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  • 1

    ACUERDO MINISTERIAL N

    MGS. CARINA VANCE MAFLA MINISTRA DE SALUD PBLICA

    REPBLICA DEL ECUADOR

    CONSIDERANDO: QUE, el artculo 226 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador, determina las facultades que

    tienen las Instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores pblicos para ejercer las competencias y facultades que la Constitucin les atribuye y el deber de coordinar las acciones para el cumplimiento de sus fines;

    QUE, el artculo 361 de la citada Constitucin de la Repblica del Ecuador establece que: El Estado

    ejercer la rectora del sistema a travs de la autoridad sanitaria nacional, ser responsable de formular la poltica nacional de salud, y normar, regular y controlar todas las actividades relacionadas con la salud, as como el funcionamiento de las entidades del sector.;

    QUE, mediante Decreto Ejecutivo 195 publicado en el Registro Oficial No. 111 de 19 de enero de

    2010, el seor Presidente Constitucional de la Repblica del Ecuador emiti lineamientos estructurales para organizar las unidades administrativas en los niveles de direccin, asesora, apoyo y operativo de los ministerios de coordinacin y sectoriales, secretarias e institutos nacionales pertenecientes a la Funcin Ejecutiva;

    QUE, el Objetivo 12 del Plan Nacional de Desarrollo Plan Nacional para el Buen Vivir 2009

    2013, establece que la construccin del Estado democrtico para el Buen Vivir requiere consolidar la nueva organizacin y rediseo institucional del Estado, que recupere las capacidades estatales de rectora, planificacin, regulacin, control, investigacin y participacin, consolide el modelo de gestin estatal articulado, promueva el desarrollo territorial equilibrado, fomentando un servicio pblico eficiente;

    QUE, de conformidad a lo establecido por la Secretara Nacional de Planificacin y desarrollo,

    SENPLADES, en la Reforma Democrtica del Estado, el Ministerio de Salud Pblica se encuentra dentro de la tipologa 2, es decir, de alta desconcentracin y baja descentralizacin;

    QUE, mediante oficio No. SENPLADESSGDE-2011-0059 de fecha 03 de marzo de 2011, el

    Secretario Nacional de Planificacin y Desarrollo, emite el dictamen favorable a las Matrices de Competencias y Modelos de Gestin del Ministerio de Salud Pblica y sus Entidades Adscritas, a fin de que sta Cartera de Estado contine con la implementacin de las reformas planteadas para el Ministerio;

    QUE, mediante Acuerdo Ministerial No. 00001034 de fecha 01 de noviembre de 2011 publicado en

    la Edicin Especial del Registro Oficial No. 279 de 30 de marzo de 2012 , se emiti el Estatuto Orgnico de Gestin Organizacional por Procesos del Ministerio de Salud Pblica;

    QUE, el Ministerio de Finanzas mediante oficio No. MINFIN-DM-2013-0639 de fecha 25 de

    septiembre de 2013, emiti dictamen presupuestario favorable a la reforma al Estatuto Orgnico de Gestin Organizacional por Procesos del Ministerio de Salud Pblica;

    QUE, el Ministerio de Relaciones Laborales mediante oficio No. MRL-DM-2013-0617 de fecha 10 de

    octubre de 2013, emiti dictamen favorable a la reforma al Estatuto Orgnico de Gestin Organizacional por Procesos del Ministerio de Salud Pblica; y,

  • 2

    QUE, la Direccin Nacional de Talento Humano emiti Informe Tcnico favorable No. 1013-DNTH-

    MSP-2013 de 21 de octubre de 2013, respecto a los cambios en el Estatuto Orgnico de Gestin Organizacional por Procesos del Ministerio de Salud Pblica.

    EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIN QUE LE CONFIEREN LOS ARTCULOS 151 Y 154 NUMERAL 1 DE LA CONSTITUCIN DE LA REPBLICA DEL ECUADOR Y EL ARTCULO 17 DEL ESTATUTO DEL RGIMEN JURDICO Y ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIN EJECUTIVA;

    ACUERDA:

    Emitir el Estatuto Orgnico Sustitutivo de Gestin Organizacional por Procesos del Ministerio de Salud Pblica

  • 3

    ESTATUTO ORGNICO SUSTITUTIVO DE GESTIN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE SALUD PBLICA

    Contenido

    TITULO I ..............................................................................................................................................6

    DE LA GESTIN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS .............................................................................6

    Art. 1.- Misin y Visin del Ministerio de Salud:...............................................................................6

    Art. 2.- Objetivos Estratgicos: ........................................................................................................6

    TITULO II .............................................................................................................................................7

    DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE GESTIN POR PROCESOS ...................................................7

    Art. 3.- Estructura Organizacional de Gestin por Procesos .............................................................7

    Art. 4.- Procesos del Ministerio de Salud Pblica ............................................................................7

    TITULO III ............................................................................................................................................8

    DE LAS FACULTADES DE LOS NIVELES DESCONCENTRADOS .................................................................8

    Art. 5.- Alta desconcentracin y baja descentralizacin ...................................................................8

    Art. 6.- Facultades por Nivel de Desconcentracin...........................................................................8

    TITULO IV ............................................................................................................................................9

    DE LOS PUESTOS DIRECTIVOS..............................................................................................................9

    Art. 7.- Puestos Directivos ...............................................................................................................9

    TITULO V ........................................................................................................................................... 10

    ESTRUCTURA BSICA DEL MINISTERIO DE SALUD PBLICA ................................................................ 10

    Art. 8.-Estructura por procesos alineada a la misin ...................................................................... 10

    Art. 9.- Representaciones grficas ................................................................................................. 12

    ESTRUCTURA ORGNICA DESCRIPTIVA ............................................................................................. 18

    CAPITULO I........................................................................................................................................ 18

    PROCESO GOBERNANTE.................................................................................................................... 18

    Art. 10.- Direccionamiento Estratgico del Sistema Nacional de Salud Pblica .............................. 18

    CAPITULO II....................................................................................................................................... 19

    PROCESOS AGREGADORES DE VALOR ............................................................................................... 19

    Art.11.- Gobernanza y Vigilancia de la Salud ................................................................................. 19

    Art.12.- Gobernanza de la Salud .................................................................................................... 20

    Art.13.-Vigilancia de la Salud Pblica ............................................................................................. 33

    Art.14.- Promocin de la Salud e Igualdad ..................................................................................... 42

    Art.15.-Atencin Integral en Salud ................................................................................................ 58

    Art.16.- Provisin de Servicios de Salud ......................................................................................... 59

    Art.17.- Garanta de la Calidad de los Servicios de Salud ................................................................ 74

  • 4

    CAPITULO III...................................................................................................................................... 81

    PROCESOS HABILITANTES DE ASESORA ............................................................................................ 81

    Art.18.- Desarrollo Estratgico en Salud ........................................................................................ 81

    Art.19.- Planificacin ..................................................................................................................... 87

    Art.20.- Gestin Estratgica........................................................................................................... 95

    Art.21.- Asesora Jurdica ............................................................................................................. 103

    Art.22.- Cooperacin y Relaciones Internacionales ...................................................................... 107

    Art. 23.- Comunicacin, Imagen y Prensa .................................................................................... 110

    Art.24.- Auditora Interna ............................................................................................................ 113

    CAPITULO IV ................................................................................................................................... 114

    PROCESOS HABILITANTES DE APOYO .............................................................................................. 114

    Art.25.- Administrativa y Financiera ............................................................................................ 114

    ESTRUCTURA ORGNICA DESCRIPTIVA ........................................................................................... 128

    NIVEL ZONAL .................................................................................................................................. 128

    CAPITULO I...................................................................................................................................... 128

    PROCESO GOBERNANTE.................................................................................................................. 128

    Art.26.- Direccionamiento Estratgico ........................................................................................ 128

    CAPITULO II..................................................................................................................................... 129

    PROCESOS AGREGADORES DE VALOR ............................................................................................. 129

    Art.27.- Gobernanza de la Salud .................................................................................................. 129

    Art.28.- Vigilancia de la Salud Pblica .......................................................................................... 132

    Art.29.- Promocin de la Salud e Igualdad ................................................................................... 134

    Art.30.- Provisin de Servicios de Salud ....................................................................................... 136

    CAPITULO III.................................................................................................................................... 140

    PROCESOS HABILITANTES DE ASESORA .......................................................................................... 140

    Art.31.-Gesin Provincial ............................................................................................................. 141

    Art. 32.-Planificacin ................................................................................................................... 142

    Art. 33.- Asesora Jurdica ............................................................................................................ 145

    Art. 34.- Tecnologas de la Informacin y Comunicaciones .......................................................... 146

    Art. 35.- Comunicacin, Imagen y Prensa .................................................................................... 147

    CAPITULO IV ................................................................................................................................... 148

    PROCESOS HABILITANTES DE APOYO .............................................................................................. 148

    Art.36.-Administrativa y Financiera ............................................................................................. 148

    NIVEL DISTRITAL ............................................................................................................................. 153

    CAPITULO I...................................................................................................................................... 153

    PROCESO GOBERNANTE.................................................................................................................. 153

    Art.37.- Direccionamiento Estratgico ......................................................................................... 153

  • 5

    CAPITULO II..................................................................................................................................... 154

    PROCESOS AGREGADORES DE VALOR ............................................................................................. 154

    Art.38.- Vigilancia de la Salud Pblica .......................................................................................... 154

    Art.39.- Promocin de la Salud e Igualdad ................................................................................... 155

    Art.40.- Provisin y Calidad de los Servicios de Salud ................................................................... 157

    CAPITULO III.................................................................................................................................... 159

    PROCESOS HABILITANTES DE ASESORA .......................................................................................... 159

    Art.41.- Planificacin, Estadstica y Anlisis de Informacin de Salud, y Gestin de Riesgos. ........ 159

    Art.42.-Asesora Jurdica.............................................................................................................. 161

    Art.43.- Tecnologa de la Informacin y Comunicaciones ............................................................. 162

    Art.44 - Comunicacin Imagen y Prensa ...................................................................................... 162

    CAPITULO IV ................................................................................................................................... 163

    PROCESOS HABILITANTES DE APOYO .............................................................................................. 163

    Art.45.- Administrativo Financiero............................................................................................... 163

    Art.46.- Ventanilla nica de Atencin al Usuario ......................................................................... 166

    DISPOSICIONES GENERALES ............................................................................................................ 167

    DISPOSICIONES TRANSITORIAS ....................................................................................................... 167

  • 6

    ESTATUTO ORGNICO SUSTITUTIVO DE GESTIN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE SALUD PBLICA

    TITULO I

    DE LA GESTIN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

    Art. 1.- Misin y Visin del Ministerio de Salud: Misin

    Ejercer como Autoridad Sanitaria Nacional, la rectora, regulacin, planificacin, coordinacin, control y gestin de la Salud Pblica ecuatoriana a travs de la gobernanza, vigilancia de la salud pblica, provisin de servicios de atencin integral, prevencin de enfermedades, promocin de la salud e igualdad, investigacin y desarrollo de la ciencia y tecnologa y la articulacin de los actores del sistema, con el fin de garantizar el derecho a la Salud.

    Visin

    Ser la Institucin que ejerce plenamente la gobernanza del Sistema Nacional de Salud, con un modelo referencial en Latinoamrica que priorice la promocin de la salud y la prevencin de enfermedades, con altos niveles de atencin de calidad con calidez, garantizando la salud integral de la poblacin y el acceso universal a una red de servicios, con la participacin coordinada de organizaciones pblicas, privadas y de la comunidad.

    Art. 2.- Objetivos Estratgicos:

    Objetivo 1: Incrementar la eficiencia y efectividad del Sistema Nacional de Salud.

    Objetivo 2: Incrementar el acceso de la poblacin a servicios de salud.

    Objetivo 3: Incrementar la vigilancia, la regulacin, el control, la promocin y prevencin de la salud.

    Objetivo 4: Incrementar la satisfaccin de los ciudadanos con respecto a los servicios de salud.

    Objetivo 5: Incrementar las capacidades y competencias del talento humano.

    Objetivo 6: Incrementar el uso eficiente del presupuesto.

    Objetivo 7: Incrementar la eficiencia y efectividad de las actividades operacionales del Ministerio de Salud Pblica y entidades adscritas.

    Objetivo 8: Incrementar el desarrollo de la ciencia y la tecnologa en base a las prioridades sanitarias de la salud.

  • 7

    TITULO II

    DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE GESTIN POR PROCESOS

    Art. 3.- Estructura Organizacional de Gestin por Procesos La estructura organizacional del Ministerio de Salud Pblica se encuentra alineada con su misin y las polticas determinadas en la Constitucin de la Repblica del Ecuador, las Polticas del Estado, las leyes, normas vigentes y el modelo de gestin institucional. Se sustenta en la filosofa y enfoque de gestin por procesos determinando claramente su ordenamiento orgnico a travs de la identificacin de procesos, clientes, productos y/o servicios.

    Art. 4.- Procesos del Ministerio de Salud Pblica Los procesos del Ministerio de Salud Pblica se ordenan y clasifican en funcin de su grado de contribucin o valor agregado al cumplimiento de la misin institucional. Estos son:

    Los Procesos Gobernantes, que orientan la gestin institucional a travs de la formulacin de polticas, directrices, normas, procedimientos, planes, acuerdos y resoluciones para la adecuada administracin y ejercicio de la representacin legal de la institucin.

    Los Procesos Sustantivos, que son los encargados de generar y administrar los productos y servicios destinados a usuarios internos y externos y permiten cumplir con la misin institucional y los objetivos estratgicos.

    Los Procesos Adjetivos de Asesora y de Apoyo, que generan productos y servicios para los procesos gobernantes, sustantivos y para s mismos, apoyando y viabilizando la Gestin Institucional.

    Los Procesos Desconcentrados gobernantes, sustantivos y adjetivos generan productos y servicios en las instancias desconcentradas del Ministerio de Salud.

  • 8

    TITULO III

    DE LAS FACULTADES DE LOS NIVELES DESCONCENTRADOS

    Art. 5.- Alta desconcentracin y baja descentralizacin La reestructuracin del Ministerio de Salud Pblica se enmarca en la Reforma Democrtica del Estado, proceso que tiene por objetivo mejorar la eficiencia, transparencia y calidad de los servicios a la ciudadana. La importancia estratgica que representa el sistema de salud pblica en el desarrollo del pas impone la necesidad de una rectora fuerte sobre la implementacin de las polticas en salud, a la vez que requiere de un mecanismo gil y eficiente para la implementacin y gestin de los programas de salud. El Ministerio de Salud se ubica en la tipologa de ALTA desconcentracin y BAJA descentralizacin. La DESCONCENTRACIN implica el fortalecimiento de los procesos del Ministerio de Salud Pblica en sus niveles desconcentrados, mejorando la capacidad resolutiva de los territorios. La DESCENTRALIZACIN se refiere al traspaso de competencias a los Gobiernos Autnomos Descentralizados.

    Art. 6.- Facultades por Nivel de Desconcentracin Las Facultades de cada nivel de desconcentracin son las siguientes: Nivel Central: Coordinacin Planificacin Rectora Regulacin Evaluacin - Control Nivel Zonal: Coordinacin Planificacin Evaluacin - Control Nivel Distrital: Coordinacin Planificacin Evaluacin Control - Gestin

  • 9

    TITULO IV

    DE LOS PUESTOS DIRECTIVOS

    Art. 7.- Puestos Directivos.-Los puestos de libre nombramiento y remocin establecidos en el nivel directivo dentro de la estructura orgnica del nivel central y niveles desconcentrados son:

    Ministro(a) de Salud, Viceministro(a) de Gobernanza y Vigilancia de la Salud, Viceministro(a) de Atencin Integral en Salud, Subsecretario(a) Nacional de Gobernanza de la Salud, Subsecretario(a) Nacional de Vigilancia de la Salud Pblica, Subsecretario(a) Nacional de Promocin de la Salud e Igualdad, Subsecretario(a) Nacional de Provisin de Servicios de Salud, Subsecretario(a) Nacional de Garanta de la Calidad de los Servicios de Salud, Coordinador(a) General de Desarrollo Estratgico en Salud, Coordinador(a) General de Planificacin, Coordinador(a) General de Gestin Estratgica, Coordinador(a) General de Asesora Jurdica, Coordinador(a) General Administrativo/a y Financiero/a, Director/a es(as) Nacionales, Coordinadores(as) Zonales, Director/a es(as) Provinciales, Directores/as Zonales (Tcnicos de rea) y, Directores/as Distritales.

  • 10

    TITULO V

    ESTRUCTURA BSICA DEL MINISTERIO DE SALUD PBLICA Art. 8.-Estructura por procesos alineada a la misin.-El Ministerio de Salud Pblica para el cumplimiento de su misin y responsabilidades, desarrolla los siguientes procesos internos: 1. Proceso Gobernante:

    1.1 Direccionamiento Estratgico del Sistema Nacional de Salud

    2. Procesos Sustantivos: 2.1 Gestin Estratgica de Gobernanza y Vigilancia de la Salud 2.1.1 Gobernanza de la Salud

    2.1.1.1 Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud 2.1.1.2 Articulacin de la Red Pblica y Complementaria de Salud 2.1.1.3 Normatizacin 2.1.1.4 Normatizacin del Talento Humano en Salud 2.1.1.5 Medicamentos y Dispositivos Mdicos

    2.1.2 Vigilancia de la Salud Pblica

    2.1.2.1 Vigilancia Epidemiolgica 2.1.2.2 Control Sanitario 2.1.2.3 Estrategias de Prevencin y Control 2.1.2.4 Direccin General de Salud

    2.1.3 Promocin de la Salud e Igualdad

    2.1.3.1 Promocin de la Salud 2.1.3.2 Derechos Humanos, Gnero e Inclusin 2.1.3.3 Salud Intercultural 2.1.3.4 Ambiente y Salud 2.1.3.5 Participacin Social en Salud

    2.2 Gestin Estratgica de Atencin Integral en Salud 2.2.1 Provisin de Servicios de Salud

    2.2.1.1 Centros Especializados 2.2.1.2 Hospitales 2.2.1.3 Primer Nivel de Atencin en Salud 2.2.1.4 Discapacidades 2.2.1.5 Atencin Pre-hospitalaria y Unidades Mviles

    2.2.2 Garanta de la Calidad de los Servicios de Salud 2.2.2.1 Calidad de los Servicios de Salud 2.2.2.2 Infraestructura Sanitaria 2.2.2.3 Equipamiento Sanitario

  • 11

    3. Procesos Adjetivos de Asesora

    3.1 Desarrollo Estratgico en Salud

    3.1.1.1 Inteligencia de la Salud 3.1.1.2 Economa de la Salud

    3.2 Planificacin

    3.2.1.1 Planificacin e Inversin 3.2.1.2 Seguimiento, Evaluacin y Control de la Gestin 3.2.1.3 Estadstica y Anlisis de la Informacin de Salud 3.2.1.4 Gestin de Riesgos

    3.3 Gestin Estratgica

    3.3.1.1 Gestin de Procesos 3.3.1.2 Tecnologas de la Informacin y Comunicaciones 3.3.1.3 Cambio de Cultura Organizacional

    3.4 Asesora Jurdica

    3.4.1.1 Jurdica 3.4.1.2 Consultora Legal

    3.5 Cooperacin y Relaciones Internacionales

    3.6 Comunicacin, Imagen y Prensa 3.7 Auditora Interna 4. Procesos Adjetivos de Apoyo

    4.1 Administrativa y Financiera

    4.1.1.1 Talento Humano 4.1.1.2 Financiero 4.1.1.3 Administrativo 4.1.1.4 Contratacin Pblica 4.1.1.5 Secretara General

    5. Procesos Desconcentrados 5.1 Gestin Zonal 5.2 Gestin Distrital

  • 12

    Art. 9.- Representaciones grficas Se definen las siguientes representaciones grficas:

    CADENA DE VALOR

  • 13

    MAPA DE PROCESOS

  • 14

    Estructura Orgnica de la Planta Central

  • 15

    Estructura Orgnica de las Coordinaciones Zonales

  • 16

    Estructura Orgnica de las Direcciones Distritales

  • 17

    Estructura Ampliada de las Direcciones Distritales

    ** La representacin grfica de estas gestiones son la agrupacin de procesos, no constituyen un puesto.

  • 18

    ESTRUCTURA ORGNICA DESCRIPTIVA

    CAPITULO I

    PROCESO GOBERNANTE

    Art. 10.- Direccionamiento Estratgico del Sistema Nacional de Salud Pblica Unidad Responsable: Despacho del/a Ministro/a de Salud Pblica Misin: Ejercer como Autoridad Sanitaria, la rectora, regulacin, planificacin, coordinacin, control y gestin de la Salud Pblica Ecuatoriana a travs de la vigilancia y control sanitario, la provisin de servicios de atencin integral, prevencin de enfermedades, promocin de la salud e igualdad, la gobernanza de salud, investigacin y desarrollo de la ciencia y tecnologa, y la articulacin de los actores del sistema, con el fin de garantizar el derecho a la Salud. Responsable: Ministro/a de Salud Pblica Atribuciones y responsabilidades:

    a. Ejercer la representacin de la Autoridad Sanitaria Nacional; b. Dirigir las actividades de rectora, regulacin, planificacin, coordinacin, control y gestin de

    la Salud Pblica ecuatoriana a travs de la vigilancia y control sanitario, la provisin de servicios de atencin integral, prevencin de enfermedades, promocin de la salud e igualdad, la gobernanza de salud, investigacin y desarrollo de la ciencia y tecnologa en salud, y articulacin de los actores del sistema, con el fin de garantizar el derecho a la Salud;

    a. Establecer los lineamientos estratgicos del sector, emitir la poltica nacional de salud, aprobar y promulgar el plan nacional estratgico de salud y el plan de sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, para el ejercicio efectivo de la Autoridad Sanitaria Nacional;

    c. Definir las polticas, normativas y estndares para el Sistema Nacional de Salud en el marco de la Constitucin de la Repblica del Ecuador y de la normativa vigente;

    d. Aprobar los planes y programas a desarrollarse a nivel nacional y velar por su cumplimiento; e. Liderar la coordinacin intersectorial con el fin de lograr los objetivos estratgicos del sector; f. Dirigir y realizar actividades basadas en las decisiones Presidenciales; g. Disponer la elaboracin de anteproyectos de Ley, propuestas de Decretos Ejecutivos,

    Acuerdos Ministeriales, reglamentos y resoluciones; h. Suscribir en representacin del Ministerio, acuerdos, reglamentos, resoluciones y convenios

    en el mbito de su competencia; i. Nombrar y remover a los/las Viceministros/as y Subsecretarios/as de Estado, Coordinadores

    Generales y Zonales, Directores Nacionales y Distritales, Gerentes de Hospitales y otros funcionarios que son de libre nombramiento y remocin en conformidad con la Ley;

    j. Delegar y desconcentrar atribuciones, en el nivel que creyere conveniente, para facilitar el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud;

    k. Ejercer las dems funciones que le competen de acuerdo a la Constitucin, Leyes, decretos y reglamentos;

  • 19

    l. Ejercer la rectora y vigilancia para el estricto cumplimiento de las normas contenidas en el marco normativo vigente.

    CAPITULO II

    PROCESOS AGREGADORES DE VALOR

    Art.11.- Gobernanza y Vigilancia de la Salud Unidad: Viceministerio de Gobernanza y Vigilancia de la Salud Misin: Viabilizar el ejercicio de la Autoridad Sanitaria Nacional, a travs de la definicin de polticas pblicas, modelos, normas, estrategias y dems herramientas que aseguren la gobernanza sobre el Sistema Nacional de Salud, la vigilancia de la salud pblica, la promocin y proteccin de la salud colectiva.

    Responsable: Viceministro/a de Gobernanza y Vigilancia de la Salud Atribuciones y responsabilidades:

    a. Asesorar al/a Ministro/a de Salud Pblica en todas las materias de su competencia; b. Proveer los lineamientos estratgicos para el Sistema Nacional de Salud; c. Aprobar la poltica nacional de salud, el plan nacional estratgico de salud y el plan de

    sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, para el ejercicio efectivo de la gobernanza del sector y la proteccin de la salud de la poblacin;

    d. Establecer los lineamientos para el diseo, regulacin, organizacin y gestin del Sistema Nacional de Salud, para la formulacin y promulgacin de leyes, polticas pblicas y normas, para la negociacin de convenios, conciliacin de intereses y coordinacin de acciones necesarias a fin de que la Autoridad Sanitaria Nacional ejerza su rol rector;

    e. Asegurar la articulacin, coordinacin y concertacin entre las instituciones del Sistema Nacional de Salud, as como la implementacin de las polticas, normas, convenios, estndares y herramientas tcnicas en los diferentes niveles territoriales del Sistema Nacional de modo que respondan a las demandas y necesidades de salud de la poblacin;

    f. Definir los lineamientos para la vigilancia, regulacin y control de las entidades del sector y de todas las dems sujetas a control y vigilancia sanitaria;

    g. Definir los lineamientos y asegurar la implementacin de la promocin de la salud, la prevencin de enfermedades y la implementacin de estrategias para la proteccin de salud de la poblacin;

    h. Definir los lineamientos y polticas relacionadas a temas de biotica y proponer el marco regulatorio nacional en materia de biotica en salud;

    i. Aprobar la conformacin de Comits de Biotica de investigacin y asistenciales en salud, a nivel nacional;

    j. Garantizar el ejercicio de derechos, as como la equidad en el acceso y la inclusin de diversos enfoques en el Sistema Nacional de Salud a travs de mecanismos que aseguren un buen funcionamiento del sistema, incidan en los determinantes de la salud, y promuevan espacios de participacin social;

  • 20

    k. Planificar, dirigir, aprobar y evaluar la gestin del Viceministerio a su cargo, y asegurar la adecuada coordinacin con las dems instancias del Ministerio;

    l. Generar indicadores de gestin e impacto de la gestin del Viceministerio a su cargo; m. Asegurar la adecuada gestin y coordinacin de los niveles desconcentrados relacionados al

    mbito de su competencia; n. Participar, de ser requerido, y de acuerdo al mbito de su competencia, en la sala situacional

    del Ministerio de Salud Pblica; o. Ejercer las funciones, representaciones y delegaciones que le asigne el/la Ministro/a de Salud

    Pblica.

    Art.12.- Gobernanza de la Salud Unidad Responsable: Subsecretara Nacional de Gobernanza de la Salud Misin: Regular, direccionar, disear, organizar y articular la gestin del Sistema Nacional de Salud mediante la promulgacin de polticas, modelos, normas y otras directrices estratgicas; as como la negociacin de convenios, conciliacin de intereses y coordinacin de acciones que garanticen la efectiva gobernanza del sector. Responsable: Subsecretario/a Nacional de Gobernanza de la Salud. Atribuciones y Responsabilidades:

    a. Asesorar al/a Ministro/a y Viceministros en todas las materias de su competencia; b. Revisar y validar la poltica nacional de salud, el plan nacional estratgico de salud y el plan

    de sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud; c. Disponer y validar, en funcin de las prioridades estratgicas del sector salud, la formulacin

    de proyectos de polticas pblicas, leyes, reglamentos, planes, programas y otros instrumentos tcnicos y legales para el ejercicio de la gobernanza del sector;

    d. Direccionar la gestin del Sistema Nacional de Salud en base a las prioridades estratgicas del sector;

    e. Garantizar la generacin e implementacin de estrategias para coordinar y concertar con las instituciones del Sistema Nacional de Salud, la gestin y ejecucin de las polticas, normas, convenios, estndares y herramientas tcnicas en la red pblica y complementaria de los diferentes niveles territoriales que respondan a las demandas de la poblacin;

    f. Direccionar la gestin de medicamentos y dispositivos mdicos en base a las prioridades estratgicas del sector;

    g. Dirigir y coordinar acciones interinstitucionales e intersectoriales para la organizacin del Sistema Nacional de Salud;

    h. Coordinar con los niveles desconcentrados, la adecuada gestin relacionada al mbito de su competencia;

    i. Planificar, dirigir, aprobar y evaluar la gestin de la Subsecretara a su cargo, y asegurar la adecuada coordinacin con las dems instancias del Ministerio;

    j. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores de gestin e impacto de la Subsecretara a su cargo;

    k. Participar de ser requerido y de acuerdo al mbito de su competencia en la sala situacional del Ministerio de Salud Pblica;

  • 21

    l. Ejercer las funciones, representaciones y delegaciones que le asigne el/la Viceministro/a de Gobernanza y Vigilancia de la Salud y Ministro/a de Salud Pblica.

    Unidad Responsable: Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud Misin: Disear, formular y proponer las polticas y modelos para el direccionamiento estratgico del Sistema Nacional de Salud, con el fin de garantizar su efectivo funcionamiento, en el marco de los lineamientos y prioridades nacionales. Responsable: Director/a Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud Atribuciones y Responsabilidades:

    a. Desarrollar y proponer la poltica nacional de salud, el plan nacional estratgico de salud y el plan de sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, con los insumos y lineamientos estratgicos de la Coordinacin General de Desarrollo Estratgico;

    b. Conducir y coordinar la formulacin de insumos para la elaboracin de proyectos de leyes, polticas pblicas, reglamentos y otros instrumentos legales para el desarrollo, gestin y organizacin del Sistema Nacional de Salud;

    c. Desarrollar, proponer, revisar y actualizar los objetivos estratgicos para el Sistema Nacional de Salud;

    d. Desarrollar, proponer, revisar y actualizar el modelo de atencin, acorde a los objetivos estratgicos para el Sistema Nacional de Salud;

    e. Desarrollar las polticas que las autoridades nacionales dispongan, a partir de los ejes estratgicos que se definan como prioritarios, que sern elaboradas como propuestas desde las instancias respectivas del Ministerio de Salud Pblica;

    f. Incorporar el enfoque por ciclos de vida, en todas las polticas, planes y modelos en el proceso de atencin integral en salud;

    g. Incorporar los temas de salud mental, salud ambiental, gentica, derechos humanos, biotica y otros temas prioritarios, en las polticas, modelos y planes desarrollados, en el mbito de su competencia;

    h. Desarrollar, proponer, revisar y actualizar el conjunto de prestaciones para el Sistema Nacional de Salud, con los insumos y lineamientos estratgicos de la Coordinacin General de Desarrollo Estratgico;

    i. Desarrollar, proponer y actualizar el Tarifario nico de Prestaciones de servicios de salud del Sistema Nacional de Salud, con los insumos y lineamientos estratgicos de la Coordinacin General de Desarrollo Estratgico;

    j. Desarrollar, proponer, revisar y actualizar el Modelo de Garanta de Calidad de la provisin de servicios para el Sistema Nacional de Salud, con sus respectivos estndares e indicadores;

    k. Definir los lineamientos prioritarios para la investigacin en salud; l. Desarrollar y proponer las estrategias para abordar las condiciones de salud relacionadas a

    las enfermedades raras, catastrficas y otras especiales de la poblacin, con los insumos y lineamientos estratgicos de la Coordinacin General de Desarrollo Estratgico;

    m. Desarrollar, proponer, revisar y actualizar modelos, planes y dems herramientas para garantizar el efectivo funcionamiento del Sistema Nacional de Salud;

    n. Formular y proponer el modelo de financiamiento y asignacin de recursos del Sistema Nacional de Salud, as como los lineamientos para la regulacin de las compaas de seguros y medicina prepagada, y los rangos tarifarios para la prestacin de servicios;

    o. Generar los lineamientos de evaluacin de la consolidacin del Sistema Nacional de Salud;

  • 22

    p. Planificar, dirigir, aprobar y evaluar la gestin de la Direccin a su cargo, y asegurar la adecuada coordinacin con las dems instancias del Ministerio;

    q. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores de gestin de la Direccin a su cargo; r. Participar de ser requerido y de acuerdo al mbito de su competencia, en la sala situacional

    del Ministerio de Salud Pblica; s. Ejercer las funciones, representaciones y delegaciones que le asigne el/la Subsecretario/a de

    Gobernanza de la Salud Pblica. Productos:

    a. Propuesta de Poltica Nacional de Salud; b. Plan Nacional Estratgico de Salud, para el Sistema Nacional de Salud; c. Plan de sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud; d. Insumos para la elaboracin de proyectos de leyes, polticas pblicas, reglamentos y otros

    instrumentos legales para el desarrollo, gestin y organizacin del Sistema Nacional de Salud; e. Objetivos estratgicos para el Sistema Nacional de Salud; f. Modelo de Atencin, acorde a los objetivos estratgicos para el Sistema Nacional de Salud; g. Conjunto de prestaciones para el Sistema Nacional de Salud; h. Tarifario nico de Prestaciones de servicios de salud del Sistema Nacional de Salud; i. Modelo de Garanta de Calidad de la provisin de servicios para el Sistema Nacional de Salud; j. Lineamientos prioritarios para la investigacin en salud; k. Estrategias para abordar las condiciones de salud relacionadas a las enfermedades raras,

    catastrficas y otras especiales de la poblacin; l. Modelos, planes y herramientas para garantizar el efectivo funcionamiento del Sistema

    Nacional de Salud; m. Propuesta del modelo de financiamiento y asignacin de recursos del Sistema Nacional de

    Salud; n. Lineamientos para la regulacin de las compaas de seguros y medicina prepagada, y los

    rangos tarifarios para la prestacin de servicios; o. Lineamientos de evaluacin de la consolidacin del Sistema Nacional de Salud; p. Indicadores e informes de evaluacin del impacto en el Sistema Nacional de Salud, sobre la

    aplicacin de las polticas, modelos y dems herramientas desarrolladas. Unidad Responsable: Direccin Nacional de Articulacin de la Red Pblica y Complementaria de Salud Misin: Articular, coordinar, concertar y asegurar el ejercicio de la rectora sobre las instituciones de la Red Pblica y Complementaria, desarrollando acciones para garantizar su funcionamiento integrado, en el marco de las leyes, polticas pblicas y lineamientos estratgicos del sector. Responsable: Director/a Nacional de Articulacin de la Red Pblica y Complementaria de Salud Atribuciones y Responsabilidades:

    a. Conducir y coordinar la formulacin de insumos y propuestas para los proyectos de ley, reglamentos y otros instrumentos legales que permitan el funcionamiento en red del Sistema Nacional de Salud;

  • 23

    b. Conducir, coordinar y ejecutar los planes, proyectos y acciones para la organizacin y funcionamiento en red de los actores del Sistema Nacional de Salud, en base a las directrices estratgicas establecidas;

    c. Proponer e implementar estrategias para coordinar y concertar con las instituciones del Sistema Nacional de Salud, la gestin y ejecucin de las polticas, modelos, normas, convenios, estndares y dems herramientas tcnicas definidas por la Autoridad Sanitaria Nacional;

    d. Elaborar, acordar y proponer para la firma de la Mxima Autoridad, los convenios de servicios al interior de la Red Pblica y Complementaria en base al Tarifario nico de Prestaciones;

    e. Concertar y supervisar la aplicacin del Tarifario nico de Prestaciones, en la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria de Salud;

    f. Administrar los convenios, evaluar y recomendar su renovacin o terminacin con la red pblica o complementaria, articulando con las instancias correspondientes;

    g. Administrar y evaluar los convenios de cooperacin intersectorial, nacional e internacional, en coordinacin con las instancias respectivas, y en el mbito de su competencia;

    h. Aprobar los modelos de contrato global de las compaas de seguro y/o medicina pre pagada;

    i. Articular y evaluar el funcionamiento del sistema nacional de atencin de emergencias y la red de ambulancias, en coordinacin con las Direcciones Nacionales de la Subsecretara de Provisin de Servicios de Salud, la Direccin Nacional de Gestin de Riesgos y las Instituciones pertinentes;

    j. Proveer a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, insumos para el desarrollo de los modelos y herramientas que permitan la gestin, organizacin y funcionamiento de la Red Pblica y Complementaria como parte del Sistema Nacional de Salud;

    k. Proveer a la Direccin de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, insumos para la formulacin de la poltica de financiamiento y asignacin de recursos de la Red Pblica y Complementaria;

    l. Coordinar la aplicacin de los modelos y la poltica de financiamiento y asignacin de recursos de la red pblica y complementaria, en coordinacin con las instancias pertinentes;

    m. Proveer a la Direccin Nacional de Normatizacin, insumos para la elaboracin de las normativas tcnicas, que permitan la organizacin y funcionamiento de la Red Pblica y Complementaria como parte del Sistema Nacional de Salud, en base a las polticas y lineamientos estratgicos establecidos;

    n. Coordinar y concertar con la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria, la aplicacin de la cartera de servicios definida por la Autoridad Sanitaria, en base al modelo de atencin y a las necesidades de salud de la poblacin;

    o. Proponer y coordinar con las instancias respectivas, las estrategias para comunicacin de los servicios y funcionamiento de la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria de Salud;

    p. Establecer los lineamientos sobre el sistema de referencia y contra referencia en base al Modelo de Atencin, para todos los niveles de atencin de Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria;

    q. Establecer los lineamientos para la construccin de redes y micro redes zonales y distritales de acuerdo al Modelo de Atencin;

    r. Definir los flujos de atencin de las personas afectadas por condiciones de salud raras, catastrficas y otras especiales de la poblacin beneficiaria al interior de la red, de tal manera que se garantice su acceso oportuno a las prestaciones requeridas, coordinando con las respectivas instancias de manera interinstitucional e intersectorial;

  • 24

    s. Coordinar Interinstitucional e intersectorialmente los casos especiales de atencin a pacientes que sean solicitados a la Institucin;

    t. Definir los criterios y lineamientos para los procesos de calificacin y seleccin de prestadores de salud;

    u. Desarrollar, monitorear y evaluar la implementacin de estndares, indicadores y dems herramientas que permitan el adecuado funcionamiento y oportuna gestin de los servicios de la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria, con la finalidad de garantizar su mejoramiento continuo;

    v. Evaluar la calidad de los servicios proporcionados por los prestadores de servicios de salud de la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria;

    w. Analizar, evaluar y proponer las normas tcnicas necesarias para la gestin, control y monitoreo de las prestaciones mdicas hospitalarias y no hospitalarias;

    x. Planificar, dirigir, aprobar y evaluar la gestin de la Direccin a su cargo, y asegurar la adecuada coordinacin con las dems instancias del Ministerio;

    y. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores de gestin de la Direccin a su cargo; z. Participar de ser requerido y de acuerdo al mbito de su competencia, en la sala situacional

    del Ministerio de Salud Pblica; y, aa. Ejercer las funciones, representaciones y delegaciones que le asigne el/la Subsecretario/a de

    Gobernanza de la Salud Pblica.

    Gestin interna

    Articulacin y Organizacin de la Red Pblica y Complementaria Manejo de la Atencin Integral de Usuarios de la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria Control Tcnico Medico de las Prestaciones de Salud

    Productos:

    Articulacin y Organizacin de la Red Pblica y Complementaria

    a. Insumos y propuestas para los proyectos de ley, reglamentos y otros instrumentos legales

    que permitan el funcionamiento en red del Sistema Nacional de Salud; b. Propuestas de polticas pblicas para el funcionamiento y organizacin de los actores del

    Sistema Nacional de Salud; c. Planes y proyectos para la gestin y organizacin de los actores del Sistema Nacional de

    Salud, en base a las directrices estratgicas establecidas; d. Informes de evaluacin de la aplicacin de polticas, normas, reglamentos de la gestin y

    organizacin de los actores del Sistema Nacional de Salud; e. Estrategias para coordinar y concertar con las instituciones del Sistema Nacional de Salud, la

    gestin y ejecucin de las polticas, modelos, normas, convenios, estndares y herramientas tcnicas definidas por la Autoridad Sanitaria Nacional;

    f. Estrategias para la implementacin del Tarifario nico de Prestaciones, en la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria;

    g. Convenios de servicios al interior de la Red Pblica y Complementaria en base Tarifario nico de Prestaciones definido;

    h. Informes de cumplimiento, evaluacin y control de los acuerdos establecidos con la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria de Salud, para la aplicacin del Tarifario nico de Prestaciones;

  • 25

    i. Informes de cumplimiento, evaluacin y control de los convenios de la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria;

    j. Informes de seguimiento, evaluacin y control sobre el cumplimiento de los convenios de cooperacin intersectorial, nacional e internacional, en el mbito de su competencia;

    k. Aprobacin de los modelos de contrato global de las compaas de seguro y/o medicina pre pagada;

    l. Actas y acuerdos que permitan el adecuado funcionamiento del sistema nacional de atencin de emergencias y la red de ambulancias;

    m. Informes de seguimiento y evaluacin del funcionamiento del sistema nacional de atencin de emergencias y la red de ambulancias del Sistema Nacional de Salud;

    n. Insumos entregados a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, para el desarrollo de modelos y herramientas que permitan la gestin, organizacin y funcionamiento de la Red Pblica y Complementaria como parte del Sistema Nacional de Salud;

    o. Informes de seguimiento y evaluacin de la aplicacin de los modelos y dems herramientas desarrolladas para el Sistema Nacional de Salud, para garantizar su mejoramiento continuo;

    p. Insumos entregados a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, para la formulacin de la poltica de financiamiento y asignacin de recursos de la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria;

    q. Informes de seguimiento y evaluacin sobre la implementacin de la poltica de financiamiento y asignacin de recursos, en la Red Pblica y Complementaria de Salud;

    r. Insumos entregados a la Direccin Nacional de Normatizacin, para la elaboracin de normativas tcnicas que permitan la organizacin y funcionamiento de la Red Pblica y Complementaria como parte del Sistema Nacional de Salud, en base a las polticas y lineamientos estratgicos establecidos;

    s. Actas y acuerdos establecidos con la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria, sobre la aplicacin de la cartera de servicios definida por la Autoridad Sanitaria Nacional;

    t. Estrategias para la comunicacin de los servicios y funcionamiento de la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria de Salud;

    u. Lineamientos sobre el sistema de referencia y contra referencia en base al Modelo de Atencin, para todos los niveles de atencin de Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria;

    v. Lineamientos para la construccin de redes y micro redes zonales y distritales de acuerdo al Modelo de Atencin;

    w. Estndares, indicadores y dems herramientas, para el adecuado funcionamiento y oportuna gestin de los servicios de la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria, con la finalidad de garantizar su mejoramiento continuo;

    x. Registro de calificacin y seleccin de prestadores y/o proveedores de salud, para la realizacin de convenios, en base a criterios y lineamientos establecidos;

    y. Base de datos de prestadores de salud de la Red Pblica y Complementaria de Salud. Manejo de la Atencin Integral de Usuarios de la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada Complementaria a. Flujos de atencin de las usuarios de la Red Pblica Integral de Salud y Red Privada

    Complementaria, de tal manera que se garantice su acceso oportuno a las prestaciones requeridas;

  • 26

    b. Flujos de atencin de las personas afectadas por condiciones de salud raras, catastrficas y otras especiales de la poblacin beneficiaria, de tal manera que se garantice su acceso oportuno a las prestaciones requeridas al interior de la red;

    c. Informes consolidado de seguimiento y monitoreo de la aplicacin de los flujos, procedimientos y normas establecidas para el manejo de la atencin integral de usuarios;

    d. Plan de manejo integral de cada caso especial de atencin a pacientes que sean solicitados a la Institucin, desarrollado mediante su respectivo anlisis en coordinacin con las juntas mdicas establecidas para el efecto;

    a. Informes tcnico-mdicos de resolucin de casos especiales, para respuesta de el/la Ministro/a de Salud Pblica a las instancias correspondientes;

    b. Base de datos de derivaciones y atenciones brindadas en la Red Pblica y Complementaria de Salud;

    c. Reportes de seguimiento de casos especiales, en coordinacin con las unidades zonales correspondientes;

    d. Informes comunicacionales a las distintas instancias que requieren conocer el estado de los casos especiales, garantizando la confidencialidad del caso;

    e. Insumos para las propuestas de lineamientos y procedimientos, para la operatividad de la gestin de pacientes dentro de la Red Pblica y Complementaria de Salud.

    Control Tcnico Mdico de las Prestaciones de Salud a. Informes consolidados de evaluacin y control del cumplimiento de protocolos y normas en

    las prestaciones integrales en salud; b. Informes consolidados de los resultados de las auditoras in situ y auditoras institucionales

    segn la planificacin de la unidad zonal, para verificar el cumplimiento de estndares de calidad en los prestadores de servicios de salud de la RPIS y de la RPC;

    c. Propuestas y recomendaciones sobre las medidas tendientes a mejorar o a corregir los procesos que garanticen la pertinencia mdica de los servicios y bienes dados por los prestadores de servicios de salud;

    d. Talleres, seminarios y otras actividades destinadas a la capacitacin de los prestadores de los servicios, sobre los procesos relacionados a las prestaciones de salud que se ofrecen a travs de la RPIS y de la RPC;

    e. Informes consolidados del control de la calidad de los procesos de auditora mdica realizados en la zona, garantizando el cumplimiento de los trminos sealados en las respectivas normas tcnicas;

    f. Insumos para las propuestas de normativas, lineamientos y procedimientos, que garanticen la pertinencia mdica de los servicios y bienes dados por los prestadores de servicios de salud, dentro de la Red Pblica y Complementaria de Salud.

    Unidad Responsable: Direccin Nacional de Normatizacin Misin: Desarrollar y definir todas las normas, manuales, protocolos, guas y otras normativas relacionadas a la gestin de la salud, a fin de que el Ministerio ejerza la rectora sobre el Sistema Nacional de Salud, garantizando la calidad y excelencia en los servicios; y, asegurando la actualizacin, inclusin y socializacin de la normativa entre los actores involucrados. Responsable: Director/a Nacional de Normatizacin

  • 27

    Atribuciones y Responsabilidades:

    a. Desarrollar, revisar, evaluar y proponer las normas, manuales de protocolos clnicos por ciclo de vida, protocolos teraputicos, protocolos odontolgicos, guas de manejo clnico y otras normativas para el Sistema Nacional de Salud, acorde a los lineamientos y prioridades estratgicas establecidas;

    b. Elaborar, revisar, evaluar y proponer las normas para el licenciamiento, acreditacin y certificacin de los prestadores de salud de la medicina occidental, tradicional, ancestral y alternativa, as como los criterios para su evaluacin, en base a los insumos generados desde las instancias respectivas del Ministerio de Salud Pblica;

    c. Elaborar, revisar, evaluar y proponer las normas para desarrollar los procesos de organizacin, gestin y provisin de servicios de salud por ciclos de vida, acorde a lo establecido en el modelo de atencin integral de salud, con enfoque de derechos e inclusin, y en base a los insumos generados desde las distintas instancias del Ministerio de Salud Pblica;

    d. Realizar estudios comparativos relacionados con las mejores prcticas nacionales e internacionales sobre normas y estndares relacionados a la gestin de la salud;

    e. Recopilar los insumos generados por otras instancias del Ministerio de Salud Pblica, para la elaboracin y validacin de normas generales relacionadas a la gestin de la salud;

    f. Asegurar la generacin, actualizacin y coherencia de las normas, manuales, protocolos, guas y otras normativas generales relacionadas a la gestin de la salud;

    g. Asegurar la socializacin de las normas, manuales, protocolos, guas y otras normativas generadas, y coordinar con las instancias respectivas, las estrategias para comunicacin y difusin de las mismas;

    h. Proveer a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, insumos que retroalimenten el desarrollo y actualizacin de los modelos y otras herramientas para el direccionamiento estratgico del Sistema Nacional de Salud;

    i. Proveer a la Direccin Nacional de Tecnologas de la Informacin y Comunicaciones, lineamientos e insumos para el diseo de sistemas que permitan el monitoreo y evaluacin del avance de implementacin de las normas generadas;

    j. Planificar, dirigir, aprobar y evaluar la gestin de la Direccin a su cargo, y asegurar la adecuada coordinacin con las dems instancias del Ministerio;

    k. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores de gestin de la Direccin a su cargo; l. Participar de ser requerido y de acuerdo al mbito de su competencia, en la sala situacional

    del Ministerio de Salud Pblica; m. Ejercer las funciones, representaciones y delegaciones que le asigne el/la Subsecretario/a de

    Gobernanza de la Salud Pblica.

    Productos:

    a. Normas, manuales, protocolos y guas relacionadas a la salud; b. Normas y reglamentos de licenciamiento, acreditacin y certificacin de los prestadores de

    salud de la medicina occidental, tradicional, ancestral y alternativa; c. Normas para desarrollar los procesos de organizacin, gestin y provisin de servicios de

    salud por ciclos de vida, acorde a lo establecido en el modelo de atencin integral de salud; d. Estudios comparativos relacionados con las mejores prcticas nacionales e internacionales

    sobre normas y estndares de gestin de la salud; e. Insumos para a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de

    Salud que retroalimenten el desarrollo y actualizacin de los modelos y otras herramientas para el direccionamiento estratgico del Sistema Nacional de Salud;

  • 28

    f. Planes y lineamientos para la socializacin, comunicacin y difusin de las normas, manuales, protocolos, guas y otras normativas generadas, relacionadas a la gestin del sector salud;

    g. Insumos para el diseo de sistemas que permitan el monitoreo y evaluacin del grado de implementacin de las normas generadas.

    Unidad Responsable: Direccin Nacional de Normatizacin del Talento Humano en Salud Misin: Definir, normar y garantizar el cumplimiento de estndares relacionados con la planificacin, gestin, formacin y desarrollo del talento humano en Salud, a fin de que el Ministerio ejerza la rectora sobre el Sistema Nacional de Salud, garantizando la calidad y excelencia en los servicios; y, asegurando la actualizacin, inclusin y socializacin de la normativa entre los actores involucrados. Responsable: Director/a Nacional de Normatizacin del Talento Humano en Salud Atribuciones y Responsabilidades:

    a. Elaborar, revisar, evaluar y proponer las normas, polticas y lineamientos para la

    planificacin, gestin, formacin, desarrollo, evaluacin y retencin del talento humano de la salud, en base a investigaciones del Sistema Nacional de Salud y otros insumos generados desde las distintas instancias del Ministerio de Salud Pblica;

    b. Elaborar, revisar, evaluar y proponer normativas para el proceso de certificacin, acreditacin de los profesionales de la salud, en coordinacin con las instancias y entidades respectivas;

    c. Elaborar, revisar, evaluar y proponer normativas para el proceso de registro de ttulos de los profesionales de la salud, certificaciones de los mismos y autenticacin de firmas de los profesionales registrados, en coordinacin con la Direccin Nacional de Calidad de los Servicios de Salud y otras entidades involucradas;

    d. Proponer, conducir y coordinar los procesos de formulacin, aprobacin e implementacin de la poltica de talento humano de salud, la ley y reglamento general de carrera sanitaria para el Sistema Nacional de Salud, en coordinacin con la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud y las Direcciones Nacionales del Viceministerio de Atencin Integral en Salud y la Direccin Nacional de Talento Humano;

    e. Proponer, conducir y coordinar los procesos de formulacin, aprobacin e implementacin de normas que contribuyan a la distribucin equitativa del talento humano de salud, buscando la adecuacin entre oferta y demanda en el territorio nacional, entre lo urbano, urbano marginal y rural, y todos los niveles de atencin de salud en el pas;

    f. Desarrollar y proponer, innovaciones y estndares ptimos para los perfiles del talento humano de la salud, en base a investigaciones del Sistema Nacional de Salud y otros insumos generados desde las distintas Direcciones Nacionales del Ministerio de Salud Pblica;

    g. Investigar y elaborar propuestas para la innovacin al pensum de estudio de los profesionales de la salud, acorde a la demanda de la sociedad y necesidades del Sistema Nacional de Salud y en coordinacin con las distintas instancias del Ministerio de Salud Pblica;

    h. Disear en coordinacin con distintos actores del Sistema Nacional de Salud, las mallas curriculares adaptadas a las necesidades nacionales, en base a los lineamientos y prioridades estratgicas establecidas;

    i. Establecer las necesidades y mecanismos de implementacin de los programas de cuarto nivel de los profesionales de la salud, en coordinacin con la entidad rectora del estado y las distintas entidades formadoras;

  • 29

    j. Analizar, definir e implementar estrategias de vinculacin con instancias acadmicas internacionales para programas de capacitacin, entrenamiento, formacin y evaluacin de los profesionales de la salud, en coordinacin con la Direccin Nacional de Cooperacin y Relaciones Internacionales;

    k. Realizar estudios comparativos relacionados con las mejores prcticas nacionales e internacionales sobre normas y estndares relacionados a la gestin del talento humano del sector salud;

    l. Recopilar los insumos, propuestas e innovaciones generadas por las distintas instancias del Ministerio de Salud Pblica y los actores del Sistema Nacional de Salud, para la elaboracin y validacin de polticas, normas y estndares generales enfocados al Talento Humano del sector;

    m. Asegurar la generacin, actualizacin y coherencia de las normativas generales relacionadas a la gestin del talento humano del sector salud;

    n. Proponer e implementar estrategias para reducir la brecha entre la oferta y la demanda de profesionales de la salud para el corto, mediano y largo plazo en el Sistema Nacional de Salud;

    o. Asegurar la socializacin de las normas, manuales, protocolos, guas y otras normativas generadas, y coordinar con las instancias respectivas, las estrategias para comunicacin y difusin de las mismas;

    p. Proveer a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, insumos que retroalimenten el desarrollo y actualizacin de los modelos y otras herramientas para el direccionamiento estratgico del Sistema Nacional de Salud;

    q. Proveer a la Direccin Nacional de Tecnologas de la Informacin y Comunicaciones, lineamientos e insumos para el diseo de sistemas que permitan el monitoreo y evaluacin del avance de implementacin de las polticas y normas generadas;

    r. Planificar, dirigir, aprobar y evaluar la gestin de la Direccin a su cargo, y asegurar la adecuada coordinacin con las dems instancias del Ministerio;

    s. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores de gestin de la Direccin a su cargo; t. Participar de ser requerido y de acuerdo al mbito de su competencia, en la sala situacional

    del Ministerio de Salud Pblica; u. Ejercer las funciones, representaciones y delegaciones que le asigne el/la Subsecretario/a de

    Gobernanza de la Salud Pblica. Gestin interna

    Planificacin del Talento Humano del Sector Salud Formulacin de Normas de Talento Humano Formacin y Desarrollo del Talento Humano del Sector Salud

    Productos:

    Planificacin del Talento Humano del Sector Salud

    a. Estudios comparativos relacionados con las mejores prcticas nacionales e internacionales de estndares de gestin del talento humano del sector salud;

    b. Informe de consolidacin y anlisis de propuestas e innovaciones de las distintas instancias del Ministerio de Salud Pblica y los actores del Sistema Nacional de Salud, enfocados al Talento Humano del sector;

  • 30

    c. Estrategias para reducir la brecha entre la oferta y la demanda de profesionales de la salud para el corto, mediano y largo plazo en el Sistema Nacional de Salud e informes de implementacin;

    d. Lineamientos y estndares para planificacin de talento humano en salud; e. Propuestas de distribucin equitativa del talento humano de salud en todo el pas, buscando

    la adecuacin entre oferta y demanda en el territorio nacional, entre lo urbano, urbano marginal y rural, y todos los niveles de atencin de salud en el pas;

    f. Insumos para el diseo de sistemas que permitan el monitoreo y evaluacin del grado de implementacin de las normas generadas y el impacto de las acciones implementadas;

    g. Indicadores de gestin, resultados e impacto, sobre las normas de talento humano a nivel del sector salud;

    h. Marco regulatorio para el desarrollo e implementacin de la carrera sanitaria para el Sistema Nacional de Salud y la poltica de talento humano de salud.

    Formulacin de Normas de Talento Humano

    a. Proyectos de leyes, reglamentos generales y otros instrumentos legales para la carrera

    sanitaria para el Sistema Nacional de Salud; b. Normas y polticas para la planificacin, gestin, formacin, desarrollo, evaluacin y

    retencin del talento humano de la salud; c. Normativas, polticas internas y otros instrumentos legales para la certificacin y acreditacin

    de los profesionales de la salud; d. Propuesta de normativas, polticas internas y otros instrumentos legales para el proceso de

    registro de ttulos de los profesionales de la salud, certificaciones de los mismos y autenticacin de firmas de los profesionales registrados;

    e. Propuestas de normativas relacionadas con estndares del talento humano en Salud; f. Insumos para a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de

    Salud que retroalimenten el desarrollo y actualizacin de los modelos y otras herramientas para el direccionamiento estratgico del Sistema Nacional de Salud;

    g. Planes y lineamientos para la socializacin, comunicacin y difusin de las normas, manuales, protocolos, guas y otras normativas generadas, relacionadas al talento humano del sector salud.

    Formacin y Desarrollo del Talento Humano del Sector Salud

    a. Informes de investigaciones sobre los estndares ptimos para los perfiles del talento

    humano de la Salud; b. Estrategias y propuestas de vinculacin con instancias acadmicas internacionales para

    programas de capacitacin, entrenamiento, formacin y evaluacin de los profesionales de la salud, e informes de implementacin;

    c. Propuestas para la innovacin al pensum de estudio de los profesionales de la salud, acorde a la demanda de la sociedad y necesidades del Sistema Nacional de Salud, e informes de implementacin;

    d. Mecanismos de implementacin de los programas de cuarto nivel de los profesionales de la salud, en coordinacin con la entidad rectora del estado y las distintas entidades formadoras;

    e. Mallas curriculares para la formacin y desarrollo de los profesionales de la salud adaptadas a las necesidades nacionales;

    f. Acuerdos y convenios con entidades pblicas y privadas, nacionales e internacionales relacionados al desarrollo de profesionales de la salud.

  • 31

    Unidad Responsable: Direccin Nacional de Medicamentos y Dispositivos Mdicos Misin: Conducir la gestin integral de medicamentos y dispositivos mdicos, en el marco de las polticas, normativas, el direccionamiento estratgico y prioridades del sector. Responsable: Director/a Nacional de Medicamentos y Dispositivos Mdicos Atribuciones y Responsabilidades:

    a. Conducir y coordinar la formulacin de insumos para los proyectos de ley, reglamentos, normativas tcnicas, procedimientos y otros instrumentos legales para la gestin integral de medicamentos y dispositivos mdicos;

    b. Conducir y coordinar la formulacin de la poltica nacional de medicamentos y otras polticas para la gestin integral de medicamentos en base a los lineamientos estratgicos establecidos, y promover su cumplimiento a fin de garantizar el acceso seguro y uso racional en el Sistema Nacional de Salud;

    c. Conducir y coordinar la formulacin de propuestas de polticas pblicas y lineamientos de gestin de suministro nacional de medicamentos y dispositivos mdicos;

    d. Direccionar la elaboracin y revisin del Cuadro Nacional de Medicamentos Bsicos y su registro teraputico;

    e. Direccionar la elaboracin y revisin del Cuadro Nacional de Dispositivos Mdicos Bsicos; f. Coordinar con la Autoridad Reguladora, el registro de precios de los medicamentos y otros

    en el mbito de su competencia, que se comercializan en el pas; g. Conducir y coordinar la elaboracin de proyectos de reglamentos e instructivos para la

    gestin integral de medicamentos y dispositivos mdicos, en coordinacin con la Direccin Nacional de Normatizacin, la Coordinacin General de Asesora Jurdica y la Coordinacin General Administrativa Financiera, en base a las necesidades generadas;

    h. Coordinar el desarrollo de estrategias para mejorar la logstica y suministro de medicamentos y dispositivos mdicos en las unidades de salud de la red pblica para optimizar los recursos disponibles;

    i. Conducir y desarrollar los planes para la implementacin de la atencin farmacutica profesional en las unidades de salud de la red pblica;

    j. Impulsar estrategias para promover el uso de medicamentos genricos en las unidades de salud del Sistema Nacional de Salud, en coordinacin con la Direccin Nacional de Articulacin de la Red Pblica y Complementaria de Salud y otras instancias del Ministerio de Salud Pblica;

    k. Coordinar y supervisar la aplicacin de precios de medicamentos en los procesos de contratacin en la red pblica, en base a los insumos que se generen desde la entidad designada para el control, y otras instancias del Ministerio de Salud Pblica;

    l. Planificar en base a los lineamientos estratgicos, la gestin de compra y suministro de medicamentos y dispositivos mdicos para el sector salud, acorde con el perfil epidemiolgico, la demanda de la poblacin y otros insumos generados desde las distintas instancias del Ministerio de Salud Pblica;

    m. Conducir y coordinar la elaboracin de los trminos de referencia para los procesos de compras de medicamentos y dispositivos mdicos, en base a los insumos generados desde las distintas instancias del Ministerio de Salud Pblica;

  • 32

    n. Proveer a la Direccin Nacional de Tecnologas de la Informacin y Comunicaciones, lineamientos e insumos para el diseo del sistema nico de gestin de suministro de medicamentos y dispositivos mdicos, en las unidades de salud de la red pblica;

    o. Monitorear y supervisar los consumos y necesidades de medicamentos, reactivos y dispositivos mdicos con las instancias tcnicas pertinentes, a travs del sistema informtico creado en coordinacin con la Direccin Nacional de la Informacin y Comunicaciones;

    p. Coordinar con las fuentes de provisin, las compras emergentes de medicamentos, reactivos y dispositivos mdicos y aprobar las compras de medicamentos y dispositivos mdicos que se generen desde las distintas instancias, programas y proyectos del Ministerio de Salud Pblica;

    q. Participar en los procesos de negociacin para la compra a gran escala de medicamentos, dispositivos mdicos y reactivos;

    r. Coordinar con la Direccin de Nacional de Talento Humano, las necesidades de capacitacin dentro del mbito de su competencia;

    s. Planificar, dirigir, aprobar y evaluar la gestin de la Direccin a su cargo, y asegurar la adecuada coordinacin con las dems instancias del Ministerio;

    t. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores sobre la gestin de medicamentos y dispositivos mdicos en las unidades de salud de la red pblica;

    u. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores de gestin de la Direccin a su cargo; v. Participar de ser requerido y de acuerdo al mbito de su competencia, en la sala situacional

    del Ministerio de Salud Pblica; w. Ejercer las funciones, representaciones y delegaciones que le asigne el/la Subsecretario/a de

    Gobernanza de la Salud Pblica. Gestin Interna

    Abastecimiento Polticas de Medicamentos y Dispositivos Mdicos Monitoreo y Evaluacin de la Gestin

    Productos:

    Abastecimiento a. Plan estratgico y plan anual de compras de medicamentos y dispositivos mdicos,

    programacin de compras articuladamente con las instancias respectivas del Ministerio de Salud Pblica;

    b. Plan anual y estrategias para la logstica y suministro de medicamentos y dispositivos mdicos en las unidades de salud de la red pblica;

    c. Programacin conciliada de las compras de medicamentos y dispositivos mdicos de la red pblica, acorde a las necesidades, perfil epidemiolgico y en base a la disponibilidad presupuestaria;

    d. Informe de las necesidades de medicamentos y dispositivos mdicos conciliadas con la red de pblica;

    e. Trminos de referencia y especificaciones tcnicas para los procesos de compras de medicamentos y dispositivos mdicos;

    f. Informe de los procesos de negociacin para la compra de medicamentos y dispositivos mdicos a gran escala del Sistema Nacional de Salud;

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    g. Registro consolidado a nivel nacional de precios referenciales, informes de ofertas y cuadros comparativos de dispositivos mdicos e insumos estratgicos, para la compra;

    h. Reportes de aprobacin de las compras de medicamentos y dispositivos mdicos que se generen desde las distintas instancias, programas y proyectos del Ministerio de Salud Pblica;

    i. Reporte de las recepciones tcnicas realizadas.

    Polticas de Medicamentos y Dispositivos Mdicos a. Insumos tcnicos para los proyectos de normativas tcnicas, procedimientos y otros

    instrumentos legales para la gestin de medicamentos y dispositivos mdicos; b. Poltica nacional de medicamentos y otras polticas pblicas para la gestin integral de

    medicamentos; c. Proyectos de reglamentos e instructivos para la gestin de suministro y el uso racional de

    medicamentos y dispositivos mdicos; d. Cuadro Nacional Bsico de Medicamentos y su registro teraputico, de conformidad con las

    normas vigentes; e. Cuadro Nacional Bsico de Dispositivos Mdicos; f. Plan de implementacin del uso obligatorio del Cuadro Nacional de Bsico de Medicamentos

    en la red pblica; g. Planes y proyectos nacionales anuales sobre abastecimiento de medicamentos y dispositivos

    mdicos; h. Plan para la promocin y uso racional de los medicamentos genricos; i. Plan para la implementacin de la atencin farmacutica profesional en las unidades de

    salud de la red pblica; j. Lineamientos e insumos para el diseo del sistema nico de gestin de suministro de

    medicamentos y dispositivos mdicos, en las unidades de salud de la red pblica; k. Informe de anlisis de propuestas para la actualizacin del cuadro de medicamentos bsicos. Monitoreo y Evaluacin de la Gestin a. Lineamientos para el sistema de monitoreo y evaluacin de gestin de medicamentos y

    dispositivos mdicos; b. Consolidado nacional de informes de monitoreo y evaluacin de aplicacin de las polticas y

    ejecucin de los planes y proyectos relacionados con el mbito de su competencia; c. Estndares e indicadores nacionales de gestin oportuna para medicamentos; d. Indicadores de uso y necesidad de los medicamentos y dispositivos mdicos; e. Consolidado nacional del consumo de medicamentos en las unidades de la red pblica; f. Observatorio de precios de medicamentos en la red pblica, diseado e implementado; g. Reportes de los movimientos del sistema de gestin de inventarios de medicamentos y

    dispositivos mdicos a nivel Nacional, en coordinacin con las unidades Administrativas.

    Art.13.-Vigilancia de la Salud Pblica

    Unidad Responsable: Subsecretara Nacional de Vigilancia de la Salud Pblica Misin: Desarrollar, asegurar y evaluar la implementacin de polticas sectoriales para la vigilancia de la salud pblica y control sanitario, mediante herramientas y acciones que generen informacin

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    oportuna y garanticen la prevencin y control para la proteccin de la salud de la poblacin, en el marco de las leyes, directrices y lineamientos estratgicos del sector.

    Responsable: Subsecretario/a Nacional de Vigilancia de la Salud Pblica Atribuciones y Responsabilidades:

    a. Asesorar al/a Ministro/a y Vice ministros en todas las materias de su competencia; b. Disponer y validar, en funcin de las prioridades estratgicas del sector salud, la formulacin

    de proyectos de polticas pblicas, leyes, reglamentos, planes, programas y otros instrumentos tcnicos y legales para el ejercicio de la vigilancia de la salud pblica;

    c. Garantizar la aplicacin del Reglamento Sanitario Internacional en coordinacin con todas las instancias involucradas;

    d. Garantizar la generacin oportuna de informacin epidemiolgica para la toma de decisiones y definicin de estrategias para la prevencin y control de eventos y enfermedades que puedan ser perjudiciales para la salud de la poblacin;

    e. Dirigir y coordinar la formulacin de polticas, propuestas de normativas y otros instrumentos legales, que garanticen la calidad, seguridad, eficacia e inocuidad de los productos de uso y consumo humano, as como las condiciones higinico-sanitarias de los establecimientos sujetos a vigilancia y control sanitario, en el pas;

    f. Dirigir y coordinar interinstitucional, intersectorial y con las distintas instancias del Ministerio de Salud Pblica, la formulacin de las polticas, planes y proyectos para la prevencin y control de enfermedad, grupo de enfermedades y/o atencin de grupos prioritarios, en el mbito de las prioridades sanitarias nacionales, asegurando su inclusin en la gestin Institucional;

    g. Dirigir y coordinar acciones interinstitucionales e intersectoriales, para sancionar el incumplimiento de la Ley Orgnica de Salud, normativas y otros reglamentos vigentes;

    h. Validar los requerimientos de investigacin sobre epidemiologa y otros temas relacionados a la vigilancia de la salud pblica para la definicin de prioridades de investigacin, en coordinacin con la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud;

    i. Coordinar con los niveles desconcentrados, la adecuada gestin relacionada al mbito de su competencia;

    j. Planificar, dirigir, aprobar y evaluar la gestin de la Subsecretara a su cargo, y asegurar la adecuada coordinacin con las dems instancias del Ministerio;

    k. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores de gestin e impacto de la Subsecretara a su cargo;

    l. Participar de ser requerido y de acuerdo al mbito de su competencia en la sala situacional del Ministerio de Salud Pblica;

    m. Ejercer las funciones, representaciones y delegaciones que le asigne el/la Viceministro/a de Gobernanza y Vigilancia de la Salud y Ministro/a de Salud Pblica.

    Unidad Responsable: Direccin Nacional de Vigilancia Epidemiolgica Misin: Determinar, predecir y proyectar el comportamiento de eventos y enfermedades de inters en Salud Pblica, y su relacin con los factores de riesgo, determinantes y condicionantes de la salud,

  • 35

    generando informacin oportuna y de calidad, para establecer estrategias de prevencin y control que eviten su propagacin en la comunidad.

    Responsable: Director/a Nacional de Vigilancia Epidemiolgica Atribuciones y Responsabilidades:

    a. Asesorar y notificar a las mximas autoridades sobre eventos en salud pblica; b. Conducir y coordinar la formulacin de insumos para los proyectos de ley, reglamentos y

    otros instrumentos legales para la gestin epidemiolgica; c. Conducir y coordinar la formulacin de propuestas de polticas pblicas y la elaboracin de

    planes y proyectos relacionados a la epidemiologa; d. Proponer e implementar estrategias, iniciativas y mecanismos para la gestin y ejecucin de

    las polticas, normas, convenios, planes y proyectos epidemiolgicos; e. Desarrollar y monitorear el adecuado funcionamiento del Sistema de Vigilancia

    Epidemiolgica, y garantizar su mejoramiento continuo; f. Identificar y controlar brotes y epidemias, a travs del monitoreo epidemiolgico

    permanente en la poblacin; g. Coordinar y definir los flujos de provisin de servicios de la red de Laboratorios de Salud

    Pblica, en coordinacin con las instancias involucradas; h. Coordinar y supervisar la aplicacin del Reglamento Sanitario Internacional y el

    funcionamiento del Centro de Enlace, en coordinacin con todas las instancias del Ministerio de Salud Pblica;

    i. Proveer a la Subsecretara de Promocin de la Salud e Igualdad, a la Direccin Nacional de Estrategias de Prevencin y Control, y a la Direccin Nacional de Gestin de Riesgos, insumos para la elaboracin de planes de accin, reduccin y mitigacin de riesgos de eventos y/o enfermedades que afecten a la salud de la poblacin;

    j. Proveer a la Direccin Nacional de Tecnologas de la Informacin y Comunicaciones, lineamientos e insumos para el diseo de sistemas que permitan el monitoreo y evaluacin de la aplicacin de polticas pblicas, y ejecucin de planes y proyectos sobre epidemiologa;

    k. Proveer a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, insumos para el establecimiento de prioridades de investigacin sobre epidemiologa;

    l. Proveer a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, la Direccin Nacional de Normatizacin, la Direccin Nacional de Normatizacin del Talento Humano en Salud y a la Direccin Nacional de Talento Humano, insumos para el desarrollo de modelos, normativas y otras herramientas que permitan el fortalecimiento y funcionamiento de la Red de Epidemilogos y su capacitacin continua;

    m. Coordinar con la Direccin de Nacional de Talento Humano, las necesidades de capacitacin dentro del mbito de su competencia;

    n. Planificar, dirigir, aprobar y evaluar la gestin de la Direccin a su cargo, y asegurar la adecuada coordinacin con las dems instancias del Ministerio;

    o. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores del Sistema de Vigilancia Epidemiolgica, para garantizar su mejoramiento continuo;

    p. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores de gestin de la Direccin a su cargo; q. Participar de ser requerido y de acuerdo al mbito de su competencia, en la sala situacional

    del Ministerio de Salud Pblica; r. Ejercer las funciones, representaciones y delegaciones que le asigne el/la Subsecretario/a de

    Nacional de Vigilancia de la Salud Pblica.

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    Productos:

    a. Insumos para los proyectos de ley, reglamentos y otros instrumentos legales para la gestin epidemiolgica;

    b. Propuestas de polticas pblicas, planes y/o proyectos relacionados a la epidemiologa; c. Insumos para proyectos de normativas tcnicas y otros instrumentos legales para el Sistema

    Integral de Vigilancia Epidemiolgica; d. Sistema Integrado de Vigilancia Epidemiolgica, con enfoque comunitario; e. Informes de aplicacin y funcionamiento del Sistema Integrado de Vigilancia Epidemiolgica; f. Reportes de identificacin y control de brotes y epidemias, a travs del monitoreo

    epidemiolgico permanente en la poblacin; g. Estrategias, iniciativas y mecanismos para la gestin y ejecucin de las polticas, normas,

    convenios, planes y proyectos epidemiolgicos; h. Flujos de provisin de servicios de la red de Laboratorios de Salud Pblica, en coordinacin

    con las instancias involucradas; i. Informes de gestin de la red de Laboratorios de Salud Pblica; j. Lineamientos programticos para el funcionamiento del Reglamento Sanitario Internacional; k. Informes de monitoreo y evaluacin sobre la implementacin del Reglamento Sanitario

    Internacional en eventos nacionales e internacionales de inters de salud pblica; l. Insumos para la elaboracin de planes de accin, referente a los eventos y/o enfermedades

    que afectan a la salud de la poblacin; m. Insumos para la elaboracin de planes de accin, reduccin y mitigacin de riesgos de

    eventos y/o enfermedades que afecten a la salud de la poblacin, y otros para el funcionamiento de salas situacionales;

    n. Lineamientos e insumos para el diseo de sistemas que permitan el monitoreo y evaluacin de la aplicacin de polticas pblicas, y ejecucin de planes y proyectos sobre epidemiologa;

    o. Insumos entregados a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, para el establecimiento de lineamientos de prioridades de investigacin sobre epidemiologa;

    p. Insumos para el desarrollo de modelos, normativas tcnicas y otras herramientas que permitan el fortalecimiento y funcionamiento de la Red de Epidemilogos y su capacitacin continua;

    q. Insumos entregados a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, para la inclusin del Sistema Integral de Vigilancia Epidemiolgica en el modelo de atencin;

    r. Metodologas y herramientas para el seguimiento continuo de temas de epidemiologa convencional y no convencional, para garantizar y fortalecer el modelo de atencin, en coordinacin con las instancias respectivas;

    s. Diagnstico de requerimientos de capacitacin en epidemiologa en coordinacin con la Direccin Nacional de Talento Humano;

    t. Lineamientos e informes del monitoreo y evaluacin de la aplicacin de polticas, planes, estrategias y proyectos sobre el sistema integral de vigilancia epidemiolgica, y el desarrollo y uso de la epidemiologa en el pas;

    u. Informes de monitoreo y evaluacin de la gestin y cumplimiento de indicadores del Sistema Integral de Vigilancia Epidemiolgica;

    v. Informes epidemiolgicos sistemticos (Gaceta, Boletn y revista epidemiolgica). Unidad Responsable: Direccin Nacional de Control Sanitario

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    Misin: Definir y formular las polticas pblicas, propuestas de normativas y otros instrumentos legales, que garanticen la calidad, seguridad, eficacia e inocuidad de los productos de uso y consumo humano, as como las condiciones higinico-sanitarias de los establecimientos sujetos a vigilancia y control sanitario en el pas, en el marco de las leyes y lineamientos estratgicos del sector. Responsable: Director/a Nacional de Control Sanitario Atribuciones y Responsabilidades:

    a. Asesorar a las mximas autoridades sobre temas relacionados a la vigilancia y control sanitario, y otros procesos en el mbito de su competencia;

    b. Conducir y coordinar la formulacin de propuestas e insumos para los proyectos de ley, polticas pblicas, reglamentos, normativas generales y otros instrumentos legales que permitan la regulacin, control y vigilancia sanitaria en el pas, para ser ejecutados por las entidades pertinentes adscritas al Ministerio de Salud Pblica;

    c. Proveer a la Direccin Nacional de Normatizacin, insumos para la elaboracin de las normativas tcnicas, que permitan la regulacin, vigilancia y control sanitario en el pas, en base a las polticas y lineamientos estratgicos establecidos;

    d. Conducir y coordinar con la Direccin Nacional de Medicamentos y Dispositivos Mdicos, la formulacin de lineamientos, polticas y normativas para la vigilancia y control de medicamentos, dispositivos mdicos y otros productos relacionados;

    e. Desarrollar y actualizar el flujo para el funcionamiento del sistema de alertas sanitarias, en coordinacin con las instancias respectivas;

    f. Supervisar y evaluar la aplicacin de polticas, normativas generales y la gestin realizada a travs de las instancias respectivas, sobre los procesos de regulacin relacionados con la vigilancia y control sanitario, a nivel nacional;

    g. Proveer a la Direccin Nacional de Tecnologas de la Informacin y Comunicaciones, lineamientos e insumos para el diseo de sistemas que permitan el monitoreo y evaluacin de la aplicacin de polticas de vigilancia y control sanitario;

    h. Proveer a la Direccin Nacional de Polticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, insumos para el establecimiento de lineamientos de prioridades de investigacin relacionadas a la gestin de vigilancia y control sanitario;

    i. Promover y participar en comits tcnicos para la revisin y actualizacin del Codex Alimentario;

    j. Promover y participar en foros y espacios de anlisis y discusin de temas relacionados a la vigilancia y control sanitario, tanto nacionales como internacionales;

    k. Coordinar con la Direccin de Nacional de Talento Humano, las necesidades de capacitacin dentro del mbito de su competencia;

    l. Planificar, dirigir, aprobar y evaluar la gestin de la Direccin a su cargo, y asegurar la adecuada coordinacin con las dems instancias del Ministerio;

    m. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores de resultados de la vigilancia y control sanitario, para garantizar el mejoramiento continuo de la gestin de la entidades adscritas pertinentes;

    n. Generar y monitorear el cumplimiento de indicadores de gestin de la Direccin a su cargo; o. Participar de ser requerido y de acuerdo al mbito de su competencia, en la sala situacional

    del Ministerio