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Estado EFS con deudas pendientes Secretaría Ejecutiva

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Estado EFS con deudas

pendientesSecretaría Ejecutiva

DEUDAS POR MEMBRESÍAS

Total de deudas por concepto de membresía

Miembros

PlenosUS$14.050

Miembros

AsociadosUS$61.770

Deuda total membresias*:

US$75.820

*Fecha de corte al 18 de mayo de 2017

MIEMBROS PLENOS

• Cuota 2017: US$8.000EFS

Venezuela

• Cuota 2017: US$3.000

• Cuota 2016: US$3.000• Saldo 2015: US$50

EFS Belice

Deudas de cuotas

MIEMBROS ASOCIADOS

• Cuota 2017: US$2.700CGR REP DOMINICANA

• Cuota 2017: US$2.700TCE MINAS GERAIS

• Cuota 2017: US$2.700TC DISTRITO FEDERAL

• Cuota 2017: US$2.700• Saldo 2016: US$40

TCE RIO GRANDE NORTE

• Cuota 2017: US$3.000TC ESPAÑA

• Cuota 2017: US$1.800ATRICOM

Deudas de cuotas año 2017

MIEMBROS ASOCIADOS

• Cuota 2017: US$2.700

• Cuota 2016: US$2.700• Saldo 2015: US$100

TCE PARANA

• Cuota 2017: US$2.700

• Cuota 2016: US$2.700• Saldo 2015: US$40

TCE AMAZONAS

• Cuota 2017: US$2.700

• Cuota 2016: US$2.700• Saldo 2015: US$35

TCE MATO GROSSO

• Cuota 2017: US$2.700

• Cuota 2016: US$2.700• Saldo 2015: US$55

TCE PERMANBUCO

Deudas de cuotas año 2017 y 2016

MIEMBROS ASOCIADOS

• Cuota 2017: US$2.700

• Cuota 2016: US$2.700

• Cuota 2015: US$2.700TCE PARÁ

• Cuota 2017: US$2.700

• Cuota 2016: US$2.700

• Cuota 2015: US$2.700

TCE RORAIMA

• Cuota 2017: US$2.700

• Cuota 2016: US$2.700

• Cuota 2015: US$2.700

TCM ESTADO DE BAHÍA

Deudas de cuotas año 2017, 2016 y 2015

GUÍA DE MEMBRESÍA DE LA OLACEFS

Acápite 7.1.1:

“Todo miembro que adeude dos (2) cuotas consecutivas de la membresía y no brinde información

sobre las razones de la falta de pago cuando le fuera requerido por la Secretaría Ejecutiva o las

razones no fueran consideradas justificadas por el Consejo Directivo, será notificado por la

Presidencia para que en el término de sesenta (60) días calendarios regularice su situación,

celebre un acuerdo de pago o comunique las causales que obstan a su cumplimiento, bajo

apercibimiento de suspenderlo temporalmente de sus derechos.

Vencido el plazo sin haberse dado cumplimiento a lo señalado en la notificación o habiendo sido

la respuesta considerada insatisfactoria, el Consejo Directivo suspenderá al miembro deudor en

los derechos de postular o enviar participantes a los cursos, seminarios y talleres que programe la

Organización, debiendo la Presidencia comunicar dicha suspensión al miembro moroso en el

plazo máximo de 15 días calendarios.

La suspensión se mantendrá hasta que regularice su situación u ofrezca un acuerdo de pago, el

que sea primero. En este último caso la Secretaría Ejecutiva dará cuenta de esta situación al

Consejo Directivo.”