estudio integral de la nomina.pptx

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C.P. BENITO LUNA MONTOYA 1 Rio Bravo, Tamaulipas, a 16 de Enero de 2014

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NMINAS

UNIVERSIDAD DEL NORESTE DE MEXICOC.P. BENITO LUNA MONTOYA1

Rio Bravo, Tamaulipas, a 16 de Enero de 20141C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012Estudio Integral de la Nmina22C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012NORMATIVIDAD3Constitucin Poltica de los Estados Unidos MexicanosLey Federal del TrabajoLey del Seguro SocialLey del Impueto Sobre la Renta3C.P. Benito Luna M 21-Abr-20124ARTCULO 123 CONSTITUCIONALSe integra de dos apartados: A y BEl apartado A se integra con XXXI FraccionesEl apartado B se integra por XIV FraccionesEl Artculo 123 Constitucional contiene una declaracin de Derechos Sociales, es decir, un conjunto de Derechos a favor de los trabajadores subordinados.4C.P. Benito Luna M 21-Abr-20125TRABAJADOR Art. 8 LFT.- Es la persona fsica que presta a otra, fsica o moral, un trabajo personal subordinado.

Elementos que lo integran:

Es una persona fsica Presta un trabajo personal El trabajo es subordinado

5C.P. Benito Luna M 21-Abr-20126PATRN Art. 10 LFT.- Es la persona fsica o moral que utiliza los servicios de uno o de varios trabajadores.

6C.P. Benito Luna M 21-Abr-20127REPRESENTANTE DEL PATRN Art. 11 LFT.- Son los directores, administradores, gerentes y dems personas que ejercen funciones de direccin o administracin en una empresa o establecimiento.

7C.P. Benito Luna M 21-Abr-20128EMPRESA Art 16 LFT.- Es la unidad econmica de produccin y distribucin de bienes y servicios.

ESTABLECIMIENTO

Art 16 LFT.- Es la unidad tcnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante es parte integrante de la empresa y contribuye a la realizacin de sta.8C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012GENERALIDADES DE LA NMINA99C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012CONCEPTO DE NMINA10Documento en el que se consignan los das trabajados y los sueldos percibidos por los trabajadores y se asientan los dems conceptos de percepcin o deduccin de cada uno de ellos en un perodo determinado.10C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012TIPOS DE NMINA11 Regulares Para cubrir prestaciones Especiales Al momento del retiro11C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012ENTORNO DEL PROCESO DE NMINA1212C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012EL PROCESO DE NMINA: DONDE EMPIEZA Y DONDE TERMINAEl proceso de nmina empieza por la definicin de polticas relativas al pago a trabajadores y termina con el pago de participacin de los trabajadores en las utilidades (incluyendo a los exempleados), pasando por las tareas como alta del empleado, presentacin de avisos, elaboracin de nmina, pago de sueldos, pago de prestaciones, pago de indemnizaciones, presentacin de declaraciones, etc1313C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA ELABORAR LA NMINADefinicin de polticas de pago y de descuento.Definicin de calendarios de pago.Alta de los empleados.Consideracin de los movimientos de incidencias.Consideracin de conceptos de pago y descuento para la nmina.Consideracin de los pagos o descuentos fijos.

Obtencin y chequeo de cifras de control.Clculo de la nmina.Obtencin de reportes y archivos. Pago de nminaContabilizacin. Presentacin de informes y declaraciones.1414C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012DATOS DE LA EMPRESA Y EMPLEADO1515C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012INFORMACION BASICANombre de la empresa, RFC, NRP, Zona del salario mnimo, giro empresarial, representante legal, prima de riesgo de trabajo, clasificacin de grado de riesgo, Calendario de pagos, das no laborables, formas de pago, Turnos laborales.Numero de empleado, Nombre del empleado, CURP, RFC, NSS, Lugar y fecha de nacimiento, Estado civil, lugar de trabajo, Categora de empleado, tipo de contratacin, situacin contractual, fecha de ingreso. 1616C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012Necesidades de polticas de pago, descuento y prestacionesPolticas de Tiempo ExtraordinarioPolticas de VacacionesPolticas de GratificacionesPolticas de ComisionesPolticas de Fondo de AhorroPolticas de Bonos especialesPolticas de Descuento por prestamosPolticas de Descuento por fondo de ahorroPolticas de Desto. por alimento o habitacin1717C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012Ejemplos normas de un manual de nomina:Se estima que cada nomina debe elaborarse con dos das de anticipacin, y hasta esa fecha se consideraran las incidencias (faltas, incapacidades, tiempo extra).En semana santa los das jueves y viernes se otorgan a cuenta de vacaciones y para tener lista la nomina, se har sin incluir incidenciasSe creara una lista de vacaciones para una mejor programacin en los descansos.1818C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012Ejemplos de polticas:El tiempo extra solo ser otorgado por escrito, previa autorizacin del gerente.El aguinaldo deber ser pagado en la segunda semana del mes de diciembre y consistir en 50 das de salario para cada empleado de la empresa.El premio de asistencia se entregara nicamente si dentro del registro de asistencia tuvo una puntualidad mayor del 50%.La prima vacacional consistir en 100% mas al que corresponda por concepto de vacaciones. 1919C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012OBLIGACIONES LEGALES Y FISCALESAl ingresar los empleados a la empresa:Elaborar contratos de trabajo individuales o colectivos Artculo 804 Fraccion I, LFTRegistrarlos ante el IMSS Artculo 15 de la Ley del IMSS Solicitar constancia expedida por el anterior empleador Articulo 98, Fraccion II LISRProporcionar su RFC a su empleador o dar los datos necesarios para que lo inscriban al RFC Artculo 98, fraccin I LISR20LISR, LFT, LSS20C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012OBLIGACIONES LEGALES Y FISCALESDurante la Estancia en la empresa:Llevar registros de nomina y/o listas de raya, donde se asienten los datos del trabajador y los salarios percibidos, Artculo 804 Fraccin II, LFTEntregar al trabajador una copia del recibo de pago de sueldo, y anualmente una constancia donde contenga su antigedad, y de acuerdo con ella el periodo de vacaciones y fecha del disfrute, Artculo 132 Fraccin VII, LFTDeterminar la cuotas obrero-patronales, Artculo 15 Fraccin III, LSS2121C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012OBLIGACIONES LEGALES Y FISCALESDurante la Estancia en la empresa:Efectuar las retenciones sealadas en el articulo. 96, Artculo 118 LISR.Determinar el monto y entregar al IMSS e INFONAVIT las cuotas obrero patronales, Artculo 15 Fracc III, LSS.Determinar el monto y enterar el Impuesto Sobre Nominas a la Entidad Federativa.Descontar las amortizaciones al INFONAVIT por crdito de vivienda que tengan los empleados, Artculo 29 Fraccin III LINFONAVIT.2222C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012OBLIGACIONES LEGALES Y FISCALESAnualmente:Calcular el impuesto del ISR, Artculo 97 LISR .Entregar constancia de percepciones y retenciones, a mas tardar el 15 de febrero, Artculo 99 Fraccin VI LISR.Presentar cada 15 febrero, declaracin informativa de sueldos y salarios, y subsidio al empleo entregado a los trabajadores, Artculo 99 Fraccin VII LISR.Revisar y en su caso modificar la PRT, Artculo 74 LSS y 32 RLSS2323C.P. Benito Luna M 21-Abr-2012OBLIGACIONES LEGALES Y FISCALESCuando sea requerido por las autoridades:Proporcionar al IMSS/INFONAVIT los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuanta de las obligaciones a su cargo.Permitir las inspecciones y vistas domiciliarias del IMSS y del INFONAVIT, as como atender los requerimientos de pago.Conservar y exhibir los contratos laborales en juicios, listas de raya o nominas, listas de asistencia y pagos de prestaciones.2424C.P. Benito Luna M 21-Abr-201225IMPORTANCIA DE LA PRIORIDAD DEL CALCULOEn el catlogo de conceptos, se da un orden a los conceptos, primero los conceptos de pago y luego el ISR.En primera instancia, se harn los descuentos como faltas o incapacidades, despus los descuentos legales y por ultimo los descuentos propios de la empresa25C.P. Benito Luna M 21-Abr-201226IMPORTANCIA DE SU CONTABILIZACIONTodos los pagos que hagamos a un empleado deben ser hechos a travs de un concepto de nomina, o deben incorporarse despus a una nomina posteriormente, y que todas las nominas deben ser contabilizadas.27Catlogo de ConceptosPercepcionesIngresos porsu trabajoAuxiliaresCotidianoPrestacionesFijasVariablesEventualesVariablesAnualesAl retiroQue son pagoal empleadoOtros auxiliaresDevoluciones de descuentosPagos que no son ingresos fiscalesPercepciones exentasPercepciones no IntegralesProvisionesDictamen SSCotidianoDescuentos naturalesDescuentos LegalesOtros DescuentosA favor del empleadoA favor de tercerosA favor de la empresaBasesEstas son las que acumulan los importes o das de variosde los conceptos de los anteriores

28ClasificacinNumeroPercepcionesFijas001-019Variables020-040Eventuales041-099PrestacionesVariables100-149Anuales150-179Al Retiro180-199AuxiliaresDevolucin de descuentos200-249Pagos NO ingresos fiscales250-299Percepciones exentas300-349Percepciones no integrables350-399Provisiones400-449Dictamen SS450-499DeduccionesDescuentos naturales500-549Descuentos legales550-599Otros descuentos a favor del empleado600-649Otros descuentos a favor de terceros650-699Otros descuentos a favor de la empresa700-899BasesAcumulacin de varios anteriores900-99729INTEGRACION SALARIALINTEGRACION PARA LFTINTEGRACION PARA ISRINTEGRACION PARA LSSINTEGRACION PARA INFONAVIT30INTEGRACION PARA INFONAVIT

En la LFT establece la obligacin de las empresas de proporcionar habitacin a sus trabajadores (Art.136 LFT) y para ello precisa la obligacin de entregar el 5% sobre los salarios al INFONAVIT.31INTEGRACION PARA INFONAVIT

Art. 143 LFT No integran al salario Los instrumentos de trabajoEl ahorro, en forma equitativaAportaciones al SS e INFONAVITLa alimentacin y habitacin de forma onerosaPremios por AsistenciaEl tiempo extraordinario, salvo que sea fijo32INTEGRACION PARA INFONAVIT

Art. 144 LFTSe tendr como salario mximo el equivalente a 10 VSMGACArt. 29 LINFONAVITFracc. II. ... En lo conducente en integracin y calculo de la base y limite superior, se aplicara lo contenido en LSS.33INTEGRACION PARA LSS

Art. 27 LSS No integran al salario Los instrumentos de trabajoEl ahorro, en forma equitativaAportaciones al SS e INFONAVITLa alimentacin y habitacin de forma onerosaLas despensas en especie o dineroPremios por Asistencia y puntualidadEl tiempo extraordinario, salvo que sea fijo

34INTEGRACION PARA LSS

Los asegurados se inscribirn con el salario base de cotizacin, como limite superior el equivalente a 25 VSMDF, y como limite inferior el SMGAGC.

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INTEGRACION PARA LSSFACTORES PARTE FIJA DEL SALARIO36INTEGRACION PARA LSSCALCULO DE LA PARTE VARIABLESe compone del resultado de dividir la suma de todas las percepciones variables afectas a SS pagadas realmente en el bimestre, entre el numero de das de salario devengado en el mismo bimestre

37SALARIO BASE DE COTIZACION (SBC)LA SUMA DE LA PARTE FIJA Y LA PARTE VARIABLE SERA EL SALARIO DIARIO INTEGRADO (SDI).EL SDI TOPADO SERA EL SBC, SI EL SDI ES MENOR AL TOPE DE 25 VSMDF, ESE SERA EL SBC.38TOPES IMSS / INFONAVITIMSS%TOPEEnfermedad y maternidad En especie20.80%1.10%1 SMGDF, Del excedente de la diferencia /SBC Y 3 VSMDFEn dinero0.925%SBCInvalidez y vida2.380%SBCRetiro2.000%SBCCesantia y Vejez4.280%SBCGuarderias1.000%SBCPrestaciones sociales Pensionados1.430%SBCInfonavit5.000%SBCEL TOPE MAXIMO PARA SBC SERAN 25 VSMGAGC39LOS TOPES MAXIMOS PARA ISR, CORRESPONDERA DEL TOTAL PAGADO AL EMPLEADO MENOS LO INDICADO EN EL ARTICULO 109 LISRSe vera con detalle en el clculo del ISPT40POLITICAS DE PAGO, DE DESCUENTO Y DE PRESTACIONES41

42Sueldos y salariosAunque es en la LFT en donde se define salario (Art. 82 LFT), en la practica se ha dado en llamar sueldo a la percepcin diaria que recibe un empleado de oficina y salario al que recibe un obrero en rea fabril.Regularmente cuando se trata de un obrero, el pago se hace semanalmente (Art. 88 LFT) y cuando se trata de un empleado, el pago es por quincena. Regla que admite excepciones.43Sueldos y salariosEs natural que la fecha de pago del ultimo periodo del ao no coincida con el cierre del ejercicio fiscal, entonces tendremos dos criterios:Hacemos una nomina especial para crear el pasivo por los das entre el ultimo pago y el cierre del ejercicio.Consideramos la importancia relativa de esta situacin y no hacemos nada al respecto, ya que la diferencia no es representativa, tomando en cuenta, que al principio del ao traemos das del ejercicio anterior.44Sueldos y salariosCuando un empleado ingrese a la empresa en los ultimo das del periodo, pueden hacerse dos cosas:Decidir cubrir el salario fuera de nmina, en una de ajuste.O bien incluir esos das en la semana siguiente.Los sueldos y salarios no son sujetos de embargo (Articulo 112 LFT). La JCA procedera al embargo y remate de los bienes necesarios para el pago de salarios e indemnizaciones45

46VacacionesNormalmente las empresas formulan en el mes de diciembre el calendario bajo el cual los empleados disfrutaran de las vacaciones en el ao siguiente.Los dias de vacaciones deben ser efectivos (no festivos legales o por incapacidad).No pueden compensarse con cantidad en numerario.47TABLA DEL GOCE DEL PERIODO VACACIONALAOS DE ANTIGEDADDAS DE VACACIONES1 ao6 das2 aos8 das3 aos10 das4 aos12 das5 -9 aos14 das10-14 aos16 das15-19 aos18 das20-24 aos20 das25-29 aos22 das30-34 aos24 das47C.P. Benito Luna M 21-Abr-201248Prima de VacacionesSe establece como minimo el 25% sobre el importe de vacaciones (Arti. 80 LFT).Es pertinente que se calcule en dias, ya que este nmero es parte para el clculo del salario diario integrado.Es frecuente que este rubro sea cubierno cuando efectivamente se tomen los dias de vacaciones y no antes.49

50Aguinaldo o Gratificacin anualSe establece que se debe pagar el equivalente a 15 das de salario, cuando menos, y antes del 20 de diciembre (Art. 87 LFT).Si el trabajador ingreso o termino la relacion laboral sin acumular un ao completo, debera pagarse la parte proporcional.

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52FaltasEl trabajador puede ausentarse eventualmente, estas pueden ser por faltas injustificadas, justificadas, o con goce de sueldo, pero indistintamente debera registrarse la incidencia.Las ausencias tambien pueden ser por tiempos menores a un dia, como los retardos, las salidas a citas medicas, que pueden ser contabilizados o no, que deberan ser tomados en cuenta para efectos de control.53FaltasEstas faltas pueden ser tomados como prestaciones, conceder dia(s) a trabajadores por el alumbramiento de la esposa; cuando ha fallecido un familiar cercano, cuando el trabajador contrae matrimonio civil por primera vez; cuando los cursos se realicen fuera de la empresa; cuando hay rdenes de aprensin originadas por el desempeo de su trabajo.Las faltas deben aparecer en el recibo de sueldo para conformidad del empleado.54FaltasDe acuerdo con LFT, por cada 6 dias de trabajo debe haber un descanso, por lo tanto, por la falta se debe descontar la parte proporcional de esos dias de ausencia.55

56IncapacidadesEs otra de las razones por las que un trabajador puede ausentarse de sus labores, seria por enfermedad o por maternidad.Tipos de IncapacidadRiesgos de TrabajoEnfermedad o Maternidad57IncapacidadesLos riesgos de trabajo pueden producir dos tipos de incapacidades:TemporalPermanenteMuerteSolo el riesgo de trabajo temporal, asegura el regreso del trabajador a la fuente laboral.58

59Tiempo ExtraordinarioEl tiempo extra, dice la LFT, es la prolongacion de la jornada de trabajoJornada de Trabajo: Tiempo durante el cual el trabajador esta a disposicion del Empleador, para la prestacion de su servicioJornadas de TrabajoDiurna(entre las 6 y 20 hrs.)Nocturna(entre las 20 y 6 hrs.)Mixta(que no exceda, nocturna 3.5 hrs)60Tiempo ExtraordinarioT.E. por Emergencia(Art. 134-VIII LFT)T.E. Doble(Art. 66 LFT)T.E. Triple(Art. 68-2o PARR. LFT)61

62Fondo y Caja de AhorroCon frecuencia se toman los dos conceptos como iguales, pero en escencia, hay diferencias.La Caja de Ahorra, es formada entre los trabajadores para fomentar el ahorro entre ellos, la aplicacion de la empresa comprende unicamente en los descuentos de este concepto, y los entrega a quienes administren los fondos. Y en este efecto el descuento se debe abocar al articulo 110-IV LFT, no mayor al 30% de excedente del salario minimo.63Fondo y Caja de AhorroEl Fondo de Ahorro, es una formula, misma que no esta regulada en la LFT, mas bien nacio por estrategia fiscal, incluso no afecto a las cuotas IMSS.Consiste en que una parte la aporta el trabajador y en igual cantidad la empresa, siempre y cuando de rebase mas del 13% del salario del trabajador y no mayor a 1.3 VSM.Esta aportacin es considerada como un concepto de prevision social64Fondo y Caja de AhorroPara el computo de las aportaciones del Fondo, se deben considerar en relacin a las insidencias ocurridas por faltas o incapacidades.65

66PTUNace por disposicion en la CPEUM (Art. 123-IX), donde seala que los trabajadores tendran derecho a una participacion en las utilidades de las empresasDebiendose pagar dentro de los 60 dias posteriores a la presentacion de la declaracion para efectos del ISR.Si hubiera alguna modificacion posterior y aumentara la base gravable, la parte que corresponda a PTU debe pagarse dentro de 60 dias siguientes a la presentacion de esta modificacin.67PTULa PTU no integra para efectos del impuesto sobre nominas.Para efectos del ISR, IMSS e INFONAVIT, tendra una excencion equivalente a 15 salarios minimos general del area geografica del contribuyente.68

69Jubilaciones, Pensiones y Haberes de retiroLa Jubilacion por pension puede ser por edad avanzada, por vejez, por invalidez y por riesgo de trabajo, y regularmente son adicionales y/o complementarias a las que otorga el IMSS, y por lo tanto requiere que el trabajador haya obtenido la jubilacion ante el instituto, salvo condiciones especificas en el Contrato Colectivo de Trabajo.Excencion de Jubilacion mensual hasta 9 VSMGM = (SM $ 67.29) $ 18,410.5470

71ComisionesNos referiremos a las comisiones o primas que reciben los empleados de las empresas por vender mercancias que la empresa expende o produce, o servicios que presta.El trabajador puede recibir una parte de su sueldo como parte fija y la comision ser adicional, o bien puede ser adicionalNaturalmente, las comisiones integran para salario para todos los efectos.72

73Da festivo trabajado o da descansoCuando es necesario que determinado trabajador labore en un festivo o de descanso, estaran obligados, pero tendrn derecho a que se les pague, independientemente del salario que le corresponde por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.El Dia festivo trabajado integra al salario para todos los efectos. Y el dia descanso, solo sera objeto de impuesto del ISR.74

75Prima DominicalLa LFT establece que cuando el trabajador preste sus servicios en domingo, se le deber pagar un prima adicional del 25%, por lo menos, sobre los salarios ordinarios de trabajo (Art. 71 LFT).Para la LISR, este pago estar exento hasta por el equivalente a 1 SMGAGC por cada domingo que labore.76

77Incentivos por Asistencia y PuntualidadUno de los principales problemas que enfrentan las empresas para cumplir con sus planes de productividad es la inasistencia y la inpuntualidad de los trabajadores.En terminos generales, las condiciones para otorgarse se estipulan en los contratos colectivos o individuales de trabajo, o bien en el Reglamento Interno de Trabajo.78Incentivos por Asistencia y PuntualidadEstso incentivos pueden fijarse en un porcentaje sobre el sueldo nominal o sobre el salario base de cotizacin.(Para efectos del SS, no integraran estos conceptos cuando no excedan del 10% sobre el SBC, por cada concepto) Con la nueva reforma a la LSS, se elimina esta excencion.Hoja1ANTIGEDADDIAS SUELDODIAS GRATIFICACIONDIAS PRIMASFACTOR DE INTEG0.001.003651521.0452051.012.003651521.0465752.013.003651531.0479453.014.003651531.0493154.015.003651541.0506859.0114.003651541.05205514.0119.003651551.05342519.0124.003651551.05479524.0129.003651561.05616429.0134.003651561.05753434.0139.003651571.05890439.0144.003651571.06027444.0149.003651581.061644

Hoja2ANTIGUEDADDIAS VACACIONESDIAS PRIMAS016.001.501.0128.002.002.01310.002.503.01412.003.004.01514.003.509.011416.004.0014.011918.004.5019.012420.005.0024.012922.005.5029.013424.006.0034.013926.006.5039.014428.007.0044.014930.007.50

DATOSTRABAJADOR 11.7095890411FECHA DE INGRESO15-Aug-101.71 AOS LABORADOSINIFINAGVACP. VACDIASTOTALINTEGRSALARIO DIARIO INTEGRADO$224.72$262.35VAR30-Apr-120.011.991561.5365381.501.0452SALARIO DIARIO$215.00ABRIL 201222.991582365382.001.0465TIEMPO EXTRA SEMANAL1581113DLMMJVS33.9915102.5365382.501.0479FONDO DE AHORRO10%SOBRE EL SD123456744.9915123365383.001.0493PREMIO POR PUNTUALIDAD10%SOBRE EL SD8910111213145915143.5365383.501.0506DESPENSA EN EFECTIVO10%SOBRE EL SD15161718192021101415164365384.001.0520TRABAJA TODOS LOS DOMINGOS DEL MES (4DOMINGOS)22232425262728151915184.5365384.501.0534EL MES DE CALCULO CORRESPONDE AL MES DE ABRIL 20122930202415205365385.001.0547MARZO 2012252915225.5365385.501.0561INCAPACIDADDEL 13-16 ABRIL 20124DLMMJVS303415246365386.001.0575FALTASDIA 12 DE ABRIL 20121123353915266.5365386.501.058945678910SALARIO MINIMO GENERAL DF$62.33111213141516171819202122232425262728293031DBC1DIAS DE SUELDO PAGADO + VACACIONES - FALTAS - INCAPCIDADESDBC2DIAS DE SUELDO PAGADO + VACACIONES - INCAPCIDADESDBC3DIAS DE SUELDO PAGADO + VACACIONES - FALTAS

CALCULO IMSS FIJASCALCULO CUOTAS OBRERO PATRONALESDIAS3061CONCEPTODBC1DBC2DBC3DBC1DBC2DBC3EYM PE CUOTA FIJA26EYM PE CUOTA ADICIONAL26EYM PREST EN DINERO26INVALIDEZ Y VIDA30GUARDERIAS30RIESGO DE TRABAJO30PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS26RETIRO60CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ61INFONAVIT61CONCEPTOSBC1SBC2SBC3SBC1SBC2SBC3EYM PE CUOTA FIJA1,620.58EYM PE CUOTA ADICIONAL980.98EYM PREST EN DINERO5,842.72INVALIDEZ Y VIDA6,741.60GUARDERIAS6,741.60RIESGO DE TRABAJO6,741.60PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS5,842.72RETIRO13,483.20CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ13,707.92INFONAVIT13,707.92CONCEPTOCUOTAS MENSUALESCUOTAS BIMESTRALESEYM PE CUOTA FIJA330.60EYM PE CUOTA ADICIONAL14.71EYM PREST EN DINERO55.51INVALIDEZ Y VIDA160.11GUARDERIAS67.42RIESGO DE TRABAJO175.17PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS83.26RETIRO269.66CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ586.01INFONAVIT685.40

TOTALES402.70484.080.01,271.410.0269.66

GRAN TOTAL2,427.85

CALCULO IMSS VARIABLESCALCULO CUOTAS OBRERO PATRONALESS1S2S3S4TOTALDIAS3061SUELDO SEMANAL1,505.00752.501,254.171,505.005,016.67CONCEPTODBC1DBC2DBC3DBC1DBC2DBC3TIEMPO EXTRA967.50430.00645.00806.252,848.75EYM PE CUOTA FIJA26FONDO DE AHORRO150.5075.25125.42150.50501.67EYM PE CUOTA ADICIONAL26PREMIO POR PUNTUALIDAD150.5075.25125.42150.50501.67EYM PREST EN DINERO26DESPENSA EN EFECTIVO150.5075.25125.42150.50501.67INVALIDEZ Y VIDA30PRIMA DOMINICAL53.7553.7553.75161.25GUARDERIAS30TOTAL2,977.751,408.252,329.172,816.509,370.42RIESGO DE TRABAJO30HORA EXTRAS TRABAJADAS15.008.0011.0013.00PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS26VARIABLESRETIRO60TIEMPO EXTRA483.750.0161.25322.50967.50CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ61PRIMA DOMINICAL53.750.053.7553.75161.25INFONAVIT61PARATE A INTEGRAR AL SDI37.63CONCEPTOSBC1SBC2SBC3SBC1SBC2SBC3SUELDO DIARIO215.00AGUINALDOP. VACACIONALEYM PE CUOTA FIJA1,620.58FIJAS DIARIO9.728.840.88EYM PE CUOTA ADICIONAL1,959.23VARIABLES DIARIO76.79EYM PREST EN DINERO6,820.97SALARIO DIARIO INTEGRADO301.50INVALIDEZ Y VIDA7,870.35GUARDERIAS7,870.35www.cp-unm.com.mxRIESGO DE TRABAJO7,870.35PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS6,820.97RETIRO15,740.70CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ16,003.05INFONAVIT16,003.05

CONCEPTOCUOTAS MENSUALESCUOTAS BIMESTRALESEYM PE CUOTA FIJA330.60EYM PE CUOTA ADICIONAL29.39EYM PREST EN DINERO64.80INVALIDEZ Y VIDA186.92GUARDERIAS78.70RIESGO DE TRABAJO204.50PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS97.20RETIRO314.81CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ684.13INFONAVIT800.15

TOTALES470.13521.980.01,484.280.0314.81

GRAN TOTAL2,791.21

CALCULO ISRS1S2S3S4TOTALSUELDO SEMANAL1,505.00752.501,254.171,505.005,016.67TIEMPO EXTRA967.50430.00645.00806.252,848.75FONDO DE AHORRO150.5075.25125.42150.50501.67PREMIO POR PUNTUALIDAD150.5075.25125.42150.50501.67DESPENSA EN EFECTIVO150.5075.25125.42150.50501.67PRIMA DOMINICAL53.750.053.7553.75161.25TOTAL2,924.001,408.252,329.172,762.759,370.42

VARIABLESTIEMPO EXTRA483.750.0161.25322.50967.50PRIMA DOMINICAL53.750.053.7553.75161.25PARATE A INTEGRAR AL SDI37.63CALCULO ISR (ISPT) SUELDOS Y SALARIOSGRAVADOSGRAVADOSGRAVADOSGRAVADOSTOTALSUELDO SEMANAL1,505.00752.501,254.171,505.005,016.67TIEMPO EXTRA483.750.0161.25322.5967.50FONDO DE AHORRO0.00.00.00.00.0PREMIO POR PUNTUALIDAD150.5075.25125.42150.50501.67DESPENSA EN EFECTIVO150.5075.25125.42150.50501.67PRIMA DOMINICAL0.00.00.00.00.0

TOTALES2,289.75903.001,666.252,128.506,987.50

( - )BASE GRAVABLE DE IMPUESTO2,289.75903.001,666.252,128.50( = )LIMITE INFERIOR1,980.59114.25969.511,980.59( X )EXCEDENTE DEL LIM INF309.16788.75696.74147.91( = )% PARA APLICAR S/EX LIM INF17.92%6.40%10.88%17.92%( + )IMPUESTO MARGINAL55.4050.4875.8126.51( = )CUOTA FIJA181.092.1756.91181.09( - )ISR A CARGO236.4952.65132.72207.60( = )SUBSIDIO PARA EL EMPLEO0.088.0650.120.0ISPT A RETENER236.49-35.4182.60207.60

TABLASISR PROVISIONAL SEMANAL 2011Lmite inferiorLmite superiorCuota fija% s/exc lm inf0.01114.240.001.92%114.25969.502.176.40%969.511,703.8056.9110.88%1,703.811,980.58136.8516.00%1,980.592,371.32181.0917.92%2,371.334,782.61251.1621.36%4,782.627,538.09766.1523.52%7,538.10 En adelante 1,414.2830.00%

SUBSIDIO AL EMPLEOMonto de ingresos que sirven de base para calcular el impuestoPara ingresos deHasta ingresos deSUBEM0.01407.3393.73407.34610.9693.66610.97799.6893.66799.69814.6690.44814.671,023.7588.061,023.761,086.1981.551,086.201,228.5774.831,228.581,433.3267.831,433.331,638.0758.381,638.081,699.8850.121,699.89 En adelante 0