra en el incumplimiento total o parcial de las obligaciones quese estipulen en el Contrato respectivo o de las disposiciones de la lev.

En general, por cualquier otra causa imputable a “EL PROVEEDOR" que lesione los intereses de"LA COORDINACION" o de las disposiciones de la Lev de Adquisiciones, Arrendamientos vServicios del Sector Público v su Reglamento.

Para el caso de optar por la rescisión del Contrato, “LA COORDINACIÓN" comunicará por escritoa "EL PROVEEDOR" el incumplimiento en que hava incurrido, para que en un término de 5 (cinco)días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime pertinentes,transcurrido dicho término "LA COORDINACION” tomando en cuenta los argumentos y pruebasofrecidos por "EL PROVEEDOR", determinará de manera fundada y motivada si resulta procedenteo no rescindir el Contrato, y comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR" dicha determinación,dentro de los 15- (quince) dias siguientes.

"LA COORDINACIÓN" podrá determinar no dar por rescindido el Contrato, cuando durante elprocedimiento advierta que su rescisión pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funcionesque tiene encomendadas. En este supuesto, "LA COORDINACIÓN" elaborará un dictamen en elcual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarian con la rescisión delContrato resultarian más inconvenientes.

Al no dar por rescindido el Contrato, "LAS PARTES".estabIecerán otro plazo. que le permitasubsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, el convenimodificatoria que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dosúltimos párrafos del artículo 52 de la Lev de Adquisiciones, Arrendamientos v Servicios del SectorPúblico

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Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, “LA COORDINACIÓN" quedaráexpresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del Contrato, aplicando las penasconvencionales o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.

VIGÉSIMA PRIMERA. - TERMINACIÓN ANTICIPADA.

“LA COORDINACIÓN” podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato, cuando concurranrazones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de laprestación del servicio originalmente contratado, y se demuestre que de continuar con elcumplimiento de las obligaciones pactadas. se ocasionaria algún daño o perjuicio al Estado, o sedetermine la nulidad de los actos que dieron origen al Contrato, con motivo de la resolución de unainconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a "ELPROVEEDOR” con 15 (quince) dias naturales posteriores al hecho. En este caso, "LACOORDlNAC|ÓN" a solicitud escrita de "EL PROVEEDOR" cubrirá ios gastos no recuperables enun plazo máximo de cuarenta y cinco días, contado a partir de la fecha de la suspensión oterminación del servicio, la factura y documentación de ios gastos no recuperables en que hayaincurrido, siempre que estos sean razonables. estén debidamente comprobados y se relacionendirectamente con el Contrato, objeto del presente instrumento contractual.

Los gastos no recuperables serán pagados en pesos mexicanos, dentro de un término que no podráexceder de cuarenta y cinco días naturales posteriores ala solicitud fundada y documentada de "ELPROVEEDOR".

VIGÉSIMA SEGUNDA. - CONFIDENCIAUDAD.

“LAS PARTES” se obligan a guardar la más absoluta privacidad respecto de la informaciónclasificada como reservada y/o confidencial que conozcan con motivo del presente Contrato, o delas labores inherentes o derivadas del mismo, toda vez que la misma no se encuentra disponiblepara otras personas.

"LAS PARTES" convienen en considerar como información Confidencial. toda aquella relacionadacon sus actividades propias, así como la relativa a sus funcionarios, empleados o cualquier terceroque le sea transmitida con ese carácter, los archivos electrónicos. documentos digitales o impresos,el Padrón de Trabajadores de “PROSPERA", que se generen a partir de la obtención 0 del acceso ala información Confidencial con motivo de la ejecución del objeto del presente Contrato.

"LAS PARTES" acuerdan que, la información Confidencial no podrá ser copiada, duplicada total oparcialmente en ninguna forma ni por ningún medio ni podrá ser divulgada a terceros que no seanusuarios autorizados, total o parcialmente en sus expresiones, ideas, material, ni permitirá quffi/ningún tercero haga copias o duplicados de la misma, y deberá ser devuelta a la otra Parte o bien,destruìrse. Las obligaciones de confidencialidad asumidas por "LAS PARTES" subsistirán demanera interrumpida v permanente aún después de concluida la vigencia del mismo.

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VIGÉSIMA TERCERA. - CONCILIACIÓN.

"LAS PARTES" acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de laejecución y cumplimiento del presente Contrato, se someterán al procedimiento de conciliaciónestablecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios delSector Público; 126 al 136 de su Reglamento, en tal virtud, la parte promovente solicitará medianteescrito el inicio del procedimiento de conciliación, en los siguientes términos;

1. El escrito a que se refiere el párrafo anterior deberá presentarse ante a la Secretaría de laFunción Pública o al Organo interno de Control en PROSPERA, como autoridad competentepara conocer del mismo.

2. En dicho escrito, el promovente deberá precisar el nombre. denominación o razón social dequién o quiénes promuevan, en su caso de su representante legal, domicilio para recibirnotificaciones. así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas, lapetición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición. el órganoadministrativo a que se dirigen y lugar y fecha de su emisión, deberá hacer referencia al objeto.vigencia v monto del Contrato y, en su caso, a los convenios modificatorios, debiendo adjuntarcopia de dichos instrumentos debidamente suscritos- En los casos en que el solicitante nocuente con dichos instrumentos, por no haberse formalizado, deberá presentar copia del fallocorrespondiente. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal. amenos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital.

3. Si el escrito de solicitud de conciliación no reúne los requisitos indicados, la autoridad queconozca del caso deberá prevenir a los interesados, por escrito y por una sola vez. para quesubsanen la omisión dentro del término que establezca la dependencia u organismodescentralizado, el cual no podrá ser menor de cinco días hábiles contados a partir de que hayasurtido efectos la notificación; transcurrido el plazo correspondiente sin desahogar laprevención. se desechará el trámite.

4. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría de la Función Pública señalará dia y horapara que tenga verificativo la audiencia de conciliacióny citará a las partes. Dicha audiencia sedeberá iniciar dentro de ios quince dias hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud.

5. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que lainasistencia por parte de “EL PROVEEDOR" traerá como consecuencia tener por nopresentada su solicitud.

VIGÉSIMA CUARTA. TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN.

“LAS PARTES” convienen que la información y documentación que les sea proporcionada LO/obtenida en virtud del objeto materia del presente Contrato será pública; sin embargo, podra sercla ' 'cada como reservada o confidencial cuando ésta sea catalogada con tal carácter, deco midad con lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública; la

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CS-AD/061/2018

la información Pública; los `materia de Clasificación y De

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CONTRATO N° CNP/D

Ley Federal de Transparencia y Acceso aTransparencia Y Acceso a la información Pública enInformación, así como para ia Elaboración de Versiones Public

“LAS PARTES" acuerdan que observarán íntegramente el contenidoConstitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Transpara la información Pública. de la Ley General de Transparencia v Acceso a la información Publicomo sus Reglamentos, por lo que ia información a la que tengan acceso y la que se genere para elcumplimiento de su objeto, estará sujeta a dichos ordenamientos.

VIGESIMA QUINTA. - CUMPLIMIENTO DE LA LEY FEDERAL PARA L_A PREVENCIÓN EIDENTIFICACION DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILICITA.

En cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operacionescon Recursos de Procedencia ilícita. su Reglamento y Reglas Generales, "EL PROVEEDOR", deberáen todo momento proporcionar ia información que en su caso le sea requerida derivada de losAvisos presentados ante el Servicio de Administración Tributaria, que se puedan relacionar con laconsecución del objeto de presente Contrato y proporcionada por “LA COORDINACION", con ladebida reserva y correcto manejo de la información provista para tales efectos.

v|GÉs|MA sExTA. - LEGISLACIÓN APUCABLE.

“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación del servicio objeto de esteContrato. a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, a la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; al Código Civil Federal; a la LeyFederal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley

al de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria v su Reglamento, y alas demás disposiciones` bles. _

D1cc|óN.

etación v cumplimiento de este Contrato. así como` risdìcción v competencia de los Tribunales

al fuero que pudiera corresponderles

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Feder" saplica

JURIS

interpr' a la ju

ente

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juridica

v|GÉs|MA SÉPTIMA. -

"LAS PARTES" convienen que, para lapara lo no previsto en el mismo, se someteranFederales de la Ciudad de México, renunciando expresamen razón de su domicilio actual o futuro.

LEÍDO QUE FUE POR LAS PARTES QUE EN EL INTERVIENEN Y ENTERADACONTENIDO Y ALCANCE LEGAL. SE FIRMA _EL PRESENTE CONTRATO, EN SEIS TANTOS,MARGEN Y AL CALCE. EN LA CIUDAD DE MEXICO. EL 31 DE JULIO DE 2018.

ama es público. ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para lines distintos al desarrolloInsurgentes Sur 1480, Barrio Actìpan, Deleg. Benito .luárez._ Ciudad de México, C.P. 03230

Teléfono: 5482 0700 I www.prospcra.gob.mx

Este progisocial. Av.

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CONTRATO N” CNP/DCS-AD/O61/2018esrnariricnciom No MIPYME

Por "EL PROVEEDOR"Por "l.A COORDINACI II N" ESTUDIOS AZTECA S.A. DE C.V.

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\Pm- "LA UNIDAD ADMINISTRATIVAREQUIRENTE DE Los senvlclos Y

ENCARGADA Dc su suI›I:Rv|sIóN"DI ' N DE co uNIcAcIóN socIAt.

L.C.C. A ARLETTE BAÑOS ALVAREZDIRECTORA _

_ arrlinaciónDIRECCIO URI ICA CO S TIVA

,_,,__ __-__ AUD, g _fi__ ÑLICENCIADO J IO ANTONIO SARABIA

G LLARDODIRECTOR

EL PRESENTE CONTRATO SE REVISA EN CUANTO A LA FORMAJURÍDICA POR LO QUE LOS COMPROMISOS SUSTANTWOS QUE SEASUMAN CON LA CELEBRACION, ASÍ COMO LOS ASPECTOS TÉCNICOSOPERATIVOS, PRESUPUESTALES Y FISCALES SON RESPONSABILIDADEXCLUSIVA DEL AREA OPERATIVA -

ISEste programa es público. ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo

social. Av. insurgentes Sur 1480, Barrio Actipan, Deleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230Teléfono: 5432 0700 1 www.prospeI'a.g0l:I.mx

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/O61/2018ESTRATIFICACIÓIIH NO IVIIPYME

ANEXO TÉcNIco

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I9Este programa es público. ajeno a cualquier partido politico. Queda prohibido ei uso para fines distintos al desarrollo

social. Av. Insurgentes Sur M80, Barrio Actìpan, Deleg. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03230Teléfono: 5482 0700 | www.prospera.gob.Inx

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CONTRATO N” CNP/DCS-AD/061/2018

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ESTRATIFICACIÓN: NO MIPYME

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cooaotwxclón nAc|oNAL DE PRosPERA PROGRAMA os |Nc|.us|oN soc|A|.mneccrón es comunicación social.

ANEXO TECNICO D_EL SERVICIO DE DIFUSION DE LA CAMPAÑA “ACCIONES DEPROSPERA" VERSION "FAMILIAS BENEFICIARIAS” DE PROSPERA PROGRAMA DEINGLUSIÓN SOCIAL A TRAVES DE UNA TELEVISDRA CON COBERTURA A NIVELNACIONAL PARA TRANSMISIÓN ESTATAL.

OBJETIVO: Contratar el servicio de difusion a través de una televisora, a tin difundirla campaña “Acciones de PROSPERA” versión “Familias beneficiarias“, enChiapas. Oaxaca; Tabasco y Jalisco, basada en el Programa Anual deComunicación Social para el Ejercicio Fiscal 2018.

JUSTIFICACIÓN: La campaña "Acciones de PROSPERA" versión “Familiasbeneficiarias“ se llevará a cabo durante 30 dias naturales dentro de los mesesseptiembre y octubre en el periodo de vigencia del contrato, está planteada pararealizarse en los estados de Chiapas. Jalisco, Oaxaca y Tabasoo, los cuales seeligieron tomando en cuenta las últimas dos campañas de comunicación socialrealizadas por el Programa; con la finalidad de impactar en los municipios y capitalescon mayor número de población.

Para la campaña de comunicación social realizada en 2016, se tuvo como objetivocontemplar a los estados de menor y mayor población beneficiaria y para 2017únicamente se consideraron los diez estados con mayor ooncemración.

Para 2018 se considera necesario seguir con la cobertura en dos de los estadoscon mayor número de familias beneficiarias. Chiapas y Oaxaca, con el tin de que elpadron de beneficiarias y la población en general se mantengan informadas de losapoyos que brinda el Programa, pero de igual manera es imperante llegar a lasentidades en las cuales no se ha realizado la difusión de este, teniendo unalôjconcentración media de poblacion tanto de beneficiarios como no beneficiarios, polo que se eligieron Tabasco y Jalisco, con esto, buscamos que un mayor número debeneficiarios así como público en general, conozcan más sobre las acciones dePROSPERA Programa de inclusión Social. '

POBLACIÓN OBJETIVO: La poblacion objetivo de la campaña "Acciones dPROSPERA" versión “Familias beneficiarias", como lo marca el Programa Anual dComunicacion Social para el Ejercicio Fiscal 2018 es: hombres y mujeres de 19 a64 años de edad, población urbana y rural, de clase media, media baja. baja.

Para la contratación del servicio de difusion a través de una televisora en ios estadosde Chiapas, Oaxaca. Tabasco y Jalisco. se requiere impactar a hombres y mujeres

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CONTRATO

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N” CNP/DCS~AD/061/2018

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ESTRATIFICACIÓN: NO MIPYME

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cooRoiNAc1óN NACIONAL DE PRosPERA PRoç;RAiv|A oe incLus|oN soc|A|.DIRECCION DE comuN|cAc|oN soc|AL

ANEXO TÉCNICO DEL SERVICIO DE DIFUSIÓN DE LA CAMPAÑA “ACCIONES DEPROSPERA" VERSION "FAMILIAS BENEFICIARIAS" DE PROSPERA PROGRAMA DEINCLUSIÓN SOCIAL A TRAVES DE UNA TELEVISORA CON COBERTURA A NIVELNACIONAL PARA TRANSMISION ESTATAL.

de clase media, media baja (nivel socioeconómico C y D). de poblacion urbana yrural.

VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia de la contratación sera a partir del día dela asignación del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2018, de acuerdo a losterminos y condiciones establecidos en el presente Anexo Técnico. La difusión dela campaña se determinará a través de la orden de transmisión entregada por laDirección de Comunicación a cada medio y la ejecución será de 30 dias naturalesdentro de los meses septiembre y octubre en el periodo de vigencia dei contrato.

SERVICIO A CONTRATAR: Servicio de difusión de la campaña "Acciones dePROSPERA" versión “Familias beneficiarias” a través de una televisora concobertura nacional para transmisión estatal, como parte de la Estrategia deComunicación para el año 2018. basada en la Campaña de Comunicación paradifundir los apoyos de PROSPERA.

CARACTERÍSTICAS: El servicio para difusión a través de 170 transmisiones de unspot de 30 segundos en horario matutino y vespertino de lunes a domingo entelevisora nacional para transmisión estatal para difundir la campaña “Acciones dePROSPERA” versión “Familias beneficiarias" como parte de la Estrategia deComunicación para el año 2018, basada en el Programa Anual de ComunicacióigjSocial para el Ejercicio Fiscal 2018 se desarrollará dela siguiente manera.

Descripcionl Transmisiones Nivel T A ii jEstatal l2 impactos diarios de un spot de 30

§ 52 ¡m actos segundos por 22 dias (de lunes aj P viernes) y 1 impacto sábados y 1I domingos (durante 4 semanas) en

horario matutino y vespertino.

Chiapas

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Teléfono: 5482 0700 [ www.prospera.gob.n1x

"Oaxaca Ñ A 2 impactos diarios de un spot_de30" Estatal* A É ÚIZsegundos por 22 dias (de lunes a j

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PROSPERAPROGRAMA

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cooRo|NAcióN Nncionm. DE PRosPERA |=RocRAu|A DE iNcLus|óN soc|ALomscoión oe comunicnclón socmt.

ANEXO TECNICO DEL SERVICIO DE DIFUSION DE LA CAMPANA "ACCIONES DEPROSPERA” VERSION “FAMILIAS BENEFICIARIAS" DE PROSPERA PROGRAMA DEINCLUSION SOCIAL A TRAVÉS DE UNA TELEVISORA CON COBERTURA A NIVELNACIONAL PARA TRANSMISION ESTATAL.

52 impactos viemes) y 1 impacto sábados y 1 ,domingos (durante 4 semanas) en Ihorario matutino y vespertino. `

i Tabasco 2 impactos diarios de un spot de 30 Estatal .É _ segundos por 22 dias (de lunes a` 44 Impacws viernes) en horario matutino y

vespertino.

Jalisco i 1 impacto diario de un spot de 30 Estatal` 22 ¡mpados * segundos por 22 dias (de lunes a

šviernes) en horario matutino yj l1 (vespertino.l l

170 impactosTotai

La Dirección de Comunicación Social será la encargada de dar al proveedoradjudicado al dia hábil siguiente a la adjudicación, el spot para televisión conduración de 30 segundos de la campaña "Acciones de PROSPERA” versióäì/"Famiiias beneficiarias" para ser transmitidos en la televisora en ei fom1atrequerido.

Será la Dirección de Comunicación Social, a traves de la orden de transmisión,quien establecerá la fecha en que deberá iniciar la transmisión del número de spotscontratados.

Entregablest

a DI' _ , ,, _Social a través de un iueclo de los sig_ui_ente_s entreqables:

ø Bitácora de transmisión con los programas donde se difundirá el spotdesignados por la Dirección de Comunicación Social en la orden detransmisión.

3

`l`clét`ono: 5482 0700 | W\vw.p1'ospcra.goi›.n1x

E estaciógidegs¿_e|1li_c_io será verificada por parte de la_Direoción de Comuniwciónw

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CONTRATO N” CNP/DCS-AD/061/2018Es'rRAr|i=|cAc|óN: No lvllvvlvis

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COORDINACION NACIONAL DE PROSPERA PROGRAMA DE INCLLISION SOCIALDIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL

Anexo Técnico csi. senvtcio oe ol|=us|óN oe LA CAMPANA “Acciones oePRosl=-ERA" vERslóN “1=Am||.1As eeNE|=|clAR|As" oe |=RosPeRA PROGRAMA oe|NcLus|óN soc|AL A 'rRAvÉs DE UNA ïEr.Ev|soRA con coeeR'ruRA A nivel.NACIONAL PARA TRANsu|s|oN ESTATAL.

o Testigos de video ocn audio (en formato .mpg4 o .mov o .mpg) del 30% delos spots difundidos con tres segundos de la transmisión anterior según lapauta de cada programa.

Dicha pauta deberá ser entregada de manera impresa debidamente firmada por elproveedor, en tanto que los testigos de video digitalizados (cd yƒo dispositivo dealmacenamiento usb) en las instalaciones que ocupa la Coordinación Nacional dePROSPERA Programa de inclusión Social. ubicadas en Insurgentes Sur 1480. piso11, Col. Barrio Actipan. Delegación Benito Juárez, C.P. 03230. Ciudad de México,dentro de los cinco dias hábiles posteriores a la finalización de la difusión para larevisión y aceptación de la Dirección de Comunicación Social, en un horario de las9:00 a ias 18:00 hrs, de lunes a viernes.

El material proporcionado por la Dirección de Comunicación Social es de usoexclusivo para los fines de este anexo, queda prohibido su uso para fines distintosal desarrollo social. reservándose en todo momento la Coordinación Nacional dePROSPERA Programa de Inclusión Socia! las acciones legales a que haya lugarpor el incumplimiento de dicha prohibición, así como det uso indebido de la imagende PROSPERA que llegara a hacer el proveedor.

PENAS CONVENCIONALES: En caso de que se presente atraso en la prestacióä/del servicio, la Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Sociapìicará una pena convencional equivalente al 0.5% (cero punto cinco por ciento)por cada dia natural de demora sobre el monto de los senricios no prestados deconformidad a la descripción y especificaciones contenidos en este Anexo Técnico,sin que la acumulación de esta pena exceda el equivaiente al monto total de lagarantia de cumplimiento correspondiente.

GARANTÍAS: Con fundamento en lo establecido en los articulos 48 fracción ll y 49

y 103 de su Reglamento, asi como a lo estipulado por la Ley de instituciones d

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Seguros y Fianzas; (se aplicará en lo conducente, lo establecido en el Reglamentdel articulo 95 de la Ley Federal de instituciones de Fianzas); a la última reforma

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Teléfono: 5482 0700 I www.prospcra.gob.mx

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CONTRATO N° CNP/DCS-AD/C61/2018

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COORDINACIÓN NACIONAL DE PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSION SOCIALDIRECCIÓN DE COMUNICACION SOCIAL

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ANEXO TÉCNICO DEL SERVICIO DE DIFUSIÓN DE LA CAMPAÑA "ACCIONES DEPROSPERA" VERSION “FAMILIAS BENEFICIARIAS" DE PROSPERA PROGRAMA DEINCLUSiON SOCIAL A TRAVES DE UNA TELEVISORA CON COBERTURA A NIVELNACIONAL PARA TRANSMISIÓN ESTATA1..

de la Ley del Servicio de Tesoreria dela Federación, publicada en el Diario Oficialde ta Federación el 30 de diciembre de 2015. a las Disposiciones Generales a quese sujataràn las garantias otorgadas a favor del Gobiemo Federal para elcumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan lasdependencias y entidades en los actos y contratos que celebren.

FORMA DE PAGO: El pago serà en una sola exhibición. No se otorgarán anticipos.El pago se hara una vez prestado en su totalidad el servicio a entera satisfacción dela Coordinación Nacional, de acuerdo al presente Anexo Técnico y validados susentregables. los cuales deberán estar de acuerdo a los términos y condiciones delmismo y de la orden de transmisión entregada al medio (televisora). El proveedordebera presentar en la Dirección de Comunicación Social ta factura corrmpondientecon los requisitos legales, por los servicios efectivamente devengados y proceder asuscribir el Acta de Entrega-Recepción del senricio prestado. por cuadrupllcado.

El pago se realizará por transferencia electrónica dentro de los 20 dias naturalesposteriores a la presentación de la factura, debidamente aprobada por el árearequirente por el servicio prestado, en terminos de lo establecido por el artículo 51de Ia Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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Se testan los datos personales contenidos en el presente documento, en virtud de tratarse de

información confidencial, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 116 dela Ley General de

Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113 fracciones Iy III de la Ley Federal de

Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3, fracciones IX, X y 84 fracción I de la Ley General

de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Versión Pública que fue

elaborada por la Dirección de Comunicación Social y aprobada durante la Vigésima Sesión

Extraordinaria del Comité de Transparencia dela Coordinación Nacional de Transparencia del

ejercicio 2018.