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ESE _el' HOSPITAL rY. SanSebaslián De Urabá - Necoclí 1000-23-01.417 -17 RESOLUCiÓN No. 417 19 de abril de 2017 1 POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS PARÁMETROS DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES DE LA E.S.E HOSPITAL SAN SEBASTIAN DE URABÁ AL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD y SALUD EN EL TRABAJO. El Gerente de la ESE Hospital San Sebastián de Urabá del Municipio de Necoclí, en uso de sus atribuciones legales y en especial, decreto 139 de 1996, y, CONSIDERANDO: II Que la resolución 2013 de 1986 del Ministerio de trabajo, mediante la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de medicina y seguridad industrial en los lugares de trabajo. Resuelve que todas las empresas e instituciones públicas o privadas que tengan a su servicio 10 o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST). \. Que el artículo 2° de la Resolución 2013 de 1986, expone que el comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus suplentes. Que el artículo 15 de la Resolución 2013 de 1986, dice que "Es obligación de los trabajadores elegir libremente sus representantes al Comité de Medicina, Higiene y Seguridad en el Trabajo y con los reglamentos e instrucciones de servicio ordenados por el empleador". PARÁGRAFO: Es de carácter obligatorio la participación activa de todos los trabajadores vinculados a la planta de cargo de la E.S.E. en el proceso de votación. ® r-g:J L$j t2J L$j t2bS5 r-g:J L$j t2J L$j r-cq;;s-'i @J L$j t2J L$"j HQ:Sj t2J L$j t2J L$j @ ..&S& '7IOJ/titd SM S~ "tftza¿¿ t)~ ea ~ .. Calle 50 N° 36 - 37 - Teléfonos 821 45 46 - Fax Ext. 204 - www.hospitalnecocli.gov.co - [email protected] - NIT 890985603 -7

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Page 1: ESE el' HOSPITAL rY. SanSebasliánhospitalnecocli.gov.co/images/stories/pdf/RESOLUCIN_417... · Salud en elTrabajo (COPASST). \ . Que el artículo 2 de la Resolución 2013 de 1986,

ESE _el'HOSPITAL rY.

SanSebasliánDe Urabá - Necoclí

1000-23-01.417 -17RESOLUCiÓN No. 417

19 de abril de 2017

1

POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS PARÁMETROS DE LA SEGUNDACONVOCATORIA PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOSTRABAJADORES DE LA E.S.E HOSPITAL SAN SEBASTIAN DE URABÁ ALCOMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD y SALUD EN EL TRABAJO.

El Gerente de la ESE Hospital San Sebastián de Urabá del Municipio de Necoclí,en uso de sus atribuciones legales y en especial, decreto 139 de 1996, y,

C O N S I D E R A N D O:

II

Que la resolución 2013 de 1986 del Ministerio de trabajo, mediante la cual sereglamenta la organización y funcionamiento de los comités de medicina yseguridad industrial en los lugares de trabajo. Resuelve que todas las empresase instituciones públicas o privadas que tengan a su servicio 10 o mástrabajadores, están obligadas a conformar un Comité Paritario de Seguridad ySalud en el Trabajo (COPASST). \ .

Que el artículo 2° de la Resolución 2013 de 1986, expone que el comité deMedicina, Higiene y Seguridad Industrial, estará compuesto por un númeroigual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sussuplentes.

Que el artículo 15 de la Resolución 2013 de 1986, dice que "Es obligación delos trabajadores elegir libremente sus representantes al Comité de Medicina,Higiene y Seguridad en el Trabajo y con los reglamentos e instrucciones deservicio ordenados por el empleador".

PARÁGRAFO: Es de carácter obligatorio la participación activa de todos lostrabajadores vinculados a la planta de cargo de la E.S.E. en el proceso devotación.

® r-g:J L$j t2J L$j t2bS5 r-g:J L$j t2J L$j r-cq;;s-'i @J L$j t2J L$"jHQ:Sj t2J L$j t2J L$j@..&S& '7IOJ/titd SM S~ eú "tftza¿¿ t)~ eú ea ~ ..Calle 50 N° 36 - 37 - Teléfonos 821 45 46 - Fax Ext. 204 -

www.hospitalnecocli.gov.co - [email protected] - NIT 890985603 -7

Page 2: ESE el' HOSPITAL rY. SanSebasliánhospitalnecocli.gov.co/images/stories/pdf/RESOLUCIN_417... · Salud en elTrabajo (COPASST). \ . Que el artículo 2 de la Resolución 2013 de 1986,

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Que mediante resolución de Gerencia 319 de marzo de 2017 se realizóconvocatoria para la elección de los representantes de los trabajadores deacuerdo a los términos establecidos en la normatividad aplicable. Esta vez Nohubo trabajadores postulados y elegidos por parte de los trabajadores, quedandoel comité de COPASST sin representantes.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO 1°. Convocar a elección de dos (2) representantes de lostrabajadores y sus respectivos suplentes ante el COPASST de la E.S.E HospitalSan Sebastián de Urabá y sus respectivos suplentes.

ARTICULO 2°. La elección de los dos (2) trabajadores con sus respectivossuplentes se realizará mediante votación secreta que represente la expresiónlibre, espontánea y auténtica de todos los trabajadores, y mediante escrutiniopúblico. Serán electos como representantes de los empleados al COPASST,los empleados que hayan alcanzado el mayor número de votos y los siguientesen orden descendente serán los suplentes.

ARTICULO 3°. El período de los miembros del COPASST será de dos (2) años,a partir de la conformación del mismo, que se contarán desde la fecha de lacomunicación de la designación.

ARTICULO 4°. Se podrán postular como aspirantes a ser integrantes del comitéCOPASST LOS trabajadores que deseen hacer parte activa del comité de formacomprometida, dinámica y que cumplan con los siguientes requisitos:

No haber sido sancionado disciplinaria durante el año anterior a la fechade la inscripción de la candidaturaTener interés por servir a sus compañeros de trabajo en cuanto a su saludy seguridad laboralSer trabajador vinculado a la E.S.E. Hospital San Sebastián de Urabá.Haber demostrado en el ejercicio de su trabajo sentido deresponsabilidad.

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I

Tener una actitud proactiva frente a las acciones seguridad y salud en eltrabajoPreferiblemente contar con competencias actitudinales ycomportamentales, tales como respeto e imparcialidad.

ARTICULO 5°. Podrán participar como electores del proceso de elección de losrepresentantes ante el comité, todos los funcionarios vinculados a la planta decargo de la E.S.E Hospital San Sebastián de Urabá.

ARTICULO 6. Los trabajadores que tengan la intención de postularse lo debenhacer por escrito mediante oficio radicado en la oficina de Secretaria General. Eloficio debe contener nombres y apellidos completos, documento de identidad,manifestación expresa que reúne los requisitos para postularse. La fecha límitepara la postulación será el día martes 25 de abril de 2017 hasta las 4pm. Delcual se levantará un acta que da constancia del proceso postulación. Lapublicación de los candidatos que se postularon y que cumplen los requisitos sehará el día 26 de abril de 2017 de 8am a 12pm en cartelera de la institución.

Parágrafo 1: En la convocatoria podrán ser postulados trabajadores previaaceptación del postulado mediante oficio escrito con la firma de aceptación delmismo en el oficio.

ARTICULO 7°: La votación secreta se hará el día jueves 27 de abril de 2017desde las 7:00 am hasta las 4:30pm en la urna que se destine para ello.

ARTíCULO 8° Se conformará una comisión de escrutinio integrada por un (1)trabajador escogidos libremente, el Asesor de Control Interno, la Técnica deRecursos Humanos y un estudiante de práctica.

Corresponde a la comisión de escrutinio:

-Recibir y revisar los documentos y elementos de la mesa de votación,-Revisar la Urna-Instalar la mesa de votación-Vigilar el proceso de votación,-Verificar la identidad de los votantes y registrar en la planilla los votantes con surespectiva firma.-Realizar el escrutinio de los votos en presencia de 2 testigos trabajadores yconsignar los resultados en el acta de escrutinio.

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www.hospitalnecocli.gov.co - [email protected] - NIT 890985603 -7

Page 4: ESE el' HOSPITAL rY. SanSebasliánhospitalnecocli.gov.co/images/stories/pdf/RESOLUCIN_417... · Salud en elTrabajo (COPASST). \ . Que el artículo 2 de la Resolución 2013 de 1986,

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SanSebasliánDeUrabá- Necoclí

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-Firmar el acta de escrutinio y radicarla con destino a la Oficina de la Gerencia.

ARTíCULO 9°. En caso de presentarse empate en la elección de representantes,se escribe el nombre de cada uno de los candidatos en un papel y se depositanen una bolsa, se escoge a una persona al azar para que saque un nombre de labolsa. El nombre del candidato que se saqué será el representante ganador,

ARTíCULO 10°: En caso de no elegirse representantes al comité de COPASST l' I

en esta convocatoria, la Gerencia designará los representantes para integrar elcomité previa autorización del ente competente.

ARTíCULO 11°: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLlQUESE y CÚMPLASE

Dada en Necoclí a los diecinueve (19) días del mes de abril de 2017

Gerente

Proyectó Damaris l.

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www.hospitalnecocli.gov.co - [email protected] - NIT 890985603 -7