estimació.. (3).pptx

Upload: chuchorito-saravia

Post on 02-Mar-2016

26 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Estimaciones

EstimacionesProgramacin y Administracin de Obra

Asesor: Ing. Jos Mario Sosa Mena

ARQUITECTURADefinicinEstimacin

Definicin de Estimaciones de ObraLa valoracin de los trabajos ejecutados en determinado periodo,se establece aplicando los precios unitarios pactados de los conceptos de trabajo ejecutados durante dicho perodo o el porcentaje del precio alzado pactado correspondiente,al avance de cada unidad de obra generado al momento de la valoracin.

Definicin de Estimaciones de ObraEsta valoracin persigue dos finalidades, por una parte identificar con precisin el avance de los trabajos y por otra establecer su valor econmico con fines de pago.

Definicin de Estimaciones de ObraPara sintetizar este hecho, prcticamente se emplea un formato denominado estimacin de obra, el cual es el documento que nos permite llevar el control financiero de una obra y en el cual se resumen los conceptos, cantidades de obra ejecutada y sus importes para un periodo de tiempo determinado,

Definicin de Estimaciones de Obraas mismo, es el documento que permite al contratista presentar su requerimiento de cobro al Contratante con objeto de contar con la revolvencia necesaria y no afectar el programa general de ejecucin de la obra.

Bases de formulacinLas siguientes recomendaciones son enunciativas, mas no limitativas por lo que en la medida de lo conveniente el formato de la estimacin de obra, podr en su caso integrar mayores informes que los citados:

a. Se deber anotar la descripcin de los trabajos, tal y como aparece en la clusula contractual.

b. El nombre del contratista debe anotarse de forma idntica al empleado en el contrato.

Bases de formulacinc. En el rengln perodo de la estimacin, deben citarse las fechas durante las cuales se ejecutaron los trabajos, Dicho periodo no deber ser mayor a un mes.

d. Tratndose de la primera o ltima estimacin, el periodo debe estar comprendido dentro de la vigencia del contrato. Coincidiendo con las fechas reales de inicio y terminacin respectivamente.

Bases de formulacine. Se debe llevar un nmero consecutivo para cada una de las estimaciones. En el caso de alguna o todas incluyan varias pginas, estas deben referirse al nmero de control base.

f. En el espacio correspondiente al nmero de contrato, se anotar completo con todas sus letras y dgitos.

Bases de formulacing. En el espacio correspondiente el valor del contrato, debe asentarse el monto total de la obra contratada (Valor original ms el valor de todas las ampliaciones al monto que hayan sido elaboradas y debidamente autorizadas) indicando hasta que convenio se incluy, debe cuidarse que el monto de los estimado, no exceda el monto contratado.

Bases de formulacinh. En las columnas correspondientes a partidas, unidad y precio unitario se anotaran los datos de acuerdo a como lo indique el anexo respectivo en el contrato, no debindose incluir ningn precio no autorizacin de la supervisin de la obra. Se deber citar en la estimacin.

Ley de Obras PublicasEstimaciones

Ley de Obras PublicasArticulo 54Las estimaciones de los trabajos ejecutados se debern formular con una periodicidad no mayor de un mes.

Ley de Obras PublicasArticulo 54El contratista deber presentarlas a la residencia de obra dentro de los 6 das naturales siguientes a la fecha de corte para el pago de las estimaciones

que hubiere fijado la dependencia o entidad en el contrato,

acompaadas de la documentacin que acredite la procedencia de su pago

Ley de Obras PublicasArticulo 54la residencia de obra para realizar la revisin y autorizacin de las estimaciones contar con un plazo no mayor de 15 das naturales siguientes a su presentacin.

Ley de Obras PublicasArticulo 54En el supuesto de que surjan diferencias tcnicas o numricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, stas se resolvern e incorporarn en la siguiente estimacin.

Ley de Obras PublicasArticulo 54 segundo prrafoLas estimaciones por trabajos ejecutados debern pagarse por parte de la dependencia o entidad, bajo su responsabilidad, en un plazo no mayor a 20 das naturales, pero claro

Ley de Obras PublicasArticulo 54contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de la obra de que se trate y que el contratista haya presentado la factura correspondiente.

Ley de Obras PublicasArticulo 54Los pagos de cada una de las estimaciones por trabajos ejecutados son independientes entre s y, por lo tanto, cualquier tipo y secuencia ser slo para efecto de control administrativo.

Ley de Obras PublicasArticulo 54Las dependencias y entidades realizarn preferentemente, el pago a contratistas a travs de medios de comunicacin electrnica.

Ley de Obras PublicasArticulo 55En caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajustes de costos, la dependencia o entidad, a solicitud del contratista, deber pagar gastos financieros conforme a una tasa que ser igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federacin

Ley de Obras PublicasArticulo 55Tratndose de pagos en exceso que haya recibido el contratista, ste deber reintegrar las cantidades pagadas en exceso ms los intereses correspondientes

Ley de Obras PublicasArticulo 55No se considerar pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo del contratista sean compensadas en la estimacin siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.

Reglamento de la LOP y SRMEstimaciones

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 127Las cantidades de trabajo presentadas en las estimaciones debern corresponder a las secuencias y tiempo previsto en el programa de ejecucin convenido, as como a los estndares de desempeo que, en su caso, se establezcan en la convocatoria a la licitacin pblica y en el contrato

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 127Las dependencias y entidades debern establecer en el contrato el lugar en que se realizar el pago y las fechas de corte, las que podrn referirse a fechas fija, o bien, a un acontecimiento que deba cumplirse

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 127El atraso que tenga lugar por falta de pago de estimaciones no implicar retraso en el programa de ejecucin convenido y, por tanto, no se considerar como causa de aplicacin de penas convencionales ni como incumplimiento del contrato y causa de rescisin administrativa. Tal situacin deber documentarse y registrase en la bitcora

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 127El retraso en el pago de estimaciones en que incurran las dependencias y entidades diferir en igual plazo a la fecha de terminacin de los trabajos, circunstancias que deber formalizarse, previa solicitud del contratista, a travs del convenio respectivo.No proceder dicho diferimiento cuando el retraso en el pago derive de causas imputables.

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 128Una vez analizados y calculados los importes de la estimaciones, las dependencias y entidades debern considerar para su pago los derechos e impuestos que les sean aplicables,

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 128as como retener el importe de los mismo, cuando corresponda, de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 128Dentro del plazo a que se refiere el segundo prrafo del art. 54 de la ley, la dependencia o entidad deber revisar la factura y si rene los requisitos administrativos y fiscales, tramitar y realizar el pago de la misma al contratista.

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 128El contratista ser el nico responsable de que las facturas que se presenten para su pago cumpla con los requisitos administrativos y fiscales,

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 128por lo que falta de pago por la omisin de alguno de stos o por su presentacin incorrecta no ser motivo para solicitar el pago de los gastos financieros a que hace referencia el art. 55 de la ley

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 128En caso de que las facturas entregadas por los contratistas para sus pago presenten errores o deficiencias, la dependencia o entidad, dentro de los 3 das hbiles siguientes al de su recepcin, indicar por escrito al contratista las deficiencias que debern corregir.

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 128El periodo que transcurra entre la entrega del citado escrito y la presentacin de las correcciones por parte del contratista no se computar para efectos del segundo prrafo del art. 54 de la ley.

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 129Las dependencias y entidades considerarn la posibilidad de utilizar medios de comunicacin electrnica para la presentacin y autorizacin de las estimaciones con base en las cuales se realice el pago a los contratistas.

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 130En los contratos de obras y servicios nicamente se reconocern los siguientes tipos de estimaciones:

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 130De Trabajos EjecutadosDe pago de cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catlogo original del contratoDe gastos no recuperables a que alude al art. 62 de la leyDe los ajustes de costos

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 130Las estimaciones autorizadas por la residencias se considerarn como documentos independientes entre si, por lo que cada una podrn ser negociada para efectos de su pago.

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 131El pago de las estimaciones no se considerar como la aceptacin plena de los trabajos, ya que la dependencia o entidad tendr el derecho de reclamar por trabajos faltantes o mal ejecutados y, en su caso, del pago en exceso que se haya efectuado.

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 132Los documentos que debern acompaarse a cada estimacin ser determinados por cada dependencia o entidad, atendiendo a las caractersticas, complejidad y magnitud de los trabajos, los cuales sern, entre otros, los siguientes:

Documentos que acompaan a la Estimacin1Nmeros generadores

Documentos que acompaan a la Estimacin2Notas de Bitcora

Documentos que acompaan a la Estimacin3Croquis

Documentos que acompaan a la Estimacin4Controles de calidad, pruebas de laboratorio y Fotografas

Documentos que acompaan a la Estimacin5Anlisis, clculo e integracin de los importes correspondiente a cada estimacin

Documentos que acompaan a la Estimacin6Avances de obra, tratndose de contratos a precio alzado

Documentos que Acompaan a la Estimacin7Informe del cumplimiento de la operacin y mantenimiento conforme al programa de ejecucin convenido, tratndose de amortizaciones programadas.

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 133En los contratos bajo la condicin de pago sobre la base de precios unitarios se tendrn por autorizadas las estimaciones que las dependencias y entidades omitan resolver respecto de su procedencia, dentro del trmino que para tal efecto dispone el primer prrafo del artculo 54 de la ley

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 133En todos los casos, el residente deber hacer constar en la Bitcora la fecha en que se presentan las estimaciones

Reglamento de la LOP y SRMArticulo 133En el caso de que el contratista no presente las estimaciones en el plazo establecido en el primer prrafo del art. 54 de la Ley, la estimacin correspondiente se presentar en la siguiente fecha de corte, sin que ello d lugar a la reclamacin de gasto financiero por parte del contratista

Ejemplo de Estimaciones de ObrasEstimacin

AmortizacinEs la reduccin parcial del monto del anticipo (si existiera) en un plazo determinado de tiempo

Documentos que acompaan a cada EstimacinOrden de PagoFacturaEstado de CuentaCuerpo de la estimacinNmeros Generadores

Documentos que acompaan a cada EstimacinCroquis de ReferenciaReporte FotogrficoPruebas de LaboratorioGarantas

GRACIAS POR SU ATENCIN